Comité de Derechos Humanos
106º período de sesiones
Ginebra, 15 de octubre a 2 de noviembre de 2012
Tema 2 del programa provisional
Aprobación del programa
Programa provisional y anotaciones
Nota del Secretario General
1.El 106º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 15 de octubre al 2 de noviembre de 2012. La primera sesión se celebrará en la sala de conferencias de la planta baja del Palais Wilson, el lunes 15 de octubre a las 10.00 horas.
2.De conformidad con el artículo 6 del reglamento del Comité, el Secretario General ha preparado, en consulta con la Presidencia del Comité, el programa provisional adjunto para el 106º período de sesiones. Se adjuntan también a la presente nota las anotaciones al programa provisional.
3.Con arreglo al artículo 33 del reglamento del Comité, las sesiones del Comité serán públicas, a menos que el Comité decida otra cosa o que de las disposiciones pertinentes del Pacto o del Protocolo Facultativo se desprenda que las sesiones deben ser privadas.
4.Se señalan en particular a la atención de los Estados las anotaciones a los temas 6 y 7, en las que figura el calendario provisional para el examen de informes en el 106º período de sesiones. De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, los representantes de los Estados partes deberían asistir a las sesiones del Comité cuando se examinen sus informes.
5.Como se establece en el artículo 95 del reglamento, un grupo de trabajo deberá reunirse durante una semana con anterioridad al 106º período de sesiones. El grupo de trabajo anterior al período de sesiones se reunirá del 8 al 12 de octubre de 2012.
Programa provisional
1.Apertura del período de sesiones por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos o su representante.
2.Aprobación del programa.
3.Cuestiones de organización y otros asuntos, incluida la aprobación del informe del grupo de trabajo anterior al período de sesiones sobre las comunicaciones individuales.
4.Reunión con representantes de órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales.
5.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
6.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
7.Examen de la situación de un país en ausencia de informe, con arreglo al artículo 70 del reglamento del Comité.
8.Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados.
9.Seguimiento de los dictámenes aprobados a tenor del Protocolo Facultativo.
10.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto.
Anotaciones
1.Apertura del período de sesiones por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos o su representante
La Alta Comisionada para los Derechos Humanos o su representante declarará abierto el 106º período de sesiones del Comité.
2.Aprobación del programa
En virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del reglamento del Comité, el primer tema del programa de cada período de sesiones será la aprobación del programa. De conformidad con el artículo 9, el Comité podrá modificar el programa durante un período de sesiones y, según corresponda, aplazar o suprimir temas.
3.Cuestiones de organización y otros asuntos, incluida la aprobación del informe del grupo de trabajo anterior al período de sesiones sobre las comunicaciones individuales
En relación con este tema, el Comité examinará diversos asuntos referentes a las actividades del Comité. También celebrará medio día de debate general en preparación de una observación general sobre el artículo 9 (libertad y seguridad personales) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
4.Reunión con representantes de órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales
En cada período de sesiones, el Comité escucha a los representantes de los órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales (ONG) representados ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. En consecuencia se han programado las siguientes reuniones: para los organismos especializados el 15 de octubre de las 10.30 a las 11.30 horas; para las instituciones nacionales de derechos humanos y las ONG sobre Filipinas, Turquía y Alemania el 15 de octubre de las 11.30 a las 13.00 horas; y para las instituciones nacionales de derechos humanos y las ONG sobre Bosnia y Herzegovina, Portugal y Côte d'Ivoire el 22 de octubre de las 11.30 a las 13.00 horas.
5.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 40del Pacto
En el capítulo III y en los anexos III y IV del informe anual del Comité a la Asamblea General correspondiente a 2011 (A/66/40, vol. I) figura la situación relativa a la presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
6.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto
En el 106º período de sesiones se examinarán los informes de Filipinas, Turquía, Portugal, Bosnia y Herzegovina y Alemania.
A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes en el 106º período de sesiones, preparado en consulta con el Comité.
Calendario para el examen de los informes presentados en virtud del artículo 40 del Pacto
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Filipinas |
Cuarto informe periódico (CCPR/C/PHL/4) |
Lunes 15 de octubre, tardeMartes16 de octubre, mañana |
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Turquía |
Informe inicial (CCPR/C/TUR/1) |
Miércoles 17 de octubre, mañana y tardeJueves 18 de octubre, mañana |
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Alemania |
Sexto informe periódico(CCPR/C/DEU/6) |
Jueves 18 de octubre, tardeViernes 19 de octubre, mañana |
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Bosnia y Herzegovina |
Segundo informe periódico(CCPR/C/BIH/2) |
Lunes 22 de octubre, tardeMartes 23 de octubre, mañana |
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Portugal |
Cuarto informe periódico (CCPR/C/PRT/4) |
Martes 23 de octubre, tardeMiércoles 24 de octubre, mañana |
De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, el Secretario General ha informado a los Estados partes interesados de las fechas previstas para que el Comité examine sus respectivos informes en el 106º período de sesiones.
Los informes de China-Hong Kong, Ucrania, Finlandia, Albania y Belice (en ausencia de informe) serán examinados por grupos de tareas sobre los informes de los países, que aprobarán listas de cuestiones al respecto.
El informe de Australia será examinado por el grupo de tareas sobre el informe del país, que aprobará una lista de cuestiones previa a la presentación del informe.
7.Examen de la situación de un país en ausencia de informe, con arreglo al artículo 70 del reglamento del Comité
El Comité examinará también la situación de los derechos civiles y políticos protegidos en virtud del Pacto en Côte d'Ivoire en ausencia de informe el miércoles 24 de octubre a las 15.00 horas.
8.Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados
En su 74º período de sesiones, el Comité adoptó decisiones sobre el procedimiento para efectuar el seguimiento de las observaciones finales. La Relatora Especial presentará en el 106º período de sesiones un informe sobre sus actividades.
9.Seguimiento de los dictámenes aprobados a tenor del Protocolo Facultativo
El Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes presentará un informe sobre sus actividades.
10.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto
De conformidad con las disposiciones del capítulo XVII del reglamento, el Comité examinará en relación con este tema las comunicaciones presentadas, o que se consideren presentadas, con arreglo al Protocolo Facultativo.
El Comité tiene pendientes 343 comunicaciones al 21 de agosto de 2012. De acuerdo con el nuevo reglamento del Comité, que en la mayoría de los casos permite examinar conjuntamente la admisibilidad y el fondo, el examen de estas comunicaciones puede llevar a la adopción de dictámenes o de decisiones que declaren admisibles o inadmisibles las comunicaciones.
De conformidad con el artículo 5, párrafo 3, del Protocolo Facultativo y con el artículo 88 del reglamento del Comité, este tema del programa se examinará en sesiones privadas.