a Número total de casos que han sido objeto de una decisión (dictámenes, decisiones de inadmisibilidad y decisiones de cesación de las actuaciones).
30.En la fecha en que se aprobó el presente informe (6 de abril de 2018), unas 230 comunicaciones estaban pendientes de una decisión del Comité sobre la admisibilidad o sobre el fondo. Sin embargo, si no se mejora sustancialmente la capacidad de la Secretaría para tramitar comunicaciones individuales, el Comité seguirá viendo seriamente comprometida su capacidad para resolver el retraso acumulado al respecto.
31.En el período al que se refiere el presente informe, el Comité, por conducto de sus Relatores Especiales sobre nuevas comunicaciones y medidas provisionales y del correlator, transmitió a los Estados partes interesados 178 nuevas comunicaciones en virtud del artículo 97 del reglamento del Comité, en las que solicitaba información u observaciones en relación con las cuestiones de la admisibilidad y el fondo.
2.Cooperación de los Estados partes en el examen de las comunicaciones
32.En varios casos resueltos durante el período considerado, el Comité observó que los Estados partes no habían cooperado en el procedimiento al no proporcionar observaciones sobre la admisibilidad ni sobre el fondo de las alegaciones de los autores. Los Estados partes en cuestión son Argelia (1 comunicación), Belarús (12 comunicaciones), Maldivas (1 comunicación) y Sri Lanka (1 comunicación). El Comité lamentó la situación y recordó que en el Protocolo Facultativo estaba implícitamente establecido que los Estados partes debían facilitar al Comité toda la información de que dispusieran. En ausencia de respuesta, debe darse el peso adecuado a las alegaciones del autor, en la medida en que se hayan fundamentado suficientemente.
3.Cuestiones examinadas por el Comité
33.Para una visión de conjunto de la labor realizada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo entre su 2º período de sesiones, celebrado en 1977, y su 119º período de sesiones, celebrado en marzo de 2017, hay que remitirse a sus informes anuales de 1984 a 2017, en los que se resumen las cuestiones procesales y sustantivas examinadas por el Comité y las decisiones adoptadas al respecto, y al informe titulado “Consideration by the Human Rights Committee at its 117th, 118th and 119th sessions of communications received under the Optional Protocol to the International Covenant on Civil and Political Rights”. La evolución de la jurisprudencia del Comité durante el período considerado no figura en el presente informe anual, sino en el documento CCPR/C/122/3. El texto completo de los dictámenes aprobados por el Comité y de sus decisiones de inadmisibilidad adoptadas en virtud del Protocolo Facultativo puede consultarse en la base de datos de los órganos creados en virtud de los tratados.
34.Durante el período que se examina, el Comité examinó y determinó que se había violado el Pacto en las siguientes comunicaciones: Shumilina y otros c. Belarús(CCPR/C/120/D/2142/2012), Melnikov c. Belarús (CCPR/C/120/D/2147/2012), Sviridov c. Kazajstán (CCPR/C/120/D/2158/2012), Ambaryan c. Kirguistán (CCPR/C/120/D/2162/2012), Neupane y Neupane c. Nepal (CCPR/C/120/D/2170/2012), Gatilov c. la Federación de Rusia (CCPR/C/120/D/2171/2012), Boboev c. Tayikistán (CCPR/C/120/D/2173/2012), Amarasinghe c. Sri Lanka (CCPR/C/120/D/2209/2012) X c. Sri Lanka (CCPR/C/120/D/2256/2013), Khelifati c. Argelia (CCPR/C/120/D/2267/2013), N. K. c. los Países Bajos (CCPR/C/120/D/2326/2013/Rev.1), S. L. c. los Países Bajos (CCPR/C/120/D/2362/2014), Allakulov c. Uzbekistán (CCPR/C/120/D/2430/2014), Ashirov c. Kirguistán (CCPR/C/120/D/2435/2014), Hashi c. Dinamarca (CCPR/C/120/D/2470/2014), Batanov c. la Federación de Rusia (CCPR/C/120/D/2532/2015), M. S. también conocido por el nombre de M. H. H. A. D. c. Dinamarca (CCPR/C/120/D/2601/2015), Koreshkov c. Belarús (CCPR/C/121/D/2168/2012), Osío Zamora c. la República Bolivariana de Venezuela (CCPR/C/121/D/2203/2012), Boudjema c. Argelia (CCPR/C/121/D/2283/2013), Jamshidian c. Belarús (CCPR/C/121/D/2471/2014), Marchant Reyes y otros c. Chile (CCPR/C/121/D/2627/2015), Chelakh c. Kazajstán (CCPR/C/121/D/2645/2015), Zogo c. el Camerún (CCPR/C/121/D/2764/2016), O. A. c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2770/2016) y Miller y Carroll c. Nueva Zelandia (CCPR/C/121/D/2502/2014), Abromchik c. Belarús(CCPR/C/122/D/2228/2012), Tamang c. Nepal (CCPR/C/122/D/2756/2016), Bobrov c. Belarús (CCPR/C/122/D/2181/2012), Tyvanchik y otros c. Belarús (CCPR/C/122/D/2201/2012), Delgado Burgoa c. el Estado Plurinacional de Bolivia (CCPR/C/122/D/2628/2015), Maldonado Iporre c. el Estado Plurinacional de Bolivia (CCPR/C/122/D/2629/2015), Budlakoti c. el Canadá (CCPR/C/122/D/2264/2013), Khadzhiyev y Muradova c. Turkmenistán (CCPR/C/122/D/2252/2013); Saidov c. Tayikistán (CCPR/C/122/D/2680/2015), Popova c. la Federación de Rusia (CCPR/C/122/D/2217/2012), Kim c. Uzbekistán (CCPR/C/122/D/2175/2012), C. L. y Z. L. c. Dinamarca (CCPR/C/122/D/2753/2016), Nasheed c. Maldivas (CCPR/C/122/D/2270/2013-CCPR/C/122/D/2851/2016), Millis c. Argelia (CCPR/C/122/D/2398/2014), Formonov c. Uzbekistán (CCPR/C/122/D/2577/2015), Vanteew c. la Federación de Rusia (CCPR/C/122/D/2715/2016), Sannikov c. Belarús (CCPR/C/122/D/2212/2012), Sudalenko y Poplavny c. Belarús (CCPR/C/122/D/2190/2012), Sharma y otros c. Nepal (CCPR/C/122/D/2364/2014) y Sharma y Sharma c. Nepal (CCPR/C/122/D/2265/2013).
35.El Comité no determinó que se hubiera violado el Pacto en las comunicaciones siguientes: Kh. B. c. Kirguistán (CCPR/C/120/D/2163/2012), Argel c. Australia (CCPR/C/120/D/2237/2013), R. I. H. y S. M. D. c. Dinamarca (CCPR/C/120/D/2640/2015), Androsov c. Kazajstán (CCPR/C/121/D/2403/2014), Moreno de Castillo c. la República Bolivariana de Venezuela (CCPR/C/121/D/2610/2015), S. A. H. c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2419/2014), N. D. J. M. D. c. el Canadá (CCPR/C/121/D/2487/2014), M. A. S. y L. B. H. c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2585/2015), K. S. y M. S. c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2594/2015), A. S. G. M. c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2612/2015), M. P. y otros c. Dinamarca (CCPR/C/121/D/2643/2015) W. K. c. el Canadá (CCPR/C/122/D/2292/2013), S. c. Dinamarca (CCPR/C/122/D/2642/2015) y A. A. c. Dinamarca (CCPR/C/122/D/2595/2015).
36.El Comité decidió que las comunicaciones siguientes eran inadmisibles: N. D. c. la Federación de Rusia (CCPR/C/120/D/2161/2012), K. E. R. c. el Canadá (CCPR/C/120/D/2196/2012), Yassin y otros c. el Canadá (CCPR/C/120/D/2285/2013), Quiroga y Aranda c. el Estado Plurinacional de Bolivia (CCPR/C/120/D/2491/2014), S. Z. c. Dinamarca (CCPR/C/120/D/2625/2015), D. S. c. la Federación de Rusia (CCPR/C/120/D/2705/2015), J. B. y E. B. c. Australia (CCPR/C/120/D/2798/2016), Z. Z. c. Australia (CCPR/C/120/D/2941/2017), B. Z. y otros c. Albania (CCPR/C/121/D/2837/2016), S. A. y otros c. Grecia (CCPR/C/121/D/2868/2016), Nekvedavičius c. Lituania (CCPR/C/121/D/2802/2016), Stefanovich c. Belarús (CCPR/C/122/D/2182/2012), V. P. c. Belarús (CCPR/C/122/D/2166/2012), Hincapié Dávila c. Colombia (CCPR/C/122/D/2490/2014), K. M. c. Belarús (CCPR/C/122/D/2199/2012), Nicholls c. Australia (CCPR/C/122/D/2300/2013), Templ c. Austria (CCPR/C/122/D/2650/2015), F. F. c. Luxemburgo y Francia (CCPR/C/122/D/3090/2017-CCPR/C/122/D/3091/2017) y Vasiljkovic c. Australia y Croacia (CCPR/C/122/D/2859/2016)
4.Decisiones relativas a los métodos de trabajo para el examen de las comunicaciones
37.En su 120º período de sesiones, el Comité aprobó sus directrices sobre las observaciones orales relativas a las comunicaciones (véase CCPR/C/159).
5.Seguimiento de los dictámenes
38.En el período considerado, la Relatora Especial para el seguimiento de los dictámenes presentó informes en los períodos de sesiones 121º (CCPR/C/121/2) y 122º (CCPR/C/122/2).
39.A la conclusión de los períodos de sesiones 121º y 122º, el Comité había determinado que se había producido una violación del Pacto en 1.061 de los 1.282 dictámenes aprobados desde 1979. El Comité ha continuado la práctica iniciada en su 109º período de sesiones consistente en incluir en sus informes de seguimiento de los dictámenes una evaluación de las respuestas de los Estados partes o de las medidas adoptadas por estos; la evaluación se basa en los criterios establecidos para el procedimiento de seguimiento de las observaciones finales. En su 118º período de sesiones, el Comité decidió revisar sus criterios de evaluación. En su 121er período de sesiones, el 9 de noviembre de 2017, el Comité decidió seguir revisando su metodología y procedimiento para vigilar el seguimiento de sus dictámenes. El Comité sigue observando que muchos Estados partes no han llevado a efecto los dictámenes emitidos en virtud del Protocolo Facultativo.
40.En su 121er período de sesiones, el Comité decidió cerrar el diálogo de seguimiento, con una nota de aplicación satisfactoria de sus recomendaciones, en relación con las comunicaciones siguientes: Hamida c. el Canadá (CCPR/C/98/D/1544/2007), Thuraisamy c. el Canadá (CCPR/C/106/D/1912/2009), H. E. A. K. c. Dinamarca (CCPR/C/114/D/2343/2014), M. K. H. c. Dinamarca (CCPR/C/117/D/2462/2014) y A. A. S. c. Dinamarca (CCPR/C/117/D/2464/2014).
41.En su 122º período de sesiones, el Comité decidió cerrar el diálogo de seguimiento y resolver que la aplicación de sus recomendaciones había sido parcialmente satisfactoria en la comunicación siguiente: Engo c. el Camerún (CCPR/C/96/D/1397/2005).
J.Observaciones generales en virtud del artículo 40, párrafo 4, del Pacto
42.En su 120º período de sesiones, el Comité concluyó su primera lectura del proyecto de observación general sobre el derecho a la vida (art. 6) e invitó a todos los interesados a que formulasen observaciones al respecto. Se recibieron presentaciones de Estados, organizaciones de las Naciones Unidas, organismos especializados, expertos, académicos y otros profesionales, instituciones nacionales de derechos humanos y otras instituciones nacionales y organizaciones no gubernamentales. En sus períodos de sesiones 121º y 122º, el Comité inició su segunda lectura del proyecto.
K.Dotación de personal y traducción de documentos oficiales
43.En virtud del artículo 36 del Pacto, el Secretario General tiene el deber de proporcionar al Comité el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones. El Comité reitera su preocupación por la escasez de recursos humanos y pone de relieve una vez más la importancia de asignar suficiente personal para prestar servicios en sus períodos de sesiones y para facilitar el conocimiento, la comprensión y el cumplimiento de sus recomendaciones en el plano nacional. El Comité recalca que, si no se mejora sustancialmente la capacidad del personal de la Dependencia de Quejas de modo que en los años venideros pueda preparar un mayor número de comunicaciones individuales para que pueda examinarlas el Comité que el número que ha preparado hasta ahora, el propio Comité continuará viendo seriamente comprometida su capacidad de resolver el retraso acumulado al respecto. Además, el Comité expresa su profunda insatisfacción por la tasa de movimiento del personal, particularmente la del personal que trabaja en la Dependencia de Quejas, que necesita permanecer en su puesto durante un período suficientemente largo como para adquirir la experiencia y los conocimientos adecuados sobre la jurisprudencia del Comité.
44.El Comité celebra que la Asamblea General aprobase la resolución 68/268, sobre el fortalecimiento y mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos, incluida la asignación de tiempo adicional de reuniones y los recursos humanos y financieros correspondientes. Habida cuenta de la insuficiencia de los recursos proporcionados, el Comité no está en condiciones de garantizar la plena aplicación de la resolución. En particular, el Comité lamenta la decisión de asignar en el presupuesto para el bienio 2018-2019 solo 5 plazas temporarias al ACNUDH, en lugar de los 11 puestos solicitados por el Secretario General con arreglo al cálculo obtenido aplicando la fórmula que figura en la resolución 68/268. Debido a esa decisión y a la duración del proceso de contratación de nuevos funcionarios y las necesidades de organización del ACNUDH, el Comité no podrá utilizar la mayor parte del tiempo adicional que se le asignó en 2018 para examinar comunicaciones. En estas circunstancias, la grave acumulación de comunicaciones dirigidas al Comité por autores que afirman que sus derechos han sido violados no podrá sino aumentar. El Comité también lamenta el estricto límite de palabras impuesto en virtud de la resolución a documentos fundamentales, como las observaciones generales, los reglamentos y dictámenes en situaciones complejas. Además, el Comité expresa su grave preocupación por el hecho de que algunos documentos importantes, entre ellos documentos de períodos de sesiones, no se traducen en tiempo oportuno, lo cual sigue afectando negativamente a la labor del Comité.
L.Difusión de la labor del Comité
45.En su 94º período de sesiones, el Comité aprobó un documento sobre un enfoque estratégico de las relaciones públicas con los medios de comunicación (CCPR/C/94/3).
46.En los períodos de sesiones 120º, 121º y 122º, el ACNUDH proporcionó una transmisión web completa de los trabajos del Comité, incluido el examen de todos los informes de los Estados partes y otras sesiones públicas. La transmisión web puede verse en https://webtv.un.org.
47.El Comité siguió elaborando una estrategia con respecto a los medios de comunicación, en particular mediante la celebración de ruedas de prensa al término de cada período de sesiones.
48.El Comité continuó destacando la importancia de celebrar periódicamente un período de sesiones en Nueva York y, con ese fin, pidió a la Secretaría que reservara una sala para imprevistos en Nueva York para el 125º período de sesiones.
M.Presentación del informe anual del Comité a la Asamblea General
49.El 13 de octubre de 2017, en Nueva York, el Presidente asistió al diálogo interactivo con la Asamblea General, durante el cual presentó el informe anual del Comité.
N.Aprobación del informe
50.En su 3488ª sesión, celebrada el 6 de abril de 2018, el Comité examinó el proyecto de su 60º informe anual sobre las actividades realizadas en sus períodos de sesiones 120º, 121º y 122º, celebrados en 2017 y 2018. El informe, con las modificaciones introducidas en el curso de los debates, fue aprobado por unanimidad. En virtud de su decisión 1985/105, de 8 de febrero de 1985, el Consejo Económico y Social autorizó al Secretario General a que transmitiese directamente a la Asamblea General el informe anual del Comité.
II.Métodos de trabajo del Comité en virtud del artículo 40 del Pacto y cooperación con otros órganos de las Naciones Unidas
51.En la presente sección figuran un resumen y una explicación de las modificaciones que ha introducido el Comité durante el último año en sus métodos de trabajo con arreglo al artículo 40 del Pacto, así como las decisiones que ha adoptado recientemente en relación con el seguimiento de sus observaciones finales sobre los informes de los Estados partes.
A.Cambios y decisiones recientes en materia de procedimientos
52.Durante el 120º período de sesiones, el Comité decidió lo siguiente:
a)Prorrogar durante otro año el procedimiento experimental sobre comunicaciones repetitivas a fin de evaluar su eficacia;
b)Establecer un grupo de trabajo, presidido por el Sr. Heyns, encargado de evaluar el procedimiento simplificado de presentación de informes;
c)Invitar a los Estados partes cuyos informes periódicos debían haberse presentado hace más de diez años a que opten por el procedimiento simplificado de presentación de informes;
d)Considerar las respuestas de Swazilandia a la lista de cuestiones preparada en ausencia del informe inicial como su informe inicial.
53.En su 121er período de sesiones el Comité, por primera vez, celebró audiencias sobre el caso Miller y Carroll c. Nueva Zelandia (CCPR/C/121/D/2502/2014) con la presencia del abogado de los autores y la participación de los representantes del Estado parte mediante videoconferencia. De conformidad con las directrices sobre las observaciones orales relativas a las comunicaciones (CCPR/C/159), la sesión en que presentaron sus observaciones orales las partes tuvo carácter privado.
54.Durante el 121er período de sesiones, el Comité decidió lo siguiente:
a)Prorrogar de 1 a 2 años el plazo para la presentación de información por los Estados partes sobre el seguimiento de las observaciones finales;
b)Reducir de 3 a 1 el número de rondas de seguimiento y solicitar un segundo informe de seguimiento de los Estados partes únicamente en los casos en que proceda;
c)Suspender el procedimiento de seguimiento de los Estados partes que tengan un segundo o tercer informe de seguimiento pendiente de evaluación al 10 de noviembre de 2017;
d)Calificar las respuestas de los Estados partes relativas a las medidas de no repetición solo si tales medidas se habían especificado en el dictamen del Comité.
55.En su 120º período de sesiones, el Comité realizó su primera lectura del proyecto de reglamento revisado preparado por el grupo de trabajo establecido durante el 116º período de sesiones. En sus períodos de sesiones 121º y 122º, el Comité siguió examinando el proyecto.
56.En octubre de 2009, el Comité decidió poner un nuevo procedimiento de presentación de informes a disposición de un número limitado de Estados partes. En su 111º período de sesiones (julio de 2014), el Comité determinó que el procedimiento que consistía en la elaboración de una lista de cuestiones previa a la presentación de un informe se ofrecería, en principio, a todos los Estados partes y se aplicaría únicamente a los informes periódicos (véase A/70/40, párr. 56 a)). Puede consultarse información sobre este procedimiento en https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CCPR/Pages/SimplifiedReportingProcedure.aspx.
57.En los períodos de sesiones 120º, 121º y 122º, el Comité examinó el sexto informe periódico de Australia, el quinto informe periódico del Camerún, el séptimo informe periódico de El Salvador, el cuarto informe periódico de Guatemala, el sexto informe periódico de Hungría, el séptimo informe periódico de Noruega y el cuarto informe periódico de Suiza, todos ellos presentados de conformidad con el procedimiento simplificado de presentación de informes. En el curso de esos tres períodos de sesiones, el Comité aprobó también listas de cuestiones previas a la presentación de informes en relación con el segundo informe periódico de Botswana, el tercer informe periódico del Chad, el cuarto informe periódico de Chequia, el séptimo informe periódico del Japón, el sexto informe periódico del Perú, el sexto informe periódico de Túnez y el sexto informe periódico del Uruguay.
B.Vínculos con otros órganos
58.En el 120º período de sesiones, la Mesa se reunió con miembros de la Comisión de Derecho Internacional para examinar su proyecto de conclusiones sobre los acuerdos ulteriores y la práctica ulterior en relación con la interpretación de los tratados. Algunos miembros del Comité también se reunieron oficiosamente con miembros del Comité contra la Tortura para examinar cuestiones como la no devolución, las medidas provisionales y las garantías diplomáticas. Algunos miembros de la Mesa también se reunieron con el Jefe de la Subdivisión del Consejo de Derechos Humanos (ACNUDH). En el 121er período de sesiones, algunos miembros de la Mesa se reunieron con el Jefe de la Subdivisión del Examen Periódico Universal (ACNUDH).
III.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto
59.De conformidad con las directrices aprobadas por el Comité en su 66º período de sesiones y modificadas en su 70º período de sesiones (CCPR/C/66/GUI/Rev.2), la periodicidad de cinco años para la presentación de los informes, establecida por el Comité en su 13er período de sesiones, celebrado en julio de 1981 (CCPR/C/19/Rev.1), se sustituyó por un sistema flexible en virtud del cual la fecha en que el Estado parte debe presentar su siguiente informe periódico se fija caso por caso al final de las observaciones finales que el Comité formula sobre cada informe, de conformidad con el artículo 40 del Pacto y teniendo en cuenta las directrices sobre la presentación de informes y los métodos de trabajo del Comité. El Comité confirmó ese procedimiento en sus directrices actuales, aprobadas en el 99º período de sesiones (CCPR/C/2009/1).
A.Informes presentados al Secretario General entre el 30 de marzo de 2017 y el 6 de abril de 2018
60.Durante el período que se examina, se presentaron al Secretario General 16 informes de los Estados partes siguientes: Angola (segundo informe periódico), Belarús (quinto informe periódico), Belice (informe inicial), Cabo Verde (informe inicial), Estonia (cuarto informe periódico), Guinea (tercer informe periódico), Lituania (cuarto informe periódico), Mauritania (segundo informe periódico), México (sexto informe periódico), Níger (segundo informe periódico), Noruega (séptimo informe periódico), Países Bajos (quinto informe periódico), Paraguay (cuarto informe periódico), Sudán (quinto informe periódico), Tayikistán (tercer informe periódico) y Viet Nam (tercer informe periódico).
B.Informes atrasados e incumplimiento por los Estados partes de las obligaciones contraídas en virtud del artículo 40
61.El Comité desea reiterar que los Estados partes en el Pacto han de presentar a tiempo los informes previstos en el artículo 40 para que el Comité pueda desempeñar debidamente las funciones que se le asignan en ese artículo. Lamentablemente, desde la creación del Comité se han producido retrasos considerables.
62.El Comité observa con preocupación que el hecho de que los Estados partes no presenten informes le impide desempeñar las funciones de vigilancia que se le encomiendan en el artículo 40 del Pacto. El Comité reitera que los Estados cuyos informes están atrasados han incurrido en incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de ese artículo (véase el anexo II, donde figura la lista de Estados partes con informes atrasados).
63.El Comité señala especialmente que 16 Estados partes aún no han presentado su informe inicial, de los cuales 7 informes acumulan entre 5 y 10 años de retraso y 8 informes, más de 10 años. Con ello se frustra la consecución de un objetivo esencial del Pacto, que es permitir que el Comité vigile, sobre la base de informes periódicos, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados partes en virtud del Pacto. El Comité envía a intervalos regulares recordatorios a todos los Estados partes cuyos informes han acumulado un retraso considerable.
64.Debido a la preocupación del Comité por el número de informes atrasados y el incumplimiento por los Estados partes de sus obligaciones en virtud del artículo 40 del Pacto, en el 71er período de sesiones, celebrado en marzo de 2001, se adoptaron oficialmente enmiendas del reglamento. El Comité ha venido aplicando el reglamento revisado desde el final del 71er período de sesiones (en abril de 2001).
65.En virtud de esas enmiendas, se instituyó un procedimiento que debe aplicarse en caso de que un Estado parte no haya cumplido desde hace largo tiempo su obligación de presentar informes o haya pedido con poca antelación que se aplace una comparecencia prevista ante el Comité. En ambos casos, el Comité podrá notificar en adelante al Estado de que se trate que tiene la intención de examinar, basándose en la información de que dispone, las medidas que haya adoptado ese Estado para dar cumplimiento a las disposiciones del Pacto, incluso en ausencia de informe.
66.En su 103er período de sesiones, el Comité modificó su reglamento (artículos 68 y 70) en relación con el examen de la situación en los países en ausencia de informe (procedimiento de examen). Desde 2012, el examen de la situación en los países se efectúa en sesiones públicas, en vez de privadas, y las observaciones finales resultantes también se distribuyen como documentos públicos.
67.En su 75º período de sesiones, el Comité aplicó por primera vez el procedimiento previsto en el artículo 70 de su reglamento a un Estado que no había presentado informe. Hasta la fecha, el procedimiento de examen en ausencia de informe se ha aplicado a los 22 Estados partes siguientes: Bangladesh, Barbados, Belice, Cabo Verde, Côte d’Ivoire, Dominica, Gambia, Guinea Ecuatorial, Granada, Haití, Kenya, Malawi, Mozambique, Nicaragua, República Centroafricana, Rwanda, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Seychelles, Sudáfrica, Suriname y Swazilandia. El informe anual presentado en el 69º período de sesiones contiene información sobre todos los Estados partes examinados con arreglo a ese procedimiento hasta el 110º período de sesiones.
68.Antes del 112º período de sesiones, el Comité indicó a Sudáfrica que, en ausencia de informe en dicho período de sesiones, aprobaría una lista de cuestiones. El 26 de noviembre de 2014, Sudáfrica presentó su informe y se aplazó la aprobación de una lista de cuestiones. También se envió una nota verbal a Bangladesh en la que se indicaba que el Comité aprobaría una lista de cuestiones en ausencia de informe en el 112º período de sesiones. Después de que Bangladesh se comprometiera a presentar su informe al Comité en marzo de 2015, el Comité aplazó el examen de la situación de los derechos civiles y políticos en Bangladesh hasta la recepción del informe. El 19 de junio de 2015, Bangladesh presentó su informe, que fue examinado por el Comité en su 119º período de sesiones. Tras varios recordatorios, el Comité aprobó una lista de cuestiones en ausencia de informe para Swazilandia en el 119º período de sesiones. Swazilandia envió una respuesta a la lista de cuestiones y una delegación de alto nivel para el diálogo con el Comité en su 120º período de sesiones.
69.En su 121er período de sesiones, el Comité, en ausencia de un informe, aprobó listas de cuestiones para Gambia y San Vicente y las Granadinas.
C.Fecha en que deben presentar su siguiente informe periódico los Estados partes cuyo informe se examinó durante el período abarcado por el presente informe
70.En el 104º período de sesiones, el Comité decidió permitir a los Estados partes que presentaran sus informes a intervalos de seis años como máximo. Por consiguiente, actualmente el Comité puede pedir a los Estados partes que presenten sus informes periódicos siguientes al cabo de 3, 4, 5 o 6 años. En su 114º período de sesiones, el Comité decidió que, a la hora de determinar los plazos para la presentación de informes futuros, concedería un año más a los Estados que presentaran sus informes con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes que a los países que utilizaran el procedimiento habitual, en aras de la igualdad de condiciones entre ambos grupos de países. En consecuencia, el Comité actualmente puede pedir a los Estados partes que opten por el procedimiento simplificado que presenten sus informes periódicos a intervalos máximos de 7 años (es decir, el máximo de 6 años contemplado por el procedimiento habitual más 1 año adicional).
71.En el cuadro que figura a continuación se muestra la fecha del examen de los informes de los Estados partes que se examinaron durante el período que abarca el presente informe y la fecha en que han de presentar los siguientes informes.
Estado parte |
Fecha del examen |
Fecha en que debe presentarse el próximo informe |
Honduras |
Julio de 2017 |
Julio de 2021 |
Liechtenstein |
Julio de 2017 |
Julio de 2023 |
Madagascar |
Julio de 2017 |
Julio de 2021 |
Mongolia |
Julio de 2017 |
Julio de 2022 |
Pakistán |
Julio de 2017 |
Julio de 2020 |
Swazilandia |
Julio de 2017 |
Julio de 2021 |
Suiza |
Julio de 2017 |
Julio de 2022 |
Australia |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2023 |
Camerún |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2022 |
República Democrática del Congo |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2021 |
República Dominicana |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2022 |
Jordania |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2022 |
Mauricio |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2022 |
Rumania |
Octubre de 2017 |
Noviembre de 2023 |
El Salvador |
Marzo de 2018 |
Abril de 2023 |
Guatemala |
Marzo de 2018 |
Abril de 2023 |
Hungría |
Marzo de 2018 |
Abril de 2023 |
Líbano |
Marzo de 2018 |
Abril de 2023 |
Noruega |
Marzo de 2018 |
Abril de 2024 |
Anexo I
Miembros e integrantes de la Mesa del Comité de Derechos Humanos, 2017-2018
Nombre |
País de nacionalidad a |
El mandato finaliza el 31 de diciembre |
Tania María Abdo Rocholl |
Paraguay |
2020 c |
Yadh Ben Achour |
Túnez |
2018 b |
Ilze Brands Kehris |
Letonia |
2020 c |
Sarah Cleveland |
Estados Unidos de América |
2018 b |
Ahmed Amin Fathalla |
Egipto |
2020 c |
Olivier de Frouville |
Francia |
2018 b |
Christof Heyns |
Sudáfrica |
2020 c |
Yuji Iwasawa |
Japón |
2018 b |
Ivana Jelić |
Montenegro |
2018 b |
Bamariam Koita |
Mauritania |
2020 c |
Marcia Kran |
Canadá |
2020 c |
Duncan Laki Muhumuza |
Uganda |
2018 b |
Photini Pazartzis |
Grecia |
2018 b |
Mauro Politi |
Italia |
2018 b |
José Manuel Santos Pais |
Portugal |
2020 c |
Anja Seibert-Fohr |
Alemania |
2020 c d |
Yuval Shany |
Israel |
2020 c |
Margo Waterval |
Suriname |
2018 b |
Nota : La información sobre los miembros actuales y los antiguos miembros del Comité puede consultarse en https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CCPR/Pages/Membership.aspx .
a De conformidad con el artículo 28, párrafo 3, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los miembros del Comité serán elegidos y ejercerán sus funciones a título personal.
b Miembro elegido durante la 34ª reunión de los Estados partes, celebrada en Nueva York el 24 de junio de 2014.
c Miembro elegido durante la 35ª reunión de los Estados partes, celebrada en Nueva York el 23 de junio de 2016.
d Ha presentado su dimisión, con efectos a partir del 1 de marzo de 2018.
Los siguientes integrantes de la Mesa del Comité fueron elegidos por un período de dos años en la sesión celebrada el 6 de marzo de 2017 (119º período de sesiones):
Presidente : Yuji Iwasawa
Vicepresidentes: Ahmed Amin Fathalla
Ivana Jelić
Yuval Shany
Relatora: Margo Waterval
Anexo II
Situación de la presentación de informes en virtud del artículo 40 del Pacto (al 30 de marzo de 2017)
A.Estados partes cuyo informe inicial se ha retrasado (15 Estados partes)
Estado parte |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Situación examinada en ausencia de informe |
Observaciones |
|
1. |
Andorra |
22 de diciembre de 2007 |
10 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
2. |
Bahamas |
23 de marzo de 2010 |
8 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
3. |
Dominica |
16 de septiembre de 1994 |
23 |
Lista de cuestiones aprobada en el 102º período de sesiones (julio de 2011; examen aplazado) |
|
4. |
Eritrea |
22 de abril de 2003 |
14 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
5. |
Estado de Palestina |
3 de julio de 2015 |
2 |
Adhesión el 2 de abril de 2014. |
|
6. |
Granada |
6 de septiembre de 1991 |
26 |
90º período de sesiones (julio de 2007) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 31 de diciembre de 2008. |
7. |
Guinea-Bissau |
1 de febrero de 2012 |
6 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
8. |
Guinea Ecuatorial |
24 de diciembre de 1988 |
29 |
79º período de sesiones (octubre de 2003) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 1 de agosto de 2004. |
9. |
Papua Nueva Guinea |
21 de octubre de 2009 |
8 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
10. |
Samoa |
15 de mayo de 2009 |
8 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
11. |
Seychelles |
4 de agosto de 1993 |
24 |
101er período de sesiones (marzo de 2011) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 1 de abril de 2012. |
12. |
Somalia |
23 de abril de 1991 |
26 |
||
13. |
Sudán del Sur |
9 de julio de 2012 |
5 |
Teniendo presente que el Sudán es parte en el Pacto desde 1986 y que Sudán del Sur se independizó del Sudán en julio de 2011, el Comité, a la luz de su observación general núm. 26 (1997) sobre la continuidad de las obligaciones dimanantes del Pacto (véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 40, vol. I (A/53/40 (vol. I)), anexo VII), considera que la población de Sudán del Sur permanece bajo la protección del Pacto y por ende que Sudán del Sur debería presentar un informe inicial en virtud del artículo 40, párrafo 1 a), del Pacto. El Comité decidió, en dos ocasiones, invitar a Sudán del Sur a presentar un informe inicial (véase el párr. 61 más arriba y A/69/70, vol. I, párr. 75). |
|
14. |
Timor-Leste |
19 de diciembre de 2004 |
13 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
15. |
Vanuatu |
21 de febrero de 2010 |
8 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
B.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de diez años o más (13 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Afganistán |
Tercero |
15 de mayo de 1996 |
21 |
12 de mayo de 2011 |
31 de octubre de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 105º período de sesiones (julio de 2012). |
2. |
Congo |
Tercero |
31 de marzo de 2003 |
15 |
|||
3. |
Egipto |
Cuarto |
1 de noviembre de 2004 |
13 |
|||
4. |
Gabón |
Tercero |
31 de octubre de 2003 |
14 |
|||
5. |
Guyana |
Tercero |
31 de marzo de 2003 |
15 |
|||
6. |
India |
Cuarto |
31 de diciembre de 2001 |
16 |
|||
7. |
Lesotho |
Segundo |
30 de abril de 2002 |
15 |
|||
8. |
Malí |
Tercero |
1 de abril de 2005 |
13 |
|||
9. |
Nigeria |
Segundo |
28 de octubre de 1999 |
18 |
|||
10. |
República Popular Democrática de Corea |
Tercero |
1 de enero de 2004 |
14 |
|||
11. |
Senegal |
Quinto |
4 de abril de 2000 |
18 |
|||
12. |
Trinidad y Tabago |
Quinto |
31 de octubre de 2003 |
14 |
12 de enero de 2018 |
||
13. |
Zimbabwe |
Segundo |
1 de junio de 2002 |
15 |
C.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de 5 a 10 años (11 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha límite de presentación |
Años de atraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Barbados |
Cuarto |
29 de marzo de 2011 |
7 |
|||
2 |
Botswana |
Segundo |
31 de marzo de 2012 |
6 |
3 de agosto de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 122º período de sesiones (marzo de 2018). |
|
3. |
Brasil |
Tercero |
31 de octubre de 2009 |
8 |
|||
4. |
Libia |
Quinto |
30 de octubre de 2010 |
7 |
|||
5. |
Luxemburgo |
Cuarto |
1 de abril de 2008 |
10 |
|||
6. |
Panamá |
Cuarto |
31 de marzo de 2012 |
6 |
|||
7. |
República Árabe Siria |
Cuarto |
1 de agosto de 2009 |
8 |
|||
8. |
República Centroafricana |
Tercero |
1 de agosto de 2010 |
7 |
|||
9 |
Túnez |
Sexto |
31 de marzo de 2012 |
6 |
4 de julio de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 122º período de sesiones (marzo de 2018). |
|
10. |
Uganda |
Segundo |
1 de abril de 2008 |
10 |
|||
11. |
Zambia |
Cuarto |
20 de julio de 2011 |
6 |
D.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de menos de cinco años (26 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha límite de presentación |
Años de atraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Armenia |
Tercero |
30 de julio de 2016 |
1 |
|||
2. |
Bélgica |
Sexto |
29 de octubre de 2015 |
2 |
28 de noviembre de 2014 |
1 de agosto de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
3. |
Chad |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 120º período de sesiones (julio de 2017). |
|||
4. |
Djibouti |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
||||
5. |
Estonia |
Cuarto |
30 de julio de 2015 |
2 |
6 de enero de 2015 |
30 de abril de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 116º período de sesiones (marzo de 2016). |
6. |
Etiopía |
Segundo |
29 de julio de 2014 |
3 |
|||
7. |
Filipinas |
Quinto |
2 de noviembre de 2016 |
1 |
|||
8. |
Hong Kong (China) a |
Cuarto |
30 de marzo de 2018 |
||||
9. |
Indonesia |
Segundo |
26 de julio de 2017 |
||||
10. |
Irán (República Islámica del) |
Cuarto |
2 de noviembre de 2014 |
3 |
|||
11. |
Kenya |
Cuarto |
30 de julio de 2015 |
2 |
|||
12. |
Kirguistán |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
||||
13. |
Macao (China) b |
Segundo |
30 de marzo de 2018 |
||||
14. |
Maldivas |
Segundo |
30 de julio de 2015 |
2 |
|||
15. |
México |
Sexto |
30 de marzo de 2014 |
4 |
18 de diciembre de 2013 |
31 de agosto de 2015 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 111º período de sesiones (julio de 2014). |
16. |
Mozambique |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
||||
17. |
Nepal |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
||||
18. |
Nicaragua |
Cuarto |
29 de octubre de 2012 |
5 |
|||
19. |
Países Bajos (Antillas y Aruba incluidas) |
Quinto |
31 de julio de 2014 |
3 |
12 de mayo de 2016 |
1 de abril de 2018 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 119º período de sesiones (marzo de 2017). |
20. |
Paraguay |
Cuarto |
30 de marzo de 2017 |
1 |
23 de octubre de 2015 |
30 de noviembre de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 118º período de sesiones (octubre de 2016). |
21. |
Perú |
Sexto |
30 de marzo de 2018 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 120º período de sesiones (julio de 2017). |
|||
22. |
República Unida de Tanzanía |
Quinto |
1 de agosto de 2013 |
4 |
|||
23. |
Sierra Leona |
Segundo |
28 de marzo de 2017 |
1 |
|||
24. |
Togo |
Quinto |
1 de abril de 2015 |
3 |
24 de febrero de 2016 |
30 de noviembre de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 118º período de sesiones (octubre de 2016) |
25. |
Turquía |
Segundo |
2 de noviembre de 2016 |
1 |
|||
26. |
Yemen |
Sexto |
30 de marzo de 2015 |
3 |
a Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Hong Kong (China), que anteriormente se encontraba bajo administración británica. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Hong Kong (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 40 ( A/51/40 ), cap. V, secc. B, párrs. 78 a 85.
b Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Macao (China), que anteriormente se encontraba bajo administración portuguesa. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Macao (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 40 ( A/55/40 ), cap. IV.
E.Estados partes cuyo informe no debe presentarse aún (90 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha límite de presentación |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Albania |
Tercero |
26 de julio de 2018 |
|||
2. |
Alemania |
Séptimo |
2 de noviembre de 2018 |
28 de marzo de 2013 |
||
3. |
Argentina |
Sexto |
15 de julio de 2022 |
20 de septiembre de 2013 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
4. |
Australia |
Séptimo |
10 de noviembre de 2023 |
10 de marzo de 2011 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
5. |
Austria |
Sexto |
6 de noviembre de 2021 |
|||
6. |
Azerbaiyán |
Quinto |
4 de noviembre de 2020 |
|||
7. |
Bangladesh |
Segundo |
29 de marzo de 2021 |
|||
8. |
Benin |
Tercero |
6 de noviembre de 2019 |
|||
9. |
Bolivia (Estado Plurinacional de) |
Cuarto |
1 de noviembre de 2018 |
|||
10. |
Bosnia y Herzegovina |
Cuarto |
29 de marzo de 2022 |
1 de febrero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
11. |
Burkina Faso |
Segundo |
15 de julio de 2020 |
|||
12. |
Burundi |
Tercero |
31 de octubre de 2018 |
|||
13. |
Camboya |
Tercero |
2 de abril de 2019 |
|||
14. |
Camerún |
Sexto |
10 de noviembre de 2022 |
2 de febrero de 2011 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
15. |
Canadá |
Séptimo |
24 de julio de 2020 |
|||
16. |
Chequia |
Cuarto |
26 de julio de 2018 |
5 de julio de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 120º período de sesiones (julio de 2017). |
|
17. |
Chile |
Séptimo |
31 de julio de 2019 |
|||
18. |
Chipre |
Quinto |
2 de abril de 2020 |
16 de febrero de 2015 |
||
19. |
Colombia |
Octavo |
4 de noviembre de 2020 |
|||
20. |
Costa Rica |
Séptimo |
31 de marzo de 2021 |
|||
21. |
Côte d’Ivoire |
Segundo |
2 de abril de 2019 |
|||
22. |
Croacia |
Cuarto |
2 de abril de 2020 |
8 de enero de 2014 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
23. |
Dinamarca |
Séptimo |
15 de julio de 2022 |
2 de marzo de 2013 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
24. |
Ecuador |
Séptimo |
15 de julio de 2021 |
1 de marzo de 2013 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
25. |
El Salvador |
Octavo |
Abril |
11 de febrero de 2014 |
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
26. |
Eslovaquia |
Quinto |
4 de noviembre de 2021 |
|||
27. |
Eslovenia |
Cuarto |
31 de marzo de 2021 |
|||
28. |
España |
Séptimo |
24 de julio de 2020 |
2 de octubre de 2015 |
||
29. |
Estados Unidos de América |
Quinto |
28 de marzo de 2019 |
|||
30. |
Ex República Yugoslava de Macedonia |
Cuarto |
24 de julio de 2020 |
|||
31. |
Federación de Rusia |
Octavo |
2 de abril de 2019 |
|||
32. |
Finlandia |
Séptimo |
26 de julio de 2019 |
8 de enero de 2016 |
||
33. |
Francia |
Sexto |
24 de julio de 2020 |
|||
34. |
Georgia |
Quinto |
31 de julio de 2019 |
|||
35. |
Ghana |
Segundo |
15 de julio de 2020 |
|||
36. |
Grecia |
Tercero |
6 de noviembre de 2020 |
|||
37. |
Guatemala |
Quinto |
Abril |
15 de julio de 2013 |
Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
38. |
Haití |
Segundo |
31 de octubre de 2018 |
|||
39. |
Honduras |
Tercero |
28 de julio de 2021 |
|||
40. |
Hungría |
Séptimo |
Abril |
15 de octubre de 2014 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
41. |
Iraq |
Sexto |
6 de noviembre de 2018 |
|||
42. |
Irlanda |
Quinto |
31 de julio de 2019 |
|||
43. |
Islandia |
Sexto |
30 de julio de 2018 |
|||
44. |
Israel |
Quinto |
31 de octubre de 2018 |
9 de mayo de 2011 |
Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
45. |
Italia |
Séptimo |
29 de marzo de 2022 |
|||
46. |
Jamaica |
Quinto |
4 de noviembre de 2021 |
|||
47. |
Japón |
Séptimo |
31 de julio de 2018 |
30 de marzo de 2016 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 121er período de sesiones (octubre de 2017). |
|
48. |
Jordania |
Sexto |
10 de noviembre de 2022 |
|||
49. |
Kazajstán |
Tercero |
15 de julio de 2020 |
|||
50. |
Kuwait |
Cuarto |
15 de julio de 2020 |
|||
51. |
Letonia |
Cuarto |
28 de marzo de 2020 |
|||
52. |
Líbano |
Cuarto |
Abril de 2023 |
|||
53. |
Liberia |
Segundo |
Abril de 2023 |
|||
54. |
Liechtenstein |
Tercero |
28 de julio de 2023 |
|||
55. |
Madagascar |
Quinto |
28 de julio de 2021 |
|||
56. |
Malawi |
Segundo |
31 de julio de 2018 |
|||
57. |
Malta |
Tercero |
31 de octubre de 2020 |
|||
58. |
Marruecos |
Séptimo |
4 de noviembre de 2020 |
|||
59. |
Mauricio |
Sexto |
10 de noviembre de 2022 |
|||
60. |
Mónaco |
Cuarto |
2 de abril de 2021 |
5 de enero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
61. |
Mongolia |
Séptimo |
28 de julio de 2022 |
|||
62. |
Montenegro |
Segundo |
31 de octubre de 2020 |
27 de junio de 2016 |
||
63. |
Namibia |
Tercero |
31 de marzo de 2020 |
|||
64. |
Noruega |
Octavo |
Abril |
5 de abril de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
|
65. |
Nueva Zelandia |
Séptimo |
31 de marzo de 2023 |
28 de enero de 2011 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
66. |
Pakistán |
Segundo |
28 de julio de 2020 |
|||
67. |
Polonia |
Octavo |
4 de noviembre de 2021 |
6 de marzo de 2012 |
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
68. |
Portugal |
Quinto |
31 de octubre de 2018 |
|||
69. |
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte |
Octavo |
24 de julio de 2020 |
|||
70. |
República de Corea |
Quinto |
6 de noviembre de 2019 |
|||
71. |
República Democrática del Congo |
Quinto |
10 de noviembre de 2021 |
|||
72. |
República de Moldova |
Cuarto |
4 de noviembre de 2022 |
18 de marzo de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
73. |
República Dominicana |
Séptimo |
10 de noviembre de 2022 |
|||
74. |
Rumania |
Sexto |
10 de noviembre de 2023 |
15 de julio de 2013 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
75. |
Rwanda |
Quinto |
31 de marzo de 2019 |
|||
76. |
San Marino |
Cuarto |
6 de noviembre de 2022 |
23 de febrero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
77. |
Santo Tomé y Príncipe |
Inicial |
10 de abril de 2018 |
|||
78. |
Serbia |
Cuarto |
29 de marzo de 2021 |
|||
79. |
Sri Lanka |
Sexto |
31 de octubre de 2017 |
|||
80. |
Sudáfrica |
Segundo |
31 de marzo de 2020 |
|||
81. |
Suecia |
Octavo |
31 de marzo de 2023 |
20 de junio de 2013 |
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
82. |
Suiza |
Quinto |
28 de julio de 2022 |
23 de enero de 2014 |
Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
83. |
Suriname |
Cuarto |
6 de noviembre de 2020 |
|||
84. |
Swazilandia |
Segundo |
28 de julio de 2021 |
Respuestas de Swazilandia preparadas en ausencia del informe inicial como su informe inicial |
||
85. |
Tailandia |
Tercero |
29 de marzo de 2021 |
|||
86. |
Turkmenistán |
Cuarto |
29 de marzo de 2020 |
|||
87. |
Ucrania |
Octavo |
26 de julio de 2018 |
|||
88. |
Uruguay |
Sexto |
1 de noviembre de 2018 |
26 de noviembre de 2010 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
89. |
Uzbekistán |
Quinto |
24 de julio de 2018 |
|||
90. |
Venezuela (República Bolivariana de) |
Quinto |
24 de julio de 2018 |
a Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Hong Kong (China), que anteriormente se encontraba bajo administración británica. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Hong Kong (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 40 ( A/51/40 ), cap. V, secc. B, párrs. 78 a 85.
b Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Macao (China), que anteriormente se encontraba bajo administración portuguesa. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Macao (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 40 ( A/55/40 ), cap. IV.
F.Estados partes cuyo informe aún no ha sido examinado por el Comité (16 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha límite de presentación |
Fecha de presentación |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Observaciones |
|
1. |
Angola |
Segundo |
30 de marzo de 2017 |
3 de octubre de 2017 |
||
2. |
Argelia |
Cuarto |
1 de noviembre de 2011 |
20 de enero de 2017 |
||
3. |
Bahrein |
Inicial |
20 de diciembre de 2007 |
2 de marzo de 2017 |
||
4. |
Belarús |
Quinto |
7 de noviembre de 2001 |
30 de marzo de 2017 |
18 de febrero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 114º período de sesiones (julio de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de agosto de 2016. |
5. |
Belice |
Inicial |
9 de septiembre de 1997 |
8 de agosto de 2017 |
||
6. |
Bulgaria |
Cuarto |
29 de julio de 2015 |
3 de noviembre de 2016 |
20 de febrero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 114º período de sesiones (julio de 2015) Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de agosto de 2016 |
7. |
Gambia |
Segundo |
21 de junio de 1985 |
Lista de cuestiones en ausencia de un informe aprobada en el 121er período de sesiones (octubre de 2017). |
||
8. |
Guinea |
Tercero |
30 de septiembre de 1994 |
17 de octubre de 2017 |
||
9. |
Lituania |
Cuarto |
30 de julio de 2017 |
10 de octubre de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
|
10. |
Mauritania |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
22 de noviembre de 2017 |
||
11. |
Níger |
Segundo |
31 de marzo de 1994 |
17 de enero de 2018 |
||
12. |
República Democrática Popular Lao |
Inicial |
25 de diciembre de 2010 |
24 de marzo de 2017 |
||
13. |
San Vicente y las Granadinas |
Segundo |
31 de octubre de 1991 |
Lista de cuestiones en ausencia de un informe aprobada en el 121er período de sesiones (octubre de 2017). |
||
14. |
Sudán |
Quinto |
31 de julio de 2017 |
7 de septiembre de 2017 |
||
15. |
Tayikistán |
Tercero |
26 de julio de 2017 |
26 de julio de 2017 |
||
16. |
Viet Nam |
Tercero |
1 de agosto de 2004 |
22 de diciembre de 2017 |