Naciones Unidas

CRC/C/PRT/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

28 de febrero de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

82 º período de sesiones

9 a 27 de septiembre de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados de Portugal

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de mayo de 2019. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.En relación con los recortes presupuestarios mencionados en el informe del Estado parte (CRC/C/PRT/5-6, párr. 23), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para elaborar presupuestos que incluyan una perspectiva basada en los derechos del niño. Sírvanse indicar las asignaciones presupuestarias destinadas a garantizar todos los derechos del niño, así como los aumentos de los recursos financieros que se hayan realizado o previsto a este respecto. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los estudios relativos a los efectos de las medidas fiscales en los derechos del niño.

2.Sírvanse proporcionar información sobre las prioridades y los objetivos específicos de la Estrategia Nacional en favor de los Derechos del Niño e indíquese si se ha realizado un examen de mitad de período de dicha Estrategia. Sírvanse también proporcionar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros de que dispone la Comisión Nacional de Promoción de los Derechos y la Protección de los Niños y los Jóvenes para la aplicación y coordinación de una estrategia nacional. Sírvanse facilitar información sobre los planes de acción para la infancia que se hayan adoptado en el plano local de conformidad con la Ley núm. 142/2015.

3.En relación con las anteriores recomendaciones del Comité (CRC/C/PRT/CO/3-4, párr. 18), sírvanse proporcionar información actualizada sobre los esfuerzos del Estado parte para establecer un sistema amplio e integrado de reunión de datos y de seguimiento sobre las cuestiones relacionadas con los niños. Sírvanse también proporcionar información sobre los efectos en la aplicación de la Convención de la mejora de los sistemas sectoriales de reunión de datos y de seguimiento, en particular la plataforma digital que permite acceder a servicios y estadísticas del Ministerio de Justicia.

4.Se ruega faciliten información sobre los efectos que ha tenido en los niños la Ley núm. 2/2016, por la que se elimina la discriminación contra las parejas del mismo sexo y las parejas que no han contraído matrimonio con respecto a la adopción, el patrocinio civil y otras relaciones de parentesco.

5.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación práctica de las modificaciones a la Ley de Nacionalidad Portuguesa adoptadas en virtud de la Ley Orgánica núm. 2/2018, cuyo objeto era la prevención de la apatridia. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para simplificar los procedimientos de adquisición de la ciudadanía portuguesa para los niños nacidos en Portugal de padres no ciudadanos que no pueden probar su nacionalidad debido a las dificultades para presentar la documentación adecuada.

6.Se ruega faciliten información detallada sobre la jurisprudencia reciente que establece que no se permite que los padres y los educadores empleen los castigos corporales como medio de educación. Sírvanse también proporcionar información sobre los efectos de la Ley núm. 24/2017, por la que se autoriza la privación de la patria potestad conjunta en los casos de violencia doméstica contra un niño e indíquese si se ha renovado el Quinto Plan Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia Doméstica y de Género, 2014‑2017.

7.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los progresos realizados en pro de la desinstitucionalización de los niños privados de un entorno familiar, en particular de los niños menores de 6 años, de conformidad con la Ley núm. 142/2015. Expliquen los efectos de la Ley núm. 143/2015, aprobada para revisar el marco jurídico del Estado parte en materia de adopción.

8.Sírvanse aclarar si las medidas de austeridad han tenido algún efecto en el acceso de los niños, incluidos los niños que reciben atención pediátrica en el Hospital São João de Oporto, a los hospitales y otros centros de salud del Servicio Nacional de Salud, en particular en las zonas rurales o aisladas. Sírvanse proporcionar información sobre los aspectos del Plan Nacional de Salud Mental que sean pertinentes para los niños.

9.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de la Estrategia Nacional de Integración de las Comunidades Romaníes, 2013-2020, a la que se asocia un fondo de apoyo, y sobre los resultados del estudio nacional sobre comunidades romaníes que se realizó en 2015. Sírvanse explicar la disminución de la que se ha informado recientemente en el número de niños romaníes, en particular de niñas, que alcanzaron el nivel de enseñanza secundaria, a pesar de que la enseñanza es obligatoria hasta los 18 años.

10.Se ruega proporcionen información sobre las medidas adoptadas para:

a)Fortalecer la ley marco sobre asilo político para niños y garantizar su aplicación, incluida la prevención de la detención de niños solicitantes de asilo;

b)Mejorar la acogida y las condiciones de vida de los niños solicitantes de asilo en las instalaciones de detención temporal de los aeropuertos y en los centros de acogida general, en particular de los niños no acompañados, de los niños separados de sus padres o tutores y de los niños víctimas de trata.

11.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriormente formuladas por el Comité al examinar el informe presentado en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/PRT/CO/1), en particular en relación con los resultados de los estudios realizados por el Ministerio de Justicia sobre:

a)La venta de niños,

b)La responsabilidad de las personas jurídicas, en particular los proveedores de servicios de Internet, de telefonía y bancarios, de denunciar a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley los sitios web pornográficos en los que aparezcan niños víctimas;

c)La jurisdicción extraterritorial para los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las anteriores recomendaciones que el Comité formuló en el contexto del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/PRT/CO/1), en particular sobre:

a)La tipificación expresa como delito del reclutamiento y la utilización de todo niño menor de 18 años por las fuerzas armadas y los grupos armados;

b)La tipificación como delito del reclutamiento y la utilización de niños por empresas militares y de seguridad privadas;

c)La coordinación de la supervisión de las escuelas militares entre el Ministerio de Educación, el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Enseñanza Superior y el Ministerio de Defensa Nacional.

Parte II

13.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

14.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

15.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de:

a)Niños que viven en el Estado parte;

b)Niños casados;

c)Actos racistas y xenófobos cometidos contra niños;

d)Niños que forman parte de familias con padres que son personas lesbianas, gais, bisexuales o transgénero;

e)Niños que han obtenido la ciudadanía portuguesa en virtud de la Ley Orgánica núm. 2/2018;

f)Niños mayores de 16 años que han cambiado de nombre y de sexo;

g)Acusaciones, enjuiciamientos y condenas penales contra autores de abusos sexuales de niños entre el clero y en las instituciones públicas;

h)Niñas que son víctimas de mutilación o ablación genital femenina o que están en peligro de ser sometidas a estas prácticas;

i)Niños, especialmente los menores de 16 años, que participan en eventos taurinos y que asisten a escuelas taurinas;

j)Niños que nacen intersexuales;

k)Procedimientos quirúrgicos y de otra índole no urgentes e irreversibles que se han practicado en niños intersexuales antes de la edad en que podían dar su consentimiento informado;

l)Niños con progenitores encarcelados y niños que conviven con sus madres en prisión;

m)Niños seropositivos o afectados por el VIH/sida;

n)Niños que consumen drogas o sustancias ilícitas;

o)Niños solicitantes de asilo en el Estado parte; niños en centros de acogida y la duración de su estancia, en particular los niños no acompañados o separados de su familia, incluidos los niños a quienes se les ha denegado la entrada al Estado parte; niños víctimas de trata, y niños a los que se les ha concedido la condición de refugiados;

p)Estudiantes de origen romaní, censados por primera vez en 2017, en virtud de la autorización de la Comisión Nacional de Protección de Datos;

q)Niños en situación de calle;

r)Niños víctimas de trata, explotación y abuso;

s)Niños que han tenido contacto con el sistema de protección de la infancia del Estado parte, en particular los niños víctimas de la trata que han recibido protección en el único refugio del Estado parte, que se inauguró en 2018.

16.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños que:

a)Viven en instituciones;

b)Han sido acogidos en hogares de guarda;

c)Viven en familias adoptivas;

d)Han sido acogidos previamente en hogares de guarda, pero han vuelto a ingresar al sistema de cuidado alternativo después de ser adoptados o durante los procedimientos que preceden la adopción;

e)Han sido adoptados en el extranjero;

f)Han sido abandonados por su familia.

17.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

18.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido remitidos a programas de medidas extrajudiciales;

c)Se encuentran en prisión preventiva;

d)Se encuentran en centros de detención de inmigrantes;

e)Cumplen una pena de prisión, incluidos datos sobre la duración de la condena.

19.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que la planificación, aplicación y supervisión de las medidas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, entre otras cosas en cuanto a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la manera en que promueven el ejercicio efectivo de los derechos del niño contemplados en la Convención y en sus Protocolos Facultativos.

20.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

21.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.