Naciones Unidas

CAT/C/63/4

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradan tes

Distr. general

26 de marzo de 2018

Español

Original: inglés

Comité contra la Tortura

63 er período de sesiones

23 de abril a 18 de mayo de 2018

Tema 5 del programa provisional

Cuestiones de organización y otros asuntos

Undécimo informe anual del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes *

Resumen

En su 11º informe anual, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes analiza la labor realizada durante 2017.

Tras una breve introducción, en la sección II, el Subcomité ofrece información actualizada sobre las novedades relacionadas con el sistema del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, lo que incluye las visitas, el aumento del número de Estados partes y de mecanismos nacionales de prevención designados, y detalles sobre el funcionamiento del Fondo Especial establecido en virtud del Protocolo Facultativo.

En la sección III se ponen de relieve las esferas de cooperación entre el Subcomité y otros órganos internacionales y regionales y la sociedad civil, y se resume la labor que han realizado conjuntamente.

En la sección IV, el Subcomité presenta información sustantiva sobre las novedades relacionadas con sus métodos de trabajo, incluidas algunas ideas preliminares sobre varias cuestiones sustantivas y de procedimiento.

En la sección V, el Subcomité hace una serie de reflexiones sobre el año que se examina, sobre el cumplimiento por los Estados partes de las obligaciones contraídas en virtud del artículo 17 del Protocolo Facultativo y sobre su plan de trabajo.

Índice

Página

I.Introducción3

II.El año objeto de examen3

A.Participación en el sistema del Protocolo Facultativo3

B.Cuestiones de organización y de composición3

C.Visitas realizadas durante el período que se examina4

D.Diálogo resultante de las visitas, incluida la publicación de los informes del Subcomitépor los Estados partes y los mecanismos nacionales de prevención5

E.Novedades con respecto a los mecanismos nacionales de prevención5

F.Incumplimiento sustancial del artículo 176

G.Fondo Especial establecido en virtud del Protocolo Facultativo6

III.Cooperación con otros órganos en materia de prevención de la tortura7

A.Cooperación internacional7

B.Cooperación regional7

C.Sociedad civil8

IV.Cuestiones de interés en relación con la labor del Subcomité durante el períodoque se examina8

A.Perfeccionamiento de los métodos de trabajo8

B.Cuestiones de interés9

V.Reflexiones sobre el año examinado10

A.Capacidad de los mecanismos nacionales para llevar a cabo una eficaz laborde prevención y “conjunto de medidas preventivas”10

B.Obligaciones de los Estados partes11

C.Artículo 16, párrafo 4, del Protocolo Facultativo11

D.Perspectivas de futuro11

E.Plan de trabajo12

I.Introducción

1.El artículo 16, párrafo 3, del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes dispone que el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes presentará un informe público anual sobre sus actividades al Comité contra la Tortura. En cumplimiento de esta disposición, el 11º informe anual, que abarca las actividades del Subcomité durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, fue examinado y aprobado por el Subcomité en su 34º período de sesiones, y se presenta al Comité contra la Tortura en su 63er período de sesiones.

II.El año objeto de examen

A.Participación en el sistema del Protocolo Facultativo

2.Al 31 de diciembre de 2017 había 87 Estados partes en el Protocolo Facultativo y 14 Estados signatarios. En 2017, cuatro Estados ratificaron el Protocolo Facultativo o se adhirieron a él: Australia (21 de diciembre de 2017), el Estado de Palestina (29 de diciembre de 2017), Madagascar (21 de septiembre de 2017) y Sri Lanka (5 de diciembre de 2017).

La participación regional quedó como sigue:

Estados de África22

Estados de Asia y el Pacífico11

Estados de Europa Oriental19

Estados de América Latina y el Caribe15

Estados de Europa Occidental y otros Estados20

La distribución por regiones de los 14 Estados signatarios es la siguiente:

Estados de África9

Estados de Asia y el Pacífico1

Estados de Europa Oriental0

Estados de América Latina y el Caribe1

Estados de Europa Occidental y otros Estados3

B.Cuestiones de organización y de composición

3.Durante el período que abarca el informe, el Subcomité celebró tres períodos de sesiones de una semana de duración en Ginebra: el 31er período de sesiones (12 a 17 de febrero), el 32º período de sesiones (12 a 16 de junio) y el 33er período de sesiones (13 a 17 de noviembre).

4.De conformidad con el artículo 9 del reglamento del Subcomité, los siete miembros del Subcomité recientemente elegidos (Satyabhooshun Gupt Domah, María Dolores Gómez, Petros Michaelides, Kosta Mitrovic, Abdallah Ounnir, Zdenka Perović y Haimoud Ramdan) asumieron sus funciones como miembros tras prestar juramento solemne en el 31er período de sesiones.

5.Asimismo, en el 31er período de sesiones el Subcomité reeligió como Presidente a Sir Malcolm Evans y eligió como Vicepresidentes y miembros de la Mesa a los siguientes miembros: Lorena González Pinto (Vicepresidenta encargada de las visitas), Aisha Shujune Muhammad (Relatora del Subcomité y encargada de la jurisprudencia), Nora Sveaass (Vicepresidenta encargada de las relaciones exteriores) y Victor Zaharia (Vicepresidente encargado de los mecanismos nacionales de prevención). El Subcomité nombró Relator sobre las represalias a Satyabhooshun Gupt Domah, por un mandato de dos años.

6.A raíz de la elección de siete nuevos miembros, el Subcomité decidió reestructurar la composición de sus equipos regionales y reestructurar y reorganizar la composición de sus grupos de trabajo.

7.Los jefes de los equipos regionales son ahora los siguientes: África, Hans-Jörg Bannwart; Asia y el Pacífico, June Caridad Pagaduan Lopez; Europa, Mari Amos; y América Latina, Felipe Villavicencio Terreros. Los equipos regionales examinan la aplicación del Protocolo Facultativo en su región, presentando sus informes al pleno del Subcomité, con las recomendaciones oportunas.

8.Los grupos de trabajo permanentes y especiales del Subcomité celebraron reuniones en todos los períodos de sesiones de 2017. En la sección IV del presente informe se facilita más información sobre esas reuniones. Las reuniones en subgrupos y grupos de trabajo facilitan el debate sobre cuestiones muy diversas de manera específica y participativa.

9.En su 31er período de sesiones, la Asociación para la Prevención de la Tortura informó al Subcomité de los resultados del estudio titulado “¿Funciona la prevención de la tortura?”. El Subcomité celebró una reunión de orientación para los miembros recientemente elegidos y un taller sobre la planificación de las visitas y las entrevistas a personas privadas de libertad, cuya organización promovió el Comité Internacional de la Cruz Roja. Asimismo, los representantes de Chile y Dinamarca proporcionaron al Subcomité información actualizada sobre las últimas novedades en relación con la Iniciativa sobre la Convención contra la Tortura.

10.En el 32º período de sesiones del Subcomité, la Omega Research Foundation presentó en sesión plenaria sus investigaciones sobre la supervisión de las armas y los medios de contención en los centros de privación de libertad.

11.En su 33er período de sesiones, el Subcomité celebró una reunión oficiosa con los Estados partes y signatarios del Protocolo Facultativo. La reunión contó con la asistencia de miembros de las Misiones Permanentes de la Argentina, Australia, el Brasil, Bulgaria, Chequia, Chile, Chipre, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Georgia, Irlanda, Maldivas, Malta, México, Noruega, el Perú, Portugal, Rwanda, Suiza, Túnez, Turquía, el Uruguay y Venezuela (República Bolivariana de).

12.En su 33er período de sesiones, el Subcomité celebró una reunión conjunta a puerta cerrada con el Comité contra la Tortura a fin de debatir una serie de cuestiones de interés común, entre ellas, algunas relativas a la aplicación del artículo 16, párrafo 4, del Protocolo Facultativo.

C.Visitas realizadas durante el período que se examina

13.El Subcomité realizó diez visitas oficiales en 2017, de conformidad con su mandato en virtud de los artículos 11 a 13 del Protocolo Facultativo, al Níger (29 de enero a 4 de febrero), Hungría (20 a 31 de marzo), la ex República Yugoslava de Macedonia (23 a 29 de abril), Bolivia (Estado Plurinacional de) (1 a 12 de mayo), Panamá (20 a 26 de agosto), Mongolia (11 a 20 de septiembre), España (15 a 26 de octubre), Marruecos (22 a 28 de octubre), Rwanda (se había previsto realizar la visita del 15 al 21 de octubre, pero se suspendió el 19 de octubre, véase el párr. 15 del presente documento) y Burkina Faso (3 a 9 de diciembre).

14.Se puede consultar información adicional en los comunicados de prensa publicados tras cada visita. Los informes transmitidos a un Estado parte tras la visita tienen carácter confidencial hasta que dicho Estado parte solicite que se hagan públicos.

15.De acuerdo con su declaración sobre las obligaciones de los Estados partes de facilitar las visitas del Subcomité (CAT/OP/24/1), el Subcomité suspendió su visita a Rwanda el 19 de octubre, debido a las dificultades para ejercer efectivamente su mandato de visitas de conformidad con las disposiciones del Protocolo Facultativo. En diez años de trabajo, solo en tres ocasiones, incluida esta, el Subcomité ha considerado necesario suspender una misión.

16.En su 32º período de sesiones, el Subcomité decidió impulsar los diálogos posteriores a sus visitas con los Estados partes y los mecanismos nacionales de prevención, manteniendo conversaciones in situ en Italia (12 de diciembre de 2017) y en la República de Moldova (18 y 19 de diciembre de 2017). Esas reuniones contaron con el apoyo del programa de fomento de la capacidad de los órganos de tratados de la División de los Mecanismos del Consejo de Derechos Humanos y de los Instrumentos de Derechos Humanos.

D.Diálogo resultante de las visitas, incluida la publicación de los informes del Subcomité por los Estados partes y los mecanismos nacionales de prevención

17.Los aspectos sustantivos del diálogo resultante de las visitas son confidenciales. Los informes solo se hacen públicos con el consentimiento del receptor. A finales de 2017, el Subcomité había transmitido un total de 65 informes sobre las visitas a los Estados partes y los mecanismos nacionales de prevención, incluidos 14 durante el período que se examina, a Bolivia (Estado Plurinacional de), Chipre (Estado parte y mecanismo nacional de prevención), Hungría (mecanismo nacional de prevención), Kazajstán, México, Mozambique (Estado parte y mecanismo nacional de prevención), el Níger, Panamá, Rumania, Túnez (Estado parte y mecanismo nacional de prevención) y Ucrania. Se han hecho públicos un total de 34 informes sobre las visitas a petición de los Estados partes o los mecanismos nacionales de prevención en virtud del artículo 16, párrafo 2, del Protocolo Facultativo. Cinco de estos informes se hicieron públicos en 2017, a saber, los dirigidos al Estado parte sobre las visitas del Subcomité a Chipre (Estado parte), Rumania, el Togo, Túnez (mecanismo nacional de prevención) y Ucrania, y el dirigido al mecanismo nacional de prevención de Túnez. Si bien respeta plenamente el principio y el derecho de confidencialidad previstos en el Protocolo Facultativo, el Subcomité celebra que cada vez se publiquen más informes sobre las visitas, y considera que ello refleja el espíritu de transparencia en el que se basan las visitas preventivas y facilita una mejor aplicación de las recomendaciones respectivas. El Subcomité alienta a los receptores de los informes a que soliciten su publicación.

18.De conformidad con la práctica establecida, se pide a los receptores de los informes que, en el plazo de seis meses desde su transmisión, faciliten por escrito una respuesta en la que expliquen detalladamente las medidas adoptadas y las que se adoptarán para aplicar las recomendaciones que figuran en los informes. Durante el período que se examina, el Subcomité recibió respuestas de Bolivia (Estado Plurinacional de), Chipre, Kazajstán, el Perú, la República de Moldova, Rumania, el Togo y Ucrania. El Subcomité considera que se ha producido un retraso en la respuesta de los siguientes Estados partes: Benin, Brasil, Camboya (dos informes), Ecuador, Guatemala, Honduras, Liberia, Maldivas (dos informes), Malí, Malta, Nauru, Nigeria, Senegal y Turquía. Además, considera que se han retrasado las respuestas de los mecanismos nacionales de prevención de los siguientes Estados partes: Ecuador, Honduras, Países Bajos y República de Moldova.

19.Durante el período sobre el que se informa, el Subcomité celebró por adelantado reuniones preparatorias con todos los Estados partes a los que se habían programado visitas y, de acuerdo con la práctica establecida, invitó a cada Estado parte que había visitado a una reunión en el siguiente período de sesiones a fin de examinar la mejor forma de promover el diálogo posterior a las visitas.

E.Novedades con respecto a los mecanismos nacionales de prevención

20.El Subcomité siguió dialogando con los Estados partes y signatarios durante sus períodos de sesiones acerca de la designación o el funcionamiento de los mecanismos nacionales de prevención. En sus períodos de sesiones 31º, 32º y 33º, celebró reuniones con representantes de las Misiones Permanentes de la Argentina, Bélgica, Benin, Bosnia y Herzegovina, el Gabón, Grecia, Islandia, Marruecos, Mongolia, Suiza y Túnez, además de reunirse con la delegación de Guatemala. En sus períodos de sesiones, el Subcomité también celebró teleconferencias con las autoridades de Bolivia (Estado Plurinacional de), Camboya y Guatemala.

21.En su 33er período de sesiones, el Subcomité celebró una reunión oficiosa con Estados partes y signatarios del Protocolo Facultativo, en la que los primeros recibieron información actualizada sobre las actividades recientes del Subcomité, debatieron sobre los métodos de trabajo del Subcomité, los recursos de este y el Fondo Especial establecido en virtud del Protocolo Facultativo, y examinaron la orientación futura de su labor.

22.El Subcomité estableció y mantuvo contactos directos con los mecanismos nacionales de prevención en cumplimiento del mandato encomendado en el artículo 11 b) ii) del Protocolo Facultativo. Durante sus períodos de sesiones, el Subcomité se reunió o celebró videoconferencias con los mecanismos nacionales de prevención de Estonia, Finlandia, Italia, Lituania, Maldivas, el Perú y Túnez.

23.El Subcomité y sus miembros han seguido recibiendo invitaciones para asistir a numerosas reuniones nacionales, regionales e internacionales sobre la designación, el establecimiento y el desarrollo de mecanismos nacionales de prevención en particular y sobre el Protocolo Facultativo en general. El Subcomité expresa su agradecimiento a los organizadores de esos eventos y de todos los demás a los que ha sido invitado. Lamenta que su participación dependa del apoyo financiero de terceros, ya que no dispone de una asignación presupuestaria con la que sufragar la asistencia de sus miembros.

F.Incumplimiento sustancial del artículo 17

24.En su 27º período de sesiones, el Subcomité decidió identificar a los Estados partes en que la creación del mecanismo nacional de prevención estuviera muy retrasada y registrarlos en una lista en el sitio web del Subcomité. Esa lista seguirá revisándose en cada período de sesiones del Subcomité, y los Estados partes dejarán de figurar en ella cuando el Subcomité haya recibido: a) la notificación de la designación oficial del mecanismo nacional de prevención, y b) copias de la documentación relativa a su establecimiento y eficaz funcionamiento. Al 31 de diciembre de 2017, en la lista figuraban 14 Estados partes: Argentina, Benin, Bosnia y Herzegovina, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Chile, Filipinas, Gabón, Liberia, Nauru, Nigeria, Panamá y República Democrática del Congo. Este continúa siendo un motivo de gran preocupación para el Subcomité, tanto más cuanto que los avances de algunos Estados partes hacia el cumplimiento de sus obligaciones siguen siendo, al parecer, escasos.

25.De conformidad con el mandato que le confiere el artículo 11 b) i) del Protocolo Facultativo, y con el fin de ayudarlos a cumplir sus obligaciones en virtud del artículo 17, el Subcomité invitó a todos los Estados que figuraban en la lista a una sesión plenaria del Subcomité en su 32º período de sesiones y les ofreció una nueva ocasión de reunirse con los respectivos Relatores para los países. Asistieron a la reunión los Representantes Permanentes de los siguientes países: Argentina, Benin, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Chile, el Gabón, el Líbano y Panamá.

G.Fondo Especial establecido en virtud del Protocolo Facultativo

26.El apoyo prestado por conducto del Fondo Especial establecido en virtud del artículo 26, párrafo 1, del Protocolo Facultativo se dirige a proyectos cuyo propósito es crear o fortalecer los mecanismos nacionales de prevención, y contribuir así a la aplicación de las recomendaciones pertinentes del Subcomité después de una visita a un Estado parte. En 2017 se concedieron subvenciones por valor de 273.096 dólares con cargo al Fondo para apoyar la puesta en marcha de 11 proyectos de prevención de la tortura en 2018 en nueve Estados partes. El Subcomité ha prestado asistencia en la evaluación de las propuestas de proyectos y las recomendaciones sobre subvenciones.

27.El Subcomité aprecia enormemente las contribuciones al Fondo en el período que abarca el informe recibidas de Alemania (139.040 dólares), Chequia (9.164 dólares) y España (41.274 dólares). No obstante, sigue preocupándole el hecho de que el Fondo aún esté lejos de contar con recursos suficientes, por lo que se necesitarán más contribuciones para apoyar proyectos durante el ciclo de subvenciones 2018-2019 y posteriormente. El Subcomité considera que el Fondo constituye un instrumento esencial para apoyar y complementar la aplicación de sus recomendaciones orientadas a prevenir la tortura y los malos tratos, e insta a los Estados a que sigan contribuyendo económicamente al Fondo. Asimismo, desea agradecer a la Misión Permanente de Chequia su generosidad al organizar un acto en apoyo del Fondo Especial durante el 33er período de sesiones del Subcomité.

III.Cooperación con otros órganos en materia de prevención de la tortura

A.Cooperación internacional

1.Cooperación con otros órganos de las Naciones Unidas

28.El Presidente del Subcomité habló del décimo informe anual del Subcomité (CAT/C/60/3) ante el Comité contra la Tortura en la sesión plenaria celebrada por este el 5 de mayo de 2017. El Subcomité y el Comité mantuvieron una reunión en Ginebra el 16 de noviembre de 2017 para examinar diversas cuestiones de interés común.

29.De conformidad con la resolución 70/146 de la Asamblea General, y junto con el Presidente del Comité contra la Tortura y el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el Presidente del Subcomité presentó el décimo informe anual del Subcomité ante la Asamblea General en su septuagésimo segundo período de sesiones.

30.En el marco de la participación del Subcomité en las reuniones anuales de los presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, el Presidente del Subcomité asistió a la 29ª reunión, celebrada en Nueva York del 26 al 30 de junio de 2017.

31.El Subcomité se sumó al Comité contra la Tortura, el Relator Especial sobre la tortura y la Junta de Síndicos del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura en una declaración formulada con ocasión del Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura (23 de junio de 2017). Asimismo, siguió cooperando sistemáticamente con otros mecanismos, por ejemplo, sometiendo a la consideración del Comité contra la Tortura sugerencias en relación con los Estados partes en el Protocolo Facultativo cuyos informes deben ser examinados en los próximos períodos de sesiones del Comité.

32.El Subcomité prosiguió su cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, especialmente en el contexto de sus visitas sobre el terreno.

2.Cooperación con otras organizaciones internacionales pertinentes

33.El Subcomité siguió cooperando con el Comité Internacional de la Cruz Roja, especialmente en el contexto de sus visitas sobre el terreno.

B.Cooperación regional

34.El Subcomité mantuvo su cooperación con las organizaciones regionales, como el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes. Asimismo, se reunió con representantes de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Dirección General de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea y la Organización Internacional de la Francofonía por conducto de sus equipos regionales.

C.Sociedad civil

35.El Subcomité siguió recibiendo apoyo de entidades de la sociedad civil, como la Asociación para la Prevención de la Tortura y diversas instituciones académicas. También se benefició de los contactos con organizaciones de la sociedad civil durante sus visitas, y agradece a todas ellas su labor de promoción del Protocolo Facultativo y el apoyo que le brindan. El Subcomité desea agradecer en particular al Royal Holloway, de la Universidad de Londres, y al Human Rights Implementation Centre, de la Universidad de Bristol, su apoyo en la organización de un encuentro de reflexión sobre el funcionamiento en la práctica del Subcomité y el sistema del Protocolo Facultativo celebrado en Cumberland Lodge, Windsor Great Park (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte), del 14 al 16 de marzo de 2017. Esa oportunidad permitió reflexionar sobre los temas indicados en la reunión celebrada con motivo del décimo aniversario en noviembre de 2016, lo que ha resultado de utilidad para mejorar las prácticas de trabajo del Subcomité.

36.Durante el período sobre el que se informa, los grupos regionales del Subcomité también celebraron una teleconferencia con el Instituto Ludwig Boltzmann y se reunieron con el Comité Helsinki de Hungría, la Maldivian Democracy Network y la Omega Research Foundation en el curso de sus sesiones plenarias.

IV.Cuestiones de interés en relación con la labor del Subcomité durante el período que se examina

A.Perfeccionamiento de los métodos de trabajo

1.Visitas

37.Como se ha mencionado, el Subcomité realizó diez visitas en 2017. En algunos casos, fue necesario recordar a los Estados partes que las visitas debían realizarse en fechas elegidas por el Subcomité, y de la forma prevista en el Protocolo Facultativo. Además, lamentablemente, la visita a Rwanda debió suspenderse. Preocupa al Subcomité que, al parecer, no todos los Estados partes comprenden plenamente la naturaleza del mandato del Subcomité ni la forma en que el Protocolo Facultativo ha de funcionar en la práctica.

38.A lo largo del año, el Subcomité siguió anunciando escalonadamente qué países visitaría, en lugar de efectuar esos anuncios por años naturales. Eso permite al Subcomité planificar mejor el uso de los recursos y posibilita un enfoque más flexible y, cuando procede, reflexivo con respecto a su programa de visitas, además de maximizar la notificación de las visitas para que los Estados y otros agentes las faciliten actuando de forma dedicada, cooperativa y colaborativa.

39.Por desgracia, los recursos con los que cuenta el Subcomité, sobre todo en cuanto a personal profesional y general, se han visto mermados nuevamente. Eso no solo limita la capacidad del Subcomité, sino que, además, impone una enorme carga a su personal. Aunque la resolución 68/268 de la Asamblea General prevé personal adicional para apoyar un aumento de las actividades del Subcomité, la realidad es que la actual dotación de recursos humanos apenas difiere de la que había cuando se aprobó la resolución, mientras que el volumen de trabajo total ha aumentado a más del doble.

40.Por tanto, el Subcomité insta a los Estados partes a que estudien con carácter urgente la posibilidad de reforzar la base de apoyo de secretaría ya que, de lo contrario, esta cuestión comenzará inevitablemente a afectar al funcionamiento del Subcomité y a reducir su eficacia. Es imprescindible aumentar el nivel de apoyo de secretaría para velar por que se adecue a la carga de trabajo del Subcomité.

2.Grupos de trabajo

41.El tiempo asignado a los grupos de trabajo del Subcomité durante los períodos de sesiones se ha reducido sustancialmente para destinarlo a las sesiones plenarias. Si bien eso obedece, en parte, a la necesidad de examinar colectivamente una creciente variedad de cuestiones, también se debe a que no se ha contado con servicios de interpretación para los grupos de trabajo. Sin duda, resulta impropio que los miembros no puedan participar efectivamente en la labor del Subcomité por falta de servicios de interpretación. Tampoco es conveniente que el escaso tiempo de que dispone el Subcomité se desperdicie en sesión plenaria debatiendo innecesariamente cuestiones que sería mejor abordar en equipos funcionales. El Subcomité seguirá examinando el uso que hace de los grupos de trabajo teniendo en cuenta la naturaleza de las cuestiones que se han de examinar y los recursos de que dispone. Es consciente de que la eficacia y eficiencia de su labor se ven obstaculizadas por decisiones que escapan a su control y de las cuales deberían rendir cuentas los responsables.

42.Debido a los problemas señalados, el grupo de trabajo sobre las cuestiones de procedimiento y el grupo de trabajo sobre jurisprudencia y cuestiones temáticas han debido fusionarse, de modo que el examen del reglamento, la consolidación y armonización de los métodos de trabajo, la respuesta a las solicitudes de asesoramiento y asistencia de los mecanismos nacionales de prevención y la consideración de las cuestiones jurisprudenciales planteadas al Subcomité o que surgen como resultado de su labor se llevan a cabo de forma mucho más lenta que antes, cuando los grupos de trabajo podían reunirse por separado.

43.En el 32º período de sesiones del Subcomité, la secretaría presentó una recopilación de todos sus métodos de trabajo, en documento consolidado. El grupo de trabajo sobre las cuestiones de procedimiento empezó a examinar la recopilación y prosiguió su examen en el 33er período de sesiones. Sin embargo, la falta de tiempo de reunión y servicios de interpretación para los grupos de trabajo hace que esta labor solo se siga llevando a cabo de manera oficiosa y en paralelo con las demás cuestiones urgentes del grupo de trabajo. Este enfoque se aplicará hasta que se asignen al Subcomité más tiempo de reunión y servicios de interpretación suficientes. Ello hará que el ejercicio de actualización de los métodos de trabajo se dilate aún más.

44.El grupo de trabajo sobre los aspectos sanitarios de la prevención de la tortura ha progresado considerablemente en la elaboración de una lista de control para los mecanismos nacionales de prevención, que tiene por objeto ofrecer una sinopsis de las cuestiones relacionadas con la salud que puede resultar útil para los mecanismos durante las visitas a los lugares de reclusión. El grupo de trabajo también prosiguió su labor sobre la herramienta de recursos médicos, consistente en una recopilación de las recomendaciones del Subcomité acerca de cuestiones relacionadas con la salud, basada en sus informes sobre las visitas.

45.El grupo de trabajo sobre el Fondo Especial ha ayudado a los responsables del examen de solicitudes al Fondo y ha contribuido a la promoción de este, como se mencionó en el presente informe.

3.Equipos regionales

46.Los equipos regionales y los respectivos relatores para los países siguen colaborando con los mecanismos nacionales de prevención. Si bien las cuestiones que hay que abordar y la forma de hacerlo variarán de un país a otro, las reuniones de los jefes de los equipos regionales durante los períodos de sesiones del Subcomité garantizan la aplicación de un criterio objetivo común, al igual que la supervisión general en sesión plenaria.

B.Cuestiones de interés

47.En el ejercicio de su mandato relacionado con las visitas a los lugares de reclusión, el Subcomité ha observado un aumento de la detención de migrantes como práctica rutinaria, y no como medida excepcional de último recurso.

48.El Subcomité ha observado que a menudo los migrantes privados de libertad no disfrutan plenamente de sus derechos a una revisión judicial y a las debidas garantías procesales, a veces por falta de acceso a un abogado o a servicios de interpretación. El Subcomité también considera que los migrantes privados de libertad deben tener derecho, desde el comienzo de su detención, a asistencia médica y a las debidas garantías procesales. La privación de libertad expone a un grupo de personas que ya se encuentran en una situación especialmente vulnerable al riesgo de sufrir torturas y malos tratos. Todas las personas privadas de libertad son vulnerables o se encuentran en situación de riesgo, pero la vulnerabilidad de algunas personas es mayor, por lo que las autoridades deben adoptar medidas específicas para atender sus necesidades especiales. Entre los grupos más vulnerables cabe mencionar a los niños, las mujeres, las personas con discapacidad mental o física, las víctimas de la trata, las víctimas de torturas y traumas, los apátridas y las personas lesbianas, gais, transgénero, bisexuales e intersexuales.

49.El derecho internacional establece que las restricciones a la libertad y la detención de los migrantes han de ser excepcionales, responder a un propósito legítimo (por ejemplo, proteger el orden público, la salud pública o la seguridad nacional, en sentido estricto), ser legales, no arbitrarias y respetar los derechos humanos y la dignidad.

50.El requisito de legalidad exige que toda restricción, incluida la privación de libertad, solo pueda imponerse por los motivos previstos por la ley y con arreglo a los procedimientos legalmente autorizados. Por tanto, cualquier forma de privación de libertad de inmigrantes que no está expresamente prevista en el derecho interno o que no se lleve a cabo de conformidad con este será necesariamente ilícita e inadmisible. Evidentemente, el derecho interno también debe estar en consonancia con las obligaciones jurídicas internacionales.

51.Además, las medidas de privación de libertad deben adoptarse en aras de un propósito legítimo. En el contexto de la privación de libertad de inmigrantes, el concepto de “propósito legítimo” se aplica a los solicitantes de asilo y los migrantes del mismo modo que a cualquier otra persona: cuando exista el riesgo de que el interesado eluda futuros procesos judiciales o procedimientos administrativos, o represente un peligro para su propia seguridad o para la seguridad pública. La entrada irregular de solicitantes de asilo y migrantes no debe considerarse un delito.

V.Reflexiones sobre el año examinado

A.Capacidad de los mecanismos nacionales para llevar a cabo una eficaz labor de prevención y “conjunto de medidas preventivas”

52.A la luz de la experiencia adquirida en el último año, el Subcomité considera oportuno reiterar la importancia de que los mecanismos nacionales de prevención disfruten de una auténtica independencia funcional y puedan trabajar con un espíritu de prevención, determinando los riesgos potenciales de tortura y malos tratos, poniendo de relieve las deficiencias en la protección de los derechos humanos y formulando recomendaciones de carácter práctico para abordar cuestiones motivo de preocupación.

53.El Subcomité es cada vez más consciente de que, aunque cuenten con el mandato legal en ese sentido, no todos los mecanismos nacionales de prevención consideran que pueden tener acceso a todos los lugares en los que haya o pueda haber personas privadas de libertad; a todas las personas privadas de libertad ni a toda la información pertinente para el mandato; ni que tengan derecho a entrevistar con carácter confidencial a quienes están recluidos. Estos no solo han de contar con el mandato legal, sino que deben disponer de la independencia para decidir realizar esas actividades, los medios para ejecutarlas y la certeza de que pueden llevarlas a cabo en la práctica.

54.El Subcomité opina que el mecanismo nacional de prevención también debe estar facultado y tener capacidad para aplicar todo el “conjunto de medidas preventivas”, lo que incluye examinar las prácticas habituales que pueden dar lugar a riesgos de tortura; llevar a cabo actividades de promoción, como la formulación de observaciones sobre proyectos de ley o la legislación vigente; educar a la opinión pública; realizar actividades de fomento de la capacidad; y colaborar activamente con las autoridades del Estado. El Subcomité hace hincapié en que, para ello, se requieren recursos suficientes; privilegios e inmunidades pertinentes; y acceso al Subcomité para obtener asesoramiento y asistencia.

B.Obligaciones de los Estados partes

55.El Subcomité reitera la necesidad de que todos los Estados partes entiendan el Protocolo Facultativo y velen por el cumplimiento de sus obligaciones con el Subcomité en virtud del Protocolo Facultativo. En ese sentido, es fundamental que los Estados partes no dificulten, directa o indirectamente, de forma activa o no, la plena ejecución del mandato de visitas del Subcomité de conformidad con los artículos 12 y 14 del Protocolo Facultativo. Ello comporta, entre otras cosas, la obligación de asegurar al Subcomité toda la información necesaria, incluida toda la documentación que solicite, antes y durante la visita; un acceso sin restricciones a todos los lugares que estén bajo su jurisdicción en los que haya o pueda haber personas privadas de libertad; y la posibilidad de entrevistarse sin testigos con las personas privadas de libertad y demás personas, como los guardias, los funcionarios y el personal profesional y directivo de los locales que se visitan. El Subcomité ha expuesto esas obligaciones en numerosas ocasiones. Estima que sería útil que pudiera explicar con antelación y de forma clara los requisitos del Protocolo Facultativo a los Estados que vayan a recibir una visita, durante la fase preparatoria, y velará por que así se haga.

C.Artículo 16, párrafo 4, del Protocolo Facultativo

56.Si un Estado parte se niega a cooperar con el Subcomité o no ofrece un entorno propicio en el que este pueda cumplir su mandato de conformidad con los artículos 12 y 14 del Protocolo Facultativo, en el artículo 16, párrafo 4, se establece una vía para que la situación se aborde oficialmente junto con el Comité contra la Tortura.

57.Incumbe al Subcomité determinar, sobre la base de los hechos del caso, si el Estado parte no ha cooperado en el sentido del artículo 16, párrafo 4. Cuando el Subcomité así lo haya determinado, lo que en todo caso solo puede hacer después de haber ofrecido al Estado parte en cuestión la oportunidad de abordar o rectificar la situación, podrá notificar la situación al Comité contra la Tortura, de conformidad con el artículo 16, párrafo 4, de manera que el Comité, después de que se haya brindado al Estado parte la oportunidad de dar a conocer sus opiniones, se pronuncie, ya sea formulando una declaración pública sobre la cuestión o publicando el informe del Subcomité, o ambas cosas.

58.Por supuesto, el Subcomité esperaba no tener que verse nunca en la necesidad de activar el artículo 16, párrafo 4. No obstante, durante el período que se examina, el Subcomité ha estudiado por primera vez con el Comité contra la Tortura la situación de un país en el marco del artículo 16, párrafo 4. El Estado, después de dirigirse al Comité, dio respuesta a las preocupaciones inmediatas del Subcomité y estuvo de acuerdo en que se hiciera público el informe sobre la visita, por lo que fue innecesario seguir considerando la cuestión en el marco del artículo 16, párrafo 4. Naturalmente, prosigue el diálogo global entre el Subcomité y el Estado parte.

D.Perspectivas de futuro

59.Además de su mandato de realizar visitas, el Subcomité desea destacar la importancia que atribuye a la oferta de asesoramiento y asistencia a los Estados partes, los mecanismos nacionales de prevención y, cuando lo soliciten, a los signatarios y otros interesados, incluidos otros organismos y mecanismos de las Naciones Unidas, en relación con el Protocolo Facultativo y la prevención de la tortura.

60.No obstante, hay límites a lo que se puede hacer, habida cuenta de los escasos recursos humanos y financieros de que dispone actualmente. En particular, al final del período sobre el que se informa, la situación con respecto a la dotación de recursos humanos y la presión sobre el personal y los miembros se ha agravado más que nunca. Por ese motivo, y con gran pesar, el Subcomité reconoce que ya no le es posible mantener el actual ritmo de trabajo y tendrá que realizar menos visitas el año entrante. Es la primera vez que el Subcomité ha tenido que economizar de ese modo y eso indica un fracaso de la comunidad internacional para apoyar como es debido la labor de prevención de la tortura, lo cual es lamentable.

61.El Subcomité está empeñado en cumplir con su mandato. Por tanto, tratará de trabajar de manera creativa, como ha hecho en el pasado, a fin de poder llevar a cabo sus propias visitas preventivas, mantener un diálogo efectivo, asesorar y ayudar a los Estados a establecer mecanismos nacionales de prevención y apoyar a esos mecanismos en su labor, que es trascendental. Ese trabajo comprenderá un nuevo examen y la posible revisión de los enfoques y las prácticas de trabajo actuales, incluido el estudio de las consecuencias desde un punto de vista operativo de los artículos 16, párrafo 4, y 31 del Protocolo Facultativo.

E.Plan de trabajo

62.El Subcomité ya ha anunciado visitas a Belice, Burundi, Kirguistán, Liberia, Polonia, Portugal, el Senegal y el Uruguay en los próximos meses. Se realizarán más anuncios tras la celebración de los próximos períodos de sesiones.