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Lista de abreviaciones

4

Introducción

6

Primera parte: Información general sobre el Togo

6

1.Entorno geográfico

6

2.Población e indicadores demográficos

6

2.1Población

6

2.2Tasa de crecimiento demográfico

7

2.3Tamaño y composición de los hogares

7

2.4Natalidad y fecundidad

7

3.Desarrollo económico

9

3.1Agricultura, ganadería y pesca

9

3.2Minería, energía, recursos hídricos e industria

9

3.3Instituciones financieras y compañías aseguradoras

11

3.3.1 Bancos y sistema descentralizado de financiación

11

3.3.2 Compañías aseguradoras

11

3.4Transporte y telecomunicaciones

12

3.4.1 Transporte

12

3.4.2 Telecomunicaciones

12

3.5Turismo e infraestructura hotelera

12

3.6Comercio

12

3.6.1 Comercio interior

12

3.6.2 Comercio exterior

13

3.7Finanzas públicas y deuda del Estado

13

3.8Indicadores de desarrollo

13

4.Servicios sociales

14

4.1 Educación y formación

14

4.2Equidad, género e inclusión

14

4.3Empleo

15

4.4Comunicación

16

5.Cambios en la estructura política y administrativa

16

5.1 Cambios en la estructura política

16

5.2Organización administrativa

17

6. Marco jurídico e institucional general de protección de los derechos humanos

17

6.1 Convenios ratificados

17

6.2Reformas legislativas

17

6.3Mecanismos judiciales

18

6.4Vías de recurso legal

19

6.5 Mecanismos no jurisdiccionales

19

7.Función de los instrumentos internacionales en el ordenamiento jurídico del Togo

19

8.Información y publicidad

19

Segunda parte: Información relativa a los artículos 1 a 16 de la Convención

19

Artículo 1: Definición de discriminación y estatuto de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

19

Artículo 2: Obligación de eliminar la discriminación

19

Artículo 3: Desarrollo y adelanto de la mujer

26

Artículo 4: Aumento de la igualdad entre hombres y mujeres

28

Artículo 5: Funciones y estereotipos asociados a cada sexo

29

Artículo 6: Eliminación de la explotación de las mujeres

30

Artículo 7: Participación de las mujeres en la vida política y pública

31

Artículo 8: Representación de las mujeres en el ámbito de la diplomacia y en los foros internacionales

34

Artículo 9: Nacionalidad de las mujeres

34

Artículo 10: Educación

34

Artículo 11: Empleo

40

Artículo 12: Igualdad de acceso a los servicios médicos

44

Artículo 13: Prestaciones sociales y económicas

52

Artículo 14: Mujeres rurales

54

Artículo 15: Igualdad ante la ley en materia de derecho civil

55

Artículo 16: Legalidad en el marco del matrimonio y el derecho de familia

55

Lista de abreviaciones

BOAD:

Banco de Desarrollo de África Occidental

CHR:

Centro hospitalario regional

CHU:

Centro hospitalario universitario

CNDH:

Comisión Nacional de Derechos Humanos

CNLS:

Consejo Nacional de Lucha contra el Sida

CNSD:

Consejo Nacional de Seguimiento de la Descentralización

CNSS:

Caja Nacional de la Seguridad Social

CPF:

Código de la Persona y la Familia

CTS:

Centro de transfusión sanguínea

DGDH:

Dirección General de Derechos Humanos

EDST-II:

Segundo Estudio Demográfico y de Salud del Togo

EDST-III:

Tercer Estudio Demográfico y de Salud del Togo

EPU:

Examen periódico universal

ERI-ESI:

Encuesta Regional Integrada sobre el Empleo y el Sector Informal

ESEPSI:

Educación Sanitaria en las Escuelas para la Prevención del Sida y de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS)

FAIEJ:

Fondo de Apoyo a Iniciativas Económicas de Jóvenes

FNFI:

Fondo Nacional de Financiación Inclusiva

IDH:

Índice de desarrollo humano

IEC/CCC:

Información-educación-comunicación/Comunicación para el cambio de comportamiento

ITS:

Infección de transmisión sexual

MEPST:

Ministerio de Educación Primaria y Secundaria del Togo

MICS:

Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados

MIFA:

Mecanismo de Incentivos para la Financiación Agrícola

ODS:

Objetivos de Desarrollo Sostenible

OIT:

Organización Internacional del Trabajo

ONG:

Organización no gubernamental

ONUSIDA:

Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida

PADAT:

Proyecto de Apoyo para el Desarrollo Agrícola en el Togo

PEFI:

Proyecto de Educación y Fortalecimiento Institucional

PIB:

Producto interno bruto

Pyme:

Pequeña y mediana empresa

PND:

Plan Nacional de Desarrollo

PNEIG:

Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género

PTMI:

Prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH

TPI:

Tratamiento preventivo intermitente

UNFPA:

Fondo de Población de las Naciones Unidas

I.Introducción

1.El Gobierno del Togo presenta sus informes periódicos octavo, noveno y décimo combinados en un solo documento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

2.El informe se ha elaborado siguiendo un proceso inclusivo y participativo en el que han tomado parte la Administración pública, las instituciones de la República, las asociaciones y ONG de promoción y protección de los derechos de las mujeres y el sector privado. Dicho proceso ha contado con el apoyo financiero del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a que el Gobierno desea expresar su profunda gratitud.

3.En el informe se exponen las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de diversa índole adoptadas por el Togo para aplicar las disposiciones de la Convención, así como las dificultades encontradas en esa tarea. El informe en cuestión consta de dos partes.

4.La primera parte está dedicada a aportar información general sobre el Togo, mientras que en la segunda se facilita información sobre la aplicación de los artículos 1 a 16 de la Convención.

II.Primera parte: Información general sobre el Togo

1.Entorno geográfico

5.La información facilitada en el informe inicial combinado sigue siendo válida. No obstante, hay que señalar que los efectos del cambio climático han influido considerablemente en el clima en su conjunto, con la generación de precipitaciones tempranas o tardías, dependiendo del año, que provocan inundaciones o sequías.

2.Población e indicadores demográficos

2.1Población

6.Según los datos definitivos del Quinto Censo General de Población y Vivienda, la población residente en el Togo ascendía en noviembre de 2022 a 8.095.498 habitantes, de los que 4.150.988 eran mujeres (es decir, el 51,3 % de la población), lo que confirma el predominio de las mujeres en el país. La población se caracteriza por la existencia de un alto porcentaje de jóvenes: el 41,6 % está constituido por personas menores de 15 años, el 54,6 % tiene entre 15 y 44 años, el 11,4 % tiene entre 45 y 64 años y el 3,8 % tiene una edad igual o superior a 65 años.

Número de habitantes del Togo desglosado por entorno de residencia y sexo

Entorno de residencia

Sexo

Total

Masculino

Femenino

URBANO

1 689 674

1 784 118

3 473 792

RURAL

2 254 836

2 366 870

4 621 706

TOGO

3 944 510

4 150 988

8 095 498

Distribución geográfica de la población (año 2022), Instituto Nacional de Estadística, Estudios Económicos y Demográficos del Togo

7.La mayoría de la población vive en las zonas rurales, donde residen 4.621.706 habitantes frente a los 3.473.792 de las zonas urbanas, lo que sitúa la tasa de urbanización en un 42,9 %.

2.2Tasa de crecimiento demográfico

8.La tasa de crecimiento demográfico no ha variado con respecto al 2,42 % anual indicado en el informe anterior.

2.3Tamaño y composición de los hogares

9.No se han registrado cambios con respecto a los datos que figuran en el informe anterior. El tamaño medio de los hogares a escala nacional es de 4,7 personas. Asimismo, dicho tamaño difiere en función del entorno, situándose en 4,1 personas en las zonas urbanas (lo que supone una ligera disminución) y en 5,3 personas en las zonas rurales (según datos de la encuesta realizada en 2015 mediante el Cuestionario Unificado sobre Indicadores Básicos del Bienestar).

2.4Natalidad y fecundidad

10.Desde la realización del Tercer Estudio Demográfico y de Salud del Togo (EDST-III) en 2014 se ha observado, en general, una disminución de la tasa de mortalidad de la población infantil menor de 1 año y con edades entre 1 y 5 años. De acuerdo con los datos de la Sexta Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) de 2017, la tasa de mortalidad de menores de 1 año descendió del 60 ‰ al 49 ‰ de nacidos vivos durante el período 2009-2013 y al 42 ‰ de nacidos vivos entre 2014 y 2017.

11.Por su parte, la tasa de mortalidad de niños de entre 1 y 5 años se redujo del 88 ‰ al 71 ‰ de nacidos vivos en el mismo período, registrándose una disminución de la tasa de mortalidad de menores de 5 años del 58 ‰ al 31 ‰ de nacidos vivos entre 2003 y 2017.

Evolución de los indicadores de mortalidad de menores de 5 años durante el período 2014-2017

Situación en cuanto a mortalidad materna y neonatal

12.Desde la realización del EDST-III, las tasas de mortalidad neonatal y materna se han mantenido estables en el 27 ‰ de nacidos vivos y el 401 ‰ de nacidos vivos, respectivamente. No obstante, según los datos de la Sexta Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS), la mortalidad posneonatal registró un descenso del 44 ‰ de nacidos vivos en 2014 al 14 ‰ de nacidos vivos en 2017.

13.Cabe señalar la mejora de la atención de la salud materna y neonatal en los centros sanitarios, lo que conllevó una disminución de la mortalidad materna en las dependencias de salud derivada directamente de causas obstétricas del 1,60 % en 2017 al 1,18 % en 2022. Sin embargo, la falta de datos de encuestas recientes imposibilita el cálculo de la tasa actual de reducción de la mortalidad materna en el plano comunitario.

14.Por otro lado, según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la razón de mortalidad materna en el Togo entre las mujeres en edad de procrear (de 15 a 49 años) era de 399 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos en 2020.

15.La reducción de estas tasas de mortalidad (de menores de 1 año, neonatal, de menores de 5 años y materna) es fruto de la ejecución de varios programas y proyectos de atención prioritaria, entre ellos:

•El Programa Ampliado de Inmunización (PAI) (gratuidad de casi todas las vacunas infantiles);

•El Programa Nacional de Control de la Malaria (gratuidad del tratamiento de los casos de malaria y de las medidas preventivas);

•El Programa de Salud Materna y Reproductiva (promoción de los servicios de atención obstétrica y neonatal de urgencia y de planificación familiar, subvención de la realización de cesáreas y gratuidad de la atención de la salud materna e infantil);

•El Programa Nacional de Control de las Infecciones por el VIH/Sida, las Hepatitis Víricas y las Infecciones de Transmisión Sexual (promoción de la PTMI, gratuidad de los antirretrovíricos, atención y seguimiento médicos, plan de acción para agilizar el diagnóstico precoz y la atención pediátrica del VIH durante el período 2023-2026);

•El Programa WEZOU (gratuidad de determinados servicios de tratamiento y atención de la salud materna, neonatal e infantil).

3.Desarrollo económico

3.1Agricultura, ganadería y pesca

16.La información facilitada en los informes periódicos anteriores (sexto y séptimo) sigue siendo válida a día de hoy.

17.Los nuevos datos de los que se dispone indican que la mayoría de la población togolesa vive en zonas rurales (un 57,1 %, frente al 42,9 % residente en zonas urbanas). La agricultura proporciona empleo al 70 % de la población activa y aporta una contribución al PIB del 20,6 % (según los datos facilitados por el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Cooperación en 2022). El balance alimentario global es excedentario, habiéndose incrementado la tasa de cobertura de las necesidades de productos alimentarios del 90 % en 2008 al 147 % en 2022. Dicha tasa aumentó del 51 % en 2012 al 60 % en 2022 en el caso de los productos cárnicos. Por otro lado, la tasa de cobertura de las necesidades de productos pesqueros disminuyó del 35 % en 2010 al 20 % en 2022 debido al aumento de la demanda al tiempo que la producción se mantenía casi constante (de acuerdo con el informe de la campaña agrícola de la Dirección de Estadísticas Agrícolas, Información y Documentación correspondiente a 2022).

18.La perspectiva del Gobierno acerca del sector agrícola se ha plasmado en una serie de documentos estratégicos, entre los que destaca el Programa Nacional de Inversión Agrícola y de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2017-2026, que está en consonancia con la hoja de ruta gubernamental para el Togo de 2025.

19.En el plano institucional, se han creado nuevas estructuras que contribuyen considerablemente al desarrollo de los segmentos de población vulnerable, en particular mujeres y jóvenes. Tal es el caso de los institutos de formación en alternancia especializados en el desarrollo de la acuicultura y la ganadería. En 2023 se creó la Dirección de Emprendimiento y Financiación Agrícolas (DEFA), cuyo cometido abarca la estructuración y orientación de las organizaciones agrícolas, especialmente las agrupaciones de mujeres, en materia de formación y financiación. Lo mismo cabe decir del Organismo de Transformación Agrícola, cuyo enfoque holístico del desempeño de sus funciones hace hincapié en sus medidas en favor de grupos vulnerables como las mujeres y la juventud.

20.Además, se ha instaurado un día nacional para celebrar el papel de las agricultoras cada 16 de octubre, centrándose en temas que destaquen la dedicación y contribución activa de las agricultoras al desarrollo de la economía nacional.

3.2Minería, energía, recursos hídricos e industria

21.La información facilitada en la página 10 del documento en el que figuran los informes periódicos anteriores (sexto y séptimo) sigue siendo válida a día de hoy.

22.Los nuevos datos de los que se dispone tienen que ver con la ejecución del Proyecto de Desarrollo y Gobernanza del Sector Minero. Dicho Proyecto, financiado por el Banco Mundial, ha permitido capitalizar los siguientes logros:

•La elaboración de un documento estratégico para el sector minero (en el que figuran la política minera del Togo y el plan estratégico a medio y largo plazo para dicho sector);

•La elaboración de una guía de estudios ambientales y sociales, una guía de buenas prácticas desde el punto de vista social y ambiental en el ámbito de la explotación artesanal de los recursos mineros y una guía para la elaboración de un plan de cierre de minas y canteras;

•La elaboración de mapas de canteras y explotaciones mineras artesanales;

•La organización de profesionales de la minería artesanal en cooperativas;

•La cartografía aérea mediante la combinación de dos métodos.

23.Como parte de la ejecución de nuevos proyectos mineros en el marco de la transición energética, el Gobierno togolés creó en 2023 la Sociedad de Explotación de Manganeso del Togo, empresa de carácter estatal.

24.A continuación se indican los respectivos aumentos registrados de la tasa de acceso a energía eléctrica en diferentes períodos:

•Del 33,11 % en 2015 al 45,6 % en 2019;

•Del 58,1 % en 2021 al 63 % en 2022;

•Hasta el 66 % en 2023.

25.Tales resultados son fruto de la adopción de determinadas medidas, en concreto:

•La instalación en todo el territorio nacional de más de 144.317 kits de paneles fotovoltaicos en modalidad de pago por uso dentro del Programa CIZO de paneles solares;

•La habilitación de más de 36.000 conexiones a la red eléctrica a finales de noviembre de 2023 gracias al Fondo de Electrificación Universal (Fondo Tinga) de las regiones de Sabanas, Kara y Plateaux;

•La ejecución de proyectos de electrificación rural;

•El aumento de la capacidad de producción de energía eléctrica (mediante la construcción de la central térmica de Kékéli, con una potencia instalada de 65 MW, y de la central solar de Blitta, con una capacidad instalada de 70 MW);

•La ampliación de la red de transmisión de energía eléctrica (por medio de la construcción de la línea de alta tensión de 161 KV en Kara, Mango, Dapaong y Mandouri y sus correspondientes subestaciones, con una longitud de 330 km);

•La mejora del acceso a la energía eléctrica gracias a la ejecución del Proyecto de Ampliación de la Red Eléctrica en la ciudad de Lomé y del Proyecto de Reforma e Inversión en el Sector Eléctrico del Togo.

3.3Instituciones financieras y compañías aseguradoras

26.La información sobre las instituciones financieras y aseguradoras que figura en las páginas 10 y 11 del documento de los informes anteriores (sexto y séptimo) sigue siendo válida a día de hoy.

27.A fin de promover la participación de las mujeres en el desarrollo económico y su empoderamiento, el Estado ha puesto en marcha el Fondo Nacional de Financiación Inclusiva (FNFI), cuyos distintos productos fomentan el acceso de mujeres y chicas jóvenes al crédito para ejercer actividades económicas. El objetivo es posibilitar que las mujeres o los hogares sin acceso a servicios financieros tradicionales empiecen a acceder a servicios de microfinanciación.

28.Las empresarias que desarrollan su actividad económica en el sector agrícola también recurren al Mecanismo de Incentivos para la Financiación Agrícola (MIFA), basado en la distribución de riesgos, y al Organismo Nacional de Promoción y Garantía de Financiación.

29.Los servicios financieros tradicionales (los bancos y las compañías aseguradoras, en este caso) contribuyen a facilitar el acceso de las mujeres al crédito.

3.3.1Bancos y sistema descentralizado de financiación

30.Aparte de las instituciones bancarias señaladas en el informe anterior, se han creado nuevas entidades de este tipo, a saber:

•Coris Bank;

•Bank of Africa (BOA).

31.En cuanto a los sistemas descentralizados de financiación, además de la información facilitada en el informe anterior, cabe señalar el surgimiento de varias instituciones:

•La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Profesionales de la Artesanía;

•La Unión de Cajas de Ahorro y Crédito del Togo;

•La Federación de Entidades de las Cajas de Ahorro y Crédito de las Asociaciones de Aldea;

•La Unión de Mutuas de Ahorro y Crédito para Mujeres del Togo.

32.Tales instituciones de microfinanciación velan especialmente por garantizar el acceso al crédito por parte de las mujeres, que constituyen la mayoría de sus miembros. Las actividades crediticias de la Unión de Mutuas de Ahorro y Crédito para Mujeres del Togo se centran más específicamente en este grupo de población.

3.3.2Compañías aseguradoras

33.Aparte de la información que figura en la página 12, párrafos 36 y 37, del informe anterior, cabe señalar el surgimiento de nuevas compañías como Saham Assurance, CIF Assurances Vie y CorisProtect.

3.4Transporte y telecomunicaciones

3.4.1Transporte

34.La información facilitada en el informe anterior (págs. 19 y 20) sigue siendo válida. No obstante, la red de carreteras ha mejorado en el último decenio. El Estado ha invertido en el desarrollo de la infraestructura viaria y, actualmente, el país cuenta con 11.777 km de este tipo de vías. Se han pavimentado aproximadamente 2.101 km de carreteras nacionales y 1.473 km de vías urbanas.

35.Por lo que respecta al tráfico aéreo, el Togo inauguró la nueva terminal del Aeropuerto Internacional Gnassingbé Eyadéma en abril de 2016.

3.4.2Telecomunicaciones

36.El mercado togolés de la telefonía está repartido entre dos operadores (el grupo Togocom y la empresa Moov, en este caso).

37.Según el informe elaborado en 2018 por la Autoridad Reguladora de los Sectores de Correos y las Telecomunicaciones acerca de la evolución de los mercados regulados, la tasa de penetración de la telefonía fija disminuyó considerablemente (en un 80 %) al pasar del 2,55 % en 2017 al 0,51 % en 2018. Durante ese mismo período, la tasa de penetración de la telefonía móvil se mantuvo sin variaciones en 2018 con respecto al 83 % registrado en 2017. La tasa de penetración de Internet aumentó de forma espectacular en el quinquenio de 2012 a 2017, registrándose un incremento del 3 % al 36 %, respectivamente.

38.Por otro lado, los operadores que ofrecen servicios de acceso a Internet son Togocom, Moov, Café Informatique & Communication, el Grupo TEOLIS S. A. y el Grupo Vivendi Africa Togo.

39.La llegada de Internet ha dado lugar a la expansión del sector de los servicios financieros, que proporciona empleo a un mayor número de mujeres. El operador Moov de la empresa Atlantique Télécom Togo puso en marcha el primer servicio financiero móvil (Flooz) el 31 de agosto de 2013. A ello se sumó el lanzamiento oficial por el operador Togo Cellulaire de un servicio similar, denominado Tmoney, en junio de 2016.

3.5Turismo e infraestructura hotelera

40.La información que figura en el informe anterior a este respecto sigue siendo válida. No obstante, en materia de infraestructura hotelera, cabe señalar que el Hotel Radisson Blue se ha convertido en el Hotel 2 de Febrero y que el Estado ha pasado a hacerse cargo del Hotel Mercure Sarakawa. Asimismo, existe una amplia red hotelera privada en todo el país.

41.Por lo que se refiere a los emplazamientos turísticos, no hay variaciones con respecto a los enumerados en el informe anterior.

42.La pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) afectó gravemente al sector (cuya contribución al PIB del país en 2015 se situaba en el 4 %), pese al considerable impulso por parte del Estado para mantenerlo a flote.

3.6Comercio

3.6.1Comercio interior

43.La información referente al comercio interior facilitada en los anteriores informes combinados sigue siendo válida. Sin embargo, el comercio interior se vio afectado por el incendio de los grandes mercados de Lomé y Kara, cuyos proyectos de reconstrucción se están llevando a cabo.

3.6.2Comercio exterior

44.Las operaciones de comercio exterior del Togo con otros países se saldaron en 2018 con un superávit de 57.880,3 millones de francos CFA.

45.Los cinco principales asociados comerciales del Togo en materia de exportaciones son Suiza (un 18,6 %), Côte d’Ivoire (un 6,0 %), Burkina Faso (un 4,5 %), la India (un 3,8 %) y Benin (un 2,1 %).

46.Por otro lado, los cinco principales asociados comerciales del país en materia de importaciones son Liberia (un 10,9 %), Francia (un 9,7 %), el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (un 9,1 %), Panamá (un 6,4 %) y Côte d’Ivoire (un 4,1 %).

47.Las exportaciones e importaciones de servicios en 2018 registraron un descenso del 27,1 % y el 9,5 %, respectivamente. El saldo de la balanza comercial disminuyó un 61,3 %.

3.7Finanzas públicas y deuda del Estado

48.La deuda de la Administración central del Togo ascendía a finales de diciembre de 2022 a 3.337.360 millones de francos CFA, frente a los 2.912.500 millones de francos CFA registrados a finales de diciembre de 2021 y los 2.555.400 millones de francos CFA de 2020. La tendencia al alza del endeudamiento entre 2020 y 2022 está relacionada con el aumento del déficit presupuestario durante dicho período. Dicho aumento puede atribuirse principalmente a los perjuicios provocados tanto por la crisis sanitaria a raíz de la pandemia de COVID-19 como por la crisis de seguridad en el norte del país y su consiguiente incremento del gasto público.

49.La ratio de endeudamiento (relación entre la deuda y el PIB) se ha reevaluado gracias a la labor de revisión de este último. En concreto, dicha ratio aumentó del 60,1 % del PIB en 2020 al 63,0 % del PIB y, posteriormente, al 65,84 % del PIB en 2022. La ratio de endeudamiento sigue siendo claramente inferior al 70 %, en consonancia con las normas de la Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMAO).

3.8Indicadores de desarrollo

50.En los últimos años, el índice de desarrollo humano del Togo ha registrado una tendencia al alza, incrementándose de 0,484 en 2014 a 0,547 en el período 2023-2024, lo que supone un aumento del 13 % durante ese lapso de tiempo. Atendiendo a estos resultados, cabe decir que el Togo va camino de superar el umbral de entrada en la categoría de países con un índice de desarrollo humano medio igual a 0,550.

51.El índice nacional de pobreza registró un descenso de 5,2 puntos entre 2011 y 2017. Las zonas rurales son las más afectadas, existiendo en ellas un 63,7 % de hogares por debajo del umbral de pobreza en 2017. Asimismo, cabe señalar que la tasa de pobreza es mayor entre los hogares encabezados por mujeres (un 57,5 %) que entre los encabezados por hombres (un 55 %).

4.Servicios sociales

4.1Educación y formación

52.Se ha procedido a la elaboración del plan sectorial de educación para el período 2020-2030. Atendiendo a los resultados de las distintas actuaciones, se observó una relativa mejora de los indicadores entre 2021 y 2023.

•La tasa neta de acceso a la educación primaria aumentó del 58,8 % en 2021 al 62,2 % en 2023, lo que supone un incremento de más de 3 puntos porcentuales entre ambos años;

•La tasa de repetición en primaria no ha dejado de disminuir en dicho trienio, situándose en un 4,9 % en 2021, un 4,8 % en 2022 y un 3,9 % en 2023. Por su parte, la tasa de repetición en el ciclo superior de educación secundaria aumentó del 14,6 % en 2021 al 15,6 % en 2022 y, posteriormente, disminuyó hasta el 11,7 % en 2023;

•La tasa de finalización de estudios en 2023 era del 88,8 % en la educación primaria, del 58,3 % en el primer ciclo de educación secundaria y del 28,6 % en el ciclo superior de educación secundaria. Dicha tasa se ha mantenido relativamente estable en los últimos años (en comparación con los respectivos porcentajes del 88,6 %, el 56,9 % y el 28,9 % que se registraban en 2022);

•La tasa bruta de matriculación en la educación preescolar se incrementó del 42,2 % en 2021 al 45,4 % en 2022 y al 46,6 % en 2023. En primaria, dicha tasa se situó en un 119,5 % en 2021, un 115,4 % en 2022 y un 117,7 % en 2023.

4.2Equidad, género e inclusión

53.El índice de paridad con respecto a la tasa de finalización de la educación primaria era de 0,98 en 2023, lo que demuestra que las actuaciones encaminadas a garantizar la universalidad de la escolarización en dicho nivel de enseñanza están beneficiando tanto a las niñas como a los niños, si bien es preciso seguir realizando esfuerzos por aumentar dicho índice a 1.

54.Según los datos de la Sexta Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) del Togo realizada en 2017, la tasa nacional de analfabetismo entre las mujeres de 15 a 49 años encuestadas era del 53,9 %, de las cuales el 27,4 % había cursado la educación preescolar o nunca había asistido a la escuela y el 26,5 % había alcanzado el nivel de educación primaria. Por lo que respecta a las zonas rurales, el 66,6 % de las mujeres de 15 a 49 años encuestadas eran analfabetas, de las cuales el 37,9 % había cursado la enseñanza preescolar y el 28,7 % había accedido a la enseñanza primaria.

Tasa bruta de matriculación escolar (TBME) en los ciclos de educación secundaria inicial y superior en el año académico 2022-2023

Región

TBME en el ciclo inicial de educación secundaria (%)

TBME en el ciclo superior de educación secundaria (%)

TBME total en la educación secundaria (%)

Varones

Mujeres

Total

Varones

Mujeres

Total

Varones

Mujeres

Total

Metrópolis de Lomé

89,4

96,0

92,7

46,2

43,6

44,8

70,4

72,7

71,6

Marítima

97,1

89,6

93,4

52,9

40,2

46,6

80,1

70,7

75,4

Plateaux Oriental

73,2

61,2

67,3

36,5

25,3

31,0

59,1

47,4

53,4

Plateaux Occidental

75,2

60,6

67,7

37,1

25,8

31,2

60,1

46,6

53,2

Central

77,6

65,1

71,4

36,6

27,2

31,9

61,6

50,2

55,9

Kara

70,6

55,3

63,0

45,8

32,1

38,9

61,1

46,3

53,7

Sabanas

58,1

48,4

53,2

28,0

19,2

23,6

47,0

37,6

42,3

Togo

79,1

71,9

75,5

41,8

33,0

37,4

64,3

56,4

60,3

Fuente: Anuario nacional de estadísticas de educación (2022-2023) de la Dirección de Planificación, Estadísticas y Seguimiento Evaluativo del Ministerio de Educación Primaria y Secundaria del Togo.

4.3Empleo

55.El Gobierno ha aprobado la hoja de ruta gubernamental (2020-2025), articulada en torno a tres ejes, el segundo de los cuales tiene como objetivo “impulsar la creación de empleo aprovechando el potencial económico”.

56.Los resultados de la Encuesta Regional Integrada sobre el Empleo y el Sector Informal (ERI-ESI) del Togo de 2017 indican que la tasa de desempleo en el país se sitúa en el 3,9 %. Dichos resultados indican que el desempleo, tal como lo define la Oficina Internacional del Trabajo, golpea con más dureza a la juventud y sobre todo a las mujeres, especialmente entre las personas de 25 a 34 años, que constituyen el 46,5 % de la población desempleada, de la cual el 51,7 % son mujeres y el 43,2 %, hombres. Otro 32 % de la población desempleada está constituido por personas de 15 a 24 años, de las cuales el 35,8 % son mujeres y el 29,6 %, hombres.

57.Por otro lado, la tasa combinada de subempleo vinculado a la jornada laboral y desempleo en el Togo es del 16,1 %, situándose en un 15,1 % entre los hombres y un 17,0 % entre las mujeres. Dicha tasa es más alta entre la juventud menor de 35 años (un 21,7 % entre las personas de 15 a 24 años y un 18,9 % entre las de 15 a 34 años), así como entre la población con estudios de educación terciaria (un 23,3 %) y en Lomé (un 19,8 %) (datos de la ERI-ESI del Togo de 2017).

58.No obstante, se han organizado procesos de contratación general de funcionarios y contratación sectorial para determinados ministerios que contribuirán a seguir reduciendo las tasas señaladas. Todavía quedan retos por superar en cuanto a la proporción de la población activa desempleada, a la que hay que prestar aún más atención.

59.En el plano institucional, se han puesto en marcha varios mecanismos para reducir el desempleo y promover la integración de la juventud en el mercado laboral. Entre las iniciativas a este respecto, figuran las siguientes: i) la creación de un ministerio con responsabilidad específica en materia de empleo juvenil; ii) la creación del Fondo de Apoyo a Iniciativas Económicas de Jóvenes (FAIEJ); iii) la creación del Organismo Nacional de Promoción y Garantía de Financiación de las Pymes y Pequeñas y Medianas Industrias; iv) la creación del Organismo Nacional de Empleo, en funcionamiento desde 2010; v) la creación del Organismo Nacional de Apoyo para el Desarrollo Comunitario, que cuenta con el respaldo de un fondo; y vi) la creación de la Delegación de la Organización del Sector Informal.

4.4Comunicación

60.La información en materia de comunicación facilitada en el informe anterior sigue siendo válida. Sin embargo, cabe señalar el aumento del número total de canales de comunicación, a excepción de las cadenas de televisión, cuyo número ha disminuido en dos. Según datos de la Autoridad Superior de Medios Audiovisuales y de Comunicación, en noviembre de 2020 se contabilizaban las siguientes cifras referentes a dicho tipo de medios:

•Un total de 92 emisoras de radio: 6 radios públicas, entre ellas, 2 nacionales (Lomé y Kara) y 4 rurales (Kévé, Notsè, Pagouda y Dapaong); 86 radios privadas de carácter comercial, religioso y comunitario (con la siguiente distribución: 25 en el Distrito Autónomo de la Metrópolis de Lomé; 9 en la Región Marítima; 19 en la Región de Plateaux; 11 en la Región Central; 13 en la Región de Kara; 9 en la Región de Sabanas;

•Diez cadenas de televisión (9 privadas y 1 estatal);

•Periódicos: se publican 224 con mayor o menor periodicidad (2 de ellos en la zona interior del país), de los cuales 5 son diarios, entre los que figuran 1 de carácter oficial (Togo-Presse) y 4 de carácter privado (Liberté Hebdo, Forum de la Semaine, L'économiste du Togo y Togomatin).

5.Cambios en la estructura política y administrativa

5.1Cambios en la estructura política

61.Se ha aprobado la Ley núm. 2021-019 de 11 de octubre de 2021, por la que se modifica la Ley núm. 2012-002 de 29 de mayo de 2012, relativa al Código Electoral. Cabe señalar que el 22 de febrero de 2020 se celebraron elecciones presidenciales, las cuales se saldaron con la reelección en primera vuelta, con el 72 % de los votos, del Presidente de la República, el Excelentísimo Señor Faure Essozimna GNASSINGBE, candidato del partido Unión por la República (UNIR).

62.En octubre de 2020 se formó un nuevo Gobierno dirigido por la Sra. TOMEGAH-DOGBE, lo que constituyó un hito sin precedentes en el Togo. Dicho Gobierno está constituido en un 34,30 % por mujeres, algunas de ellas responsables de carteras ministeriales estratégicas como la de Defensa. La Hoja de Ruta 2020-2025 constituye el marco unificador de las actuaciones gubernamentales.

63.Cabe destacar la aprobación en 2019 de la Ley Orgánica núm. 2019-023 de 26 de diciembre de 2019, relativa al Tribunal Constitucional y la renovación de sus miembros. Asimismo, hay que señalar la renovación de la Asamblea Nacional en 2018, de la composición de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en 2024 (4 de cuyos 9 miembros son mujeres) y de los miembros de la Autoridad Superior de Medios Audiovisuales y de Comunicación en 2023. En 2024 está prevista la celebración de elecciones parlamentarias.

64.En 2014 se creó el cargo de Alto Comisionado para la Reconciliación y el Fortalecimiento de la Unidad Nacional y, en 2015, se creó la figura del Mediador de la República.

5.2Organización administrativa

65.La organización administrativa se transformó mediante la Ley 2021-020 de 11 de octubre de 2021, por la que se modifica la Ley núm. 207-011 de 13 de marzo de 2007, relativa a la descentralización y las libertades locales.

66.El Togo emprendió un proceso de descentralización con la organización de las elecciones municipales del 30 de junio de 2019, en las que se eligió a los alcaldes y concejales de los municipios. En 2024 está prevista la celebración de elecciones regionales.

6.Marco jurídico e institucional general de protección de los derechos humanos

67.Aparte de las correspondientes disposiciones de derechos humanos contempladas en la Constitución de 14 de octubre de 1992, modificada mediante la Ley núm. 2024-005 de 6 de mayo de 2024, se ha consolidado el marco jurídico a través de los convenios y leyes que se enumeran en los siguientes apartados.

6.1Convenios ratificados

68.Se han ratificado los siguientes instrumentos:

•La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (2014);

•La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares (2020);

•La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 (2021);

•La Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 (2021);

•El Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a la Protección de las Personas de Edad (2021).

6.2Reformas legislativas

69.Entre tales reformas, cabe citar la aprobación de las siguientes leyes:

•La Ley 2021-021 de 11 de octubre de 2021, por la que se modifica la ley en la que se establecen los requisitos para el ejercicio de la libertad de reunión y de manifestación pacífica;

•La Ley 2021-020 de 11 de octubre de 2021, por la que se modifica la Ley núm. 207-011 de 13 de marzo de 2007, relativa a la descentralización y las libertades locales;

•La Ley Orgánica núm. 2021-015 de 3 de agosto de 2021, por la que se modifica la Ley Orgánica núm. 2018-006 de 20 de junio de 2018, relativa a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH);

•La Ley núm. 2021-012 de 18 de junio de 2021, relativa al Código del Trabajo;

•La Ley núm. 2020-007 de 26 de junio de 2020, relativa a la alimentación escolar;

•La Ley núm. 2018-005 de 14 de junio de 2018, relativa al Código de la Tierra y la Propiedad;

•La Ley relativa al nuevo Código Penal del Togo (2015).

6.3.Mecanismos judiciales

70.Con respecto al ámbito de la justicia, cabe señalar lo siguiente:

•En el ámbito de la justicia mercantil, se han creado salas de lo mercantil en el Tribunal de Primera Instancia y en el Tribunal de Apelaciones de Lomé. Además, se han automatizado y simplificado los procedimientos para reducir los tiempos de tramitación y los costos de los procesos de justicia mercantil;

•En diciembre de 2017 se crearon tribunales de procedimientos monitorios para la reclamación de importes entre 0 y 1.000.000 de francos CFA, que cuentan con magistrados especialmente destinados a atender las necesidades de servicio y agilizar la tramitación de expedientes, con el fin de desbloquear las salas de lo mercantil y posibilitar que se tramiten con diligencia aquellos referentes a deudas de escasa cuantía;

•Se ha procedido a la creación de las denominadas “casas de justicia”, cuyo objetivo es aumentar la capacidad del sistema judicial tradicional para seguir acercando la justicia a la población. El cometido de este tipo de centros es resolver, a través de la mediación y la conciliación, pequeñas controversias y reclamaciones de deudas entre ciudadanos que saturarían innecesariamente los tribunales;

•En el ámbito de la seguridad judicial, se han construido o rehabilitado infraestructuras que han mejorado el entorno de trabajo de los magistrados. Con respecto a la seguridad jurídica, se ha realizado una considerable labor de modernización de la legislación mediante la revisión de algunos textos (el nuevo Código Penal, el Código de la Persona y la Familia, la ley relativa a la abolición de la pena de muerte, etc.). Además, se han diseñado diversas herramientas, entre ellas, programas informáticos de gestión de centros penitenciarios y la base de datos sobre legislación “Legitogo”;

•La creación del Centro de Formación de Profesionales de la Justicia ha contribuido al fomento de la capacidad de los miembros de la judicatura y del cuerpo de funcionarios judiciales. Más de 1.500 profesionales de la justicia (jueces, abogados, secretarios judiciales, agentes judiciales, notarios y peritos tasadores judiciales) recibieron formación entre 2010 y 2015 de acuerdo con la recomendación 13 c) del Comité;

•Se ha instaurado el control judicial de la acción administrativa mediante la creación de la Inspección General de Servicios Judiciales y Penitenciarios con el fin de garantizar el funcionamiento adecuado de la justicia;

•Por lo que respecta a la lucha contra la corrupción en el sector de la justicia, el Consejo Superior de la Magistratura ha elaborado una directriz sobre la ética y deontología de los magistrados, cuyo objetivo es motivar a estos profesionales a tener un comportamiento ético. En virtud de este código ético y deontológico, se ha procedido a la imposición de sanciones a varios magistrados por faltas graves. Asimismo, se ha revisado el estatuto de los magistrados, con la consiguiente revisión al alza de la tabla salarial.

6.4Vías de recurso legal

71.A este respecto, sigue siendo válida toda la información que figura en el informe anterior, además de la información facilitada en el apartado “Mecanismos judiciales”.

6.5Mecanismos no jurisdiccionales

72.Existen mecanismos no jurisdiccionales de protección y promoción de los derechos humanos, en concreto, el Ministerio de Derechos Humanos, la Dirección General de Protección de la Infancia, la Dirección General para el Adelanto de la Mujer, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Autoridad Superior de Medios Audiovisuales y de Comunicación, las ONG y asociaciones de promoción y protección de los derechos humanos, la Comisión Nacional para los Refugiados, la Defensoría del Pueblo con la Constitución de 2024 (Mediador de la República), la Comisión Nacional contra la Trata de Personas y el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

7.Función de los instrumentos internacionales en el ordenamiento jurídico del Togo

73.Toda la información que figura en la página 30 del informe anterior sigue siendo válida.

8.Información y publicidad

74.El Estado prosigue sus esfuerzos por garantizar una amplia difusión de la Convención en los distintos idiomas de alfabetización del país, a saber: ewé, kabiyé, tem e ife.

III.Segunda parte: Información relativa a los artículos 1 a 16 de la Convención

Artículo 1: Definición de discriminación y estatuto de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

75.En el artículo 311 del nuevo Código Penal se ha reflejado la definición de discriminación contra la mujer establecida en el artículo 1 de la Convención.

Artículo 2: Obligación de eliminar la discriminación

En el derecho estatutario

Recomendaciones 9, 10, 11, 15 a) y 15 b) del Comité

76.En el artículo 92 de la Constitución de 2024 se establece la prevalencia de los tratados y acuerdos ratificados o aprobados con regularidad, desde el momento de su publicación, sobre las leyes, inclusive las aprobadas con posterioridad, sin perjuicio de la aplicación de cada acuerdo o tratado por la otra parte. La reserva de reciprocidad no es aplicable a los tratados internacionales de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Los tribunales ordinarios gozan de competencia para hacer efectiva la prevalencia de los tratados y acuerdos internacionales cuando, en el transcurso de un procedimiento judicial, se sostenga que las disposiciones legislativas o reglamentarias aplicables contravienen las cláusulas de algún tratado o acuerdo internacional.

77.Para hacer efectivas las disposiciones de la Convención, el Togo ha emprendido el proceso de armonización de su legislación con tales disposiciones.

78.De ese modo, se han aprobado varios textos para garantizar la protección de las mujeres y luchar contra la discriminación, entre ellos:

•El Código de la Persona y la Familia, revisado en 2012 y modificado en 2014 y 2022, en el que se tienen en cuenta los siguientes aspectos:

•La gestión conjunta del hogar por parte de ambos cónyuges (artículo 99);

•La celebración obligatoria del matrimonio por el funcionario competente del registro civil permite al Estado controlar el cumplimiento de los requisitos de validez de dicho acto (artículos 73 y 74). También constituye una garantía para la mujer, que puede denunciar ante dicho funcionario cualquier tentativa de unión forzada;

•El beneficio de la reciprocidad en las relaciones entre cónyuges: el hombre y la mujer de una pareja tienen el deber de mantener una vida en común y profesarse fidelidad, respeto y afecto; tales cónyuges tienen la obligación de ayudarse mutuamente (artículos 97 y 98). El hombre y la mujer han de contribuir a sufragar los gastos del hogar y la familia en la medida de sus respectivas posibilidades (artículo 100);

•La protección de la mujer en caso de disolución del matrimonio: la estricta regulación de los efectos de la disolución del matrimonio, especialmente en caso de fallecimiento del cónyuge, protege en la actualidad a la mujer frente a posibles acciones perjudiciales por parte de su familia política (artículo 427);

•La aplicación consuetudinaria de la voluntad de la persona fallecida únicamente cuando sea compatible con los derechos humanos y los principios fundamentales contemplados en la Constitución (parte final del artículo 404);

•El derecho del cónyuge supérstite a negarse a someterse a ritos de duelo degradantes o que puedan atentar contra su dignidad, aun cuando la sucesión del cónyuge fallecido esté regida por el derecho consuetudinario (artículo 411);

•La modificación de la posición del cónyuge supérstite en el orden de sucesión de su pareja fallecida con el fin de favorecer a dicho cónyuge (artículos 428, 429 y siguientes);

•Con respecto a la violación conyugal, la especificación en el Código del carácter libre y consentido de las relaciones sexuales entre cónyuges;

•La Ley núm. 2015-10 de 24 de noviembre de 2015, relativa al nuevo Código Penal:

•En el mencionado Código hay un párrafo entero dedicado a la discriminación de la mujer (capítulo VII, sección 2, párrafo 2). En el artículo 311 de esta ley se ha incorporado en parte la definición de discriminación establecida en el artículo 1 de la Convención;

•Con arreglo a lo dispuesto en el Código, cualquier acto de discriminación contra las mujeres se castigará con penas de prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multas de quinientos mil (500.000) a dos millones (2.000.000) de francos CFA, o bien con una sola de estas dos sanciones (artículo 312);

•Asimismo, se castigará con penas de prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multas de quinientos mil (500.000) a dos millones (2.000.000) de francos CFA, o bien con una sola de estas dos sanciones, a cualquier persona que impida o prohíba a una mujer, por razón de su sexo, el acceso a la tierra y a los insumos y medios de producción y desarrollo u obstaculice su libertad de circulación para asistir a reuniones de asociaciones, su participación en ellas y su afiliación a tales agrupaciones (artículo 313);

•Además, se han incorporado en el citado Código las disposiciones enumeradas en el anteproyecto de ley de revisión del Código Penal que figuraba en los informes periódicos sexto y séptimo (en el punto 102), en particular el artículo 297, en el que se contemplan las mismas penas por la comisión de actos de discriminación contra las mujeres en los siguientes ámbitos: la igualdad en la vida política y pública en los planos nacional e internacional; la igualdad ante las leyes relativas a la nacionalidad; la igualdad en el ámbito de la educación; la igualdad de derechos en el acceso al empleo y al trabajo; la igualdad de acceso a servicios de salud; la igualdad en los asuntos jurídicos; la igualdad de derechos en el ámbito familiar; la igualdad de derechos y de acceso al crédito y a la seguridad social; y la igualdad de derechos de las mujeres rurales en su acceso al desarrollo;

•En respuesta a la recomendación 21 b) del Comité, cabe decir que el Código en cuestión complementa asimismo el Código de la Persona y la Familia al tipificar como delito las prácticas relativas a la viudedad consideradas degradantes, como el levirato, el sororato, etcétera (artículo 411 del CPF). La elusión de responsabilidades con respecto a los gastos del hogar, el abandono de la familia (artículos 376 a 378 del nuevo Código Penal) y la negativa a abonar la pensión alimenticia (artículos 380 y 381 del nuevo Código Penal), así como la denegación a la mujer del acceso a la tierra (artículo 313 del nuevo Código Penal), son actos que conllevan la imposición de las correspondientes sanciones;

•La Ley relativa al Código de la Tierra y la Propiedad aprobada en 2018 garantiza la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en materia de acceso a la tierra (artículos 8, 13, 14 y 483). Dicho Código, que regula la política nacional en el ámbito de la propiedad de tierras, consagra los principios fundamentales en la materia, a saber: la no discriminación por razón de género en este ámbito, la equidad y la justicia, la igualdad de acceso a la tierra, la consulta y la participación (artículo 14);

•El Código Electoral, modificado por la Ley núm. 2013-004 de 19 de febrero de 2013 y la Ley núm. 2013-008 de 22 de marzo de 2013, contempla en su artículo 225 la reducción a la mitad de la fianza exigida a las candidatas a las elecciones parlamentarias, con miras a suscitar más interés entre las mujeres por la gobernanza política y aumentar ostensiblemente su representación en el hemiciclo;

•Las disposiciones en favor de la igualdad de derechos entre mujeres y hombres contempladas en el Código del Trabajo y mencionadas en los informes periódicos anteriores (sexto y séptimo) siguen siendo válidas:

•El Estatuto General de la Función Pública de 21 de enero de 2013 garantiza la igualdad de oportunidades del funcionariado en materia de contratación, desarrollo de carrera profesional y jubilación;

•La Ley núm. 2019-006 de 26 de junio de 2019, por la que se modifica la Ley núm. 2007-011 de 13 de marzo de 2007, relativa a la descentralización y las libertades locales, modificada por la Ley núm. 2018 de 13 de enero de 2018, fomenta la participación de la ciudadanía, incluidas las mujeres, en la gestión de los asuntos locales (título 1, capítulo 3);

•Entre los cinco (5) especialistas designados miembros del Consejo Nacional de Seguimiento de la Descentralización (CNSD) en virtud del Decreto núm. 2017-048/PR de 31 de marzo de 2017, figuran tres (3) mujeres.

79.En el plano de la programación, cabe señalar lo siguiente:

•La evaluación de la Estrategia de Crecimiento Acelerado y Fomento del Empleo, cuyo documento de referencia 2013-2017 incluía importantes medidas en favor de la equidad y la igualdad. A fin de alcanzar los objetivos de la Estrategia, el Estado se ha comprometido a lo siguiente:

•Consolidar la posición social de las mujeres e impulsar el desarrollo de su potencial dentro de la familia y la comunidad;

•Aumentar la capacidad productiva y los ingresos de las mujeres;

•Fomentar la igualdad de acceso de mujeres y hombres a los servicios sociales básicos;

•Promover la participación equitativa de hombres y mujeres en la gestión del poder y la eliminación de la violencia de género;

•Con posterioridad a la Estrategia de Crecimiento Acelerado y Fomento del Empleo, el Togo elaboró el Plan Nacional de Desarrollo (PND) correspondiente al período 2018-2022. Este documento menciona la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en su capítulo titulado “Desarrollo humano e inclusión social”;

•Atendiendo a la recomendación 21 del Comité, el Togo emprendió en 2019 la actualización de la Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género (PNEIG) y la elaboración de su plan de medidas estratégicas;

•La Política Nacional de Desarrollo Comunitario y la Política Nacional de Protección Social establecen unas directrices claras para la incorporación de la equidad y la igualdad de género en la agenda nacional;

•La implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en los distintos programas de planificación a nivel estratégico (PND).

2.En la práctica

80.Se ha avanzado en la aplicación de las diversas leyes en favor de las mujeres.

81.En cuanto a la participación de las mujeres en la gobernanza, la proporción de diputadas en la Asamblea Nacional aumentó del 11,1 % en 2013 al 18,7 % en 2015 y al 18,68 % en 2020, existiendo mujeres en cargos de Presidenta, Vicepresidenta, Cuestora y Relatora, así como en la Presidencia de diversas comisiones. En 2018 las mujeres representaban el 23,07 % de los ministros del Gobierno, mientras que dicho porcentaje aumentó en 2019 al 26 %, existiendo mujeres con responsabilidad en sectores estratégicos. A día de hoy, el Gobierno está dirigido por una mujer y consta de 12 mujeres, lo que supone una representación del 34,29 %. En el ámbito de la gobernanza local, a raíz de las elecciones municipales de junio de 2019 resultaron electas 192 concejalas de un total de 1.527, es decir, un 12,57 % de mujeres, entre ellas, 12 alcaldesas (un 10,25 %) y 20 tenientes de alcalde. Según el informe de análisis de la dotación de personal de la administración pública (2017), las funcionarias representan el 19,30 % de la plantilla.

82.Las diversas medidas adoptadas en el marco de la aplicación de la Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género (PNEIG) han incrementado la tasa bruta de matriculación de las niñas en la educación primaria del 125 % al 128 %; en el caso del primer ciclo de educación secundaria, dicha tasa es del 71,8 % entre las niñas y del 83,2 % entre los niños; en el ciclo superior de educación secundaria, la tasa en cuestión se sitúa en el 20,8 % entre las chicas y en el 39,9 % en el caso de los chicos (anuario de estadísticas de educación 2017-2018); lo mismo ha ocurrido con la tasa de alfabetización de las mujeres de 15 a 49 años (que ascendía al 46,1 % entre las mujeres según los datos de la MICS de 2017).

83.El Togo se sitúa a la cabeza de los países de la Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMAO) con un alto porcentaje de niñas escolarizadas (un 121,5 %).

84.En cuanto a la violencia contra las mujeres, la encuesta del EDST correspondiente al período 2013-2014 permitió actualizar los datos relativos a las distintas formas de dicha violencia, así como su proporción y prevalencia, con vistas a mejorar las estrategias de actuación. Asimismo, cabe señalar que se ha creado una aplicación informática en línea para la presentación de informes por parte de los centros de atención a las víctimas de violencia de género.

85.Con respecto a la disponibilidad de un sistema integral de recopilación de datos desglosados por sexo en diferentes ámbitos, aparte de los mecanismos mencionados en el informe anterior, cabe citar las encuestas de flujos transfronterizos no registrados en el Togo (EFTNE-TOGO-2019) y las encuestas del censo general de empresas (RGE 2017-2018), entre otras. También existe un mecanismo de coordinación interinstitucional para la recopilación de dicho tipo de datos, que consta de un marco nacional y marcos regionales de consulta y colaboración entre los agentes cuya labor se centra en las cuestiones de género y el adelanto de la mujer y las unidades de coordinación de tales cuestiones de los distintos departamentos ministeriales.

86.Los datos generados sirven para elaborar documentos estratégicos, de políticas y programáticos como el PND, la Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género (PNEIG), el Programa Nacional de Control del Sida y las ITS entre las Mujeres, la Política Nacional de Salud y la Política Sectorial de Educación, que se caracterizan por su gran sensibilidad a las cuestiones de género.

87.Atendiendo a la recomendación 17 d) del Comité, tanto la Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género (PNEIG), en proceso de actualización a día de hoy, como el plan de acción estratégico para su aplicación constituyen el marco de referencia de todas las medidas encaminadas a promover el adelanto de la mujer en el Togo. Dicho plan se articula en torno a cinco (5) ejes estratégicos destinados a eliminar la discriminación contra las mujeres y garantizarles unas condiciones de vida igualitarias en los ámbitos familiar, profesional y político.

88.Por lo que se refiere a la recomendación 13 a), además de las medidas mencionadas en el informe anterior, el Gobierno ha llevado a cabo una serie de iniciativas de concienciación y ha diseñado herramientas para hacer frente a la discriminación y la desigualdad, a saber:

•El programa nacional contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes llevado a cabo dentro y fuera del entorno educativo en el período 2015-2019, actualizado en 2023;

•Actividades de IEC/CCC aptas para fomentar la comunicación entre padres, madres, hijos e hijas en materia de salud sexual y reproductiva, provistas de materiales de apoyo elaborados a tal efecto;

•Iniciativas contra la violencia de género llevadas a cabo en los centros de atención de todo el país.

89.Con respecto a la recomendación 23 b) del Comité, el Gobierno ha emprendido medidas para ejecutar lo dispuesto en el documento de la estrategia nacional contra la violencia de género, así como diversos programas sectoriales. Dichos programas abarcan los siguientes aspectos: animar a las mujeres a denunciar los casos de violencia, llevar a los autores y cómplices de este tipo de delitos ante la justicia, proteger a las víctimas, interponer recursos judiciales y reintegrar a las víctimas, así como llevar a cabo iniciativas de creación de capacidad y programas de concienciación dirigidos a miembros de las fuerzas de seguridad, abogados, personal de salud, trabajadores sociales, funcionarios de justicia y población en general.

90.Asimismo, a través del Plan Nacional de Desarrollo (PND), que constituía el documento rector de la planificación del desarrollo para el período 2018-2022, el Gobierno se ha comprometido a mejorar la condición social de las mujeres y aumentar su poder económico aplicando una serie de medidas encaminadas a posibilitar el ejercicio efectivo de sus derechos y su acceso a los recursos productivos.

91.Por otro lado, atendiendo a la recomendación 43 del Comité, el Togo sigue aplicando las disposiciones de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, que afianzan el cumplimiento de las disposiciones de la Convención. El país elabora informes periódicos al respecto, el último de los cuales data de 2019.

92.En referencia a la recomendación 48 del Comité, el Togo hizo hincapié en la movilización de recursos tanto internos como externos con miras a revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible y consolidar los medios para hacer efectiva esta colaboración en la ejecución del PND 2018-2022 y la aplicación de la Hoja de Ruta 2020-2025 del Gobierno, teniendo en cuenta el Objetivo 17 de los ODS (revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible y fortalecer los medios de implementación de esta).

93.Para atender la mayor necesidad de recursos de financiación para el desarrollo, el Togo ha mantenido un ritmo constante de movilización de recursos internos, con un crecimiento medio en torno al 20 %, y ha diseñado estrategias para captar la inversión extranjera directa.

2.1Estructuras del Estado

94.La información referente a las estructuras estatales que figura en las páginas 24 y 25 del documento de los informes periódicos sexto y séptimo combinados (en el apartado relativo al artículo 2, punto 2.1) sigue siendo válida. Se han creado nuevos ministerios dedicados al adelanto de la mujer: los responsables de desarrollo comunitario e inclusión financiera.

2.2ONG y asociaciones

95.En cuanto a la recomendación 23 c) del Comité, cabe señalar que, aparte de las 200 ONG y asociaciones mencionadas en la página 23, párrafo 112, del informe anterior, en 2020 se contabilizaron otras 100 nuevas entidades de este tipo dedicadas a promover los derechos de las mujeres y la igualdad de género en colaboración con las autoridades gubernamentales.

3.Discriminación y justicia

96.En materia de justicia, la información que figura en los informes periódicos sexto y séptimo referente al artículo 2, punto 3, sigue siendo válida. Aparte del marco jurídico ya existente en este ámbito, el Gobierno togolés ha incorporado el acceso de las mujeres a la justicia en la versión revisada del Código Penal, atendiendo a la recomendación 13 b). También se han emprendido otras iniciativas, entre ellas, las siguientes:

•La creación por la Jefatura del Estado de 14 “casas de justicia” para ofrecer un sistema de justicia de proximidad eficaz y de carácter gratuito. La ventaja y la originalidad de esta medida reside en que tales centros proporcionan un marco de conciliación y mediación como mecanismo alternativo de solución de controversias. A día de hoy se siguen creando nuevas casas de justicia en todo el país;

•La ejecución del Proyecto de Prestación de Asistencia Jurídica a Grupos Vulnerables a través del Voluntariado, emprendido por la Dirección de Acceso al Derecho y a la Justicia del Ministerio de Justicia con la ayuda del PNUD, con el objetivo de contribuir al respeto de los derechos fundamentales de la población más vulnerable, mediante la rápida implantación de un sistema de asistencia jurídica y judicial para los distintos grupos de dicha población y las personas más desfavorecidas, entre ellas, las mujeres y las niñas;

•La creación de un mecanismo institucional de carácter experimental para atender, informar y orientar a las partes justiciables en los tribunales de primera instancia de Lomé y Kara entre 2012 y 2013, que ha aumentado el acceso de las mujeres a la justicia.

Mutilación genital femenina

97.Según los resultados de la encuesta del Tercer Estudio Demográfico y de Salud del Togo (EDST-III), correspondiente al período 2013-2014, y de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) de 2017, la tasa de incidencia de la mutilación genital femenina disminuyó entre 2014 y 2017 del 5 % al 3,1 % entre las mujeres de 15 a 49 años y del 1 % al 0,3 % entre las niñas de 0 a 14 años.

98.Se ha adoptado y aplicado una serie de medidas para acabar con la discriminación de las mujeres, entre las que cabe enumerar las siguientes:

•El programa nacional contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes;

•El programa nacional para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas, en el que se contemplan medidas de prevención y acceso a la justicia;

•El programa de las Casas de la Mujer, orientado a la atención integral de las cuestiones de género;

•La elaboración de argumentarios tradicionales, cristianos y musulmanes contra la violencia de género;

•La adquisición por parte de los líderes tradicionales y religiosos del compromiso solemne de combatir activamente las prácticas tradicionales nocivas contra la infancia a raíz de la Declaración de Notsè de 2013, así como el compromiso adicional contraído en Togblékopé en 2016 y centrado especialmente en el matrimonio infantil (de acuerdo con la recomendación 41 d) del Comité).

99.Se han seguido emprendiendo iniciativas de concienciación y educación orientadas a mujeres y hombres, en consonancia con las recomendaciones 13 a), 31 a) y 41 e) del Comité. Tales actividades se llevaron a cabo principalmente durante la celebración de los días dedicados a las mujeres y las niñas, con la cooperación y participación de las organizaciones de la sociedad civil.

100.Por lo que respecta a la recomendación 9, y con el fin de animar al Parlamento a adoptar las medidas necesarias para aplicar la Convención, se han organizado diversos talleres de divulgación de las observaciones del Comité dirigidos a parlamentarios, jueces, prefectos, jefes tradicionales, líderes religiosos, asociaciones y ONG de defensa de los derechos de las mujeres y profesionales de los medios de comunicación de las seis regiones, entre otros destinatarios. Estas actividades han posibilitado la aprobación de varias leyes en favor de las mujeres por parte del Parlamento.

Artículo 3: Desarrollo y adelanto de la mujer

Leyes y textos de diversa índole

101.Entre 2014 y 2024 se han modificado textos existentes y se han aprobado otros nuevos para fomentar la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Algunos ejemplos al respecto son los siguientes:

•El Código de la Persona y la Familia, revisado en 2012 y modificado en 2014 y 2022;

•La Ley núm. 2015-10 de 24 de noviembre de 2015, relativa al nuevo Código Penal, modificada en 2022;

•La Ley núm. 2022-20 de 2 de diciembre de 2022, relativa a la protección del alumnado contra la violencia sexual;

•El Decreto 0316/MFPTDS de 2 de febrero de 2024, aprobado por el Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Diálogo Social, por el que se prohíben la discriminación y el acoso sexual y moral, la violencia o la intimidación en el lugar de trabajo;

•La Ley núm. 2018-005 de 14 de junio de 2018, relativa al Código de la Tierra y la Propiedad, que garantiza a las mujeres el acceso a la propiedad de la tierra en las mismas condiciones que los hombres (véanse los artículos 8, 13, 14 y 483).

•El Decreto núm. 2017-048/PR de 31 de marzo de 2017, relativo a la designación de los miembros del Consejo Nacional de Seguimiento de la Descentralización (CNSD). Entre los cinco (5) especialistas designados por el Presidente de la República figuran tres (3) mujeres.

Políticas

102.Las políticas elaboradas y aplicadas de manera efectiva son las siguientes:

•El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022, cuyo efecto 5 del eje 3 hace referencia a la promoción continua de la equidad e igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y su participación efectiva en la toma de decisiones en todos los ámbitos del proceso de desarrollo;

•La Política Agrícola 2016-2030, en la que se incorpora la cuestión del acceso de las mujeres a los recursos productivos;

•La Política Nacional de Equidad e Igualdad de Género y su estrategia de aplicación (julio de 2019);

•La Política Nacional de Alimentación Escolar (2013), que contribuye a la matriculación, permanencia y finalización de estudios de las niñas en la educación primaria;

•La Política Nacional de Desarrollo Comunitario;

•El Proyecto de Empoderamiento de las Mujeres Rurales del Togo;

•El programa de ingreso básico universal de carácter solidario NOVISSI, creado por el Gobierno para ayudar a la población togolesa cuyas fuentes de ingresos se vieron afectadas por las diversas medidas emprendidas ante la pandemia de enfermedad por coronavirus. El programa recibió un total de 1.379.835 solicitudes y ha abonado un importe total de 11.362.973.000 francos CFA en ayudas a 567.002 personas beneficiarias, de las que 370.654 eran mujeres y 196.348, hombres;

•El Fondo de Apoyo a Iniciativas Económicas de Jóvenes (FAIEJ), que ha proporcionado herramientas y financiación para la materialización de planes empresariales de jóvenes con proyectos de negocio, de acuerdo con las cifras de beneficiarios indicadas a continuación:

•En 2018: 2.963 personas, entre ellas, 415 mujeres;

•En 2019: 2.301 personas, entre ellas, 690 mujeres;

•En 2020: 2.625 personas, entre ellas, 394 mujeres.

•El Fondo Nacional de Financiación Inclusiva (FNFI), cuyo cometido consiste en crear mecanismos financieros que respalden los esfuerzos por fomentar la inclusión financiera de los segmentos vulnerables de la población. Entre 2017 y el 30 de junio de 2021, las actividades del FNFI ayudaron a 282.867 beneficiarios, de los cuales 132.370 eran mujeres (www.fnfi.tg);

•El Fondo de Apoyo a Iniciativas Económicas de Jóvenes (FAIEJ), que facilitó entre 2018 y 2020 herramientas y financiación a 7.889 jóvenes con proyectos empresariales, entre ellos, 1.499 mujeres;

•El proyecto de redes de seguridad social y servicios básicos, que contribuye a prestar a las comunidades más pobres un conjunto mínimo de servicios socioeconómicos básicos en los ámbitos de la educación primaria, la atención primaria de la salud, el abastecimiento de agua, el saneamiento y la protección social. Dicho proyecto se está ejecutando en todo el país;

•La distribución de comidas calientes en los comedores escolares a más de 200.000 alumnos al año;

•La realización, entre 2017 y 2020, de transferencias en efectivo a 60.419 hogares beneficiarios por importe total de 5.507.942.585 francos CFA, con 57.825 mujeres destinatarias de transferencias de este tipo por valor de 5.271.467.253 francos CFA;

•La creación, entre 2018 y 2020, de 173 agrupaciones constituidas por 4.098 miembros, de los que 3.669 eran mujeres;

•El establecimiento de 350 plataformas multifuncionales en las aldeas para el ejercicio de actividades generadoras de ingresos por parte de agrupaciones de mujeres.

Artículo 4: Aumento de la igualdad entre hombres y mujeres

103.Para garantizar la igualdad y el empoderamiento de las mujeres, el Togo tiene la firme determinación de emprender las siguientes iniciativas:

•El establecimiento de mecanismos de apoyo del sector privado que ayuden a las empresarias y a otras trabajadoras a aprovechar plenamente las oportunidades de fundación de empresas y creación de empleo en el sector formal;

•La ejecución en el Togo del proyecto de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) titulado “50 millones de mujeres tienen la palabra”, cuyo objetivo es fomentar el empoderamiento de las mujeres mediante la creación de una plataforma virtual para establecer redes de contactos y posibilitar el acceso y la difusión de información tanto financiera como no financiera con vistas a fundar y desarrollar sus empresas;

•La adjudicación del 20 % de los contratos públicos a jóvenes y mujeres emprendedoras en 2018 para fomentar el emprendimiento femenino, porcentaje que aumentó al 25 % en 2019;

•La construcción de vías urbanas y caminos rurales para acabar con el aislamiento de las comarcas y facilitar el transporte y la comercialización de los productos agrícolas, actividades realizadas en su mayoría por mujeres;

•El suministro a agrupaciones de mujeres de maquinaria y equipos eléctricos para sus actividades económicas;

•La puesta en marcha, en julio de 2017, del Proyecto de Apoyo para la Inclusión Financiera de las Mujeres Vulnerables (mujeres con VIH, viudas, porteadoras, mujeres recuperadas de fístula obstétrica y mujeres con discapacidad). La ejecución de este proyecto permitió ayudar a 3.500 mujeres en 2019, 5.655 en 2020 y 6.609 en junio de 2021.

Artículo 5: Funciones y estereotipos asociados a cada sexo

104.Aparte de los derechos reconocidos a las mujeres a raíz de la revisión en 2012 del Código de la Persona y la Familia, la posterior modificación de este en 2014 y nuevamente en 2022 ha aumentado la igualdad entre hombres y mujeres en el marco de su relación matrimonial y sus derechos sucesorios. No obstante, no existe una estrategia general para combatir los estereotipos y las prácticas peligrosas, aunque sí se contemplan determinados aspectos en la PNEIG en este sentido.

Relaciones matrimoniales

105.A raíz de la modificación de 2014, la dirección de la familia está a cargo de ambos cónyuges (artículo 99). Del mismo modo, los cónyuges eligen de mutuo acuerdo la residencia familiar. Las relaciones sexuales entre los cónyuges se llevan a cabo de manera libre y con consentimiento.

106.Por consiguiente, las relaciones sexuales impuestas mediante violencia, coacción o amenaza de un cónyuge a otro se castigan con el pago de una multa de doscientos mil (200.000) a un millón (1.000.000) de francos CFA o el cumplimiento de setecientas veinte (720) horas de servicios comunitarios. En caso de reincidencia, se impone una pena de diez (10) a doce (12) meses de prisión y una multa de un millón (1.000.000) a cinco millones (5.000.000) de francos CFA. (Artículo 212 del nuevo Código Penal de noviembre de 2015).

107.Atendiendo a las recomendaciones 21 a) y 21 b) del Comité, el poder legislativo togolés ha endurecido los términos aplicables a las modalidades de poligamia a raíz de la revisión del Código de la Persona y la Familia. En el artículo 59 de dicho Código se establece que, si los cónyuges optan por un régimen polígamo, el correspondiente funcionario del registro civil les informará de la aplicabilidad exclusiva del régimen de separación de bienes del derecho común y de la imposibilidad, en ninguna circunstancia, de cambiar de régimen matrimonial sin haber renunciado a la poligamia.

108.En los artículos 341 y siguientes del Código Penal se establece que el matrimonio forzado constituye una forma de violencia que conlleva la imposición de las correspondientes sanciones con arreglo a las recomendaciones 21 b) y 23 a) del Comité. No obstante, cabe señalar que el Código de la Persona y la Familia no regula las uniones de hecho, por lo que estas no generan derechos ni obligaciones.

Derechos de sucesión

109.El Código de la Persona y la Familia protege a las mujeres y las niñas contra la discriminación derivada de las prácticas consuetudinarias, otorgando precedencia al derecho moderno en caso de controversia o conflicto con respecto a la costumbre. (Artículos 403, 404 y 510).

110.En el Código Penal se contemplan las correspondientes definiciones y sanciones de los delitos de discriminación contra las mujeres y los mecanismos de protección de estas contra toda forma de discriminación por razón de sexo, por ejemplo, con respecto al derecho de acceso a la tierra, la libertad de circulación y los derechos políticos (artículos 311, 312 y 313).

111.En cuanto a la recomendación 23 a) del Comité, referente a la lucha contra la mutilación genital femenina, la información facilitada en relación con el artículo 2 resulta igualmente válida.

Artículo 6: Eliminación de la explotación de las mujeres

112.La información facilitada a este respecto en los informes sexto y séptimo sigue siendo válida.

113.Para respaldar las iniciativas previamente emprendidas y comunicadas en el informe anterior (páginas 26 a 31, párrafos 136 a 169), el Estado y sus asociados locales han adoptado nuevas medidas y llevado a cabo nuevas actuaciones, con el apoyo de los asociados técnicos y financieros, contra la explotación de las mujeres.

1.Trata de niñas, jóvenes y mujeres

114.El problema de la trata de personas y el tráfico de migrantes se aborda en los artículos 317 a 326 del nuevo Código Penal. En el artículo 317 de dicho Código se tipifica la trata de conformidad con la definición contemplada en el Protocolo de Palermo, siguiendo la recomendación 25 b) del Comité.

115.El decreto relativo a la creación, la atribución de competencias, la organización y el funcionamiento de la Comisión Nacional contra la Trata de Personas se firmó el 29 de septiembre de 2021. Dicha Comisión entró en funcionamiento a raíz de la designación de sus miembros en enero de 2022.

116.Para combatir la trata de mujeres y niñas, el Togo ha realizado esfuerzos en diversos ámbitos atendiendo a las recomendaciones 23 y 33 a) del Comité, a saber:

•La creación de los números gratuitos de atención telefónica 8284, para la denuncia de casos de víctimas de violencia de género, y 8250, para los de violencia en el entorno educativo;

•La Estrategia Nacional de Migración Laboral (2018-2022), cuya aplicación tiene en cuenta a las migrantes;

•La intensificación, desde 2018, de la labor de concienciación sobre la trata de personas, en particular sobre la trata de niños y niñas, dirigida a las comunidades mediante campañas anuales de sensibilización acerca de este problema;

•La formación, desde 2017, de jueces, trabajadores sociales, inspectores de trabajo y miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad en materia de trata de personas y cuestiones conexas, como el tráfico ilícito de migrantes, el marco jurídico nacional contra la trata, etcétera.

117.Los datos de los tableros de seguimiento de la protección de la infancia indican que, en 2013, se contabilizaron 3.441 casos de víctimas infantiles de la trata, entre ellos, 2.139 casos de trata transfronteriza. En 2016, el número de tales víctimas infantiles fue de 2.332, registrándose 1.723 casos de trata transfronteriza.

2.Explotación sexual y prostitución de mujeres

2.1Niñas y jóvenes

118.En virtud del artículo 224 del nuevo Código Penal, todo acto de pedofilia está castigado con penas de diez (10) a veinte (20) años de prisión y multas de veinticinco millones (25.000.000) a cincuenta millones (50.000.000) de francos CFA.

119.En cuanto a la violencia contra las niñas, conviene remitirse a las disposiciones que protegen a la infancia en general, en particular el artículo 192 de la Ley núm. 2021-012 de 18 de junio de 2021, relativa al Código del Trabajo, y el Decreto núm. 1556/MFPTRAPS de 22 de mayo de 2020, por el que se determinan los trabajos peligrosos prohibidos a la población infantil.

120.En el artículo 192 del Código del Trabajo se establece que, sin perjuicio de las disposiciones relativas al aprendizaje, la población infantil de uno u otro sexo no podrá emplearse en ninguna empresa o establecimiento, ni realizar ningún tipo de trabajo, ni siquiera por cuenta propia, antes de los quince (15) años de edad, a menos que se conceda una exención para ello mediante un decreto del Ministerio de Trabajo, dictado previa consulta con el Consejo Nacional del Trabajo y atendiendo a las circunstancias locales y las tareas potencialmente exigibles.

121.De conformidad con la disposición mencionada, se promulgó el Decreto núm. 1556/MFPTRAPS de 22 de mayo de 2020, por el que se determinan los trabajos peligrosos prohibidos a la población infantil.

2.2Mujeres adultas

122.Existe un amplio arsenal jurídico para combatir la explotación de las mujeres con fines de prostitución. El Título II del nuevo Código Penal (“Delitos contra personas”) está dedicado a la imposición de sanciones por actos de prostitución en todas sus formas, la trata de personas con fines de explotación y los atentados contra la integridad física de las personas independientemente de su sexo. También amplía el alcance de la tipificación de tales delitos y agrava las penas por proxenetismo y ofrecimiento de servicios sexuales.

Artículo 7: Participación de las mujeres en la vida política y pública

123.Las respuestas referentes a los esfuerzos del Togo por garantizar los derechos políticos de las mujeres facilitadas en el apartado relativo al artículo 2 son válidas en este ámbito.

124.También hay que señalar que se han emprendido diversas iniciativas para fomentar la participación en la vida política y pública. A este respecto, y atendiendo a la recomendación 27 b) del Comité, cabe enumerar las siguientes:

•La elaboración de un argumentario a favor de la paridad en los cargos electos, seguido de un llamamiento a los partidos políticos para que garanticen el posicionamiento adecuado de las mujeres en las listas electorales de cara a las elecciones legislativas y locales;

•La concienciación y creación de capacidad entre los diversos agentes (sensibilización de los partidos políticos acerca de la igualdad de género y la participación de las mujeres en el proceso de toma de decisiones y formación de posibles candidatas electorales en técnicas de liderazgo y comunicación);

•La elaboración y ejecución de un programa nacional de fomento del liderazgo político de las mujeres y un programa nacional de fomento del liderazgo profesional de las mujeres, con la formación de 712 beneficiarias en el marco de dichos programas;

•La creación de una plataforma de liderazgo profesional para que las mujeres puedan compartir sus experiencias y comentar los retos a los que se enfrentan y las estrategias más eficaces;

•La creación de una base de datos de competencias de mujeres que facilite la localización de perfiles con tales competencias a los agentes encargados de cubrir puestos de responsabilidad;

•La academia de política para jóvenes líderes femeninas destinada a la creación de capacidad entre las mujeres en el ámbito político (durante el período 2018-2021). Dicha academia impartió formación a 132 académicas en su ciclo de 2018;

•La organización de la campaña nacional “Igualdad para las niñas (2019-2023)ˮ, orientada a impulsar un cambio social que permita gozar de más igualdad a mujeres y niñas;

•La ejecución del proyecto “Mujeres a la conquista de los ayuntamientos”, que ha fomentado la capacidad de 219 candidatas a las elecciones municipales de 2019 para el uso de técnicas de campaña electoral.

125.Otro ejemplo de medidas incentivadoras es la concesión de financiación extra a los partidos políticos con candidaturas de mujeres.

Gobierno

126.En el plano ejecutivo, cabe señalar que el actual Gobierno, dirigido por una mujer, cuenta con un total de 35 ministros, de los cuales 12 son mujeres (es decir, un 34,30 %), cifra superior al cupo del 30 % recomendado por la Unión Africana. Algunos ministerios estratégicos, como los competentes en economía digital, desarrollo comunitario, minería, obras públicas y comercio, están dirigidos por mujeres.

127.Hay 2 mujeres al frente de sendas jefaturas de gabinete de los departamentos ministeriales, así como 3 mujeres en cargos de Secretaria General (1 en la Presidencia de la República, con rango de Ministra, y 2 en los departamentos ministeriales).

Asamblea Nacional

128.La Asamblea Nacional está presidida por una mujer y compuesta por 91 diputados, de los cuales 17 son mujeres (un 18,68 %), existiendo asimismo mujeres en cargos de Presidenta, Vicepresidenta, Cuestora y Relatora, así como en la Presidencia de diversas comisiones.

Gobernanza local

129.En el plano de la administración local, las mujeres constituyen 192 de los 1.527 concejales (es decir, el 12,57 %), 12 de los 117 alcaldes existentes en el Togo (lo que supone un 10,25 %) y 20 de los 175 tenientes de alcalde (es decir, el 11,42 %).

Instituciones

130.Algunas instituciones, como el Alto Comisionado para la Reconciliación y el Fortalecimiento de la Unidad Nacional y la Oficina del Mediador de la República, están dirigidas por mujeres.

Universidades públicas

131.En las dos universidades públicas, existe una mujer con cargo de Vicepresidenta Primera y otra con cargo de Secretaria General.

Jefatura tradicional

132.Dentro de las jefaturas tradicionales, existen actualmente 3 jefas de cantón de un total de 387 y 3 jefas de aldea de un total de 4.487.

133.En cuanto a la posición de las mujeres en las fuerzas de defensa y seguridad, cabe señalar que hubo una mujer al frente del Ministerio de las Fuerzas Armadas entre 2020 y 2023.

134.Dentro de la policía existen 1.021 mujeres, con el siguiente desglose de cifras y rangos:

•Comisaria: 28;

•Oficial: 32;

•Suboficial: 940;

•Civil: 21.

135.Por lo que respecta a la Gendarmería Nacional y el ejército, las mujeres representan en 2024 el 8,5 % de la dotación total de personal de las Fuerzas Armadas del Togo. Desde 2014 se ha venido destacando asimismo a mujeres de las fuerzas armadas y de seguridad en operaciones de mantenimiento de la paz.

136.En cuanto a la participación de las mujeres en las distintas reuniones de gestión de crisis políticas y sociopolíticas, cabe señalar, por ejemplo, que de los tres (3) miembros que constituyen el Alto Comisionado para la Reconciliación y el Fortalecimiento de la Unidad Nacional, dos (2) son mujeres, una de las cuales preside además la institución.

Artículo 8: Representación de las mujeres en el ámbito de la diplomacia y en los foros internacionales

137.Hay diplomáticas en las cancillerías del Togo en países como Suiza, Bélgica, los Estados Unidos de América (Washington D. C. y Nueva York), el Gabón, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Etiopía y Marruecos. No obstante, tales mujeres no ocupan puestos de máxima responsabilidad.

138.El Togo tiene una representante en el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y el Comité de los Derechos del Niño.

139.La información facilitada en los informes sexto y séptimo sobre la representación de las mujeres en los organismos internacionales sigue siendo válida.

Artículo 9: Nacionalidad de las mujeres

140.Además de la información facilitada en los informes sexto y séptimo, que mantiene su validez en la actualidad, cabe señalar que el Código de la Persona y la Familia, revisado en 2012 y modificado en 2014 y nuevamente en 2022, permite a las mujeres conservar la nacionalidad que hayan adquirido a través del vínculo matrimonial, aun cuando se hayan divorciado (artículo 149), a menos que un juez decida lo contrario.

141.El Togo se adhirió en 2021 a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961, siguiendo la recomendación 29 b) del Comité.

Artículo 10: Educación

142.Se han adoptado varias medidas en este ámbito, entre las que figura la revisión del Plan Sectorial de Educación 2010-2020 abarcando el período 2014-2025. A continuación se indica la situación de las mujeres en materia de educación en los años 2015 y 2019:

Índice relativo a la situación de las mujeres en materia de educación

SUBCOMPONENTE

INDICADORES

MUJERES

HOMBRES

RATIO

2015

2019

2015

2019

2015

2019

MATRICULACIÓN

Tasa bruta de matriculación en la educación preescolar

20,1

37,8

19,1

36,7

1,05

37,3

Tasa bruta de matriculación en la educación primaria

93,4

120,8

95,2

125

0,98

122,8

Tasa bruta de matriculación en el primer ciclo de educación secundaria

59,8

70,3

75,9

83,4

0,79

76,87

Tasa bruta de matriculación en el segundo ciclo de educación secundaria

12,2

24,2

24,7

41,4

0,49

32,8

Tasa bruta de matriculación en la educación superior

30,05

34,53

69,95

65,47

0,43

0,53

FINALIZACIÓN DEL CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Porcentaje del alumnado que comienza el primer curso y termina el ciclo de educación primaria

83,2

84,3

87

88,7

0,96

86,5

RATIO DEL SUBCOMPONENTE DE EDUCACIÓN

Fuentes: Ministerio de Educación Primaria y Secundaria del Togo: Tablero de seguimiento de la educación en el Togo, indicadores de 2015 y 2019, (recopilación de 2020).

143.La tasa de alfabetización de las personas de 15 a 49 años es del 70,4 % entre los hombres y del 46,1 % entre las mujeres (según datos de la encuesta MICS de 2017).

1.Organización del sistema educativo

144.La información referente a la organización del sistema educativo togolés en los distintos niveles de enseñanza se mantiene sin cambios.

1.1Educación primaria

145.La educación primaria atañe a la población infantil de 6 a 11 años. Según los datos de la encuesta realizada en 2015 mediante el Cuestionario Unificado sobre Indicadores Básicos del Bienestar, el 84,8 % de dicha población está escolarizado. Por otro lado, esa misma encuesta indica que hay más niños (un 86,3 %) que niñas (un 13,6 %) que asisten a la escuela primeria.

Alumnado matriculado entre 2012 y 2020 a nivel nacional desglosado por sexo

Tasas brutas de matriculación en la educación primaria por sexo y región correspondientes a los períodos 2014-2015 y 2018-2020

Período 2014-2015

Período 2018-2020

Regiones

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Lomé-Golfe

123 %

121 %

122 %

137 %

142,7 %

139,6 %

Marítima

144 %

151 %

147 %

147 %

139,9 %

143,6 %

Plateaux

122 %

124 %

123 %

123 %

118,1 %

120,8 %

Central

128 %

134 %

131 %

119 %

114 %

116,6 %

Kara

115 %

117 %

116 %

111 %

105,5 %

108,1 %

Sabanas

118 %

112 %

115 %

104 %

94,69 %

99,53 %

Conjunto del Togo

127 %

127 %

127 %

125 %

120,8 %

122,8 %

Fuentes: Tableros de seguimiento de educación: indicadores correspondientes a los períodos 2014-2015 y 2018-2019.

Tasas de promoción, repetición y finalización de la educación primaria por sexo correspondientes al período 2014-2019

2014-2015

2018-2019

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Tasa de promoción

79,3

78,6

78,9

83,3

83,4

83,4

Tasa de repetición

9,5

9,5

9,5

8,0

7,7

7,9

Tasa de finalización de la educación primaria

87

83

85

88,7

84,3

86,5

Fuentes: Tableros de seguimiento de educación: indicadores correspondientes al período 2014-2019. Véase desde 2012.

146.Según los datos de la tabla anterior, en los últimos cinco (5) años ha existido prácticamente una igualdad entre niños y niñas en cuanto a las tasas de promoción y repetición, lo que pone de manifiesto los resultados de las reformas y las diversas iniciativas y esfuerzos que se han venido emprendiendo desde hace varios años, como el PEFI y otros proyectos.

147.La tasa de finalización de la educación primaria, por su parte, se ha situado entre el 85 % y el 94 % en los últimos cinco años tanto entre los niños como entre las niñas. Ello es fruto de los esfuerzos por mantener escolarizado al alumnado en general y a las niñas en particular. Un ejemplo de tales esfuerzos son los programas de comedores escolares.

1.2Educación secundaria

148.En el caso de este tipo de educación, la población de referencia es la de 12 a 18 años. En comparación con la educación primaria, la tasa de asistencia a los centros educativos de educación secundaria es más baja. Su porcentaje global es del 49,1 % y, atendiendo al desglose por sexos, dicha tasa de asistencia es del 55,2 % entre los chicos y del 42,0 % entre las chicas.

Alumnado matriculado y tasa de repetición por sexo correspondientes a los años académicos 2012-2013 y 2019-2020, así como resultados de los exámenes

2012-2013 2019-2020

Alumnado matriculado y tasa de repetición

Primer ciclo de educación secundaria

Total de alumnado matriculado

NR

TRep. (%)

Total de alumnado matriculado

NR

TA (%)

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

150 369

79 389

26 450

13 955

17,57

17,59

187 106

108 967

44 098

26 515

23,56

24,33

Segundo ciclo de educación secundaria

34 762

9 256

10 015

2 543

28,81

27,47

60 582

20 250

18 822

5 949

31,06

29,37

Resultados de los exámenes

Examen del certificado del primer ciclo de educación secundaria

Junio de 2012

Junio de 2020

Alumnado matriculado

Alumnado admitido

TA (%)

Alumnado matriculado

Alumnado admitido

TA (%)

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

Chicos

Chicas

23 741

10 597

16 570

6 066

69,79

57,24

37 685

19 428

21 371

8 527

56,70

43,89

Examen de bachillerato (segunda parte)

Junio de 2012

Junio de 2020

9 326

2 374

1 968

517

26,10

21,77

28 282

8 156

10 209

2 785

36,09

34,46

Fuente: Anuarios de estadísticas de educación de los años académicos 2012-2013 y 2019-2020.

NR: Número de repetidores; TRep: Tasa de repetición; TA: Tasa de aprobados

149.Según los datos del anuario de estadísticas de educación 2018-2019, existen diferencias relacionadas con el género en el acceso al primer ciclo de educación secundaria, con una tasa global del 71,7 % que se sitúa en el 75,5 % entre los chicos frente al 67,8 % correspondiente a las chicas. En el primer ciclo de educación secundaria hay 86 chicas por cada 100 chicos. Se siguen haciendo esfuerzos para reducir esta desigualdad de género. En casi todas las regiones, la tasa de asistencia de las niñas a los centros de educación preescolar era superior a la de los niños en 2019. El aumento del alumnado matriculado en los centros educativos fue más patente en el caso de las niñas en todas las regiones, con un promedio del 5,1 % entre estas frente al incremento del 3,7 % registrado entre los niños. La tasa bruta de matriculación en la educación primaria en el año académico 2018-2019 fue del 122,8 %. Entre 2012 y 2017, la tasa neta de matriculación se incrementó del 84 % (un 82,2 % entre las niñas y un 85,5 % entre los niños) al 93,8 % (un 93,6 % en el caso de las niñas y un 94 % entre los niños). Estos resultados se deben en parte al conjunto de medidas adoptadas.

1.2.1Acceso a los servicios sociales comunitarios en las escuelas y otros centros educativos

150.A fin de facilitar acceso a servicios de abastecimiento de agua potable y de saneamiento, así como a productos para la gestión de la higiene menstrual, especialmente en las escuelas y otros centros de educación o formación, el Gobierno togolés, a través del Ministerio de Educación Primaria y Secundaria y en colaboración con los asociados técnicos y financieros, ha diseñado una serie de iniciativas orientadas al alumnado, entre ellas, las siguientes:

•El programa Agua, Saneamiento e Higiene para Todos (WASH) ejecutado en las escuelas y centrado en el abastecimiento de agua, el saneamiento y la disponibilidad de instalaciones para lavarse las manos, así como en la educación en materia de higiene;

•El programa PEFI, encaminado a la construcción de infraestructuras educativas y sanitarias dotadas del equipamiento adecuado, que ha permitido, en concreto, la construcción de letrinas modernas separadas (para niñas y niños) con puntos de suministro de agua y compresas.

151.En 2018, el 23 % de las escuelas (el 25 % en el caso de las zonas urbanas y el 21 % en las zonas rurales) contaban con letrinas mejoradas, separadas por género y funcionales (Programa de Seguimiento Conjunto, 2018).

1.2.2Refuerzo de las medidas encaminadas a posibilitar a las niñas la continuación de sus estudios en caso de embarazo o maternidad

152.Cabe señalar que, atendiendo a las recomendaciones 31 b), 31 g) y 35 e) del Comité, el Estado togolés y sus asociados han adoptado una serie de medidas orientadas a promover la educación de las niñas y combatir todas las lacras que dificultan su permanencia y sus progresos en el sistema educativo, por ejemplo:

•La elaboración del programa nacional contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes llevado a cabo dentro y fuera del entorno educativo en el período 2015-2019, con el objetivo de reducir la tasa de embarazos precoces en los distintos centros educativos. Dicho programa se actualizó en 2023;

•El proyecto para reducir los embarazos precoces específicamente orientado a los centros de primer y segundo ciclo de educación secundaria;

•El mecanismo de denuncia para llevar ante la justicia a los responsables de los embarazos precoces;

•La impartición obligatoria de la Educación Sanitaria en las Escuelas para la Prevención del Sida y de las ITS (ESEPSI), para lo cual se han elaborado manuales y se ha formado a inspectores y docentes.

153.Mediante la Decisión núm. 033/MEPSTA/CAB/SG de 21 de marzo de 2022, el Togo derogó la Circular núm. 8478/MEN-RS de 15 de diciembre de 1978, por la que se expulsaba de los centros educativos a las alumnas embarazadas.

154.El Plan Sectorial de Educación 2014-2025 prohíbe toda forma de violencia en el entorno educativo. Además, se dotó al sector de una estrategia nacional contra dicha violencia para el período 2018-2022. Entre 2015 y 2020, se ha fomentado la capacidad en este ámbito de un total de 666 personas, entre las que figuran 400 mujeres. Asimismo, en los cantones y municipios se han elaborado planes de acción comunitarios contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes. En términos generales, entre 2015 y 2021 se elaboraron 99 planes y se fomentó la capacidad de 540 personas, de las cuales 327 eran mujeres. Acoso sexual en el entorno escolar y en espacios educativos

155.La información referente al acoso sexual que figura en el informe anterior sigue siendo válida. Además, el Gobierno y las organizaciones defensoras de la igualdad de género están tomando medidas conjuntas para combatir activamente el acoso sexual en el entorno escolar y en los espacios educativos, siguiendo la recomendación 31 c) del Comité.

•El marco jurídico vigente protege a las mujeres contra el acoso sexual en el lugar de trabajo.

•Se ha procedido a la integración progresiva de las cuestiones relativas a la violencia contra las niñas y las mujeres en los programas de enseñanza y los planes de estudios de educación primaria y secundaria.

•Se ha puesto en marcha un programa nacional para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas.

156.En 2016 se llevó a cabo un estudio de alcance nacional sobre la violencia de género en el entorno escolar, que ha dado lugar a la adopción de medidas para combatir tanto esta como otras formas de violencia en los centros educativos.

1.3Educación superior

157.La información facilitada a este respecto en el informe anterior (página 138, párrafos 206 a 208) sigue siendo válida.

Número total de estudiantes matriculados en la Universidad de Lomé y la Universidad de Kara en los años 2012 y 2020, desglosado por sexo

CENTRO

2012

2020

Mujeres

Hombres

Total

Mujeres

Hombres

Total

Universidad pública

14 569

45 670

60 239

29 087

57 893

86 980

Universidad privada

236

346

582

290

312

602

Centros públicos externos a las universidades

637

2 062

2 699

1 401

3 547

4 948

Centros privados externos a las universidades

2 657

3 924

6 581

11 552

13 232

24 784

Total

18 099

52 002

70 101

42 330

74 984

117 314

Fuente: Dirección de Asuntos Académicos y Enseñanza Universitaria.

2.El sistema de educación no formal

Recomendación 31 f) del Comité

158.Según los datos de la Sexta Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) del Togo realizada en 2017, la tasa nacional de analfabetismo entre las mujeres de 15 a 49 años encuestadas era del 53,9 %, de las cuales el 27,4 % había cursado la educación preescolar o nunca había asistido a la escuela y el 26,5 % había alcanzado el nivel de educación primaria.

159.Por lo que respecta a las zonas rurales, el 66,6 % de las mujeres de 15 a 49 años encuestadas eran analfabetas, de las cuales el 37,9 % había cursado la enseñanza preescolar y el 28,7 % había accedido a la enseñanza primaria.

160.La tasa de alfabetización varía en función de diversos aspectos. A nivel nacional, dicha tasa entre los hombres es superior a la de las mujeres independientemente del grupo de edad, situándose en un 76,7 % y un 51 %, respectivamente. Cabe destacar que el 79,8 % de la población urbana está alfabetizada, frente al 49,2 % de la residente en las zonas rurales.

161.El objetivo del Gobierno en el caso del sector de la educación no formal, de acuerdo con lo contemplado en la Estrategia de Crecimiento Acelerado y Fomento del Empleo, era aumentar la tasa de alfabetización al 72,7 % en 2017 e incrementar la oferta de programas de alfabetización con la participación activa de la sociedad civil y el sector privado. En el marco del PND, está previsto intensificar las medidas en favor de la alfabetización y la educación no formal (ENF), prestando especial atención a las niñas y mujeres analfabetas, sobre todo de las zonas rurales.

162.En enero de 2014 se elaboró y aprobó una estrategia nacional que se está aplicando a través de la estrategia de delegación de competencias para el período 2014-2025.

163.Otras iniciativas para fomentar la alfabetización y la educación no formal son las siguientes:

•La revisión en abril de 2014 de los planes de estudios de alfabetización y postalfabetización para tener en cuenta las necesidades específicas de los grupos beneficiarios, especialmente las de las mujeres;

•La integración de programas de alfabetización en las agrupaciones de mujeres dedicadas a la producción agrícola, agropastoral y artesanal;

•La ayuda extraordinaria brindada en 2014 por el Gobierno a través de una subvención destinada a la alfabetización funcional de 1.200 mujeres;

•La elaboración de un programa de alfabetización funcional articulado en torno a una serie de plataformas;

•La integración de las cuestiones relativas a la alfabetización en los planes municipales de desarrollo;

•La integración de los idiomas nacionales en el ejercicio profesional del mantenimiento técnico de maquinaria y equipos agrícolas;

•La formación técnica específica en contabilidad simplificada y gestión de actividades generadoras de ingresos de mujeres recién alfabetizadas pertenecientes a agrupaciones de producción;

•La formación de unos 150 supervisores y alfabetizadores en integración de la perspectiva de género en los programas de alfabetización;

Artículo 11: Empleo

1.Igualdad de acceso al empleo

164.La información facilitada a este respecto en la página 40, párrafo 217, del informe anterior sigue siendo válida.

2.Acoso sexual en el lugar de trabajo

165.La información que figura en la página 41, párrafo 225, del informe anterior, referente a la lucha contra la discriminación en el empleo y las ocupaciones profesionales en general y al acoso sexual en el lugar de trabajo en particular, sigue siendo válida.

166.En el nuevo Código del Trabajo de 2021 se prohíbe toda forma de acoso sexual y se exige que no se despida o penalice a ningún empleado por negarse a aceptar o denunciar cualquier práctica que pueda interpretarse como acoso por parte del empleador, sus representantes o cualquier otra persona (artículo 40).

167.Además, en el nuevo Código Penal se establece y se regula la imposición de sanciones a cualquier persona culpable de acoso sexual (artículos 399 y 400), y en la Orden 0316/MFPTDS de 2 de febrero de 2024 se prohíbe la discriminación y el acoso sexual y moral, la violencia o la intimidación en el entorno laboral o el lugar de trabajo.

3.Igualdad de remuneración

168.La información facilitada a este respecto en la página 42, párrafo 226, del informe anterior sigue siendo válida.

4.Derecho a la libre elección de profesión

169.En el Código de la Persona y la Familia, revisado en 2012 y modificado en 2014, se reconoce el derecho de cada cónyuge a ejercer libremente la profesión que desee (artículo 107).

5.Derecho al ascenso laboral

170.La información facilitada a este respecto en la página 42, párrafo 233, del informe anterior mantiene su validez. No obstante, se han realizado esfuerzos por promover el acceso de las mujeres a la función pública (véase la información que figura en el apartado “Igualdad de acceso al empleo”).

6.Estabilidad laboral

171.Aparte de la información facilitada en la página 42, párrafo 235, del informe anterior, cabe señalar que siguen emprendiéndose iniciativas para fomentar la estabilidad laboral.

172.En el marco de tales iniciativas, se ha incorporado a la función pública a 15.493 docentes de apoyo, de los que 2.992 son mujeres (un 19,31 %).

173.En las disposiciones del Código del Trabajo y del Código Penal se contempla la imposición de sanciones por actos de acoso sexual, incluidos los cometidos en el lugar de trabajo.

7.Edad de jubilación

174.No se han emprendido nuevas reformas con respecto a la edad de jubilación. Por consiguiente, la información facilitada en la página 43, párrafos 237 a 239, del informe anterior sigue siendo válida. A ello cabe añadir el restablecimiento de la prima de jubilación a partir de enero de 2020.

8.Derecho a la formación profesional

175.La información referente a este aspecto que figura en la página 43, párrafo 240, del informe anterior sigue siendo válida. No obstante, cabe señalar la creación de nuevas escuelas nacionales de personal auxiliar de salud, escuelas nacionales de personal de atención obstétrica y escuelas nacionales de magisterio de educación primaria en todas las regiones del país. Además, se han creado dos escuelas de actividades agropastorales en Barkoissi y Elavagnon, así como otra especializada en actividades de construcción en Lomé. Siguiendo esta misma línea, el 4 de mayo de 2016 se creó también el Centro de Formación de Profesionales de la Industria. Todas estas instituciones son accesibles a mujeres y niñas.

9.Prestaciones sociales, seguridad social y prestaciones del régimen de pensiones

176.En el ámbito de la seguridad social, se han adoptado nuevas medidas para mejorar la cobertura brindada por esta a segmentos vulnerables de la población (declaración de información sistemática a la Caja Nacional de la Seguridad Social de las personas contratadas en prácticas, el personal de pequeñas y medianas empresas, etc.), siguiendo la recomendación 33 b) del Comité.

177.Desde marzo de 2012 se encuentra operativo el régimen del seguro de enfermedad obligatorio para los empleados del sector público y asimilados, instaurado mediante la Ley núm. 2011-003 de 18 de febrero de 2011. Dicho régimen cubre los riesgos de enfermedad, accidentes y enfermedades no profesionales y maternidad de los funcionarios públicos en activo o jubilados y de las personas a su cargo (cónyuges e hijos).

178.La gestión del régimen en cuestión está a cargo del Instituto Nacional del Seguro de Enfermedad, que ofrece las siguientes prestaciones a través de un sistema de pago por terceros:

•El pago de los gastos de consultas, hospitalización, medicamentos, procedimientos médicos, quirúrgicos y paramédicos;

•El pago de los gastos de analíticas de laboratorio y pruebas médicas de diagnóstico por imágenes;

•El pago del costo de los servicios de atención sanitaria relacionados con el embarazo y el parto;

•El pago del costo de las vacunas obligatorias y los dispositivos ortopédicos.

179.Los funcionarios del Estado cobran una prima especial de 6.500 francos y han visto aumentado en un 5 % su remuneración de base. Se han incrementado los complementos del personal de los sectores sanitario y educativo específicamente vinculados a sus funciones (primas por riesgo de contagio, peligrosidad, realización de guardias, labores de biblioteca y labores de docencia).

180.También cabe destacar la eliminación del límite máximo de ascensos del funcionariado del sector público. A partir del 1 de enero de 2023, se aumentó el salario mínimo interprofesional y el salario mínimo del sector agrícola de 35.000 francos CFA a 52.500 francos CFA independientemente del sexo de los trabajadores.

181.Asimismo, se han adoptado importantes medidas de atención a personas con discapacidad.

Pensiones de vejez en los sectores público y privado

182.La información que figura a este respecto en la página 44, párrafos 243 y 244, del informe anterior sigue siendo válida. No obstante, el aumento de la remuneración de base de los salarios se reflejará en las pensiones sin distinción por sexo, de acuerdo con la recomendación 33 d) del Comité.

Pensiones de viudedad del funcionariado

183.La información que figura a este respecto en la página 44, párrafos 245 a 247, del informe anterior sigue siendo válida.

10.Protección de la salud del funcionariado y los trabajadores

10.1Administración pública

184.La información facilitada en la página 44, párrafos 248 a 251, del documento de los informes sexto y séptimo sigue siendo válida. No obstante, cabe señalar la creación del Instituto Nacional del Seguro de Enfermedad para asegurar a los funcionarios y a las personas a su cargo, sin distinción por sexo, reduciendo el costo de los tratamientos y proporcionando una cobertura total en el caso de determinadas enfermedades. Asimismo, el objetivo del Gobierno sigue siendo ampliar la cobertura sanitaria para garantizar una cobertura sanitaria universal y accesible a toda la población sin distinciones de ningún tipo. El proyecto en cuestión ya ha entrado en su fase de ejecución.

Protección de la salud de los trabajadores

185.A la información facilitada en la página 44, párrafos 252 a 255, del informe anterior, que sigue siendo válida, hay que añadir la ampliación de la cobertura por enfermedad a los artesanos y los estudiantes de las universidades públicas, la firma del acuerdo con la patronal para garantizar la cobertura de los empleados del sector privado y el proyecto de implantación de dicha cobertura entre los trabajadores del sector informal, constituido en su mayoría por mujeres.

Servicios de guarderías infantiles

186.La información facilitada a este respecto en la página 44, párrafo 265, del informe anterior sigue siendo válida.

Situación de las trabajadoras domésticas y las migrantes

187.Tanto la información que figura en la página 45, párrafo 261, del documento de los informes anteriores como la facilitada en la página 15, apartado 14 (referente al empleo), del documento de respuestas a la lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos del Togo siguen siendo válidas.

188.En el caso concreto de las migrantes, la ratificación por el Togo del Convenio sobre los Trabajadores Migrantes (Disposiciones Complementarias), 1975 (núm. 143) permite gestionar y regular la migración irregular.

189.El Togo ha elaborado la Estrategia Nacional de Migración Laboral (2018-2022), cuya aplicación tiene en cuenta a las migrantes.

Mujeres de sectores no estructurados y problemas detectados

190.La información facilitada a este respecto en la página 54, párrafo 262, del documento de los informes anteriores sigue siendo válida. No obstante, se están adoptando diversas medidas para mejorar la situación de tales mujeres, por ejemplo:

•La ayuda a las mujeres del sector informal en la obtención de documentos administrativos como partidas de nacimiento y certificados de nacionalidad;

•La asistencia a dichas mujeres en el proceso de formalización del registro de sus empresas (tarjetas de identificación de operadores económicos, etc.).

Emprendimiento femenino

191.Aparte de la información facilitada en la página 46, párrafos 263 y 264, del documento de los informes anteriores, que sigue siendo válida, cabe señalar la puesta en marcha de diversos programas y proyectos dirigidos a fomentar el emprendimiento y el empoderamiento de las mujeres. Tal es el caso del Proyecto de Apoyo a las Actividades Económicas de Grupos de Mujeres, el Proyecto de Apoyo para el Desarrollo Agrícola en el Togo (PADAT), el Proyecto de Fomento de la Productividad Agrícola de África Occidental, el Proyecto de Zona de Planificación y Ordenación de los Recursos Agrícolas, el Proyecto sobre las Jóvenes en la Agricultura de 2015, la financiación del Centro de Innovación y Formación para Mujeres de la ciudad de Dapaong y de siete unidades de transformación en zonas rurales, el proyecto de mutua de ahorro y crédito que engloba a 26.000 mujeres de Kozah, el Programa de Apoyo para el Desarrollo Comunitario, el Proyecto Nacional de Fomento del Emprendimiento Rural, el Fondo Nacional de Financiación Inclusiva (FNFI), el Proyecto de Apoyo para la Empleabilidad y la Integración de la Juventud en Sectores en Expansión (PAIEJ-SP), el Mecanismo de Incentivos para la Financiación Agrícola (MIFA), el Proyecto de Apoyo para la Inclusión Financiera de las Mujeres Vulnerables y el Proyecto de Empoderamiento de las Mujeres Rurales del Togo.

Artículo 12: Igualdad de acceso a los servicios médicos

1.Situación sanitaria

1.1Organización del sistema de salud del Togo

192.La información relativa a la organización del sistema de salud facilitada en los informes sexto y séptimo sigue siendo válida y coherente con la disponible a día de hoy. En el proceso de descentralización, que se ha traducido en la operatividad de los 117 municipios, se contempla crear otra demarcación para conectar la red de todo el territorio y facilitar el acceso y los controles sanitarios.

1.2Infraestructuras sanitarias

193.El Togo contaba en 2016 con 1.224 establecimientos sanitarios, entre los que figuraban 504 centros sanitarios privados y 261 centros farmacéuticos para atender las necesidades de atención terapéutica, preventiva y de promoción de la salud de la población.

Cuadro I: Distribución de las dependencias de salud por tipo y región en 2020

Tipo de establecimiento de salud central

Lomé (Municipio)

Marítima

Plateaux

Central

Kara

Sabanas

Total general

CHR

1

1

1

1

1

1

6

CHU

2

0

0

0

1

0

3

HOSPITAL I

42

15

7

3

5

5

77

HOSPITAL II

6

3

11

2

3

3

28

HOSPITAL ESPECIALIZADO

2

1

1

0

0

1

5

DISPENSARIO

26

1

4

7

8

6

52

Unidad periférica de atención sanitaria I

129

147

192

99

115

77

759

Unidad periférica de atención sanitaria II

93

93

70

24

31

20

331

OTROS

48

10

13

1

2

2

76

Total general

349

271

299

137

166

115

1.337

(Fuente: Informe de la División de Planificación y Cartografía Sanitaria de 2020).

1.3Recursos humanos

194.La dotación de personal del sector sanitario público a 31 de diciembre de 2017 era de 11.152 personas, frente a las 10.188 de 2016, lo que suponía un aumento de 964 trabajadores. El número de efectivos en el conjunto de las categorías disminuyó en 2018 a 10.911 y se incrementó posteriormente a 11.555 a 31 de diciembre de 2019.

Fuente: Informe de la Dirección de Recursos Humanos de 2019 / Correlación poblacional / Proporción de personal sanitario entre 2015 y 2019.

195.Como se ilustra en el gráfico, el sector sanitario del Togo sigue enfrentándose a una serie de retos a pesar de los esfuerzos del Gobierno por contratar personal y construir centros de salud. Entre ellos, cabe señalar la necesidad de aumentar la dotación de recursos humanos y materiales.

1.4Financiación de la salud

196.La financiación del Ministerio de Salud y Protección Social corre principalmente a cargo del Estado, con la ayuda de diversos asociados técnicos y financieros.

197.El presupuesto del Departamento de Salud fluctuó con altibajos entre 2015 y 2019. Tras un período de descenso en los años 2015 y 2016 (con cifras situadas en 45.006.161.000 francos CFA, equivalentes a un 6,39 %, y 46.502.833.000 francos CFA, equivalentes a un 5,55 %), dicho presupuesto se incrementó en 2017 (ascendiendo a 55.888.584.500 francos CFA, equivalentes a un 6,82 %) y volvió a disminuir en 2018 (hasta los 56.737.055.000 francos CFA, es decir, un 6,68 %). En 2020, el presupuesto en cuestión fue de 124.235 millones de francos CFA (un 9,51 % del presupuesto general del Estado) frente a los 83.691 millones de francos CFA de 2019 (un 6,78 % de dicho presupuesto general), lo que supuso un aumento de 40.550 millones de francos CFA (un 48,45 %) entre ambos años.

2.Cobertura de los servicios de planificación familiar

198.Según los datos de la Sexta Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados (MICS) realizada en 2017, la tasa de uso de anticonceptivos modernos entre las mujeres con pareja se incrementó del 17,3 % en 2014 (EDST-III de 2014) al 23,8% en 2017.

199.Entre 2014 y 2017 se registró un aumento del uso de servicios de planificación familiar en términos generales. Los datos del EDST-III de 2014 y de la Sexta Encuesta MICS de 2017 indican un incremento constante del uso de anticonceptivos entre las mujeres con pareja, situándose dicha tasa en el 6,5 % entre 2014 y 2017.

200.Se han tomado medidas para ampliar la información disponible en materia de planificación familiar y garantizar la disponibilidad y un uso más eficaz de los métodos anticonceptivos, a saber:

•La ampliación del catálogo de productos anticonceptivos en 2018 con la incorporación del acetato de medroxiprogesterona de depósito de administración por vía subcutánea (AMPD-SC) (el anticonceptivo inyectable Sayana Press), a fin de facilitar su uso, y la adopción de medidas en curso para fomentar su autoinyección;

•El aumento del ámbito de distribución comunitaria de anticonceptivos de 10 u 11 distritos en 2018 a 20 distritos en 2020;

•La elaboración en 2017 de la política nacional de salud sexual y reproductiva, en la que se contempla la planificación familiar;

•La ejecución del plan de acción nacional de planificación familiar correspondiente al período 2017-2022;

•La elaboración de un plan de reposicionamiento de la planificación familiar en el Togo a través de la campaña Condomize para suscitar en la población el deseo y la necesidad de protegerse antes de mantener relaciones sexuales de riesgo.

3.Otras disposiciones

3.1Legislación relativa a la interrupción voluntaria del embarazo

201.La información facilitada a este respecto en la página 50, párrafos 284 a 286, del documento de los informes anteriores sigue siendo válida.

3.2Fecundidad y embarazo en adolescentes

202.La fecundidad en adolescentes ocupa un lugar importante en la elaboración de políticas y la ejecución de estrategias y programas de salud reproductiva.

203.Las estadísticas relativas a la fecundidad y los embarazos en adolescentes son las siguientes:

•El 17 % de las chicas de 15 a 19 años ya han dado a luz o han estado embarazadas;

•La tasa de fecundidad entre las adolescentes es de 88 por cada 1.000 mujeres (es decir, un 53 %), cifra considerablemente superior a la media de los países en desarrollo;

•Casi 1 de cada 3 mujeres (de 20 a 49 años) ha estado casada o en pareja antes de los 18 años, y el 8,1 % contrajo matrimonio o uniones de hecho antes de los 15 años. El porcentaje de mujeres de 20 a 24 años casadas antes de los 18 años es del 25,2 %;

•La proporción de embarazos y matrimonios de adolescentes es mayor en las zonas rurales que en las urbanas;

•La tasa de fecundidad en adolescentes de las zonas rurales del Togo es dos veces superior a la registrada en las zonas urbanas;

•Alrededor del 9 % de la población joven ha tenido su primera relación sexual antes de los 15 años.

204.En general, las adolescentes que viven en zonas rurales, las procedentes de hogares con bajos ingresos y aquellas con escasa o nula escolarización son las más propensas a quedarse embarazadas y contraer matrimonios precoces en el Togo.

3.3Mortalidad de menores de 5 años

205.En el Togo, la tasa de mortalidad de niños entre 1 y 5 años ha disminuido desde 1988, con un descenso del 155 ‰ en 1988 al 89 ‰ en el período 2013-2014, según los datos del EDST-III.

206.En términos globales, de cada 1.000 niños nacidos vivos, 89 no llegan a cumplir los 5 años. El análisis de los datos de mortalidad de menores de dicha edad indica que, en general, el riesgo de que un niño fallezca antes de cumplir 1 año es del 83 ‰. La mortalidad de los niños es superior a la registrada entre las niñas (un 89 ‰ frente a un 78 ‰).

3.4Mortalidad materna

Los principales resultados del EDST-III de 2014 indican lo siguiente:

•La probabilidad de fallecimiento entre hombres y mujeres de 15 a 50 años es de 1/6;

•El número de muertes maternas representa el 14 % del total de muertes registradas entre mujeres de 15 a 49 años;

•El riesgo de fallecimiento de las mujeres en edad de procrear a causa de la maternidad supone una proporción de 1 de cada 50 casos;

•Se calcula que la razón de mortalidad materna durante el período 2007-2014 ascendía a 401 muertes por cada 100.000 nacidos vivos. Tres cuartas partes de los casos de muerte materna se deben a causas obstétricas directas, como hemorragias (un 36,4 %), eclampsia (un 23,5 %), complicaciones del aborto (un 16,9 %), infecciones posparto (un 14 %) y parto obstruido (un 22,3 %).

3.5Malaria

207.El Togo lleva decenios emprendiendo medidas de control de la malaria en todo el país, labor que ha continuado a través de diversas estrategias, a saber:

•La prevención, que abarca el control de vectores mediante el uso de mosquiteros tratados con insecticida de larga duración, la prevención de la malaria en las mujeres embarazadas recurriendo al tratamiento preventivo intermitente (TPI) y la quimioprofilaxis de la malaria estacional;

•El diagnóstico y tratamiento de los casos siguiendo las directrices nacionales en el plano comunitario y en las dependencias de salud;

•La atención de los casos.

208.La distribución de mosquiteros tratados con insecticida de larga duración aumentó del 52,1 % en 2018 al 91 % en 2019, con una cobertura de mujeres embarazadas atendidas en las consultas de atención prenatal del 90 % y de menores de 1 año destinatarios de la vacuna antipoliomielítica oral del 75 %.

3.6Epidemia de VIH/sida

209.Con posterioridad a 2012, el Togo elaboró y aprobó un documento de política nacional contra el VIH y el sida denominado “Visión 2020”, por el que se garantizan a la población los mejores mecanismos de protección y control en este ámbito, a saber:

•Un plan estratégico nacional contra el sida y las ITS elaborado para el período 2016-2020, cuyo objetivo era conseguir, a medio plazo, una población con buena salud y no afectada por el VIH y el sida, fomentando el surgimiento de una generación libre de sida en el Togo. Para facilitar la ejecución del plan estratégico, el Togo elaboró los siguientes documentos orientados a su operatividad:

•El Plan Nacional de Seguimiento y Evaluación 2016-2020;

•El Manual de Seguimiento y Evaluación;

•El Plan Operacional Multisectorial;

•Un marco de inversión en favor de la lucha contra el VIH y el sida durante el período 2013-2017;

•Un documento de política nacional de prevención y atención integral de los casos de VIH entre grupos de población clave del Togo, elaborado en julio de 2013;

•Un programa nacional contra el VIH y el sida en los entornos de prostitución del Togo, elaborado para el período 2014-2017;

•Una serie de iniciativas en curso encaminadas a crear un programa específico en beneficio de grupos de población clave.

210.De acuerdo con el plan estratégico nacional contra el VIH y el sida (2016-2020) elaborado por el Programa Nacional de Control de las Infecciones por el VIH/Sida, en el Togo existe una prevalencia generalizada de dicha infección que, según datos estimativos, se situaba en un 2,5 % de la población general de 15 a 49 años en 2014. Dicha prevalencia es eminentemente femenina y asciende a un 3,1 % entre las mujeres, frente al 1,7 % registrado entre los hombres. Este predominio de casos de mujeres se confirma entre la población joven de 15 a 19 años, cuadruplicando la prevalencia registrada entre las chicas (un 0,4 %) la correspondiente a los chicos del mismo grupo de edad (un 0,1 %). El fenómeno se repite al analizar la prevalencia entre las mujeres de 30 a 34 años (un 6,2 %), en comparación con la registrada entre los hombres del mismo grupo de edad (un 4,2 %).

211.Según las estimaciones calculadas con el programa informático Spectrum en 2019, la prevalencia entre la población joven de 15 a 24 años era del 0,75 %.

212.La prevalencia del VIH en 2015 entre los grupos de población clave era considerablemente superior a la registrada entre la población general: en el caso de quienes se dedicaban al trabajo sexual, la prevalencia ascendía al 11,7 % en el territorio nacional y al 13,4 % en Lomé. Entre los hombres que tienen relaciones sexuales con hombres, la prevalencia se estima en un 13,0 % a nivel nacional, si bien alcanza el 22,4 % entre los miembros de este grupo de población residentes en Lomé. En el caso de las personas consumidoras de drogas (un 84,9 % de ellas residentes en Lomé), la prevalencia estimada se situaba en el 5,5 % en 2011. La población estimada de trabajadores sexuales es de 10.284 personas, un 58 % de las cuales vive en Lomé. Se calcula que hay 7.649 hombres que tienen relaciones sexuales con hombres, de los cuales el 78 % reside en Lomé, y aproximadamente 2.289 personas consumidoras de drogas. La prevalencia del VIH en los centros penitenciarios era del 4,3 % en 2011.

213.En 2013 se intensificó la labor de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH (PTMI). De las 165.809 mujeres embarazadas sometidas a pruebas de cribado, 4.531 eran seropositivas (un 2,73 %) y, de estas últimas, 4.478 (un 98,83 %) recibieron tratamiento con antirretrovíricos.

3.7Programas diversos de atención sanitaria a mujeres, hombres y adolescentes

214.Las iniciativas de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH (PTMI) han avanzado mucho desde 2012. En el período 2014-2018 se estuvo ejecutando en el país un plan para eliminar dicha transmisión.

215.En enero de 2015 se creó y difundió el protocolo de la opción B+ (triterapia) en todos los centros de PTMI, delegándose el inicio del tratamiento antirretrovírico y el seguimiento de las personas con VIH en los proveedores de atención sanitaria de tales centros (personal de atención obstétrica, enfermería y asistencia al parto). En cuanto a la prevención primaria entre las mujeres en edad de procrear y en consonancia con la recomendación 35 f) del Comité, se han organizado varias campañas de prevención combinada tanto a gran escala como a nivel comunitario sobre la infección por VIH, la salud reproductiva y la violencia de género en beneficio de las mujeres de zonas rurales y urbanas y con la participación de educadores entre iguales debidamente formados.

216.Los datos del programa de 2014 indican que unas 218.561 mujeres se sometieron a pruebas de cribado del VIH y pocas tuvieron acceso a preservativos. Además, se concienció a 115.974 mujeres sobre la violencia de género y se atendió a 781 víctimas de violencia.

217.Con respecto a la prestación de servicios de planificación familiar a mujeres seropositivas, el 71 % de los centros de salud materna, neonatal e infantil ofrecieron en 2014 servicios de PTMI (612 de los 864), mientras que en 2012 dicho porcentaje era del 47,7 %; el 3 % de las mujeres seropositivas en edad de procrear estaba aplicando algún método de planificación familiar (Programa Nacional de Control de las Infecciones por el VIH/Sida, 2014).

218.Por lo que se refiere a la atención a mujeres embarazadas seropositivas, el 58,7 % de las embarazadas atendidas (183.082 de 311.625) se sometió a pruebas de cribado del VIH; el 87,4 % de las embarazadas infectadas por el VIH recibieron tratamiento antirretrovírico (4.496 de 5.146); el 7,5 % de los niños seropositivos se sometieron a tratamiento antirretrovírico, es decir, 36 niños en 2014 (informe del CNLS de 2014); el 4,8 % de las parejas de mujeres embarazadas se sometieron a pruebas de cribado en 2014; y el 1,39 % de las embarazadas (279 de 20.066) dieron positivo en la prueba de cribado de sífilis durante los controles de atención prenatal.

219.En referencia al binomio madre-hijo, el 59,8 % de los niños menores de 1 año nacidos de madres seropositivas (3.015 de 5.047) recibieron profilaxis antirretrovírica y el 74,3 % (2.288 de 3.079) se sometieron a una primera PCR y otras pruebas adicionales gracias a los equipos de pruebas PCR de dos dependencias de salud.

3.8Política farmacéutica nacional

220.La información que figura a este respecto en la página 53, párrafos 307 a 313, del informe anterior sigue siendo válida.

3.9Centros de transfusión sanguínea (CTS)

221.La seguridad de las reservas de sangre está garantizada por el Servicio Nacional de Transfusión Sanguínea (SNTS), que supervisa las actividades de los dos centros de cualificación, a saber: el Centro Nacional de Transfusión Sanguínea (CNTS) y el Centro Regional de Transfusión Sanguínea (CRTS), con una elevada movilización de donantes voluntarios (entre un 90 % y un 95 %) que ayudan a cubrir entre el 70 % y el 80 % de las necesidades.

3.10Promoción del acceso de las mujeres a los servicios de salud ampliando la cobertura sanitaria universal o los servicios sanitarios públicos

222.Una vez finalizado el plan que abarcaba el período 2012-2015, el sector de la salud volvió a dotarse de un instrumento similar gracias al Plan Nacional de Desarrollo Sanitario 2017-2022.

223.El país cuenta con la Política de Salud de las Mujeres para ocuparse de las cuestiones relacionadas con la mortalidad materna y neonatal, en consonancia con las recomendaciones 35 a) y 35 b) del Comité.

224.Los datos del mapa sanitario de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social indicaban que el número de centros de salud que ofrecían un conjunto básico de servicios de salud sexual y reproductiva había aumentado de 674 centros de planificación familiar en 2012 a 775 centros de este tipo y 864 centros de salud maternoinfantil en 2016 (informe del UNFPA de 2017).

225.Además, los esfuerzos realizados en este ámbito permitieron elaborar y comenzar a ejecutar, desde finales de 2016, un programa nacional contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes llevado a cabo dentro y fuera del entorno educativo, cuyas actividades se intensificaron a partir de 2017.Asimismo, hay que destacar que las mujeres con fístula obstétrica reciben atención integral gratuita desde 2011. A este respecto, cabe señalar que entre 2011 y 2017 se atendieron 512 casos siguiendo la recomendación 35 d) del Comité.

226.A partir de 2017, el país puso en marcha un plan de acción para la integración administrativa de los servicios de salud sexual y reproductiva, control del VIH/sida y planificación familiar.

227.Se han adoptado varias medidas para reducir el número de casos evitables de mortalidad materna, neonatal y de menores de 1 año. Entre ellas, cabe señalar el aumento del presupuesto destinado a subvencionar la práctica de cesáreas de 1.000.000.000 de francos CFA en 2017 a 1.300.000.000 de francos CFA en 2018 (informe del UNFPA de 2017), así como la subvención estatal anual para la compra de productos anticonceptivos de 150.000.000 de francos CFA durante el período 2017-2018.

228.Hay que decir que el Togo aprobó en 2021 una ley relativa al seguro universal de enfermedad, una legislación innovadora que constituye la punta de lanza de la gobernanza social del país. Este mecanismo ofrece cobertura por enfermedad a toda la población mediante un sistema basado en la mancomunación de riesgos y la solidaridad.

3.11Creación de servicios de salud específicamente orientados a mujeres y niñas, en particular servicios de salud sexual y reproductiva, servicios de salud mental, servicios de salud materna y servicios de control del VIH

229.La epidemia de VIH en el Togo está muy extendida, existiendo diferencias entre regiones. El país ha elaborado y ejecutado diversos planes estratégicos nacionales en este ámbito. Aparte de este tipo de documentos, se ha puesto en marcha un plan operacional para el período 2016-2018 encaminado a guiar las medidas para el logro del objetivo 90-90-90 establecido por ONUSIDA, así como la política nacional contra el VIH y el sida en el Togo Visión 2020.A lo largo de 2017, se administró tratamiento antirretrovírico a 59.752 personas con VIH, lo que supone una tasa de atención terapéutica del 57 %.También se ha ampliado la cobertura geográfica de los servicios de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH a escala nacional.

230.En cuanto a la PTMI, las principales actividades de control han permitido ofrecer asesoramiento y pruebas de cribado del VIH a 181.974 mujeres embarazadas, así como administrar tratamiento antirretrovírico a 3.899 de ellas, lo que constituye una tasa de cobertura de la población destinataria del 66 % (datos de Spectrum V 5.65 a fecha de mayo de 2018). Se han realizado pruebas de cribado a un total de 307.103 mujeres de 15 a 49 años. La tasa de seroprevalencia entre las mujeres atendidas en las consultas de atención prenatal es del 2,9 %. Los resultados de la encuesta de vigilancia centinela de 8.535 mujeres embarazadas indicaron que la prevalencia de la sífilis era del 0,6 %.

231.Por consiguiente, los programas y las actuaciones contra el VIH y el sida tienen en cuenta la perspectiva de género para ofrecer a las mujeres servicios adecuados a sus necesidades. Además, cabe señalar que se han emprendido iniciativas para impulsar las políticas destinadas a alcanzar objetivos internacionales, en particular el objetivo 90-90-90 establecido por ONUSIDA. Entre tales iniciativas figuran las siguientes:

•La iniciativa CONDOMIZE de 2018, consistente en la distribución gratuita de preservativos masculinos y femeninos en puntos críticos de la playa de Lomé;

•La formación en cuestiones de género del personal responsable de la respuesta al VIH;

•La Cuarta Conferencia sobre Grupos de Población Clave celebrada en noviembre de 2018;

•La Política Nacional de Salud aprobada en 2016 y en fase de ejecución;

•Los planes estratégicos nacionales con sus correspondientes planes nacionales de seguimiento y evaluación.

232.También en el ámbito de la atención integral de los casos de VIH, se han intensificado los esfuerzos por combatir la estigmatización y la discriminación.

233.Asimismo, cabe mencionar el Programa WEZOU, puesto en marcha en 2021, que garantiza a las mujeres embarazadas cuatro consultas prenatales, el pago de los honorarios de los proveedores de servicios y el pago de los gastos hospitalarios y del costo de productos básicos para la práctica de partos sin complicaciones, cesáreas y partos vaginales asistidos, así como la prestación de atención posnatal básica.

3.12Fomento de la educación sexual integral en los centros educativos o a través de programas comunitarios

234.La educación sexual se está fomentando por las siguientes vías:

•La impartición obligatoria de la Educación Sanitaria en las Escuelas para la Prevención del Sida y de las ITS (ESEPSI), para lo cual se han elaborado manuales y se ha formado a inspectores y docentes;

•La elaboración de un programa nacional contra el embarazo y el matrimonio de adolescentes llevado a cabo dentro y fuera del entorno educativo en el período 2015-2019 y su segunda edición correspondiente al período 2023-2027;

•La elaboración de material de apoyo de IEC/CCC apto para fomentar la comunicación entre padres, madres, hijos e hijas en materia de salud sexual y reproductiva.

Artículo 13: Prestaciones sociales y económicas

1.Derecho a prestaciones por familiares a cargo

1.1Prestación por familiares a cargo destinada al funcionariado

235.Aparte de la información facilitada en los informes iniciales, cabe señalar que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley núm. 2013-002 de 21 de enero de 2013, relativa al estatuto general de la función pública del Togo, los empleados del sector público tienen derecho a una serie de prestaciones sociales, entre ellas, las siguientes:

•La prestación para el establecimiento inicial de la familia;

•Los subsidios familiares;

•Las primas otorgadas durante los primeros años;

•La prestación salarial única.

236.En el caso del sector privado, el Código de la Seguridad Social garantiza el derecho a percibir prestaciones por familiares a cargo (prestaciones de carácter prenatal y subsidios familiares) a las personas afiliadas a la Caja Nacional de la Seguridad Social (CNSS) de acuerdo con lo expuesto a continuación:

•Durante los nueve meses anteriores al parto, las trabajadoras por cuenta ajena o las cónyuges de los trabajadores por cuenta ajena perciben prestaciones prenatales desde el día en que se notifica el embarazo. El derecho a tales prestaciones está supeditado a la observación de las prescripciones médicas (incluidas las consultas prenatales);

•Los subsidios familiares se abonan a la persona asegurada por cada uno de los hijos a su cargo hasta que estos cumplen los 16 años, existiendo un límite máximo de 4 hijos, con posibilidad de sustitución limitada a 2 hijos. El límite de edad se amplía a 21 años en el caso de los hijos en proceso de formación o continuación de sus estudios o que no puedan formarse o proseguir sus estudios a raíz de alguna dolencia o enfermedad incurable.

1.2Prestaciones por familiares a cargo destinadas a los trabajadores

237.La información facilitada a este respecto en las páginas 111 y 112 del documento de los informes periódicos segundo, tercero, cuarto y quinto sigue siendo válida.

1.3Prestación por maternidad

238.Aparte de la información que figura en los informes anteriores, cabe señalar que aproximadamente el 73 % de las mujeres embarazadas acudió al menos a una consulta de atención prenatal y que el 60 % de los partos fueron asistidos (EDST correspondiente al período 2013-2014).

1.4Derecho a acceder a préstamos bancarios e hipotecarios y otras formas de crédito financiero

239.La información referente a este aspecto que figura en la página 55, párrafo 323, del informe anterior mantiene su validez en la actualidad. No obstante, en lo que respecta al ofrecimiento de garantías para posibilitar el acceso de las mujeres al crédito, cabe señalar que, desde 2014 hasta la fecha, más de 700.000 personas, en particular mujeres, han podido acogerse al Fondo Nacional de Financiación Inclusiva y sus correspondientes subproductos (acceso de las personas en situación de pobreza a los servicios financieros, acceso de los agricultores a los servicios financieros, acceso de la población joven a los servicios financieros, etcétera).

Información sobre las estrategias de financiación para posibilitar el acceso de las mujeres a los microcréditos entre 2014 y 2020

240.El Fondo Nacional de Financiación Inclusiva ha consolidado el sistema de apoyo financiero que el Gobierno había establecido para ayudar a las agrupaciones y cooperativas de mujeres a acceder a microcréditos, en consonancia con la recomendación 17 b) del Comité. Por lo que respecta a 2014, se han movilizado 10.000 millones de francos CFA, entre ellos, 5.000 millones de francos CFA del Banco de Desarrollo de África Occidental (BOAD), con miras a garantizar la operatividad del Fondo para ayudar a 300.000 beneficiarios, principalmente mujeres.

241.Entre abril y octubre de 2014, 211.846 personas, en su mayoría mujeres, fueron beneficiarias del primer producto del Fondo, centrado en el acceso de las personas en situación de pobreza a los servicios financieros.

242.A 31 de diciembre de 2014, 331.021 personas, de las cuales más del 90 % eran mujeres, habían sido beneficiarias de dicho producto.

Artículo 14: Mujeres rurales

243.Atendiendo al nuevo contexto surgido a raíz de la COVID-19, el Gobierno se vio obligado a ajustar la visión nacional, junto con los objetivos de la Presidencia, actualizar la cartera de proyectos y reformas del Togo que se contemplaban en el PND y el plan de acción a corto plazo y a elaborar una hoja de ruta gubernamental para el período 2020-2025. En el plano institucional, se creó la Dirección de Servicios Básicos de Higiene y Saneamiento y se procedió a la elaboración y revisión, entre otros instrumentos, de la Política Nacional de Higiene y Saneamiento en el Togo 2018-2022, la Política Nacional de Recursos Hídricos y Saneamiento y el Plan de Acción Nacional para el Sector del Agua y el Saneamiento. Todos estos programas en su conjunto contribuyen a mejorar las condiciones de vida de las mujeres rurales, lo que está en consonancia con las recomendaciones 37 a), 37 b) y 37 c) del Comité.

244.Con respecto a los resultados en materia de acceso de las mujeres a los recursos financieros y acceso a los servicios públicos básicos, cabe mencionar los siguientes ejemplos:

•Las transferencias en efectivo realizadas entre 2017 y 2020 a 60.419 hogares beneficiarios por un importe total de 5.507.942.585 francos CFA, con 57.825 mujeres beneficiarias de dichas transferencias por valor de 5.271.467.253 francos CFA;

•El proyecto de redes de seguridad social y servicios básicos creado para prestar a las comunidades más pobres un conjunto mínimo de servicios socioeconómicos básicos, como educación primaria, atención primaria de la salud, abastecimiento de agua, saneamiento y protección social;

•La creación entre 2018 y 2020 de 173 agrupaciones constituidas por 4.098 miembros, de los cuales 3.669 eran mujeres. Además, se crearon 377 plataformas multifuncionales en las aldeas para el ejercicio de actividades generadoras de ingresos por parte de agrupaciones de mujeres.

245.A fin de garantizar el acceso permanente de la población rural a agua potable, el Gobierno creó en 2018 una plataforma de notificación electrónica para detectar y notificar rápidamente, con una simple llamada telefónica, posibles averías en las infraestructuras de pozos de agua, facilitando con ello la rápida actuación de los técnicos de reparación. En total se ha procedido a la instalación de 1.000 pozos taladrados.

246.En la distribución de los centros de PTMI y salud maternoinfantil en todas las regiones sanitarias se ha venido dando prioridad a las regiones remotas desde 2015, posibilitando el acceso a la atención de la salud materna y al tratamiento antirretrovírico por parte de todas las mujeres con VIH, especialmente las residentes en zonas remotas. Además, el tratamiento antiviral y el seguimiento de las personas con VIH se ha delegado en el personal de atención obstétrica, enfermería y asistencia al parto de los centros de PTMI de las zonas remotas.

247.Por otro lado, con relación al acceso de las mujeres rurales a la tierra, cabe señalar que, en el artículo 13 de la Ley núm. 2018-005 de 14 de junio de 2018, relativa al Código de la Tierra y la Propiedad, se establece que la política nacional de ordenamiento de tierras debe contemplar las medidas y los mecanismos necesarios para promover el acceso a la tierra por parte de la población pobre y vulnerable, especialmente en el caso de la juventud y las mujeres, lo que está en consonancia con la recomendación 37 d) del Comité. También hay que destacar la puesta en marcha en 2021 del Proyecto de Empoderamiento de las Mujeres Rurales del Togo, cuyo objetivo es que dichas mujeres puedan adquirir, asegurar y explotar tierras con miras a su empoderamiento económico.

Artículo 15: Igualdad ante la ley en materia de derecho civil

248.La información que figura en el informe anterior sobre el derecho a administrar bienes, la igualdad de trato ante los tribunales y la libertad de circulación sigue siendo válida.

Artículo 16: Legalidad en el marco del matrimonio y el derecho de familia

249.Como se ha señalado anteriormente, se han eliminado del nuevo Código de la Persona y la Familia casi todas las disposiciones que resultaban discriminatorias para las mujeres. No obstante, la poligamia sigue siendo una opción contemplada en la legislación togolesa, aunque su aplicación está muy restringida. Los cónyuges que opten por la poligamia están obligados a aplicar un régimen de separación de bienes, mientras que quienes opten por la sociedad de bienes gananciales pueden elegir distintas modalidades de administración de su patrimonio. Además, las uniones de hecho no están reguladas por la ley.

250.En cuanto a la libertad de elección del futuro cónyuge y los regímenes matrimoniales, la información que figura en el informe anterior sigue siendo válida.

251.Por lo que respecta a la responsabilidad de los cónyuges durante el matrimonio, el nuevo Código de la Persona y la Familia ya no otorga al marido la condición de cabeza de familia. Desde su revisión en 2012, dicho Código otorga a los cónyuges la responsabilidad de la gestión conjunta del hogar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.

252.Con respecto a los derechos de sucesión, cabe destacar que las disposiciones del Código de la Persona y la Familia se rigen por el derecho común y que la sucesión consuetudinaria, pese a su reconocimiento, debe respetar la ley, los derechos humanos y los principios fundamentales de la Constitución, en consonancia con la recomendación 41 a) del Comité. En el artículo 412 del citado Código se establece que el cónyuge supérstite conserva el derecho a vivir en el domicilio conyugal y en la residencia habitual de la familia durante 30 meses a partir de la apertura de la sucesión, aun cuando el bien inmueble en cuestión constituya un bien personal del cónyuge fallecido e independientemente del tipo de sucesión de que se trate. Asimismo, en el Código de la Persona y la Familia se establece que la elección de residencia ya no corresponde exclusivamente al marido, sino a ambos cónyuges. Además, el marido ya no puede oponerse a que su mujer ejerza una actividad profesional por su cuenta.