Naciones Unidas

A/HRC/RES/36/26

Asamblea General

Distr. general

9 de octubre de 2017

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

36º período de sesiones

11 a 29 de septiembre de 2017

Tema 10 de la agenda

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanosel 29 de septiembre de 2017

36/26.Asistencia técnica y fomento de la capacidad para mejorar la situación de los derechos humanos en el Sudán

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas,

Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y otros instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes,

Recordando también la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007,

Recordando además la resolución 33/26 del Consejo de Derechos Humanos, de 30 de septiembre de 2016,

Poniendo de relieve que recae en los Estados la responsabilidad primordial de promover y proteger todos los derechos humanos,

Acogiendo con beneplácito las nuevas políticas humanitarias del Gobierno del Sudán, que exigen un acceso humanitario rápido y sin trabas, alentando al mismo tiempo al Gobierno a que proteja y proporcione asistencia humanitaria a las poblaciones necesitadas, y alentando también al Gobierno a que redoble los esfuerzos para mantener su compromiso de atender a las necesidades humanitarias en las zonas afectadas por el conflicto,

1.Acoge con beneplácito la labor del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán;

2.Toma nota del informe del Experto Independiente presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 36º período de sesiones y de las observaciones formuladas por el Gobierno del Sudán al respecto;

3.Observa con aprecio la cooperación del Gobierno del Sudán con el Experto Independiente para que este pueda cumplir su mandato y el compromiso manifestado por el Gobierno de mantener dicha cooperación;

4.Solicita al Experto Independiente que colabore con todos los asociados pertinentes para prestar asistencia técnica a las entidades competentes del Gobierno del Sudán, los organismos nacionales y otras partes interesadas, y para fomentar su capacidad;

5.Observa con aprecio los resultados obtenidos hasta el momento del proceso de diálogo nacional en curso en el país para lograr una paz sostenible, alienta la participación inclusiva de todos los interesados del Sudán y también alienta a todas las partes interesadas a que establezcan un entorno propicio para un diálogo incluyente, transparente y digno de crédito;

6.Alienta al Gobierno del Sudán a que prorrogue la declaración unilateral de cese de las hostilidades y exhorta a los grupos armados restantes a que declaren un cese incondicional de las hostilidades y negocien de buena fe el logro de un alto el fuego permanente;

7.Observa con aprecio que el Sudán ha acogido a cientos de miles de refugiados de países vecinos y países de la región y que se han abierto cuatro corredores humanitarios para facilitar intervenciones que pueden salvar la vida de los afectados por el conflicto y la hambruna;

8.Observa los constantes esfuerzos del Gobierno del Sudán por aplicar las recomendaciones del examen periódico universal que ha aceptado y alienta al Gobierno a que siga colaborando con el proceso del examen;

9.Observa también diversos acontecimientos positivos, como la reciente separación de la Fiscalía General respecto del Ministerio de Justicia, el nombramiento de 1 presidente para la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sudán el 16 de mayo de 2017 y el indulto presidencial de 259 miembros del movimiento armado rebelde en Darfur y de 2 pastores que habían sido condenados a 12 años de prisión, y reconoce la concesión de una amnistía general, anunciada el 29 de agosto de 2017, a representantes de la sociedad civil y activistas de derechos humanos, y la puesta en libertad bajo fianza, el 4 de septiembre, de representantes de la sociedad civil;

10.Reconoce las observaciones formuladas por el Experto Independiente en su informe, insta al Gobierno del Sudán a que vele por el respeto de los derechos humanos de todas las personas y expresa preocupación por los incidentes de hostigamiento, detenciones arbitrarias y reclusión prolongada de, entre otros, estudiantes, defensores de los derechos humanos y miembros de organizaciones de la sociedad civil, las restricciones de los derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, y la censura que se ejerce sobre los medios de comunicación, al tiempo que insta al Gobierno a que respete sus obligaciones y compromisos constitucionales e internacionales y resuelva la cuestión de la demolición de lugares de culto y las denuncias de acoso a dirigentes religiosos;

11.Destaca que investigar las presuntas violaciones y conculcaciones de los derechos humanos por todas las partes y hacer que los responsables rindan cuentas debe ser una prioridad fundamental del Gobierno del Sudán, al tiempo que observa que poner todos los organismos y oficinas gubernamentales en consonancia con las obligaciones y los compromisos internacionales de derechos humanos puede mejorar la situación de esos derechos en el Sudán;

12.Expresa suma preocupación por las presuntas violaciones o conculcaciones de los derechos humanos en las zonas de conflicto, incluidos los casos de violencia sexual y de género, e insta a las partes a que protejan a los civiles y traten de alcanzar la paz;

13.Insta a los Estados Miembros, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los organismos competentes de las Naciones Unidas y otras partes interesadas a que apoyen la labor del Gobierno del Sudán, de conformidad con la presente resolución, con miras a seguir mejorando la situación de los derechos humanos en el país, atendiendo a las solicitudes de asistencia técnica y fomento de la capacidad del Gobierno;

14.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que, teniendo en cuenta las recomendaciones del Experto Independiente, lleve a cabo una labor de asistencia técnica y fomento de la capacidad en respuesta a la petición de apoyo del Gobierno del Sudán para encontrar formas de mejorar la situación de los derechos humanos en el país y con miras a prestarle apoyo para que cumpla sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos;

15.Decide renovar por un año el mandato del Experto Independiente;

16.Solicita al Experto Independiente que presente al Consejo de Derechos Humanos un informe sobre el cumplimiento de su mandato, que incluya recomendaciones en materia de asistencia técnica y fomento de la capacidad, para que este lo examine en su 39º período de sesiones;

17.Exhorta al Gobierno del Sudán a que continúe colaborando plenamente con el Experto Independiente y le siga permitiendo un acceso efectivo para visitar todas las zonas del país y reunirse con todos los agentes que proceda;

18.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que dote al Experto Independiente de todos los recursos financieros y humanos necesarios para que pueda desempeñar su mandato;

19.Reconoce que la situación de los derechos humanos en el Sudán determina el establecimiento, la renovación y la transición por el Consejo de Derechos Humanos de los mandatos relacionados con ese país, e insta al Gobierno del Sudán a que coopere con el Experto Independiente, la Oficina del Alto Comisionado y otros interesados a fin de que la mejora constante y permanente de la situación nacional de los derechos humanos contribuya a una futura transición del mandato del Experto Independiente a otro mecanismo de derechos humanos de las Naciones Unidas adecuado;

20.Decide examinar esta cuestión en relación con el tema 10 de la agenda.

42ª sesión

29 de septiembre de 2017

[Aprobada sin votación.]