Lista de cuestiones y preguntas previas a la presentación del noveno informe periódico de España *

Para vigilar la aplicación de la Convención, se necesitan información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, discapacidad, origen étnico, religión y ubicación geográfica, sobre la situación actual de las mujeres en el Estado parte. De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, y a la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/ESP/CO/7-8), indíquese cómo tiene previsto el Estado parte mejorar la recopilación y el análisis de los datos relativos a las esferas que abarca la Convención con el fin de respaldar la formulación de políticas y la elaboración de programas y evaluar los progresos realizados en la aplicación de la Convención y en la promoción de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en particular en lo que respecta a las esferas concretas que se examinan en el presente documento.

Visibilidad de la Convención

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar la visibilidad de la Convención, el Protocolo Facultativo y las recomendaciones generales del Comité, y garantizar que las disposiciones de la Convención sean aplicadas por todos los poderes públicos y la judicatura como marco para las leyes, decisiones judiciales y políticas sobre la igualdad entre los géneros y los derechos de la mujer. Sírvanse también describir qué medidas se han adoptado para que las mujeres conozcan mejor sus derechos con arreglo a la Convención y las vías de recurso de que disponen para denunciar las violaciones de esos derechos, y velar por que la información sobre la Convención, el Protocolo Facultativo y las recomendaciones generales del Comité se facilite a todas las mujeres, incluidas las que viven en zonas rurales y las migrantes. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para aplicar las opiniones del Comité en la comunicación núm. 47/2012, González Carreño c. España (CEDAW/C/58/D/47/2012).

Sírvanse proporcionar información sobre la situación actual de la educación jurídica y la capacitación periódica de funcionarios gubernamentales, magistrados, abogados, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre la Convención y su aplicación y sobre el Protocolo Facultativo.

Reservas y declaraciones

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para retirar su declaración a la Convención relativa a la sucesión en la Corona española, a fin de que las mujeres puedan ocupar el trono.

Mecanismos nacionales para el adelanto de las mujeres

Se ruega facilitar información sobre el porcentaje del presupuesto nacional destinado al mecanismo nacional para el adelanto de las mujeres y sobre las iniciativas orientadas a garantizar la incorporación sistemática de la perspectiva de género en la elaboración y aplicación de la totalidad de las leyes, los reglamentos y los programas del conjunto de los ministerios y en las estructuras gubernamentales y legislativas descentralizadas, en particular mediante mecanismos eficaces de seguimiento y rendición de cuentas. Sírvanse indicar también si los recursos asignados al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades han aumentado para garantizar que se insista especialmente en los derechos de la mujer y se incorpore una perspectiva de género en todas sus actividades. Sírvanse indicar además si se ha restablecido el Ministerio de Igualdad y se le han facilitado los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para cumplir su mandato. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para definir claramente los mandatos y responsabilidades de las comunidades autónomas y la administración central en relación con los derechos de la mujer. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas adoptadas para fortalecer su coordinación, e indicar si esa coordinación se supervisa y evalúa periódicamente.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para familiarizar a todos los funcionarios y encargados de la formulación de políticas pertinentes con el concepto de medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la Recomendación general núm. 25 (2004) del Comité sobre las medidas especiales de carácter temporal, e indicar si se han adoptado y aplicado medidas con objetivos y metas con plazos definidos. Sírvanse describir cómo aborda el Estado parte las causas profundas de la aplicación insatisfactoria de las medidas especiales de carácter temporal vigentes y si ha introducido disposiciones en su legislación para alentar la aplicación de esas medidas tanto en el sector público como en el privado. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas especiales de carácter temporal adoptadas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en todas las esferas en que las mujeres, incluidas las mujeres romaníes, las mujeres con discapacidad, las mujeres migrantes y solicitantes de asilo y las lesbianas, bisexuales y transexuales, así como las personas intersexuales, siguen estando en situación de desventaja o insuficientemente representadas, por ejemplo en la vida política y pública, la educación y el empleo.

Estereotipos

Sírvanse informar si se ha establecido una estrategia general con medidas proactivas y sostenidas para eliminar los estereotipos de género discriminatorios, e indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para revisar su legislación relativa a la educación. Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado programas específicos en el sistema educativo, ha revisado los libros de texto y los planes de estudio y ha realizado campañas de sensibilización para eliminar los estereotipos discriminatorios contra las mujeres y los hombres en general. A ese respecto, sírvanse describir qué medidas innovadoras destinadas a los medios de comunicación y el sistema educativo se han adoptado para aumentar la comprensión del concepto de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y promover una imagen positiva y no estereotipada de la mujer. Sírvanse también proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para dar a conocer y supervisar y examinar los efectos de dichas políticas. Por último, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos que afectan a las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero y las personas intersexuales.

Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para lograr la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y combatir los estereotipos tradicionales relativos a las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. Sírvanse proporcionar información sobre el estado de la aprobación y la aplicación intersectorial efectiva del plan estratégico sobre la igualdad entre los géneros para el período 2018-2021. Sírvanse describir también si el plan cuenta con mecanismos de supervisión eficaces y los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su aplicación satisfactoria, a fin de garantizar a las mujeres acceder plenamente a sus derechos y disfrutar de ellos.

Violencia por razón de género contra la mujer

De conformidad con las disposiciones de la Convención y la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité sobre la violencia de género contra la mujer, que actualiza la recomendación general núm. 19, sírvanse proporcionar información actualizada sobre si se ha revisado la legislación del Estado parte sobre la violencia contra la mujer para incluir todas las formas de violencia de género, incluida la violencia por parte de cuidadores, la violencia policial y la violencia en los espacios públicos, los lugares de trabajo y las escuelas. Sírvanse explicar también en detalle las medidas adoptadas para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y velar por que las mujeres víctimas de la violencia tengan acceso a medios inmediatos de reparación y protección y que los autores sean enjuiciados y debidamente castigados. En este contexto, sírvanse proporcionar información sobre la aplicación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado en 2017, para el período comprendido entre 2018 y 2022, e indicar si se asignan recursos suficientes para su aplicación y si se han establecido mecanismos de supervisión para evaluar su repercusión. Sírvanse proporcionar información sobre los programas ejecutados por el Estado parte para prevenir o eliminar la práctica de la mutilación genital femenina.

Sírvanse indicar si el Estado parte ha dispuesto cursos obligatorios para los jueces, los fiscales, los agentes de policía y otros agentes del orden sobre la Convención y su Protocolo Facultativo y sobre la estricta aplicación de las disposiciones penales relativas a la violencia contra la mujer, y sobre procedimientos que tengan en cuenta el género para entrevistar y tratar a las mujeres que son víctimas de violencia. Sírvanse especificar qué medidas se han adoptado para alentar a las mujeres a que denuncien los casos de violencia doméstica y sexual a las autoridades encargadas del cumplimiento de la ley. Sírvanse describir las medidas adoptadas para proporcionar asistencia y protección a las mujeres víctimas de la violencia, incluso proporcionando suficientes centros de acogida, en particular en las zonas rurales, y mejorando la cooperación con las organizaciones no gubernamentales que ofrecen servicios de acogida y rehabilitación para las víctimas. En ese contexto, sírvanse indicar si se asignan suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a los servicios de atención integral a las mujeres que son víctimas de violencia de género para garantizar la eficiencia de dichos servicios, e indicar si son accesibles e inclusivos. Sírvanse proporcionar datos sobre los casos de violencia de género, incluida la violencia doméstica, desglosados por tipo de delito, edad, sexo, discapacidad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor, incluido el número de víctimas que murieron como resultado de esos actos de violencia. Sírvanse indicar el número de denuncias presentadas, cuántas han sido investigadas, cuántas han dado lugar a enjuiciamientos y condenas y las penas impuestas a los autores. Sírvanse indicar las medidas que se utilizan para tener en cuenta la edad, el género y la discapacidad en el diseño, la elaboración, la aplicación y el seguimiento de los programas y políticas públicos sobre la prevención de la violencia por razón de género. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas adoptadas para asegurar que la Ley orgánica núm. 1/2004, de 28 de diciembre de 2004, establece medidas de protección integrales contra la violencia de género. Sírvanse facilitar datos sobre la violencia contra las mujeres con discapacidad, en particular sobre las muertes, y sobre las mujeres y sus hijos que sufren discapacidad como resultado de esos actos de violencia.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los resultados del plan integral de lucha contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual para 2015-2018, e indicar si el Estado parte elaborará una nueva estrategia integral. Sírvanse explicar las medidas adoptadas para velar por que todos los casos de trata de mujeres y niñas sean investigados, e informar de la protección y el apoyo brindados a las víctimas de la trata. Sírvanse describir también las medidas adoptadas para ampliar los centros de servicios a las víctimas a todas las regiones y ciudades autónomas. Según la información de que dispone el Comité, el Estado parte carece de una legislación integral contra la trata que aborde todas las formas de trata de personas. A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 23 a)), sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado legislación integral contra la trata desde una perspectiva de género y una definición explícita de la trata de personas de conformidad con las normas internacionales. Sírvanse explicar también las medidas adoptadas por el Estado parte para intensificar la cooperación bilateral, regional e internacional a fin de prevenir la trata y enjuiciar a los tratantes.

Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado un enfoque amplio para hacer frente a la explotación de la prostitución. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas y estadísticas actualizadas sobre el número de albergues, centros de crisis y programas de salida y reintegración, así como oportunidades alternativas de generación de ingresos para las mujeres que deseen abandonar la prostitución. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para reducir la demanda de prostitución. A ese respecto, sírvanse indicar si se ha adoptado una definición amplia de proxenetismo para velar por el adecuado enjuiciamiento de quienes explotan la prostitución. Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para garantizar la financiación suficiente y sostenible de las organizaciones de la sociedad civil que prestan servicios fundamentales para la rehabilitación y reinserción de las víctimas de la trata en todo el Estado parte.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse describir las medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en la vida política y pública a todos los niveles. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para desarrollar la capacidad de las candidatas y aumentar su acceso a la financiación electoral para que puedan competir efectivamente con sus homólogos masculinos. Sírvanse indicar si el Estado parte ha llevado a cabo actividades de sensibilización para los políticos, los líderes comunitarios, los periodistas y el público en general sobre la importancia de la participación de las mujeres en la adopción de decisiones, como requisito para la plena aplicación de la Convención.

Nacionalidad

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres españolas puedan transmitir la nacionalidad a sus maridos e hijos. Asimismo, sírvanse informar al Comité si en el Estado parte las mujeres pueden cambiar su nacionalidad al contraer matrimonio o por elección voluntaria y si existe la posibilidad de la doble residencia.

Educación

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para ofrecer formación específica y opciones académicas y profesionales diversificadas a mujeres y hombres. Sírvanse también describir las medidas adoptadas para alentar a las mujeres y los hombres a elegir ámbitos de formación y trayectorias profesionales no tradicionales. Sírvanse describir las medidas adoptadas para impartir a niñas y niños, como parte del plan de estudios escolar ordinario, enseñanza obligatoria, integral y adaptada a su edad sobre salud y derechos sexuales y reproductivos, en particular sobre el comportamiento sexual responsable y la prevención de los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual, a cargo de personal debidamente capacitado. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas adoptadas para velar por que todos los alumnos con discapacidad, independientemente de sus características personales, tengan acceso a oportunidades de aprendizaje inclusivas en el sistema ordinario de enseñanza, incluido el acceso a servicios de apoyo, según sea necesario. Según la información de que dispone el Comité, la tasa de asistencia escolar de las niñas romaníes es baja y la tasa de deserción escolar, desproporcionadamente alta. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para retener a las niñas romaníes en la escuela y aumentar su matriculación con medidas como becas y el suministro gratuito de libros de texto.

Empleo y empoderamiento económico

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para revisar la legislación y las políticas del Estado parte a fin de promover la igualdad de oportunidades y la igualdad de trato de la mujer en el empleo, incluidas las oportunidades de carrera, y para limitar la concentración de mujeres en trabajos segregados y precarios. Sírvanse indicar además los progresos realizados en el restablecimiento de los fondos para la aplicación de la Ley Núm. 39/2006 sobre la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia. Sírvanse explicar en detalle las medidas específicas y proactivas adoptadas para eliminar la disparidad salarial por razón de género y crear más oportunidades para que las mujeres tengan acceso a empleos a tiempo completo, así como para luchar contra la segregación ocupacional horizontal y vertical. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, incluso para las mujeres con discapacidad en los centros especiales de empleo.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para lograr la participación plena e igualitaria de las mujeres en la adopción de decisiones en el ámbito económico, en particular en los directorios de las grandes empresas. A ese respecto, sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas especiales de carácter temporal para acelerar la participación en pie de igualdad de las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos en el mercado laboral, incluidas las mujeres migrantes, las mujeres romaníes, las madres solteras, las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas y de otra índole adoptadas para promover el empleo de las mujeres con discapacidad, en particular las oportunidades de empleo para las mujeres en el mercado laboral ordinario y en empresas en el sector de la producción.

Salud

De conformidad con el artículo 12 de la Convención y la Recomendación general núm. 24 del Comité (1999), sobre las mujeres y la salud, sírvanse describir las medidas adoptadas para aplicar el Real Decreto legislativo Núm. 7/2018, por el que se restableció el acceso universal a la atención de la salud y los recursos financieros asignados para su aplicación, y describir la repercusión del acceso a la atención de la salud para las mujeres. Sírvanse también proporcionar datos actualizados sobre el acceso a la atención de la salud de los grupos de mujeres que quedaron excluidas de la atención sanitaria en virtud del Real Decreto Legislativo Núm. 16/2012, como las mujeres migrantes. Sírvanse describir las medidas adoptadas para derogar el artículo 156 de la Ley orgánica Núm. 10/1995 para abolir completamente la esterilización, el tratamiento médico y la investigación de todas las mujeres con discapacidad, sin el consentimiento pleno e informado de las interesadas. Sírvanse proporcionar información sobre el estado del proyecto de ley sobre el derecho al aborto de las niñas de entre 16 y 18 años de edad. Sírvanse asimismo indicar cómo el Estado parte garantiza la prestación de servicios adecuados de atención de la salud y tratamiento a todas las mujeres que viven con el VIH/sida.

Sírvanse describir las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar que las mujeres tengan acceso a servicios de salud sexual y reproductiva y servicios de aborto en condiciones de seguridad, y proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar las disparidades y garantizar la accesibilidad, disponibilidad y asequibilidad de los métodos anticonceptivos de emergencia para todas las mujeres y adolescentes del Estado parte. Sírvanse formular observaciones sobre los informes relativos a los malos tratos infligidos a las mujeres que solicitan servicios de salud sexual y reproductiva, e indicar qué medidas se han adoptado para salvaguardar el acceso a esos servicios, en particular con respecto al aborto en condiciones de seguridad, en el Estado parte. Sírvanse explicar las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y las adolescentes con discapacidad tengan acceso a la atención de la salud, así como a información y comunicaciones relativas a la prestación de servicios de salud. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas que se han adoptado para capacitar al personal sanitario, en particular sobre salud y derechos sexuales y reproductivos, así como sobre los derechos a la salud y las necesidades de las mujeres con discapacidad.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la Ley Núm. 35/2011 sobre la titularidad compartida de las explotaciones agrarias. Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres que se enfrentan a formas interseccionales de discriminación, en particular las mujeres migrantes, las mujeres romaníes, las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad. Sírvanse indicar también si se han adoptado medidas legislativas y políticas específicas para hacer frente a las formas interseccionales de discriminación y promover la integración en la sociedad de los grupos desfavorecidos y marginados de mujeres que sufren esa discriminación. Sírvanse proporcionar información detallada sobre la inclusión de las mujeres con discapacidad y otros grupos de mujeres desfavorecidas en la aprobación y aplicación de leyes y políticas relativas a la igualdad entre los géneros, el empleo, la salud y la seguridad social, así como sobre la incorporación de una perspectiva de género en la legislación y las políticas sobre discapacidad. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para abolir las leyes, políticas y prácticas que impiden que las mujeres con discapacidad disfruten de sus derechos, y sobre las medidas adoptadas para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y empoderamiento de las mujeres con discapacidad, a través de sus propias organizaciones representativas.

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

A la luz de la Convención y la recomendación general núm. 32 del Comité (2014) sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiada, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para mejorar la protección de las mujeres y niñas solicitantes de asilo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. A ese respecto, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que no se recurra a la violencia en los controles fronterizos, velar por el acceso efectivo a los procedimientos de asilo de todos los solicitantes, independientemente de su país de origen o modo de entrada, y establecer un procedimiento de asilo justo y eficiente, así como para mejorar las condiciones de acogida a fin de garantizar que se tenga en cuenta el género en los procesos de asilo. Sírvanse describir las medidas adoptadas para proporcionar tratamiento adecuado a las mujeres y niñas solicitantes de asilo con necesidades específicas y de integrar una perspectiva de género en los programas de apoyo. Sírvanse proporcionar información sobre si el Estado parte ha establecido planes de contingencia y preparación para las llegadas a las fronteras terrestres y marítimas que tengan en cuenta las cuestiones de género y que aborden las corrientes migratorias mixtas. Sírvanse indicar también cómo garantiza el Estado parte sistemas de entrada en el país que tengan en cuenta la protección y que también integren una perspectiva de género y edad. Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas adoptadas por el Estado parte para mejorar las condiciones de las mujeres y sus familias en los centros de espera para migrantes, especialmente con respecto a las denuncias de hacinamiento. Sírvanse también facilitar al Comité información sobre las medidas adoptadas para reforzar los servicios de apoyo psicológico y jurídico y determinar las necesidades específicas de las mujeres alojadas en esos centros, especialmente en el caso de las mujeres solteras, las madres solteras y las mujeres con discapacidad.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los tribunales tengan debidamente en cuenta la violencia doméstica, incluida la violencia sexual contra las niñas y los niños, al determinar la custodia de los hijos en esos casos.

Información adicional

Sírvanse aportar la información suplementaria que estimen pertinente sobre las medidas de carácter legislativo, normativo, administrativo o de cualquier otro tipo adoptadas desde el examen de los informes periódicos séptimo y octavo combinados del Estado parte, en 2015, para aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité. Entre dichas medidas cabe incluir nuevas leyes, avances, planes y programas, ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos o cualquier otra información que el Estado parte considere importante. Téngase en cuenta que, además de a las cuestiones planteadas en el presente documento, el Estado parte deberá responder, en el transcurso del diálogo, a otras preguntas que le formule el Comité en relación con las esferas abarcadas por la Convención.