30º período de sesiones Tema 10 de la agenda

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 2 de octubre de 2015

30/23.Servicios de asesoramiento y asistencia técnicapara Camboya

El Consejo de Derechos Humanos,

Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y reafirmados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y de conformidad con las obligaciones que les imponen los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos aplicables,

Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006,

Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con lo dispuesto en dichas resoluciones y en sus anexos,

Recordando además la resolución 24/32 del Consejo de Derechos Humanos, de 20 de septiembre de 2013, y otras resoluciones pertinentes,

Teniendo presente el informe del Secretario General sobre la función y los logros de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la prestación de asistencia al Gobierno y al pueblo de Camboya para la promoción y protección de los derechos humanos,

Reconociendo que la trágica historia de Camboya exige la adopción de medidas especiales para asegurar la protección de los derechos humanos e impedir que se vuelva a las políticas y prácticas del pasado, conforme a lo estipulado en el Acuerdo sobre un Arreglo Político Amplio del Conflicto de Camboya, firmado en París el 23 de octubre de 1991,

Tomando nota de los acontecimientos ocurridos recientemente en Camboya, en particular los logros y las mejoras obtenidos en los últimos años en las esferas social, económica, política y cultural mediante los planes, estrategias y marcos nacionales pertinentes,

1.Reafirma la importancia de las salas especiales de los tribunales de Camboya en cuanto órganos independientes e imparciales, y cree que su labor contribuirá sensiblemente a erradicar la impunidad y establecer el estado de derecho, entre otras cosas si se aprovecha la posibilidad de que sirvan de tribunales modelo en Camboya;

2.Acoge con beneplácito los progresos logrados por las salas especiales, entre ellos la sentencia dictada por la Sala de Primera Instancia en la causa núm. 002/01 contra Nuon Chea y Khieu Samphan, antiguos altos dirigentes de la Kampuchea Democrática, que fueron declarados culpables de crímenes de lesa humanidad y condenados a reclusión perpetua el 7 de agosto de 2014, y el inicio de las vistas de la causa núm. 002/02 el 17 de octubre de 2014, y apoya la posición del Gobierno de Camboya y de las Naciones Unidas de llevar adelante las actividades del tribunal de manera imparcial, eficiente y rápida, habida cuenta de la avanzada edad y delicada salud de los acusados y de lo mucho que se ha tardado en hacer justicia en el caso del pueblo de Camboya;

3.Expresa su continuada preocupación ante la grave situación financiera de las salas especiales, insta al Gobierno de Camboya a que colabore con las Naciones Unidas y los Estados que prestan asistencia para asegurar los más altos niveles de administración de las salas especiales, destaca la necesidad de que el Gobierno y la comunidad internacional presten toda la asistencia apropiada a las salas especiales y destaca también la importancia de que se gestionen de manera eficiente y sostenible los recursos financieros de las salas especiales;

4.Acoge con beneplácito la positiva participación del Gobierno de Camboya en el proceso del examen periódico universal, así como su aceptación de la mayoría de las recomendaciones formuladas en el examen y los progresos realizados hasta la fecha en su aplicación;

5.Acoge con beneplácito también los informes de los Relatores Especiales sobre la situación de los derechos humanos en Camboya y las recomendaciones que figuran en ellos, toma nota de la necesidad de mantener consultas estrechas y respetuosas entre el Gobierno de Camboya y la Relatora Especial para seguir mejorando la situación de los derechos humanos en el país y para proseguir la cooperación técnica entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Gobierno, y alienta a la Relatora Especial y a la oficina sobre el terreno de la Oficina del Alto Comisionado en Phnom Penh a que sigan intercambiando información en aras de la efectiva ejecución de sus respectivos mandatos, teniendo en cuenta que son independientes;

6.Reafirma la necesidad de que el Gobierno de Camboya redoble sus esfuerzos por consolidar el estado de derecho, por ejemplo mediante la promulgación y posterior aplicación de las leyes y los códigos esenciales para el establecimiento de una sociedad democrática y un poder judicial independiente;

7.Observa los esfuerzos desplegados y los progresos logrados por el Gobierno de Camboya para promover una reforma legal bajo la dirección del Consejo de Reforma Legal y Judicial, incluida la aplicación de leyes fundamentales, como el Código de Procedimiento Civil, el Código Civil, el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal;

8.Observa también que se han promulgado tres leyes fundamentales sobre el poder judicial, a saber, la Ley sobre el Estatuto de los Jueces y Fiscales, la Ley sobre la Organización y el Funcionamiento de los Tribunales y la enmienda de la Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo Superior de la Magistratura, e insta al Gobierno de Camboya a que continúe con su reforma judicial, entre otras cosas mediante la aplicación imparcial, efectiva y transparente de estas leyes, la transferencia de los conocimientos del personal judicial y el intercambio de buenas prácticas en las salas especiales;

9.Destaca la necesidad de que el Gobierno de Camboya siga intensificando sus esfuerzos para investigar con urgencia y someter a juicio, con las debidas garantías procesales y en cumplimiento de las obligaciones que tiene en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos, a todos los que hayan perpetrado delitos graves, en particular violaciones de los derechos humanos;

10.Acoge con beneplácito los esfuerzos del Gobierno de Camboya por combatir la corrupción, alienta a que se apliquen el Código Penal y la legislación anticorrupción, y también exhorta al Gobierno a que prosiga otros esfuerzos de este tipo, en particular mediante las actividades de la Dependencia de Lucha contra la Corrupción;

11.Acoge con beneplácito también los esfuerzos realizados por el Gobierno de Camboya para luchar contra delitos como la trata de personas, la explotación laboral y la explotación sexual de mujeres y niños, e insta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos en ese sentido, de acuerdo con la comunidad internacional, para combatir los principales problemas pendientes en esa materia;

12.Toma nota de los hechos constatados últimamente sobre las cuestiones de género en Camboya y alienta al Gobierno de Camboya a que redoble sus esfuerzos en materia de cuestiones de género, entre otras cosas mediante la aplicación efectiva de las leyes y los reglamentos vigentes;

13.Alienta al Gobierno de Camboya a que aplique su Estrategia Quinquenal para la Igualdad de Género, promoviendo el empoderamiento económico, social y político de la mujer, incluida su participación en los procesos de adopción de decisiones, y la ampliación de los beneficios económicos para la mujer por medio de mejores condiciones de trabajo, protección social y normas laborales;

14.Alienta, en este contexto, al Gobierno de Camboya a que supervise la aplicación de la Ley del Suelo, en particular en lo que respecta a los obstáculos concretos con que tropiezan las mujeres y los grupos vulnerables para obtener la propiedad de la tierra y los derechos sobre la tierra;

15.Observa que el Gobierno de Camboya ha realizado esfuerzos para resolver las cuestiones relacionadas con la tierra, entre otras cosas mediante la aplicación de las leyes y los reglamentos pertinentes y la moratoria aplicada a las concesiones de tierras con fines económicos, expresa preocupación por los problemas pendientes en esta materia e insta al Gobierno a que continúe y redoble sus esfuerzos para resolverlos de manera equitativa, rápida, justa y transparente, tomando en consideración los derechos de las partes interesadas y las consecuencias reales para ellas, y de conformidad con las leyes y los reglamentos pertinentes, como la Ley del Suelo de 2001, la Ley de Expropiaciones, la Circular sobre la Construcción de Edificios Temporales Ilegales en las Ciudades y Zonas Urbanas y la Política Nacional de Vivienda, así como fortaleciendo la capacidad y la eficacia de las instituciones pertinentes, como la Dirección Nacional de Solución de Litigios de Tierras y los comités catastrales de nivel nacional y provincial y de los distritos;

16.Acoge con beneplácito los compromisos asumidos y los progresos logrados por el Gobierno de Camboya en el cumplimiento de las obligaciones que le imponen los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos en que es parte con respecto a su compromiso de establecer una institución nacional de derechos humanos y de velar por que se haga consultando suficientemente con las partes interesadas; e insta al Gobierno a que siga tomando medidas para cumplir las obligaciones que le imponen los tratados y convenciones en que es parte y, con este fin, intensifique su cooperación con los organismos de las Naciones Unidas, incluida la Oficina del Alto Comisionado, reforzando el diálogo y realizando actividades conjuntas;

17.Acoge con beneplácito también los esfuerzos desplegados por el Comité Camboyano de Derechos Humanos, en particular para resolver las denuncias de particulares;

18.Acoge con beneplácito además los esfuerzos realizados y los progresos logrados por el Gobierno de Camboya en la labor de promover una reforma encaminada a la descentralización y desconcentración, con objeto de lograr un desarrollo democrático mediante el fortalecimiento de las instituciones subnacionales y comunitarias;

19.Observa que el partido gobernante y la oposición alcanzaron el 22 de julio de 2014 un acuerdo que llevó a la participación del partido de la oposición en la Asamblea Nacional y a su estrecha colaboración en la reforma electoral, especialmente la revisión de la condición jurídica del órgano de gestión electoral y de las disposiciones sobre su composición, así como la revisión de su proceso electoral, incluido el empadronamiento de los votantes, por medio de la enmienda de la Constitución y la aprobación de la Ley de Organización y Funcionamiento del Comité Electoral Nacional y la Ley sobre la Elección de los Miembros de la Asamblea Nacional, así como el anuncio realizado conjuntamente por el partido gobernante y la oposición el 16 de septiembre acerca de la reforma electoral, e insta al Gobierno de Camboya a que haga esfuerzos constantes para promover un entorno propicio a las actividades políticas legítimas de todos los partidos políticos, y a que haga más por mejorar su sistema electoral de conformidad con las normas internacionales, de manera que el proceso electoral en su conjunto sea satisfactorio y aceptable para todas las partes interesadas;

20.Destaca la necesidad de que el Gobierno de Camboya siga avanzando y esforzándose por promover un proceso pluralista y democrático en Camboya a través de un debate parlamentario acorde con la Constitución;

21.Insta al Gobierno de Camboya a que adopte las medidas apropiadas para alentar a la sociedad civil, incluidos los sindicatos independientes y los medios de comunicación, a desempeñar un papel constructivo en la consolidación del desarrollo democrático en Camboya, y para hacer posible que cumplan ese papel, entre otras cosas garantizando y promoviendo sus actividades y fomentando la igualdad de acceso de todos los partidos a los medios de comunicación;

22.Insta también al Gobierno de Camboya a que tenga en cuenta los intereses y las preocupaciones de todas las partes interesadas al aplicar la Ley de Asociaciones y Organizaciones no Gubernamentales,con el fin de propiciar una sociedad civil dinámica, y de proteger y asegurar la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica, conforme a lo dispuesto en la Constitución y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

23.Alienta al Gobierno de Camboya a que continúe adoptando medidas para promover los derechos y la dignidad de todos los camboyanos, protegiendo para ello sus derechos civiles y políticos, incluida la libertad de opinión y de expresión, y, con ese fin, vele por que las leyes pertinentes, entre ellas el Código Penal, se interpreten y apliquen de forma sensata, de manera que se promuevan los derechos económicos, sociales y culturales de conformidad con el estado de derecho;

24.Invita al Secretario General, a los organismos del sistema de las Naciones Unidas presentes en Camboya y a la comunidad internacional, incluida la sociedad civil, a que sigan colaborando con el Gobierno de Camboya para consolidar la democracia y velar por la protección y promoción de los derechos humanos de toda la población de Camboya, en particular prestando asistencia en lo que se refiere a:

a)La formulación de leyes y el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos independiente;

b)El fomento de la capacidad para fortalecer las instituciones judiciales, entre otras cosas mejorando la formación y la independencia de los jueces, los fiscales, los abogados y el personal judicial, y aprovechando la experiencia adquirida por los ciudadanos camboyanos que trabajan en las salas especiales de los tribunales de Camboya;

c)El fomento de la capacidad para consolidar las instituciones nacionales de investigación penal y de orden público, así como el suministro del equipo necesario para ello;

d)La aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal aceptadas;

e)La evaluación de los progresos realizados en materia de derechos humanos;

25.Decide prorrogar por dos años el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Camboya, y solicita a la Relatora Especial que informe sobre el cumplimiento de su mandato al Consejo en sus períodos de sesiones 33º y 36º, y que mantenga una colaboración constructiva con el Gobierno de Camboya para seguir mejorando la situación de los derechos humanos en el país;

26.Solicita al Secretario General que informe al Consejo de Derechos Humanos en sus períodos de sesiones 33º y 36º sobre la función y los logros de la Oficina del Alto Comisionado en la prestación de asistencia al Gobierno y al pueblo de Camboya para promover y proteger los derechos humanos;

27.Decide seguir examinando la situación de los derechos humanos en Camboya en su 36º período de sesiones.

42ª sesión 2 de octubre de 2015

[Aprobada sin votación.]