31° período de sesiones
Acta resumida de la 650ª sesión
Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 7 de julio de 2004, a las 15.00 horas
Presidenta:Sra. Açar
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados partes, con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)
Quinto informe periódico de España (continuación)
Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)
Quinto informe periódico de España (continuación) (CEDAW/C/ESP/5; CEDAW/PSWG/2004/ II/CRP.1/Add.4 y CEDAW/PSWG/2004/II/CRP.2/Add.3)
Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de España toman asiento a la mesa del Com i té.
Artículos 10 a 14 (continuación)
La Presidenta invita a los miembros del Comité a seguir formulando preguntas a la delegación de España.
La Sra. Gaspard dice que, en 1999, el Comité recomendó en sus observaciones finales sobre los informes periódicos tercero y cuarto de España que en el informe siguiente de ese país se incluyera más información sobre el número y tipo de cursos de estudios sobre la mujer que se ofrecían en instituciones de enseñanza superior. Es decepcionante que en el quinto informe periódico sólo se hayan dedicado unas pocas líneas a este tema.
Para que los hombres y las mujeres participen en un pie de igualdad en la sociedad, es preciso localizar, mediante la investigación, las fuentes de discriminación oculta por motivos de género, y eliminarlas mediante la educación. Es alentador el equilibrio entre los géneros que existe en los primeros niveles de la educación universitaria, pero los hombres predominan en las etapas más avanzadas y por lo tanto ocupan una mayor proporción de los cargos de catedrático y profesor. Por lo tanto, la oradora insta al Gobierno a que investigue las causas de ese desequilibrio.
La Sra. Morvai desea saber cómo se propone España dar efecto a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y, en particular, el artículo 9 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y cómo se propone abordar la cuestión de la demanda de prostitución.
La oradora señala con preocupación que, según el informe, tan sólo en el año transcurrido entre 1999 y 2000 hubo un aumento del 10% del número de interrupciones deliberadas del embarazo. Como el aborto no es algo que se haga por voluntad sino por fuerza de las circunstancias, ello quiere decir que en ese año unas 60.000 mujeres quedaron embarazadas contra su voluntad. La oradora pregunta por qué esas mujeres no han tenido control de sus propios cuerpos y qué medidas se tomarán para reducir la elevada tasa de abortos.
La Sra. Šimonović pide más información sobre la situación de las niñas gitanas en lo que respecta a la educación. Pregunta si los escolares gitanos están integrados o segregados en el sistema de educación y si tienen acceso a la enseñanza preescolar. También desea saber cuántas muchachas gitanas se casan jóvenes, si el matrimonio a una edad temprana influye en las tasas de deserción escolar y si se han impugnado los matrimonios informales de niñas gitanas ante los tribunales y se ha logrado su anulación.
La Sra. Patten pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno español para asegurar que los niños gitanos tengan acceso al sistema de educación estatal. Desea saber si se toman medidas para que los profesores tengan conciencia de la discriminación y de los derechos que confiere la Convención.
Tras observar que las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas relativas al quinto informe periódico han servido para explicar en cierta medida la disparidad entre hombres y mujeres en cuanto a la remuneración, la oradora pide datos más detallados sobre la disparidad salarial y sobre la Ley 33/2002 relativa a la igualdad de retribuciones por trabajo de igual valor. Pregunta si el Gobierno se propone vigilar la discriminación salarial y modificar los métodos utilizados para la encuesta sobre la estructura de los salarios.
El Sr. Chozas (España) dice que las cifras relativas al acceso de la mujer al mercado laboral y los salarios de la mujer en España son inferiores al promedio de la Unión Europea. No obstante, esto se debe contraponer al hecho de que España, junto con Irlanda, es el país de la Unión Europea con la tasa más rápida de crecimiento del mercado laboral y la más alta de creación de empleos. Según las proyecciones de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), esta última seguirá siendo alta y el desempleo seguirá disminuyendo a corto plazo. Es más, la Organización considera que el año próximo, España será uno de sólo tres Estados miembros de la OCDE cuya tasa de crecimiento del mercado laboral sobrepasará el 2%.
Refiriéndose a las preguntas formuladas por la Sra. Ferrer Gómez y otros miembros del Comité, el orador dice que la mayoría de los puestos de trabajo creados desde 1995 han sido ocupados por mujeres. Desde 1997, el número de mujeres que trabajan ha aumentado más del 40% y el de desocupadas se ha reducido a la mitad. El número de mujeres que trabajan ha aumentado a razón de un 5% por año, en comparación con el 1% en el caso de los hombres. El hecho de que la tasa de desempleo de la mujer en España se mantenga estable no se debe a la pérdida de puestos de trabajo sino al creciente número de mujeres que ingresan en el mercado laboral. La Sra. Ferrer Gómez también ha aludido al porcentaje de mujeres con empleos de jornada parcial. Ese porcentaje es del 20%, lo cual significa que el 80% de las mujeres económicamente activas trabajan a jornada completa.
Refiriéndose a la disparidad salarial entre hombres y mujeres, el orador señala que el Gobierno no interviene en absoluto en la determinación de los salarios correspondientes a la inmensa mayoría de puestos de trabajo porque éstos se encuentran en el sector privado. En el sector público en que el Estado sí desempeña esa función, no hay ningún indicio de que la discriminación por motivos de género en lo que respecta a la remuneración sea significativa. En el sector privado, en que los empleadores y los sindicatos negocian libremente la cuantía de los sueldos, existe efectivamente una disparidad: los ingresos de la mujer representan entre el 71% y el 73% de los del hombre. Esto es un motivo de preocupación tanto para el Gobierno como para los empleadores y los sindicatos.
Los estudios realizados recientemente han revelado que la cuestión es muy compleja y que la diferencia no puede atribuirse simplemente a la discriminación, ya sea directa o indirecta. Otras consideraciones son el horario de trabajo, la rama de producción, el tipo de contrato de trabajo, la edad y la antigüedad del empleado, el tamaño de la empresa y la proporción de inmigrantes en la población económicamente activa.
En España, las mujeres han ingresado en el mercado laboral más tarde que en muchos otros Estados de la Unión Europea; por lo tanto, el mercado laboral ha tenido menos tiempo para adaptarse. Muchas mujeres trabajan en el sector de servicios o en pequeñas empresas que no están comprendidas en los acuerdos de negociación colectiva y muchas están empleadas desde hace relativamente poco tiempo y han tienen menos años de antigüedad. Es más probable que sus contratos de trabajo sean flexibles, con frecuencia por elección y debido a su deseo de equilibrar el trabajo y la vida familiar. También es más probable que sean inmigrantes.
Si al examinar las cifras del Instituto Nacional de Estadística se consideran los puestos de trabajo equivalentes en situaciones equivalentes, la disparidad salarial es muy pequeña o no existe. No obstante, el Instituto se propone realizar un estudio más amplio y el Gobierno sigue preocupado por la persistencia del problema. La Ley sobre el estatuto de los trabajadores de 2002 estableció disposiciones más estrictas sobre la igualdad de remuneración y amplió el alcance de la no discriminación para abarcar no sólo la remuneración sino todos los aspectos del empleo.
Se están tomando medidas para mejorar la educación a fin de alentar a las mujeres jóvenes a ingresar voluntariamente en el mercado laboral y ayudar a las mujeres vulnerables que trabajan o buscan trabajo, como las desocupadas desde hace mucho tiempo, las discapacitadas, las inmigrantes y las víctimas de la violencia doméstica. El acuerdo sobre la negociación colectiva aprobado por la confederación de sindicatos en 2003, que complementa las medidas legislativas, dispone también que los empleadores y los sindicatos deben esforzarse por lograr la igualdad de remuneración, adoptar una serie de prácticas recomendadas para erradicar la discriminación por motivos de género y tomar medidas cuando se viola el principio de no discriminación. A ese respecto, un componente fundamental del plan de acción de la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social es vigilar la situación con respecto a la discriminación salarial en casos individuales y cuando se examinan los acuerdos de negociación colectiva.
Respondiendo a una pregunta de la Sra. Khan, el orador señala que en 1997, España se unió a los demás Estados de la Unión Europea para poner en práctica la Estrategia europea sobre el empleo y de ese modo integrar en sus políticas las consideraciones relativas al género. Por consiguiente, la cuestión de la discriminación se ha abordado en una amplia variedad de esferas legislativas, entre ellas el empleo, la tributación y las cuestiones sociales.
El Gobierno también ha centrado su atención en el empleo irregular de la mujer en la agricultura, problema cuyo alcance, por su naturaleza misma, es difícil de determinar y también difícil de resolver. Como muchos de los trabajadores en este sector no están documentados ni registrados, resulta problemático obtener datos, para no hablar de datos desagregados por sexo. No obstante, esos trabajadores se están trasladando cada vez más del sector informal al formal, con lo cual ingresan al sistema de seguridad social y tienen contratos de empleo. Esto influye en las cifras relativas a la creación de puestos de trabajo, ya que muchos de los empleos aparentemente nuevos son empleos del sector “informal” que se han convertido en puestos de trabajo del sector “formal”.
Refiriéndose a una observación de la Sra. Schöpp-Schilling, el orador dice que el Gobierno está tomando medidas para actualizar el salario mínimo. Esto tendrá un efecto más visible en sectores como la agricultura que en aquellos donde tradicionalmente se han concertado acuerdos de negociación colectiva, como la industria manufacturera y los servicios.
El Sr. García Bartolomé (España) dice que en el primer plan de acción para la igualdad de oportunidades (1988-1990) se prestó atención a la situación de la mujer en las zonas rurales y que el Ministerio de Agricultura también se ha ocupado del asunto. Desde entonces se han tomado medidas, en el contexto del restablecimiento de la democracia, para integrar a las mujeres campesinas en el mercado laboral y en la sociedad civil y la vida pública. Si bien el 25% de la población sigue viviendo en zonas rurales, la migración del campo a las ciudades ha creado un desequilibrio generacional, ya que las personas pertenecientes a los grupos de edades más productivos tienden a emigrar. Según los datos disponibles más recientes, 3.827.000 mujeres viven en pueblos de menos de 1.000 habitantes. En algunas zonas rurales, se ha puesto freno al decrecimiento de la población y las comunidades están reviviendo.
La mayoría de las mujeres rurales trabajan en el sector de servicios de la economía. Un número importante ─alrededor de un millón─ trabajan de una manera u otra en la agricultura. Aproximadamente la mitad son propietarias o copropietarias, por ser cónyuges o familiares de los dueños de los predios rurales. Según cifras de EUROSTAT, el servicio estadístico de las Comunidades Europeas, las mujeres que se dedican a la agricultura en España trabajan en promedio 228 días al año. Unas 300.000 mujeres, o el 30% de la población total, trabajan en la agricultura. Las 120.000 mujeres que trabajan en el sector agrícola informal lo hacen principalmente a jornada parcial o como trabajadoras familiares en pequeñas explotaciones agrícolas. Desde el punto de vista de la política social y territorial de España, la subsistencia de estas pequeñas explotaciones familiares es indispensable. La mayoría se encuentran en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. El sistema estadístico empleado por el Gobierno permite desglosar la población económicamente activa según el sexo y la región, pero no refleja debidamente la contribución de los inmigrantes a la fuerza de trabajo, de la cual las mujeres también constituyen un porcentaje importante, tanto en la agricultura y en ciertas ramas de producción como la industria textil y la fabricación de calzado. La presencia de inmigrantes en la fuerza de trabajo y, en particular, en el empleo ocasional y en la agricultura suele tener un efecto negativo en la situación de las mujeres que trabajan.
En cuanto a la cuestión del adelanto de la mujer en las zonas rurales, tanto el Ministerio de Agricultura como el Instituto de la Mujer están sumamente interesados en incorporar el concepto de igualdad de género en sus políticas de desarrollo rural. Persiste un problema grave: el 60% de las explotaciones agrícolas son demasiado pequeñas para ser económicamente viables a largo plazo. Se han tomado medidas positivas para alentar a las mujeres más jóvenes y altamente calificadas a que elijan la agricultura como carrera y trabajen en ese sector. Gracias a ello, un promedio de 5.000 mujeres de menos de 35 años de edad han ingresado en el sector agrícola, con lo cual el porcentaje de ese grupo de edades en el sector aumentó del 11,2% en 1988 al 28% en la actualidad. Como resultado de la Iniciativa LEADER de la Unión Europea, que promueve la participación de la mujer en la economía, el 36% de los nuevos puestos de trabajo están ocupados por mujeres. Esta iniciativa, en combinación con los programas nacionales, también ha contribuido a promover la participación de la mujer en la vida cívica y política. En España existen aproximadamente 7.000 municipalidades de menos de 2.000 habitantes. En esas pequeñas comunidades, la participación de las mujeres como funcionarias elegidas ha aumentado de manera significativa.
La Sra. Paloma Alonso (España), respondiendo a una pregunta sobre la vigilancia del estado de salud y la interrupción del embarazo, dice que según la Organización Mundial de la Salud, el sistema de salud de España es uno de los siete mejores de todo el mundo y ocupa el tercer lugar entre los sistemas de países con más de cinco millones de habitantes. Los servicios de salud son gratuitos en los establecimientos donde se prestan y todos los usuarios tienen garantizada la igualdad de acceso. El 63% de las mujeres consideran que su salud es buena o muy buena. En cuanto a la utilización de los servicios de salud, se ha comprobado que las mujeres aprovechan los servicios primarios de salud mejor que los hombres, y la frecuencia con que los utilizan es un 150% mayor; los estudios sociales muestran que, a diferencia de los hombres, las mujeres tienden a solicitar tratamiento en cuanto experimentan algún síntoma. El 53% de los pacientes hospitalizados son mujeres, como lo son el 52% de las personas que utilizan los servicios de emergencia. En cuanto a las mujeres inmigrantes, de ningún modo es cierto que tengan más dificultades para acceder a los servicios de salud. Al contrario, les resulta más fácil obtener una tarjeta para acceder a esos servicios de salud en España que en cualquier otro país de Europa, incluso cuando se trata de inmigrantes ilegales. En cuanto al uso del tabaco y el alcohol, se ha comprobado que los hombres utilizan ambas sustancias un 25% más que las mujeres. El 35% de los hombres fuma a diario, en comparación con el 29% de las mujeres. Sin embargo, ocurre lo contrario en el caso de los tranquilizantes, que las mujeres consumen en mayor cantidad; esto se debe a que sufren con más frecuencia la ansiedad y la depresión, debido probablemente a sus mayores responsabilidades sociales y profesionales. En lo que respecta a las tasas de suicidio y esquizofrenia, los hombre figuran con más frecuencia en las estadísticas, incluso en las relativas al consumo de medicamentos para el tratamiento de la esquizofrenia. La atención de la salud mental tiene alta prioridad en todas las comunidades autónomas, tanto en los servicios de atención primaria como en los especializados. En cuanto a los servicios de salud para los ancianos, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es conciente de la necesidad de proporcionar servicios a las mujeres de edad avanzada y prestar más atención a las enfermedades que aquejan a la mujer. Tras la aprobación en 2001 de la Declaración de Madrid sobre la eliminación de las disparidades entre los sexos en la atención de la salud, se estableció un Observatorio de la Salud de la Mujer a fin de seguir de cerca la aplicación de las medidas para promover la igualdad en este sector, incluida la igualdad de acceso a los servicios de salud y la difusión de las mejores prácticas. El Observatorio recibe actualmente 9 millones de euros por año para financiar sus actividades. También se presta asistencia financiera a organizaciones sin fines de lucro del sector de la salud que incluyen una perspectiva de género en su labor. En cuanto a la distancia a que se encuentran los establecimientos de salud, en 1986 se aprobó legislación que disponía que debía haber un centro de salud en cada comunidad de 5 a 25.000 habitantes, y que debían establecerse dispensarios en las comunidades más pequeñas y en las zonas montañosas. Los lugares donde se prestan esos servicios deben ser accesibles por transporte público y el viaje no debe durar más de 10 o 15 minutos.
En lo que respecta a la cuestión de la interrupción deliberada del embarazo, el aborto es un servicio público proporcionado por ley desde 1985. Ha generado su propia demanda, y se está procurando contrarrestar su uso mediante servicios de planificación de la familia. La información sobre el uso y el suministro de anticonceptivos, a través de los servicios de planificación de la familia y los medios de difusión, está dirigida particularmente al grupo vulnerable de 15 a 19 años de edad y está centrado en el uso de preservativos, que también protegen contra las enfermedades transmitidas sexualmente y el VIH/SIDA. También se pueden obtener píldoras anticonceptivas “del día siguiente” con receta médica. A partir del año 2000, se realizan estudios epidemiológicos y sociales del aborto según prescribe la ley.
La Sra. Muñoz-Repiso (España), respondiendo a las preguntas sobre la mujer y la educación, subraya que España es una democracia relativamente joven. No obstante, la matriculación de niñas en el sistema de educación ha mejorado considerablemente en todos los niveles. En la actualidad, el 50% de los estudiantes universitarios en los tres ciclos son mujeres, en comparación con el 15% hace 50 años y el 40% en 1995. No obstante, en el tercer ciclo, sólo el 43% de las mujeres terminan sus doctorados, debido probablemente a la necesidad de combinar los estudios con el cuidado de los hijos. Es preciso abordar y resolver este problema, posiblemente prolongando el plazo para la presentación de la disertación doctoral. En cuanto a la integración de las niñas de familias gitanas en el sistema de educación, no se restringe en modo alguno su matriculación ni existe segregación en el sistema. No obstante, a pesar de la falta de estadísticas oficiales sobre la cuestión, se sabe que la tasa de deserción escolar es más alta en ese grupo de niñas, sobre todo al llegar a la pubertad, debido a la tradición cultural del matrimonio precoz. El Ministerio de Educación está estudiando este problema, en colaboración con el Instituto de la Mujer y organizaciones no gubernamentales, y se han adoptado varias medidas, entre ellas clases con pocos alumnos y comidas gratuitas para los niños gitanos matriculados en las escuelas primarias, que han permitido reducir esas tasas de deserción. En cuanto a la formación de educadores, se hace especial hincapié, tanto en la etapa inicial como en el servicio, en la importancia de tener en cuenta las características culturales de los alumnos gitanos.
El Sr. Fernández López (España) dice que a fines de 2003, el Gobierno de España tomó medidas para mejorar las pensiones de los ancianos, como resultado de lo cual hubo aumentos retroactivos que beneficiaron a 1,8 millones de mujeres. El Gobierno de España también se ha comprometido a seguir aumentando la pensión mínima de jubilación y la pensión de viudez. Se están adoptando medidas para que el sistema de seguridad social sea más flexible a fin de que el grado de protección que brindan los regímenes especiales en los que hay un mayor número de mujeres esté más acorde con el que se brinda en otros sectores. Es necesario eliminar diversos obstáculos que impiden el acceso a esos regímenes a las mujeres que se han dedicado a ciertas actividades o que han trabajado por cuenta propia; las mujeres de más de 45 años que trabajan en forma independiente por primera vez tienen ahora acceso a prestaciones especiales. También se han mejorado las pensiones de las mujeres que siguen trabajando después de los 65 años.
La Sra. Viñuelas Álvarez (España) dice que el Gobierno de España ha asumido un firme compromiso presupuestario para establecer un sistema de auténtica protección que garantice servicios sociales a todas las personas que dependen de otras. Se creará un fondo estatal para financiar una red de servicios esenciales a fin de atender a sus necesidades, red cuyo alcance debería ser comparable al de los países vecinos más ricos. Se deberían satisfacer las necesidades de todas las personas que dependen de otras y de sus familias. Se mejorará la red de hogares residenciales; las personas que requieren cuidados temporales se alojarán en otras instituciones. Se prestará ayuda a las personas que deseen permanecer en sus propios hogares y se organizarán programas de capacitación para quienes los atiendan. El Gobierno español se ha comprometido a ofrecer licencias de paternidad para que los padres también puedan ausentarse de su trabajo por 15 días incluso si las madres hacen uso de toda su licencia de maternidad.
La Sra. Durán y Lalaguna (España) dice que el Gobierno de España presta suma atención a la protección de los derechos humanos de los trabajadores migrantes y está tratando de mejorar la legislación nacional y a nivel de la Unión Europea para que los migrantes puedan integrarse plenamente y gozar de los mismos derechos y obligaciones que los demás ciudadanos españoles. La reciente visita a España de la Sra. Rodríguez Pizarro, Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes, es una señal de la buena disposición del Gobierno español al respecto, y las autoridades están utilizando su informe para investigar el fenómeno de la migración en España. El Gobierno está tratando de reprimir las actividades de las mafias clandestinas y de lograr la plena integración de los migrantes adaptando la legislación a la nueva dimensión e índole del fenómeno sin dejar de cumplir los compromisos que ha contraído en materia de derechos humanos a nivel nacional e internacional. España aún no ha ratificado la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, debido en particular porque muchas de sus disposiciones ya están incorporadas en otros instrumentos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Si bien España, sobre la base de esos instrumentos, se ha comprometido a respetar los derechos de los trabajadores migrantes, tomará debida nota de las observaciones formuladas por los miembros del Comité y seguirá considerando la posibilidad de ser parte en la Convención.
La Sra. Murillo-de-la-Vega (España) dice que el presupuesto para aplicar la legislación española destinada a combatir la violencia por motivos de género es adecuado y que esa legislación incluye componentes de educación y capacitación de todas las personas que trabajan en el mantenimiento del orden público. Se proporcionará al Comité una copia de la legislación pertinente, que se promulgará dentro de poco.
Artículos 15 y 16
La Sra. Manalo , recordando que el párrafo 1 del artículo 15 de la Convención dispone que los Estados partes reconocerán la igualdad de la mujer y el hombre ante la ley, recuerda que en sus observaciones finales de 1999, el Comité recomendó que en España las investigaciones y los procedimientos legales relacionados con la violencia contra la mujer se realizaran con el mismo rigor que todas las demás causas penales. En su recomendación general No. 19, el Comité instaba a los Estados a que establecieran procedimientos para la presentación de denuncias y recursos eficaces, incluida la indemnización. A pesar de ello, el Comité ha recibido información fidedigna que indica que existe en España un clima de impunidad social con respecto a los actos de violencia contra la mujer, en particular en los casos en que el resultado no sea la muerte o lesiones graves. Esa impunidad es un grave problema, sobre todo cuando hay una falta de diligencia en las investigaciones de la policía y las autoridades judiciales, cuando las personas declaradas culpables de esos actos de violencia reciben condenas condicionales y no están sujetos a ningún control y cuando las víctimas que presentan denuncias no reciben ni una protección eficaz ni una indemnización. La oradora pregunta qué medidas concretas se propone adoptar el nuevo Gobierno para abordar esta situación y en qué plazo.
La Sra. Gnacadja dice que en el informe se señalan, por un lado, los importantes cambios introducidos en el derecho civil, uno de los cuales se refiere al procedimiento civil y, por otro, que con estas nuevas reglamentaciones sigue en pie el sistema anterior. Parece haber una contradicción y la oradora pide una aclaración al respecto. También desea saber si los cambios legislativos se aplican de manera uniforme en las comunidades autónomas. Observando que en la introducción al informe se afirma que desde la fecha de su publicación, la Convención es parte del ordenamiento jurídico nacional de España, pregunta si la Convención ha sido invocada alguna vez en el sistema de justicia civil o penal, ya sea por el acusado o por los jueces. En lo que respecta a la igualdad de trato ante la ley, la oradora desea saber cómo se encaran las denuncias de las víctimas de violencia sexual y si los tribunales aplican esos procedimientos con la misma celeridad que en otros casos de delitos flagrantes. Pregunta también cómo se adoptan las decisiones y cómo se dictan y ejecutan las sentencias, y también si se exige una indemnización y si ello se aplica con eficacia.
La Sra. Comas-d’Argemir Cendrá (España) dice que desde hace muchos años, las autoridades de su país están dedicadas a la tarea de erradicar la violencia doméstica y por motivos de género. En septiembre de 2002, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Fiscalía General establecieron el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de género para ocuparse del seguimiento de las medidas adoptadas por el sistema de justicia español con respecto a la violencia doméstica y basada en el género. El Observatorio se ocupa del seguimiento de las decisiones y resoluciones judiciales relativas a las medidas para proteger a las víctimas de esa clase de violencia. Se ha recogido información sobre una muestra de 12.000 decisiones y resoluciones de esa índole que se está analizando en la actualidad. Se prevé que las conclusiones se publicarán dentro de tres meses y se enviará copia de esas conclusiones al Comité. Sin embargo, la oradora no está de acuerdo con los que alegan que en España los perpetradores de ataques violentos contra las mujeres actúan con impunidad. Si bien los actos de violencia están tipificados en el Código Penal, se había expresado preocupación, en las ramas ejecutiva y judicial del Gobierno, porque en muchos casos los jueces, con respecto a las denuncias presentadas, imponían penas menores que no eran suficientes para poner fin a esos delitos. Por esa razón, España aprobó la Ley Orgánica No. 11/2003, de 29 de septiembre de 2003, sobre la adopción de medidas concretas relativas a la protección de las víctimas, la violencia doméstica y la integración social de los extranjeros. De acuerdo con esa ley, todo acto de violencia cometido en la familia, toda amenaza de muerte o todo acto de agresión perpetrado, aun cuando no tenga por resultado un daño físico o psicológico grave, se considera desde todo punto de vista un delito, merecedor de una pena apropiada. El verdadero problema social en España es el de la violencia doméstica, que ya no se considera un problema menor. España ha seguido el modelo de la Unión Europea, según el cual los actos de violencia doméstica son delitos que deben investigarse y sancionarse como tales. Las penas impuestas deben cumplirse aun cuando las víctimas soliciten el indulto o una condena condicional para el acusado. Aun cuando éste no tenga antecedentes penales y haya recibido una condena condicional de prisión, debe asistir a cursos sobre el comportamiento por el cual ha recibido esa sentencia. En los casos de violencia doméstica, se prohíbe al transgresor aproximarse siguiera a su víctima.
En 2003, el Parlamento español aprobó por unanimidad una ley sobre órdenes de protección, y en los primeros cinco meses de su aplicación, casi 8.000 víctimas solicitaron protección después de denunciar actos de violencia. Los jueces emitieron órdenes de protección en el 75% de los casos. Se ocupan de hacer cumplir esas órdenes los encargados del mantenimiento del orden público a nivel local, y se están tomando medidas para mejorar la coordinación entre los jueces, los fiscales y las fuerzas de policía locales.
El Sr. Álvaro Page (España) dice que todas las comunidades autónomas de España han participado en la preparación de un informe anual, que ya se ha terminado pero que debe ser revisado, sobre las actividades emprendidas para concientizar a la población y prevenir actos de violencia contra la mujer, así como sobre las actividades de educación y formación, la asignación de recursos y los datos recogidos sobre medidas legislativas y judiciales. La versión final del informe, que está basado en datos de 2003, se transmitirá al Comité en cuanto esté disponible.
La Sra. Murillo-de-la-Vega (España) expresa su reconocimiento por las observaciones formuladas por los expertos y señala que dichas observaciones serán de utilidad para el Gobierno al formular sus políticas en el futuro.
La Presidenta invita a los miembros a formular preguntas.
La Sra. Morvai pide información sobre los planes del Gobierno con respecto a la política y las leyes sobre la prostitución. Le sorprende que los prostíbulos sean legales en Cataluña y que no se haya hecho alusión a esto en el informe.
La Sra. Shin pregunta si la legislación propuesta sobre las leyes integrales relativas a transgresiones por motivos de género prevé la educación preventiva de los hombres y los niños varones. También desea saber si el nuevo Gobierno ha aumentado el presupuesto para las actividades de fomento de la igualdad de género y, en caso afirmativo, en qué medida.
La Sra. Belmihoub-Zerdani menciona que, según el párrafo 2 del artículo 53 de la Constitución, un ciudadano español puede solicitar un recurso de amparo al Tribunal Constitucional. España ha ratificado el Protocolo Facultativo, que otorga a los ciudadanos el derecho de plantear casos individuales al Comité. La oradora pregunta si a los efectos del Protocolo Facultativo, la solicitud de un recurso de amparo al Tribunal Constitucional representa el último recurso interno para un ciudadano.
La Sra. Tavares da Silva desea saber si la Secretaría General de Políticas de Igualdad se ocupa específicamente de las políticas de fomento de la igualdad de género o de la igualdad en general. Pregunta si se da más importancia a las normas o al individuo. También desea saber si el cargo de Secretario General es un puesto de nivel ministerial o simplemente el cargo más alto de ese departamento. Desea saber asimismo si la Secretaría General y el Instituto de la Mujer coordinan la aplicación y el seguimiento de las actividades tendientes a integrar las cuestiones de género. Por último, pregunta si el Gobierno se propone reconsiderar su reserva sobre la cuestión del acceso de las mujeres al trono.
La Sra. Šimonović dice que el Gobierno debería decidir cómo se ha de preparar el informe y recomienda que participen en el proceso el mayor número posible de grupos distintos. Desea saber si el informe ha sido aprobado por el Gobierno y si ha sido presentado o transmitido al Parlamento.
La Sra. Schöpp-Schilling expresa su satisfacción por la información que ha proporcionado la delegación de España sobre la disparidad salarial, pero habría preferido más detalles sobre las iniciativas tomadas por el Gobierno y los sindicatos. También habría deseado que la delegación se refiriera al hecho de que en los sectores de servicios los salarios son más bajos que en el sector industrial. Espera que el próximo informe contenga más información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar la igualdad de remuneración por un trabajo de valor comparable.
La Sra. Alvarado Ballesteros (España) dice que, según la legislación española, promover y facilitar la prostitución mediante el proxenetismo es una actividad delictiva, pero dedicarse a la prostitución no lo es. Las prostitutas son consideradas víctimas y no delincuentes. La legislación catalana a la que se ha referido la Sra. Morvai es un decreto administrativo que contiene reglamentaciones técnicas para los lugares que pueden utilizarse para actividades vinculadas con la prostitución y en el cual se asigna a las autoridades locales la responsabilidad de hacerlas cumplir. No tiene relación alguna con la cuestión de si la prostitución es legal o ilegal y no da lugar a la posibilidad de que esas actividades se lleven a cabo en una vivienda privada.
Como ha señalado la Sra. Murillo-de-la-Vega, la cuestión de la prostitución es objeto de amplio debate en España, así como en otros países. Es preciso tener presente el vínculo entre la prostitución y la delincuencia organizada: el artículo 2 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, abarca los casos en que una persona puede ser considerada víctima de la trata aun cuando aparentemente haya dado su consentimiento.
La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), la Oficina Europea de Policía (EUROPOL) y la Comisión Europea, a través de sus programas para combatir la violencia contra la mujer, en particular el Programa DAPHNE y el Programa STOP, están procurando desmantelar las redes que explotan a la mujer.
La Sra. Murillo-de-la-Vega (España) dice que la asignación presupuestaria para cuestiones relativas a la igualdad de género aumentó un 62% entre 1996 y 2002. La asignación presupuestaria para la aplicación de la Ley integral amplia contra la violencia de género es de 80 millones de euros.
Respondiendo a la pregunta de la Sra. Tavares da Silva sobre la Secretaría General de Políticas de Igualdad la oradora señala que la Secretaría está adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se ocupa sólo de cuestiones relativas a la igualdad de género, ya que existe una oficina del asesor del Estado que se ocupa por separado de las cuestiones relativas a la familia y la discapacidad.
En términos jerárquicos, no cabe duda que la creación de la Secretaría General ha sido un gran logro, pero también lo es para los grupos de mujeres que han hecho campaña para que en el plano político se preste atención a los asuntos que les preocupan. El Instituto de la Mujer, que funciona en forma independiente para aplicar las normas y mantener el diálogo con la sociedad civil, las comunidades autónomas y los foros internacionales, también depende de la Secretaría General.
La distinción hecha por la Sra. Tavares da Silva entre un cargo puramente simbólico y un cargo que entraña una auténtica responsabilidad es importante. La oradora dice que si su cargo fuera simbólico, no tendría presupuesto ni ninguna responsabilidad por la aplicación de normas ni por órganos como el Instituto de la Mujer. Sin embargo, el concepto de jerarquía también está vinculado al ejercicio del poder, y es importante recordar a este respecto el impulso dado a la potenciación del papel de la mujer por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing.
En España no es obligatorio transmitir al Parlamento español los informes periódicos que se presentan al Comité, ya que los encargados de la aplicación de las normas son los ministerios del país, en tanto que el Parlamento se ocupa de cuestiones legislativas o de los compromisos del Gobierno. Los ministerios son responsables de toda la planificación relacionada con la política de igualdad, principalmente la integración de las cuestiones de género. En consecuencia, cada ministerio tiene una unidad para cuestiones de igualdad.
El Sr. Chozas (España), respondiendo a una pregunta de la Sra. Schöpp-Schilling, subraya que la disparidad salarial se está estudiando en detalle a fin de comprender mejor el problema. Si bien la discriminación parece ser un factor, también deben considerarse muchos otros. La cuestión debe ser examinada no sólo por el Gobierno sino también por las asociaciones de empleadores, los sindicatos y los empleados. Hasta tanto se conozcan los resultados de esos estudios, los empleadores y los empleados toman medidas, en el marco del proceso de negociación colectiva, para impedir toda forma de discriminación.
La Sra. Murillo-de-la-Vega (España), respondiendo a una pregunta sobre la primogenitura, dice que los derechos que otorga la Constitución española se aplican por igual a hombres y a mujeres a partir del momento de nacer, y tanto la legislatura como la Corona están dispuestas a considerar la posibilidad de una enmienda constitucional. Sobre la cuestión de rehabilitar a los hombres que han sido declarados culpables de actos de violencia contra mujeres, la oradora explica que los jueces deben determinar el grado de responsabilidad y la medida en que un hombre es conciente del daño físico y moral que ha causado su comportamiento. Las penas, que pueden incluir el trabajo en la comunidad con fines de rehabilitación, se imponen teniendo esto en cuenta.
La Sra. Comas-d’Argemir Cendrá (España), respondiendo a una pregunta sobre los recursos que prevé la ley, dice que en España las mujeres tienen plenas oportunidades de recurrir a los tribunales cuando se vulneran sus derechos. Los derechos que les reconoce la Constitución pueden defenderse en los tribunales constitucionales, y también las mujeres pueden peticionar al Comité, con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención, que España ha ratificado. Ambos recursos se pueden utilizar simultáneamente.
La Presidenta , resumiendo el debate, felicita a los representantes del Gobierno español por su presentación del quinto informe de España y las detalladas respuestas a las preguntas que figuran en la lista de cuestiones y a las que ha formulado el grupo de trabajo que se reunió antes del período de sesiones. Es evidente que se han tomado medidas para lograr la paridad en la rama ejecutiva del Gobierno: así lo demuestra la presencia de mujeres en el Gabinete. Sin embargo, a nivel de los partidos políticos y de las administraciones públicas locales, la representación de la mujer deja bastante que desear. También se ha expresado cierta preocupación acerca de las leyes electorales que rigen las comunidades autónomas, que no parecen incluir ninguna disposición sobre la igualdad de género estipulada en la Convención. La Presidenta insta al Gobierno a que haga uso de todos los recursos disponibles, incluida la asignación de fondos públicos a los partidos políticos, para asegurar la elección de mujeres y para que un mayor número de mujeres ingrese a la judicatura y al servicio diplomático. También es evidente que, a pesar de la presencia de mujeres en los estratos más altos de la sociedad, que puedan servir de modelo y de ejemplo para las demás, en la sociedad en general persiste, por un lado, una considerable desigualdad por motivos de género y, por otro, actitudes patriarcales. Esto se refleja en la tasa de desempleo de las mujeres, que es superior a la de los hombres, en el hecho de que las mujeres en promedio ganan un 30% menos que los hombres y en la concentración de mujeres en empleos de jornada parcial y en sectores no abarcados por la negociación colectiva. La Presidenta espera que en su próximo informe España pueda demostrar que ha tomado medidas para erradicar los estereotipos basados en el género. También debería proporcionar datos cuantitativos de los progresos, si los hubiere, hechos por las mujeres inmigrantes para mejorar su situación, ya que el Gobierno aparentemente no ha podido evaluar el efecto de sus normas contra la discriminación en la población inmigrante. Según la experiencia del Comité, no se pueden introducir las reformas necesarias para eliminar la discriminación si no se cuenta con datos concretos para diagnosticar el problema. Además, en muchos casos las mujeres pertenecientes a minorías son víctimas de una discriminación multidimensional y su situación debe estudiarse debidamente: Centrar la atención en el origen étnico y el género en ese contexto no implica discriminación. Sobre la cuestión de la violencia contra la mujer, es lamentable que la nueva ley orgánica se refiera únicamente a la violencia doméstica. Dado que el Código Penal abarca todas las formas de violencia, todas ellas deberían estar incluidas en el alcance de la ley.
La Presidenta concluye felicitando a España por haber ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención, y la insta a ratificar también la enmienda al párrafo 1 del artículo 20.
Se levanta la sesión a las 17.40 horas.