Naciones Unidas

CERD/C/113/1

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

4 de junio de 2024

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

113 er período de sesiones

5 a 23 de agosto de 2024

Tema 1 del programa provisional

Aprobación del programa

Programa provisional anotado

Programa provisional

1.Aprobación del programa.

2.Cuestiones de organización y otros asuntos.

3.Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia.

4.Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención.

5.Informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9, párrafo 1, de la Convención.

6.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención.

7.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención.

8.Procedimiento de seguimiento.

9.Seguimiento de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y de la Conferencia de Examen de Durban.

10.Aprobación del informe anual para presentarlo a la Asamblea General.

Anotaciones

1.Aprobación del programa

De conformidad con el artículo 6 del reglamento del Comité, el presente programa provisional ha sido preparado por el Secretario General en consulta con la Presidencia del Comité.

En virtud del artículo 8 del reglamento, la aprobación del programa ha de ser el primer tema del programa provisional de todo período de sesiones, excepto cuando en virtud del artículo 15 deba elegirse a los miembros de la Mesa. De conformidad con el artículo 9, el Comité puede revisar el programa en el curso de un período de sesiones y, cuando proceda, añadir, aplazar o suprimir temas.

Se invitará al Comité a que examine, revise, según proceda, y apruebe el programa del período de sesiones.

2.Cuestiones de organización y otros asuntos

El 113er período de sesiones del Comité se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 5 al 23 de agosto de 2024. La primera sesión tendrá lugar el lunes 5 de agosto de 2024 a las 10.00 horas.

El Comité tendrá ante sí el programa de trabajo de su 113er período de sesiones.

3.Prevención de la discriminación racial, en particular medidas de alerta temprana y procedimientos de urgencia

En su 45º período de sesiones, el Comité decidió incluir este tema como tema permanente del programa. En el marco de sus esfuerzos para prevenir la discriminación racial, el Comité puede decidir adoptar medidas de alerta temprana encaminadas a impedir que los problemas existentes degeneren en conflictos, o decidir iniciar procedimientos de urgencia destinados a hacer frente a problemas que requieran atención inmediata para prevenir o limitar la magnitud o el número de violaciones graves de la Convención.

4.Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

El Comité examinará los informes periódicos enviados por Belarús (CERD/C/BLR/24-25), Bosnia y Herzegovina (CERD/C/BIH/14-15), Irán (República Islámica del) (CERD/C/IRN/20-27), el Iraq (CERD/C/IRQ/26-27), el Pakistán (CERD/C/PAK/24-26), el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (CERD/C/GBR/24-26) y Venezuela (República Bolivariana de) (CERD/C/VEN/22-24). Siguiendo la práctica habitual y de conformidad con el artículo 64 del reglamento del Comité, el Secretario General ha comunicado a los Estados partes interesados las fechas provisionales en que el Comité ha previsto examinar sus respectivos informes. En el anexo del presente documento figura el calendario para el examen de los informes presentados.

5.Informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9, párrafo 1, de la Convención

El Comité tendrá ante sí una nota del Secretario General relativa al estado de la presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 9, párrafo 1, de la Convención (CERD/C/113/2). En el cuadro 1 de ese documento figura una lista de los informes enviados por los Estados partes que están pendientes de examen por el Comité. El cuadro 2 contiene información sobre los informes pendientes de presentación.

6.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención

El Comité proseguirá con el examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 11 de la Convención.

7.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención

Con arreglo a lo dispuesto en el capítulo XVIII de su reglamento, el Comité examinará las comunicaciones que se le hayan presentado en virtud del artículo 14 de la Convención.

De conformidad con el artículo 88 del reglamento, las sesiones del Comité en las que se examinen comunicaciones presentadas en virtud del artículo 14 de la Convención se celebrarán a puerta cerrada.

8.Procedimiento de seguimiento

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de su reglamento, el Comité examinará la información presentada por los Estados partes sobre el seguimiento que han dado a las observaciones y recomendaciones del Comité.

9.Seguimiento de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia y de la Conferencia de Examen de Durban

El Comité estudiará las actividades que se hayan llevado a cabo en aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, aprobados en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, y el seguimiento dado a la Conferencia de Examen de Durban.

10.Aprobación del informe anual para presentarlo a la Asamblea General

El Comité aprobará su informe anual a la Asamblea General para que esta lo examine en su septuagésimo noveno período de sesiones.

Anexo

Calendario provisional para el examen de los informes, observaciones y demás información presentados por los Estados partes

El calendario que figura a continuación ha sido preparado por el Secretario General en consulta con la Presidencia, teniendo en cuenta las decisiones pertinentes adoptadas por el Comité en su 112º período de sesiones.

Día

Número y hora de la sesión

Estado parte

Martes 6 de agosto de 2024

3081ª 15.00 a 18.00 horas

Venezuela (República Bolivariana de)

Miércoles 7 de agosto de 2024

3082ª 10.00 horas a 13.00 horas

Venezuela (República Bolivariana de) (continuación)

Miércoles 7 de agosto de 2024

3083ª 15.00 a 18.00 horas

Irán (República Islámica del)

Jueves 8 de agosto de 2024

3084ª 10.00 a 13.00 horas

Irán (República Islámica del) (continuación)

Jueves 8 de agosto de 2024

3085ª 15.00 a 18.00 horas

Pakistán

Viernes 9 de agosto de 2024

3086ª 10.00 horas a 13.00 horas

Pakistán (continuación)

Lunes 12 de agosto de 2024

3089ª 15.00 a 18.00 horas

Bosnia y Herzegovina

Martes 13 de agosto de 2024

3090ª 10.00 a 13.00 horas

Bosnia y Herzegovina (continuación)

Martes 13 de agosto de 2024

3091ª 15.00 a 18.00 horas

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Miércoles 14 de agosto de 2024

3092ª 10.00 a 13.00 horas

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (continuación)

Miércoles 14 de agosto de 2024

3093ª 15.00 a 18.00 horas

Belarús

Jueves 15 de agosto de 2024

3094ª 10.00 a 13.00 horas

Belarús (continuación)

Jueves 15 de agosto de 2024

3095ª 15.00 a 18.00 horas

Iraq

Viernes 16 de agosto de 2024

3096ª 10.00 a 13.00 horas

Iraq (continuación)