Comité de los Derechos del Niño
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicosquinto y sexto combinados del Iraq *
1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, de ser posible antes del 15 de febrero de 2025. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
2.Sírvase facilitar información acerca de:
a)Los progresos realizados respecto de la aprobación del proyecto de ley de protección de la infancia, pendiente desde hace más de diez años, y del proyecto de ley de protección de la infancia de la región del Kurdistán, y las medidas adoptadas para asegurar que los proyectos estén plenamente en consonancia con la Convención y sus Protocolos Facultativos;
b)Los debates sobre las modificaciones propuestas a la Ley del Estatuto Personal relativas a la edad para contraer matrimonio y los derechos de custodia de las madres, y su conformidad con la Convención;
c)Los principales logros y la evaluación en curso del Plan de Aplicación2022-2025 de la Política de Protección de la Infancia y las funciones de coordinación de la Comisión de Bienestar de la Infancia, incluida información sobre el nivel de participación de todas las entidades gubernamentales pertinentes, los niños, la sociedad civil y otras partes interesadas en la formulación, aplicación y supervisión de las políticas y programas pertinentes;
d)La proporción del presupuesto asignada a la Comisión para el Bienestar de la Infancia, los planes de aplicación de la Política de Protección de la Infancia y otros planes de acción, estrategias, programas y entidades gubernamentales relacionados con la infancia;
e)El desarrollo y la utilización de una base de datos nacional precisa y desglosada sobre los niños y un sistema de gestión de la información sobre protección de la infancia, incluidos los tipos de datos recopilados y los métodos empleados para la validación y la gestión de la calidad de los datos, así como los planes para la utilización del próximo censo para recopilar datos sobre cuestiones relacionadas con la Convención;
f)Las medidas adoptadas para garantizar el acceso de los niños a la justicia y a recursos jurídicos, incluidos los mecanismos de denuncia administrativa y los procedimientos judiciales adaptados a los niños;
3.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:
a)Impedir la discriminación y la denegación de servicios a los niños pertenecientes a grupos étnicos o religiosos minoritarios, los hijos de padres solteros o los niños nacidos como consecuencia de matrimonios forzados o de hecho, violaciones o violencia sexual relacionada con los conflictos;
b)Prevenir la intolerancia y la discriminación de que son objeto los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales; incluida la criminalización y la discriminación resultantes de las modificaciones aprobadas en 2024 a la Ley núm. 8 de 1988 de Lucha contra la Prostitución;
c)Prevenir la muerte y mutilación de niños por municiones explosivas y aplicar plenamente la prohibición de la pena de muerte para los niños, especialmente en el contexto de la legislación antiterrorista;
d)Evaluar la aplicación, la eficacia, los resultados y la repercusión de los mecanismos y marcos para la participación de los niños, por ejemplo, el Parlamento del Niño y el Marco Nacional para la Participación de los Jóvenes.
4.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para:
a)Garantizar la inscripción de los nacimientos y el acceso a los certificados a todos los niños, incluidos los desplazados internos, los que regresan del extranjero, por ejemplo, de la República Árabe Siria, los que tienen padres afiliados al Dáesh, los que nacieron en el contexto de conflictos armados o emergencias humanitarias o los que pertenecen a grupos étnicos o religiosos minoritarios;
b)Modificar la Ley de Nacionalidad (núm. 26 de 2006) para reducir los obstáculos a la adquisición de la nacionalidad iraquí derivados de los requisitos de matrimonio y paternidad y facilitar su adquisición a los niños que, de otro modo, serían apátridas;
c)Revisar el marco jurídico en relación con la inscripción obligatoria de los niños como musulmanes, que a veces provoca reticencias al inscribir un nacimiento;
d)Aprobar y aplicar reglamentos y políticas de salvaguardia para proteger los derechos, incluido el derecho a la privacidad, y la seguridad de los niños en el entorno digital y para proteger a los niños de la censura y la vigilancia digital.
5.Sírvase facilitar información acerca de:
a)Las medidas adoptadas para reforzar el marco jurídico y combatir y prevenir todas las formas de violencia contra los niños, incluidos los malos tratos, el descuido, la violencia doméstica y la violencia sexual y de género y la explotación, incluso en el entorno digital y en relación con las costumbres tribales;
b)Los casos de investigaciones realizadas sobre denuncias de tortura y otros tratos o penas crueles o degradantes contra niños, y los resultados, en particular en entornos de privación de libertad; las sanciones impuestas a los autores; y las medidas adoptadas para garantizar la inadmisibilidad de las pruebas obtenidas por medios ilícitos, como las confesiones obtenidas bajo coacción y la tortura, incluso en casos relacionados con la seguridad nacional o el terrorismo;
c)Las medidas adoptadas para prohibir y prevenir el castigo corporal en todos los entornos en las leyes, las políticas y la práctica;
d)Las medidas adoptadas para abordar la cuestión de los matrimonios no registrados que contravienen la ley y para reforzar el marco jurídico y los programas de prevención del matrimonio infantil.
6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para reforzar la recopilación de datos relativos a los niños con discapacidad, armonizar la legislación nacional sobre la base de un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos y garantizar una educación inclusiva en las escuelas ordinarias mediante la introducción de ajustes razonables y la prestación de apoyo suficiente.
7.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas, entre ellas la aplicación de la Estrategia Nacional de Desarrollo en la Primera Infancia 2022-2031 y el fomento de la capacidad de los trabajadores de la salud, para reducir la mortalidad neonatal y de lactantes mediante un acceso equitativo a los servicios de atención sanitaria durante el embarazo y el parto y después de ellos.
8.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para:
a)Garantizar que los sistemas de protección social proporcionen un apoyo suficiente e inclusivo a los niños y las familias y que cuenten con el número adecuado de trabajadores sociales y psicólogos capacitados para proporcionar servicios sociales basados en las necesidades;
b)Mejorar el acceso al agua potable y al saneamiento.
9.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para:
a)Hacer frente a los efectos adversos de la degradación ambiental y el cambio climático, como las altas temperaturas, las sequías, la escasez de agua, las fuentes y suministros de agua contaminados, las inundaciones y las tormentas de arena, en el disfrute de los derechos del niño;
b)Garantizar que las políticas y los programas nacionales sobre protección del medio ambiente y cambio climático, incluidas las estrategias de reducción del riesgo de desastres centradas en la infancia, tengan en cuenta las necesidades y las opiniones de los niños;
c)Fomentar la sensibilización y preparación de los niños respecto del cambio climático.
10.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para:
a)Evaluar la aplicación de la Estrategia Nacional de Educación y Enseñanza Superior 2012-2022;
b)Aumentar la asignación presupuestaria nacional para la educación;
c)Reducir las tasas de abandono escolar relacionadas con el matrimonio infantil y la pobreza, hacer un seguimiento de los niños que no están escolarizados, facilitar su reintegración en el sistema escolar y promover las tasas de matriculación en todos los niveles para niñas y niños, niños refugiados y desplazados y niños pertenecientes a minorías étnicas o religiosas, sin discriminación;
d)Mejorar y ampliar las infraestructuras escolares, la seguridad en las escuelas y la cualificación y formación de docentes a todos los niveles;
e)Evaluar y remediar el retraso en el aprendizaje resultante de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), basándose en el segundo informe sobre el examen nacional voluntario del Estado parte (2021).
11.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:
a)Prevenir la participación de niños en trabajos peligrosos y erradicar las peores formas de trabajo infantil;
b)Elevar la edad mínima de responsabilidad penal al menos a los 14 años, de conformidad con las normas internacionales, y adoptar y aplicar medidas adecuadas para los niños que no hayan alcanzado la edad mínima;
c)Garantizar el derecho a un juicio imparcial, las debidas garantías procesales y procedimientos adaptados a los niños, en los casos de niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal, y establecer y aplicar un marco para la remisión de casos;
d)Aplicar medidas no privativas de libertad en relación con los niños privados de libertad, incluidos los que afrontan acusaciones relativas a la seguridad nacional o el terrorismo o están detenidos por motivos relacionados con la migración.
12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité referentes al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité referentes al Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, entre ellas:
a)Aplicar estrategias para prevenir el reclutamiento de niños por grupos terroristas y facilitar su rehabilitación y reintegración;
b)Aplicar el Plan de Acción 2023 para hacer cesar y prevenir el reclutamiento y la utilización de niños en los conflictos armados, e integrar los derechos del niño en los debates relativos al plan de transición de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq, cuya conclusión está prevista para el 31 de diciembre de 2024, también en relación con la repatriación y reintegración de los niños iraquíes procedentes de la República Árabe Siria y el apoyo individualizado a los mismos.
Parte II
14.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día, en tres páginas como máximo, de la información proporcionada en su informe en relación con:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información
15.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.
16.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:
a)Los casos de violencia contra los niños, incluidos casos de tortura, trato inhumano y degradante, maltrato, castigos corporales, descuido, violencia doméstica y explotación y abusos sexuales, que hayan sido denunciados a las autoridades, investigados y enjuiciados, e información sobre las sanciones impuestas a los autores;
b)Los casos de niños tramitados por las dependencias de protección de la infancia, las direcciones y unidades que intervienen en la lucha contra la violencia doméstica, la Alta Comisión de Derechos Humanos del Iraq y otros mecanismos pertinentes;
c)El matrimonio infantil;
d)Los embarazos en la adolescencia;
e)Los niños en situación de calle;
f)Los niños que viven en la pobreza;
g)Los niños trabajadores, incluidos los que realizan trabajos peligrosos;
h)Los niños que no están escolarizados;
i)Los niños presuntamente vinculados a fuerzas y grupos armados;
j)Los niños repatriados desde la República Árabe Siria, incluidos los que se encuentran privados de libertad en el Iraq tras su regreso;
k)Los niños solicitantes de asilo, refugiados, migrantes, no acompañados, separados y apátridas, indicando si se encuentran privados de libertad;
17.En lo que respecta a la situación de los niños privados de un entorno familiar, sírvanse aportar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños que:
a)Han sido separados de sus familias, especificando la duración de la separación;
b)Están en centros que ofrecen modalidades alternativas de cuidado;
c)Están en familias de acogida;
d)Están en acogimiento por familiares.
18.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:
a)Viven con su familia;
b)Viven en instituciones;
c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;
d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;
e)Asisten a escuelas especiales;
f)No están escolarizados;
g)Han sido abandonados por su familia.
19.Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre los niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal que:
a)Han sido detenidos;
b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;
c)Se encuentran en prisión preventiva;
d)Están cumpliendo una pena de privación de libertad, indicando la duración de la pena.
e)Han sido acusados o detenidos por motivos relacionados con la seguridad nacional o el terrorismo, incluida la asociación real o supuesta de ellos o de sus familias con grupos armados, especialmente el Dáesh.
20.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.
21.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
22.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.