Naciones Unidas

E/C.12/KAZ/Q/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de marzo de 2026

Español

Original: inglés

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al tercer informe periódico de Kazajstán *

1.Se ruega al Estado Parte que presente por escrito la información solicitada a continuación (preferiblemente que no exceda de 10.700 palabras) antes del 30 de noviembre de 2026.

A.Información general

2.Teniendo en cuenta el proceso de revisión constitucional, sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para garantizar que las disposiciones del Pacto se incorporen plenamente a la Constitución y se reflejen de manera efectiva en la legislación y la práctica nacionales. Faciliten información adicional sobre los efectos de las actividades de formación descritas en el informe del Estado Parte en la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en el Pacto. En particular, informen sobre el número de casos en que las disposiciones del Pacto se hayan invocado ante los tribunales del Estado Parte y proporcionen ejemplos. Indiquen si el Estado Parte ha considerado la posibilidad de adoptar medidas para ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto.

3.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado Parte en relación con la mitigación del cambio climático, en particular con vistas al cumplimiento de las contribuciones determinadas a nivel nacional que el Estado Parte estableció para la reducción de las emisiones en el marco del Acuerdo de París. Con respecto a las políticas y medidas de adaptación al cambio climático, faciliten información sobre lo siguiente:

a)Cómo evalúa el Estado Parte los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en el caso de las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;

b)Si el Estado Parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación dotado de recursos suficientes para hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales;

c)Las medidas adoptadas para reforzar la preparación y la respuesta ante desastres naturales, incluidas las medidas adoptadas para aprobar una estrategia dotada de recursos suficientes a tal fin;

d)Qué instituciones se encargan de formular y aplicar medidas y políticas de adaptación al cambio climático para paliar los efectos de evolución lenta en diferentes ámbitos, como la agricultura, la seguridad alimentaria, la vivienda, el agua y el saneamiento, y la salud, y cómo se garantiza la coordinación entre las instituciones responsables.

4.Sírvanse facilitar información sobre la contribución del Servicio de Información Jurídica del Ministerio de Justicia a la garantía del acceso a la asistencia jurídica gratuita, especialmente para las personas y los grupos marginados y desfavorecidos. Indiquen el número de solicitudes de asistencia jurídica gratuita en casos relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales, su resultado, y si los recursos asignados fueron suficientes para satisfacer la demanda de asistencia jurídica.

5.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para combatir la corrupción, en particular el Marco de Política Anticorrupción. Incluyan información relativa a la investigación, el enjuiciamiento y la sanción de los actos de corrupción. Expliquen también el impacto de las medidas adoptadas para garantizar la protección efectiva de los activistas contra la corrupción, los denunciantes de irregularidades y los testigos. Informen también sobre los efectos de las medidas mencionadas en el informe del Estado Parte (párrs. 224 y 227 a 229), en particular el Marco de Política Anticorrupción, a la hora de abordar las causas sistémicas de la corrupción, garantizar la protección efectiva de los activistas que luchan contra la corrupción, de los denunciantes de irregularidades y de los testigos, y proporcionar una indemnización adecuada a las víctimas.

6.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para reforzar la Defensoría del Pueblo. Indiquen si los recursos de que dispone la Defensoría del Pueblo son suficientes para desempeñar eficazmente su mandato. Asimismo, informen sobre la sistematicidad con la que se tienen en cuenta y se aplican las recomendaciones de esta institución, también en el proceso de recurso descrito en el informe del Estado Parte.

B. Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

7.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la evolución de los siguientes aspectos en los últimos diez años:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional;

b)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, de ser posible expresados como la ratio entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre, y como la ratio entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;

c)La economía, en particular las variaciones anuales del producto interno bruto (PIB), el PIB per cápita y el nivel de deuda pública expresado como proporción del PIB;

d)La proporción de los ingresos públicos procedente de los impuestos y esa recaudación expresada como porcentaje del PIB, la proporción de los ingresos públicos procedente de impuestos directos e indirectos, la tasa de ingresos procedentes del impuesto sobre sociedades y el porcentaje de los ingresos totales procedentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas recaudado entre el 10 % más rico de la población, y proporcionen una estimación de la cuantía de los impuestos evadidos y eludidos y del costo recaudatorio de los principales beneficios fiscales;

e)El gasto público expresado como porcentaje del PIB y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social, incluidos los gastos de seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación;

f)Comparen la proporción del presupuesto destinada al gasto social con la de otros ámbitos del gasto público, y expliquen de qué manera las asignaciones presupuestarias se corresponden con la obligación del Estado Parte de utilizar el máximo de los recursos disponibles para hacer efectivos los derechos consagrados en el Pacto.

8. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas, administrativas o de otro tipo adoptadas para que las empresas respeten los derechos económicos, sociales y culturales de todas las personas y apliquen el principio de diligencia debida en todas sus actividades, incluidas las medidas adoptadas para garantizar que las víctimas de violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales relacionadas con las actividades empresariales tengan acceso a recursos efectivos.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

9.Sírvanse facilitar información sobre las medidas legislativas y de política adoptadas, así como sobre sus efectos, para garantizar el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales sin discriminación. En particular, faciliten información actualizada sobre las medidas adoptadas para elaborar una legislación integral contra la discriminación y para crear una unidad específica dedicada a la lucha contra la discriminación dentro del Centro Nacional de Derechos Humanos. Proporcionen también datos estadísticos desglosados por sexo, edad, discapacidad, origen étnico, situación migratoria, orientación sexual e identidad de género, sobre las denuncias recibidas en relación con la discriminación en el disfrute de estos derechos, así como los resultados de esas denuncias.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

10.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres a los derechos económicos, sociales y culturales, incluidas las medidas destinadas a los grupos de mujeres marginadas y desfavorecidas, como las mujeres de las zonas rurales y las pertenecientes a minorías. Proporcionen también información, incluidos datos estadísticos, sobre las diferencias salariales y de pensiones entre hombres y mujeres, la representación de las mujeres en los puestos de toma de decisiones, la concentración de las mujeres en la economía formal e informal, el acceso de las mujeres a la tierra y a otros recursos económicos esenciales, así como su propiedad de estos, y su acceso a los beneficios de la ciencia y la tecnología.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

11.Sírvanse facilitar información sobre el impacto de las medidas descritas en el informe del Estado Parte en la mejora de los resultados en materia de empleo y en la lucha contra el desempleo y el subempleo. Incluyan información estadística desagregada y actualizada sobre las tasas de desempleo y subempleo, a fin de que el Comité pueda evaluar en qué medida se disfruta del derecho al trabajo entre los grupos marginados y desfavorecidos, incluidas las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad. Describan las medidas adoptadas para garantizar a estos grupos un acceso equitativo al derecho al trabajo, entre otras cosas mediante una educación y una formación profesional inclusivas, ajustes razonables y la aplicación efectiva de las leyes, políticas y programas pertinentes. Informen sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para prevenir la discriminación en el acceso al derecho al trabajo, incluida la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, así como información sobre lo siguiente: a) la existencia o ausencia de una prohibición explícita de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en la legislación laboral; b) los mecanismos de denuncia y las vías de recurso existentes para las personas LGBTQIA+ que hayan sufrido discriminación al ser contratadas o despedidas o hayan sido víctimas de acoso laboral; y c) datos estadísticos sobre las denuncias presentadas ante las instituciones estatales competentes y sus resultados.

Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo (art. 7)

12.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para la aplicación efectiva de la legislación sobre el salario mínimo en todos los sectores, en relación con los párrafos 261 y 262 del informe del Estado Parte. Informen también sobre las repercusiones del marco jurídico y normativo descrito en el informe del Estado Parte, así como sobre cualquier medida adicional que se haya adoptado para garantizar la aplicación plena y efectiva de la legislación laboral, incluidas las medidas destinadas a prevenir los despidos improcedentes, los atrasos en los pagos y el impago de las horas extraordinarias, el trabajo nocturno y el trabajo realizado en días festivos. Describan las medidas adoptadas para reforzar los sistemas de inspección del trabajo y garantizar el acceso a vías de recurso eficaces y accesibles para los trabajadores afectados.

13.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, así como sobre sus repercusiones, para promover la seguridad y la salud en el trabajo, en particular en los sectores de la minería, la construcción y la agricultura. Proporcionen también datos estadísticos actualizados y desglosados sobre los efectos de estas medidas, incluyendo datos sobre las inspecciones de trabajo realizadas, las investigaciones de accidentes llevadas a cabo, los procedimientos penales y administrativos iniciados y las sanciones impuestas. Informen también sobre las medidas de protección de que disponen los trabajadores afectados por accidentes laborales o condiciones de trabajo inseguras, así como sobre la disponibilidad y la accesibilidad de los regímenes de indemnización y los mecanismos de reclamación.

Derechos sindicales (art. 8)

14. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aplicar la recomendación previa del Comité de modificar su legislación, en particular el artículo 402 del Código Penal y el artículo 177 del Código del Trabajo, con el fin de garantizar que los trabajadores puedan ejercer su derecho de huelga sin restricciones indebidas. Informen también sobre las medidas adoptadas para prohibir y prevenir la discriminación antisindical, así como para establecer salvaguardias eficaces que garanticen que los dirigentes y los afiliados de los sindicatos puedan llevar a cabo sus actividades en un clima libre de intimidación, violencia y acoso. Incluyan datos estadísticos sobre las investigaciones, los procesos penales, las sanciones disciplinarias y sus resultados, así como sobre los despidos relacionados con el ejercicio de los derechos sindicales.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

15.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, así como sobre sus repercusiones, para establecer un sistema universal de seguridad social. Proporcionen datos estadísticos desglosados sobre la cobertura de seguridad social de la población, incluidas las personas y los grupos desfavorecidos y marginados. Presenten información detallada adicional sobre los criterios de elegibilidad, el proceso de inscripción y el nivel de las prestaciones de la seguridad social, incluida información sobre el sistema de cálculo de los ingresos del Programa de Asistencia Social para Destinatarios Específicos. Faciliten información detallada sobre el régimen de protección social para las personas con discapacidad, indicando si los gastos relacionados con la discapacidad se cubren por separado.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

16.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas y los recursos asignados para la aplicación de la Ley de Fortalecimiento de los Derechos de la Mujer y la Seguridad de los Niños. Describan los efectos de las medidas legislativas y de política adoptadas para proteger a los niños contra todas las formas de explotación, incluidas las peores formas de trabajo infantil. Incluyan también datos estadísticos sobre la prevalencia del trabajo infantil, así como sobre las investigaciones realizadas y sus resultados, desglosados por sector económico y por grupo de edad, género, origen étnico y situación migratoria de las víctimas. Indiquen si las medidas legales y de política adoptadas para la protección de la familia y los niños se aplican de manera igualitaria y sin discriminación a todas las formas de familia, incluidas las familias monoparentales y las parejas del mismo sexo. Expliquen si se garantiza la igualdad de protección en materia de sucesiones, obligaciones de manutención, patria potestad, adopción, tutela, custodia y acogimiento familiar, así como en el acceso a la seguridad social, la vivienda, la asistencia sanitaria y otros servicios sociales.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

17.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, y sus efectos, para hacer frente a la falta de hogar y facilitar el acceso a la vivienda, incluida la vivienda social asequible para las personas y familias desfavorecidas y marginadas. Describan las iniciativas emprendidas y los recursos asignados para mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales y en las zonas urbanas desfavorecidas, especialmente en los asentamientos informales y los centros colectivos, incluidas las medidas destinadas a garantizar el acceso al agua salubre para uso doméstico, a un saneamiento adecuado, a servicios de higiene y a otras infraestructuras básicas. Faciliten información sobre el marco jurídico existente en materia de desalojos y traslados forzosos.

18.Sírvanse facilitar información sobre los resultados y la eficacia de las medidas de lucha contra la pobreza, incluidos los programas mencionados en los párrafos 390, 393 y 394 del informe del Estado Parte. Proporcionen datos estadísticos sobre las tasas de pobreza en el Estado Parte, desglosados por edad, sexo, discapacidad, origen étnico o nacional y zona de residencia (rural o urbana). Describan asimismo los efectos de las medidas mencionadas en el párrafo 388 del informe del Estado Parte para atender las necesidades de los grupos más marginados y desfavorecidos, así como los recursos que se han destinado a su aplicación.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

19. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para ofrecer servicios sanitarios disponibles, accesibles, aceptables y de calidad en todo el Estado Parte. Incluyan datos estadísticos sobre los efectos de dichas medidas en el acceso a los distintos tipos y niveles de servicios de atención de salud, desglosados por edad, sexo, discapacidad, origen étnico o nacional y zona de residencia (rural o urbana). Informen además sobre la disponibilidad y la distribución de profesionales médicos en todos los niveles de la atención sanitaria, así como de infraestructuras esenciales, equipos y medicamentos en todo el Estado Parte, en particular para las personas y los grupos desfavorecidos y marginados.

20.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas mencionadas en el párrafo 437 del informe del Estado Parte en la mejora del acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva. Informen sobre las medidas adoptadas para impartir una educación en materia de salud sexual y reproductiva adecuada a cada edad. Asimismo, faciliten información sobre las medidas adoptadas, y sus repercusiones, para garantizar el derecho a una atención y unos servicios de salud mental oportunos, asequibles y de calidad, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, indicando las repercusiones de las iniciativas emprendidas para hacer frente al suicidio, especialmente entre los niños y los adolescentes.

21.De conformidad con el párrafo 47 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas descritas en los párrafos 468 y 474 del informe del Estado Parte en relación con los servicios de prevención, tratamiento y reducción de daños destinados a las personas que consumen drogas. Expliquen también los efectos de las medidas adoptadas para reducir la incidencia del VIH/sida y mejorar el acceso a servicios oportunos, asequibles y eficaces de prevención, pruebas, tratamiento y atención del VIH.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

22.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para garantizar que todos los niños, incluidas las niñas, los niños con discapacidad, los niños de familias con bajos ingresos y los niños que viven en zonas rurales y urbanas desfavorecidas, tengan acceso a una educación disponible, accesible, aceptable y de calidad. Describan los efectos de las medidas adoptadas para mejorar las tasas de matriculación y retención escolar. Asimismo, faciliten información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación, incluidas las inversiones realizadas para mejorar las infraestructuras educativas, la formación del profesorado y las condiciones laborales de los docentes, así como para prevenir el acoso y la violencia en los centros educativos.

Derechos culturales (art. 15)

23.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, así como sobre sus repercusiones, para promover un acceso equitativo a los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones, incluidas la investigación científica y la innovación. Describan también los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a las desigualdades relacionadas con el acceso a Internet y la infraestructura digital, incluidas las iniciativas destinadas a reducir la brecha digital entre los grupos desfavorecidos y marginados.

24.Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas, y sus repercusiones, para promover la accesibilidad y la asequibilidad de las actividades culturales y deportivas para todos, incluidas las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidad y las personas que viven en zonas rurales o en zonas urbanas desfavorecidas, así como para garantizar su participación efectiva en la vida cultural. Proporcionen información adicional sobre los efectos de las medidas mencionadas en el párrafo 511 del informe del Estado Parte para proteger y promover la pluralidad lingüística, incluida la enseñanza y el uso de las lenguas minoritarias, así como sobre las iniciativas emprendidas para garantizar el acceso efectivo a la educación en la lengua materna a los niños pertenecientes a minorías lingüísticas.