Naciones Unidas

E/C.12/ZMB/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

30 de septiembre de 2025

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Segundo informe periódico que Zambia debía presentar en 2010 en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto * **

[Fecha de recepción: 6 de diciembre de 2024]

I.Información relativa a las observaciones finales (E/C.12/ZMB/CO/1)

1.Zambia es parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que ratificó el 10 de abril de 1984. Como Estado Parte en el Pacto, Zambia tiene la obligación de informar periódicamente sobre la aplicación de sus disposiciones respondiendo a las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante, el Comité) e indicando las medidas administrativas, judiciales y legislativas que ha adoptado para proteger los derechos consagrados en el Pacto. En vista de ello, Zambia presentó su informe inicial al Comité en septiembre de 2003, y el Comité planteó diversas preocupaciones y formuló recomendaciones tras la presentación del informe inicial. A continuación figuran las respuestas a las recomendaciones formuladas por el Comité.

Información relativa al párrafo 33 de las observaciones finales

2.Se invita al Comité a tomar nota de que los derechos económicos, sociales y culturales se reconocen en diversos instrumentos legislativos del Estado Parte. Para empezar, la Constitución de la República de Zambia sienta la base, en su artículo 10, de las políticas económicas creando un entorno propicio. Aunque esta parte de la Constitución no es justiciable, sirve no obstante de fundamento para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales y orienta al Estado Parte en la formulación de políticas y en la ejecución y aplicación de la ley. Además, la Constitución garantiza en su preámbulo la igualdad de hombres y mujeres para participar en los asuntos económicos, sociales y culturales de su comunidad.

3.Además, la prohibición de la discriminación por razón de sexo, plasmada en el artículo 23 de la Constitución, asegura la igualdad en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales tanto a hombres como a mujeres. El derecho de todos los ciudadanos a poseer bienes y disponer de ellos también está amparado por el artículo 16 de la Constitución. Ese artículo garantiza la reparación en forma de indemnización a toda persona cuya propiedad haya sido adquirida forzosamente por el Estado, y cualquier adquisición forzosa solo puede permitirse si se realiza bajo la autoridad de la ley. Esto está en consonancia con la observación general núm. 9 de 1998, que exige a los Estados que trasladen las normas del Pacto a su ordenamiento jurídico interno y aseguren que toda persona agraviada tenga acceso a reparación.

4.La promulgación de leyes como la Ley núm. 9 de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos, de 2006, proporcionan también una plataforma para el disfrute de los derechos socioeconómicos al garantizar la igualdad de acceso de hombres y mujeres a la gestión y explotación de los recursos económicos del país. Otros instrumentos legislativos, como la Ley núm. 17 de Creación de la Agencia de Desarrollo de Zambia, de 2022, contienen disposiciones que garantizan el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales mediante la creación de un entorno propicio para un desarrollo económico, social y cultural constante.

5.Además, el Estado Parte invita al Comité a tomar nota de que Zambia propuso revisar la Carta de Derechos, lo que habría dado lugar a la inclusión de los derechos económicos, sociales y culturales, pero la revisión fue rechazada en el referéndum que tuvo lugar en 2016.

Información relativa al párrafo 34 de las observaciones finales

6.El Estado Parte apoya la labor de promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales que realiza la Comisión de Derechos Humanos. En cumplimiento de ese compromiso, el Estado Parte ha proporcionado recursos a la Comisión con el fin de aumentar su capacidad para proporcionar mecanismos de supervisión eficaces en relación con la protección de los derechos humanos. Aunque la Comisión de Derechos Humanos sigue necesitando más financiación de la que recibe actualmente, la asignación presupuestaria ininterrumpida en consonancia con los recursos disponibles demuestra el compromiso del Estado Parte de velar por que los derechos fundamentales de la población sigan siendo la máxima prioridad.

7.Además, reconociendo la importancia de la cooperación con otros actores en materia de derechos humanos, el Estado Parte ha creado un entorno favorable que permite a la Comisión de Derechos Humanos obtener financiación para su trabajo y complementar su presupuesto con fondos facilitados por donantes.

Información relativa al párrafo 35 de las observaciones finales

8.El Estado Parte toma nota de la observación final formulada por el Comité y en los párrafos que vienen a continuación.

Información relativa al párrafo 36 de las observaciones finales

9.Se invita al Comité a tomar nota de que el Estado Parte tiene en cuenta la obligación que lo incumbe en virtud del Pacto de garantizar que se respeten y protejan los derechos de las personas en todos los aspectos de las negociaciones con instituciones financieras internacionales. El Comité tal vez desee tomar nota además de que la Política de Género adoptada por el Estado Parte garantiza que se tengan en cuenta las disposiciones del Pacto, concretamente a través de las siguientes medidas, entre otras:

La armonización de políticas y leyes sobre la base de análisis comparativos que utiliza el Estado como referencia.

La coordinación del desarrollo y la revisión de todas las políticas sectoriales para que cumplan los principios de equidad e igualdad de género que lleva a cabo la División de Análisis y Coordinación de Políticas de la Oficina del Gabinete.

La labor del Ministerio de Finanzas y Planificación Nacional destinada a asegurar que todos los planes y presupuestos sectoriales cumplan los principios presupuestarios que respaldan la incorporación de la perspectiva de género.

Información relativa al párrafo 37 de las observaciones finales

10.La Comisión de Desarrollo Legislativo de Zambia sigue participando en el desarrollo del derecho por el Estado Parte, examinando las leyes para detectar anomalías y disposiciones arcaicas con miras a recomendar una reforma. Esta Comisión llevó a cabo un estudio sobre el derecho consuetudinario en el Estado Parte y preparó un informe al respecto. A partir de esa base, la Comisión de Desarrollo Legislativo acometió la revisión de varios instrumentos legislativos y la elaboración de nuevas leyes con miras a eliminar las normas consuetudinarias que generan desigualdad entre hombres y mujeres, en particular:

La revisión de la Ley de Sucesiones Intestadas (cap. 59 del Compendio Legislativo de Zambia (CLZ)) con la intención de garantizar que las viudas no se vean perjudicadas en el reparto de la herencia de sus maridos fallecidos.

La revisión del Código Penal (cap. 87 del CLZ) y del Código de Procedimiento Penal (cap. 88 del CLZ) para criminalizar prácticas nocivas como los ritos de purificación sexual, la mutilación genital femenina y las ceremonias de iniciación que provocan lesiones y enfermedades.

La revisión de la Ley de Matrimonio (cap. 50 del CLZ) para fijar en 18 años la edad mínima para contraer matrimonio, incluido el matrimonio consuetudinario, con el fin de proteger los derechos de las niñas y combatir el matrimonio infantil.

La elaboración de la Ley núm. 1 de Lucha contra la Violencia de Género, de 2011, y de las Normas contra la Violencia de Género, de 2016, para garantizar la eliminación de todas las formas de violencia contra hombres y mujeres, incluidas las que están arraigadas en la cultura.

La elaboración de la Ley núm. 22 de Equidad e Igualdad de Género, de 2015, para promover la equidad y la igualdad entre hombres y mujeres como aspecto transversal en todas las esferas de la vida y prohibir el acoso, la victimización y las prácticas sociales y culturales nocivas.

Información relativa al párrafo 38 de las observaciones finales

11.El Estado Parte invita al Comité a tomar nota de que la propuesta de revisión de la Carta de Derechos, que habría dado lugar a la revisión de la cláusula de no discriminación que figura en ese instrumento, fue rechazada en el referéndum celebrado en 2016. El Estado Parte ha seguido solicitando el apoyo de diversas partes interesadas y asociados para la cooperación a fin de organizar un referéndum con miras a modificar la Constitución de modo que se refuerce la Carta de Derechos.

Información relativa al párrafo 39 de las observaciones finales

12.El Estado Parte está determinado a aumentar el número de mujeres en puestos decisorios en el sector público. El Comité puede tomar nota de que, desde 2011, se ha producido un aumento considerable del número de mujeres en ese tipo de puestos.

13.A la luz de lo anterior, el Estado Parte invita al Comité a tomar nota de algunos hechos salientes, concretamente que el Estado Parte cuenta, en la actualidad, con una mujer en la vicepresidencia del país por segunda vez. En 2015, una mujer accedió por primera vez a la presidencia del Tribunal Supremo. La Presidenta del Tribunal Constitucional es una mujer y de los once magistrados que lo componen actualmente, cinco son mujeres, lo que representa el 45 %. Además, se han conseguido avances ostensibles entre los jueces del poder judicial, ya que en la actualidad el 49,4 % son hombres y el 50,6 % mujeres. Asimismo, la Presidenta y la Vicepresidenta Primera de la Asamblea Nacional son mujeres.

Información relativa al párrafo 40 de las observaciones finales

14.El Estado Parte reconoce la necesidad de poner en marcha un plan de acción para el empleo con el fin de mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos. En este sentido, el Estado Parte, en su VIII Plan Nacional de Desarrollo (2022-2026), aspira a crear puestos de trabajo gracias a las oportunidades de diversificación y crecimiento económico de modo que se incremente la cantidad y la calidad del empleo productivo. El Estado Parte tiene la intención de apoyar a las microempresas y pequeñas y medianas empresas (MIPYME) para que amplíen y formalicen sus negocios con vistas a crear puestos de trabajo dignos. Además, en su plan de desarrollo a largo plazo “Visión 2030”, el Estado Parte ha fijado objetivos con miras a alcanzar los indicadores socioeconómicos deseables para satisfacer las aspiraciones de la población.

15.En la actualidad, existen diversas políticas para hacer frente a la problemática del desempleo. Cabe destacar las siguientes políticas en materia de empleo:

La Política Nacional para la Juventud de 2024, que prevé centros de formación profesional en los que los jóvenes reciben instrucción en diversas disciplinas, como restauración, carpintería y ebanistería, albañilería y enlucido, soldadura, electricidad y tecnologías de la información y las comunicaciones. En octubre de 2023, el Estado Parte acreditó 386 centros de formación profesional ante la Autoridad de Educación Técnica, Profesional y Empresarial (TEVETA).

Además, el Estado Parte, a través del Ministerio de Juventud, Deporte y Artes, facilita la adquisición de experiencia práctica por los jóvenes mediante su vinculación a diversas instituciones. Después, algunos de los jóvenes son empleados en ellas y los que no lo son se benefician de “paquetes de puesta en marcha” que incluyen material básico relacionado con su oficio y una pequeña subvención económica como capital.

Por otro lado, el Estado Parte, a través del Ministerio, facilita el acceso de los jóvenes al crédito y a los servicios financieros mediante la concesión de préstamos sin aval y a bajo interés. Para ello, el Estado Parte, a través del Ministerio, ha creado un fondo especial denominado Fondo Multisectorial para el Empoderamiento de los Jóvenes.

La Política Nacional de Empleo y Mercado de Trabajo de 2018, actualmente en revisión, que es una de las políticas formuladas por el Estado Parte para fomentar la creación de empleo. El objetivo general de esta política era apoyar el crecimiento económico inclusivo y el desarrollo fomentando el empleo remunerado y decente en todos los sectores de la economía.

La Política Nacional de Productividad de 2020, que funciona como mecanismo para llegar a un consenso sobre la interpretación y la necesidad de aumentar la productividad en todos los sectores de la economía. Sirve como medio para establecer un marco institucional apropiado para desarrollar las capacidades productivas tanto de personas como de organizaciones. Además, actúa como catalizador para motivar a las personas y organizaciones de todos los sectores de la economía a colaborar en los esfuerzos encaminados a elevar los niveles de productividad nacional.

Información relativa al párrafo 41 de las observaciones finales

16.El Estado Parte ha seguido adoptando medidas eficaces para que el salario mínimo permita a los trabajadores y a sus familias disfrutar de un nivel de vida adecuado. A este respecto, se constató que el salario mínimo era insuficiente desde hacía tiempo para cubrir las necesidades de la mayoría de las familias. Por ello, en noviembre de 2023 se promulgó el Instrumento Legislativo núm. 48 con el objeto de responder al aumento del costo de la vida. Se reconoce que los trabajadores de los sectores mencionados se encuentran entre los más vulnerables, por lo que requieren una protección especial de las condiciones mínimas de trabajo por ley.

17.El Estado Parte desea informar de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sigue el sistema de índice de precios establecido por la Oficina Central de Estadística de Zambia antes de revisar el salario mínimo. Además, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está introduciendo salarios mínimos sectoriales para proteger a los empleados más vulnerables de otros sectores. Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha creado la Oficina del Comisionado de Trabajo Adjunto, cuyo mandato es velar por el cumplimiento de las órdenes de salario mínimo a través de inspecciones laborales.

Información relativa al párrafo 42 de las observaciones finales

18.Se toma nota de la observación del Comité relativa a limitar el alcance de la definición de servicios esenciales. El Comité tal vez desee tomar nota de que los trabajadores del Estado Parte siguen disfrutando del derecho a fundar sindicatos y afiliarse al sindicato de su elección. Este derecho está amparado por el artículo 21, párrafo 1, de la Constitución y el artículo 5 de la Ley de Relaciones Laborales e Industriales (cap. 269 del CLZ). Aunque la afiliación a los sindicatos es posible según se ha indicado, el Congreso Nacional de Sindicatos opina que el umbral del número de trabajadores de un lugar de trabajo necesario para formar un sindicato (unos 50 o el número que prescriba el Ministro) es demasiado elevado. La consecuencia es que a la mayoría de los trabajadores de las empresas medianas se les puede negar el derecho a afiliarse a un sindicato de su elección. Actualmente se está estudiando la posibilidad de revisar la Ley de Relaciones Laborales e Industriales para abordar algunas de las cuestiones planteadas más arriba.

19.El derecho de huelga también está consagrado en el artículo 5 h) de la Ley de Relaciones Industriales y Laborales (Modificación) (cap. 269 del CLZ). Todos los trabajadores tienen derecho a la huelga siempre y cuando lo hagan dentro del ámbito de la ley.

Información relativa al párrafo 43 de las observaciones finales

20.El Comité tal vez desee tomar nota de que, antes de 2019, la seguridad social en el Estado Parte se limitaba, en general, al sector formal. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos en el pasado reciente para aumentar la oferta de empleo para los ciudadanos, la mayor parte de la población trabaja en el sector informal con poca o ninguna seguridad social. En la actualidad, el Estado Parte cuenta con cinco regímenes públicos principales de seguridad social, a saber: el Fondo de Pensiones de las Autoridades Locales, el Fondo de Pensiones de los Funcionarios Públicos, el Plan Nacional de Pensiones, el Consejo de Control del Fondo de Indemnización de los Trabajadores y el Plan Nacional del Seguro Médico.

21.El Plan Nacional de Pensiones, establecido en virtud de la correspondiente Ley núm. 40 de 1996, es el principal sistema de seguridad social del Estado Parte y se creó para proporcionar cobertura a todos los trabajadores por cuenta ajena con derecho a ella en caso de jubilación, invalidez o fallecimiento (“contingencias”). El Fondo de Pensiones de los Funcionarios Públicos y el Fondo de Pensiones de las Autoridades Locales son regímenes profesionales de pensiones para los trabajadores de la administración pública y de las administraciones locales, respectivamente, que hayan sido contratados antes del año 2000.

22.El Plan Nacional de Pensiones está administrado por la Dirección Nacional de Pensiones (NAPSA) y consiste en un régimen básico de pensiones aplicable a todos los trabajadores de los sectores público y privado. Este Plan entró en funcionamiento en febrero de 2000 y se ha centrado en gran medida en el sector formal.

23.A pesar de que el Plan Nacional de Pensiones se concentra en el sector formal, éste solo representa el 30 % de la población activa en el Estado Parte, mientras que el 70 % restante trabaja en el sector informal. Por lo tanto, en consonancia con el mandato de la NAPSA y la política del Estado Parte para la mitigación de la pobreza por medio de la protección social, tal como se plantea en el VIII Plan Nacional de Desarrollo, el Estado Parte adoptó medidas, por conducto de la NAPSA, para hacer frente a las dificultades relacionadas con la seguridad social en el Estado Parte, centrándose en la ampliación de la cobertura a los grupos no asegurados en el sector informal, por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia como los conductores de autobús y taxi, los aserradores, los comerciantes y los agricultores a pequeña escala.

24.En ese contexto, la NAPSA estableció una Unidad de Proyectos para que dirigiera la iniciativa de Ampliación de la Cobertura al Sector Informal en 2017, con un enfoque en la elaboración de estrategias e iniciativas destinadas a extender la cobertura de la seguridad social al sector informal. En el marco de esa labor, la NAPSA facilitó la aprobación del Reglamento del Plan Nacional de Pensiones (Sector Informal) (Afiliación y Prestaciones), Instrumento Legislativo núm. 72, de 2019, (en adelante, Reglamento del Sector Informal).

25.El Reglamento del Sector Informal estableció un marco jurídico para la ampliación de la seguridad social a ese sector. Esto demuestra el compromiso del Estado Parte, por conducto de la NAPSA, para garantizar que el Plan Nacional de Pensiones fuera un plan inclusivo que diera cabida a todas las personas en el sistema de seguridad social. La ampliación de la protección pretende garantizar una cobertura de seguridad social inclusiva para todos los ciudadanos en el Estado Parte, incluidos los de las zonas rurales. Para ello, la NAPSA se centró en cinco sectores piloto dentro del sector informal: vendedores ambulantes, trabajadores domésticos, conductores de autobús, aserradores, agricultores a pequeña escala y productores de leche en las zonas rurales de las provincias Meridional, Central y de Copperbelt.

26.Además, el plan del sector informal cuenta con una serie de prestaciones adaptadas a las expectativas de los trabajadores de ese sector. Entre ellas se encuentran las de seguro basado en índices meteorológicos, prestaciones por maternidad y acceso al crédito, que son prestaciones especiales y útiles en el régimen del sector informal. En mayo de 2021, el Zambia Industrial Commercial Bank desembolsó los primeros préstamos a los pequeños agricultores que cumplían los criterios requeridos en el distrito de Magoye, en la provincia Meridional.

27.Hasta ahora, la NAPSA ha realizado enormes esfuerzos para ampliar la cobertura al sector informal. Desde la aprobación del Reglamento del Sector Informal, la NAPSA ha registrado un total de 79.000 afiliados en el marco del régimen del sector informal. Los excelentes resultados obtenidos hasta la fecha en la ampliación de la cobertura al sector informal obedecen en gran medida a las dinámicas campañas y presentaciones itinerantes realizadas en distintas zonas del Estado Parte a través de la NAPSA y al establecimiento de asociaciones con interesados estratégicos, como la Asociación de Productores de Leche de Zambia.

28.También hay que señalar que, en agosto de 2015, antes del proyecto de ampliación de la cobertura al sector informal, se aprobó una importante modificación legislativa del Plan de Pensiones mediante la promulgación de la Ley núm. 15 del Plan Nacional de Pensiones (Modificación). Esta ley incrementó la edad de jubilación de los afiliados al Plan de Pensiones de 55 a 60 años. Además de la revisión de la edad de jubilación, se introdujo también la posibilidad de una jubilación tardía, a los 65 años, para los afiliados al Plan Nacional de Pensiones.

29.Aparte de la falta de cobertura del sector informal, el Plan Nacional de Pensiones no abordaba adecuadamente algunos de los problemas de sus afiliados. Los principales retos a los que se enfrentaban eran la falta de una prestación que permitiera a los afiliados acceder a sus cotizaciones antes de la jubilación y la demora en el pago de las prestaciones en algunos casos.

30.Previamente a su modificación, la Ley del Plan Nacional de Pensiones no preveía ningún supuesto en el que un afiliado pudiera acceder a sus cotizaciones antes de que se produjera alguna de las contingencias. Esto dio lugar a la reciente promulgación de la Ley núm. 1 del Plan Nacional de Pensiones (Modificación) de 2023, el 14 de abril de ese año, con el objetivo de que los afiliados que no hayan alcanzado la edad de jubilación puedan percibir una prestación única fija de jubilación anticipada.

31.La premisa para la modificación de 2023 era que, a pesar de los buenos resultados en general obtenidos por la NAPSA con respecto a los principales objetivos en materia de políticas de la creación del régimen, los afiliados y otras partes interesadas pedían cada vez más a ese organismo que introdujera una prestación que les permitiera acceder a sus cotizaciones antes de alcanzar la edad de jubilación. Al 31 de marzo de 2024, se había desembolsado un total de 9.400 millones de kawacha a 447.760 afiliados que habían solicitado la prestación de la jubilación anticipada.

32.La justificación de esta medida relativa a la jubilación anticipada era dar acceso a los afiliados a recursos financieros y liquidez que les permitieran mejorar sus ingresos a corto plazo, ofrecerles opciones para hacer frente a las crisis de ingresos, invertir en un negocio y aumentar su ahorro, por ejemplo. Estas consideraciones formaban parte del proceso para asegurar la protección social a medio y largo plazo de los afiliados al Plan Nacional de Pensiones.

33.La prestación de jubilación anticipada faculta a los afiliados al Plan Nacional de Pensiones que hayan cotizado 60 mensualidades como mínimo, independientemente de la edad, o que hayan cumplido 45 años, independientemente del número de mensualidades, para acceder al 20 % de sus cotizaciones, incluidos los intereses y la indexación.

34.Cuando se jubilen, los afiliados que hayan recibido la prestación de la jubilación anticipada tendrán derecho al 80 % restante de sus aportes (cotizaciones residuales). Por lo tanto, aunque los afiliados hayan retirado parte de sus cotizaciones, su prestación de jubilación sigue estando garantizada, lo que constituye un componente fundamental de la seguridad social.

35.El Estado Parte está decidido a seguir realizando mejoras para ofrecer protección social a sus miembros y respaldar los esfuerzos de la NAPSA para aplicar efectivamente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Información relativa al párrafo 44 de las observaciones finales

36.Sírvanse remitirse a las medidas adoptadas para aplicar el artículo 9 del Pacto, en las que se detalla la supervisión de los regímenes y fondos privados de seguridad social.

Información relativa al párrafo 45 de las observaciones finales

37.El Estado Parte sigue respondiendo a las prácticas tradicionales nocivas mediante la creación de un marco jurídico adecuado para proteger a las viudas y los huérfanos. Se han tomado medidas encaminadas a eliminar y poner fin a la discriminación por motivos de sexo, estado civil y prejuicios sexistas, lo que comprende la abolición de las leyes de sucesión discriminatorias y la promulgación y la revisión constante de la legislación pertinente. La Constitución reconoce en su preámbulo la igualdad de mujeres y hombres y su derecho a determinar y construir libremente un orden social sostenible y participar en él.

38.Además, el Estado Parte ofrece, a través del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, diversos programas de protección destinados a reducir la pobreza y la vulnerabilidad entre los principales grupos de beneficiarios, como las mujeres y los niños. Entre esos programas cabe citar los concebidos para poner fin al matrimonio infantil, proporcionar transferencias sociales en efectivo, brindar medios de subsistencia a las mujeres y mantener a las niñas en la escuela (en colaboración con el Ministerio de Educación), además del plan de asistencia pública. El número total de niñas que recibieron apoyo entre 2020 y 2023 asciende a 148.616. Por otra parte, el Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales también promueve los cuidados en la familia por medio de iniciativas de apoyo a la generación de ingresos, formación en emprendimiento a pequeña escala y capital inicial. Hasta la fecha, el emblemático Programa de Transferencias Sociales en Efectivo del Estado Parte cuenta con 1.311.101 beneficiarios.

39.Aunque el derecho consuetudinario forma parte del marco jurídico del Estado Parte, el artículo 1 de la Constitución establece que toda norma o práctica de derecho consuetudinario que sea incompatible con la Constitución será nula. Además, la Ley de Tribunales Locales (cap. 29 del CLZ) dispone, en su artículo 12, que el derecho consuetudinario africano se aplicará a cualquier asunto en la medida en que no sea contrario a la justicia natural o a la moral o incompatible con las disposiciones de cualquier ley escrita. Por lo tanto, cuando el derecho consuetudinario entra en conflicto con el derecho ordinario, prevalece este último. Esta posición fue reafirmada por el Tribunal Superior en la causa Ann P. Nkhoma c. Smart Nkhoma , en que el Tribunal Superior afirmó que un tribunal local solo puede aplicar el derecho consuetudinario africano en un asunto que se le someta si ese derecho no es contrario a la justicia natural o la moralidad o incompatible con las disposiciones de cualquier ley escrita.

40.Se invita al Comité a tomar nota asimismo de que el Estado Parte ha adoptado las siguientes medidas:

Penalización de las prácticas culturales nocivas en virtud del artículo 157 del Código Penal (Ley núm. 15 de modificación, de 2005), que establece lo siguiente:

“ 1) Toda persona que realice o incite a realizar una práctica cultural nociva en un niño cometerá un delito grave y podrá ser condenada a una pena de prisión no inferior a 15 años o a cadena perpetua.

2) A los efectos del presente artículo, se entenderá por “ práctica cultural nociva ” los ritos de purificación sexual, la mutilación genital femenina o las ceremonias de iniciación que provoquen lesiones, la transmisión de una enfermedad infecciosa o potencialmente mortal o la pérdida de la vida de un niño. Queda excluida la circuncisión en un niño varón. ”

Promulgación de la Ley núm. 22 de Equidad e Igualdad de Género, de 2015, en la que se precisa el cometido de la Comisión de Equidad e Igualdad de Género, que aún no ha entrado en funcionamiento, a saber, el seguimiento, la investigación, la formación, el cabildeo, la promoción y la presentación de informes sobre cuestiones relativas a la equidad y la igualdad de género.

41.Además, a través de la Comisión de Desarrollo Legislativo de Zambia, el Estado Parte ha seguido revisando su legislación con el objetivo de abolir las prácticas tradicionales nocivas y las leyes de sucesión perjudiciales. En particular, ha emprendido una amplia consulta sobre la reforma de la Ley de Sucesiones Intestadas a fin de conceder más derechos sucesorios a las viudas y los huérfanos. Asimismo, la promulgación de instrumentos como la Ley núm. 1 de Lucha contra la Violencia de Género, de 2011, cuyo objetivo es proteger a las mujeres contra la desigualdad, la violencia y otras prácticas hegemónicas de que son objeto, ilustra el compromiso del Estado Parte de adoptar medidas adecuadas para abordar las dificultades a las que se enfrentan las mujeres. Para poner en práctica esta ley, el Estado Parte sigue sensibilizando a jueces, agentes del orden y líderes tradicionales sobre las prácticas tradicionales que podrían ser perjudiciales para las mujeres y los huérfanos.

42.Se han puesto en marcha iniciativas como la campaña relativa al Programa Integrado de Salud de Zambia, dirigida a los líderes tradicionales y sus representantes con el fin de cambiar las percepciones y formas de pensar. Se ha hecho hincapié en la necesidad de tener en cuenta la era predemocrática, que influyó en muchas costumbres y tradiciones africanas, y de promover la igualdad de todas las personas, consagrada en la Constitución, al interpretar y aplicar el derecho consuetudinario. Esto ha dado lugar a la adopción de prácticas tradicionales que no son perjudiciales. Por ejemplo, los ritos de purificación sexual, que eran más habituales entre los bembas de la provincia de Luapula, se han sustituido por el gesto simbólico de que el cónyuge viudo lleve cuentas blancas en la muñeca derecha. En la provincia de Copperbelt, ese rito consiste ahora en untar puré de maíz sobre el cuerpo del cónyuge viudo. Estas prácticas conservan el valor original de la costumbre tradicional, al tiempo que eliminan los aspectos sexuales y otros tratos inhumanos y degradantes infligidos a las mujeres, así como el riesgo de contraer el VIH/sida.

Información relativa al párrafo 46 de las observaciones finales

43.La revisión de dos importantes políticas relevantes para la infancia en el Estado Parte, la Política Nacional para la Juventud de 2024 y la Política Nacional para la Infancia, que fue revisada en 2015, combinadas con la aplicación de las leyes, han contribuido a mejorar el bienestar de los niños y los jóvenes en el Estado Parte. Este sigue tomando medidas concretas para prevenir la pobreza abyecta y la indigencia de las familias, un aspecto que, según los informes, contribuye en gran medida a la existencia de niños de la calle. Algunas de estas medidas son el Plan de Asistencia Pública, el Plan de Transferencias Sociales en Efectivo y el reciente Plan de Subsidios para la Infancia, centrado principalmente en los niños de los hogares más pobres y con discapacidad. Además, el Estado Parte proporciona alimentos a más de 2 millones de alumnos de la enseñanza preescolar y primaria en las escuelas públicas a través de un programa de alimentación escolar. Este programa se está llevando a cabo actualmente en 70 distritos de las diez provincias y en 5.231 escuelas.

44.Desde 2020, se han creado 125 comités de protección infantil a nivel comunitario (conocidos anteriormente como Comités de Niños de la Calle) en diferentes jefaturas para sensibilizar a las comunidades sobre los peligros de las ceremonias tradicionales nocivas y la necesidad de establecer normas tradicionales para reforzar la protección infantil y poner fin a los matrimonios de niños en los hogares. Las principales funciones de los comités son la coordinación, el fomento de la capacidad y la movilización de recursos a escala local y regional. Estos comités están integrados por representantes de los ministerios competentes y de las organizaciones no gubernamentales (ONG) que prestan servicios a los niños de la calle y a otros niños vulnerables.

45.En 2020, el Ministerio de Juventud, Deporte y Desarrollo Infantil (actualmente, Ministerio de Juventud, Deporte y Artes), en colaboración con el Servicio Nacional de Zambia, dependiente del Ministerio de Defensa, puso en marcha el Programa de Rehabilitación e Integración de Niños de la Calle. El principal objetivo del programa es ofrecer formación y rehabilitación a los niños de la calle. El programa consta de tres niveles: detección, formación e integración de los niños de la calle en las comunidades. Los conocimientos que se imparten incluyen agricultura en general, restauración, producción de metales, mecánica de automóviles y fontanería, entre otros. Se invita al Comité a tomar nota de que, aunque la formación corre a cargo del Servicio Nacional de Zambia, el personal que la imparte ha recibido capacitación en derechos del niño y conoce la metodología pedagógica adecuada para proporcionar también asesoramiento a los niños. La formación no incluye ningún componente militar. La duración del programa es de 18 meses y, tras la graduación, se ofrecen puestos de trabajo a algunos alumnos y a otros se les anima a formar cooperativas concediéndoles material y capital inicial. La formación ha adoptado recientemente un enfoque distinto, ya que se ha capacitado a las organizaciones de la sociedad civil para impartirla. El Departamento de Desarrollo Infantil depende ahora del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales.

46.El Estado Parte informa de que, mediante una asociación entre la administración pública e instituciones privadas de atención a la infancia, se prestan servicios de prevención y rehabilitación para los niños víctimas de maltrato físico, abusos sexuales y abuso de sustancias. Una vez retirados de la calle, se lleva a los niños a centros de acogida especiales para ellos. Además, el Estado Parte ha creado dos centros infantiles en las provincias de Lusaka y Copperbelt para rehabilitar a los niños antes de reintegrarlos en sus familias.

47.Los servicios de reintegración de los niños de la calle se prestan a través del Departamento de Bienestar Social del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales y de organizaciones colaboradoras cualificadas para asesorar a las familias y a los niños antes de la reintegración. Previamente, se realizan evaluaciones en el hogar para valorar las necesidades de las familias y proporcionar o recomendar asistencia a través de los diversos servicios de protección social disponibles.

Información relativa al párrafo 47 de las observaciones finales

48.Con miras a fortalecer los mecanismos de supervisión para abordar el problema del trabajo infantil, el Estado Parte promulgó en 2013 el Decreto de Prohibición del Empleo Infantil y Juvenil (Trabajo Peligroso) (Instrumento Legislativo núm. 121 de 2013) para prohibir el empleo de niños o jóvenes en cualquier tipo de trabajo peligroso. Se elaboró con el propósito de hacer frente al aumento de la explotación infantil en sectores como la minería a pequeña escala, la agricultura y la trituración de piedra.

49.El Estado Parte informa de que la Ley núm. 12 del Código de la Infancia, de 2022, reconoce la necesidad de proteger a todos los menores de edad y prohíbe el trabajo forzoso de los niños. El artículo 13 de esa ley también prohíbe someter a un niño a explotación económica o a cualquier trabajo que sea peligroso o que pueda interferir en su educación, su salud física o mental y su desarrollo espiritual, moral, emocional o social. Así pues, esa ley tipifica como delito la explotación infantil. El Estado Parte, en colaboración con otras partes interesadas destacadas como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, participa en la programación a nivel de distrito a través de mecanismos de coordinación como los comités de distrito sobre el trabajo infantil y los comités de distrito de protección del niño.

50.Por otra parte, los comités de protección de la infancia a los que se hace referencia en el párrafo 43 más arriba, se ocupan de la difícil situación de los niños en general, lo que incluye la cuestión del trabajo infantil.

Información relativa al párrafo 48 de las observaciones finales

51.El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales está implementando varios programas destinados a reducir la pobreza y la vulnerabilidad de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad. Estos programas se basan en ayudas en metálico y en especie. Los principales programas conciernen las transferencias sociales en efectivo, la seguridad alimentaria, los medios de subsistencia de las mujeres, la escolarización de las niñas y la asistencia pública. El programa de transferencias sociales en efectivo cuenta actualmente con 1.311.101 beneficiarios (mujeres y hombres); el número de beneficiarios de la asistencia para la seguridad alimentaria ascendió a 242.000 en 2023; y el número de beneficiarios del apoyo a los medios de subsistencia de las mujeres y de la asistencia pública ese mismo año fue de 93.198 (38.036 hombres y 55.162 mujeres).

52.El Estado Parte brinda la siguiente información sobre la disponibilidad, la cobertura y la financiación de los servicios sociales de apoyo a las familias, y sobre las disposiciones jurídicas en vigor para garantizar la igualdad de oportunidades a todas las familias, en particular las familias pobres, las pertenecientes a minorías étnicas y las monoparentales, en relación con:

El cuidado de niños

53.El Estado Parte informa de que se han liberado fondos de forma sistemática para ayudar a las familias. Los hogares encabezados por niños y mujeres se han beneficiado del Programa de Transferencias Sociales en Efectivo, cuyo objetivo es mitigar la pobreza. Además, el Estado Parte ha seguido ayudando a las familias a acceder a diversos servicios básicos no contributivos de protección social, como el Plan de Asistencia Pública y el Programa de Seguridad Alimentaria.

54.El Estado Parte también se esfuerza por reforzar los vínculos entre los planes de protección social y los servicios de atención que a menudo se prestan en la comunidad (apoyo a la crianza de los hijos, etc.).

55.El artículo 181 de la Ley núm. 12 del Código de la Infancia, de 2022, reconoce la necesidad de ayudar a las familias y prevé servicios intensivos de apoyo familiar con el fin de abordar diversas dificultades y necesidades de protección a las que se enfrentan los niños y sus familias, como el maltrato infantil, las deficiencias en la crianza o el abandono escolar, entre otros. El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y otros asociados, está ejecutando el programa para los niños en familias. En el marco de esta iniciativa, el Gobierno ha ideado, diseñado y puesto en marcha el Sistema Integrado para la Gestión de Casos Reglamentarios y las Notas Orientativas del Sistema para la Gestión de Casos Reglamentarios. Su objetivo es recopilar datos para la adopción de decisiones en las distintas áreas temáticas de protección, entre ellas: niños migrantes, niños en conflicto con la ley, niños que viven en prisión con sus madres, erradicación del matrimonio infantil, modalidades alternativas de cuidado y niños objeto de violencia.

Las personas con discapacidad

56.Los servicios sociales permiten a las personas mayores y a las personas con discapacidad permanecer en su entorno de vida habitual el mayor tiempo posible y recibir una asistencia sanitaria y social adecuada cuando son dependientes.

57.El Estado Parte, que ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en 2010, se ha asegurado de que las personas con discapacidad sean una prioridad en su programación de protección social. A través del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, ha puesto en marcha varias intervenciones y programas para proporcionar servicios y bienes que contribuyan al bienestar y la dignidad de las personas con discapacidad, reduciendo así la pobreza y la desigualdad entre ellas.

58.Entre las medidas adoptadas figura el establecimiento del Organismo Nacional para las Personas con Discapacidad en virtud de la Ley núm. 6 de Personas con Discapacidad, de 2012, que ha garantizado el acceso de las personas con discapacidad a la educación, las ayudas técnicas, la microfinanciación, la rehabilitación, la formación profesional, la información accesible y el apoyo a la agricultura.

59.Con el fin de continuar y ampliar el apoyo a las personas con discapacidad, el Estado Parte está examinando modalidades para que ese Organismo sea autosuficiente a través del programa de alianzas público-privadas relativo a las propiedades y centros agrícolas del Organismo.

60.Además, se ha creado el Centro Nacional de Rehabilitación y Formación Profesional como proyecto piloto para impartir capacitación a los trabajadores que han sufrido algún accidente conforme a las disposiciones del Consejo de Control del Fondo de Indemnización de los Trabajadores. En 1977, el Estado Parte y ese Consejo acordaron crear un centro de formación más amplio en el que se pudiera formar a las personas con discapacidades congénitas o adquiridas como consecuencia de lesiones. La creación del Centro Nacional de Rehabilitación y Formación Profesional también contó con el apoyo del Gobierno de Finlandia y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Declaración de las Naciones Unidas de 1982 sobre el Decenio para las Personas con Discapacidad (1983-1992) fue un catalizador de la actividad destinada a mejorar la situación de las personas con discapacidad. Esto impulsó aún más los esfuerzos del Gobierno y de las partes interesadas para crear este Centro. Entre 1984 y 1986, el Consejo de Control del Fondo construyó el Centro permanente, mientras que el Estado Parte y el Gobierno de Finlandia, junto con la OIT, proporcionaron el equipo y la maquinaria necesarios para su funcionamiento.

61.El Estado Parte, por conducto del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, está creando un sistema de cuotas para la prestación de servicios a las personas con discapacidad, de modo que al menos el 10 % de los programas y oportunidades de empleo se reserven a personas con discapacidad a fin de hacer frente a las desigualdades. Con ello se pretende ayudar a las personas con discapacidad a acceder a los servicios en igualdad de condiciones con las demás.

62.El Programa de Transferencias Sociales en Efectivo, que no es contributivo, es uno de los programas más importantes de protección social. Su objetivo general es favorecer la reducción de la pobreza extrema y la transferencia intergeneracional de la pobreza. Se trata de un programa a través del cual los hogares vulnerables, pobres y con personas con discapacidad reciben cada dos meses una suma en efectivo no contributiva de 400 u 800 kawacha para las personas con discapacidad. Este Programa se está implementando, por conducto del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, desde 2003.

63.En los últimos años, el Programa de Transferencias Sociales en Efectivo ha experimentado un aumento notable tanto en magnitud como en financiación, pasando de 880.537 hogares beneficiarios en 2021 a 1.311.101 en 2023. Actualmente, abarca al 54 % de personas pobres, lo que lo convierte en la mayor intervención de protección social del país y demuestra el compromiso del Estado Parte de apoyar más a las personas desfavorecidas.

64.Además, el Estado Parte, a través del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, está prestando asistencia social a los hogares vulnerables y con personas con discapacidad mediante el Plan de Asistencia Pública, la integración de la discapacidad y la atención a las personas mayores, en el marco del pilar de asistencia social de la Política Nacional de Protección Social. El apoyo ha sido tanto material como económico. El Plan de Asistencia Pública abarca los 116 distritos del país y se centra en el apoyo educativo, la asistencia médica, la repatriación de personas sin recursos y el suministro de complementos alimenticios como leche maternizada y muchas otras intervenciones.

65.Las prácticas del Estado Parte se han adaptado y siguen avanzando hacia el enfoque inclusivo de la discapacidad en todos los programas gubernamentales y especialmente en los servicios de protección social.

66.La atención a las personas mayores se lleva a cabo a través de programas institucionales y no institucionales. En cuanto a la programación institucional, el Estado Parte gestiona residencias para personas mayores y, en cuanto a la atención no institucional, la edad es uno de los criterios de los programas de protección social.

Información relativa al párrafo 49 de las observaciones finales

67.El Estado Parte, a través del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, está implementando el Programa de Transferencias Sociales en Efectivo desde 2003, y ha seguido expandiéndolo, como refleja el aumento del número de beneficiarios de 1.025.606 en 2022 a 1.311.101 en 2023. Esto ha sido posible gracias al incremento de la asignación presupuestaria del Estado Parte, que se prevé que aumente la capacidad de financiación pública más allá de la actual ayuda internacional.

Información relativa al párrafo 50 de las observaciones finales

68.Se invita al Comité a tomar nota de que, el 11 de mayo de 2021, el Estado Parte puso en marcha la Política Nacional de Tierras en el marco del Objetivo 8, que trata adecuadamente la incorporación de un enfoque sensible a las cuestiones de género y la juventud, inclusivo de la discapacidad y otros grupos socialmente marginados, en la asignación de tierras a mujeres, en cumplimiento de los artículos 3 y 11 del Pacto. La política implica y garantiza que el 50 % de la tierra disponible se asigne a mujeres.

Información relativa al párrafo 51 de las observaciones finales

69.En cuanto a los esfuerzos por mejorar las condiciones de vida en las prisiones y los centros de detención, el Estado Parte ha adoptado diversas medidas.

70.El Estado Parte ha seguido trabajando para reducir la población carcelaria mediante la construcción de prisiones, centros de reclusión y granjas al aire libre más modernos. A este respecto, el Estado Parte ha construido centros en todo el país, como se indica a continuación.

Centros penitenciarios construidos entre 2013 y 2023

N úmero

Lugar

Capacidad

Año de construcción

1.

Mwembeshi Maximum

650

2018

2.

Centro de Prisión Preventiva de Mwembeshi

2 000

2023

3.

Centro Penitenciario Central de Mwembeshi

2 000

2023

4.

Centro Penitenciario de Monze

250

2016

5.

Luwingu

200

2016

6.

Kalabo

250

2017

7.

Centro Penitenciario al Aire Libre de Nansanga

1 600

2022

8.

Centro Penitenciario al Aire Libre de Luko

250

2022

71.La liberación de reclusos a través de la prerrogativa de clemencia y el sistema de libertad condicional también ha contribuido de manera positiva a descongestionar los centros penitenciarios. Aunque el objetivo principal del sistema de libertad condicional es promover el buen comportamiento y la reforma entre los reclusos, en última instancia ha contribuido a descongestionar las prisiones y los demás centros de reclusión, lo que ha supuesto que 1.625 reclusos obtuvieran la libertad condicional entre 2017 y 2023. De ellos, 1.526 eran hombres y 99, mujeres.

72.Se invita al Comité a tomar nota de que, tras derogar la Ley de Prisiones (cap. 97 del CLZ) y sustituirla por la Ley núm. 37 del Servicio Penitenciario de Zambia de 2021, el Estado Parte ha iniciado la revisión y modificación de las normas sobre la libertad condicional para que más reclusos puedan optar a ella.

73.Los indultos presidenciales han tenido un efecto positivo en la reducción del hacinamiento en los centros penitenciarios. El Estado Parte ha seguido utilizando el indulto presidencial como herramienta para abordar la masificación. Un total de 17.418 reclusos recibieron indultos presidenciales entre 2019 y 2023.

74.Se invita al Comité a tomar nota de que se han construido nuevas instalaciones y celdas de detención o reclusión modernas, junto con nuevas comisarías de policía, en todo el país. Algunas de las comisarías modernas de reciente construcción con celdas de ese tipo son las de Chelstone, la Embajada, Lufwanyama, Kazungula, Ngabwe y Mwense. Además, hay proyectos en curso, como la construcción de nuevas comisarías y puestos de policía en todo el país, que aún no han concluido pero avanzan a buen ritmo. Los proyectos finalizados y en curso cuentan con planes prototipo modernos para garantizar mejores condiciones a todos los detenidos. Las nuevas celdas ofrecen, además, instalaciones para hombres, para mujeres y para menores de edad.

75.El Estado Parte desea informar de que, en un esfuerzo por mejorar las condiciones de vida de los reclusos en las prisiones y otros centros de reclusión, en 2022 se adquirieron y distribuyeron en todo el país 25.000 colchones y mantas en todos los centros penitenciarios.

76.Además, gracias a la colaboración permanente con los asociados y los interesados principales, en febrero de 2023 el Centro de Enfermedades Infecciosas e Investigación de Zambia donó 172 ventiladores industriales al Servicio Penitenciario de Zambia para mejorar la ventilación de las prisiones y los centros de reclusión. Esos 172 ventiladores industriales se han distribuido desde entonces a centros penitenciarios estratégicos de las provincias de Lusaka y Meridional.

77.En cuanto a la prestación de servicios de salud, el Estado Parte pone el máximo empeño en acercar los servicios sanitarios de calidad a los reclusos internados en centros penitenciarios implementando los siguientes programas:

Diagnóstico y tratamiento a gran escala de la tuberculosis en los centros penitenciarios, en 2021.

Evaluación, en 2021, en los centros penitenciarios, de la prevalencia del VIH, la tuberculosis, las enfermedades de transmisión sexual (ETS) y la hepatitis B; se observó que la prevalencia del VIH y las enfermedades infecciosas en esos centros había pasado del 14 % en 2020 al 6 % en 2021, lo que representa una reducción del 8 %.

Elaboración del Plan Estratégico de Salud del Servicio Penitenciario de Zambia para 2022-2026 y su correspondiente plan de implementación.

78.Con el fin de promover el acceso de los reclusos de las prisiones y centros de reclusión a servicios de salud adecuados, el Estado Parte ha establecido 29 centros sanitarios en las diez provincias, que incluyen cuatro minihospitales en: Livingstone Central, Chipata, Kabwe Medium y Lusaka Central. Los cuatro minihospitales tienen laboratorios apropiados para el cribado de la tuberculosis, analíticas en persona, recuento de linfocitos CD4 y análisis químicos, entre otras cosas.

79.Durante el período comprendido entre 2015 y 2021, el Estado Parte contrató a 226 profesionales de la salud para que prestaran servicios en los dispensarios creados en los centros penitenciarios. En cuanto a la prestación de una atención sanitaria adecuada a las reclusas, estas tienen igualdad de acceso a los servicios de atención de la salud ubicados dentro y fuera de los centros penitenciarios. Estas medidas han permitido mejorar las tasas de mortalidad y morbilidad de los reclusos en las prisiones y centros correccionales.

80.Se invita al Comité a tomar nota de que el Estado Parte ha contratado a técnicos y especialistas en salud y seguridad ambiental que asesoran al servicio penitenciario sobre cuestiones relacionadas con el entorno en el que viven los reclusos y recomiendan el cierre de determinadas instalaciones o infraestructuras si no son habitables para los seres humanos o contravienen las disposiciones de la Ley de Salud Pública (cap. 295 del CLZ). Las funciones de este personal de salud ambiental comprenden también la prevención de enfermedades transmitidas por los alimentos, el agua y el aire a que están expuestos los reclusos, los funcionarios y las comunidades aledañas. Llevan a cabo su labor mediante inspecciones de los locales y de los alimentos, el agua y el aire, y posteriormente formulan las recomendaciones oportunas.

81.En lo que respecta a las condiciones de vida de los menores infractores, el Estado Parte ha adoptado medidas para separar a los menores de los adultos en los centros penitenciarios de todo el país. Una de esas medidas fue la promulgación de la Ley núm. 12 del Código de la Infancia, de 2022, que prohíbe recluir a los niños en prisiones o centros de reclusión para adultos. A fin de aplicar la Ley del Código de la Infancia, el Estado Parte ha construido un nuevo pabellón para menores en la nueva Prisión Central de Mwembeshi, con una capacidad total de 300 personas.

82.El Estado Parte desea informar de que la Constitución cambió el nombre del Servicio de Prisiones de Zambia por el de Servicio Penitenciario de Zambia. Esto significa que se ha pasado de un enfoque punitivo a uno de corrección y rehabilitación de los reclusos. En consonancia con la Constitución, en 2021 se promulgó la Ley núm. 37 del Servicio Penitenciario de Zambia, que sustituyó a la Ley de Prisiones (cap. 97 del CLZ), e incluye disposiciones de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) y otros instrumentos internacionales de derechos humanos relativos al trato de los delincuentes.

83.El Estado Parte también ha emprendido el proceso de reestructuración del Servicio Penitenciario para que se ajuste al nuevo mandato establecido por la Constitución. Esto permitirá al Estado Parte aumentar la proporción de funcionarios de prisiones de 1 funcionario por cada 50 reclusos en la actualidad a un nivel aceptable de 1 funcionario por cada 4 reclusos. El Servicio Penitenciario de Zambia también ha tomado medidas para garantizar que los reclusos no reincidan tras su puesta en libertad a través de una serie de programas de rehabilitación de los que se encarga la Unidad de Gestión de Delincuentes del Servicio.

84.También es importante señalar que se está implementando una serie de programas de rehabilitación que promueve una colaboración intencionada con los reclusos durante su encarcelamiento. A los reclusos se les asignan programas en función de sus necesidades según lo determinan los Servicios Penitenciarios. Algunos de los programas de readaptación abarcan:

El pensamiento crítico

La gestión de la ira y las emociones

El tratamiento del uso indebido de sustancias

El manejo y control de la violencia

El tratamiento relacionado con los delitos de carácter sexual:

Terapia psicosocial

Ergoterapia

85.Se invita al Comité a tomar nota de que el Estado Parte sigue resuelto a mejorar las condiciones de salud en los centros penitenciarios de todo el país y ha garantizado el acceso al agua corriente en todos los establecimientos. Con el apoyo de los asociados para la cooperación, el Estado Parte también ha asegurado el suministro a los reclusos de paquetes de artículos de higiene, por ejemplo, jabón para la higiene personal, detergente, dentífrico y cepillos de dientes, desinfectantes y otros productos sanitarios.

86.Además, el Estado Parte ha puesto en marcha programas para proporcionar a los reclusos acceso a la educación formal, clases de alfabetización y oportunidades de formación profesional. Estos programas pretenden dotar a los reclusos de las habilidades y conocimientos necesarios para reintegrarse en la sociedad tras su puesta en libertad. El Estado Parte también ha emprendido iniciativas centradas en la rehabilitación y reintegración de los delincuentes, incluidos servicios de asesoramiento, rehabilitación para toxicómanos y apoyo al empleo tras la liberación. Estos esfuerzos son esenciales para reducir los índices de reincidencia y promover una reinserción satisfactoria en la comunidad.

Información relativa al párrafo 52 de las observaciones finales

87.El sector de la salud es prioritario para el Estado Parte, lo que se refleja en su compromiso de aumentar de forma continuada la asignación presupuestaria para ese sector. En 2024, se incrementó esa asignación, lo que demuestra la voluntad del Estado Parte de ampliar el acceso a una atención sanitaria de calidad en todo el país. El aumento respondía a la necesidad de contratar más personal médico, mejorar la atención primaria de salud y la atención comunitaria aumentando la financiación de hospitales y dispensarios y la adquisición de equipos y medicamentos. Para 2023, la asignación presupuestaria del sector sanitario se situó en 17.400 millones de kawacha, lo que representa el 10,4 % del presupuesto nacional total de 167.300 millones de kawacha. Para 2024, la asignación al sector sanitario aumentó a 20.900 millones de kawacha, que representan el 11,8 % del presupuesto nacional total de 177.800 millones de kawacha. El Estado Parte también ha adoptado otras medidas destinadas a mejorar las condiciones del sector de la salud, como:

Construcción y rehabilitación de hospitales de distrito

Construcción de viviendas para el personal y minihospitales

Adquisición de medicamentos y equipos médicos

Registro sanitario electrónico

88.El Estado Parte reconoce que la distribución dispar del personal sanitario entre las zonas rurales y urbanas, junto con la falta de programas de formación y de reorientación hacia servicios sanitarios integrados, representa un problema importante. Para hacer frente a este desafío, se invita al Comité a tomar nota de las siguientes medidas que el Estado Parte debe aplicar, entre otras:

Reforzar la gestión, la planificación, el desarrollo y la administración de los recursos humanos en todos los niveles del sector.

Seguir ampliando la dotación de personal sanitario a medida que lo permita el marco general de recursos.

Aumentar la inscripción de estudiantes y utilizar un sistema equitativo en la matriculación de enfermeros y oficiales médicos entre las provincias.

Promover la contratación y la retención del personal de la salud.

Información relativa al párrafo 53 de las observaciones finales

89.El Estado Parte ha adoptado medidas para prevenir la propagación del VIH/sida y otras ETS y para educar a los grupos de alto riesgo, los niños y los adolescentes, y la población en general, sobre la transmisión del VIH/sida. Algunas de esas medidas son la prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH, que implica reconocimientos a las mujeres durante las visitas de atención prenatal y la realización de pruebas a los niños. También se realizan exámenes prenatales para diagnosticar la sífilis y otras ETS a las embarazadas a fin de evitar la transmisión a los hijos. Además, se ha incrementado la sensibilización en lugares públicos y a través de los medios de comunicación sobre los peligros asociados al VIH/sida y el modo en que se transmiten. Actualmente, el Estado Parte fomenta el uso del preservativo, distribuye preservativos gratuitos en las instituciones públicas y promueve la circuncisión masculina a través de programas de radio y televisión para controlar la propagación del VIH/sida. Asimismo, ofrece tratamiento para las ETS y el VIH como medida preventiva.

90.La prevalencia del VIH tanto en hombres (5-59 años) como en mujeres (15-59 años) se redujo del 12,0 % en 2016 al 11,0 % en 2021. La prevalencia entre las mujeres disminuyó del 14,6 % en 2016 al 13,9 % en 2021. Análogamente, la prevalencia entre los hombres también se redujo del 9,3 % en 2016 al 8,0 en 2021. La prevalencia rural y urbana fue de un 8,7 % y un 14,4 % respectivamente en 2016. En 2021 la prevalencia del VIH era mayor en las zonas urbanas que en las rurales, con un 13,5 % y un 9,2 % respectivamente, lo que revela un aumento en las zonas rurales y una disminución en las urbanas (ZAMPHIA, 2021).

91.Los objetivos “95-95-95” del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida (ONUSIDA) aspiran a que el 95 % de las personas seropositivas conozcan su estado serológico, que el 95 % de las que lo conozcan reciban un tratamiento antirretrovírico y que el 95 % de las que lo sigan logren la supresión de la carga viral. En 2023, el Estado Parte había avanzado hacia los objetivos de la ONU y se situaba en 89-97-97. A pesar de los progresos realizados, el Estado Parte ha intensificado sus esfuerzos para combatir la pandemia del VIH fortaleciendo:

La prevención y el diagnóstico de casos de VIH y ETS

La gestión del VIH/sida, las ETS y otras infecciones oportunistas

El acceso a los servicios de cuidados paliativos efectivos

Los servicios de prevención y control entre los grupos vulnerables y de alto riesgo

92.Además, se han adoptado medidas para prestar apoyo a las personas con VIH/sida y a sus familias. El Estado Parte proporciona asesoramiento a las parejas en entornos centrados en la familia que permiten a los niños participar en las sesiones de asesoramiento. También existen políticas en los lugares de trabajo sobre el VIH/sida para prestar servicios de asesoramiento al cónyuge y a los familiares directos. Los trabajadores comunitarios de la salud están autorizados asimismo a administrar antirretrovíricos a domicilio y reciben paquetes de servicios sanitarios comunitarios integrados. Esto se hace en consonancia con las directrices consolidadas de Zambia para el tratamiento y la prevención del VIH y las directrices de los servicios nacionales de pruebas del VIH.

93.Por otra parte, el Estado Parte alienta a la población a formar grupos de apoyo en el lugar de trabajo para ofrecer ayuda a las personas con VIH/sida. En cuanto a la reducción del estigma social, se invita al Comité a tomar nota de que el número de personas que revelan su estado serológico respecto al VIH/sida ha ido en constante aumento. Además, se han adoptado medidas para garantizar un acceso asequible a los medicamentos antirretrovíricos. Actualmente existe una política sobre antirretrovíricos gratuitos en las instituciones públicas que permite a los interesados acceder a ellos sin costo alguno.

94.El Estado Parte prosigue su labor de prevención y atención en el ámbito de la salud prestando servicios de salud sexual y reproductiva, en particular a las mujeres y los jóvenes. Los esfuerzos de prevención y atención abarcan el ciclo vital, incluidas la salud infantil y la salud reproductiva de los adolescentes, y consisten en:

Servicios de planificación familiar antes y durante el embarazo a través de consultas prenatales, y después del parto a través de consultas posparto y visitas comunitarias, para mejorar la salud materna y la supervivencia infantil.

Intervenciones integradas para mejorar los resultados en materia de salud.

Integración de otros servicios como los relativos a las ETS, la educación sobre planificación familiar y la prevención de la transmisión maternoinfantil como parte de los servicios prenatales.

Introducción de servicios adaptados a los jóvenes.

Actividades de promoción de la salud.

Iniciativas escolares.

95.El Estado Parte ha adoptado medidas para combatir el VIH/sida mediante programas de información pública. A través del Ministerio de Salud, ha llevado a cabo programas de sensibilización y ha reforzado las campañas de asesoramiento voluntario. Los “clubes antisida” creados en las escuelas también han sido útiles para ofrecer información sobre el VIH/sida a los jóvenes escolarizados. La creación de la línea telefónica gratuita 990 sobre cuestiones relacionadas con el VIH/sida es un medio eficaz para hacer llegar la información sobre el VIH/sida a la población.

Información relativa al párrafo 54 de las observaciones finales

96.Véase la respuesta relacionada con el artículo 13 del Pacto más abajo.

Información relativa al párrafo 55 de las observaciones finales

97.Como se ha indicado en la respuesta al párrafo 42 de las observaciones finales más arriba, el Estado Parte, a través del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, gestiona el denominado Plan de Asistencia Pública, centrado en la asistencia social. Los beneficiarios del programa son huérfanos y niños vulnerables que pueden proceder de hogares encabezados por niños. Las ayudas se conceden en forma de tasas escolares para los cursos 1º a 12º de la enseñanza pública. Sin embargo, no existen estadísticas desglosadas por hogares encabezados por niños, ya que los demás niños beneficiarios de la ayuda pueden proceder de otros hogares vulnerables, por ejemplo aquellos en los que el cabeza de familia es un anciano, una persona con discapacidad, un enfermo crónico o una mujer sin apoyo. En 2023, el número total de niños vulnerables que se beneficiaron del Plan, según las Estadísticas sobre la Asistencia Pública de 2023, asciende a 93.198 (38.036 niños y 55.162 niñas).

98.El Estado Parte informa de que se han facilitado fondos de forma sistemática para ayudar a las familias, prestando especial atención a los hogares encabezados por niños y mujeres en el marco del Programa de Transferencias Sociales en Efectivo, cuyo objetivo es mitigar la pobreza. Además, el Estado Parte ha seguido ayudando a las familias a acceder a diversos servicios básicos no contributivos de protección social, como el Plan de Asistencia Pública y el Programa de Seguridad Alimentaria.

99.El Estado Parte también se esfuerza por fortalecer los vínculos entre los planes de protección social y los servicios de atención que suelen prestarse en la comunidad (apoyo a la crianza de los hijos, etc.).

100.Reconociendo las necesidades de las familias, el Estado Parte ha previsto servicios intensivos de apoyo en cumplimiento del artículo 181 de la Ley núm. 12 del Código de la Infancia de 2022. Esos servicios abordarán diversos retos y necesidades de protección a los que se enfrentan los niños y sus familias, como el maltrato infantil, las deficiencias en la crianza de los hijos o el abandono escolar, entre otros. El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, con el apoyo del UNICEF y otros asociados estratégicos, está implementando un programa sobre niños en familias. El Estado Parte informa además de que, en el marco de esta iniciativa, el Gobierno ha diseñado, establecido y puesto en marcha el Sistema Reglamentario Integrado para la Gestión de Casos y las correspondientes Notas Orientativas. En 2022 se elaboraron el Manual del Sistema Reglamentario para la Gestión de Casos y el Sistema de Información para la Gestión, que se pusieron en práctica el 28 de febrero de 2023. Estas herramientas tienen como objetivo obtener datos para la adopción de decisiones en las diversas áreas temáticas de protección, a saber: niños en situación migratoria; niños en conflicto con la ley; niños que viven en prisión con sus madres; erradicación del matrimonio infantil; modalidades alternativas de cuidado; y violencia contra los niños.

101.Además, el Estado Parte ha creado un entorno propicio que permite a otros actores, como las organizaciones de la sociedad civil, las entidades privadas y las ONG, prestar apoyo y asistencia en asuntos relacionados con el bienestar de los niños y, en la actualidad, se utiliza un enfoque de gestión de casos en la comunidad. Del mismo modo, se requiere un enfoque cooperativo y de múltiples partes interesadas para abordar los derechos y las necesidades de los niños y adolescentes que se enfrentan a múltiples riesgos y privaciones. El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales utiliza el enfoque de gestión comunitaria de casos para contribuir a mejorar el bienestar de los niños y adolescentes vulnerables.

102.La gestión comunitaria de casos como enfoque coordinado e integrado se reconoce cada vez más como “mejor práctica” en el Estado Parte. Esto se debe a que, en tanto que enfoque coordinado e integrado, requiere colaboración, objetivos compartidos y un entendimiento común de las definiciones, los procesos, las funciones y las responsabilidades.

103.El Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales ha elaborado la directrices y herramientas de gestión comunitaria de casos que empezaron a utilizarse el 28 de febrero de 2023. El objetivo general de la gestión comunitaria de casos es promover el acceso de los niños, los adolescentes y sus familias vulnerables a servicios esenciales en un entorno propicio que favorezca su crecimiento, su desarrollo holístico y su resiliencia.

104.Por otra parte, el Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales está elaborando un sistema eficaz de gestión de casos con una amplia gama de servicios de prevención, protección, transformación, respuesta y promoción con miras a mejorar el bienestar de los niños, los adolescentes y sus respectivas familias. Para garantizar una coordinación sin contratiempos, es necesario que los recursos estén disponibles y que se apliquen los conocimientos especializados necesarios para garantizar que las necesidades o retos de los niños, adolescentes y familias vulnerables se aborden de forma holística y adecuada. En el momento de redactar el informe, el número de miembros de los comités de asistencia social comunitaria era de 88.180 (2023) y el número de comités era de 8.818 (2023).

105.Asimismo, el Estado Parte ha creado un entorno favorable para que otros actores, como las organizaciones de la sociedad civil, las entidades privadas y las ONG, presten apoyo y asistencia en cuestiones relativas al bienestar de los niños.

Información relativa al párrafo 56 de las observaciones finales

106.Para fomentar la educación de las niñas, el Ministerio de Educación ha seguido colaborando estrechamente con los líderes tradicionales y las organizaciones religiosas, especialmente en las zonas rurales, a fin de sensibilizar a las comunidades sobre el valor de la educación de las niñas y desalentar los matrimonios infantiles y precoces. La implantación de políticas, como las centradas en erradicar el matrimonio infantil y fomentar la reincorporación a la escuela de las niñas que se han quedado embarazadas, tiene el propósito de ilustrar a la sociedad el valor de la educación de las niñas.

107.La Constitución, en su artículo 231, párrafo 3 a), establece una Comisión de Equidad e Igualdad de Género cuyo mandato es promover la igualdad de género en todas las esferas de la vida, supervisar la aplicación de la ley y presentar informes al respecto. Sin embargo, el Estado Parte señala que la Comisión aún no está operativa debido a que las disposiciones de la ley están siendo implementadas progresivamente por los ministerios competentes.

Información relativa al párrafo 57 de las observaciones finales

108.La aplicación de la Política Nacional de Cultura, aprobada en 2003, es un proceso continuo del que se encargan directamente el Ministerio de Turismo y otros ministerios y organismos oficiales que se ocupan, en parte, de asuntos culturales.

109.Además, la Política Nacional de Cultura está reflejada en el VIII Plan Nacional de Desarrollo y se implementa en el marco de este mediante la construcción y el mantenimiento de infraestructuras relacionadas con la cultura y la celebración de festivales y exposiciones a nivel nacional, provincial y de distrito.

Información relativa al párrafo 58 de las observaciones finales

110.El Estado Parte invita al Comité a tomar nota de que la propuesta de revisión de la Carta de Derechos que habría llevado a la inclusión de los derechos económicos, sociales y culturales en la Constitución fue rechazada en el referéndum que tuvo lugar en 2016. Por lo tanto, no ha habido cambios legislativos con respecto a los derechos mencionados. Pese a ello, el Estado Parte ha seguido solicitando el apoyo de diversas partes interesadas y asociados colaboradores para celebrar un referéndum que permita reformar la Constitución a fin de mejorar la Carta de Derechos e incorporar en ella los derechos económicos, sociales y culturales.

Información relativa al párrafo 59 de las observaciones finales

111.El Estado Parte toma nota de la observación final formulada por el Comité e informa de que colabora con diversas partes interesadas mediante la realización de actividades de sensibilización pública acerca de las disposiciones de la Convención que comprenden cursos, conferencias, seminarios y presentaciones. Durante la preparación de los informes periódicos es obligatorio realizar talleres de consulta y validación, que son a la vez uno de los medios para dar a conocer las obligaciones internacionales que el Estado Parte ha asumido al ratificar la Convención y aceptar las observaciones finales. El Estado Parte informa de que también se alienta a los jueces a aplicar los instrumentos internacionales en la toma de decisiones cuando la legislación local presenta lagunas evidentes.

III.Información relativa a los artículos del Pacto

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 1 del Pacto

Constitución

112.La Constitución de Zambia garantiza el derecho a la libre determinación. También reconoce la igualdad de hombres y mujeres y su derecho a participar libremente en un orden político, jurídico, económico y social sostenible, a determinarlo y a construirlo. La Constitución afirma además la igualdad de mujeres y hombres y su derecho a participar libremente en un orden político, jurídico, económico y social sostenible, a determinarlo y a construirlo. El artículo 16 de la Constitución también garantiza el derecho a la protección frente a la privación de la propiedad.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 2 del Pacto

113.El marco constitucional sobre el respeto, la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales está plasmado en el capítulo 3 (Carta de Derechos) de la Constitución. La Constitución pretende hacer efectivos todos los derechos humanos, aunque los derechos económicos, sociales y culturales no son justiciables. Todas las personas, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, pueden ejercer todos los derechos recogidos en la Carta de Derechos.

114.Sírvanse remitirse a la respuesta al párrafo 33 de las observaciones finales.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 3 del Pacto

Constitución

115.La Constitución reconoce el mismo valor a hombres y mujeres en lo que atañe al derecho a determinar y construir libremente un sistema político, económico y social de su libre elección y participar en él. El artículo 23 de la Constitución protege a todas las personas frente a cualquier forma de discriminación, incluida la discriminación por razón de sexo, lo que garantiza que los hombres y las mujeres disfruten de los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos en el Pacto en igualdad de condiciones.

Otras medidas legislativas

116.La Ley núm. 22 de Equidad e Igualdad de Género, de 2015, prevé la creación de la Comisión de Equidad e Igualdad de Género, que aún no ha entrado en funcionamiento y cuyas funciones comprenderán las siguientes:

a)Alcanzar, en colaboración con el Ministerio responsable de las cuestiones de género, la igualdad y equidad de género y su incorporación en la labor y las entidades públicas y privadas;

b)Realizar tareas de supervisión, investigación, análisis, formación, cabildeo, asesoramiento e información sobre cuestiones relativas a la equidad y la igualdad de género;

c)Recomendar a las autoridades competentes las medidas necesarias para lograr la equidad y la igualdad entre hombres y mujeres;

d)Adoptar medidas, en colaboración con las autoridades competentes, para garantizar la reparación en relación con las denuncias sobre equidad e igualdad de género.

117.La Ley núm. 9 de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos, de 2006, prohíbe la discriminación por razones de género y facilita la creación de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos, cuya función es promover la igualdad de género en el acceso a los recursos económicos, así como en la propiedad, el control, la gestión y la explotación de estos.

118.El Estado Parte ha empezado a examinar las modificaciones propuestas a la Ley de Sucesiones Intestadas (cap. 59 del CLZ) con la intención de que las viudas no se vean desfavorecidas en el reparto de la herencia de sus maridos fallecidos.

Medida administrativa

119.La Oficina del Presidente cuenta con una División de Género encargada de coordinar las actividades de integración de la perspectiva de género en el país. A juzgar por el reciente nombramiento de mujeres para puestos de dirección clave, como se indica en la respuesta al párrafo 39 de las observaciones finales, se ha logrado cierto grado de éxito.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 4 del Pacto

Constitución

120.Se invita al Comité a tomar nota de que la imposición de limitaciones al ejercicio de los derechos humanos se rige por la Constitución. El artículo 25 de la Constitución brinda orientaciones generales sobre las circunstancias en que puede limitarse el ejercicio de un derecho, lo cual solo puede suceder con arreglo a la ley. Todo lo que se haga fuera del ámbito de la ley carecerá de validez.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 5 del Pacto

121.El Estado parte reconoce que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. Por lo tanto, todos los derechos exigen el mismo grado de protección. Un ejemplo de una medida judicial para hacer valer este derecho es la causa Christine Mulundika c. el Pueblo, en que el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones del capítulo 104 de la Ley de Orden Público por contravenir los artículos 20 y 21 de la Constitución, al formar parte de la Carta de Derechos. El principio establecido en esta causa sigue siendo válido y se sigue invocando en la actualidad.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 6 del Pacto

122.Con la promulgación de la Ley núm. 3 del Código de Empleo, de 2019, el Estado Parte ha establecido la no discriminación en el empleo. A tenor de esa ley, los empleadores deben promover la igualdad de oportunidades en el empleo y eliminar la discriminación en el lugar de trabajo.

123.La ley protege al trabajador contra cualquier política o práctica laboral que discrimine, directa o indirectamente, por motivos de color, nacionalidad, tribu o sexo. También alienta a los empleadores a adoptar medidas de acción afirmativa que favorezcan la promoción de la igualdad o la eliminación de la discriminación en el proceso de empleo.

124.Por otra parte, la Ley núm. 1 de Lucha contra la Violencia de Género, de 2011, protege de los abusos económicos por motivos de género. La ley define el abuso económico como la denegación a una persona del derecho a buscar empleo o a realizar una actividad generadora de ingresos. El abuso económico es una forma de violencia de género.

125.En consonancia con esto, el artículo 31 de la Ley de Equidad e Igualdad de Género aborda la eliminación de la discriminación en el empleo indicando que la mujer tiene el mismo derecho que el hombre a acceder a oportunidades de empleo y a trabajar en todos los sectores de la economía.

126.Mediante la promulgación de la Ley núm. 23 de Educación, de 2011, el Estado Parte se compromete a lograr progresivamente la disponibilidad de la enseñanza general y la formación profesional. Además, la Ley de Equidad e Igualdad de Género prevé, en el artículo 30, la eliminación de la discriminación en la educación y la orientación profesional.

127.El Estado Parte ha seguido apoyando el fomento de la capacidad de los ciudadanos mediante inversiones e intervenciones en materia de educación y adquisición de capacidades, salud y nutrición, agua y saneamiento y reducción de la pobreza, las desigualdades y la vulnerabilidad.

128.Con el fin de incitar a las mujeres y las niñas a dedicarse a la ciencia y la tecnología, el Estado Parte ha adoptado medidas de acción afirmativa consistentes en becas para las mujeres y niñas que deseen estudiar esas materias (Política Nacional de Género, 2023).

129.Además, uno de los principales aspectos del VIII Plan Nacional de Desarrollo es la ampliación del acceso a la enseñanza infantil, primaria y secundaria, así como a la educación técnica, la formación profesional y en empresariales y la educación superior, y la mejora de su calidad, utilizando las siguientes estrategias:

Mayor acceso a una educación de calidad, equitativa e inclusiva

Mejora de las competencias técnicas, profesionales y empresariales

Mayor acceso a la educación

Mayor acceso a la ciencia, la tecnología y la innovación

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 7 del Pacto

Medidas legislativas

130.El artículo 31, párrafo 1, de la Ley núm. 22 de Equidad e Igualdad de Género, de 2015, establece que las mujeres tienen el mismo derecho a acceder a oportunidades de empleo y a trabajar en todos los sectores de la economía que los hombres. También establece la igualdad de remuneración, prestaciones y trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como la igualdad de trato en la evaluación de la calidad del trabajo. Por último, exige la protección de las condiciones, la accesibilidad del lugar de trabajo y la salud y seguridad en el trabajo, incluidos los ascensos, la seguridad en el empleo y las prestaciones asociadas a las condiciones de servicio. Además, la Ley núm. 3 del Código de Empleo de 2019 (parte VII, artículos 92 a 94) prevé el bienestar de los empleados, lo que incluye agua y saneamiento, vivienda y atención médica.

131.La Ley de Fábricas (cap. 411 del CLZ) regula las condiciones de empleo en fábricas y otros lugares atendiendo en especial a la seguridad, la salud y el bienestar de los empleados. También contiene medidas para garantizar la seguridad, las revisiones y la inspección de determinadas instalaciones y máquinas. El Estado Parte, a través del artículo 31 de la Ley de Equidad e Igualdad de Género, prohíbe la discriminación en el empleo contemplando el acceso a la oferta laboral, los ascensos, la seguridad en el empleo y las prestaciones asociadas a las condiciones de servicio. Además, la Ley núm. 3 del Código de Empleo, de 2019, se centra en el bienestar de los empleados y la protección de los salarios, lo que incluye la vivienda y otras necesidades.

132.La división 7.3 de la Ley del Código de Empleo también regula el nivel salarial mínimo y las condiciones mínimas de empleo y los aspectos conexos. Prevé diferentes formas de determinación de los salarios, por ejemplo, a través de la negociación colectiva para todos los trabajadores afiliados a un sindicato y de reglamentación emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social para todos los trabajadores no directivos que no pertenezcan a sindicatos.

133.La Ley núm. 3 del Código de Empleo de 2019 establece que el Ministro puede, mediante instrumento legislativo, designar un día festivo remunerado en virtud de la Ley de Días Festivos, y los empleados tendrán derecho a disfrutar de él percibiendo el salario completo a menos que se haya ausentado de su puesto sin permiso o una causa justificada, ya sea el día inmediatamente anterior o el día siguiente al día festivo. Además, disfrutará de vacaciones anuales retribuidas a razón de dos días al mes como mínimo.

Medidas administrativas

134.El Estado Parte ha reforzado el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para garantizar que todas las personas disfruten de condiciones de trabajo justas y favorables. Los objetivos estratégicos del Ministerio son:

Aumentar la oferta de empleo para jóvenes, mujeres y personas con discapacidad.

Fomentar el diálogo social.

Promover la protección social mediante la creación de un sistema de seguridad social integral.

Concienciar sobre cuestiones laborales y de empleo y mejorar la adopción de decisiones.

Reforzar el marco reglamentario y legislativo del sector del empleo y el trabajo.

Promover y hacer cumplir las normas de seguridad y salud en los lugares de trabajo para garantizar un entorno laboral seguro e inocuo.

Favorecer la productividad para potenciar el crecimiento económico del país.

Reducir la propagación y los efectos del VIH y el sida entre trabajadores y empleadores.

Eliminar las peores formas de trabajo infantil.

Reducir la fuga de cerebros del país.

Utilizar eficazmente las competencias de los trabajadores migrantes.

Acabar con la discriminación en el mercado laboral.

Supervisar la implementación de los programas ministeriales y asegurarse de que se alcanzan los objetivos previstos.

135.En consonancia con lo anterior, el Estado Parte, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ha contratado a 21 funcionarios e inspectores de trabajo para velar por que todos los trabajadores, incluidos los migrantes y expatriados, disfruten de condiciones de empleo justas y favorables. A fin de mejorar las condiciones de servicio de los grupos vulnerables y proporcionar entornos de trabajo seguros, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social está revisando los salarios mínimos y condiciones de empleo de los trabajadores de comercios, el sector del empleo doméstico y los trabajadores de servicios generales. Además, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social también está revisando la Ley de Fábricas (cap. 411 del CLZ) para garantizar la seguridad en el lugar de trabajo.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 8 del Pacto

Medidas legislativas

136.El Estado Parte reconoce el derecho a fundar sindicatos y afiliarse al de su elección. Este derecho está consagrado en el artículo 21, párrafo 1, de la Constitución, que establece que no se privará a nadie del disfrute de la libertad de reunión y asociación salvo con su consentimiento.

137.El artículo 5 de la Ley de Relaciones Laborales e Industriales (cap. 269 del CLZ) contempla el derecho de todo trabajador a afiliarse a un sindicato. Además, tanto el artículo 5 de esa ley como el artículo 5, párrafos 2 a) y 3 a), de la Ley núm. 3 del Código de Empleo de 2019 establecen que está prohibido discriminar directa o indirectamente en el empleo por motivos de color, nacionalidad, tribu, idioma, raza, origen social, religión, creencias, opiniones políticas, sexo, género, embarazo, estado civil, etnia, obligaciones familiares, discapacidad, condición, salud, cultura o situación económica. Además, en el artículo 108 de la Ley de Relaciones Laborales Industriales se reitera la prohibición de discriminar en el empleo y se enuncian las medidas que pueden tomarse cuando se es objeto de discriminación en el lugar de trabajo.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 9 del Pacto

138.La Política Nacional de Seguridad Social de Zambia se implantó oficialmente el 25 de enero de 2019. Esta política se elaboró con el objeto de proporcionar un marco al sistema de seguridad social del Estado Parte, esbozando principios y directrices para garantizar la prestación de servicios sociales esenciales y brindar apoyo financiero a sus ciudadanos. Es la piedra angular para promover el bienestar social y la estabilidad económica en el Estado Parte. Aborda diversos aspectos, como los planes de pensiones, la cobertura sanitaria, las prestaciones por discapacidad, las ayudas por desempleo y otras formas de protección social que el Estado Parte ofrece a sus ciudadanos. La política está diseñada para que los particulares y las familias tengan acceso a los servicios sociales esenciales y a la asistencia financiera en tiempos de necesidad, promoviendo el bienestar social y la estabilidad económica en el Estado Parte.

139.Los regímenes de seguridad social existentes comprenden los regímenes de pensiones contributivas de la NAPSA, el Fondo de Pensiones de los Funcionarios Públicos, el Fondo de Pensiones de las Autoridades Locales y demás regímenes profesionales ofrecidos por el sector privado. En relación con los servicios de la seguridad social, revisten también importancia los planes de seguro médico, la Autoridad Nacional de Gestión del Seguro de Enfermedad y el Consejo de Control del Fondo de Indemnización de los Trabajadores, que indemniza a todo empleado que deja de trabajar por una lesión relacionada con el trabajo.

140.El Estado Parte cuenta asimismo con planes no contributivos como el Plan de Transferencias Sociales en Efectivo, que benefició a 1.311.101 hogares en 2023, el Programa de Seguridad Alimentaria, que benefició a 242.000 hogares en 2023, el Plan de Asistencia Pública, con 40.000 beneficiarios en 2023, el Programa de Apoyo a los Insumos Agrícolas, que tiene más de un millón de beneficiarios, con una asignación de 8.600 millones de kawacha, los programas de atención sanitaria para personas mayores de 65 años y los programas de alimentación escolar.

141.El Comité tal vez desee tomar nota de que, antes de 2019, la seguridad social se limitaba, en general, al sector formal. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos del Estado Parte en el pasado reciente para aumentar la oferta de empleo, la mayoría de la población del Estado Parte trabaja en el sector informal con un nivel reducido o nulo de seguridad social. En el cuadro que figura a continuación se indica el número de afiliados que cotizan a los regímenes y el número de jubilados y beneficiarios:

Institución

Afiliados

Beneficiarios y jubilados

Dirección Nacional de Pensiones

1 100 000

25 000

Fondo de Pensiones de los Funcionarios Públicos

107 313

66 598

Fondo de Pensiones de las Autoridades Locales

Indemnizaciones para trabajadores

538 062

21 397

Autoridad Nacional de Gestión del Seguro de Enfermedad

1 000 000

6 700 000

Planes de pensiones privados

141 267

Total

Medidas legislativas

142.El artículo 189 de la Constitución establece que las prestaciones de jubilación se desembolsarán con prontitud y regularidad. En caso de que no se abone una prestación de jubilación el último día de trabajo de una persona, ésta dejará de trabajar, pero figurará en nómina hasta el pago de la prestación de jubilación basada en el último salario que percibió.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 10 del Pacto

143.El Estado Parte desea comunicar que existen leyes que garantizan el derecho de hombres y mujeres a contraer matrimonio. La Constitución reconoce en su preámbulo la importancia de la familia como unidad fundamental de la sociedad, y la Ley de Matrimonio (cap. 50 del CLZ) consagra este derecho. En el Estado Parte, la celebración de todo matrimonio requiere la libre voluntad de los contrayentes.

144.Para las personas menores de 21 años, que es la edad legal para contraer matrimonio, la Ley de Matrimonio exige que se obtenga el consentimiento por escrito del padre, la madre o el tutor para que el matrimonio sea válido.

145.Sin embargo, puede no suceder así en la mayoría de los matrimonios rurales y periurbanos en los que se aplica el derecho consuetudinario. Esto significa que una niña o una joven puede casarse cuando alcanza la pubertad. El Estado Parte ha revisado la Ley de Matrimonio para armonizarla con otros instrumentos, como la Constitución y la Ley del Código de la Infancia, en lo concerniente al matrimonio infantil. La edad mínima para contraer matrimonio se ha fijado en 18 años para todos los matrimonios, con arreglo a la ley o consuetudinarios, ya que el artículo 2 de la Ley núm. 13 de Matrimonio (Modificación) de 2023 define al “niño” como persona de 18 años o menos. La Ley de Matrimonio (Modificación) derogó el artículo 33 de la Ley de Matrimonio (cap. 50 del CLZ), que anteriormente permitía el matrimonio de niños, incluso de menores de 15 años. En virtud del artículo 3 de la ley modificada, esa disposición se ha sustituido por una nueva que estipula que el matrimonio es nulo si uno o ambos contrayentes son niños, y esa restricción se ha ampliado a los matrimonios celebrados en virtud del derecho consuetudinario, en que no existía límite de edad para el matrimonio.

146.La Ley núm. 22 de Equidad e Igualdad de Género, de 2015, reconoce la facultad de la mujer para decidir por sí misma y actuar en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y la vida familiar, incluido el derecho a elegir cónyuge, contraer matrimonio o pedir la disolución de este.

147.El artículo 5, párrafo 2 a), de la Ley del Código de Empleo establece que ningún empleador discriminará a ningún empleado o candidato, directa o indirectamente, en ninguna política o práctica laboral, por motivos de color, nacionalidad, tribu o lugar de origen, lengua, raza, origen social, religión, creencias, conciencia, opinión política o de otra índole, sexo, género, embarazo, estado civil, etnia, responsabilidad familiar, discapacidad, condición, salud, cultura o motivos económicos. Además, el artículo 40 sobre la licencia por asuntos familiares reconoce el derecho a tres días de permiso retribuido al año para atender responsabilidades relacionadas con el cuidado, la salud o la educación de un hijo, cónyuge o persona dependiente.

148.Mediante la promulgación de la Ley del Código de Empleo de 2019 (parte V), el Estado Parte ha definido y estipulado claramente las condiciones de empleo de los niños pequeños y los jóvenes. La ley prohíbe el empleo de niños en categorías de trabajo como el sector industrial, las peores formas de trabajo, el trabajo nocturno y otros lugares de trabajo cubiertos por la ley. En la parte V de la Ley del Código de Trabajo también se abordan las consecuencias del empleo de niños pequeños y de personas jóvenes.

149.El Estado Parte informa de que la Ley del Código de la Infancia enuncia la necesidad de proteger a los niños y trata la cuestión del recurso al trabajo infantil forzoso. Además, el artículo 13 prohíbe la explotación económica de los niños o su utilización en cualquier trabajo que sea peligroso o que pueda afectar a su educación, su salud física o mental y su desarrollo espiritual, moral, emocional o social. Por lo tanto, en esta ley se tipifica como delito la explotación infantil.

150.Algunas de las medidas adoptadas para dar a conocer mejor la legislación vigente son la publicación del Plan de Acción Nacional para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (2020-2025) y la promulgación de la Ley núm. 12 del Código de la Infancia de 2022. Además, en el artículo 181 de esa ley se reconoce la necesidad de fortalecer a las familias y se prevé la prestación de servicios intensivos de apoyo familiar. Se trata de servicios destinados a abordar diversos retos y necesidades de protección a los que se enfrentan los niños y sus familias, como el maltrato infantil, las deficiencias en la crianza de los hijos o el abandono escolar.

151.Se invita al Comité a tomar nota de que el artículo 15 de la Ley núm. 3 del Código de Empleo de 2019 establece que las trabajadoras tienen derecho a la licencia de maternidad si han trabajado al menos durante dos años. Todas las mujeres embarazadas que cumplan los requisitos tienen derecho a una licencia de maternidad retribuida de 14 semanas tras el parto. Cabe señalar que esa licencia no afecta a las vacaciones anuales acumuladas a las que tengan derecho. Asimismo, la ley establece que el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo por motivos relacionados con la ausencia durante la maternidad.

152.El Estado Parte revisa su legislación laboral de manera continuada para asegurarse de que sea conforme con los convenios de la OIT.

153.Se invita al Comité a tomar nota de que el Estado Parte promulgó el Decreto de Prohibición del Empleo Infantil y Juvenil (Trabajo Peligroso) (Instrumento Legislativo núm. 121 de 2013), que prohíbe emplear a un niño o joven en cualquier tipo de trabajo peligroso.

154.La introducción de la educación gratuita por parte del Gobierno en enero de 2022 ha mejorado aún más el acceso a la educación, por lo que la mayoría de los niños que participaban en actividades económicas ya han vuelto a la escuela.

155.El Estado Parte informa de que dispone de leyes y mecanismos para la protección de grupos vulnerables como los solicitantes de asilo y sus familias. Algunas de las leyes en vigor son la Ley núm. 16 de Lucha contra la Trata de Personas, de 2022, y la Ley núm. 12 del Código de la Infancia, de 2022. Además de las disposiciones que figuraban en la Ley núm. 11 de Lucha contra la Trata de Personas de 2008, la ley de modificación tiene en cuenta cuestiones concretas como la creación de un organismo público en virtud del artículo 2A, a saber, el Departamento de Lucha contra la Trata de Personas, que se ocupa, entre otras cosas, de coordinar todas las actividades relacionadas con la trata de personas, adoptar medidas eficaces para prevenir y erradicar la trata, investigar, detener y enjuiciar a los responsables de la trata, y recopilar y difundir información sobre este tema. La ley también ha ampliado el ámbito de acción de los organismos encargados de hacer cumplir la ley para investigar, detener y enjuiciar a los responsables de la trata de personas.

156.Habida cuenta de la importancia que el Gobierno concede a la mejora de la colaboración entre las partes interesadas, en la ley de modificación se ha revisado la composición del Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas para incluir a la Comisión de Lucha contra las Drogas, el Departamento de Lucha contra la Trata de Personas y la Comisión de Lucha contra la Corrupción.

157.A tenor de lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley núm. 12 del Código de la Infancia, de 2022, se entiende por niño que necesita de cuidado y protección todo niño no acompañado en movimiento o refugiado, migrante, víctima de trata de personas o desplazado a causa de una guerra, disturbios civiles o un desastre. En las respuestas a los párrafos 47 y 48 de las observaciones finales se han abordado los mecanismos de protección previstos en la Ley del Código de la Infancia.

158.La ley establece también procedimientos relativos al cuidado y la protección de los niños en las situaciones mencionadas, teniendo en cuenta el interés superior del niño. Esos procedimientos pueden incluir la colocación del niño en una familia de acogida, un hogar de guarda o un lugar seguro donde reciba los servicios de atención y protección necesarios, como la satisfacción de sus necesidades básicas (alimentación, alojamiento, ropa, atención médica y educación).

Medidas administrativas

159.Las medidas administrativas se abordan en las respuestas a los párrafos 48 y 55 de las observaciones finales.

160.Existen servicios sociales que permiten a las personas mayores y a las personas con discapacidad permanecer en su entorno de vida habitual el mayor tiempo posible y recibir una asistencia sanitaria y social adecuada cuando son dependientes.

161.El Estado Parte también cuenta con el Mecanismo Nacional de Derivación para la Protección de los Migrantes Vulnerables desde 2010. Se trata de una trayectoria o itinerario para brindar orientación sobre las distintas etapas de la asistencia a los migrantes vulnerables que necesitan ayuda en materia de protección. Promueve la coordinación de las partes interesadas nacionales para la prestación de una asistencia eficaz e integral a determinadas categorías de migrantes vulnerables, como los solicitantes de asilo, en consonancia con el marco jurídico nacional y las mejores prácticas internacionales.

162.En 2018, la Oficina Central de Estadística de Zambia estimó que había 955.301 niños que trabajaban. Para hacer frente a esta situación, el Estado Parte elaboró e implementó el primer Plan de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil. El Estado Parte ya ha puesto en marcha el segundo Plan de Acción Nacional (2020-2025) con el fin de poner coto a las peores formas de trabajo infantil. También ha aprobado la Política Nacional de Trabajo Infantil, que establece un plan de acción y designa organismos y comités responsables a nivel nacional y de distrito para abordar las formas comunes de trabajo infantil en el país.

163.Los comités de distrito sobre el trabajo infantil localizan a los niños víctimas del trabajo infantil y facilitan su reinserción en la escuela. También se encargan de la aplicación del Plan de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil, llevan a cabo programas de sensibilización y brindan asesoramiento a las víctimas del trabajo infantil.

164.El Estado Parte, en colaboración con otras partes interesadas fundamentales, como el Ministerio de Trabajo y Servicios Sociales, facilita la programación a nivel de distrito a través de mecanismos de coordinación como los comités de distrito sobre el trabajo infantil y los comités de distrito de protección del niño. Además, la Comisión de Derechos Humanos, por conducto de la oficina del Comisionado para la Infancia, ayuda al Estado a proteger a los niños contra el trabajo infantil instaurando programas especiales y realizando inspecciones ante la sospecha o denuncia de casos de trabajo infantil.

165.El Estado Parte ha tomado medidas para que el Plan Nacional del Seguro Médico ofrezca acceso gratuito a los servicios de atención primaria de salud a las personas de edad (65 años o más).

166.El Estado Parte informa de que, en virtud de la Ley núm. 1 de Lucha contra la Violencia de Género, de 2011, tiene la obligación de proporcionar refugio, tratamiento médico, servicios jurídicos y servicios de rehabilitación, incluido asesoramiento psicosocial, a las personas supervivientes de la violencia de género. El Estado Parte informa de que cuenta con seis centros de acogida en seis distritos (Chongwe, Chipata, Mungwi, Sesheke, Mansa y Lundazi) que ofrecen refugio tanto a las personas supervivientes de la violencia de género como a las que son víctimas de la trata. El Estado Parte también lleva a cabo la búsqueda de familiares y la reunificación y reintegración cuando procede. Asimismo, pone en contacto a los supervivientes con otros organismos y partes interesadas para que reciban apoyo adicional.

167.El Estado Parte informa de que tiene conocimiento de la revisión en curso del módulo de formación sobre la violencia de género destinado al Servicio de Policía de Zambia. También ha incorporado la formación sobre la violencia de género para los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales y otras partes interesadas en las actividades de sensibilización del mecanismo de resolución de reclamaciones relativas a las transferencias sociales en efectivo.

168.El Estado Parte, con el apoyo de los asociados con los que colabora, puso en marcha las normas mínimas para la gestión de centros de acogida temporales que sirven de orientación sobre los servicios para las víctimas de la trata de personas y de la violencia de género, así como sobre el modo en que se deben administrar estos centros o lugares seguros para las víctimas si son de propiedad pública o privada.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 11 del Pacto

Medida legislativa

169.El Estado Parte ha promulgado varias leyes, como la Ley núm. 10 de Bioseguridad, de 2007, la Ley de Salud Pública (cap. 295 del CLZ) y la Ley núm. 22 de Desarrollo de la Industria Láctea de 2010, para garantizar que los alimentos sean de buena calidad, nutritivos y no contengan sustancias nocivas.

Medidas administrativas

170.El Estado Parte cuenta con una estrategia nacional para combatir la pobreza, que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo. El Plan para el período examinado es el octavo y tiene como eje estratégico las infraestructuras y el desarrollo humano. Además, a fin de reducir los elevados niveles de pobreza en las zonas rurales y promover el desarrollo rural, también se hace hincapié en el aumento de la productividad agrícola y el fomento de las empresas del sector agropecuario, así como en la mejora de la prestación de servicios básicos como el agua y el saneamiento, la salud, la educación y la adquisición de habilidades. Las áreas definidas en el Plan coinciden, en general, con las que el Estado Parte ha determinado, a saber, la agricultura, la educación, la salud y la vivienda.

171.El Estado Parte ha adoptado medidas para promover el acceso de personas y grupos desfavorecidos y marginados al crédito. Para ello, ha puesto en marcha varias iniciativas destinadas a facilitar el acceso de los grupos vulnerables de la sociedad a los fondos y la asequibilidad de estos. Algunas de esas iniciativas son:

La provisión de fondos a través de la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos.

La implementación del Plan de Asistencia Pública proporcionando apoyo para la educación, alimentos y alojamiento a las personas y los hogares desfavorecidos.

El apoyo a los agricultores viables pero vulnerables a través del Programa de Apoyo a los Insumos Agrícolas.

La reducción de los costos que soporta la actividad empresarial mediante una disminución de los tipos de interés; y la creación de la Agencia de Revisión de la Regulación Empresarial y de centros de ventanilla única para la concesión de licencias empresariales, de modo que el sector privado disponga de más recursos para la inversión.

172.Se han adoptado medidas para asegurar que haya alimentos asequibles de calidad y en cantidad suficiente para satisfacer las necesidades de toda la población, y para garantizar que los alimentos no contengan sustancias nocivas y sean aceptables desde el punto de vista cultural. El Estado Parte, sus asociados para la cooperación y las ONG ofrecen insumos agrícolas subvencionados o gratuitos a los beneficiarios seleccionados para abaratar el costo de los alimentos. La diversificación agrícola es una de las estrategias de la Política Agrícola Nacional, que fomenta la diversificación de los cultivos y de los tipos de ganado de manera que la base de la dieta aumenta y es más variada.

173.El Estado Parte ha creado una sección dedicada a la alimentación y la nutrición dentro del Departamento de Agricultura del Ministerio de Agricultura, cuyo objetivo es proporcionar servicios de extensión centrados en el procesamiento y la utilización de alimentos. También ha mejorado infraestructuras rurales como carreteras y graneros de almacenamiento, ha construido y rehabilitado almacenes centrales de alimentos y tolvas para el ganado, lo que ha mejorado la accesibilidad, la calidad y la cantidad de los alimentos.

174.El Estado Parte está promoviendo la investigación participativa, la investigación en las explotaciones agrarias y la investigación de los cultivos y ganado locales para abordar la cuestión de la aceptación cultural.

175.El Estado Parte también ha adoptado medidas para promover la igualdad de acceso de las personas y grupos desfavorecidos y marginados a los alimentos, la tierra, el crédito y los recursos naturales para la producción de alimentos. A continuación, se presentan algunas de las medidas adoptadas:

Alimentación: El Programa de Apoyo a los Insumos Agrícolas recibe más del 52 % del presupuesto del Ministerio de Agricultura y presta asistencia a al menos 1,6 millones de pequeños agricultores.

Crédito: Se han creado instituciones como la Comisión de Empoderamiento Económico de los Ciudadanos con el fin de ayudar a particulares y grupos a acceder a créditos asequibles.

Recursos naturales: Las comunidades locales participan en la gestión de los recursos naturales a través de estructuras de cogestión en las que parte de esos recursos quedan en manos de la comunidad.

176.El Estado Parte se ha dotado de políticas para la aplicación del derecho a una alimentación adecuada con el fin de mejorar la seguridad alimentaria y nutricional. Algunos documentos de carácter político, como la Política Agrícola Nacional (2004-2015), el VIII Plan Nacional de Desarrollo (2002-2026) y el Programa de Zambia para el Desarrollo Integral de la Agricultura en África comprenden la seguridad alimentaria y nutricional y su mejoramiento. El Estado Parte utiliza la revisión intermedia de los documentos de política y planes de aplicación, seguimiento y evaluación como mecanismos para supervisar los avances hacia la plena realización del derecho a una alimentación adecuada.

177.El Programa de Transferencias Sociales en Efectivo ha tenido efectos positivos, según se desprende de las evaluaciones de impacto. Los datos disponibles demuestran que los beneficiarios han podido llevar a sus hijos a la escuela, han mejorado sus medios de subsistencia y tienen un mayor acceso a los alimentos y la propiedad de ganado menor. A pesar de los efectos positivos mencionados, persiste el retraso del crecimiento y la malnutrición general en el país. Por ese motivo, en 2022, el Estado Parte aprobó y puso en marcha un programa piloto de nutrición durante mil días en el marco del Programa de Transferencias Sociales en Efectivo con el objeto de comprobar la viabilidad de añadir una sexta categoría centrada principalmente en las mujeres y los niños menores de dos años o durante los primeros mil días de vida. Con esta categoría adicional se conseguiría, básicamente, que el Programa tuviera en cuenta las consideraciones de género y nutrición. El programa piloto se está llevando a cabo, actualmente, en los distritos de Chipata, Kalabo, Mpika y Mwinilunga de manera experimental.

178.Esta iniciativa de asignaciones en efectivo está dirigida a los hogares en los que hay mujeres o adolescentes embarazadas o en período de lactancia, así como niños de dos años o menos, utilizando el Programa de Transferencias Sociales en Efectivo como punto de entrada. Por lo tanto, para la prueba piloto de 1.000 días se han identificado hogares que ya formaban parte del Programa y hogares que no formaban parte de él. Los beneficiarios reciben, además de la transferencia social, una suma adicional en efectivo de 75 kawacha por mes desembolsada bimensualmente, esto es, 150 kawacha; en cambio, los hogares que no se benefician del Programa de Transferencias Sociales en Efectivo reciben 225 kawacha al mes, o lo que es lo mismo, 450 kawacha bimensualmente. Además del dinero en metálico, los hogares son derivados a otros servicios centrados en la nutrición SUN II (Scaling Up Nutrition); el agua, el saneamiento y la higiene (WASH), la salud sexual y reproductiva para los adolescentes, el desarrollo en la primera infancia; y el saneamiento general para comunidades, aplicando un enfoque de gestión de casos.

Derecho al agua

179.A finales de junio de 2023, se había excavado un total de 634 pozos equipados con bombas manuales y 130 sistemas de canalización de agua, que beneficiaron a más de 13.000 hogares. En el presupuesto para 2024, el Estado Parte se comprometió a excavar 1.374 pozos y rehabilitar otros 1.270 en todo el país en beneficio de 92.000 hogares, con el fin de acelerar el acceso al abastecimiento de agua potable. El Estado Parte está ejecutando el Proyecto Integrado de Pequeñas Ciudades en cuatro provincias, a saber, Luapula, Muchinga, Septentrional y Occidental. La finalización del proyecto está prevista para 2024 y beneficiará a más de 193.000 hogares. Además, se prevé que, para finales de 2024, hayan concluido o estén en curso tres proyectos de sistemas de abastecimiento de agua que beneficiarán a más de un millón de personas.

180.En 2023, el Estado Parte restauró 6 embalses e inició la construcción de 16 embalses de múltiples usos, la mayoría en zonas propensas al estrés hídrico, es decir, las provincias Central, Oriental, Luapula, Septentrional, Noroccidental y Meridional. Se calcula que se recogerán 15,7 millones de metros cúbicos de agua, lo que beneficiará a más de 22.000 hogares y a aproximadamente 1,7 millones de cabezas de ganado. En 2024, el Estado Parte se comprometió a acometer la construcción de 38 embalses en todo el país, a restaurar otros seis en las provincias Oriental y Meridional, a asegurar el mantenimiento continuado de los embalses en todo el país y a poner en marcha programas destinados a restaurar y proteger las fuentes de agua.

181.El Estado Parte aumentó la asignación presupuestaria para agua y saneamiento de 541 millones de kawacha en 2015 a 1.948.869.116 kawacha en 2024. La mayor partida presupuestaria se destinó a la rehabilitación y construcción de infraestructuras de abastecimiento de agua y saneamiento en las zonas rurales, periurbanas y urbanas. Además, el Estado Parte firmó un acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de la Millennium Challenge Corporation para un proyecto de mejora del suministro de agua en Lusaka. Se calcula que un millón de personas se beneficiarán directamente de este proyecto.

Derecho a una vivienda adecuada

182.En el presupuesto nacional de 2024, el Estado Parte ha asignado una partida de 2.651.214.182 kawacha para la vivienda y servicios comunitarios, lo que supone un aumento considerable con respecto a los aproximadamente 799.000.000 kawacha de 2015. El Estado Parte ha seguido construyendo viviendas económicas para sus ciudadanos a través de la Autoridad Nacional de la Vivienda. A partir de 2023, la Autoridad Nacional de la Vivienda se propuso construir 1.500 viviendas en todo el país en régimen de alquiler con opción a compra, como parte de un proyecto para construir 50.000 unidades en todo el país. El Estado Parte también está trabajando con el sector privado para abordar el déficit de vivienda en el país.

183.En 2023, la Sociedad Nacional de Construcciones de Zambia tenía previsto ayudar a resolver los problemas del sector de la vivienda del Estado Parte poniendo productos hipotecarios baratos a disposición de las personas con ingresos bajos y medios. Una parte de los fondos para préstamos se destinó a la asistencia técnica y el fortalecimiento institucional de la Sociedad Nacional. Su proyecto contribuyó al desarrollo urbano al proporcionar viviendas a los zambianos e impulsó la participación del sector privado en el desarrollo del sector de la vivienda. En total, se concedieron 1.771 préstamos para vivienda asequible por valor de más de 254.000.000 de kawacha, entre ellos 445 préstamos hipotecarios y 1.326 préstamos para materiales de construcción. Los préstamos ampliados crearon un total de 4.427 puestos de trabajo. Durante la ejecución del proyecto, casi el 90 % de la propiedad inmobiliaria en el Estado Parte se obtuvo a través de la “autoconstrucción”. En consecuencia, los préstamos para materiales de construcción constituyeron una solución atractiva que permitió a los beneficiarios construir progresivamente su vivienda a su propio ritmo.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 12 del Pacto

184.El Estado Parte ha adoptado la Política Nacional de Salud de 2013, que actualmente está siendo revisada para incorporar aspectos de preocupación recientes en el ámbito de la salud.

185.El Estado Parte ha puesto en marcha medidas relacionadas con la infraestructura sanitaria, por ejemplo, dispensarios, centros de salud, hospitales de primer nivel, hospitales de segundo nivel, hospitales de distrito y hospitales de atención terciaria, administrados por el Estado y ubicados principalmente en zonas urbanas y rurales. El Estado Parte se ha esforzado además por fortalecer los servicios de atención primaria de salud con miras a mejorar la accesibilidad. Esta labor comprende iniciativas como el despliegue de trabajadores comunitarios de la salud a zonas remotas y la prestación de servicios sanitarios básicos en los dispensarios comunitarios.

186.A fin de que los servicios de rehabilitación sean eficientes y eficaces en todos los niveles de atención, el Estado Parte ha adoptado medidas importantes en consonancia con el Plan Estratégico Nacional de Salud (2022-2026).

187.Entre ellas figuran el aumento del número de hospitales que prestan servicios de rehabilitación, que ha pasado de 4 a 15, y la ampliación de los servicios de rehabilitación basada en la comunidad, que ha pasado de 6 distritos a 24. Además, actualmente hay cuatro hospitales que prestan servicios especializados de rehabilitación intensiva. Con estas medidas se pretende abordar los retos a los que se enfrentan las personas con discapacidad mejorando el acceso a una atención rehabilitadora de calidad en todo el país. Además, el Estado Parte ha puesto en marcha diversas políticas y programas destinados a mejorar la accesibilidad y la inclusión de la atención sanitaria. Por ejemplo, el Plan Estratégico Nacional de Salud consta de objetivos relacionados con la mejora del acceso de las poblaciones vulnerables a los servicios de salud. Las ONG y las organizaciones internacionales también desempeñan un papel importante en el apoyo a las iniciativas en el ámbito de la salud, algunas de las cuales están centradas en mejorar la accesibilidad de las poblaciones vulnerables.

188.El Estado Parte financia los servicios sanitarios esenciales, que se prestan gratuitamente en los centros públicos de atención primaria. El Plan Nacional del Seguro Médico complementa el pago de los servicios sanitarios, incluidos los servicios esenciales para todos los afiliados.

189.Todos los adultos mayores de 18 años están obligados a inscribirse en el Plan Nacional del Seguro Médico, y los empleados del sector formal (público y privado) se benefician del plan mediante una deducción en nómina del 2 % de su salario base mensual que pagan a medias el empleador (1 %) y el empleado (1 %). Los trabajadores por cuenta propia que se registran son objeto de una retención del 1 % de su salario declarado.

190.Algunas personas vulnerables, como los pobres, los enfermos mentales, los adultos mayores de 65 años y los menores de 18 años, así como otros grupos vulnerables establecidos por el Ministerio de Salud, están exentos del pago del Plan Nacional del Seguro Médico, que corre a cargo del Estado Parte.

191.Así pues, la mayoría de los costos de los servicios sanitarios están cubiertos por el Estado Parte y el Plan Nacional del Seguro Médico, lo que los hace asequibles para la mayoría de la población.

192.Un aspecto crucial de la prestación de atención de la salud es garantizar la calidad y eficacia de los medicamentos y equipos médicos en el Estado Parte. Este, a través de entidades de control como el Organismo Regulador de Medicamentos de Zambia (ZAMRA), supervisa la aprobación, importación, distribución y uso de medicamentos en todo el Estado Parte. El ZAMRA vela por que los medicamentos cumplan las normas internacionales y sean aprobados científicamente antes de ponerlos a disposición de los centros sanitarios y los ciudadanos.

193.El ZAMRA se esfuerza por evitar la distribución y el uso de medicamentos caducados e ineficaces. Esto implica una inspección y un control rigurosos de los productos farmacéuticos a lo largo de toda la cadena de suministro, desde la importación hasta la distribución a los centros sanitarios. Los productos caducados e inutilizables se retiran y se eliminan trimestralmente. Además, los profesionales de la salud tienen la formación pertinente para reconocer y notificar cualquier problema relacionado con la calidad o eficacia de los medicamentos y equipos médicos que observen.

194.El Estado Parte, a través del Ministerio de Salud, prevé disponer del 70 % de la plantilla en 2026 mediante la contratación de 3.000 y 4.000 trabajadores de la salud en 2023 y 2024, respectivamente. Para reforzar la planificación, el desarrollo y la formación de los recursos humanos, se ha implantado en todos los distritos el Sistema Integrado de Información sobre Recursos Humanos, que ya está operativo. El Estado Parte también ha puesto en marcha el Plan Estratégico Operativo Nacional de Formación (2018-2024) con el fin de ampliar los programas de formación que recibe el personal de la salud antes del empleo y durante este.

195.El Estado Parte está tratando de ampliar los centros sanitarios, sobre todo en las zonas rurales, para mejorar el acceso a los servicios de salud maternoinfantil. Para ello, está creando puestos de salud y dispensarios en comunidades desatendidas. También se han hecho esfuerzos para formar y desplegar más personal sanitario, en particular comadronas y agentes de salud comunitarios, para prestar servicios esenciales de salud maternoinfantil en las zonas rurales. Esto contribuye a mejorar la calidad de la asistencia y el acceso a los servicios.

196.El Estado Parte ha iniciado asimismo varios programas de planificación familiar para aumentar el acceso a los anticonceptivos y a los servicios de salud reproductiva. Incluyen campañas de educación y concienciación para promover los métodos de planificación familiar y la salud reproductiva. Se han llevado a cabo programas de educación y sensibilización para promover las prácticas de salud maternoinfantil, haciendo hincapié en la importancia de la atención prenatal, la asistencia cualificada en el parto y la lactancia materna. Estos programas se dirigen tanto a las mujeres como a los hombres de las comunidades.

197.Se ha procurado reforzar los servicios de atención obstétrica de urgencia en los centros sanitarios con el fin de reducir la mortalidad materna. Esto incluye garantizar la disponibilidad de comadronas cualificadas y de suministros obstétricos esenciales y poder efectuar derivaciones de urgencia. El Estado Parte ha tratado de integrar los servicios de salud sexual y reproductiva en otros programas de atención de la salud para proporcionar una atención integral a las mujeres y los niños, entre otras cosas incorporando servicios de planificación familiar en los programas de atención prenatal y de VIH/sida. También se ha puesto gran empeño en llegar a los grupos desfavorecidos y marginados, como las adolescentes, las mujeres rurales y las de hogares con bajos ingresos, mediante intervenciones específicas y programas de divulgación.

198.Estas medidas reflejan la voluntad del Estado Parte de mejorar la salud maternoinfantil y los servicios de salud sexual y reproductiva, especialmente en las zonas rurales y para las poblaciones vulnerables.

199.El Estado Parte ha aplicado un enfoque integral para mejorar el abastecimiento de agua, el saneamiento y la higiene en los centros de salud, centrándose en diversos aspectos para contar con entornos seguros y limpios. Se ha suministrado agua corriente a lugares críticos como las unidades de maternidad, las instalaciones sanitarias y los depósitos de agua, junto con la construcción de puntos donde lavarse las manos. Además, el personal recibe formación sobre el control de la calidad del agua y su tratamiento, tanto en los centros de salud como en las comunidades, lo que contribuye a mantener los niveles de seguridad del agua.

200.Las actividades de control de la calidad del agua son, a la vez, un sistema de alerta temprana, de modo que se puede reaccionar con prontitud ante posibles riesgos. En situaciones de crisis o brotes epidémicos, se intensifican los esfuerzos para suministrar agua potable a las comunidades afectadas. Esto incluye el rastreo de contactos en las zonas y hogares afectados, seguido de actividades de limpieza y desinfección del entorno, así como la distribución de cloro de uso doméstico y de material educativo para fomentar las prácticas en materia de saneamiento y de higiene de las manos.

201.Para apoyar estas iniciativas, se organizan distribuciones de suministros como cloro, jabón líquido y desinfectantes para las manos, velando por que las comunidades tengan acceso a productos básicos de higiene. Periódicamente se realizan evaluaciones con el fin de recabar información para la toma de decisiones y la implementación de medidas, centrándose en cuantificar las necesidades y proporcionar asesoramiento y apoyo técnico in situ. Además, se adquieren prendas y equipos de protección personal para minimizar los riesgos que corre el personal de salud durante la labor de respuesta y para evitar la propagación de enfermedades.

202.El Estado Parte ha dado prioridad a la mejora de los programas de vacunación y las estrategias de lucha contra las enfermedades infecciosas para proteger a su población. Se está ampliando la cobertura de vacunación, especialmente entre los niños, mediante unidades móviles y programas de extensión en zonas remotas. Los servicios de vacunación sistemática se ajustan al calendario nacional, con campañas periódicas centradas en enfermedades o grupos de edad específicos con miras a aumentar las tasas de cobertura, sobre todo durante los brotes epidémicos.

203.Para garantizar una distribución eficaz de las vacunas, el Estado Parte ha reforzado la gestión de su cadena de suministro, manteniendo la actividad de las vacunas y minimizando el desperdicio. Los mecanismos integrales de vigilancia y respuesta a las enfermedades, junto con campañas de educación en salud que promueven la vacunación y las prácticas preventivas, permiten detectar y contener rápidamente los brotes.

204.La colaboración con asociados internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los organismos de las Naciones Unidas refuerza los programas de vacunación del Estado Parte gracias al apoyo técnico y financiero.

205.El Estado Parte ha adoptado medidas amplias para hacer frente al abuso de sustancias, especialmente entre niños y adolescentes. Mediante campañas de concienciación pública, programas educativos e intervenciones de política, se busca reducir el consumo indebido de alcohol, tabaco, drogas ilícitas y otras sustancias nocivas. Estas iniciativas pretenden abordar las causas profundas del abuso de sustancias y promover al mismo tiempo estilos de vida más saludables entre la población.

206.Además, el Estado parte considera prioritaria la prestación de servicios adecuados de tratamiento y rehabilitación para las personas que luchan contra la drogadicción, prestando especial atención al apoyo a sus familias. Al abordar el abuso de sustancias de forma holística, las autoridades intentan mitigar el impacto social y económico de la drogadicción en las personas y las comunidades.

207.En consonancia con estos esfuerzos, el Estado Parte está elaborando un proyecto de ley de lucha antitabáquica para proteger a la población de los efectos nocivos del consumo de tabaco. Además, el Estado Parte está implementando una Política Nacional contra el Alcoholismo para proteger aún más a la población de los efectos adversos del consumo de alcohol.

208.El Estado Parte se ha comprometido activamente a prevenir el VIH/sida y otras ETS mediante estrategias integrales. Estos esfuerzos incluyen campañas de educación y concienciación dirigidas a grupos de alto riesgo, niños, adolescentes y la población en general con miras a aumentar los conocimientos sobre la transmisión y los métodos de prevención. Además, el Estado Parte proporciona servicios de apoyo a las personas que viven con el VIH/sida y sus familias que comprenden acceso al tratamiento, atención y apoyo psicosocial.

209.La labor para reducir el estigma social y la discriminación asociados al VIH/sida es parte integrante del enfoque del Estado Parte. A través de programas de sensibilización y la colaboración de las comunidades, se promueve la aceptación y la comprensión, combatiendo los prejuicios y las ideas erróneas que rodean a la enfermedad. Al ocuparse tanto de la prevención como de los servicios de apoyo, abordando la estigmatización y la discriminación al mismo tiempo, el Estado Parte pretende mitigar el impacto del VIH/sida y las ETS y favorecer comunidades más sanas y el bienestar general de su población.

210.El Estado Parte ha tratado de reforzar la accesibilidad y la eficacia de la atención de la salud. En primer lugar, se ha comprometido a aumentar la dotación presupuestaria para medicamentos, reconociendo el papel fundamental que desempeñan en la asistencia sanitaria. De este modo, aspira a garantizar un suministro constante de medicamentos esenciales, mitigando la escasez y asegurando que los pacientes reciban un tratamiento oportuno. Al mismo tiempo, prioriza la producción local de medicamentos, vacunas y suministros médicos. Con el fomento de la capacidad de producción nacional, espera que disminuya la dependencia de las importaciones y se favorezca la autosuficiencia nacional, el crecimiento económico y la creación de empleo en el sector farmacéutico.

211.En respuesta a las complejidades de la contratación y las cadenas de suministro, el Estado Parte ha introducido contratos marco de mayor duración. Con ello, pretende mitigar los efectos de los plazos prolongados asociados a los procesos de adquisición, lo que redundaría en una mayor eficiencia de la cadena de suministro y la reducción de los plazos para disponer de medicamentos. Por otra parte, se concede gran importancia a una gestión eficaz de las existencias y un uso racional de los medicamentos. Se contrata a personal cualificado para supervisar los inventarios, optimizar los niveles de existencias, minimizar el despilfarro y velar por un uso adecuado de los medicamentos.

212.Asimismo, se está reforzando el último eslabón de las redes de distribución de medicamentos en la última milla para garantizar un acceso equitativo a la atención sanitaria. El refuerzo de los canales de distribución y el aprovechamiento de la tecnología tienen como objetivo optimizar la eficiencia y la fiabilidad del suministro de medicamentos, incluso a comunidades remotas y desatendidas.

213.Se ha dado prioridad al tratamiento y la atención adecuados en materia de salud mental invirtiendo en la capacitación del personal sanitario para gestionar los casos y mejorar así la atención a los pacientes. Se está impartiendo formación en las diez provincias, prestando especial atención a los centros de atención primaria, para mejorar el diagnóstico precoz y prevenir los casos graves.

214.Se han elaborado directrices para el tratamiento de los trastornos mentales, cuya difusión está en marcha, y se anima a los profesionales de la salud a utilizarlas adaptándolas al contexto. Los especialistas en salud mental prestan apoyo técnico a otros centros mediante visitas en persona y conversaciones virtuales sobre la gestión de casos. Se está facilitando la adquisición adecuada y la distribución efectiva de medicación psicotrópica a través del Organismo de Medicamentos y Suministros Médicos de Zambia para mejorar los resultados del tratamiento.

215.Se está prestando un apoyo judicial eficaz, principalmente a través del centro especializado en salud mental Hospital Chainama Hills. Los especialistas en psiquiatría facilitan información a los representantes legales de los pacientes y responden a las órdenes judiciales en un plazo de seis meses. Mediante el uso de tutorías en psiquiatría forense se pretende aumentar el número de especialistas capaces de abordar los casos forenses. Se realizan visitas a centros penitenciarios de todo el país a petición de los interesados o en función de las necesidades para tratar casos de salud mental forense. Se están llevando a cabo sesiones educativas para pacientes y cuidadores sobre los procesos legales en los casos con un componente forense.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 13 del Pacto

216.El Estado Parte reconoce el derecho de toda persona a la educación. También está de acuerdo en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de dignidad, y debe fortalecer el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Opina asimismo que la educación debe capacitar a todas las personas para participar de forma efectiva en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.

217.El Estado Parte sigue determinado a respetar la libertad de los padres y, cuando proceda, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

218.El Estado Parte mantiene su compromiso de ofrecer igualdad de oportunidades educativas a todos los niños, independientemente de su situación socioeconómica, raza, etnia, género y condición física. El Estado Parte, a través del Ministerio de Educación, ha continuado con el proceso de reforma política, legislativa y administrativa, en particular en relación con:

La Ley núm. 23 de Educación, de 2011

Ley núm. 4 de Educación Superior, de 2013 (modificación núm. 23 de 2021)

La Política Nacional de Educación: “Educar nuestro futuro”, de 1996

La Ley núm. 5 del Personal Docente, de 2013

La Ley núm. 31 de la Junta de Préstamos y Becas para la Educación Superior, de 2016

La Ley núm. 3 de la Junta de Exámenes de Zambia, de 2023

219.En 2023, el Estado Parte destinó una partida presupuestaria de 23.300 millones de kawacha al sector educativo, lo que representa el 13,9 % del presupuesto nacional. En 2024, esa partida ascendió a 27.300 millones de kawacha, lo que representa el 15,4 % del presupuesto nacional.

220.En el Estado Parte es obligatorio matricular a los niños en la escuela, ya que el artículo 17, párrafo 1, de la Ley núm. 23 de Educación, de 2011, dispone que los padres deben inscribir a sus hijos en edad escolar en un centro educativo y asegurarse de que estos asistan a la escuela. El artículo 17, párrafo 4, establece que “todo aquel que, sin una causa justificada, se abstenga de matricular a un niño en edad escolar en un centro educativo, impida la asistencia de este a la escuela o lo retire de dicho centro cometerá un delito y, de ser declarado culpable, podrá ser condenado a una multa no superior a cien mil unidades de penalización, a una pena de hasta un año de cárcel o a ambas”.

221.El Estado Parte ha ampliado progresivamente la enseñanza general y profesional y la ha hecho accesible para todas las personas sin discriminación de ningún tipo.

222.Además, el Ministerio de Educación ha puesto en marcha programas de divulgación educativa dirigidos a las minorías étnicas. El Estado Parte ha abierto escuelas en campamentos de refugiados como los de Mayukwayukwa y Maheba con el fin de facilitar la escolarización de los niños que viven en ellos. Además, los derechos humanos forman parte de los planes de estudios desde el primer curso hasta la universidad.

223.A pesar de estos esfuerzos, con el paso de los años muchos niños terminan abandonando los estudios en las diversas etapas debido a la falta de recursos de sus padres, tutores o patrocinadores. Para hacer frente a este problema, el Estado Parte instauró la educación gratuita en la enseñanza primaria en 2001 y en la enseñanza preescolar y secundaria en 2021, a fin de garantizar que fuera accesible para todos. Esto ha tenido efectos positivos y directos para todas las familias con niños escolarizados en el sistema público.

224.En 2022, el Estado Parte implementó la Política de Educación Gratuita (Educación para Todos) desde la enseñanza infantil hasta el curso 12º (educación infantil y secundaria). Gracias a esta política, los padres o tutores no pagan ninguna cuota, lo que ha propiciado un aumento de la matrícula que ha pasado de unos 336.434 alumnos en 2021 a 379.738 en 2022, en la educación infantil, de 3.563.985 en 2021 a 3.901.230 en 2022, en la enseñanza primaria, y de 1.125.195 en 2021 a 1.257.713 en 2022, en la enseñanza secundaria. Asimismo, con miras a mejorar la calidad de los servicios educativos, el Estado Parte, a través del Ministerio de Educación, ha procedido en 2022 y 2023 a la contratación masiva de 37.218 docentes en total. Además, está revisando también el marco curricular de la educación, desde la enseñanza infantil hasta la terciaria y los cursos de alfabetización para jóvenes y adultos.

225.La introducción de la educación gratuita (Educación para Todos) por el Estado Parte ha supuesto la eliminación de las cuotas y de las tasas de las asociaciones de padres y profesores y para la inscripción a exámenes. También se han creado una beca compensatoria para toda la secundaria pública y una subvención de 600 kawacha por alumno en todas las escuelas secundarias subvencionadas, en el entendimiento de que el Foro de Secretarios de Educación reducirá las cuotas en todas las escuelas subvencionadas a un nivel razonable y asequible.

226.Se ha introducido un plan de becas para los internados de enseñanza secundaria que se administrará a través del Fondo para el Desarrollo de las Circunscripciones (FDC) a fin de cubrir las tasas de internado de los alumnos procedentes de hogares vulnerables que serán seleccionados utilizando criterios relativos a la vulnerabilidad.

227.En relación con la enseñanza superior, el Estado Parte ha revisado el plan de becas con el propósito de transformarlo en un plan de préstamos para Estudiantes. Inicialmente, apenas unos pocos estudiantes con derecho a beca accedían a ella, pero el nuevo plan de préstamos ha permitido incrementar el número de beneficiarios y cada vez son más los estudiantes de todas las universidades públicas que acceden a él. De hecho, se ha registrado un aumento del 18 % en el total de estudiantes admitidos en el plan de préstamos, pasando de 24.482 en 2022 a 28.827 en 2023. Por otra parte, en 2021 se brindó apoyo a 21.381 estudiantes, y en 2022 se registró un aumento del 15 %. Actualmente, los préstamos estudiantiles se conceden a alumnos de ocho universidades públicas. Además, el Estado Parte financia, a través del FDC, becas para internados de enseñanza secundaria y para formación profesional.

228.Por otra parte, se han incrementado las ayudas en los centros públicos de enseñanza superior y terciaria en forma de préstamos, becas y subvenciones para que un número mayor de estudiantes pueda acceder a la enseñanza de ese nivel. La Junta de Préstamos y Becas para la Educación Superior se ha asociado con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) con el propósito de conceder becas a los refugiados.

229.El Estado Parte concede gran importancia a la calidad de los programas de alfabetización de jóvenes y adultos que se llevan a cabo en virtud de la Política Nacional de Educación de 1996, que actualmente está siendo revisada por conducto del Ministerio de Educación a fin de ajustarla a la nueva realidad del sector educativo.

230.El Ministerio de Educación imparte cursos de alfabetización para jóvenes y adultos, cuyo principal objetivo consiste en proporcionar competencias básicas de lectura, escritura, cálculo y otras habilidades funcionales a personas que no han ido a la escuela nunca o que abandonan prematuramente los estudios. Este programa ha logrado importantes resultados gracias a la creación de 106 centros hasta 2023. Además, el Estado Parte sensibiliza a la población mediante campañas y eventos como el Día Internacional de la Alfabetización, que se celebra todos los años en septiembre.

231.Los centros escolares disponen de estructuras de apoyo al alumnado a fin de mejorar el nivel de retención, como entornos escolares favorables al aprendizaje, apoyo académico, orientación y asesoramiento. Un número considerable de escuelas han mejorado su sistema de apoyo a los alumnos, especialmente los servicios de orientación y asesoramiento, y, en consecuencia, incrementado sus índices de retención de alumnos.

232.El Estado Parte ha aumentado el número de escuelas de enseñanza primaria de 9.441 en 2020 a 10.546 en 2021. También ha aumentado el número de centros de secundaria, de 1.290 en 2020, a 1.729 en 2021. El incremento obedece a la conversión de algunas escuelas de enseñanza primaria en centros de enseñanza secundaria y a la construcción de 82 centros de secundaria en el marco del Proyecto de Mejora de la Educación en Zambia.

233.El Estado Parte cuenta con un Programa de Alimentación Escolar en determinados centros de preescolar y primaria. Actualmente, este Programa se está llevando a cabo en 5.321 centros de 70 distritos y beneficia a 2.300.000 estudiantes (alrededor del 35 % del alumnado). Su objetivo principal es mejorar la calidad, el acceso y la igualdad de la participación en la educación primaria.

234.Además, se han creado escuelas técnicas para niñas y jóvenes en todo el país y también se las admite en lo que anteriormente eran escuelas técnicas solo para muchachos. Por ejemplo, antes de 1996 no había escuelas técnicas para ellas y no podían matricularse en ninguna escuela técnica existente. En 2023, se han inaugurado escuelas técnicas para niñas y jóvenes y casi todas las antiguas escuelas técnicas masculinas admiten ya a mujeres.

235.El Estado Parte ha aumentado de forma notable el subsidio para huérfanos y niños vulnerables. Esta intervención proporciona ayuda económica a estudiantes huérfanos y vulnerables que han abandonado los estudios o corren el riesgo de hacerlo a causa de factores socioeconómicos. Estos alumnos reciben becas que les permiten volver o continuar sus estudios en la enseñanza secundaria. El Ministerio de Educación ha aumentado considerablemente la subvención para huérfanos y niños vulnerables.

236.Además, el FDC dispone de un programa de becas para los niños vulnerables que estudian en internados a fin de que puedan pagar las tasas, y ha creado instalaciones residenciales mejoradas y más seguras cerca de las escuelas.

237.El Estado Parte reconoce la importancia de la educación especial y ha realizado destacados progresos en lo que respecta a la legislación en la materia, por ejemplo, atribuyendo al Ministerio de Educación la responsabilidad de la educación de las personas con discapacidad. Hasta ahora, las políticas vigentes han sentado la base de las prácticas de educación especial y educación inclusiva en el Estado Parte.

238.Sin embargo, la calidad de la educación especial se ve menoscabada por la falta de recursos y otros problemas. Así pues, la calidad de los servicios de educación especial puede no ser comparable a la de los países desarrollados. En vista de ello, el Estado Parte ha creado una nueva partida presupuestaria para las escuelas con alumnos con necesidades educativas especiales, con el fin de que la educación especial sea más significativa y beneficiosa.

Equidad

239.La reducción de la nota de corte para las niñas en los exámenes nacionales de 7º y 9º curso permite aplicar el principio de discriminación positiva en favor del género desfavorecido en términos de logros y oportunidades en la educación. Esta iniciativa del Ministerio para fomentar la educación de las niñas implica rebajar la nota de corte para ellas en los exámenes de transición, es decir, los de los cursos 7º y 9º, que permiten seleccionar a los alumnos que pasarán a los cursos 8º y 10º, respectivamente.

240.El número de embarazos y readmisiones ascendió a lo largo de los años desde 2017 hasta 2020, pero en 2021 se redujo drásticamente. Esa caída podría estar relacionada con programas de concienciación en las escuelas que alientan a los alumnos a abstenerse de mantener relaciones sexuales ilícitas o a protegerse de embarazos no deseados. Por otra parte, podría deberse a los elevados índices de falta de respuesta de los centros escolares a la hora de facilitar datos sobre todos los indicadores. Las readmisiones en todos los cursos fueron muy inferiores al número de abandonos escolares por embarazo. Esto implica que no todas las alumnas deciden regresar a la escuela.

Número de embarazos y readmisiones por ciclo educativo de 2016 a 2021

Ciclo

Concepto

Año

2017

2018

2019

2020

2021

Primaria

Embarazos

10 684

11 453

11 502

12 330

6 230

Admisiones

5 527

4 917

5 669

5 078

5 274

Secundaria

Embarazos

2 956

3 576

4 222

4 089

12 359

Admisiones

2 052

2 488

3 158

2 876

8 091

Fuente: Boletín de estadísticas sobre educación, 2021.

241.La iniciativa Mantener a las Niñas en la Escuela se puso en marcha en 2015 para abordar las desigualdades en el desempeño educativo relacionadas con el género y la pobreza y reducir las tasas de deserción de la enseñanza secundaria entre las adolescentes vulnerables. La iniciativa está a cargo del Ministerio de Educación y tiene como objetivo que las niñas de familias muy pobres que se benefician de transferencias sociales en efectivo accedan a la educación mediante la concesión de becas que cubren únicamente el costo de la enseñanza secundaria. El total acumulado de beneficiarias pasó de 28.799 en 39 distritos, en 2020, a 148.616 en 65 distritos, en 2023.

242.El programa apoya el suministro de compresas higiénicas a alumnas vulnerables en escuelas de todo el país, y hasta la fecha se han beneficiado de esta iniciativa cerca de 1.027.841 alumnas. El objetivo del programa es que 145.424 alumnas tengan acceso a compresas antes del 31 de diciembre de 2023.

243.Para complementar los esfuerzos del gobierno, algunos asociados como la Campaña en pro de la Educación Femenina (CAMFED), el Foro de Educadoras Africanas de Zambia (FAWEZA) y las Escuelas Comunitarias Abiertas de Zambia (ZOCS) han colaborado con el Ministerio para garantizar que los alumnos que abandonan los estudios tengan la posibilidad de volver a la escuela y continuar su educación. Por ejemplo, la CAMFED ha respaldado y promovido la educación de las niñas. En 2020, el programa había ampliado sus operaciones de 3 distritos a 46, en cuatro provincias, con una cobertura de 62.611 niñas.

Índice de paridad de género

244.El Índice de Paridad de Género (IPG) es la proporción de alumnos de cada sexo matriculados en el sistema escolar. Un IPG inferior a 1 indica que hay más hombres que mujeres en ese sistema. Mediante una serie de intervenciones y legislación, el Ministerio ha realizado enormes progresos para aumentar el IPG, aunque aún queda mucho por hacer. El cuadro siguiente presenta la situación relativa al IPG:

Índice de paridad de género para los cursos 1º a 7º y 8º a 12º entre 2017 y 2021

Año

Curso

2017

2018

2019

2020

2021

Cursos 1º a 7º

1

1,02

1,03

1,03

1,01

Cursos 8º a 12º

0,9

0,85

0,93

0,94

1,07

Índice de paridad de género en todas las escuelas por curso y organismo (2021)

Provincia/Curso

Cursos 1º a 7º

Cursos 8º a 12º

Escuelas comunitarias

1,03

1,22

Centros subvencionados

1,11

1,36

Escuelas públicas

1,04

1,05

Escuelas privadas

1,08

1,06

Fuente: Boletín de estadísticas sobre educación, 2021.

245.Entre 2017 y 2020, el IPG en la educación primaria fue de 1+, lo que significa el mismo número de niñas y niños escolarizados, mientras que, en la educación secundaria, el IPG fue inferior a 1, lo que indica que había menos niñas escolarizadas que niños. Sin embargo, en 2021, el IPG de ambos ciclos fue igual a 1, lo que implica que había el mismo número de alumnos y alumnas. Asimismo, se observan progresos notables en términos de IPG en la enseñanza primaria con respecto a la secundaria. Por otra parte, las escuelas públicas y las comunitarias deberían esforzarse más por elevar su IPG (es decir, en los cursos 1º a 12º).

246.El Ministerio de Educación sigue estudiando otros medios para sensibilizar a las comunidades y centrarse en la inclusión de las niñas en la educación a través de compromisos con diferentes partes interesadas con el fin de minimizar el número de embarazos entre las niñas y mantenerlas en el sistema escolar.

247.Por ejemplo, el Ministerio de Educación colabora estrechamente con otros ministerios, como los de Interior y Seguridad Interna, Desarrollo Comunitario y Servicios Sociales, Salud, y también con organismos religiosos, ONG, líderes tradicionales y autoridades locales, para prohibir la retirada de niñas de las escuelas para que contraigan matrimonio.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 14 del Pacto

248.El Estado Parte aplica una política de enseñanza primaria obligatoria y gratuita y ha seguido construyendo más escuelas para hacer valer este derecho de forma más eficaz. Sírvanse consultar el párrafo 230 en relación con el artículo 13 más arriba.

Medidas adoptadas para aplicar el artículo 15 del Pacto

249.Se invita al Comité a tomar nota de que, en 2014, el Estado Parte, a través del Ministerio de Educación, revisó el plan de estudios de los cursos 1º a 12º. Con ello, se creó un sistema de enseñanza y formación con distintos itinerarios de aprendizaje para adaptarse a los intereses y el desempeño de los alumnos. Las escuelas ofrecen oportunidades de aprendizaje impulsadas por intereses más afines: los que tienen inclinaciones académicas pueden seguir el camino elegido, y los que buscan formación profesional también pueden seguir esa vía. Para que los alumnos adquieran cualificaciones académicas y profesionales, se han armonizado las asignaturas con los planes de estudio de la educación técnica, profesional y empresarial. De ese modo, pueden adquirir competencias básicas para acceder al mercado laboral mientras aún están en la escuela. Así, los alumnos de enseñanza secundaria pueden presentarse a los niveles III, II y I de la Prueba de Oficios. El nivel III se adquiere en la enseñanza secundaria básica y los niveles II y I en la enseñanza secundaria superior. Los alumnos son examinados y evaluados por la TEVETA. Además, en su empeño por promover la investigación científica y la creatividad, el Estado Parte ha seguido apoyando los clubes de la Sociedad Técnica de Ingeniería Junior (JETS) en varias escuelas por conducto del Ministerio de Educación. A través de estos clubes, el Estado Parte premia a los estudiantes por sus conocimientos científicos con el fin de promover y alentar la investigación científica.

250.Se invita al Comité a tomar nota también de que el Estado Parte ha seguido apoyando la investigación científica y la actividad creativa. La aprobación de la Política Nacional de Cultura en 2003, gestionada por el Ministerio de Turismo, ha contribuido a ello. Se invita al Comité a tomar nota de que, en sus esfuerzos por promover y apoyar los derechos culturales y artísticos, el Estado Parte ha emprendido la construcción y rehabilitación de aldeas culturales, teatros y galerías de arte en todo el país. En 2013 se construyó un teatro polivalente en la aldea cultural de Maramba, en Livingstone, con capacidad para 700 personas sentadas. También ha finalizado la construcción de un teatro polivalente en Masala, en Ndola, y una galería de arte en Livingstone. Además del Teatro Venus de Kabwe, el Pequeño Teatro de Kitwe y la aldea cultural de Kabwata en Lusaka, se están construyendo otras seis aldeas culturales en los distritos de Mansa, Solwezi, Kasama, Chipata, Kabwe y Chinsali.

III.Conclusión

251.Se invita al Comité a tomar nota de que el Estado Parte se ha comprometido plenamente a aplicar y cumplir sus obligaciones en virtud del Pacto. El Estado Parte reconoce la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, no solo como medio para el desarrollo personal, sino para el desarrollo del país en su conjunto. A este respecto, el Estado Parte sigue aplicando progresivamente las disposiciones del Pacto y continúa revisando su legislación para armonizarla con él a fin de garantizar el pleno disfrute de todos los derechos que recoge y proporcionar un nivel de vida digno a su población.