61º período de sesiones

2 a 24 de julio de 2015

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos séptimo y octavo combinados de España

Contexto general

1.El Estado parte proporciona información sobre los efectos de la crisis económica en el trabajo doméstico remunerado y la incorporación de una perspectiva de género (CEDAW/C/ESP/7-8, párr. 75),las mujeres en la fuerza de trabajo (párr. 173) y la protección de las mujeres contra la violencia (párr. 318). Fuentes alternativas indican que se han realizado enormes recortes en los presupuestos en los ámbitos de la salud, la educación, la integración social ―de las poblaciones romaníes y los migrantes entre otros― y en todas las instituciones, programas, proyectos y actividades relacionados con la igualdad entre los géneros a nivel central, regional y local, así como en la asistencia oficial para el desarrollo prestada por España. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los efectos que ha tenido la crisis financiera en cada uno de los mencionados presupuestos y en las medidas destinadas a combatir la pobreza y mejorar la condición jurídica y social de la mujer. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para llevar a cabo un análisis de las consecuencias en función del género de dichos recortes, hacer frente a sus efectos desproporcionados sobre las mujeres y corregir o mitigar el impacto de la crisis económica en las mujeres.

Reservas

2.Sírvanse indicar si el Estado parte contempla la posibilidad de retirar su declaración relativa a la sucesión a la Corona española.

Marco constitucional, legislativo e institucional

3.Según se indica, en el momento en el que se elaboró el informe se había elaborado un proyecto de plan estratégico de igualdad de oportunidades para 2013-2016, el cual iba a ser sometido a consulta del Consejo de Participación de la Mujer y, finalmente, aprobado por el Consejo de Ministros (párr. 39). El Estado parte y otras fuentes alternativas facilitan información sobre la insuficiente aplicación de varias leyes y/o mencionan la existencia de importantes disparidades regionales en cuanto a su aplicación. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación actual del plan estratégico y su aplicación. Indiquen las medidas adoptadas para garantizar que se proporcione formación integral en materia de derechos humanos, especialmente sobre igualdad entre los géneros, a todo el personal jurídico, judicial, social, médico, docente y de las fuerzas del orden en todos los niveles de la estructura del Estado parte y en todo su territorio.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

4.Sírvanse informar sobre las medidas específicas adoptadas para coordinar las políticas y mecanismos a nivel central, regional y local con el fin de lograr la aplicación plena y uniforme de la Convención en todo el territorio del Estado parte. Sírvanse facilitar información sobre la coordinación entre el Instituto de la Mujer y los ministerios encargados de las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los géneros, el empoderamiento de la mujer y la lucha contra la violencia tanto a nivel central como regional. Sírvanse indicar los recortes de presupuesto impuestos al Instituto y explicar la ampliación de su papel a otras formas de discriminación y el riesgo de que su principal objetivo se debilite. Sírvanse explicar cuáles son los vínculos existentes entre el Instituto, el Observatorio de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres y el Defensor del Pueblo a la hora de elaborar estudios, proponer proyectos de leyes y llevar casos ante los tribunales.

Medidas especiales de carácter temporal

5.El Estado parte proporciona buenos ejemplos, como los contenidos en el párrafo 52, de medidas especiales de carácter temporal a fin de acelerar la realización práctica de la igualdad de facto entre las mujeres y los hombres, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité sobre medidas especiales de carácter temporal. No obstante, otros ejemplos, como los contenidos en los párrafos 53 y 54, pueden considerarse medidas de política social a largo plazo y no medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse indicar los obstáculos a la aplicación de dichas medidas especiales de carácter temporal, incluidas las medidas de índole legislativa y administrativa, los programas de divulgación y apoyo, la asignación de recursos y la creación de incentivos, la determinación de metas en materia de contratación y la fijación de objetivos y cuotas con plazos determinados, en los ámbitos en los que las mujeres estén insuficientemente representadas o desfavorecidas y en los sectores público y privado, conforme a las recomendaciones formuladas por el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ESP/CO/6, párr. 16). Sírvanse también indicar cuáles han sido los resultados obtenidos gracias a las medidas especiales de carácter temporal puestas en práctica.

Estereotipos y prácticas nocivas

6.Se indica que, en el momento de la preparación del informe, se habían presentado 28 resoluciones no vinculantes y dos informes sobre el grado de cumplimiento a la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados. Los principales temas abordados por dichas resoluciones fueron los estereotipos en la imagen de las mujeres, su tratamiento en los medios de comunicación, la promoción de juegos infantiles no sexistas en el ámbito escolar, mujeres y deporte y reducción de la brecha digital entre mujeres y hombres (párr. 32). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la actual situación de las mencionadas resoluciones, su impacto y los resultados obtenidos tras su aplicación a nivel nacional, regional y local.

7.Se indica que se firmaron sendos convenios con el Ente Público Radio Televisión Española (RTVE) para promover un tratamiento no discriminatorio hacia las mujeres (párr. 66) y se llevaron a cabo campañas publicitarias y otras actividades de concienciación (párrs. 70 y 71). Sírvanse proporcionar información sobre la evaluación de dichas campañas y actividades, los retos encontrados y los resultados obtenidos en relación con el cambio de actitudes sociales y la erradicación de la violencia. El Estado parte reconoce la persistencia de estereotipos de género en la ciencia, el deporte, el arte y las actividades culturales (párrs. 235-242), así como la existencia de diferencias notables en las actividades extracurriculares y en la elección de los itinerarios educativos para niñas y niños (párr. 64), facilitando algunos ejemplos de las medidas adoptadas por las comunidades autónomas para eliminar estos estereotipos. Sírvanse informar sobre las medidas coordinadas adoptadas a nivel nacional para revisar los libros de texto y los planes de estudios con el fin de incrementar la participación de las mujeres y las niñas en la ciencia, el deporte, el arte y las actividades culturales, así como las opciones educativas libres de estereotipos. Sírvanse indicar si los recortes de presupuesto del Ministerio de Educación han seguido la práctica de incorporar la perspectiva de género en la elaboración de presupuestos mencionada en el párrafo 78.

Violencia contra la mujer

8.Sírvanse señalar cuáles son los recursos y estructuras que se encuentran a disposición de las mujeres víctimas de la violencia, especialmente de las mujeres con discapacidad y de las mujeres y niñas migrantes y romaníes, en las comunidades autónomas tras la aplicación de los recortes de presupuesto. Sírvanse también indicar si se han llevado a cabo estudios o evaluaciones de las medidas adoptadas hasta la fecha y si el actual sistema garantiza a todas las mujeres y niñas, sobre todo aquellas que pertenecen a los grupos mencionados anteriormente, protección y acceso suficientes a la justicia y a todos los demás servicios, tales como albergues, servicios sociales y asesoramiento jurídico y psicológico, en todo el territorio del Estado parte. A la luz del dictamen del Comité en la comunicación núm. 47/2012, González Carreño c. España, sírvanse indicar si la violencia ejercida por un padre es tomada en consideración en los procesos judiciales relativos a la custodia de los hijos y el derecho de visita, si se está impartiendo formación a los funcionarios judiciales y administrativos encargados de dichos casos, y si se ha reforzado el marco jurídico.

9.Se indica que el porcentaje de mujeres víctimas mortales de la violencia de género que no denuncian su situación es muy elevado y se sitúa casi de modo constante en el 81% (párr. 306). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para identificar y combatir las causas fundamentales de los numerosos casos de homicidios en las relaciones de pareja. Sírvanse explicar cómo el Estado parte hace frente a la discriminación estructural relacionada con los estereotipos de género en el poder judicial que impide que la mujer pueda acceder a la justicia, en relación con la tramitación de sus casos, el procesamiento y la imposición de la pena a los autores y la reparación a las víctimas.

10.El Estado parte hace referencia a distintas formas de violencia contra la mujer, entre ellas la violencia en el seno de la pareja, la trata, la explotación, el abuso, las agresiones sexuales, la mutilación genital femenina, los delitos contra el honor y los matrimonios forzados (párr. 301), pero no se centra en cada una de esas formas de violencia. Sírvanse facilitar información y datos, desglosados por región, sobre la prevalencia y las tendencias de las formas de violencia contra la mujer mencionadas anteriormente, junto con información detallada recabada desde el examen del informe anterior sobre el número de casos denunciados, de procesamientos, de sentencias condenatorias a los perpetradores y de sentencias impuestas a los mismos, y de la relación existente entre los autores y las víctimas.

Trata y explotación de la prostitución

11.Según fuentes alternativas, el Estado parte ocupa el segundo lugar en Europa en lo que respecta al número de casos de trata de personas y prostitución forzada. Se indica que el Estado parte tenía previsto adoptar, en el segundo trimestre de 2013, un instrumento exhaustivo para hacer frente a la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual (párr. 95 a)). Sírvanse facilitar información actualizada sobre la situación actual de este instrumento e indicar cómo se coordinará su aplicación con el Plan Policial contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual. Sírvanse señalar si se han alcanzado los objetivos del plan anterior. Asimismo, sírvanse indicar si la lucha contra la trata de personas y la prostitución forzada son prioridades del Gobierno y si los recursos asignados son acordes con la tarea que se va a llevar a cabo.

12.Se facilita información limitada sobre las actuales disposiciones jurídicas en relación a la prostitución y sobre su aplicación, especialmente con respecto a las mujeres migrantes carentes de condición jurídica que pueden caer en la prostitución víctimas de la trata (párr. 98). Sírvanse indicar si la obtención de un permiso de trabajo o de residencia para estas mujeres víctimas de la trata está supeditado a su colaboración con la policía o si dichos procesos se desarrollan de forma independiente. Sírvanse también indicar si se ha adoptado alguna medida para prevenir la trata y la explotación de la prostitución, por ejemplo, disminuyendo la demanda con fines de prostitución. Sírvanse facilitar información detallada adicional sobre la explotación laboral de las trabajadoras migrantes y de las víctimas del trabajo doméstico forzado y abusivo.

Participación en la vida política y pública

13.Sírvanse proporcionar información sobre nuevas medidas orientadas a incrementar la participación de las mujeres en la vida política y pública, en concreto las medidas especiales de carácter temporal para acelerar la consecución de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los puestos de adopción de decisiones, especialmente entre las autoridades políticas a nivel regional y local. Sírvanse también informar sobre la Ley 27/2013, recientemente aprobada, y sobre su impacto en la participación de la mujer en la vida política y pública a nivel local. Sírvanse señalar qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar con el objetivo de aumentar el reducido número de mujeres que desempeñan puestos de adopción de decisiones en el sector privado y en empresas públicas.

Educación

14.Según se indica, existen diferencias entre las especialidades en la educación y las mujeres representan solamente el 26,4% de los estudiantes de ingeniería y arquitectura y el 9,8% en las enseñanzas deportivas (párrs. 141 y 142). También se reconoce que los estereotipos están presentes en la elección de itinerarios educativos y que las mujeres están excesivamente representadas en sectores tradicionalmente feminizados, pero están insuficientemente representadas en sectores como la informática, la construcción, las obras públicas, la electricidad o la electrónica (párr. 64). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, para fomentar los ámbitos de estudio no tradicionales entre las mujeres y niñas y los hombres y niños. Según fuentes alternativas, se ha suspendido la enseñanza de la asignatura de educación para la ciudadanía, que, según el informe del Estado parte, se sigue impartiendo y es la única asignatura destinada a todos los estudiantes de educación primaria y secundaria que trata cuestiones relativas a los derechos humanos y el respeto del prójimo. Sírvanse informar sobre la situación actual de dicha asignatura. Sírvanse señalar si las medidas contenidas en los párrafos 72 y 74 han generado los resultados esperados y si se están aplicando medidas nuevas y diferentes. Proporcionen asimismo información sobre las medidas adoptadas, si las hubiere, para garantizar que las niñas romaníes que obtengan resultados significativamente mejores que los de los niños romaníes al acabar la enseñanza primaria tengan más oportunidades de matricularse en la enseñanza secundaria.

Empleo

15.Se reconoce que las mujeres desempeñan puestos de trabajo que exigen menores niveles de cualificación y acceden en menor cuantía que los hombres a los puestos de alta responsabilidad y ello a pesar de que sus niveles educativos son, en general, superiores, y que una gran proporción de mujeres trabaja en el sector de los servicios (párrs. 180 y 181). Se indica asimismo que, en el momento de la preparación del informe, se encontraba en fase de elaboración un plan especial para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y contra la discriminación salarial (párr. 190). Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, para eliminar la segregación ocupacional vertical y horizontal y garantizar que el mayor rendimiento escolar de las niñas y las mujeres se traduzca en mejores oportunidades de empleo. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación actual del plan especial y sus objetivos relativos a la situación de las mujeres en el empleo en los ámbitos público y privado. Sírvanse especificar también si las medidas presentadas en los párrafos 191 a 198 se han evaluado y adoptado. Expliquen asimismo si se ha vigilado el cumplimiento del plan de acción mencionado en el párrafo 199 tal y como se especifica en el mismo, y cuáles han sido los resultados de dicha vigilancia.

16.Se indica que el 24,5% de las mujeres que trabajan lo hacen a tiempo parcial, frente al 6,6% de los hombres, y que las mujeres tienen una mayor proporción de contratos temporales que los hombres (párr. 176). Se señala asimismo que en la Ley 11/2013, relativa a las medidas de apoyo a los emprendedores, estímulo del crecimiento y creación de empleo, se establecen medidas referentes a la reducción de las cuotas a la seguridad social, la capitalización de la prestación por desempleo y la transformación de contratos temporales suscritos con mujeres jóvenes en contratos indefinidos (párr. 52). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los efectos de dicha ley en el empleo y el emprendimiento de las mujeres. Sírvanse también informar sobre otras medidas adoptadas para reducir el desempleo entre las mujeres y su subempleo en los sectores tradicionalmente dominados por mujeres y sobre las medidas adoptadas para incrementar las oportunidades de empleo de las mujeres, incluidas las mujeres migrantes y las mujeres romaníes.

Salud

17.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas destinadas a reducir las tasas de embarazos no deseados mediante la mejora de la accesibilidad, la disponibilidad y la asequibilidad de los servicios de salud sexual y reproductiva, entre ellos la información y los servicios relacionados con la planificación familiar, de conformidad con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/ESP/CO/6, párr. 26). Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para modificar la legislación vigente relativa al aborto, en concreto sobre las medidas destinadas a imponer la patria potestad a las niñas de 16 a 18 años de edad que desean abortar legalmente. Sírvanse también informar al Comité sobre la situación del recurso presentado ante el Tribunal Constitucional relativo a la constitucionalidad de la Ley Orgánica 2/2010 (párr. 216). Sírvanse explicar si a las mujeres migrantes carentes de condición jurídica se les deniega el acceso a los servicios sanitarios y sociales incluso cuando son víctimas de la violencia o de la trata (párr. 218).

Beneficios económicos y sociales

18.Indiquen las razones por las que las pensiones contributivas y no contributivas que perciben las mujeres son mucho más bajas que las percibidas por los hombres (párrs. 228-231). Si el motivo está relacionado con las actividades asistenciales que desempeñan las mujeres durante los años previos a su jubilación, expliquen qué medidas se adoptan o se prevén para equilibrar esta diferencia. Indiquen asimismo si los cambios en la legislación recogidos en el párrafo 232 representan incrementos o disminuciones de los beneficios, los permisos y las pensiones de que se trate. Sírvanse aclarar las modificaciones introducidas en la Ley General de la seguridad social (párr. 234) e indicar si dichas modificaciones han tenido efectos positivos o negativos en los beneficios sociales y económicos de las mujeres.

La mujer rural

19.Según se indica, más del 70% de los propietarios de las explotaciones agrarias son hombres (párr. 255). Sírvanse facilitar información actualizada sobre la aplicación de la Ley 35/2011 relativa a la titularidad compartida de las explotaciones agrícolas y sobre los resultados logrados tras su aplicación a nivel nacional y local. Sírvanse señalar también los resultados por y para las mujeres del plan estratégico para la igualdad de género en el desarrollo sostenible del medio rural para el período 2011-2014 y del programa de desarrollo rural sostenible para el período 2010-2014 mencionados en el párrafo 263, así como de los resultados de la colaboración del Instituto de la Mujer con el programa Aurora (párr. 264).

Grupos de mujeres desfavorecidas

20.Se mencionan numerosas medidas legislativas y de otro tipo destinadas a mejorar la situación de las mujeres migrantes, incluidas las mujeres que carecen de condición jurídica (párrs. 196-197, 226 and 293) y las mujeres romaníes (párrs. 295-297); no obstante los recortes de presupuesto y las últimas revisiones legislativas pueden socavar dichos progresos. Indiquen las medidas adoptadas para prevenir la explotación de las trabajadoras migratorias en la agricultura y para garantizar que tengan viviendas y condiciones de trabajo dignas, un salario mínimo fijado y acceso a los servicios de atención a la salud y otros servicios. Sírvanse señalar si las diversas medidas adoptadas para empoderar a las mujeres migrantes y las mujeres romaníes e incrementar su acceso a la educación, la atención a la salud, el empleo y los servicios para las víctimas de la violencia se han reducido o eliminado como consecuencia de los recortes financieros.

21.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto adoptar medidas sustitutivas a la detención por actividades delictivas no violentas cometidas por mujeres, tomando en consideración que tiene la mayor proporción de mujeres detenidas de Europa, cuya detención se debe, en la mayoría de los casos, a cargos relacionados con el uso indebido de drogas.

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

22.Sírvanse proporcionar:

a)Datos estadísticos recientes, desglosados por sexo y ubicación geográfica, sobre los refugiados y solicitantes de asilo y sobre el número y la calidad de los centros de acogida que tienen a su disposición, así como información acerca de las solicitudes de asilo basadas en la persecución por razón de género;

b)Información sobre si se proporciona capacitación y directrices a los agentes del orden y la guardia fronteriza sobre cómo abordar los casos de persecución por razón de género y cómo proporcionar protección a las mujeres y niñas refugiadas y solicitantes de asilo;

c)Información sobre las medidas puestas en práctica para establecer un procedimiento de concesión de asilo imparcial y eficiente en Ceuta y Melilla, garantizando el cumplimiento de los plazos legales y el traslado de los solicitantes de asilo al continente sin demora, y adoptando las medidas necesarias para proteger a las mujeres y niñas refugiadas y solicitantes de asilo;

d)Información sobre las medidas adoptadas con miras a elaborar planes de contingencia para la preparación al objeto de garantizar un tratamiento adecuado en los enclaves y en la costa de España durante las llegadas en masa por tierra y por mar, incluida capacidad suficiente para identificar las necesidades de protección y remitir a las personas que necesitan protección internacional al procedimiento para conceder el asilo, tomando en consideración las necesidades específicas de las mujeres y las niñas.