Naciones Unidas

A/HRC/RES/28/23

Asamblea General

Distr. general

2 de abril de 2015

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

28º período de sesiones

Tema 4 de la agenda

Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos

28/23Situación de los derechos humanos en Myanmar

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los pactos internacionales de derechos humanos, y reafirmando las resoluciones anteriores sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, las más recientes de las cuales son la resolución 25/26 del Consejo de Derechos Humanos, de 28 de marzo de 2014, y la resolución 69/248 de la Asamblea General, de 29 de diciembre de 2014, así como la declaración de la Presidencia PRST/23/1, de 14 de junio de 2013,

Acogiendo con beneplácito la labor y los informes de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar y la cooperación del Gobierno de Myanmar con la Relatora Especial, entre otras cosas, facilitando las visitas que esta hizo al país del 17 al 26 de julio de 2014 y del 7 al 16 de enero de 2015,

Recordando sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que la persona titular del mandato deberá desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y con sus anexos,

1.Acoge con beneplácito los positivos avances habidos en Myanmar y el compromiso del Gobierno de Myanmar de seguir por la vía de la reforma política, económica y democrática, alienta la continuidad de su labor en pro de la reconciliación nacional y la promoción y protección de los derechos humanos y, si bien reconoce la magnitud del esfuerzo de reforma llevado a cabo hasta la fecha, alienta al Gobierno a que adopte nuevas medidas para consolidar los progresos realizados y abordar las cuestiones pendientes;

2.Acoge también con beneplácito la continua colaboración del Gobierno de Myanmar con los interlocutores políticos en el seno del Parlamento y con los partidos de la oposición, insta al Gobierno a que prosiga con la reforma constitucional y a que vele por que el refer e ndum constitucional y las elecciones que se celebren en 2015 y con posterioridad a esta fecha sean creíbles, incluyentes y transparentes, asegurando la igualdad de oportunidades en la representación y participación de las mujeres, como candidatas y como votantes, y que todos los habitantes de Myanmar puedan emitir su voto, permitiendo que todos los candidatos compitan de manera justa y que la comunidad internacional supervise las elecciones, y velando por la continuidad de la transición democrática de Myanmar agrupando a todas las instituciones nacionales, incluidos los militares, bajo un gobierno civil plenamente representativo elegido democráticamente;

3.Recuerda la previa puesta en libertad de presos de conciencia, destaca el importante papel desempeñado por el Comité encargado de examinar la situación del resto de los presos de conciencia, alienta a que continúe la labor del recientemente constituido Comité para Asuntos de los Presos de Conciencia y a que se incorpore una representación más amplia de la comunidad de presos políticos, e insta al Gobierno de Myanmar a que cumpla su compromiso de poner en libertad sin condiciones al resto de los presos políticos, incluidos todos los activistas políticos, periodistas, defensores de los derechos humanos y manifestantes pacíficos recientemente detenidos o condenados, y a que se encargue de la plena rehabilitación de los antiguos presos de conciencia;

4.Exhorta al Gobierno de Myanmar a que cumpla las obligaciones que le incumben de proteger el derecho a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, que permita la existencia de medios de comunicación libres e independientes y que adopte medidas apropiadas para garantizar la seguridad de periodistas, activistas de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos, así como su libertad para llevar a cabo sus actividades, y que mantenga una especial vigilancia para que esas libertades y el espacio de actuación de la sociedad civil estén plenamente protegidos ante la proximidad de las elecciones;

5.Alienta al Gobierno de Myanmar a que vele por que la Comisión Nacional de Derechos Humanos pueda desempeñar sus funciones plenamente y de conformidad con los Principios relativos al Estatuto de las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (Principios de París);

6.Insta al Gobierno de Myanmar a que intensifique sus esfuerzos para poner fin a las violaciones de los derechos humanos y las vulneraciones de esos derechos que siga habiendo, como la detención y la reclusión arbitrarias, los desplazamientos forzados, la violación y otras formas de violencia sexual, la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la privación arbitraria de bienes, incluidas las tierras, y las vulneraciones del derecho internacional humanitario en algunas partes del país, y reitera su llamamiento al Gobierno de que adopte las medidas necesarias para asegurar la rendición de cuentas y acabar con la impunidad;

7.Alienta al Gobierno de Myanmar a que siga adoptando medidas para reforzar la buena gobernanza y el estado de derecho, celebra los esfuerzos que se están haciendo para examinar y reformar la legislación, incluida la Constitución, destaca la necesidad y la relevancia de esas reformas, recuerda la importancia de asegurar su compatibilidad con las normas internacionales y los principios democráticos, y exhorta al Gobierno y a los interlocutores políticos a que continúen con la reforma legal, aborden la necesidad de un poder judicial independiente, imparcial y efectivo y una organización profesional de abogados independiente y autónoma, y consideren la posibilidad de ratificar otros instrumentos internacionales, como los convenios y convenciones internacionales en materia de derechos humanos, y de incorporarlos a su derecho interno;

8.Insta al Gobierno de Myanmar a que intensifique sus esfuerzos por acabar con la discriminación, las violaciones de los derechos humanos, la incitación a la violencia, los actos de violencia, los desplazamientos y las privaciones económicas que sufren los miembros de las minorías étnicas y religiosas, adopte todas las medidas necesarias para impedir las agresiones a musulmanes y miembros de otras minorías y exija responsabilidades a quienes inciten a la violencia y cometan actos violentos, exhorta al Gobierno a que asegure el derecho al voto, la libertad de circulación y el acceso en igualdad de condiciones a los servicios, incluidas la atención de la salud y la educación, y exhorta también al Gobierno a que vele por que la legislación sobre la protección de la raza y la religión sea acorde con la transición hacia la reconciliación nacional y con una sociedad democrática abierta, y que se ajuste plenamente a los tratados internacionales de derechos humanos en los que Myanmar es parte;

9.Expresa preocupación ante el aumento de la intolerancia por motivos nacionalistas de las minorías religiosas y étnicas, así como de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, insta al Gobierno de Myanmar y a los dirigentes políticos a que condenen públicamente esa actitud, y exhorta al Gobierno a que adopte todas las medidas necesarias y adecuadas, de conformidad con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, para combatir la violencia;

10.Reitera su gran preocupación por la situación de las personas pertenecientes a la minoría rohingya y otras minorías en el estado de Rakhine, incluidos los nuevos casos de violencia y otros abusos que han hecho que todas las comunidades sufran traumas terribles, y por los informes, en el último año, de atentados contra las minorías musulmanas y abusos de estas minorías en otras partes del país, así como por los actos de intimidación y amenaza de que han sido objeto trabajadores de las Naciones Unidas y otros trabajadores humanitarios que llevan a cabo su labor en el estado de Rakhine, y exhorta al Gobierno de Myanmar a que proteja a todos los civiles de la violencia, permita la autoidentificación, vele por el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y permita el acceso rápido y sin trabas a asistencia humanitaria sin discriminación en todo el estado de Rakhine, así como el retorno voluntario y en condiciones de seguridad de los desplazados internos a sus comunidades de origen, y que permita la libre circulación de todas las personas pertenecientes a la minoría rohingya;

11.Expresa preocupación ante la declaración del Gobierno de Myanmar de que todas las tarjetas de identidad blancas expirarán el 31 de marzo de 2015, lo que impedirá que las personas pertenecientes a la minoría rohingya dispongan de identificación alguna y ejerzan el derecho al voto, y exhorta al Gobierno a que proporcione, sin discriminación alguna, documentos de identidad a todos los titulares actuales de tarjetas blancas, incluidas las personas pertenecientes a la minoría rohingya, al objeto de asegurar el acceso, en condiciones de igualdad, a la plena ciudadanía y los derechos conexos y, si bien celebra algunas de las medidas adoptadas por el Gobierno, lo alienta, al igual que a los dirigentes políticos y de la sociedad civil, a que faciliten el diálogo entre religiones y entre comunidades, también en el estado de Rakhine, y a que lleve a cabo investigaciones exhaustivas, transparentes e independientes de todas las violaciones y vulneraciones de los derechos humanos, llegue hasta sus causas profundas, asegure la rendición de cuentas y promueva la reconciliación;

12.Alienta a que continúen los esfuerzos para lograr en todo el país un alto el fuego duradero con los grupos armados étnicos y un diálogo político que incluya a todas las partes a fin de llegar a soluciones políticas globales, pone de relieve la importancia de que las mujeres, en particular las de las comunidades afectadas por el conflicto, participen de manera plena, efectiva y en igualdad de condiciones en todas las actividades relacionadas con la prevención y la resolución del conflicto armado, el mantenimiento de la paz y la seguridad y la consolidación de la paz tras el conflicto, al objeto de lograr una paz duradera; expresa preocupación por la declaración del estado de excepción y la imposición de la ley marcial en la zona autónoma de Kokang, y por la intensificación de los enfrentamientos en los estados de Shan y Kachin; e insta a que se apliquen plenamente, por todas las partes, los acuerdos de alto el fuego en vigor, se proteja a la población civil de las violaciones y vulneraciones de los derechos humanos y de las violaciones del derecho internacional humanitario, y se permita el acceso humanitario seguro, oportuno, rápido y sin trabas a todas las zonas;

13.Acoge con beneplácito la colaboración y cooperación continuas del Gobierno de Myanmar con las Naciones Unidas, también con la Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, el Equipo de Tareas de las Naciones Unidas sobre Vigilancia y Presentación de Informes en el País, copresidido por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y la Coordinadora Residente de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo y otros interlocutores internacionales, así como los progresos realizados para poner fin al reclutamiento y el empleo de niños soldado en Myanmar y acabar con el trabajo forzado, incluido el compromiso continuado del Gobierno, conjuntamente con el Equipo de Tareas de las Naciones Unidas sobre Vigilancia y Presentación de Informes en el País, con el plan de acción conjunto para poner fin al reclutamiento y el empleo de niños en las fuerzas armadas y prevenirlos, y alienta a que se aplique plenamente, así como a que se apliquen los demás acuerdos pertinentes, incluido el compromiso de acabar con el trabajo forzado en 2015;

14.Expresa preocupación por que siga habiendo demoras en la apertura de una oficina en el país de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y recuerda el compromiso del Gobierno de Myanmar al respecto, hace notar las negociaciones en curso y exhorta al Gobierno a que establezca con prontitud la oficina con un mandato pleno, determine un procedimiento para la apertura de la oficina de conformidad con el mandato del Alto Comisionado, y colabore con otros actores de las Naciones Unidas en el país;

15.Alienta a la comunidad internacional a que siga apoyando al Gobierno de Myanmar en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos, en la materialización del proceso de transición democrática y en su desarrollo económico y social, y exhorta a las empresas privadas a que cumplan su obligación de respetar los derechos humanos, de conformidad con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos;

16.Decide prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Comisión de Derechos Humanos y con las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 7/32, de 28 de marzo de 2008, 10/2, de 27 de marzo de 2009, 13/25, de 26 de marzo de 2010, 16/24, de 25 de marzo de 2011, 19/21, de 23 de marzo de 2012, 22/14, de 21 de marzo de 2013, y 25/26, e invita a la Relatora Especial a que en su próximo informe incluya, entre otras cosas, nuevas recomendaciones sobre las necesidades de Myanmar, entre otras cosas en lo que se refiere a asistencia técnica y fomento de la capacidad, así como información sobre los avances del proceso y la reforma electorales en el período previo a las elecciones de 2015 y tras la celebración de estas;

17.Exhorta al Gobierno de Myanmar a que siga cooperando con la Relatora Especial en el ejercicio del mandato, entre otras cosas facilitando nuevas visitas, y, si bien reconoce la cooperación del Gobierno con la Relatora Especial, exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que proporcione a la Relatora Especial toda la asistencia y los recursos necesarios para que pueda desempeñar plenamente su mandato;

18.Solicita a la Relatora Especial que presente un informe sobre los progresos realizados a la Asamblea General en su septuagésimo período de sesiones y al Consejo de Derechos Humanos de conformidad con su programa de trabajo anual;

19.Expresa su firme apoyo a la misión de buenos oficios y al compromiso del Secretario General, y exhorta al Gobierno de Myanmar a que asegure la plena cooperación con el Secretario General y con su Asesor Especial sobre Myanmar.

57ª sesión 27 de marzo de 2015

[Aprobada sin votación.]