ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALESGrupo de Trabajo anterior al período de sesiones3 a 7 de diciembre de 2001

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Estoniasobre los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales(E/1990/5/Add.51)

I. MARCO GENERAL DE APLICACIÓN DEL PACTO

A. Información de carácter general

1.Sírvanse indicar si el Estado Parte considera la posibilidad de enmendar su Ley de extranjeros para permitir que las personas que vivían en Estonia antes de 1990, incluida una gran cantidad de rusos, adquieran la ciudadanía estonia.

2.Dada la gran cantidad de apátridas en Estonia, ¿por qué Estonia no ha ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 ni la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961?

3.Sírvanse proporcionar información sobre los trabajadores migrantes en el Estado Parte y sobre si el Estado Parte prevé ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

4.Sírvanse proporcionar información sobre el rango de los idiomas ruso, ucraniano y belaruso en el Estado Parte. ¿Se permite la utilización de esos idiomas en los organismos gubernamentales?

GE.01-46555 (S) 150102 180102

B. Marco jurídico general

5.Sírvanse proporcionar información sobre el mandato, las atribuciones y el grado de independencia del "Canciller Jurídico" que cumple las funciones de defensor del pueblo.

6.Sírvanse citar ejemplos y casos de jurisprudencia para fundamentar si, en la práctica, las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pueden invocarse ante los tribunales estonios.

C. Información y publicidad

7.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para aumentar la sensibilización sobre los derechos humanos en general, en particular entre los empleados gubernamentales, los jueces, los organismos policiales y administrativos, los profesores universitarios y los estudiantes de derechos humanos.

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONESGENERALES DEL PACTO(Artículos 1 a 5)

Párrafo 2 del artículo 2 - No discriminación

8.Sírvanse comentar las siguientes observaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de abril de 2000 sobre Estonia: "La definición de minorías nacionales que figura en la Ley de la autonomía cultural de las minorías nacionales de 1993 sólo se aplica a los ciudadanos de Estonia. En vista del importante número de personas no nacionales y apátridas que residen en el territorio del Estado Parte, el Comité considera que una definición tan restrictiva y estrecha podría limitar el alcance del Programa de Integración del Estado" (CERD/C/304/Add.98, párr. 9).

9.En sus observaciones finales de abril de 2000, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial también expresó su preocupación por el hecho de que las disposiciones relativas a las restringidas cuotas de inmigración establecidas por la Ley de extranjeros de 1993 se aplicaran a los ciudadanos de la mayoría de los países del mundo, a excepción de los de la Unión Europea, Noruega, Islandia y Suiza (ibíd., párr. 10). Sírvanse explicar esta evidente discriminación.

Artículo 3 - Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

10.Sírvanse explicar qué medidas ha adoptado o prevé adoptar el Estado Parte para abordar el problema de la igualdad entre hombres y mujeres habida cuenta de que las mujeres estonias fueron las que más sufrieron durante la reestructuración económica radical del decenio de 1990. Aproximadamente las dos terceras partes de los trabajadores a tiempo parcial eran mujeres. Desde 1995, la tasa de desempleo general ha registrado un porcentaje mayor de mujeres que de hombres. El desempleo de larga duración está más extendido entre las mujeres.

11.Sírvanse comentar y explicar qué medidas se prevén adoptar para corregir la desigualdad de salarios entre hombres y mujeres. Según los datos correspondientes a Estonia del Informe sobre Desarrollo Humano, 2000, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), durante el decenio posterior a la independencia el salario medio de las mujeres ha sido inferior al de los hombres por trabajos de igual valor y esta diferencia sigue aumentando. El salario medio de las mujeres representó el 80% del de los hombres. En el decenio de 1990 no hubo ninguna profesión en Estonia en la que las mujeres recibiesen el mismo salario que los hombres.

III. CUESTIONES RELATIVAS A DERECHOS CONCRETOSRECONOCIDOS EN EL PACTO

(Artículos 6 a 15)

Artículo 6 - Derecho al trabajo

12.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para hacer frente al problema del desempleo, que ha crecido del 10% en 1998 al 12,1% en 1999.

13.En sus observaciones finales de 1995, el Comité expresó preocupación por la posibilidad de que las condiciones para el nombramiento en cualquier puesto al servicio del Estado, en particular la exclusión automática de las personas incapaces de cumplir la exigencia de hablar el idioma estonio, así como de prestar un juramento solemne por escrito en relación con sus actividades precedentes (bajo el régimen anterior), diera lugar a una restricción no razonable del derecho de acceso al servicio público sin discriminación (véase CCPR/C/79/Add.59, párr. 14). Sírvanse explicar si todavía se aplican esas exigencias u otras similares a los solicitantes de empleos públicos y si el Estado considera la posibilidad de eliminar esta práctica discriminatoria.

14.Sírvanse explicar de qué manera se respeta y protege en la práctica cotidiana el derecho de los discapacitados a trabajar, derecho ya garantizado por la Constitución y otras leyes. Sírvanse citar ejemplos.

15.Facilítese información sobre las medidas eficaces que se hayan adoptado para tratar de resolver el problema de la distribución desigual de los beneficios de la recuperación económica desde 1992, especialmente en relación con la suerte de los trabajadores menos calificados, las mujeres y las personas con escasos conocimientos del idioma estonio.

Artículo 7 - Derecho al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

16.Sírvanse indicar si se ha aumentado el salario mínimo y si éste es suficiente para proporcionar a un trabajador y su familia un nivel de vida decente, en particular habida cuenta del hecho de que el salario medio mensual es sólo 82 dólares de los EE.UU., mientras que el salario medio nacional es 296 dólares de los EE.UU.

Artículo 8 - Derecho de asociación

17.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el ejercicio del derecho de asociación respecto de los residentes permanentes a largo plazo en Estonia, en particular en la esfera política. ¿Se sigue excluyendo a los residentes permanentes desde hace tiempo el goce de algunos derechos como, por ejemplo, la afiliación a partidos políticos o el nombramiento como miembros de las juntas directivas de algunas organizaciones sociales o laborales?

Artículo 9 - Derecho a la seguridad social

18.Sírvanse explicar cómo funciona en la práctica el nuevo sistema de pensiones en tres pilares y de qué manera puede considerarse que es mejor con respecto al sistema antiguo. ¿Qué porcentaje de asalariados está cubierto por el nuevo régimen de pensiones? ¿Qué otras redes de seguridad social o de protección cubren a quienes no están amparados por el nuevo régimen de pensiones, especialmente los ancianos, las mujeres y los discapacitados?

Artículo 10 - Protección de la familia, las madres y los niños

19.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para combatir la violencia en el hogar, en particular la violencia contra las mujeres, incluida la violencia conyugal, así como el maltrato de niños.

20.Sírvanse informar de qué manera ha beneficiado a la reunificación familiar de los solicitantes de asilo la recientemente reformada Ley de extranjeros.

21.Sírvanse informar sobre las medidas que prevé adoptar el Estado Parte para resolver el problema de los niños de la calle, que en 1998 se calculó que sumaban entre 4.000 y 10.000.

Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado

22.En relación con los párrafos 495 a 503 del informe del Estado Parte, ¿qué medidas ha adoptado el Estado Parte para mitigar la pobreza del 65% de las familias que tienen dos o más miembros desempleados?

23.Sírvanse informar sobre el porcentaje o número de personas o familias que se acogen a la Ley de bienestar social que exige que las autoridades gubernamentales locales faciliten vivienda a las personas o familias que no pueden o son incapaces de conseguir una vivienda, o de alquilar una vivienda social o disponer de algún otro tipo de alojamiento.

24.Sírvanse facilitar información sobre el número de personas sin hogar y las medidas que se han adoptado para facilitar alojamiento o vivienda social a esas personas, en particular los ancianos.

Artículo 12 - Derecho a la salud física y mental

25.Sírvanse informar acerca del problema generalizado del alcoholismo en el Estado Parte y sobre las medidas que ha adoptado el Estado Parte para revertir o detener esta tendencia, y con qué resultado.

26.La información de que dispone el Comité muestra los peligros ambientales que afectan a la salud de los estonios y al grado de disfrute de los derechos humanos amparados en el Pacto. Sírvanse proporcionar información sobre la situación real en relación con los riesgos ambientales y las medidas que ha adoptado el Estado Parte para resolver este problema.

27.Según el informe del Estado Parte, el número de enfermedades diagnosticadas por las unidades de atención de salud ha aumentado; los adultos padecen con mucha frecuencia enfermedades del sistema circulatorio; muy a menudo los niños tienen que ser hospitalizados debido a enfermedades respiratorias; la incidencia de la tuberculosis y de las enfermedades de transmisión sexual ha aumentado. Sírvanse comentar y explicar las razones de este fenómeno, así como las políticas adoptadas por el Estado Parte para hacer frente a esta situación y los resultados obtenidos.

28.Pese a la mayor utilización de métodos anticonceptivos, el aborto sigue siendo el principal medio de control de la natalidad en Estonia. ¿Prevé el Estado Parte modificar esta práctica a fin de evitar o reducir el número de abortos y embarazos no deseados?

29.Sírvanse informar sobre las medidas efectivas adoptadas por el Estado Parte para ayudar a los ancianos y discapacitados.

Artículos 13 y 14 - Derecho a la educación

30.Sírvanse proporcionar información sobre el elevado porcentaje de abandono escolar en las escuelas secundarias registrado en muchachos de entre 10 y 12 años de edad, pese al mejoramiento del nivel educacional y el aumento del presupuesto educacional.

31.Sírvanse informar sobre las instalaciones educacionales para alumnos con necesidades especiales.

32.Sírvanse explicar el fenómeno generalizado de los niños que viven o trabajan en la calle en vista de la obligación legal que tienen los padres de que sus hijos vayan a la escuela.

Artículo 15 - Derecho a participar en la vida cultural

33.El Estado Parte se ha visto obligado a abandonar muchas de sus funciones anteriores en la esfera cultural pese a la amplia infraestructura que existía antes de la transición económica. Sírvanse informar de qué manera esto ha afectado al goce de los derechos culturales de los ciudadanos estonios y qué medidas ha adoptado el Estado Parte para invertir esta tendencia y aumentar su presupuesto para la cultura.

34.Sírvanse proporcionar información sobre la utilización práctica y cotidiana de los idiomas de las minorías y si se utilizan en periódicos y programas de radio y televisión.

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