Naciones Unidas

CCPR/C/MRT/Q/1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

29 de abril de 2013

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Mauritania (CCPR/C/MRT/1), aprobada por el Comité en su 107º período de sesiones (11 a 28 de marzo de 2013)

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto (artículo 2)

1.Sírvanse explicar de qué forma el preámbulo de la Constitución, que establece que el islam es la única fuente del derecho, respeta los derechos protegidos por el Pacto. Sírvanse informar de si el Estado parte tiene previsto retirar sus reservas a los artículos 18 y 23, párrafo 4, del Pacto.

2.Sírvanse proporcionar información sobre los casos en que se hayan invocado disposiciones del Pacto directamente ante los tribunales y juzgados nacionales y estos las hayan aplicado. Proporcionen detalles sobre todos los casos en que ello se hizo y sobre los resultados obtenidos. Sírvanse también proporcionar información sobre los recursos de que disponen las víctimas de violaciones de los derechos humanos, en particular los consagrados en el Pacto, y sobre su eficacia.

3.Sírvanse informar de si el Estado parte tiene previsto ratificar los dos Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

4.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para evitar la duplicación de competencias entre el Comisionado para los Derechos Humanos, la Acción Humanitaria y las Relaciones con la Sociedad Civil (CDHAHRSC), que es el departamento ministerial encargado de los derechos humanos, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), acreditada por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos con categoría "A". Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para asegurar su eficacia, así como información sobre las situaciones de derechos humanos examinadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y los resultados obtenidos.

No discriminación e igualdad de derechos entre hombres y mujeres (artículos 2, párrafo 1, 3, 23, 25 y 26)

5.Sírvanse explicar la razón de que ni la Constitución ni el resto de la legislación del Estado parte incorporen una definición de discriminación. Infórmese de si el Estado parte tiene previsto adoptar y aplicar un plan o una estrategia nacional para combatir la discriminación racial.

6.Sírvanse informar de si el Estado parte ha alcanzado su objetivo de aumentar en un 20% la representación de las mujeres en la vida política y pública mediante la cuota prevista en la Ley de 2006, y si tiene la intención de aumentar esa cuota. Sírvanse explicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para revisar el Código de la Nacionalidad Mauritana, especialmente el artículo 13 de la Ley Nº 1961-112 de 12 de junio de 1961, que discrimina a la mujer en relación con la transmisión de la nacionalidad. Sírvanse también proporcionar información acerca de si el Estado parte tiene la intención de revisar el Código del Estatuto Personal de 2001, que establece que las mujeres adultas que no estén casadas deben permanecer bajo tutela o "hadhana". Proporcionen además información sobre la forma en que el Estado parte vela por la aplicación del artículo 395 del Código del Trabajo para garantizar el acceso al mercado laboral de hombres y mujeres en pie de igualdad.

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, en particular con respecto a la aplicación de la legislación, para combatir la violencia contra la mujer, así como otras formas de abuso y maltrato de la mujer. Sírvanse proporcionar también información sobre otras formas de protección de la mujer contra la violencia, en particular la existencia de centros de acogida para las víctimas, así como las medidas adoptadas para facilitar la presentación de denuncias de las mujeres víctimas de la violencia doméstica y para aumentar la concienciación sobre sus derechos. Indíquense las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar la aplicación efectiva de la legislación que prohíbe la mutilación genital femenina. Sírvanse también indicar si el Estado parte tiene previsto adoptar y aplicar una estrategia nacional para luchar contra las diversas formas de violencia contra la mujer. ¿Tiene el Estado parte la intención de tipificar como delito la violación, incluida la violación conyugal?

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para despenalizar los delitos tipificados en el artículo 308 del Código Penal.

Derecho a la vida (artículos 6 y 14)

9.Sírvanse proporcionar información, en relación con los años transcurridos desde la ratificación del Pacto, sobre las penas de muerte impuestas, el número de ejecuciones llevadas a cabo, los motivos de cada sentencia y condena, la edad de los delincuentes en el momento de cometer el delito, su origen étnico y el número de condenas a muerte conmutadas. Dado que el Estado parte ha adoptado una moratoria sobre la pena de muerte desde 2007, sírvanse aclarar si tiene previsto abolir la pena de muerte y ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto destinado a abolir la pena de muerte. Sírvanse confirmar si la imposición de la pena de muerte es preceptiva para todos los delitos contemplados en el Decreto Nº 83-162 de 9 de julio de 1983 relativo al Código Penal y, de ser así, comentar de qué forma ello es compatible con el Pacto.

10.Sírvanse aclarar las denuncias de que varias personas han sido condenadas a la pena de muerte en juicios que no se ajustaron a las normas internacionales, en particular las consagradas en el Pacto. Sírvanse también comentar la información según la cual varios presos condenados a muerte por actividades terroristas entre 2009 y 2011 habían sido víctimas de desaparición forzada desde mayo de 2011. Sírvanse informar de si el Estado parte ha investigado efectivamente esos casos y sancionado a los responsables mediante penas apropiadas.

11.Sírvanse proporcionar información sobre la presunta muerte de varias personas a resultas de los disparos realizados durante las manifestaciones que tuvieron lugar el 27 de septiembre de 2011 en el sur de Mauritania. Indíquese si el Estado parte ha investigado esas muertes y si los responsables han sido enjuiciados y castigados.

Prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, derecho a la libertad y a la seguridad personales, y trato de las personas privadas de su libertad (artículos 7, 9, 10, 12 y 13)

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra el uso sistemático de la tortura y otros malos tratos por las fuerzas de seguridad en las comisarías de policía y en las cárceles, incluida la cárcel de mujeres de Nuakchot, la cárcel de Dar Naim y la comisaría de policía de Ksar. Sírvanse informar de si el Estado parte ha investigado esos casos de tortura y malos tratos, y enjuiciado y castigado a los responsables. Sírvanse también aclarar la información según la cual los detenidos acusados de delitos de terrorismo son sistemáticamente torturados. Indiquen si el Estado parte tiene previsto incluir en su legislación una definición de tortura que se ajuste a las normas internacionales. Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que el Estado parte garantiza que las confesiones extraídas a detenidos mediante la tortura no se utilicen ni se admitan como prueba ante los tribunales. Sírvanse indicar si el Estado parte ha establecido un mecanismo independiente de denuncia en relación con la tortura o los malos tratos cometidos por la policía, las autoridades penitenciarias o las fuerzas de seguridad.

13.Sírvanse aclarar la información de que algunos de los detenidos acusados de terrorismo han sido mantenidos en prisión después de haber cumplido sus penas o después de que un tribunal haya ordenado su puesta en libertad. Sírvanse aclarar la situación de los 14 hombres condenados por delitos de terrorismo que presuntamente desaparecieron en la prisión central de Nuakchot, desde la que al parecer fueron trasladados, en mayo de 2011, a lugares secretos, en los que siguen privados de libertad. ¿Qué medidas se han tomado para averiguar su paradero?

14.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para permitir que las personas privadas de libertad tengan acceso efectivo a salvaguardias legales, en particular a ejercer su derecho a ser informadas de las razones de la detención, a tener acceso a un abogado y, de ser necesario, a un médico, y a ponerse en contacto con su familia. Sírvanse proporcionar más información sobre el procedimiento que rige la prisión preventiva, por ejemplo sobre la duración de la prisión preventiva en todos los casos, incluidos los relacionados con delitos de terrorismo.

15.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para poner fin a los casos de brutalidad policial y el uso excesivo de la fuerza contra las personas pertenecientes a minorías raciales, étnicas o nacionales, así como los migrantes indocumentados.

16.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para capacitar a la policía y a las fuerzas de seguridad en materia de derechos humanos, en particular las normas relativas a la prevención de la tortura.

17.Sírvanse aclarar si las disposiciones del Código Penal y otras disposiciones legales pertinentes se interpretan de manera que prohíban expresamente el castigo corporal de los niños en todos los entornos.

18.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de detención, por ejemplo para reducir el hacinamiento, en particular en la prisión de Naim y en la cárcel de mujeres de Nuakchot. Sírvanse aclarar las denuncias de que algunos detenidos han muerto en prisión. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para facilitar la presentación de quejas de los reclusos por las condiciones inadecuadas de detención. A ese respecto, proporcionen ejemplos de las quejas presentadas por los reclusos, las investigaciones realizadas, los procesos incoados y las sanciones impuestas. Sírvanse también informar de si el personal penitenciario ha recibido formación sobre las normas internacionales para el tratamiento de los reclusos.

19.Sírvanse aclarar si un refugiado puede ser expulsado del territorio del Estado parte, según lo previsto en el artículo 9 del Decreto Nº 2005-022, y explicar de qué manera se ajusta ese artículo al principio de no devolución. Sírvanse describir los requisitos para la admisión de los no ciudadanos, en particular de los solicitantes de asilo, en el territorio del Estado parte. Describan también el régimen de protección de las personas a las que se les ha reconocido la condición de refugiado y de aquellas cuyas solicitudes han sido rechazadas.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (artículo 8)

20.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar efectivamente la legislación nacional contra la esclavitud basada en la ascendencia. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para investigar eficazmente el gran número de casos de esclavitud que se han documentado, enjuiciar a todos los autores y castigarlos con sanciones apropiadas. Sírvanse responder a la denuncia de que el Estado parte niega que la esclavitud constituya una realidad en su territorio. Proporciónese información sobre el estado actual del proyecto de ley que, aprobado el 29 de noviembre de 2012 por el Consejo de Ministros, prevé castigar la esclavitud en su condición de crimen de lesa humanidad y aumentar las sanciones penales con que se castiga. Sírvanse proporcionar información sobre los resultados obtenidos por el Programa para la Erradicación de los Vestigios de Esclavitud aplicado por el Estado parte. ¿Cuál es el estado actual de la "hoja de ruta" para acabar con la esclavitud preparada por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Estado parte? ¿Qué medidas se han adoptado para aumentar la concienciación de la población sobre los efectos inhumanos de la esclavitud y para erradicar los estereotipos sobre sectores de la población que son víctimas de la esclavitud?

Derecho a un juicio imparcial (artículo 14)

21.Sírvanse proporcionar información adicional sobre las garantías ofrecidas por el Estado parte en relación con la aplicación de todos los derechos previstos en el artículo 14 del Pacto.

Derecho a la vida privada (artículo 17)

22.Sírvanse proporcionar información sobre los delitos contemplados y las sanciones previstas en la legislación del Estado parte por la violación del derecho a la vida privada. Sírvanse especificar las normas que rigen la protección de datos o información personales. Sírvanse informar asimismo sobre cómo se garantiza efectivamente el derecho a la vida privada, previsto en la Constitución.

Libertad de religión y de creencias (artículo 18)

23.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto revisar su legislación para abolir el delito de apostasía, sancionado con la pena de muerte. Sírvanse también proporcionar información sobre la forma en que el Estado parte garantiza la práctica sin injerencias de religiones distintas del islam.

Libertad de expresión, de reunión y de asociación (artículos 19, 21 y 22)

24.Sírvanse proporcionar información sobre el contenido de la legislación mencionada en el informe del Estado parte (CCPR/C/MRT/1, párrs. 165, 169 y 170, 178 a 186) relativa a los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de asociación, así como sobre las medidas de recurso previstas en caso de vulneración de estos derechos. Sírvanse aclarar las acusaciones de que en febrero y en abril de 2012 se reprimieron manifestaciones pacíficas y se produjeron arrestos y detenciones arbitrarios y torturas.

Matrimonio, familia y medidas de protección de los menores (artículos 23 y 24)

25.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para impedir los matrimonios precoces y para garantizar efectivamente el libre consentimiento del hombre y la mujer para contraer matrimonio.

26.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la inscripción de los nacimientos de todos los niños, así como el derecho a adquirir una nacionalidad, en particular en lo que respecta a los no ciudadanos.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (artículos 2, 25 y 27)

27.Sírvanse también facilitar datos estadísticos sobre todos los diferentes grupos étnicos que componen la población del Estado parte. Proporcionen además información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la discriminación racial, profundamente arraigada, contra las personas pertenecientes a ciertos grupos étnicos y minorías, concretamente los haratine, pulaar, soninke y wolof. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer frente a la insuficiente representación de las minorías étnicas en la vida política y pública, así como en los altos cargos de la administración pública, la policía y el ejército. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección y promoción de los idiomas y el patrimonio cultural de minorías étnicas como los pulaar, soninke y wolof.

Difusión de información relativa al Pacto y el Protocolo Facultativo (artículo 2)

28.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para difundir información sobre el Pacto, la presentación del informe inicial del Estado parte y su próximo examen por el Comité. Sírvanse también proporcionar más información sobre la participación de los representantes de los grupos étnicos y minoritarios, la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales en el proceso de preparación del informe.