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Introducción

3

Información general

3

Las mujeres y la paz y la seguridad

5

Derechos de la mujer e igualdad de género en relación con la pandemia y las medidas de recuperación

6

Marco legislativo

9

Definición de discriminación

11

Acceso a la justicia

12

Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer

14

Institución nacional de derechos humanos

17

Defensoras de los derechos humanos y sociedad civil

17

Medidas especiales de carácter temporal

20

Estereotipos de género

22

Violencia de género contra la mujer

23

Trata de personas y explotación de la prostitución

26

Participación en la vida política y pública

28

Educación

28

Contratación y colocación en el empleo

30

Acoso sexual en el lugar de trabajo

33

Salud

34

Prestaciones económicas y sociales

39

Mujeres privadas de libertad

42

Mujeres refugiadas, mujeres solicitantes de asilo y mujeres migrantes

44

Grupos desfavorecidos de mujeres

46

Matrimonio y relaciones familiares

49

Información adicional

51

Anexo 1

53

Introducción

De conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Belarús presenta su noveno informe periódico sobre la aplicación de la Convención.

El informe se ha elaborado en respuesta a la lista de cuestiones y preguntas del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer a Belarús previas a la presentación de su noveno informe periódico (CEDAW/C/BLR/QPR/9) y teniendo en cuenta las observaciones finales del Comité (CEDAW/C/BLR/CO/8).

El informe ha sido preparado por el Ministerio de Trabajo y Protección Social en colaboración con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Comité Nacional de Estadística, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y otros organismos gubernamentales de la República de Belarús cuyas competencias incluyen cuestiones relativas a la igualdad de género y la eliminación de la discriminación contra la mujer.

El informe contiene información sobre las medidas legislativas, organizativas, administrativas y de otro tipo adoptadas en la República de Belarús para aplicar las disposiciones de la Convención. El informe refleja los avances logrados en la mejora de la condición de la mujer en la República de Belarús entre 2016 y 2021-2022, así como información sobre los obstáculos que siguen existiendo en este ámbito.

El informe fue examinado y convenido el 22 de febrero de 2023 por los miembros del Consejo de Desarrollo Sostenible, bajo la dirección del Coordinador Nacional sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). El Consejo está integrado por representantes de 38 organismos y organizaciones gubernamentales, grupos parlamentarios, asociaciones de la sociedad civil y el Instituto de Jóvenes Embajadores de los ODS. El Equipo de las Naciones Unidas en Belarús también participó en el examen del informe durante la reunión del Consejo de Desarrollo Sostenible.

El informe fue aprobado el 1 de marzo de 2023 en una reunión del Consejo Nacional de Política de Género, que depende del Gobierno y que está integrado por representantes de 28 organismos y organizaciones estatales, un grupo parlamentario, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, organismos ejecutivos y administrativos locales y organizaciones de la sociedad civil.

Información general

En contravención de la Carta de las Naciones Unidas y de las principales convenciones de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluidas la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, desde agosto de 2020, Belarús está sometida a sanciones ilegales sin precedentes, impuestas por países occidentales en represalia por sus intentos fallidos de cambiar el actual sistema estatal de Belarús. Estas sanciones impuestas por Occidente repercuten adversamente en los derechos sociales y económicos de los ciudadanos bielarrusos, incluidas las mujeres, especialmente las que representan a grupos vulnerables. Además, las sanciones impiden a Belarús implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

La Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos, Alena Douhan, ha demostrado en sus informes con ejemplos prácticos que las sanciones no pueden ser selectivas y siempre afectan directa o indirectamente a la economía y los ciudadanos. Las exenciones humanitarias de los regímenes de sanciones no funcionan en la práctica. En particular, la distribución de medicamentos y suministros médicos a las zonas y Estados donde más se necesitan sigue siendo difícil. Así pues, la situación actual en Belarús como consecuencia de la imposición de sanciones también repercute negativamente en los derechos de las mujeres, incluso en el derecho a la salud y el acceso a todas las formas de atención médica.

Para mejorar la sistematización y difusión de datos de calidad, accesibles, oportunos y fiables, el Comité Nacional de Estadística de Belarús, con el apoyo de organizaciones internacionales, ha elaborado sistemas de información temática que permiten analizar la situación en materia de igualdad de género.

El sistema de información Gender Statistics Web Portal, desarrollado con el apoyo de ONU-Mujeres y el UNICEF, contiene 177 estadísticas de género desglosadas por diversos indicadores que han marcado las tendencias desde 2000. La lista nacional de indicadores estadísticos de género incluye todos los indicadores pertinentes al país del Conjunto Mínimo de Indicadores de Género (recomendado por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas para su uso en todos los países para la producción nacional y la compilación internacional de estadísticas de género), indicadores de igualdad de género elaborados por la Comisión Económica para Europa, así como una serie de indicadores para el seguimiento de los progresos realizados por el país en la consecución de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La información del portal está disponible en ruso, bielorruso e inglés.

El portal universal de estadísticas sobre la infancia fue creado con el apoyo de UNICEF y constituye una base de datos electrónica desglosada que contiene indicadores estadísticos sobre la situación de los niños en ámbitos sociales clave: demografía, salud, educación, administración de justicia y protección social. Más del 25 % de los indicadores están desglosados por sexo y permiten realizar un seguimiento y una evaluación nacionales de la situación de la igualdad de género entre los niños.

Los recursos informativos de estadísticas de género se han ampliado considerablemente gracias a las encuestas temáticas por muestreo realizadas por una sola vez por los organismos estatales de estadística.

La encuesta sobre el uso del tiempo diario por la población proporciona información desglosada sobre la proporción del tiempo que dedican las mujeres y los hombres al trabajo remunerado y no remunerado y otros indicadores que caracterizan las diferencias de género en el uso del tiempo. La encuesta se realizó en 2014-2015 y se prevé que volverá a realizarse en 2024-2025.

La sexta ronda de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados para Evaluar la Situación de los Niños y las Mujeres (MICS-6) que se llevó a cabo en Belarús en 2018-2019, permitió reforzar la capacidad estadística nacional para el seguimiento de la situación de los niños y las mujeres y examinar las actitudes de las mujeres y los hombres hacia la violencia doméstica, las manifestaciones de la victimización y la discriminación, entre otras cuestiones. La encuesta también incluía preguntas sobre discapacidad según los criterios del Grupo de Washington sobre Estadísticas de la Discapacidad.

Para el seguimiento del cumplimiento por Belarús de sus compromisos de adoptar medidas para garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso al trabajo, al entorno físico y a la adaptación de los servicios para satisfacer sus necesidades en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos, así como para garantizar el respeto del principio fundamental de la Agenda 2030 de “no dejar a nadie atrás”, en 2018 se llevó a cabo una encuesta por muestreo en los hogares para la evaluación integral de la situación de las personas con discapacidad. Los datos estadísticos obtenidos se desglosaron por diferentes categorías de personas con discapacidad, lugar de residencia y grupos de sexo y edad.

Algunas formas de encuestas sistemáticas por muestreo de hogares se complementan con preguntas que proporcionan datos sobre el nivel de vida y el empleo de mujeres y hombres desglosados por discapacidad de conformidad con los criterios del Grupo de Washington.

Para 2023-2024 está previsto realizar una encuesta por muestreo en los hogares a fin de estudiar la prevalencia de la violencia contra las mujeres (utilizando la metodología adaptada de la Organización Mundial de la Salud (OMS)).

En el anexo del informe figura información estadística oficial sobre la situación actual de las mujeres en la República de Belarús (véase el anexo 1).

Las mujeres y la paz y la seguridad

De conformidad con el índice mundial de las mujeres y la paz y la seguridad 2021/2022, elaborado por el Centro de Género, Paz y Seguridad, PRIO y el Instituto de Georgetown para la Mujer, la Paz y la Seguridad, que refleja la autonomía y el empoderamiento de las mujeres en sus hogares y en la sociedad, centrándose en tres aspectos: inclusión, justicia y seguridad, Belarús ocupa el puesto 38 de 170 países, superando a todos los países de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), así como a varios países de la Unión Europea (UE).

La resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad se está aplicando en el marco de la política general del Estado y las estrategias nacionales sobre igualdad de género y promoción de la mujer.

Belarús considera que la pregunta núm. 2 está formulada incorrectamente en lo que respecta a la alegación de que Belarús ha estado implicada en el “uso ilícito de la fuerza por parte de la Federación de Rusia contra Ucrania”. La resolución 49/1 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 4 de marzo de 2022, y la resolución ES-11/1 de la Asamblea General, de 2 de marzo de 2022, no fueron aprobadas por consenso, sino que fueron elaboradas y aprobadas por iniciativa de un grupo de Estados occidentales que desde hace tiempo venían injiriendo en los asuntos internos de Belarús y tratando de cambiar el régimen del país de forma inconstitucional. Los resultados de la votación sobre dichas resoluciones en el Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de las Naciones Unidas no pueden ser indicativos, ya que se sabe que el grupo de Estados mencionado ejerció presiones políticas y de otro tipo sobre la voluntad de otros Estados Miembros de las Naciones Unidas para conseguir el resultado requerido. La mención a la República de Belarús en esas resoluciones no tenía ni tiene nada que ver con la situación real. Belarús no ha introducido sus tropas en el territorio de Ucrania ni ha llevado a cabo ninguna acción militar contra ese país.

Tal vez el Comité también esté interesado en saber que el informe de la misión de expertos de la OSCE, de fecha 12 de abril de 2022, sobre las violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad cometidos en Ucrania desde el 24 de febrero de 2022, en el que se afirma, entre otras cosas, que, si bien Belarús permite que su territorio sea utilizado para los ataques de Rusia contra Ucrania, la misión considera que, a partir del 1 de abril, Belarús no es parte en el conflicto armado internacional mientras el propio país no cometa actos de violencia u otros actos que constituyan una participación directa en las hostilidades.

La realidad es que desde el principio del conflicto en Ucrania, Belarús se ha esforzado decididamente por sentar a las partes beligerantes a la mesa de negociaciones y así poner fin al derramamiento de sangre. Gracias a la mediación de Belarús, las partes beligerantes celebraron varias reuniones productivas al principio del conflicto. Además, durante ocho años Belarús ha actuado como plataforma de negociación del Grupo de Contacto Trilateral sobre Ucrania en el marco de la aplicación de los acuerdos de Minsk.

Así pues, al evaluar el papel de Belarús en el contexto de los acontecimientos en Ucrania, el Comité no debe limitarse a examinar el contenido de determinadas disposiciones de las decisiones adoptadas por motivos políticos en el Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de las Naciones Unidas, que presentan únicamente el punto de vista promovido por un grupo de Estados occidentales, sino que también debe analizar la información en su totalidad, incluida la relativa a los acontecimientos que precedieron a la operación militar de la Federación de Rusia en Ucrania.

Derechos de la mujer e igualdad de género en relación con la pandemia y las medidas de recuperación

Con el fin de prevenir y evitar la violencia doméstica, la Ley núm. 151-Z de la República de Belarús, de 6 de enero de 2022, ha modificado la Ley núm. 122-Z, de 4 de enero de 2014, sobre los fundamentos de la labor de prevención de delitos y los instrumentos jurídicos normativos en lo que respecta a:

•La creación de consejos interinstitucionales para ayudar a las víctimas de la violencia doméstica;

•Los procedimientos para la aplicación de un conjunto de medidas de asistencia a las víctimas de la violencia doméstica en el marco de protocolos de cooperación interinstitucional;

•La aplicación de programas de recuperación, es decir, un conjunto de medidas para prestar asistencia psicológica a los ciudadanos que hayan cometido actos de violencia doméstica, con el fin de modificar (corregir) el comportamiento, desarrollar habilidades de comunicación no violenta y prevenir la reincidencia de violencia doméstica;

•El registro, la recopilación, la sistematización y el análisis de datos sobre la asistencia a las víctimas de la violencia doméstica y sobre las medidas adoptadas con respecto a los autores de actos de violencia doméstica.

La decisión núm. 22 del Consejo de Ministros de Belarús, de 15 de enero de 2019, sobre el reconocimiento de los niños en situación de riesgo, creó en 2019 un mecanismo interinstitucional para detectar un entorno familiar desfavorable para los niños (incluida la violencia contra los niños). Se han aprobado recomendaciones metodológicas para su aplicación.

Cada año se llevan a cabo la campaña de prevención a nivel nacional “¡Hogar sin violencia!”, la campaña de información “Dieciséis Días de Acción contra la Violencia Doméstica”, las campañas de prevención “Vejez sin violencia” y “La vejez no es para la violencia, sino para la sabiduría”. En los sitios web oficiales de los organismos estatales y los órganos ejecutivos y administrativos locales, se publica información sobre la prevención de la violencia y la asistencia a las víctimas de la violencia doméstica, que se actualiza cuando es necesario.

Con el apoyo del UNFPA, en 2022 se elaboró un manual metodológico “Algoritmos para organizar actividades de asistencia a diferentes categorías de población en situaciones de violencia doméstica”, un folleto en lenguaje sencillo “¡Basta de violencia!”. Con el apoyo del UNICEF en 2020, se produjo una serie de videos de comunicación social sobre la violencia contra los niños (“No pases de largo ante el maltrato infantil”, “Nunca conocemos toda la historia”, “Basta con un acto de valentía”, “El adolescente en la foto”).

Los planes temáticos de formación para mejorar las cualificaciones de los jueces de los tribunales de jurisdicción general especializados en casos penales del Instituto de formación y perfeccionamiento profesional de jueces, fiscales, tribunales y otros funcionarios de las instituciones de justicia de la Universidad Estatal de Belarús incluyen conferencias sobre la práctica judicial en casos de delitos contra la inviolabilidad sexual o la libertad sexual. El Instituto de formación y perfeccionamiento profesional para funcionarios del Ministerio de Trabajo y Protección Social es una institución educativa estatal que ofrece capacitación complementaria para prestar asistencia a las víctimas de la violencia doméstica y de la trata de personas. El sistema del Ministerio del Interior ofrece también capacitación complementaria sobre la prevención de la violencia doméstica, incluida la prestación de asistencia a las víctimas de este tipo de violencia. La Academia de estudios de posgrado, una institución educativa estatal, ofrece cursos de perfeccionamiento sobre prevención de la violencia contra los niños y violencia doméstica, la creación de condiciones adaptadas a las necesidades de los niños víctimas o testigos de violencia en el marco de las entrevistas psicológicas en los centros educativos, y la prevención de la agresión y la violencia en el hogar.

El Ministerio del Interior, en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), ha continuado la campaña de información “Enseña a los niños a detectar la mentira”, con la difusión de anuncios de interés público en la calle para informar a la población sobre la problemática de los abusos sexuales y la explotación de los niños. En el marco del recurso de información “kids.pomogut.by”, creado por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación con el apoyo de UNICEF, se está llevando a cabo una activa labor para ofrecer consultas e información útil en línea sobre el uso seguro de Internet por los niños, así como el chatbot de Telegram @kids_lawyer_bot.

En mayo y noviembre de 2021, los organismos del Ministerio del Interior llevaron a cabo una serie de actividades sobre cuestiones relacionadas con el uso seguro de Internet por los niños y su comportamiento en línea. Se proyectaron los videos “Cómo no ser víctima de la ciberdelincuencia”, “La suplantación de identidad y las estafas por Internet” y “La prevención de la ciberdelincuencia” para profesores y alumnos de más de 6.000 centros de trabajo y 5.000 instituciones de enseñanza. Se organizan actividades en centros educativos sobre la seguridad en Internet y se informa a los padres sobre las posibles formas de restringir el acceso de sus hijos a sitios web destructivos.

Durante la pandemia de COVID-19, la representación de las mujeres en la vida política y pública y en la toma de decisiones siguió siendo considerable. En 2021, las mujeres constituían la mayoría de los funcionarios, a saber, el 70,1 % (frente al 67,4 % en 2017), y ocupaban el 53,7 % de los altos cargos (frente al 48,0 % en 2017). Las mujeres ocupan el 35,1 % de los escaños en la Asamblea Nacional (frente al 29,2 % en 2016) y el 40,4 % en la Cámara de Representantes (frente al 27,3 % en 2016). Las mujeres representan el 48,1 % (frente al 48,2 % en 2016) de los directivos de todos los niveles y sus adjuntos.

Belarús no impuso medidas internas estrictas de cuarentena durante la pandemia de COVID-19. En la lucha contra las consecuencias del COVID-19 se han tenido en cuenta los intereses de las mujeres y los hombres, así como los de las poblaciones vulnerables. Los privilegios y preferencias otorgados por el Gobierno en 2020 permitieron amortiguar la fase de recesión económica y evitar un descenso del nivel de protección social de la población.

En abril de 2020 se promulgó un decreto presidencial especial de apoyo a la economía, que definía las medidas de apoyo a los sectores afectados adversamente por la situación epidemiológica. Entre esos sectores figuran el turismo, el comercio al por menor, la restauración y el transporte. La mayoría de los que trabajan en esos sectores son mujeres. Las medidas incluyeron la extensión de plazos para el pago de alquileres, la reducción de impuestos, el reajuste de deudas por servicios de electricidad, entre otras. También se estableció la prohibición de reducir el sueldo en caso de cambios en las condiciones laborales esenciales, como el cambio a la modalidad de trabajo a distancia.

Se asignaron recursos financieros adicionales para aumentar la remuneración de los trabajadores de la salud y los funcionarios de los organismos de servicios sociales. En el sector de atención de la salud y servicios sociales, las mujeres representan más del 85 % del total de trabajadores. Se establecieron subsidios mensuales especiales para los funcionarios de determinados organismos públicos que prestan servicios sociales, por el trabajo rotativo para reducir el riesgo de propagación de la infección, y para los trabajadores de la salud que trabajaban en centros públicos en condiciones de riesgo de infección. Como resultado de estas medidas, los sueldos de estas categorías de trabajadores aumentaron 1,3 veces. En el sector público no se ha permitido reducir el nivel de los salarios. La tasa de crecimiento de los salarios fue de más del 19 % en 2020 y del 14 % en 2021.

El Estado adoptó medidas de apoyo al sector real de la economía, lo que permitió mantener los colectivos laborales en las difíciles condiciones temporales debidas a la pandemia. Los trabajadores, tanto mujeres como hombres, que entre el 1 de mayo y el 31 de julio de 2020 no trabajaron debido a los períodos de inactividad o que trabajaron a tiempo parcial por iniciativa del empleador, recibieron subvenciones con cargo a los recursos extrapresupuestarios del fondo de protección social hasta completar la cuantía del salario mínimo. Entre los que solicitaron subvenciones figuran entidades de los sectores del turismo, la recreación y el entretenimiento (22 %), la hotelería y la restauración (16 %), los servicios de rehabilitación en balnearios (13 %) y la industria manufacturera (18 %).

La tendencia más importante durante la pandemia de COVID-19 fue el uso activo de nuevas modalidades flexibles de trabajo, especialmente del teletrabajo. Según la investigación, el 37,9 % de las entidades utilizaron esta modalidad de trabajo en 2020. La pandemia de COVID-19 actuó como motor para la ampliación del teletrabajo y permitió mantener unas condiciones de trabajo seguras durante la pandemia.

Un resultado positivo fue que, durante toda la pandemia, en Belarús no hubo períodos de despidos masivos y la tasa de desempleo, aplicando la metodología de la OIT, fue del 4 % en 2020 y del 3,9 % en 2021 (frente al 5,8 % en 2016). La tasa de desempleo entre las mujeres disminuyó del 4,2 % en 2016 al 3,3 % en 2020 y al 3,1 % en 2021. Disminuyó la tasa de desempleo de las mujeres rurales del 4,6 % en 2016 al 2,9 % en 2020 y al 2,7 % en 2021.

Se adoptaron medidas adicionales de apoyo económico a las familias numerosas de bajos ingresos: el criterio de necesidad para conceder una prestación social mensual específico pasó del 100 % al 115 % del presupuesto mínimo de subsistencia y se extendió el período de duración de dicha prestación de 6 a 12 meses.

Durante la pandemia, el Estado siguió cumpliendo sus obligaciones sociales en lo que respecta al pago de prestaciones por nacimiento y crianza de los hijos y las prestaciones por embarazo y parto. El gasto en prestaciones representó el 1,6 % del PIB en 2020 y el 1,55 % del PIB en 2021. El sistema de prestaciones cubre a uno de cada cuatro niños del país.

Se ha garantizado plenamente el pago de las pensiones a las mujeres con derecho a recibir prestaciones del régimen de pensiones del Estado (de vejez, discapacidad y supervivencia). En 2020, el 99,3 % de las mujeres mayores de 60 años recibían una prestación de jubilación (la cobertura incompleta de la pensión se debe a que el derecho a recibirla está vinculado a la residencia permanente en el territorio nacional).

A fin de reducir al mínimo el contacto social durante la pandemia de COVID-19, se ampliaron los plazos de vigencia y tramitación de los documentos necesarios para recibir pensiones y prestaciones. Entre esos trámites figuran la emisión y el cambio del pasaporte o el certificado de refugiado, la emisión de permisos de conducir, certificados médicos del estado de salud, certificados sobre la situación de las personas que necesitan mejores condiciones de vivienda, sobre la ocupación de viviendas y la composición familiar, sobre el lugar de residencia, así como la asignación de prestaciones para el cuidado de un hijo menor de 18 años con discapacidad, y la expedición de certificados a personas con discapacidad, entre otros.

Debido a la situación adversa durante la pandemia, se reestructuró rápidamente la labor de los servicios sociales. Se brindaron servicios sociales a las personas con discapacidad en 146 centros territoriales de servicios sociales y 92 centros residenciales. Los centros residenciales funcionaron en régimen de aislamiento total de forma rotatoria para minimizar los riesgos de introducción y propagación de la infección por COVID-19. Se prestaron servicios a domicilio a los ciudadanos incapacitados para trabajar y se amplió la ayuda mediante la distribución gratuita a domicilio de alimentos, artículos no alimentarios de primera necesidad y medicamentos.

Las medidas restrictivas (resolución núm. 624 del Consejo de Ministros de Belarús, de 30 de octubre de 2020, y la disposición núm. 36 del Ministerio de Salud de Belarús, de 10 de abril de 2020) estuvieron dirigidas en igual medida a garantizar la seguridad, la detección y el aislamiento de los contactos en relación con el COVID-19 tanto de hombres como de mujeres.

Para las mujeres (niñas) infectadas por el SRAS-CoV-2 que requerían servicios de salud sexual y reproductiva, se asignaron salas especiales en los hospitales de maternidad y las clínicas de atención ginecológica y obstétrica para garantizar el acceso ininterrumpido y gratuito a la atención médica.

Marco legislativo

La aplicación de la política de género en Belarús se basa en el respeto de los intereses nacionales, teniendo en cuenta los principios universalmente reconocidos del derecho internacional y los derechos humanos, y el apoyo a los valores tradicionales y culturales de la sociedad bielorrusa.

En 2017-2019, el Centro Nacional de Legislación y Estudios Jurídicos de Belarús llevó a cabo un análisis de los instrumentos legislativos en lo que respecta a la necesidad de incorporar en ellos disposiciones normativas sobre la no discriminación por cualquier motivo, así como para determinar si convenía elaborar una normativa integral que prohibiera ese tipo de discriminación.

Se analizó la legislación nacional para verificar que había disposiciones que prohibieran de la discriminación por razón de sexo, se estudió la experiencia internacional en cuanto a la regulación de relaciones jurídicas similares y se llegó a la conclusión de que la legislación nacional es neutra en lo que respecta a la discriminación, ya que no establece ventajas injustificadas para ningún grupo de personas en función del sexo.

Las normas jurídicas destinadas a proteger a los ciudadanos contra la discriminación, incluida la discriminación por razón de sexo, están establecidas principalmente en las leyes. En febrero de 2020 había en Belarús 380 leyes en vigor, 12 de las cuales contenían una prohibición explícita de la discriminación. En 52 leyes se prevé la igualdad de los ciudadanos con independencia de cualquier rasgo distintivo; en 91 se establecen los derechos de los ciudadanos en determinadas relaciones jurídicas, sin ninguna limitación; 195 de ellas no suponen una protección contra la discriminación debido al carácter específico de la relación jurídica (por ejemplo, leyes presupuestarias, etc.), y 30 no contienen normas sobre la protección contra la discriminación.

En la Constitución de Belarús se consagra el principio de igualdad, que establece la igualdad de todos ante la ley y el derecho, sin discriminación alguna, a igual protección de los derechos e intereses legítimos (artículo 22 de la Constitución). En el artículo 32 de la Constitución se establece que las mujeres gozarán de igualdad de oportunidades en la educación y la formación profesional, en el trabajo y el ascenso en el servicio (trabajo), en las esferas social, política, cultural y otras esferas de actividad, y en la creación de condiciones para la protección de su trabajo y su salud. Las normas de la Constitución son directamente aplicables y se desarrollan en el Código del Trabajo de Belarús, la Ley núm. 433-Z, de 28 de octubre de 2008, sobre los fundamentos de los procedimientos administrativos, la Ley núm. 305-Z, de 18 de julio de 2004, sobre los notarios y las actividades notariales, entre otras leyes.

La legislación sobre las actividades de aplicación de la ley establece la responsabilidad por violar el principio constitucional de la igualdad. En este sentido, el artículo 190 del Código Penal de Belarús prevé la responsabilidad por vulnerar o limitar deliberadamente, de forma directa o indirecta, los derechos y libertades o establecer ventajas directas o indirectas para los ciudadanos por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación patrimonial o cargo, lugar de residencia, actitud ante la religión, creencias, afiliación a una asociación pública, que hayan ocasionado un perjuicio importante a los derechos, libertades e intereses legítimos del ciudadano. Esto demuestra que la legislación nacional reconoce el mayor peligro social que representan los actos relacionados con la violación de la igualdad de derechos, en particular por razones de género.

Para alcanzar el Objetivo 5 de los Objetivos de Desarrollo Social (ODS), en particular su indicador 5.c.1, “Proporción de países con sistemas para el seguimiento de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y la asignación de fondos públicos para ese fin”, en 2022, en cooperación con ONU-Mujeres, se organizaron reuniones en línea con expertos internacionales para representantes de organismos públicos y centros académicos, así como ocho seminarios de formación en línea sobre “Planificación presupuestaria y presupuestación con perspectiva de género”. En febrero de 2023, se celebró en Belarús un seminario con la participación de expertos internacionales.

En el marco del proyecto de asistencia técnica internacional “Apoyo a los esfuerzos de Belarús para adaptar y aplicar los Objetivos de Desarrollo Sostenible a nivel nacional y local” (aprobado mediante la resolución núm. 918 del Consejo de Ministros de Belarús, de 27 de diciembre de 2022), está previsto que en el período 2023-2025 se elaborará un conjunto de instrumentos para el análisis de las cuestiones de género y se impartirá formación a especialistas de los órganos públicos nacionales sobre cuestiones de género en relación con los proyectos de instrumentos jurídicos normativos que regulan las condiciones de la actividad empresarial.

Definición de discriminación

La legislación de la República de Belarús no contiene una definición amplia de la discriminación contra la mujer. Asimismo, las disposiciones universales contra la discriminación que garantizan el respeto del principio de igualdad en la legislación nacional se reflejan tanto en la Constitución como en las leyes sectoriales, cuyo efecto regulador está dirigido a ámbitos específicos de las relaciones sociales (relaciones laborales, relaciones en materia de publicidad, relaciones relativas al ingreso, la permanencia y el cese en la función pública, relaciones en materia de procedimientos administrativos, entre otras). En los párrafos 43 a 45 se ofrece información detallada al respecto.

De conformidad con el artículo 28, párrafo 2, de la Ley núm. 175-Z de la República de Belarús, de 1 de junio de 2022, sobre la función pública, no se permite ninguna restricción o ventaja a la hora de acceder a la función pública o durante su desempeño por motivos de sexo, raza, nacionalidad u origen social, situación patrimonial, lugar de residencia, actitud ante la religión, creencias u otras circunstancias no relacionadas con las aptitudes laborales y no condicionadas por las características específicas de la función laboral o la categoría del funcionario, así como la afiliación a partidos políticos y otras asociaciones públicas, salvo en los casos previstos por la Constitución de Belarús.

De conformidad con el artículo 4 de la Ley núm. 433-Z, de 28 de octubre de 2008, sobre los principios de los procedimientos administrativos, en la aplicación de dichos procedimientos los ciudadanos son iguales ante la ley, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación patrimonial y cargo, lugar de residencia (o de estancia), actitud ante la religión, creencias o afiliación a partidos políticos u otras asociaciones de la sociedad civil.

En el artículo 2 del Código Civil de Belarús se establece el principio de igualdad de los participantes en las relaciones civiles: los sujetos de derecho civil participan en las relaciones civiles en pie de igualdad, son iguales ante la ley, no pueden disfrutar de ventajas o privilegios que contravengan la ley y tienen derecho, sin discriminación alguna, a la misma protección de sus derechos e intereses legítimos.

El principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley y la igualdad de protección de sus derechos e intereses legítimos se definen como principios fundamentales de los procedimientos penales y administrativos (artículo 20 del Código de Procedimiento Penal y artículo 2.12 del Código de Infracciones Administrativas).

La legislación en materia laboral de la República de Belarús garantiza la igualdad de género en el ámbito laboral y contiene una serie de normas para la protección de la maternidad y el trabajo de las mujeres que crían a sus hijos y necesitan un apoyo especial del Estado, lo que incluye el respeto de los principios y normas jurídicos generalmente reconocidos, incluida la prohibición de la discriminación en el ámbito laboral. El artículo 14 del Código del Trabajo establece que está prohibida la discriminación, esto es, la limitación de los derechos laborales o la obtención de cualquier ventaja por razón de sexo, incluyendo las circunstancias que no estén relacionadas con las aptitudes laborales y que no estén condicionadas por la función específica que ha de desempeñar el trabajador. No se consideran discriminatorias las distinciones, excepciones, preferencias o limitaciones, en particular las derivadas de la especial atención que dispensa el Estado a las personas necesitadas de una mayor protección social y jurídica. Las mujeres también se inscriben en esta categoría. Las personas que crean que han sido objeto de discriminación en el trabajo tienen derecho a recurrir a un tribunal con la correspondiente reclamación para eliminar dicha discriminación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 241, párrafos 3 y 4, del Código del Trabajo, los trabajadores están exentos del pago de tasas judiciales cuando recurren a los tribunales a título individual para resolver conflictos laborales, incluso por motivos de discriminación.

Así pues, la legislación nacional prohíbe todo tipo de discriminación y tipifica como delito sus diversas manifestaciones. Dado que el principio de igualdad ante la ley, consagrado en la Constitución, es universal, no hay motivos para aprobar una legislación especial contra la discriminación de la mujer.

Acceso a la justicia

La legislación de la República de Belarús no contiene normas que restrinjan el acceso de las mujeres y las niñas a la justicia. En virtud de la Constitución de Belarús, todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a la igual protección de sus derechos e intereses legítimos, sin discriminación alguna (art. 22), a la protección de sus derechos y libertades por un tribunal competente, independiente e imparcial (art. 60, párr. 1), a la asistencia jurídica para defender sus derechos y libertades, en particular el derecho a recurrir en cualquier momento a la ayuda de abogados u otros representantes ante un tribunal, otros organismos estatales y otras organizaciones, y en sus relaciones con autoridades y otros ciudadanos (art. 62, párr. 1).

En los sitios web de los colegios de abogados y en los paneles informativos de consultorios jurídicos se facilita información sobre los tipos de asistencia jurídica, incluyendo la que se presta por cuenta de los colegios de abogados y de los presupuestos nacional o local, y en el sitio web del Colegio de Abogados de la República de Belarús se ofrece asesoramiento gratuito en línea a los ciudadanos. Por decisión del Colegio de Abogados de la República de Belarús, los abogados organizan campañas anuales para prestar asistencia jurídica gratuita a los ciudadanos.

La Ley núm. 113-Z de la República de Belarús, de 27 de mayo de 2021, por la que se modificaron las leyes relativas al ejercicio del derecho, amplió el acceso de los ciudadanos a la asistencia jurídica gratuita. Actualmente se está prestando este tipo de asistencia a:

1)Los demandantes - en la preparación de las demandas y la tramitación de casos ante los tribunales de primera instancia, en relación con las controversias laborales, cobro de pensiones alimenticias y privación de la patria potestad;

2)Los participantes y veteranos discapacitados de la Gran Guerra Patria, las personas que hayan quedado discapacitadas en operaciones de combate en el territorio de otros Estados, a la hora de recibir asesoramiento de forma oral sobre cuestiones que no estén relacionadas con la actividad empresarial;

3)Los ciudadanos, al presentar solicitudes para acreditar que han percibido salarios durante un período concreto por un importe determinado a efectos de la asignación de pensiones, o para que se les reconozca un impedimento o incapacidad para ejercer sus funciones;

4)Las personas con discapacidad de los grupos I y II, al darles asesoramiento de forma oral en que no se requiera familiarizarse con documentos;

5)Un progenitor con bajos ingresos de una familia monoparental que cría a un hijo menor de 18 años, a padres (padres adoptivos) de familias numerosas, al darles asesoramiento en forma oral en que no se requiera familiarizarse con documentos;

6)Los menores de edad, en interés de estos;

7)Los padres (padres adoptivos, tutores y representantes legales) de menores, en interés de sus hijos menores;

8)Los jubilados y personas con discapacidad que viven (residen) en instituciones que prestan servicios sociales hospitalarios, así como a representantes legales de ciudadanos reconocidos por un tribunal como legalmente incapacitados para trabajar, al darles asesoramiento sobre cuestiones relacionadas con la salvaguardia y la protección de los derechos e intereses legítimos de esos ciudadanos;

9)Las mujeres embarazadas, al darles asesoramiento de forma oral sobre cuestiones relacionadas con el nacimiento de un niño;

10)Otras categorías de ciudadanos, por decisión de los colegios de abogados.

Se presta asistencia jurídica en materia de protección social y rehabilitación a las víctimas de la trata de personas o, si son menores de 14 años, a sus representantes legales, y a las personas que han sufrido como consecuencia de un acto de terrorismo, con cargo al presupuesto nacional (art. 28, párr. 2, de la Ley de la Abogacía y su Ejercicio de la República de Belarús).

Cuando un sospechoso o acusado participa en la instrucción, la investigación preliminar y el proceso judicial por citación del colegio territorial de abogados a petición del órgano que instruye el proceso penal, la asistencia jurídica se presta con cargo al presupuesto local (art. 28, párr. 3, de la Ley de la Abogacía y su Ejercicio de la República de Belarús).

El ejercicio del derecho de todo ciudadano a la defensa en un proceso penal está garantizado por el Código de Procedimiento Penal. De conformidad con la Ley núm. 171-Z, de 9 de enero de 2019, sobre la modificación de determinados códigos de la República de Belarús, se modificó el párrafo 4 del artículo 44 y varias otras disposiciones del Código de Procedimiento Penal a fin de excluir la posibilidad de que un órgano de procesamiento penal impida la participación de un abogado defensor en una causa.

La Ley núm. 93-Z de la República de Belarús, de 8 de enero de 2018, sobre la modificación del Código de Procedimiento Penal de la República de Belarús, establece el derecho de un testigo a invitar a un abogado para recibir asistencia jurídica durante las actuaciones judiciales que le conciernan.

El Código de Procedimiento Penal regula el derecho de los ciudadanos a la defensa. En caso de detención o de aplicación de una medida cautelar en forma de prisión preventiva antes del primer interrogatorio, todo sospechoso tiene derecho al asesoramiento jurídico de un abogado con cargo al presupuesto local (art. 41, párr. 2 (5), del Código de Procedimiento Penal). Se prohíbe denegar a un acusado (sospechoso) la asistencia de un abogado defensor por carecer de fondos para pagar la asistencia letrada o por otras circunstancias que indiquen una denegación forzada del abogado defensor. En este caso, el órgano que instruye el proceso penal, a través del colegio de abogados territorial, solicita la designación de un abogado defensor. La remuneración de un abogado así designado que participa en un proceso penal se sufragará con cargo al presupuesto local.

La imparcialidad de un juicio está garantizada por la independencia del poder judicial y por un procedimiento judicial claramente reglamentado por el derecho procesal, que está basado en los principios de la presunción de la inocencia y el derecho del sospechoso o acusado a la defensa.

La información sobre los recursos jurídicos y el procedimiento de apelación contra las sentencias judiciales en las causas penales está a disposición del público y se publica en los sitios web de los órganos estatales, en los portales de Internet sobre cuestiones jurídicas y en quioscos situados en los locales de los tribunales, los órganos de la fiscalía y otros organismos estatales.

El Código de Procedimiento Civil de la República de Belarús prevé la posibilidad de eximir a cualquier ciudadano, en función de su situación económica, del pago de tasas estatales al recurrir a los tribunales y de las costas judiciales con cargo a los ingresos del Estado.

La Ley núm. 277-Z, de 18 de diciembre de 2019, sobre la modificación de las leyes, introdujo una adición al Código Tributario de la República de Belarús, según la cual los demandantes están exentos del pago de tasas estatales al recurrir a los tribunales para solicitar la restitución de un niño trasladado ilícitamente a Belarús o detenido ilícitamente en Belarús, o el ejercicio del derecho de visita con respecto a ese niño, de conformidad con la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños, de 25 de octubre de 1980.

La Ley núm. 72-Z, de 29 de diciembre de 2020, por la que se modificó el Código Tributario de la República de Belarús, exime a las personas físicas del pago de la tasa estatal por la tramitación de denuncias sobre detención, incluida la detención administrativa; sentencias dictadas como resultado de un examen de la legalidad o validez de la medida de detención, prisión preventiva, arresto domiciliario o prórroga de la prisión preventiva o del arresto domiciliario; la decisión de aplicación de una sanción de detención administrativa que no haya entrado en vigor.

Un tribunal (un juez) tiene derecho a eximir total o parcialmente del pago de tasas estatales a las personas que se encuentren en una situación de vida difícil y soliciten al tribunal una exención del pago de dichas tasas por motivos que no estén relacionados con la actividad empresarial.

De conformidad con el artículo 291, párrafo 3, del Código Tributario, un fiscal con derecho a interponer un recurso de supervisión puede eximir total o parcialmente a una persona física que se encuentre en una situación de vida difícil del pago de las tasas estatales cuando dicha persona interponga un recurso de supervisión ante las autoridades fiscales en un caso no relacionado con la actividad empresarial.

Los jueces de los tribunales de primera instancia actualizan sus cualificaciones de forma continua en el Instituto de Reciclaje y Perfeccionamiento para magistrados, fiscales y personal de juzgados y órganos de administración justicia de la Universidad Estatal de Belarús, al menos una vez cada cinco años. En los planes de estudios se incluyen clases sobre la práctica judicial en casos de delitos sexuales o delitos contra la libertad sexual.

Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer

El Consejo Nacional sobre la Política de Género, dependiente del Consejo de Ministros de la República de Belarús, es un órgano permanente de política estatal en el ámbito de la igualdad de género, que coordina la política de género de Belarús y aplica medidas coordinadas para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo.

En las provincias y la ciudad de Minsk se han establecido grupos regionales de expertos para la aplicación de la política de género.

El Consejo Nacional está formado por representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús, la Presidencia de la República de Belarús, el Tribunal Supremo, los directores de los órganos de administración estatal o sus adjuntos, funcionarios de la Oficina del Consejo de Ministros, los órganos de administración estatal y los órganos ejecutivos y administrativos locales, así como por representantes de organizaciones no gubernamentales e investigadores sobre cuestiones relacionadas con la igualdad de género. El Consejo Nacional incluye también a representantes de la Unión de Mujeres de Belarús y la Federación de Sindicatos de Belarús.

El Consejo Nacional organiza su trabajo sobre la base de un plan aprobado anualmente. Las reuniones del Consejo Nacional se celebran según sea necesario, pero por lo menos una vez cada seis meses y comunica sus decisiones a los órganos y organismos estatales y otras organizaciones. Dichas decisiones tienen carácter de recomendación.

El Ministerio de Trabajo y Protección Social presta apoyo organizativo, técnico y de información a las actividades del Consejo Nacional. El Ministerio de Trabajo y Protección Social tiene un Departamento de Población, Género y Política Familiar. Ese Departamento garantiza el cumplimiento de las tareas asignadas al Ministerio a fin de realizar los objetivos principales de la política estatal en cuestiones relacionadas con la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, y desempeña las funciones de apoyo organizativo, técnico y de información a las actividades del Consejo Nacional.

Las cuestiones relativas a la igualdad de género entran dentro de las competencias de diversos organismos gubernamentales nacionales. El Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio de Economía, el Comité Nacional de Estadística, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Información, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y otros órganos del Estado, en el marco de sus respectivas competencias, cumplen funciones para garantizar la igualdad de género en diversos ámbitos vitales.

Se está aplicando el sexto Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género en la República de Belarús para 2021-2025. En su ejecución intervienen la Federación de Sindicatos de Belarús, organismos de las Naciones Unidas, organizaciones de la sociedad civil, incluidas asociaciones de mujeres (la Unión de Mujeres de Belarús, la Fundación Benéfica Pokrov de Apoyo a la Familia, la Maternidad y la Infancia, el Centro Matulya de Apoyo a la Familia y la Maternidad, la asociación benéfica nacional Club de Leones, la Unión de Jóvenes de Belarús, la Asociación Bielorrusa de Familias Numerosas, la asociación “Gremio de Padres” y la asociación benéfica internacional “UniHelp”.

La igualdad de género figura en la agenda del punto focal nacional y del Consejo de Desarrollo Sostenible. El punto focal nacional realiza, en el marco del Consejo de Desarrollo Sostenible, el examen de diversos aspectos de la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidas las cuestiones de género y la consecución del Objetivo 5. También informa anualmente al Presidente y al Gobierno sobre los progresos realizados y formula recomendaciones para aumentar la eficacia en esta labor. Los esfuerzos del Consejo de Desarrollo Sostenible y del Consejo Nacional de Política de Género están vinculados y coordinados y se complementan.

En Minsk, bajo los auspicios del punto focal nacional, se celebraron dos importantes eventos internacionales: el Foro Regional de Puntos Focales de los ODS, en febrero de 2018, y el Foro Nacional sobre Desarrollo Sostenible, en enero de 2019. En 2017, la República de Belarús se unió al Grupo de Amigos de la Paridad de Género, que fue creado en las Naciones Unidas para promover la paridad de género y el liderazgo de las mujeres. Gracias a los esfuerzos del país, se está avanzando en la igualdad de derechos y oportunidades en el ámbito nacional y mundial.

De conformidad con el Informe sobre Desarrollo Humano 2021/2022, Belarús se sitúa en el puesto 60 entre 191 países en el Índice de Desarrollo Humano y pertenece al grupo de países con un alto nivel de desarrollo, y se sitúa en el puesto 29 entre 170 países en el Índice de Desigualdad de Género (nivel de igualdad de género en tres categorías básicas: salud reproductiva, derechos y oportunidades de los ciudadanos, actividad económica y oportunidades en el mercado laboral).

En el Global Gender Gap Report 2022, Belarús se sitúa en el puesto 36 entre 146 países en lo que respecta a la brecha de género (diferencias de género en el acceso a recursos y oportunidades en cuatro ámbitos clave: participación económica y oportunidades profesionales, educación, salud, medios de vida y derechos y oportunidades políticas). Además, Belarús ocupó el cuarto lugar entre 146 países según el criterio de “participación y oportunidades económicas”. Como nota positiva, el informe destaca también la elevada proporción de mujeres entre los miembros del parlamento de Belarús, que es del 40 %, que representa la más alta entre los 26 Estados de la región de la CEI y Europa Central y Oriental.

Se han recopilado y analizado sistemáticamente estadísticas desglosadas por sexo, incluso sobre los grupos vulnerables de las zonas rurales y las personas con discapacidad (para más detalles, véanse los párrafos 3 a 11 y el anexo).

Las estadísticas se utilizan en la planificación, aplicación y evaluación de las medidas de política que afectan a las niñas y las mujeres y a los grupos vulnerables. Entre ellas figuran los programas estatales “Protección Social”, “Salud Pública y Seguridad Demográfica”, “Mercado de Trabajo y Fomento del Empleo”, “Pequeña y Mediana Empresa”, “Educación y Política sobre la Juventud” para el período 2021-2025, y el Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género y la Estrategia Nacional “Longevidad Activa 2030”, entre otros.

Utilizando datos estadísticos desglosados por sexo y discapacidad, en 2023 se ha evaluado la eficacia de las actividades de aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en Belarús, en el marco del Plan de Acción Nacional para la aplicación de las disposiciones de dicha Convención en Belarús para el período 2017-2025, aprobado mediante la resolución núm. 451 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 13 de junio de 2017.

En consecuencia, se ha elaborado una serie de nuevas actividades del Plan de Acción Nacional para la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la República de Belarús para el período 2022 a 2025, aprobado mediante la resolución núm. 701 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 18 de octubre de 2022. Las actividades tienen por objeto crear y garantizar condiciones adecuadas para que las personas con discapacidad participen plenamente y en pie de igualdad en la vida de la sociedad, mejorando su acceso a la atención médica y los servicios sociales, mejorando la reglamentación jurídico-normativa y la práctica en el ámbito de la rehabilitación social y la habilitación, creando conciencia entre los empresarios sobre los principios del empleo inclusivo y elaborando normas estatales que establezcan requisitos para la adaptación de los lugares de trabajo a las personas con discapacidad de diversas categorías, mejorando las cualificaciones de los trabajadores que prestan servicios a personas con discapacidad de diversas categorías, y velando por el seguimiento de la aplicación de la política estatal sobre los derechos de las personas con discapacidad y su integración social, entre otros medios.

Institución nacional de derechos humanos

Belarús tomó nota de la recomendación del Comité de crear una institución nacional de derechos humanos independiente.

En el contexto de las recomendaciones del examen periódico universal previamente aprobadas, la República de Belarús no ha asumido ningún compromiso ni ha hecho ninguna declaración en relación con el plazo concreto para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos, pero ha aceptado estudiar esta cuestión, lo que ha hecho en el marco de las consultas nacionales pertinentes, incluidas consultas interinstitucionales. La República de Belarús sigue estudiando esta cuestión, incluso desde el punto de vista de la experiencia de instituciones similares en otros Estados, incluidos Estados occidentales, y su contribución específica a la garantía y protección de los derechos humanos y al fortalecimiento de los sistemas jurídicos nacionales.

Teniendo en cuenta el diálogo sobre cuestiones de derechos humanos entablado con la República de Belarús, por iniciativa de los países de Occidente, que implicaba la ayuda de expertos y asesores para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos, Belarús acogería con satisfacción esa ayuda de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), que toma en consideración las características específicas de los sistemas jurídicos de los países de la región.

Belarús cuenta con un sistema muy desarrollado de instituciones estatales y públicas especializadas en la protección y promoción de diferentes categorías de derechos humanos: la Comisión Nacional de los Derechos del Niño; el Consejo Nacional de Política de Género; el Consejo Nacional Interinstitucional sobre la Discapacidad; el Consejo Consultivo Interétnico; el Consejo Consultivo Interconfesional; el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales; el Consejo Civil de Coordinación en el Ámbito de la Información; y el Consejo Civil de Coordinación Medioambiental, entre otras.

La Ley núm. 300-Z, de 18 de julio de 2011, sobre comunicaciones de particulares y personas jurídicas, tiene por objeto regular el procedimiento con arreglo al cual los particulares y las personas jurídicas ejercen su derecho a recurrir a los órganos estatales o a otras organizaciones para defender sus derechos, libertades o intereses legítimos. La ley define los derechos y las obligaciones del autor de la comunicación, el procedimiento para la presentación de comunicaciones escritas, electrónicas u orales, el procedimiento para la organización de entrevistas personales, la presentación de comunicaciones a través de un representante, los plazos para su examen y las características del examen de determinados tipos de comunicaciones.

Defensoras de los derechos humanos y sociedad civil

Por lo que respecta a las medidas para prevenir actividades discriminatorias contra las mujeres representantes de organizaciones de derechos humanos, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

1)La Constitución de la República de Belarús establece la protección de la vida humana frente a cualquier intromisión ilegítima, así como la libertad, la inviolabilidad y la dignidad de la persona. Se garantiza el derecho de toda persona a la libertad de pensamiento y de creencia, así como a la libertad de expresión.

2)La protección de los derechos y libertades civiles en la República de Belarús la llevan a cabo de forma decidida una serie de órganos e instituciones estatales (los tribunales, la fiscalía, los organismos del Ministerio del Interior y el Colegio de Abogados) cuyas actividades están estrictamente reguladas por la ley.

3)En los instrumentos legislativos de la República de Belarús no existe el término jurídico “defensor de los derechos humanos”. A este respecto, en Belarús no se han introducido medidas jurídicas o institucionales adicionales para garantizar el estatuto jurídico y la seguridad de las personas que realizan actividades de derechos humanos a título individual o como parte de la labor de las organizaciones de la sociedad civil.

4)En virtud de los principios jurídicos generales, los ciudadanos de Belarús que se dedican a actividades que ellos denominen “actividades de derechos humanos” tienen los mismos derechos que los demás ciudadanos a la protección y al apoyo del Estado. En caso de que dichas actividades contravengan la ley (constituyan infracciones o delitos), esas personas serán responsables con arreglo a la ley en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos, independientemente de su sexo.

5)La Fiscalía General no ha recibido ninguna queja u otra información sobre casos confirmados de malos tratos físicos o psicológicos o de otras formas de persecución contra defensoras de los derechos humanos.

6)La Fiscalía General no dispone de información sobre demandas presentadas por defensoras de los derechos humanos ante los tribunales ordinarios para obtener una indemnización por daños y perjuicios causados en relación con sus actividades de defensa de los derechos humanos.

De conformidad con el artículo 10, párrafo 6, del Código de Procedimiento Penal de la República de Belarús, cualquier daño causado a una persona como resultado de una vulneración de sus derechos y libertades durante un procedimiento penal estará sujeto a indemnización con arreglo a lo dispuesto por la ley.

El artículo 939 (responsabilidad por daños causados por actos ilícitos de los órganos de procesamiento penal y los tribunales) del Código Civil de Belarús establece que los daños causados a un ciudadano o una ciudadana como consecuencia de una condena ilícita, la aplicación de medidas coercitivas de seguridad y tratamiento, el procesamiento como acusado, la detención, la prisión preventiva, el arresto domiciliario, la suspensión en el cargo, el internamiento en una institución psiquiátrica (o psiconeurológica), la aplicación ilícita de una sanción administrativa, como la detención administrativa o la imposición de trabajo correccional, serán indemnizados en su totalidad con cargo al Tesoro Público de la República de Belarús y, en los casos previstos por la ley, con cargo al presupuesto de la entidad administrativo-territorial, independientemente de la responsabilidad de los funcionarios de los órganos de procesamiento penal y del tribunal, con arreglo a lo que establece la ley.

Los daños causados a un ciudadano o a una ciudadana o a una persona jurídica como consecuencia de una acción ilícita de los órganos de procesamiento penal que no haya conllevado las consecuencias antes mencionadas, serán indemnizados con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 938 del Código Civil (responsabilidad por daños causados por órganos estatales, órganos de gobierno local y de gobierno autónomo y sus funcionarios). Los daños causados en actuaciones judiciales serán indemnizados si la responsabilidad del juez queda constatada por una sentencia judicial que haya entrado en vigor.

El artículo 80 del Código del Matrimonio y la Familia establece que ambos progenitores o uno de ellos pueden quedar privados de la patria potestad si no cumplen sus responsabilidades parentales; abusan de sus derechos parentales o maltratan al hijo o la hija; llevan un estilo de vida inmoral, que tiene un efecto perjudicial en el hijo o la hija; renuncian al hijo o la hija y presentan por escrito su consentimiento a la adopción al separarse del hijo o la hija; y si, en un plazo de seis meses desde que el hijo o la hija ha sido separado de ellos por decisión de la comisión de asuntos de menores del comité ejecutivo del distrito, la ciudad o la administración local del distrito de la ciudad donde se encuentre el hijo o la hija, no han dejado de existir los motivos por los cuales se les separó del hijo o la hija.

La privación de la patria potestad solo podrá efectuarse judicialmente. Los casos de privación de la patria potestad se juzgan con la participación obligatoria de un fiscal y un representante del órgano de custodia y tutela (artículo 80, párrafo 2, del Código del Matrimonio y la Familia). Cuando se priva a ambos progenitores o uno de ellos de la patria potestad, si no es posible o conveniente entregar al hijo o a la hija al otro progenitor, el tribunal decidirá poner al hijo o la hija bajo el cuidado del órgano de custodia y tutela (artículo 80, párrafo 4, del Código del Matrimonio y la Familia).

La privación de la patria potestad es una medida que se aplica como último recurso. Por este motivo, en casos excepcionales, el tribunal puede negarse a satisfacer una solicitud de privación de la patria potestad aun cuando se haya demostrado el comportamiento doloso del progenitor, teniendo en cuenta el carácter de su conducta, su personalidad y otras circunstancias concretas, advirtiéndole de la necesidad de que cambie su comportamiento con respecto a la crianza de sus hijos y encomendando a los órganos de custodia y tutela que supervisen el cumplimiento de sus obligaciones parentales (artículo 17, párrafo 1, de la resolución núm. 7 del Pleno del Tribunal Supremo de la República de Belarús, de 26 de septiembre de 2002, sobre la jurisprudencia en materia de privación de la patria potestad).

De conformidad con el artículo 399, párrafo 1, del Código de Procedimiento Civil de la República de Belarús, una sentencia judicial que aún no haya entrado en vigor puede ser impugnada por las partes y otras personas legalmente interesadas en los resultados del juicio, así como por otras personas, cuando el tribunal se haya pronunciado sobre los derechos y obligaciones de éstas. También se puede interponer un recurso de revisión de una decisión judicial que haya entrado en vigor (artículo 435).

Las actividades políticas y sociales de las mujeres no constituyen un motivo para poner en tela de juicio los derechos parentales.

La Fiscalía General no dispone de información sobre la privación de la patria potestad de mujeres activistas en relación con sus actividades políticas o sociales.

La formulación de la legislación sobre las organizaciones de la sociedad civil contribuye a simplificar al máximo las relaciones entre dichas organizaciones y los órganos estatales con el fin de garantizar que la mayoría absoluta de las organizaciones de la sociedad civil que recurren a las autoridades de registro logren pasar con éxito el procedimiento de registro oficial.

El 4 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley de Belarús sobre la modificación de las leyes relativas a las actividades de los partidos políticos y otras organizaciones de la sociedad civil, que prevé una serie de cambios relativos a la constitución y las actividades de los partidos y organizaciones de la sociedad civil, como la ampliación del alcance territorial de la labor de las organizaciones de la sociedad civil locales, la posibilidad de presentar documentos por vía electrónica, la posibilidad de que el domicilio legal de las organizaciones de la sociedad civil se fije en el lugar de trabajo de sus dirigentes, etc. El proyecto de ley se debatió con representantes de partidos y organizaciones de la sociedad civil, y se organizó un debate público sobre el proyecto.

Los órganos de justicia solo deniegan el registro oficial de organizaciones de la sociedad civil por los motivos previstos en la Ley de las organizaciones de la sociedad civil de la República de Belarús. De conformidad con el artículo 15 de dicha Ley, los fundadores de una organización de la sociedad civil, si eliminan las infracciones y deficiencias, tienen derecho a volver a presentar los documentos a las autoridades de registro para su registro oficial.

Al 1 de enero de 2023, había 15 partidos políticos, 20 sindicatos, 2.544 organizaciones de la sociedad civil (incluidas 31 asociaciones de mujeres), 44 uniones (asociaciones), 209 fundaciones y 7 asociaciones nacionales públicas y de la sociedad civil. En 2022 se registraron 24 nuevas organizaciones de la sociedad civil (4 nacionales y 20 locales) y 3 nuevas fundaciones.

La estrategia para proteger y mejorar la seguridad del trabajo profesional de los periodistas se está aplicando en Belarús mediante los esfuerzos conjuntos del Ministerio de Información y la Unión de Periodistas de Belarús (con la participación activa de los miembros del Parlamento, los consejos locales de diputados, el Ministerio del Interior, el Comité de Investigación y la Fiscalía General) de conformidad con el Código Penal de la República de Belarús y la Ley núm. 427-Z, de 17 de julio de 2008, sobre los medios de comunicación.

La Estrategia y las medidas prácticas para aplicarla garantizan la igualdad en la protección de las mujeres periodistas y trabajadoras de los medios de comunicación, independientemente de su edad, preferencias políticas, antigüedad en el trabajo en el periodismo y los medios de comunicación, afiliación a un medio de comunicación concreto y región de residencia o de trabajo.

En el Código Penal de la República de Belarús se establece la responsabilidad por obstruir de cualquier manera las actividades profesionales legítimas de un periodista o por obligarle a difundir o impedirle difundir información, mediante el uso o la amenaza del uso de la violencia, la destrucción o los daños a la propiedad, o la vulneración de los derechos e intereses legítimos del periodista (art. 198).

La secretaría y los dirigentes de las organizaciones regionales de la Unión de Periodistas de Belarús registran los casos de amenazas y de violencia verbal y física y los remiten a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley. La estrategia de protección de periodistas prevé el carácter ineludible del castigo para todos los implicados en delitos de este tipo.

Medidas especiales de carácter temporal

De conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se aprobó y se está aplicando el Plan de Acción Nacional para la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2017-2025, que prevé medidas para garantizar los derechos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad. En 2022, se aprobó la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Integración Social, que:

•Garantiza a las personas con discapacidad todos los derechos y libertades civiles, políticos, económicos y de otro tipo y prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad;

•Establece los medios de comunicación para las distintas categorías de personas con discapacidad en función de sus limitaciones;

•Reconoce la lengua de señas como un sistema lingüístico de pleno derecho para el aprendizaje, el desarrollo, la educación y el acceso a la información; y ha establecido un nuevo concepto: la lengua de señas bielorrusa;

•Prevé la creación de centros (dependencias) de rehabilitación y habilitación de personas con discapacidad a nivel nacional y local;

•Prevé la automatización del proceso de recopilación de información sobre medidas de apoyo social a las personas con discapacidad;

•Establece el principio de inclusión en la educación, que consiste en garantizar la igualdad de acceso a la educación a todos los alumnos, teniendo en cuenta la diversidad de sus necesidades educativas individuales especiales y de sus distintas habilidades;

•Ha implantado un mecanismo de cuotas de empleo para personas con discapacidad;

•Prevé crear un nuevo recurso informático: un sistema de información automatizado para registrar la accesibilidad de las instalaciones de infraestructura social.

Catorce organizaciones de la sociedad civil, que representan los intereses de diferentes categorías de personas con discapacidad, participaron en la elaboración del proyecto de ley.

Con el fin de crear las condiciones para la realización efectiva del potencial de los ciudadanos mayores y mejorar su calidad de vida, en 2020 se aprobó la Estrategia Nacional “Longevidad Activa - 2030”, que prevé medidas para incluir a los ciudadanos que han alcanzado la edad de jubilación en el mundo laboral.

Mediante la resolución núm. 475 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 20 de julio de 2022, se introdujeron salvaguardias para el empleo de ciudadanos con necesidades especiales de protección social que no pueden competir en igualdad de condiciones en el mercado laboral. Entre los ciudadanos con necesidades especiales de protección social figuran las mujeres con discapacidad, las mujeres en edad de prejubilación (dos años antes de cumplir la edad para tener derecho a la pensión de jubilación en general), los padres de familias numerosas y monoparentales, y las personas que crían a hijos con discapacidad, entre otros.

Las medidas incluyen el Programa Estatal “Mercado de Trabajo y Fomento del Empleo” para 2021-2025. Cada año, se establece una cuota de reserva para que los empleadores puedan emplear a más de 20.000 personas que necesitan garantías adicionales en el empleo. En el período 2016-2022, se reservaron 151.000 puestos de trabajo para ciudadanos a los que se conceden garantías adicionales para fomentar el empleo.

Las mujeres participan ampliamente en la toma de decisiones a nivel local. En 2018, la proporción de mujeres en los órganos de la administración autónoma local era del 48,2 %. Entre los dirigentes de los comités ejecutivos rurales, de asentamientos y de ciudades (ciudades subordinadas a distritos) y sus adjuntos, la proporción de mujeres fue del 68,8 % en 2017, del 69,9 % en 2019 y del 69,7 % en 2021. Estas tendencias demuestran las prácticas positivas en cuanto a la representación de la mujer a nivel local, por lo que no se requieren medidas especiales a este respecto.

Estereotipos de género

Mediante los planes de acción nacionales para la igualdad de género para los períodos 2017-2020 y 2021-2025, se están elaborando mecanismos para incorporar el enfoque de género en el proceso de formulación y aplicación de medidas de política estatal en diversas esferas. La existencia de planes de acción nacionales para la igualdad de género constituye uno de los indicadores del Objetivo de Desarrollo Sostenible 5, “Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”.

En 2022, la Comisión Nacional de Estadística llevó a cabo una encuesta entre mujeres y hombres de zonas urbanas y rurales mayores de 18 años, tanto casados como en pareja de hecho, como parte de la encuesta por muestreo sobre el nivel de vida de los hogares, en la que se analizaron sus opiniones sobre los roles de género en la vida familiar y los estereotipos de género. En general, los encuestados no apoyaron los estereotipos de género. La mayoría de las mujeres y los hombres entrevistados señalaron que la adopción de todas las decisiones importantes en la familia es responsabilidad de ambos miembros de la pareja, y que es igualmente importante que ambos reciban educación superior. No obstante, persisten las opiniones estereotipadas sobre los roles de género en los ámbitos del hogar y el cuidado de los hijos, la seguridad económica de la familia y la importancia de tener un empleo remunerado. En general, las decisiones relativas a la administración de la economía familiar, las compras importantes y la crianza y educación de los hijos las toman conjuntamente ambos miembros de la pareja. En lo que respecta a las compras cotidianas, la mayoría de las mujeres deciden por su cuenta las cuestiones relativas a la duración y modalidad de su propio trabajo, la educación y la actividad social (estadísticas en el anexo).

La Ley de publicidad establece los requisitos generales para la publicidad, independientemente de que contenga imágenes de hombres o mujeres. Dicha ley no contiene normas sobre estereotipos de género. Conforme a esta ley, se considera contraria a la ética toda publicidad que contenga información textual, visual o de audio que contravenga las normas generalmente aceptadas de moralidad y ética, incluidas palabras, comparaciones e imágenes ofensivas con respecto a la raza, nacionalidad, apariencia, edad, sexo, idioma, profesión, categoría social, situación familiar, convicciones religiosas, políticas o de otro tipo.

Si el anuncio publicitario contiene información o imágenes que representan a las mujeres de forma negativa, el anuncio se considerará inapropiado y se prohibirá su colocación (distribución). Los casos de anuncios publicitarios inapropiados sobre el tema en cuestión son aislados.

La publicidad en el territorio de Belarús contiene diversas imágenes de mujeres, que reflejan la diversidad de sus intereses, su mundo interior y su participación en la vida profesional y social (por ejemplo, en el ámbito personal y familiar, en las relaciones con los hijos, en actividades deportivas y creativas, en el desarrollo de una carrera profesional de éxito y en el disfrute de las vacaciones, etc.).

Las cuestiones de igualdad de género y de garantía de la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres se abordan habitualmente en columnas y programas especiales de los medios de comunicación televisivos e impresos, así como en ruedas de prensa temáticas, como: “Medidas para prevenir y combatir la violencia doméstica. Sobre la celebración de la campaña nacional de prevención ‘¡Un hogar sin violencia!’”, “La iniciativa empresarial de las mujeres en Belarús: aumento de las oportunidades y autoempleo”, “Cuestiones de actualidad sobre la preparación de los futuros padres para el nacimiento de un hijo”, entre otros.

Para eliminar los estereotipos de género como una de las causas de la violencia de género contra las mujeres, se puso en marcha la campaña nacional de prevención “¡Un hogar sin violencia!”, las campañas regionales de información y prevención: “La violencia - una herramienta de crianza de progenitores poco educados”, “La familia – remanso de seguridad” y “Acabemos con la violencia doméstica”.

Violencia de género contra la mujer

El Código Penal de la República de Belarús establece una serie de normas de protección contra diversas formas de violencia. Se establece la responsabilidad penal por causar intencionadamente lesiones corporales de menor gravedad (art. 149), causar intencionadamente lesiones corporales leves (art. 153), acoso (art. 154) y causar por negligencia lesiones corporales graves o menos graves (art. 155), violación (art. 166), agresión sexual (art. 167), relaciones sexuales u otro tipo de actos sexuales con una persona menor de 16 años (art. 168), atentado contra el pudor (art. 169) y coacción para realizar actos de carácter sexual (art. 170).

Las circunstancias agravantes incluyen, en particular, la comisión de delitos contra una persona a sabiendas de que es menor de edad, una persona de edad avanzada o una persona en estado de indefensión, una mujer embarazada o una persona que dependa económicamente, laboralmente o de otro modo, del autor del delito (artículo 64 del Código Penal).

Se puede incoar un proceso penal a petición de la víctima. Un fiscal puede presentar cargos en ausencia de una denuncia si el delito afecta a intereses sustanciales del Estado o de la sociedad o se cometió contra personas dependientes del acusado o contra personas que no puedan defender por sí mismas sus derechos e intereses.

De acuerdo con las explicaciones que figuran en la resolución núm. 7 del Pleno del Tribunal Supremo de la República de Belarús, de 27 de septiembre de 2012, sobre la práctica judicial en casos de delitos contra la inviolabilidad sexual o la libertad sexual (artículos 166 a 170 del Código Penal), la conducta anterior y el estilo de vida de una mujer, sus relaciones conyugales con el acusado y otros aspectos personales no la excluyen de ser reconocidas como víctimas en casos de delitos contra la inviolabilidad sexual o la libertad sexual.

Información sobre el número de condenas como resultado de la vista de causas penales por los tribunales en virtud de los artículos 149, 153 a 155, 166 a 169 del Código Penal en 2020 y 2021:

Número de condenas en virtud de artículos del Código Penal

Año

2020

2021

Daños corporales de menor gravedad causados intencionadamente (art. 149)

315

369

Daños corporales leves causados intencionadamente (art. 153)

460

516

Malos tratos (art. 154)

489

655

Infligir daños corporales graves o de menor gravedad por negligencia (art. 155)

93

90

Violación (art. 166)

48

33

Agresión sexual (art. 167)

79

91

Relaciones sexuales u otro tipo de actos sexuales con una persona menor de 16 años (art. 168)

165

201

Atentado contra el pudor (art. 169)

6

20

En el marco del proceso penal, pueden examinarse las demandas civiles de indemnización por daños físicos, materiales o morales causados directamente por el delito (Código de Procedimiento Penal, arts. 10 y 148).

Se han introducido modificaciones y adiciones a la Ley sobre los fundamentos de las actividades de prevención del delito a fin de:

•Simplificar la aplicación de las órdenes de alejamiento a las personas que hayan cometido actos de violencia doméstica. Al igual que anteriormente, la orden de alejamiento no se aplica con el consentimiento verbal de la víctima, pero para emitirla ya no es necesario que el autor de la violencia doméstica haya sido previamente declarado responsable, haya recibido un apercibimiento oficial o esté inscrito en un registro cautelar;

•Sustituir el término “violencia familiar” por “violencia doméstica”, que ahora se refiere no solo a la violencia contra otro miembro de la familia, sino también a la violencia contra un excónyuge, una persona con la que se tiene hijos en común o con la que se convive (o se convivía) o se cohabita. Así pues, el ámbito de aplicación de la orden de protección se ha ampliado considerablemente.

El jefe del organismo de asuntos internos o su adjunto, en coordinación con el fiscal, aplicará una orden de alejamiento en caso de que la víctima de violencia doméstica no haya dado su consentimiento por escrito, de que ésta dependa del autor de la violencia doméstica o de que, por otros motivos, no pueda defender por sí misma sus derechos e intereses legítimos, o en caso de que el riesgo de violencia doméstica sea elevado.

Se ha introducido la responsabilidad administrativa por incumplir una orden de alejamiento. Se ha ampliado el abanico de personas que pueden ser consideradas administrativamente responsables de violencia doméstica para incluir a los ciudadanos que hayan cometido actos violentos no solo contra personas cercanas y miembros de su familia, sino también contra antiguos miembros de su familia (artículo 10.1 del Código de Infracciones Administrativas). El procedimiento administrativo puede ser incoado a instancia de la víctima o por un fiscal o un funcionario de un órgano de asuntos internos (por instrucción escrita de un fiscal).

El Ministerio de Trabajo y Protección Social lleva a cabo un seguimiento aleatorio anual de la labor de prevención de la violencia doméstica, los servicios sociales para las familias en las que ha tenido lugar la violencia y la detección de entornos familiares desfavorables para los niños. Según los resultados del seguimiento, se envían recomendaciones a las regiones para mejorar dicha labor.

La legislación se mejora continuamente en función de las necesidades de las víctimas. Entre 2017 y 2021, se introdujeron modificaciones en la legislación que regula la asistencia a las víctimas de la violencia doméstica, a saber:

•Se aprobaron los requisitos de contenido y calidad de los servicios sociales, incluidos los servicios de alojamiento temporal;

•Se aprobaron un formulario para la identificación de las víctimas de la violencia doméstica y la determinación de sus necesidades y un formulario para el patrocinio de un ciudadano o familia;

•Se simplificó considerablemente el procedimiento de prestación de servicios de alojamiento temporal (posibilidad de acudir a una sala de “crisis” en la localidad en que se ha sentado la denuncia, independientemente del lugar de registro (lugar de residencia) y en ausencia de un documento de identidad, mediante una solicitud por escrito), y se ha establecido un horario de 24 horas para las salas de “crisis”.

Cada año, unos 12.000 ciudadanos que han sufrido violencia doméstica buscan ayuda en los centros locales de servicios sociales. Se ha establecido un mecanismo de cooperación entre todas las entidades (de salud, educación, asuntos internos, protección social y de la sociedad civil).

Para acoger temporalmente a las víctimas de la violencia doméstica, se está creando una red de salas de crisis. La estancia de los ciudadanos en las salas de crisis, sus condiciones de alojamiento y otras condiciones de vida, se rigen por el principio del autoservicio. La alimentación de los ciudadanos, la compra de medicamentos, productos de higiene personal y otros artículos necesarios durante la estancia en las salas de crisis corren por cuenta de los propios ciudadanos y, en caso necesario, por cuenta de los presupuestos locales, ayudas gratuitas (patrocinadores) y otras fuentes que no estén prohibidas por la ley.

Además de los servicios de alojamiento temporal, también se prestan servicios de información, psicológicos y de asesoramiento a todos los que los requieren. De ser necesario, también se les presta ayuda en la búsqueda de empleo, vivienda, contactos familiares, etc. No hay restricciones en cuanto al tiempo que se pueda permanecer en las salas de crisis. La duración de la estancia se establece en el acuerdo del servicio de acogida temporal, teniendo en cuenta cada situación particular.

El número de salas de crisis pasó de 105 en 2015 a 136 en 2022. Estas salas cuentan con un total de 35 camas, 129 de las cuales son para niños. En 2022, había 591 personas alojadas en las salas de crisis, entre ellas 330 víctimas de violencia doméstica, 244 de ellas mujeres y 86 hombres, incluidas 70 familias con 130 niños. De 2015 a 2022, las salas de crisis han brindado alojamiento a más de 2.500 ciudadanos víctimas de la violencia doméstica.

Se imparte sistemáticamente formación profesional a expertos en violencia de género y violencia doméstica (para más detalles, véase el párrafo 24).

En Belarús, la Cruz Roja Bielorrusa, el Centro Matulya de Apoyo a la Familia y la Maternidad, la Fundación Benéfica Pokrov de Apoyo a la Familia, la Maternidad y la Infancia, la ONG internacional SOS Aldeas Infantiles y otras entidades llevan a cabo la labor de lucha contra la violencia por razones de género contra la mujer y de asistencia a las víctimas.

El subprograma 5, “Prevención de la infección por VIH”, se ejecuta en el marco del programa estatal “Salud pública y seguridad demográfica para el período 2021- 2025”. La prevalencia de la infección por VIH entre la población de Belarús se mantiene estable en el 0,2 %. La propagación de la infección por VIH en el país es predominantemente sexual (más del 80 % de los nuevos casos detectados). Los ciudadanos infectados por el VIH, incluidas las mujeres, reciben medicamentos gratuitos. Las instituciones de salud ofrecen servicios de asesoramiento y líneas telefónicas de asistencia sobre cuestiones relacionadas con el VIH/sida.

Desde 2004, la organización bielorrusa de la sociedad civil “Movimiento Positivo” participa en la concesión de subvenciones del Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, implementadas por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en cooperación con el Ministerio de Salud (que se encarga de organizar el trabajo de los puntos de servicio móviles para las personas que viven con el VIH, incluidas las mujeres, de ejecutar proyectos de prevención, tratamiento, atención y apoyo para las personas que viven con el VIH, y de ofrecer asesoramiento, apoyo social, formación y otras actividades).

En 2021, el Ministerio de Trabajo y Protección Social introdujo el formulario electrónico de recopilación de datos “Información sobre las actividades de los centros territoriales de servicios sociales en materia de prestación de servicios sociales a las familias con hijos en situaciones de vida difíciles”, que contiene datos desglosados por distrito e incluye una sección de datos sobre los servicios sociales prestados a los ciudadanos víctimas de la violencia (número de personas que han solicitado asistencia, tipos de servicios prestados y cooperación interinstitucional). Los datos están desglosados por sexo, edad, discapacidad y por familias con hijos menores tratadas por separado.

En 2022, acudieron a los centros territoriales de servicios sociales unos 12.568 ciudadanos víctimas de violencia doméstica, en su gran mayoría mujeres 10.955 (87 %), de las cuales 2.534 estaban en edad de jubilación y 307 eran personas con discapacidad, y 1.613 hombres, 380 de los cuales estaban en edad de jubilación y 78 eran personas con discapacidad.

Trata de personas y explotación de la prostitución

El marco organizativo y jurídico de la lucha contra la trata de personas y el sistema de medidas para proteger y rehabilitar a las víctimas de la trata están establecidos en la Ley de la República de Belarús sobre la lucha contra la trata de personas. Los delitos de trata de personas abarcan no solo los delitos previstos en el artículo 181 del Código Penal (trata de personas), sino también la explotación de la prostitución o la creación de condiciones para el ejercicio de la prostitución (art. 171); la captación para ejercer la prostitución o coacción para que se siga ejerciendo la prostitución (art. 171, párr. 1); la utilización de mano de obra en condiciones de esclavitud (art. 181, párr.1); el secuestro (art. 182); actos ilícitos destinados al empleo de ciudadanos en el extranjero (art. 187); producción y difusión de materiales pornográficos u objetos de carácter pornográfico con imágenes de menores de edad (art. 343, párr. 1).

Información sobre la tramitación judicial de las causas penales incoadas con arreglo a los artículos 170 y 171, párrafo 1, del Código Penal en 2020 y 2021:

Número de condenas en virtud de artículos del Código Penal

Año

2020

2021

Coacción para realizar actos de carácter sexual (art. 170)

0

2

Explotación de la prostitución o creación de condiciones para el ejercicio de la prostitución (art. 171)

27

35

Captación para ejercer la prostitución o coacción para que se siga ejerciendo la prostitución (art. 171, párr. 1)

0

2

En 2022, los organismos de asuntos internos detectaron y registraron 1.610 delitos relacionados con la lucha contra la trata de personas. El número de delitos graves y especialmente graves ascendió a 726 (45,41 % del total). Se identificó a 1.540 sospechosos.

Se detectaron 91 delitos contemplados en el Protocolo de Palermo y se identificó a 89 presuntos traficantes. En el período que abarca el informe, siguen prevaleciendo los casos de explotación sexual en el ámbito interno: 86 delitos. Se interceptaron 6 canales de tráfico a países como Egipto, la Federación de Rusia, China, Ghana y Turquía.

Se identificó a un total de 210 víctimas de trata, entre ellas 131 menores. De conformidad con la resolución núm. 485 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, 115 (83 de ellas menores) fueron derivadas a los servicios de rehabilitación.

Para reforzar el mecanismo nacional de derivación de víctimas de la trata de personas, se llevaron a cabo actividades en el marco del proyecto internacional de asistencia técnica “Refuerzo del mecanismo nacional de derivación de las víctimas de la trata de personas en la República de Belarús” (finalizado el 1 de julio de 2021).

Se actualizan periódicamente las campañas y el material impreso y en video sobre la trata de personas, abusos sexuales a menores y viajes al extranjero seguros (videos, folletos, volantes, etc.).

De conformidad con el artículo 8.8 del Código de Infracciones Administrativas, no estará sujeta a responsabilidad una persona física que haya cometido una infracción administrativa como consecuencia de circunstancias derivadas de la comisión de actos contemplados en el artículo 181 (trata de personas) del Código Penal; su utilización con fines de explotación sexual o de otro tipo, cuya responsabilidad por la comisión está prevista en los artículos 171 (organización y/o utilización de la prostitución o creación de condiciones para la prostitución), 171[1] (incitación a la prostitución o coacción para que continúe la prostitución), 181[1] (utilización de mano de obra esclava), 182 (secuestro) y 187 (actos ilícitos para el empleo de ciudadanos en el extranjero).

Por lo tanto, la República de Belarús dispone de mecanismos jurídicos para eximir a las víctimas de la trata de responsabilidad administrativa y penal por infracciones y delitos que sean consecuencia de la coacción.

Con el fin de mejorar la situación de las mujeres en el mercado laboral, se está aplicando una serie de medidas, incluidas las del programa estatal para 2021-2025 “Mercado laboral y fomento del empleo”. Durante el período 2016-2022, con la ayuda de los organismos de trabajo, empleo y protección social, 964.700 personas se emplearon de forma estable, 376.600 de las cuales eran mujeres, es decir, el 39 %, incluidas 508.300 personas desempleadas, 170.700 de las cuales, es decir, el 33,6 %, eran mujeres.

Para mejorar la competitividad en el mercado laboral, a todos los desempleados, incluidas las mujeres, que no tengan oficio, así como a aquellos que no puedan encontrar empleo en su profesión actual o que hayan perdido la capacidad de trabajar en oficios adquiridos anteriormente, se les ofrece formación profesional, readiestramiento o perfeccionamiento, así como cursos de formación. La capacitación de los desempleados se realiza en 100 especialidades, en primer lugar en oficios (cocinero, vendedor, peluquero, manicurista, costurero, etc.). De 2016 a 2022, 16.400 mujeres desempleadas recibieron formación.

En 2016 se introdujeron modificaciones en la Ley de la República de Belarús sobre el empleo de la población. Los ciudadanos que cuidan de un hijo o una hija menor de tres años (salvo los que disfrutan de una licencia parental para cuidar de un hijo o una hija menor de tres años) tienen la oportunidad de recibir formación gratuita y un estipendio. En 2016-2022, un total de 378 mujeres a cargo de un hijo o una hija menor de tres años fueron enviadas a recibir formación.

Los órganos de trabajo, empleo y protección social organizan ferias de empleo y días de la empresa, durante los cuales las mujeres pueden encontrar un empleo adecuado e informarse sobre las vacantes disponibles y las condiciones de trabajo en una empresa concreta.

La ayuda que se presta a las mujeres para fomentar sus actividades empresariales, incluso en las zonas rurales, constituye una de las esferas prioritarias de la política de empleo. En 2016-2022, 11,4 mil desempleados recibieron subvenciones para organizar actividades empresariales, servicios agroecoturísticos y actividades artesanales, entre ellos 5.000 mujeres, es decir, el 43,8 %. Del total de desempleados que recibieron ayuda económica, 7.400 personas, incluidas 3.300 mujeres, recibieron formación en los fundamentos de la actividad empresarial bajo la dirección de las autoridades de trabajo, empleo y protección social.

Participación en la vida política y pública

De 2016 a 2021 ha aumentado el número de mujeres en la vida política y pública a todos los niveles. La representación de la mujer en la Asamblea Nacional de la República de Belarús pasó del 29,2 % en 2016 al 35,1 % en 2021, y en la Cámara de Representantes del 27,3 % al 40,4 %.

Entre los funcionarios, las mujeres representaban el 70,0 % en 2021 (el 67,4 % en 2017), y el 53,7 % (el 48 % en 2017) entre las funcionarias de categoría superior. En el período 2016-2021, la proporción de mujeres en puestos directivos de todos los niveles y puestos adjuntos siguió siendo elevada, situándose en un 48 %.

La Asamblea Nacional de la República de Belarús cuenta con un Parlamento de la Juventud, cuyo objetivo es promover actividades en el ámbito de la regulación legislativa de los derechos e intereses legítimos de los jóvenes. Con el fin de implicar a los jóvenes en las cuestiones de desarrollo sostenible a través de actividades públicas, científicas y de otro tipo socialmente significativas, se ha creado el instituto de Jóvenes Embajadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Teniendo en cuenta la práctica positiva de la paridad de género para las mujeres en la vida política y pública a todos los niveles, no se requieren medidas especiales a este respecto.

Educación

Uno de los objetivos del programa de educación permanente de niños y jóvenes estudiantes para 2021-2025 es la educación familiar y de género, destinada a desarrollar actitudes responsables hacia el matrimonio, la familia, la crianza de los hijos y una comprensión informada del papel de hombres y mujeres en la sociedad moderna.

El plan de estudios de la enseñanza secundaria general ha mejorado en lo que respecta a las cuestiones de igualdad de género: en la asignatura “Formación laboral” para los cursos V a IX, se ha introducido una nueva sección sobre “Fundamentos de la administración doméstica” para los niños y otra sobre “Trabajos de reparación en el hogar” para las niñas;

Los planes de estudios de varias disciplinas académicas incluyen temas sobre cuestiones de género: “Axiología de la literatura extranjera” - “Literatura feminista”; “Enfoques metodológicos y escuelas de los siglos XIX a XXI” – tema: “Feminismo”; “Estudios literarios extranjeros contemporáneos”, tema: “Crítica feminista”.

Durante el período que abarca el informe, se incluyeron temas adicionales en los planes de estudio de diversas disciplinas de la enseñanza superior:

•“Psicología de género” – temas: “Identidad de género, roles de género y estereotipos de género”, “Diferencias y similitudes de género”, “Socialización de género”, “Relaciones de género”, “Métodos de estudios de género”, Métodos de diagnóstico de las características de género de la personalidad”;

•“Diagnóstico de las relaciones familiares” – temas: “Estudio de la historia familiar y diagnóstico de la estructura familiar”, “Diagnóstico de las relaciones conyugales en la familia”;

•“Asistencia psicológica a la familia” – tema: “Violencia en la familia: apoyo psicológico a las mujeres víctimas de violencia doméstica”;

•“Problemas actuales de la psicología del asesoramiento y la intervención temprana” – tema: “Proceso de asesoramiento: cuestiones de género. Las orientaciones sexuales en la práctica del asesoramiento”.

•“Psicología de las organizaciones” – tema: “Liderazgo organizativo. Estereotipos de género”.

•“Teoría y metodología de la educación y crianza de los niños en edad preescolar” – tema: “Educación de género de los niños en edad preescolar”;

•“Psicología infantil” – tema: “Desarrollo de la autoconciencia en la edad preescolar: socialización de género”;

•“Psicología social” – temas: “Comportamiento social de la personalidad: diferencias de género en el comportamiento agresivo”, “Grupos pequeños: la familia como grupo pequeño, roles sociales de género” y otros.

En los programas de reciclaje profesional y perfeccionamiento del personal docente y los funcionarios se incluyen cuestiones relativas a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres:

•“Formación de la cultura de género de los estudiantes”, “Enfoque orientado a la familia en la actividad de los especialistas en apoyo sociopedagógico a los alumnos”, “Prestación de asistencia psicológica a los representantes legales de los menores en una institución educativa”, “Psicología práctica”, “Psicología de la personalidad”, “Psicología aplicada a las relaciones familiares” (Academia Estatal de Educación de Posgrado);

•“El liderazgo de la mujer en el desarrollo innovador de la sociedad bielorrusa moderna” (Academia de Gestión adscrita a la Presidencia de la República de Belarús).

Durante las actividades organizadas por el Instituto Nacional de Formación Profesional, se examinaron los requisitos de las publicaciones educativas modernas que cumplen los requisitos en materia de igualdad de género para los centros de enseñanza secundaria general:

•La videoconferencia a nivel nacional “Organización del trabajo educativo y socialización de alumnos necesitados de condiciones educativas especiales” (1 de marzo de 2022);

•Asociación nacional de metodología de la enseñanza “Relación entre las instituciones de enseñanza profesional secundaria y las de enseñanza secundaria especializada y las familias: estrategias y modalidades actuales” (20 de abril de 2022);

•Seminario de formación “Cuestiones sobre la actualización de la documentación de planificación de programas y el contenido de la labor educativa” (21 de junio de 2022);

•Reunión instructiva y metodológica “Aspectos actuales del trabajo social, educativo e ideológico en instituciones que aplican programas educativos de enseñanza técnica profesional y enseñanza secundaria especializada en el año académico 2022-2023” (30 de agosto de 2022).

Con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en Belarús, en 2022, se examinó el proyecto de estrategia nacional para el desarrollo de la educación inclusiva hasta 2035 para comprobar si cumplía los requisitos de igualdad de género.

La Constitución de la Belarús garantiza la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres a la hora de recibir educación, incluida la educación superior (art. 32). Esas disposiciones constitucionales se han incluido en la nueva versión del Código de Educación, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2022.

En el año académico 2022-2023, el porcentaje de mujeres (chicas) entre los estudiantes de las instituciones de enseñanza superior se ha mantenido en el 52,5 %, lo que indica que las estudiantes gozan de un alto nivel de acceso a la enseñanza superior, incluida la enseñanza orientada a las ciencias.

En 2022 se aprobó la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Integración Social, cuyas normas tienen por objeto aumentar las garantías en el ámbito de la educación para las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas. En dicha Ley se establece el principio de inclusión en la educación, que consiste en garantizar la igualdad de acceso de todos los alumnos a la educación, teniendo en cuenta las necesidades educativas y posibilidades especiales de cada alumno;

La enseñanza secundaria general es obligatoria en la República de Belarús. De acuerdo con la Instrucción sobre el procedimiento de inscripción de niños en la enseñanza secundaria general y especial, se ha organizado un registro de todos los niños de 0 a 18 años que viven en el país. Los centros de enseñanza secundaria general realizan dos veces al año (del 1 al 20 de septiembre y del 1 al 20 de enero) un control de la escolarización de los niños. En caso de detectarse niños que no reciben educación, se les proporciona ayuda para que puedan recibir educación.

Contratación y colocación en el empleo

La Constitución de la República de Belarús prohíbe el trabajo forzoso, salvo el trabajo o el servicio que se realiza con arreglo a una sentencia judicial o conforme a la ley de estado de excepción y ley marcial (art. 41). La utilización de mano de obra esclava está sancionada penalmente (art.181, párr. 1, del Código Penal). Además, la legislación no exige la participación obligatoria en los “subbotniks”. Este tipo de trabajo es exclusivamente voluntario y constituye una tradición que se transmite de generación en generación desde hace un siglo.

En Belarús, a nivel legislativo, la cuestión de la igualdad de derechos laborales, incluido el derecho de hombres y mujeres a la misma remuneración por un trabajo de igual valor, está regulada por el artículo 42 de la Constitución de la República de Belarús y los artículos 14 y 57 del Código del Trabajo. El trabajo de cualquier empleado se evalúa únicamente por criterios cuantitativos y cualitativos, con independencia del sexo, la edad, el origen nacional y social y otras características personales del empleado.

En Belarús, como en otros países, existe una diferencia entre los salarios de los hombres y los de las mujeres. En diciembre de 2021, la relación entre el salario medio mensual nominal devengado de las mujeres y el de los hombres era del 71,9 %. En primer lugar, esta diferencia se explica por la elevada proporción de trabajadores varones en la industria, la construcción, la maquinaria pesada, donde hay más empleos con condiciones nocivas y peligrosas, una elevada intensidad de mano de obra y, por consiguiente, con salarios más altos. Las mujeres, por regla general, están empleadas en trabajos que no implican condiciones laborales difíciles, nocivas y (o) peligrosas.

Por tipo de actividad económica, la relación en salarios medios mensuales nominales devengados en diciembre de 2021 fue la siguiente: transporte, almacenamiento y correos y mensajería, 97,6 %; administración pública, 94 %; educación, 91,8 %; agricultura, silvicultura y pesca, 86,5 %; construcción, 84,3 %; atención de la salud y servicios sociales, 78,7 %; e industria, 73,8 %.

Desde 2017, Belarús viene aplicando una reforma de las pensiones que prevé un aumento gradual de la edad de jubilación. Así, en 2022, la edad de jubilación para los hombres era de 63 años y para las mujeres de 58 años.

La Ley de pensiones prevé casos de reducción de la edad de jubilación, establecida con carácter general para diversas categorías de ciudadanos, por ejemplo, para las mujeres que son madres de muchos hijos y trabajan como maquinistas, ordeñadoras, etc. La diferencia entre la edad de elegibilidad de hombres y mujeres se debe a razones socioeconómicas y fisiológicas relacionadas con la maternidad.

En la disposición núm. 35 del Ministerio de Trabajo y Protección Social de la República de Belarús, de 12 de junio de 2014, se establece la lista de trabajos pesados y trabajos con condiciones laborales nocivas y (o) peligrosas en los que está prohibido emplear a mujeres. Habida cuenta de los efectos nocivos de las condiciones de trabajo nocivas para el organismo de la mujer, especialmente en edad de procrear, no es conveniente suprimir totalmente la lista en el contexto de la actual situación demográfica.

En 2022, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, en colaboración con el Ministerio de Salud, trabajó para reducir la lista. Como consecuencia, se excluyeron de ella 93 puestos de trabajo; la nueva lista contiene 88 puestos.

En consecuencia, se permite a las mujeres trabajar como: conductoras de vehículos de transporte interurbano de pasajeros, en autobuses de más de 14 asientos y camiones de más de 5 toneladas de capacidad (volquetes de 2,5 toneladas), así como fundidoras y ensambladoras; moldeadoras al vacío, de centrifugado al vacío y de moldeado por centrifugación; modeladoras de resina epóxica, rellenadoras de bloques, recolectoras de frutas, materias primas medicinales de arbustos y árboles en crecimiento (con una altura superior a 1,3 m) y en trabajos de escalada, ya que estos trabajos no suponen un riesgo para la salud reproductiva de la mujer.

Teniendo en cuenta la plena mecanización, las mujeres ahora pueden trabajar en diversos oficios de la fabricación de pulpa papelera, papel, cartón y productos de papel, con la excepción del oficio de “mezclador”.

Ya no está prohibido utilizar mano de obra femenina en determinadas actividades en las siguientes industrias: extracción de petróleo y gas (operadora de compresores móviles, operadora de montacargas); la extracción y el tratamiento de turbas (en los oficios de zanjadora, arrancadora, operaria de excavadora de turba); polvos de metales no ferrosos (trabajadoras que operan convertidores y condensadores); alcohol y aceite vegetal y otras industrias (operadoras de destiladoras de alcohol y rectificadoras).

La legislación laboral contiene una serie de garantías para las mujeres en el empleo. Por ejemplo, el artículo 16 del Código del Trabajo prohíbe denegar injustificadamente un contrato de trabajo a las mujeres por motivos relacionados con el embarazo o por tener hijos menores de 3 años, y a las madres solas por motivos relacionados con el hecho de tener un hijo o una hija menor de 14 años (o un hijo o una hija con discapacidad menor de 18 años). La negativa a celebrar un contrato de trabajo puede recurrirse ante los tribunales.

En el artículo 261, párrafo 5, del Código del Trabajo se establecen garantías para la celebración de contratos con mujeres, de conformidad con las cuales los contratos con mujeres embarazadas, mujeres con hijos menores de 3 años (o hijos con discapacidad menores de 18 años), con contratos de trabajo de duración indefinida, no se celebrarán sin su previo consentimiento.

La duración del contrato con una mujer embarazada se prorrogará con su consentimiento por el período del embarazo u otro período por acuerdo de las partes.

En el caso de una trabajadora que se encuentre en licencia de maternidad o de una madre en licencia para el cuidado de un hijo o una hija de hasta 3 años, el empleador está obligado a extender la duración del contrato al menos hasta el término de dichas licencias. En el caso de una madre trabajadora que empiece a trabajar antes o después de que finalice su licencia parental hasta que el hijo o la hija cumpla los 3 años, el empleador está obligado a extender la duración del contrato al menos hasta que el hijo o la hija cumpla los 5 años.

Para garantizar la participación de ambos progenitores en pie de igualdad en la crianza de los hijos, en 2020 se introdujeron las siguientes innovaciones en el Código del Trabajo:

•Se establece el derecho a elegir las vacaciones de verano de los padres (padrastros) que críen a un hijo o una hija con discapacidad menor de 18 años;

•Concede al padre (padrastro) que críe a dos o más hijos menores de 14 años (o un hijo o una hija con discapacidad menor de 18 años) el derecho a hacer uso de las vacaciones antes de que transcurran seis meses de relación laboral con el empleador;

•Las garantías ofrecidas a las madres trabajadoras se han ampliado a los progenitores solos que trabajan y crían a sus hijos;

•Se establece la licencia de paternidad por el nacimiento de un hijo o una hija. El empleador está obligado, a solicitud del padre (padrastro) del hijo o la hija, a concederle una licencia no remunerada de un máximo de 14 días naturales en los seis meses siguientes al nacimiento del hijo o la hija. Los convenios colectivos pueden establecer otra duración o remuneración por el período de licencia de maternidad.

En el Código de trabajo se incluyó una norma sobre el trabajo a distancia, según la cual está permitido trabajar fuera del local en el que se encuentra el empleador utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones para realizar el trabajo e interactuar con el empleador. La aplicación de esta norma durante el período 2020-2021 mostró el vivo interés de empleadores y empleados por esta modalidad de trabajo y, al mismo tiempo, puso de manifiesto la necesidad de mejorarla en lo que respecta a una definición de dicha modalidad de trabajo que prevea la posibilidad de trabajar tanto en el lugar de trabajo como a distancia, incluso desde casa.

A fin de promover la paternidad responsable, se puso en marcha el proyecto “Desarrollo y puesta en marcha de un sistema nacional para implicar a los padres en la crianza y el cuidado de sus hijos en la República de Belarús” (asociación benéfica nacional “Club de Leones”). Como parte del proyecto, en 2021:

1)Se realizó el foro nacional de padres – 2021 “¡Ser padre ahora!”, en el que participaron más de 300 personas;

2)Se celebraron 204 reuniones de “Grupos de Papás” en todas las regiones (con la participación de 1.500 personas) y se formó a 31 moderadores para las actividades de las “Escuelas de Papás”;

3)Se creó una campaña de comunicación social sobre la paternidad responsable (con carteles colocados en 20 ciudades).

Con el apoyo del UNFPA, se ha elaborado un proyecto de concepto de “empresa amiga de los padres”. En 2021, el proyecto de concepto fue aprobado en una reunión del Consejo Nacional de Política de Género, adscrito al Consejo de Ministros de la República de Belarús. Durante 2022 se celebró una serie de mesas redondas para empleadores y representantes de la Federación de Sindicatos de Belarús, sindicatos sectoriales y la Unión de Empleadores. Unas 100 personas participaron en las mesas redondas. Los resultados de la iniciativa “Empresa amiga de los padres” se presentaron en la reunión del Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales en febrero de 2022. En 2023, se ha previsto colaborar con un grupo de organizaciones que se han sumado a la iniciativa (actividades de formación para directivos, especialistas en recursos humanos y empleados padres de familia).

En el Decreto Presidencial sobre Promoción del Empleo no se prevén sanciones contra los ciudadanos aptos para trabajar que no estén empleados en la economía, sino que solo se suprimen las subvenciones del Estado a la vivienda y los servicios comunales.

De conformidad con el Reglamento sobre el procedimiento para clasificar a los ciudadanos aptos para trabajar como desempleados, la elaboración y el mantenimiento de una base de datos sobre ciudadanos aptos para trabajar desempleados, incluida la colaboración de los órganos y organizaciones estatales para estos fines (aprobado por la resolución núm. 239 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 31 de marzo de 2018, las personas consideradas empleadas en la economía incluyen a: madres (madrastras) o padres (padrastros), padres adoptivos, tutores (guardianes) con un hijo o una hija con discapacidad menor de 18años; las mujeres, sean madres (madrastras), madres adoptivas, tutoras (guardianas), que crían a un hijo o una hija menor de 7 años o tres o más hijos menores.

Los ciudadanos aptos para trabajar desempleados no incluyen, entre otros, a los ciudadanos que tienen derecho a una pensión por discapacidad o a una pensión de supervivencia debido a un accidente laboral o a una enfermedad profesional y que reciben pagos mensuales del seguro de conformidad con la legislación sobre el seguro obligatorio contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Empleo, se consideran empleados los ciudadanos que cuiden a un hijo o una hija menor de 3 años, a un hijo o una hija con discapacidad menor de 18 años, a una persona con discapacidad del grupo I o que haya cumplido 80 años, o a un hijo o una hija menor de 18 años infectado por el VIH o con sida.

En 2018, se aprobó una nueva versión del Decreto del Presidente de la República de Belarús sobre la promoción del empleo de la población, que prevé un enfoque conceptualmente diferente dirigido a fomentar al máximo el empleo de los ciudadanos que deseen trabajar y, en ausencia de dicho interés, a crear condiciones que estimulen su empleo, incluso limitando la prestación de determinados servicios públicos en condiciones preferentes. La nueva versión del Decreto no incluía normas sobre la imposición de una tasa para financiar el gasto público a los ciudadanos aptos para trabajar que no estén trabajando. Asimismo, las personas reconocidas anteriormente como contribuyentes de esta tasa están exentas de pagarla.

Acoso sexual en el lugar de trabajo

La Constitución reconoce el derecho de toda persona a la libertad y a la seguridad de la persona. La dignidad de la persona está protegida por el Estado. Nada puede servir de justificación para socavarla (art. 25). Se garantiza a las mujeres iguales oportunidades en todas las esferas de la vida, incluida la creación de condiciones para la protección de su trabajo y su salud (art. 31, párr. 6).

El Código Penal establece la responsabilidad por coacción para cometer actos de carácter sexual aprovechando la dependencia laboral, económica o de otro tipo de la víctima (art. 170).

El Código del Trabajo reconoce la no injerencia en la vida privada y el respeto a la dignidad personal como uno de los derechos básicos de los trabajadores (art. 11) y establece la obligación de los trabajadores de no impedir que otros trabajadores cumplan sus funciones laborales (art. 53, párr. 3).

Salud

Según el Informe del UNFPA sobre el Estado de la Población Mundial 2022, Belarús ocupa un puesto meritorio en lo que respecta a la salud sexual y reproductiva, incluida una baja tasa de mortalidad materna sin precedentes, así como en lo que respecta a los avances en materia de derechos humanos e indicadores demográficos. Belarús obtuvo un 87 % en el indicador “Medida en que los países tienen leyes e instrumentos normativos que garantizan el acceso pleno y equitativo de mujeres y hombres a los servicios, la información y la educación en materia de salud sexual y reproductiva”, situándose entre los 25 países con los indicadores más altos.

La atención a la salud reproductiva tiene por objeto garantizar la igualdad de acceso a una atención médica de calidad en el ámbito de la salud reproductiva e incluye un conjunto de medidas para asegurar el nacimiento de niños sanos y la elección informada por los ciudadanos del momento de procrear, la regulación de los intervalos entre embarazos, la prevención de embarazos no deseados, la prevención de los riesgos para la salud de la mujer relacionados con el embarazo y la reducción del número de embarazos entre las adolescentes.

Últimamente, el número de mujeres en edad de procrear que utilizan diversos tipos de anticonceptivos ha aumentado del 39,9 % en 2010 al 53,2 % en 2021 (en particular, el 16 % de las mujeres utilizan dispositivos intrauterinos, el 15,6 % anticonceptivos hormonales y el 21,6 % otros tipos de anticonceptivos).

Es mayor la proporción de las mujeres de 15 a 49 años casadas o en pareja de hecho que utilizan un método anticonceptivo moderno. Según datos de la MICS para 2019, esa proporción era del 65,5 % en general y del 62,7 % entre las mujeres rurales.

En el ámbito de la protección de la salud y la seguridad demográfica, el programa estatal “Salud de la población y seguridad demográfica” para 2021-2025 establece como prioridad la elaboración de medidas para mejorar la salud reproductiva y fomentar una cultura de estilos de vida sanos y de protección de la salud. El subprograma “Familia e infancia” incluye medidas para ampliar los servicios de asesoramiento sobre salud reproductiva para adolescentes en centros adaptados a las necesidades de los adolescentes, implantar métodos interactivos y organizar actividades y concursos para promover estilos de vida sanos.

Los centros adaptados a las necesidades de los adolescentes y los jóvenes, que se han establecido en cada localidad en las clínicas sanitarias ambulatorias (hay 56 centros en todo el país) prestan asistencia continua a los adolescentes y los jóvenes para resolver cuestiones relacionadas con la salud, incluyendo la salud reproductiva y la planificación familiar. En 2022, 83.000 adolescentes acudieron a los centros y unos 26.000 de ellos acudieron por cuestiones de salud reproductiva. Asimismo, en los centros:

1)Se está llevando a cabo el proyecto “Ampliación del acceso de los adolescentes en situación de riesgo y grupos vulnerables a los servicios de los centros adaptados a las necesidades de los adolescentes”. En el marco del proyecto, profesionales de la salud (pediatras, ginecólogos, dermatovenerólogos, narcólogos, psicólogos, valeólogos) y representantes de las organizaciones no gubernamentales colaboran para prestar una asistencia integral a los adolescentes y jóvenes;

2)Se ha aplicado la “Hoja de ruta para la promoción de la salud mental y el bienestar psicológico de los niños y adolescentes”. En 2022, se llevaron a cabo seis seminarios nacionales de formación “Salud mental y estado psicológico de los adolescentes. Prevención del acoso escolar y del suicidio entre los adolescentes. Seguridad en Internet” (se impartió formación a 130 especialistas de los centros).

La labor informativa y educativa con jóvenes y adolescentes para la promoción de la salud reproductiva está a cargo de especialistas de los centros de atención de la salud, en el marco de los proyectos “Escuela de padres”, “Preserva la vida”, “El aborto – la felicidad por la borda”.

El Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género de la República de Belarús para 2021-2025 prevé una serie de medidas destinadas a concienciar a la población, incluidos los adolescentes y los jóvenes, sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos.

Con el apoyo del UNICEF, en marzo y abril de 2021, durante el debate en línea “Hablemos de nosotras” sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos de la mujer en la República de Belarús, se analizaron las posibles limitaciones y se determinaron medidas para garantizar la calidad y la confidencialidad de los servicios de salud sexual y reproductiva que se prestan a adolescentes y jóvenes.

En febrero de 2021, en el marco del proyecto “Maratón de Salud (Familiar) de la Mujer”, se trataron cuestiones relativas a la educación sexual de los adolescentes y la prevención de embarazos no deseados (transmitido en línea por YouTube).

Se proporcionó asesoramiento individual por teléfono y en línea (a través de los sitios web de los centros adaptados a las necesidades de los adolescentes, las aplicaciones Jivo, Skype, la comunidad Viber y las redes sociales VK e Instagram).

Uno de los indicadores básicos de la salud reproductiva de la mujer es la mortalidad materna. En los últimos años, en Belarús se han registrado casos esporádicos de fallecimientos de mujeres durante el embarazo, el parto y el período postnatal. Según los datos por países de Cia World Factbook, al 1 de enero de 2018, Belarús tenía una de las tasas de mortalidad materna más bajas del mundo.

En los últimos años, los complejos problemas médico-sociales y éticos del aborto en Belarús se han abordado sobre la base del Concepto para la realización del derecho a decidir sobre la reproducción, la salud reproductiva y la planificación familiar, tal y como se define en los instrumentos de derechos humanos y los documentos de la Organización Mundial de la Salud.

La legislación de la República de Belarús establece la base jurídica de las actividades médicas relacionadas con la planificación familiar y la regulación de la función reproductiva humana. De conformidad con la Ley núm. 2435-XII, de 18 de junio de 1993, sobre la atención de la salud, las mujeres tienen derecho a decidir sobre su propia maternidad (art. 27, párr. 1). La interrupción artificial del embarazo se realiza con el consentimiento de la mujer y, en el caso de una menor, también con el consentimiento por escrito de su representante legal.

En 2021, en los centros de atención de la salud de Belarús se practicaron 16.861 interrupciones del embarazo de hasta 22 semanas de gestación (28.628 en 2012), de las cuales 140 se practicaron a adolescentes (503 en 2012). La tasa de abortos por cada 1.000 mujeres en edad de procrear ha disminuido en los últimos 10 años, reduciéndose a 7,8 en 2021 (del 12,0 % en 2012), y en las adolescentes se ha reducido a 0,76 % (del 2,7 % en 2012). En 2021, el número de abortos por cada 100 nacidos vivos y mortinatos fue del 21,6 % (24,6 % en 2012). En la actualidad, los abortos inducidos representan el 81,2 % de los abortos, mientras que los espontáneos representan el 18,8 %.

Desde 2011 no se han registrado casos de abortos ilegales en el país.

Se han adoptado medidas para seguir reduciendo los abortos: tanto medidas de carácter médico (mejora de los conocimientos sobre salud reproductiva de mujeres y hombres) como medidas de carácter social (asesoramiento psicológico familiar previo al aborto).

La Ley de Atención de la Salud de la República de Belarús obliga a los centros de atención de la salud a crear las condiciones y garantizar que se proporcione asesoramiento psicológico previo al aborto a las mujeres que deseen someterse a un aborto inducido (art. 27, segunda parte). El sistema de asesoramiento psicológico previo al aborto está en funcionamiento desde 2017. Todos los años, los centros de atención de la salud organizan la campaña “¡Por la vida!”. Como resultado del trabajo realizado, ha aumentado la proporción de mujeres que han decidido continuar con su embarazo.

El asesoramiento previo al aborto debe realizarse en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación sobre la asistencia psicológica, es decir, con el consentimiento de la mujer (artículo 18, primera parte, de la Ley núm. 153-Z de la República de Belarús, de 1 de julio de 2010, titulada “Sobre la prestación de asistencia psicológica”). Cuando se presta asistencia psicológica a una persona menor de 14 años, además del consentimiento de la persona menor de edad, también es necesario obtener el consentimiento de uno de sus representantes legales (salvo en determinados casos en los que no se requiere el consentimiento de los representantes legales).

Con arreglo a la Instrucción sobre el asesoramiento familiar previo al aborto, aprobada mediante la Orden núm. 1409 del Ministerio de Salud de la República de Belarús, de 9 de noviembre de 2021, no se proporciona asesoramiento previo al aborto cuando la mujer que ha solicitado la interrupción artificial del embarazo desea tomar ella misma la decisión sobre su maternidad de conformidad con el artículo 27, párrafo 1, de la Ley de Atención de la Salud.

En 2021, el 98,8 % de las mujeres embarazadas que deseaban interrumpir el embarazo recibieron asesoramiento psicológico previo al aborto (frente al 99,5 % en 2017). De ellas, el 30 % decidió continuar con el embarazo (frente al 13,8 % en 2017). Se proporcionó asesoramiento psicológico previo al aborto al 100 % de las adolescentes, lo que permitió la continuación del 30,1 % de los embarazos (frente al 12 % en 2017).

Información sobre la adopción de decisiones en materia de salud reproductiva de las mujeres según la MICS (2019), como porcentaje del total de mujeres casadas o en pareja de hecho del grupo correspondiente):

Proporción de mujeres de 15 a 49 años que toman decisiones bien fundadas de forma independiente,  %

s obre las relaciones sexuales

s obre el uso de anticonceptivo s

s obre el recurso a los servicios de atención de la salud

s obre las tres cuestiones relativas a la salud reproductiva

Mujeres – total

70,6

81,8

99,5

68,0

Incluidas las mujeres rurales

67,2

78,6

99,4

64,8

Belarús ha aprobado documentos jurídico-normativos que constituyen la base de un sistema de medidas para la detección y el diagnóstico temprano del cáncer en todos los niveles de la atención médica. Mediante la Orden núm. 1505 del Ministerio de Salud de la República de Belarús de 30 de noviembre de 2021, se modificó la Orden núm. 830, de 28 de julio de 2017, sobre la detección y el diagnóstico temprano del cáncer”, y aprobó una serie de instrucciones y disposiciones.

La Instrucción sobre el proceso de detección y diagnóstico temprano del cáncer establece la secuencia en el trabajo de los centros de atención de la salud para llevar a cabo actividades de detección y diagnóstico temprano del cáncer en todos los niveles.

En 2019, el sistema de información automatizado del programa nacional de detección del cáncer de mama se puso en marcha de forma experimental.

En 2017, el Ministerio de Salud elaboró para el instituto de formación del Centro Nacional Científico y Práctico de Oncología y Radiología Médica N.N. Aleksandrov programas de formación para radiólogos, técnicos de laboratorio de radiología, endoscopistas, urólogos, ginecólogos, citólogos y profesionales de la salud que participan en la detección del cáncer.

De septiembre a noviembre de 2018, se celebraron reuniones sobre el terreno en todos los centros de atención de la salud y en el Comité sobre Atención de la Salud de la Comisión Ejecutiva de la ciudad de Minsk, con la participación de los médicos jefes de los distritos, sobre la aplicación más amplia de la detección en las regiones, se presentaron 16 informes a los directores de los centros de atención de la salud de los distritos.

En abril de 2018, se celebró el seminario nacional que contó con participantes internacionales “Principios epidemiológicos (particularidades) de la detección temprana del cáncer de mama”, en el que se impartió formación a 29 especialistas.

Se realizan actividades de promoción e información sobre la necesidad de realizar pruebas de detección: conferencias, seminarios y mesas redondas sobre la problemática de la detección del cáncer en diversas ubicaciones:

1)El personal del equipo multidisciplinario del Centro Nacional Científico y Práctico de Oncología y Radiología Médica N.N. Alexandrov, con el fin de dar a conocer entre la población las actividades de detección, impartió 24 conferencias y 2seminarios en 2017, 21 conferencias en 2018, y 13 conferencias y 3seminarios en 2019, y publicó artículos en los medios de comunicación;

2)En colaboración con el Instituto Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer, se ha puesto en marcha el proyecto de investigación “Preferencias de las mujeres bielorrusas en lo que respecta a los métodos de detección del cáncer de mama”;

3)En 2018, el Ministerio de Salud aprobó el material informativo para las mujeres que participan en la detección temprana del cáncer de mama, “Detección por mamografía (Ayuda a las mujeres para decidir sobre su participación en la detección del cáncer de mama)”.

La atención psicológica y los servicios de rehabilitación para las mujeres con cáncer de mama están basados en un enfoque integral y se proporcionan mediante los esfuerzos conjuntos de todos los interesados: oncólogos, obstetras, ginecólogos y psicólogos. Se presta especial atención a las cuestiones relacionadas con la asistencia psicológica a las mujeres en los períodos preoperatorio y postoperatorio. Un 30 % de las operaciones en mujeres con cáncer de mama son operaciones de preservación de órganos o reconstructivas mediante implantes artificiales o autoinjertos.

Desde septiembre de 2018, el Centro Nacional Científico y Práctico de Oncología y Radiología Médica N. N. Alexandrov cuenta con un departamento médico-psicológico, especializado en prestar asistencia psicológica y psicoterapéutica a los pacientes del Centro y a sus familiares.

El subprograma 1, “Familia e infancia” del programa estatal “Salud pública y seguridad demográfica” para 2021-2025, incluye una actividad para elaborar, preparar y aplicar un programa nacional de vacunación contra la infección por el virus del papiloma humano (párr. 4.9), y el subprograma 2, “Prevención y control de las enfermedades no transmisibles”, incluye una actividad para prevenir las neoplasias malignas, incluida la detección del cáncer de mama y de cuello uterino (párr. 73).

El número de médicos ginecólogos-obstetras a finales de año pasó de 2.817 en 2017 a 2.980 en 2021. A finales de 2021, el número de parteras (obstetras) con formación secundaria médica especializada era de 4.584, lo que equivale a 9,2 trabajadores de la salud por cada 10.000 mujeres.

Los médicos generalistas perfeccionan sistemáticamente su competencia en materia de salud reproductiva y sexual. En 2022, la Academia Médica Bielorrusa de Estudios de Posgrado llevó a cabo:

•7 seminarios sobre “Particularidades del asesoramiento que prestan los trabajadores médicos a las familias sobre la detección y la prevención de la violencia, la superación de los traumas psicológicos, las aptitudes para una comunicación eficaz con la familia”;

•3 seminarios sobre “Los principios de una comunicación eficaz y particularidades del asesoramiento a adolescentes sobre cuestiones relativas a la salud reproductiva, la vacunación y la prevención de la violencia”;

•Un seminario de formación sobre “Particularidades del asesoramiento que prestan los trabajadores médicos a las familias sobre la detección y la prevención de la violencia, la superación de los traumas psicológicos, las aptitudes para una comunicación eficaz con la familia”.

Información sobre la cobertura de atención prenatal de las mujeres según los datos de la MICS (2019), como porcentaje del total de mujeres del grupo correspondiente que han dado a luz a un nacido vivo en los últimos dos años:

Distribución de mujeres de 15 a 49 años por tipo de personal que les prestó atención prenatal durante el último embarazo ,  %

médico

enfermera/partera

auxiliar de enfermería

No hubo atención prenatal

Mujeres – total

99 , 6

0 , 3

0 , 0

0 , 1

Incluidas las mujeres rurales

98 , 7

1 , 0

0 , 1

0 , 2

Información sobre el número de visitas prenatales según datos de la MICS (2019; como porcentaje del total de mujeres del grupo correspondiente que han dado a luz a un nacido vivo en los últimos dos años):

Proporción de mujeres de 15 a 49 años, por número de visitas a cualquier proveedor de atención de la salud durante el período de atención prenatal,  %

n o hubo visitas prenatales

t uvo cuatro o más visitas

t uvo ocho o más visitas

Mujeres – total

0,1

99,9

99,4

Incluidas las mujeres rurales

0,2

99,8

99,0

Con el fin de mejorar la eficacia y la calidad de la atención médica a las mujeres embarazadas, parturientas, embarazadas, pacientes ginecológicas y recién nacidos, estabilizar las tasas de mortalidad materna, perinatal y neonatal, y preservar y restablecer la salud reproductiva de la población, el Ministerio de Salud ha elaborado y aprobado la Instrucción sobre la coordinación de un sistema multinivel de atención obstétrica, ginecológica y perinatal en la República de Belarús (Orden núm. 966 del Ministro de Salud de la República de Belarús, de 9 de agosto de 2019).

Prestaciones económicas y sociales

En 2020, se aprobó el Decreto Presidencial núm. 171, de 18 de mayo de 2020, sobre el apoyo social a determinadas categorías de ciudadanos, cuyas normas tienen por objeto, entre otras cosas, reforzar las garantías de pensión para las mujeres que han dado a luz y han criado a hijos.

En particular, este decreto establece:

1)Un aumento de 9 a 12 años de la duración de los períodos de excedencia por cuidado de los hijos, que han de computarse en la antigüedad;

2)La reducción de hasta 10 años de la duración mínima de afiliación exigida para tener derecho a una pensión de vejez para las mujeres que hayan dado a luz a cuatro hijos y los hayan criado hasta los 8 años.

Posteriormente, se establecieron normas similares en la Ley núm. 1596-XII, de 17 de abril de 1992, sobre el régimen de pensiones.

Una de las condiciones para conceder a las mujeres una pensión de vejez es la antigüedad exigida (pago de cotizaciones): de 17 años y 6 meses en 2020 a 20 años en 2025. En el caso de las mujeres que hayan cuidado durante mucho tiempo a niños pequeños, niños con discapacidad o adultos con discapacidad del grupo 1, así como a ancianos, el requisito de tiempo de servicio se ha reducido a 10 años (Decreto Presidencial núm. 233, de 29 de junio de 2017, y Decreto Presidencial núm. 171, de 18 de mayo de 2020).

Se mantiene la diferencia de cinco años entre los límites de edad de jubilación de ambos sexos. La reducción de la edad de jubilación de las mujeres no conlleva una disminución correspondiente de la cuantía de su pensión en relación con la de los hombres (por los parámetros de la fórmula de la pensión: las mujeres deben tener una antigüedad total menor que los hombres para que se incremente la cuantía de su pensión).

Existen sistemas de pensiones de jubilación (basados en cotizaciones) y pensiones sociales (no contributivas) para garantizar las prestaciones de jubilación de las mujeres mayores. A partir de 2021, la cobertura de las mujeres en el régimen de pensiones del seguro de vejez ha aumentado gracias a la introducción de una pensión de vejez por prestación incompleta del seguro de mayor cuantía que la prevista en el sistema de pensiones sociales (Decreto Presidencial núm. 171, de 18de mayo de 2020).

De hecho, las mujeres mayores están plenamente protegidas por las pensiones del Estado: la proporción de mujeres en edad de trabajar que disfrutan de una pensión sobre el total de mujeres de este grupo de edad es del 98,9 %, frente al 97,7 % de los hombres.

Se realiza un seguimiento continuo de la cobertura de las mujeres mayores por los sistemas estatales de pensiones como uno de los indicadores de la meta 1.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (“Implementar a nivel nacional sistemas y medidas apropiados de protección social para todos, incluidos niveles mínimos, y, de aquí a 2030, lograr una amplia cobertura de las personas pobres y vulnerables”).

El problema de la feminización de la pobreza en la vejez no se aplica a las condiciones de Belarús. Las mujeres que perciben una pensión han salido efectivamente de la categoría de pobres: mientras que la proporción general de jubilados (hombres y mujeres) con pensiones inferiores al mínimo de subsistencia es invariablemente inferior al 1 %, hay más hombres (54,5 %) entre los beneficiarios de esas pensiones mínimas.

En general, en Belarús prácticamente no hay diferencias de género en el nivel de las pensiones: la relación entre la cuantía media de las pensiones de las mujeres y la de las pensiones de los hombres desde 2014 es de alrededor del 98 % (99,5 % a finales de 2019). Los esfuerzos del país por eliminar las diferencias entre hombres y mujeres en materia de empleo y remuneración contribuirán a nivelar incluso las diferencias mínimas en las pensiones.

Desde 2018, se ha observado un descenso del nivel de pobreza en Belarús. En 2021, su valor para la población era del 4,1 % (5,7 % en 2016). La tasa de pobreza entre las mujeres era del 3,7 %, con un 2,9 % entre las urbanas y un 6,2 % entre las rurales.

Para prestar apoyo social a las familias de bajos ingresos y a los ciudadanos en situaciones de vida difíciles, incluidas las mujeres, existe un sistema de ayudas sociales del Estado para destinatarios específicos. El criterio para clasificar a las familias (ciudadanos) como de bajos ingresos es el promedio del presupuesto mínimo de subsistencia per cápita.

El sistema de ayudas sociales del Estado para destinatarios específicos proporciona subsidios sociales: subvenciones sociales mensuales y únicas; alimentos a los niños en los dos primeros años de vida; subsidios sociales para reembolsar los gastos de adquisición de artículos de higiene. El principal objetivo de estas ayudas sociales es apoyar a la población de bajos ingresos, incluidas las mujeres, para la compra de alimentos, medicamentos, ropa, calzado y otras necesidades que garanticen una vida normal.

El programa estatal “Empresas pequeñas y medianas” para 2021-2025 (resolución núm. 56 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 29 de enero de 2021) prevé el fomento de la iniciativa empresarial de las mujeres. El conjunto de medidas incluye la prestación de apoyo financiero a las pequeñas empresas, incluidas las mujeres:

1)Financiación por la Sociedad Anónima de Participación Abierta Banco de Desarrollo de la República de Belarús” de proyectos de empresas pequeñas y medianas sobre un producto independiente “Apoyo a la iniciativa empresarial de las mujeres”. La financiación se concede a entidades empresariales con una participación mínima del 50 % de mujeres en el capital social y dirigidas por una mujer, así como a empresarias particulares;

2)Subvenciones para pagar parte de los intereses de los préstamos concedidos por los bancos;

3)Fondos para el reembolso (total o parcial) de los gastos efectivamente realizados en concepto de pago de cuotas de arrendamiento con arreglo a contratos de arrendamiento financiero (leasing) en cuanto al pago de la renta (ingresos) del arrendador y otros gastos de inversión; participación en exposiciones y ferias o su organización;

4)Garantías (aval) a los bancos por las obligaciones contraídas al obtener préstamos;

5)Ayuda para obtener recursos financieros y técnicos, información, servicios metodológicos y de consultoría para la organización y el desarrollo de la actividad empresarial por parte del Centro de Apoyo y Promoción de la Iniciativa Empresarial de la Mujer de la S.A. Belinvestbank.

Con el fin de ampliar las oportunidades de apoyo a los proyectos empresariales de las mujeres y de desarrollo de las empresas de mujeres, en 2022 se concluyó un acuerdo tripartito entre el Ministerio de Economía, Belinvestbank y la Unión de Mujeres de Belarús sobre cooperación y colaboración para impulsar las iniciativas empresariales de las mujeres. El plan de acción para la aplicación del Acuerdo incluye una serie de actividades destinadas a popularizar la actividad empresarial de las mujeres; estimular la iniciativa empresarial de las mujeres que desean emprender una empresa; desarrollar y apoyar las empresas de mujeres; informar sobre temas de actualidad relativos a la organización, el apoyo y el desarrollo de las empresas de mujeres.

La promoción de la iniciativa empresarial y el apoyo al trabajo por cuenta propia de las mujeres es una de las esferas prioritarias de la política de empleo. En 2018, el Gobierno aprobó la Estrategia para el Desarrollo de las Empresas Pequeñas y Medianas hasta 2030. La estrategia incluye medidas para el empoderamiento económico de las mujeres.

Se han puesto en marcha varios proyectos para fomentar la iniciativa empresarial de las mujeres: en 2017-2020, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo puso en marcha el programa Mujeres Empresarias, en el marco del cual colaboró estrechamente con bancos asociados de Belarús para prestar apoyo financiero a las mujeres ejecutivas. En 2020, el Banco de Desarrollo de la República de Belarús financió 73 proyectos sobre iniciativa empresarial de las mujeres por un importe de 9,5 millones de rublos bielorrusos.

Las medidas adoptadas por los órganos de trabajo, empleo y protección social para ofrecer a las mujeres empleo, readiestramiento y perfeccionamiento profesional, apoyo a la iniciativa empresarial y asesoramiento a las empresarias tienen por objeto prestar apoyo económico y social a las mujeres (véanse los párrs. 153 a 156).

En 2023, el Instituto Científico Estatal de Investigación Económica del Ministerio de Economía de la República de Belarús tiene previsto llevar a cabo el estudio titulado “Iniciativa empresarial de las mujeres en la República de Belarús en la etapa actual. Problemas y soluciones”.

El Ministerio de Trabajo y Protección Social en colaboración con el UNFPA, en el marco del proyecto internacional de asistencia técnica “Apoyo a los esfuerzos de la República de Belarús en pro de la adaptación nacional y local de los Objetivos de Desarrollo Sostenible” (aprobado mediante la resolución núm. 918 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 27 de diciembre de 2022), ha previsto:

•Elaborar enfoques para llevar a cabo pericias de género de los proyectos de normas jurídicas que regulan las condiciones para la actividad empresarial en 2023;

•Incluir elementos de análisis de género en la evaluación del impacto normativo en la elaboración de proyectos de normas jurídicas sobre cuestiones relativas a la actividad empresarial en 2024.

Mujeres privadas de libertad

Se introdujeron enmiendas en la Ley núm. 215-Z, de 16 de junio de 2003, sobre el procedimiento y las condiciones de detención de las personas detenidas, que establece el derecho de las personas detenidas a recibir y utilizar medios técnicos de rehabilitación social.

La Ley núm. 215-Z sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Integración Social se complementó con:

•El artículo 241 “Particularidades de la detención de personas con discapacidad”;

•En el artículo 28, con un párrafo que prevé la formación del personal de los centros de detención para garantizar el respeto de los derechos, libertades e intereses legítimos de los sospechosos y acusados con discapacidad.

Asimismo, se ha introducido en el Código de Administración Penal de la República de Belarús una adición sobre la necesidad de capacitar al personal de los órganos e instituciones que aplican las penas y otras medidas de responsabilidad penal.

El Código de Administración Penal establece el derecho de los reclusos a someterse a una evaluación pericial médica y social, en caso de que esté indicado, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud, y también establece la obligación de la administración de los centros penitenciarios de ofrecer condiciones para la rehabilitación y habilitación de los reclusos con discapacidad.

En las modificaciones introducidas en el Código de Administración Penal mediante la Ley núm. 112-Z, de 26 de mayo de 2021, sobre la introducción de modificaciones en los códigos sobre responsabilidad penal:

•Se prevé la participación directa del Ministerio de Salud, junto con el Ministerio del Interior, en el establecimiento del régimen de prestación de asistencia médica y de medidas de salud pública y antiepidémicas en los centros penitenciarios;

•Se establece el derecho de los reclusos a utilizar sistemas de videoconexión para conversaciones telefónicas con familiares cercanos, así como la posibilidad de mantener conversaciones telefónicas con otras personas, incluso mediante videoconexión.

El artículo 61 del Código de Administración Penal introduce como incentivo el derecho de las personas privadas de libertad a gastar dinero adicional para adquirir alimentos y artículos de primera necesidad.

El artículo 89 del Código de Administración Penal hace hincapié en el derecho de los reclusos a recibir libros de texto y material didáctico.

El artículo 92 del Código de Administración Penal establece el derecho de los reclusos que cumplen condena en una colonia penal a obtener permisos de salida de corta duración para presentarse a una sesión de exámenes o para rendir exámenes mientras reciben educación básica a distancia.

La Ley núm. 171-Z, de 19 de mayo de 2022, sobre la introducción de modificaciones en las leyes:

•Dispone que en los centros penitenciarios se impartirá enseñanza secundaria general, educación y formación técnica y profesional a los reclusos, y se crearán las condiciones para que estos reciban enseñanza secundaria especial y superior a distancia, así como enseñanza complementaria (se ha introducido la adición correspondiente en el artículo 109 del Código de Ejecución Penal);

•SE ha introducido una disposición en el artículo 114 del Código de Ejecución Penal que permite, en circunstancias excepcionales, conceder una visita de corta duración a una persona condenada que haya sido internada en una celda de castigo o trasladada a un pabellón o celda de aislamiento en una colonia penitenciaria de régimen especial.

En el período de 2016 a 2022, se han flexibilizado las condiciones del cumplimiento de penas de privación de libertad en las colonias correccionales:

1)A los condenados se les permite gastar dinero mensual por un importe de seis unidades básicas en lugar de tres (y a los condenados trasladados a instalaciones con mejores condiciones de detención también se les permite gastar cuatro unidades básicas adicionales en lugar de dos) para la compra de alimentos y artículos de primera necesidad;

2)Se les permite recibir ocho visitas de corta duración y cuatro de larga duración al año, en lugar de cuatro visitas de corta duración (los condenados trasladados a instalaciones con mejores condiciones de detención pueden recibir dos visitas de corta duración y dos visitas adicionales al año, en lugar de dos visitas de corta duración);

3)Se les permite recibir ocho paquetes o parcelas al año en lugar de seis (y los condenados trasladados a instalaciones con mejores condiciones de detención pueden recibir cuatro paquetes o parcelas adicionales en lugar de dos).

Estos cambios se aplicarán, con carácter general, a las mujeres privadas de libertad, en particular a las reclusas con discapacidad.

De conformidad con el Código de Administración Penal, los reclusos tienen derecho a recurrir a abogados para obtener asistencia letrada. A los reclusos se les conceden, previa solicitud, reuniones con abogados para recibir asistencia letrada.

De conformidad con la Ley núm. 334-Z, de 30 de diciembre de 2011, de la Abogacía y su Ejercicio de la República de Belarús, está prohibido impedir que un abogado se reúna en privado con su cliente en condiciones que garanticen la confidencialidad de las reuniones, así como limitar el número y duración de las reuniones.

En la República de Belarús se ha establecido un mecanismo de seguimiento público de la protección de los derechos de los reclusos, incluidas las mujeres reclusas. Este seguimiento está a cargo de comisiones públicas de supervisión. Las comisiones públicas de supervisión solo podrán ser integradas por representantes de organizaciones de la sociedad civil enviados a tal efecto por los órganos directivos de dichas organizaciones. La labor de supervisión que realizan tiene por objeto detectar las violaciones de los derechos de los reclusos y los problemas relacionados con el cumplimiento de sus condenas. Las comisiones públicas de supervisión de los centros penitenciarios son totalmente independientes. Su labor se realiza con independencia de las autoridades estatales. Los órganos estatales solo les proporcionan apoyo (locales de reuniones, transporte y artículos de oficina) para el desempeño de sus actividades.

Las comisiones están integradas por representantes de más de 50 organizaciones de la sociedad civil. Sus miembros se renuevan periódicamente, lo que permite a diversas asociaciones civiles participar en la labor de estas comisiones.

Las comisiones públicas de supervisión visitan de forma sistemática los centros del sistema penitenciario (colonia correccional núm. 4) donde se encuentran las mujeres condenadas. En el transcurso de la visita, la comisión examina las condiciones de vida de las reclusas, la organización de su tiempo libre y trabajo y su atención médica y sanitaria mantiene entrevistas con ellas y realiza encuestas entre ellas. Las comisiones públicas de supervisión han constatado que las condiciones de alojamiento, alimentación, atención médica, esparcimiento y trabajo de las reclusas en el centro mencionado cumplen todos los requisitos establecidos para el sistema penitenciario. Durante las entrevistas con las reclusas, estas no formularon quejas ni críticas contra la administración del centro o sus condiciones de alojamiento.

Las comisiones valoraron muy favorablemente el trabajo de la administración penitenciaria y del Departamento de Ejecución de Sentencias en lo que respecta a la organización de la atención médica de las reclusas, las oportunidades de educación superior complementaria, secundaria especializada, profesional y técnica, y el trabajo de los psicólogos, así como los esfuerzos para garantizar buenas condiciones de vida y actividades de esparcimiento para las madres con hijos. Las comisiones públicas de supervisión tomaron nota de la labor realizada por la administración de dicho centro para ofrecer a las reclusas la posibilidad de realizar llamadas por videoconferencia y ofrecerles la posibilidad de que ellas y sus familiares, en interés de las reclusas, realicen compras en línea en la tienda virtual del centro.

La información sobre las visitas de las comisiones públicas de supervisión a los órganos e instituciones del sistema penitenciario y correccional se publicará en los sitios web oficiales de los órganos estatales pertinentes que prestan apoyo a las actividades de dichas comisiones encargadas de supervisar los órganos y centros de aplicación de penas y otras medidas de responsabilidad penal. Dicha información se publica de forma continua en esas plataformas de Internet y es de libre acceso.

Mujeres refugiadas, mujeres solicitantes de asilo y mujeres migrantes

La condición de refugiado, la protección subsidiaria, el asilo y la protección temporal en la República de Belarús se conceden en virtud de la Ley núm. 354-Z, de 23 de junio de 2008, sobre la concesión de la condición de refugiado, la protección subsidiaria, el asilo y la protección temporal en la República de Belarús, a extranjeros y apátridas, independientemente del sexo de la persona que solicita la protección.

De conformidad con la Ley sobre la concesión a ciudadanos extranjeros y apátridas de la condición de refugiado, protección subsidiaria, asilo y protección temporal en la República de Belarús, en ausencia de la posibilidad de asentarse en el territorio de la República de Belarús de forma independiente:

1)Las personas a las que se les haya concedido la condición de refugiado o la protección subsidiaria, así como los solicitantes de protección, tienen derecho a residir en lugares de asentamiento temporal y en alojamientos especiales, de haber plazas disponibles (art. 20, párr. 8; art. 23, párr. 6, primera parte; artículo 34, párr. 5, primera parte);

2)Las personas a las que se haya concedido asilo tienen derecho a residir en lugares de asentamiento temporal, de haber plazas disponibles (art. 26, párr. 7);

3)las personas a las que se concede protección temporal tienen derecho a ser alojadas en lugares de asentamiento y a vivir en alojamientos especiales, de haber plazas disponibles (art. 29, párrs. 4 y 5).

De conformidad con el artículo 20, párrafo 9, y del artículo 26, párrafo 8, de la Ley, las personas a las que se haya concedido la condición de refugiado o el asilo tienen derecho a recibir atención médica en pie de igualdad con los ciudadanos de la República de Belarús.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 29, párrafo 3, y el artículo 34, párrafo 7, primera parte, de la Ley, las personas a las que se haya concedido protección temporal y las personas que soliciten protección tienen derecho a recibir asistencia médica de urgencia gratuita en los centros de atención de la salud del Estado.

De conformidad con el artículo 3, párrafo 6, de la Ley de Atención de la Salud, uno de los principios básicos de la política estatal en materia de atención de la salud es la prioridad de la atención médica, incluido el suministro de medicamentos, a los menores, las mujeres durante el embarazo, el parto y el período postnatal, las personas con discapacidad y los veteranos.

De conformidad con el artículo 20, párrafo 17; el artículo 23, párrafo 15, primera parte; el artículo 26, párrafo 15; y el artículo 34, párrafo 11, primera parte, de la Ley, las personas a las que se haya concedido la condición de refugiado, protección subsidiaria o asilo, así como las personas que hayan solicitado protección, tienen derecho a protección judicial en pie de igualdad con los ciudadanos de la República de Belarús. Los extranjeros y las personas a las que se concede protección temporal tienen derecho a recibir protección judicial en pie de igualdad con los ciudadanos de la República de Belarús según lo dispuesto en el artículo 4, primera parte, de la Ley mencionada y en el artículo 10, primera parte, del Código Orgánico de Tribunales y en el Estatuto de los Jueces de la República de Belarús.

Los extranjeros tienen derecho a circular libremente y a elegir su lugar de estancia (lugar de residencia) en el territorio de la República de Belarús de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, primera parte, de la Ley sobre la condición jurídica de los ciudadanos extranjeros y apátridas en la República de Belarús, y, con arreglo al artículo 8, tercera parte, con la excepción de los lugares e instalaciones en el territorio de la República de Belarús para los que se requiere un permiso especial.

A fin de garantizar el respeto de los derechos y libertades de los solicitantes de asilo, desde 2008 el servicio de fronteras aplica el memorando de entendimiento sobre la vigilancia de las fronteras de la República de Belarús y el acceso al procedimiento de asilo en el territorio de la República de Belarús suscrito entre el Comité Estatal de Fronteras, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Organización Internacional para las Migraciones, la Sociedad de la Cruz Roja Bielorrusa y el Movimiento de Proveedores de Atención de la Salud de Belarús.

El objetivo del memorando es permitir a los funcionarios de las partes supervisar la situación de los extranjeros detenidos por las autoridades del servicio de fronteras, así como garantizar que las partes disponen de todas las condiciones para proporcionar a los detenidos información sobre el procedimiento de concesión de la condición de refugiado, su situación jurídica en el territorio de la República de Belarús, proporcionar ayuda de emergencia a los detenidos que la necesiten (alimentos, ropa, medicamentos), asesoramiento médico, la posibilidad de retorno voluntario y otras ayudas posibles.

En total, desde noviembre de 2016 hasta el 30 de marzo de 2023, 132 extranjeros solicitaron a las autoridades del servicio de fronteras que se les concediera la condición de refugiado, protección subsidiaria o asilo, 50 de los cuales eran mujeres y 17 menores de 18 años.

Ni las autoridades de supervisión de la República de Belarús ni las organizaciones no gubernamentales e internacionales han detectado violaciones de la legislación sobre migración forzosa, de los derechos y libertades de los refugiados que se han presentado ante las autoridades del servicio de fronteras ni casos de violencia contra ellos.

Con espíritu de buena voluntad, Belarús aceptó la propuesta de acoger la visita del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes, Felipe G. Morales. Esta visita demostró la actitud abierta al diálogo de la República de Belarús y su disposición a crear todas las condiciones para mantener la colaboración con las organizaciones internacionales sobre la situación en la frontera entre Belarús y Polonia.

El 28 de julio de 2022, se celebró en línea la sesión informativa final del Relator Especial sobre los resultados de su visita a la República de Belarús y la República de Polonia. Durante la sesión informativa, el Relator Especial hizo un llamamiento a Belarús, Polonia y la Unión Europea para que establecieran una comunicación y el diálogo sobre la situación en la frontera común. Este mensaje coincide plenamente con los planteamientos en los que Belarús insistió durante la evolución de la situación en la frontera.

Grupos desfavorecidos de mujeres

Alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres es un requisito previo para una producción agrícola sostenible y el desarrollo rural, y para garantizar la seguridad alimentaria en Belarús.

El desglose por sexo del número de trabajadores en la agricultura es la siguiente: 148.000 hombres (60,8 % del total de personas empleadas en la agricultura) y algo más de 95.000 mujeres (39,2 %). Las mujeres rurales tienen un nivel de educación superior al de los hombres rurales: entre las mujeres que trabajan, el 14 % tiene estudios superiores, frente al 10 % entre los hombres.

La relación entre los salarios brutos nominales de las mujeres y los de los hombres en la agricultura era del 86,5 % en 2021, frente a una media nacional del 71,9 %.

En virtud de la legislación vigente, las mujeres tienen derecho a una pensión de jubilación en general antes que los hombres. Las mujeres que trabajan en la agricultura tienen derecho a una pensión de jubilación anticipada por el trabajo como operaria de máquinas ordeñadoras, criadora de terneros y cerdos, tractorista y operadora de maquinaria.

Las mujeres que han dado a luz a cinco o más hijos y los han criado hasta los 16 años tienen derecho a una pensión con independencia de su edad, cuando han trabajado en granjas colectivas, granjas estatales y otras empresas agrícolas de forma directa en la producción agrícola durante un mínimo de 10 años (sin contar el tiempo que hayan dedicado al cuidado de los hijos).

Las pequeñas y medianas empresas, junto con las grandes empresas de productos básicos, independientemente de su forma jurídica y su organización, forman parte del complejo agrario del país. El representante más típico de la pequeña empresa es una granja (explotación agrícola). Actualmente hay unas 3.642explotaciones agrícolas en el país. Las parcelas se asignan a una explotación agrícola para su uso o arrendamiento de por vida. La agricultura es una actividad predominantemente familiar; una granja puede estar dirigida tanto por un hombre como por una mujer.

Información sobre el acceso de las mujeres rurales mayores de 18 años a la tierra según los datos de la encuesta por muestreo de hogares, por nivel de vida (porcentaje):

Proporción de mujeres rurales que poseen o tienen garantizado el derecho de uso de tierras agrícolas:

Año

2019

2020

del número total de mujeres rurales dedicadas a la agricultura

80,5

83,9

de la población rural total que posee tierras agrícolas o tiene garantizado el derecho a utilizarlas

60,4

62,8

Las mujeres acceden en pie de igualdad con los hombres a los puestos directivos en todos los niveles de gobierno. Las esferas de actividad profesional en que predominan las mujeres en puestos directivos son las de recursos humanos y servicios financieros, económicos y contables. Por regla general, los jefes adjuntos en las esferas de la economía, las finanzas y el trabajo ideológico son mujeres. Del total de mujeres que trabajan en la agricultura, alrededor del 30 % son directoras y especialistas.

Del total de mujeres empleadas en la agricultura, más del 40 % trabajan en el sector ganadero. Predominan las mujeres en las especialidades de la industria ganadera de operario de máquinas ordeñadoras, operario de granjas mecanizadas y criador de ganado.

La tasa de desempleo entre las mujeres rurales de 15 a 74 años disminuyó del 4,6 % en 2016 al 2,7 % en 2021. Información sobre el empleo según la encuesta por muestreo en hogares para estudiar los problemas de empleo de la población (en porcentaje):

Año

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Población de 15 años a 74 años – total

5 , 8

5 , 6

4 , 8

4 , 2

4 , 0

3 , 9

Mujeres

4 , 2

4 , 0

3 , 6

3 , 2

3 , 3

3 , 1

Incluidas las mujeres rurales

4 , 6

3 , 5

2 , 9

2 , 4

2 , 9

2 , 7

Hombres

7 , 5

7 , 2

5 , 9

5 , 1

4 , 8

4 , 7

Población en edad de trabajar – total

6 , 0

5 , 6

4 , 7

4 , 2

4 , 0

3 , 8

Mujeres

4 , 2

4 , 0

3 , 4

3 , 1

3 , 2

2 , 9

Hombres

7 , 6

7 , 2

5 , 9

5 , 1

4 , 8

4 , 6

La tasa de empleo entre las mujeres rurales de 15 a 74 años aumentó del 59,9 % en 2016 al 62,4 % en 2021. Información sobre el empleo según la encuesta por muestreo en hogares destinada a estudiar los problemas de empleo de la población (en porcentaje):

Año

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Población de 15 años a 74 años – total

66,7

67,2

67,5

67,7

67,5

67,3

Mujeres

64,1

64,4

63,9

64,2

63,5

63,8

Incluidas las mujeres rurales

59,9

62,5

62,7

63,0

63,0

62,4

Hombres

69,6

70,4

71,6

71,6

71,9

71,4

Población en edad de trabajar – total

80,9

82,0

83,0

83,4

83,0

83,3

Mujeres

82,7

83,7

84,0

84,7

83,8

84,5

Hombres

79,3

80,4

82,0

82,1

82,3

82,3

En 2022 se celebró el primer foro nacional de trabajadoras rurales. Participaron trabajadoras agrícolas e industriales de todas las regiones del país (más de 1.000 mujeres). El objetivo principal era honrar a las mujeres que contribuyen a la seguridad alimentaria del país mediante su trabajo creativo.

En 2018-2022, se pusieron en marcha en las zonas rurales 6 centros de educación preescolar con 1.165 plazas. En 2022, había 1.591 instituciones educativas en zonas rurales que aplicaban el programa de educación preescolar para 51.532 niños en edad preescolar y de la primera infancia. En la provincia de Minsk hay una “guardería familiar (guardería en casa)” para 10 niños.

Teniendo en cuenta las necesidades de los padres (o representantes legales) de los alumnos de las zonas rurales, están en funcionamiento 1.090 grupos de estancia breve (de 2 a 7 horas) para 6.552 alumnos (grupos de adaptación, de paseo y nocturnos, de fin de semana y de preparación escolar, “escuelas de madres”, parques estacionales y espacios de juego, etc.). A fin de mejorar la accesibilidad, se organizaron servicios de transporte para 8.197 alumnos a centros de educación preescolar.

Las medidas adoptadas en las zonas rurales garantizan en general la accesibilidad a la educación preescolar y la cobertura de la educación preescolar para niños de 1 a 6 años: 58,9 % en 2022 (frente al 50,8 % en 2018).

La norma de cobertura de niños de 5 años de la preparación para el aprendizaje en instituciones de educación secundaria general se cumple al 100 % en todas las regiones a través de instituciones de educación preescolar y otras formas de educación preescolar.

A fin de realizar los derechos y las oportunidades de las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas con discapacidad, se ha aprobado y se viene aplicando el Plan de Acción Nacional para la aplicación en Belarús de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2017-2025, aprobado mediante la resolución núm. 451 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 13 de junio de 2017. En 2022, el Plan de Acción Nacional se complementó con nuevas actividades para el período 2022-2025 que afectan a los intereses de las mujeres y niñas con discapacidad, teniendo en cuenta las sugerencias formuladas por el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en respuesta al informe inicial de la República de Belarús.

En 2022 se aprobó la Ley núm. 183-Z sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Integración Social. Esta ley establece los derechos de las personas con discapacidad, incluidos los niños con discapacidad, define las garantías para el ejercicio de sus derechos, la igualdad y la no discriminación por motivos de discapacidad, y tiene por objeto mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, crear y garantizar condiciones adecuadas para la participación plena y en pie de igualdad de las personas con discapacidad en la vida de la sociedad, así como prevenir la discapacidad. Las disposiciones de la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad son neutras en cuanto al género y tienen por objeto hacer realidad y proteger en igual medida los derechos de todas las personas con discapacidad, incluidas las mujeres y las niñas.

Según los datos de la MICS, el porcentaje de mujeres de 15 a 49 años que se sintieron discriminadas o acosadas en los 12 meses que precedieron a la encuesta fue del 4,8 % (2,4 % entre las mujeres rurales), la discriminación o el acoso por motivos de género fue del 1,2 %, y la discriminación o el acoso por orientación sexual fue del 0,1 %. Información sobre la discriminación y el acoso a mujeres y hombres de 15 a 49 años según la MICS (2019); porcentaje del total de ciudadanos del grupo correspondiente).

Porcentaje de mujeres y hombres de 15 a 49 años que en los últimos 12 meses han experimentado discriminación o acoso por motivos de :

Proporción de mujeres y hombres que en los últimos 12 meses :

inmigración

s exo

o rientación sexual

e dad

religión y creencias

d iscapacidad

P or otros motivos

e xperimentaron discriminación o acoso al menos por uno de los motivos

no experimentaron discriminación ni acoso

Mujeres – total

0 , 3

1 , 2

0 , 1

1 , 8

0 , 6

0 , 6

1 , 2

4 , 8

95 , 2

Incluidas las mujeres rurales

0 , 1

0 , 5

0 , 0

0 , 8

0 , 5

0 , 5

0 , 7

2 , 4

97 , 6

Hombres – total

0 , 1

0 , 6

0 , 1

1 , 6

0 , 4

1 , 3

0 , 4

4 , 0

96 , 0

Incluidos los hombres rurales

0 , 2

0 , 3

0 , 0

1 , 3

0 , 7

1 , 8

0 , 5

4 , 7

95 , 3

Matrimonio y relaciones familiares

En virtud del artículo 23 del Código del Matrimonio y la Familia, los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio son comunes. Los cónyuges tienen los mismos derechos de posesión, uso y disposición de estos bienes, a menos que se disponga otra cosa en el contrato matrimonial.

Los cónyuges gozan de los mismos derechos sobre los bienes adquiridos conjuntamente, incluso si uno de ellos durante el matrimonio se dedicó a las tareas domésticas, al cuidado de los hijos o, por otras razones legítimas, no tenía ingresos (rentas) propios, a menos que se disponga otra cosa en el contrato matrimonial.

De conformidad con el artículo 24 del Código del Matrimonio y la Familia, en caso de división del patrimonio conyugal, sus partes se reconocerán como iguales, a menos que se disponga otra cosa en el contrato matrimonial. El tribunal tiene derecho a no reconocer las partes como iguales, teniendo en cuenta los intereses de los hijos menores o hijos mayores con discapacidad que necesiten atención o los intereses de uno de los cónyuges que merezcan atención. La parte de uno de los cónyuges, en particular, puede aumentar si el otro se ha negado a trabajar o ha desperdiciado los bienes comunes en detrimento de los intereses de la familia.

Las cuestiones relativas a la posesión, el uso y la disposición de los bienes comunes, incluidos los de las personas que no están unidas por un matrimonio registrado, así como la repartición de los bienes de estas personas, se resuelven en un procedimiento civil.

De conformidad con el artículo 256, párrafos 1 a 3, del Código Civil de la República de Belarús, a menos que se prevea otra cosa en un acuerdo entre ellos, las partes en la propiedad común poseen y utilizan conjuntamente los bienes de propiedad común. La disposición de bienes de propiedad común está sujeta al acuerdo de todas las partes, lo que se presupone con independencia de cuál de las partes efectúe la transacción de disposición de los bienes. Esta norma no se aplica a los bienes inmuebles, cuya disposición requiere el consentimiento por escrito de todas las partes en la copropiedad. Cada una de las partes tendrá derecho a realizar transacciones para disponer de los bienes comunes, salvo que se estipule otra cosa en el acuerdo entre todas las partes. Una transacción realizada por uno de los copropietarios, que esté relacionada con la disposición de los bienes comunes, solo podrá ser declarada nula a petición de las demás partes, si la parte que realizó la transacción carecía de las facultades necesarias, si se demuestra que la otra parte en la transacción lo sabía o debería haberlo sabido (artículo 175).

De conformidad con el artículo 257, párrafos 1 y 2, del Código Civil, la repartición de la propiedad común entre las partes en la copropiedad, así como la asignación de la parte de uno de ellos, puede llevarse a cabo siempre que se determine de antemano la parte que corresponde a cada una de las partes con derecho a la propiedad común. Al repartir los bienes comunes y deducir de ellos una parte, a menos que se disponga otra cosa en la ley o en un acuerdo entre las partes, sus partes se reconocerán como iguales.

De conformidad con los párrafos 4 y 5 del artículo 50 del Código del Matrimonio y la Familia, los derechos y obligaciones recíprocos entre un progenitor y su hijo, si el padre y la madre no están casados, surgen a partir de la fecha en que el padre es debidamente designado como tal en la partida de nacimiento del hijo o a partir de la fecha en que entra en vigor una sentencia judicial que establece la paternidad, si en el Código no se dispone otra cosa. Los hijos de progenitores no casados tienen los mismos derechos y deberes hacia sus progenitores y parientes que los hijos de progenitores casados entre sí.

De conformidad con el artículo 91, párrafos 1 a 3, 5, 6 y 8, del Código del Matrimonio y la Familia, los padres están obligados a mantener a sus hijos menores y a los hijos mayores con discapacidad que necesiten ayuda. Si los progenitores no proporcionan alimentos a sus hijos menores de edad y a sus hijos adultos con discapacidad que necesitan ayuda, la pensión alimenticia podrá reclamarse a los progenitores ante los tribunales.

De conformidad con el Código del Matrimonio y la Familia, el matrimonio es una unión voluntaria entre una mujer y un hombre con el fin de establecer una familia y da lugar a derechos y obligaciones mutuos para las partes. La edad prescrita para contraer matrimonio es de 18 años. En casos excepcionales motivados por el embarazo, el nacimiento de un hijo o en caso de que un menor adquiera plena competencia jurídica antes de alcanzar la mayoría de edad, el registro civil puede rebajar la edad para contraer matrimonio, pero no en más de tres años.

Se ha observado un descenso constante del número de niñas casadas antes de los 18 años. En 2021, ese número ascendía a 357 (frente a 589 en 2016). Información sobre el número de mujeres casadas antes de los 18 años (número de personas):

Año

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Total

589

492

443

429

396

357

incluidas las mujeres de las siguientes edades:

14 años

1

15 años

50

33

31

27

25

32

16 años

162

137

125

114

112

111

17 años

377

322

286

288

259

214

Información adicional

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del Plan de Acción Nacional para la Igualdad de Género para 2021-2025, estaba previsto mejorar las condiciones de detención de los extranjeros detenidos mediante la construcción y puesta en marcha de centros de detención temporal de extranjeros teniendo en cuenta las cuestiones de género.

En el marco del proyecto internacional de asistencia técnica “Asistencia a la República de Belarús para hacer frente al creciente número de migrantes en situación irregular”, financiado por la Unión Europea, se construyó un centro de acogida de migrantes en el territorio de la unidad militar 2034, en la localidad de Farinovo, distrito de Polotsk, provincia de Vitebsk.

Debido a que la Unión Europea suspendió la ejecución del proyecto, la construcción se detuvo y la instalación quedó inactiva (15 de agosto de 2022). Las instalaciones pasaron a ser propiedad del Comité Estatal de Fronteras.La construcción del centro continuará si se consiguen fondos de asistencia técnica internacional.

En 2017, se llevó a cabo la primera etapa de la investigación sociológica utilizando la metodología del programa internacional de la Comisión Económica para Europa “Generaciones y género”. Estaba previsto que la segunda etapa del estudio se realizaría en 2022, en el marco del proyecto internacional de asistencia técnica “Fortalecimiento de la capacidad científica y educativa de la República de Belarús para recopilar, analizar y utilizar datos demográficos con el fin de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible”. Se ha completado la fase preparatoria de la investigación (se ha impartido capacitación a los entrevistadores, se ha desarrollado la marca del proyecto, y se han producido dos videos de presentación y productos de marca para prestar apoyo informativo al proyecto). El trabajo sobre el terreno se retrasó debido a que el coordinador del programa internacional Generaciones y Género se negó a cooperar (Instituto Demográfico Interdisciplinario de los Países Bajos).

Teniendo en cuenta que no será posible cooperar con el Instituto Demográfico Interdisciplinario de los Países Bajos en un futuro próximo, se tomó la decisión de realizar un estudio alternativo, que estará a cargo del Centro de Investigación Sociológica y Política de la Universidad Estatal de Belarús en 2023.

En 2022, mediante el Decreto Presidencial núm. 198, de 9 de junio de 2022, se estableció el nuevo día festivo “Día del Padre” (21 de octubre).

En el país se celebran diversas actividades para prestigiar la paternidad y festejar el Día del Padre. Así, en 2022 se llevaron a cabo:

•El proyecto nacional “Papa-Zal” (Organización de la sociedad civil Unión Nacional de Jóvenes de Belarús):

•El foro nacional de padres 2022 “¡Ser padre ahora!”(Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk juntamente con el Club de Leones);

•El Congreso de Padres 2022 “Ser padre es algo más que parecerlo” (Asociación de la sociedad civil “Gremio de Padres”);

•El concurso “Siguiendo el ejemplo de los padres” entre el personal militar de las formaciones y unidades de las fuerzas armadas por el mejor relato sobre dinastías familiares (laborales) militares (Ministerio de Defensa);

•Actividades regionales:

•Los concursos de padres “¡Superpapás!”,”¡Vamos, papás!”, “A ningún lugar sin papá”, juego de búsqueda “¡Juntos con papá!”;

•Las campañas “Al museo con papá”, “Al castillo de Mir con papá”, “Felicita a papá con una postal”;

•Las exposiciones fotográficas “Uno en uno”, “Papá en el objetivo”, “Estoy orgulloso de ti – ¡Papá!”, “La profesión de papá”, “Junto con papá” y otros.

Con el apoyo de UNICEF, se han producido tres videos de servicio público sobre la paternidad comprometida, “Paternidad y nacimiento”, “Paternidad y crianza”, “Paternidad e inclusión”, que desde septiembre de 2022 se emiten en las cadenas de televisión nacionales y regionales y en las pantallas informativas del metro.

Anexo 1

Mujeres líderes

( P orcentaje del total)

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Porcentaje de escaños ocupados por mujeres en la Asamblea Nacional de la República de Belarús

29,2

32,9

32,9

32,5

34,7

35,1

Porcentaje de escaños ocupados por mujeres en la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús

27,3

34,5

34,5

34,5

40,0

40,4

Porcentaje de funcionarias

67,4

68,6

70,1

Proporción de mujeres entre los altos funcionarios

48,0

50,8

53,7

Proporción de mujeres entre los directivos de todos los niveles y sus adjuntos

48,2

49,0

44,7

45,8

47,8

48,1

Relación entre el salario medio nominal devengado de las mujeres y de los hombres en diciembre

( P orcentaje )

2016

2017

2018

2019

2020

2021

República de Belarús

78,5

74,6

72,7

73,1

73,3

71,9

Agricultura, silvicultura y pesca

93,7

88,7

90,7

89,6

88,8

86,5

Relación entre el salario medio nominal devengado de las mujeres y de los hombres en diciembre por grupo de ocupación en octubre

( P orcentaje)

2016

2019

2021

Empleados que prestan servicios administrativos y de asistencia, servicios al consumidor, preparación, tratamiento de la información y mantenimiento de registros

69,8

72,2

73,4

Trabajadores de los sectores de servicios, comercio y otras actividades conexas

92,5

97,6

106,5

Trabajadores cualificados de la agricultura, la silvicultura y la pesca

100,4

106,8

109,4

Trabajadores cualificados de la industria, la construcción y profesiones similares

81,5

80,7

84,9

Operarios, operadores de aparatos, maquinistas y otros trabajadores dedicados al control, la explotación y el mantenimiento de instalaciones y máquinas, montadores de productos

81,0

77,6

79,8

Trabajadores no cualificados

66,6

65,0

65,4

Aprendizaje temprano y preparación para la escuela

(2019; en porcentaje del número total de niños del grupo correspondiente)

Proporción de niños de 3 y 4 años que asisten a un programa de educación en la primera infancia

Proporción de niños que cursan el primer grado y que asistían a un centro de educación preescolar el año anterior

Total

91 , 0

93 , 9

De los cuales :

Niñas

91 , 0

95 , 4

Niños

91 , 0

92 , 6

Residentes :

En ciudades y asentamientos de tipo urbano

92 , 8

94 , 5

En las zonas rurales

84 , 8

92 , 1

Tasa de desempleo

( P orcentaje)

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Población de 15 a 74 años – total

5,8

5,6

4,8

4,2

4,0

3,9

Mujeres

4,2

4,0

3,6

3,2

3,3

3,1

Incluidas las mujeres rurales

4,6

3,5

2,9

2,4

2,9

2,7

Hombres

7,5

7,2

5,9

5,1

4,8

4,7

Población en edad de trabajar – total

6,0

5,6

4,7

4,2

4,0

3,8

Mujeres

4,2

4,0

3,4

3,1

3,2

2,9

Hombres

7,6

7,2

5,9

5,1

4,8

4,6

Según los datos de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados para evaluar la situación de los niños y las mujeres

Cobertura de la atención prenatal

(2019; como porcentaje del total de mujeres del grupo correspondiente que han dado a luz a un niño vivo en los últimos dos años):

Distribución de mujeres de 15 a 49 años por tipo de personal que les prestó atención prenatal durante el último embarazo

m édico

e nfermera/partera

p aramédica

n o hubo atención prenatal

Mujeres – total

99,6

0,3

0,0

0,1

Incluidas las mujeres rurales

98,7

1,0

0,1

0,2

Adopción de decisiones en materia de salud reproductiva

(2019 como porcentaje del total de mujeres casadas o en pareja de hecho del grupo correspondiente):

Proporción de mujeres de 15 a 49 años que toman decisiones informadas de forma independiente

S obre las relaciones sexuales

S obre el uso de anticonceptivos

S obre el recurso a los servicios de atención de la salud

S obre las cuestiones relativas a la salud reproductiva

Mujeres – total

70 , 6

81 , 8

99 , 5

68 , 0

Incluidas las mujeres rurales

67 , 2

78 , 6

99 , 4

64 , 8

Discriminación y acoso

(2019; en porcentaje del número total de ciudadanos del grupo correspondiente)

Porcentaje de mujeres y hombres de 15 a 49 años que sufrieron discriminación o acoso por razón de sexo en los últimos 12 meses

Proporción de mujeres y hombres que en los últimos 12 meses :

inmigración

sexo

orientación sexual

edad

religión o creencias

discapacidad

por otros motivos

no sintieron discriminación o acoso al menos por uno de los siguientes motivos

no se sintieron discriminados ni acosados

Mujeres – total

0,3

1,2

0,1

1,8

0,6

0,6

1,2

4,8

95,2

Incluidas las mujeres rurales

0,1

0,5

0,0

0,8

0,5

0,5

0,7

2,4

97,6

Hombres – total

0,1

0,6

0,1

1,6

0,4

1,3

0,4

4,0

96,0

Incluidas las mujeres rurales

0,2

0,3

0,0

1,3

0,7

1,8

0,5

4,7

95,3

Aprendizaje temprano y preparación para la escuela

(2019; en porcentaje del número total de niños del grupo correspondiente)

Proporción de niños de 3 y 4 años que asisten a un programa de educación en la primera infancia

Proporción de niños que cursan el primer grado y que asistían a un centro de educación preescolar el año anterior

Total

91 , 0

93 , 9

De los cuales:

Niñas

91 , 0

95 , 4

Niños

91 , 0

92 , 6

Residentes:

en ciudades y asentamientos de tipo urbano

92 , 8

94 , 5

en las zonas rurales

84 , 8

92 , 1

Según la encuesta por muestreo de hogares por nivel de vida

Acceso de las mujeres rurales mayores de 18 años a la tierra

( P orcentaje)

2019

2020

Proporción de mujeres rurales que poseen o tienen garantizado el derecho de uso de tierras agrícolas

en el número total de mujeres rurales dedicadas a la agricultura

80,5

83,9

de la población rural total que posee tierras agrícolas o tiene garantizado el derecho a utilizarlas

60,4

62,8

Opiniones y percepciones sobre los roles de género en la vida familiar

(2022; porcentaje del total)

Mujeres

De ellas, mujeres de zonas rurales

Hombres

De ellos, hombres de zonas rurales

La proporción de mujeres y hombres mayores de 18 años, casados o en una pareja de hecho, que creen que:

Tomar todas las decisiones importantes de la familia es responsabilidad de

Hombres

14,0

12,4

28,1

29,6

Hombres y mujeres por igual

82,8

82,5

70,5

68,4

Mujeres

3,2

5,1

1,4

2,0

Cuidar del hogar y de los hijos es tarea de

Hombres

0,5

0,9

0,7

0,5

Hombres y mujeres por igual

56,4

53,5

47,5

46,8

Mujeres

43,1

45,6

51,8

52,7

La seguridad económica de la familia es responsabilidad de

Hombres

65,1

64,3

74,0

73,1

Hombres y mujeres por igual

34,6

35,3

25,7

26,9

Mujeres

0,3

0,4

0,3

0,0

Recibir educación superior es más importante para

Hombres

9,2

10,4

11,2

15,1

Hombres y mujeres por igual

78,4

73,7

73,3

68,4

Mujeres

12,4

15,9

15,5

16,5

Tener un empleo remunerado es más importante para

Hombres

49,4

47,3

60,8

60,4

Hombres y mujeres por igual

49,6

51,4

38,7

38,9

Mujeres

1,0

1,3

0,5

0,7