Denominación oficial:

República Azerbaiyana (Azerbaycan Respublikasi)

Forma de gobierno:

República democrática, de derecho, laica y unitaria con parlamento unicameral (Milli Meclis), compuesto de 125 diputados

Jefe del Estado:

Presidente

Capital:

Bakú (Baky)

Idioma oficial:

Azerbaiyano

Religión:

La religión está separada del Estado, y todas las confesiones son iguales ante la ley. En la actualidad hay en Azerbaiyán más de 400 comunidades religiosas registradas oficialmente, de las cuales unas 350 son musulmanas. Asimismo, hay en el país iglesias ortodoxas, sinagogas y centros espirituales de otras confesiones. Además, en los últimos años se han constituido comunidades religiosas no tradicionales como los "Testigos de Jehová", la "Sociedad de la Conciencia Krishna", etc.

Unidad monetaria:

Manat

Territorio:

86.600 km2

Demografía

Población (2001):

8.081.000 habitantes

urbana:

4.107.500 (50,8%)

rural:

3.973.500 (49,2%)

Distribución por géneros (2001):

hombres:

3.954.500 (48,9%)

mujeres:

4.126.500 (51,1%)

Distribución por edades (2001):

menores de 15 años:

29,8%

65 años o mayores:

5,9%

Composición étnica (1999):

azerbaiyanos

7.205.500 (90,6%)

lesghis

178.000 (2,2%)

rusos

141.700 (1,8%)

armenios

120.700 (1,5%)

talysh

76.800 (1,0%)

ávaros

50.900 (0,6%)

turcomesjetios

43.400 (0,5%)

tártaros

30.000 (0,4%)

ucranios

29.000 (0,4%)

tsajures

15.900 (0,2%)

georgianos

13.100 (0,2%)

tat

10.900 (0,1%)

judíos

8.900 (0,1%)

udi

4.200 (0,05%)

otras etnias

9.500 (0,12%)

Tasa de natalidad (2000):

14,8‰

Tasa de mortalidad de lactantes: (menores de 1 año) (2000)

12,8 por cada 1.000 nacidos vivos

Tasa de mortalidad materna (mortalidad de las embarazadas, parturientas y puéperas por complicaciones del embarazo, el parto o el postparto) por cada 100.000 nacidos vivos (2000):

37,6

Esperanza de vida al nacer (2000):

71,6

hombres

68,6

mujeres

75,1

Economía

Producto interno bruto:

2000:

23.566,2 millardos de manats (5.267.100 dólares de los EE.UU.)

1999:

18.875,4 millardos de manats (4.583.600 dólares de los EE.UU.)

Ingresos monetarios de la población:

2000:

17.556,8 millardos de manats (3.924.000 dólares de los EE.UU.)

1999:

16.134,4 millardos de manats (3.918.000 dólares de los EE.UU.)

Ingresos monetarios por habitante (2000):

2.214.800 manats (495 dólares de los EE.UU.)

Educación

Tasa de alfabetización de la población (1999):

15 años y mayores

98,8%

hombres

99,5%

mujeres

98,2%

II. ESTRUCTURA POLÍTICA GENERAL

A. Historia

2.Los especialistas consideraban que Azerbaiyán comprendía "... los territorios poblados por los turcos azeríes, pueblo que se asentó en la región comprendida entre la vertiente septentrional del Cáucaso y, al otro lado del mar Caspio, la llanura iraní". Azerbaiyán es una de las regiones con los más antiguos asentamientos humanos y ha estado habitada desde el Paleolítico. En el séptimo y sexto milenios antes de nuestra era se establecieron en este territorio poblaciones de agricultores y ganaderos. Según los especialistas, las pinturas rupestres del Gobustán, cerca de Bakú, datan de finales del séptimo milenio o de principios del sexto milenio antes de nuestra era. El conocido investigador noruego Tur Heierdal, que visitó Bakú en 1979 y 1994 especialmente para estudiar estas pinturas rupestres, considera que fue precisamente en las orillas del Caspio donde tuvo su origen la civilización que más tarde se extendería por las vías fluviales hacia el sur y el norte. Según Heierdal, confirman su hipótesis no sólo las representaciones de piraguas del Gobustán, reproducidas miles de años después por los vikingos en las rocas de Noruega, sino también las sagas que siguieron componiéndose hasta la Edad Media. Las pinturas rupestres de embarcaciones presididas por el Sol que se descubrieron en el Gobustán confirman también la relación entre los primeros habitantes de Azerbaiyán y la civilización sumeroacadia de Mesopotamia, que dejó también monumentos culturales similares.

3.Entre el tercer milenio y el principio del segundo milenio antes de nuestra era, se dieron en Azerbaiyán las condiciones para el surgimiento de las primeras sociedades divididas en clases, las civilizaciones protourbanas y las formaciones estatales primitivas. En esos momentos se establecieron lazos tribales entre los pueblos de Aratta, Lutium y Lullubum. Según las fuentes de escritura cuneiforme sumerias, el primer Estado en el territorio del Azerbaiyán histórico fue el de los Aratta, establecido al sur y al sureste del lago Urmia en la primera mitad del tercer milenio antes de nuestra era. En el siglo XXIII antes de nuestra era surgió al sur del lago Urmia el segundo Estado antiguo del territorio de Azerbaiyán, el de Lullubum. En la segunda mitad del tercer milenio antes de nuestra era se fundó el Estado de Kutium al oeste y suroeste del lago Urmia. En 2175 Kutium conquistó Sumeria y Acadia, que dominó durante 100 años.

4.Los antiguos Estados de Azerbaiyán mantenían vínculos políticos, económicos y culturales con los sumerios y los acadios, formaban parte de la civilización mesopotámica y estaban gobernados por dinastías de origen turco. Las etnias turcoparlantes que poblaban el territorio de Azerbaiyán en la antigüedad adoraban el fuego y profesaban una de las religiones más antiguas, el zoroastrismo. El nombre del país proviene de una modernización de una expresión turca que significa "tierra de hombres eximios que guardan el fuego".

5.Desde la segunda mitad del siglo IX hasta el siglo VII antes de nuestra era existió en la región azerbaiyana de las costas del lago Urmia el Reino de Mana. En los siglos VII-VI anteriores a nuestra era existió al sudoeste de Azerbaiyán el Reino de los cimerios-escitas-sakos. Alrededor del año 670 antes de nuestra era, surge en el territorio de Azerbaiyán el Reino de Mana y a mediados del siglo VI éste deja paso al Estado persa Aguemenida.

6.En la historia de Azerbaiyán desempeñó un papel importante la formación en el sur, alrededor del año 320 antes de nuestra era, del Estado de Atropatena, que tuvo una considerable influencia helenística.

7.En el siglo III antes de nuestra era, se creó en el norte de Azerbaiyán el Estado de la Albania caucásica, cuya frontera meridional era el río Arats y que logró rechazar las constantes agresiones del Estado armenio, destruido por los romanos el año 66 antes de nuestra era. El pueblo de Albania comprendía distintas etnias, la inmensa mayoría de las cuales eran de habla turca. Albania se convirtió al cristianismo en el año 313. Albania comprendía la parte montañosa de Karabaj, conocida entonces como Artsaj.

8.En los siglos I-IV, cuando todo el Cáucaso quedó sometido a Roma, Albania se mantuvo como único Estado independiente. Su independencia política permitió el florecimiento de la escritura, la lengua y la literatura albanesas. En ese período cobró mayor influencia el catolicado autocéfalo albanés, la Iglesia albanesa, que era independiente de las demás iglesias cristianas, y llegó a difundirse el cristianismo entre los pueblos del Cáucaso septentrional y los pueblos turcoparlantes.

9.Como consecuencia de la invasión árabe, a principios del siglo VIII el islam se convierte en la religión imperante en Azerbaiyán. La mayor parte de los albaneses se hicieron musulmanes, aunque una minoría mantuvo su religión. Como resultado de la influencia del Imperio Bizantino en el Cáucaso meridional antes de la invasión árabe, la Iglesia albanesa, al igual que la georgiana, abrazó los dogmas del diofisismo. Para contrarrestar esa influencia, el Califato, con ayuda de la Iglesia armenia, hizo que la Iglesia albanesa adoptara el monofisismo y la supeditó a la Iglesia gregoriana armenia monofisista, lo que llevó a la gregorización progresiva de los albaneses que vivían en la parte montañosa de Karabaj, Artsaj.

10.La unión de las poblaciones de Albania y Atropatena en un único Estado y la práctica de una sola religión permitieron la consolidación del pueblo azerbaiyano. El movimiento jurramita, encabezado por Babek, introdujo las ideas de libertad, independencia e igualdad universal en el Azerbaiyán de principios del siglo IX.

11.Como resultado de la lucha popular contra el Califato, en el siglo IX en el territorio de Azerbaiyán surgieron varios Estados nuevos, el más fuerte de los cuales fue el de Sirván, cuya capital era Shemaj, donde regía la dinastía de Sirván. Este Estado existió hasta el siglo XVI y tuvo un papel primordial en la historia del Azerbaiyán medieval. En los siglos IX-XI se formaron en Azerbaiyán los Estados independientes Sadzhida, Salarida, Ravvadida (con capital en Tebriz) y Shaddadida (con capital en Ganja).

12.A fines del siglo XI, gobernaban Azerbaiyán los seldzhukidas. Entre 1136 y 1225 existió en Azerbaiyán el Estado de Atabey-Eldegiz.

13.La lengua turca común, el origen étnico turco y la religión islámica de la población autóctona del país condujeron finalmente a la consolidación de un pueblo azerbaiyano principalmente en los siglos XI-XII. En este mismo período florece la cultura de Azerbaiyán, que ha dado al mundo célebres filósofos, arquitectos, poetas y científicos. La cumbre del pensamiento social y cultural de Azerbaiyán de este período es la obra de Nizami Giandzhevi (1141-1209), poeta y filósofo que es patrimonio de la cultura mundial.

14.En los siglos XII-XIII, bajo el reinado de los monarcas albaneses aparece en la parte montañosa de Karabaj el principado de Jachen. Durante el reinado de Hassan Dzhalal (1215‑1261) comienza el restablecimiento de Albania y se construye el recinto monasterial de Gandzasar, que se convierte en sede eclesiástica y en cuya consagración participó el Katolikós de Albania.

15.A mediados del siglo XIII los Estados azerbaiyanos fueron sometidos al Imperio Mongol de Julaguid (1258-1356). A mediados del siglo XIV, como resultado de la lucha de la población autóctona contra el yugo extranjero, se hizo con el poder en Azerbaiyán Dzhalair, un señor feudal que, con el apoyo de la nobleza azerbaiyana, creó el Estado de Dzhalair (1359‑1410).

16.Desde fines del siglo XIV Azerbaiyán fue objeto de las campañas de conquista de Tamerlán y escenario de su lucha contra la Horda de Oro.

17.Entre 1410 y 1468 y 1468 y 1501 gobernaron Azerbaiyán las dinastías turcas de Garagoyunlu y Aghgoyunlu, con las cuales Azerbaiyán alcanzó un poderío considerable. En 1501 se formó en Azerbaiyán el Estado Sefevida (que tomó el nombre de la dinastía reinante), cuya capital era Tebriz, y que a principios del siglo XIV unificó por primera vez en la historia de Azerbaiyán todos los territorios en un solo Estado. Su territorio se extendía desde el Amu-Daría hasta el Éufrates y desde Derbent hasta las costas del golfo Pérsico. Este Estado se formó y se desarrolló como Estado azerbaiyano y en él todo el poder político recaía en la nobleza feudal azerbaiyana, de entre la cual se nombraba a los altos dignatarios de la corte, comandantes militares y gobernadores de las regiones. El ejército se componía de regimientos de las principales tribus azerbaiyanas. El idioma oficial del Estado Sefevida era el azerbaiyano. A fines del siglo XVI la capital fue trasladada a Isfagan. El poder del Sha comenzó a apoyarse en la nobleza persa, por lo que el Estado, dirigido por una dinastía azerbaiyana, se persificó.

18.Tras el debilitamiento del poder de los shas en Azerbaiyán, alrededor de 1740 se formaron 20 kanatos independientes, como los de Ardevil, Bakú, Gandzha, Derbent, Dzhavad, Karabaj, Karadag, Eriván, Kubá, Makín, Maraguí, Najicheván, Salyan, Urmia, Joi, Tebriz, Talysh, Sarab, Sirván y Sheki. Además de los kanatos, existían los sultanatos de Hasakj‑Shamsadil, Borchalín, Ilisui, Arash, Gutgashén y Gabalín. El Alto Karabaj, poblado por azerbaiyanos musulmanes y albaneses cristianos, formaba parte integrante del kanato azerbaiyano de Karabaj, que abarcaba todo el territorio comprendido entre los ríos Kura y Araks. Los súbditos del kanato eran los principados de Dizag, Varanda, Jachín, Dahilabort y Gulistán, cuyo territorio comprendía la parte montañosa de Karabaj.

19.Por su situación estratégica y geopolítica ventajosa Azerbaiyán se convierte entre fines del siglo XVIII y el primer tercio del siglo XIX en escenario de luchas hegemónicas entre los imperios persa, ruso y otomano. Los kanatos que disponían de armas defendieron su independencia, mientras que otros tuvieron que concertar acuerdos de vasallaje para proteger sus intereses.

20.De este modo, el 14 de mayo de 1805 se firmó en el río Kurak un tratado con el Kan Ibrahim Jalil para el traspaso del kanato independiente azerbaiyano de Karabaj a Rusia, que es un importante documento que atestigua la pertenencia histórica de Karabaj a Azerbaiyán.

21.La primera guerra rusoiraní (1804‑1813) por la hegemonía de los kanatos azerbaiyanos condujo a la primera división del territorio azerbaiyano entre Rusia y el Irán. Concertado el 12 de octubre de 1813 entre Rusia y el Irán, el Tratado de Paz de Gulistán reconocía de jure la anexión de facto a Rusia de los kanatos de Azerbaiyán septentrional, a excepción de los kanatos de Nakhicheván y Eriván, que tuvo lugar entre 1800 y 1806. Tras la segunda guerra rusoiraní (1826‑1828), el 10 de febrero de 1828 se concertó el Tratado de Paz de Turkmenchay, con arreglo al cual el Irán renunciaba a toda pretensión respecto del Azerbaiyán septentrional y reconocía definitivamente su anexión a Rusia, incluidos los kanatos de Najicheván y Eriván.

22.Es importante señalar que todos estos kanatos, incluso el de Karabaj, se anexionaron a Rusia como posesiones netamente azerbaiyanas. Eran territorios azerbaiyanos tanto por su población predominantemente azerí, como por el origen nacional de las élites feudales que los gobernaban (kanes, terratenientes, eclesiásticos, etc.).

23.Con arreglo al Tratado de Paz de Turkmenchai y al Tratado de Paz concertado en 1829 en Edirna, los armenios que vivían en aquel entonces en el Irán y en el Imperio Otomano fueron reasentados en Azerbaiyán, principalmente en los kanatos de Najichevan, Erivan y Karabaj.

24.De este modo, según el científico ruso K. Shavrov, tan sólo entre 1828 y 1830 fueron trasladados a Transcaucasia 40.000 armenios persas y 84.000 armenios turcos, que "fueron asentados en las mejores tierras ancestrales de las "gubernias" de Elisavetopol (Karabaj) y Eriván, en las que la población armenia era insignificante, y se les asignaron 200.000 desiatinas de tierras de la Corona".

25.Como escribió el conocido diplomático y escritor ruso A. S. Griboyedov: "en su mayor parte los armenios se han asentado en las tierras de los terratenientes musulmanes... Los reasentados... están dejando a los musulmanes sin espacio... Asimismo, hemos pensado mucho en qué debemos aconsejar a los musulmanes para que soporten con resignación esta carga, que no durará largo tiempo, y en cómo disipar sus temores de que los armenios se adueñen definitivamente de las tierras allí donde han sido admitidos por vez primera".

26.En la obra del estudioso estadounidense Justin McCarthy se dan los datos siguientes acerca de los armenios que habitaban en el Cáucaso meridional y más concretamente en Azerbaiyán. En el período comprendido entre 1828 y 1920, durante el proceso de aplicación de una política de transformación de la estructura demográfica de Azerbaiyán en favor de los armenios y en detrimento de los azerbaiyanos, "se expulsó por la fuerza a más de 2 millones de musulmanes y se asesinó a un número de ellos sin determinar... En dos ocasiones, en 1828 y en 1854, los rusos entraron en la Anatolia oriental... que debieron abandonar también en dos ocasiones, llevándose consigo al Cáucaso a 100.000 armenios, a quienes asentaron en los lugares anteriormente ocupados por los turcos (azerbaiyanos) que habían emigrado o perecido".

27."En la guerra de 1877-1878, Rusia conquistó el distrito de Kars-Ardagan, de donde expulsó a los musulmanes para asentar a 70.000 armenios... Durante los acontecimientos de 1895-1896 se asentó a unos 60.000 armenios en el Cáucaso ruso... En la época de la primera guerra mundial las migraciones fueron prácticamente equivalentes, ya que salieron de la Anatolia oriental 400.000 armenios y del Cáucaso 400.000 musulmanes."

28.Según el estudioso estadounidense, entre 1828 y 1920 se asentó en Azerbaiyán a 560.000 armenios. De este modo, precisamente tras la conquista rusa del Cáucaso meridional comenzó a aumentar vertiginosamente la población armenia en el territorio de Azerbaiyán al norte del Araks.

29.En lo que respecta a Karabaj, según los datos oficiales, en 1810, es decir poco antes de la anexión rusa, había en el kanato de Karabaj un total de 12.000 hogares, de los cuales 9.500 eran azerbaiyanos y sólo 2.500 armenios. Según estos datos, en 1823 en el kanato de Karabaj había una ciudad, Shusha, y unas 600 aldeas (de las cuales 450 eran azerbaiyanas y unas 150 armenias), en las que vivían unas 90.000 personas. En Shusha vivían aproximadamente 1.048 familias azerbaiyanas y 474 armenias, y en las aldeas, 12.902 y 4.331 familias, respectivamente.

30.Los armenios que viven en Karabaj son en realidad descendientes de la población albanesa local armenizada. El autor armenio B. Ishkjanian afirma: "Los armenios que viven en Nagorno‑Karabaj son en parte autóctonos, descendientes de los antiguos albaneses..., y en parte refugiados procedentes de Turquía y el Irán, que se cobijaron en la tierra azerbaiyana ante el acoso y la persecución".

31.De conformidad con un decreto del Emperador de Rusia Nicolás I de 21 de marzo de 1828 se suprimieron los kanatos azerbaiyanos de Najishevan y Eriván y en su lugar se estableció una nueva estructura administrativa denominada "región (oblast) armenia", gobernada por la administración rusa. En 1849 esta región pasó a denominarse "Gubernia" de Eriván.

32.Guiados por sus objetivos a largo plazo, en 1836 los armenios lograron que las autoridades rusas suprimieran el patriarcado cristiano albanés de Azerbaiyán y entregaron sus propiedades a la Iglesia armenia. Tras la pérdida de la independencia estatal y eclesiástica en las provincias occidentales de la antigua región de Albania-Karabaj, a las que seguían llegando armenios, al poco tiempo comenzó la gregorización (armenización) de la población albanesa local.

33.Tras la Revolución de 1917 cobraron fuerza en Rusia las tendencias centrífugas, y se sentaron las premisas para el establecimiento de Estados independientes en los territorios nacionales de las márgenes del antiguo imperio ruso. El 28 de mayo de 1918 se proclamó la República Democrática Azerbaiyana (RDA) en la zona oriental del Cáucaso meridional. Se trataba de la primera democracia parlamentaria del oriente musulmán, que desempeñó una función histórica en el renacimiento y ulterior desarrollo de la conciencia nacional y la edificación del Estado azerbaiyano.

34.La doctrina oficial de desarrollo nacional y estatal de la RDA fue el "azerbaiyanismo", que tenía como elementos principales los principios de la modernidad, el islamismo y el turquismo, los cuales simbolizaban el anhelo de progreso del pueblo azerbaiyano mediante el cultivo de la civilización islámica y la idiosincrasia cultural y étnica turca.

35.En menos de dos años de independencia el parlamento pluripartidista de Azerbaiyán y el gobierno de coalición lograron tomar una serie de importantes medidas para la edificación de la nación y el Estado, la educación, la creación de un ejército y de un sistema financiero y económico independiente, así como el reconocimiento internacional de la RDA como miembro de la comunidad de naciones. El 11 de enero de 1920 el Consejo Supremo de la Conferencia de París (Versalles) reconoció de facto la independencia de la RDA, en cuya capital, Bakú, había ya en esa época representantes de 20 países.

36.Sin embargo, entre 1919 y 1920 se agravó considerablemente la situación interna en la RDA y sus relaciones internacionales. El país se vio en el centro de una encarnizada lucha entre los países de la Entente, Turquía, Rusia y el Irán, cada uno de los cuales perseguía sus propios objetivos geopolíticos en esta región de importancia estratégica y rica en petróleo. La política del Gobierno bolchevique de la República Federativa Socialista de Rusia (RSFSR) de no reconocimiento de la República Democrática Azerbaiyana, la partida del 11º Ejército Rojo hacia las fronteras de la RDA en la primavera de 1920, la agresión de los dashnaks armenios contra la RDA en Karabaj y Zangazur, los actos terroristas de los partidos armenios y bolcheviques contra la población civil azerbaiyana dentro de Azerbaiyán y la crisis socioeconómica en el país fueron factores que acabaron debilitando a la RDA y condujeron a la ocupación de su capital por el 11º Ejército el 27 y el 28 de abril de 1920. Conforme a un telegrama enviado por el cuartel general del frente del Cáucaso a la comandancia del 11º Ejército el 1º de mayo de 1920, las tropas de la RSFSR tenían órdenes de "ocupar todo el territorio de Azerbaiyán comprendido en las fronteras del antiguo Imperio Ruso, sin adentrarse en las fronteras de Persia".

37.El período de 70 años de pertenencia a la URSS supuso una nueva e importante etapa para el Estado azerbaiyano, durante la cual la República Socialista Soviética de Azerbaiyán cosechó importantes éxitos en materia de desarrollo social, económico y cultural. Al mismo tiempo, durante el período soviético también surgieron en Azerbaiyán, como en toda la URSS, muchas tendencias negativas.

38.En la esfera económica, el país se convirtió en un apéndice de la economía soviética en lo que respecta a los carburantes, las materias primas y la agricultura. En la esfera cultural, tras la sustitución del alfabeto latino por el cirílico quedaron segados los vínculos con las fuentes escritas de la cultura espiritual del pueblo azerbaiyano. El régimen soviético reprimió por todos los medios cualquier intento de la intelectualidad azerbaiyana de expresar la idiosincrasia nacional y estudiar la verdadera historia de su país.

39.Durante el régimen soviético, Azerbaiyán perdió los territorios de Zangazur, Gekch, parte de Najicheván y otros distritos, en provecho de la vecina Armenia. Como consecuencia de ello, el territorio de Azerbaiyán, que en 1920, período de la RDA, tenía 114.000 km2, se redujo entre 1920 y 1991 hasta llegar a los 86.600 km2. Además, el 7 de julio de 1923, por iniciativa de las autoridades de Moscú, el partido bolchevique del territorio del Karabaj histórico, poblado mayoritariamente por azerbaiyanos, separó artificialmente la región autónoma de Nagorno‑Karabaj poblada mayoritariamente por armenios. Esta decisión fue el primer paso de una política premeditada para separar Nagorno‑Karabaj de Azerbaiyán.

40.De 1988 a 1990 el Movimiento Nacional‑Democrático de Azerbaiyán llevó a cabo una activa campaña para el restablecimiento de la independencia del país. Para reprimir este movimiento, el Gobierno de la URSS, dirigido por M. Gorbachev, dispuso la entrada de tropas soviéticas el 20 de enero de 1990 en Bakú. Como consecuencia de las medidas represivas, de una inusitada crueldad, murieron o quedaron heridos cientos de ciudadanos azerbaiyanos inocentes. Se impuso en el país el estado de emergencia, que se prolongó hasta mediados de 1991. Con todo, y gracias al esfuerzo constante de las fuerzas patrióticas del pueblo azerbaiyano por la independencia, el 30 de agosto de 1991, el Sóviet Supremo de la República Azerbaiyana aprobó la Declaración sobre el restablecimiento de la independencia estatal de la República Azerbaiyana.

41.El 18 de octubre de 1991 se promulgó la Ley constitucional sobre la independencia estatal de la República Azerbaiyana, por la que se establecían las bases del ordenamiento estatal, político y económico del Azerbaiyán independiente. A partir de ese momento, la República Azerbaiyana volvía a ser un sujeto independiente de derecho internacional tras un paréntesis de 71 años.

B. Constitución de la República Azerbaiyana

42.La nueva Constitución de la República Azerbaiyana fue aprobada en referéndum el 12 de noviembre de 1995 y entró en vigor el 5 de diciembre de 1995. La Ley fundamental del país fue redactada teniendo en cuenta los principios y normas fundamentales del derecho internacional.

43.Con arreglo al artículo 1 de la Constitución, "el poder estatal en la República Azerbaiyana reside exclusivamente en el pueblo azerbaiyano".

44.Con arreglo al artículo 2 de la Ley fundamental, el pueblo de Azerbaiyán ejercerá su derecho soberano en forma directa mediante votación nacional (por referéndum) y a través de representantes elegidos sobre la base del sufragio universal, igual y directo, mediante voto libre, secreto y personal.

45.Con arreglo al artículo 7 de la Constitución, "el Estado azerbaiyano es una república democrática, de derecho, laica y unitaria. En la República Azerbaiyana el poder estatal sólo está limitado, en el caso de los asuntos internos, por la ley y, en el caso de los asuntos exteriores, por las disposiciones derivadas de los tratados internacionales en que sea Parte la República Azerbaiyana. El poder estatal en la República Azerbaiyana se basa en el principio de la división de poderes:

a)El poder legislativo es ejercido por el Milli Meclis (Parlamento)) de la República Azerbaiyana;

b)El poder ejecutivo corresponde al Presidente de la República Azerbaiyana;

c)El poder judicial es ejercido por los tribunales de la República Azerbaiyana.

Con arreglo a las disposiciones de la Constitución, los poderes legislativo, ejecutivo y judicial cooperan entre sí y son independientes en el marco de sus atribuciones.

46.Con arreglo al artículo 8 de la Constitución, "el Jefe del Estado es el Presidente de la República Azerbaiyana".

47.El Presidente de la República Azerbaiyana organiza el ejercicio del poder ejecutivo nombrando un Gabinete de Ministros, que es el órgano supremo del poder ejecutivo encabezado por el Presidente de la República Azerbaiyana, está subordinado al Jefe del Estado y debe rendirle cuentas.

48.Con arreglo al artículo 125 de la Constitución, "el poder judicial en el país es ejercido exclusivamente, por medio de la administración de justicia, los tribunales", a saber, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Económico y los tribunales generales y especiales de la República Azerbaiyana.

C. Agresión de la República de Armenia contra la República Azerbaiyana

49.Cuando aún formaba parte de la URSS, Azerbaiyán vio amenazadas su integridad territorial y su seguridad. En febrero de 1988, en una sesión del Consejo regional de la región autónoma de Nagorno-Karabaj (NKAO) de la RSS de Azerbaiyán en la que no participaron los diputados azerbaiyanos, se adoptó la decisión de separar la NKAO de Azerbaiyán y anexarla a Armenia. El 1º de diciembre de 1989 el Sóviet Supremo (Parlamento) de la RSS de Armenia adoptó una disposición (que no ha sido derogada) acerca de la incorporación a Armenia de la región azerbaiyana de Nagorno-Karabaj. Estas decisiones eran contrarias a la Constitución de la URSS y de la RSS de Azerbaiyán.

50.En 1988 comenzó la expulsión de los azerbaiyanos que vivían en Armenia. El Gobierno soviético no tuvo fuerzas para poner fin a los actos inconstitucionales de Armenia e impedir que se enviaran a Azerbaiyán formaciones militarizadas y grupos terroristas. Cuando comenzó el conflicto vivían en la NKAO 186.100 personas, de las cuales 138.600 eran armenias (73,5%) y 47.500 azerbaiyanas (25,3%).

51.Las operaciones militares a gran escala comenzaron entre fines de 1991 y principios de 1992. Las formaciones armadas armenias llevaron a cabo operaciones militares en Nagorno‑Karabaj con las armas más modernas hasta que ocuparon en febrero de 1992 la ciudad de Jodzhaly, donde murieron más de 600 civiles, comprendidos mujeres, niños y ancianos, y ocuparon, en mayo de 1992, la ciudad de Shusha y su distrito. Como resultado de estas acciones se expulsó de Nagorno-Karabaj a toda la población azerbaiyana y se completó la ocupación de la región. Tras la ocupación de Lachin en mayo de 1992, el territorio de Nagorno-Karabaj quedó unido a Armenia.

52.Posteriormente, las acciones militares traspasaron los límites de la región y se extendieron por el territorio de la República, más allá de las fronteras administrativas de la NKAO, llegando hasta la frontera entre Armenia y Azerbaiyán. Armenia ocupó otros seis distritos de Azerbaiyán.

53.De este modo, como resultado de la agresión contra la República Azerbaiyana fueron ocupados más de 17.000 km2, lo que representa aproximadamente el 20% del territorio nacional, más de 50.000 personas resultaron heridas o quedaron discapacitadas y más de 18.000 murieron, mientras que fueron saqueados o destruidos 877 asentamientos humanos, 100.000 edificios de viviendas, más de 1.000 instalaciones de producción, más de 600 escuelas y centros de enseñanza, 250 instituciones médicas y la mayor parte de los monumentos arquitectónicos de la zona ocupada. Actualmente se calcula que como resultado de la agresión y de la depuración étnica contra los azerbaiyanos tanto en el territorio de la propia Armenia como en las tierras azerbaiyanas ocupadas, en Azerbaiyán hay aproximadamente 1 millón de refugiados y desplazados.

D. Iniciativas de mediación para la solución del conflicto

54.En febrero de 1992 comenzó el proceso de mediación para la solución del conflicto armenio‑azerbaiyano en el marco de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE). En la sesión del Consejo de Ministros de la CSCE celebrada en Helsinki el 24 de marzo de 1992 se decidió celebrar en Minsk una conferencia sobre Nagorno‑Karabaj bajo la égida de la CSCE como foro de negociación permanente para hallar una solución pacífica al conflicto basándose en los principios, obligaciones y disposiciones de la CSCE.

55.El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en sus resoluciones 822 (1993), de 30 de abril de 1993, 853 (1993), de 29 de julio de 1993, 874 (1993), de 14 de octubre de 1993, y 884 (1993), de 11 de noviembre de 1993, condenó la ocupación del territorio de la República Azerbaiyana, reafirmó el respeto por la soberanía, la integridad territorial y la inviolabilidad de las fronteras de la República Azerbaiyana y la inadmisibilidad del empleo de la fuerza para la adquisición de territorios, y exigió la cesación inmediata de las hostilidades y los actos hostiles, así como el retiro inmediato, completo e incondicional de todas las fuerzas de ocupación de los distritos ocupados de Azerbaiyán.

56.Desde mayo de 1994 se observa un régimen de cesación del fuego. En la Cumbre de Budapest, celebrada los días 5 y 6 de diciembre de 1994, los Jefes de Estado de la CSCE adoptaron una decisión por la cual los jefes de Estado y de gobierno de los Estados miembros de la CSCE crearon una copresidencia de la Conferencia de Minsk para coordinar todas las iniciativas de mediación en el marco de la CSCE. La Cumbre de Budapest encargó al Presidente en ejercicio de la CSCE la celebración de negociaciones para la conclusión de un acuerdo político con respecto al cese del conflicto armado, cuya aplicación eliminaría importantes consecuencias del conflicto y permitiría convocar la Conferencia de Minsk. En la Cumbre se decidió también el despliegue de una fuerza multinacional de mantenimiento de la paz de la CSCE, después de concertar un acuerdo entre las partes para el cese del conflicto armado, así como el establecimiento de un grupo de planificación de alto nivel para preparar las operaciones de mantenimiento de la paz.

57.En la Cumbre de Jefes de Estado de la OSCE, celebrada en Lisboa el 3 de diciembre de 1996, se elaboraron los siguientes principios para resolver el conflicto armado, que fueron recomendados por los copresidentes del Grupo de Minsk de la OSCE y respaldados por todos los Estados miembros de la OSCE, con excepción de Armenia:

a)Integridad territorial de la República de Armenia y la República Azerbaiyana;

b)Régimen jurídico de Nagorno‑Karabaj, definido por un acuerdo basado en la libre determinación, que otorgue a Nagorno‑Karabaj el mayor grado de autonomía dentro de Azerbaiyán;

c)Garantías de la seguridad de Nagorno‑Karabaj y de toda su población, incluyendo la responsabilidad mutua de asegurar que todas las partes observen las disposiciones del arreglo.

58.En 1999 comenzaron las negociaciones directas entre los Presidentes de Armenia y Azerbaiyán, las cuales no culminaron en la solución del conflicto debido a la posición destructiva mantenida por la parte armenia. A pesar de las exigencias inequívocas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de otras organizaciones, Armenia sigue manteniendo hasta hoy territorios ocupados en Azerbaiyán e intensificando su poderío militar en ellos.

III. MARCO NORMATIVO GENERAL DE PROTECCIÓNDE LOS DERECHOS HUMANOS

59.Con arreglo al artículo 12 de la Constitución de la República Azerbaiyana, "la protección de los derechos y libertades de los seres humanos y los ciudadanos es el principal objetivo del Estado".

60.El Título III de la Constitución está consagrado a los derechos y libertades fundamentales de los seres humanos y los ciudadanos. A continuación se enumeran los artículos de este título:

Artículo 24:

Principios fundamentales sobre los derechos y libertades de los seres humanos y los ciudadanos

Artículo 25:

Derecho a la igualdad

Artículo 26:

Protección de los derechos y libertades de los seres humanos y los ciudadanos

Artículo 27:

Derecho a la vida

Artículo 28:

Derecho a la libertad

Artículo 29:

Derecho a la propiedad

Artículo 30:

Derecho a la propiedad intelectual

Artículo 31:

Derecho a una vida segura

Artículo 32:

Derecho a la inviolabilidad de la persona

Artículo 33:

Derecho a la inviolabilidad del hogar

Artículo 34:

Derecho a contraer matrimonio

Artículo 35:

Derecho al trabajo

Artículo 36:

Derecho de huelga

Artículo 37:

Derecho al descanso

Artículo 38:

Derecho a la protección social

Artículo 39:

Derecho a vivir en un entorno saludable

Artículo 40:

Derecho a la cultura

Artículo 41:

Derecho a la atención de la salud

Artículo 42:

Derecho a la educación

Artículo 43:

Derecho a la vivienda

Artículo 44:

Derecho a pertenecer a una etnia

Artículo 45:

Derecho a expresarse en la lengua materna

Artículo 46:

Derecho a la protección del honor y la dignidad

Artículo 47:

Libertad de pensamiento y de expresión

Artículo 48:

Libertad de conciencia

Artículo 49:

Libertad de reunión

Artículo 50:

Libertad de información

Artículo 51:

Libertad de creación

Artículo 52:

Derecho a la ciudadanía

Artículo 53:

Salvaguardia del derecho a la ciudadanía

Artículo 54:

Derecho a participar en la vida política de la sociedad y el Estado

Artículo 55:

Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos

Artículo 56:

Derecho de elegir y ser elegido

Artículo 57:

Derecho de apelación

Artículo 58:

Derecho de asociación

Artículo 59:

Derecho a la libre actividad empresarial

Artículo 60:

Salvaguardia judicial de los derechos y libertades

Artículo 61:

Derecho de asistencia letrada

Artículo 62:

Inadmisibilidad del cambio de jurisdicción

Artículo 63:

Presunción de inocencia

Artículo 64:

Inadmisibilidad de la condena por un delito ya castigado

Artículo 65:

Derecho de segunda apelación judicial

Artículo 66:

Inadmisibilidad de la obligación de testificar contra los familiares

Artículo 67:

Derechos de las personas sometidas a detención de corta duración, prisión preventiva e imputación de delito

Artículo 68:

Derecho a la indemnización de daños y perjuicios

Artículo 69:

Derechos de los extranjeros y los apátridas

Artículo 70:

Derecho de asilo político

Artículo 71:

Protección de los derechos y libertades de los seres humanos y los ciudadanos

61.En poco tiempo se han llevado a cabo en el país reformas jurídicas y judiciales en cuyo marco se adoptaron el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil y el Código de Ejecución de las Penas. Además, se promulgaron la Ley sobre el Tribunal Constitucional, la Ley de tribunales y jueces, la Ley sobre la fiscalía, la Ley sobre los abogados y la abogacía, la Ley de policía y otras leyes importantes. Se ha establecido un sistema judicial de tres niveles totalmente nuevo. Se han elegido y nombrado nuevos jueces por medio de exámenes. El sistema penal de la República Azerbaiyana ha sido armonizado con las normas internacionales.

62.Se ha aprobado la Ley constitucional del Ombudsman y se han introducido enmiendas en la Ley sobre la Comisión Electoral Central y la Ley sobre los medios de información. Cabe señalar que se procedió a estas modificaciones de la legislación nacional teniendo en cuenta la opinión y las recomendaciones de las organizaciones internacionales.

63.La sección VIII del Código Penal de la República Azerbaiyana, que entró en vigor el 1º de septiembre de 2000, trata de los delitos contra la persona. Esta sección comprende capítulos relativos a los delitos contra la vida y la salud (cap. 18, arts. 120 a 143), la libertad y la dignidad de la persona (cap. 19, arts. 144 a 148), la inviolabilidad y la libertad sexuales de la persona (cap. 20, arts. 149 a 153), los derechos y libertades constitucionales de los seres humanos y los ciudadanos (cap. 21, arts. 154 a 169) y los menores y las relaciones familiares (cap. 22, arts. 170 a 176).

64.Los medios de defensa judicial también están previstos en el Código de Procedimiento Penal, el Código de Ejecución de las Penas, la Ley sobre el examen de las peticiones de los ciudadanos, de 10 de junio de 1997, la Ley de indemnización a las víctimas de actos ilícitos cometidos por agentes del orden público o funcionarios judiciales durante las investigaciones, de 29 de diciembre de 1998, y la Ley de quejas ante los tribunales por las decisiones y actos u omisiones que violen los derechos y libertades de los ciudadanos, de 11 de junio de 1990.

65.Con arreglo al artículo 1 de la Ley de indemnización a las víctimas de actos ilícitos cometidos por agentes del orden público o funcionarios judiciales durante las investigaciones, "debe indemnizarse todo daño causado a una persona en territorio de la República Azerbaiyana por los órganos de instrucción, investigación preliminar, la fiscalía y los tribunales que sea consecuencia de actos ilícitos". En la ley se enumeran tales actos ilícitos.

66.La Ley de quejas ante los tribunales por las decisiones y actos (o su ausencia) que violen los derechos y libertades de los ciudadanos establece las normas para presentar quejas ante los tribunales por las decisiones y actos (u omisiones) que violen los derechos y libertades de los ciudadanos de la República Azerbaiyana refrendados en la Constitución y en los tratados internacionales en que sea Parte la República Azerbaiyana y reglamenta las relaciones que se derivan de la protección judicial de los derechos y libertades del ciudadano.

67.Con arreglo al artículo 1 de la Ley de quejas ante los tribunales por las decisiones y actos (u omisones) que violen los derechos y libertades de los ciudadanos tienen derecho a dirigirse a un tribunal, todos los azerbaiyanos que estimen que se han violado sus derechos y libertades como consecuencia de las decisiones y actos (u omisiones) de los órganos de la administración pública y las autoridades locales, las empresas, las instituciones y las organizaciones, las asociaciones públicas o los funcionarios. Los extranjeros y los apátridas pueden dirigirse a los tribunales competentes ateniéndose al procedimiento previsto por la ley, salvo que en los tratados internacionales en que sea Parte la República Azerbaiyana se prevea otro procedimiento.

68.Los órganos de la administración pública y las autoridades locales, las empresas, las instituciones y las organizaciones, las asociaciones públicas y los funcionarios deben acatar los fallos dictados por un tribunal. En caso de que no se cumplan estos fallos, los tribunales están facultados para tomar las medidas pertinentes con arreglo al procedimiento previsto por la legislación (artículo 7 de la Ley de quejas ante los tribunales por las decisiones y actos (u omisiones) que violen los derechos y libertades de los ciudadanos).

69.La Ley de protección pública de quienes toman parte en un proceso penal, de 11 de diciembre de 1998, establece un sistema de medidas para velar por la seguridad y la protección social de las víctimas y los testigos en un caso penal y el resto de personas que participen en él. Las medidas de seguridad previstas en esta ley se toman en aquellos casos en los que no pueda velarse por la seguridad de estas personas por otros medios.

70.La República Azerbaiyana es Parte en los principales tratados multilaterales en materia de derechos humanos y presenta periódicamente a los comités correspondientes para su examen informes sobre la aplicación de las disposiciones de estos tratados.

71.El 25 de diciembre de 2001 el Parlamento de la República Azerbaiyana ratificó el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

72.En Azerbaiyán pueden invocarse las disposiciones de los tratados internacionales en el marco del ordenamiento jurídico interno, tanto ante los tribunales como ante otras instancias administrativas.

73.Con arreglo a la sección II del artículo 12 de la Constitución de la República Azerbaiyana, "los derechos y libertades del ser humano y el ciudadano que se enumeran en esta Constitución se aplicarán de conformidad con los tratados internacionales en que sea Parte la República Azerbaiyana".

74.Con arreglo a la sección II del artículo 148 de la Constitución, "los tratados internacionales en que es Parte la República Azerbaiyana integran su ordenamiento jurídico".

75.El artículo 151 de la Constitución dispone que, "en caso de contradicción entre las disposiciones normativas jurídicas que forman parte del derecho de la República Azerbaiyana (salvo la Constitución de la República Azerbaiyana y los instrumentos aprobados por referéndum) y los tratados internacionales en que el país sea Parte, se aplicarán los tratados internacionales".

76.De conformidad con el Decreto del Presidente de la República Azerbaiyana de 22 de febrero de 1998 sobre medidas de protección de los derechos y libertades del ser humano y el ciudadano, el Gabinete de Ministros y la Oficina Ejecutiva de la Presidencia de la República Azerbaiyana deben tomar medidas, conjuntamente con los órganos estatales competentes, para velar, en el marco de la reforma legislativa en curso, por la plena compatibilidad entre las disposiciones normativas y jurídicas y las normas internacionales en materia de derechos humanos.

77.Asimismo, con el propósito de fomentar y defender los derechos humanos, el Presidente de la República Azerbaiyana promulgó un decreto relativo al programa estatal para proteger los derechos humanos, un decreto sobre medidas complementarias para garantizar las libertades de expresión, pensamiento e información, un decreto sobre la celebración del cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, etc.

78.En febrero de 1998, a propuesta del Presidente de la República Azerbaiyana, el Parlamento dispuso la abolición de la pena capital.

79.De conformidad con la Ley sobre el procedimiento de concertación, aplicación y denuncia de los tratados internacionales por la República Azerbaiyana, Azerbaiyán debe aplicar rigurosamente los tratados internacionales en que sea Parte con arreglo a las normas del derecho internacional.

80.Según el artículo 17 de esa ley, "el Gabinete de Ministros, los ministerios, los comités estatales, las instituciones y otros órganos estatales de la República Azerbaiyana a los que competan cuestiones reglamentadas en los tratados internacionales en que es Parte la República Azerbaiyana velarán por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por Azerbaiyán en virtud de dichos tratados".

IV. DIFUSIÓN E INFORMACIÓN

81.Según el artículo 25 de la Ley sobre el procedimiento de concertación, aplicación y denuncia de los tratados internacionales por la República Azerbaiyana, "los tratados internacionales de la República Azerbaiyana que hayan sido ratificados, o bien aprobados o adoptados de conformidad con la presente ley, así como los tratados internacionales a los que se haya adherido la República Azerbaiyana, se publicarán por petición del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Azerbaiyana en el Boletín del Milli Meclis y en el Boletín Oficial del Estado. Los tratados internacionales concertados por la República Azerbaiyana cuyos textos auténticos estén en otros idiomas se publicarán en una de esas lenguas junto con su traducción oficial al azerbaiyano".

82.De conformidad con el artículo 26 de esa ley, "todos los tratados internacionales concertados por la República Azerbaiyana serán inscritos por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Registro de tratados internacionales de la República Azerbaiyana. El registro de todos los tratados internacionales concertados por la República Azerbaiyana en la Secretaría de las Naciones Unidas o en los órganos competentes de otros organismos internacionales será competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Azerbaiyana".

83.El Ministerio de Justicia dispone de dependencias encargadas de la legislación y de su difusión, a la que compete, entre otras cosas, aumentar el grado de información de la ciudadanía en materia legislativa. Para ello, los funcionarios de cada dependencia colaboran con los medios de prensa y la televisión.

84.Los informes de la República Azerbaiyana acerca de los tratados internacionales en materia de derechos humanos en que es Parte son preparados por el Gobierno de conformidad con los decretos del Presidente y las decisiones del Gabinete de Ministros y son presentados al Secretario General de las Naciones Unidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Azerbaiyana.

85.Por disposición presidencial, se establecen grupos de trabajo encargados de la preparación de los informes, de los cuales forman parte representantes de los órganos estatales competentes. Colaboran también en la redacción de los informes representantes de organizaciones no gubernamentales y expertos independientes.

86.A través de los medios de información se da cuenta del proceso de preparación de los informes y de su presentación a los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos por las delegaciones gubernamentales.

87.En 1998 se publicó en Azerbaiyán, por iniciativa de la Comisión Nacional Azerbaiyana de la UNESCO, la Recopilación de instrumentos internacionales de derechos humanos.

88.En 2001 el Ministerio de Justicia publicó una Recopilación de documentos sobre derechos humanos que contiene los instrumentos internacionales, los decretos del Presidente de Azerbaiyán y las ordenanzas del Ministro de Justicia en materia de derechos humanos, prohibición de la tortura y protección de los derechos de los presos con arreglo a las normas internacionales en los centros penitenciarios. Consultan esta Recopilación todos los órganos de orden público del país, los centros penitenciarios y los jueces.

89.Las revistas "Vozroshdyenye ‑ XXI Vek" y "Meshdunarodnoe pravo" Renacimiento ‑ Siglo XXI y Derecho internacional, del Instituto del Estado y las Relaciones Internacional, y la Sociedad de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, publican periódicamente los textos de los instrumentos internacionales de derechos humanos en azerbaiyano, así como artículos científicos sobre los distintos aspectos del derecho internacional en esta esfera.

90.La divulgación de los instrumentos internacionales de derechos humanos también está prevista en el programa de asistencia técnica a Azerbaiyán de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

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