Naciones Unidas

CRC/C/LTU/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

13 de junio de 2023

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados de Lituania *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), a más tardar el 15 de octubre de 2023. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:

a)Evaluar la aplicación del Programa de Bienestar de la Infancia y su Plan de Acción, que concluyeron en 2018, y adoptar una estrategia integral sobre los derechos del niño que pueda servir de guía para la creación de programas y proyectos en esta materia;

b)Reforzar la Oficina del Defensor de los Derechos del Niño, proporcionándole los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios con el fin de garantizar el seguimiento efectivo de la aplicación de la Convención y sus Protocolos Facultativos;

c)Fortalecer el Servicio Nacional de Protección de los Derechos del Niño y Adopción, asignándole la autoridad suficiente y los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para coordinar de forma efectiva las actividades relacionadas con los derechos del niño en todos los sectores a nivel nacional, municipal y local;

d)Establecer un sistema que permita identificar las asignaciones presupuestarias y los gastos destinados por los ministerios específicamente a los niños, en particular a los niños que se encuentran en situaciones de marginación o desventaja, de modo que se puedan evaluar objetivamente la idoneidad y la eficacia del gasto público dedicado a la infancia;

e)Velar por que el Sistema de Información sobre Protección Social abarque todas las esferas de la Convención y sus Protocolos Facultativos y por que los datos se desglosen, aparte de por edad, sexo y residencia en zonas rurales o urbanas, por discapacidad, nacionalidad, origen étnico, situación socioeconómica y situación migratoria, para que se puedan utilizar en la adopción de decisiones sobre políticas;

f)Imponer obligaciones legales a las empresas y sus filiales que operan en el territorio del Estado parte o están administradas desde él para que sus actividades se ajusten a la Convención y sus Protocolos Facultativos;

g)Establecer un marco jurídico e institucional para las actividades de las organizaciones de la sociedad civil a fin de que estas puedan realizar de manera independiente su labor relativa a los derechos del niño.

3.Expliquen qué medidas se han adoptado para:

a)Reforzar la legislación contra la discriminación en el Estado parte y aplicar medidas urgentes para prevenir la discriminación contra los niños que se encuentran en situaciones de marginación o desventaja, incluidos los niños con discapacidad, los niños romaníes, los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero o intersexuales, los niños que viven en la pobreza, los niños que viven en instituciones de acogida y los niños en conflicto con la ley;

b)Aplicar el artículo 4, párrafo 1, de la Ley Fundamental de Protección de los Derechos del Niño, que establece el principio del interés superior del niño, y velar por que el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial se integre y se interprete y aplique sistemáticamente en todas las actuaciones y decisiones de índole legislativa, administrativa y judicial;

c)Aplicar la legislación, en particular el artículo 11 de la Ley Fundamental de Protección de los Derechos del Niño, y promover y garantizar el respeto de las opiniones de los niños sobre todas las cuestiones que los afecten en todos los entornos.

4.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Acabar con la práctica del abandono anónimo de niños, reforzando y promoviendo alternativas, además de aumentar los esfuerzos para estudiar y combatir las causas fundamentales de dicha práctica;

b)Facilitar la adquisición de la nacionalidad a los niños nacidos en el territorio del Estado parte que, en caso de no obtener la nacionalidad, serían apátridas o correrían el riesgo de serlo;

c)Aplicar el Reglamento núm. 2016/679 de la Unión Europea y la Ley de Protección Jurídica de los Datos Personales, proteger la privacidad y la seguridad de los niños en el entorno digital, establecer procedimientos de denuncia accesibles y crear políticas y mecanismos para proteger a los niños de la violencia, del uso excesivo de pantallas y del acoso en línea, así como adoptar programas para mejorar la alfabetización y las competencias digitales de los niños, los padres y el profesorado;

d)Reforzar las medidas para proteger de manera efectiva a los niños del acceso a contenidos inadecuados, en particular a contenidos para adultos.

5.Expliquen qué medidas se han adoptado para:

a)Aplicar la prohibición del castigo corporal establecida en la Ley Fundamental de Protección de los Derechos del Niño en el seno de la familia y en la comunidad, en particular reforzando las campañas de sensibilización y los programas de educación sobre la crianza dirigidos a los padres y a los profesionales que trabajan con y para los niños, a fin de promover un cambio de actitud;

b)Fortalecer la infraestructura de protección de la infancia a nivel local para hacer frente a todas las formas de violencia contra los niños, incluidos los malos tratos, el descuido y la violencia doméstica, y, a tal efecto, reforzar los procesos de detección, denuncia ―previendo la obligatoriedad de denunciar y estableciendo mecanismos adaptados a los niños―, investigación, protección e intervención judicial;

c)Aumentar el número de centros de apoyo a la infancia ( barnahus ) multisectoriales y adaptados a los niños para que todos los niños puedan acceder a servicios de calidad tales como entrevistas forenses, evaluaciones médicas y servicios terapéuticos, que han de estar disponibles para todas las víctimas y testigos de abusos sexuales y violencia;

d)Sensibilizar a los niños, los padres y la población en general para que se denuncien los casos de explotación y abusos sexuales de niños y reforzar la capacidad de los profesionales, aumentando su número y proporcionándoles formación para que puedan llevar a cabo entrevistas forenses y evaluaciones médicas y ofrecer atención psicológica y asistencia para la integración social a las víctimas de explotación y abusos sexuales;

e)Luchar contra la explotación y los abusos sexuales de niños en línea.

6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para:

a)Proporcionar apoyo y orientación adecuados a las familias, a fin de evitar su separación, en particular mediante la implementación del paquete de servicios familiares básicos, aprobado en 2019, especialmente en favor de las familias que viven en la pobreza, las familias monoparentales, los progenitores que tienen problemas de salud mental, los que crían a niños con discapacidad y los que tienen niños con necesidades educativas especiales;

b)Reforzar y aplicar la estrategia de desinstitucionalización, prestando especial atención a los niños con discapacidad, y velar por que existan suficientes modalidades alternativas de cuidado de ámbito familiar y comunitario para los niños privados de su medio familiar;

c)Velar por que las instituciones de cuidado alternativo, en particular las residenciales, estén sometidas a vigilancia independiente, continua y sistemática.

7.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:

a)Aplicar las disposiciones legales sobre educación inclusiva capacitando al personal docente, dotando a las escuelas del material necesario y sensibilizando al personal escolar, a los niños y a la población en general sobre los derechos de los niños con discapacidad, prestando especial atención a los niños con discapacidad intelectual y psicosocial;

b)Evaluar la aplicación del Plan de Acción para la Inclusión de los Niños en el Proceso de Aprendizaje y la Educación Diversa 2017-2022 y, sobre esa base, elaborar y aprobar un nuevo plan de acción.

8.Sírvanse informar al Comité sobre los efectos que ha tenido la Estrategia de Salud 2014-2025 en cuanto a la calidad de los servicios de atención sanitaria prestados en el marco del sistema de seguro médico nacional a todos los niños, incluidos los niños migrantes y los niños solicitantes de asilo, y en cuanto al aumento del número de pediatras especializados.

9.Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para:

a)Facilitar el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el acceso al aborto en condiciones de seguridad;

b)Combatir el consumo infantil de tabaco, alcohol y drogas, en especial mediante servicios de rehabilitación y actividades de sensibilización;

c)Ocuparse de la salud mental de los niños y prevenir el suicidio de adolescentes, y velar por que los niños dispongan de los servicios psicológicos y psiquiátricos necesarios, entre otros medios contratando psicólogos cualificados suficientes y dotando a las escuelas de profesionales de la salud multidisciplinares que puedan detectar los primeros indicios de problemas de salud mental;

d)Velar por que las leyes, políticas y programas nacionales aborden la cuestión de la protección ambiental, incluido el cambio climático.

10.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar un nivel de vida adecuado y sostenible a todos los niños que se encuentran en el territorio del Estado parte, prestando especial atención a los niños que se encuentran en situación de marginación o desventaja extremas, como los niños romaníes y los hijos de trabajadores migrantes, en particular de trabajadores migrantes en situación irregular, y para mitigar el impacto socioeconómico de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y de las medidas conexas en los niños y sus familias.

11.Expliquen qué medidas se han adoptado para:

a)Velar por que todos los niños, incluidos los pertenecientes a grupos minoritarios, los niños que viven en zonas rurales, los hijos de trabajadores migrantes en situación irregular y los niños solicitantes de asilo, tengan acceso a una educación gratuita, obligatoria y de calidad;

b)Analizar los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para integrar a los niños romaníes en las escuelas ordinarias, que se describen en el anexo de los informes periódicos quinto y sexto combinados del Estado parte.

12.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Poner fin a la detención de niños y familias con niños solicitantes de asilo, modificando la legislación, estudiando alternativas a la detención y garantizando la provisión oportuna de un alojamiento seguro y digno, así como de apoyo y otros servicios;

b)Adaptar el procedimiento de determinación de la edad al principio de presunción de la minoría de edad y velar por que dicho procedimiento solo se aplique en los casos en que existan dudas razonables sobre la edad del niño;

c)Velar por que los niños no acompañados o separados, incluidos los niños privados del cuidado parental y los niños evacuados de instituciones ucranianas de atención infantil, se beneficien plenamente del sistema integral de protección de la infancia y sean sometidos a evaluaciones individualizadas para determinar su interés superior.

13.Sírvanse informar al Comité sobre los esfuerzos realizados para:

a)Aprobar leyes por las que se establezca un sistema de justicia juvenil que incluya tribunales de menores dotados de personal especializado y prevea un enfoque de justicia restaurativa;

b)Velar por que los niños en conflicto con la ley reciban asistencia jurídica de calidad prestada por abogados de oficio.

14.En relación con las observaciones finales del Comité sobre los informes periódicos tercero y cuarto combinados del Estado parte y sobre el informe inicial acerca de la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de las recomendaciones que figuran en dichas observaciones, en particular las siguientes:

a)Velar por la tipificación de todos los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo;

b)Reconsiderar los plazos de prescripción de los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo;

c)Ampliar la aplicación de la jurisdicción universal a todos los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo y suprimir el requisito de la doble incriminación;

d)Capacitar a los agentes del orden y a los miembros de la judicatura para que traten como víctimas a los niños víctimas de delitos contemplados en el Protocolo Facultativo, y modificar la legislación para que no se impongan sanciones, incluidas multas, a los niños menores de 18 años que sean víctimas de delitos contemplados en el Protocolo Facultativo.

15.En relación con las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial del Estado parte acerca de la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en los conflictos armados, sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Poner en marcha de forma sistemática programas de sensibilización, educación y capacitación en relación con las disposiciones del Protocolo Facultativo, dirigidos a todos los grupos de profesionales que trabajan con niños, en particular a los que trabajan con niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes que llegan al Estado parte procedentes de países afectados por conflictos armados, incluidos los profesionales médicos, los trabajadores sociales, los agentes de policía, los docentes, los representantes de los medios de comunicación, los abogados y los jueces;

(b)Identificar lo antes posible a los niños refugiados, solicitantes de asilo y migrantes que hayan llegado al Estado parte y que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades en el extranjero, evaluar minuciosamente la situación de dichos niños y proporcionarles de forma inmediata una asistencia multidisciplinar, que tenga en cuenta las cuestiones culturales y que esté centrada en el niño, para su recuperación física y psicológica y su reintegración social.

Parte II

16.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

17.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

18.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)La muerte prematura de niños;

b)Los casos de malos tratos y violencia contra niños, incluidos los casos de tortura, tratos inhumanos o degradantes, todas las formas de castigo corporal, abusos sexuales dentro y fuera del hogar, violencia doméstica, acoso y violencia o abusos sexuales en línea, así como los enjuiciamientos y las penas impuestas en el Estado parte en esos casos;

c)Los casos de embarazo en la adolescencia;

d)Los niños apátridas;

e)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes;

f)Los niños que viven en la pobreza.

19.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico, origen nacional y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños que están o han sido:

a)Separados de sus familias, e incluyan datos sobre la duración de la separación;

b)Internados en instituciones, e incluyan el número de instituciones y datos sobre el número de niños por institución;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Disponibles para la adopción.

20.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Vivían o viven con su familia;

b)Vivían o viven en instituciones;

c)Asistían o asisten a centros de atención diurna;

d)Asistían o asisten a centros de enseñanza preescolar;

e)Asistían o asisten a escuelas primarias ordinarias;

f)Asistían o asisten a escuelas secundarias ordinarias;

g)Recibían o reciben apoyo individualizado;

h)Asistían o asisten a escuelas especiales;

i)No estaban o no están escolarizados;

j)Han sido abandonados por su familia.

21.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

c)Se encuentran en prisión preventiva;

d)Han estado recluidos junto con adultos;

e)Han sido condenados y están cumpliendo una pena de privación de libertad, y aporten también datos desglosados por duración de la pena.

22.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, incluidos los niños que hayan llegado al Estado parte procedentes de zonas en las que se podría haber reclutado o utilizado a niños en hostilidades.

23.Expliquen de qué manera se integra un enfoque basado en los derechos del niño en la planificación, la aplicación y el seguimiento de las medidas adoptadas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y de qué forma contribuyen esas medidas a hacer efectivos los derechos del niño reconocidos en la Convención y sus Protocolos Facultativos.

24.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos de los informes periódicos quinto y sexto combinados que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

25.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.