Naciones Unidas

HRI/CORE/CHN-HKG/2010

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

24 de agosto de 2012

Español

Original: chino e inglés

Documento de base que forma parte integrante de los informes de los Estados partes

Hong Kong, China * ** ***

[30 de junio de 2010]

Índice

Párrafos Página

I.Información general1–373

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturales1–73

B.Estructura constitucional, política y jurídica de la Región Administrativa Especial de Hong Kong8–374

II.Marco general para la protección y promoción de los derechos humanos38–6010

A.Aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos en la Región Administrativa Especial de Hong Kong3810

B.Marco legal de la protección de los derechos humanos39–6010

III.Marco de protección de los derechos humanos61–11416

A.Aumento y difusión de los tratados de derechos humanos61–8616

B.El proceso de presentación de informes87–8921

C.Seguimiento de las observaciones finales de los órganos de tratados de derechos humanos9021

D.Información sobre la no discriminación y la igualdad91–11421

I.Información general

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturales

1.Los indicadores demográficos pertinentes y los indicadores sociales, económicos y culturales, correspondientes a la Región Administrativa Especial de Hong Kong (RAE de Hong Kong) de la República Popular China figuran en el anexo A.

2.La población de Hong Kong a mediados de 2005 ascendía a 6,81 millones de habitantes. Con un crecimiento demográfico anual situado entre el 0,4% y el 1% en los últimos años, la población a mediados de 2009 superaba los 7 millones de habitantes (7,01 millones). El aumento de la población se debió principalmente a la llegada incesante de titulares del permiso para entrar en Hong Kong y Macao desde China continental y al crecimiento natural durante el período.

3.La mayoría de los habitantes de Hong Kong son chinos (95%). El número de personas pertenecientes a minorías étnicas en Hong Kong ascendía a 342.198 (alrededor del 5% de la población) en 2006, número más o menos igual al registrado en 2001. Sin embargo, en los últimos cinco años se han registrado cambios en la composición de las minorías étnicas. Por ejemplo, el número de indonesios aumentó notablemente al pasar de 50.494 en 2001 a 87.840 en 2006, en tanto que su proporción dentro de todas las minorías étnicas pasó del 14,7% al 25,7%.

4.En cuanto al idioma más corrientemente hablado, el 93,9% de las personas mayores de 5 años hablan en casa el cantonés seguido de otros dialectos chinos (distintos del cantonés y del putonghua) (4,6%). Sin embargo entre las personas pertenecientes a minorías étnicas mayores de 5 años el inglés es el idioma habitualmente utilizado en casa (46,7%), seguido del cantonés (32,4%).

5.Ha continuado el envejecimiento de la población. Mientras que la proporción de personas menores de 15 años bajó del 16,5% en 2001 al 13,7% en 2006, la proporción de individuos de más de 65 años se elevó del 11,1% al 12,4%.

6.Hong Kong es una economía pequeña y abierta. El producto interno bruto (PIB) per capita de Hong Kong en 2009 se situó en torno a los 233.300 dólares. En los 20 últimos años su economía se ha orientado cada vez más hacia el sector servicios, como lo demuestra el aumento constante de la proporción del sector servicios en el PIB, que pasó de 73% en 1988 al 92% en 2008.

7.Continuará la diversificación y la restructuración de la economía. El Gobierno consolidará la robustez de las cuatro industrias básicas tradicionales (los servicios financieros, el turismo, el comercio y la logística y los servicios profesionales) y al mismo tiempo incrementará los esfuerzos por promover el crecimiento de industrias en las que Hong Kong goza de claras ventajas (tales como los servicios educacionales, los servicios médicos, los servicios de prueba y certificación, las industrias medioambientales, la innovación y la tecnología, las industrias culturales y creativas). La transformación hacia una economía basada en los conocimientos ha provocado un desplazamiento de la demanda de mano de obra en favor de los trabajadores altamente especializados y sólidamente formados.

B.Estructura constitucional, política y jurídica de la Región Administrativa Especial de Hong Kong

1.Documento constitucional

8.De conformidad con las disposiciones del artículo 31 y el párrafo 13 del artículo 62 de la Constitución de la República Popular China y las disposiciones del Congreso Nacional del Pueblo aprobadas en el tercer período de sesiones del séptimo Congreso el 4 de abril de 1990, la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China (RAE de Hong Kong) se estableció el 1º de julio de 1997. La Ley fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China entró en vigor el 1º de julio de 1997.

9.La Ley fundamental es el instrumento legal más importante para que la RAE de Hong Kong pueda ejercer un alto grado de autonomía. Regula la relación entre las autoridades centrales y la RAE de Hong Kong, los deberes fundamentales de los residentes y los sistemas sociales, políticos, culturales y de otra índole que se practican en la RAE de Hong Kong.

10.Entre otras cosas la Ley fundamental dispone lo siguiente:

a)El Congreso Nacional del Pueblo autoriza a la RAE de Hong Kong a disfrutar de un alto grado de autonomía y de un poder ejecutivo, legislativo y judicial independiente, incluida la facultad de adoptar decisiones firmes. El poder de adoptar decisiones firmes en la RAE de Hong Kong corresponde al Tribunal de Apelaciones establecido en la región.

b)Los poderes ejecutivo y legislativo de la RAE de Hong Kong estarán integrados por residentes permanentes en Hong Kong.

c)En virtud del principio de "un país, dos sistemas" el sistema y las políticas socialistas no se aplicarán en la RAE de Hong Kong y su anterior sistema y estilo de vida capitalista no cambiarán hasta dentro de cincuenta años.

d)Se mantendrán las leyes anteriormente vigentes en Hong Kong, es decir, el common law, las normas de la equidad, las ordenanzas, la legislación subordinada y el derecho consuetudinario, con excepción de las que contravengan la Ley fundamental y con sujeción a las enmiendas que promulgue la legislatura de la RAE de Hong Kong.

e)Las leyes nacionales no se aplicarán en la RAE de Hong Kong, excepto las enumeradas en el anexo III de la Ley fundamental y estas últimas se aplicarán localmente mediante promulgación o acción legislativa de la región. El Comité permanente del Congreso Nacional del Pueblo podrá añadir o suprimir leyes de la lista del anexo III después de consultar al Comité de la Ley Fundamental y al Gobierno de la RAE de Hong Kong.

f)La RAE de Hong Kong está autorizada para conducir sus relaciones exteriores en su propio nombre de acuerdo con la Ley fundamental utilizando el nombre de "Hong Kong, China", mantener y desarrollar relaciones y concertar y aplicar acuerdos con regiones y Estados extranjeros y con las organizaciones internacionales pertinentes en las esferas apropiadas, tales como la economía, el comercio, las finanzas y las cuestiones monetarias, el transporte, las comunicaciones, el turismo, las actividades culturales y los deportes.

g)La RAE de Hong Kong sigue siendo un puerto franco, un territorio aduanero separado y un centro financiero internacional. El Gobierno de la RAE de Hong Kong podrá por su propia iniciativa formular políticas monetarias y financieras, garantizar el libre desarrollo de las actividades comerciales y los mercados financieros y regularlos y supervisarlos de acuerdo con la Ley. La RAE de Hong Kong garantiza la libre circulación de capitales dentro y fuera de la región. La RAE de Hong Kong emite y gestiona su propia moneda.

h)La RAE de Hong Kong formula su propia política sobre el desarrollo a la educación, la ciencia, la cultura, el deporte, el trabajo y los servicios sociales, y los residentes en Hong Kong tienen libertad de culto.

i)Los residentes en Hong Kong disfrutan de una gran variedad de libertades y derechos.

j)Las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los convenios internacionales del trabajo aplicados en Hong Kong seguirán en vigor y se aplicarán de conformidad con las leyes de la RAE de Hong Kong.

Los derechos y libertades de los residentes en Hong Kong se examinarán en la sección titulada "Marco general para la protección y promoción de los derechos humanos".

2.Sistema de gobierno

11.El Jefe del Ejecutivo de la RAE de Hong Kong es el Jefe de la Región y responde ante el Gobierno Central del Pueblo y la RAE de Hong Kong de conformidad con las disposiciones de la Ley fundamental. El Consejo Ejecutivo le asiste en la elaboración de la política. El Gobierno de la RAE de Hong Kong formula y elabora las políticas, presenta proyectos de ley, aplica la ley y presta servicios a la comunidad. El Consejo Legislativo es el poder legislativo de la RAE de Hong Kong. Se consulta a los Consejos de Distrito, establecidos de conformidad con los artículos 97 y 98 de la Ley fundamental, en lo referente a la administración de los distritos y otras cuestiones. El poder judicial es independiente.

a)El Jefe del Ejecutivo

12.El Jefe del Ejecutivo dirige el Gobierno de la RAE de Hong Kong y decide la política del Gobierno. Responde de la aplicación de la Ley fundamental y de las demás leyes que, de conformidad con la Ley fundamental, se aplican en la RAE de Hong Kong. Además, firma las leyes y los presupuestos aprobados por el Consejo Legislativo. Designa a los funcionarios principales e informa al Gobierno Central del Pueblo sobre su nombramiento. Nombra o revoca a los jueces de los tribunales de todos los niveles y a los titulares de cargos públicos de conformidad con los procedimientos legales. El Jefe del Ejecutivo dirige también, en nombre del Gobierno de la RAE de Hong Kong, las relaciones exteriores y otros asuntos previa autorización de las autoridades centrales.

13.La Ley fundamental dispone que el Jefe del Ejecutivo de la RAE de Hong Kong será seleccionado por elección o mediante consultas locales y será nombrado por el Gobierno Central del Pueblo. El método de selección del Jefe del Ejecutivo se especificará a la luz de la situación existente en la RAE de Hong Kong y de conformidad con el principio del progreso gradual y ordenado. El objetivo final es la elección del Jefe del Ejecutivo por sufragio universal tras haber sido designado por un comité ampliamente representativo de conformidad con los procedimientos democráticos.

b)El Consejo Ejecutivo

14.El Consejo Ejecutivo asiste al Jefe del Ejecutivo en la elaboración de la política. Según el artículo 56 de la Ley fundamental, salvo en lo que se refiere al nombramiento, cese e imposición de sanciones disciplinarias a los funcionarios y a la adopción de medidas en caso de emergencia, el Jefe del Ejecutivo debe consultar al Consejo Ejecutivo antes de adoptar decisiones de política importantes, presentar proyectos de ley al Consejo Legislativo, firmar leyes subordinadas o disolver el Consejo Legislativo. El Jefe del Ejecutivo decide también en Consejo las apelaciones, peticiones y objeciones en aplicación de las ordenanzas que confieren el derecho de apelación. Si el Jefe del Ejecutivo no acepta una opinión mayoritaria del Consejo Ejecutivo, hará constar en acta sus razones específicas.

15.El Consejo se reúne normalmente una vez por semana bajo la presidencia del Jefe del Ejecutivo. Según lo previsto en el artículo 55 de la Ley fundamental, los miembros del Consejo Ejecutivo serán nombrados por el Jefe del Ejecutivo entre los principales oficiales del poder ejecutivo, los miembros del Consejo Legislativo y personalidades públicas. Su mandato no será superior al mandato del Jefe del Ejecutivo que los ha nombrado.

16.El número actual de miembros del Consejo Ejecutivo asciende a 29: 15 son oficiales principales nombrados según el sistema de nombramientos políticos y 14 son miembros no oficiales.

c)Estructura de la administración

17.El Jefe del Ejecutivo es el Presidente del Gobierno de la RAE de Hong Kong. Si no puede desempeñar sus funciones durante un corto período, esas funciones pasan provisionalmente a los tres Secretarios de Departamento: el Secretario Jefe de la Administración, el Secretario de Finanzas o el Secretario de Justicia, por este orden. El Gobierno de la RAE de Hong Kong comprende un Departamento de Administración, un Departamento de Finanzas, un Departamento de Justicia y diversas oficinas, divisiones y comisiones.

18.Hay en la actualidad 12 oficinas, dirigidas cada una de ellas por un secretario de política, que en su conjunto forman la Secretaría del Gobierno. Con ciertas excepciones, los jefes de los departamentos del Gobierno responden ante las secretarías de los departamentos y las secretarías de política. Las excepciones son el Comisionado de la Comisión Independiente contra la Corrupción, el Ombudsman y el Director de Auditorías, que funcionan con independencia y responden directamente ante el Jefe del Ejecutivo.

19.El 1º de julio de 2002 se introdujo un sistema de nombramientos políticos. Según el sistema, el Secretario Jefe de la Administración, el Secretario de Finanzas, el Secretario de Justicia y los 12 secretarios de política del Gobierno de la RAE de Hong Kong son nombramientos políticos. Se encargan de unas políticas concretas y responden ante el Jefe del Ejecutivo. Al mismo tiempo son nombrados miembros del Consejo Ejecutivo y junto a otros miembros no oficiales del Consejo prestan asistencia al Jefe del Ejecutivo en la elaboración de políticas. En el marco del sistema se mantiene una función pública permanente, profesional y políticamente neutra.

d)El Consejo Legislativo

20.Las facultades y funciones del Consejo Legislativo se especifican en el artículo 73 de la Ley fundamental. El Consejo Legislativo promulga, enmienda o deroga leyes de conformidad con lo dispuesto en la Ley fundamental y los procedimientos legales, examina y aprueba los presupuestos presentados por el Gobierno, aprueba los impuestos y los gastos públicos, recibe y delibera sobre las declaraciones de política del Jefe del Ejecutivo, plantea cuestiones sobre la labor del Gobierno, examina cualquier cuestión de interés público, ratifica el nombramiento o la remoción de los jueces del Tribunal Superior de Apelación y del presidente del Tribunal Supremo y recibe y resuelve las quejas de los residentes en Hong Kong.

21.El artículo 68 de la Ley fundamental dispone que el Consejo Legislativo de la RAE de Hong Kong se constituirá por elección. El método de constitución se especificará a la luz de la situación existente en la RAE de Hong Kong y de conformidad con el principio del progreso gradual y ordenado. El objetivo final es la elección de todos los miembros del Consejo Legislativo por sufragio universal. El anexo II de la Ley fundamental y la decisión pertinente del Congreso Nacional del Pueblo aprobada el 4 de abril de 1990 en su tercer período de sesiones prescriben que la composición del Consejo Legislativo durante sus tres primeros mandatos será la siguiente:

Miembros

Primer mandato 1998 ‑2000 (dos años)

Segundo mandato 2000 ‑2004 (cuatro años)

Tercer mandato 2004 ‑2008 (cuatro años)

a) Elegidos por circunscripciones geográficas por elección directa

20

24

30

b) Elegidos por circunscripciones funcionales

30

30

30

c) Elegidos por un Comité de elección

10

6

-

Total

60

60

60

22.El anexo II de la Ley fundamental dispone que si es necesario enmendar el método de constitución del Consejo Legislativo después de 2007, las enmiendas deberán contar con el respaldo de una mayoría de dos tercios de todos los miembros del Consejo y con el consentimiento del Jefe del Ejecutivo y serán comunicadas al Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo para su información.

23.El 7 de septiembre de 2008 se procedió a la elección del mandato actual (el cuarto) del Consejo Legislativo. La RAE de Hong Kong está dividida en cinco circunscripciones geográficas, a cada una de las cuales se atribuyen de cuatro a ocho escaños. Un total de 30 escaños corresponde a las circunscripciones geográficas que los cubren por elección directa. Otros 30 escaños corresponden a 28 circunscripciones funcionales, y cada uno de ellos representa a un grupo económico social o profesional de importancia sustancial para la RAE de Hong Kong. El cuarto mandato del Consejo Legislativo asumió sus funciones el 1º de octubre de 2008.

e)Los consejos de distrito

24.Los 18 consejos de distrito establecidos en la RAE de Hong Kong prestan asesoramiento al Gobierno en todas las cuestiones relacionadas con el bienestar de los residentes en los distritos y promueven la construcción de la comunidad mediante la ejecución de diversos programas con la participación de la comunidad, entre los que figuran proyectos recreativos y culturales y proyectos de mejora del medio ambiente en los distritos. Los consejos de distrito están integrados por miembros elegidos, miembros designados y, en el caso de las zonas rurales, los presidentes de los comités rurales son miembros ex oficio de los consejos. En el mandato actual (el tercero) de los consejos de distrito (2008-2011), la RAE de Hong Kong está dividida en 405 circunscripciones, cada una de las cuales elige un miembro. Además, hay 102 miembros designados y 27 miembros ex oficio.

f)Estadísticas pertinentes

25.El anexo C contiene las estadísticas pertinentes sobre el sistema político, incluido el número de quejas recibidas de la población sobre el desarrollo y la tasa de participación en las principales elecciones.

3.Administración de justicia

a)El sistema judicial de la Región Administrativa Especial de Hong Kong

26.El sistema jurídico se basa en el estado de derecho, la profesionalidad de los servicios jurídicos, la calidad de los servicios de asistencia letrada y un poder judicial independiente del ejecutivo y del legislativo.

27.El artículo 19 de la Ley fundamental dispone que la RAE de Hong Kong tendrá un poder judicial independiente, dotado, entre otras, de la facultad de adoptar decisiones firmes. Los tribunales de la RAE de Hong Kong serán competentes para entender de todas las causas que se incoen en la Región, sin perjuicio de las restricciones a su competencia impuestas por el sistema jurídico y los principios anteriormente vigentes en Hong Kong, que se mantendrán. Los tribunales de la RAE de Hong Kong no tendrán competencia sobre los actos del Estado, como la defensa y las relaciones exteriores. Cuando se planteen cuestiones de esa índole en relación con la sustanciación de causas, los tribunales de la región deberán obtener un certificado del Jefe del Ejecutivo sobre las cuestiones de hecho relativas a los actos del Estado. Este certificado es vinculante para los tribunales. Antes de emitir el certificado, el Jefe del Ejecutivo ha de obtener a su vez un documento de certificación del Gobierno Central del Pueblo.

28.Los tribunales de justicia comprenden el Tribunal Superior de Apelaciones, el Alto Tribunal (compuesto por el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia), los Tribunales de Distrito, los Tribunales de Magistrados, el Tribunal de Tierras, el Tribunal de Trabajo, el Tribunal de Menor Cuantía, el Tribunal de Artículos Obscenos y el Tribunal Forense. Los tribunales entienden en todas las causas civiles y penales tanto entre individuos como entre individuos y el Gobierno de la Región.

29.El artículo 82 de la Ley fundamental dispone que en la RAE de Hong Kong la facultad de decisión final corresponde al Tribunal de Apelaciones de la Región, que podrá invitar a jueces de otras jurisdicciones a participar en sus actuaciones. El artículo 83 dispone que la estructura, las facultades y funciones de los tribunales de la RAE de Hong Kong de todos los niveles estarán determinadas por la ley.

30.Todos los jueces y funcionarios judiciales deben haber obtenido en Hong Kong o en una jurisdicción del common law los títulos necesarios para el ejercicio de su profesión y deben poseer una experiencia profesional suficiente. El artículo 88 de la Ley fundamental prescribe que los jueces de los tribunales de la RAE de Hong Kong serán nombrados por el Jefe del Ejecutivo por recomendación de una comisión independiente compuesta por jueces locales, miembros de la profesión jurídica y personalidades eminentes de otros sectores.

31.Los jueces son inamovibles. El artículo 89 de la Ley fundamental dispone que el juez de un tribunal de la RAE de Hong Kong solo podrá ser separado de su cargo en caso de incapacidad para el cumplimiento de sus funciones o de comportamiento indebido por el Jefe del Ejecutivo previa recomendación de un tribunal nombrado por el Presidente del Tribunal Superior de Apelaciones e integrado como mínimo por tres jueces locales. El Presidente del Tribunal Superior de Apelaciones de la RAE de Hong Kong solo podrá ser investigado en casos de incapacidad para el cumplimiento de sus funciones o de comportamiento indebido por un tribunal nombrado por el Jefe del Ejecutivo e integrado como mínimo por cinco jueces locales, y podrá ser destituido por el Jefe del Ejecutivo previa recomendación del tribunal y de conformidad con los procedimientos prescritos en la Ley fundamental.

b)Estadísticas pertinentes

32.A continuación se exponen algunas estadísticas correspondientes a los años 2005 a 2009 sobre la administración de justicia en la RAE de Hong Kong. Las estadísticas relativas a las penas impuestas a los delincuentes y a los casos de fallecimiento durante la detención policial aparecen en el anexo D.

a)Número de delitos de muerte violenta y amenazas denunciados

Delito

2005

2006

2007

2008

2009

Asesinato y homicidio

34

35

18

36

47

Tentativa de asesinato

5

4

7

4

4

b)Número de personas detenidas por delitos con violencia y otros delitos graves

Delito

2005

2006

2007

2008

2009

Asesinato y homicidio

65

50

25

42

35

Lesiones y agresiones graves

5 693

6 352

6 498

5 985

5 878

Robo

720

821

682

611

428

Tráfico de estupefacientes

1 058

1 139

1 420

1 489

1 579

c)Número de casos denunciados de violencia sexual

Delito

2005

2006

2007

2008

2009

Violación

99

96

107

105

136

Abusos sexuales

1 136

1 195

1 390

1 381

1 318

d)Número de funcionarios de policía por 100.000 personas

2005

2006

2007

2008

2009

Funcionarios de policía

381, 8

384, 9

395, 0

391, 4

395, 6

e)Número de jueces y funcionarios judiciales

2005

2006

2007

2008

2009

Jueces y funcionarios judiciales

156

150

154

161

154

f)Estadísticas sobre la asistencia letrada

2005

2006

2007

2008

2009

1 ) Número de solicitudes de asistencia letrada

4 162

3 779

3 765

3 413

3 816

2) Número de solicitudes denegadas por razones de fondo

1 328

1 216

1 152

1 012

899

3) Número de solicitudes admitidas

2 666

2 357

2 507

2 235

2 800

4) Número de solicitudes admitidas en que la asistencia se concedió a titulo gratuito

2 465

2 162

2 305

2 046

2 546

(En porcentaje de (3))

(92, 46)

(91, 73)

(91, 94)

(91, 54)

(90, 93)

4.Organizaciones no gubernamentales

33.El artículo 27 de la Ley fundamental dispone que los residentes en Hong Kong gozarán del derecho a la libertad de asociación, del derecho a fundar sindicatos y a sindicarse y del derecho de huelga. El artículo 18 de la Declaración de Derechos de Hong Kong, que corresponde al artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, garantiza también la libertad de asociación. En Hong Kong todas las organizaciones, ya se trate de compañías, sociedades, sindicatos o entidades crediticias, deben estar registradas por las autoridades de acuerdo con las ordenanzas aplicables, tales como la ordenanza de las compañías (cap. 32) y la ordenanza de las sociedades (cap. 151).

Exención de impuestos

34.Según el artículo 88 del Reglamento de administración de contribuciones (cap. 112) las instituciones benéficas y los fondos de carácter público están exentos de impuestos, a reserva de ciertas limitaciones. Las instituciones benéficas que deseen disfrutar de la exención fiscal deberán dirigir la correspondiente solicitud al Departamento de administración de contribuciones.

35.Para que una institución o un fondo sean considerados de carácter benéfico, deberán haber sido establecidos con fines exclusivamente benéficos según la ley. La ley que define los privilegios jurídicos de una institución benéfica se basa en la jurisprudencia elaborada a partir de las sentencias de los tribunales.

36.Según la jurisprudencia, algunos de los objetivos que se pueden considerar de carácter benéfico son los siguientes:

a)El alivio de la pobreza;

b)La promoción de la educación;

c)La promoción de la religión; y

d)Otros objetivos de carácter benéfico que favorezcan a la comunidad y que no se puedan incluir en las categorías anteriores.

37.Aunque los objetivos de las tres primeras categorías pueden guardar relación con actividades realizadas en cualquier parte del mundo, los objetivos de la categoría d) solo se considerarán benéficos si favorecen a la comunidad de Hong Kong.

II.Marco general para la protección y promoción de los derechos humanos

A.Aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos en la Región Administrativa Especial de Hong Kong

38.La lista de tratados internacionales aplicables en la RAE de Hong Kong y la información pertinente al respecto se encuentra en el anexo E.

B.Marco legal de la protección de los derechos humanos

1.El estado de derecho

39.La base fundamental de la protección de los derechos humanos es el estado de derecho mantenido por un poder judicial independiente (véanse los párrafos 26 a 31 supra). Los principios que informan el estado de derecho son:

a)La supremacía de la ley. Ningún individuo podrá ser castigado ni legalmente sometido a sufrimientos personales o financieros salvo cuando un tribunal independiente haya determinado que ha infringido la ley. Todo oficial o autoridad que tenga el poder discrecional de adoptar una decisión, deberá ejercer ese poder discrecional legalmente y de forma equitativa y razonable. Cuando no actúe de esa forma su decisión podrá ser impugnada ante los tribunales. La Ley fundamental garantiza el derecho de los residentes en Hong Kong a iniciar actuaciones judiciales contra los actos de las autoridades ejecutivas y de su personal.

b)La igualdad ante la ley. El artículo 25 de la Ley fundamental dispone que todos los residentes en Hong Kong serán iguales ante la ley. El artículo 22 establece que todas las oficinas establecidas en la RAE de Hong Kong por departamentos del Gobierno Central del Pueblo, o por provincias, regiones autónomas o municipios que dependen directamente del Gobierno Central, así como el personal de estas oficinas, deberán cumplir las leyes de la Región. El artículo 14 dispone que los miembros de una guarnición, además de cumplir las leyes nacionales de la República Popular China, deberán cumplir las leyes de la RAE de Hong Kong. El artículo 35 dispone que los residentes en Hong Kong tendrán derecho a incoar procedimientos judiciales en los tribunales para impugnar actos del poder ejecutivo y su personal. Ninguna autoridad o funcionario gubernamental y ningún individuo están exentos del cumplimiento de la ley. Todas las personas, independientemente de su raza, rango, afiliación política, religión o sexo, son iguales ante la ley y están sometidas a las mismas leyes. Los individuos y el Gobierno de la RAE de Hong Kong tienen el mismo acceso a los tribunales para hacer valer sus derechos jurídicos o defender una acción.

2.La garantía de los derechos humanos en la Ley fundamental

40.El artículo 4 de la Ley fundamental dispone que la RAE de Hong Kong protegerá los derechos y libertades de los residentes en la Región y de otras personas que se encuentren en ella, de conformidad con la Ley. La Ley fundamental les garantiza una amplia gama de libertades y derechos, tales como:

a)La igualdad ante la ley;

b)La libertad de expresión, de prensa y de publicación; la libertad de asociación, de reunión, de procesión y de manifestación; y el derecho y la libertad de formar sindicatos o afiliarse a ellos y de huelga;

c)La libertad de la persona, la prohibición de la tortura, la prohibición del arresto, la detención o el encarcelamiento arbitrario ilegales, el derecho a negarse al registro arbitrario o ilegal del cuerpo y el derecho a no ser privado de la vida de manera ilegal o arbitraria;

d)La protección contra el registro o el allanamiento arbitrario o ilegal de la morada o de otros locales propios;

e)La libertad y confidencialidad de las comunicaciones;

f)La libertad de circulación dentro de la RAE de Hong Kong y la libertad de emigrar a otros países y regiones, de viajar y entrar o salir de la Región;

g)La libertad de conciencia, la libertad de religión, la libertad de culto y la libertad de organizar y participar públicamente en funciones religiosas;

h)La libertad de empleo;

i)La libertad de realizar investigaciones académicas, actividades de creación literaria o artística y otras actividades culturales;

j)El derecho a recibir asesoramiento jurídico confidencial, el derecho de acceso a los tribunales, el derecho a elegir abogados para que defiendan sus legítimos derechos e intereses y lo representen ante los tribunales, y el derecho a recurrir a la justicia, el derecho a incoar procedimientos judiciales ante los tribunales contra los actos de las autoridades ejecutivas y su personal;

k)El derecho al bienestar social de conformidad con la ley; y

l)El derecho a contraer matrimonio libremente y a formar una familia.

41.Las personas que se encuentren en Hong Kong y que no sean residentes gozarán de los mismos derechos y libertades que los residentes en Hong Kong, prescritos por el capítulo III de la Ley fundamental. Además, los residentes permanentes en Hong Kong gozarán del derecho a votar y a ser elegidos de conformidad con la ley.

3.Efecto de otros instrumentos de derechos humanos en las leyes de la Región Administrativa Especial de Hong Kong

42.Según el artículo 39 de la Ley fundamental:

"Las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los convenios internacionales de trabajo aplicados en Hong Kong permanecerán en vigor y se aplicarán de conformidad con las leyes de la RAE de Hong Kong.

Los derechos y libertades de que disfrutan los residentes en Hong Kong solo podrán ser limitados en la forma prescrita por la ley. Esas limitaciones no contravendrán las disposiciones del párrafo precedente del presente artículo."

43.En general, y como es norma en los sistemas de common law, los tratados que se aplican en Hong Kong (incluidos los tratados de derechos humanos) no tienen por sí mismos fuerza de ley en el ordenamiento jurídico interno de Hong Kong. No pueden ser invocados directamente ante los tribunales como fuente de derechos individuales. No obstante, siempre que sea posible los tribunales establecerán disposiciones internas que eviten la incompatibilidad con los tratados internacionales que se aplican en Hong Kong. El método usual de dar efecto en la legislación interna a las obligaciones generadas por los tratados (cuando requieren alguna modificación de las leyes o la práctica existente) es la promulgación de leyes específicas. Cuando esto resulte en la creación de derechos jurídicos específicos y cuando esos derechos se denieguen o se obstaculicen (o exista la amenaza de ello) cabrá recurrir a los tribunales por el cauce ordinario de la jurisdicción civil o las leyes podrán establecer sanciones penales.

4.La Ordenanza sobre la Carta de Derechos

44.La Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong (capítulo 383 del Código Judicial de la RAE de Hong Kong) fue promulgada en junio de 1991, específicamente para dar efecto en la legislación interna a las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en cuanto se aplican a Hong Kong. A tal efecto, la Ordenanza contiene una carta de derechos detallada cuyos términos son casi idénticos a los del Pacto.

5.Asistencia jurídica

45.Los solicitantes calificados reciben asistencia jurídica en forma de servicios de un asesor y, en caso necesario, de un abogado en las actuaciones judiciales. De esta manera se consigue que toda persona que tenga motivos razonables para perseguir o defender una acción legal no se ve obligada a renunciar a ello por falta de medios. El Departamento de Asistencia Jurídica y el Servicio de Abogados Defensores son los órganos encargados de prestar los servicios de asistencia jurídica financiados con cargo al Tesoro Público.

a)Departamento de Asistencia Jurídica

46.El Departamento de Asistencia Jurídica presta servicios de representación jurídica a las personas calificadas en causas civiles y penales vistas en el Tribunal Penal de Apelación, el Tribunal de Apelación, el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Distrito y el Tribunal de Magistrados (en la fase de instrucción). Se puede obtener asistencia jurídica civil en las diligencias relativas a los principales ámbitos de la vida de la comunidad, desde las disputas familiares a las cuestiones de inmigración y a las indagaciones forenses. La concesión de la asistencia jurídica no está sometida al requisito de la residencia. Los solicitantes deben demostrar al Director de Asistencia Jurídica que reúnen las condiciones financieras necesarias (prueba de medios) y que la acción jurídica está justificada (prueba de fondo). En las causas civiles el Director tiene el poder discrecional de suprimir el límite superior de la prueba de medios en las solicitudes en las que se contempla el incumplimiento de la Carta de Derechos de Hong Kong o del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en cuanto se aplica a Hong Kong. En las causas penales el Director tiene la misma discreción si considera que ello favorece la administración de justicia. Sin perjuicio de la prueba de medios (a menos de una dispensa judicial), es obligatorio conceder la asistencia jurídica a todo solicitante acusado de asesinato, traición o piratería con violencia. Si se trata de otros delitos y el solicitante pasa la prueba de medios, el juez podrá conceder la asistencia jurídica aunque haya sido denegada en cuanto al fondo por el Director.

b)El Servicio de Abogados de oficio

47.Este Servicio complementa los servicios del Departamento de Asistencia Jurídica. Ejecuta tres planes que ofrecen representación jurídica (el Plan de Abogados de oficio) asesoramiento jurídico (el Plan de Asesoramiento Jurídico) e información jurídica (el Plan de Asistencia Jurídica por teléfono). Además, el Servicio inició la aplicación del programa sobre la Convención contra la Tortura con carácter experimental durante 12 meses en diciembre de 2009. El Servicio de Abogados de oficio ofrece representación jurídica ante los tribunales prácticamente a todos los acusados (jóvenes y adultos) que no pueden costearse una representación privada. Ofrece asimismo representación jurídica a las personas en riesgo de persecución criminal por haber declarado como testigos de cargo en las investigaciones forenses. Los solicitantes son sometidos a la prueba de medios y a la prueba de fondo, sobre la base del principio del "interés de la justicia" consagrado en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y del artículo 11 de la Carta de Derechos de Hong Kong. El Plan de Asesoramiento Jurídico y el Plan de Asistencia por teléfono proporcionan respectivamente los servicios de un asesor jurídico gratuito nombrado a título individual e información grabada sobre los aspectos jurídicos de problemas corrientes. El Plan sobre la Convención contra la Tortura proporciona asistencia jurídica a las personas que han presentado una demanda ante el Departamento de Inmigración de conformidad con el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

c)El Consejo de Servicios de Asistencia Jurídica

48.El Consejo de Servicios de Asistencia Jurídica, órgano independiente, fue creado en 1996. Tiene la función de supervisar la prestación de servicios de asistencia jurídica por el Departamento de Asistencia Jurídica y asesorar al Jefe del Ejecutivo sobre la política de asistencia jurídica.

6.La Oficina del Ombudsman

49.El Ombudsman es una autoridad independiente, establecida en virtud de la Ordenanza del Ombudsman (cap. 397). El Ombudsman investiga las denuncias de mala administración en el sector público. Por "mala administración" se entiende la adopción de decisiones administrativas ineficientes, malas o impropias, la conducta no razonable (retrasos, falta de cortesía y de consideración), el abuso del poder de la autoridad y los procedimientos injustos o discriminatorios. Los ciudadanos pueden quejarse directamente ante el Ombudsman que también puede iniciar investigaciones de oficio y publicar los informes de las investigaciones cuando sean de interés público. Además, el Ombudsman puede investigar las denuncias de incumplimiento del Código administrativo sobre el acceso a la información.

50.El Ombudsman, persona jurídica unipersonal, goza de una autonomía y autoridad plenas para realizar sus labores administrativas y financieras. La ordenanza aclara específicamente que el Ombudsman no es un funcionario ni un agente del Gobierno de la RAE de Hong Kong.

51.Según la ordenanza, el Ombudsman puede obtener toda la información y los documentos que necesite de cualquier persona. Puede citar a cualquier persona para que proporcione información relacionada con sus investigaciones y puede entrar en los locales de las organizaciones bajo su competencia para realizar investigaciones.

52.Tras investigar una denuncia, el Ombudsman puede presentar al jefe de la organización afectada un informe que contenga sus opiniones y argumentos, junto con una declaración sobre cualquier solución posible y la recomendación que considere necesaria. Si la recomendación no se cumple en un plazo razonable, el Ombudsman puede presentar un informe al efecto al Jefe del Ejecutivo. También puede hacerlo si considera que ha habido una irregularidad grave o se ha producido una injusticia. La ley dispone que ese tipo de informes se transmita al Consejo Legislativo. Todo ello contribuye a que las recomendaciones del Ombudsman sean atendidas y cumplidas.

53.Con excepción de la policía y la Comisión Independiente contra la Corrupción, el Ombudsman tiene competencia sobre todas las oficinas y departamentos de la RAE de Hong Kong y sobre los principales órganos estatutarios. Las denuncias contra esas dos organizaciones se tratan por separado en órganos discretos y específicos (véanse los párrafos 57 y 58 infra). Sin embargo, siguen siendo de la competencia del Ombudsman las denuncias de incumplimiento por la policía del Código de acceso a la información.

7.La Comisión de Igualdad de Oportunidades

54.La Comisión de Igualdad de Oportunidades se creó en virtud de la Ordenanza sobre discriminación sexual en mayo de 1996 y entró plenamente en funciones en septiembre del mismo año. Su cometido es realizar investigaciones oficiales, tramitar denuncias, promover la conciliación entre las partes en una controversia, facilitar a las personas agraviadas asistencia de conformidad con la Ordenanza sobre discriminación sexual, la Ordenanza sobre discriminación por motivos de discapacidad y la Ordenanza sobre discriminación por razones de condición familiar. Realiza programas de investigación y actividades de educación pública para impulsar la igualdad de oportunidades en la comunidad. La Comisión está asimismo facultada para publicar códigos de prácticas que ofrezcan orientaciones útiles con el fin de facilitar la observancia pública de las leyes sobre igualdad de oportunidades. En consecuencia, publicó en diciembre de 1996 sendos códigos de prácticas en relación con la Ordenanza sobre discriminación sexual y la Ordenanza sobre la discriminación por motivos de discapacidad. Publicó un código análogo en relación con la Ordenanza por razones de discriminación familiar en marzo de 1998 y en relación con la Ordenanza sobre discriminación por motivos de discapacidad en julio de 2009. En julio de 2001 se publicó el Código de Prácticas sobre la Educación en relación con la Ordenanza sobre discriminación por motivos de discapacidad con el objeto de ayudar a las instituciones docentes a cumplir los requisitos de la Ordenanza.

55.Para más información sobre las ordenanzas contra la discriminación y la labor de la Comisión de Igualdad de Oportunidades, véase la sección "Información sobre la no discriminación y la igualdad".

8.Comisionado para la protección de la esfera privada y los datos personales

56.La Ordenanza sobre los datos personales (respeto del carácter privado) prevé el control legal de la reunión, la conservación, y la utilización de los datos personales en los sectores público y privado. Sus disposiciones se basan en los principios de protección de los datos personales internacionalmente aceptados. Se aplica a los datos personales a los que el acceso es posible con independencia de que estén registrados en soporte electrónico, audiovisual o de papel. Para la promoción, la supervisión y el cumplimiento de sus disposiciones la Ordenanza prevé el establecimiento de una autoridad legal e independiente, el Comisionado para la protección de la esfera privada en materia de datos personales. El Comisionado es responsable, entre otras cosas, de promover el conocimiento y la comprensión de la Ordenanza, la publicación de códigos de prácticas sobre la forma de respetar la Ordenanza, el examen de los proyectos de ley que afecten a la esfera privada del individuo en relación con sus datos personales y el cumplimiento de la Ordenanza.

9.Denuncias e investigaciones

a)La Policía

57.La Oficina de Reclamaciones contra la Policía investiga todas las denuncias sobre la conducta y el comportamiento de los miembros de la fuerza de policía de Hong Kong (la Policía). Las investigaciones de la Oficina son vigiladas y supervisadas por el Consejo independiente de reclamaciones contra la Policía, establecido en virtud de una ordenanza que entró en vigor el 1º de junio de 2009. El Consejo tiene como principales funciones las de observar, supervisar y examinar la tramitación e investigación de las denuncias presentadas a la Oficina y formular recomendaciones sobre el tratamiento o investigación de esas denuncias, así como determinar toda falta de eficiencia en las prácticas o procedimientos adoptados por la policía que puedan llevar o hayan llevado a la formulación de denuncias. El Consejo está integrado por miembros no oficiales designados por el Jefe del Ejecutivo entre personas de diversos estratos de la comunidad.

b)La Comisión Independiente contra la Corrupción

58.El Comité de Quejas contra la Comisión Independiente contra la Corrupción, establecido en 1977, vigila y supervisa el tratamiento de las quejas de carácter no penal contra la Comisión y sus funcionarios. Se trata de un Comité independiente nombrado por el Jefe del Ejecutivo. El Comité está compuesto principalmente por miembros de los Consejos Ejecutivo y Legislativo y personalidades eminentes de la comunidad. Las personas que presenten denuncias contra la Comisión o sus funcionarios tienen acceso directo al Comité así como a la propia Comisión en cualquiera de sus oficinas. La investigación de esas denuncias está a cargo de una dependencia especial del Departamento de Operaciones de la Comisión. Cuando la dependencia finaliza su investigación de una denuncia, somete sus conclusiones y recomendaciones a la consideración del Comité.

c)Otros servicios disciplinarios

59.Otros departamentos de servicios disciplinarios aplican normas y procedimientos claros para tramitar las denuncias. Por ejemplo, el Departamento del Servicio Correccional, que administra las prisiones de la RAE de Hong Kong; tiene una dependencia de investigación de denuncias encargada de atender las reclamaciones internas de funcionarios y reclusos y del público en general. Esas personas pueden dirigir sus reclamaciones al Jefe del Ejecutivo, a los miembros del Consejo Legislativo, al Ombudsman, a los jueces de paz y a otros organismos de las fuerzas de seguridad tales como la Comisión Independiente contra la Corrupción y la Policía. Se considera que los canales de reclamación existentes son eficaces en razón del número y la naturaleza de las reclamaciones que tramitan.

60.El Departamento de Inmigración aplica procedimientos de denuncia establecidos en las directivas permanentes de Servicio de Inmigración emitidas por el Director de Inmigración bajo la autoridad de la Ordenanza de servicios de inmigraciones (cap. 331). Las denuncias de abuso de autoridad o de malos tratos infligidos por miembros del servicio se pueden dirigir al director de inmigración; tales denuncias se investigan con prontitud de conformidad con los procedimientos establecidos en las Directivas Permanentes. Para asegurar el tratamiento apropiado de todas las reclamaciones se ha creado un grupo de trabajo de examen de reclamaciones que examina los resultados de las investigaciones, efectúa estudios y recomienda medidas. Las personas que consideren que sus casos no han recibido el tratamiento apropiado o han sido mal gestionados tienen también acceso al Ombudsman. Si hay indicios racionales de que un miembro del Servicio de Inmigración ha cometido un delito, el Servicio da traslado inmediato de la cuestión a la Policía para su ulterior investigación. Los procedimientos disciplinarios contra funcionarios del Servicio de Inmigración se rigen también por la Ordenanza del Servicio de Inmigración y las Directivas Permanentes del Servicio de Inmigración. Según el artículo 8 de la Ordenanza del Servicio de Inmigración, el ejercicio ilícito o innecesario de autoridad que provoca pérdidas materiales o lesiones a un tercero es un delito disciplinario.

III.Marco de protección de los derechos humanos

A.Aumento y difusión de los tratados de derechos humanos

61.El Departamento de Asuntos Internos y Constitucionales del Gobierno de la RAE de Hong Kong está encargado de coordinar y supervisar la ejecución de las políticas relativas a los derechos humanos y la igualdad de oportunidades, incluida la promoción del conocimiento público de los derechos y obligaciones estipulados en los tratados de derechos humanos aplicables en Hong Kong. La Oficina del Bienestar y del Trabajo del Gobierno de RAE en Hong Kong es responsable de los asuntos y tratados de derechos humanos relacionados con la mujer y la discapacidad, incluidos los tratados de derechos humanos pertinentes aplicables en Hong Kong.

1.Difusión de los tratados de derechos humanos en la Región Administrativa Especial de Hong Kong

62.El Gobierno de la RAE de Hong Kong está decidido a promover los derechos consagrados en los tratados de derechos humanos aplicables en Hong Kong. La promoción se realiza a través de diversos canales, que incluyen campañas en los medios de comunicación en forma de anuncios de interés público en la radio y en la televisión. Por ejemplo, en junio de 2009 se difundió un anuncio preparado por el Departamento de Asuntos Internos para promover el respeto de los derechos del niño consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el derecho a la vida, al desarrollo, a la protección y a la participación. La Oficina del Bienestar y del Trabajo lanzó en agosto de 2009 una gran campaña publicitaria que contenía una serie de docudramas temáticos difundidos por la televisión, un paquete de anuncios de radio y televisión y anuncios en la prensa y en los servicios de transporte público para promover el espíritu y los valores consagrados en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. La Oficina del Bienestar y del Trabajo viene ejecutando con carácter continuado una serie de programas publicitarios en forma de exposiciones ambulantes, piezas de teatro de carácter educativo en las escuelas y actividades de distrito para promover el conocimiento público de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

63.El Gobierno publica también folletos bilingües (en chino e inglés, los idiomas oficiales de la RAE de Hong Kong) sobre el texto de los tratados de derechos humanos. Además, se imprimen otras publicaciones tales como folletos, boletines y prospectos sobre esos tratados, con ilustraciones de las principales exposiciones, en idiomas que puedan ser fácilmente comprendidos. Esas publicaciones pretenden hacer llegar los tratados a todos los ciudadanos, padres e hijos. Las publicaciones se distribuyen entre numerosos sectores, incluidas las escuelas, las bibliotecas, las oficinas de distrito y las organizaciones no gubernamentales (ONG) e incluso se han cargado en el sitio web del Gobierno.

64.Los procesos desarrollados por el Gobierno de la RAE de Hong Kong para consultar al público sobre la preparación de los informes a los órganos de supervisión de tratados de las Naciones Unidas, para la publicación del informe, la difusión de las conclusiones finales de los órganos de supervisión de tratados de las Naciones Unidas al público y su discusión con las partes interesadas proporcionan también la oportunidad de promover el conocimiento de los tratados de derechos humanos. De todo ello se ocupa la sección sobre "El proceso de presentación de informes" infra.

2.La educación de profesionales y funcionarios públicos en materia de derechos humanos

65.Se ofrece información y capacitación a los funcionarios del Gobierno, en particular a los oficiales jurídicos y al personal operativo de las fuerzas disciplinarias, en relación con la Ley fundamental, que comprende las garantías constitucionales de la protección de los derechos humanos en la RAE de Hong Kong y otros temas relacionados con los derechos humanos, tales como la aplicación de los tratados de derechos humanos, la igualdad de oportunidades y la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong.

a)Funcionarios del Gobierno en general

66.La Oficina de la Función Pública y el Instituto de Formación y Desarrollo de la Función Pública organizan seminarios para los funcionarios del Gobierno de categoría intermedia a superior. Los seminarios versan sobre la Ley fundamental, la igualdad de oportunidades (en colaboración con la Comisión de Igualdad de Oportunidades) y otras facetas de los derechos humanos.

67.En particular, los principales componentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad se han incluido en los cursos de iniciación de los nuevos aspirantes a los puestos de oficial administrativo, oficial ejecutivo y secretario administrativo. Estamos desarrollando cursos específicos para departamentos que mantienen contactos frecuentes y amplios con los ciudadanos a fin de mejorar su conocimiento sobre la forma de aplicar la Convención en su tarea diaria.

68.Se ofrece igualmente capacitación a funcionarios del Gobierno de diferentes categorías y grados a fin de perfeccionar sus conocimientos y su comprensión de los problemas relacionados con el género. Esa formación se ofrece en seminarios y talleres en los que se explica la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y otros instrumentos que protegen los intereses de la mujer y sobre su aplicación en Hong Kong. La Oficina del Bienestar y del Trabajo ha abierto también una página en la Web y organizado un curso por Internet sobre la incorporación de la perspectiva de género, que sirva de referencia a todos los funcionarios del Gobierno.

b)Oficiales jurídicos

69.El Departamento de Justicia organiza sesiones de formación para los oficiales jurídicos del Gobierno. Algunas de esas sesiones se ocupan de la normativa internacional de los derechos humanos y de la protección de los derechos humanos en el marco de la Ley fundamental. Otras se centran en áreas específicas en función de las necesidades especiales de las diferentes divisiones del Departamento. Así, la División de Enjuiciamiento del Departamento de Justicia organiza cursos de defensa penal para fiscales, durante los cuales los fiscales se familiarizan con la Ordenanza sobre los jóvenes delincuentes (cap. 226), la Ordenanza sobre la protección de niños y jóvenes (cap. 213), las normas internacionales pertinentes y las actuaciones judiciales en relación con el sistema de justicia juvenil. El asesor del Departamento asiste también a seminarios y conferencias organizadas por universidades e instituciones académicas y a conferencias internacionales sobre derechos humanos.

c)Personal operativo de las fuerzas disciplinarias

70.La formación de los servicios disciplinarios incluye invariablemente una referencia a los derechos humanos. El Departamento de Inmigración, el Departamento de Aduanas y Arbitrios y el Departamento de Servicios Correccionales han incluido cursos sobre la Ordenanza de la Carta de Derechos de Hong Kong y sobre cuestiones de género en sus programas ordinarios de formación en el servicio y de capacitación de los nuevos reclutas. Los derechos humanos y los principios de igualdad forman parte de la capacitación de base de los nuevos reclutas de la policía y de los inspectores en período de pruebas. Los programas de formación continuada de oficiales en el servicio cubren también estos temas.

71.En el Departamento de Operaciones de la Comisión Independiente contra la Corrupción, una dependencia de investigación supervisa la aplicación de la Ordenanza sobre la Carta de Derechos de Hong Kong y sus implicaciones en las operaciones de la Comisión. La dependencia organiza igualmente seminarios y capacitación sobre la mencionada Ordenanza, destinados a los investigadores de la Comisión.

3.Formación de los jueces en materia de derechos humanos

72.El poder judicial de Hong Kong opera en el marco internacional del common law y sigue la evolución de todos los sectores del derecho, incluidos los derechos humanos, en otras jurisdicciones del common law. La Junta de Estudios Judiciales brinda educación y formación continuada a los jueces y a los oficiales judiciales. La normativa de derechos humanos es una de las materias más destacadas. Participan en visitas y seminarios de derechos humanos organizados tanto localmente como en el extranjero. Regularmente se organizan coloquios sobre las ordenanzas contra la discriminación y seminarios sobre la Ordenanza sobre los datos personales (respecto del carácter privado) en apoyo del personal del poder judicial a fin de mejorar su comprensión y conocimiento de las ordenanzas y su sensibilización a los derechos humanos, la igualdad de oportunidades y la protección de datos personales. El personal asiste también a los cursos de formación sobre la Ley fundamental, organizados por el Instituto de Formación y Desarrollo de la Función Pública.

4.Promoción de los derechos humanos en general

73.El Comité de Promoción de la Educación Cívica es un órgano asesor dependiente de la Oficina de Asuntos Internos encargado de promover la educación cívica fuera de la escuela y de fomentar la sensibilización cívica del público en general. Como la enseñanza de los derechos humanos forma parte de la educación cívica, el Comité está promoviendo el conocimiento y el respeto públicos de los derechos humanos cuando fomenta la educación cívica. Además, en enero de 1998 y con el objeto de orientar la estrategia promocional, se estableció un Comité permanente de promoción de la Ley fundamental, presidido por el Primer Secretario de Administración.

74.La Comisión de Igualdad de Oportunidades, organismo independiente encargado de aplicar las ordenanzas contra la discriminación, desempeña también la importante función de promover la igualdad de oportunidades en relación con el sexo, la discapacidad, la condición familiar y la raza. Para más información sobre la labor de la Comisión véase más adelante la sección titulada "Información sobre la no discriminación y la igualdad".

75.El Gobierno de la RAE de Hong Kong promueve también los derechos consagrados en los tratados internacionales de derechos humanos aplicables en la Región a través de otras medidas, tales como el patrocinio y la cooperación con ONG para promover la sensibilidad y la educación pública por medio de planes de financiación y otras iniciativas.

5.Promoción de los derechos humanos en la escuela

76.La educación escolar es un importante aspecto de la promoción de los derechos del niño y de los derechos humanos en general. La enseñanza de los derechos humanos forma parte integrante del plan de estudios de las escuelas y se aborda en una gran variedad de temas en las diferentes etapas del aprendizaje. Los programas se han reforzado sobre todo en la materia fundamental de los estudios liberales introducida en la enseñanza secundaria superior en el año escolar 2009/10. El plan de estudios vigente ofrece a los estudiantes una gran variedad de oportunidades de desarrollar conceptos y valores relacionados con los derechos humanos, tales como el derecho a la vida, la libertad (de expresión, de religión), la intimidad, el respeto de todos los pueblos (nacionalidades y culturas diferentes, medios de vida distintos), igualdad (la igualdad de género), antidiscriminación y sensibilidad al género (raza, sexo), todos los cuales se discuten durante la enseñanza y el aprendizaje de diversos temas en las escuelas primaria y secundaria. Los conceptos de los estudiantes y la comprensión de los derechos humanos se refuerzan progresivamente desde el conocimiento básico de los derechos y responsabilidades hasta los conceptos más complejos de los derechos humanos.

77.Los estudiantes pueden familiarizarse también con los conceptos y valores de los derechos humanos a través de varios programas basados en la escuela, como los períodos de docencia, las asambleas, los coloquios y otras experiencias de aprendizaje como los foros de discusión, los debates, los servicios y las visitas.

78.La educación cívica, la educación en derechos humanos y la educación contra la discriminación son partes integrantes de los programas de estudio y se abordan en una amplia variedad de temas en las diferentes fases del aprendizaje, tales como los estudios generales en la enseñanza primaria, los programas de enseñanza personal, social y humanitaria a nivel secundario y la materia fundamental de los estudios liberales introducida en el nuevo plan de estudios de la enseñanza secundaria superior en el año escolar 2009/10. Para apoyar a las escuelas en la promoción de conceptos y valores relacionados con estos sectores del plan de estudio, existen programas de desarrollo profesional y recursos de apoyo para dotar a los maestros de una capacidad profesional de aplicar esos planes de estudio. Se han organizado programas y actividades educativas para profundizar la comprensión de los estudiantes de los conceptos y valores relativos a la educación cívica, la educación en materia de derechos humanos y la educación contra la discriminación.

6.Participación de las organizaciones no gubernamentales en la promoción de los derechos humanos

79.Diversas organizaciones se dedican en Hong Kong a la promoción de los derechos humanos. Algunas se centran en aspectos particulares de los derechos humanos tales como los derechos de las minorías étnicas, los niños, las personas con discapacidad o las mujeres. Otros tienen una perspectiva más amplia que abarca todas o casi todas las cuestiones contempladas en los tratados de derechos humanos.

80.El Gobierno de la RAE de Hong Kong ha intensificado sus relaciones y su colaboración con las ONG en la esfera de la promoción y protección de los derechos humanos. Ha tratado de obtener su opinión durante la preparación de los informes que la Región debe presentar en cumplimiento de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y del examen de las medidas de aplicación de las observaciones finales sobre cuestiones de política y otras materias relacionadas con los derechos humanos y sobre la promoción pública y la prestación de servicios de apoyo.

81.Para reforzar la relación con las ONG se han establecido diversos foros que sirven de plataforma para intercambiar opiniones con esas organizaciones sobre diversos temas relacionados con los derechos humanos. Cabe citar entre ellos:

a)El Foro de los derechos humanos

82.El Foro se reunió por primera vez en octubre de 2003. Sirve de plataforma para que las ONG celebren reuniones periódicas con el Gobierno para discutir cuestiones relacionadas con los derechos humanos, en particular la aplicación de los distintos tratados y otros temas de interés, como los relativos a las minorías étnicas y la enseñanza de los derechos humanos.

b)El Foro de los derechos del niño

83.El Foro de los derechos del niño permite el intercambio de opiniones sobre temas que afectan a los derechos del niño entre el Gobierno, los representantes de los niños, las ONG dedicadas a los derechos del niño y otras ONG de derechos humanos. La primera reunión del Foro se celebró el 2 de diciembre de 2005.

c)El Foro de las minorías étnicas

84.El Foro sirve de canal de comunicación entre el Gobierno y las comunidades étnicas minoritarias de Hong Kong y las organizaciones que les prestan sus servicios. Colabora en la identificación de las necesidades y preocupaciones de las comunidades étnicas y discute las posibles formas de resolverlas. El Foro celebró su primera reunión el 30 de junio de 2003.

d)El Foro de las minorías sexuales

85.Este Foro se estableció en 2004. Sirve de plataforma para que el Gobierno, las ONG y las partes interesadas intercambien opiniones sobre temas de interés para las minorías sexuales en Hong Kong, incluida la promoción de la igualdad de oportunidades para las personas que tienen una orientación sexual diferente y para las personas transexuales.

86.El programa y las notas de las reuniones de los foros descritos en los párrafos precedentes se pueden consultar en el sitio web del Gobierno.

B.El proceso de presentación de informes

87.El Gobierno Central del Pueblo presenta los informes que la RAE de Hong Kong debe someter en aplicación de los diversos tratados de derechos humanos vigentes en la Región. Según la práctica establecida, el Gobierno de la RAE de Hong Kong consulta al pueblo para la redacción de cada informe. El Gobierno de la RAE de Hong Kong esquematiza a grandes rasgos los temas generales y concretos que se propone tratar en cada informe. El esquema se distribuye ampliamente a los interesados, incluidos el Consejo Legislativo y los miembros de los foros competentes y el público en general a través de diversos medios, como el sitio web del Gobierno de la RAE de Hong Kong. Se organizan debates con los miembros de los foros competentes y las ONG. Se pide igualmente al público que proponga temas adicionales que podrían ser incluidos en el informe. El esquema se discute también en el Consejo Legislativo, que suele invitar a representantes de las ONG interesadas a que expongan su opinión.

88.Se examinan las observaciones y sugerencias de los comentaristas. Las respuestas respectivas del Gobierno de la RAE de Hong Kong se incorporan según proceda a las secciones pertinentes de los informes.

89.La sección del informe que hace referencia a la RAE de Hong Kong se pone a disposición de los interesados, en particular del Consejo Legislativo y de las ONG interesadas, en inglés y en chino, y se distribuye a la ciudadanía en los centros del Servicio de Investigación Pública del Departamento del Interior, las bibliotecas públicas y el sitio web del Gobierno una vez que ha sido presentado a las Naciones Unidas y hecho público por las Naciones Unidas. El informe se discute también en el Consejo Legislativo.

C.Seguimiento de las observaciones finales de los órganos de tratados de derechos humanos

90.Según la práctica establecida, a efectos de seguimiento de las observaciones finales de los órganos de tratados de derechos humanos, distribuimos ampliamente las observaciones finales entre todos los estratos sociales, incluido el Consejo Legislativo, las oficinas y departamentos pertinentes del Gobierno, el poder judicial, las ONG y otras partes interesadas. Al mismo tiempo enviamos también a los medios de comunicación un comunicado de prensa sobre las observaciones finales y la respuesta preliminar del Gobierno de la RAE de Hong Kong. Las observaciones finales se ponen igualmente a disposición de la ciudadanía en el sitio web del Gobierno. Las observaciones finales y la respuesta inicial del Gobierno se debaten en el Consejo Legislativo y en los foros competentes. Las medidas de aplicación de las observaciones finales se debaten también con cierta periodicidad en el Consejo Legislativo y en los distintos foros.

D.Información sobre la no discriminación y la igualdad

91.El marco legislativo y constitucional general que garantiza la igualdad ante la ley y el marco institucional correspondiente se han descrito en los párrafos precedentes al tratar del marco de protección de los derechos humanos.

1.La Comisión de Igualdad de Oportunidades

92.Como queda dicho, la Comisión de Igualdad de Oportunidades es responsable de la aplicación de las cuatro ordenanzas contra la discriminación dictadas por la RAE de Hong Kong y de la promoción de igualdad de oportunidades en las esferas respectivas. A continuación se describen estas ordenanzas.

2.Las ordenanzas contra la discriminación

93.La Ordenanza contra la discriminación sexual y la Ordenanza contra la discriminación por razones de discapacidad entraron plenamente en vigor en 1996. Según la primera de ellas es ilegal discriminar o acusar a una persona por razones de sexo, estado civil o embarazo en las esferas de actividad especificadas. La ley se aplica tanto a los hombres como a las mujeres. Según la Ordenanza contra la discriminación por razones de discapacidad es ilegal denigrar en público a una persona discapacitada o discriminarla o acusarla por su discapacidad en las esferas de actividad especificadas.

94.La Ordenanza contra la discriminación por razones de condición familiar entró en vigor en noviembre de 1997. Según la Ordenanza es ilegal discriminar a una persona por razones de condición familiar. Por condición familiar se entiende la condición de haber asumido la responsabilidad del cuidado de un familiar inmediato. Familiar inmediato de una persona es todo aquel que está unido a esa persona por una relación de sangre, matrimonio, adopción o afinidad.

95.La Ordenanza contra la discriminación racial entró en vigor en julio de 2009. Por raza de una persona se entiende su etnia, su color, su ascendencia o su origen nacional o social. Según la Ordenanza es ilegal denigrar a una persona en público o discriminarla o acosarla por motivos raciales en las esferas de actividad especificadas.

96.Las esferas de actividad a que se refieren las cuatro ordenanzas mencionadas son prácticamente las mismas: el empleo, la educación, la provisión de bienes, instalaciones o servicios, la venta o gestión de locales, el derecho a elegir y ser elegido en los cargos públicos y la participación en clubs.

3.Investigación y conciliación

97.La Comisión de Igualdad de Oportunidades investiga las denuncias formuladas al amparo de las cuatro ordenanzas y alienta la conciliación entre las partes en conflicto. Cuando la conciliación no es posible, el demandante puede pedir a la Comisión otras formas de asistencia tales como la asistencia jurídica. La Comisión investiga también las prácticas discriminatorias cuando así procede.

4.Educación y promoción

98.La Comisión de Igualdad de Oportunidades promueve el concepto de la igualdad de oportunidades a través de la educación y la promoción. La Comisión se asocia con el Gobierno y las ONG en su labor de eliminación de la discriminación. La educación ciudadana y los programas publicitarios para promover la sensibilización y la mejor comprensión de la igualdad de oportunidades incluyen la organización de charlas, seminarios y talleres para diferentes audiencias; la publicación de boletines trimestrales; la organización de exposiciones y espectáculos itinerantes; el desarrollo de programas para estudiantes y la producción de anuncios y programas de radio y televisión. Para estimular la participación de la comunidad, el Programa de financiación de la participación de la comunidad ayuda a los grupos comunitarios a organizar sus propias actividades de promoción de la igualdad de oportunidades. La Comisión trata también de conseguir su visión a través de proyectos de asociación con todos los sectores de la comunidad. Se aplican programas de formación regulares e individualizados que permitan identificar los casos de discriminación y acoso en las organizaciones y departamentos del Gobierno a fin de dotarles de la capacidad necesaria para hacer frente a la situación cuando surjan esos problemas.

5.Investigación

99.La Comisión de Igualdad de Oportunidades encarga la realización de diversos estudios de investigación y encuestas de referencia para examinar las causas de la discriminación y las actitudes y percepciones generales de la igualdad de oportunidades en el seno de la comunidad. Los estudios de investigación ayudarán a la Comisión a elaborar su estrategia, observar los cambios de actitud y proporcionar referencias para futuros estudios.

6.Examen de la legislación pertinente y publicación de códigos de prácticas

y directrices

100.La Comisión de Igualdad de Oportunidades mantiene en examen las ordenanzas contra la discriminación y presenta propuestas de enmienda al Gobierno cuando lo considera oportuno. Publica también códigos de prácticas en virtud de ordenanzas y otras directrices. Los códigos de prácticas sobre el empleo facilitan a los empleadores y a los empleados la comprensión de las responsabilidades que les imponen las ordenanzas y proporcionan orientaciones prácticas al personal de dirección sobre los procedimientos y prácticas que pueden contribuir a evitar la discriminación y otros actos ilegales en el lugar de trabajo.

101.En la oficina de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y en su sitio web pueden consultarse copias de los códigos de prácticas publicado en virtud de las cuatro directrices así como otras varias publicaciones que explican las disposiciones de la ordenanza. El sitio web de la Comisión contiene también información actualizada sobre la igualdad de oportunidades en Hong Kong y en el resto del mundo.

a)Medidas administrativas de promoción de la no discriminación y de la igualdad

i)Mujeres

102.Desde octubre de 1996, fecha en que se comenzó a aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en Hong Kong, hemos tratado de adherirnos a sus principios y promover su conocimiento entre la ciudadanía.

103.El Gobierno de la RAE de Hong Kong creó en 2001 la Comisión de Mujeres como mecanismo central de alto nivel que le asesore y asista en todos los temas relacionados con la mujer y que promueva los intereses de la mujer. La Comisión está encargada de adoptar una visión estratégica de los problemas de la mujer, desarrollar una estrategia y una visión a largo plazo para el desarrollo y la promoción de la mujer y asesorar al Gobierno de la RAE sobre las políticas e iniciativas de interés para la mujer.

104.Para cumplir su misión de conseguir que todas las mujeres de Hong Kong puedan hacer efectiva su condición, sus derechos y sus oportunidades en todos los aspectos de la vida, la Comisión ha adoptado una estrategia en tres direcciones: la provisión de un medio favorable, el empoderamiento de la mujer mediante la creación de capacidad y educación pública y la promoción del interés y bienestar de la mujer. Además de ofrecer asesoramiento al Gobierno de la RAE de Hong Kong sobre las políticas e iniciativas relacionadas con la mujer, la Comisión encarga también investigaciones y encuestas, organiza programas de publicidad y educación pública y mantiene estrecho enlace con los grupos de mujeres y los diferentes sectores de la comunidad a fin de promover el interés de la mujer en general en Hong Kong.

ii)Minorías étnicas

105.En cuanto a la promoción de la igualdad racial creemos que, además de la legislación, la educación pública y los servicios de apoyo tienen también su importancia para conseguir una mejor integración de las minorías étnicas en la comunidad. A lo largo de los años hemos lanzado diversos programas para promover la armonía racial y facilitar la integración de las minorías étnicas en Hong Kong.

106.En 2002 se creó el Comité de Promoción de la Armonía Racial con el mandato de asesorar al Gobierno de la RAE de Hong Kong sobre la educación pública y la publicidad en esta esfera. La Dependencia de Relaciones Raciales, creada también en 2002 por el Gobierno, actúa como secretaría del Comité de Promoción de la Armonía Racial y aplica sus programas y actividades.

107.La Dependencia de Relaciones Raciales aplica diversos programas para promover la igualdad racial y facilitar la integración de las minorías étnicas en la sociedad, ya sea organizando actividades o patrocinando la labor de las ONG. Entre esos programas figuran los programas de idiomas, las actividades de integración, los programas radiofónicos en el idioma de las minorías étnicas y la creación de grupos comunitarios que prestan servicios de apoyo a los grupos étnicos minoritarios. Desde 2009 financiamos a cuatro ONG para que establezcan y operen centros de servicios de apoyo a las minorías étnicas de Hong Kong. Los centros ofrecen formación en inglés y en chino, programas de orientación, servicios de asesoramiento y consulta con clases de especial interés y otros servicios de apoyo a las minorías étnicas. Uno de los cuatro centros presta servicios telefónicos y de interpretación in situ para facilitar el acceso de las minorías étnicas a los servicios públicos.

108.En 2010 el Gobierno de la RAE de Hong Kong publicó también directrices administrativas para ofrecer una orientación general a las oficinas y departamentos del Gobierno interesados y a las autoridades públicas pertinentes a fin de promover la igualdad racial y asegurar el acceso de las minorías étnicas a los servicios públicos en los principales sectores y de que tengan todo ello en cuenta cuando formulen, apliquen y revisen las políticas y medidas pertinentes.

iii)Derechos del niño

109.En la RAE de Hong Kong la infancia es objeto de un gran número de políticas. Sus responsables son las oficinas de política respectivas del Gobierno de la Región. El interés superior del niño prima en la adopción de todas las decisiones pertinentes, incluidas las propuestas legislativas y las políticas, y se tiene en cuenta en todo momento. Cuando es necesario asegurar su respeto se busca el asesoramiento de los expertos del Gobierno en derechos humanos y en derecho internacional.

110.Ciertas medidas y políticas relacionadas con la infancia pueden requerir la participación de varias oficinas o departamentos. En el Gobierno de la RAE de Hong Kong existen mecanismos para coordinar y aplicar las políticas en que participan diferentes oficinas y departamentos. Ciertos mecanismos de la administración continúan satisfaciendo la necesidad de coordinar las políticas y medidas de los diversos órganos gubernamentales, velando por que se tenga debidamente en cuenta el interés superior del niño.

111.En 2006 el Gobierno de la RAE de Hong Kong creó el Plan de financiación de la educación en materia de los derechos del niño, el cual brinda ayuda económica a las organizaciones comunitarias para la realización de proyectos educativos que promuevan la sensibilización y la comprensión de la Convención sobre los Derechos del Niño y de los derechos en ella consagrados. El Plan acepta las peticiones de financiación con carácter anual. El Gobierno de la RAE de Hong Kong colabora también periódicamente con las ONG para emprender proyectos útiles de promoción de los derechos del niño.

iv)Personas de diferente orientación sexual

112.Hemos promovido la igualdad de oportunidades de las personas de diferente orientación sexual por diversos medios. Además de la creación del Foro de las minorías sexuales ya mencionado, establecimos en 2005 una Dependencia de Identidad de Género y Orientación Sexual para promover la igualdad de oportunidades de las personas de diferente orientación sexual. En 1998, establecimos un plan para financiar los proyectos comunitarios útiles que tratan de promover la igualdad de oportunidades de las personas de diferente orientación sexual o de prestar servicios de apoyo a las minorías sexuales. La Administración continuará promoviendo la igualdad de oportunidades para estas personas a través de medidas de educación ciudadana y de publicidad con campañas y carteles en la vía pública y con la radiodifusión de anuncios de interés público.

v)Personas con discapacidad

113.La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad entró en vigor para China y se aplica en la RAE de Hong Kong desde el 31 de agosto de 2008. Los Estados partes en la Convención se han comprometido a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole apropiadas para que las personas con discapacidades reconocidas en la Convención puedan disfrutar de todos sus derechos. Con la Ordenanza contra la discriminación por razones de discapacidad y la Ordenanza sobre salud mental (cap. 136) que protege los derechos de los enfermos mentales, la RAE de Hong Kong se encuentra en excelentes condiciones para cumplir los objetivos de la Convención.

114.Se han adoptado medidas para conseguir que todos los departamentos y oficinas sean plenamente conscientes de la necesidad de tener debidamente en cuenta las disposiciones de la Convención al formular políticas y aplicar programas. El Gobierno de la RAE de Hong Kong continuará colaborando con el Comité Consultivo de Rehabilitación, que es el principal órgano consultivo del Gobierno de la Región en cuestiones relativas al estado de las personas con discapacidad y al desarrollo y la aplicación de los servicios y políticas de rehabilitación en Hong Kong, en el sector de la rehabilitación, y con la comunidad en general para asegurar el cumplimiento de la Convención, prestar apoyo a la promoción de la participación de las personas con discapacidad en la sociedad y facilitar el disfrute de los derechos que les reconoce la Convención. El Gobierno de la RAE de Hong Kong también ha promovido activamente esta Convención en la comunidad.