Grupo étnico

Número

Porcentaje

1

Java

83.865.724

41,71

2

Sunda

30.978.404

15,41

3

Melayu

6.946.040

3,45

4

Madura

6.771.727

3,37

5

Batak

6.076.440

3,02

6

Minang

5.475.145

2,72

7

Betawi

5.041.688

2,51

8

Bugis

5.010.421

2,49

9

Banjar

4.113.162

2,05

10

Banten

3.496.273

1,74

11

Bali

3.027.525

1,51

12

Sasak

2.611.059

1,30

13

Makassar

1.982.187

0,99

14

Cirebon

1.890.102

0,94

15

Tiong Hoa

1.738.936

0,86

16

Gorontalo/Hulandalo

974.175

0,48

17

Aceh

871.944

0,43

18

Toraja

750.828

0,37

19

Nias, Kono Niha

731.620

0,36

20

Minahasa

659.209

0,33

21

Buton, Butung, Butong

578.231

0,29

22

Atoni Metto

568.445

0,28

23

Manggarai

566.428

0,28

24

Bima

513.055

0,26

25

Mandar

504.827

0,25

26

Sumba, Humba, Tau Humba

501.345

0,25

27

Sambas

444.929

0,22

28

Peminggir

426.723

0,21

29

Kaili

412.281

0,21

30

Sangir

396.810

0,20

31

Komering

389.467

0,19

32

Rejang

333.635

0,17

33

Ngaju

324.504

0,16

34

Sumbawa, Semawa

319.423

0,16

35

Luwu

318.134

0,16

36

Using, Osing

297.372

0,15

37

Kendayan, Kenayan

292.390

0,15

38

Tolaki, Laki-laki, Lolaki

289.220

0,14

39

Pepadun

280.247

0,14

40

Serawai

279.154

0,14

41

Darat

275.914

0,14

42

Muna, Tomuna

267.722

0,13

43

Kerinci

254.725

0,13

44

Dawan

236.242

0,12

45

Kutai

224.859

0,11

46

Bolaang Mongondow

223.546

0,11

47

Dayak

221.957

0,11

48

Musi Banyuasin

213.918

0,11

49

Lamaholot, Lamahot, Lamkolo

206.488

0,10

50

Belu, Teto

197.302

0,10

51

Rote, Roti

185.316

0,09

52

Pesaguan

178.933

0,09

53

Lio

170.949

0,09

54

Bakumpai

155.906

0,08

55

Tonteboan

134.543

0,07

56

Biak Numfor, Mafoorsch, Noe

126.070

0,06

57

Kei

125.954

0,06

58

Duri

121.688

0,06

59

Ambon

120.969

0,06

60

Dani, Ndani

120.745

0,06

61

Banggai, Mian Banggai

118.556

0,06

62

Gayo Lut

117.509

0,06

63

Selayar

93.183

0,05

64

Buol

91.034

0,05

65

Dompu

90.635

0,05

66

Lani

85.685

0,04

67

Abung Bunga Mayang

85.342

0,04

68

Gayo Luwes

81.172

0,04

69

Talaud

79.818

0,04

70

Seram

78.955

0,04

71

Lembak

77.241

0,04

72

Saluan

77.151

0,04

73

Saparua

68.194

0,03

74

Alas

67.424

0,03

75

Ekagi, Ekari

66.823

0,03

76

Sula

63.282

0,03

77

Makian

60.985

0,03

78

Bawean, Boyan

60.703

0,03

79

Katingan

60.171

0,03

80

Mentawai

54.419

0,03

81

Pasir

54.162

0,03

82

Galela

52.639

0,03

83

Yali

51.258

0,03

84

Maanyan

50.505

0,03

85

Aru

48.261

0,02

86

Ngalum

46.130

0,02

87

Singkil

44.153

0,02

88

Simeulu

42.803

0,02

89

Bajau, Bajao, Bajo, Bayo

40.712

0,02

90

Yamdena

39.320

0,02

91

Donggo

38.050

0,02

92

Bukat, Buket, Ukit, Bukut

35.838

0,02

93

Tengger

33.886

0,02

94

Arab

33.498

0,02

95

Tonsawang

30.941

0,02

96

Halmahera

26.018

0,01

97

Baliaga

19.791

0,01

98

Laloda, Loloda

19.323

0,01

99

Morotai

13.968

0,01

100

Antinggolo

4.681

0,00

101

Gebe, Gebi

2.903

0,00

Otros

13.972.741

6,95

Total

201.092.238

100,00

Fuente: Censo de población de 2000 compilado por Leo Suryadinata y otros en Indonesia's Population (2003).

27.Para clasificar a los encuestados por grupo étnico, la Oficina Central de Estadística se basó en sus respuestas o en datos aportados voluntariamente. A ese respecto, aunque alguien efectivamente pertenezca a un grupo étnico, es posible que prefiera figurar como miembro de otro. Por ejemplo, puede que alguien de origen tiong hoa, árabe o indio se sienta más cómodo si se le cataloga como "java" o simplemente indonesio. Por tanto, en ocasiones surgen dificultades para establecer cuál es el grupo étnico propio, especialmente en el caso de los matrimonios mixtos. Se suelen utilizar cuatro criterios para determinar a qué etnia (masyarakat adat) pertenece cada persona: los nombres, el idioma, la ubicación geográfica y las costumbres.

28.En Indonesia no sólo conviven múltiples grupos étnicos, sino también numerosas creencias religiosas. Los indonesios suelen practicar el islamismo, el protestantismo, el catolicismo, el hinduismo y el budismo y profesan creencias de otra índole, como las religiones indígenas tradicionales.

Cuadro 2

Número y porcentaje de las principales confesiones

Confesión

Número

Porcentaje

1

Islamismo

177.528.772

88,2

2

Protestantismo

11.820.075

5,87

3

Catolicismo

6.134.902

3,05

4

Hinduismo

3.651.939

1,81

5

Budismo

1.694.682

0,84

6

Otras

411.629

0,20

Total

201.241.999

100

Fuente: Oficina Central de Estadística (Badan Pusat Statistik), 2001.

29.El idioma de trabajo oficial en Indonesia es el "bahasa indonesio". Esta lengua se deriva del malayo, hablado principalmente en la provincia de Riau.

30.A medida que este idioma evolucionó y se fue extendiendo por todo el país, numerosas lenguas locales han contribuido a enriquecer el vocabulario y las expresiones que lo componen. En Indonesia se hablan unos 500 idiomas locales y dialectos propios de los distintos grupos étnicos. Entre los cientos de idiomas locales, algunos de los más destacados son el aceh, el batak, el sunda, el java, el sasak, el dayak, el minahasa, el toraja, el bugis, el halmahera, el ambon, el seram, y las lenguas originarias de Papua. Es más, algunos de estos idiomas tienen varias versiones dialectales. Si bien el bahasa indonesio se ha convertido en la lengua franca, se seguirán utilizando los idiomas y dialectos locales y constituirán la riqueza del país en las generaciones venideras.

31.Al compás de los avances científicos, tecnológicos, religiosos, sociales y culturales, se han adoptado numerosas palabras y términos de otros idiomas como el neerlandés, el chino, el sánscrito, el árabe y el portugués, por citar algunos.

C. Geografía

32.Indonesia es un Estado independiente situado en el sureste de Asia y Miembro de las Naciones Unidas desde el 27 de septiembre de 1950. Limita con Australia, Timor-Leste, Papua Nueva Guinea, Malasia, Singapur, Brunei Darussalam, Filipinas y Palau.

33.Antiguamente, Indonesia tenía 27 provincias; gracias al proceso de reforma nacional y al espíritu de descentralización, en 2000 tenía 30 y ya tiene 32.

34.Desde el punto de vista geográfico, es el mayor país del mundo repartido en un archipiélago. Su territorio, que se extiende desde los 6º de latitud norte hasta los 11º de latitud sur, y de los 90º a los 141º de longitud este, tiene una superficie total de 1.919.440 km2. Hay un total de 18.108 islas (según los datos del Instituto Aeroespacial obtenidos a partir de imágenes por satélite en 2003). Indonesia está formada por 5 islas grandes y unos 30 grupos de islas más pequeñas. Las 5 islas principales son Kalimantan (539.460 km2), Sumatra (473.606 km2), Papua (421.981 km2), Sulawesi (189.216 km2) y Java (132.107 km2).

35.Como está situado entre dos océanos (el Pacífico y el Índico) y en la encrucijada de dos continentes (Asia y Australia), la situación estratégica del país ha influido enormemente en la cultura, la sociedad, la política y la economía nacionales. El área de territorio firme de Indonesia mide 1,9 millones de km2. Las aguas territoriales abarcan sobre 7,9 millones de km2 (incluida su zona económica exclusiva), aproximadamente el 81% de la superficie total del país. La mayor parte de su territorio está cubierto por espesas selvas tropicales cuyas fértiles tierras no dejan de enriquecerse gracias a la actividad volcánica, como en la isla de Java.

D. Organización política

36.Como se consigna en la cuarta enmienda de la Constitución de 1945, Indonesia es un Estado unitario, con un sistema republicano compuesto por los siguientes órganos:

a)La Asamblea Consultiva Popular (Majelis Permusyawaratan Rakyat);

b)La Cámara de Representantes (Dewan Perwakilan Rakyat-DPR);

c)El Consejo de Representantes Regionales (Dewan Perwakilan Daerah-DPD);

d)La Presidencia;

e)El Tribunal de Cuentas del Estado (Badan Pemeriksa Keuangan);

f)El Tribunal Supremo (Mahkamah Agung);

g)El Tribunal Constitucional (Mahkamah Konstitusi);

h)La Comisión Judicial (Komisi Yudisial).

PresidenteAsamblea Consultiva PopularCámara de RepresentantesTribunal de Cuentas del EstadoTribunal SupremoVicepresidenteMinistro CoordinadorMinistro deEstadoOrganismo Estatal de nivel ministerialOrganismo Estatal no DepartamentalGobernadoresMinistro del InteriorAlcaldeRegenteMinistro Departamental

37.Desde las elecciones generales de 2004, la Asamblea Consultiva Popular está compuesta por 678 miembros: 550 pertenecientes a la Cámara de Representantes, más 128 representantes regionales. Todos ellos son elegidos por sufragio directo en elecciones generales. El poder legislativo reside en la Cámara de Representantes y el Presidente. Éste y el Vicepresidente fueron elegidos directamente por el pueblo por primera vez en 2004. Hasta entonces, eran elegidos por la Asamblea Consultiva Popular, lo que le confería el rango de órgano estatal de mayor importancia. Los miembros de la Cámara de Representantes, pertenecientes a 17 partidos políticos diferentes, representan al pueblo. A tenor de lo dispuesto en las leyes, juran respetar los intereses populares al cumplir su deber. En 2005, los dirigentes de los gobiernos locales ‑los gobernadores en las provincias, los regentes en las regencias o municipalidades y los alcaldes en las ciudades- serán elegidos directamente.

38.En el desempeño de su tarea legislativa, presupuestaria y de supervisión, la Cámara tiene las siguientes funciones y facultades:

-Elaborar y promulgar las leyes junto con el Presidente;

-Debatir y aprobar los decretos-leyes;

-Recibir y debatir los proyectos de ley sobre la autonomía regional presentados por el Consejo de Representantes Regionales;

-Supervisar las relaciones entre el Gobierno central y los gobiernos regionales y locales;

-Examinar la posibilidad de establecer regiones, ampliarlas o fusionarlas;

-Controlar la gestión de los recursos naturales y de otros recursos económicos e incorporar al Consejo de Representantes Regionales en las deliberaciones;

-Tener en cuenta la opinión del Consejo de Representantes Regionales sobre el proyecto de ley del presupuesto del Estado y los proyectos de ley de carácter fiscal, educativo o religioso;

-Preparar el presupuesto del Estado junto con el Presidente, teniendo en cuenta la opinión del Consejo de Representantes Regionales;

-Supervisar el cumplimiento de las leyes, del presupuesto del Estado y de la política pública;

-Seleccionar a los miembros del Tribunal de Cuentas del Estado teniendo presente la opinión del Consejo de Representantes Regionales;

-Debatir el resultado de la comprobación de los gastos con cargo al presupuesto del Estado que presente el Tribunal de Cuentas del Estado y adoptar las medidas del caso;

-Tratar de conocer, reunir e incorporar las expectativas de los ciudadanos y adoptar las medidas correspondientes; y

-Realizar las funciones y facultades de otra índole que le confieren la Constitución de 1945 y otras disposiciones legislativas.

En el ejercicio de sus funciones y facultades, la Cámara de Representantes tiene que consultar a otros órganos del Estado y coordinarse con ellos, además de citar a funcionaros del Estado, órganos jurídicos y miembros de la sociedad para que se expliquen.

39.De conformidad con la cuarta enmienda de la Constitución de 1945, el Consejo Consultivo Supremo (Dewan Pertimbangan Agung-DPA) fue suprimido en 2003. En consecuencia, también fue revocada la Ley Nº 3 de 1967 que fue enmendada en la Ley Nº 4 del Consejo Consultivo Supremo de 1978. Esta medida responde al espíritu de reforma en Indonesia, especialmente en relación con la buena administración de los asuntos públicos. Al abolir esa entidad, la Administración pretende aumentar la eficacia y la efectividad de las autoridades estatales.

40.Conforme a la enmienda de la Constitución de 1945, Indonesia ha establecido el Consejo de Representantes Regionales (Dewan Perwakilan Daerah) cuyos miembros son elegidos en cada provincia en elecciones generales por sufragio directo. El Consejo de Representantes Regionales se reunirá por lo menos una vez al año y podrá presentar a la Cámara de Representantes proyectos de ley sobre autonomía regional; las relaciones entre el Gobierno central y el Gobierno regional; el establecimiento, la ampliación y la fusión de las regiones; la gestión de los recursos naturales y otros recursos económicos, y otras cuestiones relacionadas con el equilibrio financiero entre el centro y las regiones. El Consejo puede participar en el debate de la autonomía y supervisar la aplicación de las leyes de autonomía regional.

41.El poder ejecutivo reside en el Presidente, lo que le otorga, a él o ella, el derecho y la prerrogativa de designar a los ministros y constituir el gabinete. Puede presentar proyectos de ley a la Cámara de Representantes y, según proceda, dictará decretos-leyes para desarrollar la legislación, conforme al artículo 5 de la Constitución de 1945.

42.Otros órganos estatales son el Tribunal de Cuentas del Estado, el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y la Comisión Judicial. Se encargan de controlar y supervisar los egresos e ingresos del Estado con arreglo a su política presupuestaria. El Tribunal Supremo es la más alta autoridad judicial de Indonesia. Entre las competencias que le atribuye la ley figuran la de entender en asuntos de casación y revisar las disposiciones legislativas que sean contrarias a alguna ley.

43.Indonesia también tiene un sistema multipartidista en el que destacan dos grandes partidos nacionalistas laicos (Golkar y el PDI-P) y el Partido Democrático que participó por primera vez en las elecciones de 2004 y de cuyas filas salió el actual Presidente. Los demás partidos importantes tienen una orientación islámica como, por ejemplo, el Partido Unido para el Desarrollo (PPP), el Partido del Despertar Nacional (PKB), el Partido del Mandato Nacional (PAN) o el Partido para la Prosperidad de la Justicia (PKS).

44.Desde 2004, todos los representantes políticos, incluido el Presidente, son elegidos directamente. Las próximas elecciones parlamentarias se celebrarán en 2009. Se celebraron elecciones presidenciales por sufragio directo por primera vez en julio y septiembre de 2004; las próximas elecciones presidenciales tendrán lugar en 2009.

45.En 1999, la Ley Nº 22 de autonomía local de 1999 y la Ley Nº 25 del equilibrio financiero entre el centro y las regiones de 1999 transformaron el sistema de gobierno que dejó de estar demasiado centralizado, lo que ha permitido una mayor autonomía a los gobiernos locales. Los principales objetivos de la descentralización son dotar de flexibilidad a los gobiernos regionales para que gestionen sus propios asuntos en el marco del proceso de democratización. Además, la descentralización también dará poder y motivará a todas las organizaciones de la sociedad civil para que contribuyan a la construcción de sistemas democráticos. Ahora bien, en la Ley Nº 32 de los gobiernos locales de 2004 se garantiza que el ejercicio del poder y la autoridad estarán supeditados a las correspondientes medidas y controles y se señala claramente lo que compete al Gobierno local.

46.En la Ley Nº 12 de elecciones generales de 2003 se norma la elección directa de los miembros del órgano legislativo, del Presidente y del Vicepresidente. Ésta también es una disposición de avanzada que permite aumentar la presencia de las mujeres en los partidos políticos y el Parlamento.

47.Además, en la Ley Nº 32 de los gobiernos locales de 2004 se confiere al gobierno local el poder y la autoridad de administrar su propia región excepto en los seis aspectos que siguen siendo competencia del Gobierno central: relaciones exteriores, defensa, seguridad, órgano judicial, cuestiones monetarias y fiscales nacionales, y religión.

1. Las fuerzas armadas

48.Tras la proclamación de la independencia de la República de Indonesia, se crearon y establecieron las instituciones gubernamentales. Las Fuerzas Armadas Nacionales, sin embargo, no fueron creadas acto seguido. El 23 de agosto de 1945, el Presidente Sukarno creó el Órgano de Protección Popular (Badan Keamanan Rakyat-BKR) para proteger y defender a los ciudadanos de todo tipo de amenazas. En octubre de 1945, el Gobierno lo reemplazó por el Ejército de Seguridad Popular (Tentara Keamanan Rakyat-TKR). Muhammad Suryoadikusumo, Ministro de Seguridad, fue su primer comandante interino, Soepriyadi fue nombrado Comandante en Jefe y Oerip Soemohardjo fue designado jefe de Estado Mayor. El primer cuartel general del TKR se instaló en Yogyakarta. El Sr. Soepriyadi nunca tomó posesión de su cargo y, en su lugar, se nombró el 18 de diciembre de 1945 al coronel Soedirman, que fue ascendido al máximo grado del generalato.

49.El TKR fue transformado posteriormente en las Fuerzas Armadas de Indonesia (TNI) con la esperanza de que la creación y solidez de este cuerpo permitieran que la República de Indonesia resistiera a cualquier tipo de amenazas. Las TNI tienen vocación de fuerza sólida destinada a mantener la profesionalidad con el fin de desempeñar su función de guardiana de la soberanía de la República y de la seguridad de la nación. Al mismo tiempo, tienen la misión de completar su proceso de reforma interna y volver a convertirse en el principal cuerpo de defensa del Estado conforme a las directrices de desarrollo de la política de seguridad y defensa conocidas como Propenas 2002-2004.

50.Las TNI están dirigidas por un Comandante en Jefe, que responde directamente al Presidente. Están estructuradas en 12 subdivisiones territoriales denominadas comandancias militares regionales (Komando Daerah Militer-Kodam) que representan al ejército en cada región. El Gobierno está preparando un proyecto de ley de las TNI con el fin de garantizar su futura profesionalidad. Según el artículo 2 del Decreto Nº VII/MPR/2002 del Órgano Consultivo Popular, las TNI tienen las siguientes atribuciones y deberes principales:

a)Son el cuerpo del Estado al que se ha atribuido la función de autoridad nacional de defensa de la República de Indonesia;

b)Sus principales funciones son proteger la soberanía de Indonesia, salvaguardar la integridad del Estado Unitario de la República de Indonesia con arreglo a la Constitución de 1945 y Pancasila, y proteger a la nación y al archipiélago en su conjunto de todas las amenazas y riesgos para la integridad de la nación y del Estado.

2. La policía

51.La Policía Nacional de Indonesia (Polri) fue creada en 1945; se trata de un cuerpo nacional financiado, dirigido y administrado por el Gobierno central. Sus principales funciones son mantener el orden y la seguridad públicos. Al igual que el resto de los cuerpos armados, la policía se considera a sí misma una fuerza social activa en el desarrollo nacional y, por tanto, participa en las misiones cívicas de las fuerzas armadas. El comandante, el jefe de la policía, es el agente uniformado de mayor rango de la nación y tiene un adjunto. El cuartel general de la policía en Yakarta está compuesto por el personal y diversos órganos administrativos independientes que desempeñan diversas funciones policiales especializadas.

52.La policía tiene su propia organización territorial que consta de 17 jurisdicciones, cada una de las cuales se denomina comandancia regional (polda). Cada una tiene a su vez subdivisiones administrativas en cada distrito, subdistrito y ciudad. En cuanto a su funcionamiento, la policía se divide en una serie de unidades especializadas. El mayor grupo lo integran los policías uniformados que incluyen tanto la policía convencional, que realiza la labor policial habitual de combatir y prevenir el delito y proteger la propiedad, y la policía de tráfico, que patrulla las carreteras de la nación y supervisa la concesión de permisos de conducir y la matriculación de los vehículos de motor. La Ley Nº 2 de la Policía Nacional de Indonesia de 2002 regula el funcionamiento del cuerpo policial.

3. Gobierno regional

53.Indonesia esta dividida en 33 provincias que incluyen las 3 provincias territoriales especiales de Aceh, Yakarta y Yogyakarta. Cada provincia tiene su propia estructura política, encabezada por un gobernador que goza de amplios poderes para administrarla.

54.Las provincias están integradas por varias municipalidades (kabupaten), gobernadas por un regente, y ciudades, administradas por un alcalde (walikota). Cada municipalidad o ciudad está formada por varios distritos (kecamatan) que tienen un funcionario jefe (camat). El distrito está formado, a su vez, por varias agrupaciones de pueblos (kelurahan/desa) dirigidas por el jefe de un pueblo (lurah).

E. Ordenamiento jurídico

55.A tenor de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Nº 10 de elaboración de normas y leyes de 2004, Indonesia tiene la siguiente jerarquía jurídica:

a)La Constitución de 1945 (UUD 1945);

b)Las leyes (Undang-undang)/decretos-leyes (Perpu);

c)Las disposiciones reglamentarias del Gobierno (Peraturan Pemerintah);

d)Las disposiciones reglamentarias del Presidente (Peraturan Presiden);

e)Las disposiciones reglamentarias locales (Peraturan Daerah).

56.La Constitución del Estado de la República de Indonesia que data de 1945 se conoce en general como la Constitución de 1945. Esto se debe en parte a que fue redactada y aprobada en 1945 al establecerse la República. Además, en su articulado se reflejan los ideales y objetivos en virtud de los cuales se proclamó la independencia el 17 de agosto de 1945 y que se han defendido desde entonces. Es un fiel reflejo del espíritu y la fuerza del momento en que fue elaborada. Además del preámbulo, la Constitución de la República de Indonesia tiene 37 artículos, 4 cláusulas transitorias y 2 disposiciones adicionales. La Constitución de 1945 (Undang-undang Dasar 1945) es la fuente de todas las leyes y normas en Indonesia. Es la ley escrita fundamental que regula el Estado y sirve de base y referente para otras normas.

57.Las leyes (Undang-undang-UU)/los decretos-leyes (Peraturan Pemerintah Pengganti Undang-undang-Perpu) tienen un doble significado:

a)En cuanto al fondo, son las normas promulgadas por el Gobierno, tanto central como local o regional, o a ambos niveles;

b)En términos formales, se trata de decisiones dadas por escrito, en que se establece formalmente la fuente del derecho, como se dispone en el párrafo 1 del artículo 5, y en el párrafo 1 del artículo 20 de la Constitución de 1945.

58.Las disposiciones reglamentarias gubernamentales (Peraturan Pemerintah-PP) se promulgan como normas en que se desarrolla la legislación dictada por el Presidente y la Cámara de Representantes. La Constitución de 1945 habilita al Presidente para promulgar y adoptar este tipo de disposiciones, según proceda. El Presidente sólo puede dictarlas cuando se haya promulgado una ley que las comprenda, de modo que puedan hacer referencia a ella. A su vez, no se pueden aplicar efectivamente las leyes sin sus correspondientes disposiciones reglamentarias gubernamentales.

59.En la Constitución de 1945 también se indica que los decretos presidenciales (Keputusan Presiden-Keppres) son normas jurídicas. Se utilizó un decreto presidencial por primera vez en 1959, en conformidad con la Misiva presidencial Nº 2262/HK/1969 dirigida a la Cámara de Representantes, es decir como la norma dictada por el Presidente para desarrollar la decisión del Presidente. Mediante el Decreto Nº XX/MPRS/1966 de la Asamblea Consultiva Popular, fue aprobado oficialmente el decreto presidencial como una de las normas contempladas en la Constitución de 1945. Un decreto presidencial contiene decisiones para aplicar especialmente (einmalig) la Constitución de 1945, los Decretos de la Asamblea Consultiva Popular en la rama ejecutiva del Estado y las disposiciones reglamentarias del Gobierno.

60.Otras normas análogas son el decreto ministerial, las instrucciones ministeriales y varias otras que deben respetar una norma superior de la que dimanan, como las leyes, las disposiciones reglamentarias gubernamentales o un decreto presidencial.

61.Con respecto a las normas de derecho internacional, hay al menos cinco documentos internacionales para proteger la raza/los grupos étnicos: la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus protocolos facultativos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Convenio Nº 100 de la OIT, de 1957; la Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza y la Convención Internacional sobre el Apartheid. Indonesia también contribuyó de forma notable a elaborar el Plan de Acción de Durban para la Eliminación del Racismo, la Xenofobia y la Discriminación Racial.

62.Además, existen normas relativas a la protección de los indígenas, así como de las mujeres y los niños. El Gobierno está a punto de terminar un proyecto de ley relativo a los grupos vulnerables, es decir, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Esclavitud. Se están elaborando nuevas leyes en Indonesia para proteger y tratar mejor a todos los grupos étnicos. Estos proyectos de ley se refieren a los derechos de las comunidades tradicionales (Hak ‑hak masyarakat adat), a los derechos de las comunidades tradicionales de zonas remotas (komunitas adat terpencil), y al reconocimiento y respeto de las comunidades tradicionales y sus costumbres (Hak masyarakat adat dan tradisinya).

63.El Gobierno dispensa protección y un trato especial a las comunidades de zonas remotas (denominadas comunitas adat terpencil) en 27 de las 33 provincias, por ejemplo, proporcionándoles vivienda, adoptando medidas administrativas y otras cosas pertinentes a su vida cotidiana (antes de la publicación de Keppres Nº 111 de 1999), con arreglo a la Ley Nº 6 de los principios de bienestar social de 1974.

64.En el párrafo 1 del artículo 28 de la Constitución de 1945 se garantiza el cabal respeto de los derechos de los indígenas. De hecho, sin embargo, asegurar su supervivencia ha resultado ser todo un reto. Su vida está ligada a la naturaleza y no a un contrato social. Los asisten todos los derechos.

65.En Indonesia, están vigentes también las normas y los decretos-leyes dictados por los ministros o por funcionarios o instituciones de rango ministerial. Las normas locales comprenden las promulgadas en las provincias, los subdistritos y las localidades.

66.El Gobierno de Indonesia está volcado de lleno hacia la promoción y protección de los derechos humanos en general, como se aprecia tanto en la filosofía del Estado como en el conjunto de leyes nacionales en materia de derechos humanos, por ejemplo:

a)Pancasila, en especial su segundo principio: "una humanidad justa y civilizada";

b)Los artículos 28A a 28J del capítulo XA de la Constitución de 1945;

c)El Decreto MPR Nº XVII de 1998 relativo a los derechos humanos;

d)La Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999;

e)La Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000;

f)La Ley Nº 23 de eliminación de la violencia doméstica de 2004;

g)La Ley Nº 27 de las Comisiones de la Verdad y la Reconciliación de 2004;

h)La Reglamentación gubernamental Nº 2 de 2002 relativa a la protección de víctimas y testigos;

i)La Reglamentación gubernamental Nº 3 de 2002 relativa a la indemnización, la restitución y la rehabilitación en caso de violaciones manifiestas de los derechos humanos;

j)El Decreto presidencial Nº 40 de 2004 relativo al Plan nacional de derechos humanos (de 2004 a 2009);

k)Las leyes por las que se ratifican las principales convenciones de las Naciones Unidas:

i)La Ley Nº 68 de 1958 por la que se ratifica la Convención sobre los derechos políticos de la mujer;

ii)La Ley Nº 7 de 1984 por la que se ratifica la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;

iii)El Decreto presidencial Nº 48 de 1993 por el que se ratifica la Convención contra el Apartheid en los Deportes de 1985;

iv)La Ley Nº 5 de 1998 por la que se ratifica la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

v)La Ley Nº 29 de 1999 relativa a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial;

vi)El Decreto presidencial Nº 36 de 1990 por el que se ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño.

67.Además, el Gobierno de Indonesia tiene previsto ratificar en 2005 dos importantes instrumentos internacionales de derechos humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

68.Hasta que se promulgó la Ley Nº 24 de tratados internacionales de 2000, no había leyes específicas sobre la ratificación de convenciones internacionales. Entonces, se podía ratificar por ley o por decreto presidencial; sin embargo, tras la promulgación de la Ley Nº 24 de 2000, las convenciones internacionales específicas de máxima importancia, como las relativas a los derechos humanos, sólo pueden ser ratificadas por ley. Por ejemplo, Indonesia ratificó la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en virtud de la Ley Nº 29 de 1999, lo que refleja la importancia de esta Convención.

69.Como se dispone en la Constitución de 1945, el Gobierno ha creado varias nuevas instituciones con el fin de reforzar el marco legislativo nacional: el Tribunal Constitucional, la Comisión de Derecho Interno [la Comisión Judicial], la Comisión de Procesamiento, la Comisión de Policía y la Comisión del Defensor del Pueblo.

70.En febrero de 2000, el Presidente de la República de Indonesia creó la Comisión de Derecho Interno (Komisi Hukum Nasional) para que lo asesorara en asuntos jurídicos en general y planificara la reforma legislativa con la asistencia de los miembros de otros estamentos jurídicos. El Presidente también instituyó la Comisión del Defensor del Pueblo (Komisi Ombudsman Nasional) el 20 de marzo 2000 para recibir e investigar las denuncias de particulares relativas a la protección de sus derechos y a los servicios que presta el Gobierno y para adoptar las medidas pertinentes.

71.La Comisión Judicial fue creada de conformidad con la Ley Nº 22 de 2004 con el fin de garantizar la independencia del sistema judicial de Indonesia y asegurar que se siga promoviendo la justicia y el imperio de la ley de conformidad con la Constitución. La Comisión tiene dos funciones principales: a) seleccionar y reclutar los candidatos a magistrado del Tribunal Supremo y proponer la promoción de candidatos a la Cámara de Representantes y b) comprobar el honor, la dignidad y el comportamiento de los magistrados del Tribunal Supremo. Cabe considerar que la Comisión es un órgano de supervisión de los magistrados y jueces del aparato judicial de Indonesia. La Comisión tiene siete miembros que son elegidos por el Presidente con el acuerdo de la Cámara de Representantes. Son elegidos de entre antiguos jueces, abogados, profesores de derecho y personas de la comunidad por cinco años. En el desempeño de sus funciones, la Comisión es independiente, sin ninguna influencia oficial.

72.La Comisión de Procesamiento se creó para que haya una supervisión externa del mecanismo de control interno del ministerio público. Esta Comisión supervisa y evalúa las condiciones de organización, la idoneidad de la infraestructura y de los recursos humanos de la Fiscalía General; supervisa y evalúa a los fiscales en el desempeño de sus funciones o fuera de su puesto de trabajo o ambas cosas y, basándose en su labor de seguimiento, evaluación y supervisión, formula recomendaciones al Fiscal General. Esta Comisión también se encarga de vigilar la unidad de supervisión interna.

73.La Comisión de la Policía Nacional fue creada con arreglo a la Ley Nº 2 del Departamento de Policía de 2002. Se encargará de supervisar el trabajo de la policía. Un equipo creado por la policía escoge a los miembros de la Comisión. El proceso de selección es similar a los utilizados para designar los miembros de la Comisión de Procesamiento y de la Comisión Judicial, si bien los candidatos a ésta también debían someterse a una prueba de idoneidad en la Cámara de Representantes. La base jurídica de la Comisión Judicial también se deriva de la cuarta enmienda de la Constitución de 1945, que la faculta para recomendar un candidato a Presidente del Tribunal Supremo. La Comisión consta de nueve miembros, seis de los cuales son escogidos de entre la ciudadanía y los tres restantes son miembros del Gabinete. El Ministro encargado de coordinar los asuntos políticos, jurídicos y de seguridad la preside, el Ministro del Interior es su Vicepresidente y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos la integra.

74.Indonesia también ha establecido el Tribunal Constitucional (Mahkamah Konstitusi) a raíz de la tercera enmienda de la Constitución de 1945, aprobada en virtud del Decreto presidencial Nº 147/M/2003. Este nuevo tribunal tiene cinco facultades:

a)Determinar si las leyes están acordes con la Constitución de 1945;

b)Conocer de las diferencias relativas a la competencia de las instituciones estatales cuya autoridad emana de la Constitución;

c)Ilegalizar los partidos políticos;

d)Dirimir pleitos por el resultado de las elecciones; y

e)Emitir una opinión legislativa sobre las sospechas de que el Presidente o el Vicepresidente, o ambos, han infringido la ley por un acto de traición, corrupción, chantaje u otros delitos graves o acciones impropias.

75.El Gobierno de Indonesia siempre ha dado suma importancia al respeto y al ejercicio de los derechos humanos. A este respecto, introdujo el primer plan nacional de derechos humanos de 1998 a 2003, que comenzó el 25 de junio de 1998, exactamente cinco años después de que se aprobaran la Declaración y el Programa de Acción de Viena.

76.En 2004, el Gobierno anunció el segundo ciclo del plan derechos humanos (de 2004 a 2009) en virtud de la Ley Nº 40 de 2004. Este nuevo plan fue iniciado oficialmente por el Presidente de la República en Yakarta el 25 de agosto de 2004.

77.El objetivo principal del plan es garantizar el fomento, del respeto, de la promoción, del ejercicio y de la protección de los derechos humanos en Indonesia, teniendo en cuenta los valores religiosos, las costumbres y la cultura de la población en base a la Constitución de 1945. Como en el primer plan nacional (de 1998 a 2003), en el segundo se han señalado las fechas para lograr objetivos concretos de sensibilización en materia de derechos humanos.

78.Como dice el Plan de Acción de la Década, también se ha prestado atención especial a la capacitación del personal de la policía y de las cárceles, los abogados, los jueces, los maestros y los programadores del currículo, las fuerzas armadas, los funcionarios internacionales, los funcionarios de desarrollo y soldados de las Naciones Unidas, las organizaciones no gubernamentales (ONG), los medios de comunicación, los funcionarios públicos, los miembros del Parlamento y otros grupos que puedan ejercer influencia y conseguir resultados en materia de derechos humanos. Además, el Gobierno también ha estado ejecutando programas análogos en instituciones oficiosas, como las de tipo social y religioso. Esta medida surge de la convicción de que muchas violaciones de los derechos humanos tienen lugar por falta de conocimiento o de entendimiento de los principios específicos de derechos humanos.

F. Información, publicación, aplicación del contenido de la Convención en el ámbito nacional

79.El Gobierno ha adoptado varias medidas con el fin de garantizar la promoción y protección de los derechos humanos en Indonesia; por ejemplo, ha ratificado la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial con arreglo a la Ley Nº 29 de 1999.

80.Con el fin de lograr que se aplique la Convención, el Gobierno de la República de Indonesia ha tomado varias medidas concretas como la armonización, la publicación y la divulgación de las leyes. Es decir, ha hecho todo lo posible por asegurar que se divulgue la Convención en todo el país y se utilice de forma adecuada.

81.Por ejemplo, el Gobierno ha llevado a cabo las siguientes actividades de divulgación:

a)La publicación en bahasa indonesio, el idioma del país, y en inglés de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, así como de la ley por la que se ratifica, y su inclusión en un libro que se distribuye gratuitamente;

b)La distribución de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial a todas las partes interesadas en los derechos humanos (la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la sociedad civil);

c)La celebración periódica de seminarios universitarios de diverso grado para difundir el contenido de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

82.Cada provincia de Indonesia ha establecido una institución para que ejecute el plan nacional de derechos humanos. Ya en 2006, todas las municipalidades (kabupaten) tendrán sus propias instituciones locales para ejecutarlo.

83.En 1999, la Comisión Nacional de Derechos Humanos publicó folletos sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y, en 2000, organizó un seminario al respecto. Además, en 2000 la Agencia de Prensa y de Estudios para el Desarrollo (Lembaga Studi Pers dan Pembangunan-LSPP) publicó directrices sobre esta cuestión. Además, Solidaridad con el Estado Nacional (Solidaritas Nusa Bangsa-SNB) publicó un proyecto de ley relativo al tema en 1999.

84.Indonesia también se ha esforzado en promover y divulgar los valores y normas de derechos humanos, como los derechos de las minorías. El Gobierno, las ONG y otras 16 instituciones, entre las que figura el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), se asociaron para crear en 2003 el Consorcio sobre el Registro Civil (Konsorsium Catatan Sipil) que publicó un proyecto de ley sobre el registro civil (Catatan Sipil). Diversos departamentos de distintos niveles, así como instituciones de otra índole, de vez en cuando toman medidas para divulgar los valores y normas de derechos humanos en las provincias y los municipios, especialmente a los funcionarios públicos, las ONG locales, los periodistas, los estudiantes universitarios y los académicos. Solidaridad con el Estado Nacional realizó una labor de sensibilización de la protección de las minorías a través de seminarios y un debate por radio.

85.Además, el Gobierno ha realizado varios estudios de las minorías con el fin de ofrecer la mejor protección posible a todas las capas de la población, en particular las minorías.

II. INFORMACIÓN PERTINENTE RELATIVA A LOS ARTÍCULOS 1 A 7

Artículo 1

Definición de la discriminación

86.En la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999 se define la discriminación como "toda restricción, degradación o excepción, directa o indirecta, fundada en la diferenciación de los seres humanos por motivos de religión, origen étnico, raza, etnia, grupo, acción, estatus social, condición económica, sexo, idioma o convicciones políticas que dé lugar a la reducción, contravención o revocación del reconocimiento, del ejercicio o de la implementación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los aspectos políticos, económicos, jurídicos, sociales, culturales o de otra índole de la vida individual o colectiva" (párrafo 3 del artículo 1 de la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999).

87.En la Ley Nº 39 se estipula la protección universal contra la discriminación en los artículos 3, párrafo 3, 17 y 26. El artículo 3 dice así: "Toda persona tiene derecho a la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, sin discriminación". Por otro lado, en el artículo 26 se dispone que toda persona tiene derecho a tener, recibir, cambiar o conservar su nacionalidad.

88.En el artículo 17 de la Ley Nº 39 de 1999 se garantiza a todos la protección efectiva, en tribunales nacionales competentes y cualquier otra institución pública de todo acto de discriminación. El artículo dice así: "Todos, sin distingos, tendrán derecho a la justicia por medio de solicitudes, peticiones o acusaciones de carácter penal, civil o administrativo y a ser oídos por un tribunal independiente e imparcial, con arreglo a procedimientos jurídicos que garanticen la audiencia ante un juez justo y equitativo de modo que el veredicto sea objetivo e imparcial".

89.Ante la clara definición de la discriminación dispuesta en la legislación de Indonesia, es evidente que no existe la discriminación por la ascendencia o el origen nacional o étnico, ni la invalidación o el menoscabo de la igualdad en el reconocimiento, el goce o el ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en ningún ámbito de la vida pública del país.

90.No existe la discriminación, directa o indirecta, extrema o regular, o cotidiana en Indonesia puesto que en el ordenamiento jurídico interno así se garantiza. La Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000 dispone la sanción de los actos de discriminación.

91.Pese a que Indonesia tiene más de 214 millones de habitantes que viven en más de 600 de las 18.108 islas y tiene más de 1.000 grupos étnicos con sus propias costumbres, idioma y cultura, todos los grupos étnicos y raciales gozan de igualdad. Esto se deduce del idioma nacional, bahasa indonesio, derivado del de un pequeño grupo étnico, el idioma malayo en la costa oriental de Sumatra, si bien el mayor grupo étnico es el javanés.

92.En resumidas cuentas, vale decir que la definición de la discriminación en Indonesia se ajusta a la definición de la discriminación racial hecha en la Convención y que es hasta más amplia.

Artículo 2

Condena de la discriminación racial

93.El principal instrumento legislativo para la eliminación de todas las formas de discriminación racial es la Constitución de 1945 que está en vigor desde el 18 de agosto de ese año y ha sido enmendada en cuatro ocasiones desde 2000 hasta 2002.

94.Su promulgación el 18 de agosto de 1945, mucho antes de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, muestra que los fundadores de Indonesia ya habían atisbado la gran importancia de la promoción y protección de los derechos humanos, incluso para eliminar todas las formas de discriminación racial.

95.En el párrafo 1 del artículo 27 de la Constitución de 1945 se dispone claramente que "Todos los ciudadanos gozan de igualdad ante la ley y el gobierno y respetarán, sin excepciones, la ley y el gobierno". Esta garantía constitucional tiene mucha importancia ya que la Constitución es la ley suprema en Indonesia. Ello significa que ninguna disposición legislativa estará reñida con el texto de la Constitución. Si por una casualidad alguna ley no estuviese acorde con la Constitución, prevalecerá el texto de ésta. En este artículo también queda plasmada la garantía constitucional de que todos los ciudadanos del país, sin excepción, son iguales ante la ley y la Administración del Estado.

96.En otras palabras, desde que fue fundada, Indonesia ha tomado en cuenta el tema de la eliminación de todas las formas de discriminación racial, dado el pluralismo de su población, integrada por más de un millar de grupos étnicos y subetnias con diferentes idiomas, culturas y tradiciones. El lema de Indonesia, "Bhinneka Tunggal Ika", que quiere decir unidad en la diversidad, es un fiel reflejo de su firme compromiso. Los fundadores se dieron cuenta de que el desarrollo saldría adelante en Indonesia si la población robustecía su unidad y comunidad de intereses. Es más, la filosofía elemental de Indonesia es Pancasila (los cinco principios básicos), uno de los cuales es una humanidad justa y civilizada. Uno de los valores que se consagran en este principio (Sila) es el combate de la discriminación injustificada.

97.La esencia de lo antedicho es una de las otras razones de que Indonesia se adhiriera a la Convención. Ese paso fue un punto de partida para que el país, en calidad de nación democrática con un gobierno legítimo, electo democráticamente, cumpliese los objetivos del plan nacional de derechos humanos (Rencana Aksi Nasional Hak Asasi Manusia) de 1998 a 2003. Para proseguir el plan, el Presidente Megawati Soekarnoputri emitió el Decreto presidencial Nº 40 de 2004 sobre el plan nacional de derechos humanos de Indonesia de 2004 a 2009 que, entre otras cosas, focaliza la prioridad gubernamental de promover y proteger los derechos humanos en los cinco años venideros, lo que incluye la abolición del racismo y de la discriminación racial.

98.En consonancia con la época de la reforma en 1999, el pueblo de Indonesia convino en modificar la Constitución de 1945 a fin de garantizar mejor los derechos humanos de todos los indonesios.

99.En 2000, se modificó la Constitución de 1945 (UUD 1945), que entre otras cosas perseguía garantizar que nadie fuese discriminado y los derechos a la protección contra los actos de discriminación como se dispone en el artículo 27 de la Constitución de 1945. En el artículo 30 de la Constitución se dispone la igualdad de derechos y deberes en el ámbito de la defensa nacional. En el artículo 31 se dispone la igualdad de derechos a la educación. Además, en un capítulo de la Constitución (el capítulo VII A) se disponen las normas de derechos humanos.

100.El párrafo 3 del artículo 28D de la Constitución también dice así: "Todo ciudadano tiene derecho a la igualdad de oportunidades en la Administración". Esta disposición también es muy importante en vista de que la Constitución garantiza que todos los indonesios, sin tener en cuenta su raza, etnia o religión, son iguales ante la ley y gozan de igualdad de oportunidades en la Administración del Estado. Esta importante disposición no hace ninguna distinción en cuanto a si el cargo es de los más elevados o de los más insignificantes; quiere decir que todos los ciudadanos indonesios gozan del mismo derecho.

101.El párrafo 2 del artículo 28I de la Constitución dice así: "Toda persona tiene derecho a no ser discriminada por ningún motivo y tendrá derecho a la protección contra el trato discriminatorio". En esta disposición constitucional se enfatiza todavía más que ningún ciudadano indonesio estará sometido a ninguna forma de discriminación por el motivo que sea, como la raza o la etnia. A este respecto, pese a que en Indonesia hay más de un millar de grupos étnicos, todos tienen los mismos derechos.

102.La Administración está en proceso de revisar todas las leyes vigentes para que todas las leyes conexas se respeten de conformidad con el principio de no discriminación. Por ejemplo, el 17 de enero de 2002, en virtud del Decreto presidencial Nº 6 de 2000, el Gobierno revocó la Instrucción presidencial Nº 14 de 1967 sobre la religión, las creencias y las tradiciones chinas. Una de las consideraciones para retirarla es que la instrucción ha limitado el supuesto estatus de indonesio de la minoría.

103.El Gobierno de Indonesia siempre ha intentado, con la legislación, en el órgano judicial, con normas o con medidas administrativas, eliminar el racismo y la discriminación en el país. A este respecto, se concentra en promover y proteger la tolerancia y el respeto mutuo entre las distintas sociedades por medio de la sensibilización y el diálogo conciliador. Uno de esos intentos es la Ley contra el terrorismo. Al igual que otros países, Indonesia considera que habría que apresar y procesar a los terroristas, pero sin perjuicio para ninguna religión, etnia o país específicos y sin vincularlos a ninguna religión, etnia o país específicos. Se permitirá que todo ser humano, sin tener en cuenta su raza, idioma, sexo, rasgos físicos u otros factores, contribuya al desarrollo como una de las condiciones para conseguir que prevalezcan la paz y la prosperidad.

104.Una de las medidas sociales, económicas y culturales, o de otra índole, concretas y específicas, que ha tomado el Gobierno para asegurar el buen desarrollo y la protección de los grupos raciales y ciertos particulares es promulgar la Instrucción presidencial Nº 7 de 2000 sobre la ejecución de la política y la estrategia nacional para agilizar el desarrollo de la parte oriental del país. El propósito de la instrucción es fomentar el desarrollo de la parte oriental de Indonesia para beneficio de la población local, compuesta de grupos étnicos y raciales distintos de los de la parte occidental.

105.Además, uno de los objetivos de la instrucción es la urgente/importante resolución de los conflictos horizontales que, entre otras cosas, se produjeron entre los dayak (población indígena) y los madura en Kalimantan occidental y central, el conflicto entre los ambon y los bugis en la isla Maluku, y entre los grupos étnicos ternate y tidore. Estos conflictos en la parte oriental de Indonesia han dado lugar a la promulgación de la instrucción. Además, el desarrollo social y económico del oriente de Indonesia se está quedando atrás en comparación con el oeste del país. Se considera que esta condición/situación se debe a la discriminación de la población de la parte oriental.

106.Para tratar de fomentar el desarrollo del oriente de Indonesia, la Administración ha ejecutado programas en cinco áreas, es decir:

a)El fomento de los recursos humanos fortaleciendo la salud, la educación y la cultura;

b)El desarrollo económico utilizando los recursos naturales, así como el incremento del crecimiento económico y del poder adquisitivo de los habitantes;

c)El desarrollo de la infraestructura y la supraestructura proporcionando un máximo de ambas cosas;

d)El desarrollo institucional fortaleciendo las instituciones existentes;

e)La promoción de inversiones incentivando la inversión en la parte oriental del país.

107.Además, la Administración ha destinado una mayor parte de su presupuesto a la parte oriental de Indonesia en comparación con el occidente del país, en donde en realidad hay un mayor núcleo de la población, a fin de acelerar el desarrollo de aquélla. Por ejemplo, en 2003 el Departamento de Asuntos Sociales consignó una gran partida presupuestaria de 365.840 millones de rupias indonesias en concepto de programas de desarrollo para la parte oriental de Indonesia, muy superior a los 361.840 millones que fueron consignados al oeste del país.

108.La Administración se ha esforzado en revisar y revocar las normas que disponen un trato discriminatorio. Por ejemplo, ha suprimido SBKRI (Surat Bukti Kewarganegaraan Republik Indonesia, que quiere decir demostración de la ciudadanía indonesia) para los indonesios de origen chino.

109.No obstante, en la realidad, algunas personas, especialmente los indonesios autóctonos, sacan provecho a esta oportunidad. Por ejemplo, a veces los bancos exigen SBKRI para prestar dinero a sus clientes a pesar de la Instrucción presidencial Nº 26 de 1998 que prohíbe la discriminación racial, en que se señala que no será preciso SBKRI para pedir préstamos a los bancos. A este respecto, los gobiernos locales de Batam, Semarang y Solo han suprimido SBKRI para pedir dinero prestado a los bancos.

110.En el plan de derechos humanos de Indonesia (RAN HAM) para 2004 a 2009 también se dispone suprimirla, así como la inscripción del matrimonio, en el caso de quien practique una religión distinta de las cinco reconocidas oficialmente.

111.En la ciudad de Bogor ya no se indica la religión en la tarjeta de identidad del ciudadano. La circular (surat edaran) del Ministro del Interior Nº 477/805/SJ, del 31 de marzo de 2000, revoca su Decreto Nº 477/74054, del 18 de noviembre de 1978 sobre la incorporación de una columna para indicar la religión en el carné de identidad (KTP). La finalidad de esta medida era suprimir el carácter de discriminación racial que ello podría conllevar.

112.Hay varios casos relativos a la discriminación racial. Por ejemplo, los de Probolinggo y de Malang, en que estuvieron involucradas organizaciones vinculadas a la religión. El primero fue un conflicto entre dos grupos musulmanes diferentes, en el que quienes consideran tener razón saquearon y destruyeron el local del supuesto grupo impío. Las autoridades no hicieron nada contra los saqueadores y más bien arrestaron al jefe del llamado grupo impío, en contravención de la Ley Nº 8 de organizaciones de 1985 en que se dispone que toda organización tiene derecho a funcionar.

113.Otro caso de discriminación fue el de Chandra Setiawan, confuciano que en 2004 pidió que sus creencias constaran en su carné de identidad. Su petición fue rechazada por las autoridades locales que divulgaron su carné puesto que el confucianismo es una religión en Indonesia y no había ningún precedente para hacerlo. Chandra recurrió a los tribunales en donde perdió el caso. Un caso parecido ocurrió cuando una pareja de confucianos quería que se inscribiera su matrimonio en la oficina del registro civil. Por los mismos motivos que en el caso precedente, la oficina también se negó a inscribirlo. La pareja recurrió al tribunal de distrito y éste recibió la apelación y aconsejó que la oficina inscribiera la unión.

114.A fin de prohibir las actividades de organizaciones que apoyan la discriminación racial, el Gobierno dictó la Ley Nº 8 de organizaciones de 1985. La ley fue aplicada en el caso de los ahmadíes, una facción del islam, cuyas prácticas y creencias han sido consideradas contrarias a la ley. Los ahmadíes, que afirman públicamente que su versión del islam es más justa y superior a la de otras facciones, violaron lo dispuesto en la ley. Con la ley como base e ideal, la Administración procedió a proscribirla. No le quedaba otra alternativa para preservar el orden público y evitar que se siguiera propagando. Así y todo, no impidió que los ahmadíes llevaran a cabo sus actividades religiosas a título personal.

Artículo 3

Condena de la segregación racial y del apartheid

115.El Gobierno de Indonesia ha adoptado las políticas necesarias para eliminar todas las formas y manifestaciones de la discriminación racial a fin de evitar y combatir las doctrinas y prácticas racistas, promover el entendimiento mutuo a nivel internacional y proteger a la comunidad internacional de todas las formas de expulsión y discriminación racial.

116.Además, Indonesia ha condenado el apartheid. El artículo 9 de la Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000 dice que el apartheid está entre los crímenes de lesa humanidad. Durante la época del apartheid en Sudáfrica, el Gobierno de Indonesia también había condenado siempre esa práctica allí.

117.El Gobierno de Indonesia ha tomado algunas medidas concretas en apoyo de los actos tendentes a eliminar todas las formas de discriminación racial. Por ejemplo, promulgó el Decreto presidencial Nº 56 de 1996 sobre el certificado de nacionalidad y luego expidió el Decreto presidencial Nº 4 de 1999 como la nueva norma que sustituye la Instrucción presidencial Nº 2 de 1980 en que se disponía que era preciso disponer de una certificación de la nacionalidad para determinados trámites (como la solicitud del pasaporte). Esta norma ha sido considerada contraproducente por su carácter discriminatorio.

118.Por añadidura, para implementar el Decreto presidencial Nº 56 de 1996, a través del Ministerio del Interior la Administración ha expedido una nota del Ministro del Interior, Nº 471.2/1265/SJ de 2002, sobre los certificados de nacionalidad como complemento de la Instrucción presidencial Nº 28 de 1998 sobre la supresión de los vocablos indígena y no indígena. Así, se asegurará la igualdad de trato y en los servicios a toda la población indígena del país en la administración pública, los servicios sociales y el desarrollo, y la eliminación de todo distingo por tribu, religión, raza o lugar de origen.

119.También a modo de ejemplo, como complemento de la promulgación de la Instrucción Nº 4 de 1999 del Presidente de la República de Indonesia y del Decreto presidencial Nº 56 de 1996, el 19 de julio de 2004 el alcalde de Surakarta dictó la Instrucción Nº 471/006/02/2004 sobre la entrada en vigor del uso de la demostración de la ciudadanía indonesia. Así, se puso fin al requisito de que los ciudadanos de la etnia china probasen su ciudadanía indonesia (Surat Bukti Kewarganegaraan Indonesia), especialmente en la ciudad de Surakarta, en Java central.

120.Es más, en virtud de la Instrucción presidencial Nº 26 de 1998 sobre la supresión del uso de los vocablos indígena y no indígena, el Gobierno de Indonesia ha mostrado que también está empeñado en erradicar y prevenir toda forma de discriminación en la sociedad nacional. En ella se norma el cese del uso de esos términos en todos los documentos oficiales, se concede la igualdad de trato y en los servicios a todos los habitantes de Indonesia, y se revisan y ajustan todas las leyes y normas, programas, políticas y la ejecución de los programas.

121.Con arreglo a la norma precedente, la Administración expidió el Decreto presidencial Nº 6 de 2000 sobre la revocación de la Instrucción presidencial Nº 14 de 1967 sobre la religión, las creencias y las tradiciones chinas. La norma es un ejemplo particular de la erradicación de la discriminación de la población de la etnia china en Indonesia. En el decreto se dispone que se podrán practicar la religión, las creencias y las tradiciones chinas sin una autorización oficial especial. Así, para celebrar festivales o las tradiciones chinas en las provincias o las regencias ya no será necesaria la autorización del gobernador o del regente.

122.Por otro lado, el Gobierno emitió el Decreto presidencial Nº 19 de 2002 sobre el año nuevo chino como día de fiesta oficial. En el decreto se dispone que el año nuevo chino es un día de fiesta oficial y que se celebrará en todo el país. La Administración también intentó asimilar la etnia china a los indonesios autóctonos instituyendo un grupo de trabajo sobre el mestizaje de la sociedad (Pokja Pembauran) en virtud de la Nota Nº 471.3/133 del 5 de septiembre de 2002 del Ministro del Interior. A este respecto, el Gobierno de Indonesia está utilizando el grupo de trabajo para superar todos los obstáculos con que tropieza para afianzar la unidad nacional. Los gobiernos central y regionales, en colaboración con las organizaciones locales, habían hecho todo lo posible para acelerar el proceso de unificación nacional.

123.Indonesia ha ratificado la Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes de 1985 en virtud del Decreto presidencial Nº 48 de 1993. Así se demostró que Indonesia no toleraría los actos de segregación racial y apartheid.

124.En algunos casos, si es preciso y muy importante, el Gobierno ha practicado la segregación en raras ocasiones. Se hizo tomando suma precaución de no atizar más los conflictos existentes y de restablecer el orden en la comunidad. La segregación era temporal, en las zonas en conflictos, en que interviniesen dos o más grupos étnicos o religiosos, o étnicos y religiosos. Tras volver a la normalidad, la Administración suprime la segregación. Un ejemplo fue el conflicto en Palangkaraya, Kalimantan central, que opuso a los dayak y los madura en un enfrentamiento a muerte. Se ahonda en el tema en el presente informe en el epígrafe relativo a las dificultades.

Artículo 4

Condena de toda propaganda y de las organizaciones que favorecen la idea de la superioridad racial

125.El Gobierno de Indonesia ha adoptado disposiciones legislativas, judiciales y administrativas concretas para que se proteja a todo aquel que sea discriminado conforme a la definición consignada en el párrafo 3 del artículo 1 de la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999. A este respecto, nadie será sometido a interdicción, hostigamiento o exilio, directa o indirectamente, en base a distingos discriminatorios. En consecuencia, en la ley se dispone la sanción de todo acto que produzca discriminación por motivos de religión, grupo étnico, raza, etnia, afiliación a un grupo, estatus social, condición económica, sexo, idioma o convicciones políticas.

126.El Gobierno de Indonesia también ha promulgado la Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000 a fin de sancionar todo acto de discriminación y de que esos actos sean procesados en un tribunal de derechos humanos. Del artículo 9 se desprende que el Tribunal de Derechos Humanos tiene la obligación y la facultad de evaluar, juzgar y resolver la conculcación de los derechos humanos, así como los casos de discriminación sistemática.

127.La inquietud del Gobierno de Indonesia por la protección de sus súbditos en el exterior también se ha expresado sin distingos, como se indica en la Ley Nº 37 de relaciones exteriores de 1999, en particular en el capítulo V pertinente a la protección de los ciudadanos de la República de Indonesia en el extranjero.

128.Además, en la Ley Nº 43 de 1999 que enmienda la Ley Nº 8 sobre los principios de empleo de 1974, se garantiza que se procure eliminar la discriminación en todas sus formas, en particular asegurando la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo, sobre todo en las oficinas públicas. En especial, en el párrafo 2 del artículo 16 se dispone que todo ciudadano de Indonesia goza de la igualdad de oportunidades a solicitar cargos públicos en determinadas condiciones. La Ley Nº 21 de 1999 en virtud de la cual se ratifica el Convenio núm. 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la discriminación (empleo y ocupación), de 1958, fortalece los intentos de acabar con la discriminación en el lugar de trabajo.

129.La medida más concreta que haya adoptado el Gobierno en cuanto a formas positivas de eliminar la discriminación en el lugar de trabajo ha sido la Ley Nº 13 de los empleados de 2003. Por ejemplo, en el capítulo III (igualdad de trato y de oportunidades), en especial en el artículo 5, se dispone que cada empleado gozará de los mismos derechos, sin distingos, cuando busque empleo.

130.Por otro lado, en el artículo 18 se dispone que todo empleado tiene derecho a que se reconozcan sus capacidades en algún aspecto del trabajo tras asistir a sesiones de adiestramiento ofrecidas por los organismos de formación, privadas o del lugar de trabajo. En el artículo 31 se dispone que todo empleado tendrá el mismo derecho y la misma oportunidad de escoger y conseguir un trabajo y de ser trasladado y de devengar un sueldo suficiente dentro y fuera del país.

131.La Administración también ha tomado medidas concretas para que no haya discriminación en lugares sensibles como las cárceles, entre presidiarios o en el caso de antiguos reclusos. En virtud del Decreto gubernamental Nº 31 de 1999 sobre la asistencia y el asesoramiento de los ciudadanos, el Gobierno de Indonesia ha garantizado que no se producirán actos de discriminación. Como se dispone claramente en el artículo 12 del decreto, los reclusos cuya reinserción y oportunidad de integrarse hayan sido suspendidas quedarán bajo una vigilancia especial.

132.El Gobierno de Indonesia también garantiza la igualdad de derechos de los discapacitados al bienestar social en el país. Los discapacitados tienen la misma oportunidad que los demás de querer mejorar su bienestar social, que está garantizado en virtud del Decreto presidencial Nº 83 de 1999 sobre el organismo que coordina y controla el mejoramiento del bienestar social de los discapacitados/impedidos. Además, en el párrafo 1 del artículo 67 de la Ley Nº 13 de los empleados de 2003 se dispone que todo empleador que contrate a un discapacitado/impedido dispondrá una protección que compense el grado de discapacidad.

133.Con arreglo a la Constitución de 1945 y a otras leyes nacionales, está claro que los servidores públicos no realizarán ninguna actividad que ocasione la discriminación racial. Por ejemplo, en la Ley Nº 2 de la policía de la República de Indonesia de 2002, sobre todo en el artículo 4, se dispone que el propósito de la policía será mantener la seguridad nacional y el orden público, el imperio de la ley y la protección y el servicio de la población, a la vez que defiende los derechos humanos.

134.En materia de derechos políticos, la Administración ha hecho todo lo posible para adoptar medidas concretas para erradicar la discriminación racial, respetando los principios consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Por ejemplo, en virtud de la Ley Nº 31 de partidos políticos de 2002, en particular el párrafo 2 del artículo 10, se dispone que la afiliación a un partido tendrá carácter voluntario y estará abierta a todos los habitantes de la República de Indonesia sin distingos, siempre que les interese lo que propugna y accedan a ello.

135.Además, todo ciudadano de 17 años o más tiene derecho a votar, como se garantiza en la Ley Nº 12 de 2003 de la elección general de los miembros de la Cámara de Representantes, los miembros del consejo regional y los miembros de la Cámara de Representantes Regionales, en particular en el artículo 13 del capítulo III (los derechos de elección).

136.En la esfera de la religión, la Administración se ha esforzado realmente para revisar todos los decretos a fin de evitar que se interpreten de distinto modo, en especial por lo que pertenece a la discriminación. Uno de ellos es el Decreto conjunto Nº 01/BER/MAG-MDN/69 de los Ministros de Asuntos Religiosos y del Interior de 1969, sobre el cumplimiento de los deberes del aparato estatal de garantizar el orden en la práctica religiosa y la oración de los creyentes. En el mismo decreto no se dispone discriminación alguna de las religiones; ahora bien, al aplicarlo a veces surgen problemas que se consideran discriminatorios.

137.En los artículos 3, 17 y 26 de la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999 se prohíbe a todos los funcionarios gubernamentales y las instituciones públicas que cometan actos discriminatorios.

138.En resumen, se puede sacar la conclusión de que, como política, en Indonesia la discriminación racial no tiene cabida de ningún modo.

Artículo 5

Protección de los derechos de todos frente a la discriminación racial

139.El firme compromiso del Gobierno de Indonesia de proteger a su población de todas las formas de discriminación racial también está plasmado en la tercera enmienda de la Constitución de 1945. El párrafo 1 del artículo 6 de la Constitución de 1945 (enmendada) dice así: Los candidatos a Presidente y Vicepresidente han de ser nacionales de Indonesia por nacimiento y no han de haber obtenido nunca por voluntad propia otra nacionalidad, nunca han de haber cometido ni estado involucrados en ningún acto de traición del Estado y han de estar en condiciones físicas y mentales que les permitan cumplir las tareas y los deberes del mandato. Esta disposición es un paso agigantado en la promoción y protección de los derechos humanos, en especial los derechos políticos, y en particular en la lucha contra la discriminación racial. En ese artículo de la tercera enmienda de la Constitución de 1945 se garantiza a todos los ciudadanos indonesios que todavía tengan la nacionalidad del país la igualdad de oportunidades puesto que disponen de apoyo político y público para ser el Presidente o el Vicepresidente del país, sin tener en cuenta su estatus de indonesios autóctonos o de descendientes de indonesios no autóctonos, siempre y cuando reúnan las condiciones consignadas en el artículo. En el texto original de la Constitución de 1945 se disponía que sólo los indonesios autóctonos tienen la posibilidad de ser Presidente o Vicepresidente de Indonesia.

140.El Gobierno de Indonesia siempre ha dado prioridad al respeto y al ejercicio de los derechos humanos. En 2004, Indonesia introdujo su segundo plan de derechos humanos (de 2004 a 2009) en virtud del Decreto presidencial Nº 40 de 2004. El Presidente de la República le dio inicio oficialmente el 25 de agosto de 2004 en Yakarta.

141.El principal objetivo del plan es que se respeten, promuevan, ejerzan y protejan los derechos humanos cada vez más en Indonesia, tomando en cuenta los valores religiosos, culturales y las costumbres de la población conforme a la Constitución de 1945. Como ocurrió con el primer plan nacional (de 1998 a 2003), el segundo plan tiene un plazo para el logro de metas concretas de sensibilización de la temática de los derechos humanos.

142.Al ejecutar el plan de Indonesia, se ha prestado especial atención a capacitar a: los agentes de la policía, los guardias penitenciarios, los abogados, los jueces, los fiscales, los maestros y organizadores del currículo, las fuerzas armadas, los funcionarios públicos internacionales, los agentes del desarrollo y soldados de las Naciones Unidas, las ONG, los media, los servidores públicos, los parlamentarios y otros grupos que tienen una posición privilegiada que les permite ejercer influencia y conseguir que se ejecuten los derechos humanos. Además, la Administración también ha estado ejecutando programas parecidos en instituciones no oficiales como las sociales o religiosas. El propósito ha sido que las entidades conozcan o entiendan mejor los principios específicos de derechos humanos.

143.Como parte del cumplimiento de la Constitución de 1945, en particular del artículo 34 sobre la protección de la seguridad social de la población, el Gobierno promulgó la Ley Nº 40 del régimen de seguridad social de 2004, en que se garantizan diversas necesidades básicas de todos los ciudadanos como la salud y el bienestar social, entre otras. Además, en el artículo 41 de la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999 también se garantizan los derechos de la población a subvenir a sus necesidades básicas.

144.El principio de no discriminación se integra en los derechos del niño en virtud de los artículos 52 a 66 de la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999, del artículo 2 de la Ley Nº 23 de protección de la infancia de 2002 y del artículo 4 de la Ley Nº 20 del sistema educativo nacional de 2003.

145.La comisión de actos deliberados de discriminación de los niños o descuidarlos serán sancionados con una pena de un máximo de cinco años de prisión o una multa de no más de 100 millones de rupias, o ambas cosas, como se dispone en el artículo 77 de la Ley Nº 23 de protección de la infancia de 2002.

146.En caso de violación, han mejorado los procedimientos de investigación, instrucción de sumario y enjuiciamiento para proteger a las víctimas, en especial de la discriminación. A este respecto, la Administración ha publicado folletos sobre la protección de los derechos humanos destinados a la policía y los guardias penitenciarios. Por otro lado, el jefe de la policía, el Ministro de Potenciación de la Mujer y el Ministro de Asuntos Sociales han convenido en un memorando de entendimiento sobre la protección de las víctimas de violaciones, en especial para evitar la discriminación de las mujeres.

147.En colaboración con el ACNUR, en 2002 la Administración publicó directrices sobre el respeto de los derechos humanos para los agentes del orden. Entre ellas figuran algunos documentos elementales sobre la promoción y protección de los derechos humanos, como la protección de los derechos vulnerables.

148.En la Ley Nº 4 de personas discapacitadas de 1997, que se desarrolla en la Norma oficial Nº 43 de 1998, se dispone que todo discapacitado tiene derecho a la igualdad de oportunidades en todos los aspectos. Por ejemplo, un policía impedido, de nombre Bripda Nyoman Rintep, sobreviviente de un accidente de motocicleta en que perdió la vista, todavía trabaja en Polda Bali atendiendo el teléfono. Este dato fue suministrado por la Unión Indonesia de Discapacitados (Persatuan Penyandang Cacat Indonesia), una organización que luego acordó una elevada distinción al jefe de Polda Bali.

149.En cuanto a los derechos políticos, la Administración ha revisado los decretos que se consideran discriminatorios o tal vez podrían ser discriminatorios al ponerse en efecto. Por ejemplo, el Tribunal Constitucional revisó algunas de las disposiciones del Decreto Nº VIII/MPR/2001 de la Asamblea Popular Consultiva para rehabilitar los derechos políticos de los antiguos presos políticos en 2004.

150.Se estimó que los disturbios de mayo de 1998 tuvieron tintes de discriminación racial. Hubo muchos casos de violación y muerte de muchos indonesios descendientes de chino. Durante los disturbios, que por fin llevaron a la renuncia del Presidente Soeharto, las únicas víctimas intencionales parecían ser de la etnia china. Luego, la Administración instituyó un equipo para determinar lo ocurrido. El equipo ha sometido sus conclusiones a la policía.

151.En cuanto a los derechos a la vivienda, el Consorcio de los Pobres de las Zonas Urbanas (Konsorsium Rakyat Miskin Perkotaan) ha realizado un estudio y descubierto que se ha discriminado en materia de vivienda, en especial a quienes viven en la pobreza o por debajo del umbral de pobreza.

Artículo 6

Derechos de las víctimas a remedios

152.Indonesia es un Estado que defiende el imperio de la ley; por ende, está firmemente empeñado en cumplir la Convención. Su Constitución de 1945 garantiza la eliminación de todos los actos de discriminación racial. En particular, el párrafo 1 del artículo 27 dice así: todo ciudadano goza de igualdad ante la ley y el Gobierno tiene el deber de respetar la ley sin excepciones. Es más, todo ciudadano de Indonesia tiene derecho a no ser discriminado y a ser protegido de la discriminación como se dispone en el párrafo 2 del artículo 28 de la Constitución de 1945.

153.La ley que desarrolla la Constitución de 1945 en materia de derechos humanos es la Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999, en que se norma rigurosamente y garantiza la protección de la discriminación. Por ejemplo, en el artículo 17 de la Constitución se garantiza el acceso a la justicia sin distingos. El artículo 17, entre otras cosas, dice así: todos, sin discriminación, tienen derecho a que se haga justicia si presentan una petición o quejas.

154.Por añadidura, los indonesios pueden escoger su nacionalidad sin distingos, como se dispone en el artículo 26 de la Constitución de 1945: todos tienen la libertad de escoger su nacionalidad y sin distingos gozarán de los derechos inherentes a la ciudadanía, y tendrán el deber de cumplir sus obligaciones conforme a las leyes en vigor.

155.Como complemento de la ratificación de la Convención, la Administración ha promulgado varias leyes para darle cumplimiento y para mostrar la seriedad de su empeño en eliminar todas las formas de discriminación racial. Por ejemplo, ha promulgado la Instrucción presidencial Nº 26 de 1998 sobre la cesación del uso de los vocablos indígena y no indígena y la eliminación de todas las formas de discriminación.

156.A este respecto, en la primera parte de esta instrucción presidencial se ordena claramente poner término al uso de los vocablos indígena y no indígena en el cumplimiento de la política, la planificación de los programas o la actividad pública. Por lo demás, en la tercera parte se abrogan las políticas racistas del gobierno anterior y se revisan todas las leyes y normas, políticas, programas, y las actividades comerciales, financieras o de la banca, ciudadanía, educación, salud, oportunidades de empleo, remuneración u otros derechos laborales.

157.La Administración ha promulgado el Decreto presidencial Nº 6 de 2000 sobre la aplicación del Decreto Nº 56 del Presidente de la República de Indonesia, de 1996, y así se ha revocado la Instrucción presidencial Nº 14 de 1967 sobre la religión, las creencias y las tradiciones chinas. En virtud del decreto, los chinoindonesios pueden practicar libremente sus tradiciones sin autorización previa.

158.En un intento de eliminar todas las formas de discriminación racial, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha instituido el comité de trabajo para evaluar las leyes y normas discriminatorias. El comité está integrado por miembros de la Comisión Nacional y de ONG como el Movimiento contra la Discriminación (Gerakan Anti Diskriminasi-GANDI) o el Foro Nación Unidad Comunicación (Forum Komunikasi Kesatuan Bangsa-FKKB). La Comisión Nacional de Derechos Humanos también ha instituido el Grupo de Trabajo contra la Discriminación. Uno de los logros del comité es que se ha realizado un estudio para eliminar la discriminación racial.

159.En la Ley Nº 26 de 2000 y la Ley Nº 27 de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (Komisi Kebenaran dan Rekonsiliasi-KKR) de 2004, se disponen la reparación y la compensación por los daños ocasionados por la discriminación racial.

160.Para dar cumplimiento a la Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000, la Administración también ha promulgado la Norma oficial Nº 3 de 2002 sobre la restitución y los remedios para las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos.

Artículo 7

Sensibilización y difusión de la prohibición de la discriminación racial

161.El Gobierno de la República de Indonesia estima que los medios de masas son importantes para que se promuevan y protejan los derechos humanos. Su apoyo es fundamental para que la Administración pueda difundir los valores que encarnan los derechos humanos, en particular la eliminación de la discriminación, a todos los habitantes. Los media también son una fuente importante de información para la generalidad de la población puesto que tiene acceso a la radio, los periódicos, las revistas y los canales de televisión. Los medios de masas tienen una enorme influencia en la dirección que toma la opinión pública.

162.Considerando la importancia del rol de los media y su independencia para difundir la información, lo único que puede hacer el Gobierno es apoyar los esfuerzos positivos de las organizaciones de prensa al sensibilizar al público para que se oponga a la discriminación racial. Por ejemplo, la Institución de Estudio de la Prensa y el Desarrollo (LSPP) ha publicado un libro sobre la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial que sirve de guía para el trabajo de los periodistas. La LSPP también celebra sesiones de adiestramiento a este respecto para ellos. Se ha dado a conocer el resultado de las sesiones en un libro titulado De la uniformidad a la diversidad, las perspectivas multiculturales en los media.

163.Con relación al tema de los indígenas, es imposible negar que algunos grupos locales o internacionales han intentado utilizarlo para criticar injustamente al Gobierno. Así y todo, al parecer no han conseguido su propósito. Por ejemplo, la Water Institution en el Canadá considera que Indonesia es el mejor ejemplo de la forma de atender a los indígenas.

164.La Ley Nº 40 de prensa de 1999 es mucho más adelantada que la Ley Nº 21 de 1984. El Gobierno también ha promulgado la Ley Nº 9 de la libertad de expresión de 1998. Quien tenga quejas contra las actividades de prensa, podrá recurrir a la Comisión Indonesia de Radiodifusión, que se encargará de responder.

165.La promulgación de la Ley Nº 31 de partidos políticos de 2002 se basó en el supuesto de que la democracia defenderá el principio de no discriminación. De este modo, la creación y la existencia de los partidos será una garantía de la prevalencia de la democracia, lo que quiere decir que los partidos políticos también adoptarán principios de no discriminación. El apartado c) del artículo 6 de la ley implica que los partidos promuevan un clima democrático. En el apartado d) del artículo 9 se dispone que los partidos políticos también promuevan la protección y el respeto de los derechos humanos.

166.En el currículo de los centros de enseñanza de Indonesia, desde la enseñanza básica hasta la universidad, se ha diseminado el espíritu de respeto universal, sin tener en cuenta las diferencias. Por ejemplo, en las clases de cívica desde la escuela primaria hasta la universidad se fomenta el respeto de los demás.

167.En la Ley Nº 20 de educación nacional de 2003 se dispone que en Indonesia todos tienen derecho a la educación, sin tener en cuenta la raza o la etnia.

III. DIFICULTADES ENCONTRADAS POR EL GOBIERNO PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA CONVENCIÓN

168.A pesar de que el lema nacional de Indonesia es la unidad en la diversidad (Bhinneka Tunggal Ika), en realidad los esfuerzos para evitar conflictos no se han de tomar a la ligera. Por ejemplo, en 1994 hubo un enfrentamiento étnico en Palangkaraya, Kalimantan central. Se enfrentaron la población originaria (el grupo étnico dayak) y los nuevos asentados (el grupo étnico madura) que vino desde Java oriental fundamentalmente con fines de transmigración. A causa de un malentendido, los dos grupos se vieron involucrados en un conflicto que resultó en muchas bajas para ambos. Perdieron la vida cientos de personas, sobre todo del grupo étnico madura, mientras que los sobrevivientes se vieron obligados a abandonar la región en conflicto.

169.La administración local no tuvo otra alternativa que separar o segregar a los dos grupos étnicos por un tiempo. No obstante, esta política sólo era provisional y tenía la exclusiva finalidad de evitar daños más graves. Muchos miembros del grupo madura abandonaron sus hogares en Kalimantan central y, tras cierto tiempo, naturalmente volvieron a ellos. Ahora cohabitan, pero aprendieron una lección muy importante, es decir, la forma de vivir en paz.

170.Como Indonesia es un país multicultural, de muchas razas, religiones e idiomas, el Gobierno se ha visto obligado a encontrar formas muy innovadoras de conseguir que todos los grupos étnicos se sientan seguros y tratados con imparcialidad.

171.No se socavarán las diferencias culturales de los grupos étnicos como en Kalimantan en 1994. Se ha observado que el conflicto se produjo por un malentendido cultural. Los nuevos asentados, los madura, por costumbre siempre han llevado machetes dondequiera que vayan a trabajar cotidianamente. Esos machetes son de uso múltiple y muy útiles para realizar sus tareas cotidianas. No obstante, para los dayak, llevar un machete fue interpretado como símbolo de belicosidad. Además, los dayak consideran que los árboles son el palacio de su espíritu sagrado y que aportan la vida. Los dayak casi nunca derriban un árbol puesto que hacerlo sería perjudicial para su vida. Para los madura, en cambio, derribar un árbol es algo común y corriente.

172.El incremento del número de desplazados internos en Indonesia, en especial a raíz de los desastres naturales, exige que la Administración prepare una serie de principios rectores para esos casos a fin de evitar la discriminación.

173.Las discrepancias entre las administraciones locales y el Gobierno central en cuanto a la promoción y protección de los derechos humanos también contribuyen a las dificultades que existen en esas situaciones.

174.Es preciso armonizar algunas normas indonesias ante las inquietudes de masyarakat adat.

175.En otras palabras, no hay que socavar ni subestimar los esfuerzos oficiales para controlar a la gran cantidad de habitantes de más de 17.000 islas del archipiélago de Indonesia (el cuarto país más poblado del mundo), con tal diversidad en términos de grupos étnicos o raza, costumbres y cultura, religión y creencias, idioma y escritura. Sólo con la bendición de Dios Todopoderoso se podrá gobernar correctamente este país.

IV. CONCLUSIÓN

176.Indonesia es un país de muchas etnias, culturas, religiones e idiomas. Así y todo, desde su independencia en 1945 se ha considerado iguales a todos y a todos los grupos étnicos, que tienen los mismos derechos y deberes en todos los ámbitos de la existencia. Así lo garantizan la Constitución y otras leyes de Indonesia. Contribuyen a esta importante misión los principios del Estado, "Pancasila", que también insisten en la humanidad, así como el lema nacional "la unidad en la diversidad".

177.Con todo y que Indonesia cree en el principio de la eliminación de todas las formas de discriminación y lo defiende firmemente, se da cuenta de que con lo que acontece en la vida política, social, económica y cultural hay mucho por hacer para que la Convención funcione en el país.

178.A este respecto, Indonesia ha dado una serie de pasos concretos para que la Convención tenga cumplimiento en el país. Se está logrando adaptando o fomentando medidas para incrementar la cohesión de la población y garantizar que la ciudadanía de más de 201 millones de personas goce de igualdad de derechos y trato. El plan nacional de derechos humanos de 2004 a 2009 también está compuesto de políticas concretas para eliminar la discriminación racial.

Lista de anexos

1.La Constitución de 1945

2.La Ley Nº 39 de derechos humanos de 1999

3.La Ley Nº 26 del Tribunal de Derechos Humanos de 2000

4.El Decreto presidencial Nº 40 de 2004 sobre el plan nacional de derechos humanos de 2004 a 2009 y sus anexos

5.La Instrucción presidencial Nº 26 de 1998 sobre la cesación del uso de los vocablos pribumi y non-pribumi en toda formulación, política o actividad oficiales, la planificación y la ejecución de los programas

6.La Instrucción presidencial Nº 4 de 1999 sobre el cumplimiento del Decreto presidencial Nº 56 de 1999 sobre el certificado de nacionalidad

7.El Decreto presidencial Nº 56 de 1996 sobre la certificación de la ciudadanía indonesia

8.El Decreto presidencial Nº 6 de 2000 sobre la revocación de la Instrucción presidencial Nº 14 de 1967 sobre la religión, las creencias y las tradiciones chinas

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