Párrafos

Página

Introducción

1-7

4

Primera parte

Respuestas a las observaciones

8-45

6

Segunda parte

Progresos realizados desde el último informe periódico

46-150

22

Artículos 2 y 3 – Garantías constitucionales y de otra índole y mecanismos de aplicación

46-71

22

Artículo 4 – Medidas especiales de carácter temporal

72

27

Artículo 5 – Eliminación de prejuicios

73

27

Artículo 6 – Trata de mujeres

74-75

27

Artículo 7 – La mujer en la vida política y pública

76

27

Artículo 8 – Representación del gobierno en el plano internacional

77

27

Artículo 9 – Nacionalidad

78

27

Artículo 10 – Educación

79-99

28

Artículo 11 – Empleo

100-116

38

Artículo 12.– Atención de la salud

117-139

49

Artículo 13 – Vida económica y social

140

57

Artículo 14 – La mujer rural

141-148

57

Artículo 15.– Capacidad jurídica

149

59

Artículo 16. – Matrimonio y relaciones familiares

150

59

Conclusión

151

59

Siglas

CGE

Certificado General de Educación

OIT

Organización Internacional del Trabajo

ODM

Objetivos de Desarrollo del Milenio

PMA

Programa Mundial de Alimentos

VIH/SIDA

Virus de inmunodeficiencia humana/Síndrome de inmunodeficiencia adquirida

Introducción

En cumplimiento de la obligación que le incumbe en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Sri Lanka tiene el placer de presentar sus informes quinto, sexto y séptimo. Los informes tercero y cuarto de Sri Lanka fueron examinados el 28 de enero de 2002 en el 26° período de sesiones del Comité (545ª y 546ª sesiones) celebrado en Nueva York.

En el período que se examina, Sri Lanka cumplió su compromiso de asignar alta prioridad a las obligaciones asumidas en virtud de la Convención y de adoptar medidas para llevarlas a la práctica. El cumplimiento de este compromiso se sostuvo a lo largo de todo el período, a pesar de la necesidad del Estado de concentrarse en la enorme tarea de mantenimiento de la seguridad nacional y el orden público ante los graves desafíos planteados por una de las organizaciones terroristas más despiadadas de los últimos tiempos.

Los días 1 y 21 de abril de 2009, el Gobierno de Sri Lanka realizó consultas con expertos en cuestiones de género y otros representantes de la sociedad civil con vistas a la elaboración del presente informe. Dichas consultas fueron convocadas por el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer. El proceso de consultas aportó elementos valiosos para la preparación del presente informe.

Factores socioeconómicos generales

A mediados de 2007, la población de Sri Lanka ascendía a 20 millones de habitantes. Se ha revertido el alto índice de masculinidad (cantidad de hombres por cada 100 mujeres) que existía anteriormente y que ahora se sitúa en 99,1 según el último censo, realizado en 2001. En 2001, la población infantil representaba un cuarto de la población total, con un leve predominio de varones. La población en edad laboral asciende a dos tercios del total, con una proporción algo mayor de mujeres. Un 7% de la población (más de un millón de habitantes) está conformado por personas de edad, entre los cuales las mujeres superan a los hombres.

La situación de la mujer ha mejorado notablemente, tal como lo evidencian los logros alcanzados en materia de educación, salud y empoderamiento económico, gracias a una mayor sensibilidad respecto de la problemática de la mujer y una firme política del Gobierno dirigida a promover el empoderamiento de la mujer y atender sus reclamos. Se han logrado mejoras en las actitudes relativas al lugar que ocupan las mujeres en la sociedad y ese cambio se debe en gran medida a los niveles educativos más altos alcanzados por las mujeres, lo cual a su vez ha llevado a que se les reconozca el derecho a participar en pie de igualdad en el proceso de desarrollo y el valioso aporte que realizan a dicho proceso.

Sri Lanka incorporó los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) a su programa nacional de desarrollo y el país está bien encaminado en relación con la mayoría de los indicadores, habiendo ya alcanzado algunos en el plano nacional. Los logros más destacables tienen que ver con la igualdad en la enseñanza primaria, la mortalidad infantil y materna, el acceso al agua potable y la alfabetización, entre otros. Es importante señalar que estos logros se han alcanzado en forma pareja para ambos sexos. Cabe resaltar que la mayoría de los ODM afectan directamente a la situación de la mujer y que el Estado está trabajando seriamente para alcanzarlos.

Como Estado soberano comprometido con la democracia, Sri Lanka continúa enfrentando los desafíos planteados por una de las organizaciones terroristas más brutales del mundo actual. Los costos socioeconómicos del terrorismo son enormes y abarcan muchas dimensiones. La destrucción y los daños en materia de infraestructura física y social han sido sin duda muy graves, pero lamentablemente la pérdida de vidas y el desplazamiento de personas ha significado un costo humano que también ha planteado al Gobierno desafíos sin precedentes. El Estado invirtió en un ambicioso programa de fomento para zonas afectadas, que consiste en la realización de obras de infraestructura y el desarrollo de medios de subsistencia, atendiendo a la vez el grave problema de los desplazados. Naturalmente, esta situación afecta también a las mujeres. Los mecanismos estatales que existen para atender esta problemática han sido reforzados.

Primera parte

Respuestas a las observaciones finales adoptadas por el Comité despuésde examinar, el 28 de enero de 2002, los informes periódicos tercero y cuarto de Sri Lanka

Observación final [párrafo 275] El Comité insta al Estado parte a que revise toda la legislación vigente y enmiende las disposiciones discriminatorias a fin de que sean compatibles con la Convención y la Constitución. El Comité recomienda además que el Estado parte tenga en cuenta, cuando proceda, las sugerencias y recomendaciones de órganos como el Comité encargado de la reforma de la Ley musulmana sobre derecho de las personas, establecido por el Ministerio de Asuntos Religiosos y Culturales Musulmanes. El Comité también alienta al Estado parte a que obtenga información sobre jurisprudencia comparada, incluso la interpretación de la ley islámica en función de la Convención.

Respuesta

Legislación discriminatoria

La imposibilidad de someter a revisión judicial las leyes promulgadas con anterioridad a la Constitución no supuso un impedimento a la eliminación de disposiciones discriminatorias del régimen jurídico a través de decisiones de política adoptadas por el Ejecutivo y las correspondientes reformas legislativas por parte del Parlamento, tal como lo evidencian las importantes reformas llevadas a cabo, que se indican a continuación.

La promulgación de la Ley de Ciudadanía (Enmienda) (véase el párrafo 75, referido al artículo 9) y la decisión del Gobierno de modificar la Ordenanza de Aprovechamiento de Tierras con el fin de, entre otros cosas, eliminar las disposiciones discriminatorias contra las mujeres, demuestran la voluntad del Estado de eliminar normas discriminatorias aun sin contar con un pronunciamiento judicial.

Ley musulmana sobre derecho de las personas

No se han introducido cambios respecto a las leyes musulmanas referidas al derecho de las personas. En vistas de la importancia que la comunidad musulmana le otorga a la religión y teniendo en cuenta que las leyes en la materia tienen un fuerte arraigo en las creencias de dicha comunidad, toda iniciativa estatal dirigida a reformar tales leyes deberá contar con la aprobación de la comunidad. Un aspecto positivo a destacar en este sentido es que, si bien las leyes musulmanas sobre derecho de las personas no establecen una edad mínima para el matrimonio, actualmente los matrimonios de niños no son frecuentes en la comunidad musulmana. Entre 1996 y 2003 se redujo en forma constante la cantidad de mujeres musulmanas menores de 16 años de edad que contraían matrimonio.

Cuadro 1Matrimonios musulmanes con novias menores de 16 años de edad

Total de matrimonios musulmanes

Total de matrimonios musulmanes con novias menores de 16 años

Cantidad

Porcentaje del total de matrimonios

1996

15 313

109

0,71

1997

14 998

106

0,71

1998

16 800

131

0,78

1999

16 576

121

0,73

2000

17 754

126

0,71

2001

17 672

78

0,44

2002

17 776

94

0,53

2003

17 593

80

0,45

Fuente: Dirección General del Registro Civil.

Esta tendencia se debe principalmente a que muchas jóvenes musulmanas optan por cursar estudios superiores y se integran al mercado laboral al completarlos. Por lo tanto, aunque no existen normas que lo prohíban, el matrimonio de menores no es un problema serio en la comunidad musulmana. Esta tendencia hace pensar que los matrimonios de niñas continuarán descendiendo. Por otro parte, se está llevando a cabo un trabajo conjunto de jueces islámicos (caídes), abogados musulmanes, grupos musulmanes de la sociedad civil y particulares preocupados por este tema (tanto hombres como mujeres) para promover un proceso de diálogo que sensibilice a la comunidad musulmana acerca de la necesidad de modificar la actual Ley de Matrimonio y Divorcio Musulmán para evitar los matrimonios precoces con novias menores de 16 años. En tales circunstancias, la forma más apropiada de reformar esta ley sería por iniciativa de la propia comunidad musulmana.

Observación final [párrafo 275] - La Comisión pide al Estado parte que vele porque los derechos constitucionales sean aplicables a las actividades de los agentes no estatales y del sector privado.

Respuesta

Se entiende que esta observación se refiere a las disposiciones constitucionales relacionadas con la aplicación efectiva de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Si bien en el caso de violaciones de estos derechos por parte de sujetos no estatales no es posible presentar acciones ante la Corte Suprema amparándose en el procedimiento especial estipulado en la Constitución (esto es, el derecho constitucional a obtener reparación a través de la Corte Suprema), no existen impedimentos para reclamar reparación ante otros tribunales.

Observación final [párrafo 277] - El Comité alienta al Estado parte a que acelere el establecimiento del Comité Nacional de la Mujer, fortalezca los centros de coordinación en materia de género en los ministerios gubernamentales, proporcione suficientes recursos para la aplicación del Plan de Acción Nacional y refuerce la aplicación de la Carta de la Mujer, incluso imprimiendo fuerza jurídica a sus disposiciones, donde proceda, a fin de dar efecto a los principios de la Convención.

Respuesta

Estos temas reciben la más alta prioridad de parte del Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer. Actualmente se está terminando de redactar un proyecto de ley para el establecimiento de un Comité Nacional de la Mujer. Los objetivos de políticas declarados en la Carta de la Mujer son en esencia obligaciones asumidas por el Estado en virtud de la Convención y es en ese sentido que se procura alcanzarlos. Es común que las políticas estatales estén contenidas en un documento de política y no en leyes. Ello no supone un menor compromiso de parte del Estado hacia las obligaciones asumidas conforme a la Carta de la Mujer. La Carta de la Mujer también contiene numerosas disposiciones referidas a leyes que reconocen ciertos principios de la Convención y estipulan medidas para su aplicación. Los centros de coordinación en materia de género de los ministerios están actualmente inactivos y el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer ha identificado su reactivación como una actividad prioritaria. A tales efectos, el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer pedirá a los ministerios correspondientes que designen secretarios adicionales para que actúen como centros de coordinación en materia de género. Asimismo, el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer aceptó la necesidad de adoptar a la brevedad medidas para fortalecer las divisiones de la Policía dedicadas a la mujer y a la infancia.

Observación final [párrafo 279] - El Comité insta al Estado parte a que adopte todas las medidas necesarias para aumentar la representación de la mujer en la vida política y pública en los planos local, provincial y nacional, incluso mediante la aplicación de medidas especiales provisionales, con arreglo al párrafo 1 del artículo 4 de la Convención.

Respuesta

Se sigue garantizando la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en la vida política y pública. No obstante, la participación de la mujer en posiciones de liderazgo activo en el ámbito político es todavía mínima. Aunque son muchas las mujeres que se desempeñan en puestos de apoyo, la cantidad de mujeres que se postulan a cargos electivos en órganos de gobierno nacional, provincial y local y que resultan electas evidencia la reticencia de las mujeres a participar activamente en política. Las mujeres tienen escasa representación en estas instituciones. Históricamente, la representación de las mujeres en el Parlamento ha sido baja (menos del 10%). Aunque hubo una iniciativa dirigida a establecer una cuota obligatoria de mujeres en las listas de candidatos y se ha alentado a los partidos políticos a que consideren aplicar este principio, no ha habido condiciones propicias que generen confianza entre las mujeres y las convenzan de que la política es una esfera en la que podrían participar. Las elecciones parlamentarias en las que se presentaron más candidatas mujeres fueron las elecciones generales de 2004, en las que de un total de 6.060 candidatos, 375 (6,2 %) eran mujeres. Sin embargo, sólo 13 de esas candidatas resultaron electas para un total de 225 escaños parlamentarios. Las cifras en el plano provincial son similares: en las elecciones de Consejos de Provincia celebradas en 2004 en siete provincias, 373 de los 4.863 candidatos (7,7%) eran mujeres y 19 de estas (5,0%) resultaron electas, sobre un total de 380 cargos en disputa. En las elecciones de 2006 para autoridades locales, las mujeres representaron tan sólo el 1,9% de los candidatos electos. Cabe resaltar que en la reciente elección la Sra. Rosy Senanayake fue designada para encabezar la oposición en el Consejo de la Provincia Occidental, habiendo obtenido la mayoría de votos preferenciales de los candidatos de la oposición.

Cuadro 2Representación de la mujer en cargos políticos

Categoría

Año

Cantidad total

Mujeres

Porcentaje de mujeres

Porcentaje de mujeres

Parlamentarios

2007

• Integrantes del parlamento

225

13

5,8

• Gabinete

52

03

5,8

Consejos de Provincia

• Ministros

2006

35

0

0,0

• Consejeros

2004

380

19

5,0

Integrantes de gobiernos locales Consejos

2006

• Consejos Municipales

330

10

3,0

• Consejos urbanos

379

13

3,4

• Pradeshiya Sabhas

3 243

51

1,6

Fuente: Departamento de Estadística y Censos.

Si bien la cantidad de mujeres que son electas representantes puede ser mínima, está aumentando su participación en la formulación de políticas de gobierno, acceso a cargos públicos y desempeño en funciones públicas en todos los niveles de Gobierno. Las mujeres están representadas en los niveles superiores de la estructura administrativa, como Secretarias de Ministerios (en abril de 2008, 8 de las 55 secretarías estaban ocupadas por mujeres) y Jefas de Misiones Diplomáticas (pasando del 2,9% en 1992 al 11,3% en 2006), así como del Poder Judicial, donde 3 de los 11 jueces del tribunal superior (la Corte Suprema de Sri Lanka) son mujeres. La cantidad de mujeres que ocupan puestos de responsabilidad ha aumentado considerablemente: en el Servicio Administrativo de Sri Lanka aumentó del 17,1% en 1993 al 35,4% en 2007; en el Servicio Científico de Sri Lanka, del 18,9% en 1993 al 37,5% en 2006; en el Servicio de Planificación de Sri Lanka, del 28,8% en 1993 al 29,2% en 2006; y en el Servicio Exterior de Sri Lanka, del 29,7% en 2004 al 33,1% en 2009. En este período, por primera vez en la historia se designó a mujeres para ocupar los cargos de Secretaria General del Parlamento y Gobernadora de Provincia. Gracias a una fuerte política de reclutamiento con criterios imparciales respecto al género, respaldada por las garantías constitucionales de la igualdad, cada vez más mujeres ingresan a cargos de dirección en todos los sectores de gobierno. A medida que adquieren antigüedad en el cargo acceden a los ascensos correspondientes y tienen una presencia cada vez más destacada en las jerarquías más altas de los diversos organismos gubernamentales.

De lo anterior se desprende que la participación de la mujer en los servicios profesionales está aumentando, pero ello se produce exclusivamente por razones de mérito y no por el establecimiento de cuotas para mujeres, lo cual significa que su incorporación es una cuestión de elección. Por otro lado, la política no parece ser una opción preferida por la mayoría de las mujeres.

Observación final [párrafo 281] - El Comité insta al Estado parte a que adopte todas las medidas necesarias para aumentar la representación de la mujer en los cursos de ingeniería y tecnología conexa en la educación superior.

Respuesta

La representación insuficiente de las mujeres en los cursos de ingeniería y tecnología prácticamente no ha cambiado en las últimas tres décadas y es improbable que puedan impulsarse cambios mediante intervenciones externas, ya que los estudiantes son libres de elegir las disciplinas que prefieran y que se ajusten a sus capacidades. Esta preferencia en la selección de carreras no parece darse exclusivamente en Sri Lanka o en la región, ya que la predominancia masculina en los cursos de ingeniería a nivel universitario es una tendencia universal. Por más detalles, véase la sección relativa a la “Educación superior” en los párrafos 86 a 92.

Observación final [párrafo 283] - El Comité alienta al Estado parte a que promulgue legislación que favorezca la interrupción del embarazo en casos de violación, incesto y anormalidades congénitas del feto.

Respuesta

El tema de la introducción de nueva legislación no se planteó como tal ya que no existían leyes anteriores en la materia. No obstante, el Código Penal contiene disposiciones que contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo cuando exista realmente riesgo de vida para la mujer. Entre tanto, se está llevando a cabo una serie de debates sobre la mejor manera de proceder en este tema, ya que toca susceptibilidades religiosas en torno al derecho a la vida. Para Sri Lanka, el tema debe tratarse con delicadeza, procurando evitar reacciones adversas que podrían ser contraproducentes. Por lo tanto, el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer y el Comité Nacional de la Mujer continuarán promoviendo un amplio diálogo sobre el tema, dando participación a la sociedad civil, grupos de interés y activistas.

(Este punto se trata también en el párrafo 130.)

Observación final [párrafo 285]- El Comité insta al Estado parte a que vele por la plena aplicación de todas las medidas jurídicas y de otra índole relacionadas con la violencia contra la mujer, vigile los efectos de tales medidas y proporcione a las mujeres víctimas de la violencia medios accesibles y eficaces de reparación y protección. A la luz de su recomendación general 19, el Comité pide al Estado parte que promulgue cuanto antes legislación sobre la violencia en el hogar. El Comité recomienda al Estado parte que establezca una estructura para la reunión sistemática de datos sobre la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar, desglosada por sexo y grupo étnico.

Respuesta

En 2005 se promulgó la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica (Ley No. 34 de 2005). En la sección referida a los artículos 2 y 3 se brinda una descripción detallada de las características de esta ley.

Observación final [párrafo 285] - El Comité insta al Estado parte a que considere la posibilidad de tipificar la violencia en el matrimonio como delito, en todos los casos.

Respuesta

El Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer incluye este tema dentro de sus objetivos prioritarios y lo estaría tratando en breve con el Ministerio de Justicia con vistas a legislar en la materia. Si bien en el marco jurídico vigente el hecho de que un hombre obligue a su esposa a mantener relaciones sexuales no es considerado en sí un delito,cuando este hecho se combina con un acto de violencia tipificado como delito, el hecho es pasible de sanción según lo establecido en el Código Penal para el acto de violencia en cuestión. En tales casos, la víctima puede también ampararse en la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica.

Observación final [párrafo 285] - El Comité recomienda al Estado parte que se proporcione extensa capacitación al personal judicial, policial y médico y otros grupos pertinentes sobre todas las formas de violencia contra la mujer.

Respuesta

Esto se está haciendo a través de instancias muy eficaces de capacitación. El Instituto de la Magistratura de Sri Lanka ha brindado programas de capacitación para jueces en materia de maltrato de mujeres y niños, centrándose en la aplicación de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica. Según se informa, dicha capacitación, que está dirigida a grupos multidisciplinarios que abarcan desde funcionarios policiales hasta fiscales y médicos forenses, ha resultado eficaz. El Departamento de Policía ha organizado una serie de programas de capacitación y concienciación dirigidos a sensibilizar a oficiales de policía sobre temas relacionados con la forma de combatir la violencia contra las mujeres y el maltrato infantil.

Observación final [párrafo 287] - El Comité insta al Estado parte a que vigile estrictamente el comportamiento de la policía y las fuerzas de seguridad, a fin de garantizar que se enjuicie a todos los culpables, y adopte todas las medidas necesarias para impedir actos de violencia contra las mujeres.

Respuesta

El 2 de junio de 2006, el Presidente impartió a los Jefes de las Fuerzas Armadas y la Policía una directriz especial por la cual habilitaba a la Comisión de Derechos Humanos de Sri Lanka a ejercer sus poderes y funciones y cumplir sus obligaciones y brindaba garantías para el respeto de los derechos fundamentales y el trato humanitario de presos y detenidos. Esa directriz establece normas que deben cumplir las Fuerzas Armadas y la Policía. Entre otras cosas, dispone que las mujeres y los menores de 18 años que sean arrestados o detenidos tienen derecho a ser acompañados por una persona de su confianza al ser trasladados al lugar donde serán interrogados y deberán permanecer detenidos en la Unidad de Mujeres de las Fuerzas Armadas o la Policía o custodiados por una mujer policía u oficial militar de sexo femenino. El hecho de que esa directriz haya sido emitida por el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, que es a su vez el Presidente de la Nación, pone de relieve la seriedad con que se procurará su aplicación.

Observación final [párrafo 289] - El Comité insta al Estado parte a que fortalezca las medidas para eliminar los estereotipos relativos al papel y la responsabilidad de la mujer y el hombre, incluso campañas de concienciación y educación dirigidas a mujeres y hombres del público en general y a los medios de comunicación. Asimismo, pide al Estado parte que organice una evaluación del efecto de sus medidas a fin de determinar deficiencias y adaptar y mejorar las medidas en consecuencia.

Respuesta

En ciertos ámbitos se están abandonando rápidamente los estereotipos. En las secciones “Educación - Enseñanza técnica y vocacional” (párrafos 95 a 97) y “Empleo” se brindan más detalles sobre estos cambios.

Observación final [párrafo 291] - El Comité insta al Estado parte a que adopte todas las medidas necesarias para aumentar la participación económica de la mujer y para lograr que la mujer tenga igualdad de acceso al mercado de trabajo y a las oportunidades y condiciones de trabajo. El Comité pide al Estado parte que brinde una protección adecuada y vele por el cumplimiento de las leyes laborales para el bien de todas las trabajadoras en toda las esferas. El Comité recomienda que se reúnan e incluyan en el próximo informe datos desglosados por sexo sobre la distribución de ingresos y los salarios y que el Estado parte adopte medidas para que se incorpore la perspectiva de género en todas las normas laborales.

Respuesta

Véanse los párrafos 98 a 114 en la sección referida al artículo 11, “Empleo”.

Observación final [párrafo 293] - El Comité insta al Estado parte a que promueva el cumplimiento pleno y eficaz de las medidas adoptadas para proteger a las trabajadoras migratorias, incluso la prevención de actividades de oficinas ilegales de empleo y la garantía de que los seguros cubran a las mujeres discapacitadas y desempleadas que regresen a Sri Lanka.

Respuesta

Se siguen llevando a cabo muchas de las iniciativas mencionadas en el informe anterior de Sri Lanka tendientes a regular el régimen de reclutamiento y salvaguardar los intereses de las trabajadoras migratorias, introduciéndose las mejoras que sean necesarias. En 2007, se creó un ministerio especial a nivel de gabinete (el Ministerio para la Promoción y el Bienestar de los Trabajadores en el Exterior) a fin de atender específicamente la temática de los trabajadores migratorios. La creación de un ministerio dedicado específicamente al tema demuestra la voluntad del Estado de mejorar el régimen de migración laboral en todos sus aspectos. La Oficina de Sri Lanka de Empleo en el Exterior funciona ahora en la órbita de ese ministerio. Además de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que ya había ratificado en 1995, Sri Lanka ratificó todos los convenios principales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y aprobó el Marco multilateral de la OIT para las migraciones laborales.

Un importante avance en materia de políticas fue la adopción de la Política Nacional de Sri Lanka sobre Migración Laboral, que se centra en particular en aspectos que conciernen a las trabajadoras migratorias, como su reclutamiento y protección. El proyecto de política fue elaborado por el Ministerio para la Promoción y el Bienestar de los Trabajadores en el Exterior y representa el compromiso del Estado de garantizar un proceso de migración laboral que se ajuste a principios de buena gobernanza y procure hacer efectivos los derechos y obligaciones establecidos en instrumentos internacionales a fin de promover oportunidades para que los hombres y mujeres que migran en busca de empleo decente y productivo lo hagan en condiciones de libertad, dignidad, seguridad e igualdad. El ministerio encargado del tema explica de la siguiente manera los fundamentos del documento de política:

La formulación de una política nacional de migración laboral resulta actual y oportuna por varias razones. Desde mediados del decenio de 1980, cuando se estableció el marco institucional, jurídico y normativo básico referido al empleo en el exterior, se han producido importantes cambios económicos, sociales y políticos. Estos cambios tienen que ver con los efectos de las tendencias globalizadoras en la economía, el rápido crecimiento en la cantidad de trabajadores migratorios y su consiguiente vulnerabilidad, cuestiones relacionadas con su protección y bienestar, la creciente feminización de la migración, las repercusiones sociales de la migración y el compromiso de Sri Lanka con los instrumentos internacionales referidos a trabajadores migratorios.

La Política Nacional de Sri Lanka sobre Migración Laboral tiene tres objetivos, a saber: a) definir una visión a largo plazo sobre el papel que cumple la migración laboral; b) incrementar los beneficios que brinda la migración laboral para la economía, la sociedad y los trabajadores migratorios y sus familiares, minimizando a la vez sus efectos negativos, y c) procurar que se respeten y protejan los derechos humanos y laborales de los trabajadores migratorios.

La política declara que:

•El Estado garantizará la protección plena de todos los trabajadores migratorios a través de la introducción de políticas, leyes y normas que regulen el empleo en el exterior y establecerá estándares altos de protección y promoción del bienestar de los trabajadores migratorios con arreglo a normas internacionales;

•El Estado se asegurará de que ninguna ley o norma comprometa o viole la dignidad y los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos de Sri Lanka y en particular de los trabajadores migratorios;

•El Estado adoptará medidas para la prevención de todas las formas de migración irregular, trata de personas y contrabando de seres humanos;

•El Estado procurará fomentar procesos de migración dignos, seguros y equitativos que brinden igualdad de oportunidades para todos, generando a la vez puestos de trabajo locales y promoviendo la distribución equitativa de la riqueza y los beneficios derivados del desarrollo.

•El Estado brindará protección plena a los trabajadores, ya sea dentro o fuera del país y estén o no organizados, y promoverá la igualdad de oportunidades laborales y el pleno empleo para todos. A tales efectos, el Estado proporcionará a los trabajadores migratorios prestaciones y servicios económicos, jurídicos, de asistencia social y de otra índole en forma adecuada y oportuna.

•El Estado reafirma el principio fundamental que establece la igualdad de hombres y mujeres ante la ley y reconoce el importante papel que cumple la mujer en la construcción de la nación.

•Consciente de la contribución de las trabajadoras migratorias de Sri Lanka y sus vulnerabilidades específicas, el Estado aplicará criterios que tengan en cuenta la perspectiva de género tanto en la formulación y ejecución de políticas y programas referidos a trabajadores migratorios como en la integración de los órganos encargados de velar por el bienestar y el empoderamiento de estos trabajadores. Tales políticas y programas estarán dirigidos a crear condiciones que permitan a los trabajadores migratorios adoptar decisiones informadas y gozar plenamente a todos los derechos, privilegios y beneficios de la migración.

•El Estado reconoce que la capacitación de los trabajadores migratorios es un factor clave para garantizar su protección. Es así que el Estado instrumentará procesos de formación de trabajadores y fomentará la migración de mano de obra calificada, sin descuidar las necesidades internas de mano de obra calificada en áreas fundamentales y promoviendo la circulación de aptitudes.

La política reitera varios compromisos referidos a la protección:

•Como la protección de los trabajadores migratorios y de sus familiares es un deber esencial del Estado, este se compromete a proteger y promover el empoderamiento de los trabajadores migratorios y sus familiares en las tres etapas del proceso de migración. Estas etapas consisten en la etapa previa a la partida (desde la decisión de migrar hasta la capacitación y preparación para migrar), la etapa de servicio (el tiempo durante el cual los trabajadores están empleados en el exterior mientras sus familias permanecen en el lugar de origen) y la etapa de retorno y reintegro (tomando en cuenta su reincorporación, aceptación y valoración).

•En particular, el Estado definirá el perfil mínimo que deberá tener el trabajador migratorio a fin de garantizar su bienestar y protección, creará condiciones para que los potenciales trabajadores migratorios puedan tomar decisiones informadas y ponderadas acerca de la migración para trabajar, redoblará sus esfuerzos por minimizar los procesos de reclutamiento irregular y abusivo e introducirá medidas importantes para la preparación y la capacitación psicológica y profesional de los trabajadores migratorios. Esto incluye el asesoramiento y el apoyo psicológico y en materia de salud pública. Las misiones diplomáticas en los países receptores o de acogida darán prioridad al cumplimiento de su deber de protección de los trabajadores migratorios y garantizarán la repatriación segura de todos los trabajadores necesitados. Es de vital importancia que en los procesos de regreso y reintegro se protejan plenamente los derechos y libertades de los trabajadores migratorios. El Estado también reconoce su responsabilidad de garantizar la protección y el bienestar de los hijos de trabajadores migratorios.

• En la etapa previa a la partida, el Estado fijará los requisitos mínimos que deberán cumplir los trabajadores que deseen migrar por motivos laborales, con respecto a edad, nivel educativo e idoneidad para categorías seleccionadas de trabajo. Reconociendo que la migración laboral es una decisión voluntaria y un derecho de todos los ciudadanos, el Estado adoptará medidas para ayudar a aquellos hombres y mujeres que estén considerando migrar por razones laborales a tomar una decisión al respecto y evitará la difusión de información engañosa. Se introducirán medidas para evitar la explotación y los abusos en el reclutamiento de trabajadores migratorios, actualizar los cursos de capacitación dirigidos a mejorar la competencia y la capacidad de los trabajadores, brindar asistencia en los preparativos de viaje e inserción laboral en el exterior y realizar todos los exámenes médicos necesarios antes de la partida. Previo a la partida, los trabajadores migratorios podrán acceder a servicios de orientación y preparación psicológica para el trabajo y la vida en el exterior.

• En la etapa de servicio, el Estado brindará mecanismos para proteger a los trabajadores migratorios de la explotación y el maltrato y se asegurará de que las misiones diplomáticas de Sri Lanka en los países de acogida cuenten con sistemas y servicios adecuados para apoyar a todos los trabajadores migratorios en sus respectivos países y se ocupen en forma proactiva de su protección y bienestar. El Estado elaborará un plan de beneficios y prestación de servicios para trabajadores migratorios, que comprenderá seguros, pensiones y seguridad social, al cual podrán acceder todos los trabajadores migratorios y sus familias. En el marco de la política de repatriación se impondrán deberes y obligaciones contractuales a las agencias de reclutamiento. Por último, el Estado formulará un marco normativo para la protección de los hijos de trabajadores migratorios, a través de un sistema de registro, seguimiento y beneficios especiales.

• En la etapa de retorno, el Estadodefinirá y establecerá un mecanismo para brindar servicios de retorno y reintegro a los trabajadores migratorios. Esto supondrá, entre otras cosas, garantizar el debido reconocimiento a los trabajadores migratorios y otorgarles prioridad en el acceso a ciertos servicios, una atención especial en el aeropuerto, orientación y capacitación para el reintegro, concesiones impositivas y beneficios especiales para hijos de trabajadores migratorios. El Estado reconoce que las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos constituyen también medios eficaces a los que pueden recurrir los trabajadores migratorios para lograr su reintegro en condiciones propicias.

• Reclutamiento - La Política Nacional de Sri Lanka sobre Migración Laboral reconoce que uno de los temas clave que deben abordarse para garantizar la buena gobernanza en esta esfera es el de las prácticas irregulares de las agencias privadas de reclutamiento y las lagunas del marco normativo que regula la actividad de los operadores locales de las agencias de reclutamiento (conocidos como subagentes), que conducen a la explotación y al maltrato de los trabajadores migratorios. Esto es resaltado tanto por el Estado como por actores sociales y organizaciones de la sociedad civil. El Estado reconoce que tiene la responsabilidad última en todos los procesos de reclutamiento, responsabilidad que se deriva de su compromiso de proteger a los trabajadores garantizando un proceso de migración laboral seguro y equitativo. Conforme a disposiciones legislativas y normativas, el Estado concede licencias a agencias privadas de reclutamiento, que les permiten a estas reclutar trabajadores en nombre del Estado. A pesar de diversos planes introducidos por la Oficina de Sri Lanka de Empleo en el Exterior, la incapacidad de controlar las actividades de los subagentes que operan sin licencia lleva a perpetuar prácticas abusivas y de explotación. La ausencia de un mecanismo de control adecuado plantea un importante desafío a la lucha contra las prácticas irregulares. El Estado se ha comprometido a regular el proceso de migración laboral y administrarlo según principios de buena gobernanza y rendición de cuentas y a regular la actividad de reclutamiento mediante disposiciones administrativas y políticas y procedimientos, regímenes de concesión de licencias, códigos de conducta y control y aplicación de sanciones penales a los infractores. Se emitirán directrices para regular en el futuro las actividades de los subagentes que operen sin licencia.

•En los países receptores de mano de obra migratoria existen una serie de prácticas abusivas, incluido el no pago de salarios y jornales. Ante la falta de acuerdos con estos países y las dificultades inherentes para hacer cumplir las normas en otros países, se hace más difícil adoptar medidas de reparación contra esas prácticas. Es necesario contar con un mecanismo general de tramitación de denuncias que abarque todos los niveles del proceso migratorio y se encargue de recibir, investigar y remitir denuncias de violaciones de los derechos humanos y laborales de los trabajadores migratorios.

Se elaboró un Plan de Acción para poner en práctica la Política Nacional de Sri Lanka sobre Migración Laboral. Con esto se está atendiendo debidamente la problemática de las trabajadoras migratorias.

Como respuesta inmediata a las preocupaciones relativas a la integridad del proceso de reclutamiento desarrollado por los agentes de contratación, que redunda en condiciones desfavorables de trabajo para las trabajadoras migratorias, en 2008 el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer estableció una red encabezada por el mismo ministerio y conformada por una representación del Ministerio para la Promoción y el Bienestar de los Trabajadores en el Exterior y varios agentes de contratación. Este grupo se reúne una vez al mes para tratar temas que afectan a las trabajadoras migratorias y posibles formas y medios de eliminar las prácticas corruptas de los agentes que colocan a las mujeres en una situación de vulnerabilidad.

Observación final [párrafo 295] - El Comité insta al Estado parte a que reconozca la contribución de la mujer de las zonas rurales a la economía mediante la reunión de datos desglosados por sexo sobre la producción rural y a que fomente la incorporación de la perspectiva de género en todos los programas de desarrollo, con atención especial a las mujeres de las zonas rurales que pertenecen a las minorías.

Respuesta

Los avances y nuevas iniciativas referidas a la situación de la mujer rural se tratan en la sección sobre el artículo 14, “Mujeres rurales” (párrafos 140 a 147).

Observación final [párrafo 297] - El Comité insta al Estado parte a que formule políticas y programas para mejorar la situación de los hogares dirigidos por mujeres y ancianas, incluso el reconocimiento de la igualdad de derechos de los hogares dirigidos por mujeres respecto de los beneficios de los programas de desarrollo.

Respuesta

Hogares encabezados por mujeres

En el bienio 2006-2007, la proporción de hogares encabezados por mujeres era del 23,4%, alcanzándose la mayor proporción (25%) en las zonas urbanas. De estas mujeres jefe de hogar, el 81% tiene más de 40 años de edad y la mayoría (64,6%) no tiene empleo. Existen programas estatales de bienestar social, como el Samurdhi, que prestan asistencia a familias pobres sin discriminar por razones de género. Ninguno de los programas que se llevan a cabo en materia de desarrollo es discriminatorio contra las mujeres jefe de hogar.

El Ministerio de Bienestar y Servicios Sociales desarrolla un “Proyecto de recuperación de familias monoparentales”a través del cual se han establecido pequeñas empresas comerciales y se ha brindado asistencia financiera para la puesta en marcha de proyectos de autoempleo a pequeña escala. Mediante este proyecto se ha capacitado a costureras de zonas rurales y se han establecido hasta el momento 77 centros de costura.

Cuadro 3Jefes de hogar por sexo y sector – 2006-2007

Sector

Jefes de hogar por sexo

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Miles

Porcentaje

Toda la isla

4 524

3 467

1 057

100

76,6

23,4

Urbano

631

470

161

100

74,5

25,5

Rural

3 657

2 815

842

100

77

23,0

Plantaciones

236

182

54

100

77,1

22,9

Fuente: Departamento de Estadística y Censos, Censo de Hogares y Gastos e Ingresos 2006-2007.

Aclaración: No incluye a la Provincia Septentrional ni al distrito Trincomalee en la Provincia Oriental.

Cuadro 4Mujeres jefe de hogar por actividad actual y sector – 2006-2007

Sector

Mujeres jefe de hogar por actividad actual

Total

Empleadas

Desem - pleadas

Estudiante s

Amas de casa

Imposibilitadas de trabajar por discapacidad o edad avanzada

Porcentaje

Porcentaje

Toda la isla

100

35,2

2

0,2

40,5

21,9

Urbano

100

29,6

1,4

0,1

47,3

21,3

Rural

100

35,2

2,2

0,2

40,7

21,7

Plantaciones

100

52,4

2,1

1,2

18

26,2

Fuente: Departamento de Estadística y Censos, Censo de Hogares y Gastos e Ingresos 2006-2007.

Aclaración: No incluye a la Provincia Septentrional ni al distrito Trincomalee en la Provincia Oriental.

Cuadro 5Mujeres jefe de hogar por nivel educativo y sector - 2006-2007

(Porcentaje)

Mujeres jefe de hogar por nivel educativo

Total

Sin educación formal

Hasta 5° grado

Entre 6° y 10° grado

CGE (nivel básico)

CGE (nivel avanzado)

Título de grado o superior

Toda la isla

100

12,5

29,5

37,2

13,3

6,3

1,2

Urbano

100

7

26,4

37,0

16,4

9,5

3,6

Rural

100

11,5

29,6

38,7

13,5

6,0

0,8

Plantaciones

100

44,4

38,5

14,0

1,2

1,6

0,3

Fuente: Departamento de Estadística y Censos, Censo de Hogares y Gastos e Ingresos 2006-2007.

Aclaración: No incluye a la Provincia Septentrional ni al distrito Trincomalee en la Provincia Oriental.

Cuadro 6Mujeres jefe de hogar por grupo de edad (años) y sector - 2006-2007

(Porcentaje)

Sector

Mujeres jefe de hogar por grupo de edad (años)

Total

5 a 14 años

15 a 24 años

25 a 39 años

40 a 59 años

60 años o más

Toda la isla

100

0,1

1,6

17

43,5

37,9

Urbano

100

1

15,1

47,2

36,8

Rural

100

0,1

1,6

17,6

42,5

38,7

Plantaciones

100

0,6

2,8

13,8

55,5

27,3

Fuente: Departamento de Estadística y Censos, Censo de Hogares y Gastos e Ingresos 2006-2007.

Aclaración: No incluye a la Provincia Septentrional ni al distrito Trincomalee en la Provincia Oriental.

Personas de edad

La población de adultos mayores de Sri Lanka está creciendo a un ritmo acelerado. Se han impulsado muchas iniciativas en beneficio de los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes. La Ley de Protección de las Personas de Edad (Ley No. 9 del año 2000)dispone la creación de un Consejo Nacional para el Adulto Mayor y una Secretaría Nacional para apoyar a dicho consejo en el cumplimiento de sus funciones. Se considera persona de edad a los mayores de 60 años.

Conforme a la ley, la función principal del Consejo es promover el bienestar y proteger los derechos de las personas de edad y ayudarlos a llevar una vida digna, independiente y decorosa. La misión de la Secretaría Nacional del Adulto Mayor es estimular la participación de las personas de edad en el desarrollo social y garantizar su independencia, cuidado, integración, realización y dignidad, así como proteger sus derechos a través de programas de sensibilización.

La ley impone a los hijos la obligación jurídica de cuidar a sus padres y atender sus necesidades [párrafo 1 del artículo 15], estipula la obligatoriedad de registrar a los hogares de ancianos [artículo 16] y prevé la creación de juntas ante las que los adultos mayores que no puedan mantenerse solos puedan recurrir para solicitar que se ordene a uno o varios de sus hijos que aporten una pensión alimenticia [artículo 25]. Por otra parte, en marzo de 2006 el Gobierno aprobó una Carta Nacional del Adulto Mayor y una Política Nacional para las Personas de Edad. Actualmente se está elaborando un Plan de Acción Nacional en base a dicha política.

Si bien este tema cae principalmente bajo la órbita del Ministerio de Bienestar y Servicios Sociales, tanto el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer como el Ministerio de Servicios de Reasentamiento y Socorro en Casos de Desastre tienen programas específicos que tratan distintas cuestiones conexas. Estos tres ministerios ejecutan los siguientes programas y actividades de apoyo a personas de edad:

a)Atención oftalmológica para adultos mayores - Se brinda atención médica en policlínicas para personas de edad y se entregan anteojos sin cargo a adultos mayores de bajos recursos;

b)Centros de Recursos para Mujeres de Edad - Estos centros, que son establecidos y administrados por el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer, brindan espacios para que los adultos mayores ocupen su tiempo en forma útil y realicen actividades económicas que los estimulen física y mentalmente. El ministerio tiene previsto establecer 360 centros de recursos para mujeres de edad en los sectores rural y de plantaciones dentro de los próximos 5 años, sujeto a la disponibilidad de fondos;

c)Programa de Acompañantes para Personas de Edad - Se brinda capacitación para el cuidado de personas de edad y los servicios de estos acompañantes capacitados se ponen a disposición de quienes los requieran;

d)Programa de Carné de Identidad para el Adulto Mayor - A través de este programa las personas de edad reciben un carné de identidad especial que les permite acceder a beneficios especiales;

e)Sistema de patrocinio del adulto mayor - Los patrocinantes contribuyen a cubrir los costos de manutención de los adultos mayores de bajos recursos;

f)Establecimiento de Consejos Comunales de Ancianos - Estos consejos de ancianos se establecen con apoyo de la Secretaría y ofrecen programas recreativos y de asistencia social para personas de edad. Se estimula en particular a las adultas mayores a que integren estos consejos, que son establecidos por el Ministerio de Desarrollo del Niño y Empoderamiento de la Mujer. Existen también promotores de los derechos de las personas de edad que brindan servicios de salud, asistencia psicológica y social y orientación a través de los consejos y en centros diurnos. En los distritos en los que no se cuenta con los servicios de los promotores de los derechos de las personas de edad existen asistentes de desarrollo social que brindan servicios en estas áreas;

g)Taller de Psicología y Orientación para Adultos Mayores - El Ministerio de Bienestar y Servicios Sociales brinda capacitación en materia de derechos de las personas de edad, cuestiones psicológicas y orientación para formar promotores de los derechos de las personas de edad y asistentes de desarrollo social. Ya se ha capacitado a 32 personas para desempeñarse en estas funciones;

h)Plan de Pensiones para Personas de Edad - Se instrumentó un plan de pensiones para personas de edad por el cual se concede una pensión mensual a los mayores de 70 años que no reciban otro tipo de asistencia y no tengan ninguna fuente de apoyo. Este esquema se inauguró con un capital inicial aportado por el Gobierno;

i)Centros Diurnos - Estos centros son establecidos y administrados por el Ministerio de Servicios de Reasentamiento y Socorro en Casos de Desastre. Cada centro recibe un fondo de 25.000 rupias de Sri Lanka través de la Secretaría de División. En 2008, se entregaron fondos a 24 centros diurnos nuevos y se otorgó financiación para 14 proyectos de generación de ingresos;

j)Programa de Empoderamiento Económico de la Mujer - Este programa brinda asistencia financiera a mujeres de edad para la puesta en marcha de proyectos empresariales independientes;

k)Programa de Sensibilización para un Envejecimiento Saludable - Se llevan a cabo campañas de difusión para sensibilizar a la población sobre los problemas de salud que afectan específicamente a las personas de edad.

Observación final [párrafo 299] - El Comité insta al Estado parte a que asigne más recursos para atender las necesidades de las mujeres y los niños desplazados internamente, proteger su intimidad, facilitar su acceso a los servicios de salud y garantizar su seguridad y protección contra la violencia.

Respuesta

Las acciones que lleva a cabo Sri Lanka para tratar la problemática de los desplazados internos se describen en su documento básico común. Hay dos ministerios con jerarquía de gabinete que se encargan de los distintos aspectos de las necesidades de los desplazados internos. Estos ministerios son el Ministerio de Servicios de Reasentamiento y Socorro en Casos de Desastre y el Ministerio de Fomento Nacional y Desarrollo de Infraestructura del Sector de Plantaciones.

El Ministerio de Fomento Nacional y Desarrollo de Infraestructura del Sector de Plantaciones ejecuta los siguientes programas de desplazados internos:

Distribución de alimentos esenciales

a)Programa de Nutrición Materno-Infantil - distribuye alimentos nutritivos a mujeres durante el embarazo y la lactancia y a niños menores de 5 años (270.000 beneficiarios).

b)Programa de Alimentación y Educación - a través de este programa los alumnos de 1° a 9° grado de 1.945 escuelas en los distritos afectados por conflictos reciben una comida diaria;

c)Programa de Alimentos por Trabajo - los participantes de este programa reciben una canasta de diversos alimentos. En 2007 y 2008 el 60% de los beneficiarios de este programa fueron mujeres;

d)Programa de Alimentación para Grupos Vulnerables - las mujeres también acceden a los beneficios de este programa.

Los programas enumerados en los apartados a) a d) que anteceden se ejecutan en coordinación con el Programa Mundial de Alimentos (PMA).

A través de un Subcomité de Bienestar y Reasentamiento de Desplazados Internos, creado en la órbita del Comité de Coordinación de Asistencia Humanitaria, el Ministerio de Servicios de Reasentamiento y Socorro en Casos de Desastre coordina la asistencia humanitaria y de socorro brindada por los diversos organismos de las Naciones Unidas y por organizaciones no gubernamentales internacionales. El Comité de Coordinación de Asistencia Humanitaria atiende en forma prioritaria las necesidades de grupos vulnerables, como las mujeres y los niños. Además, a través de un fondo rotatorio y por medio de Sociedades de Desarrollo Rural se brinda financiación a personas desplazadas, sobre todo mujeres, para la realización de actividades generadoras de ingresos.

Se han impartido programas de capacitación vocacional para mujeres desplazadas y se han entregado máquinas de coser a las mujeres capacitadas como costureras que cumplieron los requisitos correspondientes, a fin de que se establezcan como costureras independientes.

Observación final [párrafo 299] - El Comité insta al Estado parte a que garantice la participación plena y equitativa de la mujer en el proceso de solución de conflictos y consolidación de la paz.

Respuesta

La incorporación de las mujeres en estas actividades se da por conducto de los partidos políticos. El Ministerio de Asuntos Constitucionales e Integración Nacional ha instado a todas las instituciones que desarrollan programas de integración nacional a que procuren lograr un equilibrio de género. El Ministerio de Asuntos Constitucionales e Integración Nacional garantiza una participación del 50% para la mujer en los campamentos de paz, bajo la consigna “Paz nacional a través de la armonía de la juventud”. También se promueve la mayor inclusión posible de las mujeres en programas de desarrollo con participación popular, incluidos los que tienen que ver con temas culturales. A través de su Proyecto de Consolidación de la Paz, el Ministerio de Asuntos Constitucionales e Integración Nacional garantiza un equilibrio de género y procura brindar a las mujeres mayor información y conocimientos sobre los derechos constitucionales y humanos, haciendo especial hincapié en los derechos de la mujer, la resolución de conflictos y la consolidación de la paz.

Observación final [párrafo 300] - El Comité insta al Estado parte a que firme y ratifique el Protocolo facultativo de la Convención y a que deposite, lo antes posible, el instrumento de aceptación de la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, relativo al período de reunión del Comité.

Respuesta

Sri Lanka firmó el Protocolo facultativo de la Convención el 6 de octubre de 1999 y lo ratificó el 15 de octubre de 2002.

Segunda parte

Progresos realizados desde el último informe periódico

Artículos 2 y 3 – Garantías constitucionales y de otra índole y mecanismosde aplicación

No ha habido cambios en las disposiciones constitucionales y demás salvaguardias existentes que fueron expuestas en el informe anterior.

En cumplimiento del compromiso del Estado de garantizar una igualdad efectiva, se fortalecieron aspectos del régimen jurídico para atender problemas de “discriminación” tal como se define en el artículo 1 de la Convención.

Como se manifestó en el informe anterior de Sri Lanka, la reparación en casos de violación o violación inminente de derechos fundamentales consagrados en la Constitución, haciendo uso del procedimiento constitucional especial que permite recurrir a la Corte Suprema, sólo procede contra actos del Ejecutivo o la Administración. Aunque esta limitación no puede considerarse bajo ningún concepto como un factor de discriminación contra la mujer (ya que se aplica a todos sin distinción de género), se argumenta que no existen acciones de reparación contra actos cometidos por sujetos no estatales. Sin embargo, la Corte Suprema ya reconoció la responsabilidad del Estado en casos de delitos cometidos a raíz de una omisión de su parte, aun cuando el infractor sea un sujeto privado. Este pronunciamiento permitiría alegar la admisibilidad de acciones de reparación en el marco del régimen de derechos fundamentales en casos de delitos contra la mujer cometidos por sujetos privados siempre que pueda determinarse acción u omisión del Estado. Este argumento aún no ha sido presentado ante la Corte Suprema.

A continuación se presenta una serie de importantes reformas jurídicas de apoyo introducidas en materia penal:

a)La Ley de Reforma del Código Penal (Ley No. 16 de 2006) introdujo reformas adicionales al régimen de derecho penal para atender mejor las necesidades de mujeres y niños.

Entre otras reformas se incorporaron las siguientes disposiciones:

•Se impone el deber de denunciar situaciones de maltrato infantil a todo aquel que tenga conocimiento de tales situaciones;

•Se imponen ciertas obligaciones a los proveedores de servicios informáticos, por ejemplo, cibercafés y bibliotecas (los proveedores de servicios de Internet no entrarían en esta categoría), a fin de que tomen las medidas necesarias para garantizar que sus servicios no sean utilizados para cometer abusos sexuales contra menores e informen a la policía de cualquier actividad de esta índole que llegue a su conocimiento;

•En el caso de quienes están a cargo de instalaciones, se impone el deber de denunciar cualquier incidente de maltrato infantil (no necesariamente abuso sexual) que llegue a su conocimiento. El hecho de no denunciar tales hechos se considera un delito punible;

•Se tipificó como delito el abordaje de menores para someterlos a abuso sexual;

•En cumplimiento de las obligaciones asumidas por Sri Lanka con arreglo a diversas convenciones de las Naciones Unidas y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se tipificaron nuevos delitos para penalizar la servidumbre por deudas, el trabajo forzoso u obligatorio, la esclavitud y el reclutamiento de menores para conflictos armados;

•Disposiciones sobre trata de personas - véase más adelante la sección referida al artículo 6.

b)La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica (Ley No. 34 de 2005) se promulgó en octubre de 2005. Dicha ley estipula un mecanismo para solicitar órdenes de protección en casos de violencia doméstica, ya cometidos o previsibles. No pretende modificar el régimen penal, sino complementar los recursos disponibles con un procedimiento civil dirigido a proteger a la víctima. A continuación se describen los aspectos más destacados de esta ley.

Ley de Prevención de la Violencia Doméstica (Ley No. 34 de 2005)

El principio de protección

La ley se basa en el principio básico de “protección para víctimas de violencia doméstica” a través de órdenes judiciales de protección. Establece un procedimiento civil que permite a las víctimas potenciales solicitar y obtener rápidamente la intervención de un tribunal para detener a un agresor y prevenir un acto de violencia en el ámbito del hogar, garantizando así la seguridad de la víctima. Es un recurso independiente de los procesos penales, que sólo prevén la posibilidad de procesar a los infractores por delitos ya cometidos.

Alcance de la ley

El término violencia doméstica está definido en su sentido más amplio y abarca desde el maltrato físico hasta el maltrato emocional. Tal acto de maltrato se considera violencia doméstica cuando se produce en el ámbito del hogar o incluso fuera de este si es cometido por una ‘persona pertinente’, entendiéndose por tal a padre/madre, abuelo/abuela, padrastro/madrastra, tío/tía, hijo/hija, nieto/nieta, hijastro/hijastra, sobrino/sobrina, hermano/hermana o primo/prima de la víctima o del cónyuge, ex cónyuge o pareja que convive con la víctima. La categoría de agresores contra quienes se puede entablar una acción de reparación por violencia doméstica es por lo tanto muy amplia. Conforme a esta ley, el maltrato emocional se define como toda conducta cruel, inhumana, degradante o humillante de carácter sistemático y grave.

Los actos de maltrato físico que constituyen violencia doméstica son todos aquellos que están tipificados como delitos en el Código Penal. Esto comprende los 69 delitos contra la integridad física de la persona tipificados como delitos en el Capítulo XVI del Código Penal (asesinato, lesión, lesión grave, privación ilícita de libertad, reclusión ilícita, violación, incesto y abuso sexual grave, entre otros), junto con los delitos de extorsión y coacción, lo cual hace un total de 71 delitos del Código Penal. Abarca todas las formas de maltrato, tanto maltrato físico como abuso sexual, que están tipificadas como delitos en el derecho penal de Sri Lanka. Por lo tanto, la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica tiene un amplio alcance y ámbito de aplicación en lo que respecta a los tipos de maltrato y abuso contra los que puede entablarse una acción de reparación.

Procedimiento

El procedimiento para obtener una orden de protección es simple. El trámite se inicia con una petición ante el juzgado de paz denunciando un hecho de violencia ya ocurrido o probable y solicitando una orden de protección para contener al agresor. La petición puede ser presentada por la propia víctima o por un oficial de policía en nombre de esta. En el caso de víctimas menores de edad, la petición también puede hacerla uno de los padres o el tutor de la víctima o por un adulto con el cual viva el menor o por cualquier otra persona habilitada por la Autoridad Nacional de Protección del Niño.

La petición en sí es simple y sólo es necesario dar los nombres de las personas agraviadas y del agresor y las circunstancias del caso. Pueden adjuntarse a la petición declaraciones juradas de personas que estén en conocimiento de los hechos relacionados con el maltrato o abuso denunciado. Esto último es opcional y no obligatorio. La presentación de declaraciones de testigos no se incluyó como requisito obligatorio debido a que se es consciente de que estos hechos de violencia se cometen en un ámbito muy privado, como lo es el hogar, por lo que muchas veces es muy difícil que se presenten pruebas contra los agresores por temor a las represalias y otras consecuencias.

Al recibir una petición, el juez deberá considerarla de inmediato y determinar si es necesario dictar una orden de protección provisional para evitar que se cometa un hecho de violencia doméstica y garantizar la seguridad de la persona agraviada.

En esta etapa no es absolutamente necesario convocar a la víctima/denunciante o al agresor/denunciado para que preste declaración. Eso sólo se requerirá si el juez lo considera necesario. En esto también los encargados de redactar la ley fueron conscientes de que, teniendo en cuenta la naturaleza misma del hecho denunciado, en ciertos casos la víctima podría verse impedida por las circunstancias de comparecer ante el juzgado. Asimismo, puede resultar imposible hacer que el agresor comparezca ante el juzgado antes de que se pueda determinar si se dicta o no una orden provisional. Se entendió, entonces, que en tales casos debía permitirse al juez hacer lugar a la petición sin que este estuviera restringido por una exigencia legal de comparecencia de las partes.

Como segundo paso, el juez dictará o denegará una orden de protección provisional. Tanto si dicta una orden de protección provisional como si la deniega, el juez deberá en ese momento fijar fecha para una audiencia de indagación (dentro de los 14 días de recepción de la petición) y notificar al denunciado que en tal fecha deberá expresar las razones por las cuales no corresponde que se dicte una orden de protección en su contra.

El juez podrá también determinar que las partes asistan a sesiones de orientación si lo considera adecuado para los intereses de las partes.

La orden de protección provisional es una medida cautelar que regirá únicamente hasta que se realice la audiencia de indagación y se adopte una decisión definitiva con respecto a la orden de protección.

Como tercer paso, el juez deberá realizar la audiencia de indagación, llamando a las partes a presentar pruebas. Si el denunciado no comparece, se podrá celebrar la audiencia de indagación en su ausencia. Por último, al culminar la audiencia de indagación, el juez determinará si es necesario dictar una orden de protección para evitar que se cometa un hecho de violencia doméstica y para garantizar la seguridad de la persona agraviada. El juez dictará la orden de protección si considera que la situación lo amerita.

La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica también faculta al juez a dictar órdenes en virtud de la ley con el consentimiento de las partes y sin necesidad de prueba o admisión de culpa. Tales órdenes no pueden considerarse dictadas como consecuencia de admisión o prueba de culpabilidad. Por lo tanto, aun cuando al agresor se le impute posteriormente un delito en un procedimiento penal, la orden de protección dictada con consentimiento no podrá considerarse como evidencia o prueba de culpabilidad. 

Es importante resaltar que en estos casos se aplica el requisito de celeridad. La Ley de Prevención de la Violencia Doméstica subraya esta necesidad al exigir primero que el juez considere de inmediato la petición y luego que celebre una audiencia de indagación dentro de los 14 días posteriores a la recepción de la petición. Es sumamente importante que los jueces de paz cumplan debidamente este requisito básico de celeridad.

Orden de protección y órdenes complementarias

El juez tiene facultades muy amplias para limitar la acción de los denunciados por medio de una orden de protección provisional o una orden de protección. Además de evitar esencialmente que el denunciado cometa o provoque un delito de violencia doméstica, el juez también puede, luego de recabar pruebas, prohibir que el denunciado ingrese a la vivienda de la víctima o a su lugar de trabajo o centro de estudio, siga a la víctima con la intención de hostigarla, ingrese al refugio donde esté viviendo la víctima, permanezca o ingrese en una vivienda que comparta con la víctima, tenga contacto con sus hijos, acceda a recursos compartidos o afecte la propiedad del hogar matrimonial mediante venta o transferencia con el propósito de dejar a la víctima en la indigencia. Al dictar cualquiera de estas órdenes, el juez deberá tomar en consideración las necesidades de alojamiento de la víctima y sus hijos, así como cualquier dificultad que pudiera causarle al denunciado como resultado de la orden.

En los casos en que dicte una orden de protección, el juez podrá también dictar órdenes adicionales, denominadas órdenes complementarias, para proteger a la víctima y garantizar su seguridad, su salud y su bienestar. Por medio de una orden complementaria, el juez podrá ordenar a la policía que incaute las armas que tenga en su poder el denunciado o que acompañe a la víctima para ayudarla a recoger sus pertenencias; o podrá determinar que la víctima sea alojada provisoriamente en un refugio; o podrá ordenar que un trabajador social o funcionario similar controle el cumplimiento de la orden de protección entre la víctima y el denunciado. El juez podrá también, luego de la indagación y teniendo en cuenta los recursos y necesidades financieras tanto de la víctima como del denunciado, ordenar que el denunciado brinde asistencia pecuniaria inmediata a toda persona que tenga el deber de mantener, o que continúe haciendo los pagos o brindando lo necesario para que la víctima pueda seguir alojándose en su lugar de residencia. No obstante, una orden de asistencia pecuniaria inmediata no afecta los derechos que puedan tener las partes en virtud de la Ley de Pensiones Alimenticias vigente en Sri Lanka. Por consiguiente, aunque se haya ordenado el pago de una pensión en virtud de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, se podrá entablar una acción de alimentos o continuar tramitando una acción de alimentos iniciada anteriormente.

Si luego de dictada una orden de protección el denunciante viola los términos de dicha orden, será sancionado con una multa de hasta 10.000 rupias o una pena de hasta un año de prisión, o ambas sanciones.

Apelaciones

Quienes no estén de acuerdo con la orden de protección tendrán derecho a apelar ante el Tribunal Superior de la Provincia. No obstante, la orden regirá durante el proceso de apelación, a menos que el Tribunal Superior determine específicamente lo contrario, dejando constancia de los motivos de tal decisión.

Confidencialidad

La necesidad de mantener la confidencialidad de estas acciones está reconocida por la ley a través del requisito de no revelar la identidad de las partes. Por lo tanto, la impresión o publicación de materiales que revelen la identidad de cualquiera de las partes de una petición se considera un delito y será sancionada con hasta dos años de prisión o una multa, o ambas sanciones. Esta disposición es similar al artículo 365C del Código Penal, que establece el mismo requisito de confidencialidad para las víctimas de abuso sexual.

Plan de Acción de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica

Luego de la promulgación de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, el Comité Nacional de la Mujer elaboró un Plan de Acción para aplicar las disposiciones de la ley. Actualmente se está trabajando en el marco de dicho Plan a fin de difundir las disposiciones de la ley y los medios de reparación previstos en ella, así como para sensibilizar a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre el papel que se espera que cumplan en la aplicación efectiva de las acciones jurídicas dispuestas.

El Servicio de Salud Familiar del Ministerio de Salud, en colaboración con otros interesados directos pertinentes, elaboró un módulo sobre “Funciones y responsabilidades de las parteras de salud pública en la prevención y tratamiento de la violencia doméstica y otras formas de violencia de género”. Dicho módulo fue incorporado al programa básico de capacitación de parteras de salud pública. También se enseñó a los instructores de los centros regionales de capacitación a utilizar este módulo para formar a futuras parteras. A través del módulo se garantiza que las futuras egresadas del programa de parteras de salud pública estén sensibilizadas sobre la violencia de género.

El Servicio de Salud Familiar del Ministerio de Salud también desarrolló un módulo sobre “Funciones y responsabilidades de los trabajadores de atención primaria de la salud en la prevención y tratamiento de la violencia de género”. Actualmente, el Servicio de Salud Familiar está utilizando este módulo para brindar capacitación sobre violencia de género a instructores de los distritos (en forma gradual). Hasta el momento se ha capacitado a instructores de seis distritos. Estos instructores a su vez brindarán capacitación en materia de violencia de género para el equipo de atención primaria de la salud de su distrito.

Iniciativas posteriores al tsunami

Inmediatamente después del tsunami, y partiendo de la base de que la población de las zonas afectadas por el tsunami está más expuesta al maltrato, la Comisión de Asistencia Jurídica puso en marcha un programa de difusión de las disposiciones de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica dirigido al público en general, los escolares, los oficiales de policía y los funcionarios públicos. A través de la intervención de dependencias de la Comisión de Asistencia Jurídica se han dictado varias órdenes judiciales de protección conforme a lo dispuesto en esta ley. La Comisión de Asistencia Jurídica continúa brindando asistencia a mujeres y menores que deseen ampararse a la acción de reparación prevista en la ley.

Artículo 4 – Medidas especiales de carácter temporal

No se han adoptado medidas especiales de carácter temporal para ningún tema.

Artículo 5 – Eliminación de prejuicios

Se están desvaneciendo rápidamente prejuicios de antigua data, a medida que las mujeres van accediendo a niveles superiores de educación y participando en pie de igualdad en el proceso de desarrollo.

Artículo 6 – Trata de mujeres

La Ley de Reforma del Código Penal (Ley No. 16 de 2006) redefine el delito de trata de personas. Se ha ampliado el alcance del delito de trata de personas, ajustándolo a la definición aceptada internacionalmente, según lo dispuesto en el año 2000 por la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo facultativo. Sri Lanka firmó ambos instrumentos en diciembre de 2000.

La nueva definición comprende la trata de personas para someterlas a trabajos forzosos u obligatorios, extraer sus órganos, obligarlas a la prostitución u otras formas de explotación sexual o con cualquier otro fin delictivo. Cuando la trata afecte a menores, se impondrá una pena más grave. Sri Lanka también es signataria de la Convención de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional (SAARC) sobre la prevención y la lucha contra la trata de mujeres y niños con fines de prostitución. Esta convención fue negociada en la SAARC en 1998, durante el período en que Sri Lanka ocupó la presidencia del organismo.

Artículo 7 – La mujer en la vida política y pública

Véase el párrafo 13 más adelante.

Artículo 8 – Representación del gobierno en el plano internacional

No se han producido cambios en este aspecto desde el último informe. 

Artículo 9 – Nacionalidad

La Ley de Reforma de la Ley de Ciudadanía (Ley No. 16 de 2003), que entró en vigencia el 1° de abril de 2003, eliminó la disposición discriminatoria que establecía que sólo los hombres trasmitían la ciudadanía a sus hijos o hijas. Las mujeres tienen ahora los mismos derechos que los hombres en lo tocante a la  nacionalidad de sus hijos o hijas. Un aspecto importante de esta reforma es que tiene efecto retroactivo y por lo tanto permite que todos aquellos a quienes se les había negado la ciudadanía debido a esta cláusula discriminatoria tengan ahora la opción de solicitar la ciudadanía.

Artículo 10 – Educación

El compromiso que tiene el Estado desde 1945 de brindar educación gratuita a nivel primario, secundario y terciario fue reiterado en la declaración de política del nuevo gobierno que asumió el poder en diciembre de 2005. Los objetivos finales que persigue la inversión en educación son el crecimiento del ingreso nacional, la reducción de la pobreza y la promoción del desarrollo humano. En Sri Lanka, la educación es considerada un derecho básico y está respaldada por una política del Gobierno que estipula la obligatoriedad de la enseñanza para los menores de 5 a 14 años de edad.

En 2006 había 10.459 centros educativos (entre públicos, privados y de pirivenas) en toda la isla, con una población escolar de 3,9 millones. De este total, el 50,14% era de sexo femenino. El 97,3% de la población escolar asistía a instituciones de enseñanza estatales. Las mujeres representaban el 69% del plantel docente.

Sri Lanka está muy cerca de alcanzar la enseñanza primaria universal, que es el segundo Objetivo de Desarrollo de Milenio. A continuación se desglosan los logros en los tres indicadores de este ODM, esto es, la tasa neta de matriculación en enseñanza primaria, la proporción de alumnos que comienzan el primer grado y llegan al quinto y último grado y la tasa de alfabetización de la población entre 15 y 24 años de edad.

Matriculación escolar

Si bien en la enseñanza primaria los varones superan levemente a las niñas en matriculación (51% contra 49%), en el primer ciclo de enseñanza secundaria, la matriculación femenina supera a la masculina (51% contra 49%).

Cuadro 7Matriculación femenina (1998 - 2005)

1998

2005

Total

Niñas

Porcentaje de niñas

Total

Niñas

Porcentaje de niñas

1° a 5°

1 801 387

873 633

48,5

1 610 688

790 348

49,1

6° a 9°

1 342 459

665 753

49,6

1 340 125

663 815

49,5

10° a 11°

727 157

378 888

52,1

619 978

315 005

50,8

Total de 6° a 11°

2 069 416

1 044 641

50,5

1 960 103

978 820

49,9

12° a 13° científico

53 039

23 657

44,6

86 619

41 157

47,5

12° a 13° artístico

140 728

94 096

66,0

171 179

112 886

65,9

12° a 13° comercial

70 268

34 119

48,6

113 439

55 445

48,9

Total de 12 a 13

264 035

151 872

57,5

371 286

209 484

56,4

Total de 1 a 13

4 134 838

2 070 146

50,1

3 942 077

1 978 657

50,2

Fuente: Censo Escolar Anual 1998, 2005, Ministerio de Educación.

Cuadro 8Cantidad de alumnos matriculados según registros escolares (2004 - 2006)

Tipo de institución

2004

2005

2006

Total

Niñas

Porcen-taje

Total

Niñas

Porcen- taje

Total

Niñas

Porcen- taje

Pública

3 870 628

1 934 932

50

3 942 077

1 978 657

50

3 836 550

1 921 951

50

Privada

100 683

51 222

51

106 262

54 154

51

107 874

55 667

52

Total

3 971 311

1 986 154

50

4 048 339

2 032 811

50

3 944 424

1 977 618

50

Fuente: Departamento de Estadística y Censos.

La cantidad de niños en edad escolar oficial que están matriculados en la enseñanza primaria alcanza el 97,5% de la población total de niños en ese grupo de edades. En términos de género, el 97,4% de la población femenina de ese grupo de edades y el 97,5% de la masculina están matriculados.

Cuadro 9Tasa neta de matriculación en educación primaria – 2006

(Porcentaje)

Zona geográfica

Tasa neta de matriculación

Total

Varones

Niñas

Sri Lanka

97,5

97,5

97,4

Provincia

Occidental

96,9

96,4

97,4

Central

98,0

98,5

97,6

Meridional

97,7

97,7

97,6

Oriental

99,0

99,3

98,6

Noroccidental

97,8

97,3

98,3

Central del Norte

96,1

96,6

95,6

Uva

97,4

98,1

96,8

Sabaragamuwa

97,2

97,5

96,9

Distritos

Colombo

97,3

96,8

98,0

Gampaha

97,6

98,6

96,6

Kalutara

94,7

91,1

97,7

Kandy

98,8

100,0

97,5

Matale

97,3

98,2

96,4

Nuwara Eliya

96,8

95,5

98,5

Galle

99,3

98,7

100,0

Matara

93,2

94,0

92,5

Hambantota

100,0

100,0

100,0

Batticaloa

98,8

100,0

97,7

Amparai

99,1

98,7

99,5

Kurunegala

99,1

99,2

98,9

Puttalam

95,5

94,1

97,1

Anuradhapura

94,8

95,5

94,1

Polonnaruwa

99,1

99,1

99,1

Badulla

97,6

97,6

97,6

Moneregala

97,1

99,1

95,1

Ratnapura

97,4

97,8

97,0

Kegalle

96,9

97,1

96,7

Sector

Urbano

97,4

96,8

98,3

Rural

97,6

97,8

97,5

Plantaciones

94,6

94,4

94,8

Fuente: Departamento de Estadística y Censos - Censo especial sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, 2006-2007.

Grupo objetivo: Todos los niños nacidos entre el 1° de febrero de 1996 y el 31 de enero de 2001.

Aclaración: Los datos no incluyen a la Provincia Septentrional ni al distrito Trincomalee de la Provincia Oriental.

El pequeño porcentaje de niños que no asisten a la escuela está concentrado en barrios urbanos de bajos ingresos, zonas rurales apartadas, plantaciones y zonas del norte y este del país afectadas por el conflicto étnico. No obstante, las diferencias entre provincias y sectores son mínimas.

Las niñas tienden a obtener mejores resultados que los varones en los exámenes de becas a nivel de quinto grado y otros exámenes públicos.

Tasas de deserción escolar y proporción de alumnos que comienzanprimer grado y llegan a quinto

En general las niñas tienen un mejor rendimiento que los varones en la escuela y se caracterizan por tener tasas más bajas de repetición y deserción. En 2006, el porcentaje de alumnos que ingresaban a primer grado y alcanzaban quinto era del 99,6%. Con respecto al género, el 99,8% de las niñas y el 99,3% de los varones que empezaban primero llegaban a quinto.

Cuadro 10Tasa de deserción escolar por grado y sexo (únicamente escuelasestatales) – 2005

Grado

Idioma

Sinhala

Tamil

Niñas

Varones

Niñas

Varones

0,08

-0,49

-1,67

-1,66

0,10

0,14

-1,34

-1,05

0,39

0,54

-0,32

-0,29

0,29

0,67

0,09

0,52

-0,23

0,70

1,50

2,16

2,09

3,01

-0,41

1,44

1,83

3,37

2,22

4,38

2,19

3,35

4,75

7,23

3,00

4,73

6,55

8,82

10°

5,73

10,91

27,82

42,44

Fuente: Censo Escolar 2005, Ministerio de Educación.

Alfabetización

En 2006, la tasa de alfabetización de las mujeres era del 89,9% y la de los hombres era del 93,2%, lo cual arroja un diferencial de género de 3,3 puntos porcentuales. Entre los jóvenes (15 a 24 años de edad), la relación entre las mujeres alfabetizadas y los hombres alfabetizados es de 101 mujeres por cada 100 hombres. Los diferenciales por sector y distrito revelan que sólo las jóvenes de las plantaciones están atrasadas respecto a sus pares masculinos, mientras que en otras zonas las tasas de alfabetización de las jóvenes han superado a la de los jóvenes. Sri Lanka está bien posicionada para alcanzar las metas de los ODM para el año 2015.

Cuadro 11Tasa de alfabetización

Grupo de edades

(15 a 19 años)

(20 a 24 años)

Año

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

1994*

95,1

94,4

93,7

93,3

2001**

96,7

95,8

95,6

94,9

2006*

98,5

97,6

97,4

96,4

Fuente: Departamento de Estadística y Censos.

*No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

**No incluye a los distritos de Jaffna, Mannar, Vavuniya, Mullaitivu, Killinochchi, Batticaloa y Trincomallee en los cuales no se terminaron de computar los datos en 2001.

Educación superior

El sistema universitario de Sri Lanka funciona en el marco establecido por la Ley de Universidades (Ley No. 16 de 1978). Conforme a esta ley le compete a la Comisión de Subvenciones Universitarias seleccionar a los estudiantes que son admitidos a las carreras de grado. Por consiguiente, la Comisión de Subvenciones Universitarias determina actualmente el ingreso de estudiantes para las carreras de grado de 14 universidades nacionales y cuatro institutos, creados por la Ley de Universidades.

La proporción de estudiantes que son admitidos a las universidades de Sri Lanka entre los que reúnen las condiciones necesarias para el ingreso sigue siendo baja. De los estudiantes que reunían las condiciones necesarias para ingresar a la universidad al haber aprobado el examen de nivel superior de enseñanza secundaria, en 2006 ingresó efectivamente el 13,97% y en 2007 el 14,34%. La cifra de 2007 representa un aumento muy leve respecto del 13,25% de 2002, pero es inferior a las cifras de 1993-1994 a 1996-19997 presentadas en el último informe de Sri Lanka, debido a que fueron mayores las cantidades de estudiantes que reunían las condiciones necesarias para el ingreso a la universidad.

En términos generales, hay un importante porcentaje de mujeres en el total de ingresos.

Cuadro 12Ingresos universitarios por área académica del examen de secundaria – nivel avanzado (2005-2006)

Total que calificó

Total admitido

Porcentaje admitido

Área académica (secundaria – examen de nivel avanzado )

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Artística

38 245

15 331

3 736

1 430

9,8

9,3

Comercial

21 037

16 091

1 576

1 493

7,5

9,3

Ciencias físicas

3 607

7 806

985

2 853

27,3

36,6

Ciencias biológicas

10 379

6 274

2 651

1 874

25,5

29,9

Total

73 268

45 502

8 948

7 650

12,2

16,8

Fuente: Estadísticas universitarias de Sri Lanka - Comisión de Subvenciones Universitarias.

Cuadro 13Ingresos universitarios por área académica y sexo (2003-2006)

2002/2003

2003/2004

2004/2005

2005/2006

Área académica

M

F

Porcen-taje F

M

F

Porcen-taje F

M

F

Porcen-taje F

M

F

Porcen-taje F

Artística

1 265

2 944

69,9

1 193

2 982

71,4

1 259

3 104

71,1

1 360

3 495

72,0

Administración

1 162

1 260

51,9

1 274

1 220

48,9

1 307

1 253

48,9

1 196

1 316

52,4

Comercial

160

195

54,9

140

169

54,7

154

166

51,9

156

138

46,9

Derecho

43

158

78,6

38

160

80,8

56

169

75,1

46

191

80,6

Ciencias

1 639

1 006

38,0

1 582

1 020

39,2

1 846

1 241

40,2

1 856

1 397

42,9

Medicina

480

439

47,8

450

454

50,2

418

493

74,8

554

610

52,4

Odontología

35

43

55,1

26

50

65,8

34

44

56,4

36

53

59,6

Cs. veterinarias

24

44

64,7

87

143

62,2

33

44

57,1

31

54

63,5

Agricultura

295

365

55,3

319

428

57,3

313

473

60,2

385

521

57,5

Ingeniería

816

184

18,4

817

158

16,2

888

201

18,5

1090

280

20,4

Arquitectura

96

83

46,4

97

136

58,4

81

103

56,0

159

184

53,6

Informática y tecnologías de la información

158

62

28,2

166

58

25,9

297

101

25,4

330

165

33,3

Medicina autóctona

64

165

72,1

91

192

67,8

577

900

60,9

Estudios paramédicos

124

224

64,4

Ciencia de los alimentos

87

143

62,2

62

67

51,9

85

94

52,5

Total

6 178

6 783

52,3

6 340

7 286

53,5

6 839

8 399

55,1

7 985

9 622

54,6

Fuente: Estadísticas Universitarias de Sri Lanka - Comisión de Subvenciones Universitarias.

Cabe señalar que en 1996/97 (según se indicó en el último informe de Sri Lanka) la cantidad de mujeres que ingresaban a las universidades era inferior a la cantidad de hombres. Para 2005/2006, por el contrario, se registra un mayor ingreso de mujeres en todas las áreas académicas, excepto ciencias físicas, aunque el porcentaje de mujeres admitidas a la universidad respecto a la cantidad de mujeres que reunían las condiciones necesarias para ingresar fue inferior en todas las áreas excepto en la artística. Esto es una indicación del nivel de rendimiento y demuestra claramente los mayores niveles educativos alcanzados por las mujeres.

La representación de las mujeres en la universidad ha crecido a un ritmo acelerado y las únicas áreas académicas en las que tienen una representación sensiblemente baja son ingeniería (20,4%) e informática (33,3%).

Cuadro 14Matriculación universitaria en programas de títulos internos (1981-2006)

(Porcentaje)

1981-1982

2006

Matriculación Total

Mujeres

Hombres

Matriculación Total

Mujeres

Hombres

Artes plásticas

43,5

24,2

19,3

29,0

19,8

9,2

Artes escénicas

4,4

3,5

0,9

Derecho

1,4

0,6

0,8

4,0

2,0

2,1

Administración, Comercio y Finanzas

13,6

5,2

8,5

18,0

8,9

9,1

Ciencias

18,6

6,4

12,1

19,0

9,9

9,0

Agricultura

3,3

1,1

2,2

3,8

2,1

1,7

Informática/tecnologías de la información

1,4

0,4

1,0

Medicina occidental

7,7

3,0

4,7

7,5

3,8

3,7

Odontología

1,1

0,5

0,6

0,7

0,4

0,3

Ingeniería

9,5

1,3

8,1

9,1

1,9

7,3

Ciencias veterinarias

0,6

0,3

0,3

0,4

0,2

0,2

Arquitectura

0,8

0,1

0,7

0,9

0,5

0,4

Ingeniería de mediciones y cálculo de materiales

0,3

0,1

0,2

Medicina autóctona o Siddha

1,5

1,0

0,5

Total

100,0

42,7

57,3

100,0

54,5

45,5

Fuente: Comisión de Subvenciones Universitarias.

Cuadro 15Matriculación universitaria en programas de títulos externos (2005)

Características

Cantidad total

Porcentaje de mujeres

Nuevos ingresos

25 923

66,9

Cantidad matriculados

139 311

66,8

Cantidad de egresados

4 913

72,4

Fuente: Comisión de Subvenciones Universitarias.

Cuadro 16Matriculación universitaria en programas de la Universidad Abierta

1993

2005

Niveles

Cantidad total

Porcentaje de mujeres

Cantidad total

Porcentaje de mujeres

Certificado

4 465

46,0

5 564

51,2

Diploma

5 693

18,6

6 636

24,6

Título de grado

3 769

42,6

7 868

51,0

Título de posgrado

2 030

66,5

3 100

54,6

Título superior

362

39,5

Total

15 957

38,0

23 530

43,9

Fuente: Comisión de Subvenciones Universitarias.

Un avance reciente en la educación terciaria es la posibilidad de cursar estudios en línea a través de la Universidad Abierta, además de en instituciones convencionales. Esta opción se ofrece con el fin de alcanzar a un mayor número de estudiantes, en particular aquellos que no pueden matricularse en instituciones formales.

Educación técnica y vocacional

Existe una red nacional de instituciones que brindan acceso al mercado laboral. Este sector ha estado relativamente descoordinado y poco desarrollado en Sri Lanka. Un avance positivo que se ha dado en este sentido en el nuevo milenio es el dinamismo y la coherencia que le han aportado a este sector el Proyecto de Creación de Capacidades del Ministerio y su continuación, el Proyecto de Fomento de la Educación Técnica. Ambos programas fueron incorporados al Plan Decenal de Desarrollo.

La Comisión de Educación Terciaria y Vocacional y el Ministerio de Formación Vocacional iniciaron un programa de capacitación sobre la base de competencias siguiendo los estándares nacionales de capacidad, un Sistema Nacional de Calificación Vocacional con siete niveles, que van desde la formación en artesanías hasta la educación superior, y la acreditación de todas las instituciones de formación. Se prevé el establecimiento de escuelas tecnológicas provinciales y de una universidad tecnológica nacional. Se han creado vínculos con el mercado de trabajo a través de centros de orientación vocacional, planes de colocación laboral y préstamos para trabajadores independientes. Aún existen disparidades, en particular entre instituciones urbanas y rurales, y al sector todavía le falta mucho para cubrir las necesidades de quienes dejan los centros de estudios para ingresar al mercado laboral, pero se ha comenzado a avanzar en ese sentido.

Por primera vez se incorporan consideraciones y problemáticas de género en los documentos de políticas y programas, en los cuales se pone de relieve la importancia de reducir el desequilibrio entre hombres y mujeres en la matrícula de instituciones de educación técnica y vocacional. Se han aplicado y se siguen aplicando medidas en este sentido, a pesar de las costumbres tradicionales que tienden a perpetuar estereotipos de género en el mercado laboral.

Las mujeres siguen concentradas en los cursos de secretariado y los relacionados con la costura y los hombres en los cursos de formación técnica en instituciones tales como las Escuelas de Educación Técnica, el Centro de la Autoridad Vocacional, el Consejo Nacional de Servicio para la Juventud y el Sistema Nacional de Aprendizaje. Se están produciendo cambios, aunque graduales, y se prevé una profundización de esta tendencia.

No obstante, el aumento de la matriculación en cursos de computación representa un cambio importante y estos cursos parecen ser una opción popular tanto para las mujeres como para los hombres. Sri Lanka comenzó tarde en este campo y, según la Encuesta de Conocimientos Básicos en Informática realizada por el Departamento de Estadística y Censos en 2004, son muy grandes tanto la brecha digital de género como la brecha urbano-rural en el acceso a educación informática y servicios conexos. Las formas más eficaces de reducir esas brechas son la educación y la capacitación. Aun así, la mayoría de las mujeres que se inscriben en cursos de computación optan por cursos de nivel relativamente básico, como procesamiento de textos, lo cual significa que la brecha sigue siendo grande en los niveles más avanzados, que son los que permiten acceder a empleos remunerativos.

Debido al relativo éxito que ha tenido el sistema de enseñanza formal en la ampliación de oportunidades educativas, se ha dado escasa prioridad a la educación de adultos, excepto en programas laborales y de desarrollo comunitario.

Cuadro 17Formación vocacional y técnica en una selección de centros de capacitación del sector público - 2005

Ingresos

Egresos

Instituto

Total

Porcentaje de mujeres

Total

Porcentaje de mujeres

Autoridad de Formación Vocacional

21 603

39,4

17 608

40,8

Consejo Nacional de Servicios para la Juventud

3 660

57,0

2 867

58,6

Autoridad Nacional de Formación de Aprendices y Capacitación Industrial

14 070

24,0

8 550

29,8

INGRIN - Instituto de Artes Gráficas

1 132

18,7

975

17,1

Instituto de Investigación y Capacitación en Piedras Preciosas y Joyería

375

15,7

296

19,6

Departamento de Educación y Formación Técnica

12 433

37,3

n.d.*

n.d.*

Instituto de Formación en la Industria de la Confección

1 943

30,9

1 951

30,8

Instituto Germano-Cingalés de Capacitación Técnica

312

2,9

176

2,3

Total

55 528

35,1

32 423

37,7

Fuente: Boletín Informativo del Mercado Laboral - 2005.

*No hay datos.

Cuadro 18Formación vocacional y técnica por orientación principal - 2006

Orientación principal

Total

Porcentaje de mujeres

Porcentaje de hombres

Manufactura (procesamiento de alimentos, confección, etc.)

10 968

62 , 0

38 , 0

Especialización técnica e ingeniería técnica

15 386

6 , 9

93 , 1

Industria de la construcción

7 056

28 , 1

71 , 9

Agricultura y medio ambiente

259

25 , 5

74 , 5

Salud

226

85 , 0

15 , 0

Enseñanza

168

100 , 0

0 , 0

Tecnología de la información

6 540

59 , 6

40 , 4

Servicios de administración, comercio y finanzas

8 932

51 , 3

48 , 7

Actividades sociales y culturales

1 389

55 , 8

44 , 2

Total

50 924

38 , 3

61 , 7

Fuente: Comisión de Enseñanza Terciaria y Vocacional.

Aclaración: Incluye al Departamento de Educación y Formación Técnica, la Autoridad Nacional de Formación de Aprendices y Capacitación Industrial, el Consejo Nacional de Servicios para la Juventud y la Autoridad de Formación Vocacional.

Cuadro 19Formación vocacional y técnica en escuelas técnicas - 2006

Cursos

Total

Total de mujeres

Porcentaje de mujeres

Agricultura y ganadería

122

57

46,7

Mecánica, Producción y Automotriz

1 191

13

1,1

Obras y construcción

7 135

2 125

29,8

Computación y tecnología de la información

296

174

58,8

Eléctrica y electrónica

2 594

53

2,0

Piedras preciosas y joyería

63

15

23,8

Industria artesanal y trabajos manuales

13

11

84,6

Ingeniería metálica y de iluminación

851

1

0,1

Administración y Comercio

4 808

3 259

67,8

Trabajos en caucho, plásticos y marroquinería

21

14

66,7

Textiles y confección

109

99

90,8

Trabajos en maderas y actividades conexas

276

16

5,8

Total

17 479

5 837

33,4

Fuente: Departamento de Educación y Formación Técnica.

Artículo 11 – Empleo

La independencia económica es un factor esencial para el empoderamiento social y económico de las mujeres; en este sentido, resulta alentador que continúe la tendencia ascendente en la cantidad de mujeres que ingresan al mercado laboral. Si bien persiste la desigualdad de género en la división del trabajo, se registra un constante y creciente desplazamiento de mujeres desde esferas de trabajo antes consideradas apropiadas para su sexo hacia esferas no tradicionales.

Cuadro 20Población de hogares por situación laboral y por año

Año

Población de hogares (10 años en adelante)

Población económicamente activa

Población económicamente inactiva

Total

Porcentaje de mujeres

Total

Porcentaje de mujeres

Total

Porcentaje de mujeres

1995

12 736 186

50.4

6 106 138

33.4

6 630 047

66.1

2000

13 564 665

50.6

6 827 313

34.1

6 737 352

67.3

2006

14 833 801

52.1

7 598 762

36.3

7 235 039

68.7

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 1995, 2000, 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 21Fuerza de trabajo por nivel educativo - 2006

Nivel educativo

Total

Porcentaje de mujeres

Mujeres (Porcentaje)

Hombres (Porcentaje)

Menos de 5° grado

1 597 145

38,5

22,3

20,3

5° a 9° grado

3 538 443

31,2

40,0

50,3

CGE (nivel básico)

1 319 925

37,6

18,0

17,0

CGE (nivel avanzado)

924 412

47,4

15,9

10,1

Título universitario o superior

218 835

49,2

3,9

2,3

Total

7 598 762

36,3

100,0

100,0

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 22Tasa de participación en la fuerza de trabajo por año

Año

Mujeres

Hombres

1990

37,0

67,6

1995

31,7

64,4

2000

33,9

67,2

2005

32,6

67,3

2006

35,7

68,1

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 1990-2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 23Tasa de participación en la fuerza de trabajo por grupo de edades

1996

2006

Grupo de edad (años)

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

10 a 14

1,1

2,1

*

*

15 a 19

20,6

33,8

18,5

29,0

20 a 24

52,9

83,3

48,7

80,6

25 a 29

47,4

93,6

46,5

94,5

30 a 39

45,9

96,3

48,7

96,8

40 o más

28,1

74,2

36,9

76,9

Todas las edades

31,6

65,9

35,7

68,1

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 1996, 2006.

Aclaración: * No se brinda debido a error de muestreo mayor.

No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Gráfico 1Situación laboral de la población (10 años en adelante) – 2006

Población objetivo

14 833 801

Mujeres: 52,1%

Hombres: 47,9%

51,2%48,8%

Fuerza de trabajo

7 598 762

Mujeres: 36,3%

Hombres: 63,7%

Población económicamente

inactiva

7 235 039

Mujeres: 68,7%

Hombres: 31,3%

93,5%6,5%

Población empleada

7 105 322

Desempleada

493 440

Mujeres

Hombres

Mujeres

2 494 679

4 610 643

266 776

35,1%

64,9%

54,1%

Formal

Informal

Hombres

2,726,677

4,378,645

266 664

Mujeres : 40.4%

Mujeres: 31.8%

45,9%

Hombres: 59.6%

Hombres: 68.2%

14,2%3,8%82,0%

Urbana

Rural

Plantaciones

Urbana

Rural

Plantaciones

Urbana

Rural

Plantaciones

804 403

5 917 497

383 422

47 139

424 968

21 333

1 029 497

5 929 964

275.578

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

Mujeres

30,0%

35,1%

45,9%

43,0%

55,6%

48,5%

71,4%

68,7%

60,5%

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

Hombres

70,0%

64,9%

54,1%

57,0%

44,4%

51,5%

28,6%

31,3%

39,5%

Fuente: Departamento de Estadística y Censos.

Cuadro 24Población empleada por año

Año

Total

Mujeres

Hombres

Cantidad

Tasa de empleo

Cantidad

Tasa de empleo

Cantidad

Tasa de empleo

1995

5 357 117

87,7

1 656 166

81,3

3 700 951

91,0

2000

6 310 247

92,4

2 068 701

88,9

4 241 546

94,2

2006

7 105 322

93,5

2 494 679

90,3

4 610 643

95,3

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 1995, 2000, 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 25Población empleada por grupo de edades – 2006

Grupo de edades

1996

2006

Años

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total

Tasa de empleo

Total

Tasa de empleo

Total

Tasa de empleo

Total

Tasa de empleo

10 a 14

7 907

86,7

16 332

91,1

*

*

*

79,3

15 a 19

101 042

57,2

191 893

67,4

102 847

72,9

184 130

83,9

20 a 24

219 752

61,0

451 175

76,9

256 649

71,4

470 254

93,2

25 a 29

239 438

77,6

516 723

90,0

291 353

81,9

564 462

98,3

30 a 39

483 918

88,5

1 070 680

96,6

618 483

94,0

1 102 387

98,8

40 o +

628 031

98,2

1 610 344

98,9

1 218 380

98,3

2 275 401

98,8

Total

1 680 138

82,3

3 857 147

91,8

2 494 679

90,3

4 610 643

95,3

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka – 2006.

Aclaración: * No se brinda por debido a error de muestreo mayor.

No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 26Población empleada por nivel educativo – 2006

Nivel educativo

Total

Mujeres (porcentaje)

Hombres (porcentaje)

Menos de 5° grado

1 597 636

24,3

21,0

5° a 9° grado

3 331 713

40,4

50,4

CGE (nivel básico)

1 188 598

17,0

16,6

CGE (nivel avanzado

1 010 375

18,2

12,1

Total

7 105 322

100,0

100,0

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka – 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

A principios de 2008 la población económicamente activa mayor de 10 años (la fuerza de trabajo) alcanzaba los 7,5 millones. Los hombres representaban el 63,9% de ese total y las mujeres el 36,1%. La población económicamente inactiva se distribuía en un 30,9% de hombres y un 69,1% de mujeres. Las trabajadoras se concentran principalmente en el sector informal. La segregación laboral y las diferencias salariales se han reducido considerablemente y se registra el ingreso de mujeres a muchos campos laborales antes dominados por hombres. Hay importantes diferencias entre las tasas de participación de la mujer de un sector a otro, registrándose la mayor diferencia en el caso de las mujeres del sector de plantaciones. En 2006, el 90% de la población económicamente activa tenía una ocupación remunerada. Comparativamente, la fuerza de trabajo femenina tiene un nivel educativo más alto que su contraparte masculina. Sólo el 18% de las mujeres y el 12% de los hombres aprobaron estudios secundarios avanzados (Certificado General de Estudios - Nivel Avanzado) o poseen un título superior. Las mujeres alcanzan hasta un 61% del total de profesionales. El 22% de las mujeres empleadas son trabajadoras familiares no remuneradas. Aunque las mujeres representan sólo un tercio de la población ocupada, en los últimos diez años la tasa de crecimiento de las mujeres en ocupaciones remuneradas ha sido notoriamente más alta que la de los hombres, tanto en el sector rural como en el urbano.

Sector informal

Cuadro 27Empleo por sector de trabajo - 2006

Total

Del total para el sector

Sector de trabajo

Total

Porcentaje de mujeres

Porcentaje de mujeres

Porcentaje de hombres

Formal

2 726 677

40,4

44,2

35,2

Informal

4 378 645

31,85

55,8

64,8

Total

7 105 322

35,1

100,0

100,0

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Cuadro 28Por situación laboral en el sector informal - 2006

Situación laboral

Total

Porcentaje de mujeres

Mujeres (Porcentaje)

Hombres (Porcentaje)

Trabajadores dependientes

1 545 750

22,7

25,3

40,0

Empleadores

117 752

8,8

0,7

3,6

Trabajadores independientes

2 037 902

26,0

38,1

50,5

Trabajadores familiares no remunerados

677 241

73,8

35,9

5,9

Total

4 378 645

31,8

100,0

100,0

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

En Sri Lanka existen más oportunidades de trabajo en el sector informal, tanto para hombres como para mujeres.

•El sector informal emplea al 62% del total de la población ocupada, mientras que el sector formal sólo emplea al 38%.

•El sector informal emplea más hombres que mujeres.

•La proporción de mujeres empleadas en el sector formal es mayor (40%) que en el sector informal (32%).

•De las mujeres empleadas, el 55,8% está en el sector informal y el 44,2% en el sector formal. En contraste, de los hombres empleados, el 35,2% está en el sector formal y el 64,8% en el sector informal.

En 2006, poco más de un tercio de las mujeres económicamente activas (38,1%) eran trabajadoras independientes y un porcentaje levemente menor (35,9%) se componía de trabajadoras familiares no remuneradas. Las cifras comparativas indican que la situación de los hombres económicamente activos es más favorable.

Desempleo

En el período comprendido entre 1995 y 2006, la tasa de población desempleada se redujo en forma constante, pasando del 12,3% al 6,5%. Mientras que la tasa para las mujeres cayó del 18,7% al 9,7% durante este período, la tasa para los hombres se redujo del 9,0% al 4,7% y actualmente está en el 3,3%. La tasa de desempleo para las mujeres se redujo a un ritmo mayor que para los hombres, aunque sigue siendo el doble.

Cuadro 29Población desempleada por nivel educativo – 2006

Nivel educativo

Total

Porcentaje de mujeres

Mujeres (Porcentaje)

Hombres (Porcentaje)

Menos de 5° grado

22 509

37,1

3,1

6,2

5° a 9° grado

206 731

46,3

36,0

49,0

CGE (nivel básico)

131 328

54,1

26,7

26,5

CGE (nivel avanzado) o superior

132 872

68,9

34,3

18,3

Total

493 440

54,1

100,0

100,0

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

El desempleo es un problema más grave entre los menores de 25 años y dentro de ese grupo de edades las mujeres son el sector más afectado. Entre la población desempleada, las mujeres tienen mayor nivel educativo que los hombres. Esto continúa la tendencia predominante en el período anterior, lo cual indica que el problema del desempleo es más agudo para las mujeres con alto nivel educativo, registrándose la mayor tasa de desempleo entre las mujeres con secundaria completa (nivel avanzado) o estudios superiores.

Cuadro 30Población desempleada por sector (1996-2006)

Sector

1996

2006

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Cantidad

Tasa de desempleo

Cantidad

Tasa de desempleo

Cantidad

Tasa de desempleo

Cantidad

Tasa de desempleo

Urbano

50 223

18,1

53 668

8,5

20 262

7,7

26 877

4,6

Rural

310 640

17,6

290 072

8,1

236 177

10,2

188 791

4,7

Plantaciones

10 337

5,5

10 996

5,0

Total

360 864

17,7

343 741

8,2

266 776

9,7

226 664

4,7

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo - 1996.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

El desempleo sigue afectando a las mujeres rurales. En este sector, la tasa de desempleo de las mujeres es el doble de la tasa de desempleo de los hombres.

Cuadro 31Población desempleada por año (1995-2006)

Total

Muj e res

Hombres

Año

Cantidad

Tasa

Cantidad

Tasa

Cantidad

Tasa

1995

749 021

12,3

381 364

18,7

367 656

9,0

2000

517 168

7,6

257 048

11,0

260 120

5,8

2006

493 440

6,5

266 776

9,7

226 664

4,7

Fuente: Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Sri Lanka - 1995, 2000, 2006.

Aclaración: No incluye a las provincias Septentrional y Oriental.

Una de las metas del octavo Objetivo de Desarrollo del Milenio consiste en elaborar y aplicar, en cooperación con los países en desarrollo, estrategias que proporcionen a los jóvenes un trabajo digno y productivo. Uno de los indicadores es la tasa de desempleo de jóvenes entre 15 y 24 años. Como se indicó anteriormente, las tasas de desempleo de las jóvenes son más altas que las de sus pares masculinos. Entre 1996 y 2002, la tasa de desempleo de los hombres en este grupo de edades bajó del 26,2% al 23,8% y la de las mujeres bajó del 40,3% al 34,3%. Si bien la reducción es mayor en el caso de las mujeres, sigue estando muy por encima de la de los hombres. No obstante, la tendencia indica que se está abordando el problema. El cuadro 32 muestra la situación al año 2006.

Cuadro 32Tasa de desempleo de jóvenes entre 15 y 24 años - 2006

(Porcentaje)

Zona geográfica

2006

Total

Hombres

Mujeres

Sri Lanka

Provincia

Occidental

17,6

15,5

20,8

Central

22,2

18,9

27,1

Meridional

30,3

23,9

40,3

Noroccidental

19,2

14,8

26,9

Centro Norte

18,6

12,6

29,4

Uva

23,6

18,8

31,0

Sabaragamuwa

23,9

18,3

33,5

Distritos

Colombo

16,6

14,5

19,9

Gampaha

17,6

17,0

18,5

Kalutara

19,6

14,2

28,1

Kandy

27,6

25,6

31,0

Matale

18,5

11,8

29,3

Nuwara Eliya

17,2

13,1

22,5

Galle

33,0

26,7

42,4

Matara

28,2

21,1

39,6

Hambantota

28,1

22,3

37,3

Kurunegala

21,6

18,7

26,0

Puttalam

15,2

9,1

28,7

Anuradhapura

15,3

9,8

25,8

Polonnaruwa

25,2

*

35,9

Badulla

22,6

20,4

25,6

Moneregala

25,4

*

42,4

Ratnapura

25,2

20,1

34,5

Kegalle

22,0

15,6

32,2

Sector

Urbano

16,4

14,2

19,9

Rural

22,7

18,0

30,4

Plantaciones

17,3

16,7

17,9

Aclaración: La tasa de desempleo de los jóvenes entre 15 y 24 años se calcula dividiendo la cantidad de desempleados entre 15 y 24 años por la fuerza de trabajo total en esa franja etaria. Se considera desempleado a todo aquel que estaba en condiciones de trabajar o buscaba empleo y no tenía ocupación durante el período de referencia. La fuerza de trabajo es la suma de todas las personas empleadas más los desempleados durante el período de referencia correspondiente.

Prestaciones de maternidad

Se aprobaron nuevas normas que amplían los derechos de licencia por maternidad para las funcionarias estatales. En virtud de estas normas, vigentes a partir del 1° de enero de 2005, se conceden los siguientes derechos:

a)Por cada hijo nacido vivo - 84 días de licencia especial con sueldo completo (sin contar feriados nacionales ni fines de semana). Las funcionarias no podrán reintegrarse antes de las cuatro semanas posteriores al nacimiento;

b)En caso de muerte fetal o muerte del niño dentro de las seis semanas de nacido - seis semanas de licencia especial con sueldo completo;

c)Al término de la licencia indicada en el apartado a) - 84 días de licencia con medio sueldo para cuidar al niño (los feriados nacionales y fines de semana comprendidos en este período se tomarán como días de licencia con medio sueldo);

d)Al término de la licencia indicada en el apartado c) - 84 días de licencia sin goce de sueldo si esta fuera necesaria para cuidar al niño (los feriados nacionales y fines de semana comprendidos en este período se tomarán como días de licencia sin goce de sueldo);

e)Al término de la licencia indicada en el apartado a) y en caso de no hacerse uso de licencia adicional con medio sueldo - la funcionaria podrá retirarse de su oficina una hora antes para amamantar al niño. Podrá hacerse uso de este derecho hasta que el niño cumpla los seis meses;

f)Al quinto mes de embarazo - las funcionarias podrán presentarse a trabajar una hora después de la hora normal de ingreso y retirarse media hora antes de completar el horario normal. Este derecho podrá usufructuarse hasta el comienzo de la licencia por maternidad;

g)El uso de la licencia no perjudicará los derechos de las funcionarias a aumentos de sueldo, ascensos o pensiones;

h)La funcionaria que haga uso total o parcial de las licencias concedidas en virtud de los apartados c) y d) podrá suspender dichas licencias antes de su finalización y presentarse a trabajar;

i)Si el niño muriera durante el período de licencia con medio sueldo o sin goce de sueldo, dado que el motivo de la licencia es el cuidado del niño, la licencia finalizará a los siete (7) días del fallecimiento;

j)Los derechos de licencia por maternidad son derechos especiales y se añaden a la licencia ordinaria.

Los derechos de licencia indicados en los apartados c) a f) del párrafo anterior comenzaron a regir en enero de 2005.

Además, por primera vez se reconoce a los funcionarios públicos la licencia por paternidad, con vigencia al 1° de enero de 2006. Todo funcionario público cuya cónyuge haya dado a luz tiene derecho a una licencia especial de hasta tres días. Se podrá hacer uso de esta licencia en cualquier momento dentro de los tres meses posteriores al nacimiento.

Cumplimiento de los instrumentos internacionales

El 1° de marzo de 2001, Sri Lanka ratificó el Convenio de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil (Convenio 182) y mediante la Ley de Reforma del Código Penal (Ley 16 de 2006) incorporó una disposición que tipifica como delitos a la servidumbre por deudas, la servidumbre, la esclavitud, el trabajo forzoso u obligatorio y el reclutamiento forzoso de niños para su utilización en conflictos armados y refuerza las disposiciones relativas a la trata de personas.Con la tipificación de estos delitos, Sri Lanka también cumple las obligaciones contraídas en virtud de la Convención suplementaria de las Naciones Unidas sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1957 (ratificada por Sri Lanka en 1958), el Convenio 182 de la OIT ya mencionado, la Convención sobre la Esclavitud, de 1926 (ratificada por Sri Lanka en 1958), el Convenio de la OIT relativo al trabajo forzoso, de 1930 (Convenio 29) y el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (el Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 2001), que Sri Lanka firmó en el año 2000.

Trabajadores migratorios

Las remesas privadas constituyen la segunda fuente de divisas y una porción importante de estas sigue proviniendo del empleo en el exterior. Si bien a principios y mediados del decenio de 1990 el porcentaje de mujeres empleadas en el exterior (como porcentaje del total de trabajadores empleados en el exterior) era considerablemente alto (más del 70%), ese porcentaje descendió a 64,5% en 1999, 59,4% en 2005, 55,3% en 2006, 52,7% en 2007 y 48% en 2008. Esta tendencia descendente se dio a pesar de que la cantidad total de trabajadores en el exterior creció en forma constante durante este período, por lo que las cifras indican que aunque los porcentajes hayan bajado, en números reales la cantidad de mujeres empleadas en el exterior creció (de 124.200 en 2001 a 114.677 en 2007 y 125.895 en 2008).

Cuadro 33Partidas al exterior por motivos de empleo, por nivel de formación y por año

Nivel profesional

Nivel medio

Administrativos y afines

Trabajadores calificados

Trabajadores no calificados

Trabajadoras domésticas

Total

Año

Total

Porcentaje femenino

Total

Porcentaje femenino

Total

Porcentaje femenino

Total

Porcentaje femenino

Total

Porcentaje femenino

Total

Total

Porcentaje femenino

1995

878

4,7

2 495

16,9

4 594

11,0

27 165

28,5

23 497

16,6

113 860

172 489

73,3

1997

573

6,8

1 635

15,2

3 579

16,0

24 502

35,4

20 565

18,3

99 429

150 283

75,0

1999

1 253

6,2

3 161

13,4

6 210

15,1

37 277

34,5

43 771

31,2

88 063

179 735

64,5

2001

1 218

7,6

3 776

15,1

6 015

23,0

36 763

31,3

33 385

23,4

102 850

184 007

67,5

2003

1 541

8,5

7 507

29,7

6 779

21,2

47 744

33,7

44 264

20,3

102 011

209 846

64,5

2005

1 421

6,8

8 042

11,1

7 742

9,7

46 688

14,6

41 904

8,0

125 493

231 290

59,4

2006

1 972

7,5

6 638

11,4

7 911

11,4

45 663

14,0

40 705

9,8

99 659

201 948

55,3

2007

1 609

4,1

3 835

11,5

4 451

13,4

49 609

12,1

52 432

10,2

102 176

217 306

52,7

2008

2 281

5,5

9 034

18,0

6 782

12,2

59 747

8,7

64 632

10,3

108 604

251 620

48,0

Fuente: Oficina de Sri Lanka de Empleo en el Exterior (Informe Estadístico Anual, 2007).

Cuadro 34Comparación entre los trabajadores migratorios de sexo masculino y las trabajadores migratorias en el servicio doméstico y en otras actividades

(Porcentaje)

Año

Total

Trabajadoras domésticas

Otras trabajadoras

Hombres

Trabajadoras domésticas en el total de mujeres

1996

162 576

68,0

5,5

26,5

92,5

1997

150 283

66,2

8,8

25,0

88,2

1999

179 735

49,0

15,6

35,4

75,9

2001

184 007

55,9

11,6

32,5

82,8

2003

209 846

48,6

15,9

35,5

75,4

2005

231 290

54,1

5,2

40,6

91,3

2006

201 948

49,3

6,0

44,6

89,2

2007

217 306

47,0

5,8

47,2

89,1

2008

251 620

43,2

5,7

51,0

88,2

Fuente: Oficina de Sri Lanka de Empleo en el Exterior (Informe Estadístico Anual, 2007).

Las mujeres profesionales no alcanzan en ningún momento el 8% del total de profesionales empleados en el exterior, las que ocupan puestos de nivel medio son menos del 29,7% y las que se desempeñan en empleos administrativos o similares no llegan al 23% y son apenas un poco más del 20%.

El Ministerio para la Promoción y el Bienestar de los Trabajadores en el Exterior y la Oficina de Sri Lanka de Empleo en el Exterior han prestado atención prioritaria a la situación de las trabajadoras migratorias de Sri Lanka, en particular las trabajadoras no calificadas y domésticas, como ya se indicó en el presente informe (párrafos 23 a 29).

Se han adoptado, entre otras, las siguientes medidas a favor de las trabajadoras migratorias:

•Se firmaron memorandos de entendimiento con países receptores de mano de obra para asegurar la protección y garantizar los derechos de los trabajadores y en particular de las trabajadoras de Sri Lanka. Hasta el momento se firmaron cuatro memorandos (con los Emiratos Árabes Unidos, Jordania, Qatar y Bahrein) y se prevé la firma de otros dos (con Omán y Kuwait);

•Se aprobó un nuevo régimen de seguros para trabajadores de Sri Lanka empleados en Jordania;

•Se organizaron programas de formación dirigidos a desarrollar las aptitudes y conocimientos de las trabajadoras;

•Se formuló un Plan de Acción para aplicar la Política Nacional de Sri Lanka sobre Migración Laboral.

Las trabajadoras no capacitadas y las trabajadoras domésticas siguen representando una porción considerable de los trabajadores empleados en el exterior. No obstante, en los últimos años se ha atenuado este predominio. En 2001, las trabajadoras domésticas representaban el 55,9% del total de trabajadores empleados en el exterior, y en 2005, 2007 y 2008 representaban el 54,1%, el 47% y el 43,2%, respectivamente. Si bien el porcentaje de trabajadoras domésticas se redujo, la cantidad de trabajadoras domésticas como porcentaje del total de mujeres empleadas en el exterior aumentó del 82,8% en 2001 al 91,3% en 2005 y se redujo al 89,1% y el 88,2% en 2007 y 2008 respectivamente.

La disminución en el porcentaje de mujeres que buscan trabajo en el exterior se atribuye principalmente a la existencia de oportunidades de trabajo en Sri Lanka. Esto se confirma estadísticamente con el descenso en la tasa de desempleo de las mujeres. El menor porcentaje de mujeres que buscan empleo en el exterior podría deberse también a la disminución de oportunidades de trabajo como consecuencia del cierre de fábricas de confección en el exterior al eliminarse las cuotas establecidas en el Acuerdo Multifibras.

Artículo 12 – Atención de la salud

El Gobierno continúa promoviendo una política de larga data que dispone la prestación gratuita de servicios de salud de buena calidad para toda la población, en todas las instituciones estatales, y ha mantenido una sólida red de atención primaria de la salud que constituye un fuerte pilar del sistema desde hace varios decenios. El Ministerio de Salud y Nutrición, que es el organismo estatal encargado de la atención de la salud, elaboró un Plan General de Salud en el cual identificó varias esferas de acción dirigidas a prestar servicios adecuados de atención de la salud para las mujeres. El Plan General identifica entre otras acciones prioritarias la mejora de la atención de la salud que se brinda a sectores vulnerables de la población (como los habitantes de las plantaciones, las zonas rurales apartadas y las zonas afectadas por conflictos o desastres) y la mejora de la salud y la nutrición de los lactantes, los niños preescolares y las embarazadas.

El Plan General de Salud incluye una breve descripción de la situación general de salud, que se transcribe a continuación.

•Los indicadores nacionales de salud muestran una mejora constante en los últimos decenios, en particular en lo tocante a la mortalidad materna e infantil y a la esperanza de vida. La tasa de mortalidad materna de 39,3 por cada 100.000 nacidos vivos alcanzada en 2006 constituye un logro excepcional para un país en desarrollo con un nivel de ingresos per cápita de aproximadamente 800 dólares. La mejora de estos indicadores se debe principalmente al Programa de Atención Materno-Infantil aplicado a escala nacional en el marco del sistema estatal de atención de salud. Asimismo, se alcanzó una tasa de mortalidad infantil de 16,3 por cada 1.000 nacidos vivos gracias a estrategias eficaces y de amplio alcance en materia de prevención y atención primaria de la salud, entre las que se incluye el tratamiento de las infecciones leves. No obstante, si bien se redujo considerablemente la mortalidad infantil tardía, los logros en la reducción de la mortalidad fetal y neonatal han sido menores. La existencia de una tasa de mortalidad neonatal estática de 12,9 por cada 1.000 nacidos vivos durante los últimos diez años sugiere la persistencia de problemas cuya solución requiere tanto la asignación de mayores recursos como una mejor administración.

•La esperanza de vida ha aumentado en forma constante, alcanzando aproximadamente los 76 años de edad para las mujeres y los 72 años para los hombres (2001). La tasa global de fecundidad, que había bajado a alrededor de 1,9, aumentó a 2,4 según la Encuesta Demográfica y Sanitaria 2006. El rápido envejecimiento de la población y los avances en el combate de las principales enfermedades transmisibles trasladan el eje de los problemas de salud cada vez más hacia enfermedades no transmisibles, entre ellas, las enfermedades psiquiátricas, los accidentes y las lesiones. La situación nutricional mejoró hasta 2000, pero a partir de ese año se mantuvo casi estática y sigue siendo un problema grave entre las comunidades más pobres y vulnerables y no resulta satisfactoria incluso como término medio. La desnutrición entre niños menores de 5 años sigue siendo un gran problema y presenta importantes diferencias entre distritos. La tasa de bajo peso al nacer se ha mantenido prácticamente estable a lo largo de la última década.

•Las principales causas de muerte (por porcentaje de mortalidad total para el año 2003) son las siguientes: cardiopatías isquémicas (12,5%), enfermedades intestinales (10,8%), enfermedades cerebrovasculares (9,1%), enfermedades cardiopulmonares (9,1%) y tumores (4,4%). Se ha reducido gradualmente la incidencia de las enfermedades infecciosas y parasitarias, mientras que las enfermedades cardiovasculares y homicidios han aumentado en forma proporcional. En 1996, el 22% del total de muertes eran causadas por hechos de violencia (accidentes, suicidios y homicidios) y el 24% por enfermedades cardiovasculares y diabetes, lo cual indica que también es rápida la transición epidemiológica.

•Este breve análisis se basa en información correspondiente a todo el país y no tiene en cuenta las diferencias entre provincias. Si se comparan las cifras provinciales o de distrito para las tasas de mortalidad infantil y materna se advierten diferencias considerables, algunas de las cuales pueden deberse a diferencias en la proporción de casos no comunicados y a la remisión de casos. En particular, la situación sanitaria de las zonas afectadas por conflictos y del sector de plantaciones es inferior al promedio.

Mortalidad

La tasa bruta de mortalidad (la cantidad de muertes por cada 1.000 habitantes en un año dado) ha sido siempre más baja en el caso de las mujeres. Entre 2001 y 2004, la tasa se mantuvo estable en 4,5 para las mujeres, mientras que para los hombres disminuyó de 7,6 a 7,1 en ese mismo período. Estas cifras confirman una mayor supervivencia de las mujeres con respecto a los hombres en cualquier momento dado.

Maternidad segura

Como se indicó anteriormente, la tasa de mortalidad materna (la cantidad de muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos en el mismo año) se redujo considerablemente. En 1996, Sri Lanka tenía una tasa de mortalidad materna de 62 por cada 100.000 nacidos vivos y en 2006 esa cifra se había reducido a 39,3. Sri Lanka está bien encaminada para alcanzar la meta establecida en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de reducir la mortalidad materna en tres cuartas partes entre 1990 y 2015. Los dos indicadores fijados para esta meta son la tasa de mortalidad materna y el porcentaje de partos atendidos por personal sanitario especializado.

El compromiso de Sri Lanka con una maternidad segura (que sigue cumpliendo a través de su Programa de Salud Materno-Infantil ejecutado por el Servicio de Salud Familiar, una unidad especial del Ministerio de Salud y Nutrición) garantiza una atención adecuada para las embarazadas a lo largo de todo el embarazo y en el parto. En 2005, aproximadamente el 95% de las embarazadas se atendía con parteras de salud pública asignadas a instituciones locales. La cantidad de nacimientos registrados en 2005 fue de 371.653, de los cuales el 99,5% fueron partos atendidos en centros de salud.

A partir de 1996 se establecieron Clínicas de Bienestar de la Mujer para brindar servicios de diagnóstico de hipertensión, diabetes, tumor de mamas y cáncer de cuello uterino. Para el año 2008 había 611 Clínicas de Bienestar de la Mujer en funcionamiento. La cantidad de embarazadas que se atienden en estas clínicas ha aumentado con los años.

El porcentaje de partos no atendidos por personal sanitario especializado bajó del 5,9% en 1993 al 0,4% en 2007. La proporción de partos atendidos por personal sanitario especializado, que es uno de los indicadores establecidos para medir los avances hacia el quinto ODM, aumentó del 94% en 1993, al 96% en 2000 y al 98,5% en 2007. La meta era llegar al 98,5% para 2015. Si la tendencia actual continúa en forma lineal, se prevé que para 2015 se alcanzará el 100% de cobertura, superando por lo tanto la meta. Se han logrado mejoras considerables en sectores de la población en los que la atención por personal especializado solía ser relativamente baja, como en el sector de plantaciones y entre las mujeres con educación formal primaria o inferior. El Servicio de Salud Familiar preparó un paquete de atención en materia de salud reproductiva para atender los “Aspectos de salud reproductiva que afectan a los trabajadores migratorios y sus familias.” Se preveía que para fines de 2009 se habría sensibilizado y capacitado a los trabajadores del área de la salud primaria sobre su papel y responsabilidades en la atención de la problemática de la salud reproductiva de trabajadores migratorios y sus familias. Esta capacitación se instrumentará también gradualmente.

Nutrición

Cuadro 35Malnutrición infantil

Grado de malnutrición

1993

2000

2003*

2004**

F

M

F

M

F

M

F

M

Retraso en el crecimiento (%) (altura/edad)

25,1

22,7

15,3

11,9

18,4

18,4

19,3

17,6

Emaciación (%) (peso/altura)

15,4

15,6

12,6

15,1

15,9

20,4

15,7

15,3

Bajo peso (%) (peso/altura)

40,9

34,8

29,8

29,0

37,7

37,2

37,7

35,3

Fuentes: Encuesta Demográfica y Sanitaria de Sri Lanka - 1987, 1993, 2006.

Encuesta de Salud y Bienestar Infantil en distritos seleccionados del sur de Sri Lanka, 2003.

Encuesta de Salud y Bienestar Infantil en distritos seleccionados del norte de Sri Lanka, 2004.

Grupo objetivo: Niños de 3 a 59 meses de edad.

Aclaración: Se considera malnutridos a los niños de 3 a 59 meses de edad con una desviación típica por debajo de -2 respecto a la media de la población de referencia para los índices antropométricos de altura para la edad, peso para la altura y peso para la edad.

*2003 - Encuesta realizada en los distritos de Ratnapura, Moneragala, Badulla, Anuradhapura, Hambantota, Nuwara-eliya y Matale.

**2004 - Encuesta realizada en los distritos de Trincomalee, Ampara, Batticaloa, Vavuniya, Mannar y Jaffna.

Cuadro 36Prevalencia de bajo peso en niños menores de 5 años por sexo, sector y zona

Año

Sexo/Sector/Zona

1993

2000

Sri Lanka

37,7

29,4

Niños

34,8

29,0

Niñas

40,9

29,8

Sector

Colombo-zona metropolitana

31,2

18,2

Otras zonas urbanas

29,9

21,3

Zonas rurales

38,3

30,8

Plantaciones

52,1

44,1

Fuente: Encuesta Demográfica y Sanitaria de Sri Lanka - 1993, 2002.

Cuadro 37Prevalencia de problemas de salud vinculados con la malnutrición – 2006

Varones

Niñas

Retraso en el crecimiento

18,7

17,2

Emaciación

16,4

13,6

Bajo peso

22,3

20,8

Fuente: Encuesta Demográfica y Sanitaria, 2006.

Cuadro 38Prevalencia de problemas de salud vinculados a la malnutrición - 2006

Varones

Niñas

Retraso en el crecimiento

18,7

17,2

Emaciación

16,4

13,6

Bajo peso

22,3

20,8

Fuente: Encuesta Demográfica y Sanitaria, 2006.

Alrededor del 30,3% de las embarazadas y el 31,6% de las no embarazadas presentaban anemia en 2001. La encuesta por muestreo comprendía a mujeres de 15 a 49 años de edad. La prevalencia más alta de anemia entre embarazadas se daba en el sector de plantaciones (49%) y la más baja en el sector urbano (24,6%). Las autoridades sanitarias siguen ocupándose de este problema. En el caso de niños de 3 a 59 meses de edad, se encontró que existía una mayor prevalencia de malnutrición crónica entre las niñas, mientras que había un porcentaje mayor de varones afectados por malnutrición aguda. Aproximadamente un tercio de los niños en edad preescolar tienen bajo peso, con un porcentaje levemente mayor para las niñas.

En 2001, la prevalencia de anemia en los niños de edad preescolar era levemente mayor para las niñas que para los varones (30,6% contra 29,0%), mientras que en la categoría de edad escolar era levemente inferior para las niñas que para los varones (20,1% contra 21,9%). Sin embargo, en la categoría de adolescentes (de 11 a 19 años de edad), hay una diferencia importante entre los sexos (25,7% para las adolescentes contra 18,1 % para los varones).

Es claro, no obstante, que gracias a intervenciones firmes de política se ha logrado una disminución general de los indicadores negativos de salud en los últimos años 

El porcentaje nacional de niños menores de 5 años de edad con bajo peso (que es uno de los indicadores de la meta 2 del primer ODM) bajó de 37,7% en 1993 a 29,4% en 2000. Teniendo en cuenta que la meta es llegar al 20% en todo el país, puede afirmarse que Sri Lanka está bien encaminada para alcanzarla. En el plano subnacional, ya se ha alcanzado la meta en la zona metropolitana de Colombo y otras zonas urbanas. En las zonas rurales, se alcanzará la meta con sólo acelerar levemente el ritmo de disminución. Las zonas de plantaciones están muy retrasadas y se requiere una rápida mejora para alcanzar la meta en todo el país. La prevalencia de bajo peso es mayor en aquellos niños cuyas madres no tuvieron educación formal o sólo recibieron educación primaria. En el caso de los niños cuyas madres recibieron educación secundaria o tienen estudios superiores, ya se alcanzó la meta nacional referida al bajo peso.

Mortalidad en la infancia y la niñez

Cuadro 39Tasa de mortalidad en la niñez - 1991, 2002 y 2006

Año/Sexo

1991

2002

2006

Sector/Provincia/Distrito

Varones

Niñas

Varones

Niñas

Varones/Niñas

Sri Lanka

24,3

20,0

14,9

12,0

21,6

Sector urbano

31,3

24,6

18,7

14,9

16,6

Sector rural

12,3

11,1

7,6

6,4

21,7

Sector de plantaciones

38,1

41,0

22,1

20,6

29,7

Fuente: Dirección General del Registro Civil y Encuesta Demográfica y Sanitaria 2006.

Cuadro 40Tasa de mortalidad infantil

Tasa

1980

1984

1988

1992

1995

2001

2002

Niñas

31,3

24,5

18,5

15,7

15,1

11,1

10,2

Varones

37,4

29,4

21,8

20,0

17,9

14,0

12,9

Total

34,4

27,2

20,2

17,9

16,5

12,6

11,2

Fuente: Dirección General del Registro Civil.

La tasa de mortalidad en la niñez (cantidad de muertes de niños menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos en un año dado) se redujo a niveles comparables a los de algunos países desarrollados y son las más bajas de los países del Asia meridional. Esta tendencia se ha mantenido durante un período considerable. En 2002, la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años se había reducido a 13,39, sin diferencias sensibles entre los sexos. Esa tasa ha mejorado en todos los sectores, urbano, rural y de plantaciones.

La tasa de mortalidad infantil (cantidad de muertes de niños menores de un año por 1.000 nacidos vivos en un año dado) ha descendido en forma continua en el último decenio, lo cual se atribuye a la eficiente aplicación de políticas de salud por parte del Estado. En 2002, la tasa de mortalidad infantil era de 10,2 en el caso de las niñas y 12,9 en el caso de los varones. De continuar esta tendencia descendente, cabe esperar que la tasa haya bajado a 3,5 para 2015. A pesar de la existencia de una tendencia descendente, el ritmo de reducción se desacelerará a medida que se alcancen tasas cada vez más bajas.

Aunque la mortalidad infantil es relativamente baja, se producen más muertes durante los primeros tiempos de la lactancia, hecho que se atribuye a la situación de salud de la madre en el período prenatal. Aproximadamente el 83% de las muertes de niños menores de un año ocurren en el período neonatal y 61,5% ocurren en el período neonatal temprano (primeros siete días). No obstante, esta proporción cambió según la Encuesta Demográfica y Sanitaria de 2006, la cual indica que las muertes neonatales representan el 67% del total de muertes de niños menores de un año.

Interrupción del embarazo

Tal como se indicó en el párrafo 16 del presente informe, Sri Lanka no ha modificado la ley referida a la interrupción del embarazo, que sigue siendo un delito punible salvo que haya sido causada de buena fe con el fin de salvar la vida de la madre. La posibilidad de un cambio de política en el sentido de permitir la interrupción del embarazo al menos en ciertas circunstancias es un tema que se sigue debatiendo con vistas a reavivar una campaña de reforma. Como se señaló en el párrafo 16, este es un tema que afecta sensibilidades religiosas muy arraigadas y debe ser abordado de manera tal de no provocar reacciones adversas que perjudicarían las iniciativas de reforma.

Cuadro 41Totales acumulativos de casos de VIH y SIDA

Año

Casos de VIH

Casos de SIDA

Total

Mujeres

Hombres

Total

Mujeres

Hombres

Cantidad

Cantidad

Porcentaje

Cantidad

Porcentaje

Cantidad

Cantidad

Porcentaje

Cantidad

Porcentaje

1987

2

0

0,0

2

100,0

2

0

0,0

2

 100,0

1992

63

15

23,8

48

76,2

22

5

22,7

17

 77,3

2002

475

197

38,9

278

61,1

139

36

25,9

103

 74,1

2005

743

311

41,9

432

58,1

207

61

29,5

146

 70,5

2006

838

351

41,8

487

58,1

226

67

29,6

159

 70,4

2007

957

405

42,3

552

57,7

266

85

32,0

181

 68,0

2008

1 059

444

41,9

615

58,0

289

89

30,8

200

69,2

Fuente: Programa Nacional de Control de Enfermedades Venéreas y SIDA, Departamento de Servicios Sanitarios.

VIH/SIDA

A pesar de una campaña concertada dirigida a combatir el virus de inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA), la cantidad de casos registrados aumentó de 262 en 1998 a 1.059 a fines de diciembre de 2008. A fines de 2007 había aproximadamente 4.000 adultos que vivían con el VIH. Los grupos de mayor riesgo identificados por el Plan Estratégico Nacional (2007-2011) del Programa Nacional de Control de Enfermedades Venéreas y SIDA son las trabajadoras sexuales y sus clientes, los hombres que mantienen relaciones sexuales con otros hombres, los consumidores de drogas y la población carcelaria. Los trabajadores migratorios internos y externos han sido identificados como grupo un vulnerable al VIH. Al no contar con datos para los indicadores globales referidos a la prevalencia del VIH/SIDA, con los cuales medir el avance hacia la meta de detención y reducción de la propagación del VIH/SIDA para 2015 identificada en el marco de los ODM, Sri Lanka seleccionó los siguientes indicadores adicionales:

a)Tasa de uso de preservativos como porcentaje de la tasa de uso de métodos anticonceptivos;

b)Tasa de uso de métodos anticonceptivos.

En 2006-2007, el uso de preservativos como porcentaje de la tasa de uso de métodos anticonceptivos ascendía a 5,5%, con porcentajes algo más altos en las zonas urbanas. El porcentaje más bajo de uso de preservativos fue de 2,1% y se registró en el sector de plantaciones. Considerado por grupo de edades, el porcentaje de uso de preservativos más alto se registró entre las madres de 30 a 34 años de edad y el más bajo en los grupos de 15 a 19 años y 45 a 49 años.

La tasa de uso de métodos anticonceptivos está dada por el porcentaje de mujeres en edad reproductiva actualmente casadas que emplean algún método de anticoncepción o cuyos maridos emplean algún método de anticoncepción. La tasa de uso de métodos anticonceptivos descendió del 70% en 2000 al 68,3% en 2006/2007 (Encuesta Demográfica y Sanitaria 2006-2007).

Cuadro 42Tasa de uso de métodos anticonceptivos

Tasa

Sector / Zona / Nivel educativo de la madre

1993

2000

2007*

Sri Lanka

66,1

70,0

68,3

Sector

Colombo - zona metropolitana

62,7

64,1

65,2

Otras zonas urbanas

57,7

65,5

59,2

Rural

68,3

72,0

69,6

Plantaciones

54,5

63,1

64,2

Nivel educativo de la madre

Sin educación formal

58,2

72,1

72,7

Primaria

68,9

74,2

70,8

Secundaria

67,8

71,1

68,7

CGE (nivel básico)

64,0

66,0

63,5

CGE (nivel avanzado) o superior

64,0

65,1

66,2

Fuente: Encuesta Demográfica y Sanitaria de Sri Lanka - 1993, 2000, 2006-2007.

La tasa de uso de métodos anticonceptivos (esto es, el porcentaje de mujeres casadas en edad reproductiva que emplean algún método de anticoncepción o cuyos maridos emplean algún método de anticoncepción) aumentó del 66% en 1993 a 70% en 2000.

Como puede observarse en el cuadro anterior, la tasa de uso de métodos anticonceptivos más alta se da en el sector rural y los aumentos más significativos se registraron en el sector de plantaciones y en las zonas urbanas fuera de la zona metropolitana de Colombo. También es evidente que se eliminaron las diferencias que existían entre los distintos niveles de educación, registrándose mayores porcentajes de uso de métodos anticonceptivos entre las mujeres con menos educación en comparación con las mujeres de mayor nivel educativo.

Uno de los objetivos establecidos por el Ministerio de Salud y Nutrición en el Marco de Resultados del Organismo, en las esferas de acción de servicios de atención curativa y preventiva de la salud,es brindar servicios integrales de salud y llevar a cabo intervenciones sanitarias, para lo cual ha identificado los siguientes indicadores clave de resultados:

•Disminución de la mortalidad infantil;

•Disminución de la mortalidad de niños menores de 5 años;

•Disminución de la mortalidad materna;

•Disminución de la prevalencia de niños menores de 5 años con bajo peso;

•Disminución de la prevalencia de niños con bajo peso al nacer;

•Disminución de la incidencia de anemia entre las embarazadas;

•Mayor difusión de los servicios de atención preventiva y curativa de la salud entre la población y mayor participación de las comunidades en tales servicios.

Resulta claro, por lo tanto, que en la política de atención de la salud de Sri Lanka sigue primando el objetivo de mejorar las condiciones de salud imperantes (en lugar de limitarse a mantener los sistemas actuales), otorgándose alta prioridad a las cuestiones que afectan a las mujeres y a los niños.

Artículo 13 - Vida económica y social

No existen problemas de discriminación contra las mujeres en esta esfera.

Artículo 14 - La mujer rural

Uno de los objetivos centrales de la política estatal es la reducción de la brecha entre comunidades urbanas y rurales, entendiendo que para lograrlo se requieren intervenciones de política. En particular, en el Mahinda Chintana, que contiene la política gubernamental actual, se reconoce claramente que la población rural ha quedado rezagada en términos de desarrollo y que se han agudizado las disparidades, por lo que el gobierno se compromete a remediar esta situación. Se observan claras diferencias en los sectores clave de la educación, la salud, la economía y el trabajo. Existe una cantidad importante de programas de reducción de la pobreza actualmente en curso que están también dirigidos a atender la problemática de la mujer rural.

El Marco de Desarrollo Decenal Mahinda Chintana para el período 2006 a 2016 permite vislumbrar perspectivas mejores para la mujer rural. Este plan está dirigido a identificar nuevas esferas de crecimiento en el sector agrícola, aplicar tecnologías modernas e incrementar los ingresos de los pequeños agricultores. La propuesta de ofrecer incentivos a las pequeñas y medianas industrias, las microempresas y los trabajadores independientes a fin de crear oportunidades de medios de subsistencia en el sector rural marca un cambio radical respecto a la política, que tenía un sesgo contrario a los pequeños productores.

El plan tiene un fuerte componente de desarrollo de infraestructura, en aspectos tales como los servicios de suministro de energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable y saneamiento, caminos de acceso, mercados y servicios agrícolas de almacenamiento y de otra índole, en particular en el sector rural. El Programa Maga Neguma (renovación vial) se centra en la construcción de caminos rurales de acceso que reduzcan el aislamiento y la exclusión social de localidades apartadas. Se seleccionaron las 100 divisiones administrativas más pobres y las 19 divisiones afectadas por conflictos que serán atendidas en forma prioritaria. Se están renovando escuelas, mejorando instalaciones de atención de la salud, organizando programas de autoempleo y realizando obras de infraestructura.

Se instrumentaron dos programas importantes dirigidos a promover condiciones propicias en el medio rural. En marzo de 2006 se inició el Programa Gama Neguma (fomento de aldeas). Se están elaborando planes de desarrollo de aldeas con la participación de comunidades rurales reunidas en Grama Sabha (consejos de aldea) y Jana Sabha (consejos populares). Estos planes comprenden obras de infraestructura básica, rehabilitación de tanques y viviendas, proyectos agrícolas e industriales, microfinanciación, caminos rurales, mercados y centros de tecnologías de la información y las comunicaciones. La ejecución de estos planes se inició en 2006.

El Programa Gemidiriya (fomento comunitario y mejora de los medios de subsistencia) se ejecutó en forma experimental en 2005, y en 2006 se puso en práctica en tres provincias, abarcando siete distritos distintos y un total de 535 aldeas repartidas en 33 divisiones. Se crearon Compañías Populares integradas por representantes de más del 80% de los hogares de la comunidad, de los cuales el 50% deben ser obligatoriamente mujeres. El Programa brinda financiación a estas compañías para la realización de actividades de capacitación de personal, la cobertura parcial de los costos de infraestructura de la localidad y el desarrollo de medios de subsistencia. De esta manera, las comunidades rurales aprenden a identificar necesidades y formular proyectos y las mujeres rurales adquieren experiencia en la adopción de decisiones. Las mujeres desempeñan un papel importante en este programa, que ha sido además ampliamente reconocido en el plano internacional.

Estos programas se elaboraron para subsanar las disparidades y limitaciones que perjudican las oportunidades de vida de las mujeres rurales. Es aún demasiado pronto para evaluar los avances logrados, pero el reconocimiento del papel de las mujeres como productoras económicas y dirigentes comunitarias potenciales es un paso positivo en la promoción de sus derechos y su empoderamiento. 

Luego de un estudio centrado en los indicadores socioeconómicos de las zonas económicamente más atrasadas del país, se inició un programa especial dirigido a dichas zonas. El Gobierno ha priorizado las intervenciones de política dirigidas a ayudar a los habitantes de estas zonas a mejorar sus niveles de vida. Muchos de estos programas tienen como beneficiarias a las mujeres.

La eliminación de las disparidades se considera un factor esencial para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Por lo tanto, también se miden los avances en el plano subnacional con vistas a identificar las zonas más vulnerables y eliminar disparidades.

Artículo 15 - Capacidad jurídica

No se produjeron cambios ni surgieron nuevos problemas en este tema desde el último informe.

Artículo 16 - Matrimonio y relaciones familiares

No se produjeron cambios desde el último informe.

Conclusión

El país está firmemente comprometido con el cumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y ha logrado grandes avances en la introducción de políticas progresivas tendientes a promover el empoderamiento de la mujer y mejorar su calidad de vida. Sri Lanka es consciente de que existen esferas en las que se requieren mejoras, pero confía en que su marco normativo brinde amplias oportunidades para eliminar las brechas existentes. Sri Lanka es asimismo consciente de que algunas de las preocupaciones señaladas en el informe deben ser abordadas con delicadeza y de una manera que sea aceptable para todas las comunidades, por lo que en esferas sensibles que afectan a comunidades específicas sólo se introducirán cambios a pedido o por iniciativa de las comunidades correspondientes y al ritmo que estas planteen. A este respecto, el Gobierno procura constantemente la participación de expertos y activistas de la sociedad civil. Esta política seguirá guiando al Gobierno de Sri Lanka en el abordaje de tales preocupaciones.