Distr.GENERAL

CCPR/C/HND/Q/126 de abril de 2006

Original: ESPAÑOL

Comité de Derechos Humanos

Octogésima sexta sesión

13-31 Marzo de 2006

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABODARSE AL EXAMINAR EL INFORME INICIAL DE HONDURAS (CCPR/C/HND/2005/1)

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto y del Protocolo Facultativo (artículo 2)

Sírvanse indicar cuál es la jerarquía normativa que tiene el Pacto en el ordenamiento jurídico interno, qué medidas se han tomado para difundirlo, si los individuos pueden invocarlo directamente ante los tribunales de justicia y si éstos lo han aplicado a casos concretos. Proporcione ejemplos de la aplicación concreta del Pacto.

Sírvanse informar sobre las medidas concretas adoptadas para investigar y sancionar a los responsables, así como para reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, especialmente en relación con las desapariciones forzadas de personas.

Sírvanse indicar si las facultades de la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos, creada por Decreto Gubernativo y adscrita a la Presidencia de la República, duplican o se superponen a las del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. Refiérase a las medidas concretas que se hayan adoptado o se proyecte adoptar para preservar la independencia funcional del Comisionado Nacional para los Derechos Humanos como Institución Nacional de protección de los derechos humanos.

Igualdad de género y prohibición de discriminación (artículos 2.1, 3, 25 y 26)

GE.06-42469 Sírvanse informar acerca de los resultados concretos de las medidas adoptadas para combatir la discriminación contra la mujer en cuanto al acceso y participación de la mujer en cargos de elección popular y en la administración pública(párrafos 31, 33 y 35 del informe).

Violencia contra la mujer y violencia doméstica (artículos 3, 6, 7 y 24)

Sírvanse indicar las medidas de prevención que se habrían adoptado a raíz de las muertes violentas de mujeres que se habrían producido, especialmente, en San Pedro Sula, y las sanciones que se habrían impuesto a los responsables. ¿Se ha impartido capacitación a la policía para asegurar que los hechos de violencia doméstica no se traten como asuntos privados y se archiven rutinariamente como tales? ¿Qué otras medidas se prevé adoptar para reducir la incidencia de la violencia doméstica contra la mujer?

Derecho a la vida, prohibición de las torturas o de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, protección de la integridad personal (artículos 6, 7, 9 y 24)

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para prevenir las ejecuciones extrajudiciales de niños, de las que serían víctimas, especialmente, los niños de la calle, y niños y adolescentes de sectores económicamente vulnerables. Sírvanse informar igualmente sobre las medidas tomadas para identificar, investigar y sancionar a los responsables. En los casos en que están involucrados agentes del Estado Parte, ¿Qué medidas se han tomado para exigir, además, su responsabilidad disciplinaria y para resarcir y reparar el daño ocasionado a las víctimas y sus familiares? (párrafos 45 y siguientes del informe).

Sírvanse informar acerca de las medidas concretas que se han adoptado para investigar y sancionar a los responsables de malos tratos y muertes de personas recluidas en diferentes centros de detención de adultos y en centros de internamiento de menores. Sírvanse informar igualmente sobre la eficacia de las medidas adoptadas en relación a los incidentes ocurridos en abril de 2003 en la prisión de El Porvenir en la Ceiba, que resultaron en la muerte de 68 personas, y en mayo de 2004 en la penitenciaría de San Pedro Sula, donde murieron 107 personas, en su mayor parte menores (párrafo 57 del informe).

Sírvanse informar sobre las medidas tomadas para prevenir el uso excesivo de la fuerza y de armas de fuego por la policía y personal militar que interviene en tareas de seguridad ciudadana(párrafo 201 del informe), que se han reportado como causa de ejecuciones extrajudiciales. Sírvanse informar igualmente sobre la compatibilidad del artículo 39 de la ley de Policía y Convivencia Social con los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.

Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para prevenir los malos tratos, amenazas, intimidaciones y atentados contra defensores de derechos humanos, así como para investigar y sancionar a los responsables.

Prohibición de la esclavitud y del trabajo forzoso (artículos 8 y 24)

Sírvanse indicar que medidas están adoptando las autoridades nacionales para prevenir y sancionar el tráfico de seres humanos para su explotación sexual, así como las medidas para eliminar el trabajo infantil y la explotación económica de niños y niñas.

Seguridad personal y protección contra detenciones arbitrarias (artículo 9)

Sírvanse indicar las medidas que el Estado Parte haya adoptado para limitar la duración de la detención preventiva y evitar el número excesivo de detenidos sin condena, especialmente con respecto a los miembros de pandillas juveniles (maras) acusados de asociación ilícita.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para erradicar las prácticas de detenciones por sospecha y detenciones arbitrarias a que hace alusión el informe del Estado Parte (párrafos 85, 87 y 88 del informe).

Condiciones carcelarias (artículo 10)

Sírvanse informar sobre las medidas que se hayan adoptado para remediar los problemas de hacinamiento y las malas condiciones carcelarias, asi como para mejorar la situación de los menores privados de libertad.

Derecho a un juicio justo (artículo 14)

Sírvanse informar sobre los mecanismos existentes para asegurar la independencia del poder judicial y el buen funcionamiento de la carrera judicial.

Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para permitir el acceso a familia y abogados por parte de los detenidos, especialmente los menores detenidos por su presunta participación en pandillas juveniles.

Derecho a la libertad de expresión (artículo 19)

Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para asegurar el respeto a la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones, en particular a la vista de la persistencia de la incriminación penal del desacato y la censura previa. Sírvanse informar igualmente sobre los casos de amenazas, agresiones y muertes a periodistas y trabajadores de prensa y sobre las querellas judiciales interpuestas contra periodistas por difamación.

Libertad de asociación (artículo 22)

Sírvanse informar sobre si existen, en la práctica, restricciones a la formación de sindicatos y sobre las medidas efectivas adoptadas para garantizar la libertad de asociación.

Derechos del niño y de las minorías (artículos 16, 24 y 27)

Sírvanse informar sobre las medidas previstas para asegurar el registro al nacimiento de niños en todo el territorio, especialmente en las zonas rurales y comunidades indígenas.

Sírvanse proporcionar información específica sobre los problemas que afectan a las comunidades indígenas y afro-descendientes en Honduras (párr. 15 del informe) tales como el no reconocimiento de sus derechos sobre tierras ancestrales, el despojo de tierras comunales, inexistente o marginal participación política de los miembros de dichas comunidades, la discriminación, falta de acceso a los servicios públicos, incluida la educación bilingüe, y deficientes condiciones de trabajo. Indique las medidas que se hayan adoptado respecto a estas situaciones.

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