contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas al sexto informe periódico de Eritrea *

Las mujeres y la paz y la seguridad

El Comité observa la firma en julio de 2018 de la Declaración Conjunta de Paz y Amistad entre el Estado parte y Etiopía y la información sobre la evaluación llevada a cabo con el objetivo de adoptar un plan de acción nacional para aplicar laresolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad (CEDAW/C/ERI/6, párr. 63). Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas tomadas para establecerun proceso encaminado a adoptar un plan nacional que incluya consultascon organizaciones de mujeres a todos los niveles. Informen sobre la legislación ylaspolíticas adoptadas para garantizar el acceso a la verdad, la justicia y lareparación, en particular las indemnizaciones para mujeres víctimas de violacionesde sus derechos, por ejemplo en relación con el conflicto armado y otras situacionesactuales.

Marco constitucional, legislativo e institucional

Con respecto a las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/ERI/CO/5, párr. 11 b)), proporcionen información sobre las medidas adoptadas para incorporar las disposiciones de la Convención en el derecho nacional y garantizar que sea directamente aplicable por los tribunales. Expongan ejemplos de recursos jurídicos disponibles, causas judiciales o casos, si los hubiese, en que los tribunales nacionales hayan interpretado el derecho nacional en consonancia con la Convención y de reparaciones para mujeres víctimas de discriminación. Indiquen las medidas adoptadas para aprobar la revisión de la Constitución a raíz del proceso iniciado en 2015.

El Estado parte destaca en los párrafos 18 y 22 las disposiciones legales que prohíben la discriminación por razón de sexo y las medidas adoptadas para derogar leyes discriminatorias. Con arreglo a los artículos 1 y 2 b) de la Convención y de conformidad con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, expliquen si el Estado parte ha adoptado medidas para reforzar la legislación contra la discriminación a fin de incluir la prohibición de la discriminación indirecta y de formas múltiples e interseccionales de discriminación en todos los ámbitos contemplados en la Convención, y para garantizar que todas las leyes, incluidos el derecho ordinario y consuetudinario y la sharía, se interpreten y apliquen de conformidad con la Convención.

Contexto general y violencia contra las mujeres por razón de género

Informen sobre las medidas adoptadas para enjuiciar los casos de violaciones graves de los derechos humanos que afectan a las mujeres, entre ellas la violencia contra las mujeres por razón de género, el delito de esclavitud —en particular los casos de esclavitud sexual—, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales, la tortura y la violación, que constituyen crímenes de lesa humanidad de acuerdo con el informe presentado por la comisión de investigación sobre los derechos humanos en Eritrea al Consejo de Derechos Humanos en 2016 (A/HRC/32/47). En relación con las recomendaciones anteriores del Comité sobre el reclutamiento forzoso de mujeres en el servicio militar/nacional durante un período indefinido, pese a las disposiciones legales que lo limitan a 18 meses, y la violencia sexual que sufren las mujeres que cumplen el servicio militar, en particular violaciones en el centro de instrucción militar de Sawa (CEDAW/C/ERI/CO/5, párr. 8), se ruega que presenten información sobre las medidas adoptadas para poner fin al reclutamiento forzoso y a todas las formas de violencia contra las mujeres en el servicio militar/nacional y desmovilizar a las reclutas, velando por su inclusión y reintegración adecuadas en la sociedad. Indiquen el número de investigaciones y enjuiciamientos que se han llevado a cabo en los últimos cinco años relacionados con casos de violencia contra las mujeres por razón de género durante el servicio militar y proporcionen información sobre las medidas de reparación, rehabilitación e indemnización ofrecidas a las víctimas.

Con respecto a la información disponible relativa a la detención arbitraria y la desaparición forzada de mujeres en el Estado parte, entre ellas supuestas disidentes políticas e integrantes de confesiones y grupos religiosos no registrados, faciliten información sobre las medidas adoptadas para liberar a las presas políticas y las mujeres encarceladas por practicar su fe y sobre la supervisión independiente de los centros de detención. Indiquen también las medidas adoptadas para establecer en los lugares de detención mecanismos de denuncia sensibles a las cuestiones de género para las mujeres que son víctimas de violencia y malos tratos (ibid., párr. 40). Sírvanse proporcionar información sobre los recursos jurídicos de los que disponen las familiares de hombres que han sido víctimas de desapariciones forzadas, incluidos los mecanismos de alerta temprana de personas desaparecidas, y sobre las medidas para evitar la discriminación contra ellas.

A la luz de la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19, y la meta 5.2 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación, faciliten información sobre las medidas adoptadas para elaborar una política nacional o una estrategia integral a largo plazo para combatir la violencia contra las mujeres por razón de género, que incluya medidas para: a) alentar a las mujeres a denunciar los actos de violencia; b) garantizar el enjuiciamiento, la condena y el castigo de los autores; y c) proporcionar a las víctimas mecanismos eficaces de protección, reparación y rehabilitación, así como reparación financiera. Describan las medidas adoptadas para habilitar centros de acogida para mujeres que sufren violencia por razón de género (ibid., párr. 21), garantizando que las mujeres con discapacidad tengan acceso a ellos, y las medidas para prestar apoyo a las mujeres víctimas de violencia en forma de asesoramiento psicológico, órdenes de alejamiento y vivienda alternativa accesible y asequible. Informen sobre las medidas adoptadas o contempladas para tipificar explícitamente como delito la violación conyugal en todos los casos. Faciliten datos estadísticos actualizados sobre la violencia contra las mujeres por razón de género en los últimos cinco años, desglosados por edad, relación entre el autor y la víctima, discapacidad y otras características pertinentes.

Acceso a la justicia

Con respecto a las anteriores observaciones finales del Comité (ibid., párr. 9), sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para reformar el poder judicial, con el objetivo de garantizar su imparcialidad y el enjuiciamiento de los casos de violencia contra las mujeres por razón de género bajo la jurisdicción de tribunales penales ordinarios en lugar de tribunales militares, en particular en los casos en que las violaciones hayan sido cometidas supuestamente por miembros de las fuerzas armadas o funcionarios públicos. Proporcionen también información sobre las medidas específicas adoptadas para eliminar los obstáculos que dificultan el acceso de las mujeres a los procedimientos judiciales en tribunales ordinarios y especiales, incluidos los tribunales comunitarios o islámicos. Aporten información concreta sobre la facilitación de asistencia letrada a las mujeres y sobre los procedimientos judiciales accesibles para las mujeres con discapacidad y las mujeres que pertenecen a minorías lingüísticas, en particular en los casos de violencia contra las mujeres por razón de género, detención arbitraria o desaparición forzosa de sus familiares. Indiquen las medidas concretas adoptadas para desarrollar la capacidad de los miembros de los poderes ejecutivo y judicial, incluidos los tribunales consuetudinarios, los agentes del orden, en particular la policía, y la Fiscalía General, en relación con la igualdad y la no discriminación por razón de sexo y género, y la forma en que ha influido esta capacitación en el acceso de las mujeres a la justicia.

Mecanismos nacionales para el adelanto de las mujeres

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para dotar a la Unión Nacional de Mujeres de Eritrea de poderes ejecutivos, garantizando que su composición sea inclusiva y reforzando su capacidad de coordinación e interacción con la sociedad civil, como recomendó el Comité (ibid., párr. 15). Faciliten también información detallada sobre los avances logrados en el marco del plan de acción sobre género para el período de 2015 a 2019, el estado actual de los planes de acción sobre género a nivel ministerial y la manera en que las administraciones regionales aplican estrategias de incorporación de la perspectiva de género en todos los ámbitos contemplados en la Convención, con referencia a los grupos más vulnerables de mujeres.

Institución nacional de derechos humanos

Informen acerca de las medidas adoptadas para crear una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), en consonancia con las recomendaciones emitidas durante el examen periódico universal del Estado parte (A/HRC/41/14).

Defensoras de los derechos humanos

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho a la libertad de asociación y de reunión pacífica de las defensoras de los derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales que trabajan en la esfera de los derechos humanos, en particular los derechos de la mujer y la igualdad de género, y de las periodistas, así como las medidas para facilitar su acceso a la financiación. Informen también sobre las medidas para prevenir la detención arbitraria y el acoso contra defensores de los derechos humanos que trabajan en el ámbito de los derechos de la mujer y la igualdad de género.

Medidas especiales de carácter temporal

Informen acerca de las medidas especiales de carácter temporal, con arreglo al artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité sobre medidas especiales de carácter temporal, aplicadas durante el período sobre el que se informa a través de políticas y programas nacionales, incluidas las cuotas para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre las mujeres y los hombres en todos los ámbitos contemplados en la Convención.

Estereotipos y prácticas nocivas

El Estado parte informa sobre la reducción de la mutilación genital femenina, que, sin embargo, sigue practicándose y afectando a las niñas de algunas regiones. También informa sobre la creación de comités contra la mutilación genital femenina en todo el país y sobre la labor de un comité directivo nacional (párrs. 47 y 48). Sírvanse facilitar información sobre las evaluaciones de los efectos de las actividades de desarrollo de la capacidad, concienciación y campaña encaminadas a eliminar la mutilación genital femenina, las actitudes patriarcales persistentes y los estereotipos de género sobre los papeles y las responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad que sustentan prácticas nocivas, entre ellas el matrimonio infantil o forzado, la poligamia y la desigualdad de la mujer en cuanto a derechos de sucesión. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para ofrecer programas de rehabilitación a las víctimas de mutilación genital femenina. Informen también sobre las medidas adoptadas para prevenir el matrimonio infantil o forzado y la retirada de las niñas de las escuelas como medio para evitar el reclutamiento y la violencia sexual en los centros de instrucción del servicio militar/nacional.

Trata y explotación de la prostitución

Faciliten información sobre las políticas destinadas a combatir e impedir la trata de personas y proteger, asistir y proporcionar reparación y apoyo psicológicos a las mujeres y las niñas víctimas de la trata, teniendo en cuenta las circunstancias específicas de las mujeres y las niñas en las zonas rurales, las mujeres y las niñas con discapacidad y aquellas que corren riesgo de violencia por razón de género y matrimonio infantil o forzado. Indiquen el número de casos investigados y enjuiciados, las condenas y penas impuestas a los autores de la trata y las medidas establecidas, entre otras cosas, para detectar, identificar, proteger y asistir a las mujeres y las niñas víctimas de la trata y sensibilizar públicamente sobre la trata. Con respecto al párrafo 57, especifiquen si la prostitución se considera delito. Informen también sobre las medidas adoptadas para impedir la explotación sexual de mujeres y niñas, reducir la demanda de prostitución y ayudar a las mujeres que deseen abandonar esa actividad. Sírvanse facilitar información sobre las evaluaciones y la repercusión de las medidas relacionadas con las mujeres que ejercen la prostitución enumeradas en el párrafo 58.

Participación en la vida política y pública

Por favor, expliquen las medidas que se han tomado para celebrar elecciones libres y limpias a la Asamblea Nacional y otros órganos electos, garantizando que todas las mujeres puedan votar y presentarse como candidatas, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ERI/CO/5, párrs. 7 y 25) y en la carta de seguimiento enviada el 5 de septiembre de 2018. En relación con el párrafo 60, presenten información sobre las medidas adoptadas para aumentar la representación femenina en las asambleas regionales, en particular para alentar a las mujeres a que participen en la vida política y proporcionar a las candidatas asistencia financiera y formación con el fin de apoyar su derecho a presentarse a las elecciones. Faciliten también información sobre el marco legislativo electoral, en especial la creación y el funcionamiento de partidos políticos, y aclaren si la legislación incluye el principio de paridad en la composición de las listas electorales de los partidos políticos. El Estado parte informó sobre las elecciones locales que se estaban celebrando en todo el país (párr. 61). Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre los resultados de las elecciones, el porcentaje de mujeres elegidas, la aplicación de la cuota del 30 % prevista en el Decreto núm. 86 de 1996 y las medidas para apoyar a las mujeres elegidas. Asimismo, informen sobre las medidas adoptadas para garantizar la igualdad de participación y nombramiento de mujeres en el poder ejecutivo, incluido el servicio exterior, y judicial a todos los niveles, entre otras cosas mediante medidas especiales de carácter temporal.

Nacionalidad

El Estado parte afirma que no hay diferencias entre los hombres y las mujeres en relación con la nacionalidad y la ciudadanía (párr. 65). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas establecidas para garantizar la igualdad de las mujeres y los hombres con respecto a la adquisición, el cambio y la conservación de la nacionalidad y para permitir que las mujeres transmitan la nacionalidad a sus hijos y a sus cónyuges extranjeros. Se ruega que informen sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho de las mujeres a ejercer la doble nacionalidad y evitar su apatridia cuando intenten cambiar su nacionalidad por la de su cónyuge extranjero después del matrimonio. Según la información recibida por el Comité, la tasa de registro de los nacimientos es muy baja, a pesar de la legislación que prevé el registro obligatorio. Indiquen las medidas legislativas y prácticas que se hayan adoptado o previsto para conseguir que se registre a todos los niños, también en las zonas rurales, y proporcionen datos, desglosados por sexo y edad, sobre el número total de eritreos provistos actualmente de un carné de identidad válido.

Educación

El Estado parte informa del aumento general de la matriculación de niñas y niños en las escuelas preescolares y reconoce carencias en la tasa de matriculación de niñas a nivel de enseñanza primaria (párr. 68). También señala una tasa de deserción escolar en la enseñanza secundaria del 10,8 % de las niñas en 2016/17 (párr. 70). Faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar la matriculación universal de las niñas en la educación, garantizar su permanencia en todos los niveles educativos y eliminar todos los casos de deserción y repetición, en particular de las niñas que pertenecen a comunidades nómadas y minorías lingüísticas, religiosas y étnicas en las zonas rurales, atajando las causas profundas de la deserción de las niñas, como el embarazo precoz y el matrimonio infantil o forzado. Sírvanse informar sobre los presupuestos asignados para mejorar la infraestructura de las escuelas en las zonas rurales y garantizar la accesibilidad y la inclusión de las niñas con discapacidad, incluidos los internados. Proporcionen también información sobre las gestiones que se hayan emprendido para incluir en los planes de estudios escolares una educación obligatoria y adecuada a cada edad sobre salud y derechos sexuales y reproductivos, incluido el comportamiento sexual responsable. Informen acerca de las medidas específicas adoptadas para fomentar la diversidad de profesoras y profesores, entre otras cosas para abordar la baja representación de profesoras en todos los niveles educativos y la ausencia de mujeres en puestos directivos en la enseñanza secundaria y superior (párr. 80).

Empleo

Con respecto al párrafo 91 relativo a la tasa de empleo informal y la segregación ocupacional que afectan a las mujeres, presenten información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres tengan acceso al empleo formal y aumentar las oportunidades de empleo de las mujeres en ámbitos dominados tradicionalmente por los hombres, como son la ingeniería, la construcción y los estudios técnicos de agricultura, entre otras cosas a través de la formación profesional. Aporten datos sobre el número, la naturaleza y los resultados de las inspecciones de trabajo realizadas, en particular en el ámbito de la agricultura y el trabajo doméstico, y estadísticas actualizadas sobre el salario mínimo y la relación de empleo y desempleo, desglosadas por sexo, edad y zonas urbanas y rurales. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para incluir el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor en la legislación del Estado parte y velar por que se aplique en el sector privado. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para reconocer el acoso sexual como delito y evitar y combatir el acoso sexual en el lugar de trabajo. Informen también sobre el número de casos de discriminación contra las mujeres en el empleo llevados ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con arreglo al artículo 65 1) del Decreto sobre el Trabajo (núm. 118/2001).

Salud

Proporcionen información sobre las políticas públicas nacionales en el ámbito de la salud y el saneamiento, indicando cómo se incorpora la perspectiva de género, y los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la atención sanitaria a nivel nacional y regional. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad y disponibilidad de los servicios de asesoramiento en materia de salud sexual y reproductiva dirigidos a las mujeres y las niñas y las medidas adoptadas para mejorar el acceso a métodos anticonceptivos modernos, en particular garantizando la cobertura universal en el seguro médico estatal de todos los costos relacionados con dichos métodos. Informen sobre la incidencia del aborto en condiciones de riesgo y su repercusión en la salud de la mujer, incluida la mortalidad materna, en el Estado parte. Indiquen también si el Estado parte tiene previsto modificar su legislación para despenalizar el aborto y legalizarlo en los casos en que corra riesgo la vida o la salud de la mujer o la niña embarazada y en los casos de violación, incesto o malformación fetal grave.

Empoderamiento económico de las mujeres

La información disponible indica una tasa de pobreza en el Estado parte del 69 %. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para abordar e incorporar las dimensiones de género de la pobreza en las políticas públicas, en particular en los planes o estrategias nacionales de desarrollo para luchar contra la pobreza. Sírvanse informar también sobre las estrategias orientadas a desarrollar y sostener regímenes de protección social para las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres, entre otros en el sector agrícola. Informen asimismo al Comité sobre las medidas adoptadas para facilitar a las mujeres el acceso al crédito y los préstamos y fomentar el emprendimiento. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y las niñas musulmanas disfruten del mismo acceso que los hombres a la tierra y los recursos productivos (CEDAW/C/ERI/CO/5, párr. 37 b)).

Grupos de mujeres desfavorecidas

Se ruega que presenten información sobre los siguientes aspectos:

a)Medidas adoptadas para aumentar el registro y la distribución de las tierras y la participación de las mujeres como propietarias de explotaciones y cooperativas, informar a las mujeres rurales de sus derechos a la propiedad y el uso de la tierra, y empoderarlas para reclamar esos derechos;

b)Marcos legislativos y normativos para garantizar evaluaciones del impacto y medidas para evitar la repercusión negativa de los proyectos a gran escala, incluidas las actividades mineras, en las mujeres rurales y ganaderas;

c)Medidas establecidas para empoderar a las mujeres y las niñas con discapacidad, eliminar la discriminación contra ellas y asegurar su inclusión y disfrute de todos los derechos con arreglo a la Convención, en particular la capacidad jurídica, el acceso a la justicia, los mecanismos para evitar y combatir la violencia contra las mujeres por razón de género, y el acceso a la educación inclusiva, el empleo y los servicios de salud, incluidos los derechos sexuales y reproductivos, en consonancia con la recomendación general núm. 18 del Comité sobre las mujeres discapacitadas;

d)Evaluaciones de la situación de las niñas y mujeres refugiadas y solicitantes de asilo, incluidas aquellas que se encuentran en campamentos de refugiados, y medidas para garantizar la seguridad de las mujeres que han sido devueltas desde terceros países.

Cambio climático

Según la información disponible, el Estado parte es vulnerable a los efectos adversos del cambio climático y las sequías y el 59 % de la población vive en tierras degradadas. Sírvanse proporcionar información sobre la participación de las mujeres en todos los procesos de toma de decisiones relativas a la reducción del impacto del cambio climático. Proporcionen también información sobre si se ha incorporado una perspectiva de género en el marco del país para la adaptación al cambio climático y la reducción del riesgo de desastres.

Matrimonio y relaciones familiares

Habida cuenta de que el matrimonio de personas menores de 18 años constituye un delito en virtud del artículo 607 del Código Civil de Transición de Eritrea, expliquen cómo se ha vigilado el cumplimiento de esta disposición en relación con los matrimonios celebrados con arreglo al derecho consuetudinario y la sharía y sobre la reparación ofrecida a las niñas que han contraído matrimonio infantil o forzoso. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para abolir la poligamia y velar por que el marco jurídico relativo al matrimonio y las relaciones familiares garantice que las mujeres y los hombres tengan los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio, tras su disolución y en todos los asuntos de familia, en especial la herencia, los derechos de propiedad y la custodia infantil, y que sea aplicable a todas las mujeres, incluidas las musulmanas. Sírvanse informar sobre el actual régimen de propiedad en caso de disolución del matrimonio, incluidas las medidas para reconocer las contribuciones no financieras de las mujeres a los bienes gananciales, y sobre las medidas para garantizar que las mujeres disfruten de una parte igualitaria de la herencia y de su igualdad de derechos como testadoras, herederas o beneficiarias.

Recopilación de datos y estadísticas

En el párrafo 34 se indica el compromiso de todos los ministerios y asociaciones de recoger datos desglosados por género, edad, origen étnico, discapacidad y zonas rurales y urbanas. Aporten información sobre las medidas que se estén adoptando para garantizar la recopilación sistemática de datos completos desglosados por sexo, edad, género, origen étnico, localización geográfica e indicadores cuantificables con el fin de evaluar la situación de las mujeres y las niñas en el Estado parte, entre otras cosas para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y la repercusión de las medidas jurídicas y de políticas destinadas a acabar con la discriminación contra las mujeres y lograr la igualdad sustantiva.