Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Burkina Faso *

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (art. 2)

1.Teniendo en cuenta que, según lo dispuesto en el artículo 151 de la Constitución, el Pacto prevalece sobre la legislación del Estado parte, sírvanse especificar en qué medida se han invocado y hecho valer las disposiciones del Pacto ante los tribunales y las autoridades administrativas. Si procede, faciliten ejemplos de causas en que se haya invocado el Pacto. Faciliten igualmente ejemplos de causas en las que, al surgir discrepancias, el Pacto haya tenido primacía sobre la legislación interna. Informen acerca de la disponibilidad y la accesibilidad de recursos para las personas que consideren que se han vulnerado los derechos protegidos por el Pacto. Indiquen también qué procedimientos existen para aplicar los dictámenes del Comité en virtud del Protocolo Facultativo y faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento pleno de los dictámenes del Comité aprobados en relación con el Estado parte (comunicación núm. 1159/2003, Sankara y otros c. Burkina Faso, dictamen aprobado el 28 de marzo de 2006).

2.Sírvanse precisar las medidas adoptadas por el Estado parte para difundir el Pacto entre los jueces, abogados y miembros de las fuerzas del orden, así como entre la población. Indiquen si el Estado parte se propone ratificar el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.

3.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para que la Comisión Nacional de Derechos Humanos se ajuste a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Proporcionen información sobre los recursos humanos y financieros asignados a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que pueda cumplir su mandato con eficacia. Describan también las actividades llevadas a cabo por la Comisión en la esfera de los derechos civiles y políticos, así como sus logros desde que fue creada. Proporcionen estadísticas en especial sobre el número y el tipo de denuncias recibidas por la Comisión, así como sobre el seguimiento dado, en su caso, a las denuncias por violaciones de los derechos civiles y políticos que se le hayan presentado. Sírvanse indicar si la Comisión solicitó su acreditación ante el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos.

No discriminación e igualdad entre hombres y mujeres (arts. 2, 3, 23, 25 y 26)

4.Sírvanse señalar las medidas adoptadas para combatir la discriminación contra las mujeres, en particular las destinadas a fomentar la participación y la representación de las mujeres en la vida económica, política y pública y en los puestos de decisión. Precisen si se respeta el cupo del 30% de mujeres impuesto a los partidos políticos para las listas de candidatos a las elecciones municipales y legislativas y si el Estado parte ha adoptado medidas para velar por el respeto del principio de un salario igual para hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. Sírvanse indicar si el Estado parte ha emprendido un examen integral de su legislación interna y de la Constitución para determinar las disposiciones legislativas discriminatorias, en particular las que afectan a la mujer, y enmendarlas o derogarlas, por ejemplo en cuanto a la edad mínima legal para contraer matrimonio, que no es la misma para los hombres que para las mujeres (art. 238 del Código de la Persona y la Familia), y al régimen matrimonial.

5.Indiquen si el Estado parte prevé aprobar una legislación integral que prohíba la discriminación y contenga una lista exhaustiva de los motivos de discriminación prohibidos, entre ellos la orientación sexual y la identidad sexual. Sírvanse señalar las resoluciones judiciales dictadas recientemente en favor de la protección contra la discriminación en todos los ámbitos, ya sea por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra situación.

6.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para combatir y prevenir la estigmatización y los actos de discriminación contra: a) personas infectadas o afectadas por el VIH/SIDA; b) personas con discapacidad; y c) personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero.

Derecho a la vida (arts. 6 y 14)

7.Habida cuenta de la moratoria de facto de las ejecuciones desde 1988, sírvanse indicar las medidas que se estén adoptando para abolir la pena de muerte en la legislación y en la práctica. Especifiquen si los tribunales del Estado parte han impuesto en algún caso la pena de muerte desde 2007 y si se ha llevado a cabo alguna ejecución. Faciliten información sobre el número de personas en espera de ejecución y sobre sus condiciones de reclusión.

8.Proporcionen información sobre las ejecuciones sumarias y extrajudiciales llevadas a cabo en el Estado parte por las fuerzas del orden y las fuerzas armadas; indiquen, en particular, las investigaciones realizadas, los procesos incoados, las sentencias dictadas y las penas impuestas a los responsables, así como las reparaciones otorgadas a las víctimas. Sírvanse facilitar también información sobre casos de linchamiento por parte de la población de ladrones y otros delincuentes presuntos e indiquen las medidas adoptadas para eliminar esas prácticas y enjuiciar y castigar a los culpables.

9.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para investigar las denuncias sobre el uso excesivo de la fuerza, en especial en 2011 y 2014, que causó daños corporales y la muerte de varios manifestantes y de reclusos de la Prisión Correccional de Uagadugú. Proporcionen igualmente información sobre las medidas adoptadas para investigar las circunstancias de las muertes que se producen en prisión y expliquen específicamente si se han aclarado las causas de la muerte de tres hombres detenidos en Fada N’Gourma en marzo de 2013 a manos de la Compañía Republicana de Seguridad y si se devolvieron los cadáveres a sus familias.

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los obstáculos existentes en el ordenamiento jurídico interno a fin de que se investiguen las violaciones de los derechos humanos cometidas anteriormente y se enjuicie y castigue a los autores. Indiquen en particular si está previsto derogar la ley aprobada el 11 de junio de 2012 que concede una amnistía a los Jefes de Estado desde 1960 hasta la fecha de su promulgación.

11.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de revisar las restricciones de su legislación con respecto a la interrupción voluntaria del embarazo, con el fin de evitar los abortos clandestinos, quepueden poner en peligro la vida o la salud de las mujeres. Proporcionen datos e información sobre las medidas adoptadas para combatir la mortalidad materna y aumentar el acceso a métodos anticonceptivos asequibles y a la educación sobre salud reproductiva.

Prácticas tradicionales nocivas y violencia contra la mujer (arts. 3 y 7)

12.Sírvanse describir las medidas adoptadas para eliminar las prácticas tradicionales nocivas, como el matrimonio forzado y precoz, la entrega a padres adoptivos, el levirato, el sororato, la mutilación genital femenina y las prácticas que impiden a las mujeres poseer tierras y heredar de su marido. Faciliten información sobre los casos de violencia y exclusión social de mujeres acusadas de brujería, los procesos incoados contra los autores de esos actos y las indemnizaciones otorgadas a las víctimas.

13.Sírvanse proporcionar información sobre el marco jurídico para combatir la violencia contra la mujer en Burkina Faso, incluida la violación conyugal, y sobre las medidas adoptadas para erradicar esa violencia. Faciliten asimismo datos estadísticos recientes sobre el número de denuncias registradas en relación con las diversas formas de violencia contra la mujer y el número de decisiones adoptadas al respecto por los tribunales.

Prohibición de la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (arts. 3, 7 y 24)

14.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para difundir la Ley núm. 022-2014/AN, de 27 de mayo de 2014, sobre la Prevención y Represión de la Tortura y las Prácticas Análogas y para garantizar en la práctica la inadmisibilidad como prueba en los tribunales de las confesiones obtenidas bajo coacción o tortura. Indiquen también las medidas previstas para poner en funcionamiento el observatorio de los lugares de detención establecido en la Ley.

15.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir los actos de tortura y malos tratos infligidos a civiles por miembros de las fuerzas del orden y de las fuerzas armadas y oficiales penitenciarios, así como para investigar esos casos. Faciliten información sobre las denuncias de torturas y malos tratos a manos de agentes encargados de hacer cumplir la ley, ya sea durante los interrogatorios efectuados en las comisarías de la policía o la gendarmería o en operaciones de represión de manifestaciones pacíficas, y por funcionarios de prisiones ante disturbios o tentativas de evasión. Sírvanse proporcionar información sobre las investigaciones realizadas, las acciones judiciales iniciadas y las sanciones impuestas a los responsables, así como sobre las medidas adoptadas para la indemnización de las víctimas y su rehabilitación. Especifiquen las medidas que se hayan adoptado para facilitar la presentación de denuncias por actos de tortura cometidos por la policía o las fuerzas de seguridad.

16.Indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para prohibir por ley los castigos corporales en todos los ámbitos, incluido el familiar.

Libertad y seguridad personales, derecho a un juicio imparcial e independencia del poder judicial (arts. 9 y 14)

17.Sírvanse comentar las denuncias según las cuales las fuerzas de seguridad ponen trabas a las reuniones pacíficas y expliquen en qué medida la Ley núm. 26, de 8 de mayo de 2008, de Represión de los Actos de Vandalismo Cometidos durante las Manifestaciones en la Vía Pública se ajusta a las disposiciones del Pacto, y en particular al principio de presunción de inocencia. Comenten las denuncias sobre la existencia de una campaña de intimidación contra los defensores de los derechos humanos, quienes estarían sufriendo agresiones físicas y serían sometidos a detenciones abusivas, procesos, interrogatorios desproporcionados por las fuerzas de seguridad y amenazas.

18.Sírvanse indicar las medidas que se hayan adoptado para impedir el recurso inadecuado a la detención policial y velar por que se respeten en la práctica las garantías jurídicas fundamentales de las personas detenidas, en particular el derecho a ser informadas de los motivos de la detención, el derecho a tener acceso a un abogado y a un médico y el derecho a informar a su familia.

19.Indiquen los avances logrados en la aplicación de la Política Nacional de Justicia (2010-2019) y del Pacto Nacional para la Renovación de la Justicia, aprobado el 28 de marzo de 2015. Sírvanse describir las medidas adoptadas para reforzar la capacidad del sistema judicial, garantizar su independencia, velar por la ejecución de su decisiones, luchar contra las influencias políticas y la corrupción, garantizar el acceso de todos a la justicia y reducir los retrasos en la administración de justicia, paliar la falta de recursos y la escasez de personal y las carencias de su formación y reducir el tiempo medio de tramitación de las causas, sobre todo en materia penal. Indiquen las medidas adoptadas para garantizar que el Consejo Superior de la Judicatura no se vea sometido a ninguna presión ni injerencia del poder ejecutivo. Sírvanse indicar las investigaciones realizadas sobre los casos de corrupción y las sanciones impuestas a miembros de la judicatura.

Trato de las personas privadas de libertad (arts. 7 y 10)

20.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la población penitenciaria en los establecimientos militares y civiles, e indiquen la capacidad oficial de cada establecimiento y los porcentajes de personas en prisión preventiva y de reclusos condenados. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para reducir el hacinamiento en las cárceles y el número de personas en prisión preventiva, así como para que los detenidos en prisión preventiva estén separados de los condenados, las mujeres de los hombres y los menores de los adultos. Proporcionen datos sobre el número de trabajadores migrantes detenidos, con inclusión de los arrestados por infringir la Orden núm. 84-49 (1984), e indiquen si se les separa de las personas acusadas o declaradas culpables. Sírvanse describir las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de internamiento y para remediar las carencias de alimentos, de instalaciones de saneamiento y de atención médica. Indiquen las sanciones sustitutivas aplicadas por el Estado parte para contribuir a descongestionar las prisiones. Faciliten información sobre las iniciativas emprendidas para luchar contra la aplicación excesiva de la prisión preventiva. Indiquen también si en los centros penitenciarios existe un mecanismo independiente encargado de recibir, en condiciones de confidencialidad, quejas de los presos. De ser así, proporcionen ejemplos, precisando el número de quejas recibidas y el curso que se les ha dado.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (arts. 8 y 24)

21.Proporcionen datos sobre la incidencia en el Estado parte de la trata de personas, en particular mujeres y niños, incluida la trata con fines de explotación económica y sexual e indiquen las medidas de identificación, protección y readaptación adoptadas en favor de las víctimas. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para la aplicación efectiva de la Ley núm. 029-2008/AN de Lucha contra la Trata de Personas y Prácticas Conexas, de la Ley núm. 011-2014/AN sobre la Represión de la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía y de las disposiciones del Código Penal al respecto y, en particular, informen sobre las investigaciones realizadas, los procesos incoados, las condenas y las sanciones impuestas a los responsables de la trata de personas.

22.Sírvanse proporcionar información sobre el alcance de la explotación de niños de la calle, talibés o garibús con fines de mendicidad, y de la explotación infantil en trabajos forzosos, en particular en tareas domésticas y trabajos peligrosos, concretamente en la minería, el sector agrícola y el hogar. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para eliminar el trabajo forzoso y las peores formas de trabajo infantil, así como sobre las investigaciones realizadas, los procesos incoados y las indemnizaciones concedidas a las víctimas. Sírvanse especificar cuál ha sido la repercusión de las campañas de sensibilización llevadas a cabo por el Estado parte y los resultados obtenidos.

Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica (arts. 7, 13, 16 y 24)

23.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la inscripción de nacimientos y la expedición de certificados de nacimiento, en particular de los niños refugiados. Faciliten información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir los casos de apatridia. Indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar en la legislación y en la práctica el principio de no devolución con respecto a la expulsión de extranjeros del territorio del Estado parte y las medidas para poner en funcionamiento el órgano de recurso creado por la legislación sobre los refugiados.

Libertad de expresión y derecho a la libertad de reunión y de asociación (arts. 19, 21 y 22)

24.Sírvanse comentar determinadas denuncias de intimidaciones, amenazas y acoso a periodistas que habrían tenido lugar en el contexto de debates políticos o investigaciones. Proporcionen información sobre las investigaciones realizadas, los procesos incoados y las sanciones impuestas a los responsables de esos actos. Expliquen en qué medida es compatible con el Pacto la suspensión de numerosos periódicos y emisiones en directo por el Consejo Superior de la Comunicación durante el período de transición. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de derogar las disposiciones relativas a la difamación que limitan el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de información, de resultas de la decisión de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos en la causa Konaté c. Burkina  Faso.

25.Sírvanse indicar las medidas que se han adoptado para garantizar en la práctica la libertad de asociación y de reunión y para velar por que toda restricción sea conforme a las disposiciones del Pacto.

Participación en los asuntos públicos (art. 25)

26.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene la intención de derogar la modificación del Código Electoral introducida en abril de 2015, en virtud de cuyo artículo 135 resultan “inelegibles” quienes “hayan apoyado un cambio anticonstitucional que atente contra el principio de la alternancia democrática”. Faciliten información sobre los esfuerzos desplegados para garantizar que las siguientes citas electorales se desarrollen sin incidentes y que todos los electores puedan ejercer su derecho de votar y de ser elegido sin discriminación y sin restricciones indebidas. Indiquen las medidas adoptadas para investigar y hacer que respondan por sus actos los responsables de la tentativa de golpe de Estado de septiembre de 2015.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (art. 27)

27.Sírvanse describir las iniciativas emprendidas para garantizar el respeto de los derechos de los grupos minoritarios, en especial los tuaregs y los peuls, en el Estado parte. Indiquen las medidas adoptadas para determinar las causas de los conflictos entre ganaderos y agricultores, investigar los hechos, castigar a los responsables y resarcir a las víctimas. Expliquen los mecanismos que permiten consultar a los grupos minoritarios sobre las cuestiones relacionadas con la tierra y la ordenación de los recursos.

Difusión de información relativa al Pacto (art. 2)

28.Sírvanse presentar información sobre las medidas adoptadas para difundir información relativa al Pacto y su Protocolo Facultativo, la presentación del informe inicial del Estado parte (CCPR/C/BFA/1) y su examen por el Comité. Asimismo, proporcionen información sobre la participación de representantes de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la elaboración del informe inicial.