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Siglas

4

Capítulo I: Introducción

5

Capítulo II: Cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas a los informes periódicos sexto y séptimo

6

Artículos 1 a 4

6

Asamblea Nacional

6

Definición de la no discriminación contra la mujer

8

Estatuto jurídico del tratado

8

Visibilidad de la Convención

9

Mecanismos jurídicos de denuncia e instituciones de derechos humanos

11

Medidas especiales de carácter temporal

12

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

16

Institución nacional de derechos humanos

18

Ratificación de otros tratados

18

Organizaciones no gubernamentales

19

Artículo 5: Estereotipos y prácticas culturales

19

Violencia contra la mujer

20

Definición de la violación en la legislación

23

Artículo 6: Lucha contra la trata y explotación de la prostitución

24

Trata

24

Explotación de la prostitución

26

Artículo 7: Eliminación de la discriminación contra la mujer en la vida política y pública

26

Participación en la vida política y pública

26

Artículo 8: Representación y participación en el plano internacional

28

Artículo 10: Educación

28

Artículo 11: Empleo

31

Trabajadoras

31

Trabajadoras migrantes

32

Artículo 12: Igualdad de acceso a los servicios de salud

33

Salud

33

VIH/SIDA

36

Artículo 13: Derechos a prestaciones económicas y sociales

37

Artículo 14: Mujeres de las zonas rurales

38

Mujeres de las zonas rurales

38

Grupos vulnerables de mujeres

40

Artículo 15: Igualdad ante la ley

41

Artículo 16: Matrimonio y relaciones familiares

42

Relaciones familiares

42

Recopilación y análisis de datos

43

Preparación del próximo informe

43

Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y difusión de las observaciones finales

43

Objetivos de Desarrollo del Milenio

43

Seguimiento de las observaciones finales

43

Asistencia técnica

44

Capítulo III: Conclusión

45

Lista de figuras y cuadros

Figura 1: Organigrama de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer

48

Cuadro 1: Estadísticas de la educación

49

Cuadro 2: Gasto del sector de la educación por subsector

49

Cuadro 3: Salud reproductiva

50

Cuadro 4: Causas penales por violencia contra la mujer de 2010 a 2013 (observación final núm. 14)

51

Cuadro 5: Resumen de las actividades formativas sobre leyes relacionadas con la trata de personas impartidas en 2009-2014 (observación final núm. 28)

52

Cuadro 6: Número de prostitutas que asistieron a actividades grupales en 2014 (observación final núm. 30)

52

Cuadro 7: Porcentaje de mujeres en la Asamblea Nacional (observación final núm. 32)

53

Cuadro 8: Porcentaje de mujeres en puestos de adopción de decisiones (observación final núm. 32)

53

Cuadro 9: Víctimas de municiones sin detonar

54

Siglas

ADWLE

Association for Development of Women and Legal Education

BASD

Banco Asiático de Desarrollo

CARE

CARE International

CDN

Convención sobre los Derechos del Niño

CDPD

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

CEDCM

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

CESPAP

Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico

CIEDR

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

COMMIT

Iniciativa Ministerial Coordinada del Mekong contra la Trata

GDA

GenderDevelopmentAssociation

LAI

Lao Australia Institute

LDWDC

Lao Disabled Women’s Development Centre

NCA

NorwegianChurchAid

ODM

Objetivos de Desarrollo del Milenio

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONU-Mujeres

Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres

PIB

Producto interno bruto

UNFPA

Fondo de Población de las Naciones Unidas

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Capítulo I

Introducción

La República Democrática Popular Lao ratificó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDCM) en 1981. En 2008, la República Democrática Popular Lao presentó sus informes periódicos sexto y séptimo combinados sobre la aplicación de la CEDCM. En 2013, con el objetivo de responder a las observaciones finales formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la República Democrática Popular Lao presentó otros dos informes sobre la violencia contra la mujer (párr. 24) y sobre las trabajadoras migrantes (párr. 43).

Entre 2010 y 2015, el Gobierno lao se esforzó enormemente en ejecutar el Séptimo Plan Quinquenal Nacional de Desarrollo Socioeconómico y estableció el objetivo de salir de la categoría de países menos adelantados (PMA) en 2020. Un componente esencial de estos esfuerzos de desarrollo es la aplicación de la política para la eliminación de la discriminación contra la mujer, que centra su atención en la igualdad de género, la promoción del adelanto de la mujer y el empoderamiento integral de las mujeres.

El presente documento, compuesto por los informes periódicos octavo y noveno combinados, que responden a las observaciones finales de los informes periódicos sexto y séptimo, incluye información relativa a la ejecución de la política para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la cual se concentra en la igualdad de género, la promoción del adelanto de la mujer, el empoderamiento integral de las mujeres y la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) pertinentes.

La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer desempeñó un papel crucial en el proceso de preparación del presente informe para ayudar al Gobierno lao a difundir la CEDCM y las observaciones finales y a recopilar información sobre el cumplimiento de lo indicado en dichas observaciones. En primer lugar, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer publicó manuales, tanto en inglés como en lao, sobre las observaciones finales incluidas en los informes periódicos sexto y séptimo y distribuyó esos manuales entre las subcomisiones para el adelanto de la mujer de los ministerios y organizaciones competentes a nivel central y local, la Asamblea General, organismos judiciales y organizaciones populares, con vistas a que comprendieran mejor sus obligaciones en virtud de la CEDCM a fin de incorporarlas en las políticas, las estrategias y los planes de trabajo de sus organizaciones, así como para que adoptaran medidas concretas para su cumplimiento. En segundo lugar, la Comisión organizó una serie de talleres consultivos destinados a divulgar y compartir las observaciones finales con asociados para el desarrollo como la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y otras partes interesadas en el proceso de ejecución. En tercer lugar, en lo que respecta a la recopilación de información sobre la ejecución de la CEDCM, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer celebró una serie de talleres consultivos con las subcomisiones de los niveles central y local. En el plano local, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer analizó y evaluó la puesta en práctica de las observaciones finales en tres provincias —Luang Namtha, Xekong y Borikhamxay—, así como en la capital, Vientián, como ejemplo de su aplicación. Como parte de este proceso la Comisión visitó algunas aldeas en las que se estaban llevando a la práctica proyectos con el respaldo de sus asociados para el desarrollo. Además, la Comisión organizó reuniones bianuales y anuales en los períodos 2011-2012 y 2012-2013 orientadas a examinar el cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales en cooperación con los ministerios competentes, organizaciones, las administraciones locales y organizaciones populares.

El informe contiene información y datos estadísticos facilitados por la Oficina Nacional de Estadística, las subcomisiones para el adelanto de la mujer y asociados para el desarrollo, en particular ONU-Mujeres, el UNFPA, instituciones financieras internacionales, organizaciones no gubernamentales internacionales (ONGI) y organizaciones de la sociedad civil (OSC) o asociaciones sin fines de lucro locales. La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer organizó igualmente una serie de talleres consultivos para compartir el proyecto del informe con los ministerios pertinentes, las administraciones locales y otras partes interesadas, a fin de que hicieran aportaciones adicionales a este.

Los presentes informes periódicos octavo y noveno combinados, que abarcan el período 2010-2014, se presentan junto con el documento básico común al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de las Naciones Unidas.

El informe está compuesto por los siguientes tres capítulos:

Capítulo I: Introducción

Capítulo II: Cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas a los informes periódicos sexto y séptimo

Capítulo III: Conclusión

El informe presenta los progresos realizados en el cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales del CEDAW relativas a los informes periódicos sexto y séptimo combinados.

Capítulo II

Cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas a los informes periódicos sexto y séptimo

Artículos 1 a 4

Asamblea Nacional (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 8)

La Asamblea Nacional fundó en 2010 la Asamblea Electoral de Mujeres, una organización compuesta por mujeres miembro de la Asamblea General bajo la supervisión del Comité Permanente de dicho órgano. La Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional da prioridad a la incorporación de la igualdad de género en el proceso normativo y la vigilancia del cumplimiento de la Constitución, las leyes y las políticas relativas a la igualdad de género, el adelanto de la mujer y cuestiones relacionadas con la maternidad, a fin de hacer realidad los ODM relevantes y promover el desarrollo y la protección de mujeres y niños.

La Asamblea Electoral de Mujeres está formada por todas las mujeres miembro de la Asamblea Nacional y dispone de una secretaría que le asiste en sus funciones. La Asamblea Electoral ha sentado un buen ejemplo en la promoción y movilización de asistencia para tareas relacionadas con las mujeres y los niños, en especial en la lucha contra la violencia contra las mujeres y los niños, y también analiza las leyes y regulaciones de los principales sectores vinculados a estos grupos de la población.

En 2011 la Asamblea Electoral de Mujeres elaboró su plan de acción para 2011-2015 y las directrices sobre la transversalización de la perspectiva de género en la séptima legislatura de la Asamblea Nacional (2011-2015). El plan de acción engloba 12 programas:

•El programa de desarrollo del mecanismo nacional de coordinación entre la Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional, la Unión de Mujeres Lao y la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer;

•El programa para supervisar la ejecución de las políticas, la Constitución, la legislación y la CEDCM en los distritos electorales;

•El programa para contribuir a la elaboración y la mejora de leyes relacionadas con la protección de los derechos e intereses de las mujeres y los niños para fomentar el adelanto de la mujer;

•El programa para impulsar la representación de las mujeres lao pertenecientes a todos los grupos étnicos en los distritos electorales;

•El programa de cooperación con asambleas electorales de mujeres de Parlamentos extranjeros;

•El programa para mejorar la estrategia de transversalización de la perspectiva de género en las actividades de la Asamblea Nacional conforme a las directrices sobre la materia en la séptima legislatura de la Asamblea; y

•Otros programas.

Desde 2012 la Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional ha llevado a cabo actividades en varias provincias y sectores con el objetivo de vigilar y apoyar las estrategias sobre el adelanto y el desarrollo de la mujer, la participación de la mujer en el desarrollo socioeconómico y la aplicación de los ODM y la CEDCM, a fin de recabar información sobre la participación de la mujer en cargos decisorios a todos los niveles, difundir el mandato, los derechos y las obligaciones de los miembros de la Asamblea Nacional en la séptima legislatura, y recibir observaciones y sugerencias de los ciudadanos y las administraciones locales.

Definición de la no discriminación contra la mujer (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 9)

La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños, que se ajusta a la definición de no discriminación contra la mujer establecida en la CEDCM y otros instrumentos internacionales de derechos humanos. El párrafo 14 del artículo 4 de esta ley determina que “discriminación contra la mujer” se refiere a cualquier distinción, exclusión o restricción que se base en la raza, el color, el sexo, la etnia, la religión, el idioma, el nivel educativo, los conocimientos y capacidades, la inteligencia, la situación socioeconómica, el estado de salud, la apariencia física y la discapacidad de una mujer, así como en cualquier otro aspecto que impida la observancia de sus derechos. El Código Penal también establece en su artículo 177 que toda persona que discrimine a una mujer o que obstaculice, impida o limite la participación de cualquier mujer en actividades políticas, económicas, socioculturales o familiares a causa de su género será castigada con una pena de prisión de 1 a 3 años y con una multa de entre 1.000.000 y 3.000.000 de kip.

Estatuto jurídico del tratado (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 10)

La República Democrática Popular Lao ha realizado los progresos que se exponen a continuación en la aplicación de esta observación final y de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en lo que respecta a la mujer y la economía.

La promoción y protección de los derechos de la mujer constituye una prioridad para el Gobierno lao, lo cual se refleja en su adhesión a la CEDCM, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y otros convenios internacionales. El Gobierno lao ha aprobado leyes y promulgado medidas que garantizan la efectividad de un marco jurídico destinado a proteger los intereses de las mujeres y a prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas. Para asegurar los derechos de la mujer resulta fundamental promover, difundir y aplicar leyes y regulaciones, en especial relativas al acceso de las mujeres a la justicia.

Con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la CEDCM, la Asamblea Nacional ha aprobado una serie de leyes que contienen disposiciones de la Convención, como los artículos 35 y 37 de la Constitución de la República Democrática Popular Lao enmendada en 2015, que estipulan que todos los ciudadanos del país son iguales ante la ley con independencia de su género, condición social, nivel educativo, creencias y etnia, y que los ciudadanos lao de ambos géneros gozan de los mismos derechos en los ámbitos político, económico, cultural y social y en los asuntos familiares. El artículo 29 de la Constitución afirma que el Estado, la sociedad y las familias contribuyen a la ejecución de políticas de desarrollo, al progreso de las mujeres y a la protección de los derechos y prestaciones legítimos de las mujeres y los niños. Por el momento, la Asamblea Nacional ha adoptado diversas leyes nuevas y ha enmendado otras para que estén en consonancia con los principios de la promoción de la igualdad entre los géneros y la eliminación de todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres y los niños. Entre ellas figuran la Ley sobre el Desarrollo y la Protección de la Mujer de 2004; la Ley sobre la Unión de Mujeres Lao de 2013; la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños de 2015; la Ley de Educación enmendada en 2015, cuyo artículo 4 estipula que el Gobierno brinda igualdad de oportunidades educativas a las personas lao de todos los grupos étnicos, en especial a las que viven en zonas remotas, las mujeres y los niños y los grupos desfavorecidos; la Ley de Trabajo enmendada en 2013, cuyo artículo 45 establece que los empleados que realicen un trabajo igual en cantidad, calidad y valor tienen derecho a recibir los mismos salarios, estipendios y prestaciones sin sufrir discriminación a causa de su raza, nacionalidad, género, edad, religión, fe o situación socioeconómica; y la Ley de Proceso Penal enmendada en 2012, cuyo artículo 13 determina que los procesos penales deben llevarse a cabo partiendo de la igualdad de derechos de todos los ciudadanos ante la ley y los tribunales populares sin que sean discriminados como consecuencia de su género, raza, etnia, situación socioeconómica, idioma, nivel educativo, ocupación, fe, lugar de residencia u otras causas. Asimismo, el artículo 6 11) de la Ley del Presupuesto Estatal enmendada en 2015, relativo a los principios del presupuesto del Estado, determina que el gasto del presupuesto estatal deberá velar por la igualdad de género.

La República Democrática Popular Lao cuenta con dos leyes que rigen la condición jurídica que tienen en el país los tratados internacionales en los que es parte, incluida la CEDCM. En primer lugar, el Decreto Presidencial sobre la Conclusión, Adhesión y Aplicación de Tratados de 2009, cuyo artículo 35 establece que la aplicación de los tratados supone la transposición de lo dispuesto en ellos a las políticas y leyes nacionales con arreglo a sus propósitos. Los tratados se aplican a nivel nacional formulando y mejorando las políticas del Estado, enmendando las leyes existentes y promulgando nuevas leyes que garanticen la coherencia con los tratados en los que la República Democrática Popular Lao es parte y el cumplimiento de estos. Por su parte, el artículo 31, párrafo 4, del Decreto Presidencial dispone que, si una disposición de la legislación nacional es distinta o contraria a lo dispuesto en un tratado internacional sobre el mismo asunto en el que la República Democrática Popular Lao sea parte, prevalecerá lo indicado en el tratado internacional. En segundo lugar, la Ley sobre la Formulación de Leyes de 2012, cuyos artículos 7 2) y 9 determinan que la formulación y modificación de leyes y disposiciones subsidiarias deberá ser coherente con los tratados en los que la República Democrática Popular Lao sea parte y que, en el caso de que las disposiciones de la legislación existente o recientemente aprobada contradigan lo establecido en los tratados conexos en los que el país sea parte, prevalecerá lo dispuesto en dichos tratados y la legislación nacional correspondiente será modificada a su debido tiempo.

Visibilidad de la Convención (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 12)

El Gobierno lao ha concedido una gran importancia a la promoción y protección de los derechos de las mujeres mediante la concienciación, el fomento del desarrollo de la capacidad y la mejora de las medidas y los mecanismos existentes con vistas a asegurar la visibilidad de la CEDCM, la sensibilización sobre ella y su aplicación en todos los sectores.

La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, actuando como mecanismo interministerial encargado de asistir y apoyar al Gobierno en la promoción del adelanto de la mujer y como centro nacional de coordinación para la puesta en práctica de la CEDCM, ha organizado una serie de talleres, seminarios y programas de formación de formadores que versan sobre la difusión de la Convención y las observaciones finales y la concienciación acerca de estas, al tiempo que ha publicado y distribuido manuales en la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y las subcomisiones de los ministerios competentes y entre los funcionarios públicos a nivel central y local, los miembros de la Asamblea Nacional y las asambleas populares provinciales, fiscales y jueces y el público en general.

De 2013 a 2015 el Ministerio de Justicia, en cooperación con ONU-Mujeres, organizó una serie de seminarios acerca del acceso a la justicia de las mujeres en los que participaron 216 funcionarios. El 42,6% de ellos fueron mujeres procedentes de instituciones del sector de la justicia como las autoridades judiciales de las provincias y de Vientián, la capital del país, el Tribunal Popular Supremo, la Oficina de la Fiscalía Popular Suprema y las oficinas judiciales de distrito, así como funcionarias encargadas de la interrogación e investigación en el Ministerio de Seguridad Pública, funcionarias de las dependencias de detención de dicho ministerio, y miembros de la Asamblea Nacional. A los seminarios también asistieron 761 estudiantes de Derecho de la Facultad de Derecho de Vientián, un 46,1% de ellos mujeres, y 182 personas de 40 aldeas de cinco distritos de Vientián capital, de las que el 39% eran mujeres. El Ministerio de Justicia ha trabajado en la elaboración de un manual sobre el acceso a la justicia de las mujeres en cooperación con el Ministerio de Seguridad Pública, la Oficina de la Fiscalía Popular Suprema, el Tribunal Popular Supremo, la Unión de Mujeres Lao, la secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y el Departamento de Gestión de Solicitudes de la Asamblea Nacional.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, con la asistencia del entonces denominado Proyecto de Derecho Internacional, el Proyecto de Apoyo a la Ejecución del Plan Maestro para el Sector Jurídico y otras iniciativas (en especial de la Unión Europea (UE) y Australia), organizó varias sesiones de formación de formadores en materia de derecho internacional y convenios de derechos humanos dirigidas a funcionarios judiciales de los niveles central y provincial, con miras a incrementar su capacidad de aplicar el derecho internacional en distintos niveles y así tener en cuenta las obligaciones contraídas en virtud de varios tratados, garantizando con ello que los veredictos y decisiones judiciales no contradigan los tratados en que la República Democrática Popular Lao es parte. En el marco de los proyectos e iniciativas antes mencionados se organizaron también sesiones de capacitación sobre derecho internacional y derechos humanos dirigidas a estudiantes de las facultades de Derecho, la Escuela Militar de la provincia de Champasack y la Academia de Policía de Vientián capital.

El Gobierno lao llevó a cabo actividades orientadas a divulgar la CEDCM y fomentar la protección de los derechos de la mujer y el niño a través de emisiones televisivas y de la radio nacional, altavoces comunitarios, periódicos y varios sitios web. El Gobierno organizó la celebración de fechas conmemorativas importantes como el Día Internacional de la Mujer, el aniversario de la creación de la Unión de Mujeres Lao y el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Estas celebraciones se han divulgado en los canales de comunicación en masa con el fin de transmitir a la población la situación de la mujer lao y acabar con las actitudes y conductas que perjudican el adelanto de la mujer y con cualquier acto de violencia contra las mujeres y los niños. En 2015 la televisión emitió la declaración pronunciada por el Presidente de la República Democrática Popular Lao con motivo de la celebración del 60º aniversario de la Unión de Mujeres Lao, que también fue publicada en los periódicos. Desde 2011 los medios de comunicación también emiten y publican la declaración que realiza el Primer Ministro lao con ocasión del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

El Ministerio de Información, Cultura y Turismo ha tratado de concienciar sobre la CEDCM, los derechos humanos de las mujeres y la violencia contra la mujer, y de incrementar la visibilidad de estos aspectos mediante diversas actividades y los medios de comunicación, con la participación activa de mujeres periodistas jóvenes. La televisión y la radio cuentan con 676 nuevos periodistas y presentadores, el 35% de los cuales son mujeres. El Ministerio de Información, Cultura y Turismo incorpora la perspectiva de género en sus planes para el sector con miras a producir medios de comunicación que se basen en las necesidades e intereses de las mujeres y las niñas, protejan frente a la pornografía y fomenten el desarrollo de la capacidad en materia de género. Estas actividades del Ministerio de Información, Cultura y Turismo contribuyeron además a la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en lo que respecta a la mujer y los medios de difusión.

Varios asociados para el desarrollo han creado medios de comunicación sobre la igualdad de género y la prevención de la violencia contra la mujer cooperando con los sectores relevantes del gobierno u organizaciones populares, en especial la Unión de Mujeres Lao. Por ejemplo, en 2013 la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y la Comisión Nacional para Madres e Hijos elaboraron un documental sobre la violencia doméstica con la cooperación y asistencia del Gobierno de Australia. En 2014 ONU-Mujeres, conjuntamente con el Ministerio de Educación y Deportes, rodó un vídeo musical con un famoso cantante para animar a los jóvenes a denunciar la violencia contra las mujeres.

Organizaciones no gubernamentales internacionales (ONGI) como Care International, Norwegian Church Aid (NCA) y Village Focus International y organizaciones de la sociedad civil (OSC) y asociaciones sin fines de lucro locales, como la Gender Development Association (GDA) y la Association for Development of Women and Legal Education (ADWLE), también han divulgado con distintos proyectos la CEDCM y leyes relacionas especialmente con los derechos de las mujeres, y han creado herramientas de promoción como carteles y panfletos con ilustraciones y pequeñas obras de teatro en los idiomas de distintas etnias para llegar a comunidades étnicas como, por ejemplo, el grupo étnico akha del norte de la República Democrática Popular Lao.

Mecanismos jurídicos de denuncia e instituciones de derechos humanos (CEDAW/C/ LAO/CO/7, párrs. 13 y 14)

La Constitución de la República Democrática Popular Lao, enmendada recientemente en 2015, determina el derecho de la población lao a presentar denuncias y peticiones en su artículo 41, el cual dispone que los ciudadanos lao tienen derecho a presentar denuncias y peticiones y a proponer ideas a las organizaciones estatales pertinentes en relación con cuestiones de interés público o relacionadas con sus propios derechos e intereses. Además, en 2015 la República Democrática Popular Lao también modificó la Ley de Gestión de Peticiones.

Con arreglo a esta ley, los miembros del pueblo lao multiétnico que consideren que las actuaciones de funcionarios del Estado o terceras partes han vulnerado sus derechos y libertades pueden presentar una solicitud, denuncia o queja para recibir justicia por medio de tres mecanismos:

1)Se pueden presentar solicitudes a la autoridad administrativa del Estado, que está formada por la administración de las aldeas, las autoridades del distrito, la prefectura, la provincia y la capital, ministerios, y organizaciones estatales y gubernamentales que tienen el mandato de recibir denuncias de los ciudadanos u organizaciones a fin de valorar la posibilidad de proporcionar reparación por las actuaciones de personas o las decisiones de organizaciones que se consideren una violación de las leyes y reglamentos, injustas o perjudiciales para los intereses del Estado o colectivos o para los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.

2)Se pueden presentar denuncias ante las organizaciones judiciales compuestas por la Oficina de la Fiscalía Popular Suprema y el Tribunal Popular Supremo y sus respectivos niveles organizativos. Conforme a la Ley de la Oficina de la Fiscalía Popular Suprema enmendada en 2009, la Oficina de la Fiscalía tiene la responsabilidad primordial de iniciar causas penales en el tribunal, así como la función fundamental de facilitar el acceso al sistema judicial, informar sobre él e investigar el abuso de poder o conductas inadecuadas.

3)Se pueden presentar peticiones de justicia ante la Asamblea Nacional, que tiene el deber de recibir peticiones de justicia de la población, así como de atender causas iniciadas por mujeres. En especial, durante las sesiones de la Asamblea Nacional existe una línea de asistencia para que la población exprese su opinión sobre diversos temas para su examen por parte de la Asamblea.

Además de los mecanismos ya mencionados existe la Autoridad Gubernamental de Vigilancia y Lucha contra la Corrupción, la cual ha estado operativa en los planos central, ministerial y provincial para vigilar las conductas de los empleados estatales y recibir peticiones de la población.

Los tribunales han registrado y almacenado las estadísticas de las denuncias presentadas ante ellos. El Departamento de Gestión Técnica y Estadísticas de los Tribunales ha recopilado los datos estadísticos de las causas penales relacionadas con la violencia contra las mujeres y los niños de 2010 a 2013.

Cuadro 4: Causas penales por violencia contra la mujer de 2010 a 2013, incluido al final del presente informe.

Además de los mecanismos oficiales, el Colegio de Abogados Lao ofrece asesoramiento en lo referente al acceso a la justicia, representa a clientes en los procesos judiciales y vela por que los procedimientos en los tribunales sean justos. En la actualidad el Colegio cuenta con 183 miembros que brindan asistencia jurídica gratuita a quien lo necesite. El Colegio de Abogados Lao tiene miembros en muchas provincias y ha participado en más de 1.700 casos de asistencia jurídica pro bono.

Medidas especiales de carácter temporal (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 15 y 16)

El Gobierno lao ha puesto en marcha medidas especiales de carácter temporal encaminadas a promover la perspectiva de género en todos los ámbitos de la adopción de decisiones, desde el nivel central al nivel comunitario del desarrollo local, lo cual queda reflejado en los programas, estrategias y planes de acción generales, sectoriales y específicos para el desarrollo.

El Séptimo Plan Quinquenal Nacional de Desarrollo Socioeconómico (2011-2015) hacía hincapié en que:

•Al menos el 20% del personal básico debía estar compuesto por mujeres.

•El 15% de las mujeres debían ocupar puestos en organizaciones gubernamentales.

•El número de parlamentarias debía superar el 30%.

•El número de mujeres que recibían capacitación acerca de técnicas de producción, procesamiento, artesanía y prestación de servicios debía incrementarse en al menos el 20%.

•En los sectores y empresas sociales y culturales, en los que las mujeres constituían el 40% o más de la fuerza de trabajo total, las mujeres debían ocupar puestos de liderazgo.

•El 85% de las mujeres mayores de 15 años debía conocer distintos elementos sociales nocivos como la trata de personas.

•La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer elaboró la Séptima Estrategia Nacional Quinquenal para el Adelanto de la Mujer (2011-2015) que hacía hincapié en que:

•Más del 30% de los parlamentarios debían ser mujeres.

•Las mujeres debían ocupar más del 15% de los puestos de adopción de decisiones.

•En los sectores en los que las mujeres constituían el 40% o más de la fuerza de trabajo total, las mujeres debían ocupar puestos de liderazgo.

•Más del 30% de los participantes en formaciones administrativas, jurídicas y sobre política y gestión debían ser mujeres.

•La Subcomisión para el Adelanto de la Mujer del Ministerio del Interior ideó una estrategia de promoción de la igualdad de género en la gobernanza (2012-2015) destinada a garantizar el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de las responsabilidades y el desarrollo holístico con una perspectiva de igualdad de género en la gobernanza, a fin de respaldar a las mujeres para que participasen plena y activamente en distintas actividades en pie de igualdad con los hombres creando las condiciones necesarias para que las mujeres se desarrollen y prosperen en términos de capacidad, promoviendo la perspectiva de género en la adopción de decisiones a todos los niveles, y mejorando el mecanismo y las regulaciones que fomentan el adelanto de la mujer.

•En dicha estrategia de promoción del adelanto de la mujer, el Ministerio de Educación y Deportes fijó la meta de incrementar la tasa de acceso a la educación de las niñas para que igualara a la de los niños en 2015, para lo cual debía llegar al 98% en la educación primaria, al 75% en el primer y segundo ciclo de la enseñanza secundaria y al 50% en la educación superior y la universidad. Además, el número de mujeres que ocupaban puestos decisorios en el Ministerio debía aumentar para equivaler al menos a un tercio de los hombres.

•El Ministerio de Salud apoya y controla que se ofrezca una asistencia sanitaria integrada a las madres, los recién nacidos y los niños; que se presten servicios de calidad y efectivos y se movilice a las personas, las familias y las comunidades en la promoción de la salud y la prevención de enfermedades como el VIH/SIDA o la malaria, entre otras; que se difunda la transversalización de la perspectiva de género en los servicios sanitarios entre los empleados de los establecimientos de salud, prestando especial atención a la mejora de la estrategia para el adelanto de la mujer en el sector sanitario, relacionando esta iniciativa con proyectos en materia de salud y datos estadísticos desglosados por sexo e integrándola en ellos; que se dicte el Decreto sobre la Asistencia para el Parto y el Tratamiento de Menores de Cinco Años, a fin de eliminar los obstáculos a los que se enfrentan las madres y los niños para recibir atención médica; y que se ofrezcan servicios gratuitos para el parto y el tratamiento de los menores de 5 años en todo el país.

•El Ministerio de Seguridad Pública formuló la estrategia para el adelanto de la mujer en su sector y analizó datos estadísticos desglosados por sexo a fin de crear las condiciones necesarias para facilitar la participación de las mujeres en la adopción de decisiones del sector del orden público.

•El Ministerio de Obras Públicas y Transportes terminó la estrategia para el adelanto de la mujer en su sector (2014-2025) determinando que el 30% de los puestos y el 15% de los cargos decisorios de dicho ministerio deben estar ocupados por mujeres, al igual que el 30% de las plazas de las sesiones de capacitación; y el plan de acción para incorporar la perspectiva de género en el proyecto destinado a llevar agua corriente a pequeñas aldeas, que cuenta con el apoyo del Banco Asiático de Desarrollo (BASD) y tiene el objetivo de incrementar en un 10% el número de mujeres que ocupan puestos de plantilla y directivos cuando finalice el proyecto y de destinar el 30% de la financiación para el fomento de la capacidad a las mujeres. Al mismo tiempo, este proyecto ha fijado la meta de que el 30% de los miembros del Comité de Agua y Saneamiento en las Aldeas y del personal del proyecto sean mujeres.

•El Ministerio de Agricultura y Silvicultura estableció diversos objetivos para 2015, a saber: aumentar hasta en un 35% la participación de empleadas técnicas en las capacitaciones del sector; incrementar el número de agricultores y familias pobres que participaban en actividades y capacitaciones y facilitar su participación para llegar al 45%; multiplicar el número de mujeres que ocupaban cargos decisorios para superar el 15%; crear las condiciones necesarias para que en todos los niveles, desde el central hasta el comunitario, cada año el 30% de los nuevos empleados públicos fueran mujeres; y aumentar el número de mujeres de minorías étnicas que estudiaban en las facultades de Agricultura y Silvicultura hasta superar el 30%. Además, el personal de la Subcomisión para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Agricultura y Silvicultura ha redactado directrices y reglamentos en favor del adelanto de la mujer, orientados a transversalizar la perspectiva de género en las labores de planificación, seguimiento y evaluación del sector.

•Por su parte, el Ministerio de Energía y Minas, en colaboración con la Unión Ministerial de Mujeres, recopiló datos estadísticos desglosados por sexo relativos a los puestos y las necesidades para el desarrollo de las mujeres. Este ministerio genera asimismo las condiciones necesarias para que las empleadas públicas ocupen cargos decisorios, por ejemplo, incluyendo a mujeres en la lista de posibles dirigentes futuros, asignando presupuesto a la capacitación y recaudando fondos para ella con vistas a fomentar la capacidad de las mujeres en distintos temas como el liderazgo, la oratoria, la redacción de propuestas de proyectos o la incorporación de la perspectiva de género en los planes sectoriales y de otra índole.

Las ONGI asociadas para el desarrollo también pusieron en marcha sus estrategias, planes de acción y proyectos de igualdad de género, como el proyecto destinado a mejorar las condiciones de vida de las comunidades étnicas del distrito de Phaoudom, en la provincia de Bokeo, que cuenta con la asistencia de Norwegian Church Aid (NCA). Este proyecto determinó que debía existir un equilibrio de género del 50% en las reuniones de toma de decisiones sobre el apoyo y la ejecución del proyecto celebradas en las aldeas y que el 30% de los participantes en las sesiones para el desarrollo de aptitudes y otras capacitaciones debían ser mujeres.

El Gobierno ha adoptado medidas especiales de carácter temporal para que las mujeres puedan disfrutar mejor de sus derechos económicos, sociales y culturales.

La República Democrática Popular Lao está clasificada como uno de los países menos adelantados. Muchas personas del país siguen viviendo en la pobreza, en particular las mujeres. La pobreza sigue suponiendo un enorme obstáculo para muchas esferas del desarrollo en la República Democrática Popular Lao. Por ello, el Gobierno ha instado encarecidamente a todos los sectores a que se centren en mejorar las condiciones de vida y en erradicar la pobreza del pueblo multiétnico creando medidas especiales que faciliten que las personas que viven en situaciones difíciles, en especial las mujeres, gocen de igualdad de oportunidades para mejorar sus condiciones de vida y salir de la pobreza por sí mismas. En este sentido, el Centro de la Unión de Mujeres Lao organizó formaciones prácticas para mujeres, tales como formaciones profesionales a corto plazo sobre distintos temas, a fin de incrementar las capacidades laborales de las mujeres que viven en la pobreza y brindarles oportunidades para encontrar un empleo y generar ingresos. A estas sesiones de capacitación asistieron 7.373 personas, de las que 7.239 fueron mujeres procedentes de 68 aldeas que se habían acogido a la directiva nacional encaminada a potenciarlas como centros de desarrollo. Otra medida temporal que pretende ayudar a las mujeres a incrementar sus ingresos es la campaña destinada a que las mujeres creen planes de ahorro en las aldeas y un fondo solidario colectivo que puede emplearse para que las mujeres obtengan préstamos y puedan fundar pequeñas y medianas empresas (pymes), así como desarrollar su economía familiar, promover la educación y erradicar la pobreza. El proyecto está en marcha en 16 provincias y Vientián capital, y cuenta con 3.453 grupos de ahorro y 258.843 miembros. Asimismo, en Vientián capital y las provincias de Vientián y Bolikhamxay se estableció el Plan de Microfinanciación, que recibe depósitos para el desarrollo de las mujeres y las familias y dispone de siete sucursales, 5.250 miembros y unos ahorros que ascienden a 4.527.000.000 de kip. El Plan de Microfinanciación da prioridad a generar las condiciones necesarias para que los niños de ambos sexos se matriculen en la escuela de acuerdo con su edad. Este proyecto, dirigido a personas de entre 15 y 45 años, logró erradicar el analfabetismo de 942.018 personas, entre ellas 527.898 mujeres.

El Ministerio de Agricultura y Silvicultura organizó capacitaciones y seminarios sobre técnicas agrícolas destinados a fomentar las capacidades de producción para generar así ingresos en los hogares, en los que el 35,7% de los participantes fueron técnicas, un 0,7% más de lo previsto. El Ministerio promovió igualmente que los agricultores establecieran pymes con sus cultivos, su ganado y la producción de cultivos mixtos en 3.351 aldeas en las que surgieron 6.879 grupos compuestos por 45.872 miembros, 25.492 de los cuales (el 56%) eran mujeres. El 16% de los miembros de los comités de los grupos agrícolas eran mujeres, lo que supuso un incremento del 8% con respecto a años anteriores.

El Fondo para la Reducción de la Pobreza del Comité Directivo encargado del Desarrollo Rural y la Reducción de la Pobreza creó las condiciones propicias para que los agricultores de zonas pobres obtuvieran préstamos de dicho Fondo, créditos bancarios a un tipo de interés reducido y subvenciones gubernamentales para actividades productivas como la agricultura, la ganadería y la pesca. En total se beneficiaron de él 71.373 familias de 7.187 grupos procedentes de 2.366 aldeas o, lo que es lo mismo, 356.865 personas de las que 182.012 eran mujeres (el 51%), 1.086 de las cuales formaron parte de los comités de los grupos (el 15,1%).

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 17 y 18)

La República Democrática Popular Lao ha realizado progresos considerables en la aplicación de las observaciones finales y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en lo que respecta a los mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer.

La República Democrática Popular Lao concede una gran importancia al impulso y la promoción del adelanto de la mujer y ha avanzado en dichos frentes al seguir poniendo en práctica los tres pilares del empoderamiento de la mujer.

La Unión de Mujeres Lao fue fundada en 1955 con el objetivo de defender los derechos y prestaciones legítimos de las mujeres lao y ha realizado notables contribuciones para el adelanto de la mujer y la promoción y protección de los derechos y prestaciones de las mujeres en la sociedad.

La Unión de Mujeres Lao es una organización popular que cuenta con una estructura en los niveles central, ministerial y provincial, así como en las organizaciones, los distritos y las aldeas. La Unión ejecuta políticas, estrategias y orientaciones del Gobierno para lograr la igualdad de género y protege los derechos de las mujeres y los niños. La Ley sobre la Unión de Mujeres Lao de 2013 define del siguiente modo el mandato, los derechos y las responsabilidades de la Unión:

•Artículo 8: la Unión de Mujeres Lao tiene el mandato de representar a las mujeres en el fomento y la protección de los derechos e intereses de las miembros de la Unión de Mujeres Lao, las mujeres y los niños; de educar y movilizar a las mujeres lao y promover su implicación, así como la igualdad de género; de preservar y favorecer las excelentes tradiciones de las mujeres lao de todos los grupos étnicos; y de alentar la participación de las mujeres en la defensa y el desarrollo nacionales.

•Artículo 9: la Unión de Mujeres Lao tiene el derecho y la responsabilidad de realizar investigaciones para formular estrategias relacionadas con el desarrollo, la protección de los derechos y los intereses legítimos de las mujeres y el fomento del adelanto de la mujer y la igualdad de género, a fin de presentárselas a la Conferencia Nacional de Mujeres para su aprobación; de formar a las miembros de la Unión de Mujeres Lao y las mujeres lao de todos los grupos étnicos para que sean patriotas y defiendan su dignidad, así como para preservar y promover las excelentes tradiciones y costumbres del país, las localidades y los grupos étnicos y las características tradicionales únicas de las mujeres lao; de movilizar a las mujeres para que participen en la puesta en práctica de políticas, leyes, planes de desarrollo socioeconómico y resoluciones de la Conferencia Nacional de Mujeres; de proteger los derechos y los intereses legítimos de las miembros de la Unión de Mujeres Lao y de las mujeres de todos los grupos étnicos que son de su competencia; y de presentar observaciones sobre las políticas, las regulaciones, las leyes, los planes de desarrollo socioeconómico y el presupuesto estatal, en especial con respecto a cuestiones relacionadas con las mujeres y los niños.

La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer es un mecanismo interinstitucional que ejerce una función de asesoramiento al Gobierno para respaldar el adelanto de la mujer, la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, y que actúa como punto focal para coordinar, supervisar, recopilar información y redactar y presentar los informes nacionales que se requieren en virtud de la CEDCM y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. La Comisión ha seguido mejorando su capacidad de organización en distintos sectores del gobierno central y local con el propósito de ser más efectiva mediante sesiones de sensibilización y formación sobre la Convención y de designar sus puntos focales en los ministerios y sectores, con vistas a que la República Democrática Popular Lao cumpla las obligaciones que le incumben con arreglo a la CEDCM, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y los ODM, en especial el tercero —promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer—. Estas obligaciones forman parte de sus planes de acción correspondientes y del plan presupuestario destinado a respaldar actividades que promueven la igualdad de género conforme a la Ley sobre el Presupuesto Nacional enmendada en 2015, que favorece que se asignen recursos presupuestarios a dichas actividades. En concreto, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer ha pasado a ser una dependencia de presupuesto de nivel 1 con el propósito de que reciba financiación suficiente para aplicar y hacer realidad sus respectivos planes de trabajo y objetivos sobre la promoción del adelanto de la mujer y la igualdad de género.

La secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, con asignaciones del presupuesto del Estado y financiación del UNFPA, ONU-Mujeres, ONGI dedicadas a actividades relacionadas con el género y otros asociados para el desarrollo, organizó varios eventos y campañas para fomentar un cambio de conducta y concienciar sobre la importancia de empoderar a las mujeres proporcionándoles igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de sus vidas, como el político y el económico, y acceso a todos los servicios. A mediados de 2014, la secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer convocó una reunión consultiva para revisar el primer borrador de la Tercera Estrategia Quinquenal para el Adelanto de la Mujer (2016-2020). La secretaría participó igualmente en los espacios regionales e internacionales relacionados con la igualdad de género y la lucha contra la violencia contra las mujeres y los niños, en especial en la Comisión sobre la Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres y los Niños de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN) y el examen al cabo de 20 años de la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing.

La Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional se creó en 2010 para vigilar y respaldar la aplicación de estrategias, el logro del adelanto y el desarrollo de la mujer, la participación de las mujeres en el desarrollo socioeconómico y el cumplimiento de los ODM y la CEDCM; recabar información sobre la representación de las mujeres en los cargos decisorios de todos los niveles; difundir el mandato, los derechos y las responsabilidades de los parlamentarios de la séptima legislatura; y recibir observaciones y sugerencias de los ciudadanos y las administraciones locales a fin de presentárselas a las organizaciones implicadas para que consideren la posibilidad de ofrecer reparación. La sección “Artículos 1 a 4” del presente informe (“Asamblea Nacional”) contiene más información sobre el plan de trabajo, las directrices y las actividades de la Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional.

Los tres mecanismos nacionales —la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, la Asamblea Electoral de Mujeres de la Asamblea Nacional y la Unión de Mujeres Lao— desempeñan funciones cruciales para apoyar el adelanto de la mujer, y todos ellos han realizado grandes esfuerzos para cumplir sus mandatos y contribuir así al adelanto y la protección de la mujer en el marco de sus respectivas obligaciones y responsabilidades, coordinándose y cooperando entre sí al mismo tiempo de formas complementarias.

Institución nacional de derechos humanos

A pesar de que la República Democrática Popular Lao no ha creado una institución nacional de derechos humanos basada en los Principios de París, sí que ha puesto en marcha mecanismos nacionales destinados a promover y proteger los derechos humanos y a coordinar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de los tratados y protocolos de derechos humanos en los que es parte. Algunos de estos mecanismos son el Comité Directivo Nacional encargado de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, la Comisión Nacional para Madres e Hijos, el Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y la Comisión Nacional para Personas con Discapacidad y Ancianos. Además, en la República Democrática Popular Lao existen otras organizaciones que contribuyen a la promoción y la protección de los derechos humanos, como el Frente Lao para la Construcción Nacional, la Unión de Mujeres Lao, la Unión de Jóvenes Lao, la Federación Lao de Sindicatos, la Cámara de Comercio e Industria Nacional, el Colegio de Abogados Lao, las asociaciones lao para personas con discapacidad y varias asociaciones sin fines de lucro.

Ratificación de otros tratados (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 57)

La República Democrática Popular Lao es parte en siete de los principales tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y en dos protocolos facultativos, a saber:

1.El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP);

2.El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC);

3.La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CIEDR);

4.La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDCM);

5.La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD);

6.La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y su Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados; y

7.La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CCT).

La República Democrática Popular Lao ha ratificado los Convenios núms. 4, 6, 13, 29, 100, 111, 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, ratificada también por ella. Las disposiciones contenidas en los tratados de derechos humanos se han incorporado en general a las leyes y regulaciones del país.

Asimismo, la República Democrática Popular Lao ha firmado la Declaración de Derechos Humanos de la ASEAN, la Declaración de Vientián sobre la Promoción de la Perspectiva de Género y la Alianza de Mujeres de la ASEAN para la Sostenibilidad Ambiental, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y los Niños y la Declaración de la ASEAN sobre el Fortalecimiento de la Protección Social.

Organizaciones no gubernamentales (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 19 y 20)

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao siempre ha concedido una gran importancia a la implicación de las ONGI y las OSC y asociaciones sin fines de lucro locales en el respaldo de la igualdad de género. El Gobierno ha emitido normativas como referencia para sus actividades, tales como el Decreto 115/PMO sobre las Asociaciones Sin Fines de Lucro, de 29 de abril de 2009, que establece principios para la creación, el funcionamiento y la gestión de asociaciones, que en la República Democrática Popular Lao tienen la consideración de personas jurídicas. En la actualidad, el Departamento Nacional de Gestión y Desarrollo del Ministerio del Interior está sumido en la modificación del decreto con miras a facilitar aún más la creación y el funcionamiento de las asociaciones sin fines de lucro. En 2014 existían en la República Democrática Popular Lao 68 asociaciones sin fines de lucro, 13 de las cuales se dedicaban a la igualdad entre los géneros, tales como la Gender Development Association (GDA), la Association for Development of Women and Legal Education (ADWLE), la Asociación Comunitaria para la Movilización de los Conocimientos sobre Desarrollo (CAMKID), la asociación MeaYing HuamJai Patthana (MHP) (Mujeres Movilizadas para el Desarrollo) o el Lao Disabled Women’s Development Centre (LDWDC).

Artículo 5: Estereotipos y prácticas culturales (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 21 y 22)

La población de la República Democrática Popular Lao está compuesta por 49 grupos étnicos que tienen distintas tradiciones y prácticas culturales. Los grupos étnicos que residen en zonas remotas y tienen dificultades para acceder a la educación practican especialmente sus creencias o costumbres locales ancestrales, que pueden suponer un riesgo para los derechos de las mujeres y los niños. En este sentido, el Gobierno lao considera importante combatir la violencia contra las mujeres y desalentar el uso de actitudes y creencias negativas como excusa para ejercer violencia contra las mujeres y los niños, erradicando así los estereotipos y prácticas culturales nocivas que de algún modo perviven y conducen a dicha violencia. El Gobierno lao se ha servido de todas las medidas posibles para animar a las comunidades étnicas a que dejen de lado sus estereotipos y sus creencias y prácticas ancestrales nocivas. En diciembre de 2014 la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños. El artículo 27 de dicha ley determina que los hombres tienen responsabilidades y deben encargarse de prevenir la violencia contra las mujeres y los niños, adaptar o modificar la conducta violenta y dejar de utilizar la violencia, tener una buena actitud, respetar los derechos de las mujeres y los niños, y conocer y cumplir su deber en la consecución de la igualdad de género y la observancia de los derechos de las mujeres y los niños. Establece asimismo que los hombres no deben servirse de las costumbres, tradiciones o creencias para justificar la violencia contra las mujeres y los niños.

En 2011 la Universidad de Ciencias de la Salud de la República Democrática Popular Lao, en cooperación con el Instituto Karolinska de Suecia, llevó a cabo un estudio sobre las prácticas sexuales habituales entre los adolescentes del grupo étnico akha, situado en la parte septentrional del país, con el objetivo de analizar cómo entienden sus miembros la sexualidad. El estudio concluyó que el grupo étnico akha debe formar parte de un plan estratégico de salud que no vaya en contra de su cultura y dignidad y ayude a sus miembros a evitar las violaciones de derechos y los peligros para la salud que puedan producirse. Dicho plan estratégico podría englobar la educación sexual, entre otros aspectos.

A este respecto, las autoridades del distrito Long del norte del país cooperaron con Norwegian Church Aid (NCA) a fin de concienciar a la comunidad akha sobre las consecuencias que tienen las prácticas nocivas para la salud. El proyecto ayudó a instaurar el Comité Local de Protección Infantil, creó grupos entre pares y dio a conocer la CEDCM y tratados relacionados con los derechos de los niños a la comunidad akha del distrito Long. Además, la Unión de Mujeres Lao del distrito Long, con el apoyo de la Escuela de Posgrado de la Universidad de Ciencias de la Salud, ha establecido un centro de asesoramiento que presta servicios a las mujeres de grupos étnicos.

Violencia contra la mujer (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 23 y 24)

Gracias a la aplicación de la política orientada a combatir la violencia contra las mujeres y los niños y a la promoción de los derechos de las mujeres como una de las prioridades del Gobierno de la República Democrática Popular Lao, se ha avanzado en la eliminación de la violencia contra las mujeres y los niños ejercida utilizando como justificación tradiciones consuetudinarias, algo que quedó demostrado con la adhesión del país a la CEDCM, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y otros tratados, y con la elaboración y aprobación de leyes y medidas destinadas a proteger el bienestar de las mujeres y a evitar la violencia contra las mujeres y los niños de todos los grupos étnicos.

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao promulgó el Decreto núm. 167/PMO, de 15 de mayo de 2014, para aprobar el Plan Nacional de Acción para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y los Niños (2014-2020), el cual está integrado por tres planes de acción:

•El plan para revisar políticas y leyes, crear bases de datos y estudios, y desarrollar las capacidades;

•El plan para prevenir la violencia contra las mujeres y los niños; y

•El plan para acabar con la violencia contra las mujeres y los niños.

En diciembre de 2014 la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños, que:

•En los artículos 24 a 27 detalla las responsabilidades de distintas organizaciones de la sociedad y los miembros de la familia, tanto mujeres como hombres.

•En su artículo 27 determina que los hombres tienen responsabilidades y deben hacerse cargo de la prevención de la violencia contra las mujeres y los niños, adaptar o modificar la conducta violenta y dejar de utilizar la violencia, tener una buena actitud, respetar los derechos de las mujeres y los niños, y conocer y cumplir su deber en la consecución de la igualdad de género y la observancia de los derechos de las mujeres y los niños. Asimismo, establece que los hombres no deben servirse de las costumbres, tradiciones o creencias para justificar la violencia contra las mujeres y los niños.

•Por último, en el artículo 61 designa a la Unión de Mujeres Lao y a la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer como organizaciones directamente responsables de asumir el liderazgo como puntos focales para coordinarse con la Comisión Nacional para Madres e Hijos y los ministerios afectados, como el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y Deportes, el Ministerio de Información, Cultura y Turismo, el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Justicia y las autoridades locales implicadas en su ejecución.

En su breve informe sobre el párrafo 24 de las observaciones finales presentado al CEDAW en 2013, el Gobierno proporcionó información sobre las medidas específicas emprendidas para afrontar todas las formas de violencia contra las mujeres y los niños, a saber:

•La República Democrática Popular Lao organizó, por primera vez, la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el 25 de noviembre de 2011, ocasión en la que se difundió la declaración del Primer Ministro en los periódicos, la radio y la televisión. En ella el Primer Ministro afirmó que, a fin de garantizar una protección más eficaz y productiva de las mujeres y los niños en el futuro, lo fundamental es despuntar en términos de imaginación y actitud para avanzar y alejarse de los estereotipos y la despreocupación del pasado, para los que la violencia contra las mujeres y los niños en la sociedad no constituía un problema. Según decía, con la nueva imaginación y actitud se reconocerá y logrará la igualdad de género como parte de una sociedad inclusiva en la que hombres y mujeres contribuyen juntos al desarrollo, los medios de vida y las iniciativas con dignidad y en cumplimiento de las leyes y regulaciones nacionales que prohíben la violencia contra la mujer. Asimismo, el Presidente de la Asamblea Nacional encabezó la marcha de concienciación sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y los niños. El hecho de que funcionarios de alto rango de la República Democrática Popular Lao participen en las campañas de lucha contra la violencia contra las mujeres y los niños tiene un gran efecto e influye en la sociedad lao, que reclama que se cambie la concepción de la violencia que sufren las mujeres y los niños.

•Se organizaron seminarios sobre el tema “Acabar con la violencia contra las mujeres y los niños” a los que asistieron un total de 194 participantes, 67 de ellos mujeres, procedentes de subcomisiones para el adelanto de la mujer, los ministerios competentes, organizaciones, las autoridades de la capital, asociados para el desarrollo y ONGI.

•Se organizaron además seminarios sobre la lucha contra la violencia que sufren las mujeres y los niños dirigidos a funcionarios judiciales, agentes de policía, funcionarios de los tribunales populares y fiscales del nivel central y de cinco provincias —Vientián, Bolikhamxay, Khammuane, Savannakhet y Vientián capital—, a los que asistieron 172 participantes, de los cuales 108 eran mujeres.

•También se organizaron seminarios sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y los niños dirigidos a miembros de las subcomisiones para el adelanto de la mujer y la División para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Educación y Deportes, y docentes y estudiantes de diversas escuelas de Vientián capital en los que participaron 63 personas, 38 de ellas mujeres.

•El Gobierno autorizó a la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer a que llevara a cabo una campaña de patriotismo y fomento destinada a favorecer la creación de familias, aldeas y distritos para el desarrollo asociados a la promoción de la igualdad de género y la eliminación de la violencia doméstica, en especial contra las mujeres y los niños. Por medio de esta campaña, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer se manifestó a nivel comunitario en contra de la violencia contra las mujeres y los niños proponiendo al Gobierno que adoptase la igualdad de género y la eliminación de la violencia doméstica, en especial contra las mujeres y los niños, como uno de los estándares para el desarrollo y la reducción de la pobreza (2011-2015).

•La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer también llevó a cabo campañas de consulta en todo el país junto con sus asociados para el desarrollo, a fin de elaborar el Plan Nacional de Acción para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y los Niños (2014-2020), y participó además en el proceso de redacción de la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños.

•La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer ha colaborado con la Oficina Nacional de Estadística del Ministerio de Planificación e Inversiones para realizar estudios sobre la violencia contra la mujer bajo el tema “Encuesta nacional sobre la salud y la experiencia vital de las mujeres en la República Democrática Popular Lao”.

•La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer ha colaborado asimismo con la Oficina Nacional de Estadística y el Ministerio de Planificación e Inversiones en estudios relativos a la violencia contra los niños.

•El Gobierno ha cooperado con varios asociados para el desarrollo en materia de igualdad de género, en especial en favor de las mujeres de grupos étnicos desfavorecidos ubicados en zonas remotas. Cooperando tanto bilateral como multilateralmente con asociados para el desarrollo, el Gobierno ha elaborado varios planes estratégicos y leyes. Por ejemplo, en 2012 ONU-Mujeres prestó su apoyo para revisar las leyes lao de lucha contra la violencia contra las mujeres y realizar un estudio sobre el sistema de justicia y las leyes consuetudinarias relativas a las mujeres en tres provincias de la República Democrática Popular Lao. En el segundo semestre de 2015, ONU-Mujeres respaldó un estudio destinado a calcular los recursos humanos y de otro tipo necesarios para prestar servicios a las mujeres y los niños víctimas de la violencia en la República Democrática Popular Lao.

•La República Democrática Popular Lao se ha involucrado activamente en una campaña encaminada a combatir la violencia contra las mujeres y los niños en la región de la ASEAN, así como en la cooperación Sur-Sur y otros marcos de cooperación internacionales.

A nivel comunitario, las autoridades locales y las organizaciones populares provinciales y de los distritos cooperaron con ONGI y OSC y asociaciones sin fines de lucro locales con el objetivo de lograr un cambio de conducta y actitud hacia la violencia contra las mujeres y los niños, la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Por ejemplo:

•En la provincia de Bokeo, la asociación MHP impartió formaciones a funcionarios técnicos de cinco distritos acerca del uso de herramientas y clases prácticas para promover la igualdad de género en varias aldeas de sus respectivos distritos.

•Norwegian Church Aid (NCA) colaboró con las autoridades locales y de los distritos en 18 aldeas del grupo étnico akha, situadas en el distrito de Long, y se sirvió de los métodos participativos de aprendizaje y las prácticas incluidos en los planes de seguimiento y evaluación de sus costumbres sociales. Este proyecto tenía por objeto incrementar el sentido de pertenencia de los hombres y las mujeres de la comunidad para que idearan sus propios planes y soluciones.

•El plan de acción de CARE International estaba dirigido a mujeres de grupos étnicos de zonas remotas, a las que preparaba para gestionar las repercusiones de desastres naturales y el cambio climático.

La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, en colaboración con la Oficina Nacional de Estadística del Ministerio de Planificación e Inversiones, llevó a cabo un estudio nacional sobre la violencia contra la mujer titulado “Salud y experiencia vital de las mujeres de la República Democrática Popular Lao” con el fin de diseñar actividades adecuadas para combatir este tipo de violencia. Este estudio ha servido de referencia para iniciativas clave orientadas a combatir la violencia contra las mujeres, tales como: 1) la elaboración de los informes periódicos octavo y noveno combinados sobre la aplicación de la CEDCM en la República Democrática Popular Lao; 2) la formulación de la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños; 3) el Plan Nacional de Acción para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y los Niños en la República Democrática Popular Lao; y 4) la campaña para concienciar y cambiar la percepción tradicional discriminatoria que conduce a la violencia contra la mujer.

Definición de la violación en la legislación (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 26)

La Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños contiene diversos artículos referentes a la definición de “violación”.

El artículo 4 distingue dos tipos de violación: las relaciones sexuales forzadas y la violación.

•Con “relaciones sexuales forzadas en el matrimonio” se hace referencia a cualquier acto cometido por un hombre para mantener relaciones sexuales con su esposa utilizando la fuerza, la coacción o amenazas cuando la mujer no desea practicar el sexo o no está preparada para ello.

• “Violación” se refiere al uso de la fuerza, de un arma para amenazar, de un anestésico, de alcohol o de otros métodos que ponen a las mujeres y los niños en una situación en la que no pueden valerse por sí mismos a fin de mantener relaciones sexuales con ellos.

El artículo 15 define la violencia sexual como un acto o tentativa que vulnera los derechos sexuales de las mujeres y los niños, entre los que se incluyen la violación, las relaciones sexuales forzadas, cualquier acto obsceno, atentados sexuales al pudor, comentarios sexuales no deseados o tocamientos sexuales, así como el envío de mujeres o niños a un tercero con fines sexuales.

El artículo 17, párrafo 5, dispone que las relaciones sexuales forzadas y la violación son una forma de violencia contra las mujeres y los niños.

El artículo 79 establece que todo hombre que fuerce a su esposa para mantener relaciones sexuales con ella será encarcelado de tres meses a un año o será sancionado con una multa de entre 300.000 y 1.000.000 de kip sin verse privado de su libertad. Cuando las relaciones sexuales forzadas provoquen lesiones graves, la pena consistirá en entre 1 y 5 años de prisión y una multa de entre 1.000.000 y 5.0000.000 de kip. El importe de las multas mencionadas coincide con la cuantía especificada en el artículo 128 del Código Penal, que establece las penas por delitos de violación.

Artículo 6: Lucha contra la trata y explotación de la prostitución

Trata (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 27 y 28)

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao hace hincapié en la importancia de combatir la trata y la explotación de las mujeres y los niños, también cuando tienen fines de trabajo infantil y prostitución. Es por ello que en 2011 creó el Comité Directivo Nacional de Lucha contra la Trata, entre cuyos miembros hay altos funcionarios de ministerios y organismos conexos como la Unión Central de Mujeres Lao, que se encarga de la protección y promoción de los derechos de las mujeres y de su empoderamiento. La secretaría del Comité Directivo Nacional de Lucha contra la Trata se encuentra en el Ministerio de Seguridad Pública.

En 2011 el Ministro de Seguridad Pública promulgó la Decisión núm. 1240/MPS, de 5 de octubre de 2011, sobre la creación del Departamento de Prevención y Lucha contra la Trata en el Departamento General de Policía y de las divisiones de prevención y lucha contra la trata en los departamentos policiales de Vientián capital y de las provincias de todo el país. El Departamento y estas divisiones son las organizaciones administrativas del Comité Directivo Nacional de Lucha contra la Trata encargadas de prevenir y combatir la trata de personas en todo el país, en especial enjuiciando la trata de personas, la violencia contra las mujeres y los niños, el adulterio y otras costumbres familiares y sociales según lo estipulado en la legislación.

En 2012 el Gobierno aprobó el Plan Nacional de Acción de Lucha contra la Trata de Personas (2013-2015), y en 2014 comenzó a redactar la Ley de Lucha contra la Trata de Personas. En el proceso de preparación del proyecto de ley se organizaron, junto con expertos locales e internacionales, siete talleres para evaluar las leyes conexas relativas a la trata de personas. En 2015, la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley de Lucha contra la Trata de Personas, que fue promulgado por el Presidente de la República Democrática Popular Lao. El enjuiciamiento de casos de trata de personas se basa tanto en esta ley como en el artículo 134 de la Ley sobre el Desarrollo y la Protección de la Mujer y la Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Niño.

El Gobierno lao ha garantizado el bienestar de los niños mediante la aprobación y aplicación del Plan de Acción y Estratégico Nacional sobre las Mujeres y los Niños (2011-2015), el Plan Nacional de Acción para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y los Niños (2014-2020) y el Plan para la Eliminación del Trabajo Infantil en la República Democrática Popular Lao (2014-2020). La aprobación y promulgación de la Ley de Justicia de Menores constituye una garantía para la protección de los derechos del niño con arreglo a la Convención sobre los Derechos del Niño.

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha participado en gestiones bilaterales y multilaterales orientadas a combatir la trata de personas, en particular en el marco de la ASEAN, la Iniciativa Ministerial Coordinada del Mekong contra la Trata (Iniciativa COMMIT) y el Proceso de Bali sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes, la Trata de Personas y los Delitos Transnacionales Conexos. La cooperación bilateral se ha hecho efectiva mediante los siguientes memorandos de entendimiento:

•El memorando de entendimiento de cooperación para combatir la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, entre la República Democrática Popular Lao y Tailandia, firmado el 13 de julio de 2005;

•El memorando de entendimiento de cooperación para prevenir y combatir la trata de personas y proteger a las víctimas de la trata entre la República Democrática Popular Lao y Viet Nam, firmado el 3 de noviembre de 2010; y

•El memorando de entendimiento entre la República Democrática Popular Lao y la República Popular China, firmado el 1 de septiembre de 2014.

La República Democrática Popular Lao ha prestado especial atención a desarrollar la capacidad del personal de los organismos implicados, integrando para ello la labor relacionada con la trata de personas en los planes de estudio de las universidades y escuelas superiores, creando la Academia de Seguridad Pública, impartiendo formaciones, y mejorando los conocimientos de la administración local, los funcionarios de primera línea y los agentes de patrullas fronterizas, en especial los funcionarios de inmigración, acerca de la trata de personas, entre otras cosas. El objetivo es que se entienda mejor y se dispense un trato justo a las víctimas de la trata de personas para repatriarlas sin aplicarles sanciones ni enjuiciarlas.

En 2014, la secretaría del Comité Directivo de Lucha contra la Trata efectuó un estudio sobre la migración laboral y otros grupos de alto riesgo en tres provincias del norte del país —Houaphanh, Xiengkhouang y Luang Prabang— que se ha extendido a otras provincias meridionales.

En el pasado, los organismos encargados de hacer cumplir la ley tomaron parte de manera activa en el procesamiento de los autores de trata de personas y prestaron asistencia a una gran cantidad de víctimas de la trata, como se demostró de 2008 a 2012. En ese período se llevaron a juicio 177 casos de trata de personas en los que estuvieron involucrados 231 delincuentes, 145 de ellos mujeres. Hubo en total 422 víctimas, de las que 161 eran mujeres y 271, menores de 18 años, entre ellas 161 niñas. En el período 2011-2012, los tribunales examinaron 66 casos de trata de personas.

Desde 2008 hasta marzo de 2013 los agentes relevantes brindaron asistencia a las víctimas de la trata de personas. Por ejemplo, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social recibió a 946 víctimas que habían sido repatriadas oficialmente, de las 891 eran mujeres y 769, menores de 18 años, incluidas 714 niñas. El Centro de Asesoramiento y Protección de Mujeres y Niños prestó asistencia a un total 111 víctimas y personas en riesgo de ser objeto de trata en el país, de las que 109 eran mujeres y 83, menores de 18 años. El Centro proporcionó además asesoramiento jurídico y psicológico y atención médica sin costo alguno a mujeres y niños, tanto presencialmente como a través de un teléfono de asistencia (tel.: 1362). En total ayudó a 32.257 personas, de las que 23.164 eran mujeres y 11.474, menores de 18 años. En ese período se denunciaron 8.523 casos y el centró facilitó servicios de asesoramiento 49.087 veces.

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha concedido una gran importancia a concienciar a las autoridades relevantes acerca de la aplicación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, para lo cual destinó presupuesto estatal a la organización de seminarios encaminados a difundir instrumentos internacionales relacionados con la lucha contra la trata de personas dirigidos a las autoridades policiales, organizaciones judiciales y funcionarios de otros sectores, a fin de garantizar la ejecución satisfactoria de iniciativas en la materia.

En octubre de 2015, el Departamento de Tratados y Derecho del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la UE, organizó un seminario sobre la lucha contra la trata desde la perspectiva de los derechos humanos al que asistieron 90 participantes entre funcionarios gubernamentales relevantes, organizaciones populares, OSC y expertos internacionales.

La Unión Central de la Juventud Revolucionaria del Pueblo Lao organizó una reunión para intercambiar las lecciones aprendidas en la lucha contra la trata de personas en la Quinta Asamblea Nacional de la Juventud y de Jóvenes Pioneros de 2015, a la que acudieron 82 jóvenes, incluidas 37 mujeres de nueve provincias.

Explotación de la prostitución (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 30)

En la República Democrática Popular Lao la legislación no permite la prostitución como profesión y el comercio sexual constituye un delito penal. Sin embargo, en la práctica siguen existiendo personas que prestan servicios sexuales de manera encubierta. Se estima que el número de mujeres que prestan estos servicios en la República Democrática Popular Lao asciende a 11.000, cifra muy cercana a los datos recopilados por el Centro Nacional de Prevención del SIDA en varias provincias donde en 2014 colaboró en el Programa de Prevención del SIDA, el cual recibió apoyo del Fondo Mundial y contó con la supervisión del Ministerio de Salud, como muestra el cuadro 6. Por consiguiente, las medidas aprobadas por el Gobierno lao para evitar el comercio sexual consisten en fortalecer el cumplimiento de la ley y la educación por parte de las familias, las autoridades locales y las organizaciones populares.

En colaboración con la Subcomisión para el Adelanto de la Mujer de Vientián, CARE International llevó a cabo un estudio en esta ciudad sobre los riesgos que entraña el abuso y la explotación de las mujeres que prestan servicios sexuales. En él se analizaron las condiciones de vida y el trabajo de las prostitutas, se evaluaron los riesgos que conllevan el abuso y la explotación de estas mujeres y se estudió la asistencia posterior al trauma de que disponen. El estudio se sirvió de grupos de apoyo para las actividades sobre el terreno. Sus principales hallazgos muestran que, por lo general, las prostitutas se encuentran en cervecerías, bares y locales de ocio. El estudio establece sólidas correlaciones entre la pobreza y la migración desde zonas remotas de las mujeres que pueden acabar ejerciendo la prostitución.

Artículo 7: Eliminación de la discriminación contra la mujer en la vida política y pública

Participación en la vida política y pública (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 31 y 32)

La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing señaló que al menos el 30% de los puestos de poder o decisorios deben estar ocupados por mujeres. El Gobierno lao ha prestado atención a la promoción de la participación de las mujeres en la toma de decisiones en todos los niveles de la sociedad. El Gobierno aplica la política de centrar sus esfuerzos en la prevención y la solución de ciertos problemas sociales como la desigualdad de género, la violencia doméstica y la trata de personas, entre otros. El Gobierno de la República Democrática Popular Lao presta atención al desarrollo integral de los jóvenes funcionarios, las funcionarias y los funcionarios pertenecientes a grupos étnicos. Además, fijó las metas del Séptimo Plan Nacional de Desarrollo Socioeconómico (2011-2015) de modo que indicaran que: 1) al menos el 20% de los funcionarios gubernamentales debían ser mujeres; 2) el 15% de los puestos de gestión de las organizaciones estatales y populares debían reservarse para mujeres; y 3) más del 30% de los miembros de la Asamblea Nacional debían ser mujeres.

Las mujeres desempeñan un papel importante en la vida política de la nación. En 2012, la séptima legislatura de la Asamblea Nacional contaba con 33 mujeres del total de 132 miembros, lo que equivale al 25%. Las mujeres ocupaban los puestos de Ministra de Gabinete (10,7%), Viceministra (10,6%), Ministra Adjunta (17%), Directora General (16,2%), Directora General Adjunta (19,5%), Embajadora y Cónsul General (12,8%), Directora de División (65,9%) y Vicedirectora de División (38,5%). A nivel provincial y local, las mujeres ocupaban los puestos de Vicegobernadora Provincial (8%), Alcaldesa de Distrito (6%) y Jefa de Aldea (2,6%).

Conforme a la información proporcionada por el Ministerio del Interior, en 2015 había 177.626 empleados estatales, de los que 79.662 (el 44,8%) eran mujeres.

Las mujeres están representadas de manera proporcional en el sistema de justicia de la República Democrática Popular Lao. El 38% de los 641 funcionarios del Ministerio de Justicia son mujeres. Sin embargo, en las divisiones de justicia a nivel de distrito solo el 26,9% de los 884 funcionarios de justicia son mujeres. Si bien el número de funcionarios de justicia aumentó en 2014, la representación femenina se mantuvo en el 27% en los distritos y en el 39% a nivel provincial. La Oficina de la Fiscalía Popular Suprema cuenta con 1.617 funcionarios gubernamentales de los que el 33,7% son mujeres. El Colegio de Abogados Lao está compuesto por 187 abogados, 44 de los cuales (el 23,5%) son mujeres. En 2014 las abogadas participaron activamente en la labor del Colegio de Abogados Lao y promovieron un cambio de actitud y la adopción de leyes adecuadas para las mujeres en el Ministerio de Seguridad Pública. Ese año 422 puestos de gestión del Ministerio fueron ocupados por funcionarias (el 28,7%), lo que supuso un incremento de 108 mujeres (el 5,09%) frente a 2010, cuando solo había 314 funcionarias (el 23,6%).

En la Cámara Nacional Lao de Comercio e Industria hay un grupo de directivos de empresas formado por 190 miembros, de los cuales 44 (el 23%) son mujeres.

El número de trabajadoras locales empleadas en organizaciones internacionales como organismos de las Naciones Unidas, instituciones financieras, embajadas extranjeras y organizaciones no gubernamentales internacionales equivale al 66% del total del personal local.

El estudio del Banco Mundial realizado en 2012 con empresas de todos los tamaños de la República Democrática Popular Lao determinó que en el 31,8% de dichas empresas había mujeres en los comités ejecutivos y que el 44,3% de las pequeñas empresas (entre 1 y 19 empleados), el 16,5% de las empresas medianas (entre 20 y 99 empleados) y el 5,1% de las grandes empresas (100 empleados o más) estaban dirigidas por mujeres.

Artículo 8: Representación y participación en el plano internacional

La Unión de Mujeres Lao ha seguido cooperando con organizaciones de mujeres de otros países y organizaciones internacionales; cumple su obligación de participar en las reuniones anuales de la Comisión de la ASEAN sobre la Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres y los Niños; organizó la Reunión Ministerial de la ASEAN sobre las Mujeres en 2012; y aprobó la Declaración de Vientián sobre la Promoción de la Perspectiva de Género y la Alianza de Mujeres de la ASEAN para la Sostenibilidad Ambiental.

En el período 2014-2015, 230 diplomáticos lao participaron en misiones de la República Democrática Popular Lao en el extranjero, de los cuales el 19% eran mujeres. En ese mismo período hubo 5 embajadoras y mujeres cónsules generales de un total de 39.

Artículo 10: Educación (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 33 y 34)

El Gobierno de la República Democrática Popular Lao siguió reformando el sistema nacional de educación con el propósito de respaldar el desarrollo de unos recursos humanos nacionales más productivos y de crear oportunidades para que el pueblo multiétnico, que engloba a las mujeres y los hombres de las zonas rurales y urbanas, tuviera acceso a los distintos niveles de la enseñanza, así como para apoyar la participación del sector de la educación privada. El Ministerio de Educación y Deportes emite todos los años decretos ministeriales y recomendaciones acerca del envío de estudiantes que cursan distintos nieles de la enseñanza, prioritariamente mujeres y personas pertenecientes a grupos desfavorecidos, a aprender en distintos sectores según la demanda existente, con vistas a lograr el desarrollo socioeconómico. Con el fin de proporcionar a todas las personas igualdad de acceso a la enseñanza, en especial a las mujeres y las niñas, el Gobierno elaboró leyes, políticas, planes estratégicos, planes de acción y proyectos de importancia como los siguientes:

•El Decreto núm. 69/PMO del Primer Ministro, en 2005, para la Aprobación y Promulgación del Plan Nacional de Acción de Educación para Todos (2003-2005), que destacaba cuatro prioridades fundamentales: la supervisión y el desarrollo de los niños en las edades de aprendizaje, la enseñanza primaria, la enseñanza secundaria, y la educación externa y la formación práctica.

•El Decreto núm. 100/PMO, en 2009, para la Aprobación y Promulgación de los Criterios de Desarrollo del Sector de la Educación, que fue la política principal y el documento estratégico sobre el desarrollo del sector de la educación con el que el Gobierno de la República Democrática Popular Lao mostró sus intenciones con respecto a las políticas, las estrategias y la obligación de invertir en educación para hacer realidad las metas del Plan Nacional de Acción de Educación para Todos (2003-2015).

•El Decreto núm. 509/PMO, en 2010, para la Promulgación de la Política Nacional de Educación, destinado a reducir y eliminar las diferencias existentes en la accesibilidad y en la tasa de aprobados entre los grupos desfavorecidos, en especial las niñas, las mujeres, los grupos étnicos y las personas con discapacidad, prestando especial atención a las diversas necesidades específicas de todos los alumnos.

•El Decreto y la Recomendación núm. 1203/MES.PA.09 del Ministro de Educación y Deportes relativa a la promoción constante en la escuela para reducir las tasas de repetición y de deserción escolar.

•El Decreto y la Recomendación núm. 1293/MES del Ministro de Educación y Deportes, en 2012, sobre la Supresión de las Tasas Educativas en la Enseñanza Preescolar, Primaria y Secundaria (Primer y Segundo Ciclo), orientado a reducir el gasto que realizan los padres en la educación de sus hijos.

•El Decreto y la Recomendación núm. 155/MES del Ministro de Educación y Deportes, en 2015, sobre la Segunda Fase del Proceso de Reforma de la Educación Nacional (2011-2015), cuyo principal objetivo era reformar la formación profesional, la enseñanza superior y los estudios de Pedagogía.

•La Decisión Ministerial núm. 1679/MES del Ministro de Educación y Deportes, en 2014, sobre la Política de Fomento del Almuerzo Escolar. El objetivo de esta política es promover una nutrición y unas tasas de asistencia y aprobado adecuadas y reducir las tasas de repetición y deserción escolar de la enseñanza preescolar a la secundaria en las zonas rurales y remotas y en las zonas en las que hay problemas de malnutrición, una baja tasa de asistencia y unas tasas de repetición y deserción escolar elevadas.

•La cooperación con múltiples asociados para el desarrollo, incluidas ONGI, para aplicar diversos planes de trabajo y proyectos para el desarrollo de la educación, sobre todo en beneficio de los niños que tienen dificultades para acceder a ella. Por ejemplo, en 2012 el Gobierno cooperó con el Banco Mundial a fin de movilizar el Plan Nacional de Acción sobre la Comida Escolar; de 2011 a 2015 cooperó con el Banco Asiático de Desarrollo (BASD) para facilitar subsidios para la formación profesional y estableció que, como mínimo, el 25% de los beneficiaros debían ser mujeres y el 20% debían pertenecer a grupos étnicos; y de 2013 a 2017 ha cooperado con los Gobiernos de Alemania y Suiza con el objetivo de proporcionar becas profesionales a niños desfavorecidos, como las niñas, y a estudiantes que han abandonado sus estudios para que regresen a la escuela, obtengan certificados oficiales y realicen otros proyectos.

Desde 2011 el Gobierno de la República Democrática Popular Lao viene definiendo prioridades para ampliar la red educativa, para lo que invirtió en la construcción de escuelas y la contratación de docentes. Por ejemplo, en 2014 el número de escuelas primarias aumentó al 77,2% frente al 65% de 2011. Del mismo modo, en 2014 el número de docentes se incrementó en un 10% con respecto a 2011 (de 33.576 a 36.938).

El presupuesto asignado al sector de la educación y los deportes aumentó gradualmente en 2012-2013. La Asamblea Nacional aprobó que el presupuesto del sector equivaliese al 17% del presupuesto del Gobierno y al 4,47% del PIB, con lo que se aportaron fondos administrativos por valor de 20.000 kip por persona y año a cada escuela preescolar y secundaria de primer y segundo ciclo y de 50.000 kip por persona y año a cada escuela primaria, y se facilitó apoyo para la adquisición de equipo educativo, libros, libros de texto y manuales docentes. A pesar de que la asignación del presupuesto estatal al sector de la educación no pareció aumentar de forma sustancial, la financiación real destinada a la educación se ha incrementado enormemente.

La República Democrática Popular Lao avanzó en la consecución del segundo ODM (lograr la enseñanza primaria universal), lo que quedó de manifiesto en indicadores como la tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria, la tasa de permanencia hasta el quinto curso de la enseñanza primaria, la tasa bruta de matriculación en el primer ciclo de la enseñanza secundaria, la tasa bruta de matriculación en el segundo ciclo de la enseñanza secundaria y el índice de igualdad de género entre niños y niñas de 3 a 5 años. En lo que respecta a la enseñanza preescolar y primaria, el objetivo era lograr la igualdad de género en 2015. Sin embargo, seguirá existiendo una gran brecha en la igualdad de género en la enseñanza superior.

En el curso académico 2014-2015, la tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria fue del 98,5% (98,3% para las niñas y 98,8% para los niños), frente a la meta del 98%. La tasa de permanencia hasta el quinto curso de la enseñanza primaria fue del 78,3% (80% para las niñas y 76,8% para los niños), frente a la meta del 95%. Más importante aún, en cada período se ha producido un incremento progresivo de la cantidad de niñas que llegan al quinto curso. La tasa bruta de matriculación en el primer ciclo de la enseñanza secundaria fue del 78,1% (76% de niñas y 80,2% de niños), frente a la meta del 76%. Por su parte, en el curso escolar 2014-2015 la tasa bruta de matriculación en el segundo ciclo de la enseñanza secundaria ascendió al 48,6% (45,8% para las niñas y 42,9% para los niños), frente a la meta del 43%.

En 2014-2015 había 18.236 estudiantes matriculados en escuelas públicas de formación profesional en el nivel de certificado, el 30% de los cuales eran mujeres; 31.193 estudiantes matriculados en escuelas públicas de formación profesional en el nivel de diplomatura, el 45,3% de los cuales eran mujeres; y 457 estudiantes matriculados en escuelas privadas politécnicas y de formación profesional, el 22,8% de los cuales eran mujeres. Por otro lado, en ese mismo curso académico había 42.723 estudiantes matriculados en licenciaturas en universidades públicas, de los que el 42,9% eran mujeres; 1.244 estudiantes matriculados en maestrías en universidades públicas, de los que el 37% eran mujeres; y 22 estudiantes matriculados en doctorados, de los que el 40,9% eran mujeres.

La tasa de alfabetismo en el grupo de edad comprendido entre los 25 y los 49 años asciende al 69% en el caso de las mujeres y al 77% en el de los hombres. No obstante, esta tasa varía enormemente de unas regiones a otras. Por ejemplo, en la región meridional la tasa equivale al 55% en el caso de las mujeres y al 70% en el de los hombres, mientras que en la región central es del 76% y el 79%, respectivamente. Cabe señalar que las tasas de alfabetismo son mayores en los grupos de edad más jóvenes y que el índice de igualdad entre niñas y niños en la enseñanza primaria y secundaria es prácticamente el mismo. En el curso 2011-2012, la Encuesta Lao de Indicadores Sociales comprobó las tasas de alfabetismo proporcionando oraciones breves y simples a personas que habían concluido la enseñanza primaria o niveles educativos inferiores.

El cuadro 2 del apéndice del presente informe resume los datos correspondientes a la consecución de los ODM y a la asignación presupuestaria destinada por el Gobierno al sector de la educación y los deportes en 2012-2013.

Artículo 11: Empleo

Trabajadoras (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 35 y 36)

La República Democrática Popular Lao ha realizado los progresos que se presentan a continuación en la aplicación de esta observación final y de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en relación con la mujer y la economía.

Según la encuesta sobre población activa y trabajo infantil realizada en 2010 por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social y la Oficina Nacional de Estadística, en la República Democrática Popular Lao había 3.079.852 personas activas, de las que el 98,1% tenía empleo, y el 49,8% de las personas empleadas eran mujeres. El 80% de la mano de obra total se concentraba en el sector agrícola, mientras que el 20% restante se repartía entre el sector industrial y el sector servicios. Sea como fuere, la estructura laboral cambió reflejando la economía de mercado y la población activa migró de las zonas rurales a las urbanas. La industria textil es un sector con una gran presencia de mano de obra femenina, pero ya no resulta tan atractiva debido a las condiciones actuales de ese trabajo, por lo que la ocupación de la población en ella ha disminuido. A fin de garantizar la igualdad de oportunidades de las mujeres en el mercado laboral y de mejorar sus condiciones de trabajo en distintas fábricas, como las textiles, el Gobierno lao emprendió las siguientes acciones:

•Aprobó y promulgó la Ley de Trabajo enmendada.

•Aprobó y promulgó el Plan Estratégico para el Desarrollo del Empleo y el Plan Estratégico de Desarrollo del Bienestar Social para el período 2011-2020.

•Emitió un decreto sobre el salario mínimo para los trabajadores de empresas, del sector servicios y del sector de la manufactura, así como una notificación sobre el incremento de los salarios mínimos en febrero de 2015.

•Emitió el Decreto sobre la Creación y el Fomento de Mano de Obra Calificada. Existían por entonces 163 centros de formación profesional y técnica en todo el país, de los que 60 eran gestionados por el Gobierno; 60 pertenecían al sector privado y empresas; 13 eran gestionados por organizaciones populares, como los centros de formación profesional y técnica dirigidos por la Unión de Mujeres Lao; y 90 estaban gestionados por el sector privado de la manufactura, y todos ellos contaban con planes de estudios que se ajustaban a las exigencias del mercado.

•Emitió la Decisión del Ministro de Trabajo y Bienestar Social sobre la Organización y las Funciones de los Funcionarios Encargados de las Inspecciones Laborales.

•Aprobó el Plan Nacional de Acción para la Aplicación del Programa de Trabajo Decente (2011-2015) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

•Aprobó el Decreto 70/PMO sobre el Plan de la Seguridad Social Pública y el Decreto 343/PMO, y emitió una recomendación sobre la aplicación de dichos decretos.

La Federación de Sindicatos Lao tiene la responsabilidad de proteger los derechos e intereses legítimos de sus miembros, ya sean hombres, mujeres o trabajadores multiétnicos.

La Ley de Trabajo enmendada en 2013 define los distintos derechos de los trabajadores, como el derecho a disfrutar de los días libres determinados por el Gobierno o de una licencia de tres días por asuntos personales sin que disminuya su salario; a crear regulaciones internas para cada puesto de trabajo; a poner fin a la relación laboral; o a recibir una bonificación por trabajar en fines de semana y festivos públicos, así como la igualdad de derechos de las mujeres de cualquier sector profesional como la manufactura, el comercio y los servicios en lo que respecta, por ejemplo, a la participación en las capacitaciones y el cobro de igual salario que sus homólogos masculinos. Esta ley también establece las condiciones para emplear a jóvenes menores de 18 años, la protección frente a accidentes laborales y la protección de la salud de los trabajadores.

En 2013 la Gender Development Association estudió los datos de referencia relativos a la responsabilidad social de nueve fábricas textiles grandes (más de 500 trabajadores), medianas (entre 300 y 500 trabajadores) y pequeñas (menos de 300 trabajadores) de Vientián capital. En este estudio se entrevistó a 85 trabajadoras, y sus resultados mostraron que el 57% de ellas procedían de la región septentrional; el 30%, de la región meridional; y el 13%, de la región central del país. Además, el 53% pertenecían al grupo etnolingüístico lao-tai, el 18,8% eran mon-khmer y el 2,4% eran sinotibetanas, mientras que el 25,8% restante no indicó su origen étnico. El estudio concluyó además que el 35% de estas mujeres fueron a trabajar a la capital influidas por sus amigos y parientes; que el 24,6% lo hicieron debido a la pobreza de sus familias, a las que querían ayudar; que el 21,6% se trasladaron allí a causa de la inexistencia de oportunidades laborales en su lugar de origen y porque querían vivir en la ciudad; y que el 4,8% lo hicieron como consecuencia de anuncios radiofónicos y televisivos, porque fueron trasladadas por una filial de su empresa o por otros motivos.

Trabajadoras migrantes (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 42 y 43)

En 2013, el Gobierno lao presentó un informe adicional para responder a la observación final del párrafo 43. Además de aclarar el asunto en dicho informe, el Gobierno lao ha seguido confiriendo importancia a la protección de los derechos y prestaciones de los trabajadores migrantes que migraron para trabajar en otros países, como se expone en los párrafos a continuación.

En 2013 el Gobierno de la República Democrática Popular Lao enmendó la Ley de Trabajo, en la que incluyó dos nuevos artículos sobre la protección de las trabajadoras migrantes:

•El artículo 66 establece que el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social tiene el deber de administrar a los trabajadores lao que se encuentran en el extranjero en cooperación con los organismos pertinentes. Cuando se considere necesario, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, en cooperación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede recomendar al Gobierno que nombre un representante para administrar a estos trabajadores, el cual estará asociado a la embajada o el consulado general lao en el país extranjero y se encargará de labores administrativas y de la protección y representación de los intereses legítimos de los trabajadores lao.

•El artículo 67 estipula los derechos y deberes del administrador de los trabajadores lao en el extranjero.

•En octubre de 2014, el Ministro de Trabajo y Bienestar Social aprobó el plan de acción ministerial destinado legalizar la situación de las personas lao que trabajaban ilegalmente en Tailandia para que fueran trabajadores migrantes regulares conforme a la ley.

En diciembre de 2014 el Ministro de Trabajo y Bienestar Social promulgó una decisión relativa a la creación del Comité Directivo encargado de los Trabajadores Domésticos y a la legalización de la situación de los trabajadores lao en Tailandia. El Comité está formado por:

•Once miembros de comités directivos, el Ministro de Trabajo y Bienestar Social en calidad de Presidente y 3 adjuntos, a saber: el Director General del Departamento de Empleo y Desarrollo de Aptitudes del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, el Director General del Departamento de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Director General del Departamento de Gestión de los Libros de Registro Familiar y de Desarrollo Comunitario del Ministerio de Seguridad Pública.

•El Comité encargado de los Trabajadores Domésticos está compuesto por 7 funcionarios, el Director General Adjunto del Departamento de Empleo y Desarrollo de Aptitudes en calidad de Presidente y 2 adjuntos, a saber: el Director General Adjunto del Departamento de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Director General Adjunto de la División de Documentos de Identidad del Ministerio de Seguridad Pública.

•El Comité de Legalización de los Trabajadores Lao en Tailandia está integrado por 22 miembros, el Director General del Departamento de Empleo y Desarrollo de Aptitudes en calidad de Presidente y 4 adjuntos: el Director Adjunto de la División de Gestión Técnica de la Información del Departamento de Inmigración de la Policía del Ministerio de Seguridad Pública, el Director Adjunto de la División de Registro de Familias Extranjeras del Departamento de Gestión de los Libros de Registro Familiar y de Desarrollo Comunitario del Ministerio de Seguridad Pública y el funcionario técnico del Departamento de Estudios Socioculturales de la Oficina del Primer Ministro.

•En abril de 2015 el Ministro de Trabajo y Bienestar Social emitió la Decisión sobre el Nombramiento del Comité de Legalización de los Trabajadores Lao en Tailandia. Conforme a la información facilitada por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, a 31 de julio de 2015 había 136.260 trabajadores lao registrados en Tailandia, 82.898 de los cuales (el 60,8%) eran mujeres.

Artículo 12: Igualdad de acceso a los servicios de salud

Salud (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 37 y 38)

Como se muestra a continuación, el Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha puesto en marcha medidas para reducir la mortalidad maternoinfantil y facilitar la prestación de atención sanitaria a los niños menores de 5 años.

En 2011 el Gobierno promulgó la Ley de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud que:

•En el artículo 36 define la promoción de la salud de las mujeres y los niños como una de las prioridades de la salud pública. Todas las mujeres y los niños, en especial los que viven en zonas remotas, tienen derecho a acceder a servicios de asistencia sanitaria como el saneamiento, la prevención de enfermedades, la promoción de la salud y el tratamiento y la recuperación en el parto y antes y después de él. Los partos deben tener lugar en un hospital o centro médico y, cuando sea necesario hacerlo en otro lugar, debe haber una comadrona, una partera calificada o parteras tradicionales capacitadas para encargarse del proceso.

•En el artículo 37 determina la promoción de la salud para los jóvenes y las personas en edad reproductiva. Es preciso prestar mayor atención a la enseñanza y comprensión de la planificación familiar y las prácticas sexuales sin riesgo, el embarazo, el parto y el cuidado del niño.

•En el artículo 39 establece la promoción de la salud de las personas con discapacidad. La sociedad y las autoridades de todos los niveles deben concentrarse en mejorar el bienestar de estas personas para que puedan participar en asuntos sociales.

En 2014 se promulgó el Decreto núm. 273/GoL relativo a la Asistencia en el Parto y el Tratamiento de Niños Menores de Cinco Años, en el cual se establecieron principios, regulaciones y medidas para gestionar y aplicar la política para la asistencia en el parto y la atención sanitaria de los menores de 5 años. El decreto exhorta a las mujeres embarazadas a someterse a reconocimientos médicos y a contar con asistencia durante el parto, para lo cual cubre los costos del viaje, la comida y el alojamiento de un acompañante. Además, con el propósito de reducir la mortalidad maternoinfantil, los niños de 5 años pueden acceder a los centros de salud pública de todo el país, en especial los de zonas remotas. La Oficina Nacional de Seguros Médicos y el Comité Nacional de Seguros Médicos se encargan de gestionar los fondos destinados a respaldar la política de incentivos para el parto y el tratamiento de los niños menores de 5 años.

Se ha promovido considerablemente la educación sexual con el objetivo de llegar a jóvenes de ambos sexos mediante programas de radio que se emiten todos los sábados y domingos de 17.00 a 17.30 horas en la emisora 103.7 FM de la Radio Nacional Lao.

Además, el Ministerio de Salud, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y otros asociados para el desarrollo, en especial el Gobierno de Luxemburgo, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo (BASD), Save the Children y Médicos del Mundo, se esforzó para que en 2015 hubiera 1.500 comadronas en el país. El plan consistía también en capacitar y contratar a dichas comadronas en los centros de salud y los hospitales de los distritos. El Ministerio de Salud trabajó además en el proyecto piloto para la creación de un “hogar de espera” antes del parto, dirigido a las mujeres embarazadas de zonas remotas.

La salud de las mujeres mejoró constantemente entre 2010 y 2014. La esperanza media de vida de la población lao aumentó de 66,2 años en 2009 a 68,3 en 2013. La tasa de mortalidad materna disminuyó de 405 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2005 a 220 en 2013. Sin embargo, la situación de la salud reproductiva varía enormemente entre las zonas rurales y las urbanas. En promedio hay 94 nacimientos por cada 1.000 mujeres de 15 a 19 años, pero la diferencia entre las mujeres de las zonas rurales y las de las zonas urbanas es considerable: mientras que en las zonas rurales hay 114 nacimientos por cada 1.000 mujeres de este rango de edad, en el caso de las zonas urbanas solo hay 44. Además, el espaciamiento medio de los nacimientos es de 46,3 meses en las zonas urbanas, frente a los 32,2 meses de las zonas rurales. La edad promedio en que las mujeres de 15 a 49 años tienen a su primer hijo es de 21,1 años. Si bien se ha avanzado en materia de salud femenina, la República Democrática Popular Lao sigue afrontando dificultades en aspectos como el acceso de las mujeres de zonas montañosas y remotas a la asistencia sanitaria, el acceso de las mujeres jóvenes y solteras a información sexual y sanitaria, la salud reproductiva, y la atención prenatal y posterior al parto.

La Encuesta Lao de Indicadores Sociales 2011-2012 mostró los progresos realizados en pos del quinto ODM (mejorar la salud materna), así como los logros conseguidos y las esferas que había que seguir reforzando:

•La tasa de partos asistidos por parteras calificadas estaba en aumento, pero seguía siendo inferior al 50%.

•La tasa de partos en centros de salud u hospitales seguía siendo baja, del 38%.

•La tasa de mujeres embarazadas que recibían atención prenatal pasó del 35% en 2006 al 54% en 2011-2012.

•La tasa de mortalidad materna disminuyó de 405 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2005 a 220.

•Todos los distritos contaban con servicios de salud neonatal y de atención obstétrica primaria de emergencia, y la mayoría de los hospitales podían realizar cesáreas.

•La tasa de cesáreas era inferior al 4% de todos los partos.

•La tasa de partos sin complicaciones variaba enormemente de una región a otra. En las zonas urbanas la proporción de partos sin complicaciones duplicaba la media nacional y era seis veces mayor que en las zonas rurales aisladas.

•La tasa de partos sin complicaciones entre las mujeres ricas era ocho veces mayor que entre las pobres.

•La tasa de partos sin complicaciones de las mujeres que habían completado la enseñanza secundaria era seis veces superior que la de las mujeres analfabetas, según los datos facilitados por el Ministerio de Planificación e Inversiones en 2013.

La mayor parte de las mujeres lao (93%) no ha recibido nunca atención sanitaria después del parto. De nuevo, esta tasa varía en función de la región, ya que el 48% de las mujeres de la región central sí se somete a un reconocimiento médico tras el parto. Las mujeres con estudios superiores y una sanidad de mayor calidad son quienes reciben la atención posparto, mientras que las mujeres de 20 a 24 años reciben menos atención prenatal.

Tanto los hombres como las mujeres pueden acceder a información sobre métodos anticonceptivos modernos y, por lo general, están más familiarizados con los métodos tradicionales. El 50% de las mujeres casadas de la República Democrática Popular Lao usa métodos anticonceptivos entre los que predomina la píldora anticonceptiva. Además, el 42% de las mujeres casadas hace uso de una planificación familiar moderna. En promedio, 1 de cada 5 mujeres casadas precisa métodos para el control de la natalidad, principalmente para limitar el número de hijos o espaciar los nacimientos.

VIH/SIDA (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 40 y 41)

El 29 de junio de 2010, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Control y Prevención del VIH/SIDA, cuyo capítulo V, sección 2, dispone las siguientes medidas en distintos artículos:

•El artículo 32 determina que los ciudadanos lao, los ciudadanos extranjeros y las personas apátridas que residan en la República Democrática Popular Lao tienen derecho a acceder a información sobre el control y la prevención del VIH/SIDA.

•El artículo 33 señala que las personas que viven con el VIH/SIDA y las personas portadoras del virus tienen derecho a acceder al plan de seguro médico para que el servicio médico sea igualitario, tal y como lo define la regulación pertinente.

•El artículo 34 establece que las personas que viven con el VIH/SIDA y las personas portadoras del virus son iguales que las demás personas de la sociedad en lo que respecta a su vida en ella y sus actividades cotidianas, sin estigmatización ni discriminación.

•El artículo 35 dispone que los profesionales médicos y las personas dedicadas al control y la prevención del VIH/SIDA deben respetar estrictamente la confidencialidad de toda la información relativa a los pacientes de VIH/SIDA, estén vivos o no, salvo que exista una orden judicial o la persona implicada diga lo contrario.

El Gobierno lao ha vinculado además la igualdad de género a la resolución de los problemas relativos al VIH/SIDA integrándola en el Plan de Acción y Estratégico Nacional para el Control y la Prevención del VIH, el SIDA y Otras Enfermedades de Transmisión Sexual (2011-2015), para lo que ha incorporado en ella los principios del respeto de los derechos humanos de las personas seropositivas y prohibido la discriminación, incluida la que se da por motivos de género, enfermedad, conducta sexual o identidad sexual.

La República Democrática Popular Lao ha avanzado en la eliminación de la estigmatización y la discriminación contra las personas portadoras del virus adoptando además la Ley de Control y Prevención del VIH/SIDA, que estipula los derechos de las personas de los grupos de riesgo y se centra en difundir información sobre el VIH/SIDA en la sociedad.

En 2014, el Centro de Control del VIH, el SIDA y Otras Enfermedades de Transmisión Sexual indicó que entre 1990 y 2014 hubo 7.072 personas portadoras del VIH y 4.337 pacientes con SIDA y se produjeron 1.659 muertes a causa de esta enfermedad. El 49,8% de los pacientes portadores del virus eran mujeres. El 51% de los pacientes que reciben medicamentos antirretrovirales no prosiguen el tratamiento. Los trabajadores migrantes repatriados (en especial las mujeres), las prostitutas y los trabajadores migrantes a los que no acompaña su familia son los grupos de mayor riesgo. Los hombres suelen recibir más información sobre los riesgos que las mujeres, si bien en los últimos años los conocimientos sobre el tema han aumentado de forma gradual.

La Plan de Acción y Estratégico Nacional para el Control y la Prevención del VIH, el SIDA y Otras Enfermedades de Transmisión Sexual (2011-2015) definió diversos principios entre los que destacan el respeto de los derechos humanos de las personas que viven con el VIH y el SIDA, y determinó que no debería existir discriminación por motivos de género, estado de salud, conducta sexual u orientación sexual.

La República Democrática Popular Lao ha progresado en la lucha contra el estigma y la discriminación que sufren las personas que viven con el VIH y el SIDA. La aprobación de la Ley de Control y Prevención del VIH/SIDA supuso el reconocimiento de los derechos de los grupos de mayor riesgo (aunque, según la legislación, la prostitución y el consumo de drogas son ilegales).

El uso de preservativos entre las prostitutas disminuyó del 94% en 2009 al 92,5% en 2011. Alrededor de 5.000 mujeres viven con el VIH en el país. En 2011 la prevalencia del VIH era del 0,3% entre las personas de 15 a 49 años y del 1% entre las prostitutas.

Artículo 13: Derechos a prestaciones económicas y sociales

Las mujeres lao hacen una importante contribución a la economía de la República Democrática Popular Lao, ya que constituyen la mitad de la fuerza de trabajo. Las mujeres representan el 71,8% de la mano de obra del sector servicios (casas de huéspedes, hoteles y restaurantes) y ocupan el 63,6% de los puestos de los sectores de la venta al por menor y las reparaciones. De un modo similar, las mujeres constituyen el 57,9% de la fuerza de trabajo en la producción, el 51,3% de la agricultura, la silvicultura y la pesca, y el 49,9% de los trabajadores autónomos y las empresas familiares. La mayor parte de las trabajadoras presenta un nivel educativo inferior al de los hombres. Las mujeres procedentes de zonas rurales y entornos sin alfabetizar corren mayor riesgo de que se aprovechen de ellas. En 2010, la Federación Lao de Sindicatos y CARE International realizaron una encuesta en tres distritos de Vientián capital acerca de las trabajadoras de 15 a 35 años dedicadas al sector servicios, la cual puso de relieve que el 26% de las mujeres que acudía a entrevistas de trabajo carecía de formación y procedía de provincias de fuera de la capital.

En la Cámara Nacional Lao de Comercio e Industria hay 190 directivos de grupos empresariales, 44 de los cuales (el 23%) son mujeres. El estudio del Banco Mundial realizado en 2012 con empresas de todos los tamaños de la República Democrática Popular Lao determinó que en el 31,8% de dichas empresas había mujeres en los comités ejecutivos y que el 44,3% de las pequeñas empresas (entre 1 y 19 empleados), el 16,5% de las empresas medianas (entre 20 y 99 empleados) y el 5,1% de las grandes empresas (100 empleados o más) estaban dirigidas por mujeres.

En el período comprendido entre 2010 y 2014 el Gobierno lao consiguió abrirse camino para hacer realidad la mayoría de los ODM, y los resultados son evidentes. Ha mejorado la aplicación de las políticas y la solución de los problemas sociales. El Gobierno incrementó el salario y los índices de retribuciones y amplió su sistema de seguridad social prestando más atención a los aspectos culturales, la protección de los intereses de los trabajadores y el bienestar social. La Unión de Mujeres Lao creó un teléfono de asistencia para que los trabajadores pudieran acceder a información y servicios, incluido asesoramiento, sobre cuestiones relacionadas con su lugar de trabajo. En febrero de 2015, el Ministro de Trabajo y Bienestar Social emitió la Notificación núm. 808/MLSW para el incremento del salario mínimo de los trabajadores en los centros de producción, las empresas o los servicios, así como para las personas que trabajan en los sectores informales de la economía y en empresas en sus hogares, que no están calificados ni cualificados para ninguna profesión. Los salarios mínimos subieron de 626.000 a 900.000 kip mensuales, los cuales equivalen a los días de trabajo, que no exceden los 26 al mes, seis días a la semana y ocho horas al día.

Artículo 14: Mujeres de las zonas rurales

Mujeres de las zonas rurales (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 44 y 45)

La erradicación de la pobreza es la prioridad absoluta del Gobierno de la República Democrática Popular Lao. Según los resultados de la evaluación de los ODM llevada a cabo en 2013, la proporción de personas que vivían en la pobreza disminuyó del 25,6% en 2007-2008 al 16,8% en 2012-2013. El empoderamiento y el desarrollo de la mujer han mejorado junto con el desarrollo socioeconómico. De acuerdo con una evaluación del Banco Asiático de Desarrollo (BASD) y el Banco Mundial efectuada en 2012, el 80% de los hogares encabezados por una mujer son pobres.

Las mujeres de las zonas rurales dependen fundamentalmente de los recursos naturales como medio de vida. Por ejemplo, van a los bosques para recoger productos forestales no madereros a fin de llevar comida a sus familias y generar ingresos. Las mujeres de las zonas rurales dependen del agua de lluvia y los ríos para la producción agrícola. Sin embargo, debido al cambio climático acontecido en los últimos años, la población lao, en especial las mujeres y las niñas, es vulnerable a las inundaciones procedentes de los bosques y a la sequía. La mayoría de las inundaciones se producen de mayo a octubre. Además, las tormentas provocan fuertes lluvias y vientos que producen inundaciones con rapidez y se cobran las vidas de personas y animales y destruyen viviendas y otros activos, así como las tierras de cultivo. Las mujeres aún poseen pocos conocimientos y habilidades en materia de preservación del medio ambiente y adaptación al cambio climático para mitigar el impacto de este y de los desastres naturales. Al mismo tiempo, el acceso a la información, la responsabilización, la gestión y la implicación en la reducción de la contaminación y la conservación de la biodiversidad siguen siendo escasos.

El aumento y fomento de la participación de las mujeres en el diseño y la aplicación del plan de desarrollo local, con vistas a mitigar los impactos sociales y ambientales, y la satisfacción de las necesidades de las mujeres rurales son las prioridades de las políticas del Gobierno lao destinadas a redoblar la calidad de los medios de vida y a reducir la pobreza de los distintos grupos étnicos de todo el país, en especial de las mujeres rurales. Con esto se ha demostrado que el Gobierno de la República Democrática Popular Lao ha prestado atención a la igualdad de género, la promoción del adelanto de la mujer y la prevención de la violencia doméstica en los hogares, las aldeas y los distritos en la campaña de desarrollo de las familias, las aldeas y los distritos, además de a la igualdad de género y la eliminación de la violencia doméstica, en especial contra las mujeres y los niños, tal y como señala el Decreto núm. 309/PM de 14 de noviembre de 2013.

En la práctica, a nivel local las autoridades implicadas, los asociados para el desarrollo, las ONGI y las asociaciones sin fines de lucro han adoptado distintos enfoques para empoderar a las mujeres de las zonas rurales.

La segunda fase del Fondo para la Reducción de la Pobreza, que tuvo lugar de 2012 a 2015, se desarrolló en las remotas zonas montañosas rurales de diez provincias (Phongsaly, Luang Namtha, Oudomxay, Huaphan, Luang Prabang, Xieng Khouang, Savannakhet, Salavan, Se Kong y Attapeu), 42 distritos pobres, 278 aldeas racimo y 1.951 aldeas, donde aportó 65.700.000 de dólares de los Estados Unidos. El Fondo para la Reducción de la Pobreza tiene por objeto proporcionar a las personas pobres de estas zonas infraestructuras que faciliten su acceso a servicios públicos, crear condiciones de vida favorables y hacer realidad la igualdad de género para las personas pertenecientes a etnias. Por ejemplo, de los 3 subproyectos prioritarios en materia de infraestructura rural, 2 deben servir para atender las necesidades de las mujeres y 1 las de los hombres, y las mujeres deben ser las primeras en seleccionar dichos proyectos. Más de la mitad de los 1.426 proyectos llevados a cabo de 2012 a 2015 fueron seleccionados por mujeres. Se han beneficiado directamente del Fondo 683.797 personas procedentes de más de 1.300 aldeas pobres, de las que el 50% eran mujeres y el 60% pertenecían a grupos étnicos.

•Dos tercios de los cinco miembros del Comité de Administración de Proyectos en las Aldeas deben ser mujeres, mientras que el Comité para la Gestión de los Fondos debe estar compuesto por 2 mujeres y 1 hombre. Más de la mitad de las mujeres deberían participar en la adopción de decisiones relativas a los proyectos.

•Los miembros de las comunidades se organizaron para mejorar sus medios de subsistencia estableciendo grupos de apoyo, así como grupos de ahorro y de otra índole, que principalmente se encargaban de solucionar la escasez de alimentos de las mujeres embarazadas, las madres jóvenes y los niños menores de 2 años. Además, en las aldeas se promovió la nutrición normal y la higiene familiar, dando prioridad a las familias más pobres. En total existían 306 grupos de apoyo en 85 aldeas, según lo previsto, que contaban con 4.406 miembros de los que 3.220 (el 73%) eran mujeres. El fondo rotatorio para actividades de producción, que se utiliza para generar ingresos en las familias concienciando a las mujeres y las personas de grupos étnicos para que se impliquen en la toma de decisiones destinadas a afrontar la pobreza y la escasez de alimentos de sus familias, alcanzó los 5.024 millones de kip. Por último, se fundaron 15 centros de nutrición con el mandato de ofrecer almuerzos nutritivos entre 3 y 5 días a la semana.

•El Proyecto Nam Theun 2 ha elaborado una estrategia de género para que su aplicación tenga en cuenta las cuestiones de género y para que se haga un seguimiento de sus repercusiones. Las mujeres deben formar parte de este proyecto a fin de analizar las cuestiones de género de los procesos de planificación, aplicación, seguimiento y evaluación del plan de reasentamiento y el procedimiento que tiene en cuenta la perspectiva de género.

•La Unión Central de Mujeres Lao ha incorporado la participación de las mujeres en el diseño, la planificación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de sus programas y proyectos, tales como el proyecto de financiación, el proyecto de promoción de la fabricación de productos básicos o el proyecto de expedición de títulos de propiedad, entre otros.

•Mujeres akha y khmu han tomado parte en el diseño, la planificación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación del proyecto de desarrollo alternativo a la producción de opio de la provincia de Houaphanh, que fue desarrollado por la Comisión Nacional de Fiscalización y Supervisión de Drogas y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y fue puesto en práctica por las autoridades provinciales y de distrito.

Grupos vulnerables de mujeres (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 46 y 47)

El Gobierno lao realiza un gran esfuerzo para acabar con todas las formas de discriminación que sufren los grupos vulnerables de mujeres, en especial las niñas y las mujeres con discapacidad.

Según el Censo Nacional de Población y Vivienda, en 2015 había 160.881 personas con discapacidad en la República Democrática Popular Lao, lo que equivale al 2,8% de la población total de 5.810.245 de habitantes. De ellas, 80.115 eran mujeres con discapacidad, del total de 2.901.937 de mujeres del país, y 80.766 hombres con discapacidad, del total de 2.908.308 de hombres. Es evidente que la proporción de personas con discapacidad de cada sexo era la misma, y los datos se basaron en las siguientes seis categorías: 1) vista, 2) oído, 3) desplazamiento (o movilidad), 4) memoria (o atención), 5) cuidado personal (higiene y vestimenta), y 6) habla o comunicación. Una de las causas de la discapacidad eran las municiones sin detonar, que constituían el 3,1% de los casos. El cuadro 9 de los apéndices del presente informe contiene las cifras relativas a las víctimas de las municiones sin detonar.

El Gobierno lao ha prestado atención a los derechos de las personas con discapacidad y los ancianos de los siguientes modos:

•La República Democrática Popular Lao ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

•El 18 de abril de 2014 se promulgó el Decreto núm. 137/PM sobre las Personas con Discapacidad. Este decreto define los principios, regulaciones y medidas relativos a la protección de los derechos legítimos de las personas con discapacidad, de modo que puedan acceder a la promoción de la salud, la prevención, el tratamiento y la recuperación de enfermedades, la educación, formaciones profesionales, un empleo estable, datos e información, fuentes de financiación, centros de servicios y organizaciones de personas con discapacidad, con el objetivo de eliminar la discriminación que sufren y crear las condiciones necesarias para que se desarrollen personalmente, sean autosuficientes y participen en actividades sociales. El artículo 13 de este decreto estipula que las mujeres con discapacidad gozan de los mismos derechos y tienen la misma valía que otras personas de la sociedad en su desarrollo personal y en las actividades políticas, económicas, culturales, sociales y familiares en las que participan, de acuerdo con la legislación y las regulaciones. Por su parte, el artículo 21 define la educación inclusiva para las personas con discapacidad.

•El artículo 3 de la Ley de la Seguridad Social de 2013 establece que el término “trabajadores” incluye a las personas con discapacidad.

•En su artículo 4, la Ley de Trabajo enmendada en 2013 determina que el Estado centrará su atención en el empleo de las personas pobres, las personas desfavorecidas, las personas con discapacidad y los desempleados, así como de las personas con problemas sociales, para que desarrollen sus aptitudes laborales y tengan acceso a servicios de contratación para encontrar empleo, tener ingresos y recibir un trato justo, todo ello con el fin último de superar la pobreza. El artículo 9 de dicha ley determina que las personas desfavorecidas, pobres y con discapacidad son 1 de los 5 grupos a los que se dirigen las iniciativas de desarrollo de las aptitudes laborales.

En lo que respecta a la prestación de apoyo a las víctimas de las municiones sin detonar, el Gobierno lao aprobó el Plan Nacional Estratégico para la Resolución del Problema de las Municiones sin Detonar (2011-2020) del Organismo Regulador Nacional sobre las Municiones sin Detonar de la República Democrática Popular Lao. El Plan Nacional Estratégico tiene por objeto concienciar e informar sobre las municiones sin detonar con miras a reducir los riesgos derivados de explosiones accidentales. Existe también un plan de acción para dar asistencia y rehabilitación a las víctimas de explosiones accidentales.

Artículo 15: Igualdad ante la ley

La legislación de la República Democrática Popular Lao reconoce la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres, consagrada en la Constitución y en diversas leyes. El artículo 34 del capítulo IV de la Constitución de 2015 afirma que el Estado reconoce, respeta, protege y garantiza los derechos humanos y los derechos fundamentales de los ciudadanos con arreglo a la ley. Los artículos 35 a 45 disponen que todos los ciudadanos lao, independientemente de su género, condición social, educación, fe y grupo étnico, son iguales ante la ley. La Asamblea Nacional ha aprobado diversas leyes para garantizar los derechos de los ciudadanos lao sin discriminación. En concreto, el artículo 13 de la Ley de Proceso Penal de 2012 establece que los procesos penales deben basarse en la igualdad de derechos de todos los ciudadanos ante la ley y los tribunales populares, sin discriminación por motivos de género, raza, etnia, situación socioeconómica, lengua, educación, ocupación, fe, lugar de residencia o cualesquiera otros factores. El artículo 10 de la Ley de Procedimiento Civil dispone que los procedimientos civiles deben llevarse a cabo respetando la igualdad de derechos de todos los ciudadanos ante la ley y los tribunales populares sin discriminación por motivos de género, raza, etnia, situación socioeconómica, lengua, educación, ocupación, fe o lugar de residencia, entre otros. Por su parte, el artículo 6 de la Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Niño determina que todos los niños son iguales en todos los sentidos sin discriminación de ningún tipo con independencia de su género, raza, lengua, etnia, fe, religión y condición física y de la situación socioeconómica de su familia.

La Ley sobre la Unión de Mujeres Lao de 2013 y la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños de 2014 se aprobaron para lograr de manera progresiva la igualdad de ambos géneros. Además, el Código Penal tipifica como delito cualquier acto violento perpetrado contra una mujer y la trata de mujeres. En concreto, su artículo 177 dispone que toda persona que discrimine a una mujer u obstaculice, impida o limite su participación en cualquier actividad política, económica, sociocultural o familiar a causa de su género será encarcelada de 1 a 3 años y deberá pagar una multa de 1.000.000 a 3.000.000 de kip.

El artículo 20 de la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños establece que la promoción del adelanto de la mujer y la igualdad de género es una de las medidas que toma el Estado para lograr que las mujeres y los hombres tengan el mismo valor y gocen de igualdad de oportunidades en la política, la economía, la educación, la sociedad, la cultura, los asuntos familiares, la defensa y la seguridad nacionales y las relaciones exteriores, tal y como contemplan la Constitución y la legislación del país.

Artículo 16: Matrimonio y relaciones familiares

Relaciones familiares (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 48 y 49)

El artículo 4 de la Ley sobre la Familia de 2008 establece que las mujeres y los hombres mayores de edad deben respetar el principio de la monogamia. El Gobierno no permite que las mujeres y los hombres estén casados con más de una persona, lo que implica que la poligamia está prohibida en la República Democrática Popular Lao. El artículo 17 dispone que los matrimonios que incumplen la norma de tener un solo cónyuge, definida en el artículo 4, no son válidos. El derecho de los hombres y las mujeres a crear una familia se basa en el artículo 2 de la Ley sobre la Familia y en el artículo 17 de la Ley sobre el Desarrollo y la Protección de la Mujer, que establecen que el Estado y la sociedad deben promover y proteger la igualdad de las mujeres y los hombres en el seno de la familia. Los hombres y las mujeres mayores de 18 años tienen derecho a contraer matrimonio sobre la base del consentimiento mutuo, la libertad y el amor. Queda prohibido forzar a otras personas a contraer matrimonio o impedirles que lo hagan. El artículo 3 de la Ley sobre la Familia y el artículo 17 de la Ley sobre el Desarrollo y la Protección de la Mujer disponen que los hombres y las mujeres que hayan alcanzado la edad legal para contraer matrimonio deben regirse por el sistema de la monogamia.

El artículo 28 de la Ley sobre la Familia establece la siguiente división de los activos entre los cónyuges:

•Cada cónyuge es propietario de los activos de que disponía antes del matrimonio.

•Los activos adquiridos después de contraer matrimonio deben dividirse equitativamente, salvo que uno de los cónyuges cometa infracciones como el adulterio o la malversación de activos con una orden judicial firme, en cuyo caso la persona condenada recibirá un tercio de estos activos.

El marido y la mujer tienen iguales derechos sobre la propiedad conyugal, independientemente de quién de los dos haya adquirido efectivamente cada bien. El marido y la mujer tienen derecho a utilizar los bienes conyugales con arreglo a las necesidades de la familia. Sin embargo, se requerirá el consentimiento de ambos en relación con el derecho de usufructo o disposición de los bienes del matrimonio (artículo 27 de la Ley sobre la Familia).

Recopilación y análisis de datos (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 50 y 51)

La Asamblea Nacional aprobó en 2010 la Ley de Estadísticas con miras a mejorar el sistema nacional de estadística, facilitar información para crear y aplicar políticas socioeconómicas y hacer el seguimiento y evaluación de los progresos realizados en varios sectores y ubicaciones. La ley establece que todos los sectores y organismos equivalentes del Gobierno deben desarrollar su propio sistema estadístico con el apoyo técnico de la Oficina Nacional de Estadística.

Preparación del próximo informe (observación final núm. 53)

En la preparación del presente informe, la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, en su calidad de secretaría del CEDAW en la República Democrática Popular Lao, se ha servido de distintos procesos para recabar la información y los datos disponibles en los distintos ministerios, organismos y sectores, así como de otras partes interesadas implicadas, por ejemplo:

•Examinando los informes de las subcomisiones para el adelanto de la mujer de distintos ministerios, la Asamblea Nacional, organizaciones populares y asociados para el desarrollo, en especial ONU-Mujeres, el UNFPA, instituciones financieras internacionales, ONGI y asociaciones sin fines de lucro.

•Organizando reuniones consultivas con el personal técnico de los ministerios, los organismos, los sectores y otras partes interesadas como organismos de las Naciones Unidas y otros asociados para el desarrollo, tales como organizaciones de la red sobre cuestiones de género y ONGI. El proyecto del informe se distribuyó entre distintos ministerios, organismos, sectores y otras partes interesadas para que realizaran aportaciones.

•La versión final de este informe se presentó ante el Gobierno de la República Democrática Popular Lao para que lo estudiara y aprobara.

Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y difusión de las observaciones finales (CEDAW/C/LAO/CO/7, párrs. 54 a 56)

Los logros y progresos efectuados en la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing figuran en el capítulo II del presente informe, en el que se informa sobre la puesta en práctica de las observaciones finales conexas.

Objetivos de Desarrollo del Milenio (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 55)

Los logros y progresos realizados en la ejecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), en especial el tercer Objetivo —promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer— figuran en el capítulo II del presente informe, en el que se informa sobre la puesta en práctica de las observaciones finales conexas.

Seguimiento de las observaciones finales (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 58)

En octubre de 2013, el Gobierno de la República Democrática Popular Lao presentó al CEDAW dos informes adicionales relativos a la lucha contra la violencia contra la mujer y a las trabajadoras migrantes.

Asistencia técnica (CEDAW/C/LAO/CO/7, párr. 59)

La Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y las subcomisiones de todos los niveles han seguido coordinándose y cooperando con varias organizaciones nacionales e internacionales y prestando apoyo técnico y financiero para la aplicación de su plan de trabajo sobre el adelanto de la mujer, la igualdad de género, la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la violencia contra las mujeres y los niños. Las subcomisiones para el adelanto de la mujer de todos los niveles continuaron centrando su atención en la coordinación y cooperación con distintas organizaciones nacionales e internacionales a fin de recibir apoyo técnico y financiación para promover el adelanto de la mujer, la igualdad de género y la eliminación de la discriminación contra la mujer y de la violencia contra las mujeres y los niños.

El UNFPA ha brindado asistencia financiera y técnica con vistas a desarrollar los conocimientos, las capacidades y las habilidades comunicativas, los conocimientos de la lengua inglesa y otras aptitudes; crear planes de comunicación, llevar a cabo iniciativas de coordinación en pos de la igualdad de género y crear el sitio web de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer; publicar varios estudios; redactar el informe sobre los progresos realizados en la consecución de los ODM, y en especial el tercer ODM sobre la promoción de la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer; y desarrollar la capacidad de la Subcomisión para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Salud para aplicar el Segundo Plan Estratégico Nacional Quinquenal para el Adelanto de la Mujer (2011-2015) y establecer programas relacionados con la maternidad y la salud reproductiva de las mujeres, entre otros aspectos.

ONU-Mujeres también prestó apoyo financiero y técnico para fortalecer la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, y en especial para supervisar, controlar y evaluar la aplicación del Segundo Plan Estratégico Nacional Quinquenal para el Adelanto de la Mujer (2011-2015), recopilar datos y redactar informes conforme a la CEDCM acerca de la violencia contra las mujeres (observación final núm. 24) y las trabajadoras migrantes (observación final núm. 43), así como para elaborar los informes periódicos octavo y noveno combinados de la República Democrática Popular Lao en virtud de la CEDCM y presentarlos ante el CEDAW conforme a la normativa en vigor, celebrar y conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, facilitar el acceso de las mujeres a la justicia, y llevar a cabo los estudios antes mencionados y otras iniciativas.

Además, otros asociados para el desarrollo han prestado apoyo técnico a la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y las respectivas subcomisiones de varios sectores, tales como el BASD, Oxfam Novib, la Gender Development Association (GDA) y el Lao Australia Institute (LAI).

Capítulo III

Conclusión

En el período comprendido entre 2010 y 2014, el Gobierno lao continuó protegiendo y desarrollando el país con el objetivo de que salga de la categoría de países menos adelantados (PMA) en 2020. Uno de los elementos clave de estos esfuerzos de desarrollo fue la aplicación de la política para la eliminación de la discriminación contra la mujer, que pretende hacer realidad la igualdad de género, promover el adelanto de la mujer y empoderar a las mujeres de manera integral. En el período 2011-2014 esta política obtuvo los siguientes resultados:

•Hizo hincapié en la elaboración de políticas, leyes, estrategias y planes de acción encaminados a lograr la igualdad de género y el adelanto de la mujer.

•Puso en marcha iniciativas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) con los siguientes resultados:

-El porcentaje de familias pobres en la República Democrática Popular Lao disminuyó del 27,6% en 2007-2008 al 8,11% en 2014.

-La tasa neta de matriculación en la escuela primaria llegó al 98,6% (98,3% en el caso de las niñas y 98,8% en el de los niños) en 2014-2015.

-La tasa bruta de matriculación en el primer ciclo de la enseñanza secundaria alcanzó el 78,1% (76% en el caso de las niñas y 80,2% en el de los niños) en 2014-2015.

-La tasa bruta de matriculación en el segundo ciclo de la enseñanza secundaria alcanzó el 48,6% (45,8% en el caso de las niñas y 42,9% en el de los niños) en 2014-2015.

-La tasa de mortalidad materna disminuyó de 405 muertes por cada 100.000 nacidos vivos en 2005 a 220 en 2014.

-La tasa de mortalidad de los niños menores de 1 año disminuyó de 70 por cada 1.000 nacidos vivos en 2005 a 68 en 2012.

Algunos de los logros conseguidos por la República Democrática Popular Lao en el cumplimiento de lo indicado en las observaciones finales del CEDAW son:

•La amplia difusión y capacitación sobre la CEDCM y las observaciones finales de los miembros de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer, los miembros de las subcomisiones para el adelanto de la mujer de los ministerios competentes, los distintos sectores, las organizaciones populares, las administraciones locales, la Asamblea Nacional y órganos judiciales a fin de aplicar la CEDCM.

•La realización de más esfuerzos para mejorar y reforzar las subcomisiones para el adelanto de la mujer en los planos central y local (provincias, distritos y aldeas acogidos a la directiva nacional encaminada a potenciarlas como centros de desarrollo), dando prioridad a la mejora y el fortalecimiento de la secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer. Al mismo tiempo, el mecanismo operativo de las subcomisiones ha impulsado la coordinación y el seguimiento de la aplicación de la CEDCM, así como la presentación de informes al respecto. Del mismo modo, los planes y presupuestos para el adelanto de la mujer de las subcomisiones se elaboraron en línea con los de los ministerios competentes, los distintos sectores y las administraciones locales de distintos niveles.

•Las políticas del Gobierno lao sobre cuestiones relacionadas con el adelanto de la mujer, la igualdad de género, la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, incluida la violencia contra las mujeres y los niños, y el empoderamiento de las mujeres en todos los ámbitos dieron lugar a la elaboración de distintos documentos nacionales, entre otros:

-El Séptimo Plan Quinquenal de Desarrollo Socioeconómico (2011-2015);

-El marco jurídico de la República Democrática Popular Lao, incluidas la Constitución, la Ley sobre el Desarrollo y la Protección de las Mujeres de 2004, la Ley sobre la Unión de Mujeres Lao de 2003, la Ley de Trabajo revisada en 2013, la Ley de Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y los Niños de 2014 y otras leyes;

-La Segunda Estrategia Quinquenal para el Adelanto de la Mujer (2011-2015);

-El Plan Nacional de Acción para la Prevención y Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y los Niños de la República Democrática Popular Lao (2014-2020);

-La Estrategia para la Promoción de la Igualdad de Género en la Gobernanza (2012-2015);

-La Estrategia para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Educación y Deportes (2014-2015);

-La Estrategia para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Agricultura y Silvicultura (2011-2015);

-La Estrategia para el Adelanto de la Mujer del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (2014-2025);

-El Plan de Acción para la Promoción de la Igualdad de Género del Proyecto de Agua y Saneamiento en Pequeñas Aldeas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; y

-El Plan Quinquenal de Desarrollo de la Unión de Mujeres Lao.

•La insistencia en la sensibilización de toda la sociedad lao para cambiar las percepciones y conductas sociales en lo que respecta a la igualdad de género y la discriminación y la violencia contra las mujeres y los niños. Algunos de los importantes eventos organizados con este fin fueron la celebración de los derechos de las mujeres el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo), el Día Mundial de la Lucha contra el Sida (1 de diciembre) y el aniversario de la creación de la Unión de Mujeres Lao (20 de julio). El logro más destacable ha sido la puesta en marcha de la campaña encaminada a combatir la violencia contra las mujeres y los niños en la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre), que en la República Democrática Popular Lao se conmemoró por primera vez en 2011. La implicación de líderes y funcionarios lao de alto rango en estos eventos tuvo un fuerte impacto en la sociedad y sirvió para animar a la población del país a cambiar su actitud hacia la violencia.

•La participación en iniciativas internacionales y regionales en materia de igualdad de género y lucha contra la violencia contra la mujer, en particular:

-La Comisión de la ASEAN sobre la Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres y los Niños;

-El Comité de la Mujer de la ASEAN; y

-El análisis de los avances realizados en la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

Junto con los logros y progresos antes mencionados, aún quedan algunas cuestiones para las que es necesario hacer mejoras y hallar soluciones, entre ellas:

•La difusión de la igualdad de género no ha sido lo suficientemente amplia como para englobar a toda la población, por lo que algunos grupos de personas de organizaciones de los sectores gubernamental y privado todavía carecen de la sensibilización y los conocimientos necesarios en materia de igualdad de género. Además, aún se puede mejorar la sensibilización y el entendimiento de las funciones y los deberes de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer y las subcomisiones.

•La comprensión pública de la prevención y la lucha contra la trata de personas en la sociedad en su conjunto y en algunos sectores específicos es insuficiente, por lo que apenas facilita la organización de actividades relacionadas con el tema.

•La aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing plantea problemas. Las mujeres siguen enfrentándose a dificultades debidas a la pobreza y en lo que respecta al acceso a información en materia de salud sexual y reproductiva en el caso de las mujeres solteras y las jóvenes, lo cual es especialmente duro para las mujeres que viven en zonas remotas y montañosas.

•La fundación de la Comunidad Económica de la ASEAN tiene ventajas y desventajas para la República Democrática Popular Lao. Se prevé que las trabajadoras no calificadas se enfrentarán a obstáculos. Asimismo, será más frecuente que los trabajadores migren a otros países de la ASEAN donde los salarios son mayores. En el caso concreto de la República Democrática Popular Lao, es posible que disminuya la mano de obra en algunos sectores del país, lo cual provocará problemas a nivel nacional y en el ámbito social. La migración de trabajadores de la ASEAN hacia la República Democrática Popular Lao aumentará porque su población es pequeña en comparación con la de otros miembros de la ASEAN. Este patrón migratorio provocará una mayor competitividad en el mercado laboral del país al reducirse la mano de obra calificada de la República Democrática Popular Lao, lo que planteará dificultades para las trabajadoras no calificadas lao.

Figura 1: Organigrama de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer

Vicepresidente de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer Cinco personasVicepresidenta de la Unión de Mujeres LaoViceministro del InteriorViceministro de Educación y DeportesViceministro de Planificación e InversionesViceministro de la Oficina Gubernamental24 miembros de los comités de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer23 viceministros y el Director de la secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer Un miembro de las autoridades locales es responsable de coordinar el adelanto de la mujer en las aldeas    Distrito de la secretaría Subcomisión para el adelanto de la mujerPresidida por el Jefe Adjunto de DistritoSubcomisión para el adelanto de la mujer de distrito Presididos por el Jefe Adjunto del equivalente ministerialEquivalentes de las subcomisiones para el adelanto de la mujer en los ministeriosDivisión para el Adelanto de la Mujer  Presidida por el VicegobernadorSubcomisión provincial para el adelanto de la mujerSecretaría provincial Subcomisión para el adelanto de la mujer     Presididas por el Viceministro Subcomisiones para el adelanto de la mujer en los ministeriosDivisión para el Adelanto de la Mujer Secretaría de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer Ministro Adjunto de la Oficina Gubernamental, Presidente Adjunto de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la Mujer Presidente de la Comisión Nacional Lao para el Adelanto de la MujerMinistro en la Oficina del Primer Ministro

Cuadro 1 Estadísticas de educación

Descripción

ODM

Total

Mujeres

Hombres

2009-2010

2014-2015

2009-2010

2014-2015

2009-2010

2014-2015

Tasa de matriculación neta en la enseñanza primaria (6 a 10 años de edad)

2.1

92,7%

98,5%

91,7%

98,3%

93,7%

98,8%

Tasa de permanencia hasta el quinto curso

2.2

71%

78,3%

71,3%

80%

70,5%

76,8%

Tasa bruta de matriculación en el primer ciclo de la enseñanza secundaria (pública y privada)

60,2%

78,1%

55,5%

76%

64,5%

80,2%

Tasa bruta de matriculación en el segundo ciclo de la enseñanza secundaria (pública y privada)

33,9%

48,6%

30,4%

42,9%

37,5%

48,6%

Número de estudiantes de títulos técnicos (enseñanza pública)

14.009

18.236

34,3%

38%

65,7%

62%

Número de estudiantes de diplomaturas (enseñanza pública)

17.060

31.193

42,6%

45,3%

57,4%

22,8%

Número de estudiantes de licenciaturas (enseñanza pública)

50.937

42.723

36%

42,9%

64%

65,1%

Número de estudiantes de maestrías (enseñanza pública)

763

1.244

37,2%

37%

63,2%

63%

Número de estudiantes de doctorado

-

22

-

40,9%

-

59,1%

Tasa de alfabetismo de las mujeres de 25 a 49 años

2.3

69%

Tasa de alfabetismo de las personas de 25 a 49 años

2.3

77%

Fuente: Ministerio de Educación, Sistema de Gestión de Información Educativa.

Cuadro 2 Gasto del sector de la educación por subsector

Descripción

2012-2013 (millones de kip)

Porcentajes recurrentes

Gasto total

3.941.058

Gestión educativa

416.185

11%

Subsectores

3.524.873

89%

Primera infancia

184.201

5%

Primaria

1.593.588

40%

Primer ciclo de secundaria

718.633

18%

Segundo ciclo de secundaria

489.176

12%

Técnica y profesional

205.628

5%

Formación de docentes

99.346

3%

Educación superior

214.278

5%

Enseñanza no académica

20.023

1%

Fuente: Plan de Desarrollo de Sector de la Educación (2011-2015). Examen y actualización: 18de diciembre de 2013.

Cuadro 3 Salud reproductiva

Núm.

Descripción

1.-

Tasa de mortalidad materna (2005)

405 personas por cada 100.000

2.-

Tasa de mortalidad materna (2013)

220 personas por cada 100.000

3.-

Tasa de mortalidad infantil de niños menores de 1 año (2005)

70 niños por cada 1.000 nacidos vivos

4.-

Tasa de mortalidad infantil de niños menores de 1 año (2012)

68 niños por cada 1.000 nacidos vivos

5.-

Mujeres en edad reproductiva receptoras de atención prenatal (2006)

35%

6.-

Mujeres en edad reproductiva receptoras de atención prenatal (2012)

54%

Cuadro 4 Causas penales por violencia contra la mujer de 2010 a 2013 (observación final núm. 14)

Descripción

Tribunal de distrito (primera instancia)

Tribunal provincial (primera instancia)

Tribunal provincial de apelación

Tribunal regional de apelación

Tribunal regional de casación

Tribunal Supremo

2010

2011

2012

2013

2010

2011

2012

2013

2010

2011

2012

2013

2010

2011

2012

2013

2010

2011

2012

2013

2010

2011

2012

2013

1

Violencia física

59

124

119

127

71

29

42

47

2

10

18

16

12

10

6

7

0

3

1

7

4

3

2

5

2

Adulterio

88

132

124

140

38

12

10

8

0

6

13

16

8

2

2

3

0

0

5

5

9

1

3

Trata de personas

0

0

0

0

22

18

17

26

0

0

0

0

3

14

6

18

0

0

0

0

3

5

4

1

4

Violación

10

1

2

52

53

69

61

2

2

2

1

4

12

13

10

0

1

0

0

2

4

3

5

Violación infantil

4

1

0

1

10

22

11

9

0

0

0

0

3

0

1

2

0

1

0

0

2

2

1

1

6

Obscenidad

0

0

0

5

2

1

2

0

0

1

3

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

7

Movilización de migración ilegal al extranjero

2

0

0

1

9

2

0

2

0

0

0

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

8

Relaciones sexuales con un pariente cercano

5

0

0

2

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

9

Prostitución

0

0

1

2

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

10

Total

168

258

244

272

204

140

150

160

4

18

34

37

30

46

28

30

0

5

6

12

20

15

7

10

Fuente: Tribunal Popular Supremo.

Cuadro 5 Resumen de las actividades formativas sobre leyes relacionadas con la trata de personas impartidas en 2009-2014 (observación final núm. 28)

Núm.

Temas

Emplazamiento

Participantes

Total

Mujeres

1.

Leyes relacionadas con la lucha contra la trata de personas para funcionarios judiciales

Todo el país

735

112

2.

Identificación de víctimas y ética de los funcionarios implicados en casos de trata de personas para agentes de policía, funcionarios judiciales y fiscales

Todo el país

445

No disponible

3.

Aplicación e investigación de la inmigración ilegal, la trata de personas, la explotación infantil y la falsificación de documentos

Todo el país

10

No disponible

Fuente: Informe núm. 081 de la secretaría del Comité Directivo Nacional de Lucha contra laTrata (2012-2013), 24 de octubre de 2013.

Cuadro 6 Número de prostitutas que asistieron a actividades grupales en 2014 (observación final núm. 30)

PSI

NCA

PEDA

Centro de Control del VIH, el SIDA y Otras Enfermedades de Transmisión Sexual

Total

( Luang Prabang , Sayaboury , provincia de Vientián, Vientián capital, Saravan , Champasack )

( Bokeo , Luang Namtha , Sekong , Attapeu )

( Xiangkhoang , Borikhamxay , Khamouane )

( Luang Prabang , Xiangkhoang , Vientián capital, Savannakhet , Champasack )

Enero a marzo

642

269

272

1.421

2.604

Abril a junio

626

347

234

1.057

3.555

Julio a septiembre

761

277

294

1.366

2.698

Octubre a diciembre

823

275

323

1.086

2.507

Total

2.852

1.168

1.123

4.930

11.364

Fuente: Receptor principal del Fondo Mundial, Ministerio de Salud.

Cuadro 7 Porcentaje de mujeres en la Asamblea Nacional (observación final núm. 32)

Legislatura

Total

Mujeres

Porcentaje de mujeres (%)

Primera (1975-1989)

45

4

8,8

Segunda (1989-1992)

79

5

6,3

Tercera (1992-1997)

85

8

9,4

Cuarta (1997-2002)

99

21

21,2

Quinta (2002-2006)

109

25

22,9

Sexta (2006-2010)

115

29

25,2

Séptima (2011- 2015)

132

33

25

Fuente:Asamblea Nacional, 2015.

Cuadro 8 Porcentaje de mujeres en puestos de adopción de decisiones (observación final núm. 32)

Núm.

Puesto

Total

Mujeres

Porcentaje de mujeres (%)

1

Miembros de la Oficina Política

11

1

9

2

Miembros de la secretaría del Comité Central del Partido

5

0

0

3

Miembros del Comité Central del Partido

45

4

9

4

Ministros y cargos equivalentes

50

7

14

5

Viceministros y cargos equivalentes

126

21

16,7

6

Jefes adjuntos de la autoridad/administración estatal y cargos equivalentes

29

4

13,8

7

Ministros adjuntos

18

3

17

8

Directores generales y cargos equivalentes

437

71

16

9

Directores generales adjuntas y cargos equivalentes

946

186

20

10

Gobernadores provinciales

17

0

0

11

Vicegobernadores provinciales

44

3

7

12

Jefes de distrito

145

12

8

13

Jefes adjuntos de distrito

265

13

5

14

Jefes de aldeas

8.651

145

2

15

Jefes adjuntos de aldeas

16.786

1.200

7

Fuente: Departamento de Desarrollo Administrativo Público, Ministerio del Interior, 2013.

Cuadro 9 Víctimas de municiones sin detonar

Año

Heridos

Fallecidos

Niños

Niñas

Hombres

Mujeres

Total

Niños

Niñas

Hombres

Mujeres

Total

Niños

2010

47

7

33

8

95

9

5

9

1

24

119

2011

34

4

32

9

79

14

0

6

0

20

99

2012

11

2

17

11

41

6

2

6

1

15

58

2013

12

5

9

2

28

7

1

5

0

13

41

2014

9

7

8

5

29

12

0

4

0

16

45

2015

12

0

10

1

23

2

0

4

0

6

29

Total

125

25

109

36

295

50

8

34

2

94

389

Fuente: Organismo Regulador Nacional sobre las Municiones sin Detonar y la Lucha Antiminas de la República Democrática Popular Lao.