62º período de sesiones

26 de octubre a 20 de noviembre de 2015

* CEDAW/C/62/1 .

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Liberia

Consecuencias de la enfermedad del Ébola en las mujeres

El Comité observa que el Estado parte, organismos de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales han desarrollado planes de recuperación de los efectos del ébola. No obstante, sírvanse indicar si se llevará a cabo una evaluación amplia de las consecuencias en función del género derivadas del brote y si se revisarán según corresponda las estrategias y programas con el fin de garantizar que las intervenciones humanitarias, de emergencia y de prevención, así como todos los esfuerzos de recuperación tras el ébola, tengan en cuenta las necesidades específicas de las mujeres y las niñas. Sírvanse describir los programas específicos puestos en marcha o previstos para mitigar los efectos desproporcionados que tiene el brote en el empleo y la educación de las mujeres y las niñas e indiquen hasta qué punto contienen planes de protección social a largo plazo y sostenibles para las mujeres. Sírvanse asimismo facilitar información sobre la participación y las funciones de liderazgo de las mujeres en todas las respuestas de emergencia y tareas de recuperación, además de en la elaboración del Plan de Estabilización y Recuperación Económica de Liberia. Sírvanse señalar también las medidas adoptadas para aumentar el acceso de las mujeres, a la luz de su menor tasa de alfabetización, a información acerca de la prevención del ébola.

Marco constitucional e institucional y acceso a la justicia

En relación con el proceso de revisión constitucional mencionado por el Estado parte (CEDAW/C/LBR/7-8, pág. 6), sírvanse indicar los progresos realizados a la hora de incorporar a la Constitución una definición explícita y la prohibición de la discriminación directa e indirecta contra la mujer por parte de agentes públicos y privados, de conformidad con el artículo 1 de la Convención, tal y como recomienda el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/LBR/CO/6, párr. 13). Asimismo, sírvanse describir los resultados de las consultas realizadas desde 2013 para conocer las opiniones de las mujeres sobre la revisión de las leyes discriminatorias e indiquen la medida en que se han tenido en cuenta en la resolución aprobada las recomendaciones formuladas por las participantes (pág. 7).

El Comité señala que el Ministerio del Interior ha publicado directivas dirigidas a las autoridades locales para abolir los tribunales tradicionales y que se han creado tribunales de derecho civil en cada uno de los condados (ibid.). Sírvanse aportar información sobre la ejecución efectiva de dichas directivas. Sírvanse asimismo aclarar si los tribunales de derecho civil pueden aplicar las leyes consuetudinarias que siguen vigentes y, en caso afirmativo, expliquen la jerarquía entre el common law y el derecho consuetudinario, el alcance de ambos y las disposiciones que regulan su coexistencia. Proporcionen información sobre el funcionamiento y las competencias del modelo alternativo de arreglo de controversias creado por el Ministerio, que se emplea para la mediación en asuntos civiles principalmente en zonas rurales en las que las comunidades tienen menos acceso a los sistemas de justicia oficiales. Sírvanse indicar si se han adoptado medidas para facilitar el acceso efectivo de las mujeres a los tribunales, especialmente las mujeres rurales, en particular en los casos de violencia por razón de género y otras formas de discriminación, y para mejorar el conocimiento por parte de las mujeres de sus derechos en virtud de la Convención y la legislación nacional relacionada.

La mujer y la paz y la seguridad

Sírvanse proporcionar información sobre los resultados logrados y las medidas específicas desarrolladas en relación con la aplicación del plan de acción nacional para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, el cual abarcó el período 2009-2013. Indiquen también si se ha llevado a cabo alguna evaluación y si se aprobará un nuevo plan de acción.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

Sírvanse indicar si el Estado parte ha evaluado la aplicación de la Política Nacional sobre Cuestiones de Género aprobada en 2009 y prevé aprobar una nueva política. Indiquen asimismo si se han creado mecanismos de coordinación para garantizar la incorporación de la perspectiva de género en todos los ámbitos y niveles, en particular entre el Ministerio de Género y Desarrollo y los coordinadores sobre temas de género existentes en los ministerios y en los condados. Sírvanse especificar si se siguen realizando actividades en el marco del programa del ministerio sobre igualdad de género y empoderamiento económico de las mujeres. Sírvanse asimismo señalar los avances logrados en el desarrollo de un sistema específico para la recopilación y el análisis de datos desglosados por sexo relativos a todos los ámbitos contemplados en la Convención.

Instituciones nacionales de derechos humanos

El Comité observa que la Comisión Independiente de Derechos Humanos puede apoyarse en recursos como el habeas corpus, el mandamus y la prohibición (véase HRI/CORE/LBR/2014, párr. 21). Sírvanse aportar información sobre el uso que hacen las mujeres del mecanismo de presentación de denuncias individuales de la Comisión y sobre el resultado de las denuncias por discriminación por razón de género que recibe.

Medidas especiales de carácter temporal

El informe no menciona medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse indicar si se tienen pensadas o se han aplicado dichas medidas para acelerar la consecución de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los ámbitos contemplados en la Convención, incluso en lo que respecta a la educación y el empleo, y para acabar con las múltiples formas de discriminación a las que se enfrentan los grupos desfavorecidos de mujeres, entre las que se incluyen las mujeres rurales, las mujeres con discapacidad, las viudas, las mujeres y niñas afectadas por la guerra y las mujeres víctimas del ébola. Señalen también si el Estado parte ha adoptado medidas para establecer una base legislativa para el uso de dichas medidas.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse indicar si se ha llevado a cabo una evaluación de la repercusión de la campaña nacional de sensibilización sobre los papeles de las mujeres y los hombres en la sociedad. Sírvanse proporcionar información sobre cualquier medida específica adoptada con el fin de concienciar sobre las normas sociales y las actitudes estereotipadas que conducen a los estereotipos de género y sobre las consecuencias negativas de las prácticas nocivas en todos los niveles de la sociedad, en particular dentro del sistema educativo y los medios de comunicación, así como entre los funcionarios públicos, los dirigentes tradicionales y de la comunidad y las mujeres dirigentes de sociedades secretas.

El Comité señala que el Estado parte ha abolido la expedición de permisos a las personas que practican la mutilación genital femenina, que el artículo 6 de la Ley sobre la Infancia (2011) prohíbe la incorporación e iniciación forzosas de los menores de 18 años en sociedades secretas, y que la Circular núm. 12, publicada por el Ministerio del Interior en enero de 2013, prohíbe cualquier forma de práctica tribal ritual o tradicional (pág. 13). Sírvanse facilitar información actualizada sobre la aplicación efectiva de dichas disposiciones e indiquen si se han tomado medidas jurídicas contra las personas acusadas de violarlas. Además, en vista de la prevalencia de la mutilación genital femenina en el Estado parte, especialmente en las zonas rurales y las “escuelas Sande”, sírvanse indicar si el Estado parte pretende tipificar explícitamente como delito esta práctica con el fin de garantizar que se enjuicie y sancione adecuadamente a los delincuentes. Sírvanse aportar información sobre las medidas encaminadas a evitar los matrimonios forzosos y a edad temprana que, según el Estado parte, en algunas regiones cuentan con el apoyo de las prácticas consuetudinarias y religiosas (pág. 39). Asimismo, proporcionen ejemplos de casos en los que se hayan ejecutado las disposiciones que prohíben que los padres obliguen a sus hijas a contraer matrimonio.

Violencia contra la mujer

Sírvanse indicar si se ha establecido un plazo para la aprobación del proyecto de ley de violencia doméstica y si este contiene definiciones amplias de la violencia doméstica y la violación conyugal y las tipifica como delito de forma explícita. El Comité toma nota de la entrada en vigor, en 2006, de la legislación conocida como la Ley contra la violación y la creación, en 2008, de tribunales penales especializados para los casos de violencia por razón de género y de una dependencia de enjuiciamiento especializada. Sírvanse describir las medidas tomadas para aumentar la capacidad y los recursos de dichos tribunales y de la dependencia de enjuiciamiento y sus subdependencias en los distintos condados, por ejemplo para mejorar su capacidad de investigación y forense. Sírvanse indicar el número de casos registrados de violencia contra la mujer, investigaciones, enjuiciamientos y la naturaleza de las penas impuestas a los autores. Sírvanse indicar si se ha evaluado la aplicación del Plan de Acción contra la Violencia por Razón de Género (pág. 14) y faciliten datos actualizados relativos a las medidas adoptadas para que todos los condados dispongan de albergues y asegurar la sostenibilidad y accesibilidad de los ya existentes. Sírvanse describir las medidas específicas vigentes para luchar contra el soborno y la corrupción de los agentes de policía y hacer frente a la tasa extremadamente baja de denuncias debido al estigma social. Describan asimismo las medidas adoptadas para aumentar la conciencia de las mujeres respecto de las disposiciones penales sobre violencia sexual y animarlas a recurrir al enjuiciamiento penal formal en lugar de a arreglos extrajudiciales.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse facilitar información sobre los mecanismos existentes para garantizar el cumplimiento en la práctica de la Ley de Lucha contra la Trata de 2005, además de datos detallados sobre el número de denuncias recibidas por la trata de mujeres y niñas y el número de investigaciones, enjuiciamientos, condenas y penas impuestas a los autores durante el período objeto de informe. El Comité observa que la investigación a nivel nacional sobre la trata realizada en 2011 mostró que la mayoría de los niños y niñas víctimas de trata fueron utilizados en el comercio ambulante, la prostitución y el trabajo doméstico. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para prevenir la trata y proteger y proporcionar asistencia y apoyo jurídico a las víctimas. En concreto, incluyan información sobre el número de albergues para víctimas de trata y su financiación, la creación de sistemas de remisión y la formación del personal encargado de hacer cumplir la ley para que actúen con iniciativa en la identificación de las víctimas.

Sírvanse informar sobre la prevalencia de la prostitución, incluida la prostitución de niñas a gran escala, sobre el marco jurídico aplicable y su ejecución efectiva, y sobre los programas a los que pueden acceder las mujeres y las niñas que desean abandonar la prostitución.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse indicar el estado y el contenido actuales del proyecto de ley encaminado a promover la igualdad en la adopción de decisiones políticas, el cual está pendiente desde hace más de cuatro años. El Comité señala que el hecho de que la representación de las mujeres en el gabinete haya alcanzado el 30% (pág. 17) constituye un avance positivo. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para lograr la representación igualitaria de mujeres y hombres en la Cámara de Diputados, el Senado, el poder judicial, la administración pública a nivel nacional, de condado y de distrito y el servicio diplomático, incluso mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité sobre el tema. Asimismo, indiquen si el Estado parte ha creado programas de capacitación en técnicas de liderazgo y negociación y en asesoramiento técnico para la gestión de campañas, destinados en particular a las candidatas actuales y potenciales para ayudarlas a acceder a cargos públicos. Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto proporcionar incentivos a los partidos políticos para que designen a un número equitativo de mujeres y hombres como candidatos.

Nacionalidad

El Comité observa que, aunque la Constitución estipula que cualquiera de los progenitores puede transmitir su nacionalidad a sus hijos (art. 28), la sección 20.1 b) de la Ley de Extranjería y Nacionalidad no permite que las mujeres transmitan su nacionalidad a sus hijos cuando estos nacen fuera del Estado parte. Sírvanse aclarar cómo se ejecutan esas disposiciones contradictorias en la práctica y señalen si se han tomado medidas para eliminar las disposiciones discriminatorias con vistas a garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho a transmitir su nacionalidad. Expliquen también si los niños nacidos de madre liberiana y padre extranjero de un Estado africano pueden adquirir la nacionalidad de acuerdo con el principio de jus soli (secc. 20.1 de la Ley). Sírvanse indicar las medidas adoptadas para asegurar que todos los niños estén inscritos y para sensibilizar los padres sobre la importancia de registrar los nacimientos, especialmente en las zonas rurales.

Educación

El Comité considera que la aprobación de la Ley de Reforma de la Enseñanza en 2011 y el examen de la política sobre la educación de las niñas en 2013 constituyen un progreso positivo. Sírvanse describir las medidas específicas adoptadas como parte de la reforma educativa para animar a las niñas a considerar campos de estudio y profesiones no tradicionales, especialmente en el caso de las niñas de zonas rurales, donde los programas de formación profesional siguen estando basados en estereotipos y las niñas reciben capacitación en los ámbitos de la sastrería, la fabricación de jabón y el teñido (pág. 24). Sírvanse proporcionar datos actualizados y detallados, desglosados por sexo y zona (rural/urbana), sobre las tasas de escolarización en todos los niveles del sistema educativo, las tasas de deserción escolar en la enseñanza primaria y secundaria, y el nivel de analfabetismo entre las mujeres. Sírvanse describir los esfuerzos realizados para eliminar en los libros de texto y los materiales educativos los estereotipos sobre los papeles y responsabilidades de las mujeres y los hombres. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer frente al analfabetismo de las mujeres adultas en las zonas rurales, en particular mediante programas amplios de educación en la enseñanza oficial y no oficial. Sírvanse describir las políticas y normativas existentes relativas al acoso y abuso sexual de las niñas en las escuelas (pág. 21), incluidos los mecanismos para enfrentarse a los incidentes de acoso, abuso o violencia. Sírvanse facilitar información sobre los casos denunciados y sus resultados, incluidas las penas impuestas.

Empleo

Sírvanse indicar el estado del Proyecto de Ley de Trabajo Decente (pág. 26), en particular si este incluye disposiciones que prohíban el acoso sexual y ambientes de trabajo hostiles, establece procedimientos de denuncia adecuados, compensaciones y sanciones suficientes y ofrece protección a las mujeres del sector informal, especialmente en lo referente a prestaciones sociales. Sírvanse aportar información sobre el contenido y la ejecución de las disposiciones de igualdad contenidas en la política nacional de empleo y en su plan de acción. Informen asimismo sobre las medidas específicas adoptadas para promover la integración de las mujeres en la fuerza de trabajo del sector formal, dadas las tasas desproporcionadas de mujeres que trabajan en el sector informal, especialmente en los sectores agrícola y del comercio al por menor. Sírvanse facilitar información sobre los mecanismos creados para garantizar la plena aplicación de las leyes de trabajo infantil y las normas para abordar los casos de trabajo forzoso y esclavitud doméstica y para supervisar las condiciones de trabajo de las mujeres en las industrias extractivas, en concreto en la minería.

Salud

Se afirma que en el Estado parte hay una elevada tasa de mortalidad materna que se atribuye a la hemorragia puerperal directa, la obstrucción del canal del parto o parto prolongado, complicaciones de un aborto en condiciones de riesgo, eclampsia, malaria y anemia (pág. 30). En vista de la interrupción de los servicios de atención a la salud no relacionados con el ébola, sírvanse brindar información sobre las estrategias y programas vigentes para acabar con los mayores niveles de mortalidad materna, aumentar el acceso a la atención prenatal, también en las zonas rurales, y hacer frente a la feminización del VIH/SIDA y reducir la vulnerabilidad de las mujeres, incluso a través de la sensibilización.Asimismo, proporcionen información sobre la prevalencia del embarazo precoz y las medidas previstas para seguir aumentando la disponibilidad y accesibilidad de una educación integral y adaptada a la edad sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, así como de servicios de planificación familiar, especialmente para los adolescentes. Sírvanse indicar también si se han adoptado medidas para difundir información sobre métodos anticonceptivos. Sírvanse informar sobre las disposiciones jurídicas que rigen el aborto, indiquen si está permitido bajo determinadas circunstancias y describan el modo en que las disposiciones se aplican en la práctica.

Mujeres en zonas rurales

Sírvanse aportar información sobre la aplicación bajo los auspicios del Ministerio de Género y Desarrollo del programa nacional destinado a mujeres rurales (pág. 35), indiquen si se ha llevado a cabo una evaluación de los efectos y, si así fuera, proporcionen información sobre los resultados obtenidos. Sírvanse facilitar información específica sobre el funcionamiento, las competencias, la composición, el mandato y la capacidad de las estructuras para mujeres rurales supervisadas por el Ministerio e indiquen si se realizará una evaluación de sus efectos con el fin de determinar los avances alcanzados. Indiquen asimismo las medidas positivas adoptadas para fomentar la participación de las mujeres rurales en los procesos de adopción de decisiones de la comunidad, en particular a la hora de desarrollar políticas y leyes en ámbitos que afectan a sus derechos, tales como la gestión de la tierra y las políticas agrícolas.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse brindar información sobre las medidas adoptadas o previstas para armonizar las disposiciones jurídicas que establecen distintas edades mínimas para contraer matrimonio para las niñas y los niños (en la Ley de igualdad de derechos en el matrimonio consuetudinario y la Reglamentación revisada de los territorios del interior de Liberia) con la Ley sobre la Infancia, que fija la edad a los 18 años tanto para las niñas como para los niños. Sírvanse indicar si las mujeres que contraen matrimonio en virtud del derecho consuetudinario pueden recurrir a tribunales civiles para los asuntos relacionados con el matrimonio, las relaciones familiares y la herencia. Sírvanse aclarar la situación jurídica del matrimonio polígamo, habitual en el Estado parte. Sírvanse facilitar información sobre las medidas tomadas para imponer el cumplimiento de la prohibición legal del matrimonio a edad temprana y forzoso, incluidas las penas impuestas, sobre todo en las zonas rurales.

El Comité toma nota de la enmienda de la Ley de Herencia para eliminar las disposiciones discriminatorias que afectan a las mujeres en las zonas rurales y urbanas. Sírvanse indicar si el derecho de las mujeres para adquirir y poseer bienes continúa vinculado al estado civil en virtud tanto del derecho consuetudinario como de la legislación y, en caso afirmativo, si está previsto revisar y eliminar dicho impedimento. Indiquen también las medidas tomadas para garantizar que los documentos y títulos de propiedad oficiales, tales como las escrituras y los arrendamientos, también se expidan a nombre de las mujeres cuando se adquieran de forma conjunta durante el matrimonio. Sírvanse señalar las medidas adoptadas para aumentar el conocimiento de las mujeres sobre sus derechos en virtud de la Ley de Herencia.