Distr.

GENERAL

CERD/C/SR.1373

9 de marzo de 2000

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

56º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1373ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,

el lunes 6 de marzo de 2000, a las 15.00 horas

Presidente : Sr. SHERIFIS

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Decimosegundo y decimocuarto informes periódicos de Francia

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTRAS CUESTIONES ( continuación )

________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del actual período de sesiones del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.00-40987 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 7 del programa)

Decimosegundo a decimocuarto informes periódicos de Francia (CERD/C/337/Add.5; HRI/CORE/1/Add.17/Rev.1)

1. Por invitación del Presidente, el Sr. de Baynast, el Sr. Saint-Paul, la Sra. Urso, el Sr. Capin Dulhoste, la Sra. Rocchy, la Sra. Benedetti, el Sr. Lercher, la Sra. Doublet, la Sra. Compagnie, el Sr. Wilkinson, el Sr. Lefeuvre, el Sr. Rouzaud y el Sr. Cellard (Francia) toman asiento a la mesa del Comité.

2. El Sr. de BEYNAST (Francia) dice que la presentación oral de su Gobierno ha adquirido especial importancia debido a la próxima Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia. Desde el anterior informe periódico que se remonta a 1993, el marco y la idea central de la lucha contra todas las formas de discriminación racial han experimentado un cambio considerable.

3. Uno de los acontecimientos más notables ha sido la europeización en la lucha contra la discriminación racial, política que se ha incluido en el tratado de Ámsterdam (art. 13). La Unión Europea ha mostrado su decisión de conceder prioridad a la lucha contra la discriminación racial y ha propuesto un proyecto de programa de acción con ese fin y dos proyectos de directivas, uno sobre la aplicación del principio de trato igual sin distinción de raza ni origen étnico y otro sobre la creación de un marco general para la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo. La finalidad de estos textos, que abarcan a todas las zonas de discriminación, es facilitar el acceso de las víctimas a sus derechos. Los dos proyectos de directivas introducen el concepto de discriminación indirecta y conceden especial atención al hostigamiento. Se ha aligerado la carga de la prueba en el caso de las personas que alegan discriminación racial. La importancia atribuida al principio de la no discriminación puede también darse en el proyecto de carta de los derechos fundamentales que se está elaborando. El Consejo de Europa ha decidido recientemente crear un órgano judicial europeo denominado "Eurojust", para garantizar una cooperación judicial semejante a la ya existente entre las fuerzas nacionales de policía de la Unión Europea. Francia posiblemente proponga que se le conceda poderes para luchar contra el racismo y la xenofobia al objeto de coordinar la política penal en Europa. Su Gobierno tiene la intención de trabajar en la terminación de los proyectos antes mencionados durante su próxima presidencia del Consejo de Europa. Se ha propuesto una enmienda a la Convención Europea de Derechos Humanos para incluir un artículo que prohíba todas las formas de discriminación, ampliando de esta forma considerablemente la aplicación de este derecho en los Estados Miembros del Consejo de Europa.

4. Con respecto a la política francesa, dice que pese a que la no discriminación está consagrada en el Artículo 1 de la Constitución, es plenamente conciente de la necesidad de asegurar la existencia de un sistema eficaz para poner en práctica esta política. Aunque los principios fundamentales que inspiran a las leyes antidiscriminación son la indivisibilidad de la República y la igualdad de derechos, Francia ha centrado sus esfuerzos en los últimos año en una coordinación más estrecha de sus actividades con las fuerzas comprometidas en la lucha contra la discriminación y la exclusión racial y en una atención más individualizada a los grupos de población interesadas, y ha elaborado diversos instrumentos para evaluar tanto el fenómeno en sí como el efecto de sus políticas.

5. Un aspecto de esos esfuerzos está dedicado a la formación. El Ministro del Empleo y la Solidaridad concede preferencia a la lucha contra la discriminación en el empleo y en el lugar de trabajo sobre la base de las aportaciones hechas por la Comisión Nacional Consultiva sobre Derechos Humanos (CNCDH). Su Gobierno ha propuesto cinco directrices para luchar contra la discriminación que han recibido la aprobación de los obreros y las empresas y en los que se hace hincapié en la formación de los funcionarios públicos, los miembros de los sindicatos y los empleados. Los cursos están destinados a los funcionarios del Servicio Nacional de Colocación (ANPE) y la agencia para la formación de adultos (AFPA), los servicios locales del Ministerio del Empleo y la Solidaridad y la red nacional de centros de la juventud. Se instruirá a cuantos trabajan en centros de recepción y facilitan información al público sobre la forma de prevenir y hacer frente a la discriminación racial y con carácter más general se les preparará para que comprendan las diferencias culturales.

6. Concretamente, los funcionarios del ANPE recibirán formación antes y durante el empleo sobre la forma de responder a los comportamientos discriminatorios en cumplimiento del Acuerdo sobre la lucha contra la discriminación racial firmado en 1999 entre el Gobierno Francés, el ANPE y el Fondo de Acción Social. El programa de la AFPA para 1999/2000, prevé la formación, en cada una de sus 280 oficinas de una persona, para que sirva de mediador en casos de segregación racial. En lo que respecta a la red de servicios locales se han creado en 1999 unidades de formación de personal que conceden prioridad a los programas de ayuda a los jóvenes con dificultades para encontrar trabajo. El Instituto Nacional de trabajo, empleo y formación profesional realizará en 2000 una campaña de sensibilización. Los futuros inspectores del trabajo seguirán un curso de una semana sobre cuestiones de discriminación racial como parte de su formación inicial. Por lo que respecta a la formación durante el empleo, va a celebrarse un seminario los días 8 y 9 de marzo para funcionarios estatales que trabajan en servicios de empleo con la finalidad de idear estrategias para luchar contra la discriminación y elaborar un procedimiento de supervisión para los inspectores del trabajo.

7. El Gobierno proyecta prestar apoyo a las iniciativas de los sindicatos para que los representantes elegidos de los consejos de los trabajadores y los jueces de los tribunales sean más sensibles a las cuestiones relativas a la discriminación racial y a la necesidad de comprender las diferencias culturales.

8. La formación de los empleados, encaminada a conseguir una mayor sensibilización sobre la diversidad del personal y del público en general y a oponerse a todas las formas de discriminación en la contratación y en las relaciones laborales, está especialmente dirigida a los encargados de la contratación y la gestión de las carreras profesionales, y también a los miembros del personal destacados para facilitar orientación a los colegas recientemente incorporados. Se han realizado proyectos experimentales de este tipo en colaboración con la asociación "Agir contre l'exclusion" (actuar contra la exclusión), con apoyo estatal. En los contratos sobre objetivos de la formación celebrados entre el Gobierno central, las regiones y diversos sectores profesionales, se han incluido actividades para prevenir y combatir la discriminación racial.

9. La cuestión de la discriminación racial está incluida en la formación inicial y durante el empleo de jueces, funcionarios judiciales, funcionarios encargados de la protección legal de los menores y funcionarios penitenciarios. En la actualidad todos los tribunales de apelación tiene asignado un experto de derechos humanos. Los jueces de la familia y de menores siguen cursos especiales sobre culturas extranjeras para estar en mejores condiciones de comprender el contexto en que se les pide que adopten medidas, Igualmente figuran cuestiones de la lucha contra la discriminación en el Código de Conducta de la Administración Penitenciaria actualmente en debate.

10. Una circular del Ministerio de Justicia de 1998, además de señalar que las leyes para luchar contra la discriminación eran muy completas, ha pedido a los jueces que intensifiquen sus esfuerzos para combatir el racismo, trabajen más estrechamente con la policía y las asociaciones dedicadas a luchar contra el racismo y adapten las medidas penales generales a las circunstancias particulares. En la circular se subraya la necesidad de mejorar la respuesta judicial a las nuevas formas de discriminación que han salido a la luz en las esferas económica, industrial o comercial y de hacer un mejor uso de los mecanismos existentes. Sus efectos se consideran positivos. Los fiscales nacionales se han esforzado cada vez en mayor medida por especificar y perseguir los delitos basados en el racismo y la xenofobia, incluidos los delitos cometidos a través de la prensa y los actos de violencia contra las personas o los bienes y ha dado instrucciones a la policía de que dé curso sin tardanza a cualquier denuncia en este sentido.

11. A otro nivel, la mediación ha hecho posible muchas veces reducir la tensión entre vecinos y las iniciativas locales dirigidas a informar de sus derechos a las personas han producido resultados positivos, facilitando la integración social de segmentos de la población potencialmente excluidos. Algunos fiscales públicos han organizado seminarios con propietarios de bares y discotecas así como con directores de colegios para conseguir una mayor sensibilización sobre la necesidad de cumplir la legislación que prohíbe todas las formas de discriminación. La oficina del fiscal de Tours ha procesado a los propietarios y a un portero de una biblioteca por discriminación contra personas de origen nordafricano. El 29 de abril de 1999 fueron condenados al pago de multas comprendidas entre 3.000 y 12.000 francos y a indemnizar a cada una de las cinco víctimas. El caso se encuentra en apelación. Su Gobierno ha sido siempre muy sensible a la cuestión de la discriminación contra los jóvenes. Subraya al respecto el papel desempeñado por la asociación SOS Racisme, que fue la que señaló el caso de Tours a la atención de las autoridades judiciales.

12. Las medidas del Gobierno han empezado a dar fruto, puesto que el número de condenas por discriminación racial ha aumentado un 20%, pasando de 97 en 1997 a 115 en 1998. La pena impuesta a los condenados por el delito de proferir insultos raciales es ahora de un mes y medio de prisión y una multa de 7.000 francos, mientras que en 1997 era de un mes de prisión y una multa de 3.500 francos.

13. A principios de 1999 su Gobierno había establecido en cada departamento una comisión para el acceso a la ciudadanía (CODAC) con el fin de ayudar a los jóvenes nacidos de padres inmigrantes a encontrar un empleo y su lugar en la sociedad y a luchar contra la discriminación de que eran objeto en el empleo, la vivienda y las actividades recreativas. Las comisiones están compuestas por representantes del Gobierno nacional, los tribunales, los profesores, los obreros y empresarios, las asociaciones y los funcionarios locales de elección. Sirven de foro para el intercambio de información y el examen de prácticas discriminatorias y formas de ponerle remedio. A veces remiten los casos a las autoridades judiciales, pero también ofrecen mediación y tratan de resolver las dificultades mediante consenso. En 1999 se comunicaron 260 casos a las comisiones de 30 departamentos; algunos de ellos se remitieron a las autoridades fiscales y 40 se resolvieron fuera de los tribunales. Gracias a sus esfuerzos, los propietarios de discotecas de varios departamentos se han comprometido por escrito a rechazar todas las formas de prácticas discriminatorias en la admisión.

14. En una conferencia que próximamente ha de celebrarse en París sobre el tema de la ciudadanía y la lucha contra la discriminación se examinarán los siguientes temas: la lucha contra la discriminación en la vida cotidiana, el acceso al empleo, el ejercicio de la ciudadanía y el acceso a los derechos y a la justicia. Todos los ministros participarán en los preparativos de un simposio que la Comisión Nacional Consultiva sobre Derechos Humanos organizará en París en julio de 2000 sobre el tema de las buenas prácticas para luchar contra el racismo; también asistirán personas que se ocupan de esta cuestión a nivel de la Unión Europea.

15. Una de las principales dificultades en la lucha contra la discriminación es que, debido a su situación y a la ignorancia de sus derechos, las propias víctimas se muestran poco dispuestas a denunciar los casos de prácticas discriminatorias en el trabajo o en sus tratos con la administración. Con la Ley de 10 de julio de 1991 se ha creado un instrumento más adecuado para facilitar ayuda y asesoramiento jurídico a las personas que no pueden permitirse esos servicios. Recientemente se ha ampliado el campo de actividad de los consejos departamentales de ayuda jurídica encargados de evaluar las necesidades de acceso a la ley y de elaborar y aplicar las medidas de ayuda pertinentes. Se les conoce como consejos departamentales de acceso a la ley y se les ha asignado funciones de órgano de orientación. Ha de comunicársele toda solicitud de actividad jurídica, incluso si se busca ayuda financiera estatal. También sirve de enlace con carácter permanente con el comité departamental encargado de la coordinación de políticas para prevenir y combatir la exclusión, creado igualmente en 1998. Los consejos de composición abierta están formados por representantes de las autoridades estatales, judiciales, departamentales y de distrito y de una asociación que desarrolla sus actividades en la esfera del acceso a la ley, y a su frente se encuentra el presidente de un tribunal local de instancia superior. Existen también planes para incrementar el número de centros de asesoramiento jurídico para llegar hasta las víctimas de la discriminación y facilitarles información y asistencia cuando sea necesario.

16. Otra esfera en la que el Gobierno francés centra su atención es la relativa a las medidas para prevenir la exclusión. El principio constitucional fundamental de igualdad ante la ley para todos los ciudadanos sin distinción de origen, raza, religión ha sido reforzado por la Ley de 29 de julio de 1998 sobre medidas para prevenir la exclusión, que garantiza el acceso efectivo a lo que se consideran derechos fundamentales: el empleo, la vivienda, la protección de la salud, la ley, la educación, la formación y la cultura y la protección de la familia y los hijos. Otro aspecto innovador de la ley es la disposición que en ella figura para coordinar las actividades de todos los que participan en la prevención de la exclusión y luchan contra ella informando al mismo tiempo de los resultados. La ley establece los requisitos para la asignación de viviendas subvencionadas y prevé medidas para que los inquilinos desfavorecidos puedan permanecer en sus viviendas y dispongan de información y asistencia por lo que respecta a sus derechos y, cuando sea necesario, de ayuda financiera.

17. El Gobierno centra también sus esfuerzos en el establecimiento de instrumentos de evaluación. Se suele reprochar a Francia que prohíba la recopilación de datos basados en el origen racial y, más concretamente, que no existan instrumentos para evaluar la efectividad de las medidas francesas para luchar contra la discriminación racial. Considera por ello importante la postura de su Gobierno sobre esta cuestión. Como puede verse en el artículo 226-19 del Código Penal no existe disposición legal alguna que prohíba la recopilación de esos datos con el consentimiento de la persona a quien se solicitan. El consentimiento es realmente necesario ya que únicamente la persona se encuentra en condiciones de identificar su raza. Se realiza en la práctica progresos en esta materia, por ejemplo, con el establecimiento del grupo de estudios sobre discriminación. El grupo, constituido en mayo de 1999, ha de desempeñar el papel de un órgano de orientación, realizando estudios y actividades de sensibilización. El acuerdo de constitución del grupo ha sido firmado por nueve ministros, una asociación representante de los trabajadores inmigrantes y sus familias, un órgano público (SONACOTRA) y un grupo de estudio. El grupo se centrará en temas tales como los trabajos inaccesibles a los extranjeros, los procedimientos para la atribución de viviendas, las escuelas con alumnos de distintos grupos étnicos, la relación con la ley, la sensibilización y la formación de los funcionarios públicos y el acceso de los jóvenes inmigrantes a los contratos de formación.

18. El mandato de la Comisión Nacional Consultiva sobre Derechos Humanos (CNCDH) estableció en la Ley Nº 90-165 de 13 de julio de 1990 en la que se establece el castigo de todos los actos racistas, antisemitas y xenófobos. La ley establece que la Comisión presente un informe anual al Primer Ministro sobre las medidas para luchar contra el racismo y la xenofobia. Hasta la fecha se han presentado nueve informes, que pueden consultar los miembros de Comité. En la primera parte del informe más reciente se hace una evaluación del racismo y la xenofobia basado en datos estadísticos concretos, un análisis de la percepción del racismo por el público en general y un estudio sobre los temas específicos del sector del empleo. La Comisión proporcionó así al Gobierno valiosa información sobre las tendencias en materia de discriminación racial y su carácter multidisciplinario garantizó la fiabilidad de la información facilitada. También se solicitó a la Comisión que asesorara al Gobierno sobre cuestiones internacionales. Vale la pena señalar que la semana anterior, a la vista de los acontecimientos en Austria, el Ministro de Justicia había considerado necesario consultar al Presidente de la Comisión Nacional Consultiva sobre Derechos Humanos respecto a las medidas adecuadas para supervisar el resurgimiento de las ideologías racistas dentro de la Unión Europea.

19. Su delegación espera poder facilitar todas las respuestas y la información solicitada para el examen del catorceavo informe periódico por el Comité. No tiene intención de afirmar que nada quede por mejorar. Todavía existen actos inexcusables y situaciones lamentables o inaceptables. En algunos casos se traduce en la condena de la persona responsable o incluso en la censura del Gobierno francés por la Corte Europea de Derechos Humanos. Confía en que se ha avanzado en la comprensión de los problemas y en la aplicación de respuestas adecuadas. La mirada sumamente atenta y crítica del Comité constituye para el Gobierno francés una ayuda inestimable. Francia considera que está obligada a luchar contra la discriminación dado que históricamente es un país que se encuentra en la encrucijada de distintas culturas. El Gobierno ve en Europa no una fortaleza de seguridad sino el camino que tiene por delante para luchar contra la discriminación, especialmente la ejercida contra los grupos más vulnerables, o sea ciertos extranjeros, ofreciéndoles libertad y justicia.

20. El PRESIDENTE da las gracias a la delegación francesa por su completísima introducción, cuyo texto posiblemente se distribuya a los miembros del Comité para su información.

21. El Sr. BANTON (Relator para el país) llama la atención sobre las preguntas y observaciones que ha formulado por escrito sobre los informes periódicos duodécimo a decimocuarto de Francia que figuran en el documento CERD/C/56/Misc.10 (sólo se dispone en inglés). Con referencia al artículo 1 de la Convención, señala que, pese a las afirmaciones de los sucesivos jefes de la delegación francesa sobre el carácter exhaustivo de la legislación francesa sobre discriminación racial, el Comité, al examinar los informes periódicos noveno a decimoprimero en un período de sesiones anterior, no encontró nada que prohibiera las distinciones que son discriminatorias en la práctica. No parece haberse dado la debida consideración en el decimocuarto informe periódico a la recomendación que hizo en 1994 de que Francia reforzara su legislación para prohibir actividades que tenían ese efecto.

22. Sobre el tema de la reglamentación de los visados, pregunta si las restricciones impuestas por Francia a la concesión de visados reúne los requisitos de tener una finalidad legítima, una base jurídica en la ley y una relación razonable de proporcionalidad entre los medios empleados y el fin perseguido. Francia impone también ciertas obligaciones a las líneas aéreas y a otras empresas de transportes transnacionales. ¿Qué medidas se adoptan para garantizar una protección suficiente de los derechos de las personas que quieren entrar en el país? Por lo que respecta a las solicitudes de asilo, ¿qué medidas garantizan que se tramiten caso por caso las solicitudes de los gitanos?

23. Parece que, pese a la existencia en Francia de muchas organizaciones no gubernamentales que desarrollan actividades en la esfera de la discriminación racial en cuanto hace a la emigración, es escasa la actividad en relación con los derechos recogidos en el artículo 5 de la Convención. Según el memorando que ha recibido de la Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura (ACAT) ha disminuido considerablemente el porcentaje de personas que buscan asilo entrevistadas entre 1994 y 1999 por los encargados de examinar las solicitudes. La ACAT llama la atención sobre las recomendaciones de la Comisión Nacional Consultiva sobre Derechos Humanos de la necesidad de revocar el artículo 16 de la ley de inmigración de 1986 y de dar razones individuales para la denegación de visados. Pide que se trace una distinción entre los que ayudan a los inmigrantes por razones humanitarias y los que participan en actividades ilícitas. El memorando examina la deportación de inmigrantes que han cometido delitos y suscita importantes cuestiones sobre la posibilidad de apelar contra las órdenes de deportación. Aporta razones para llegar a la conclusión de que en el departamento de la Guayana Francesa, se aplican los elementos represivos de la legislación francesa pero frecuentemente se olvidan los de carácter protector. Sugiere que la delegación francesa presente respuestas por escrito como parte del decimoquinto informe periódico de Francia que ha de presentarse en agosto de 2000.

24. Su sentimiento de injusticia derivado de la disparidad existente entre los derechos especificados en el artículo 5 y la inmigración se agranda a la vista del informe de la Ligue française des droits de l'homme en el que se dice que de las 1.339 solicitudes de asilo territorial presentadas en 1998, en su mayoría por argelinos, sólo se han concedido ocho. ¿Bastan estos datos para reflejar las medidas que Francia ha adoptado en los casos de asilo territorial? En el párrafo 6 del decimocuarto informe de Francia (CERD/C/337/Add.5) no se hace referencia alguna al asilo territorial, pero la existencia de dos procedimientos de asilo, constitucional y territorial, lleva a una discriminación en la práctica.

25. Con referencia al artículo 5 de la Convención, pregunta si puede considerarse ilegal que un padre solicite el traslado de un hijo a otra escuela debido al predominio de un determinado grupo étnico en la clase. De forma similar, ¿ha de considerarse también ilegal que las autoridades docentes accedan a esa solicitud? Caso de haber una representación desproporcionada de niños de origen extranjero en una escuela, lo que constituye segregación étnica, ¿podría una asociación antirracista iniciar un procedimiento legal?

26. Con respecto al apartado a) del artículo 5 pregunta si el Gobierno francés había olvidado al preparar el decimocuarto informe periódico que en 1994 el Comité había solicitado mayor información sobre las decisiones judiciales relativas a la discriminación racial, incluido el pago de indemnizaciones.

27. Con respecto al apartado b) del artículo 5, no está justificada la afirmación contenida en sus propias observaciones (CERD/C/56/Misc.10) de que era acostumbrado golpear a los detenidos en las comisarías de policía francesas. Considera, sin embargo, que, tras consultar el informe pertinente del Comité contra la Tortura del Consejo de Europa, siguen existiendo motivos de preocupación por los procedimientos ilegales empleados por la policía y se pregunta si el Gobierno francés comparte estas preocupaciones, dada la ausencia de información en el decimocuarto informe periódico. Según la

ACAT, no se ha procedido a la debida distribución del Código de Conducta de los Funcionarios de Policía de 1998 y algunos de los funcionarios de policía entrevistados no estaban familiarizados con él. La referencia en el Código a la no discriminación es muy breve y no se apoya en remisiones a las normas legales o internacionales. Al igual que la ACAT, es escéptico respecto a su utilidad y, dada su experiencia sobre la formación y disciplina de la policía en otros países, llega a la conclusión de que Francia no ha cumplido todavía las obligaciones que le impone el párrafo b) del artículo 5. Otro aspecto que debía haberse tenido en consideración pero que también se ha olvidado en el decimocuarto informe periódico es la protección de la mujer y los niños contra las amenazas de extranjeros y de miembros de sus propios grupos sociales, como los parientes masculinos que insisten en la necesidad de ajustarse a las costumbres de sus países de origen.

28. Por lo que respecta al apartado e) del artículo 5, ¿se han seguido las recomendaciones del Comité para asegurar que no haya discriminación en materia de empleo? El relator llama la atención sobre la virtual ausencia de condenas por violación del derecho al trabajo sin discriminación. La guía sobre las leyes antirracistas que figura en un anexo al decimocuarto informe periódico menciona la posibilidad de remitir las presuntas violaciones a la magistratura del trabajo, aunque en el propio informe no existe referencia a estas cuestiones. ¿Cuál es exactamente la función de esta magistratura del trabajo y se recurre a ella con la suficiente frecuencia?

29. Aunque la discriminación sexual no entra dentro de la esfera de la competencia del Comité, es posible combinar eficazmente las medidas para hacer frente a ambas formas de discriminación. En los casos de discriminación sexual, el Consejo de Europa recomienda que la carga de la prueba corresponda a la persona contra la cual se alega el acto discriminatorio una vez que el reclamante haya presentado pruebas suficientes de la violación del principio de la igualdad de trato; la Organización Internacional del Trabajo también se pronuncia en ese sentido. ¿Proporciona el Código de Trabajo francés este tipo de protección en los casos de presunta discriminación sexual y, en caso afirmativo, podrían los mismos procedimientos aplicarse en los casos de discriminación racial?

30. En un reciente artículo sobre la discriminación racial aparecido en Le Monde Diplomatique se hace referencia a la imposibilidad de los jóvenes con nombres que suenan a árabe de conseguir entrevistas de trabajo hasta que los cambian por otros que suenan más franceses. Aunque el jefe de la delegación francesa ha dado a entender que el Gobierno francés tiene sumo cuidado respecto a las cuestiones de discriminación en el acceso al empleo, se infiere de este documento la futilidad de sus esfuerzos debido a exigirse en la legislación vigente pruebas de la discriminación. En realidad el artículo induce en cierta medida a error cuando habla de las condenas en el sistema británico. En el Reino Unido muchos de los casos de presunta discriminación en el trabajo se resuelven fuera de los tribunales incluso los que llegan a la magistratura del trabajo. No existen en el Reino Unido condenas penales por discriminación racial en el trabajo al considerarse que se trata de cuestiones sujetas al procedimiento civil. No es la Comisión de Igualdad Racial la que lleva estos casos ante los tribunales sino las propias víctimas, con o sin asistencia financiera de la Comisión o los sindicatos. El Gobierno francés posiblemente tenga algo que aprender de estos procedimientos. El artículo en cuestión espera que la solución al problema de la discriminación en el trabajo se encuentre en la legislación europea, lo que concuerda con las observaciones efectuadas por el jefe de la delegación francesa en su declaración de introducción. Sugiere que el Gobierno francés no demore por más tiempo la revisión de su propia legislación en vez de esperar una solución a nivel europeo.

31. Por lo que hace al inciso iii) del apartado e) del artículo 5, el Comité recomendó en 1994 la promulgación de normas legales para proporcionar una protección efectiva contra la discriminación racial en materia de vivienda. El CNCDH informa que pese a producirse todos los días casos de esta discriminación en Francia, hasta ahora sólo se ha pronunciado una condena. Además, la práctica seguida actualmente por las autoridades de la vivienda de asignar a un inmigrante el apartamento dejado por otro y de seguir limitando el acceso a los nuevos apartamentos dejados por nacionales franceses basándose en cupos, es discriminatoria en la práctica. En el decimocuarto informe periódico no figura información sobre este tema de capital importancia.

32. El orador se siente decepcionado por la información facilitada en el informe sobre el derecho a la salud pública (inciso iv) del apartado e) del artículo 5). Es necesaria más información sobre las dificultades prácticas que ello implica.

33. Por lo que respecta al derecho a la educación (inciso v) del apartado e) del artículo 5), dado que la escolarización es obligatoria hasta los 16 años de edad, ¿qué estimaciones pueden facilitarse sobre la proporción de niños gitanos que asisten a la escuela hasta esa edad? En la esfera de las actividades culturales (inciso vi) del apartado e) del artículo 5), especialmente en los deportes, no existe, según las informaciones recibidas, ningún recurso contra la discriminación racial, pese a las discrepancias existentes entre la ley y la práctica. Dado que los deportes desempeñaban un importantísimo papel en la sociedad y constituyen un caldo de cultivo de la discriminación racial, ¿ha intentado el Gobierno francés adoptar medidas para solucionar el problema? La diversidad racial del equipo francés de fútbol ganador de la copa ha constituido un motivo de satisfacción, aunque en otras profesiones que están muy a la vista del público, como los medios de comunicación, la situación es muy distinta. Aunque no puede considerarse al Gobierno francés responsable de esta situación, debería sentirse preocupado.

34. Aunque acoge con satisfacción la positiva evolución en materia del derecho al acceso a los servicios (apartado f) del artículo 5) que se detalla en la declaración de introducción, pregunta si existen motivos para retirar las licencias a personas que presuntamente practican la discriminación racial. Por lo que se refiere al artículo 5 en general, ¿consideraría el Gobierno francés la posibilidad de completar las leyes penales con procedimientos de carácter civil en el marco del Código del Trabajo y en procedimientos basados en derecho administrativo? Respecto a las observaciones realizadas por el jefe de la delegación en la declaración de introducción sobre la recopilación de datos relativos al origen racial o étnico de las personas desea llamar la atención sobre la recomendación general Nº VIII del Comité en cuya virtud la identificación ha de basarse en la efectuada por la propia persona. Los principios de derecho europeo a los que ha hecho mención se basan en casos relativos a la discriminación sexual pero dentro de poco se ampliarán a la discriminación racial. El Gobierno francés necesitará en consecuencia estar dispuesto a acordar su práctica legislativa con los requisitos de la Unión Europea.

35. En lo que respecta a los artículos 2, 6 y 7, el Estado tiene la obligación de asegurar la adopción de medidas eficaces. ¿Existe alguna razón para pensar que son eficaces los recursos expuestos en el informe? Si la política docente es tan comprensiva ¿por qué tantos jóvenes dan muestras de perjuicios raciales y practican el hostigamiento racial? A juzgar por dos libros de texto de bachillerato proporcionados por la Ligue Française des droits de l'homme, parece que se le concede escasa importancia al lugar que ocupa el Islam. Si este es el caso en los institutos ¿qué se enseña a los estudiantes en otros establecimientos?

36. El PRESIDENTE hablando en su calidad de miembro del Comité, señala que aunque Francia firmó muchos años antes la declaración del artículo 14, el Comité nunca ha recibido una sola comunicación de una persona o grupo de personas. ¿Puede la delegación explicar la razón? ¿Conocen los posibles beneficiarios la existencia de este recurso? Hay que felicitar a Francia por ser el primer país que ha ratificado las enmiendas al párrafo 6 del artículo 8 de la Convención.

37. El Sr. DIACONU dice que el Comité espera mucho de Francia que tiene una larga tradición a la vanguardia de la democracia y los derechos humanos. En el último medio siglo ha atraído a gran número de emigrantes, convirtiéndose en una sociedad multiétnica y multirracial. El Gobierno ha adoptado medidas de gran alcance contra la exclusión social así como para promover la integración y los derechos fundamentales, ha alentado la labor de las asociaciones y de la sociedad civil y ha establecido la Comisión Nacional Consultativa sobre Derechos Humanos que trabaja en estrecha relación con numerosas asociaciones, así como con los Consejos departamentales de ayuda jurídica. Es realmente extraordinario que en virtud de las leyes francesas, toda asociación que haya sido debidamente declarada durante por lo menos cinco años y cuyos objetivos, establecidos en sus estatutos, incluyan la lucha contra el racismo, pueda querellarse en nombre de las víctimas de actos racistas o discriminatorios. Francia es uno de los pocos países que admite la responsabilidad penal de las empresas y que ha establecido penas para sancionarlas.

38. El informe facilita datos sobre la nacionalidad de los extranjeros residentes legalmente en Francia pero no información sobre la composición nacional ni étnica de los ciudadanos franceses ni tampoco del número ni procedencia de los extranjeros ilegales. Como el informe, al igual que la legislación francesa y la Corte de Casación, aluden a "grupos étnicos" en Francia, sería conveniente conocer los grupos étnicos que existen. Existe aún una referencia a los gitanos y el Relator para el país ha dicho que su número actual se estima entre 280.000 y 340.000 más o menos. Como el Comité estudia la posibilidad de celebrar un debate especial sobre la situación de este grupo, sería interesante disponer de información sobre el tamaño de la población gitana, su grado de nomadismo y su situación económica y social.

39. Aunque el informe hace referencia al apartheid no aborda la segregación racial, que figura también en el artículo 3. ¿Existe en Francia ese tipo de segregación? y ¿qué medidas pueden adoptar el Gobierno y las asociaciones nacionales para contrarrestarla? Francia cuenta con un cuerpo de legislación completo y detallado que cumple todos los requisitos del artículo 4. ¿Por qué, entonces el Gobierno mantiene la reserva que Francia formuló al ratificar la Convención? Parece que las disposiciones que prohíben defender o poner públicamente en duda la existencia de crímenes contra la humanidad así como el revisionismo y el negacionismo se aplican únicamente a los delitos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Sin embargo, ese tipo de delitos se han cometido con posterioridad. ¿Por qué no son aplicables esas disposiciones en los casos de Bosnia y Herzegovina, Rwanda u otros países? El informe menciona los esfuerzos realizados para enseñar idiomas nativos a los niños extranjeros en las escuelas públicas francesas, pero también habla de que se han cometido algunos errores sin especificar cuales. ¿Qué clase de problemas han surgido y cómo los abordará el Gobierno? Últimamente parece haber habido algunos progresos en la enseñanza de los idiomas regionales de Francia y de los departamentos y territorios de ultramar. ¿Existe información completa sobre la utilización de esos idiomas? ¿Se han iniciado estudios sobre ese tema?

40. El Sr. NOBEL , al señalar el importante papel desempeñado por Francia en la erradicación de la discriminación racial y la obligación que le impone el artículo 9 de la Convención, expresa su decepción por el retraso en la presentación de los informes decimosegundo a decimocuarto, y espera que el Gobierno francés dé ejemplo a otros Estados presentando a tiempo los futuros informes. Por lo que respecta a la migración, existe el gravísimo peligro de que el denominado "espíritu de Schengen" lleve a una polarización mental, que considere deseables a los inmigrantes europeos y no deseables a los procedentes de Estados no miembros. La idea misma parece contener la semilla del racismo y es necesario aplicar las medidas generales sobre inmigración teniendo el máximo cuidado para erradicar cualquier elemento racista que puedan surgir.

41. Según la información presentada por la FIACAT, los solicitantes de asilo en Francia gozan de pocas garantías legales contra la expulsión. Las medidas relativas al asilo están en parte subsumidas en las de inmigración, lo cual es sumamente desfavorable para los solicitantes. Además, las autoridades muestran falta de interés en las condiciones de vida de los solicitantes de asilo. Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) son insuficientes los medios que se dedican a su tramitación en todas las etapas. Las condiciones materiales en los puntos de entrada dejan mucho que desear, ya que menos del 40% de los solicitantes de asilo son entrevistados por la Oficina para la Protección de Refugiados y Apátridas (OFPRA) antes de que se adopte una postura respecto a sus casos, y en 1999 sólo se disponía de 3.600 camas para unos 30.000 solicitantes de asilo. Pese a que en virtud de las nuevas normas adoptadas por el Gobierno en 1998 se concede la condición de refugiado a las personas perseguidas por sus deseos de libertad, se han tramitado desde entonces menos de 20 casos.

42. Como sabe que las autoridades aplican sanciones a las líneas aéreas y otros medios de transporte que introducen en Francia a extranjeros indocumentados, pregunta cómo puede el Gobierno justificar la delegación en empresas privadas de obligaciones que competen al Estado en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1951. Una organización no gubernamental ha comunicado la existencia de hasta 62.000 personas que carecen de estatuto jurídico pero cuya presencia se tolera ( clandestins officiels ) al menos mientras que no hagan valer sus derechos o causen problemas. ¿Puede la delegación hacer comentarios sobre su número y situación?

43. Aunque son encomiables las medidas adoptadas recientemente para reducir las formalidades que han de cumplir las familias extranjeras en Francia, la mayoría de esas disposiciones son requisitos que figuran desde hace tiempo en el artículo 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales del Consejo de Europa. También se dice en el informe que ya no se concederá a los solicitantes de asilo de países a los que se aplica la cláusula de cese de la Convención de Ginebra permisos de residencia temporal y otras ventajas. ¿Incluye esto a las personas que han pasado ya años en Francia con sus familias? Concretamente, ¿qué límites de tiempo se aplican?

44. El Sr. FALL señala que desde 1996 Francia ha aplicado una política claramente encaminada a luchar contra el racismo. Francia es una sociedad étnicamente diversa debido al papel históricamente desempeñado por el país como lugar de inmigración. Subsisten algunas causas de preocupación y es conveniente que el Gobierno las reconozca. Son de elogiar las actividades desarrolladas por numerosas asociaciones en su lucha contra el racismo, que han hecho mucho por reducir el fenómeno en Francia.

45. Persiste la discriminación contra los inmigrantes en materia de vivienda. En los controles de identidad se ha comunicado el frecuente recurso por la policía a medios brutales contra personas debido a su aspecto físico o su raza, y es corriente que las autoridades francesas de inmigración no dejen pasar a ciertas personas que llegan a los aeropuertos franceses, especialmente africanos, aunque sean portadores de un visado válido emitido por un consulado francés. La consecución para ellos de un visado puede ser larga y difícil y es injusto no permitirles la entrada en los aeropuertos franceses, basándose, por ejemplo, en la falta de conocimiento del idioma francés. Posiblemente sea necesario que las autoridades francesas envíen instrucciones a la policía y a las autoridades de inmigración para poner fin a esta situación. También menciona los períodos excesivamente largos que han de esperar los solicitantes de asilo y la penosa situación de los extranjeros indocumentados.

46. El Sr. BRYDE encomia al Gobierno francés por presentar un informe que aborda abiertamente cuestiones relacionadas con la inmigración. En Europa, las medidas de inmigración suelen utilizarse para encubrir prácticas racialmente discriminatorias, problema que se complica cuando se aplica el jus sanguinis . Por ello ha de encomiarse a Francia por restaurar el jus soli en la tradición republicana. Pese a que Francia cuenta con un cuerpo de leyes casi perfecto para luchar contra la discriminación racial, en la práctica persiste la discriminación contra los inmigrantes y las comunidades inmigrantes en la vivienda, el empleo y la educación. Esa discrepancia suscita cuestiones respecto a la efectividad de la ley, especialmente la ley penal. ¿Tiene el Gobierno medios para evaluar los progresos realizados en la lucha contra la xenofobia y la discriminación racial a la vista de los instrumentos jurídicos? ¿Tiene en cuenta la relatividad de las ventajas del derecho penal y otras formas de derecho?

47. Aunque en el informe se hace una amplia descripción de las medidas francesas contra la exclusión social, poca información se ofrece sobre las medidas correctivas en favor de determinadas minorías para satisfacer las necesidades específicas de determinados segmentos desfavorecidos de la población. El Comité contra la Tortura ha encontrado que existían casos de malos tratos por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y de los guardias penitenciarios y que las víctimas de esos casos que comparecen ante la Corte Europea de Derechos Humanos frecuentemente no son europeos. El Gobierno ha mencionado disposiciones legales y esfuerzos docentes para sensibilizar a la policía respecto al problema, ¿pero ha considerado la posibilidad de adoptar medidas para alentar la selección para esos servicios de personal técnicamente más diversificado?

48. El Sr. LECHUGA HEVIA señala que no ha sido posible eliminar las manifestaciones racistas en Francia, pese a las medidas adoptadas para combatirlas a nivel nacional y europeo. Es encomiable que el Ministerio de Justicia haya pedido una mayor vigilancia por parte de los fiscales generales y de la República y que haya adaptado la política penal a las condiciones locales. Sin embargo, el Comité necesita saber cómo se han reflejado esas medidas en la práctica.

49. La política en materia de inmigración es una de las más controvertidas. Pese a reconocer que todo los países tienen derecho a controlar la inmigración y a determinar la calificación de refugiados políticos y económicos, lo más importante para el Comité es el trato que se les da, y las garantías y los derechos que se reconocen a unos y a otros. El informe menciona la adopción el 11 de mayo de 1998 de una nueva ley de extranjería y sobre derecho de asilo, pero ofrece escasa información sobre la forma en que se han comportado en la práctica esas medidas. En cuanto a la exclusión social, mientras que los ingresos medios en Francia han aumentado un 33%, la proporción de las familias que viven por debajo del umbral de la pobreza sigue siendo el mismo. ¿Cuál es la situación actual? Es de presumir que las minorías étnicas están fuertemente representadas entre la población que vive por debajo de la línea de la pobreza. ¿Qué medidas se estudian para mejorar su situación?

50. Es de elogiar la financiación por el Estado de asociaciones que trabajan contra el racismo, pero no vemos en el informe datos concretos de las medidas adoptadas en cumplimiento del apartado b) del artículo 4 para declarar ilegal y prohibir las organizaciones que promueven e incitan a la discriminación racial, aparte de la referencia a una ley de 1936 que permite al Presidente de la República decretar la disolución de esas organizaciones. El hecho de que una organización haya sido disuelta de esta forma no una sino tres veces parece indicar la ineficacia de este procedimiento. ¿Cómo cumple Francia los requisitos del artículo 4 que constituye una disposición clave de la Convención?

51. Por último, la situación de los solicitantes de asilo es causa de profunda preocupación. Faltan los recursos para tramitar las solicitudes de asilo. ¿Puede la delegación facilitar mayor información sobre la postura del Gobierno para mejorar la situación?

52. El Sr. PILLAI rinde homenaje a la larga tradición de Francia en defensa de los ideales democráticos. En este contexto, hace referencia al fundamental papel desempeñado por los partidos políticos en la promoción de los valores democráticos y la erradicación de la discriminación racial y sexual. Sin embargo, durante las campañas electorales, los partidos políticos algunas veces olvidan ese papel y se preguntan cómo se comportan los partidos políticos en Francia durante las elecciones y si están las minorías representadas en ellos y tienen alguna influencia en las plataformas de los partidos.

53. Los funcionarios públicos que trabajan en esferas que afectan a los derechos civiles y políticos, que son tan importantes como los derechos económicos, sociales y culturales, desempeñan un importante papel en la eliminación de la discriminación racial. Aunque en el informe se detallan medidas adoptadas por el Gobierno para sensibilizar a los funcionarios públicos sobre la discriminación y los derechos humanos, se pregunta qué medidas específicas se han adoptado cuando la policía, por ejemplo, ha comprobado violaciones de derechos humanos o civiles.

54. El Sr. YUTZIS , con referencia al párrafo 24 del informe, solicita mayor número de estadísticas sobre el número de solicitantes de asilo, y pregunta cuántas solicitudes se han concedido. Solicita también que se explique con mayor claridad las diferencias entre los diversos tipos de asilo, como el asilo constitucional y el territorial, que se mencionan en los párrafos 26 y 27.

55. Por lo que respecta a la educación sería interesante conocer los esfuerzos realizados para incluir los puntos de vista tanto cristianos como islámicos en los programas de estudio escolares.

56. El orador toma nota de la intención del Gobierno de luchar contra la exclusión, término que abarca una amplia diversidad de situaciones, pero pide datos más concretos sobre la forma en que piensa hacerlo. Señala que la exclusión se produce no sólo a nivel psicosociológico mediante el ostracismo y la exclusión de la sociedad, sino que incluye también violaciones tales como la denegación del derecho al trabajo, a una vivienda adecuada y a la salud. Sería conveniente disponer de más hechos para ayudar al Comité a comprender mejor cuáles son exactamente los grupos que se benefician de los esfuerzos del Gobierno para luchar contra la exclusión.

57. Pregunta si los grupos étnicos están debidamente representados en la policía, ya que la falta de una representación equitativa contribuye a crear malentendidos y agrava la tensión entre la policía y los grupos étnicos. Lamenta que los miembros de los grupos étnicos detenidos por delito reciban frecuentemente un doble castigo, pues a las penas de privación de libertad se une también la deportación una vez cumplida la condena. Es una situación intolerable y parece un ejemplo de discriminación de hecho.

58. Todas las sociedades multirraciales corren el peligro de tener que tratar con organizaciones políticas basadas en principios puramente racistas o discriminatorios. Expresa por ello su preocupación ante la fortaleza del Frente Nacional en las últimas elecciones. Pregunta si los esfuerzos del Gobierno para eliminar la exclusión son verdaderamente efectivos y señala que en las economías de mercado el peligro de exclusión es mayor para quienes no pueden participar en los progresos económicos.

59. El Sr. ABOUL-NASR , con referencia los párrafos 130 a 137 del informe, pregunta sobre la distinción entre los conceptos de "apología" y de "contestación de la existencia de" delitos contra la humanidad. Señala que estos párrafos aunque referidos únicamente al holocausto durante la segunda guerra mundial, subrayan que ha habido crímenes contra la humanidad antes de la Segunda Guerra Mundial y sigue habiéndolos. Por ejemplo, se pregunta si los crímenes contra el pueblo gitano, contra los aborígenes o los crímenes perpetrados en Bosnia y Herzegovina están considerados crímenes contra la humanidad en las leyes francesas pertinentes. Su punto de vista es menos eurocéntrico y su única guía son los términos de la Convención. Viola la Convención toda legislación que trate de limitar el concepto de crímenes contra la humanidad a un grupo o un acontecimiento.

60. Los miembros de la delegación de Francia se retiran .

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTRAS CUESTIONES ( continuación )

61. El PRESIDENTE recuerda que el Sr. Banton ha solicitado un debate especial sobre la situación del pueblo gitano y sugiere que un grupo de trabajo de composición abierta integrado por el Sr. Banton, el Sr. Diaconu, el Sr. Valencia Rodríguez y la Sra. January ‑Bardill estudie la conveniencia de esta propuesta e informe al Comité.

62. A sí queda acordado .

63. El PRESIDENTE dice que algunos miembros han expresado su preocupación por no haberse dedicado suficiente tiempo a las comunicaciones previstas en el artículo 14, pero les asegura que el Comité les dedicará todo el tiempo que sea necesario. Pide al Sr. Nobel que consulten con otros miembros si prefieren nombrar a un relator o a un pequeño grupo de trabajo de tres personas que se ocupe de las comunicaciones habida cuenta del aumento del trabajo en esa esfera.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas .