Naciones Unidas

A/HRC/41/53

Asamblea General

Distr. general

16 de mayo de 2019

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

41 er período de sesiones

24 de junio a 12 de julio de 2019

Tema 4 de la agenda

Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo

Situación de los derechos humanos en Eritrea

Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea *

Resumen

El presente informe se presenta en cumplimiento de la resolución 38/15 del Consejo de Derechos Humanos, en la que el Consejo decidió prorrogar por un año el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea y solicitó a la titular del mandato que le presentara un informe por escrito en su 41er período de sesiones.

Durante el período que se examina, no se facilitó a la Relatora Especial acceso para visitar Eritrea. La Relatora Especial ha seguido de cerca la situación de los derechos humanos en el país mediante la realización de misiones sobre el terreno a otros países y la colaboración con un amplio espectro de partes interesadas. Si bien acogió con agrado la oportunidad de reunirse con la delegación de Eritrea de forma paralela a la celebración del 40º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos en marzo de 2019, la Relatora Especial señala que el Gobierno eritreo sigue negándose a cooperar con su mandato en cuestiones sustantivas y a permitirle el acceso al país.

Desde la firma de Declaración Conjunta de Paz y Amistad entre Eritrea y Etiopía en julio de 2018, los dos países han seguido avanzando hacia el logro de una paz sostenible. Eritrea también ha mejorado las relaciones con los países vecinos de la región, ha participado en iniciativas para promover la integración y los vínculos económicos en África Oriental y ha mostrado una mayor disposición a normalizar las relaciones bilaterales con varios países. En noviembre de 2018, el Consejo de Seguridad levantó las sanciones contra Eritrea.

El impulso positivo en favor de la paz y la seguridad en la región ha generado expectativas, tanto en Eritrea como en la comunidad internacional, de que el Gobierno eritreo llevará a cabo reformas políticas e institucionales. Sin embargo, las autoridades eritreas todavía no han puesto enchau marcha un proceso de reformas internas y la situación de los derechos humanos no ha cambiado. En el presente informe, la Relatora Especial señala las principales esferas que siguen sin abordarse y establece parámetros para promover el logro de avances significativos y duraderos en materia de derechos humanos.

I.Introducción

1.El presente informe se presenta en cumplimiento de la resolución 38/15 del Consejo de Derechos Humanos, en la que el Consejo decidió prorrogar por un año el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea y solicitó a la titular del mandato que le presentara un informe por escrito en su 41er período de sesiones.

2.Desde su nombramiento en octubre de 2018, la Relatora Especial se ha esforzado por cumplir su mandato de manera independiente, imparcial y constructiva. En el presente informe proporciona información sobre las actividades que ha llevado a cabo. Además, hace mención a acontecimientos regionales pertinentes y describe el grado en que el Gobierno de Eritrea ha cooperado con su mandato y ha colaborado con los órganos internacionales de derechos humanos. Ofrece un panorama general de la situación de los derechos humanos en el país, centrándose en las esferas prioritarias, y establece parámetros para impulsar la mejora de la situación de los derechos humanos en Eritrea. El presente informe abarca el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2018 y el 6 de mayo de 2019.

3.Durante el período que se examina, no se facilitó a la Relatora Especial acceso para visitar Eritrea. La Relatora Especial pudo seguir de cerca la situación de los derechos humanos en el país mediante la realización de misiones sobre el terreno a otros países y la colaboración con un amplio espectro de partes interesadas, incluidos funcionarios del Gobierno eritreo destacados en Ginebra, representantes de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, miembros del cuerpo diplomático, ministerios y organismos públicos de varios países, organizaciones de la sociedad civil, académicos, investigadores, líderes de las comunidades locales, representantes de instituciones religiosas, miembros de la diáspora eritrea y ciudadanos a título individual. El presente informe se basa en las conclusiones de las misiones, así como en la información recibida en las entrevistas llevadas a cabo durante el período que se examina.

II.Actividades

4.Desde noviembre de 2018, la Relatora Especial ha realizado cuatro misiones. En noviembre de 2018, viajó a Ginebra para participar en un evento de una semana de duración, en el que se presentaron los nuevos titulares de mandatos de los procedimientos especiales, que fue organizado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Durante la semana siguiente a este evento, se reunió con miembros del cuerpo diplomático, representantes de diferentes organismos de las Naciones Unidas y miembros de la diáspora eritrea. En enero de 2019, viajó a Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para participar en un gran número de reuniones y consultas sobre cuestiones relacionadas con su mandato. En marzo de 2019, participó en el diálogo interactivo ampliado sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea celebrado durante el 40º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. Durante esa misión, también participó en reuniones bilaterales con los miembros del cuerpo diplomático y en reuniones con los representantes de diversos organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil. A principios de abril de 2019, viajó a Alemania y Bélgica para reunirse con las diferentes partes interesadas y examinar la situación de los derechos humanos en Eritrea y la cuestión de la protección de los refugiados.

5.La Relatora Especial agradece la cooperación prestada por los Gobiernos de Alemania, Bélgica, el Reino Unido, Suecia y Suiza durante sus misiones.

6.A falta de acceso para viajar a Eritrea, el 25 de enero de 2019, la Relatora Especial presentó una solicitud al Gobierno de Etiopía para realizar una visita al país con el propósito de visitar la región y examinar cuestiones pertinentes a su mandato con, entre otros, funcionarios del Gobierno de Etiopía, funcionarios del Gobierno de Eritrea en Addis Abeba y representantes de la Unión Africana. El Gobierno de Etiopía no ha dado aún respuesta oficial a la petición.

III.Evolución de la situación a nivel regional

7.Durante el período que abarca el informe se produjeron hechos importantes en el Cuerno de África. Desde que Eritrea y Etiopía firmaron la Declaración Conjunta de Paz y Amistad en julio de 2018, los dos países han seguido trabajando para mejorar sus relaciones diplomáticas y han redoblado sus esfuerzos encaminados a lograr una paz sostenible. Eritrea también ha mejorado sus relaciones con Djibouti y Somalia y funcionarios eritreos han participado en iniciativas centradas en impulsar la integración regional y fomentar las relaciones económicas en toda la región de África Oriental. El Gobierno de Eritrea ha mostrado una mayor disposición a normalizar sus relaciones bilaterales con otros países. Varios delegados, enviados, diplomáticos y parlamentarios de alto nivel de diversos países han visitado Asmara en los últimos meses. Tras reconocer que se habían realizado avances positivos, en noviembre de 2018, el Consejo de Seguridad votó unánimemente a favor de levantar las sanciones contra Eritrea. En marzo de 2019, el Secretario General nombró a un Enviado Especial para el Cuerno de África para que colaborara con la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y las organizaciones regionales y subregionales competentes con miras a consolidar los logros alcanzados recientemente en materia de paz y seguridad (documentos S/2019/227 y S/2018/955).

8.Tras la firma de la mencionada Declaración Conjunta, se reanudó el transporte aéreo y terrestre entre Eritrea y Etiopía, lo que permitió la libre circulación de personas y bienes. Ese avance ha traído aparejadas nuevas oportunidades comerciales e intercambios económicos, ha propiciado un mayor acceso a los alimentos básicos y los artículos para el hogar en las principales ciudades de Eritrea y ha dado lugar a una reducción de los precios de esos artículos. A nivel local, las comunidades y las familias que se encuentran a ambos lados de la frontera han podido restablecer sus lazos. Sin embargo, desde diciembre de 2018, las autoridades eritreas han cerrado unilateralmente varios cruces fronterizos terrestres con Etiopía y han restablecido la obligación de visado de salida para los nacionales eritreos.

9.Este nuevo clima político representa un momento crucial para la región, y para Eritrea en particular, pero siguen sin resolverse algunas cuestiones. En el momento de redactar el presente informe, el proceso de paz entre Eritrea y Etiopía todavía no se ha institucionalizado mediante la adopción de un marco bilateral oficial. Tampoco se han concertado aún acuerdos bilaterales que regulen el comercio, los aranceles y las monedas. Y lo que es más importante, ambos países todavía tienen que demarcar oficialmente la frontera y resolver su disputa fronteriza de larga data.

10.Entre Djibouti y Eritrea existen tensiones latentes por una controversia fronteriza que data de 2008. Además, Eritrea no ha facilitado aún información sobre los prisioneros de guerra de Djibouti que están desaparecidos desde los enfrentamientos de junio de 2008 entre ambos países. Tras levantar las sanciones impuestas a Eritrea en noviembre de 2018, el Consejo de Seguridad invitó al Secretario General a que lo mantuviera informado sobre la normalización de las relaciones entre Eritrea y Djibouti. En febrero de 2019, el Secretario General indicó que Djibouti deseaba que su controversia fronteriza con Eritrea se resolviera mediante un proceso de arbitraje internacional vinculante (documento S/2019/154).

IV.Cooperación con la Relatora Especial y colaboración con los órganos internacionales de derechos humanos

11.Desde el inicio de su mandato, la Relatora Especial ha tratado de entablar un diálogo constructivo con el Gobierno de Eritrea. Por ello, acogió con agrado la oportunidad que se le brindó de reunirse con la delegación eritrea en paralelo a la celebración del 40º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. Aunque esa reunión fue productiva, el jefe de la delegación dejó en claro que el Gobierno de Eritrea seguía oponiéndose al mandato específico para el país y que no concedería a la Relatora Especial acceso al país. La Relatora Especial lamenta que, a pesar de haber dado muestras de su disposición a cooperar, el Gobierno no le concederá acceso para realizar una visita al país.

12.Desde principios de 2019, Eritrea ha colaborado activamente con los órganos internacionales de derechos humanos. El 28 de enero, participó en el tercer ciclo del examen periódico universal y presentó un informe nacional (documento A/HRC/WG.6/32/ERI/1). También en enero, Eritrea ingresó en el Consejo de Derechos Humanos y, en marzo, participó en el 40º período de sesiones del Consejo. El 11 de marzo, el jefe de la delegación eritrea participó en el diálogo interactivo ampliado sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, celebrado por el Consejo. Los días 12 y 13 de marzo, la delegación participó en el 125º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos, durante el cual se examinó la situación de los derechos civiles y políticos en Eritrea (documento CCPR/C/ERI/CO/1).

13.La Relatora Especial se congratula de esos avances positivos porque dan a entender que Eritrea reconoce la función central y la misión fundamental que tienen los órganos de derechos humanos antes mencionados y reconoce la importancia de participar en esos foros. Sin embargo, para que esa participación sea provechosa y sustantiva, deben producirse mejoras tangibles en lo que respecta al ejercicio por los eritreos de sus derechos fundamentales, en particular los derechos civiles y políticos. Como se señala en los párrafos 16 a 63 infra, es necesario que el Gobierno adopte medidas urgentes para poner fin a las persistentes violaciones de los derechos humanos en el país.

14.A fin de promover los avances en la elaboración y la aplicación de la agenda de derechos humanos de Eritrea, la Relatora Especial alienta al Gobierno a que intensifique su cooperación con el ACNUDH, los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y los órganos especializados de derechos humanos, entre otras cosas permitiendo que realicen visitas periódicas al país. Alienta también al Gobierno a que intensifique su cooperación con la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y a que invite a su relator sobre Eritrea a realizar una visita al país.

15.Como miembro del Consejo de Derechos Humanos, Eritrea debe aplicar las normas más estrictas en la promoción y protección de los derechos humanos y cooperar plenamente con el Consejo y sus mecanismos. En el momento de redactar el presente informe, Eritrea no había firmado aún el documento en virtud del cual el nuevo miembro se compromete a reforzar la labor del Consejo por medio de buenas prácticas y la promoción de un entorno seguro y propicio para los derechos humanos.

V.Principales problemas en materia de derechos humanos

16.La Relatora Especial acoge favorablemente los acontecimientos positivos señalados anteriormente, pero sigue preocupada por las persistentes violaciones de los derechos humanos en Eritrea y destaca varias esferas prioritarias, que siguen desatendidas y respecto de las cuales se necesitan reformas urgentes y medidas gubernamentales con objeto de:

a)Poner fin a las prácticas de detención arbitraria por tiempo indefinido y de desaparición forzada;

b)Reformar el servicio militar/nacional;

c)Establecer un marco jurídico y constitucional para la promoción y la protección de los derechos humanos;

d)Fortalecer el respeto de la libertad de religión y de creencias;

e)Hacer frente a la violencia por motivo de género y promover los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros;

f)Reforzar el respeto de los derechos de las minorías étnicas;

g)Promover la libertad de asociación y de reunión pacífica;

h)Promover la libertad de expresión y de prensa;

i)Resolver la situación de los prisioneros de guerra de Djibouti en Eritrea;

j)Respetar la libertad de circulación y de acceso de los organismos internacionales que operan en el país.

La Relatora Especial toma nota de las observaciones sobre el presente informe formuladas por la Misión Permanente de Eritrea ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra en una carta de fecha 3 de mayo de 2019. En esa carta, la Misión Permanente señaló que el informe era parcial y no reconocía los evidentes progresos realizados y los problemas reales a los que se enfrentaba Eritrea, que repetía las conjeturas de los anteriores titulares del mandato, que se basaba en información selectiva que reforzaba esas conjeturas y que formulaba recomendaciones incompatibles con el principio de no injerencia en los asuntos internos y los derechos soberanos de los Estados al definir prioridades y parámetros. La Misión Permanente sostuvo que el Gobierno de Eritrea seguía trabajando a fin de fortalecer la capacidad humana e institucional necesaria para garantizar que todos los eritreos disfruten de una vida digna sin privaciones ni temor. Aunque agradece esas observaciones, la Relatora Especial señala que la Misión Permanente no abordó las cuestiones sustantivas planteadas en el presente informe.

A.Poner fin a las prácticas de detención arbitraria por tiempo indefinido y de desaparición forzada

17.A la Relatora Especial le preocupan las denuncias de detenciones arbitrarias, las detenciones por tiempo indefinido, las muertes durante la detención y las desapariciones forzadas en Eritrea. Señala que Eritrea sigue recluyendo a presos políticos y de conciencia. Expresa su preocupación por el hecho de que se siga recurriendo a la práctica de la detención en régimen de incomunicación y a la detención por tiempo indefinido, en violación de los derechos fundamentales a un proceso con las debidas garantías procesales, incluido el derecho del detenido a ser informado de los cargos que se le imputan, a ser llevado sin demora ante un juez, a que la detención sea sometida a revisión judicial, a tener acceso a asistencia letrada y a atención médica y a recibir visitas de sus familiares. Una característica común de esos casos es la falta de acceso a recursos jurídicos efectivos para las víctimas y sus familias. Ese tipo de violaciones siguen cometiéndose con impunidad, a pesar de los reiterados llamamientos para que se respeten las garantías procesales y se rindan cuentas a los diversos órganos y mecanismos de las Naciones Unidas (véanse, por ejemplo el documento CCPR/C/ERI/CO/1, párrs. 27 y 28; la resolución 38/15 del Consejo de Derechos Humanos, párr. 6, y los documentos A/HRC/35/39, párr. 78, y A/HRC/32/47, párr. 122), y a pesar de las recomendaciones concretas formuladas por los Estados Miembros durante el segundo ciclo del examen periódico universal (documento A/HRC/26/13 párrs. 122.134 a 122.137, 122.139, 122.140, 122.142 y 122.144 a 122.150) En su 63er período ordinario de sesiones, celebrado a finales de 2018, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos también expresó su preocupación por la falta de información sobre una serie de garantías básicas para las personas privadas de libertad en Eritrea.

18.La detención arbitraria por tiempo indefinido y la desaparición forzada son contrarias a las obligaciones vinculantes del Gobierno que dimanan de los instrumentos internacionales de derechos humanos, y no están en consonancia con el propósito declarado de promover activamente el respeto de los derechos humanos.

19.Durante el período que abarca el informe, la Relatora Especial recibió numerosos informes de eritreos que buscaban a personas encarceladas en Eritrea. Es difícil determinar el número exacto de personas detenidas de forma arbitraria e ilegal. Las autoridades no divulgan información acerca de los detenidos. También es difícil determinar el número centros de detención civiles y militares oficiales y no oficiales que se encuentran actualmente en funcionamiento. No se permite el acceso de las organizaciones humanitarias independientes, incluido el Comité Internacional de la Cruz Roja, a los centros de detención para supervisar las condiciones de reclusión.

20.Algunas de las personas que se encuentran en esos centros fueron recluidas siendo muy jóvenes. Cabe citar el caso de Ciham Ali Abdu, nacional de Eritrea y los Estados Unidos de América, que nació en este último país y que ha permanecido detenida en régimen de incomunicación en Eritrea durante más de seis años. Fue detenida en diciembre de 2012, cuando tenía 15 años, por intentar abandonar Eritrea sin un visado de salida. Su padre, Ali Abdu Ahmed, ex Ministro de Información, huyó del país a finales de 2012. Ciham, que ahora tiene 22 años, sigue encarcelada en un lugar desconocido, sin acusación ni juicio previos.

21.Varios disidentes políticos permanecen recluidos por tiempo indefinido. Un caso emblemático es el de los 11 antiguos altos funcionarios gubernamentales, conocidos como el G-15, que se encuentran en paradero desconocido desde su detención, en septiembre de 2001. Un caso más reciente es el de Berhane Abrehe, ex Ministro de Finanzas, que fue detenido en Asmara en septiembre de 2018 tras publicar un libro crítico con el Gobierno. Tiene 74 años y, al parecer, su estado de salud es delicado. Su esposa, Almaz Habtemariam, de 60 años, fue detenida en Asmara en enero de 2018, después de que un familiar abandonara el país sin permiso del Gobierno. En el momento de redactar el presente informe, ambos permanecían detenidos sin cargos y las autoridades no habían notificado su lugar de detención. La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos está examinando el caso de Berhane Abrehe; en octubre de 2018 dictó medidas provisionales en relación con su detención que las autoridades eritreas no han aplicado.

22.Innumerables personas han desaparecido después de haber sido detenidas por las fuerzas de seguridad. Los familiares de muchas de ellas siguen sufriendo grandes traumas emocionales que no han podido superar. Por ejemplo, Teklebrhan Ghebresadick (también conocido como Wedi Bashai) y Woldemariam Bahlibi, que al parecer fueron detenidos por las fuerzas de seguridad eritreas en el Sudán y llevados a Eritrea en abril de 1992, no han sido vistos desde entonces. En ese momento, ambos eran miembros del Frente de Liberación de Eritrea – Consejo Revolucionario. Sus familias los han buscado en Eritrea durante muchos años, sin éxito. En otro caso, los familiares de dos hermanos, que tenían 20 y 22 años de edad en el momento de su detención, siguen sin obtener información sobre el paradero de ambos desde que fueron detenidos por las fuerzas de seguridad hace 18 años. Uno de los hermanos fue detenido en su domicilio en Asmara y el otro en el campamento de entrenamiento militar de Sawa. Ahmedsheik Faras fue detenido en Massawa en mayo de 2007. Tenía entonces 80 años de edad. Murió en prisión tres años después. Hasta la fecha, su familia no ha recibido ninguna información sobre los motivos de su detención, las circunstancias de su muerte ni el lugar donde está enterrado. Otras muchas familias siguen esperando que las autoridades les informen sobre la suerte y el paradero de sus seres queridos, y que los responsables de esas desapariciones rindan cuentas de sus actos.

23.La Relatora Especial insta encarecidamente al Gobierno de Eritrea a que cumpla de manera plena con sus obligaciones internacionales y ponga fin al uso de la detención arbitraria e indefinida y la desaparición forzada. Exhorta al Gobierno a que, como mínimo:

a)Proporcione información a los familiares sobre el paradero de las víctimas de la detención arbitraria por tiempo indefinido;

b)Ponga en libertad sin demora a los presos políticos y de conciencia;

c)Proporcione garantías jurídicas y recursos jurídicos efectivos a las personas privadas de libertad;

d)Permita que los reclusos se pongan en contacto con sus familiares y reciban visitas periódicas de estos;

e)Adopte y aplique las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela);

f)Investigue con prontitud e imparcialidad los casos de desaparición forzada y exija a los responsables que rindan cuenta de sus actos;

g)Vele por que se informe a los familiares de la suerte y el paradero de sus seres queridos y se les proporcione reparación, según proceda.

24.Recomienda además al Gobierno que firme y ratifique la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, e incorpore sus disposiciones en la legislación nacional.

25.Al respetar las normas de las debidas garantías procesales y poner en libertad de inmediato a las personas detenidas ilegal y arbitrariamente, el Gobierno enviará una señal clara de su compromiso con la defensa de los derechos humanos.

B.Reformar el servicio militar/nacional

26.Se esperaba que los recientes acontecimientos en la esfera de la paz y la seguridad regionales darían lugar a la introducción de reformas en el servicio militar/nacional y a la desmovilización de los reclutas en Eritrea. Sin embargo, hasta la fecha no se han anunciado oficialmente una reducción de la duración del servicio militar/nacional ni planes de desmovilización.

27.Los funcionarios eritreos sostienen que el servicio militar/nacional ha sido desvirtuado y malinterpretado y afirman que se trata de un sistema que proporciona igualdad en la enseñanza a una nueva generación de jóvenes. Sin embargo, los relatos de los antiguos y actuales reclutas presentan un panorama diferente.

28.El servicio militar/nacional sigue siendo de carácter no voluntario y de duración indefinida. Aunque la duración legal del servicio es de 18 meses, en la práctica, muchos eritreos permanecen en él durante períodos muchos más extensos. Se sigue exigiendo a los estudiantes que cursen el último año de enseñanza secundaria en el campamento de adiestramiento militar de Sawa y se les obliga a participar en la instrucción militar obligatoria. Los estudiantes a los que se permite cursar estudios superiores después de su formación militar tienen que cumplir obligaciones del servicio nacional una vez graduados. Otros pasan directamente del adiestramiento militar al cumplimiento de las obligaciones del servicio nacional. Los reclutas desempeñan las obligaciones que entraña el servicio nacional en todos los sectores de la sociedad eritrea, incluidas las instituciones públicas, como escuelas y hospitales, pero también en la construcción, la minería y el sector privado. Los salarios que reciben son insuficientes para cubrir los gastos básicos de subsistencia o mantener a sus familias, y no se les proporciona una vivienda adecuada. Algunos son obligados a trabajar sin recibir remuneración alguna. Según ciertos informes, los reclutas del servicio militar/nacional son objeto de abusos y malos tratos. Eludir el reclutamiento puede ser motivo de detención y reclusión. Además, como se señala en el párrafo 40 infra, las autoridades eritreas castigan a los objetores de conciencia con penas de prisión y no ofrecen opciones civiles alternativas al servicio militar.

29.El servicio militar/nacional tiene un impacto particularmente negativo en las vidas de las mujeres y las niñas. La Relatora Especial ha escuchado el testimonio de mujeres ex reclutas que fueron objeto de abusos por parte de sus superiores jerárquicos —fueron sometidas a malos tratos físicos y verbales y se vieron obligadas a trabajar como empleadas domésticas, entre otros—, quienes relataron que el acoso sexual y el abuso sexual de las reclutas eran prácticas habituales, particularmente en el campamento de adiestramiento militar de Sawa. La Relatora Especial también ha recibido informes que indican que algunos padres han decidido dejar de enviar a sus hijas a la escuela para evitar su reclutamiento obligatorio. Algunas adolescentes y mujeres jóvenes han decidido casarse y tener hijos para evitar ser reclutadas en el servicio militar/nacional.

30.Este servicio sigue siendo uno de los principales factores subyacentes de la migración de Eritrea. También es un motivo fundamental que explica que los jóvenes abandonen prematuramente la escuela y no terminen sus estudios. La imposibilidad de planificar el futuro, la falta de perspectivas de cursar estudios superiores, la baja remuneración (que hace imposible mantener una familia) y el hecho de que el servicio militar/nacional tenga una duración indefinida son factores que siguen empujando a muchos eritreos a abandonar su país.

31.Durante la reunión mantenida con la Relatora Especial en marzo de 2019, los funcionarios eritreos indicaron que comenzarían a introducirse reformas en el servicio militar/nacional cuando el Gobierno dispusiera de los recursos necesarios para crear oportunidades de empleo para los reclutas, y que la desmovilización sería progresiva. También afirmaron que la situación económica del país no permitía un aumento de los salarios de los reclutas. La Relatora Especial, que reconoce la existencia de esos problemas, insta al Gobierno a que recabe la asistencia técnica de los donantes internacionales, en particular de las instituciones financieras internacionales y otros asociados, y a que ponga en marcha un plan plurianual para reformar el servicio militar/nacional. Dicho plan debería tener como objetivos:

a)La desmovilización progresiva de los reclutas, empezando por los que ya han cumplido 18 meses de servicio;

b)El fortalecimiento de la capacidad institucional para promover estrategias de crecimiento económico;

c)La profesionalización del ejército;

d)La creación de opciones de carrera profesional en la administración pública;

e)El apoyo a la inversión destinada a la creación de empleo que beneficie directamente a los reclutas del servicio militar/nacional.

La Relatora Especial insta también al Gobierno a que recabe asistencia técnica de organismos especializados, como la Organización Internacional del Trabajo, con el fin de elaborar directrices y reglamentos laborales adecuados para los trabajadores en todos los sectores públicos y privados, basados en los principios del trabajo decente con condiciones de trabajo justas.

32.La Relatora Especial insta al Gobierno a separar la enseñanza secundaria del adiestramiento militar y a poner en marcha mecanismos de vigilancia para prevenir y castigar los abusos y malos tratos en los campamentos de instrucción del servicio militar/nacional. Exhorta al Gobierno a que ponga en libertad a los objetores de conciencia e introduzca servicios civiles alternativos.

33.Por último, la Relatora Especial destaca que, hasta que se lleven a cabo las reformas del servicio militar/nacional, las organizaciones internacionales y las empresas que tratan de ejecutar proyectos en Eritrea deben proceder con la debida diligencia en materia de derechos humanos y aplicar medidas para garantizar que se respeten los derechos básicos de las personas empleadas en esos proyectos, la fuerza de trabajo participe voluntariamente y los trabajadores reciban una remuneración adecuada.

C.Establecer un marco jurídico y constitucional para la promoción y la protección de los derechos humanos

34.A la Relatora Especial le preocupa que Eritrea siga sin tener una constitución que permita instrumentar el sistema nacional de gobierno, establecer un sistema de controles institucionales y consagrar los derechos de sus ciudadanos. La constitución ratificada en 1997 no entró en vigor y las autoridades no han aprobado aún una nueva constitución. Además, el país no dispone de un órgano legislativo que debata y apruebe leyes para promover y proteger los derechos fundamentales. La Asamblea Nacional está suspendida desde 2002.

35.Durante la reunión con la Relatora Especial celebrada en marzo de 2019 los funcionarios eritreos indicaron que, en 2015, se había establecido un órgano encargado de redactar una nueva constitución. La Relatora Especial menciona la falta de transparencia y de información en relación con la composición de ese órgano, el calendario del proceso y las modalidades pertinentes. Insta al Gobierno a que proporcione información sobre el proceso de redacción de la constitución, lleve a cabo un proceso que sea inclusivo, recabando para ello la participación pública y de todos los principales interesados, incluidas las mujeres. Recomienda al Gobierno de Eritrea que dé prioridad, con carácter de urgencia, a la redacción de una nueva constitución y aplique provisionalmente la Constitución de 1997.

36.La Relatora Especial toma nota de que Eritrea carece de un sistema judicial independiente que vele por la protección y el respeto de los derechos fundamentales y no tiene un sistema operativo de abogados defensores de oficio. Como se indicó anteriormente, se violan sistemáticamente las garantías procesales básicas. A fin de restituir los fundamentos del estado de derecho, restablecer la confianza en las instituciones judiciales y mejorar el acceso a la justicia, la Relatora Especial alienta al Gobierno a que refuerce la educación jurídica. En concreto, insta a las autoridades a restablecer la facultad de derecho y crear una facultad de estudios judiciales. Asimismo, alienta al Gobierno a que imparta capacitación en materia de derechos humanos a agentes de policía, fiscales, jueces, abogados y líderes tradicionales como medio de promover y proteger el disfrute de esos derechos.

37.La Relatora Especial señala que, en 2015, las autoridades eritreas promulgaron el Código Civil, el Código Penal, el Código de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Penal. Sin embargo, estos textos legislativos se promulgaron en un contexto de vacío constitucional y en ausencia de un órgano legislativo nacional. Aunque las autoridades sostienen que los nuevos códigos han entrado en vigor, no está claro en qué medida se están aplicando y, al parecer, siguen en vigor leyes transitorias anteriores.

38.Por último, la Relatora Especial observa que Eritrea carece de una institución nacional encargada de vigilar la situación de los derechos humanos en el país. Alienta al Gobierno a establecer un órgano nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), con un mandato amplio en materia de derechos humanos y la dotación de personal y recursos financieros suficientes para promover y proteger los derechos humanos en el país.

D.Fortalecer el respeto de la libertad de religión y de creencias

39.Durante el período que se examina, la Relatora Especial siguió recibiendo informes según los cuales existían estrictas restricciones que limitaban la libertad de religión y de creencias en Eritrea. El Gobierno solo reconoce cuatro confesiones religiosas, a saber, la copta ortodoxa, la católica romana, la evangélica luterana y la musulmana sunní, y los miembros de otras confesiones no inscritas no están autorizados a practicar libremente su fe ni a participar en reuniones religiosas. Se siguen imponiendo severas restricciones a las comunidades cristiana evangélica y pentecostal para la práctica de su fe. Se detiene y encarcela arbitrariamente por sus creencias religiosas a fieles de grupos confesionales, tanto inscritos como no inscritos. Recientemente, varios miembros de grupos religiosos han muerto en prisión.

40.Los testigos de Jehová son objeto de enconadas persecuciones y se les deniega la ciudadanía y los documentos de viaje por su neutralidad política y su objeción de conciencia al servicio militar. En la actualidad, 53 miembros de esta congregación están recluidos en la prisión de Serwa Mai, en las afueras de Asmara. Entre ellos hay 11 mujeres, así como 15 hombres con más de 60 años. Desde junio de 2018 no se les ha permitido recibir visitas de familiares. Tres hombres —Paulos Eyasu, Negede Teklemariam e Isaac Mogos— han permanecido en prisión durante más de 24 años sin acusación ni juicio, y otras 10 personas llevan detenidas más de 10 años. Algunos miembros de esta congregación han huido de Eritrea y los que permanecen en el país deben practicar su fe en la clandestinidad. Al igual que muchas otras personas encarceladas en Eritrea, los testigos de Jehová no disponen de vías de recurso judicial, por lo que no pueden impugnar su detención indefinida. La Relatora Especial insta al Gobierno de Eritrea a entablar un diálogo con esta congregación y a poner en libertad a las personas encarceladas. Asimismo, exhorta al Gobierno a que proporcione a los miembros de esta congregación la oportunidad de participar en una forma de servicio civil que sea compatible con sus creencias religiosas.

41.Los líderes de las religiones inscritas también pueden ser objeto de arresto irregular y detención prolongada. Por ejemplo, el Patriarca de la Iglesia Ortodoxa Eritrea, Abune Antonios, que tiene más de 90 años, ha estado bajo arresto domiciliario desde 2007, tras oponerse a la injerencia del Estado en su iglesia y pedir la liberación de sacerdotes ortodoxos encarcelados. En julio de 2017 fue conducido bajo escolta a la catedral Enda Mariam de Asmara durante un servicio litúrgico y desde entonces permanece recluido. Cuarenta eruditos y clérigos musulmanes del grupo étnico saho se hallan detenidos de forma arbitraria desde 2008. Como se señala en el párrafo 54 infra, los líderes comunitarios de la escuela islámica Al-Diaa de Asmara fueron detenidos en octubre de 2017 tras protestar contra la injerencia del Estado en los asuntos escolares y los intentos de prohibir las enseñanzas religiosas. Dos ancianos dirigentes de esa comunidad musulmana han fallecido en prisión.

42.En julio de 2018, 35 cristianos —11 mujeres y 24 hombres— encarcelados en la prisión de Mai Serwa, fueron puestos en libertad bajo fianza. Habían sido recluidos por pertenecer a confesiones cristianas no inscritas.

43.La Relatora Especial recuerda que el derecho a la libertad de religión está consagrado en el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Eritrea es parte. Exhorta al Gobierno de Eritrea a permitir que el pueblo eritreo ejerza su derecho a la libertad de religión y a poner en libertad a las personas encarceladas por sus creencias religiosas.

44.Mediante la puesta en libertad inmediata de las personas encarceladas por practicar su fe el Gobierno demostrará su determinación de cumplir las obligaciones internacionales que le incumben en materia de derechos humanos.

E.Hacer frente a la violencia por motivo de género y promover los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros

45.La Relatora Especial toma nota de los esfuerzos del Gobierno por combatir la violencia de género. Celebra los esfuerzos desplegados para prohibir las prácticas perjudiciales, como la mutilación genital femenina, y poner fin al matrimonio infantil. Sin embargo, observa que la discriminación por motivo de género y la violencia contra la mujer siguen siendo un problema generalizado en el país. Destaca que Eritrea carece de un marco amplio para hacer frente a la violencia contra la mujer, que incluya disposiciones penales que aborden todas las formas de violencia sexual y por motivo de género y ofrezca recursos jurídicos adecuados a las víctimas. Señala asimismo que el Gobierno no ha adoptado aún un plan de acción nacional para aplicar la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad. Indica además que el Código Penal de 2015, que prohíbe las relaciones entre personas del mismo sexo, no respeta ni protege los derechos de las personas con orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género diversas. La Relatora Especial alienta al Gobierno a que adopte una política amplia y una legislación adecuada para tipificar como delito y erradicar todas las formas de violencia por motivo de género y promover la igualdad entre los géneros.

46.La Relatora Especial expresa su preocupación por el hecho de que las mujeres y las niñas eritreas siguen expuestas a la trata de personas y la explotación sexual, en particular por redes de eritreos que operan en el país y en el extranjero. Señala que, pese a haber ratificado el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el Gobierno de Eritrea no ha establecido aún un marco jurídico adecuado ni una política general para hacer frente a la trata de personas. Alienta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para combatir la trata de personas mediante el fortalecimiento de la cooperación con las autoridades de los Estados vecinos, adopte medidas para investigar y enjuiciar a los autores, y apruebe leyes contra la trata que protejan debidamente los derechos de las víctimas.

47.La Relatora Especial ha recibido información acerca de los obstáculos a que se siguen enfrentando las mujeres y las niñas para acceder a la justicia. Le preocupa que no se estén adoptando medidas para garantizar que los jueces sean independientes y tengan en cuenta las cuestiones de género. Según la información recibida, las mujeres detenidas se enfrentan a diferentes formas de violencia por motivo de género y existen lagunas en las normas que rigen el tratamiento y la protección de las detenidas, en particular en lo que respecta al acceso a la atención de la salud, las condiciones de detención y el trato humano. La Relatora Especial ha recibido testimonios que indican que las detenidas corren el riesgo de ser violadas, sometidas a abusos sexuales y humilladas, en particular, por parte de los guardias de prisiones. Alienta al Gobierno a que elabore una política amplia para eliminar los obstáculos a la justicia, garantizar una reparación adecuada y proporcionar acceso a la asistencia letrada para las mujeres. Alienta también al Gobierno a que adopte medidas para aplicar las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok).

48.La Relatora Especial toma nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno para aumentar la participación de la mujer en todos los aspectos de la vida pública y promover la paridad entre los géneros. Sin embargo, señala que las mujeres han estado ausentes de las actuales iniciativas del Gobierno para promover la paz y la seguridad regionales. Las mujeres siguen estando insuficientemente representadas en los altos cargos del Gobierno, en los rangos superiores de las fuerzas armadas y en el organismo judicial. Solamente las mujeres afines al Frente Popular para la Democracia y la Justicia son nombradas para ocupar cargos públicos, y no se permite que las mujeres se organicen de manera independiente para defender sus intereses o para establecer o participar en organizaciones comunitarias no aprobadas por las autoridades. La Relatora Especial reitera (véase al respecto el párrafo 29 supra) el impacto negativo que la participación en el servicio militar/nacional tiene en la vida de las mujeres y las niñas, en particular por lo que respecta a su acceso a la educación y a un empleo digno, su exposición a la violencia y el matrimonio a una edad temprana.

49.La participación de la mujer en las actividades económicas puede contribuir en gran medida a fomentar la productividad y el crecimiento económico en Eritrea. La Relatora Especial toma nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno para apoyar a las mujeres empresarias y ayudarlas a ampliar y mantener sus empresas. Alienta al Gobierno a fomentar la participación de la mujer en las actividades económicas mediante la reducción de los obstáculos jurídicos a dicha participación, como las onerosas tasas de licencia que se imponen a las empresas y las restricciones a la retirada mensual de efectivo. Destaca que, si bien los reglamentos internos en Eritrea garantizan a las mujeres los derechos de herencia y de acceso a la tierra, en la práctica no se garantiza a las mujeres la igualdad de trato en relación con los derechos de herencia y propiedad en algunas comunidades locales, en particular después del matrimonio. La Relatora Especial recuerda que el apoyo al empoderamiento económico de la mujer puede impulsar la productividad y reducir la desigualdad de los ingresos.

F.Reforzar el respeto de los derechos de las minorías étnicas

50.La Relatora Especial sigue recibiendo informaciones que indican que los grupos étnicos minoritarios en Eritrea son objeto de discriminación y exclusión, se les deniegan los derechos básicos y están expuestos a la violencia. Señala que ciertos grupos minoritarios, en particular los grupos étnicos afar y kunama, están excluidos de las iniciativas gubernamentales destinadas a aliviar la pobreza y lograr el desarrollo económico.

51.Según la información recibida, la situación de las comunidades afar que habitan en las regiones costeras de Eritrea sigue siendo precaria. Desde el establecimiento de la base de los Emiratos Árabes Unidos en Assab, los derechos de las comunidades afar para llevar a cabo actividades tradicionales de subsistencia, como la producción de sal y la pesca, se han visto considerablemente restringidas. Además, los proyectos en curso para remodelar el puerto de Assab y ampliar la infraestructura de carreteras en la zona están teniendo repercusiones en las tierras ancestrales de esa comunidad. Dado que las autoridades no reconocen los derechos de los afar sobre la tierra, esos proyectos se estarían llevando a cabo sin contar con su participación ni ser consultados. Además, la Relatora Especial ha recibido varias denuncias de ataques contra pescadores afar que faenaban en las aguas costeras eritreas. En varios incidentes ocurridos entre octubre de 2016 y agosto de 2018, al menos diez pescadores afar habrían muerto y otros tantos habrían resultado heridos después de que helicópteros de los Emiratos Árabes Unidos dispararan contra sus embarcaciones. En un incidente ocurrido en febrero de 2018, diez pescadores de la costa de Bori, cerca de Massawa, desaparecieron poco después de haber zarpado. Según se informa, a principios de febrero de 2019, tres pescadores de la costa de Makkaka, cerca de Assab, desaparecieron mientras faenaban; en marzo, los familiares encontraron los cadáveres de otros dos pescadores en el mar. A lo largo de los años, muchos miembros de la comunidad afar han huido de Eritrea. Alrededor de 20.000 eritreos afar viven actualmente como refugiados en Etiopía.

52.La Relatora Especial insta al Gobierno a que promueva los derechos de las minorías étnicas, en particular mediante políticas de desarrollo equitativo e inclusión social. Lo insta también a que vele por que se respeten los derechos de esas minorías, garantizando su participación en la adopción de decisiones que les afectan y su integración en las estrategias de desarrollo económico y reducción de la pobreza.

G.Promover la libertad de asociación y de reunión pacífica

53.La Relatora Especial expresa su preocupación por las restricciones que imponen las autoridades de Eritrea a la libertad de asociación y de reunión pacífica de los defensores independientes de los derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil. El Gobierno sostiene que las organizaciones de la sociedad civil pueden actuar libremente en Eritrea. Sin embargo, en la práctica, las normas vigentes limitan las actividades de las organizaciones de la sociedad civil y de las organizaciones de socorro y rehabilitación. Las organizaciones de la sociedad civil pueden ejecutar proyectos únicamente en asociación con los ministerios gubernamentales y solo pueden actuar las que son afines al Gobierno. El único partido político legalmente reconocido es el Frente Popular para la Democracia y la Justicia.

54.Los actores de la sociedad civil que expresan opiniones disidentes son sometidos a arrestos ilegales, malos tratos y detenciones prolongadas. Por ejemplo, en octubre de 2017 las fuerzas de seguridad detuvieron a los líderes comunitarios y miembros de la junta de la escuela islámica Al-Diaa de Asmara, que habían protestado contra la decisión del Gobierno de asumir el control de la escuela. En enero de 2019, uno de los ancianos y miembro de la junta, Haji Ibrahim Younis, que tenía más de 70 años, falleció en prisión. Había sido recluido arbitrariamente, sin que se presentaran cargos en su contra, en la prisión de Mai Serwa. Antes de él, en marzo de 2018, había muerto en prisión el presidente de la escuela, Haji Mohamednur Musa, de 93 años. La Relatora Especial está haciendo un seguimiento de los casos de varios padres y alumnos de la escuela que están recluidos en la prisión de Adi Abeito tras haber sido detenidos por participar en el cortejo fúnebre de Haji Musa Mohamednur. La Relatora Especial considera que en todos los casos de personas privadas de libertad deben respetarse las garantías procesales, que las muertes durante la detención deben ser investigadas con prontitud y que las familias de las personas que han fallecido mientras estaban detenidas deben ser informadas de la causa de la muerte.

55.La Relatora Especial insta al Gobierno de Eritrea a que cree y mantenga un espacio para la sociedad civil, en particular para las organizaciones que promueven la libertad de opinión y de expresión y la protección de los derechos humanos. Lo insta también a que apoye la diversidad de la sociedad civil y a que prevenga las amenazas, los ataques, las detenciones y los encarcelamientos arbitrarios, y cualquier otra forma de represalia. Recuerda que la creación y el mantenimiento de un entorno seguro en el que la sociedad civil pueda actuar sin trabas ni inseguridad contribuirá a que el Gobierno cumpla sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

H.Promover la libertad de expresión y de prensa

56.A la Relatora Especial le siguen preocupando las denuncias de drásticas restricciones al ejercicio de la libertad de expresión y de prensa. Observa que el Gobierno tiene la facultad de censurar todos los medios de comunicación, imponer requisitos engorrosos para la concesión de licencias y prescribir contenidos. Además, se ha recurrido a las disposiciones penales que regulan la difamación para restringir la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación y socavar el derecho de los ciudadanos a expresar sus opiniones. Los únicos medios de comunicación autorizados en Eritrea son la televisión y los periódicos gubernamentales, que están muy controlados. La prensa privada se vio obligada a cerrar en 2001. Solo un pequeño porcentaje de la población tiene acceso a Internet dentro del país. Recientemente, unos pocos canales privados de televisión por satélite han empezado a emitir su programación en Eritrea desde fuera del país, lo que permite a los residentes locales con antenas parabólicas estar al tanto de las últimas novedades en otros países.

57.Según diversas fuentes, al menos 16 periodistas siguen detenidos en Eritrea. Uno de ellos es Dawit Isaak, nacional de Eritrea y Suecia, que fue detenido en Asmara el 23 de septiembre de 2001 como resultado de la represión gubernamental contra la prensa independiente —que se saldó con la detención de varios periodistas más—, y que desde entonces permanece en régimen de incomunicación. En una decisión de 2016, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos dictaminó que Eritrea debía poner en libertad o enjuiciar sin más dilación a los periodistas detenidos desde septiembre de 2001, conceder a los detenidos acceso inmediato a sus familiares y a asistencia letrada, y asegurar el pago de una indemnización a los detenidos. El Gobierno de Eritrea no ha dado aún cumplimiento a esa decisión.

58.La Relatora Especial ha recibido varios testimonios sobre las restricciones impuestas a los periodistas y los maltratos a los que son sometidos durante la detención. Una periodista contó que estuvo recluida durante cerca de seis años en la prisión de Mai Serwa. Había sido detenida, en febrero de 2009, junto con 25 periodistas más por las fuerzas de seguridad tras el cierre de emisora de radio donde trabajaba. Durante su reclusión, fue sometida a varios períodos de régimen de aislamiento, palizas y torturas, y fue interrogada sobre sus vínculos con los medios de comunicación etíopes. Como resultado de los malos tratos que sufrió, pasó varios meses en un hospital local y tras esa estancia hospitalaria fue nuevamente enviada a prisión. Finalmente, fue puesta en libertad en 2015. Al parecer, los demás periodistas detenidos al mismo tiempo que ella también fueron puestos en libertad.

59.La Relatora Especial insta al Gobierno a que ponga fin al hostigamiento, la detención y la reclusión de personas por expresar sus opiniones, incluidas las críticas al Gobierno, y a que ponga inmediatamente en libertad a todas las personas detenidas por ejercer su derecho a la libertad de opinión. Insta además al Gobierno a que permita a los periodistas y otras personas que trabajaban en los medios de comunicación, incluidos los medios de comunicación privados, a ejercer su trabajo de forma libre e independiente en el país.

I.Resolver la situación de los prisioneros de guerra de Djibouti en Eritrea

60.La Relatora Especial expresa su preocupación por la situación de los 13 prisioneros de guerra de Djibouti restantes que se encuentran en Eritrea y que han estado en paradero desconocido desde el 12 de junio de 2008. Tanto el Consejo de Seguridad como el Consejo de Derechos Humanos han planteado esta cuestión en repetidas ocasiones. Las familias de esos prisioneros llevan más de diez años esperando información sobre su suerte y paradero. La Relatora Especial observa que el proceso facilitado por los buenos oficios del Secretario General tiene por objeto resolver las cuestiones pendientes entre Eritrea y Djibouti, en particular la de los prisioneros de guerra de Djibouti desaparecidos en combate (documento S/2019/154).

61.En una carta de fecha 3 de mayo de 2019 (véase el párr. 16 supra), la Misión Permanente de Eritrea ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones en Ginebra indicó que en Eritrea no había prisioneros de guerra de Djibouti, que el Gobierno eritreo no conocía el paradero de las personas a que se hacía mención y que había puesto en libertad a todos los prisioneros de guerra de Djibouti en marzo de 2016. La Relatora Especial señala que la carta no responde a la cuestión planteada en relación con los prisioneros de guerra de Djibouti desaparecidos e invita al Gobierno a que investigue el asunto y proporcione información sobre los resultados de esa investigación.

J.Respetar la libertad de circulación y de acceso de los organismos internacionales que operan en Eritrea

62.La Relatora Especial observa que en Eritrea siguen vigentes las restricciones a la libertad de circulación para el personal de los organismos humanitarios internacionales y de las Naciones Unidas. Todos los trabajadores humanitarios internacionales, el personal de las Naciones Unidas, los diplomáticos y los extranjeros siguen estando obligados a solicitar el permiso de las autoridades para desplazarse más allá de un radio de 25 km del centro de la ciudad de Asmara. Estas restricciones de circulación y acceso reducen la capacidad de los organismos internacionales para cumplir sus mandatos.

63.La Relatora Especial indica que Eritrea puede beneficiarse de la prestación de una mayor asistencia técnica por parte de los organismos humanitarios internacionales y los organismos especializados de las Naciones Unidas pertinentes, entre ellos el ACNUDH. Diversas organizaciones y asociados internacionales están tratando de mejorar su cooperación técnica con el Gobierno de Eritrea para promover el desarrollo y fortalecer las instituciones nacionales. Para lograr un progreso y un desarrollo sostenibles, también en la esfera de los derechos humanos, las autoridades eritreas deben establecer un entorno para los organismos internacionales, los donantes y otros asociados que favorezca su funcionamiento en el país y que les permita libertad de circulación y acceso sin trabas de ningún tipo.

VI.Situación de los migrantes y refugiados eritreos

A.Migrantes y refugiados en tránsito

64.Durante el período que abarca el informe, los eritreos han seguido huyendo del país. La apertura de la frontera entre Eritrea y Etiopía en septiembre de 2018 provocó un aumento del número de migrantes y refugiados eritreos que cruzaron la frontera hacia Etiopía. Entre septiembre y diciembre de 2018, unos 45.000 refugiados eritreos se dirigieron a Etiopía, principalmente a la región de Tigray. Se estima que el número real de personas que abandonaron Eritrea durante ese período es superior a dicha cifra, ya que muchas de ellas viajaron directamente a distintas ciudades etíopes sin registrarse ante las autoridades fronterizas o las que se ocupan de los refugiados. Durante ese período, la gran mayoría de los refugiados fueron mujeres y niños, muchos de los cuales trataban de reunirse con sus familiares que vivían en el extranjero. Entre los que huyeron había un gran número de niños no acompañados y separados de sus familias.

65.A fines de diciembre de 2018, las autoridades eritreas restablecieron el requisito de los permisos de salida para los eritreos. Preocupa a la Relatora Especial que este requisito obligue a los eritreos que no pueden obtener un visado de salida a recurrir a las redes de traficantes, exponiéndolos a la trata, la explotación y los abusos.

66.Según diversas fuentes, en febrero y marzo de 2019, un promedio diario de entre 250 y 300 personas cruzaron a Etiopía desde Eritrea. A tenor de la información recibida, aproximadamente el 30 % de las personas que cruzaron durante ese período eran reclutas del servicio militar/nacional. Muchas de las personas que intentan cruzar sin visado de salida dependen de los traficantes o “escoltas” para evadir los controles fronterizos y evitar los cruces fronterizos oficiales.

67.Etiopía ha mantenido una política de puertas abiertas para acoger a los refugiados. La Relatora Especial celebra la aprobación por parte de Etiopía, en febrero de 2019, de un nuevo decreto relativo a la cuestión de los refugiados, que refuerza los derechos de los refugiados en el país y facilita su integración local. Entre otras cosas, los nuevos reglamentos tienen por objeto ampliar la política de desmantelamiento de los campamentos y permitir que los refugiados puedan obtener permisos de trabajo, licencias comerciales y acceso a la tierra, proseguir sus estudios y vivir fuera de los campamentos. A fines de diciembre de 2018, Etiopía acogía a unos 173.000 refugiados eritreos.

68.A fines de enero de 2019, el Sudán anunció la reapertura de su frontera con Eritrea. Sin embargo, los ciudadanos eritreos que tratan de viajar al Sudán siguen necesitando permisos de salida. La corriente de migrantes y refugiados hacia el Sudán se ha mantenido durante el período de que se informa, aunque el número de personas que cruzan la frontera ha disminuido. Según las informaciones con que cuenta la Relatora Especial, las redes de tráfico ilícito y trata siguen activas a lo largo de la frontera entre Eritrea y el Sudán. En noviembre de 2018, las autoridades sudanesas indicaron que una fuerza conjunta había liberado a más de 80 víctimas eritreas de la trata de personas en el estado oriental de Kassala, entre ellas unas 50 mujeres, que habían estado detenidos durante varias semanas y habían sido objeto de abusos y extorsión.

69.La Relatora Especial sigue profundamente preocupada por la situación de los migrantes y los refugiados eritreos varados en Libia. En un informe conjunto publicado en diciembre de 2018, la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia y el ACNUDH describieron la desesperada situación que sufrían los migrantes y refugiados durante su tránsito y estancia en Libia y los “horrores inimaginables” a los que estaban sometidos, en especial durante su cautiverio. Tras los enfrentamientos que se produjeron en los alrededores de Trípoli a principios de abril de 2019, muchos refugiados y migrantes quedaron atrapados en centros de detención sin acceso a alimentos, agua o suministros básicos. Los organismos humanitarios intervinieron para asegurar su traslado urgente fuera de las zonas de lucha activa.

70.Durante el período que se examina, la Relatora Especial recibió testimonios de eritreos que habían sido mantenidos en cautiverio por diversos grupos armados y milicias en Libia y que denunciaron haber sido sometidos a trabajo forzoso, tortura y palizas durante su cautiverio. También recibió información sobre casos de mujeres y niñas eritreas víctimas de explotación sexual y prostitución forzada por elementos armados; algunas tuvieron hijos como consecuencia de violaciones. Varias fuentes indicaron que los niños y niñas no acompañados que cruzaban Libia corrían un mayor riesgo de sufrir violencia sexual y explotación por diferentes elementos armados, en particular si eran detenidos.

71.Los eritreos también corren el riesgo de ser secuestrados por traficantes y elementos armados, que los torturan para extorsionar a sus familiares o los venden a otros grupos. Esta práctica ha cobrado un carácter sistemático y, en los últimos años, ha quedado documentada en varios países del Sahel. Los traficantes y los elementos armados se aprovechan de los migrantes y refugiados eritreos ya que esperan recibir grandes rescates a través de redes de la diáspora. La Relatora Especial recibió denuncias de casos recientes de familias eritreas que vivían en Europa Occidental y habían recibido peticiones de rescate de redes de trata de personas en Libia para obtener la liberación de familiares. Algunas familias se vieron obligadas reiteradamente a pagar grandes sumas de dinero para liberar a algunos de sus familiares. Como hecho positivo cabe señalar que, en junio de 2018, por primera vez, el Consejo de Seguridad y la Unión Europea impusieron sanciones a seis tratantes de personas en Libia, dos de los cuales eran eritreos.

72.El conflicto desatado en Libia y las interceptaciones por los guardacostas libios de migrantes y refugiados en el Mediterráneo han provocado una importante disminución del número de personas que llegan a Europa a través de la ruta del Mediterráneo central. Pese a ello, los eritreos siguen afrontando situaciones que ponen en peligro sus vidas cuando intentan buscar refugio en terceros países. Según los informes, los migrantes y los refugiados eritreos están utilizando rutas alternativas a través de Turquía para llegar a Grecia y a través de Argelia y Túnez para llegar al sur de Europa. Otros se han dirigido hacia el sur cruzando Etiopía para continuar luego hacia Kenya y Uganda.

B.Políticas de asilo aplicables a los solicitantes de asilo eritreos

73.La Relatora Especial expresa preocupación por el hecho de que algunos gobiernos están endureciendo sus reglamentos de asilo aplicables a los solicitantes de asilo eritreos. En informes anteriores, la Relatora Especial ha documentado los cambios introducidos en las políticas de protección de los solicitantes de asilo eritreos en varios países (por ejemplo, documentos A/HRC/35/39, párrs. 39 y 40; y A/HRC/38/50, párrs. 99 a 104).

74.Eritrea es uno de los principales países de origen de los solicitantes de asilo en Suiza. En los últimos años, las autoridades de migración suizas han aplicado criterios de admisión más estrictos al evaluar la protección que se ofrece a los solicitantes de asilo eritreos. En enero de 2017, el Tribunal Administrativo Federal de Suiza dictaminó que la salida ilegal de Eritrea ya no podía, por sí misma, justificar la concesión del estatuto de refugiado; debían concurrir otros factores. Este enfoque más restrictivo fue confirmado en una decisión de agosto de 2017 con arreglo a la cual el Tribunal determinó que los eritreos que habían cumplido el servicio nacional en Eritrea no corrían necesariamente el riesgo de ser llamados de nuevo para cumplir dicho servicio ni de ser castigados si regresaban. En julio de 2018, el Tribunal dictaminó que el reclutamiento militar forzoso a su regreso a Eritrea no era por sí solo motivo suficiente para obtener asilo. Desde principios de 2018, la Secretaría de Estado de Migración ha estado reevaluando la admisión temporal de eritreos y, desde septiembre de 2018, se han cancelado los permisos de admisión temporal en el 9 % de los 250 casos examinados. La Secretaría de Estado de Migración tiene previsto reevaluar unos 2.800 casos más para mediados de 2019. La Relatora Especial observa que la cancelación del permiso de admisión temporal tiene graves consecuencias, ya que los titulares de los permisos cancelados dejan de beneficiarse del derecho al trabajo, el acceso a la educación o la asistencia social, lo que limita sus opciones de subsistencia. En caso de regresar a Eritrea, muchos de ellos se verían expuestos a detención, hostigamiento y violencia. En diciembre de 2018, al examinar la situación de un solicitante de asilo eritreo en Suiza, el Comité contra la Tortura determinó que la deportación del autor de la comunicación a Eritrea constituiría una violación del artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

VII.Conclusiones y parámetros de comparación de los progresos realizados en la mejora de la situación de los derechos humanos

75.El impulso positivo en favor de la paz y la seguridad en la región ha generado expectativas en la comunidad internacional, y en Eritrea, de que el Gobierno eritreo llevará a cabo reformas políticas e institucionales más amplias. Sin embargo, como se señala en el presente informe, siguen sin resolverse importantes problemas de derechos humanos. La paz ofrece perspectivas alentadoras y las autoridades eritreas deberían aprovechar el nuevo compromiso contraído en la región para llevar a cabo las reformas internas que tanto se necesitan. El pueblo eritreo debería ser el principal beneficiario de los dividendos de la paz.

76.En su resolución 38/15, el Consejo de Derechos Humanos invitó a la Relatora Especial a elaborar parámetros de comparación de los progresos realizados en la mejora de la situación de los derechos humanos y un plan de acción sujeto a plazos para su implementación. La Relatora Especial entiende que estos parámetros son las normas mínimas de derechos humanos necesarios para hacer frente a los problemas existentes en esa esfera en Eritrea. Ha celebrado amplias consultas para su elaboración y ha tomado nota de las recomendaciones formuladas anteriormente por los diversos órganos y mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. Considera que los parámetros deberían traducirse en políticas y medidas que definan y faciliten la aplicación de los derechos humanos en Eritrea y, con ese fin, ha incluido indicadores específicos de los progresos realizados en la lista que figura a continuación. Señala que la lista no pretende ser exhaustiva, y alienta al Gobierno a que elabore los parámetros adicionales que considere necesarios para lograr avances en materia de derechos humanos.

77.Sobre la base de las conclusiones y recomendaciones que figuran en el presente informe, y con arreglo a las normas y principios internacionales de derechos humanos, se enumeran a continuación los cinco parámetros, junto con los indicadores correspondientes, que orientarán el logro de progresos significativos y duraderos en materia de derechos humanos.

78.Parámetro 1: Avances en la promoción del estado de derecho y el fortalecimiento de las instituciones nacionales de justicia y orden público (véanse los párrs. 23 a 25, 35 a 38 y 61 supra). Indicadores pertinentes:

a) La liberación de los presos políticos, los presos de conciencia y las personas detenidas de manera ilegal y arbitraria;

b) Un entorno más propicio para la protección de los derechos civiles y políticos, en particular mediante la instauración de bases sostenibles que favorezcan la aplicación de la ley y prácticas policiales democráticas;

c) La puesta en marcha de un proceso participativo de redacción de la constitución y la introducción de reformas jurídicas para garantizar el ejercicio de los derechos civiles y políticos;

d) Progresos en el establecimiento del estado de derecho y de instituciones democráticas, incluida una institución nacional de derechos humanos, una facultad de derecho y una academia judicial, y avances en relación con el acceso a la justicia para todos;

e) La adopción de medidas para el restablecimiento de la Asamblea Nacional.

79.Parámetro 2: Compromiso claro de introducción de reformas en el servicio militar/nacional (véanse los párrs. 31 y 32 supra). Indicadores pertinentes:

a) La reducción de la duración del servicio militar/nacional a 18 meses;

b) La elaboración de un plan plurianual para desmovilizar progresivamente a los reclutas, promover la creación de empleo e introducir condiciones laborales justas.

80.Parámetro 3: Mayores esfuerzos para garantizar la libertad de religión, de asociación, de expresión y de prensa y para poner fin a la discriminación religiosa y étnica (véanse los párrs. 40, 43, 44, 48, 52, 55 y 59 supra). Indicadores pertinentes:

a) La puesta en libertad de periodistas y activistas de la sociedad civil y de las personas encarceladas a causa de su fe;

b) La mejora del entorno de trabajo de los defensores de los derechos humanos, los miembros de la oposición política, los periodistas y los actores de la sociedad civil, y la creación de un espacio para la sociedad civil;

c) El establecimiento de organizaciones políticas, religiosas y de la sociedad civil independientes;

d) La concesión de licencias a emisoras de radio y televisión privadas;

e) La formulación de políticas para fomentar el desarrollo equitativo y la integración social de las minorías étnicas, en particular por lo que respecta al desarrollo económico y la reducción de la pobreza.

81.Parámetro 4: Compromiso claro de hacer frente a todas las formas de violencia por motivo de género y de promover los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros (véanse los párrs. 45 a 49 supra). Indicadores pertinentes:

a) La adopción de una política y una legislación integrales para hacer frente a todas las formas de violencia por motivo de género;

b) La aprobación de un plan de acción nacional para aplicar la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad;

c) Avances en la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo en todos los niveles de adopción de decisiones en la vida política, económica y pública.

82.Parámetro 5: Fortalecimiento de la cooperación con los órganos especializados de derechos humanos de las Naciones Unidas, los organismos internacionales y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (véanse los párrs. 14 y 63 supra). Indicadores pertinentes:

a) El levantamiento de las restricciones a la libertad de circulación y acceso de los organismos internacionales presentes en el país;

b) El envío de una invitación permanente para visitar el país a los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y a los miembros de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos;

c) La elaboración de un plan plurianual de cooperación técnica con el ACNUDH.

83.En su informe, la Relatora Especial ha formulado varias recomendaciones sobre las medidas inmediatas que el Gobierno de Eritrea podría adoptar para fomentar la confianza en su compromiso declarado de promover y proteger los derechos humanos. Entre ellas figuran la liberación de todas las categorías de personas detenidas de forma ilegal y arbitraria y el levantamiento de las restricciones al acceso y la circulación de los miembros de los organismos internacionales que actúan o que desean actuar en el país. La Relatora Especial también ha destacado algunas esferas específicas que requieren la celebración de consultas más amplias, cooperación técnica, inversión financiera y creación de capacidad, entre ellas las siguientes: la reforma del servicio militar/nacional, el fortalecimiento del estado de derecho, el desarrollo de directrices y reglamentos laborales adecuados para los trabajadores de los sectores público y privado, y la elaboración de un plan nacional para la aplicación de reformas en favor de la promoción de los derechos de la mujer. Insta al Gobierno a que inicie los trabajos para abordar estas cuestiones.

84.Por último, la Relatora Especial señala que, durante el resto de su mandato, seguirá supervisando los avances realizados en relación con los parámetros mencionados y presentará una actualización oral sobre esas cuestiones al Consejo de Derechos Humanos en su 41er período de sesiones.