Naciones Unidas

CRPD/C/LTU/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

2 de diciembre de 2014

Español

Original: inglés

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 35 de la Convención

Informes iniciales que los Estados partes debían presentar en 2012

Lituania *

[Fecha de recepción: 18 de septiembre de 2012]

Índice

Párrafos Página

Introducción1–54

I.Disposiciones generales de la Convención6–174

Artículos 1 a 46–174

II.Información por artículo de la Convención18–3109

Artículo 5. Igualdad y no discriminación18–279

Artículo 8. Toma de conciencia28–3711

Artículo 9. Accesibilidad38–6715

Artículo 10. Derecho a la vida68–7124

Artículo 11. Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias7225

Artículo 12. Igual reconocimiento como persona ante la ley73–8125

Artículo 13. Acceso a la justicia82–9328

Artículo 14. Libertad y seguridad de la persona94–9831

Artículo 15. Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes99–10533

Artículo 16. Protección contra la explotación, la violencia y el abuso106–11435

Artículo 17. Protección de la integridad personal115–12037

Artículo 18. Libertad de desplazamiento y nacionalidad121–12738

Artículo 19. Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluidoen la comunidad128–14740

Artículo 20. Movilidad personal148–15544

Artículo 21. Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información156–17547

Artículo 22. Respeto de la privacidad176–18252

Artículo 23. Respeto del hogar y de la familia183–19254

Artículo 24. Educación193–20956

Artículo 25. Salud210–21361

Artículo 26. Habilitación y rehabilitación214–23362

Artículo 27. Trabajo y empleo234–25967

Artículo 28. Nivel de vida adecuado y protección social260–28174

Artículo 29. Participación en la vida política y pública282–29279

Artículo 30. Participación en la vida cultural, las actividades recreativas,el esparcimiento y el deporte293–31082

III.La situación de los niños y las mujeres con discapacidad311–31987

Artículo 6. Mujeres con discapacidad311–31587

Artículo 7. Niños con discapacidad316–31988

IV.Aplicación de derechos especiales320–33190

Artículo 31. Recopilación de datos y estadísticas320–32490

Artículo 32. Cooperación internacional325–32691

Artículo 33. Aplicación y seguimiento nacionales327–33192

Introducción

1.El Gobierno de la República de Lituania presenta en este documento el informe inicial sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (en adelante, la Convención) fueron ratificados en virtud de la Ley de la República de Lituania de Ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 67‑3350, 2010).

2.En virtud del artículo 2 de la citada ley, el concepto de "salud sexual y reproductiva", tal como se utiliza en el artículo 25 a) de la Convención, no puede interpretarse en el sentido de que cree nuevos derechos humanos e imponga las obligaciones internacionales correspondientes a la República de Lituania. Desde el punto de vista jurídico, este concepto no entraña apoyo, promoción o publicidad de la interrupción del embarazo, la esterilización y el tratamiento médico de las personas con discapacidad que pudieran dar lugar a discriminación por razón de las características genéticas de la persona.

3.El informe se ha elaborado siguiendo las directrices para la presentación de informes, de conformidad con el artículo 35, párrafo 1, de la Convención. Su finalidad es proporcionar al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad información detallada sobre la situación actual y las medidas aplicadas por el Estado parte con respecto a la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

4.El presente informe ha sido elaborado por un grupo de trabajo interinstitucional bajo la dirección del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo, con la participación del Ministerio de Salud, el Ministerio de Justicia, el Comité para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Medio Ambiente, el Departamento de Educación Física y Deportes, dependiente del Gobierno de la República de Lituania, y el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. El proyecto de informe ha sido acordado con otros organismos estatales: la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades, el Comité Electoral Central de Lituania y los departamentos dependientes del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo. Se ha consultado con las organizaciones de personas con discapacidad, cuya contribución se refleja en el informe en la medida de lo posible.

5.Lituania es país signatario de los tratados fundamentales de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa sobre la protección de los derechos humanos, por lo que ha presentado periódicamente informes sobre su aplicación y ha cumplido las decisiones correspondientes de las autoridades internacionales competentes. Por otra parte, se han adoptado medidas para cumplir la legislación de la Unión Europea a partir de la adhesión de Lituania en 2004.

I.Disposiciones generales de la Convención

Artículos 1 a 4

6.La Constitución de la República de Lituania (en adelante, la Constitución) (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 33‑1014, 1992) define los derechos humanos y las libertades fundamentales. Las disposiciones constitucionales cumplen los requisitos de proteger y respetar el honor y la dignidad humanos e impedir cualquier discriminación, con arreglo a lo establecido en los instrumentos internacionales. El artículo 29 de la Constitución estipula que no podrán restringirse los derechos de ninguna persona y que no podrán otorgarse privilegios a nadie por razón de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, religión, convicciones u opiniones. Si bien la protección frente a las restricciones y la discriminación por razón de discapacidad no está estipulada explícitamente en la Constitución, en el artículo 6 se dispone que "la Constitución será aplicable íntegra y directamente como acto legislativo". Ello significa que cualquier persona podrá defender sus derechos invocando la Constitución. Además, en el artículo 29 de la Constitución se declara que "todas las personas serán iguales ante la ley, los tribunales y otras instituciones y funcionarios del Estado". En muchas otras leyes de la República de Lituania que rigen las relaciones sociales está consagrado el principio constitucional de igualdad y no discriminación.

7.Con objeto de afianzar los principios constitucionales relativos a los derechos humanos, en 2003 se promulgó la Ley de la República de Lituania de Igualdad de Trato (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 67‑3350, 2010; Nº 114‑5115, 2003; Nº 76‑2998, 2008), en que figuraban las definiciones de los conceptos básicos: discriminación directa e indirecta, igualdad de oportunidades, hostigamiento, etc. La discriminación se define como cualquier forma, directa o indirecta, de discriminación, hostigamiento o instrucción de discriminar por razón de género, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, creencias, convicciones u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o religión. La discriminación indirecta se define como cualquier acción u omisión, disposición jurídica o criterio de evaluación, disposición o práctica aparentemente neutrales que presenten una equivalencia formal pero que, en su ejecución o aplicación, tengan o puedan tener como resultado restricciones de hecho en el ejercicio de derechos o la concesión de privilegios, preferencias o ventajas por razón de género, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, creencias, convicciones u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o religión, a menos que esa acción u omisión, disposición jurídica o criterio de evaluación, disposición o práctica estén justificados por un objetivo legítimo y los medios de alcanzar ese objetivo sean apropiados y necesarios. El hostigamiento se define como cualquier conducta indeseada que se produzca con el propósito, o con el efecto, de violar la dignidad de una persona y de crear un entorno intimidatorio, hostil, humillante u ofensivo por razón de género, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, creencias, convicciones u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o religión.

8.La Ley de Igualdad de Trato dispone que, a fin de asegurar la igualdad de trato, el empleador realizará ajustes razonables para permitir que las personas con discapacidad tengan acceso al empleo y puedan participar o progresar en él, o recibir capacitación, lo que incluye la adaptación de las instalaciones, a menos que esas medidas impongan una carga desproporcionada al empleador. El instrumento jurídico no especifica en qué consiste la "carga desproporcionada para el empleador".

9.Los principales conceptos generales relativos a la discapacidad están reunidos en el artículo 2 de la Ley de la República de Lituania de Integración Social de las Personas con Discapacidad (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 67‑3350, 2010; Nº 36‑969, 1991; Nº 83‑2983, 2004):

Una persona con discapacidad es aquella a la cual la citada ley reconoce una categoría de discapacidad, o una capacidad de trabajo inferior al 55% y/o ciertas necesidades especiales;

La discapacidad es un deterioro de largo plazo de la salud debido a trastornos de la estructura y las funciones orgánicas o a factores ambientales adversos, que tiene como consecuencia una reducción de la participación en la vida pública y menores posibilidades para funcionar;

La capacidad de trabajo es la capacidad de una persona para ejercer una competencia profesional adquirida previamente o para adquirir una nueva competencia profesional o desempeñar tareas menos exigentes desde el punto de vista de la competencia profesional;

Una necesidad especial es la necesidad de asistencia especial causada por la condición de largo plazo de salud, congénita o adquirida, de una persona (discapacidad o pérdida de la capacidad de trabajo) o por factores ambientales adversos.

10.La definición de persona con discapacidad también figura en el artículo 18.16 de los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad" (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 53‑1898, 2001) (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 67‑3350, 2010): personas con discapacidad: personas con un deterioro en las funciones de partes del cuerpo, incluidos los trastornos motores, visuales o auditivos o de la capacidad de manipulación, que causan una restricción parcial o completa para desplazarse y tener acceso a elementos del entorno.

Sistema de integración social de las personas con discapacidad

11.El artículo 3 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad contempla importantes dispositivos de integración social, que de manera general se ajustan a los principios estipulados en el artículo 3 de la Convención: igualdad de derechos: las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que los demás miembros de la sociedad; igualdad de oportunidades: las personas con discapacidad tienen el mismo acceso que los demás miembros de la sociedad a la educación, el trabajo, el esparcimiento y la vida social, política y comunitaria (únicamente en los casos en que las mismas condiciones y medidas hayan resultado no ser eficaces, se formularán medidas especiales para mejorar la situación de las personas con discapacidad); prevención de la discriminación: las personas con discapacidad están protegidas contra la discriminación o la explotación; plena participación: todas las cuestiones relacionadas con la vida y las actividades de las personas con discapacidad se acordarán a todos los niveles con dichas personas y/o sus representantes ateniéndose a la ley y teniendo en cuenta su experiencia; autonomía y libre elección: se alentará de manera permanente la independencia de las personas con discapacidad; accesibilidad: se facilitarán a las personas con discapacidad las condiciones para participar en todos los ámbitos de la vida y acceder a los recursos disponibles; compensación por discapacidad: las consecuencias de la discapacidad serán objeto de compensación para las personas con discapacidad mediante distintas formas de apoyo monetario y no monetario; descentralización: a fin de prestar la asistencia a las personas con discapacidad lo más cerca posible de su lugar de residencia, la comunidad intervendrá en la rehabilitación social de esas personas; eliminación de cualquier tipo de estigma: sensibilizar al público para contrarrestar las actitudes y los estereotipos negativos relacionados con las discapacidades; continuidad y flexibilidad: todas las instituciones actuarán coordinadamente para la prestación de servicios sociales y el desarrollo de las personas con discapacidad; atención de necesidades diversas: las personas con discapacidad constituyen un grupo social heterogéneo, lo cual requiere tener en cuenta las necesidades diversas de las personas con discapacidad a la hora de prestar asistencia.

12.El sistema de integración social entraña prestar servicios médicos y de rehabilitación ocupacional y social, atender necesidades especiales con medidas especiales de asistencia, promover el empleo de las personas con discapacidad, prestar apoyo social, asignar y pagar pensiones y prestaciones del sistema estatal de seguridad social, prestar servicios de educación y velar por la igualdad de participación en la cultura, los deportes y otros aspectos de la vida pública. El sistema de integración social se financia con cargo a los presupuestos estatales y municipales, la Caja Estatal de Seguridad Social, la Caja del Seguro Obligatorio de Salud, el Fondo de Empleo, los fondos estructurales de la Unión Europea y otros fondos establecidos por ley (artículo 5 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad).

13.En el artículo 16, párrafo 2, de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad se enumeran las siguientes instituciones que se ocuparán de la integración social de las personas con discapacidad:

El Gobierno de la República de Lituania o una institución por él autorizada. Se encarga de coordinar e implementar el sistema de integración social de las personas con discapacidad, y aprueba los programas y estrategias estatales de largo plazo para la integración social en el contexto de la discapacidad.

Los distintos ministerios, en los ámbitos de su respectiva competencia, formulan y presentan al Gobierno propuestas y proyectos de ley sobre el mejoramiento del marco de la integración social de las personas con discapacidad, y adoptan medidas para aplicar el citado marco.

El Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo (en adelante, Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad) se encarga de coordinar e implementar el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad y aplica otras medidas de política relacionadas con la integración social de las personas con discapacidad.

Los municipios formulan y ejecutan programas locales de integración social de las personas con discapacidad; son responsables de atender las necesidades especiales de las personas con discapacidad mediante servicios sociales generales y específicos, facilitar la integración social de las personas con discapacidad y cooperar con las asociaciones de personas con discapacidad.

Las asociaciones de personas con discapacidad, que representan los intereses de esas personas, ayudan a aplicar las medidas de integración social de las personas con discapacidad, colaboran con los órganos e instituciones estatales y locales y pueden recibir apoyo institucional y financiero de esas instituciones. Las asociaciones de personas con discapacidad participan en la formulación de políticas sociales en el plano nacional y en su aplicación.

La Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo

14.En virtud del artículo 18 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, Lituania ha establecido la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo (en adelante, Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo), que es una autoridad de la administración pública competente para evaluar la discapacidad de las personas menores de 18 años, el nivel de capacidad de trabajo y la necesidad de servicios de rehabilitación ocupacional para las personas menores de 18 años que estén o hayan estado aseguradas en el sistema estatal de seguridad social, y para las personas de edades comprendidas entre los 18 años y la edad de jubilación, así como para adoptar una decisión preliminar general sobre las necesidades especiales de las personas, independientemente de su edad, discapacidad o capacidad de trabajo. Las tareas de la Oficina son las siguientes:

Participar en la aplicación de políticas de inclusión social de las personas con discapacidad;

Tomar medidas para evaluar el nivel de discapacidad de las personas menores de 18 años, el nivel de capacidad de trabajo de las personas menores de 18 años que estén o hayan estado aseguradas en el sistema estatal de seguridad social, y las personas de edades comprendidas entre los 18 años y la edad de jubilación, y la necesidad de servicios de rehabilitación ocupacional, y adoptar una decisión preliminar general sobre las necesidades especiales;

Presentar propuestas legislativas al Ministerio de Seguridad Social y Trabajo con miras a hacer mejoras en los ámbitos de la evaluación del nivel de discapacidad, el nivel de capacidad de trabajo, las necesidades especiales preliminares generales y la rehabilitación ocupacional.

Véase también la subsección del presente documento relativa al artículo 28.

Comisión de Controversias

15.En virtud del artículo 23 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, Lituania dispone de un órgano no judicial de procedimiento obligatorio previo a la actuación judicial —la Comisión de Controversias— dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo (en adelante, Comisión de Controversias). Se trata de una entidad pública establecida por el Ministro de Seguridad Social y Trabajo y cuya composición, reglamento y procedimientos de arreglo de controversias son aprobados por él. Las tareas de la Comisión son las siguientes:

Examinar y dirimir controversias entre el beneficiario, la autoridad que paga la pensión o la prestación y la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo;

Recopilar, formular y resumir las cuestiones planteadas en las reclamaciones de las personas con discapacidad y presentar propuestas al Ministerio de Seguridad Social y Trabajo con objeto de mejorar las políticas de inclusión social de las personas con discapacidad;

Redactar informes sobre la actuación de la Comisión de Controversias.

16.La decisión dictada por la Comisión de Controversias podrá, siguiendo el procedimiento prescrito por la ley, ser sometida a un tribunal.

Estadísticas generales sobre las personas con discapacidad

17.En 2011 había en Lituania 264.632 personas (un 8,6% de la población total de Lituania) que eran beneficiarias de pensiones o prestaciones a causa de la pérdida de capacidad de trabajo por razón de discapacidad (el 48% eran hombres y el 52% mujeres). La mayor proporción de personas con discapacidad era la representada por las personas con una capacidad de trabajo de entre el 30% y el 40%, que ascendían a 152.320. Este grupo constituye casi el 58% del número total de personas con discapacidad. Las personas con las discapacidades más graves, es decir, con una capacidad de trabajo entre cero y el 25%, representaban el 12% del número total de personas con discapacidad. Las personas cuya capacidad de trabajo estaba entre el 45% y el 55% eran 63.436 en 2011, y representaban el 24% del total de personas con discapacidad; el número de niños menores de 18 años con discapacidad era de 15.522, es decir, el 6% del total.

II.Información por artículo de la Convención

Artículo 5Igualdad y no discriminación

18.Las disposiciones sobre igualdad y no discriminación están consagradas en la Constitución (véase la sección I del presente informe). Las disposiciones constitucionales se han detallado en otras leyes. Una de las principales leyes que establecen los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación es la Ley de Igualdad de Trato, que prohíbe todas las formas, directas e indirectas, de discriminación, hostigamiento e instrucciones para discriminar por razón de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, religión, creencias, convicciones u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico y religión, en el trabajo, en la administración pública, en los establecimientos docentes, en las instituciones científicas y de investigación y en el ámbito de la protección de los consumidores.

19.La Ley de Igualdad de Trato obliga a las siguientes entidades a asegurar la igualdad de trato:

Los organismos estatales y municipales;

Las instituciones docentes y las instituciones científicas y de educación superior (en la matrícula, los exámenes, las opciones para participar en programas educativos, etc.);

Los empleadores en cualquier forma de propiedad (al contratar personal, establecer las condiciones de trabajo, fijar condiciones para el desarrollo de las cualificaciones, los sueldos, etc.);

Los vendedores de productos, fabricantes de productos o suministradores de servicios (en virtud de la ley, los vendedores de productos, fabricantes de productos o suministradores de productos deberán asegurar la igualdad de trato independientemente de la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen racial o étnico, la religión o las creencias de la persona).

20.Este instrumento legislativo asegura el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea indicada en el anexo de la ley, a saber: la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico; y la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.

21.La Ley de Igualdad de Trato impone la prohibición de discriminar, aplicable a la calidad de miembro o a la participación en las actividades de organizaciones de empleados o empleadores y otras asociaciones cuyos miembros tengan características pertinentes en cuanto a la edad, la orientación sexual, la condición social, la discapacidad, la raza o el origen étnico, la religión, las creencias o la fe (artículo 3, párrafo 7, de la Ley de Igualdad de Trato).

22.En virtud del artículo 5 de la Ley de Igualdad de Trato, las instituciones y organismos estatales y municipales deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias:

1)Velar por que en todos los instrumentos jurídicos esté estipulada la igualdad de derechos y oportunidades, independientemente del género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, las creencias, las convicciones u opiniones, la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico o la religión;

2)Formular, aprobar y aplicar programas y medidas destinados a garantizar la igualdad de trato independientemente del género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, las creencias, las convicciones u opiniones, la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico o la religión;

3)Con arreglo a lo prescrito por las leyes, prestar apoyo a los programas de comunidades religiosas, asociaciones y centros, establecimientos públicos, asociaciones y fundaciones caritativas y de patrocinio que contribuyan a hacer efectiva la igualdad de trato de las personas sobre la base del género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, las creencias, las convicciones u opiniones, la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico o la religión.

23.Una persona que se considere perjudicada por no haber recibido un trato igual tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades. El recurso ante el Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades podrá presentarse sin perjuicio de la posibilidad de defender los propios derechos ante un tribunal. El Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades investiga las denuncias y pone en marcha investigaciones por iniciativa propia en casos de discriminación por razón de discapacidad. Cualquier ciudadano puede presentar su caso de violación de derechos y libertades a un tribunal a título personal.

24.Cabe destacar que, en virtud del artículo 2, párrafo 7, apartados 5 y 6 de la Ley de Igualdad de Trato, no se consideran discriminatorias las situaciones siguientes:

Medidas especiales tomadas en materia de atención de la salud, seguridad en el trabajo, empleo o mercado laboral, según lo estipulado por la ley, con miras a crear y aplicar condiciones y oportunidades que garanticen y promuevan la integración en el medio laboral (artículo 2, párrafo 7, apartado 5);

Medidas especiales provisionales tomadas, según lo estipulado por la ley, para asegurar la igualdad e impedir la violación de la igualdad de trato por razón de género, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, creencias, convicciones u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o religión (artículo 2, párrafo 7, apartado 6).

Véase también la parte I del presente informe.

25.La integración social de las personas con discapacidad está regulada, y el principio de igualdad de trato consagrado, en la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad. Tras la aprobación de la ley en 2004 (y su entrada en vigor el 1 de julio de 2005), se ha producido el paso de un modelo médico a un modelo social para definir la discapacidad: se han introducido nuevos conceptos y términos, y los antiguos conceptos de "invalidez" o "inválido" han sido sustituidos por los de "discapacidad" y "personas con discapacidad" (véase también la parte I del presente informe). Se han abandonado las disposiciones discriminatorias en que se hacía hincapié en la excepcionalidad de una persona con discapacidad, y la igualdad de derechos y oportunidades de las personas con discapacidad se ha consolidado en la legislación. El propósito de la ley es garantizar la igualdad de derechos y oportunidades en la sociedad de las personas con discapacidad, establecer principios de integración social de esas personas, definir el sistema de integración social y sus prerrequisitos y las autoridades encargadas de aplicar las medidas de integración social, evaluar los niveles de discapacidad y de capacidad de trabajo, prestar servicios de rehabilitación ocupacional y evaluar las necesidades especiales. (Véanse también las subsecciones del presente informe relativas a los artículos 26 y 28.)

26.Uno de los principales programas cuyas medidas tienen un efecto directo en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad es el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad 2010-2012, aprobado por el Gobierno de la República de Lituania en su Resolución Nº 850, de 7 de junio de 2002 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 57‑2335, 2002; Nº 29‑1345, 2010) (en adelante, Programa Nacional), cuyo objeto es desarrollar efectivamente el proceso de integración social de las personas con discapacidad y asegurar la aplicación de la legislación nacional e internacional sobre la integración social de esas personas. El Ministro de Seguridad Social y Trabajo, en su Orden Nº A1‑194 de 17 de mayo de 2010, aprobó el Plan de Acción para el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad 2010‑2012 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 58‑2854, 2010). El Programa Nacional tiene por finalidad promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad mediante actuaciones de integración social que cumplan los objetivos y las obligaciones internacionales y nacionales del país, y mediante una estrategia pertinente para su aplicación. La Estrategia para el Programa Nacional abarca muchos ámbitos de la vida pública: la educación pública, la atención de la salud, la rehabilitación médica, la capacitación en técnicas para la vida autónoma, la rehabilitación profesional, la rehabilitación psicosocial, los servicios sociales, la educación, la seguridad social, el empleo, la cultura, el deporte, el esparcimiento y la vida familiar. Los objetivos del Programa Nacional se consiguen mediante el mejoramiento de la legislación, programas y medidas a nivel central y regional, la capacitación y el mejoramiento de las competencias del personal, la colaboración y la consulta con asociaciones de personas con discapacidad, la reunión y el análisis de información estadística y de otro tipo sobre las personas con discapacidad, sus problemas y las soluciones de esos problemas, y la puesta en marcha y el apoyo de programas de investigación social y económica.

27.El Programa Nacional es el principal documento de aplicación de las disposiciones de la Convención. Las medidas del Programa Nacional son ejecutadas por conducto de diversos ministerios y otros organismos gubernamentales. En el desarrollo del Programa participan organizaciones que representan a las personas con discapacidad, las cuales formulan propuestas relativas a las acciones o medidas, teniendo debidamente en cuenta la diversidad de las formas de discapacidad y de aspectos problemáticos. La información sobre las medidas de aplicación del Programa Nacional se presentará en el informe en relación con los artículos pertinentes. En el Programa Nacional se enumeran las medidas que pueden recibir financiación cuando se encarguen de aplicarlas organizaciones no gubernamentales que actúan en la esfera de la integración social de las personas con discapacidad y realizan una gran diversidad de actividades: servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad, capacitación en técnicas de movilidad y autonomía personal, publicación y difusión de información periódica pertinente entre las personas con discapacidad y apoyo a las asociaciones de personas con discapacidad. Las organizaciones no gubernamentales pueden optar a recibir financiación por conducto de sus proyectos. En 2011, se asignaron a organizaciones no gubernamentales relacionadas con la discapacidad 18.334.100 litai para la ejecución de las actividades mencionadas. En relación con los artículos pertinentes se presenta información más detallada sobre la aplicación de las medidas, los objetivos, la financiación, etc.

Artículo 8Toma de conciencia

28.Las disposiciones de este artículo se cumplen mediante las medidas de aplicación del Programa Nacional de Lucha contra la Discriminación para 2009-2011, aprobado por la Resolución Nº 317 del Gobierno de la República de Lituania, de 15 de abril de 2009 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 67‑3350, 2010; Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 49‑1964, 2009) (en adelante, Programa de Lucha contra la Discriminación). La finalidad del Programa de Lucha contra la Discriminación es promover el respeto por la persona, velar por la aplicación de las disposiciones legislativas que establecen los principios de no discriminación e igualdad de oportunidades, mejorar el conocimiento de las leyes, la comprensión y la tolerancia en relación con el género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, la religión, las creencias u opiniones, la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico y la religión, sensibilizar al público acerca de las manifestaciones de discriminación en Lituania y su efecto negativo en ciertos grupos de la sociedad en relación con el goce de la igualdad de oportunidades para participar en la sociedad, así como aplicar medidas en pro de la igualdad de derechos. La aplicación del Programa se orienta a cumplir lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución, que establece la igualdad entre las personas y la prohibición de restringir los privilegios de cualquier persona por motivos como el sexo, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, la religión, las convicciones o las opiniones, y aplicar un enfoque complejo en los estudios sobre la discriminación y sus causas en todas las esferas de la vida pública, promover el respeto por la persona, mejorar entre el público el conocimiento de las leyes, la comprensión y la tolerancia en relación con el género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, la religión, las creencias u opiniones, la edad, la orientación sexual, la discapacidad, el origen étnico y la religión, y facilitar la actuación de las organizaciones no gubernamentales dedicadas a los derechos humanos.

29.La crisis económica ha obligado a hacer ajustes en la aplicación del Programa: en los años 2009-2010 se adoptaron medidas educacionales, que no requerían fondos adicionales por parte de los encargados de aplicarlas. En 2009-2010, participaron en la aplicación del Programa de Lucha contra la Discriminación los Ministerios de Seguridad Social y Trabajo, Educación, Justicia, Cultura e Interior, así como la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades y la Oficina del Fiscal General. En el marco del Programa se llevaron a cabo las siguientes actuaciones: capacitación del personal de diversas instituciones, funcionarios públicos, funcionarios de policía y jueces sobre la igualdad de oportunidades y la no discriminación, debates con organizaciones no gubernamentales dedicadas a los derechos humanos, una campaña de promoción contra la discriminación múltiple y un programa informal de educación para adultos acerca de la tolerancia y el respeto por la persona formulado para grupos específicos. En publicaciones oficiales se presentaban periódicamente estadísticas sobre actos delictivos que constituían expresiones de odio por razón de raza, origen étnico, religión, idioma y orientación sexual. Se hizo un análisis del actual sistema de supervisión de la información ilícita en línea, cuyos resultados y recomendaciones se presentaron posteriormente al Gobierno de la República de Lituania. Se llevaron a cabo actos de promoción de la tolerancia con otras culturas. En 2011 se aplicó la medida de "Financiación parcial de organizaciones no gubernamentales dedicadas a los derechos humanos" mediante llamamientos a la presentación de propuestas por organizaciones no gubernamentales dedicadas a los derechos humanos, que naturalmente incluían organizaciones dedicadas al ámbito de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

30.Para garantizar la continuidad del Programa de Lucha contra la Discriminación, se aprobó el Plan de Acción Interinstitucional sobre la no Discriminación 2012-2014, en virtud de la Resolución Nº 1281 del Gobierno de la República de Lituania, de 2 de noviembre de 2011(Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 134‑6362, 2011), cuyo propósito era asegurar la aplicación de medidas de toma de conciencia sobre la no discriminación y la igualdad de oportunidades, mejorar el conocimiento de las leyes y la comprensión y la tolerancia con respecto a las cuestiones de género, raza, nacionalidad, idioma, origen, condición social, religión, creencias u opiniones, edad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico y religión, y crear conciencia sobre la discriminación entre el público de Lituania y su efecto negativo para que determinados grupos de la sociedad puedan gozar de las mismas oportunidades de participar activamente en la sociedad. El Plan está coordinado por el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo, y otras instituciones se encargan de ejecutar las medidas aprobadas, en el marco de sus respectivas jurisdicciones. El Plan incluye capacitación anual sobre cuestiones de discriminación por razón de discapacidad de las personas que trabajan en el campo de la información pública.

31.En el marco del Programa Nacional se ejecutó la medida consistente en la financiación de publicaciones periódicas y de sensibilización para las personas con discapacidad y su distribución, en cumplimiento de la Orden Nº A1‑491 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 19 de octubre de 2010, por la que se aprobaban las disposiciones de financiación de publicaciones periódicas y de sensibilización para las personas con discapacidad y su distribución (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 126‑6477, 2010). Los fondos del Proyecto estaban destinados a prestar apoyo a publicaciones importantes para la información de las personas con discapacidad. En el marco de esas disposiciones, se cuenta con financiación para publicaciones relacionadas con la integración social y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad:

Publicaciones periódicas que traten de cuestiones relacionadas con el desarrollo, la salud, la educación, la ciencia, la protección social, la cultura, los deportes, el acceso al medio, las actividades extraordinarias, la formación profesional, la rehabilitación ocupacional, el empleo o el esparcimiento;

Publicaciones que contengan una descripción completa de técnicas validadas científicamente en materia de promoción de la integración social, igualdad de oportunidades y reducción de la exclusión social, o introducción de metodologías aprobadas públicamente, así como temas de promoción de la prevención de la discapacidad y sensibilización del público.

32.La aplicación de esta medida en 2011 supuso la elaboración y distribución de publicaciones periódicas dirigidas a personas con alguna discapacidad física, invidentes, sordos, personas con un retraso mental o con una discapacidad intelectual, con artritis, con diabetes o pacientes con alguna dolencia renal, así como a sus familias y a los profesionales. En total se ejecutaron con éxito 11 proyectos, a cargo de 7 asociaciones de personas con discapacidad y 4 organismos públicos, con una asignación total de 881.300 litai.

33.La financiación de los proyectos de las asociaciones de personas con discapacidad se lleva a cabo en cumplimiento de la Orden Nº A1‑287 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 22 de junio de 2010, por la que se aprobaron las disposiciones para la financiación de las asociaciones de personas con discapacidad (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 75‑3841, 2010). La finalidad de la financiación de proyectos en apoyo de las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad es reducir la exclusión social de esas personas y mejorar su integración social, al tiempo que se representan y se promueven los derechos de las personas con discapacidad, se moviliza a esas personas para realizar actividades conjuntas que permitan mejorar su independencia, adquirir las aptitudes pertinentes y alentarlas a vivir en la comunidad. Se aceptan solicitudes de asociaciones de coordinación de personas con discapacidad, en las que participan asociaciones de esas personas y personas con discapacidad a título individual, y que intervienen en actividades ordinarias y prestan servicios a las personas con discapacidad como mínimo en la mitad de los municipios o en la mitad de los condados.

34.La ejecución de los proyectos de apoyo a las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad incluye prestar apoyo a actividades relacionadas con: la protección de los derechos de las personas con discapacidad en función del tipo de discapacidad (representación, conferencias, seminarios, actividades de capacitación, cooperación internacional), desarrollo de las cualificaciones profesionales (perfeccionamiento personal de los profesionales que interactúan directamente con personas con discapacidad en la comunidad, así como el desarrollo de las aptitudes de gestión del personal de las asociaciones), capacitación en técnicas para la vida independiente, organización de talleres, campamentos y actividades recreativas, culturales y deportivas para las personas con discapacidad, conservación de instalaciones reconstruidas o de nueva construcción (participación en la comprobación de los diseños de edificios en aspectos de interés para las personas con discapacidad, y comprobación del cumplimiento de las soluciones de diseño pertinentes en la instalación construida). Para crear conciencia, las organizaciones de personas con discapacidad celebran conferencias, sesiones de capacitación y debates de mesa redonda sobre los derechos, la atención de la salud, los movimientos cívicos de las personas con discapacidad, el acceso a la información, etc. En 2011, la ejecución de proyectos en apoyo de las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad supuso la celebración de 13 conferencias (sobre las necesidades sociales de las personas sordas, la adaptación del entorno a las necesidades de las personas con discapacidad, la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la aplicación de medidas de apoyo psicológico a los familiares de las personas con discapacidad, la atención de la salud, etc.), 32 seminarios, actividades de capacitación (sobre el trabajo con personas con discapacidad y sus familias, sobre la conciencia pública en relación con la discapacidad, etc.) y otros 78 actos (reuniones, mesas redondas, etc.) sobre la promoción de los derechos de las personas con discapacidad, la cooperación con los municipios, el fomento de la donación de órganos, la adaptación del entorno a las necesidades de las personas con discapacidad, la promoción del deporte para las personas con discapacidad, etc. La financiación total para los proyectos de apoyo a las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad ascendió a 4,1 millones de litai en fondos públicos en 2011.

35.Las disposiciones de este artículo de la Convención relacionadas con la toma de conciencia pública también se cumplen mediante boletines de prensa y una gran variedad de medidas de información para las familias, los maestros y los profesionales de la docencia con respecto al desarrollo de los niños con necesidades especiales, que se publican en el sitio web del Ministerio de Educación (www.smm.lt) y se distribuyen a los medios de comunicación. En 2011, se amplió la variedad de temas incluidos en el portal www.ikimokyklinis.lt. El contenido del portal se actualiza periódicamente, y se facilitan las consultas para los visitantes o usuarios específicos. Constituye una importante fuente de información para los padres de niños con discapacidad.

36.Entre las numerosas medidas proyectadas en el Programa de Desarrollo de la Enseñanza Preescolar y Preprimaria para 2011-2013, aprobado por la Orden Nº V‑350 del Ministro de Educación y Ciencia, de 1 de marzo de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 30‑1421, 2011), figura el establecimiento de centros multifuncionales universales. El centro multifuncional es una instalación que presta a los niños y a la comunidad servicios educacionales, culturales y sociales. Sus actividades pueden incluir: educación de nivel preescolar, preprimario y no académico para los niños, servicios de guardería infantil, educación no académica para los adultos, asistencia educacional, educación especial, educación a distancia en programas educativos o módulos de cursos académicos y no académicos, entretenimiento, actividades socioculturales y artísticas para los niños y los adultos, etc.

37.Otra medida abarca los programas de educación orientados específicamente a las familias con niños de edad preescolar y preprimaria, para aumentar la responsabilidad y los conocimientos familiares respecto de la educación de los niños (incluidos los que tienen alguna discapacidad). El modelo para el mejoramiento de la educación y las condiciones de vida de los niños desde el nacimiento hasta la escolarización obligatoria, aprobado por la Resolución Nº 1509 del Gobierno de la República de Lituania, de 11 de noviembre de 2009 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 138‑6073, 2009), contempla medidas de asesoramiento y educación para los padres y las familias. El proyecto titulado "Desarrollo de la Enseñanza Preescolar y Preprimaria" prevé la financiación de proyectos municipales sobre la base de una competencia abierta con miras a mejorar la asistencia integrada (haciendo especial hincapié en el mejoramiento de la asistencia a las familias con niños con alguna discapacidad).

Artículo 9Accesibilidad

38.En virtud del artículo 11 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, los requisitos relativos a la accesibilidad del medio físico para las personas con discapacidad en todos los aspectos del entorno pertinentes para la vida se cumplen adaptando a las necesidades de las personas con discapacidad la planificación del espacio, el diseño de los edificios y las instalaciones públicas, las viviendas y el entorno inmediato, los servicios de transporte público y sus infraestructuras, así como el entorno informativo. Las autoridades municipales, los propietarios y los usuarios de las instalaciones mencionadas son responsables de su adaptación a las necesidades especiales de las personas con discapacidad. El Ministerio de Medio Ambiente es responsable de los documentos de reglamentación de la construcción en relación con la adaptación del medio a las necesidades especiales de las personas con discapacidad.

Adaptación de los edificios a las necesidades especiales de las personas con discapacidad

39.En el artículo 6, párrafo 3, de la Ley sobre la Construcción (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 32 788, 1996; Nº 101‑3597, 2001) se estipula que el diseño, la construcción, la reconstrucción o la rehabilitación de edificios (con la excepción de la renovación (modernización) de los edificios de apartamentos) y las obras de ingeniería civil deben llevarse a cabo de tal manera que se tengan en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidad, de conformidad con la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad.

40.Los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad" fueron aprobados por la Orden Nº 317 del Ministro de Medio Ambiente, de 14 de junio de 2001 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 53‑1898, 2001), de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad. Este Reglamento establece requisitos de obligado cumplimiento para las ciudades, los pueblos y las zonas rurales, lugares específicos y componentes de su equipamiento, edificios públicos, residenciales y de otro tipo, y elementos de los interiores y de su equipamiento, por lo que respecta a la accesibilidad para las personas con discapacidad. El Reglamento será obligatorio para quienes intervengan en la construcción, ya sean personas físicas o jurídicas o empresas que no tengan personalidad jurídica, cuyas actividades estén sujetas a la Ley sobre la Construcción, así como para las autoridades nacionales y municipales que participen en la regulación pública de la construcción.

41.Los aspectos del diseño de edificios de interés para las personas con discapacidad, con la excepción de los edificios renovados (modernizados), están sujetos a comprobación por el Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad de conformidad con el párrafo 8 del anexo 9 de los Requisitos Técnicos STR 1.07.01:2010 "Documentación para los permisos de construcción", aprobados por la Orden Nº D1‑826 del Ministro de Medio Ambiente de la República de Lituania, de 27 de septiembre de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 116‑5944, 2010).

42.La Comisión de Finalización de la Construcción queda establecida, sustituida o revocada mediante documentación específica a cargo del Jefe de la Inspección Estatal Territorial de la Planificación y la Construcción, o de sus representantes autorizados, de conformidad con el párrafo 9 de los Requisitos Técnicos STR 1.11.01:2010 "Finalización de la construcción", aprobados por la Orden Nº D1 828 del Ministro de Medio Ambiente de Lituania, de 28 de septiembre de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 116‑5947, 2010). El Jefe del Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad, o su representante autorizado, de conformidad con el párrafo 10 del anexo 1 de los Requisitos Técnicos, participa en la Comisión de Finalización de la Construcción, y verifica la conformidad de las soluciones de diseño de los edificios pertinentes para las personas con discapacidad, con excepción de los edificios renovados (modernizados), por lo que respecta a la accesibilidad de las personas con discapacidad. El Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad ha confiado la inspección a la Asociación de Adaptación del Medio a las Necesidades de las Personas con Discapacidad. La asignación de fondos nacionales a esta actividad ascendió a 348.500 litai en 2011. La Comisión de Finalización de la Construcción expide un Certificado de Finalización de la Construcción, que confirma que el edificio fue construido o reconstruido, o que un edificio de apartamentos o edificio público fue renovado (modernizado), en cumplimiento de las soluciones de diseño de edificios.

43.En el párrafo 27 de los Requisitos Técnicos STR 1.05.06:2010 "Diseño de edificios", aprobados por la Orden Nº D1‑708 del Ministro de Medio Ambiente de Lituania, de 30 de diciembre de 2004 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 4‑80, 2005; Nº 115‑5902, 2010), se estipula que, en función de la finalidad de un edificio y de su tipo de construcción, todas las partes del proyecto necesarias para la construcción y la utilización del edificio en cuestión deben estar preparadas, y sus soluciones deben cumplir los requisitos esenciales de la edificación, la arquitectura, el entorno, el paisaje y el patrimonio cultural tangible, así como otros tipos de protección (seguridad), protección de intereses de terceros, integración social de las personas con discapacidad y la designación correspondiente. En los párrafos iniciales de los anexos 1 y 2 se estipula que el director de un proyecto o de una parte del proyecto, en representación de los intereses del constructor y sin perjuicio de los intereses del responsable del diseño, debe velar por que las soluciones del diseño y cada una de sus partes sean acordes con los requisitos de las leyes pertinentes, otros instrumentos normativos, la documentación de diseño de la construcción, y la documentación normativa técnica, de seguridad y de designación; y que no supongan un perjuicio para los intereses del Estado, la integración de las personas con discapacidad, la sociedad y terceros. El anexo 8 de esos Requisitos dispone que una de las partes integrantes del conjunto del diseño técnico debe incluir información en que se detallen las soluciones de accesibilidad al entorno y al edificio para las personas con discapacidad. La parte arquitectónica debe reflejar soluciones que respondan a las necesidades concretas de las personas con discapacidad.

44.En el artículo 5 de los Requisitos Técnicos STR 2.02.09:2005 "Edificios residenciales independientes", aprobados por la Orden Nº D1‑338 del Ministro de Salud de la República de Lituania, de 1 de julio de 2005 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 93‑3464, 2005), se estipula que las soluciones de diseño que no estén reguladas por los Requisitos Técnicos serán aceptadas por el responsable del diseño del edificio, guiado por sus cualificaciones profesionales y su experiencia, junto con el constructor. Si en las especificaciones se indica que el edificio será utilizado por personas con discapacidad, este estará sujeto a los Requisitos STR 2.02.09:2005.

45.Los Requisitos Técnicos STR 2.02.01:2004 "Edificios residenciales", aprobados por la Orden Nº 705 del Ministro de Medio Ambiente, de 24 de diciembre de 2003 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 23‑721, 2004), establecen que todos los edificios de apartamentos deben contar con apartamentos de distintos tamaños para personas con discapacidad, que constituyan como mínimo el 5% del número de apartamentos del edificio. Todas las entradas del edificio de apartamentos, las rampas, las puertas de entrada a los apartamentos y los ascensores deberán estar diseñados de conformidad con los Requisitos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad". En el párrafo 201 se dispone la construcción de rampas en el nivel más bajo al que llegue el ascensor o en la planta baja en caso de que no haya ascensor. Los caminos de la parcela en que se encuentre el edificio deberán estar diseñados de modo que permitan el libre acceso de las personas con discapacidad desde la calle hasta el edificio y desde el edificio a sus anexos, jardines, instalaciones de recreo, estacionamiento o garaje.

46.En el párrafo 29 de los Requisitos Técnicos STR 2.06.02:2001 "Puentes y túneles. Requisitos generales", aprobados por la Orden Nº 319 del Ministro de Medio Ambiente, de 15 de junio de 2001 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 53‑1899, 2001), se dispone que en el diseño y la construcción de las estructuras debe tenerse en cuenta el tráfico específico de las personas con discapacidad. Es necesario cumplir los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad" en relación con las necesidades especiales de entradas a los edificios, corredores, escaleras y rampas. El párrafo 50 dispone la construcción de escaleras para subir a los puentes y entrar en los túneles y de rampas para cochecitos de bebés y bicicletas, así como para las personas con discapacidad en silla de ruedas. Las entradas a los túneles pueden ser abiertas o cubiertas, y estar a nivel de la calle o en las plantas bajas de los edificios existentes.

47.En el párrafo 5.7 del capítulo IV de los Requisitos Técnicos STR 2.06.01:1999 "Sistemas de comunicación de las ciudades, pueblos y aldeas", aprobados por la Orden Nº 61 del Ministro de Medio Ambiente de la República de Lituania, de 2 de marzo de 1999 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 27‑773, 1999), se dispone que los pasos de peatones en las intersecciones de pasos elevados, puentes y pasos subterráneos deben estar diseñados con arreglo a lo especificado en el párrafo 2.10 del capítulo VI de los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad", que estipula que en todos los edificios públicos y edificios de apartamentos debe haber espacios para las personas con discapacidad conformes a las especificaciones de los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad". En el capítulo de los Requisitos titulado "Documentación normativa que establece los requisitos especiales de planificación para las comunicaciones" hay una referencia a los Requisitos Técnicos STR 2.03.01:2001 "Edificios y territorios. Requisitos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad".

48.En el párrafo 10 del anexo 1 de los Requisitos Técnicos STR 1.11.01:2010 "Finalización de la construcción", aprobados por la Orden Nº D1‑828 del Ministro de Medio Ambiente de Lituania, de 28 de septiembre de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 116‑5947, 2010), se dispone que el Jefe del Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad, o su representante autorizado, estará encargado de inspeccionar la conformidad de las soluciones de diseño de los edificios pertinentes para las personas con discapacidad, con excepción de los edificios renovados (modernizados), por lo que respecta a la accesibilidad de las personas con discapacidad.

49.En el párrafo 8 del anexo 9 de los Requisitos Técnicos STR 1.07.01:2010 "Documentación para los permisos de construcción", aprobados por la Resolución Nº D1‑826 del Ministro de Medio Ambiente, de 27 de septiembre de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 116‑5944, 2010), se establece que el Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad estará encargado de inspeccionar los aspectos del diseño de edificios de interés para las personas con discapacidad, con la excepción de los edificios renovados (modernizados).

50.Podrán exigirse responsabilidades, estipuladas en el Código de Infracciones Administrativas de la República de Lituania, por un trabajo inapropiado. Las sanciones son impuestas por la Inspección Estatal Territorial de la Planificación y la Construcción, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, o por un tribunal. El cumplimiento de los requisitos normativos es controlado (supervisado) por las autoridades siguientes, en sus respectivas jurisdicciones:

a)Las administraciones municipales son responsables de publicar una lista de condiciones de planificación para la preparación de documentos de planificación urbanística (Ley de Planificación Territorial);

b)Las administraciones municipales son responsables de expedir documentos de permiso de construcción tras la comprobación de los diseños de los edificios (Ley sobre la Construcción y STR 1.07.01:2010, Documentación para los permisos de construcción);

c)La Inspección Estatal Territorial de la Planificación y la Construcción, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, es responsable de la supervisión de la construcción a nivel estatal (Ley sobre la Construcción);

d)La Inspección Estatal Territorial de la Planificación y la Construcción, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, es responsable de la finalización de la construcción (Ley sobre la Construcción y STR 1.11.01:2010, Finalización de la construcción);

e)Las administraciones municipales son responsables de supervisar el mantenimiento durante el período de utilización o funcionamiento de los edificios residenciales y otras estructuras (con excepción de los edificios que se encuentran bajo la supervisión del Ministerio de Transporte y Comunicaciones o las instituciones autorizadas por este en virtud de listas de edificios aprobados) (Ley sobre la Construcción).

Accesibilidad de los medios de transporte para las personas con discapacidad

51.La accesibilidad de todas las modalidades de transporte para las personas con discapacidad está regulada por el artículo 11 de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, que dispone que la aplicación de los requisitos relativos a un entorno físicamente aceptable para las personas con discapacidad en todos los aspectos pertinentes de la vida también se lleva a cabo mediante la correspondiente adaptación de los servicios de transporte público de pasajeros, así como de su infraestructura. La accesibilidad de los transportes para las personas con discapacidad está regulada por la legislación de la Unión Europea, que también es vinculante para Lituania:

Reglamento (CE) Nº 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, que establece las normas de protección y asistencia de personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, tanto para protegerlas de la discriminación como para asegurar que reciban asistencia;

Reglamento (CE) Nº 1371/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 sobre los derechos y obligaciones de los viajeros de ferrocarril, que, entre otros derechos de los viajeros, establece normas para la protección y asistencia de los viajeros de ferrocarril con discapacidad y las personas de movilidad reducida;

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables, que entró en vigor en 2012;

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar, por el que se modifica el Reglamento (CE) Nº 2006/2004.

52.Adaptación de los servicios y la infraestructura de transportes. Los Ferrocarriles Lituanos han formulado normas de acceso no discriminatorio para el transporte de las personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida en los trenes lituanos. Esas normas consisten en facilitar información acerca de las oportunidades de viaje por ferrocarril para las personas con diferentes tipos de discapacidad, sus derechos y responsabilidades, así como las instalaciones diseñadas para las personas con discapacidad en los trenes y el nivel de adaptación de las estaciones y otras infraestructuras. Las normas se distribuyen al Foro sobre las Personas con Discapacidad de Lituania, las estaciones de ferrocarril, las oficinas y los trenes, y se publican en versión electrónica en el sitio web de la compañía, www.litrail.lt. En 2009‑2010 los Ferrocarriles Lituanos adquirieron y pusieron en funcionamiento tres nuevos trenes de dos pisos de tipo EJ575 (y otro fue adquirido en 2008), que están adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad y actualmente prestan servicio en la ruta Vilna‑Kaunas‑Vilna. Los trenes están especialmente adaptados a las personas con discapacidad por lo que respecta a los asientos, los retretes, los nuevos sistemas de información a los viajeros, paneles informativos en sistema Braille para las personas con discapacidad visual y aparatos técnicos que ayudan a subir a los trenes a las personas en silla de ruedas. En 2008, cuatro vagones de ferrocarril para pasajeros fueron adaptados con asientos y retretes especiales para personas con movilidad reducida. En 2009‑2010, los Ferrocarriles Lituanos ejecutaron varios proyectos de mejora de la accesibilidad de los servicios para las personas con discapacidad: en 11 estaciones se instalaron retretes públicos para personas con discapacidad, dotados de rampas y puertas más anchas; se instaló un elevador especializado en el museo de los ferrocarriles de la estación central de Vilna; en el túnel de ferrocarril de Kaunas los puestos de comunicaciones se adaptaron a las personas con discapacidad de modo que hubiera espacio suficiente para la evacuación en sillas de ruedas; en Klaipeda se construyó un puente peatonal sobre las vías de ferrocarril adaptado para las personas con discapacidad. En 2009, los Ferrocarriles Lituanos firmaron un acuerdo con el Foro sobre las Personas con Discapacidad de Lituania para cooperar en proyectos conjuntos relacionados con el mejoramiento de los servicios para los viajeros en ferrocarril con discapacidad y las personas con movilidad reducida, así como para la integración en el transporte por ferrocarril. En 2010, los representantes del Foro sobre las Personas con Discapacidad de Lituania —personas con discapacidad visual o auditiva y problemas de movilidad— y el personal administrativo de la sociedad lituana "Viltis", dedicada al bienestar de las personas con discapacidad intelectual, organizaron actividades de capacitación para la dirección de personal de servicio a los viajeros de los Ferrocarriles Lituanos acerca de los diferentes tipos de discapacidad, su especificidad y aspectos destacables con respecto a las comunicaciones y la prestación de servicios. El Aeropuerto Internacional de Vilna cuenta con una nueva estación de ferrocarril moderna y un ascensor seguro y espacioso. Este está dotado de un botón que permite a las personas con discapacidad llamar para recibir asistencia. La estación dispone de una plataforma elevadora móvil que facilita el acceso de entrada y salida del tren a las personas con discapacidad.

53.En el Aeropuerto Internacional de Vilna hay tres puntos dotados de medios para pedir asistencia; en un acceso a una terminal se instaló un sistema de guía (con rutas especiales) para los pasajeros con visión reducida; se instaló el sistema de información SITATEX para el intercambio de información sobre las personas con movilidad reducida que viajan en avión. En 2009, el Aeropuerto Internacional de Vilna adquirió dos sillas Liftkar PT‑S 160 para subir escaleras, que facilitan el embarque y desembarque de personas con discapacidad (o de personas con movilidad reducida) en las zonas de acceso a los aviones. En 2010, la terminal aeroportuaria de pasajeros de Vilna fue equipada con una nueva unidad de llegada a la terminal dotada de una rampa adaptada técnicamente para las personas con discapacidad, de modo que esas personas puedan acceder a la zona de recogida de equipajes sin asistencia humana. En el Aeropuerto Internacional de Kaunas funciona una nueva terminal de pasajeros adaptada a las necesidades de los viajeros con discapacidad: está equipada con ascensores, escaleras mecánicas, asientos especiales en las salas de espera, retretes separados, rampas, dos puntos para pedir asistencia, teléfonos adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad, así como una zona designada para el estacionamiento de las personas con discapacidad. En el Aeropuerto Internacional de Palanga, que está equipado con puntos para pedir asistencia, se acordó con las empresas que prestan servicios en tierra un plan de prestación de servicios a las personas con discapacidad, y se mejoró la señalización de la zona de estacionamiento.

54.En 2008, la Autoridad Lituana de Vías Navegables adaptó para las personas con discapacidad la terminal de pasajeros de Kaunas y los muelles del puerto fluvial de Uostadvaris, con rampas y zonas de estacionamiento apropiadas. En la nueva línea de transbordadores de Klaipėda se construyeron nuevas instalaciones de retretes que cumplen los requisitos modernos para las personas con discapacidad. Los transbordadores AB DFDS Lisco están equipados para las personas con discapacidad; cuentan con cabinas apropiadas para las personas con discapacidad y sus acompañantes (hasta cuatro personas por cabina).

55.Los municipios también se ocupan de adaptar el transporte público y sus infraestructuras. Según el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, en el municipio de Vilna circulan 249 vehículos bajos (45 autobuses y 204 trolebuses); toda la información sobre rutas, horarios, servicios y descuentos para las personas con discapacidad puede obtenerse por teléfono a través de los servicios de comunicación, en Internet y en los centros de información. Las paradas de transporte público ubicadas en los alrededores de sedes de organizaciones para las personas con discapacidad visual tienen horarios impresos en letras de gran tamaño, y algunos vehículos públicos disponen de un sistema de sonido que informa acerca de la ruta y de la parada. Las personas con una capacidad de trabajo del 20% y un acompañante se benefician de un descuento del 80% en los billetes, y las personas con una capacidad de trabajo del 35% reciben un descuento del 50% en los billetes para un solo recorrido y los abonos mensuales. Los pasos de peatones están equipados con un sistema de sonido. En Vilna el estacionamiento para las personas con discapacidad es gratuito. En el centro de la ciudad hay aproximadamente 100 espacios de estacionamiento para personas con discapacidad, designados con señales de tráfico especiales. El municipio de Vilna ofrece un espacio de estacionamiento gratuito debidamente señalizado en el lugar de residencia de una persona con discapacidad.

56.En el municipio de Kaunas circulan 123 vehículos bajos (80 autobuses y 43 trolebuses). Hay 97 vehículos equipados con rampas especiales para las personas con discapacidad, que permiten el acceso en silla de ruedas. Los vehículos cuentan con asientos especiales designados para las personas con discapacidad, así como espacios especiales con raíles y cinturones para las personas con discapacidad en silla de ruedas. Teniendo en cuenta las solicitudes de las organizaciones de personas con discapacidad, hay rutas en que solo prestan servicio autobuses bajos. Asimismo, teniendo en cuenta las solicitudes de las organizaciones de personas con discapacidad para que se facilite el acceso al transporte público de las personas con discapacidad visual y los invidentes, 40 trolebuses fueron equipados con un sistema externo de comunicación auditiva. Al acercarse a la parada, el trolebús anuncia por sus altavoces exteriores el número de la ruta. En el interior de todos los vehículos se informa claramente sobre la ruta.

57.Al 1 de septiembre de 2010, el municipio de Klaipėda ha ido sustituyendo sus autobuses exclusivamente con vehículos bajos. Todos los autobuses están dotados de equipo de sonido en el interior que informa sobre la parada actual y la próxima, así como de altavoces exteriores que informan de la ruta que sigue el autobús a los pasajeros que están esperando. En 2011 se introdujo en los autobuses un sistema de información que utiliza un sistema de LED, tanto dentro como fuera del vehículo, que proporciona información sobre la ruta, las paradas y las calles que sigue la ruta.

Adaptación del medio informativo a las necesidades de las personas con discapacidad

58.En virtud de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, las disposiciones sobre el acceso de las personas con discapacidad al medio informativo se delega a un órgano autorizado por el Gobierno (el Comité para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, dependiente del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; en adelante, el Comité). El Comité está encargado de la aplicación de la medida 3.15 del Objetivo 3 del Plan de Acción para el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad 2010-2012, aprobado por la Orden Nº A1‑194 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 17 de mayo de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 58‑2854, 2010), relativo a las Directrices metodológicas para el desarrollo, el ensayo y la evaluación de sitios web adaptados a las personas con discapacidad, con arreglo a la versión 2.0 de la Guía sobre Accesibilidad del Contenido de la Red del Consorcio W3, y la metodología para la evaluación del cumplimiento de los sitios web estatales y municipales de la versión 2.0 de la Guía sobre Accesibilidad del Contenido de la Red del Consorcio W3; de conformidad con la primera parte de la medida 3.15 del Objetivo 3, y teniendo en cuenta la propuesta hecha a los Estados miembros por la Comunicación de la Comisión Europea titulada "Hacia una sociedad de la información accesible", de 1 de diciembre de 2008 (COM(2008)0804), al efecto de incluir en las normas nacionales los requisitos técnicos elaborados por el Consorcio World Wide Web (en adelante, W3C), se formularon las Directrices metodológicas para el desarrollo, el ensayo y la evaluación de sitios web adaptados para las personas con discapacidad, que fueron aprobadas por la Orden Nº T‑237 del Director del Comité, de 27 de diciembre de 2011 (en adelante, las Directrices). Las normas contenidas en los requisitos técnicos WCAG 2.0 del WC3 se han traducido al idioma lituano. Las Directrices y las normas citadas se han publicado en el sitio web del Comité (www.ivpk.lt). La aplicación de la primera parte de la medida 15.3 del Objetivo 3 del Plan llevó consigo la asignación de fondos nacionales por valor de 24.200 litai. La aplicación de la segunda parte de la medida 15.3 del Objetivo 3 del Plan entrañará la formulación de la metodología para la evaluación de la accesibilidad de la red para las personas con discapacidad.

59.Las Directrices son obligatorias para las instituciones y organismos estatales y municipales por lo que respecta a la accesibilidad de las personas con discapacidad a sus sitios web, en virtud de la Resolución Nº 480 del Gobierno de Lituania, de 18 de abril de 2003, sobre los requisitos generales para los sitios web de las instituciones y organismos estatales y municipales (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 38‑1739, 2003, Nº 154‑6976, 2009). De conformidad con la citada Resolución, el Comité analiza, una vez al año, los sitios web de las instituciones y organismos estatales y municipales, incluida su accesibilidad. El análisis sirve de base para un informe que se publicará en el sitio web del Comité. Sin embargo, no se han previsto en la ley sanciones por incumplimiento en relación con la accesibilidad para las personas con discapacidad.

Disposiciones sobre accesibilidad en la Ley de Adquisiciones Públicas

60.La Ley de Adquisiciones Públicas (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 84‑2000, 1996; Nº 4‑102, 2006) contempla la posibilidad de que una autoridad contratante incluya en los documentos del contrato disposiciones que exijan que esos contratos sean ejecutados por empresas sociales de personas con discapacidad, así como por empresas y organizaciones en las que no menos de la mitad de los empleados sean personas con discapacidad, o que contemplen que esos contratos sean ejecutados en el contexto de programas de empleo protegidos en los que la mayor parte de los empleados sean personas con discapacidad. La ley también prevé que los suministros, servicios u obras que intervengan en la adquisición y que deben describirse en las especificaciones técnicas se definan de forma que tengan en cuenta los criterios de accesibilidad para las personas con discapacidad o un diseño para todo tipo de usuarios. La Oficina de Adquisiciones Públicas tiene la posibilidad de publicar requisitos aplicables a las especificaciones técnicas que sean obligatorios para las autoridades contratantes.

Medidas para mejorar el acceso al entorno de las personas con discapacidad en el marco del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad

61.Las medidas para mejorar el acceso al entorno de las personas con discapacidad en el marco del Programa Nacional tienen la finalidad de reducir el aislamiento social de las personas con discapacidad mediante la adaptación del entorno público, residencial e informativo a sus necesidades. La aplicación del Plan de Acción para el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad suponía la aplicación de las medidas siguientes en 2011:

Un proyecto de recomendaciones para los servicios públicos y privados relacionados con la discapacidad, destinadas a las instituciones y empresas estatales y municipales, los particulares y las instituciones que prestan servicios públicos y privados, incluidas las instituciones y organizaciones médicas, educacionales y culturales. Esas recomendaciones tienen por objeto ayudar a los proveedores de servicios públicos y privados a estar preparados para interactuar con personas con distintas formas de discapacidad y prestarles servicios.

Disposiciones de financiación para la adaptación de las viviendas a las personas con discapacidad, aprobadas por la Orden Nº A1‑560 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 28 de diciembre de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 1‑18, 2012).

Modificación del anexo del Programa para la Renovación y Modernización de Edificios Plurifamiliares, "Requisitos técnicos específicos para los proyectos de renovación (modernización) de edificios plurifamiliares", por la Resolución Nº 1556 del Gobierno de la República de Lituania, de 28 de diciembre de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 1‑1, 2012), que dispone actualmente que la sustitución (mejora) de los ascensores por otros más eficientes en cuanto al consumo de energía, en virtud del programa de renovación (modernización) de edificios plurifamiliares patrocinado por el Estado, debe incluir la adaptación de los ascensores a las necesidades de las personas con discapacidad.

Financiación de proyectos para la vida independiente y la movilidad de personas con los tipos de discapacidad física establecidos por la ley.

Se facilitó información sobre la integración social de las personas con discapacidad por medio de Internet (mediante el sistema universal de rehabilitación e información de las personas con discapacidad) y de publicaciones especiales.

Adquisición de programas informáticos para la subtitulación, entregados para su uso por la Televisión Nacional Lituana.

62.Teniendo en cuenta las disposiciones de la Convención, Lituania procura fomentar los principios del diseño universal. Las medidas conexas se han incorporado al Plan de Acción para el Programa Nacional. En 2011, se celebraron actividades de capacitación, se promovió la idea del diseño universal mediante el desarrollo de los conocimientos profesionales en materia de aplicaciones ambientales, y se debatieron los problemas relacionados con el diseño universal para lograr un entorno más favorable para las personas con discapacidad. Asistieron a cuatro sesiones de capacitación 86 participantes. El concepto del diseño universal se presentó en la televisión de Lituania, así como en la prensa y en sitios web pertinentes. El sitio web del Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad incluye un enlace y facilita información sobre el diseño universal. Se adoptarán nuevas medidas para la promoción del diseño universal.

Programa para la adaptación de las viviendas a las personas con discapacidad

63.El Programa para la adaptación de las viviendas a las personas con discapacidad 2007‑2011 fue aprobado por la Resolución Nº 638 del Gobierno de la República de Lituania, de 28 de junio de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 73‑2782, 2006) (en adelante, el Programa). La finalidad del Programa es permitir que las personas con discapacidad adquieran un mayor grado de movilidad y tengan un mejor acceso a los procesos de educación y formación profesional, al mercado laboral y a la vida pública. El objetivo del Programa es aumentar la independencia y la integración social de las personas con discapacidad mediante servicios orientados a esas personas y la adaptación de las viviendas. En el marco del Programa, se llevan a cabo actividades de adaptación de viviendas, se reúne, se almacena y se difunde información sobre la adaptación de viviendas, se utiliza un sistema de contabilidad común informatizado para la adaptación de viviendas (BPNAS), y se incluye a las asociaciones de personas con discapacidad en las funciones de supervisión de la aplicación del Programa.

64.Las instituciones encargadas de ejecutar el Programa son: el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo (responsable de la formulación del marco jurídico para la adaptación de viviendas), el Ministerio de Medio Ambiente (responsable de la preparación de los documentos técnicos de construcción relacionados con la adaptación de las viviendas a las necesidades de las personas con discapacidad), el Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad (responsable de la financiación y el control de las medidas del Programa), los municipios (responsables de las medidas de adaptación de las viviendas a las necesidades de las personas con discapacidad) y las asociaciones de personas con discapacidad (responsables de la supervisión de la adaptación de las viviendas). Los fondos para la aplicación del Programa se desembolsan respondiendo a solicitudes presentadas por las administraciones municipales. Las disposiciones de financiación para la adaptación de las viviendas a las personas con discapacidad, aprobadas por la Orden Nº A1‑111 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 19 de abril de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 47‑1822, 2007; Nº 35‑1681, 2010), entraron en vigor en 2011 y establecían un reparto de la financiación entre las entidades estatales y municipales: un 80% con cargo al presupuesto estatal y un 20% con cargo al presupuesto municipal para las personas con trastornos de la movilidad y problemas de autosuficiencia muy graves; un 50% con cargo al presupuesto estatal y un 50% con cargo al presupuesto municipal para las personas con trastornos de la movilidad y problemas de autosuficiencia moderados. De conformidad con las disposiciones de financiación, se lleva a cabo la adaptación de las viviendas de personas con discapacidad que tengan trastornos relacionados con la movilidad y la autosuficiencia. El personal municipal competente evalúa la necesidad de la adaptación, es decir, el volumen y la clase de obras que se deben realizar (adaptación del acceso al edificio, instalación de plataformas elevadoras, adaptación de las unidades sanitarias, ampliación de las puertas interiores, instalaciones de abastecimiento de agua y saneamiento, etc.). De los aspectos prácticos de las obras de adaptación de las viviendas se ocupan los municipios o los propios solicitantes.

65.Para asegurar la supervisión, el control y la transparencia de la aplicación de las medidas de adaptación de las viviendas, los municipios establecieron una Comisión para la Adaptación de las Viviendas a las Personas con Discapacidad. Las funciones de miembro de la Comisión y de supervisión efectiva están a cargo de especialistas designados por un municipio, así como por un representante de las asociaciones de personas con discapacidad, delegado por el Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad tras celebrar consultas con las organizaciones no gubernamentales.

66.En el período 2007‑2011 el Programa adaptó en total 1.402 viviendas a las necesidades de personas con discapacidad. Las asignaciones globales destinadas a las medidas del Programa en el período 2007‑2011 ascendieron a 21.327.700 litai con cargo al presupuesto estatal y 5.826.600 litai con cargo a los presupuestos municipales.

67.A fin de asegurar la continuidad del Programa para la adaptación de las viviendas a las personas con discapacidad 2007‑2011, las actividades de adaptación de las viviendas prosiguieron en 2012 en virtud de la Orden Nº A1‑560 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 28 de diciembre de 2011, relativa a nuevas disposiciones de financiación para la adaptación de las viviendas a las necesidades de las personas con discapacidad (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 1‑18, 2012). En lo esencial el procedimiento de financiación no ha variado.

Artículo 10Derecho a la vida

68.La República de Lituania es parte en diversos tratados internacionales de derechos humanos que contemplan el derecho a la vida. En particular, el derecho a la vida está consagrado en los siguientes instrumentos: el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En virtud de esos instrumentos internacionales el derecho a la vida también se reconoce a las personas con discapacidad. El artículo 19 de la Constitución consagra el derecho natural más importante de la persona, que es el derecho a la vida. Este artículo declara que el derecho humano a la vida está protegido por la ley, de modo que el derecho humano a la vida debe estar garantizado por un sistema amplio de medidas jurídicas. Lituania reconoce el derecho a la vida a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad; no hay en Lituania leyes que dispongan lo contrario.

69.La eutanasia no ha sido legalizada en Lituania. En el artículo 9, párrafo 1, de la Ley sobre el Registro de Defunción de un Ser Humano y sobre Condiciones Críticas (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 30‑712, 1997; Nº 43‑1601, 2002) se establece que una persona que haya determinado la existencia de una condición crítica deberá prestar sin demora primeros auxilios a un ser humano y tomar otras medidas posibles para preservar la vida de un ser humano. En el artículo 7, párrafo 3, de la misma ley se establece que los cirujanos que realizan trasplantes u otras personas que por cualquier motivo tengan interés en el trasplante de los órganos y tejidos de una persona moribunda o que como mínimo tengan una ligera relación con los transplantes no podrán intervenir en la determinación de la muerte cerebral.

70.El artículo 134 del Código Penal de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 89‑2741, 2000) establece la responsabilidad de una persona que haya ayudado al suicidio de un enfermo terminal a solicitud de este. En virtud de esta disposición, una persona podrá ser sancionada en los casos en que colabore en el suicidio de un enfermo terminal a solicitud de este, es decir, que cree las condiciones necesarias, suministre los instrumentos necesarios y elimine las barreras pertinentes, etc. La muerte de una persona a manos de otra, aunque la primera sea un enfermo terminal y lo haya solicitado, se tipifica como homicidio.

71.Con arreglo al procedimiento de interrupción del embarazo, aprobado por la Orden Nº 50 del Ministro de Salud, de 28 de enero de 1994 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 18‑299, 1994), la solicitud de interrupción del embarazo de una mujer se acepta hasta las 12 semanas del embarazo, y la interrupción del embarazo más avanzado solo se permite cuando existe un riesgo para la vida o la salud de la mujer. En la Orden mencionada figura una lista de las enfermedades o condiciones que crean un peligro para la vida y la salud de la mujer embarazada y del feto. El artículo 142 del Código Penal dispone sanciones penales para el aborto ilegal. En virtud de ese artículo, se considerarán responsables un médico que tenga derecho a realizar abortos y lo haga a solicitud de una paciente, en presencia de contraindicaciones o en caso de que el procedimiento no se realice en un establecimiento de atención de la salud; un especialista de atención de la salud que no tenga derecho a realizar abortos y que lo haga en un establecimiento de atención de la salud a solicitud de una paciente; y una persona que no tenga derecho a realizar abortos y ponga fin a un embarazo a solicitud de una mujer embarazada. Si el aborto se realiza sin el consentimiento de la paciente o en casos en que esta, debido a un estado de indefensión, no haya podido dar su consentimiento, se clasifica como trastorno grave para la salud y es sancionable en virtud del artículo 135 del Código Penal.

Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

72.Teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 11 de la Convención, cabe señalar que, por lo que respecta a estas cuestiones, no se divide a la población de Lituania entre personas sanas y/o personas con discapacidad: si se da una situación de riesgo, todos deben obtener la misma ayuda en función de la situación existente, es decir, no existen medidas específicas aplicables a las personas con discapacidad en situaciones de riesgo. En el artículo 5 de la Ley de Protección Civil (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 115‑3230, 1998; Nº 159‑7207, 2009) se establecen las tareas del sistema de protección civil y de rescate, que son las siguientes: advertir a los residentes de la emergencia inminente, informar de sus posibles efectos y de las medidas de respuesta, emprender tareas de prevención de emergencias, organizar el abastecimiento de los residentes con juegos de artículos de protección personal y equipo de protección colectiva, llevar a cabo el reconocimiento y la señalización de la zona de peligro, extinguir incendios, realizar operaciones de rescate y otras operaciones de emergencia y mantener el orden público en la zona del desastre; prestar asistencia médica y velar por la atención de la salud pública en caso de emergencia; evacuar las personas y los bienes de los territorios en peligro; llevar a cabo medidas de tratamiento sanitario y otras medidas de descontaminación, organizar el suministro de alojamiento provisional y de víveres a las víctimas, tomar disposiciones para enterrar a los fallecidos, organizar el restablecimiento de la prestación de los servicios municipales esenciales interrumpidos, prestar asistencia para preservar las instalaciones indispensables y almacenar suministros vitales.

Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley

73.Como se ha mencionado en la parte I del informe, el artículo 29, párrafo 1, de la Constitución estipula que todas las personas son iguales ante la ley, los tribunales y otras instituciones o funcionarios del Estado. Esta disposición constitucional está desarrollada en las leyes y otras normas. En el artículo 1, párrafo 1, de la Ley de Igualdad de Trato se afirma que el propósito de esa ley es asegurar la efectividad de los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República de Lituania, y prohibir cualquier forma directa o indirecta de discriminación por razón de edad, orientación sexual, discapacidad, origen racial o étnico, religión o creencias. El principio de igualdad de las personas con discapacidad también está consagrado en la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad: su artículo 3, párrafo 1, dispone que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que los demás miembros de la sociedad. Cabe señalar que la infracción de la igualdad de oportunidades en virtud de la Ley de Igualdad de Trato lleva consigo una responsabilidad administrativa (artículo 416 del Código de Infracciones Administrativas de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 1‑1, 1985).

74.En Lituania un sujeto de relaciones civiles es una persona caracterizada por su capacidad jurídica, es decir, una persona que puede obtener y ejercer derechos y obligaciones civiles. La personalidad jurídica civil está compuesta por la capacidad civil y la capacidad jurídica. En el artículo 2.1 del Código Civil de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 74‑2262, 2000) se dispone que todas las personas físicas tendrán derecho al pleno disfrute de los derechos civiles (capacidad civil pasiva), lo que incluye también a las personas con discapacidad. En el artículo 2.5, párrafo 1, del Código Civil se dispone que al alcanzar la mayoría de edad, es decir, cuando una persona física haya cumplido los 18 años, dicha persona tendrá, por sus actos, pleno ejercicio de todos sus derechos civiles y asumirá obligaciones civiles. Una persona puede adquirir anticipadamente la plena capacidad civil (antes de cumplir los 18 años) en dos casos previstos en el Código Civil: en el artículo 2.5, párrafo 2, del Código Civil se dispone que una persona autorizada por la ley a contraer una relación matrimonial antes de la edad establecida adquirirá la plena capacidad civil activa en el momento de contraer matrimonio; y en el artículo 2.9 del Código Civil se dispone que una persona menor de 16 años de edad puede ser emancipada por un tribunal.

75.En el artículo 2.6, párrafo 1, del Código Civil se dispone que no podrán imponerse restricciones a la capacidad civil pasiva o activa de ninguna persona de ningún otro modo excepto con arreglo a lo dispuesto explícitamente por la ley. Uno de los motivos para restringir la capacidad civil está contemplado en el artículo 2.10, párrafo 1, del Código Civil, que estipula que una persona física que, como resultado de una enfermedad mental o de la debilidad mental, no sea capaz de comprender el significado de sus acciones o de controlarlas podrá ser declarada incompetente. Cabe señalar que la decisión de 11 de julio de 2008 de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Lituania en la causa civil 3K‑3‑370/20082008, que también se reconoce como fuente de derecho, declara que el hecho de tener una enfermedad mental o una discapacidad mental por la cual una persona no pueda comprender el significado de sus acciones o controlarlas, según haya determinado un experto psiquiatra forense, no conlleva perder la capacidad jurídica. Además, las disposiciones del artículo 2.10, párrafo 1, del Código Civil, y el artículo 4 de la Ley de Atención de la Salud Mental (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 53‑1290, 1995) no deberán interpretarse en el sentido de que establecen que en todos los casos en que exista una conclusión psiquiátrica acerca de una enfermedad mental o una discapacidad mental, por la que una persona no pueda comprender el significado de sus acciones o controlarlas, el tribunal declarará incompetente a esa persona.

76.La determinación de la capacidad jurídica de una persona entraña la evaluación de los trastornos mentales diagnosticados por lo que respecta a la incapacidad de comprender el significado de sus acciones o de controlarlas, cuando esta situación haya sido reconocida como grave, lo cual permitirá tomar una decisión razonable acerca de la necesidad de tutela y estaría justificada la restricción de los derechos y libertades por reconocimiento de la incompetencia. Las personas que hayan sido declaradas incompetentes y, por tanto, necesitadas de tutela, son únicamente aquellas a las que se han diagnosticado los trastornos de salud mental más graves y persistentes, es decir, las personas cuya discapacidad mental o intelectual limita de forma permanente la capacidad de concentrarse, trabajar, integrarse, tener independencia económica y tomar decisiones autónomas y ser responsable por ellas. En cualquier caso, el reconocimiento de una persona como completamente incompetente por los motivos mencionados se rige por las disposiciones del Código Civil y del Código de Procedimiento Civil, que establecen los derechos procesales de la persona designada como incompetente (el derecho a comparecer personalmente, el derecho a recusar al juez que examina el caso, el derecho a ser escuchada y a ofrecer motivaciones y presentar recursos, o el derecho a expresar opiniones en el alegato final), así como del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, dedicado a la protección de la salud mental de la persona. Ese artículo abarca el conjunto de medidas públicas orientadas a garantizar los derechos de las personas con un trastorno mental o una discapacidad mental en las actuaciones judiciales al tratar los aspectos de su capacidad jurídica.

77.En el artículo 2.10 del Código Civil se dispone que una persona que haya sido declarada incompetente por decisión de un tribunal será puesta bajo tutela. Los derechos de una persona declarada incompetente, excepto los derechos personales que solo pueda ejercer la propia persona (como el derecho a contraer matrimonio, el derecho de votar, etc.) son ejercidos, a partir de la fecha de la decisión del tribunal, por un guardián que actúa en interés de la persona incompetente.

78.Las personas a las que se haya reconocido una capacidad limitada pueden ejercer algunos de sus derechos y libertades y ejercer discreción en sus actos con arreglo a su nivel de comprensión y sus capacidades. En el artículo 2.11 del Código Civil se establece que el tribunal puede imponer restricciones a su capacidad civil solo en los casos en que esas personas abusen de las bebidas alcohólicas, las drogas, los narcóticos o las sustancias tóxicas. En este caso, la persona será puesta bajo tutela. La discapacidad (física o mental) no es un motivo para imponer restricciones a su capacidad civil. Al mismo tiempo, cabe señalar que en el artículo 3.279 del Código Civil se contemplan casos en que la tutela es solicitada por una persona capacitada que no puede ejercer independientemente sus derechos o deberes a causa de una condición de salud. Esta oportunidad que ofrece la ley puede ser utilizada por personas que padecen una enfermedad que les impide desempeñar adecuadamente sus deberes, o asegurar el ejercicio de sus derechos, o de manera general las personas en edad de jubilación que necesitan atención y cuidados a causa de su estado de salud.

79.En el caso en que una persona que ha sido declarada incompetente supere su enfermedad o si su estado de salud mejora considerablemente, el tribunal reconocerá su competencia. Las personas a las que se hace referencia en el artículo 2.10, párrafo 4, del Código Civil tendrán derecho a solicitar la revocación de la incompetencia de una persona; estas son el cónyuge de la persona, sus padres, sus hijos adultos, la institución que le presta cuidados o un fiscal que, en virtud del artículo 19 de la Ley del Ministerio Público de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 81‑1514, 1994; Nº 42‑1919, 2003), habiendo establecido la infracción de los derechos e intereses legítimos de una persona o de la sociedad, defiende el interés público en el marco del procedimiento y en los casos prescritos por la ley por solicitud, propuesta o apelación de una persona, de la institución u órgano estatal o municipal, o por su propia iniciativa, así como en los casos en que los funcionarios, empleados u otro personal de otras instituciones obligadas a defender esos intereses no hayan adoptado medidas en este sentido.

80.En 2008 se estableció un equipo de tareas encargado de mejorar el concepto de incapacidad en Lituania formulando propuestas legislativas al respecto. La finalidad de la legislación propuesta era ampliar el concepto de capacidad limitada, contemplando el reconocimiento de la capacidad limitada no solo en los casos de abuso del alcohol o de las drogas, sino también en casos de trastornos mentales, en los cuales no hubiera razones suficientes para reconocer a la persona como totalmente incompetente. El proyecto de propuestas de enmienda del Código Civil, el Código de Procedimiento Civil y la Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado tenía por objeto asegurar que las personas declaradas incompetentes gozaran de representación letrada obligatoria gracias a la asistencia jurídica garantizada por el Estado; también se consolidaba la obligación de producir en este caso una evaluación de las aptitudes de la persona presuntamente incompetente para abordar problemas sociales independientemente, hecha no solo por una institución médica sino también por un trabajador social; se han formulado nuevas aclaraciones con respecto a algunas definiciones y términos jurídicos, etc. Los citados proyectos de ley, Nº XIP‑958, Nº XIP‑959 y Nº XIP‑960, presentados al Seimas (Parlamento) fueron debatidos en la Comisión de Asuntos de Salud del Seimas. Fueron aprobados en lo esencial. Con la ratificación de la Convención el 27 de mayo de 2010, Lituania adquirió nuevas responsabilidades internacionales y la obligación de armonizar su marco jurídico con la Convención. Dado que no se tenían en cuenta las nuevas normas internacionales de derechos humanos, los mencionados proyectos relativos a la garantía de la asistencia letrada en el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil y la Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado fueron devueltos a su originador para ser enmendados por el Gobierno de la República de Lituania a fin de tener en cuenta las nuevas normas internacionales para la protección de los derechos de las personas con discapacidad en virtud de la Convención.

81.El artículo 23, párrafo 1, de la Constitución establece el principio general de la inviolabilidad de la propiedad personal. En el párrafo 2 de dicho artículo se estipula que los derechos a la propiedad serán protegidos por la ley, y el párrafo 3 contiene una disposición al efecto de que la propiedad solamente podrá ser enajenada en ciertos casos y con arreglo a la ley para una finalidad pública y con sujeción a una compensación justa. En el artículo 4.67 del Código Civil figura una disposición análoga. Las reglas se aplican por igual a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad, y esta norma se basa en la mencionada disposición general de la Constitución al efecto de que todas las personas son iguales ante la ley, los tribunales y otras instituciones y funcionarios del Estado. Así, con arreglo a las disposiciones de la legislación de Lituania, las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que otras personas con respecto a la propiedad o la herencia y al control de sus propios asuntos financieros, así como igualdad de acceso a préstamos, hipotecas y otras formas de crédito bancario, como se estipula en el artículo 12, párrafo 5, de la Convención.

Artículo 13Acceso a la justicia

82.El artículo 30, párrafo 1, establece que cualquier persona cuyos derechos o libertades constitucionales hayan sido infringidos tendrá derecho a reclamar ante los tribunales. La ley garantiza que toda persona afectada tiene derecho en virtud de la ley a reclamar ante los tribunales la protección del derecho o el interés legítimo infringidos o cuestionados.

83.La Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 30 827, 2000; Nº 18‑572, 2005) ofrece a las personas acceso a la asistencia jurídica garantizada por el Estado a fin de proteger adecuadamente sus derechos o intereses legítimos infringidos o cuestionados. Esta asistencia se presta sobre la base de los principios de igualdad y protección de todos los derechos e intereses por la ley. Por consiguiente, toda persona, independientemente de su discapacidad, tiene derecho a asistencia jurídica efectiva y de buena calidad garantizada por el Estado. En virtud de esta ley, la asistencia jurídica primaria incluye información jurídica, asesoramiento jurídico y preparación de documentos jurídicos que puedan presentarse a las autoridades estatales y municipales. La asistencia jurídica primaria se presta de forma totalmente gratuita y a todos los solicitantes en todos los municipios, ciudades y distritos. La asistencia jurídica secundaria comprende la redacción de documentos, la defensa y la representación ante los tribunales, incluido el proceso de ejecución, y la representación en caso de un examen extrajudicial preliminar de una controversia, cuando dicho procedimiento esté estipulado por la ley o por la decisión del tribunal. Esa asistencia jurídica incluirá también casos de pago de los costos de los pleitos en procedimientos civiles, los costos correspondientes a procedimientos administrativos y los costos relacionados con la vista de una acción civil presentada en un caso penal. De ser necesario, las personas con discapacidad visual, auditiva o del habla que soliciten asistencia jurídica garantizada por el Estado disponen de la posibilidad de un servicio de traducción a la lengua de señas.

84.Se ha elaborado un proyecto de ley de enmienda de la Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado XIP‑4364; su artículo 12, párrafo 1, apartado 11, contiene una nueva disposición al efecto de que "se proporcionará acceso a la asistencia jurídica secundaria, independientemente de los niveles de bienes y de ingresos establecidos por el Gobierno de la República de Lituania para la prestación de asistencia jurídica en virtud de la presente ley, a las personas declaradas jurídicamente incompetentes en casos de reconocimiento de la incapacidad personal, así como a las personas reconocidas como incompetentes en casos de tutela".

85.En el artículo 6, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 1341‑46, 2002) se dispone que la justicia en las actuaciones penales se impartirá con arreglo al principio de que todas las personas son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente del origen, la condición social o económica, el origen nacional, la raza, el sexo, la educación, el idioma, las convicciones religiosas o políticas, el tipo y la naturaleza de las actividades, la residencia y otras circunstancias. Se prohíbe otorgar privilegios a cualquier persona o imponer restricciones por razón de cualesquiera circunstancias, el carácter personal, la condición social y la propiedad.

86.Por otra parte, en el artículo 6 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 13‑308, 1999; Nº 85‑2566, 2000) se dispone que la justicia en los casos administrativos será impartida exclusivamente por los tribunales, con arreglo al principio de la igualdad de todas las personas ante la ley y los tribunales, independientemente del origen, la condición social, el origen nacional, la raza, sexo, la educación, el idioma, las convicciones religiosas o políticas, el tipo y la naturaleza de las actividades, la residencia y otras circunstancias. Cabe señalar que ni las leyes citadas ni cualesquiera otras leyes que gobiernan el procedimiento para someter un caso a un tribunal, un procedimiento de audiencia, o un procedimiento relativo a una decisión judicial o su cumplimiento, incluirán disposiciones que creen condiciones discriminatorias para las personas con discapacidad.

87.En el artículo 6 del Código de Procedimiento Civil, que establece el procedimiento para examinar casos, dictar decisiones y hacer cumplir las decisiones en asuntos civiles, laborales, de familia, de propiedad intelectual, de competencia, de quiebra, de reestructuración y de adquisición, así como en otros asuntos sobre relaciones jurídicas privadas, y en procedimientos jurídicos especiales, el reconocimiento de decisiones judiciales y laudos arbitrales extranjeros y el procedimiento para su cumplimiento en la República de Lituania, así como el procedimiento para presentar reclamaciones contra decisiones de tribunales arbitrales reconocidos en la República de Lituania, se establece que la justicia en las causas civiles será administrada exclusivamente por los tribunales de conformidad con el principio de la igualdad de todas las personas, independientemente de su origen, condición social, origen nacional, raza, sexo, educación, idioma, convicciones religiosas o políticas, tipo y naturaleza de las actividades y otras circunstancias. Así, independientemente de que la persona tenga o no una discapacidad, los tribunales de justicia se guiarán principalmente por el principio de igualdad ante la ley y asegurarán a todos los interesados los mismos derechos procesales.

88.Cabe señalar que, a fin de garantizar los derechos procesales pertinentes a las personas con discapacidad, el Código de Procedimiento Civil prevé ciertas medidas jurídicas y reglamentarias que permiten adaptaciones apropiadas para el ejercicio de sus derechos procesales (por ejemplo, en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que regula el procedimiento para interrogar a los testigos, se dispone que si, por causa de una discapacidad, un testigo no puede comparecer ante el tribunal, podrá ser interrogado en su domicilio).

89.Cabe señalar también que, en virtud del artículo 663 del Código de Procedimiento Civil, que prevé restricciones a la recuperación de los activos de una persona, el tribunal, a solicitud del deudor o de sus familiares, a raíz del embargo del apartamento o de la casa para el pago de las cuentas pendientes de electricidad, agua, gas y otros servicios, puede determinar que dicho apartamento, edificio o parte de él, que las personas interesadas necesitan para vivir, no puede ser objeto de recuperación. El tribunal puede determinar este hecho teniendo en cuenta la situación material y los intereses de los niños, las personas con discapacidad y otras personas socialmente desfavorecidas.

90.En el artículo 53, párrafo 4, del Código de Procedimiento Penal se dispone que, por decisión del fiscal o de un tribunal, un miembro de la familia o un familiar próximo de una persona que no haya sido declarada incompetente por la ley, pero que a causa de la edad avanzada, la discapacidad, una enfermedad u otra razón válida no pueda ejercer los derechos que le otorga la ley, podrá participar en las actuaciones como representante legítimo de esa persona, previa solicitud oral o escrita de esta. En el artículo 53 del Código de Procedimiento Penal de la República de Lituania se dispone que el examen de los casos de personas ciegas, sordas, mudas y otras personas con discapacidad física o mental, que no puedan ejercer su derecho a la defensa, la participación del asesor letrado (abogado) será obligatoria. Si el sospechoso, el acusado o la persona declarada culpable no ha solicitado personalmente, ni lo han hecho otras personas a solicitud de ella, la intervención del asesor letrado, en tal caso el funcionario encargado de la investigación previa al juicio, el fiscal o el tribunal deberán notificar a la institución responsable de la asistencia jurídica garantizada por el Estado o su coordinador el hecho de que el sospechoso, el acusado o la persona declarada culpable necesitan asistencia para su defensa, y designará al asesor letrado seleccionado por dicha institución. En virtud del artículo 12, párrafo 1, de la Ley sobre Asistencia Jurídica Garantizada por el Estado de la República de Lituania, en los casos en que exista una participación obligatoria del asesor letrado, la asistencia jurídica garantizada por el Estado se proporciona gratuitamente.

91.En el artículo 8 del Código de Procedimiento Penal de la República de Lituania se dispone que los participantes en un procedimiento penal que desconozcan el idioma lituano tendrán garantizado el derecho a formular declaraciones, prestar testimonio y aportar explicaciones, y a presentar solicitudes y reclamaciones en su idioma materno u otro idioma que conozcan. En tales casos, además de familiarizarse con el caso, los participantes tienen derecho a recibir los servicios de un traductor en el marco del procedimiento prescrito por el Código. En virtud del artículo 43 del Código de Procedimiento Penal de la República de Lituania, un traductor es también una persona que comprenda los signos de las personas sordas o mudas, invitado por un funcionario de investigación previa al juicio, un fiscal, un juez de instrucción o el tribunal a participar en este proceso de conformidad con el Código. Los gastos de traducción se sufragarán con cargo a los recursos de la investigación previa al juicio, el ministerio público o el tribunal; dicho de otro modo, los servicios de traducción son gratuitos para el encausado.

92.El Código Penal protege por igual la vida, la salud, la libertad, la libertad de autodeterminación e inviolabilidad sexual, y el honor y la dignidad de las personas sanas y las personas con discapacidad. Por otra parte, las personas con discapacidad gozan, siempre que sea necesario, de una mayor seguridad. Por ejemplo, si el delito se comete, sin su consentimiento, contra una persona indefensa por razón de enfermedad, discapacidad, jubilación u otro motivo, ello se tipifica como circunstancia definitoria del delito (artículo 129, párrafo 2, apartado 2; 135, párrafo 2, apartado 2; 138, párrafo 2, apartado 2, del Código Penal), o como circunstancia agravante para el autor (con respecto a otros delitos). El Código Penal establece la responsabilidad penal por ciertos delitos en los cuales el autor se aprovecha del estado de dependencia o vulnerabilidad de la víctima (artículos 147 y 151 del Código Penal), que puede deberse a la discapacidad de esta.

93.La capacitación que se imparte a la policía de Lituania sobre la comunicación con las víctimas incluye el aspecto de la discriminación por razón de discapacidad. En 2010 se celebraron 15 seminarios sobre la cuestión, en los que participaron 223 funcionarios de policía. En las ocho actividades de capacitación realizadas en 2011 participaron 110 funcionarios de policía. En 2011, la academia de policía de Lituania celebró sesiones de capacitación sobre la interacción con personas con discapacidad, a las que asistieron 171 funcionarios de policía.

Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

94.El artículo 20 de la Constitución y el artículo 5, párrafo 1, del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que entró en vigor en la República de Lituania el 20 de junio de 1995, estipulan que la libertad humana es inviolable. Una disposición similar está consagrada también en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 6 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias; nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido por esta. La citada disposición constitucional sobre la inviolabilidad de la libertad humana es aplicable a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad. Las leyes y reglamentos de la República de Lituania no contiene ninguna disposición que prevea la posibilidad de prisión de una persona por razón de discapacidad.

95.En el artículo 6 del Código de Aplicación de Sanciones Penales de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 73‑3084, 2002) se consagra el principio de la igualdad de los condenados ante las leyes penales. En ese artículo se dispone que la aplicación de las leyes penales sigue el principio de que todos los delincuentes son iguales, independientemente de su origen étnico, género, condición social o económica, raza o grupo étnico, opiniones políticas y de partido, educación, idioma, creencias religiosas y de otro tipo, características genéticas, discapacidad, orientación sexual, tipo y naturaleza de la actividad, residencia y otras circunstancias ajenas a la legislación de la República de Lituania. Este principio se aplica a todos los tipos de penas, incluida la de prisión. Cabe señalar que, en virtud del artículo 173, párrafo 5, del Código de Aplicación de Sanciones Penales, las personas con discapacidad que están detenidas o encarceladas o que cumplen una pena de cadena perpetua tienen acceso a alojamiento y a condiciones de vida adaptados y a un nivel superior de nutrición. En el artículo 182, párrafo 5, del Código de Aplicación de Sanciones Penales de la República de Lituania se dispone que las personas con discapacidad y las personas de edad que son puestas en libertad tras haber estado en instituciones correccionales y centros de detención deben tener acceso, a petición propia, al apoyo social previsto en las leyes de la República de Lituania.

96.En el artículo 2.26, párrafo 1, del Código Civil se dispone que la libertad de una persona natural será inviolable y que una persona competente (las personas legalmente incompetentes se especifican en la subsección del informe relativa al artículo 12) no puede ser objeto de ningún tipo de supervisión ni se le puede imponer ningún tipo de restricción. Las personas incompetentes sujetas a tutela (artículo 3.238 del Código Civil) están bajo la supervisión de un guardián, por lo cual su libertad está limitada en la medida necesaria para asegurar una atención adecuada y la seguridad pública. Por consiguiente, está prohibido restringir de forma no razonable, no justificada y sin motivo la libertad de una persona incompetente. En los párrafos 2 y 3 del artículo 2.26 del Código Civil figuran disposiciones específicas relativas a lo dispuesto en el artículo 2.26, párrafo 1, del Código Civil. Estipulan que cuando la vida de una persona esté en peligro o dicha persona deba ser hospitalizada para proteger los intereses públicos, no se requerirá el consentimiento de la persona para la atención médica. La condición mental de una persona solamente podrá ser examinada con el consentimiento de dicha persona o con permiso de un tribunal. El consentimiento para examinar la salud mental de una persona incompetente puede ser otorgado por el guardián o por un tribunal. Si la vida de una persona está realmente en peligro, puede prestarse asistencia médica psiquiátrica de emergencia sin su consentimiento. El artículo 26.2, párrafo 4, del Código Civil contiene disposiciones de principio para el ingreso en una institución. El citado artículo 26.2, párrafo 4, del Código Civil dispone que una persona solo puede ser ingresada en una institución psiquiátrica con su consentimiento y una vez que se haya otorgado la autorización del tribunal. Cuando una persona tenga una enfermedad mental grave y exista un peligro claro de que sus actos puedan causar un daño considerable a su propia salud, su vida o sus bienes, o a los de otras personas, dicha persona puede ser hospitalizada obligatoriamente durante un período no superior a dos días. La hospitalización obligatoria puede prorrogarse únicamente mediante autorización del tribunal de conformidad con el procedimiento prescrito por la ley. Si una persona ha sido declarada incompetente, su guardián podrá dar su consentimiento a la hospitalización obligatoria de la persona por un período no superior a dos días. La hospitalización obligatoria de una persona incompetente puede prorrogarse únicamente mediante autorización del tribunal de conformidad con el procedimiento prescrito por la ley.

97.En el artículo 28 de la Ley de Atención de la Salud Mental (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 53‑1290, 1995) se dispone que el paciente puede ser hospitalizado involuntariamente o ser sometido a tratamiento psiquiátrico involuntario por un período no superior a dos días sin autorización del tribunal. Cuando se ha hospitalizado involuntariamente a un paciente, la administración del centro psiquiátrico debe remitirse a la justicia en un plazo de dos días. El tribunal, habiendo examinado las recomendaciones de los psiquiatras, tiene derecho a decidir la prórroga de la hospitalización forzosa del paciente y su tratamiento involuntario, por un período no superior a un mes a partir del primer día de la hospitalización involuntaria. Si el tribunal no autoriza la prórroga en un plazo de dos días habrá que poner fin a la hospitalización y al tratamiento involuntarios.

98.La administración de un centro psiquiátrico, sobre la base de las recomendaciones de un psiquiatra, tiene derecho a poner fin prematuramente a la hospitalización y el tratamiento involuntarios de un paciente. Si la hospitalización y el tratamiento involuntarios deben prorrogarse, la administración del centro psiquiátrico deberá remitirse al tribunal para dicha prórroga. El tribunal podrá poner fin a la hospitalización y el tratamiento involuntarios, o prorrogarlos, por períodos no superiores a los seis meses en cada ocasión. Sin embargo, también en este caso la administración del centro psiquiátrico, sobre la base de las recomendaciones de un psiquiatra, tiene derecho a poner fin prematuramente a la hospitalización y el tratamiento involuntarios de un paciente. En casos de hospitalización y tratamiento involuntarios de pacientes con enfermedades mentales graves, la administración del centro psiquiátrico deberá ponerse en contacto con el municipio en relación con la asistencia jurídica secundaria al paciente, en caso de que no esté representado por su asesor legítimo, pero esta estipulación no siempre se ha cumplido, o bien se ha cumplido como una simple formalidad. En el artículo 30 de la ley se estipula que un paciente hospitalizado involuntariamente deberá confirmar con su firma que la administración del centro psiquiátrico le ha informado sobre su hospitalización involuntaria y sus derechos en el centro psiquiátrico. Si el paciente se niega a firmar o no tiene capacidad para hacerlo, el hecho de haber sido informado acerca de la hospitalización involuntaria deberá ser confirmado por escrito por dos testigos, que pueden ser empleados de un centro psiquiátrico, con la excepción de los psiquiatras.

Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

99.El artículo 21, párrafo 3, de la Constitución establece la prohibición de torturar, degradar la dignidad humana o infligir tratos crueles, así como de imponer esos castigos. Con arreglo a esta disposición constitucional y a diversos instrumentos internacionales (el citado Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, del Consejo de Europa, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, etc.), esta prohibición de torturar, lesionar, degradar la dignidad humana, tratar con crueldad o castigar se relaciona principalmente con el Estado y sus autoridades. Por ello, esas prohibiciones se establecen para proteger a la persona de actos ilícitos cometidos por funcionarios públicos u otras personas autorizadas para actuar en nombre del Estado.

100.En el primer ciclo del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos, la República de Lituania aprobó la recomendación relativa a la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que fue clasificada entre las que ya se estaban aplicando (véase A/HRC/19/15, párr. 89), lo cual significa que la República de Lituania ya ha tomado la decisión de pasar a ser parte en dicho Protocolo.

101.El artículo 21, párrafo 4, de la Constitución dispone que ninguna persona podrá ser sometida a experimentación científica o médica sin su consentimiento libre y fundamentado. En tal caso, cuando la persona averigüe que ha sido sujeta a experimentación científica o médica contra su voluntad, podrá reclamar ante la justicia en virtud del artículo 21, párrafo 4, de la Constitución. De conformidad con el artículo 308 del Código Penal (investigación biomédica prohibida en la que intervengan seres humanos o embriones humanos), la responsabilidad por la investigación biomédica prohibida en la que intervengan un ser humano o un embrión humano recaerá en la persona que realice la investigación.

102.El artículo 2.25 del Código Civil, relativo al "Derecho a la inviolabilidad y la integridad de la persona", incluye disposiciones que también contribuyen a aclarar el contenido del artículo 21 de la Constitución. En virtud del citado artículo del Código Civil, una persona física será inviolable. No podrá obligarse a ninguna persona física a someterse a pruebas o exámenes científicos o médicos contra su voluntad y sin su libre consentimiento (o, en casos de incapacidad de una persona, sin el consentimiento de su representante legal). Dicho consentimiento deberá otorgarse por escrito. Toda intervención en un cuerpo humano o la extracción de partes u órganos del cuerpo solo será posible con el consentimiento de la persona. El consentimiento para someterse a una operación quirúrgica deberá otorgarse por escrito. Si una persona es incompetente, su guardián deberá otorgar el consentimiento; no obstante, en los casos de castración, esterilización, aborto, operación o extracción de órganos de una persona incompetente se requerirá una autorización del tribunal. Dicha autorización no será necesaria en casos de emergencia en que la vida de la persona esté en peligro y sea necesario salvarla mientras la propia persona está imposibilitada para expresar su voluntad. Una persona física podrá especificar, por escrito, las características de su funeral y la forma de disponer de su cuerpo después de su fallecimiento. Un cuerpo humano, sus partes o sus órganos y tejidos no podrán ser objeto de contratos comerciales. Cualquier contrato de este tipo será considerado nulo. La persona cuyo derecho a la inviolabilidad y la integridad personales haya sido infringido tendrá derecho a reclamar a los culpables por los daños y perjuicios que le hayan causado.

103.El procedimiento para la donación y el transplante de tejidos y órganos humanos está estipulado en una ley separada: la Ley de la República de Lituania sobre la Donación y el Transplante de Tejidos, Células y Órganos Humanos (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 116‑2696, 1996; Nº 55‑1886, 2004). En el artículo 7, párrafos 1 y 2, de la ley se establece que toda persona que sea mayor de edad (que haya cumplido los 18 años) y competente tendrá derecho a informar acerca de su consentimiento o desacuerdo para la utilización de sus tejidos y/u órganos para fines de transplante después de su fallecimiento. La persona informará por escrito a la institución de salud. Tras haber recibido por escrito el consentimiento o el desacuerdo de una persona para la utilización de sus tejidos y/u órganos para fines de transplante después de su fallecimiento, la institución de salud deberá registrar esa declaración de conformidad con el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud y transmitir inmediatamente esos datos al Registro de Donantes y Receptores de Tejidos, Células y Órganos Humanos. La persona debe ser informada de que en cualquier momento tiene la oportunidad de cambiar de opinión acerca del consentimiento o el desacuerdo, y que deberá informar al respecto a la institución de salud. En el artículo 8, párrafos 2 y 3, de la ley se establece que en caso de fallecimiento de una persona que antes de morir no haya expresado su voluntad sobre la utilización de sus tejidos y órganos para fines de transplante con arreglo al procedimiento establecido en artículo 7 de esa ley, y si no hay otra posibilidad de averiguar su voluntad y se desconoce la identidad de sus familiares más próximos, por lo que resulta imposible preguntarles, en caso de emergencia la decisión relativa a la extracción de tejidos y/u órganos para fines de transplante podrá ser tomada por la junta de la institución de salud. Las personas que, por cualquier motivo, estén interesadas en el transplante de los tejidos u órganos de la persona mencionada no tendrán derecho a participar en la decisión relativa a la extracción de los tejidos u órganos de dicha persona para fines de transplante. Estará permitido extraer tejidos, células y órganos de un donante vivo competente únicamente tras obtener un consentimiento por escrito de esa persona. El donante tendrá derecho a revocar su consentimiento. Estará prohibido extraer tejidos, células u órganos de un donante mayor de edad total o parcialmente incompetente. Antes de la extracción de los tejidos, células y órganos, el donante y el receptor deberán ser sometidos a un examen médico. Habrá que informar al donante de manera comprensible acerca de los posibles efectos para su salud de la extracción de tejidos, células y órganos. Estará prohibido extraer tejidos, células u órganos de una persona cuando ello empeore de manera significativa su estado de salud o cause una amenaza para su vida. En virtud de esta ley, los tejidos, las células y los órganos de una persona fallecida o viva no podrán ser objeto de transacciones comerciales civiles. También estará prohibido publicar información acerca de la necesidad de tejidos, células y órganos humanos o sobre su disponibilidad para obtener un beneficio económico o un beneficio análogo.

104.El artículo 1, párrafo 2, de la Ley de la República de Lituania sobre la Ética de la Investigación Biomédica (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 44‑1247, 2000; Nº 125‑5093, 2007) establece que la investigación biomédica debe llevarse a cabo de conformidad con el principio de que los intereses del ser humano prevalecen sobre los intereses de la sociedad y de la ciencia. En la ley se declara que la investigación biomédica en que intervengan sujetos vulnerables únicamente se permitirá cuando este tipo de investigación biomédica solo pueda realizarse en sujetos vulnerables, cuando los resultados de la investigación biomédica puedan redundar en un beneficio directo y real para la salud de estos sujetos y cuando la investigación biomédica no represente un riesgo para la salud o la vida del sujeto. Los sujetos vulnerables serán las personas cuyo consentimiento para participar en la investigación biomédica pueda estar influido por circunstancias externas. Entre los sujetos vulnerables figuran las personas con trastornos mentales, pero que son capaces de otorgar su consentimiento para participar en la investigación biomédica, y las personas ingresadas en instituciones. Con arreglo al artículo 8, párrafo 1, la investigación biomédica solo se llevará a cabo con el consentimiento escrito del sujeto. Antes de otorgarse el consentimiento, se proporcionará al sujeto, contra su firma, información comprensible por él acerca del objetivo, el plan de la investigación y los métodos aplicados, las decisiones del Comité de Bioética de Lituania o de un Comité Regional de Ética de la Investigación Biomédica apropiado, así como sobre los beneficios previsibles de la investigación biomédica para el sujeto; los derechos, riesgos previsibles e inconvenientes que la investigación biomédica pueda causar al sujeto, así como la compensación disponible para el sujeto en caso de daños causados por la investigación biomédica; el derecho del sujeto a revocar su consentimiento para participar en la investigación biomédica, por escrito y en cualquier momento, previo suministro de información acerca de las consecuencias de esa interrupción de la investigación biomédica; y garantías de confidencialidad de la información. El consentimiento de un paciente psiquiátrico competente para otorgar su autorización fundamentada para participar en la investigación biomédica deberá ser confirmado por dos testigos y por el jefe del establecimiento de atención de la salud en que se lleve a cabo la investigación biomédica. También habrá que obtener la aprobación de la Comisión de Ética Médica.

105.En Lituania la investigación biomédica solo puede llevarse a cabo con el permiso de las autoridades siguientes: el Comité de Bioética de Lituania o el Comité Regional de Ética de la Investigación Biomédica. El ensayo clínico de un medicamento solo podrá efectuarse con la aprobación del Comité de Bioética de Lituania y la autorización de la Agencia Estatal de Control de los Medicamentos, dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

106.En Lituania la justicia en los procedimientos penales se imparte siguiendo el principio de que todas las personas son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente del origen, la condición social o económica, el origen nacional, la raza, el sexo, la educación, el idioma, las convicciones religiosas o políticas, la naturaleza de las actividades, la residencia y otras circunstancias, y la ley prohíbe conceder privilegios a cualquier persona o imponer cualesquiera restricciones basándose en cualesquiera circunstancias o en el carácter personal y la condición social y económica (Código de Procedimiento Penal de la República de Lituania, artículo 6, párrafos 2 y 3).

107.En Lituania el mantenimiento del orden público está a cargo de la policía. Una de las tareas principales de la policía es prestar asistencia urgente a las personas que la necesitan por motivos de indefensión física o mental, además de las víctimas de delitos, otras infracciones de la ley, desastres naturales o factores análogos (artículo 5, párrafo 1, apartado 3, de la Ley sobre la Actividad Policial de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 90‑2777, 2000). Cabe señalar que el artículo 24, párrafo 2, y el artículo 25, párrafo 2, disponen que estará prohibido utilizar medios de combate cuerpo a cuerpo y equipo especial contra personas que de forma evidente tengan alguna discapacidad.

108.Con objeto de reducir la violencia en el entorno inmediato y de asegurar la protección de las víctimas de la violencia en el entorno inmediato, el S eimas aprobó la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 72‑3475, 2011), que entró en vigor el 15 de diciembre. Esta ley tiene un carácter muy general y se aplica a todas las personas afectadas por la violencia. La ley se aplica cuando se ejerce cualquier forma de violencia (física, psicológica, sexual, económica, etc.) en el entorno doméstico, es decir, cuando el acto de violencia se comete entre personas que actualmente estén unidas, o que lo hayan estado, por el matrimonio, una relación de pareja de hecho, afinidad u otra relación cercana, y también las personas que tengan un domicilio común y un hogar común. Cabe señalar que, en virtud de la ley, al recibirse el aviso de un incidente de violencia doméstica y al acudir al lugar del incidente o ser testigos de este, los agentes de policía dejarán constancia de la ocurrencia del incidente de violencia doméstica e iniciarán una investigación previa al juicio. La víctima de la violencia no presentará denuncia. La ley contempla que el autor sea expulsado del domicilio donde vive con la víctima por un período determinado por el tribunal, y también que el autor no pueda aproximarse a la víctima de la violencia, comunicarse con ella o buscar cualquier tipo de contacto. Al imponer las medidas, en el caso de que una víctima de la violencia o su autor no puedan ser privados de atención a causa de defectos o características físicas o mentales, la cuestión de la atención de esas personas se resolverá de conformidad con el procedimiento establecido por los instrumentos jurídicos de la República de Lituania (artículo 5, párrafo 5 de la ley). A fin de impedir la violencia doméstica, la ley contempla medidas preventivas que serán administradas por las instituciones de gobierno estatal y local y organizaciones no gubernamentales.

109.Las medidas relacionadas con la asistencia a las mujeres afectadas por la violencia, las medidas relacionadas con los autores, así como la prevención de la violencia doméstica contra la mujer, se aplicarán de conformidad con la Estrategia Nacional para Combatir la Violencia contra la Mujer y su Plan de Acción para 2007‑2009, aprobados por la Resolución Nº 1330 del Gobierno de la República de Lituania, de 22 de diciembre de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 144‑5474, 2006). El nuevo Plan de Acción para 2010‑2012 fue aprobado por la Resolución Nº 853 del Gobierno de la República de Lituania, de 19 de agosto de 2009 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 101‑4216, 2009). Esta estrategia tiene por objeto combatir la violencia contra la mujer a nivel nacional para reducir de forma constante, general y sistemática este problema.

110.Con respecto a la protección de los niños con discapacidad frente a actos de violencia, el Código Penal de la República de Lituania contiene varias disposiciones con arreglo a las cuales los casos relacionados con delitos concretos cometidos contra un menor o un niño pequeño no pueden ser objeto de enjuiciamiento privado (artículos 140, 149, 150, 151, etc. del Código Penal de la República de Lituania). El ministerio público garantiza el enjuiciamiento de los autores de la conducta delictiva.

111.El Código Penal establece la responsabilidad penal de una persona que obligue a un menor a participar en la prostitución, que obtenga un beneficio de la prostitución de un menor u organice o esté a cargo de la prostitución del menor o que transporte al menor con su consentimiento para fines de prostitución, o que utilice a un menor para fines de pornografía, o que produzca, adquiera, almacene, muestre, anuncie o distribuya material pornográfico en el que figure un niño. También establece la responsabilidad penal por la violación de menores y niños pequeños, por los abusos sexuales y las relaciones sexuales forzadas, el acoso sexual de un niño, el secuestro o la sustitución de un niño, la compra o venta de niños y la trata de seres humanos. Todas las disposiciones citadas del Código Penal incluyen los delitos cometidos contra niñas y niños indistintamente.

112.El artículo 144 del Código Penal de la República de Lituania establece la responsabilidad penal de una persona que, al haber surgido una amenaza o mientras tenía la obligación de ocuparse de la víctima, no proporcione asistencia en una situación que presente una amenaza para la vida de esa persona, pese a estar en condiciones de prestar dicha asistencia. Asimismo, en el artículo 158 del Código se establece la responsabilidad penal de un padre, una madre o un guardián u otro representante legítimo de un niño que abandone a un niño que no tenga capacidad para ocuparse de sí mismo y por tanto lo deje sin la debida atención, con la intención de abandonarlo.

113.El 22 de abril de 2003, la República de Lituania ratificó por ley el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada en Palermo el 15 de noviembre de 2000 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 49‑2166, 2003).

114.El programa nacional de prevención de malos tratos a la infancia y de apoyo a la infancia para 2011‑2015 fue creado por la Orden Nº A1‑2 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 3 de enero de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 2‑81, 2011), que contempla varias medidas encaminadas a prevenir la violencia contra los niños y la intervención en relación con todos los tipos y formas de violencia, así como el desarrollo de servicios complejos, aptitudes profesionales, etc. Estas medidas tienen por objeto mejorar el sistema de protección frente a la violencia de todas las personas, incluidos los niños con discapacidad.

Artículo 17Protección de la integridad personal

115.Como se ha señalado en la subsección del informe relativa al artículo 15, las leyes de la República de Lituania consagran la inviolabilidad de la persona, la cual, sin su conocimiento y consentimiento, no podrá ser sometida a experimentación científica o médica. Estas disposiciones se aplican por igual a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.

116.La Ley de la República de Lituania sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 102‑2317, 1996; Nº 145 6425, 2009) estipula que el paciente tiene derecho a ser tratado de tal manera que su diagnóstico, tratamiento y atención se realicen con respeto; el paciente debe recibir métodos científicamente comprobados de anestesia, que impidan el sufrimiento causado por sus trastornos de salud, y el paciente tiene derecho a ser cuidado y a morir con dignidad. La citada ley también establece que el paciente no podrá participar en una investigación biomédica sin su consentimiento. La participación de un paciente en la investigación biomédica y la capacitación de los profesionales médicos deben guiarse por el principio de que los intereses y el bienestar del paciente están por encima del interés académico.

117.Los centros de salud donde se imparte capacitación a los profesionales de la atención de la salud facilitarán al paciente información sobre el reglamento y los procedimientos internos del centro, que deberá ser confirmada con su firma. En esas normas se destacará el hecho de que el paciente participará en un proceso de capacitación médica. Se considera que un paciente que suscribe el reglamento de un centro de salud donde se imparte capacitación a profesionales de la atención de la salud otorga su consentimiento para participar en el proceso de capacitación. Un paciente que no acepte participar en el proceso de capacitación, ni que su información se utilice para fines científicos y educativos, deberá declararlo por escrito. Su declaración escrita deberá ser incluida en el expediente médico del paciente. La privacidad del paciente no podrá ser violada utilizando la información para fines científicos y educativos.

118.El artículo 10 de la Ley de Atención de la Salud Mental de la República de Lituania estipula que el paciente tiene derecho a elegir un psiquiatra, un establecimiento de salud mental y el tipo y la amplitud de la atención de salud, o bien rechazarlos. En el artículo 26 se dispone que un paciente que no haya sido hospitalizado involuntariamente tendrá derecho a abandonar el establecimiento de salud mental en cualquier momento. No se administrará ningún tratamiento a un paciente sin su consentimiento, excepto en casos de hospitalización involuntaria. El tratamiento involuntario solo podrá ser administrado por decisión de un tribunal. Antes de otorgarse el permiso del tribunal, el paciente podrá ser tratado involuntariamente durante dos días como máximo previa decisión de dos psiquiatras y un representante (médico) de la administración de la institución psiquiátrica. El artículo 18 de la ley dispone que únicamente podrán prescribirse a las personas con una enfermedad mental los métodos de tratamiento aprobados de conformidad con el procedimiento establecido en los estatutos jurídicos de la República de Lituania. Los métodos de tratamiento que tengan un efecto perjudicial irreversible para la salud no podrán ser aplicados a personas no competentes que tengan una enfermedad mental. Los métodos clínicos experimentales de tratamiento o de psicocirugía solo podrán ser aplicados a las personas con una enfermedad mental para fines de tratamiento y bajo la supervisión de la Comisión de Ética Médica. Los métodos clínicos experimentales de tratamiento o de psicocirugía solo podrán ser aplicados con el consentimiento fundamentado otorgado por escrito por la persona que padezca la enfermedad mental, certificado por dos testigos y el director médico del establecimiento de salud mental.

119.Cabe destacar también que el artículo 2.25, párrafo 2, del Código Civil de la República de Lituania establece que toda intervención en un cuerpo humano, o la extracción de partes u órganos del cuerpo, solo será posible con el consentimiento de la persona. El consentimiento para una operación quirúrgica deberá otorgarse por escrito. Si una persona es incompetente será su guardián quien dé el consentimiento; no obstante, en los casos de castración, esterilización, aborto, operación o extracción de órganos de una persona incompetente se requerirá la autorización del tribunal. Dicho consentimiento no será necesario en los casos de emergencia en que la vida de la persona esté en peligro y deba ser salvada mientras la propia persona no tiene la posibilidad de expresar su voluntad.

120.Las personas con discapacidad, al igual que los demás ciudadanos de Lituania, tienen acceso a medios de reproducción asistida. Las disposiciones para la inseminación artificial fueron aprobadas por la Orden Nº 248 del Ministro de Salud, de 24 de mayo de 1999 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 47‑1497, 1999), que prevé la inseminación artificial únicamente para una mujer adulta competente, menor de 45 años, cuyo estado de salud sea apropiado para este procedimiento. Ello también requiere un consentimiento otorgado por escrito por ella misma y por su cónyuge competente. Nadie podrá obligar o convencer de algún otro modo a una mujer a someterse a la inseminación artificial. La inseminación artificial no se aplicará en casos en que el embarazo o el parto pudieran poner en peligro la vida o la salud de la mujer o del futuro hijo.

Artículo 18Libertad de desplazamiento y nacionalidad

121.La legislación de Lituania relativa a las relaciones jurídicas por lo que respecta a la nacionalidad (condiciones y procedimientos para la adquisición de la ciudadanía o su retirada) y la migración (entrada en la República de Lituania, permanencia y salida) no establecen limitaciones, restricciones, negaciones o privaciones de los derechos de las personas con discapacidad por razón de su discapacidad. Las leyes que rigen esas cuestiones son aplicables por igual a todas las personas, independientemente del género, la discapacidad y otras características. El artículo 12 de la Constitución estipula que la ciudadanía de la República de Lituania se adquirirá por nacimiento y por otros motivos establecidos por la ley. El artículo 32 establece que un ciudadano puede trasladarse y elegir libremente su lugar de residencia en Lituania y puede abandonar Lituania libremente.

122.La Ley del Estatuto Jurídico de los Extranjeros de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 73‑2539, 2004) regula la entrada de extranjeros en la República de Lituania, así como la permanencia en el país y la salida de él, cuando el extranjero no es ciudadano de la República de Lituania, independientemente de que sea nacional extranjero o apátrida (artículo 2, párrafo 32). El artículo 3, párrafo 2, dispone que en la República de Lituania los extranjeros gozarán de igualdad ante la ley sin distinción por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen, condición social, religión, convicciones u opiniones.

123.No se incluyen disposiciones discriminatorias ni en la Ley sobre Pasaportes de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 99‑3524, 2001) ni en la Ley sobre Tarjetas de Identidad de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 97 3417, 2001), que contemplan la emisión de un pasaporte o una tarjeta de identidad a todos los ciudadanos de la República de Lituania a partir de una determinada edad.

124.Actualmente se han presentado al Seimas proyectos de propuesta sobre la ley de enmienda de la Ley del Estatuto Jurídico de los Extranjeros Nº XIP‑2360 (2). En el artículo 51, párrafo 8, apartado 4, del proyecto de ley enmendada se establece que para obtener un permiso de residencia permanente en Lituania, el requisito de aprobar exámenes sobre el idioma oficial y sobre la Constitución de la República de Lituania no es aplicable a las personas a las cuales el Estado de su ciudadanía o de su anterior residencia habitual haya expedido un documento que confirme una discapacidad entre cero y el 25% de su capacidad de trabajo o un nivel de necesidades especiales considerable.

125.Cabe señalar que la Ley de Ciudadanía de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 144‑7361, 2010) prevé cierta facilitación por lo que respecta a la adquisición de la ciudadanía por naturalización (en los casos de personas de 65 años de edad o mayores, las personas que puedan demostrar que tienen una capacidad de trabajo entre cero y el 55% y las personas que hayan alcanzado la edad de jubilación y respecto de las cuales se ha determinado que tienen necesidades especiales de nivel alto o medio con arreglo procedimiento establecido por los instrumentos jurídicos, y también las personas que sufren enfermedades mentales crónicas graves, la República de Lituania podrá otorgar la ciudadanía sin necesidad de que se hayan aprobado los exámenes sobre el idioma oficial y sobre la Constitución).

126.El artículo 9 de la Ley sobre los Elementos Fundamentales para la Protección de los Derechos del Niño de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 33‑807, 1996) y el artículo 3.161, párrafo 1, del Código Civil consagran el derecho de todo niño a tener un nombre y un apellido desde el momento del nacimiento. El procedimiento para poner nombre a un niño se establece en los artículos 3.166 y 3.167 del Código Civil. El niño recibirá un nombre por acuerdo mutuo de los progenitores. Cuando la madre y el padre de un niño no puedan llegar a un acuerdo sobre el nombre, el niño recibirá un nombre por orden judicial. Al registrar el nacimiento de un niño cuando no se conozca la identidad de los progenitores, el niño recibirá un nombre que le será dado por la institución estatal de protección de los derechos del niño. El niño también está sujeto a lo dispuesto en los artículos 2.20 y 2.21 del Código Civil, que establecen el derecho de toda persona a tener un nombre, así como procedimientos de remedio.

127.Un aspecto destacable es que el derecho a la libertad de desplazamiento y de lugar de residencia de las personas reconocidas como incompetentes es ejercido por sus guardianes designados por un tribunal.

Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

128.La Ley de Servicios Sociales de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 17‑589, 2006), aprobada en 2006, define el objetivo de los servicios sociales de la manera siguiente: crear condiciones para que una persona (familia) desarrolle o mejore la capacidad y las posibilidades para resolver independientemente sus problemas sociales y mantener relaciones con la sociedad, además de ayudarla a superar la exclusión social. Los servicios sociales tienen como objetivo prestar asistencia a una persona (familia) que, por razón de su edad, discapacidad o problemas sociales, carezca parcial o completamente de la capacidad o de las posibilidades de ocuparse independientemente de su vida privada (familiar) y de participar en la sociedad, o que no haya adquirido o que haya perdido esa capacidad o esas posibilidades. En virtud de la Ley de Servicios Sociales, los servicios sociales se administrarán, reconocerán y prestarán sobre la base de los principios de la cooperación, la participación, la complejidad, la accesibilidad, la justicia social, la pertinencia, la eficiencia y la exhaustividad. La aplicación de esos principios asegurará que las personas tengan durante el máximo tiempo posible acceso a los servicios sociales en sus hogares y familias, así como asistencia coordinada con medidas de educación, capacitación y empleo, atención de la salud y asistencia especial.

129.En la Ley de Servicios Sociales se distingue entre dos tipos de servicios sociales: los servicios sociales de interés general y los servicios sociales especiales. Los servicios sociales de interés general se prestarán a toda persona (familia) cuya capacidad para ocuparse independientemente de su vida privada (familiar) y participar en la sociedad pueda ser desarrollada o compensada por servicios específicos prestados sin asistencia permanente de especialistas. Los servicios sociales especiales incluyen el apoyo social y el cuidado social. El apoyo social se refiere al conjunto de servicios que tienen la finalidad de prestar a una persona (familia) asistencia compleja que no requiere una atención permanente de especialistas (asistencia en el hogar, desarrollo y mantenimiento de aptitudes sociales, alojamiento temporal y otros servicios). El cuidado social se refiere al conjunto de servicios que tiene la finalidad de prestar a una persona (familia) asistencia compleja que requiere la atención permanente de especialistas. En función de su duración, el cuidado social se divide en cuidado diario, de corto plazo y de largo plazo.

130.La Ley de Servicios Sociales de la República de Lituania dispone que todas las personas, incluidas las personas con discapacidad, tienen derecho a servicios sociales que respondan a sus necesidades. Los servicios sociales se prestarán a un adulto con discapacidad creando condiciones para que viva en su hogar, con su familia, y organizando la asistencia en coordinación con medidas de educación, empleo, cuidado de la salud de la persona y asistencia especial, que ayuden a desarrollar o sustituir su capacidad para ocuparse de su vida personal (familiar) y participar en el mercado laboral. Los servicios sociales disponibles para las personas con discapacidad están enumerados en el catálogo aprobado por la Orden Nº A1‑93 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de 5 de abril de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 43‑1570, 2006).

131.La aplicación de la Ley de Servicios Sociales se orienta especialmente al apoyo a las familias, particularmente los servicios sociales en el hogar, los cuidados sociales de corto plazo ingresando temporalmente a una persona de edad o una persona con discapacidad en una institución, etc. La finalidad de esos servicios es ayudar a las familias a ocuparse de personas con discapacidad o personas de edad y reconciliar la vida familiar y la vida laboral. Al organizar los servicios sociales es importante que esos servicios estén descentralizados y se presten lo más cerca posible del beneficiario, por lo que se asigna una función más importante a los municipios en toda la esfera de la gestión de los servicios sociales. En el Programa del 15º Gobierno se ha previsto el desarrollo de una red de centros comunitarios que contribuyan a conciliar las obligaciones laborales con la atención de las personas de edad y las personas con discapacidad. Durante más de diez años los servicios sociales en Lituania se han centrado particularmente en servicios sociales no institucionales que permitan a las personas acceder al apoyo social necesario en la comunidad mientras permanecen en el hogar y no en una institución de prestación de cuidados sociales.

132.En el período 1998‑2009, Lituania ejecutó un Programa Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura de los Servicios Sociales. El Programa tenía por objetivo desarrollar formas avanzadas de servicios sociales en las comunidades. Las asignaciones públicas a la aplicación del programa en el período citado ascendieron a 60 millones de litai, que se utilizaron para la reconstrucción, renovación, etc. de las instalaciones de servicios sociales. Aproximadamente un 20% de los proyectos estaban destinados al desarrollo de servicios sociales para las personas con discapacidad, y una tercera parte al desarrollo de servicios comunitarios. Estas medidas han tenido una influencia notable en toda la infraestructura de los servicios sociales.

133.En 2011, 36 instituciones de cuidados sociales prestaron servicios sociales a personas adultas con discapacidad. A comienzos de 2012, 5.900 personas estaban acogidas en instituciones para personas con discapacidad. Cinco establecimientos de cuidados sociales prestaban atención a niños y jóvenes con discapacidad, con un número total de 745 niños acogidos.

134.Algunas personas con un nivel de discapacidad medio acogidas en establecimientos de cuidados sociales podrían vivir en su comunidad recibiendo una asistencia mínima, pero todavía hay carencias en este tipo de acogida y servicios en la comunidad. Tan solo alrededor del 20% de los municipios (12 en 2011) tienen hogares para la vida independiente gestionados por las comunidades locales, asociaciones de personas con discapacidad y otras organizaciones que se ocupan de la inclusión social de las personas con discapacidad (fundaciones caritativas, comunidades religiosas u organismos públicos).

135.Una persona con discapacidad grave se encuentra mejor si está cerca de sus allegados, en la propia comunidad. Los servicios sociales a las personas con discapacidad se prestan en el hogar, en centros de día o en instalaciones de atención residenciales. Según el Departamento de Estadística de Lituania, en 2011 se prestaron servicios sociales en el hogar a 16.500 personas de edad y personas con discapacidad. Un total de 39.300 personas recibían servicios sociales en centros de día.

136.A fin de reforzar la capacidad financiera de los municipios para organizar el mayor número de servicios posible para las personas con discapacidad, desde 2007 se han aportado a los presupuestos municipales subvenciones específicas (denominadas en adelante subvenciones) para asegurar la atención de las personas con discapacidad grave. Las subvenciones estatales a los municipios han experimentado un aumento constante: de 13,5 millones de litai en 2007 a 41,7 millones en 2011, que se han utilizado para financiar no solo cuidados de largo plazo (o de corto plazo) en establecimientos de atención social, sino también en centros de día y en los hogares de más de 3.700 personas con formas de discapacidad graves. Las subvenciones públicas pueden utilizarse para financiar los cuidados sociales prestados a personas con discapacidad grave por instituciones estatales y municipales, y también por organizaciones no gubernamentales.

137.Para acelerar el desarrollo de la infraestructura de servicios sociales no institucionales, se asigna prioridad en el uso de los fondos estructurales de la Unión Europea a instituciones de servicios sociales como los centros de día para la prestación de cuidados sociales y los centros de día dedicados a permitir a las personas con discapacidad llevar una vida independiente. Mediante la aplicación de la medida 1.5 del Documento Único de Programación para 2004‑2006 para el desarrollo de infraestructura de servicios sociales, se financiaron 33 infraestructuras de servicios sociales no institucionales en diferentes municipios de Lituania, entre las que figuraban 12 proyectos para personas con discapacidad. Gracias a la aplicación de la medida relativa al desarrollo de la infraestructura de servicios sociales no institucionales en el marco de la Prioridad II: Calidad y accesibilidad de los servicios públicos en el marco del Programa de Acción para la Promoción de la Cohesión 2007‑2013, se ejecutaron en diferentes municipios 104 proyectos de servicios sociales no institucionales, entre los que figuraban 63 proyectos de servicios sociales para las personas con discapacidad, las personas de edad y sus familias o comunidades. Otros proyectos son el desarrollo de establecimientos de servicios sociales que prestan servicios mixtos a los grupos más vulnerables, como los niños con discapacidad, los adultos con discapacidad y las personas de edad. En aplicación de la medida relativa al desarrollo de la infraestructura de instituciones de cuidados sociales con arreglo a la Prioridad II del Programa de Acción para la Promoción de la Cohesión, en 2011‑2013 se ejecutó un nuevo programa para la modernización de la infraestructura de las instituciones de servicios sociales. Los proyectos financiados por la Unión Europea se han orientado a la modernización y reconstrucción de hogares de cuidados sociales ya existentes, con miras a asegurar una mejor calidad de los servicios sociales y haciendo hincapié en el derecho de toda persona a un entorno seguro, además de reformar la infraestructura de servicios sociales creando pequeños hogares modernos que permitan a las personas con discapacidad vivir en pequeños grupos.

138.De conformidad con la Ley de Servicios Sociales (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 17‑589, 2006; Nº 71‑2702, 2008, Nº 53‑2598, 2010), los municipios tienen la responsabilidad de prestar todos los servicios sociales en sus demarcaciones. Se encargan de la planificación de los servicios, evalúan la necesidad de servicios sociales, tienen competencias financieras para pagar los servicios y financian los servicios sociales. De conformidad con la Ley de Autogobierno Local de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 55‑1049, 1994; Nº 113‑4290, 2008), las funciones independientes de los municipios incluyen lo siguiente: planificación y prestación de servicios sociales, creación y mantenimiento de establecimientos de servicios sociales y cooperación con organizaciones no gubernamentales, y creación de condiciones para la integración social de las personas con discapacidad que residan en el territorio de un municipio. Entre las funciones estatales (delegadas por el Estado a los municipios) figuran la de asegurar la prestación de cuidados sociales a las personas que tienen una discapacidad grave. La delegación de esas funciones al municipio va acompañada por un incremento de la capacidad financiera de la administración local para organizar los servicios en la comunidad. A la vista de la disponibilidad creciente de cuidados sociales en todo el país, a partir del 1 de enero de 2007 se han asignado subvenciones específicas a los municipios para organizar los cuidados sociales de personas con discapacidad grave y las familias socialmente vulnerables. En 2010 esas asignaciones a los municipios destinadas a prestar cuidados a las personas con discapacidad grave ascendieron a 36.199.300 litai, y en 2011 fueron de 41.729.300 litai, es decir, un 15% superiores a las de 2010.

139.En Lituania, una persona con discapacidad goza de la posibilidad de expresar una opinión en una forma aceptable para él acerca de la elección de hogares de asistencia y de expresar sus deseos con respecto al personal o a otros ocupantes del lugar donde vive; sus derechos están garantizados y protegidos por la ley y sus inquietudes y quejas obtienen una respuesta constructiva. Esto se contempla en las Normas de Atención Social aprobadas por la Orden Nº A1‑46 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 20 de febrero de 2008 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 24‑931, 2008). Las Normas de Atención Social regulan los principios y las características de la prestación de cuidados sociales e imponen requisitos obligatorios por lo que respecta a la calidad de los servicios de atención de largo o de corto plazo y de los servicios de día prestados por las instituciones de cuidados sociales y las familias de acogida.

Visitas de enfermería a domicilio

140.El programa de visitas de enfermería a domicilio, financiado por la Caja del Seguro Obligatorio de Salud, se puso en marcha en junio de 2008. Su ejecución está regulada por los Requisitos para la prestación de servicios de enfermería en centros de atención de la salud en régimen ambulatorio y en el hogar, aprobados por la Orden Nº V‑1026 del Ministro de Salud, de 14 de diciembre de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 137‑5626, 2007). Las visitas de enfermería tienen por objeto mejorar la calidad de vida de los pacientes, haciendo hincapié en su independencia en el medio del hogar, lo cual alienta a los pacientes a cuidar de sí mismos. Actualmente, en cumplimiento de la norma jurídica mencionada, los servicios de visitas de enfermería se prestan a las personas que, mediante el procedimiento determinado por la ley, se consideran necesitadas de cuidados a largo plazo. Los servicios básicos de las visitas de enfermería incluyen las inyecciones, el gota a gota intravenoso, procedimientos de diagnóstico, curación de heridas, prevención y tratamiento de las llagas debidas a la necesidad de guardar cama, el drenaje y otras tareas de enfermería. La definición de las visitas de enfermería a domicilio incluye la instrucción impartida por un enfermero a un familiar que se ocupa del paciente.

141.Para promover la prestación de servicios sociales y de enfermería se aprobaron las Normas para la prestación de cuidados de atención social y de enfermería, en virtud de la Orden Nº V‑558/A1‑183 del Ministro de Salud y el Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 4 de julio de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 76‑3029, 2007). Se establecen objetivos y principios básicos para la prestación de servicios sociales y de enfermería (denominados en adelante cuidados de largo plazo), así como sobre los receptores de los servicios, la prestación de cuidados a largo plazo, la documentación correspondiente y la financiación. La finalidad de los cuidados de largo plazo es estimular una vida plenamente independiente en la comunidad, en el propio hogar, asegurando la buena prestación de servicios sociales y de enfermería, encaminados a proteger a la persona frente al avance de una enfermedad o el avance de los síntomas existentes, teniendo en cuenta las necesidades y posibilidades de la familia. El instrumento jurídico estipula que los municipios son los responsables de la prestación de cuidados de largo plazo y del establecimiento de un equipo de enfermería. Los cuidados de largo plazo están a cargo de equipos en las instituciones, las empresas, las organizaciones y los hogares.

Servicios de atención de la salud mental

142.En Lituania también se prestan servicios de salud mental. La Ley de Atención de la Salud Mental establece los derechos de los pacientes mentales, así como las normas y los principios de supervisión de la prestación de atención de la salud mental. La ley dispone que el Estado debe proporcionar a las personas con una enfermedad mental las condiciones para su desarrollo, ayudarlas a adquirir técnicas laborales, cambiar sus cualificaciones, rehabilitarse y regresar a la vida en la comunidad. La atención de las personas con discapacidad mental estará a cargo del Estado. La atención de la salud de las personas con discapacidad mental se financiará de la forma establecida por las leyes de la República de Lituania. Los municipios organizarán y apoyarán los servicios de enfermería y de cuidados de las personas con discapacidad mental en el marco de sus familias, de instituciones de atención de la salud, de centros de salud mental y de otras instituciones dedicadas a la prestación de cuidados y la rehabilitación.

143.Con la asistencia de organizaciones no gubernamentales, la mayoría de usuarios de los servicios participan en la reforma de la prestación de servicios y cuidados de salud mental. Las organizaciones no gubernamentales pusieron de relieve la necesidad de una mayor participación de las personas con discapacidad mental y contribuyeron a obtener financiación destinada a que en los establecimientos de salud mental se equiparan salas para actividades creativas. Actualmente se dispone de salas de creatividad en más de la mitad de los centros de salud mental.

144.La finalidad de los servicios de salud mental es ayudar a los pacientes a alcanzar una mayor independencia y a integrarse mejor en la sociedad. Por ello los servicios de salud mental deben estar adaptados a las necesidades específicas de los pacientes y deben prestarse en el entorno menos socialmente restrictivo posible. Por consiguiente, el Programa para la reducción de la morbilidad y la mortalidad causadas por las principales enfermedades no transmisibles, 2007‑2013, aprobado por la Orden Nº V‑799 del Ministro de Salud. de 9 de octubre de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 106‑4354, 2007), dispone el desarrollo de la red de servicios flexibles de salud mental en la comunidad y un mayor acceso a los servicios de salud mental gracias a la inauguración de aproximadamente 20 centros de día para la prestación de servicios de salud mental en régimen ambulatorio.

145.En 2011, la Dirección de Servicios Sociales prestó servicios a 9.000 personas con discapacidad, entre ellas 400 niños, en el marco de la ejecución de proyectos comunitarios para la rehabilitación social de las personas con discapacidad (para obtener más información sobre la financiación de los citados proyectos comunitarios, véase la subsección del informe relativa al artículo 26). Los proyectos comprenden las actividades siguientes: disposiciones de transporte (traslado de personas con discapacidad a los centros de día, oficinas, escuelas, centros médicos, establecimientos de capacitación en técnicas para la vida independiente, etc.), ayuda en el hogar, alojamiento en hogares para la vida independiente, cuidados durante el día y cuidados sociales de largo plazo.

146.En 2011, los proyectos de apoyo a las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad (véase también la subsección del informe relativa al artículo 8) se centraron en lo siguiente: capacitación profesional (capacitación en el servicio de profesionales que participan directamente en el trabajo con personas con discapacidad, y desarrollo de técnicas de gestión en el marco de las asociaciones); capacitación en técnicas para la vida independiente, talleres y campamentos. Estas actividades proseguirán en 2012, por lo que se invita a las asociaciones de personas con discapacidad a seguir presentando sus solicitudes.

147.En virtud de la Orden Nº A1‑576 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 6 de diciembre de 2010, se estableció un grupo de trabajo encargado de examinar las posibilidades de reforma de las instituciones públicas sociales para las personas con discapacidad y de presentar conclusiones sobre la calidad de vida en las instituciones públicas de cuidados sociales. En el grupo de trabajo participaron representantes de las organizaciones no gubernamentales de personas con discapacidad, quienes, junto con los representantes gubernamentales, visitaron los hogares donde se presta la atención y evaluaron la situación.

Artículo 20Movilidad personal

148.Este derecho específico se refiere a los derechos de accesibilidad a los que se hace referencia en la subsección del informe relativa al artículo 9 con respecto a las normas básicas para garantizar el acceso de las personas con discapacidad al entorno social y a la infraestructura de transportes, de modo que las personas con discapacidad puedan utilizar las diferentes instalaciones y servicios en pie de igualdad con el resto de la sociedad.

149.Una de las medidas que contribuyen a mejorar la movilidad de las personas con discapacidad es el suministro de medios técnicos de apoyo (cualquier producto, instrumento, equipo o sistema técnico comercial o especializado que ayude a la persona con discapacidad a evitar, compensar, reducir o eliminar el efecto de la perturbación de sus funciones en su condición de salud, la autonomía personal, el desarrollo personal y las actividades laborales). El suministro de medios técnicos de apoyo a las personas con discapacidad motora, visual y auditiva está organizado por el Centro para el Apoyo Técnico de las Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo (denominado en adelante el Centro), que tiene 10 dependencias territoriales en todo el país para aproximar al máximo los servicios a las personas que los necesitan. El suministro de medios técnicos de apoyo y el reembolso por la adquisición del equipo están regulados por la Orden Nº A1‑338 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 19 de diciembre de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 140‑5368, 2006). El derecho a adquirir medios técnicos de apoyo para su uso permanente o temporal o a recibir una compensación se reconoce a los ciudadanos de la República de Lituania, así como a los nacionales y extranjeros que tengan residencia permanente en la República de Lituania y a los apátridas que hayan declarado que la República de Lituania es su lugar de residencia siguiendo el procedimiento prescrito por la ley, y que tengan una necesidad confirmada de utilizar a largo plazo o temporalmente medios técnicos de apoyo. Dicho equipo se adquiere de conformidad con la Ley de Adquisiciones Públicas. Debe cumplir unos estrictos requisitos de calidad y seguridad. Todo el equipo adquirido lleva una etiqueta CE, y en la mayoría de los casos se requiere un certificado de conformidad de la gestión de la calidad con las normas internacionales o europeas (ISO 9001 o ISO 13485). El Centro mantiene contactos regulares con fabricantes y proveedores extranjeros y nacionales, hace un seguimiento de las novedades en el ámbito de los medios técnicos de apoyo, busca nuevos modelos, procura atender las necesidades propias de cada persona en cuanto a apoyo técnico e intenta ampliar la variedad de medios disponibles. En la adquisición de medios técnicos de apoyo se concede prioridad a los niños.

150.Los medios técnicos de apoyo se proporcionan gratuitamente a las personas con discapacidad, y solo en unos pocos casos se requiere una contribución mínima, por ejemplo del 10% del precio de una cama ajustable manual o automáticamente o de un triciclo de pedales nuevos, o del valor del artículo devuelto; del 10% del precio de una silla de ruedas eléctrica nueva; o del 30% del precio de un aparato conectado a la televisión o la radio. El Centro también ofrece servicios de mantenimiento, que se financian con cargo al presupuesto estatal. Las personas con discapacidad visual, auditiva o motora tienen libertad para elegir entre obtener medios técnicos de apoyo o recibir un reembolso por su adquisición: las personas con discapacidad pueden obtener algunos de esos artículos en las dependencias territoriales del Centro o en las administraciones municipales, o bien pueden recibir un reembolso por los artículos que hayan adquirido por su cuenta (como colchones especiales para impedir las llagas, termómetros corporales sonoros, relojes de pulsera sonoros, relojes de sobremesa sonoros y otros artículos).

151.Sobre la base de las necesidades de las personas con discapacidad y las solicitudes de los organismos relacionados con cuestiones de discapacidad, el 1 de enero de 2011 se publicaron nuevos requisitos relativos al suministro de medios técnicos de apoyo a las personas con discapacidad visual, auditiva y motora mediante el pago de las compensaciones adeudadas a través de empresas.

152.Para compensar los gastos de transporte de las personas con dificultad para utilizar los medios de transporte público pero que pueden manejar sus propios automóviles, el Estado paga compensaciones por gastos de transporte. El derecho a recibir una compensación por gastos de transporte se establece en las leyes siguientes:

a)Artículo 7 de la Ley sobre Privilegios de Transporte (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 32‑890, 2000);

b)Requisitos para la evaluación de necesidades especiales de cuidados (asistencia) y servicios de enfermería de largo plazo, la compensación de los gastos de adquisición de un automóvil de pasajeros o de su adaptación técnica, y transporte, aprobados por la Orden Nº A1‑120/V‑346 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania y el Ministro de Salud de la República de Lituania, de 4 de mayo de 2005 (Valstybės žinios(Boletín Oficial), Nº 60‑2130, 2005);

c)Requisitos para la compensación de los gastos de transporte, aprobados por la Orden Nº A1‑234 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 8 de julio de 2008 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 79‑3124, 2008).

153.La compensación por los gastos de transporte se paga previa presentación de certificados que confirmen las necesidades especiales de compensación de los gastos de adquisición de un automóvil de pasajeros o su adaptación técnica: a) compensación mensual de 0,25 PSB (prestación social básica), equivalente a 32,5 litai, para sufragar los gastos de transporte, pagadera previa presentación de un certificado que confirme las necesidades especiales de compensación de gastos de transporte. Esta compensación se paga tanto a los adultos como a los niños con discapacidad; b) compensación de hasta 32 PSB (hasta 4.160 litai) para la adquisición de un automóvil de pasajeros o su adaptación técnica, pagadera una vez cada seis años, si el propio beneficiario puede manejar un automóvil; c) compensación de hasta 32 PSB (hasta 4.160 litai) para la adquisición de un automóvil de pasajeros o su adaptación técnica, pagadera una vez cada seis años, a las familias con un niño con discapacidad, propio o adoptado, menor de 18 años y que requiera cuidados de largo plazo.

154.La asignación y el pago de compensaciones por gastos de transporte no es más que una de las medidas que aseguran una mejor calidad de vida de las personas con discapacidad y su participación apropiada en la sociedad. Existen varios otros privilegios relacionados con los servicios de transporte para las personas con discapacidad:

a)En virtud del artículo 5 de la Ley sobre Privilegios de Transporte, las personas con discapacidad tienen derecho a un billete único para un trayecto en autobús de servicio regular, local o de larga distancia, por el 80% del precio normal de billete, y a un billete único para un trayecto en autobús de servicio regular, local o de larga distancia, con un descuento del 50%.

b)La red de servicios de transporte para las personas con discapacidad se está ampliando. Hay en el país muchos pacientes con discapacidad motora grave que no pueden utilizar el transporte público ni manejar un automóvil ellas mismas, por lo que el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo aplicó un Programa para la adquisición de vehículos con fines especiales para las personas con discapacidad en el período 1995‑1999. En 1995‑1998, se adquirieron 111 minibuses especiales adaptados a las necesidades de personas con discapacidad, que se transfirieron a las dependencias municipales de apoyo social. Actualmente, casi todas las dependencias municipales de apoyo social cuentan con uno o dos de esos vehículos.

c)En 2000 se puso en marcha un programa de inversiones denominado Adquisición de Medios de Transporte Adaptados a las Necesidades de las Personas con Discapacidad, que permitía la transferencia de los vehículos adquiridos en el marco del acuerdo para su utilización por organizaciones no gubernamentales dedicadas a las personas con discapacidad. En total se asignaron 61 vehículos a organizaciones no gubernamentales. El programa ofrece más oportunidades con respecto al uso de medios de transporte especiales en zonas remotas.

155.De conformidad con las Disposiciones para la financiación de proyectos para una mayor movilidad y técnicas para la vida independiente entre personas con discapacidad física, aprobadas por la Orden Nº A1‑241 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 17 de mayo de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 61‑2930, 2011), se facilitó financiación para proyectos de organizaciones no gubernamentales destinados al desarrollo, la recuperación y el mantenimiento de la independencia de las personas con discapacidad visual, y al desarrollo de las técnicas de manejo de automóviles para personas con discapacidad motora, con miras a facilitar la participación en la sociedad y la realización de tareas cotidianas por las personas con discapacidad. El grupo al que están destinados los proyectos son las personas con discapacidad visual y motora. Las solicitudes pueden referirse a actividades para el desarrollo de técnicas para la vida independiente en personas con discapacidad visual, mediante sesiones teóricas y prácticas, grupos de apoyo entre iguales, campamentos y sesiones de capacitación para la movilidad de personas con discapacidad motora (enseñanza del manejo de automóviles de categoría B).

Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

156.Las leyes de Lituania garantizan a todas las personas el derecho a tener y a expresar libremente las propias convicciones. La libertad de acceso a la información y de expresión de las propias convicciones no puede limitarse excepto con arreglo a la ley, cuando ello sea necesario para proteger la salud, el honor y la dignidad humanos, la vida privada y la moral o para proteger el orden constitucional.

157.Por lo que respecta al acceso a la información para las personas con discapacidad, es importante mencionar las disposiciones que se describen en la subsección del informe relativa al artículo 9 de la Convención, así como las medidas aplicadas para adaptar el entorno informativo a las necesidades especiales de las personas con discapacidad. Cabe destacar la Resolución Nº 480 del Gobierno de la República de Lituania, de 18 de abril de 2003, que aprueba la Lista de Requisitos Generales para los sitios web de las autoridades y órganos nacionales y locales, que obliga a las autoridades y órganos nacionales y locales a adaptar sus sitios web a las necesidades de las personas con discapacidad (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2003, Nº 38‑1739; 2009, Nº 154‑6976).

158.En virtud de la Resolución del Gobierno de la República de Lituania de 3 de junio de 2009 se aprobó el Programa para el Uso de la Lengua de Señas Lituana y los Servicios de Interpretación para 2009‑2012 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 70‑2844), que tiene el propósito de integrar a las personas sordas en la sociedad y reducir su marginación social. En virtud del Programa, la lengua de señas es el principal método de comunicación y de recepción y transmisión de información en la comunidad de personas sordas, con rango de idioma minoritario. La aplicación de las medidas establecidas en el citado Programa incluye el mejoramiento del vocabulario de la lengua de señas lituana y la realización de actividades de investigación sobre la lengua de señas, la capacitación de investigadores en lengua de señas, la elaboración y publicación de diccionarios especializados para la lengua de señas lituana, el mejoramiento de los recursos metodológicos de las escuelas para personas sordas, la preparación de programas de instrucción en la lengua de señas lituana para los especialistas que prestan servicios públicos y los intérpretes de la lengua de señas, la organización de cursos de lenguaje de signos lengua de señas lituana para traductores de la lengua de señas lituana, pedagogos para personas sordas, funcionarios de policía y de los servicios estatales de incendios y rescate, profesionales de la atención de la salud, trabajadores sociales, familiares de las personas sordas y otros miembros de la sociedad. Además, se están desarrollando las funciones y actividades del Centro de Pedagogía para las Personas Sordas, que es una institución pública, con objeto de convertirlo en un centro para la asistencia metodológica que ejecute programas avanzados de cualificación de intérpretes de la lengua de señas.

159.Lituania tiene cinco centros de interpretación de la lengua de señas (en Vilna, Kaunas, Klaipėda, Panevėžys y Šiauliai), y el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo ejerce los derechos y deberes de propiedad sobre esos centros. Cada uno de los centros de interpretación de la lengua de señas presta servicios de interpretación a dos territorios del país y a las personas sordas que residen en ellos. En 2012 comenzó la ejecución de proyectos de inversión para la adaptación de cuatro centros de interpretación de la lengua de señas (en Kaunas, Klaipėda, Panevėžys y Šiauliai), financiados con fondos estructurales de la Unión Europea. Se asignarán 5,88 millones de litai para la ejecución de los citados proyectos. Actualmente, los servicios de interpretación de la lengua de señas en Lituania se prestan a las personas sordas a título individual, mientras que la ejecución de los proyectos de inversión permitirá prestar servicios completamente nuevos, como la interpretación de la lengua de señas a través del vídeo. Con la asistencia de los fondos estructurales de la Unión Europea, a finales de 2013 comenzará la prestación de servicios de interpretación por vídeo, lo cual incrementará el acceso a los servicios de interpretación de la lengua de señas.

160.En aplicación de la medida 3.21 del Plan de Medidas de Aplicación del Programa Nacional, se adquirió equipo para la subtitulación de programas de televisión, que se entregó a la institución pública de Radio y Televisión Nacional Lituana en 2011. Se dedicó una suma de 299.400 litai a adquirir esos artículos. Por consiguiente, en el futuro debería haber un mayor número de programas de televisión subtitulados para personas con discapacidad auditiva. Los programas que habrá que subtitular se seleccionarán teniendo en cuenta las opiniones de las personas con discapacidad auditiva.

161.El artículo 5, párrafo 9, de la Ley de la República de Lituania sobre la Radio y la Televisión Nacionales de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 1996, Nº 102‑2319; 2005, Nº 153‑5639) estipula que la Radio y Televisión Lituana (denominada en adelante LRT) creará programas para personas con discapacidad auditiva o visual. Esta disposición se aplica traduciendo los programas emitidos a la lengua de señas. En 2008‑2009, la Televisión Lituana emitió entre 5 y 6 horas de programas semanales en lengua de señas, consistentes en programas informativos y de otro tipo seleccionados por las propias personas con discapacidad. Con la reducción de la financiación de la LRT a fines de 2009, tan solo se emiten tres nuevos programas semanales en lengua de señas. Se incluyen programas relacionados con las elecciones parlamentarias y a los consejos locales, las intervenciones del Presidente ante el Seimas y los avances de noticias (como en el caso del tsunami en el Japón), así como programas para las personas con discapacidad. La radio es el medio de comunicación más accesible para las personas con discapacidad visual. La emisora lituana Klasika emite un programa especial para las personas con discapacidad, las personas con discapacidad visual y los invidentes, así como otros programas destinados a dar a conocer al público en general cuestiones de interés para la vida de las personas con discapacidad.

162.Lituania tiene la Biblioteca Lituana para los Invidentes, cuyo Reglamento, aprobado por la Orden Nº ĮV‑289 del Ministro de Cultura de la República de Lituania, de 8 de mayo de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2007, Nº 53‑2062), define el objetivo y las funciones de la biblioteca: proporcionar a los invidentes y a las personas con discapacidad visual los mismos derechos y oportunidades de buscar y obtener información y documentos, utilizar los servicios de la biblioteca, estudiar, comunicarse, participar plenamente en la vida cultural y conocer el patrimonio nacional lituano y el patrimonio mundial. Entre las funciones principales de la biblioteca figura la de publicar libros, periódicos y materiales de información en formatos accesibles para los invidentes y las personas con discapacidad visual.

163.La Biblioteca Lituana para los Invidentes tiene una organización centralizada, y consta de la biblioteca central de Vilna y cinco sucursales en otras ciudades. Además, es posible entregar los libros a los hogares de los lectores o hacerlos llegar por correo. Se han establecido puntos de servicios especializados en las bibliotecas públicas, así como en las sucursales de la Asociación Lituana de Invidentes. Además, la biblioteca desempeña las funciones de centro de información para los invidentes y las personas con discapacidad visual, lleva a cabo actividades metodológicas y organiza, dentro de su ámbito de competencia, seminarios avanzados para el mejoramiento de las cualificaciones en el terreno del trabajo con personas con discapacidad, así como conferencias para especialistas en bibliotecas. La biblioteca tiene un departamento de tiflología y alberga el Museo Lituano para la Historia de los Invidentes, promueve las actividades creativas de los invidentes y personas con discapacidad visual, reúne colecciones de instrumentos sobre los invidentes y organiza actos culturales y educativos. El personal y los clientes de la biblioteca pueden utilizar equipo especial de adaptación, como sintetizadores de sonido, etc. Para las personas con discapacidad visual, la Biblioteca Lituana para los Invidentes produce publicaciones en Braille (aproximadamente 27 publicaciones al año), audiolibros (aproximadamente 250 al año) y audiorrevistas (aproximadamente 16 revistas al año), audiolibros grabados a partir de formatos digitales (aproximadamente 200 libros al año) y publicaciones tiflológicas impresas ordinarias pero con un tipo de letra de mayor tamaño (entre 3 y 5 ediciones al año).

164.Cuando haya concluido el proyecto de Biblioteca Virtual para los Invidentes, se habrán preparado 6.000 páginas de texto escaneado y se habrán producido 10 publicaciones del formato DAISY (Digital Accessible Information System), que es nuevo en Lituania, para personas con discapacidad visual. Para las personas con discapacidad visual, se adaptará el entorno con la ayuda del sistema ELVIS para la gestión de publicaciones electrónicas, que se desarrollará a medida que se ejecute el proyecto de Biblioteca Virtual para los Invidentes, financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el presupuesto estatal de la República de Lituania. Será un sistema de reunión, gestión, procesamiento, análisis y suministro centralizados de audiolibros y audiorrevistas, DAISY, publicaciones de instrumentos y otras publicaciones digitales de información para los receptores de servicios con discapacidad visual. El sistema incluirá productos existentes en los archivos de la Biblioteca Lituana para los Invidentes, así como los que se elaboren durante el proyecto y los que suministre la Asociación Lituana de Invidentes y Personas con Discapacidad Visual o faciliten otros editores. El sistema estará disponible para las personas con discapacidad visual a mediados de 2012. Los servicios de la Biblioteca Lituana para los Invidentes, establecida por el Ministerio de Cultura, son utilizados por 2.981 personas con discapacidad visual. En 2010, la biblioteca facilitó 5.641 documentos en Braille y 166.052 documentos en formato de audio.

165.Durante la ejecución del proyecto titulado "Para el progreso de la biblioteca", en 2008‑2011, se proporcionaron a las bibliotecas públicas computadoras equipadas con el programa especial JAWS, que facilita a los visitantes con discapacidad visual el trabajo en una computadora o en Internet. Para las personas con discapacidad visual, el proyecto incluye iniciativas de promoción de la utilización de las bibliotecas públicas y las computadoras; por ejemplo, en 2009 se organizó una campaña destinada a las personas con discapacidad visual titulada "Acceso a Internet en la biblioteca" con objeto de alentar a esas personas a utilizar más activamente Internet para las necesidades cotidianas y familiarizarse mejor con las bibliotecas públicas que ofrecen puntos de trabajo especiales para las personas con discapacidad visual. Durante la campaña, los bibliotecarios se comunicaron con los participantes con discapacidad visual mediante conferencias en línea. En ellas los participantes en la campaña pudieron conocer las nuevas oportunidades que ofrecen las computadoras e Internet en las bibliotecas y conversaron con especialistas, que dieron explicaciones y respondieron preguntas sobre el procedimiento de suministro de medios técnicos, e hicieron consultas sobre aspectos concretos relacionados con el empleo, la educación, el esparcimiento y la salud.

166.Los resultados de una encuesta entre los miembros de los grupos de usuarios del acceso público a Internet, realizada en el marco del proyecto titulado "Para el progreso de la biblioteca", han puesto de manifiesto una mejora de las condiciones para acudir a las bibliotecas en las ciudades y para el uso de sus servicios por las personas con discapacidad física o visual. Las personas con discapacidad que acuden a las bibliotecas son ahora más activas y más atrevidas por lo que respecta a aprovechar las mayores oportunidades que ofrece Internet, aunque en las zonas rurales la utilización del servicio público de acceso a Internet sigue siendo problemático para los miembros de este grupo social. Los resultados de la encuesta muestran que el grupo más activo de usuarios de los servicios de las bibliotecas y el acceso a Internet son las personas con discapacidad mental, que pasan un tiempo de calidad en la biblioteca y se comunican con el personal de esta y con otros visitantes que conocen.

167.Con respecto a la accesibilidad del medio físico de modo que las personas con discapacidad puedan utilizar los servicios, cabe señalar que las instalaciones de los museos y bibliotecas de Lituania se están adaptando gradualmente a las necesidades de las personas con discapacidad a fin de facilitarles el acceso a los edificios y permitir un desplazamiento cómodo dentro de ellos. El Estado financia parcialmente la reestructuración de los edificios que han recibido una designación cultural, lo cual incluye, siempre que es posible, la instalación de rampas, escaleras mecánicas, ascensores, etc.

168.Durante la ejecución del proyecto titulado "Para el progreso de la biblioteca" en 2008‑2011, se adaptaron las entradas a las bibliotecas públicas (se instalaron rampas y se ensancharon los corredores) de modo que las personas con discapacidad pudieran desplazarse sin restricciones en el interior de las bibliotecas: se instalaron ascensores para acceder a otros pisos, se ensancharon los corredores entre las estanterías, etc. Para atender las necesidades de las personas con discapacidad motora, muchas bibliotecas ofrecen un servicio gratuito de entrega. En 2012, el Museo Marítimo de Lituania tiene previsto introducir el sistema eGido, único en Lituania, que guiará a los visitantes dentro del edificio y facilitará toda la información necesaria sobre el Museo Marítimo de Lituania y el Delfinario con ayuda de un teléfono inteligente. Esta aplicación se adaptará para las personas con discapacidad visual.

169.Las tecnologías digitales crean más oportunidades para prestar servicios culturales de alta calidad a las personas con discapacidad. En 2009 se pusieron en marcha seis importantes proyectos de digitalización del patrimonio cultural de Lituania, con objeto de asegurar el acceso en línea a la documentación que contienen las bibliotecas, los archivos, los museos y el fondo del patrimonio audiovisual del país, es decir, libros, documentación archivada, manuscritos, carteles, obras de pintura y arte gráfico, fotografías, etc. Los servicios públicos creados al ejecutar los proyectos de digitalización también se están adaptando a las necesidades de las personas con discapacidad: se están desarrollando aplicaciones para las personas con discapacidad que permiten incrementar el tamaño de los productos y se ofrecen instrucciones sobre el uso del contenido digital generado en línea, de forma que las personas con discapacidad puedan acceder a contenidos digitales para fines recreativos y educativos sin salir de sus hogares.

170.En 2005 comenzó la elaboración de un sistema de información universal para la rehabilitación e integración de las personas con discapacidad (denominado en adelante UNRIIS), en cumplimiento de la medida 2.2, "Construir e introducir una base de datos universal sobre rehabilitación e integración", del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2003‑2012 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2002, Nº 57‑2335), aprobado por la Resolución Nº 850 del Gobierno de la República de Lituania, de 7 de junio de 2002. UNRIIS es una base de datos cuya finalidad es prestar asistencia para la preparación, reunión, sistematización y difusión de la información especializada más reciente sobre las personas con discapacidad, así como sobre los servicios, organismos e instrumentos disponibles para las personas con discapacidad en las esferas de la salud, la seguridad social, la educación y la ciencia, el empleo, la accesibilidad del entorno, la cultura, el deporte y otras. La base de datos también brinda a las instituciones, órganos y organizaciones que no tengan sus propias bases de datos la oportunidad de utilizar sus recursos para informar al público. La base de datos se ha adaptado a personas con distintas formas de discapacidad. La información que contiene la base de datos puede consultarse con facilidad de manera gratuita. El objetivo principal de UNRIIS es construir una base de datos universalmente accesible en línea, basada en el principio del "diseño para todos", que almacene regularmente información actualizada pertinente para las personas con discapacidad y que trate de cuestiones de rehabilitación e integración.

171.Con referencia a la educación de los trabajadores culturales, el Centro Lituano para el Desarrollo Profesional de los Trabajadores Culturales ha organizado cursos de mejora de las cualificaciones en el terreno del trabajo con personas con discapacidad. Aproximadamente 50 trabajadores culturales asistieron a los programas de capacitación cada año. Ese centro se ha clausurado, de modo que actualmente el Ministerio de Cultura se encarga de prestar los servicios de mejora de las cualificaciones de los trabajadores culturales, que incluyen seminarios sobre los temas mencionados.

172.Los empleados del Museo Marítimo de Lituania, en cooperación con el Centro de Metodología del Trabajo Social de la institución pública denominada Centro para las Personas con Discapacidad Klaipėdos Lakštutė, participaron en programas de mejora de las cualificaciones para el trabajo social en el período 2006‑2011; se dictaron conferencias y se realizaron sesiones prácticas de capacitación ("Terapia con delfines para niños con discapacidad mental y psiquiátrica"; "Terapia con delfines para niños con distintas formas de discapacidad").

173.En la ejecución del programa titulado "Educación para la sociedad de la información", el Ministerio de Educación y Ciencia ha proporcionado a las escuelas equipo informático de apoyo a la educación, además de instrumentos que facilitan un mejor acceso a la información para las personas con discapacidad. El Programa de Suministro a las Escuelas de Autobuses Amarillos se ejecuta anualmente, y en el período 2011‑2011 se adquirieron 48 autobuses para personas con discapacidad. Ya se ha formulado el Programa de Suministro a las Escuelas de Autobuses Amarillos 2013‑2017 (con unas necesidades preliminares de fondos de 3 millones de litai). Según el plan, se adquirirán 15 autobuses amarillos para el transporte de personas con discapacidad, que se distribuirán durante el período de ejecución del programa. Asimismo, dado que la metodología utilizada para calcular lo que se denomina la "cesta del alumno" se va mejorando anualmente, la cesta para los alumnos con necesidades especiales va en aumento y actualmente es un 35% superior a la cesta del alumno medio en una escuela de educación general. El acceso a la educación se mejora también con la adaptación de los libros de texto de las escuelas de educación general, la elaboración de medios pedagógicos especiales y el mejoramiento de la competencia de los maestros.

174.El acceso a la información se rige por las disposiciones de los párrafos 1, 2 y 3 del artículo 5 de la Ley sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud: todo paciente tiene derecho a información sobre los servicios prestados por las instituciones de atención de la salud, sus precios y las posibilidades de utilizarlos. Todo paciente tiene derecho a información sobre el especialista que le presta servicios de atención de la salud (nombre, apellido y cargo), así como a información sobre la cualificación profesional del especialista. Todo paciente que aporte un documento de identificación personal tiene derecho a recibir información acerca de su estado de salud, el diagnóstico de su enfermedad, otros métodos de tratamiento o examen aplicados en la institución de salud o conocidos por el médico, posibles riesgos, complicaciones y efectos secundarios, pronóstico del tratamiento y otras circunstancias que puedan afectar la decisión del paciente de aceptar o rechazar el tratamiento propuesto, así como las consecuencias de una negativa. El médico debe proporcionar al paciente la información mencionada teniendo en cuenta su edad y su estado de salud, de una manera comprensible y con aclaraciones de la terminología médica especializada.

175.En aplicación de la medida 4.6 del Plan de Medidas de Aplicación del Programa Nacional, "Analizar la posibilidad de proporcionar a las personas que padecen una discapacidad visual grave información general en formatos especiales (Braille, mayor tamaño de letra, formato electrónico, etc.) en las instituciones públicas de atención de la salud", el Ministerio de Salud obtiene de los municipios información sobre las posibilidades de proporcionar a las personas que padecen una discapacidad visual grave información general en formatos especiales en las instituciones que prestan servicios residenciales de atención de la salud. Según los datos recibidos se emprenderá un análisis exhaustivo y se tomarán decisiones pertinentes relativas al mejoramiento del acceso a la información para las personas con discapacidad visual grave en instituciones de atención de la salud.

Artículo 22Respeto de la privacidad

176.En varios documentos internacionales (el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea) se consagran los derechos de las personas, incluidas las personas con discapacidad, a la vida privada, que son derechos garantizados por la República de Lituania. El artículo 21 de la Constitución consagra el principio de la integridad de la persona, estipula que la dignidad humana estará protegida por la ley, establece la prohibición de torturar y de causar lesiones a los seres humanos, así como la imposición de penas crueles, y prohíbe la experimentación científica y médica con un ser humano sin su conocimiento y libre consentimiento. En consecuencia, en el artículo 2.24 del Código Civil figuran disposiciones para la protección del honor y la dignidad de la persona. El artículo 22 de la Constitución establece que la vida privada de un ser humano será inviolable: la ley y los tribunales ofrecerán protección contra toda injerencia arbitraria o ilícita en la vida privada y familiar y contra todo ataque al honor y la dignidad. La correspondencia personal, las conversaciones telefónicas, los mensajes telegráficos y otras comunicaciones son inviolables. Solo podrá obtenerse información sobre la vida privada de una persona previa decisión judicial justificada y únicamente de conformidad con la ley.

177.Estas disposiciones constitucionales se desarrollan en el artículo 2.23 del Código Civil, que estipula que la vida privada de una persona natural será inviolable. La información sobre la vida privada de una persona solo puede hacerse pública con su consentimiento. Tras el fallecimiento de una persona, dicho consentimiento puede ser otorgado por el cónyuge, los hijos y los progenitores de esa persona. La violación de la privacidad incluye la entrada ilícita en el domicilio de una persona u otro local, así como en un terreno privado vallado, la observación ilícita de una persona, el registro ilícito de una persona o de sus propiedades, la violación de la confidencialidad de las llamadas telefónicas personales, los escritos u otra correspondencia, además de notas e información personales, la publicación de datos sobre la salud de la persona en contravención del procedimiento establecido por la ley, y otros actos ilícitos. La reunión de información sobre la vida privada de otra persona en contravención de la ley está prohibida. Hacer públicos hechos de la vida privada, por muy veraces que sean, así como hacer pública la correspondencia privada en contravención del procedimiento prescrito en los párrafos 1 y 3 del artículo 2.23 del Código Civil, o entrar en el domicilio de la persona sin su consentimiento, excepto en los casos especificados por la ley, la observación de la vida privada de una persona o la reunión información sobre esa persona en contravención de la ley, además de otros actos ilícitos que conculcan el derecho a la vida privada, son motivo para emprender acciones judiciales por daños y perjuicios materiales y morales causados por dichos actos.

178.En el artículo 24 también se consagra el principio de la inviolabilidad del domicilio del ser humano. Sin consentimiento del residente, la entrada en su hogar no está permitida a menos que sea autorizada por una decisión judicial o de conformidad con el procedimiento establecido por la ley cuando ello sea necesario para garantizar el orden público, detener a un delincuente o salvar la vida, la salud o los bienes de un ser humano.

179.Cabe señalar que el propósito de las citadas disposiciones constitucionales es garantizar a todos, incluso a las personas con discapacidad, el derecho a la vida privada y la inviolabilidad de esta, el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el derecho al honor y la dignidad personales.

180.Por lo que respecta a la confidencialidad de los datos sobre el estado de salud y la rehabilitación de personas con discapacidad, cabe señalar que el artículo 6.736 del Código Civil, que rige el suministro de información y documentación médica sobre un paciente, impide al encargado de prestar servicios de atención de salud a una persona proporcionar a terceros, sin el consentimiento del paciente, información acerca de él y permitirles que obtengan copias de los documentos oficiales especificados en el artículo 6.733 del Código Civil. Si pese a ello se proporciona información a terceros, esto puede hacerse en la medida en que no represente un perjuicio para la vida privada del paciente o de un tercero. La información sobre un paciente deberá proporcionarse cuando así lo disponga la ley.

181.El respeto de la vida privada se rige por la Ley sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud. De conformidad con las disposiciones de dicha ley, la vida privada de los pacientes será inviolable. Solo se puede reunir información sobre los hechos de la vida de los pacientes con el consentimiento de estos y únicamente cuando sea necesario para los fines de diagnóstico, tratamiento o cuidado de una enfermedad. Los datos sobre la presencia de un paciente en una institución de atención de la salud, su estado de salud y los medios de diagnóstico, tratamiento y cuidados aplicados se indican en el historial médico del paciente de la forma y con la tipología especificados por el Ministerio de Salud. Al especificar la forma, el contenido y el uso de esos documentos, hay que garantizar la protección de la privacidad del paciente. Toda la información sobre la presencia de un paciente en una institución de atención de la salud, su tratamiento, su estado de salud, el diagnóstico y la prognosis, así como cualquier otra información personal sobre el paciente, deben considerarse confidenciales incluso después del fallecimiento del paciente. El procedimiento para proteger esa información confidencial está establecido por las leyes de Lituania y por la normativa aprobada por el Ministro de Salud. La información confidencial solamente puede facilitarse a terceros con el consentimiento escrito del paciente. Las personas que participen directamente en el tratamiento o los cuidados de un paciente o que lleven a cabo un examen de la salud del paciente podrán recibir información confidencial sin el consentimiento del paciente solo cuando ello sea necesario, y en la medida en que sea necesario, para proteger los intereses del paciente. Sin el consentimiento del paciente, la información confidencial podrá proporcionarse, con arreglo al procedimiento establecido por las leyes, a las autoridades públicas a las cuales las leyes de Lituania hayan concedido acceso a la información confidencial sobre un paciente independientemente de su voluntad. Cuando un paciente esté inconsciente y no pueda dar su consentimiento, la información confidencial podrá ser proporcionada por el representante, el cónyuge o pareja, los progenitores o los padres adoptivos o los hijos adultos de un paciente solo cuando sea necesario y únicamente en la medida necesaria para proteger los intereses del paciente.

182.Para asegurar el derecho del paciente a la vida privada, se seguirá el principio de que sus intereses y su bienestar son superiores a los de la sociedad. La reunión y la utilización ilícitas de información confidencial sobre un paciente pueden sancionarse de conformidad con la ley. El paciente tiene derecho a reclamar daños y perjuicios materiales y morales. El capítulo XXIV del Código Penal abarca las actividades delictivas contra la vida privada de una persona (Artículo 165: Infracción ilícita de la inviolabilidad del domicilio de una persona. Artículo 166: Infracción de la inviolabilidad de las comunicaciones personales. Artículo 167: Reunión ilícita de información sobre la vida privada de una persona. Artículo 168: Divulgación o uso ilícitos de información sobre la vida privada de una persona) que conllevan una responsabilidad penal.

Artículo 23Respeto del hogar y de la familia

183.El artículo 38 de la Constitución de la República de Lituania establece que el matrimonio se contrae por consentimiento mutuo libre de un hombre y una mujer. En virtud del artículo 1.2 del Código Civil, las relaciones civiles, incluida la celebración de un matrimonio, se regirán por los principios de igualdad de los sujetos, por lo que el matrimonio, con arreglo al artículo 3.13 del Código Civil, se contrae entre un hombre y una mujer (sin distinción alguna entre las personas sanas y las personas con discapacidad) que lo decidan libremente. El criterio principal es la capacidad de expresar libremente la voluntad. Cualquier forma de amenaza, violencia o engaño es motivo de anulación del matrimonio. Una excepción en la que una persona no puede contraer matrimonio por incapacidad de expresar su voluntad es aquella situación en que la persona ha sido declarada legalmente incompetente por una decisión judicial firme. Esa persona no puede contraer matrimonio porque no tiene capacidad para expresar su voluntad, lo cual contradice el principio del matrimonio voluntario. La declaración de incompetencia legal de una persona no es motivo para la nulidad del matrimonio excepto en los casos en que pueda demostrarse que una persona no podía comprender el significado de sus acciones o controlarlas al contraer matrimonio. Al mismo tiempo, cabe señalar que la enfermedad mental o la capacidad mental limitada de una persona no impiden que pueda contraer matrimonio.

184.En la República de Lituania no existen leyes que prohíban a las personas con discapacidad tener hijos o que restrinjan este derecho de las personas con discapacidad. En el párrafo 2.1 del Procedimiento para la terminación del embarazo, con arreglo a la Orden Nº 50 del Ministro de Salud de la República de Lituania, de 28 de enero de 1994 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 1994, Nº 18‑299), se estipula que en el caso en que un embarazo ponga en peligro la vida o la salud de la madre, será interrumpido independientemente del período de gestación. El embarazo será interrumpido solo cuando exista un peligro real para la salud o la vida de la madre. La Orden aprobó la lista de enfermedades y condiciones de salud que puedan poner en peligro la vida y la salud de una mujer embarazada y del feto (ello incluye los trastornos mentales de una mujer embarazada, las enfermedades de los órganos sensoriales, las enfermedades del sistema nervioso, las enfermedades inflamatorias, las enfermedades hereditarias, etc.).

185.La disposición que establece que la intervención en el cuerpo humano y la extracción de partes u órganos del cuerpo solo se permite con el consentimiento de la persona figura en el párrafo 2 del artículo 2.25 del Código Civil de la República de Lituania (esta disposición del Código se expone más detalladamente en los párrafos del informe relativos a los artículos 15 y 17 de la Convención). Además, el artículo 17 de la Ley de la República de Lituania sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud estipula que, antes de llevar a cabo un procedimiento quirúrgico o invasivo y/o una intervención en un paciente, habrá que obtener el consentimiento fundamentado del paciente para el procedimiento quirúrgico o invasivo y/o la intervención específicos. El consentimiento deberá otorgarse por escrito. Al obtener el consentimiento fundamentado para un procedimiento quirúrgico o invasivo y/o una intervención, se considerará que el paciente está suficientemente informado y ha recibido una explicación de la esencia del procedimiento quirúrgico o invasivo y/o intervención, sus alternativas, su tipo y sus objetivos, las complicaciones conocidas y posibles (efectos indeseados), otras circunstancias que puedan afectar la decisión del paciente de aceptar o rechazar el procedimiento quirúrgico o invasivo y/o la intervención propuestos, así como las posibles consecuencias de la negativa a someterse al procedimiento quirúrgico o invasivo y/o la intervención propuestos.

186.En el párrafo 2 del artículo 3.161 del Código Civil se estipula que un niño tendrá derecho a vivir con sus padres, a ser criado y a recibir cuidados en la familia de los padres, a comunicarse con los padres, tanto si estos viven juntos como separados, y a comunicarse con sus familiares, a menos que ello sea perjudicial para los intereses del niño. El mismo derecho está consagrado en el artículo 23 de la Ley sobre los Elementos Fundamentales para la Protección de los Derechos del Niño (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 1996, Nº 33‑807), que estipula que el niño tiene derecho a vivir con sus padres u otros representantes legales.

187.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 3.179 del Código Civil, en el caso en que los progenitores (el padre o la madre) no vivan juntos con el niño por causas objetivas (enfermedad, etc.), y sea necesario decidir dónde vivirá el niño, el tribunal puede decidir separar al niño de los progenitores (el padre o la madre). Cuando solo uno de los progenitores esté afectado por circunstancias desfavorables, mientras que el otro progenitor pueda vivir con el niño y criarlo, este será separado únicamente del primer progenitor.

188.En virtud de los párrafos 1 y 2 del artículo 3.180 del Código Civil, en el caso en que los progenitores (el padre o la madre) incumplan sus deberes de criar a sus hijos, abusen de su autoridad como padres, traten a sus hijos con crueldad, produzcan un efecto perjudicial en sus hijos por su conducta inmoral o no se ocupen de ellos, el tribunal puede dictar una restricción temporal o indefinida de la patria potestad (respecto de cualquiera de los progenitores). El tribunal puede ordenar la restricción temporal o indefinida de la patria potestad (respecto de cualquiera de los progenitores) en relación con las circunstancias específicas que requieran la restricción de dicha autoridad. La patria potestad puede ser restringida indefinidamente si el tribunal determina que los progenitores (el padre o la madre) causan un grave perjuicio al desarrollo del niño o no se ocupan de él en absoluto, y que no se prevé ningún cambio de la situación. En cualquier caso, la separación del niño de los progenitores u otros representantes legales contra la voluntad de los progenitores (o representantes legales) solo es posible en casos excepcionales y de conformidad con el procedimiento especificado en las leyes, en cumplimiento de una decisión (fallo) de un tribunal y cuando dicha separación del niño sea necesaria (para prevenir un peligro para la vida y la salud del niño, para asegurar la supervisión y la crianza del niño y para proteger otros intereses importantes del niño). Así, las disposiciones legislativas citadas establecen una norma jurídica que asegura que un niño, tanto si tiene una discapacidad como si no, no será separado de los progenitores excepto por las razones mencionadas y en casos definidos por la ley.

189.Para evitar que los niños con discapacidad cuyos progenitores no pueden ocuparse de ellos sean internados en una institución y para asegurar que reciban atención alternativa en la familia extendida o, de no ser esto posible, en un entorno familiar en la propia comunidad, cabe señalar que, en virtud del artículo 3.249 del Código Civil, al colocar a un niño (tanto si tiene una discapacidad como si no) en un régimen de tutela o de guardia se seguirán los siguientes principios para la colocación de un niño en un régimen de tutela o de guardia: la primacía de los intereses del niño; la prioridad de los familiares cercanos del niño para ser sus tutores o guardianes si ello redunda en interés del niño; un régimen de tutela o guardia del niño en una familia; y la no separación de hermanos y hermanas, excepto cuando ello entre en conflicto con los intereses del niño.

190.Con respecto al derecho a ejercer de guardián, el artículo 3.269 del Código Civil, que establece las disposiciones relativas al derecho a ejercer de guardián o tutor de un niño, estipula que las personas que hayan sido declaradas incompetentes, así como las personas que sufran de alcoholismo crónico, drogadicción y enfermedades mentales o de otro tipo, cuya lista fue aprobada por la institución autorizada por el Gobierno (Orden Nº 386 del Ministro de Salud de la República de Lituania, de 17 de julio de 2001, por la que se aprueba la Lista de enfermedades que impiden que una persona sea nombrada guardián o tutor de un niño (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2001, Nº 64 2373), no podrán ser nombrados guardianes o tutores de un niño.

191.En relación con la reglamentación jurídica de la institución de la adopción con respecto a las personas con discapacidad, cabe señalar que, en virtud del principio de igualdad de los sujetos, los niños podrán ser adoptados por personas adultas de uno u otro sexo menores de 50 años que estén preparadas para la adopción. En casos excepcionales el tribunal podrá permitir que personas de más edad adopten niños (artículo 3.210 del Código Civil). Sin embargo, una persona que haya sido declarada por un tribunal legalmente incompetente o con competencia limitada no tendrá derecho a ejercer de guardián o tutor o a ser padre adoptivo (artículo 3.210 del Código Civil).

192.Como se ha mencionado en relación con los artículos 15 y 17 en el informe sobre la Convención, cabe señalar con respecto a las medidas adoptadas para impedir la esterilización forzada de las personas con discapacidad que tanto la Constitución de la República de Lituania como el Código Civil garantizan el derecho a la inviolabilidad y la integridad del cuerpo de la persona.

Artículo 24Educación

193.De conformidad con el artículo 41 de la Constitución, la educación es obligatoria en Lituania para las personas menores de 16 años. La educación en las escuelas estatales y municipales de educación general, escuelas profesionales e institutos es gratuita. Todos pueden acceder a la enseñanza superior en función de su capacidad personal. Los buenos estudiantes tienen garantizada la educación gratuita en las instituciones estatales de enseñanza superior.

194.El artículo 4 de la Ley de Igualdad de Oportunidades obliga a las instituciones de educación, ciencia y enseñanza superior a hacer efectiva la igualdad de oportunidades. Las instituciones de educación, ciencia y enseñanza superior deben ofrecer a las personas las mismas oportunidades independientemente de su edad, orientación sexual, discapacidad, raza, origen étnico, religión o creencias en las siguientes situaciones:

a)Al admitir a las personas en escuelas de educación general, escuelas profesionales, institutos, instituciones de enseñanza superior, además de cursos de mejora de las cualificaciones, recualificación y otros;

b)Al otorgar subvenciones y préstamos para estudiantes;

c)Al diseñar, preparar, aprobar y seleccionar programas de enseñanza;

d)Al evaluar los conocimientos.

195.Las instituciones educativas, científicas y de enseñanza superior, así como los órganos que ejecutan programas de educación de adultos, deben asegurar, en el marco de sus respectivas competencias, que los programas de enseñanza y los libros de texto no contengan disposiciones que discriminen ni promuevan la discriminación por razón de edad, orientación sexual, discapacidad, raza, origen étnico, religión o creencias.

196.El 17 de marzo de 2011 se aprobó la Ley de Enmienda de la Ley de Educación (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2011, Nº 38‑1804), en la que se establecen los objetivos de la educación, los principios del sistema educativo, las bases de la estructura del sistema educativo, las actividades docentes y las relaciones en la educación, así como los compromisos del Estado en la esfera de la educación. En el artículo 14 de la citada ley se estipula que el propósito de educar a los alumnos con necesidades educativas especiales es ayudar al alumno a desarrollarse y aprender en función de sus capacidades y a adquirir una educación y buenas cualificaciones que respondan a sus posibilidades y capacidades y le permitan desarrollarlas. Se definirán los grupos de alumnos con necesidades educacionales especiales, las cuales se clasificarán en bajas, medias, altas y muy altas con arreglo al procedimiento prescrito por el Ministro de Educación y Ciencia, el Ministro de Salud y el Ministro de Seguridad Social y Trabajo. Para los alumnos con necesidades educativas especiales, los programas de educación general, capacitación profesional y enseñanza superior se adaptan en función de esas necesidades especiales. La educación de los alumnos con necesidades especiales está a cargo de todas las escuelas que imparten educación obligatoria y universal, otras instituciones docentes y, en casos excepcionales, las escuelas destinadas a alumnos con necesidades educativas especiales. Esta ley garantiza también el acceso a la educación de los alumnos con necesidades especiales: si los padres (guardianes o tutores) de un alumno así lo desean, el alumno tiene la posibilidad de asistir a un centro de educación preescolar, una escuela de educación general, una escuela de capacitación profesional o cualquier otra escuela estatal o municipal/regional prevista para alumnos con necesidades educativas especiales. El acceso a la educación también se garantiza mediante la adaptación del medio escolar, ofreciendo asistencia psicológica, asistencia pedagógica y asistencia pedagógica y social especial, facilitando a las escuelas medios técnicos de apoyo a la educación y materiales pedagógicos y por otros medios prescritos por la ley. Los alumnos que no pueden asistir a una escuela de educación general a causa de una enfermedad o patología tienen la oportunidad de estudiar en un centro residencial de atención de la salud o en el hogar.

197.En cumplimiento de la Ley de Educación, se ofrecerá enseñanza preescolar a los niños desde el nacimiento hasta el momento en que puedan acceder a la enseñanza preprimaria. En el país se han comenzado a establecer grupos de párvulos a los cuales, a solicitud de los padres, pueden asistir niños con necesidades educativas especiales. En 2012 el país contaba con 8 centros de enseñanza preescolar con grupos especiales para niños (principalmente con discapacidad) con necesidades educativas especiales de nivel alto y muy alto (principalmente con discapacidad). En los programas de enseñanza preescolar participaron 281 niños con necesidades educativas especiales de nivel alto o muy alto, y en los programas de enseñanza preprimaria participaron 114 niños. En total, había en el país 169 grupos especiales que seguían programas de enseñanza preescolar y 41 grupos que seguían un programa de enseñanza preprimaria. La mayoría de alumnos de esos grupos padecen discapacidades de diversos tipos y gravedad a causa de trastornos heredados o adquiridos.

198.El objetivo del Programa de Desarrollo de la Enseñanza Preescolar y Preprimaria 2011‑2013, aprobado por la Orden V‑350 del Ministro de Educación y Ciencia de la República de Lituania, de 1 de marzo de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2011, Nº 30‑1421), y del proyecto estatal titulado "Desarrollo de la enseñanza preescolar y preprimaria", financiado por el Fondo Social Europeo y el Ministerio de Educación y Ciencia de la República de Lituania, es aumentar el acceso y la calidad a la enseñanza preescolar, así como la asistencia a la educación, especialmente en las zonas rurales. Las actividades previstas por el proyecto (por un valor de 18 millones de litai) tienen por finalidad mejorar la intervención en la primera infancia, así como prestar una adecuada asistencia a la educación, apoyo social y servicios de atención de la salud a los niños y a sus padres o guardianes. El proyecto proporcionará financiación para el establecimiento de puestos de coordinador de la cooperación interinstitucional en 20 municipios. Se espera que la aplicación de esta medida mejore el acceso a los servicios y la educación de los niños desde el nacimiento hasta el inicio de la enseñanza obligatoria. El citado programa prevé también financiación competitiva para prestar asistencia con servicios de enseñanza móviles en los municipios para los niños con movilidad reducida, así como para los niños socialmente abandonados o con discapacidad.

199.En virtud de la resolución Nº 1823 del Gobierno de la República de Lituania, de 22 de diciembre de 2010, se aprobó la Metodología para el cálculo y la asignación de la cesta del alumno (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2001, Nº 57‑2040; 2009, Nº 158‑7134). De conformidad con los párrafos 12 y 13 de la Metodología, la financiación para los grupos de enseñanza preescolar deberá abarcar un mínimo de 20 horas por semana. La cesta de enseñanza preescolar y preprimaria de un niño con necesidades educativas especiales es aproximadamente un 35% superior a la de otros niños educados en el marco de los programas de enseñanza preescolar y preprimaria. Ello ayuda no solo a mejorar el acceso y la calidad de la enseñanza preescolar sino también a lograr una mayor eficacia a la hora de garantizar la seguridad y la salud del niño. La introducción de la cesta alienta el establecimiento de parvularios no estatales, así como la legalización de los que ya existen. Como instrumento, la cesta permite asignar fondos a los municipios para el establecimiento de nuevos grupos, la financiación con cargo al presupuesto estatal del suministro de materiales pedagógicos, el mejoramiento de la asistencia educativa, el perfeccionamiento de las competencias de los pedagogos, etc.

200.En el marco de la ejecución del proyecto titulado "Preparación de materiales pedagógicos" (2009‑2011), cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la República de Lituania, se elaboraron y publicaron nueve materiales pedagógicos especiales destinados a alumnos con diferentes necesidades educativas especiales. Haciendo uso de los fondos asignados en el marco del proyecto, se han elaborado y suministrado materiales pedagógicos sobre matemáticas, geografía, biología y aptitudes sociales para más de 4.000 alumnos con discapacidad visual, auditiva y mental.

201.En 2009‑2011, se ejecutó el proyecto titulado "Desarrollo de las formas de educación para personas con necesidades especiales" con la finalidad de aumentar la eficacia de la educación (autoeducación) de alumnos con necesidades especiales, así como la competencia de los pedagogos, especialistas en asistencia educacional y empleados de la administración docente en el ámbito de la educación especial (autoeducación). Se organizaron 107 seminarios, y 975 maestros, especialistas en asistencia educacional y empleados de la administración docente tuvieron la oportunidad de mejorar su competencia profesional. Se celebraron 12 seminarios, y 240 especialistas en servicios pedagógicos/psicológicos participaron en la capacitación en equipos sobre la evaluación de las necesidades educativas especiales y la prescripción de educación especial. Se ha preparado un proyecto de "Modelo para el desarrollo de las formas de educación de alumnos con necesidades educativas especiales". Se han elaborado las siguientes directrices para las escuelas especiales en relación con el mejoramiento de la calidad de la educación cuando se trabaja con alumnos que tienen necesidades educativas especiales: "Aprender juntos" (5.800 ejemplares), que presenta documentación relativa a la participación de los familiares de los alumnos con necesidades educativas especiales en el proceso de prestación de asistencia, diferenciación de la educación e individualización; "Educación inclusiva y asistencia al alumno basada en equipos" (5.800 ejemplares), que describe los medios y métodos de organización de la educación inclusiva, formas de aprovechar las capacidades de enseñanza y de aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales y el aliento de la motivación y la actividad de esos alumnos, así como las peculiaridades del trabajo en equipo para responder a las necesidades educativas especiales de los alumnos; y la publicación relativa a la elección de una profesión, titulada "Opciones de capacitación profesional para alumnos con necesidades educativas especiales" (5.800 ejemplares).

202.Con objeto de ofrecer a cada alumno las condiciones más favorables para la educación y compensar las dificultades de aprendizaje provocadas por la discapacidad y por factores ambientales desfavorables, se han creado en las escuelas comisiones de bienestar del niño. El propósito de esas comisiones es organizar y coordinar la labor preventiva, la prestación de asistencia educativa, la creación de un medio seguro y favorable para la educación, y la adaptación de los programas educativos para los alumnos con necesidades educativas especiales. De esta forma es posible evaluar las dificultades educacionales de cada niño y abordarlas de manera integrada, teniendo en cuenta los distintos aspectos de sus problemas. Al evaluar y determinar las necesidades educativas especiales y seleccionar las estrategias y medidas de asistencia, se ofrecen a los alumnos las condiciones que les permitirán no abandonar el sistema educativo y participar en el proceso de educación en busca de condiciones educativas iguales a las que disfrutan sus homólogos.

203.En el marco de la aplicación del Programa de Desarrollo de la Enseñanza Preescolar y Preprimaria 2007‑2012, aprobado por la resolución Nº 1057 del Gobierno de la República de Lituania, de 19 de septiembre de 2007 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2007, Nº 106‑4344), se establecieron centros multifuncionales para proporcionar a los niños y a las comunidades locales servicios educativos, culturales y sociales, cuyas actividades pueden abarcar lo siguiente: enseñanza preescolar, preprimaria y no académica de los niños, servicios de guardería para los niños, educación no académica de adultos, asistencia educacional, educación de niños con necesidades especiales, educación a distancia en el marco de programas de enseñanza académica y no académica o de módulos de este tipo de enseñanza, actividades de entretenimiento, socioculturales y artísticas para niños y adultos, etc. Las actividades de esos centros también contribuyen a la prestación de servicios integrales a los niños y las familias.

204.En virtud de la Orden Nº V‑2068/A1‑467/V‑946 del Ministro de Educación y Ciencia de la República de Lituania, el Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania y el Ministro de Salud de la República de Lituania, de 4 de noviembre de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2011, Nº 134‑6387), se aprobó el Procedimiento para prestar asistencia educacional integral, apoyo social y servicios de atención de la salud a los niños de edad preescolar y preprimaria y a sus padres o guardianes. Se estipula que la asistencia integral tiene por objeto asegurar la educación efectiva de los niños que siguen programas de enseñanza preescolar y/o preprimaria y ayudar a los padres a reforzar sus aptitudes parentales y sociales. Al aplicar en la práctica este instrumento normativo, se procura mejorar la coordinación de la asistencia y los servicios prestados a las familias que crían niños con discapacidad, mejorar la calidad de la educación para esos niños y reducir la tensión social que resulta de las acciones separadas y no coordinadas de los especialistas de cada institución, que no permiten atender las necesidades de un niño o de una familia concretos.

205.Se está ejecutando el proyecto titulado "Ensayo e introducción de un modelo para el desarrollo de las competencias de maestros de escuela primaria y pedagogos de educación especial en la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y métodos de enseñanza innovadores", financiado por el Fondo Social Europeo y el Ministerio de Educación y Ciencia. Especialistas en asistencia educacional de todo el país participan en la capacitación y, junto con los maestros de escuela primaria, adquieren competencias en el desarrollo y las aplicaciones de la TIC para educar a alumnos con necesidades especiales.

206.Se ha elaborado el proyecto (2011‑2014) titulado "Mejoramiento de la enseñanza primaria". Con él se busca establecer las condiciones necesarias para un desarrollo más efectivo de técnicas prácticas y de solución de problemas, así como de la creatividad de los alumnos de la escuela primaria. En las actividades del proyecto se dedica una atención especial a la capacidad de los pedagogos para adaptar los programas de enseñanza primaria a los alumnos con necesidades educativas especiales, al tiempo que se aumenta el acceso al sistema educativo y su calidad para las personas con discapacidad. Según un gran número de estudios, la preparación adecuada de los maestros para aceptar y educar a los niños con discapacidad es la clave de la calidad de la enseñanza y del estímulo de la motivación para aprender.

207.En cumplimiento del Procedimiento para el suministro de instrumentos de asistencia financiera a los estudiantes con discapacidad de las instituciones de enseñanza superior, aprobado por la resolución Nº 831 del Gobierno de la República de Lituania, de 29 de agosto de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) 2006, Nº 93‑3655; 2009, Nº 117‑5021), se ofrecen a los estudiantes con discapacidad los siguientes instrumentos de asistencia financiera:

Para el cumplimiento de requisitos especiales: una prestación mensual específica por un monto equivalente al 50% de la pensión básica de la seguridad social del Estado;

Para los estudiantes de las instituciones estatales de enseñanza superior cuya matrícula esté cubierta parcialmente o no esté cubierta por fondos del presupuesto estatal de la República de Lituania: una prestación específica equivalente a 3,2 veces a la prestación de seguridad social básica fijada por el Gobierno para cada semestre como reembolso parcial del costo de los estudios;

Para los estudiantes de las instituciones estatales de enseñanza superior cuya matrícula no esté cubierta por fondos del presupuesto estatal de la República de Lituania: una prestación específica equivalente a 3,2 veces la prestación social básica fijada por el Gobierno para cada semestre como reembolso parcial del costo de los estudios;

Las personas mencionadas en los párrafos anteriores pueden tener derecho a recibir, recurriendo a las consignaciones del Fondo Estructural de la Unión Europea para el Ministerio de Educación y Ciencia de conformidad con el procedimiento prescrito por el Ministro de Educación y Ciencia, una prestación específica mensual con la finalidad de aumentar el acceso a la educación por una suma equivalente a cuatro veces la prestación social básica fijada por el Gobierno.

208.En 2011 se dedicaron a la aplicación de esta medida 1.822.300 litai. En virtud del Procedimiento para el suministro de instrumentos de asistencia financiera a los estudiantes con discapacidad de las instituciones de enseñanza superior, se prestó apoyo a 1.050 estudiantes con discapacidad de 38 instituciones de enseñanza superior, 942 (el 90%) de los cuales asistían a 27 instituciones estatales de enseñanza superior y 108 (el 10%) asistían a 11 instituciones no estatales de enseñanza superior.

209.En el marco de la aplicación del proyecto de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad dentro de la comunidad y del proyecto de apoyo a las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad (para más información sobre los proyectos, véase la subsección del informe relativa al artículo 26 de la Convención), se están organizando campamentos y clubes de bienestar y esparcimiento, así como relacionados con el trabajo (en actividades como dibujo, costura, bordado, tejido, artesanía, deportes, música, canto, danza, teatro, etc.). También se organizan cursos, sesiones y seminarios. Mediante estas actividades se imparte educación no académica a las personas con discapacidad, se contribuye a su integración en la sociedad y se ayuda a esas personas a aprender técnicas diversas.

Artículo 25Salud

210.La Constitución dispone que el Estado se ocupa de la salud de las personas y garantiza la atención de los servicios médicos si una persona enferma. Las leyes (la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, la Ley sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud y la Ley de Atención de la Salud Mental) garantizan a las personas (incluidas las personas con discapacidad) la disponibilidad de servicios de salud, la calidad de los servicios de salud, el derecho a elegir una institución de atención de la salud, un especialista en atención de la salud y métodos de tratamiento, así como el derecho a recibir información y el derecho a rechazar el tratamiento, etc.

211.Cabe destacar que la Ley sobre los Derechos de los Pacientes y la Compensación por los Perjuicios a su Salud estipula los derechos y las obligaciones de los pacientes, las características específicas de la representación de los pacientes y los motivos para el examen de las reclamaciones de los pacientes y la compensación por los daños causados a su salud (las disposiciones de esta ley se describen en las subsecciones del informe relativas a los artículos 17, 21 y 22 de la Convención). Esta ley se basa en el principio de que las relaciones de los pacientes con los especialistas de salud, así como con las instituciones de atención de la salud, se basan en lo siguiente: el respeto mutuo, la comprensión y la asistencia; garantía de los derechos de los pacientes con arreglo a condiciones de la atención de la salud reconocidas en aplicación del procedimiento establecido por el Estado; prohibición de restringir los derechos de los pacientes por razón de su género, edad, raza, ciudadanía, nacionalidad, idioma, origen, condición social, religión, convicciones, creencias, orientación sexual, propiedades genéticas, discapacidad u otros motivos, excepto en los casos estipulados por las leyes sin perjuicio de los principios generales de derechos humanos. Esta disposición que prohíbe la discriminación por razón de discapacidad se aplica también a los servicios de salud sexual y reproductiva que se prestan a las personas con discapacidad.

212.La Ley del Seguro de Salud de la República de Lituania (Boletín Oficial Valstybės žinios Nº 55‑1287, 1996; Nº 123‑5512, 2002) estipula que las siguientes personas se equiparan a las que tienen una cobertura de seguro con cargo a los fondos del Estado: las personas que han sido reconocidas como personas con discapacidad en aplicación del procedimiento establecido por los instrumentos normativos, además de uno de los progenitores (o padres adoptivos), el guardián o el tutor que atienda en el hogar a una persona respecto de la cual se haya determinado un nivel de discapacidad (o un niño con discapacidad) o una persona a la cual se haya reconocido la incapacidad para trabajar (antes del 1 de julio de 2005, una persona con discapacidad del grupo I) antes de que esa persona haya cumplido los 24 años de edad, o una persona a la cual antes de cumplir los 26 años de edad se haya reconocido la incapacidad para trabajar (antes del 1 de julio de 2005, una persona con discapacidad del grupo I) a causa de una enfermedad que se produjo antes de que esa persona cumpliera los 24 años de edad, o una persona respecto de la cual se haya determinado una necesidad de atención permanente (antes del 1 de julio de 2005, una discapacidad total). En virtud de esta ley, los gastos de los siguientes servicios de atención de la salud personal se sufragarán con cargo al presupuesto de la Caja del Seguro Obligatorio de Salud: asistencia médica preventiva, asistencia médica, rehabilitación médica, cuidados de enfermería, servicios sociales atribuidos a la atención de la salud personal y exámenes de salud personal.

213.Las personas a las cuales se haya reconocido la incapacidad para trabajar o las personas que hayan alcanzado la edad de recibir una pensión por jubilación y a las cuales se haya reconocido un nivel alto de necesidades especiales en aplicación del procedimiento establecido por los instrumentos normativos recibirán una compensación equivalente al 100% del precio básico de los medicamentos reembolsados incluidos en la Lista de Enfermedades y Medicamentos Reembolsados para su Tratamiento y en la Lista de Medicamentos Reembolsados, así como del precio básico de los artículos de asistencia médica incluidos en la Lista de Artículos de Asistencia Médica Reembolsados para el tratamiento ambulatorio. Un 50% del precio básico de los medicamentos reembolsados incluidos en la Lista de Medicamentos Reembolsados y del precio básico de los artículos de asistencia médica incluidos en la Lista de Artículos de Asistencia Médica Reembolsados para el tratamiento ambulatorio serán reembolsados a las personas aseguradas que reciban una pensión por discapacidad del grupo II o a las personas a las cuales se haya reconocido una capacidad parcial para trabajar y tengan una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40% determinada en aplicación del procedimiento establecido por los instrumentos normativos.

Artículo 26Habilitación y rehabilitación

214.En Lituania se utilizan diversos tipos de rehabilitación: rehabilitación médica, rehabilitación social y rehabilitación profesional; su finalidad es mejorar la capacidad de las personas y reducir las limitaciones en diversos aspectos, de forma que las personas con discapacidad, gracias a los servicios de rehabilitación, puedan participar cabalmente en la vida pública.

Rehabilitación médica

215.La rehabilitación médica es uno de los tipos intensivos de tratamiento que se aplican a las personas después de operaciones y traumas graves, así como a las personas que sufren enfermedades crónicas. Los servicios de rehabilitación médica pueden prestarse en régimen ambulatorio o de hospitalización. Los pacientes más graves reciben servicios de rehabilitación médica en unidades de rehabilitación especializadas de los hospitales; en ellas se procura reintroducir a los pacientes en la vida y enseñarles a ocuparse de nuevo de sí mismos, lo cual significa bastante a menudo entrenarles para las acciones más sencillas que les ayudan a adaptarse al entorno. Es posible que el médico disponga para los pacientes menos graves que han sufrido una enfermedad o lesión un tratamiento de recuperación o de rehabilitación ambulatorio. Cuando el médico prescribe rehabilitación médica o tratamiento en un sanatorio, estos servicios se reembolsan al asegurado (total o parcialmente) con cargo a la Caja del Seguro Obligatorio de Salud.

216.La prescripción de servicios de rehabilitación médica está regulada por el Procedimiento para la selección y el envío de adultos a instituciones sanitarias de rehabilitación médica, aprobado por la Orden Nº V‑50, de 17 de enero de 2008, del Ministro de Salud de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 12‑407, 2008). Dicho Procedimiento, así como las Fases de la prestación de servicios de rehabilitación médica, disponen que durante los dos o tres primeros años después de la determinación, hecha por el Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, de la disminución de la capacidad de trabajo o el incremento de necesidades especiales, se prescribe una rehabilitación repetida (por causas especiales indicadas con arreglo a la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (10ª edición)). Posteriormente, a partir del cuarto año después del reconocimiento de la discapacidad, debido a las causas especiales indicadas en el Anexo, con arreglo a la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos, se prescribe rehabilitación de apoyo (en régimen ambulatorio o de hospitalización) a la persona con discapacidad, siguiendo las indicaciones, todos los años durante todo el período de la discapacidad. Los Requisitos especiales para la prestación de servicios de rehabilitación médica a los adultos aprobados por la citada Orden contemplan que la rehabilitación repetida y de apoyo (en régimen ambulatorio o de hospitalización) se prescribe a las personas a las cuales se ha reconocido la incapacidad para trabajar y cuyo nivel de capacidad de trabajo, con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos, se ha fijado entre cero y el 25%; a las personas que han alcanzado la edad establecida para recibir una pensión de jubilación y a las cuales, con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos, se ha reconocido un nivel alto de necesidades especiales; y a las personas que tienen una capacidad parcial para trabajar cuyo nivel de capacidad de trabajo, con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos, se ha fijado entre el 30% y el 40%. También se ha determinado que los pacientes adultos tienen derecho a un curso de rehabilitación médica por una misma enfermedad, siguiendo las indicaciones, dentro de un año civil.

217.La Ley del Seguro de Salud dispone que la totalidad del precio básico de la rehabilitación médica y el tratamiento en un sanatorio se reembolsará a las personas a las cuales se haya reconocido la incapacidad para trabajar o a las personas que hayan alcanzado la edad establecida para recibir una pensión de jubilación y a las cuales, con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos, se haya reconocido un nivel alto de necesidades especiales.

218.La Orden Nº V‑50, de 17 de enero de 2008, del Ministro de Salud de la República de Lituania "Relativa a la organización de la rehabilitación médica y el tratamiento (de prevención de recaídas) en un sanatorio" (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 12‑407, 2008) también regula la prestación de servicios de rehabilitación médica a los niños con discapacidad. Las Fases de la prestación de servicios de rehabilitación médica aprobadas por esa Orden disponen la prescripción de rehabilitación repetida a los niños menores de 18 años de edad a los cuales se haya reconocido una discapacidad, con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos, durante los tres primeros años después del reconocimiento de la discapacidad debida a las razones especiales indicadas en el Anexo, de conformidad con la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (10ª edición). Posteriormente, a partir del cuarto año después del reconocimiento de la discapacidad, debido a las causas especiales indicadas en el Anexo, de conformidad con la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos, se prescribe rehabilitación de apoyo a los niños con discapacidad, siguiendo las indicaciones, todos los años durante todo el período de la discapacidad. La citada Orden también dispone que los pacientes tienen derecho a rehabilitación médica varias veces dentro de un año civil a causa de la misma enfermedad en presencia de indicaciones. Los niños menores de 8 años también tienen derecho a acudir a instituciones de rehabilitación médica acompañados por un cuidador. Los niños mayores de 8 años pueden ser acompañados por un cuidador si se les ha reconocido una discapacidad o si la comisión consultiva médica ha determinado que los cuidados de enfermería son necesarios debido a trastornos de adaptación o de conducta o a lesiones graves, traumas u operaciones del sistema nervioso central o periférico, o el sistema musculoesquelético. La Ley del Seguro de Salud de la República de Lituania estipula que se reembolsará el 90% del precio básico del tratamiento (de prevención de recaídas) en un sanatorio a las personas menores de 18 años a las cuales se haya reconocido una discapacidad con arreglo al procedimiento establecido en los instrumentos normativos.

Rehabilitación profesional

219.La Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad regula un eslabón importante de la cadena de integración social de las personas con discapacidad, a saber, la rehabilitación profesional. La rehabilitación profesional se define como el restablecimiento o el incremento de la capacidad de trabajo de una persona, su competencia profesional y su capacidad para participar en el mercado de trabajo, con la utilización de métodos de desarrollo, sociales, psicológicos, de rehabilitación y otros. Se establece una distinción entre los siguientes servicios de rehabilitación profesional: orientación profesional, asesoramiento, evaluación o restablecimiento de las capacidades profesionales, desarrollo de nuevas capacidades profesionales y recualificación.

220.La finalidad de la rehabilitación profesional es desarrollar o restablecer la capacidad de trabajo de la persona con discapacidad y aumentar sus oportunidades de empleo. Esto se consigue en varias etapas. Primero, se determina la necesidad de servicios de rehabilitación profesional. El Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, que es el encargado de realizar esta función, evalúa los criterios médicos, funcionales, profesionales y otros que afectan las posibilidades de rehabilitación profesional y empleo de una persona, respecto de cualquier persona que acuda al Servicio en relación con la determinación de su nivel de capacidad de trabajo.

221.Una persona que tenga en su poder una resolución de la citada institución que confirme la necesidad de rehabilitación profesional debe acudir a la bolsa de trabajo territorial que corresponda a su lugar de residencia. Esta institución formula una plan específico de rehabilitación profesional para la persona, con la participación de esta y en consulta con la institución que presta los servicios de rehabilitación profesional. Al formular el plan, la bolsa de trabajo territorial, si procede, coopera con el empleador actual o futuro de la persona, las instituciones que prestan servicios de rehabilitación profesional y las instituciones y organismos municipales. Habiendo formulado el plan personal de rehabilitación profesional, la bolsa de trabajo territorial emite un documento para remitir a la persona a la institución que presta los servicios de rehabilitación profesional. Allí, sobre la base del plan personal de rehabilitación profesional, se elabora un programa específico de rehabilitación profesional para la persona y se le prestan los servicios previstos. Una vez concluido el programa de rehabilitación profesional, la persona regresa al Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, donde se determinará su nivel definitivo de capacidad de trabajo.

222.Los Criterios para la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional y el Reglamento para la prestación y la financiación de servicios de rehabilitación profesional, aprobados por la Orden Nº A1‑302, de 31 de diciembre de 2004, del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 6‑163, 2005) definen los criterios que constituyen la base para la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional, establecen los principios para la prestación de servicios de rehabilitación profesional y determinan los organizadores y suministradores de los servicios de rehabilitación profesional, así como la prestación y la financiación de servicios de rehabilitación profesional. La necesidad de servicios de rehabilitación profesional se determina respecto de las personas que, sin esos servicios, no pueden realizar su trabajo anterior con arreglo a su cualificación profesional, ni adquirir una nueva cualificación profesional, ni desempeñar un trabajo que requiera otra cualificación profesional a causa de una enfermedad, de su estado de salud o de trastornos de las funciones orgánicas.

223.El derecho a servicios de rehabilitación profesional se reconoce a las personas que residan permanentemente en la República de Lituania y a las cuales se haya reconocido la necesidad de servicios de rehabilitación profesional. La necesidad de servicios de rehabilitación profesional se determina: a) en el momento de determinar el nivel de capacidad de trabajo; b) respecto de personas cuyo nivel de capacidad de trabajo haya sido determinado a solicitud propia. Las personas respecto de las cuales se haya determinado por primera vez el nivel de capacidad de trabajo pueden solicitar la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional no antes de que haya transcurrido un período de seis meses a partir de la fecha de la determinación del nivel de capacidad de trabajo.

224.La necesidad de servicios de rehabilitación profesional se determina evaluando criterios médicos, funcionales, profesionales y otros que afecten la rehabilitación profesional de una persona y sus opciones de empleo. Para llegar a una conclusión relativa a la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional se efectúa un cálculo, basado en los significados de los criterios, de las circunstancias favorables para la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional, así como de circunstancias medio favorables y desfavorables. La necesidad de servicios de rehabilitación profesional se reconoce cuando existen cinco o más circunstancias favorables o medio favorables para dicha determinación.

225.El Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, siguiendo los Criterios para la determinación de la necesidad de servicios de rehabilitación profesional y el Reglamento para la prestación y la financiación de servicios de rehabilitación profesional, aprobados por la Orden Nº A1‑302, de 31 de diciembre de 2004, del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, determinará la necesidad de servicios de rehabilitación profesional respecto de las personas que no puedan realizar su trabajo anterior con arreglo a su cualificación profesional, u otro trabajo correspondiente a su cualificación profesional, ni adquirir una nueva cualificación profesional, ni desempeñar un trabajo que requiera una cualificación profesional inferior, a causa de una enfermedad, de su estado de salud o de trastornos de las funciones orgánicas. Los servicios de rehabilitación profesional tienen por objeto desarrollar o restablecer la capacidad de trabajo de la persona con discapacidad además de incrementar sus opciones de empleo. Esta es la forma en que se han establecido legalmente los derechos y posibilidades de las personas con discapacidad, es decir, los derechos y posibilidades de recibir servicios de rehabilitación profesional de calidad que ayuden a las personas que han perdido su empleo a causa de una enfermedad o una lesión a reintegrarse al mercado de trabajo.

226.El desarrollo del sistema de rehabilitación profesional se inició en 2005. En ese año 12 personas participaron en el programa de rehabilitación profesional y solo prestaba servicios de rehabilitación profesional una única institución, a saber, el Centro de Rehabilitación Valakupių, una institución pública de Vilna. Actualmente ya se prestan servicios de rehabilitación profesional en 11 instituciones de toda Lituania. La mayoría de suministradores de esos servicios están ubicados en los condados de Vilna, Kaunas y Šiauliai. A medida que se desarrolla la infraestructura de rehabilitación profesional aumenta año tras año el número de personas que participan en el programa de rehabilitación profesional. En 2011, esas personas fueron 513 (el 40% de las cuales consiguieron un empleo).

227.En 2009 se firmaron ocho acuerdos para el establecimiento o modernización de instituciones de rehabilitación profesional para personas con discapacidad, por un valor total de 42,20 millones de litai, que incluían fondos proporcionados por la Unión Europea: 35,87 millones de litai; fondos del presupuesto estatal: 6,22 millones de litai; y fondos de los promotores de los proyectos: 113.300 litai. La ejecución de esos proyectos en Panevėžys, Klaipėda, Palanga, Trakai, Mažeikiai, Utena, Kaunas y Rokiškis permitió el establecimiento o la modernización de nueve instituciones de rehabilitación profesional. Los proyectos se ejecutan con arreglo al calendario siguiente: en 2011 se establecieron o modernizaron 6 instituciones de rehabilitación profesional, y en 2012 se establecerán o modernizarán 3 de esas instituciones; se prevé crear en total 77 nuevos puestos de trabajo a raíz de la ejecución de los proyectos.

228.Con objeto de mejorar la calidad de los servicios de rehabilitación profesional, se aprobó una Estrategia para el desarrollo de los servicios de rehabilitación profesional, 2007‑2012, en virtud de la Orden Nº A1‑157, de 6 de junio de 2007, del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 65‑2535, 2007). La Estrategia define los objetivos de largo plazo del desarrollo del sistema de rehabilitación profesional, como el mejoramiento del marco jurídico del sistema de rehabilitación profesional, el aumento de la disponibilidad y variedad de servicios de rehabilitación profesional y el mejoramiento de la calidad de esos servicios. Todos los años, el Ministro de Seguridad Social y Trabajo aprueba un plan de medidas para la aplicación de la Estrategia.

229.El Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad ejecuta el proyecto de la Unión Europea para 2009‑2013 titulado "Desarrollo y aplicación de metodologías de servicios de rehabilitación profesional para personas con discapacidad, determinación de los requisitos sobre cualificaciones de los especialistas en rehabilitación profesional, elaboración y desarrollo de los criterios de la prestación de servicios de rehabilitación profesional a las personas con discapacidad, y desarrollo del sistema de evaluación de la calidad de los servicios", cuya finalidad es mejorar la prestación de servicios de rehabilitación profesional a las personas con discapacidad y garantizar la disponibilidad de servicios de rehabilitación profesional para personas con trastornos motores, visuales o auditivos, personas con discapacidades del aprendizaje y personas con discapacidad mental. Los objetivos del proyecto son los siguientes: aplicación de las metodologías para la prestación de servicios de rehabilitación profesional a las personas con diferentes tipos de discapacidad; preparación de los requisitos exigidos a los especialistas que prestan servicios de rehabilitación profesional; preparativos para la estandarización de la prestación de servicios de rehabilitación profesional a las personas con discapacidad, y preparación y desarrollo del sistema de evaluación de la calidad de la prestación de los servicios de rehabilitación profesional.

Rehabilitación social

230.Como se ha mencionado, en 2002 se aprobaron el Programa Nacional y un plan de medidas para su aplicación (véase la subsección del informe relativa al artículo 5 de la Convención). En aplicación de la medida 2.3, se hacen anualmente llamamientos a la presentación de solicitudes y se financian proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad. En 2012, los proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad se financian por conducto de los municipios siguiendo el Procedimiento para la financiación de proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad, aprobado por la Orden Nº A1‑287, de 22 de junio de 2010, del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 75‑3841, 2010; Nº 84‑4114, 2011). Las administraciones municipales hacen llamamientos a la presentación de solicitudes para la financiación de proyectos, organizan y ejecutan tareas de evaluación de las solicitudes de proyectos y de selección de proyectos, presentan las solicitudes al Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad en relación con la financiación de los proyectos, financian los proyectos seleccionados y controlan la justificación de la utilización de los fondos.

231.La finalidad de la financiación de proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad es mejorar la integración de las personas con discapacidad en la sociedad haciendo participar en los procesos de organización a las administraciones municipales, que complementarán la asistencia suministrada a las personas con discapacidad por los municipios mediante proyectos que se seleccionan por licitación y que responden a las necesidades reales de las personas con discapacidad, y alentando a las organizaciones dedicadas a cuestiones de integración social de las personas con discapacidad (asociaciones, fundaciones caritativas y de apoyo, comunidades y asociaciones religiosas e instituciones públicas) a prestar servicios que son necesarios para las personas con discapacidad y que restablecerán o mantendrán las aptitudes sociales y para la vida independiente de las personas con discapacidad e incrementarán la independencia y las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad, así como sus posibilidades para participar en la vida pública. Las solicitudes de proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad pueden ser presentadas por organizaciones dedicadas al ámbito de la integración social de las personas con discapacidad (asociaciones, fundaciones caritativas y de apoyo, comunidades y asociaciones religiosas e instituciones públicas (excepto las instituciones públicas cuyos derechos de propiedad son ejercidos por una institución estatal o municipal)). En la ejecución de los proyectos de servicios de rehabilitación social para las personas con discapacidad en la comunidad, los tipos de actividades permanentes y de servicios apoyados serán los que correspondan a la naturaleza y las características específicas de la discapacidad, así como al contenido de la rehabilitación social que realiza la organización, como el desarrollo, el mantenimiento o el restablecimiento de las aptitudes para la vida social o la vida independiente, el apoyo de un asistente personal para las personas con discapacidad, la participación de esas personas en distintos grupos o clubes de artesanía, o el desarrollo de capacidades artísticas, deportivas y de otro tipo en grupos o clubes artísticos, culturales y deportivos.

232.Respondiendo a las solicitudes presentadas por los municipios, en 2012 se distribuyó entre los 60 municipios una suma de 15.098.600 litai para la financiación de proyectos de servicios de rehabilitación social para personas con discapacidad en la comunidad (de este total, el presupuesto estatal aportó 13.690.240 litai y el presupuesto municipal 1.408.360 litai); está previsto financiar 409 proyectos.

233.Por lo que respecta a la rehabilitación social, es destacable que el suministro de medios técnicos de apoyo a las personas con discapacidad también contribuye extraordinariamente a mejorar las posibilidades para participar en la vida colectiva de la sociedad (véase la subsección del informe relativa al artículo 20 de la Convención).

Artículo 27Trabajo y empleo

Política de empleo de las personas con discapacidad

234.En Lituania se presta una gran atención al apoyo al empleo de las personas con discapacidad. La Ley sobre Empresas Sociales (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 96‑3519, 2004; Nº 155‑7352, 2011) contiene medidas especiales para la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo. Con objeto de integrar a las personas con discapacidad en un mercado de trabajo abierto, se aplican las medidas activas de política del mercado de trabajo contempladas en la Ley de Apoyo al Empleo (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 73‑2762, 2006; Nº 86‑3638, 2009).

235.La Ley de Apoyo al Empleo dedica especial atención al apoyo a la contratación de personas con discapacidad y a su empleo independiente. La ley contempla una medida activa de política del mercado de trabajo, consistente en el empleo subvencionado, que se ha establecido para las personas con discapacidad a las cuales se ha reconocido hasta un 40% de capacidad de trabajo, o un nivel de discapacidad grave o medio, a fin de crear condiciones especiales para permanecer en el mercado de trabajo, y para las personas con discapacidad a las cuales se ha reconocido una capacidad de trabajo entre el 45% y el 55%, o un nivel de discapacidad leve, para ayudarlas a consolidar su posición en el mercado de trabajo.

236.Los empleadores que han contratado a la persona con discapacidad reciben una subvención mensual que compensa parcialmente el sueldo por el trabajo de cada persona empleada según lo indicado en el contrato de empleo de cada persona empleada, así como de las contribuciones obligatorias del empleador al sistema estatal de seguridad social, calculadas con respecto a dicho sueldo. El total de esta subvención no puede ser superior al equivalente a dos salarios mínimos mensuales según las tarifas aprobadas por el Gobierno, y se calculará como porcentaje sobre la base del monto del sueldo de la persona empleada y de las contribuciones obligatorias del empleador al sistema estatal de seguridad social, calculadas con respecto a dicho sueldo:

El 75% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona con discapacidad en edad de trabajar a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 25%, o un nivel de discapacidad grave;

El 60% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona con discapacidad en edad de trabajar a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40%, o un nivel de discapacidad medio;

El 50% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona con discapacidad en edad de trabajar a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 45% y el 55%, o un nivel de discapacidad leve.

237.La subvención para el sueldo será pagadera durante un período de hasta 12 meses cuando se firme un contrato de empleo con una persona a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 45% y el 55%, o un nivel de discapacidad leve. En caso de que el empleado sea una persona con discapacidad grave (hasta el 40% de capacidad de trabajo o un nivel de discapacidad grave o medio), la subvención será pagadera de manera indefinida durante todo el período de empleo.

238.Con respecto a las personas con discapacidad, se pueden otorgar subvenciones para la creación de puestos de trabajo que permitan apoyar su contratación durante un período ilimitado mediante la creación de nuevos puestos (o la adaptación de puestos existentes) que tengan en cuenta la naturaleza de la discapacidad de una persona desempleada. Las subvenciones para la creación de un puesto de trabajo no pueden superar un monto equivalente a 40 veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno. Los empleadores deben pagar no menos del 35% de los gastos necesarios para la creación (o la adaptación) de los puestos (para cada empleado al cual se haya reconocido un nivel de discapacidad grave o una capacidad de trabajo no superior al 25% (hasta el 1 de julio de 2005, una persona con discapacidad del grupo I), un 20%; para un empleado al cual se haya reconocido un nivel de discapacidad medio o una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40% (hasta el 1 de julio de 2005, una persona con discapacidad del grupo II), un 30%)) y deberán mantener el puesto creado (o adaptado) por un período no inferior a 36 meses a partir de la fecha de contratación de la persona, indicada por las bolsas de trabajo territoriales.

239.Si una persona con discapacidad a la cual se ha reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 40%, o un nivel de discapacidad medio, desea iniciar su propio negocio y crear un puesto de trabajo para ella misma, se dispone un apoyo para el empleo autónomo. El apoyo para la creación de un puesto de trabajo no puede ser superior al equivalente a 40 veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno, y no se aplica el requisito de cubrir un monto no inferior al 35% del gasto necesario para la creación (o la adaptación) del puesto. Una persona con discapacidad que haya creado su propio puesto de trabajo deberá mantenerlo por un período no inferior a 36 meses. En 2009, 60 personas con discapacidad crearon sus propios puestos de trabajo; en 2010 lo hicieron 43 personas y en 2011, 40.

240.A fin de que las personas con discapacidad puedan adquirir una cualificación o nuevas competencias, si ello es necesario para la contratación, puede disponerse la formación profesional para la persona con discapacidad. La suma total de los fondos asignados a una persona en edad de trabajar que esté desempleada o que haya sido advertida de despido no puede ser superior al equivalente a seis veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno con la finalidad de adquirir una cualificación, y a tres veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno para mejorar una cualificación o adquirir una competencia. Las personas en edad de trabajar que estén desempleadas o que hayan sido advertidas de despido y que trabajen a tiempo parcial recibirán, durante todo el período de formación profesional, un reembolso de los gastos de viaje de ida y vuelta a un centro de formación profesional, los gastos de alojamiento cuando el traslado a un centro de formación profesional se organice con frecuencia inferior a una vez durante la semana de trabajo, y todos los gastos relacionados con revisiones médicas obligatorias y vacunaciones contra enfermedades transmisibles si así lo disponen los instrumentos normativos que regulan las normas de salud y seguridad de los empleados en el lugar de trabajo.

241.Para brindar a las personas con discapacidad que buscan trabajo la posibilidad de ganarse la vida y de tener un empleo temporal, se organizan obras públicas. Un empleador que haya contratado a la persona con discapacidad mediante un contrato de empleo para la realización de obras públicas recibirá una subvención por el sueldo correspondiente al tiempo trabajado realmente de conformidad con la tarifa horaria mínima aprobada por el Gobierno que esté en vigor durante ese mes, recibirá un reembolso de las contribuciones obligatorias del empleador al sistema estatal de seguridad social calculadas con respecto a ese sueldo, y recibirá una compensación monetaria por el tiempo de licencia no utilizado. La duración total de las obras públicas en un período de 12 meses no puede ser superior a los 6 meses.

242.A diferencia de la Ley de Apoyo al Empleo, la Ley sobre Empresas Sociales contempla la asistencia del Estado a la persona con discapacidad que haya alcanzado la edad para recibir una pensión de jubilación. Dicha ley contempla la asistencia del Estado a una empresa social, consistente en el reembolso parcial del sueldo y de las contribuciones al sistema estatal de seguridad social, una subvención para la creación de puestos de trabajo, para la adaptación de puestos a empleados con discapacidad y para la adquisición o adaptación de sus medios de trabajo, así como una subvención para la capacitación de empleados pertenecientes a ciertos grupos específicos. Además de la mencionada asistencia del Estado, pueden concederse algunos de los tipos siguientes de asistencia adicional del Estado a una empresa social de personas con discapacidad: una subvención para la adaptación del medio de trabajo del empleado con discapacidad y de instalaciones industriales y recreativas, una subvención para el reembolso de gastos administrativos y de transporte adicionales, y una subvención para el reembolso de los gastos de un asistente (un intérprete de la lengua de señas).

243.Existe una compensación parcial por el sueldo y las contribuciones al sistema estatal de seguridad social respecto de los gastos adicionales de una empresa social relacionados con la falta de aptitudes de trabajo, la menor productividad o la capacidad de trabajo reducida de empleados pertenecientes a ciertos grupos específicos. La compensación se calculará como porcentaje de la base de todos los tipos de sueldo calculados, durante ese mes, respecto de cada empleado perteneciente a un grupo específico que esté contratado por una empresa social; sin embargo no puede ser superior al equivalente a dos veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno que estén en vigor durante ese mes, y sobre la base del monto de las contribuciones obligatorias del empleador al sistema estatal de seguridad social calculadas con respecto a dicho sueldo:

El 75% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 25%, o un nivel de discapacidad grave, o un nivel alto de necesidades especiales;

El 70% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40%, o un nivel de discapacidad medio, o un nivel medio de necesidades especiales;

El 60% de la suma calculada cuando el empleado sea una persona a la cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 45% y el 55%, o un nivel de discapacidad leve, o un nivel bajo de necesidades especiales.

244.Puede otorgarse una subvención para compensar los gastos de creación (o adaptación) de un puesto de trabajo de un empleado con discapacidad y para la adquisición o la adaptación de sus medios de trabajo únicamente si esos gastos son necesarios para eliminar en una empresa obstáculos originados por la discapacidad del empleado y que le impiden desempeñar las funciones de su trabajo. El monto de la subvención para la creación o la adaptación de un puesto de trabajo y para la adquisición o la adaptación de medios de trabajo de un empleado con discapacidad al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 25%, o un nivel de discapacidad grave, o un nivel alto de necesidades especiales, comprende el 80% del total de los gastos necesarios para este fin. El monto de la subvención para la creación o la adaptación de un puesto de trabajo y para la adquisición o la adaptación de medios de trabajo de un empleado con discapacidad al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40%, o un nivel de discapacidad medio, o un nivel medio de necesidades especiales, comprende el 70% del total de los gastos necesarios para este fin. El monto de la subvención para la creación o la adaptación de un puesto de trabajo y para la adquisición o la adaptación de medios de trabajo de un empleado con discapacidad al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 45% y el 55%, o un nivel de discapacidad leve, o un nivel bajo de necesidades especiales, comprende el 65% del total de los gastos necesarios para este fin. Una subvención para la creación o la adaptación de un puesto de trabajo o la adquisición o la adaptación de los medios de trabajo de un empleado con discapacidad no puede superar el equivalente a 40 veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno que estén en vigor durante el mes en que se conceda la subvención.

245.A fin de compensar los gastos de las empresas sociales de personas con discapacidad, destinados a eliminar obstáculos causados por la discapacidad de un empleado y que impiden a este acceder al lugar de trabajo o a las instalaciones recreativas de la empresa, se concede una subvención para la adaptación del medio de trabajo de los empleados con discapacidad y de las instalaciones industriales y recreativas. La subvención para compensar esos gastos respecto de cada empleado con discapacidad al cual se haya reconocido un nivel de discapacidad grave o una capacidad de trabajo de hasta el 25%, o un nivel alto de necesidades especiales, comprende el 80% del total de los gastos; respecto de cada empleado con discapacidad al cual se haya reconocido un nivel de discapacidad medio o una capacidad de trabajo entre el 30% y el 40%, o un nivel medio de necesidades especiales, comprende el 70% del total de esos gastos. Una subvención para la adaptación del entorno de trabajo de un empleador con discapacidad, o de las instalaciones industriales y recreativas, no puede ser superior al equivalente a seis veces el salario mínimo mensual según las tarifas aprobadas por el Gobierno que estén en vigor en el mes en que se conceda la subvención, y no podrá concederse con una frecuencia mayor a una vez cada 36 meses.

246.A fin de compensar los gastos administrativos adicionales de las empresas sociales de personas con discapacidad causados por el trabajo de los empleados con discapacidad, se concede una subvención. Si una empresa social organiza el transporte de ida y vuelta del trabajo de los empleados con discapacidad que trabajan allí y a los cuales se ha reconocido un nivel de discapacidad grave o medio, o de los empleados con discapacidad a los que se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 40% o un nivel alto o medio de necesidades especiales, además del transporte de ida y vuelta de sus hogares de los materiales, piezas, productos, etc. necesarios para el trabajo de esos empleados con discapacidad en el hogar, puede concederse a esa empresa una subvención para compensarla por los gastos de combustible necesarios para su traslado. El monto de cada subvención no puede ser superior al 70% del total de los gastos necesarios.

247.Si un empleado que tenga una discapacidad grave o media y al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 40% o un nivel alto o medio de necesidades especiales, necesita para el desempeño de sus funciones de trabajo el apoyo de un asistente (un intérprete de la lengua de señas), se concede una subvención para compensar esos gastos. La subvención comprende el 40% de la tarifa horaria mínima aprobada por el Gobierno que esté en vigor en el mes en que se conceda la subvención para cada empleado que tenga una discapacidad grave o media o para un empleado al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo de hasta el 25% o un nivel alto o medio de necesidades especiales, y el 20% para cada empleado con discapacidad al cual se haya reconocido una capacidad de trabajo entre el 30% y 40%, teniendo en cuenta el tiempo que trabaje realmente cada empleado con discapacidad.

248.La Ley sobre Empresas Sociales dispone que podrá concederse una subvención para compensar los gastos de las empresas sociales dedicados a la capacitación de personas con discapacidad. La capacitación debe tener por objeto mejorar las cualificaciones de los empleados que sean necesarias para las actividades de una empresa social. La subvención para capacitar empleados pertenecientes a grupos específicos puede comprender hasta el 35% de los gastos necesarios para la capacitación especial, o hasta el 60% de los gastos necesarios para la capacitación de carácter general. Esta subvención puede incrementarse en un 10% si la asistencia se proporciona a medianas empresas, o en un 20% si se proporciona a pequeñas empresas.

249.Cabe señalar que el número de empresas sociales, incluidas las empresas sociales de personas con discapacidad, ha ido en aumento en Lituania todos los años. En 2008 había en funcionamiento 83 empresas sociales (incluidas 61 empresas sociales de personas con discapacidad); en 2009, 102 (incluidas 74 empresas sociales de personas con discapacidad); en 2010, 128 (incluidas 90 empresas sociales de personas con discapacidad); y en 2011, 137 (incluidas 101 empresas sociales de personas con discapacidad). En 2010 el número de empleados con discapacidad de empresas sociales ascendía a 2.449, y en 2011 a 3.498.

250.En 2011 se pagaron a empresas sociales 20.548.291,20 litai con cargo al presupuesto estatal, que incluían 16.135.816,12 litai para la compensación parcial por los sueldos y las contribuciones al sistema estatal de seguridad social, 3.767.975,77 litai en forma de subvenciones para la creación de puestos de trabajo, 2.146,65 litai en forma de subvenciones para la capacitación de empleados pertenecientes a grupos específicos, 25.350,00 litai en forma de subvenciones para la adaptación del medio de trabajo y de las instalaciones industriales y recreativas para los empleados con discapacidad, 1.109,71 litai en forma de subvenciones para compensar gastos administrativos adicionales, 148.047,65 litai en forma de subvenciones para compensar gastos de transporte adicionales, y 457.863,30 litai en forma de subvenciones para compensar los gastos de un asistente (un intérprete de la lengua de señas).

Reglamentación de las relaciones laborales y los sueldos de las personas con discapacidad

251.El Código Laboral de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 64‑2569, 2002) es el principal instrumento legislativo que regula las relaciones laborales y contempla la igualdad de los sujetos de derecho laboral, independientemente de su género, orientación sexual, raza, nacionalidad, idioma, origen, ciudadanía y condición social, religión, estado civil y familiar, edad, creencias o convicciones, afiliación a partidos políticos y organizaciones no gubernamentales y circunstancias no relacionadas con las características profesionales de los empleados.

252.La obligación del empleador de hacer efectiva la igualdad de oportunidades en el trabajo también se contempla en la Ley de Igualdad de Oportunidades (véase la subsección del informe relativa al artículo 5 de la Convención). El empleador, sin tener en cuenta la edad, la orientación sexual, la discapacidad, la raza o el origen étnico, la religión o las convicciones de una persona, deberá, al contratar a una persona, incluso para el servicio público, aplicar los mismos criterios de selección, excepto en los casos estipulados por la ley; debe crear las mismas condiciones de trabajo o de servicio público y ofrecer las mismas posibilidades para mejorar la cualificación, obtener formación profesional más compleja o recualificación, o adquirir experiencia laboral práctica; también debe ofrecer los mismos privilegios; debe aplicar los mismos criterios para la evaluación del trabajo y de las actividades oficiales desempeñadas por los funcionarios públicos; debe aplicar los mismos criterios de evaluación con respecto al despido del empleo y del servicio público; debe pagar la misma remuneración por un trabajo de igual valor; y debe cumplir otras obligaciones estipuladas en la ley.

253.El Código Laboral establece el principio de la remuneración justa, lo cual significa que el sueldo del empleado dependerá de la cantidad y de la calidad del trabajo, de los resultados de la actividad de una empresa, institución u organización, así como de la oferta y la demanda de trabajo en el mercado laboral. Los hombres y mujeres recibirán la misma remuneración por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor (artículo 186, párrafo 3, del Código Laboral). Esas disposiciones son por tanto acordes con el derecho de las personas con discapacidad a recibir la misma remuneración por un trabajo de igual valor, como se contempla en este artículo de la Convención.

254.El Código Laboral prevé diversas garantías para las personas con discapacidad en relación con el mantenimiento del puesto de trabajo y su adaptación para el trabajo. Por ejemplo, el artículo 133 del Código Laboral dispone que si un empleado pierde su capacidad de trabajo a causa de una lesión en el lugar de trabajo o por una enfermedad ocupacional, su puesto de trabajo y su cargo quedarán vacantes hasta que el empleado recupere su capacidad de trabajo o hasta que se reconozca su discapacidad. Si se reconoce la discapacidad de un empleado, el contrato de empleo con dicho empleado podrá rescindirse de conformidad con lo dispuesto en esa sección. Si un empleado queda incapacitado temporalmente para trabajar por otros motivos (no a causa de una lesión en el lugar de trabajo o una enfermedad ocupacional), el puesto de trabajo y el cargo permanecerán vacantes si, a causa de una incapacidad temporal para trabajar, el empleado no acude al trabajo durante un período no superior a 120 días sucesivos o no superior a 140 días en los últimos 12 meses, si las leyes y otros instrumentos normativos no contemplan que en caso de determinadas enfermedades el puesto de trabajo y el cargo permanecerán vacantes durante un período más prolongado.

255.Cabe señalar que el artículo 131, párrafo 1, apartado 1, del Código Laboral prohíbe advertir a los empleados de la terminación de un contrato de empleo y despedir empleados de su trabajo durante el período de su incapacidad temporal para trabajar. Además, un contrato de empleo con una persona con discapacidad solamente podrá rescindirse en casos extraordinarios, en que la permanencia del empleado en el trabajo perjudique materialmente los intereses del empleador (artículo 129, párrafo 4, del Código Laboral).

256.El Código Laboral dispone que en caso de empeoramiento de la salud de un empleado a causa del trabajo en una determinada empresa (si el empleado no puede realizar el trabajo anterior a causa de una lesión, una enfermedad ocupacional u otro perjuicio para la salud) y no existe la posibilidad de trasladarlo a otro lugar de trabajo que esté adaptado a su estado de salud y, de ser posible, a su cualificación, porque en la empresa no existe ningún trabajo que el empleado pueda realizar dado su estado de salud, el empleado recibirá una prestación por enfermedad equivalente a la suma establecida por las leyes hasta que se conozca la resolución del Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo sobre la capacidad de trabajo del empleado. Una vez que se haya determinado el porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo, si el empleado no tiene cobertura de seguridad social por lesiones en el trabajo y enfermedades ocupacionales, recibirá una compensación por los daños sufridos (artículo 249 del Código Laboral). Si el empleado, en presencia de otras circunstancias indicadas en el artículo 212, párrafo 1, del Código Laboral, es trasladado a otro lugar de trabajo donde percibe una remuneración inferior, la diferencia entre el sueldo medio anterior y el sueldo percibido por el trabajo realizado se pagará hasta que se conozca la resolución de la Comisión de Examen Social y Médico del Estado sobre la capacidad de trabajo del empleado.

257.El Código Laboral establece la duración del trabajo de la persona con discapacidad, las horas extraordinarias y el tiempo de licencia:

Sobre la base de una resolución del Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, a solicitud de una persona con discapacidad, se establece el trabajo a tiempo parcial durante la jornada laboral o la semana laboral;

Sobre la base de una resolución del Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, se establece el trabajo a tiempo parcial durante la jornada laboral o la semana laboral;

Solo será posible asignar trabajo en horas extraordinarias a una persona con discapacidad con su consentimiento (si ello no está prohibido en una resolución del Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo);

Solo será posible asignar trabajo nocturno o de vigilancia en una empresa o en un hogar a una persona con discapacidad con su consentimiento (si ello no está prohibido en una resolución del Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo);

Las personas con discapacidad tienen derecho a una licencia mínima anual más larga, equivalente a 35 días naturales.

258.El Código Laboral establece el derecho del empleado a trabajar de manera segura. Deben proporcionarse a todos los empleados unas condiciones de trabajo apropiadas y seguras, que no sean perjudiciales para su salud, con arreglo a lo estipulado en la Ley sobre Seguridad y Salud en el Trabajo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 70‑3170, 2003), mientras que el artículo 279 del Código Laboral contempla garantías con respecto a la seguridad y la salud de las personas con discapacidad empleadas. La seguridad y la salud de los empleados con discapacidad están garantizadas por el Código Laboral y otras leyes, así como por los instrumentos normativos que regulan la seguridad y la salud en el trabajo. El artículo 38 de la Ley sobre Seguridad y Salud en el Trabajo dispone que la seguridad y la salud de los empleados con discapacidad estarán garantizadas por el Código Laboral, esa ley, otras leyes y los instrumentos normativos que regulan la seguridad y la salud en el trabajo. Es posible ofrecer garantías adicionales de seguridad y salud a las personas con discapacidad en los convenios colectivos y los contratos de empleo.

259.En cumplimiento del artículo 5 de la Ley de Administración Pública de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 66‑2130, 1999; Nº 45‑1708, 2002), las leyes y otros instrumentos jurídicos que regulan las relaciones laborales y las garantías sociales serán aplicables a los funcionarios públicos en la medida en que su situación y sus garantías sociales no estén reguladas por esa ley. Teniendo en cuenta estas disposiciones, los funcionarios públicos con discapacidad están sujetos a las disposiciones del Código Laboral que prohíben la discriminación de las personas con discapacidad.

Artículo 28Nivel de vida adecuado y protección social

260.La Constitución regula los derechos sociales fundamentales: establece que el Estado garantizará a los ciudadanos el derecho a recibir pensiones de jubilación y por discapacidad, así como asistencia social en caso de desempleo, enfermedad, viudedad, pérdida del sostén de la familia y otros casos contemplados por las leyes.

261.El sistema de protección social de Lituania está integrado por:

El régimen de seguridad social, que se basa en un principio contributivo: el asegurado o el empleador efectúan contribuciones en beneficio de los empleados de forma que en caso de riesgo social un empleado reciba una pensión o una prestación, cuyo monto depende del monto de las contribuciones.

El sistema de asistencia social, que no depende del período del seguro social. El sistema de asistencia social consta de dos partes principales: asistencia financiera y servicios sociales. La asistencia financiera también se proporciona en forma de prestaciones. La asistencia social se financia con cargo a los presupuestos estatal o municipal.

Se ofrecen prestaciones sociales adicionales a grupos específicos de población por sus méritos especiales o por los daños sufridos. Se financian con cargo al presupuesto estatal.

Determinación de la discapacidad, el nivel de la capacidad de trabajo, las necesidades especiales y el nivel de necesidades especiales

262.En virtud de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, la discapacidad será objeto de determinación para las personas menores de 18 años, excepto aquellas que deban estar cubiertas (o lo hayan estado) por el sistema estatal de seguridad social. La discapacidad es la medida, determinada por procedimientos complejos, en que una persona, a causa de una condición de salud particular, ha perdido su capacidad para funcionar independientemente en actividades de la vida cotidiana y en oportunidades de educación. En función del grado de gravedad, la discapacidad puede dividirse en tres niveles: un nivel de discapacidad grave (la condición de una persona por la cual, a causa de una enfermedad, un trauma, una lesión o un trastorno de salud congénito o adquirido en la infancia, o de los efectos negativos de factores ambientales, dicha persona tiene menos oportunidades de educación, participación y funcionamiento y requiere servicios, cuidados y asistencia permanentes de otras personas); un nivel de discapacidad moderada (la condición de una persona por la cual, a causa de una enfermedad, un trauma, una lesión o un trastorno de salud congénito o adquirido en la infancia, o de los efectos negativos de factores ambientales, dicha persona tiene menos oportunidades de educación, participación y funcionamiento y requiere cuidados y asistencia no permanentes de otras personas); y un nivel de discapacidad leve (la condición de una persona por la cual, a causa de una enfermedad, un trauma, una lesión o un trastorno de salud congénito o adquirido en la infancia, o de los efectos negativos de factores ambientales, se produce una reducción insignificante de las oportunidades de educación, participación y funcionamiento de dicha persona).

263.Para las personas mayores de 18 años de edad, y hasta alcanzar la edad fijada para percibir una pensión de jubilación, es necesario hacer una determinación del nivel de la capacidad de trabajo. El nivel de la capacidad de trabajo se refiere a la capacidad de una persona para realizar las funciones correspondientes a su competencia profesional, o adquirir una nueva cualificación profesional, o realizar actividades laborales que requieran una menor competencia. Si, de conformidad con el procedimiento establecido por los instrumentos normativos, una persona menor de 18 años debe estar asegurada (o debiera haberlo estado) por el sistema estatal de seguridad social, se determinará el nivel de la capacidad de trabajo para la persona menor de 18 años. El nivel de la capacidad de trabajo se determina sobre la base de la documentación suministrada por los médicos que tratan a la persona, expertos en rehabilitación profesional y otros especialistas. El nivel de la capacidad de trabajo se determina tras realizar una evaluación de la condición de salud de la persona y su capacidad para desempeñar actividades laborales acordes con la cualificación adquirida, adquirir una nueva cualificación o realizar tareas que no requieren cualificación una vez que se hayan utilizado todos los medios posibles de rehabilitación médica y profesional, así como los instrumentos de asistencia especial.

264.La capacidad de trabajo se evalúa en forma de porcentaje, y su nivel se fija con intervalos de 5 puntos porcentuales:

Si se reconoce que una persona tiene una capacidad de trabajo entre cero y el 25%, se la considerará incapaz para trabajar y no podrá hacerlo en condiciones ordinarias, es decir, solo podrá trabajar en un medio laboral adaptado en función del tipo de discapacidad;

Si se reconoce que una persona tiene una capacidad de trabajo entre el 30% y el 55%, se la considerará parcialmente capaz de trabajar y podrá hacerlo en condiciones de trabajo ordinarias, teniendo en cuenta las recomendaciones efectuadas en la resolución sobre las condiciones y el carácter del trabajo;

Si se reconoce que una persona tiene una capacidad de trabajo entre el 60% y el 100%, se la considerará capaz de trabajar.

265.Para las personas que han alcanzado la edad fijada para percibir una pensión de jubilación, el nivel de necesidades especiales se determina en relación con las necesidades especiales evaluadas con respecto a esas personas.

266.Los municipios tienen atribuciones para determinar el nivel de necesidades especiales de las personas con discapacidad, en virtud de la Orden Nº A1‑316 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 16 de noviembre de 2007, "Sobre la aprobación de las condiciones y normas para la determinación y la atención de necesidades especiales" (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 120 4907, 2007). El nivel de necesidades especiales de esas personas se evalúa sobre la base de la información proporcionada por otros servicios en el marco de sus respectivas competencias (con arreglo a las necesidades especiales evaluadas de servicios de enfermería permanentes, atención (asistencia) permanente, la necesidad social de compensación por gastos de transporte, compensación de gastos de adquisición de un vehículo de pasajeros y su adaptación técnica o la necesidad de medios técnicos de asistencia o la necesidad especial de adaptación de la vivienda o la necesidad de servicios sociales) y de una entrevista con la persona. El municipio, habiendo determinado las necesidades especiales de la persona, le expide un certificado de persona con discapacidad. Las personas con un nivel evaluado de necesidades especiales tienen derecho a los privilegios contemplados en los instrumentos normativos de la misma forma que las personas con un nivel evaluado de capacidad de trabajo.

267.De conformidad con la "Lista de criterios y descripción del procedimiento para la determinación de las necesidades especiales de servicios de enfermería permanentes, atención (asistencia) permanente, compensación por la adquisición de un vehículo de pasajeros y su adaptación técnica y compensación de gastos de transporte", aprobada por la Orden Nº A1‑120/V‑346 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo y del Ministro de Salud de la República de Lituania, de 4 de mayo de 2005 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 60‑2130, 2005), las necesidades especiales de las personas serán establecidas por el Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo. Las necesidades especiales se evalúan y se atienden de conformidad con el procedimiento establecido en los instrumentos normativos, independientemente de la edad de la persona, su nivel de discapacidad o su nivel de capacidad de trabajo. La decisión sobre necesidades especiales se adopta teniendo en cuenta el diagnóstico hecho por un médico, así como el hecho de que, después del tratamiento y/o la aplicación de actividades de rehabilitación, persistirán ciertas deficiencias funcionales.

268.Podrán evaluarse las siguientes necesidades especiales respecto de una persona:

a)La necesidad especial de servicios de enfermería permanentes, que se determina, con arreglo a los criterios aprobados por la Orden mencionada, para las personas que requieren cuidados constantes de enfermería y que, a causa de su deficiencia física o mental, experimentan una restricción en su capacidad para desplazarse por su entorno, moverse, trabajar y funcionar independientemente en su vida personal y social;

b)La necesidad especial de atención (asistencia) permanente, que se determina, con arreglo a los criterios especificados en la Orden, para las personas que a causa de un trastorno funcional muy grave necesitan atención (asistencia) constante por parte de otra persona en el hogar y en su vida personal y social;

c)La necesidad especial de compensación de los gastos de adquisición de un vehículo de pasajeros y su adaptación técnica se determina para las personas mayores de 18 años de edad con un trastorno grave en las funciones de movilidad a causa de las condiciones de salud pertinentes, con arreglo a los criterios aprobados;

d)La necesidad especial de compensación por gastos de transporte se determina para las personas con un trastorno grave en las funciones de movilidad a causa de las condiciones de salud pertinentes, con arreglo a los criterios aprobados.

269.Una vez hecha la determinación de dichas necesidades especiales, las personas recibirán compensaciones por los montos especificados en los instrumentos normativos.

Pagos a las personas con discapacidad

270.En virtud de la Ley de la República de Lituania sobre Prestaciones de Asistencia Social del Estado (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 71‑25, 2005), los niños con discapacidad, así como las personas incapacitadas para trabajar o con una incapacidad parcial para trabajar y que no tengan derecho a percibir ningún tipo de pensión o que cobren pensiones muy pequeñas, recibirán pensiones de asistencia social con cargo a fondos del presupuesto del Estado. El monto de las pensiones de asistencia social se calcula haciendo referencia al monto de la pensión básica del sistema estatal de seguridad social (fijada actualmente en 360 litai) (denominada en adelante "pensión básica"). El monto de la pensión de asistencia social varía en función de las respectivas categorías de los beneficiarios (entre 0,75 y 2 veces la pensión básica). El monto de la pensión de asistencia social pagadero a un niño con discapacidad depende del nivel de discapacidad evaluado, mientras que el monto pagadero a las personas en edad de trabajar depende del porcentaje de la capacidad de trabajo que se ha perdido, así como de la fecha en que se determinó por primera vez que la persona tenía una discapacidad. En 2010, el número medio de personas con discapacidad en edad de trabajar que se beneficiaban de pensiones de asistencia social se situaba en 25.655, mientras que los niños con discapacidad que recibían fondos de asistencia social eran 15.835.

271.En virtud de la Ley de la República de Lituania sobre Pensiones de Seguridad Social del Estado (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 59‑1153, 1994; Nº 71‑2555, 2005), las personas con una capacidad de trabajo evaluada que hayan sido declaradas incapacitadas para trabajar o parcialmente capacitadas para trabajar (denominadas en adelante "personas incapacitadas para trabajar" o "personas parcialmente capacitadas para trabajar"), con arreglo al procedimiento especificado en los instrumentos normativos, y que hayan alcanzado el período mínimo exigido por la seguridad social del Estado, tendrán derecho a recibir pensiones del sistema estatal de seguridad social por la capacidad de trabajo perdida. Estos tipos de pensión, así como otras pensiones del sistema estatal de seguridad social, dependen de la duración del período de empleo de la persona y de los ingresos asegurados percibidos antes de otorgarse la pensión. Cabe destacar que el 1 de enero de 2010 entró en vigor la Ley Provisional de Recálculo y Pago de Prestaciones Sociales (denominada en adelante "Ley Provisional", Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 152‑6820, 2009), que disponía una reducción temporal, durante el período de crisis económica del país de 2010‑2011, de ciertas prestaciones sociales, incluidas las pensiones por capacidad de trabajo perdida de las personas parcialmente incapacitadas para trabajar. Con la terminación de la Ley Provisional, a partir del 1 de enero de 2012, las pensiones no se reducen más y se han restablecido los montos que se pagaban en 2009. Según los datos de 2010, la pensión media por capacidad de trabajo perdida es de 621,15 litai, y el número medio de beneficiarios de dicha pensión se sitúa en 226.943. A pesar de que desde 2007 el número de beneficiarios de la pensión por capacidad de trabajo perdida ha crecido todos los años, actualmente se va frenando la tendencia al aumento del número de beneficiarios.

272.Las necesidades especiales de servicios de enfermería permanentes y de atención (asistencia) permanente para las personas con discapacidad se atienden proporcionando a esas personas compensaciones específicas de los gastos de servicios de enfermería o de atención (asistencia). Los montos de esos pagos también se determinan sobre la base de la pensión básica. Las personas con discapacidad a las cuales se ha reconocido la necesidad especial de servicios de enfermería permanentes reciben compensaciones específicas por gastos de enfermería por un total equivalente a 2,5 veces la pensión básica. Las personas a las cuales se ha reconocido la necesidad especial de atención (asistencia) permanente tienen derecho a recibir compensaciones específicas por los gastos de atención (asistencia). El monto de esta compensación específica, en función del nivel de discapacidad determinado, del porcentaje de capacidad de trabajo perdido, así como de la fecha en que se determinó por primera vez que la persona tenía una discapacidad, puede ser equivalente a la pensión básica o a la mitad de la pensión básica.

273.La información sobre los montos de las compensaciones por la adquisición de un vehículo de pasajeros y su adaptación técnica, así como por gastos de transporte, se presenta en la subsección del informe relativa al artículo 20 de la Convención.

Servicios sociales para las personas con discapacidad

274.Se prestan servicios sociales a las personas en relación con sus necesidades específicas. La necesidad de servicios sociales de la persona se evalúa en función del grado de dependencia de la persona y de las posibilidades de capacitación para la vida independiente, así como la compensación con servicios sociales para atender los intereses y necesidades de la persona. Estas cuestiones están reguladas por la Ley de Servicios Sociales, la Descripción del procedimiento de determinación de la necesidad y la prestación de servicios sociales a una persona (familia) y el reconocimiento de servicios sociales, la Metodología para la determinación de la necesidad de atención social de las personas de edad y adultas con discapacidad, aprobada por la Orden Nº A1‑94 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 5 de abril de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 43‑1571, 2006), y la Metodología para la determinación de la necesidad de atención social de los niños con discapacidad, aprobada por la Orden Nº A1‑255 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 9 de septiembre de 2006 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 97‑3793, 2006).

275.De conformidad con los principios de la gestión, prestación y concesión de servicios sociales estipulados en la Ley de Servicios Sociales, las cuestiones relacionadas con la gestión, prestación y concesión de servicios sociales se abordarán conjuntamente con los beneficiarios de los servicios sociales y/o sus representantes y las organizaciones de defensa de los intereses y derechos de los grupos sociales, mediante la cooperación y la asistencia mutua entre las personas, familias, comunidades, organizaciones para la protección de los intereses y derechos de los grupos sociales, instituciones para la prestación de servicios sociales e instituciones municipales y públicas, y combinando la prestación de los servicios sociales correspondientes a las necesidades de una persona con la prestación de servicios sociales a su familia.

276.Con objeto de asegurar que las personas pobres, incluidas las personas con discapacidad, tengan acceso a los servicios sociales fundamentales, la Ley de Servicios Sociales dispone que los servicios generales (información, asesoramiento, intermediación, organización de la distribución de alimentos en comedores de instituciones caritativas o el reparto de comidas calientes, y el suministro de artículos esenciales de ropa y calzado), así como los servicios de atención social (asistencia domiciliaria a las personas de edad o las personas con discapacidad, o servicios de capacitación en aptitudes sociales para las familias en situación de riesgo social) se prestarán gratuitamente a todas las personas que reciban prestaciones sociales o cuyos ingresos (el ingreso familiar medio por miembro de la familia) sean inferiores al doble de los ingresos subvencionados por el Estado (700 litai).

277.También se facilita información sobre los servicios sociales para las personas con discapacidad en la parte del informe relativa al artículo 19 de la Convención.

Información sobre los pagos a las personas con discapacidad para sufragar los costos de las facturas de servicios como electricidad, teléfono o combustible

278.De conformidad con la Resolución Nº 193 del Gobierno de la República de Lituania de 26 de marzo de 1992 "Sobre la prestación de servicios médicos y sociales y la garantía de la condición material de las personas con discapacidad" (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 16‑444, 1992) y con el "Procedimiento para los pagos a las personas con discapacidad" aprobado por la Orden Nº A1‑98 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo, de 6 de abril de 2005 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 43‑1572, 2006), se pagarán a las personas con discapacidad prestaciones para sufragar los gastos de los servicios relacionados con el hogar, las facturas de electricidad o teléfono o la compra de combustible. Esta prestación se paga las personas con discapacidad que tienen a su cargo niños menores de 18 años (que acuden en horario diurno a escuelas de educación general y escuelas profesionales registradas en la República de Lituania o a centros de enseñanza superior, en horario diurno o permanente (a tiempo completo), hasta cumplir los 24 años de edad) a los cuales haya reconocido una incapacidad para trabajar el Servicio para la Determinación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo (hasta el 1 de julio de 2005, por las comisiones para la determinación de la discapacidad) y en cuyas familias ninguno de los miembros tenga capacidad para trabajar. El monto de la prestación equivale al 20% de la prestación social básica (PSB) mensual.

Prestación de asistencia social financiera a las personas con discapacidad

279.El sistema lituano de prestación de asistencia social financiera se basa en la evaluación de los ingresos y/o bienes de la población. Las prestaciones sociales pagaderas a las personas de ingresos bajos tienen efectos en la reducción del nivel de riesgo de pobreza. En virtud de la Ley de la República de Lituania sobre Asistencia Financiera a las Familias y Personas Solas de Ingresos Bajos (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 73‑3352, 2003, Nº 155‑7353, 2011), las personas con ingresos bajos cuyos ingresos procedentes del trabajo, la seguridad social y otras fuentes, debido a razones objetivas que estén fuera de su control, sean insuficientes, tendrán derecho a una prestación social y a una compensación para sufragar los gastos de calefacción de su hogar, agua potable y agua caliente. Con respecto a los bienes e ingresos, el derecho a recibir la citada prestación también se reconoce a las personas que reciban cualquier tipo de pensión, pagos por concepto de pensiones y prestaciones de asistencia social, las personas que hayan perdido entre el 45% y el 55% de su capacidad de trabajo, siempre que estén inscritas en las bolsas de trabajo territoriales de Lituania o en el servicio nacional de empleo de otro Estado, y las personas que presten cuidados a un familiar o un pariente cercano de ellas mismas o de su cónyuge, a las cuales se haya reconocido la necesidad de atención de enfermería constante (o de asistencia o cuidados) y que reciban compensaciones específicas para servicios de enfermería o cuidados (asistencia), o a las que se haya reconocido una incapacidad.

280.Con objeto de reducir la exclusión social, las compensaciones por los gastos de transporte de las personas con discapacidad, las compensaciones específicas por costos de enfermería o cuidados (asistencia), las subvenciones y otras formas de apoyo material a los estudiantes y alumnos de las escuelas, así como los pagos de asistencia social pagaderos de conformidad con la Ley de Servicios Sociales de la República de Lituania, no se incluyen en los ingresos familiares generales a la hora de determinar el derecho a recibir asistencia social financiera y el monto de los ingresos recibidos por las personas. La exclusión de los ingresos familiares de dichos ingresos de carácter social contribuye al aumento de la asistencia social financiera para las personas con ingresos bajos.

281.Los municipios son los encargados de atender las necesidades de las personas que residen en sus demarcaciones y tienen derecho a otorgar, con cargo a sus presupuestos, prestaciones en forma de pago único a las personas que subsisten con ingresos bajos, y a proporcionarles productos alimenticios, ropa y otros artículos de primera necesidad. La Ley sobre Asistencia Financiera a las Familias y Personas Solas de Ingresos Bajos faculta a los municipios, con arreglo procedimiento establecido por los consejos municipales, para conceder a las familias o a las personas que vivan solas asistencia social financiera también en otros casos no especificados en la citada ley (por ejemplo, otorgar una prestación especial por decisión del municipio, proporcionar una prestación en forma de pago único, compensar una deuda por la vivienda, etc.), teniendo en cuenta las condiciones de vida y la necesidad de apoyo. Así, las personas con discapacidad que viven en condiciones materiales deficientes tienen derecho a solicitar en el centro de apoyo social del municipio local de su lugar de residencia asistencia social concedida por decisión de la administración municipal.

Artículo 29Participación en la vida política y pública

282.El artículo 33 de la Constitución de la República de Lituania estipula que "los ciudadanos tendrán derecho a participar en la gobernanza de su Estado tanto directamente como por conducto de sus representantes democráticamente elegidos, así como derecho a ingresar en plano de igualdad en el servicio público del Estado de la República de Lituania". También se reconoce a los ciudadanos lituanos el derecho de petición. El artículo 34 de la Constitución establece el derecho a elegir y el derecho a ser elegido, que presenta una limitación en el caso de los ciudadanos que hayan sido declarados incompetentes por un tribunal. El artículo 35 establece el derecho a constituir libremente sociedades, partidos políticos y asociaciones, siempre que sus propósitos y actividades no sean contrarios a las leyes. Por tanto, las citadas normas constitucionales garantizan a los ciudadanos con discapacidad de la República de Lituania el derecho a participar en la vida política y pública del Estado.

283.El derecho de los ciudadanos de la República de Lituania a participar en plano de igualdad en la vida pública (el derecho a votar, el derecho a ser elegido y a constituir partidos políticos, etc.) está garantizado por los siguientes instrumentos jurídicos: la Ley de Partidos Políticos de la República de Lituania, la Ley de Asociaciones de la República de Lituania, la Ley de Igualdad de Oportunidades y otras leyes.

284.Todos los ciudadanos de la República de Lituania que en el día de las elecciones hayan cumplido los 18 años de edad tienen derecho a votar en las elecciones del Seimas de la República de Lituania, del Presidente de la República de Lituania, del Parlamento Europeo y de los consejos municipales. Los ciudadanos tienen ciertas limitaciones en cuanto al derecho a presentarse como candidatos en las elecciones del Seimas de la República de Lituania, del Presidente de la República de Lituania, del Parlamento Europeo y de los consejos municipales, aunque se prohíbe toda limitación directa o indirecta de los derechos de los ciudadanos basada en el género, la raza, la nacionalidad, el idioma, el origen, la condición social, la religión y las opiniones o criterios. Asimismo, no se impone ninguna limitación al derecho a presentarse como candidato por razón de discapacidad o de condición de salud. La única disposición relacionada con la condición de salud de un candidato es la establecida en la Ley sobre las Elecciones Presidenciales de la República de Lituania, a saber, que un candidato puede presentar un certificado médico al que dará publicidad el Comité Electoral Central.

Representación de los derechos de las personas con discapacidad

285.Los derechos de las personas con discapacidad están protegidas por las asociaciones de personas con discapacidad que los representan. Cuando se toman decisiones, se procura tener en cuenta la opinión y la experiencia de las personas con discapacidad. Las leyes y otras normas pertinentes para las personas con discapacidad son elaboradas por las instituciones públicas competentes en coordinación con las asociaciones de personas con discapacidad. Una de las instituciones clave para la representación de las personas con discapacidad y sus organizaciones es el Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad (véase también la subsección del informe relativa al artículo 33 de la Convención), que incluye entre sus participantes a los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad y los viceministros en representación de las instituciones públicas (ministerios). La composición del Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad, sus actividades y sus funciones fueron aprobados por la Resolución del Gobierno de la República de Lituania de 23 de diciembre de 2005 "Sobre la aprobación de la composición y el reglamento del Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo" (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 152‑5603, 2005).

Garantía del acceso al voto

286.La Ley Electoral de la República de Lituania y la Ley sobre Referendos de la República de Lituania actualmente en vigor imponen a los municipios la obligación de facilitar locales apropiados para la organización y celebración de las elecciones. A solicitud de un municipio, las instituciones públicas y otras organizaciones deben proporcionar a las comisiones electorales locales y equipo apropiados para la preparación y la celebración de las elecciones. El mantenimiento de los lugares de votación y las mesas electorales (distritos electorales) de las comisiones electorales municipales y de distrito, y la adquisición y el almacenamiento del equipo para los locales de votación se financian con cargo a los presupuestos municipales. Si un municipio no suministra a las mesas electorales y locales de votación de las comisiones electorales municipales y de distrito las instalaciones o el equipo apropiados, los costos pertinentes serán sufragados por el Comité Electoral Central con cargo a los fondos que se le asignen en el presupuesto del Estado.

287.En tal caso, el Comité Electoral Central recuperará del municipio, en un plazo de dos meses después de las elecciones mediante un procedimiento no contencioso, los costos efectivos de los locales y el equipo de votación. Teniendo en cuenta la duración de las elecciones y las adquisiciones públicas, este mecanismo es aplicable tan solo a la adaptación de instalaciones móviles de bajo costo o a la compra de equipo de bajo costo. Con plazos tan breves para la celebración y organización de elecciones, los cambios en la construcción de los locales de votación y su adaptación son impracticables.

288.Por otra parte, según las elecciones de que se trate, puede haber en Lituania aproximadamente 2.050 mesas electorales. Por consiguiente, el Comité Electoral Central se enfrenta al problema de la participación insuficiente de los municipios en la adaptación de los edificios de uso público en que se celebra la votación o al problema de sus recursos financieros limitados.

289.Antes de cada elección o referendo, el Comité Electoral Central toma la decisión de aprobar el Procedimiento para equipar los locales de votación. El Procedimiento, entre otros requisitos especificados en las leyes relativas a las elecciones y referendos, incluye también una disposición del Comité Electoral Central que, desde 2010, exige que a fin de asegurar el acceso de los votantes con deficiencias de movilidad y/o visión y los votantes de edad a los locales de votación, estos locales deben estar adaptados a las necesidades de los votantes. En caso de que sea imposible asegurar la construcción dentro de los edificios de esas salas de votación adaptadas a las necesidades de los citados votantes, se recomienda disponer salas de votación en edificios donde no haya elementos constructivos que impidan el acceso de los votantes con deficiencias de movilidad y/o de visión y de los votantes de edad a los lugares de votación. Aunque las leyes mencionadas contemplan la obligación de las instituciones públicas y municipales de ayudar a las comisiones electorales a cumplir su mandato, los instrumentos normativos no ofrecen ningún mecanismo efectivo para el cumplimiento de dicho requisito. Con arreglo al Procedimiento de construcción de locales de votación aprobado para las últimas elecciones por el Comité Electoral Central, a más tardar 45 días antes de las elecciones las comisiones electorales municipales o de distrito deben preparar y suministrar a los votantes información relativa a los distritos electorales (mesas electorales), en que se indique la dirección de la mesa electoral, la explicación al votante de cómo encontrar la mesa electoral y llegar a ella, los medios de transporte (por ejemplo, la parada más cercana del transporte público) y/o medios importantes de orientación; la información al votante también debe indicar si el lugar de votación está adaptado o no a los votantes con deficiencias de movilidad y/o de visión y a los votantes de edad. Toda esta información está disponible en el sitio web del Comité Electoral Central durante el período de las elecciones.

290.El 14 de abril de 2012 entra en vigor la enmienda del artículo 22, párrafo 4, de la Ley de la República de Lituania sobre las Elecciones al Seimas (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 22‑635, 1992, Nº 59‑1760, 2000), que obliga a las instituciones municipales, que son las responsables de adaptar los locales de uso público a necesidades especiales, a determinar la adaptación y la adecuación de los lugares de votación ofrecidos para las elecciones en función de las necesidades de los votantes con deficiencias de movilidad y/o de visión y los votantes de edad.

Votaciones

291.La Ley Electoral y la Ley sobre Referendos actualmente en vigor prevén la posibilidad de que los votantes con discapacidad, los votantes que estén temporalmente incapacitados a causa de una enfermedad y los votantes de 70 años de edad o mayores puedan votar en su domicilio si en el día de las elecciones no pueden acceder a su mesa electoral a causa de su condición de salud. El derecho a votar por correo se concede tan solo a los votantes que, a causa de su condición de salud o de su edad, residen en instituciones de atención de la salud (excepto en el caso de los pacientes ambulatorios), de bienestar social o de tutela, o que están prestando servicio militar obligatorio y, por consiguiente, no pueden acudir a votar en una mesa electoral. Con este fin se establecen en esas instituciones dependencias especiales del servicio de correos. La ley permite que los votantes que a causa de deficiencias físicas no puedan votar personalmente, lo hagan con asistencia de otra persona de su confianza. Esta persona debe marcar las papeletas siguiendo sus instrucciones y mantener en secreto el voto. Los miembros de la comisión, los observadores de las elecciones y los representantes electorales tendrán prohibido realizar actividades de votación en nombre de un votante con discapacidad.

Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012

292.El Plan de Medidas de Aplicación del Programa Nacional contiene medidas encaminadas a una participación más activa de las personas con discapacidad en la vida pública y política en 2011, incluida la financiación de proyectos en apoyo de actividades de las asociaciones de personas con discapacidad, y medidas para mejorar el acceso de las personas con discapacidad a los procedimientos de votación. Asimismo, se alienta a los municipios a que, de conformidad con el procedimiento establecido por los instrumentos normativos, creen comisiones municipales permanentes para abordar los problemas de las personas con discapacidad, con el propósito de fortalecer la cooperación entre los municipios y las organizaciones dedicadas a la integración social de las personas con discapacidad; las actividades en este sentido incluyen la celebración de conferencias y sesiones de capacitación para los representantes de las administraciones municipales y las organizaciones no gubernamentales.

Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

293.Las Directrices de Política Cultural de Lituania aprobadas por la Resolución Nº 542 del Gobierno de la República de Lituania, de 14 de mayo de 2001 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 42‑1454, 2001), contemplan la garantía y la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, incluidos los derechos culturales, en Lituania. La política cultural de Lituania se basa en la Constitución y en las leyes y reglamentos. Las Directrices de Política Cultural de Lituania estipulan que el desarrollo de la sociedad de la información es uno de los objetivos estratégicos del Estado. Las innovaciones tecnológicas promueven grandes cambios en la vida pública y privada de todos los ciudadanos y amplían y mejoran las relaciones internacionales. Las principales instituciones culturales dedicadas a realizar las funciones relacionadas con el desarrollo de la sociedad de la información son las bibliotecas y los museos.

294.La Biblioteca Lituana para los Invidentes (en la subsección del informe relativa al artículo 21 de la Convención se facilita información sobre esta actividad) ofrece a las personas con discapacidad visual la oportunidad de participar en la vida cultural mediante la organización de distintos acontecimientos, como la celebración de los aniversarios de fechas importantes en la vida de figuras públicas que eran invidentes, presentaciones del trabajo de escritores invidentes, reuniones con personas destacadas y representantes de organizaciones, conferencias internacionales y nacionales, constitución de grupos (círculos) de autores invidentes o con discapacidad visual, con inclusión de las personas que tengan interés en la cultura.

295.Los museos y las bibliotecas de Lituania, en cooperación con diferentes asociaciones no gubernamentales integradas por personas con discapacidad, así como los parvularios y escuelas, organizan actos diversos (conciertos, exposiciones y actuaciones) y ejecutan programas y proyectos de educación destinados a las personas con discapacidad. Por ejemplo, el Museo Marítimo de Lituania ofrece sesiones de terapia con delfines, ejecuta un proyecto de zooterapia (que entraña la comunicación con animales y con los empleados que se ocupan de ellos) o la exposición táctil titulada "Objetos que pueden hablar", del Museo Šiauliai Aušra, que tiene la finalidad de dar a conocer a los visitantes invidentes y con discapacidad visual la historia, la cultura y el arte moderno de Lituania a través de objetos y presentaciones que pueden tocarse.

296.A fin de ofrecer a los visitantes con discapacidad la posibilidad de acceder gratuitamente a los museos, se dictó la Orden Nº 410 del Ministro de Cultura de la República de Lituania, de 5 de junio de 1998, "Sobre la fijación de los precios de las entradas, los servicios de excursiones y los privilegios de visita a los museos estatales". Esta Orden autorizaba a los directores del Centro de Arte Contemporáneo, así como de los museos nacionales y republicanos —y, en el caso de los directores de los museos bajo jurisdicción de las autoridades locales, recomendaba— permitir la entrada gratuita de las personas con discapacidad a las exposiciones de los museos. (En la subsección relativa al artículo 21 de la Convención se facilita información sobre el desarrollo de las bibliotecas y sus actividades).

297.Todos los años el Ministerio de Cultura aporta cofinanciación para proyectos culturales. También se otorga financiación en apoyo de los proyectos culturales de organizaciones de personas con discapacidad. La cofinanciación se vehicula a través de la institución pública "Fondo de Apoyo a la Prensa, la Radio y la Televisión" mediante un proceso de presentación de solicitudes hechas al Fondo por suministradores de información pública. Durante el período 2009‑2011, se prestó apoyo financiero al proyecto de prensa titulado "Autoexpresión de las personas con discapacidad en las comunidades", el proyecto de radio titulado "Yo soy", el proyecto de Internet titulado "La cultura, la educación y las tradiciones de los sordos en el espacio virtual", y el proyecto educativo de televisión con traducción a la lengua de señas titulado "Para que los niños crezcan siendo honrados".

298.En el artículo 3, párrafo 1, de la Ley de Educación Física y Deportes de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 9‑215, 1996; Nº 47‑1752, 2008) se establece el principio de igualdad, lo cual entraña procurar crear condiciones para que todos los que lo deseen puedan participar en el deporte, independientemente de su género, edad, discapacidad, religión o creencia, orientación sexual y condición sexual o económica. Las competiciones separadas para hombres y mujeres o para personas con discapacidad, las competiciones por grupos de edad o la limitación del número de participantes en las competiciones no deben considerarse una contravención del principio de igualdad. De conformidad con la citada ley, los atletas de alto rendimiento en los deportes paralímpicos que se entrenan para competiciones internacionales y representan a Lituania en esas competiciones pueden recibir subvenciones del Estado, por un monto que determina el Gobierno. En 2010, 47 atletas con discapacidad recibieron un total de 630.000 litai en subvenciones del Estado, mientras que en 2011 se pagaron 217.800 litai a 15 atletas, y en 2012 se distribuyeron 1.068.200 litai entre 57 atletas. Asimismo, los atletas de alto nivel y otros miembros de equipos nacionales recibieron premios en metálico por sus proezas deportivas. En 2009 se pagaron 1.321.200 litai en premios en metálico; en 2010, 153.800 litai; y en 2011, 474.000 litai (en cumplimiento de la Resolución Nº 927 del Gobierno de la República de Lituania, de 16 de agosto de 2000 "Sobre el estímulo a los atletas de alto rendimiento y otros miembros de equipos nacionales").

299.La ley dispone que el Departamento de Educación Física y Deportes puede otorgar el título de atleta o entrenador de mérito de la República de Lituania a los vencedores o a los ganadores de premios en los Juegos Paralímpicos o los Juegos Deportivos de Sordos y a los campeones europeos y mundiales de diferentes deportes paralímpicos y de sordos y a sus entrenadores.

300.La Ley de Educación Física y Deportes establece que todo deportista ciudadano de la República de Lituania que haya terminado su carrera deportiva y no participe en los Juegos Olímpicos o los campeonatos mundiales y europeos, tendrá derecho a recibir una prestación mensual equivalente a 1,5 veces el sueldo medio, siempre que el atleta que tenga ciudadanía de la República de Lituania y represente a la República de Lituania se haya naturalizado o, antes de la entrada en vigor de la ley, haya adquirido la ciudadanía de la República de Lituania y que, antes de la adquisición de la ciudadanía, haya sido vencedor de los Juegos Paralímpicos o los Juegos Deportivos de Sordos (el procedimiento y las condiciones para el pago de las prestaciones se establecen con arreglo al Procedimiento de las condiciones para el pago de prestaciones a atletas retirados, aprobado por la Resolución Nº 1302 del Gobierno de la República de Lituania, de 3 de diciembre de 2008 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 142‑5650, 2008)). En 2011, se asignó un total de 148.200 litai para el pago de prestaciones a cinco atletas con discapacidad.

301.Las organizaciones no gubernamentales de personas con discapacidad participan activamente en la vida cultural de Lituania, y en actividades relacionadas con la educación física y los deportes. Desarrollan actividades culturales, además de actividades relacionadas con los Juegos Paralímpicos, los Juegos Deportivos de Sordos y las Olimpiadas Especiales y con diferentes especialidades deportivas en el país. Las siguientes cinco organizaciones nacionales de deportes para personas con discapacidad han estado en funcionamiento en Lituania durante 22 años: el Comité Paralímpico Lituano, la Federación Lituana de Deportes para Invidentes, el Comité Lituano de Deportes para Sordos, la Federación Lituana de Deportes para Personas con Discapacidad y el Comité Lituano para las Olimpiadas Especiales. Las federaciones y comités están integrados por 37 clubes deportivos de personas con distintas formas de discapacidad, 25 escuelas especiales, 17 hogares de atención social, 14 centros de educación especial, centros de día y centros de capacitación profesional, en los cuales más de 5.400 personas con discapacidad se dedican a actividades deportivas. Los representantes de las organizaciones nacionales de deportes para personas con discapacidad representan a Lituania en 15 organizaciones internacionales. La estructura de las cinco organizaciones nacionales de deportes para personas con discapacidad que se han citado corresponde virtualmente a la de las organizaciones deportivas internacionales para personas con discapacidad. Las organizaciones deportivas para personas con discapacidad de Lituania intervienen en 23 deportes y acontecimientos. Todos los años se celebran en el país más de 70 campeonatos de diversos deportes para personas con discapacidad (en 2009 se organizaron 72 campeonatos; en 2010, 78; y en 2011, 75), a los que han asistido más de 3.500 atletas con discapacidad (en 2009 participaron 3.504 atletas con discapacidad; en 2010, 3.608; y en 2011, 3.608), cinco acontecimientos deportivos internacionales (la competición paralímpica de bolos para personas con discapacidad motora, baloncesto en silla de ruedas, balonvolea con participantes sentados, judo para atletas con discapacidad visual y torneos de goalball) en los que intervinieron más de 180 atletas con discapacidad, tres o cuatro acontecimientos para escolares y niños (juegos para escolares sordos, la competición deportiva infantil "Valiente, Fuerte y Rápido", y torneos de baloncesto y de fútbol en escuelas de educación especial), en los que participaron más de 400 escolares, seis o siete actividades de salud y educación física (los Juegos Lituanos para Personas con Discapacidad, las Olimpiadas Especiales de los Centros de Asistencia, actos en el marco de las semanas europeas de fútbol y baloncesto de las Olimpiadas Especiales, festivales de deportes de verano e invierno para personas con discapacidad motora y visual), con la asistencia de casi 1.500 atletas con discapacidad. En 2009‑2011 se organizaron 158 campamentos de entrenamiento de diferentes tipos para 504 atletas con discapacidad, y se celebraron seis seminarios y conferencias de perfeccionamiento, a los que asistieron 25 participantes con discapacidad.

302.Con el propósito de integrar en la sociedad a las personas con discapacidad, los atletas con discapacidad más destacados de Lituania participan en las Competiciones Lituanas de Atletas Sanos (en 2010 participaron 126 atletas con discapacidad, y en 2011, 130), así como en juegos organizados por organizaciones internacionales de deportes para personas con discapacidad, incluidos los Juegos Paralímpicos, los Juegos Olímpicos para Sordos, las Olimpiadas Especiales, los Juegos de la Federación Internacional de Deportes para Ciegos (IBSA) y de la Federación Internacional de Deportes en Silla de Ruedas y de Amputados (IWAS), los campeonatos europeos y mundiales y otros torneos internacionales. En 2009, 148 atletas con discapacidad participaron en las competiciones mencionadas; en 2010 participaron 170 atletas; y en 2011, 155. En el período 2000‑2011, participaron en las competiciones mencionadas atletas que representaban 16 deportes, los cuales ganaron medallas en 12 deportes.

303.Los programas y proyectos de las organizaciones de deportes para personas con discapacidad se financian en gran medida con cargo a fondos del presupuesto del Estado por conducto del Departamento de Educación Física y Deportes, dependiente del Gobierno de la República de Lituania (en 2011 se asignó un total de 1.278.400 litai; y en 2012, 1.542.800 litai) y del Fondo de Apoyo a la Educación Física y los Deportes (la suma asignada fue de 71.800 litai en 2011 y de 43.000 litai en 2012), así como del Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad.

304.Con el propósito de aplicar el Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad 2010‑2012 y la medida 3.2 del Plan de Medidas de Aplicación, el Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad, de conformidad con el procedimiento establecido por los instrumentos normativos, publica anualmente llamamientos a la presentación de propuestas y financia proyectos sobre la prestación de servicios de rehabilitación social a las personas con discapacidad en la comunidad que, entre otras actividades que reciben apoyo, también apoyan el desarrollo de aptitudes artísticas, deportivas y de otro tipo en círculos, grupos y clubes artísticos o culturales. Las actividades emprendidas en el marco de la aplicación de la medida 8.3 comprenden llamamientos anuales a la presentación de propuestas y la financiación de proyectos en apoyo de las actividades de asociaciones de personas con discapacidad tendentes a patrocinar la organización de actos de ocio activo, cultura y deportes. (Véase también la subsección del informe relativa al artículo 26 de la Convención). En 2011, se dedicaron 1.793.860 litai con cargo a los fondos del presupuesto del Estado a actividades para el desarrollo de aptitudes artísticas. Las actividades para el desarrollo de aptitudes artísticas fueron ejecutadas a nivel de las comunidades por 145 organizaciones.

305.En el curso de la ejecución de los proyectos, se imparten clases de desarrollo de las aptitudes artísticas para brindar a las personas con discapacidad la oportunidad de expresar su talento en una variedad de formas (por ejemplo el dibujo, el modelado en arcilla, el diseño, etc.) así como a desarrollarlo. Las personas con discapacidad celebran exposiciones de sus trabajos y participan en concursos. Además, se organizan ensayos y clases de diferentes grupos de artistas aficionados (teatro, danza, grupos de declamación, grupos de música, conjuntos vocales, grupos humorísticos, etc.). Los grupos de artistas aficionados organizan programas de conciertos, participan en diferentes acontecimientos culturales y organizan festivales y conciertos. Durante la ejecución de los proyectos, 4.875 personas con discapacidad, entre las que había 500 niños, participaron y recibieron servicios en diferentes grupos de canto, danza, teatro y declamación, conjuntos, grupos musicales y otras clases y grupos artísticos, así como grupos humorísticos. Más de 10.000 personas con discapacidad, entre ellas casi 200 niños, participaron en los acontecimientos organizados. En 2011 se dedicaron 828.940 litai con cargo a fondos del presupuesto del Estado a actividades para desarrollar aptitudes deportivas. Las actividades para el desarrollo de las aptitudes deportivas fueron organizadas a nivel de las comunidades por 90 asociaciones. Durante la ejecución de los proyectos se prestó apoyo a las actividades de 32 clubes deportivos para personas con discapacidad, a las que asistieron 3.066 personas con discapacidad, entre ellas 481 niños. Un total de 5.304 personas, entre ellas 4.776 personas con discapacidad de las que 592 eran niños, asistieron a sesiones de entrenamiento, clases, competiciones y festivales deportivos celebrados para diferentes deportes.

306.Una de las actividades que recibieron ayuda en el marco de la ejecución de los proyectos en apoyo de las actividades de las asociaciones de personas con discapacidad es la organización de acontecimientos de ocio activo, culturales y deportivos para las personas con discapacidad. En 2011, la actividad de organización de acontecimientos culturales recibió un apoyo de 531.940 litai con cargo a fondos del presupuesto del Estado. Organizaron actos culturales 10 coordinadoras relacionadas con cuestiones de discapacidad. En el curso de la ejecución de los proyectos en 2011, se celebraron 63 acontecimientos culturales (conciertos de grupos de artistas con discapacidad, concursos de expresión y creación artística, veladas temáticas, talleres de expresión artística al aire libre, festivales, interacciones sociales, actuaciones, etc.). La organización de acontecimientos culturales promovió el desarrollo de aptitudes artísticas y sociales, la creatividad de las personas con discapacidad, los intercambios culturales y la colaboración social en la comunidad. Asistieron a los acontecimientos culturales organizados 24.008 participantes, entre ellos 8.655 personas con discapacidad, de las cuales 694 eran niños. La organización de acontecimientos culturales tiene por objeto promover cambios en la integración social de las personas con discapacidad que conduzcan a mejorar la condición de las personas con discapacidad en la sociedad y a reducir su exclusión social.

307.En 2011 se dedicaron 604.000 litai con cargo a los fondos del presupuesto del Estado a apoyar la organización de actividades deportivas. Los acontecimientos de ocio activo fueron organizados por seis coordinadoras de personas con discapacidad. En el curso de la ejecución de los proyectos, se organizaron 127 actos deportivos (campeonatos, torneos, competiciones, festivales deportivos o campamentos de entrenamiento deportivo) a los que asistieron 4.232 participantes, entre ellos 2.836 personas con discapacidad, de las cuales 522 eran niños. En 2011, la organización de acontecimientos y campamentos de ocio activo recibió apoyo por valor de 197.260 litai con cargo a fondos del presupuesto del Estado. Los acontecimientos de ocio activo estuvieron organizados por ocho coordinadoras de personas con discapacidad. En el curso de la ejecución de los proyectos se organizaron 70 acontecimientos y campamentos de ocio activo a los que asistieron 3.132 personas, entre ellas 2.799 personas con discapacidad, de las cuales 170 eran niños.

308.Las instituciones de educación superior de Lituania forman especialistas para trabajar con personas con discapacidad; por ejemplo, la Academia Lituana de Educación Física ofrece titulaciones para especialistas en educación física adaptada.

309.Por lo que respecta a las obligaciones estipuladas en el artículo 30, párrafo 3, de la Convención, el artículo 22, párrafo 1, apartado 2, de la Ley de la República de Lituania sobre el Derecho de Autor y Derechos Conexos (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 50‑1598, 1999; Nº 28‑1125, 2003) estipula que la reproducción para fines no comerciales, educacionales y de investigación científica de obras legalmente publicadas, en una forma prevista para personas con discapacidad auditiva o visual en la medida que requiera la discapacidad específica, con la excepción de obras creadas específicamente para esta finalidad, estará permitida sin autorización del autor de la obra o cualquier propietario de los derechos de autor de la obra, y sin obligación de pagar la remuneración, aunque mencionando, siempre que sea posible, la fuente y el nombre del autor. Con arreglo a las disposiciones de la citada ley, estará permitido reproducir una actuación, fonograma o grabación de una obra audiovisual (película), así como las emisiones de una organización de radio o televisión o sus grabaciones para fines no comerciales en la forma prevista para personas con discapacidad auditiva en la medida que requiera dicha discapacidad.

310.Uno de los objetivos del Concepto de educación no académica para los escolares, aprobado por la Orden Nº ISAK‑2695 del Ministro de Educación y Ciencia de la República de Lituania, de 30 de diciembre de 2005 (Valstybės žinios (Boletín Oficial) Nº 4‑115, 2006), es abordar los problemas de integración social, incluida la integración social y la solución de los problemas sociales de los niños con menos oportunidades (que tengan su origen en un entorno desfavorable por lo que respecta a cultura, condiciones geográficas y socioeconómicas o la presencia de necesidades especiales), así como las necesidades de niños excepcionales (que tengan un don o un talento especiales) y que no encuentren un lugar apropiado para ellos en el sistema educativo. Esto es acorde con la disposición del presente artículo que establece que los niños con discapacidad deben tener el mismo acceso que otros niños a la participación en los juegos y en las actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las actividades realizadas en el sistema escolar.

III.La situación de los niños y las mujeres con discapacidad

Artículo 6Mujeres con discapacidad

311.La protección legal de las mujeres y niñas con discapacidad contra posibles discriminaciones está asegurada por la Ley de Igualdad de Trato, que dispone que la discapacidad puede ser causa de discriminación. Esto crea condiciones para luchar contra la discriminación múltiple, mientras que la prioridad horizontal se asigna al factor del sexo.

312.La Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y los Hombres regula la igualdad entre los géneros. Las disposiciones de la ley se aplican cuando las niñas y mujeres con discapacidad pueden ser objeto de discriminación por razón de sexo. Esta ley tiene importancia en el contexto de la Convención porque, ante todo, define términos como los de igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres, discriminación (tanto directa como indirecta), violación de la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres y acoso sexual. Segundo, establece qué acciones se considerarán discriminatorias, prohíbe esas acciones y define la esfera de aplicación. Y, tercero, la citada ley regula el mecanismo de control y supervisión. El artículo 3.2 de la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y los Hombres estipula que, en el marco de su competencia, las autoridades y órganos estatales y municipales formularán y aplicarán programas y medidas encaminados a garantizar la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres.

313.Para el cumplimiento de las disposiciones mencionadas, se aprobó el Programa Nacional de Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer para 2010‑2014 en virtud de la Resolución Nº 530 del Gobierno de la República de Lituania, de 4 de mayo de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 56‑2757, 2010). Para los fines de aplicar este programa, se aprobó un Plan de Acción para la Aplicación de las Medidas del Programa Nacional de Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer para 2010‑2014, en virtud de la Orden Nº A1‑323 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, de 7 de julio de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 83‑4391, 2010). Las medidas se aplican a todos, incluidas las personas con discapacidad. En el quinto informe sobre la aplicación en Lituania de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer se presenta información detallada sobre la aplicación de las medidas del Programa Nacional de Igualdad de Oportunidades del Hombre y la Mujer para 2010‑2014.

314.La prioridad horizontal de la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres se aplica en todas las esferas, mediante la cooperación a distintos niveles. La coordinación de la aplicación de la política de igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres a nivel gubernamental se ha delegado en el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo. Asimismo, la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y los Hombres de la República de Lituania requiere que los ministerios y municipios, en el marco de sus respectivas competencias, formulen y apliquen programas y medidas encaminados a garantizar la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres. A nivel académico existen centros de estudios sobre cuestiones de género, establecidos en las principales universidades del país. Para asegurar el funcionamiento eficaz de este mecanismo se ha establecido una Comisión de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y los Hombres, integrada por representantes delegados por todos los ministerios y organizaciones no gubernamentales. Cabe señalar que en Lituania no existen organizaciones no gubernamentales dedicadas a la cuestión de las mujeres con discapacidad. En los tres sindicatos principales funcionan activamente comités o centros para la mujer. Las funciones de control y supervisión están a cargo del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades, que ha desempeñado su labor durante diez años con la asistencia de la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades y que debe rendir cuentas al Seimas de la República de Lituania.

315.Un Plan para la Aplicación de las Medidas del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012 prevé un criterio para analizar la situación de las mujeres y niñas con discapacidad en el país y el establecimiento de medidas para protegerlas contra la discriminación y garantizar su desarrollo y el mejoramiento de la situación. El reciente mandato relativo a un estudio comparativo ampliado está incluido en la descripción de las condiciones financieras de la medida del Fondo Social Europeo titulada "Reducción de la discriminación".

Artículo 7Niños con discapacidad

316.El artículo 3.3 del Código Civil de la República de Lituania estipula que la reglamentación jurídica de las relaciones familiares en la República de Lituania se basará en el principio de la prioridad de la protección y salvaguardia de los derechos e intereses de los niños, así como en otros principios. El principio de la prioridad de la protección y salvaguardia de los intereses de los niños significa que en la aprobación de instrumentos jurídicos, en la aplicación de instrumentos jurídicos y en el debate de cuestiones no reguladas por instrumentos jurídicos, todas las decisiones adoptadas o todas las medidas que se tomen deberán basarse en los intereses del niño y deberán asegurar que dichos intereses no estén en peligro. El artículo 3.177 del Código Civil de la República de Lituania establece que, al examinar controversias relacionadas con niños, debe escucharse a los niños que sean capaces de expresar sus opiniones y deben averiguarse sus deseos. Estas disposiciones se aplican a todos los niños, con inclusión de los niños con discapacidad.

317.El principio de no discriminación está consagrado en el artículo 4.3 de la Ley sobre los Elementos Fundamentales para la Protección de los Derechos del Niño de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 33‑807, 1996). El artículo estipula que todos los niños gozarán de los mismos derechos que otros niños y que no pueden ser objeto de discriminación por razón de género, edad, nacionalidad, raza, idioma, religión, convicciones, situación social, económica y familiar, estado de salud o cualquier otra circunstancia de sus padres u otros representantes legales del niño. Los derechos de los niños con discapacidad también están regulados en esa ley. Un niño con discapacidad se define como un niño que presenta alguna discapacidad física o mental congénita o adquirida que haya sido reconocida por una institución de atención de la salud infantil y que interfiera con su capacidad para desarrollarse normalmente y con su adaptación e integración en la sociedad. Tendrá los mismos derechos que los niños normales a llevar una vida activa, desarrollarse y adquirir una educación apropiada para su potencial físico y mental y sus deseos, a realizar un trabajo apropiado para él y a participar en actividades creativas y sociales. Además, la ley establece que, en reconocimiento de sus necesidades especiales, un niño con discapacidad tendrá derecho a recibir atención especial (extraordinaria). La persona que se ocupa de él recibirá asistencia social, médica y de otro tipo. Un niño con discapacidad tendrá derecho a servicios privilegiados por parte de instituciones que proporcionan tratamiento, sanatorios y clínicas, con arreglo a lo estipulado en las leyes y otros instrumentos normativos. Recibirá asistencia médica cualificada sobre la base de un diagnóstico temprano y tendrá a su disposición métodos de tratamiento correctivo y de rehabilitación apropiados. Esta asistencia estará a cargo de especialistas en fisioterapia, expertos en ortopedia, expertos en rehabilitación y otros especialistas médicos y, cuando lo exija la necesidad, se programarán tratamientos en instituciones de medicina especializada. Los padres y otros representantes legales del niño que se ocupen de la crianza y la atención de un niño con discapacidad en el hogar tendrán derecho a obtener la asistencia necesaria con cargo al presupuesto del Estado. Las instituciones estatales y municipales deben crear las condiciones necesarias para la educación del niño con discapacidad y su preparación profesional, de conformidad con las oportunidades de trabajo y también teniendo en cuenta la salud, las necesidades y los talentos especiales de ese niño. Las prestaciones y privilegios estipulados por las leyes y otros instrumentos jurídicos se aplicarán a las personas, instituciones y organizaciones que empleen a un niño con discapacidad. Los maestros, educadores y trabajadores sociales recibirán capacitación especial para el trabajo con niños con una discapacidad física o mental. Además, de conformidad con la Ley sobre los Elementos Fundamentales para la Protección de los Derechos del Niño, los edificios públicos, las calles y los medios de transporte que deban ser utilizados por un niño con discapacidad deberán estar adaptados a las necesidades especiales del niño. Se instalarán alojamientos especialmente adaptados en las instituciones destinadas a esos niños. Las instituciones ejecutivas de ámbito estatal y municipal asegurarán, en el marco de sus competencias y su potencial, la aplicación de los requisitos mencionados.

318.La descripción del procedimiento para prestar de manera integrada asistencia educativa, asistencia social y servicios de atención de la salud a los niños en edad de recibir enseñanza preescolar y preprimaria, así como a sus padres (guardianes), aprobada por la Orden Nº V 2068/A1‑467/V‑946 del Ministro de Educación y Ciencia de la República de Lituania y el Ministro de Salud de la República de Lituania, de 4 de noviembre de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 134‑6387, 2011) (véase también la subsección del informe relativa al artículo 24 de la Convención), contempla un objetivo para la prestación integrada de la asistencia, que es el de asegurar una educación efectiva para los niños de conformidad con los planes de estudios de la enseñanza preescolar y/o preprimaria y ayudar a los padres (guardianes) a reforzar sus aptitudes sociales y como padres. Se espera que la aplicación práctica de este instrumento jurídico conduzca a una mejor coordinación de la asistencia y los servicios a las familias que crían niños con discapacidad, una mejor calidad de la educación de esos niños y la reducción de la tensión social que se crea cuando las acciones de especialistas de cada institución se emprenden separadamente, y no de manera coordinada, y no están diseñadas para prestar asistencia directa a un niño y a una familia específicos.

319.Las asociaciones de personas con discapacidad llevan a cabo programas de integración social de esas personas y prestan asistencia a los niños con discapacidad, así como a sus familiares; por ejemplo, se ocupan ellas mismas de prestar servicios o contribuyen a la prestación de servicios como asociados de los municipios y ayudan a estos a organizar servicios sociales para niños con discapacidad y sus familiares dentro de una comunidad; promueven el establecimiento de servicios sociales, servicios de guardería y centros municipales, y contribuyen a su desarrollo; organizan la educación no académica de las personas con discapacidad, llevan a cabo otros programas educativos para personas con discapacidad; prestan asistencia psicológica a las familias; organizan actividades recreativas para niños con discapacidad y sus familias; representan a las personas con discapacidad y protegen sus derechos; alientan iniciativas civiles a nivel de la comunidad mediante la aplicación de diversas medidas, es decir, defienden los intereses de las personas con discapacidad, reúnen información acerca de esas personas y sus necesidades especiales, los servicios necesarios, el empleo y la educación; además, representan a las personas con discapacidad para asegurarse de que se atiendan sus necesidades especiales, se presten los servicios necesarios y se creen condiciones para la aplicación de las medidas educativas y de empleo a nivel de la comunidad.

IV.Aplicación de derechos especiales

Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas

320.El Departamento de Estadística de Lituania, en aplicación del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2003‑2012, aprobado por la Resolución Nº 850 del Gobierno de la República de Lituania, de 7 de junio de 2002 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 57‑2335, 2002; Nº 29‑1345, 2010), recopila, resume y publica anualmente fuentes de datos administrativos y estudios estadísticos en el sitio web www.stat.gov.lt, con respecto al número de niños con un nivel de discapacidad evaluado por primera vez y el número de personas en edad de trabajar a las cuales se ha reconocido la reducción del nivel de la capacidad de trabajo, así como a los cambios en la integración social y al número de personas con discapacidad a las que se prestan servicios sociales. Además, el Departamento de Estadística de Lituania, como colaborador del Sistema Estadístico Europeo (SEE), participa en la aplicación de los programas de estadística de la Comunidad; en 2011 ejecutó un módulo específico de la Encuesta sobre la Fuerza de Trabajo relativo al empleo de las personas con discapacidad.

321.La Ley de Protección Legal de los Datos Personales de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 63‑1479, 1996; Nº 22‑804, 2008), denominada en adelante Ley de Protección Personal, define los principios, criterios y requisitos generales para el tratamiento lícito de los datos personales de todas las personas naturales, que también son aplicables al tratamiento de los datos personales de las personas con discapacidad. Cabe señalar que, en cumplimiento de esta ley, los datos relacionados con la salud de una persona natural, así como la información sobre la discapacidad de una persona y sus causas, se atribuyen a la categoría especial de datos personales; por tanto, esta ley establece requisitos más estrictos para el tratamiento de esos datos. La ley regula las relaciones que surgen durante el tratamiento de datos personales por medios automáticos, y durante el tratamiento de datos personales por medios no automáticos en sistemas de archivo: listas, fichas, expedientes, códigos, etc. La ley define los derechos de las personas naturales como sujetos de datos, el procedimiento para la protección de sus derechos y los derechos, deberes y responsabilidades de las personas jurídicas y naturales en el tratamiento de los datos personales.

322.Los datos personales compilados para diferentes finalidades estadísticas se comparan y combinan únicamente a condición de que dichos datos personales estén protegidos contra todo uso ilícito distinto de las finalidades estadísticas. Se compilan categorías especiales de datos personales para fines estadísticos únicamente en una forma que no permita una identificación directa o indirecta del sujeto de los datos, excepto en los casos definidos en las leyes. En la subsección del informe relativa al artículo 22 de la Convención se facilita información sobre la protección de los datos personales y la protección del derecho de toda persona a la vida privada.

323.La Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo elabora informes estadísticos sobre las personas con discapacidad y los presenta al Ministerio de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania y al Departamento de Estadística, que depende del Gobierno de la República de Lituania. La Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo suministra e intercambia información y coopera con las instituciones de atención de la salud, la Bolsa de Trabajo de Lituania, que depende del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, la Caja Estatal de Seguridad Social, que depende del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania, los municipios, las autoridades y órganos públicos y otras organizaciones, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley de Protección Legal de los Datos Personales.

324.Actualmente, la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo está ejecutando un proyecto titulado "Contabilidad e integración de los casos de discapacidad de la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo, en el sistema de información", que se financia con cargo al Fondo Social Europeo y al presupuesto estatal de Lituania. Las actividades del proyecto se habrán ejecutado antes del 25 de marzo de 2013, y su valor total es de 2.665.504,83 litai. El proyecto abarcará todas las dependencias territoriales de la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo. Su objetivo es crear una base de datos centralizada de las personas con discapacidad, producir expedientes electrónicos de las personas con discapacidad e integrarlos en el sistema de información de la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo. La ejecución del proyecto permitirá un desempeño más eficaz y simplificado de las funciones administrativas internas por parte del personal de la Oficina de Evaluación de la Discapacidad y la Capacidad de Trabajo, un uso más racional de los recursos de la Oficina y una prestación más eficaz de servicios administrativos a los clientes de la Oficina. Por otra parte, la creación de una base de datos centralizada sobre las personas con discapacidad ofrecerá posibilidades de acumular y analizar datos sobre la naturaleza de la discapacidad de una persona en diversos aspectos y de planificar medidas relacionadas con las personas con discapacidad.

Artículo 32Cooperación internacional

325.Lituania presta apoyo a la cooperación internacional siguiendo las disposiciones normativas de la Cooperación para el Desarrollo de la República de Lituania para 2011‑2012, aprobada por la Resolución Nº 10 del Gobierno de la República de Lituania, de 12 de enero de 2011 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 6‑220, 2011), y las leyes para su aplicación. Si bien la asistencia a las personas con discapacidad no está incluida en las esferas de la asistencia que abarcan esas disposiciones, ello no impide que los promotores de un proyecto presenten propuestas de proyectos de este tipo. Sin embargo, todavía no se han ejecutado proyectos específicos en este aspecto de la cooperación para el desarrollo.

326.Desde 2000, el Ministerio de Educación y Ciencia de la República de Lituania ha participado en las actividades de la Agencia Europea para el Desarrollo de la Educación Especial, y desde 2004 ha sido miembro efectivo de dicha organización. El objetivo final de la Agencia es mejorar la política educativa y la calidad de la enseñanza para los alumnos con necesidades de educación especial mediante la promoción y la aplicación de un marco de colaboración europea ampliada a largo plazo. Maestros, científicos, representantes de organizaciones no gubernamentales de padres y de personas con discapacidad y especialistas de los ministerios tienen la oportunidad de participar en proyectos ejecutados por esa organización y contribuir así a la formulación de recomendaciones para los políticos y profesionales con respecto al acceso a los servicios y la mejora de su calidad.

Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales

327.El 27 de mayo de 2010 se aprobó la Ley de la República de Lituania sobre la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 67‑3350, 2010). El Seimas de la República de Lituania hizo una declaración en el artículo 2 de la ley al efecto de que la expresión "salud sexual y reproductiva" que se utiliza en el artículo 25 a) de la Convención no debe interpretarse en el sentido de que cree nuevos derechos humanos e imponga las obligaciones internacionales consiguientes a la República de Lituania. Desde el punto de vista jurídico, dicha expresión no entraña apoyo, promoción o publicidad de la interrupción del embarazo, la esterilización o el tratamiento médico de las personas con discapacidad que pudieran dar lugar a discriminación por razón de las características genéticas de la persona.

328.Con objeto de aplicar de manera apropiada las disposiciones de la Convención, y teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 33 de la Convención, se aprobó un mecanismo institucional para la aplicación de la Convención en virtud de la Resolución Nº 1739 del Gobierno de la República de Lituania sobre la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo, de 8 de diciembre de 2010 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 145‑7455, 2010) (denominada en adelante "la resolución"). En cumplimiento de la citada resolución, el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo ha sido designado autoridad gubernamental responsable de la coordinación de la aplicación de la Convención, mientras que se han designado a otras autoridades públicas, en el marco de sus respectivas competencias, como responsables de la aplicación de disposiciones relativas a las esferas de actividad pertinentes. La función de mecanismo independiente para la aplicación de la Convención se ha asignado a la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades y al Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad. El Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad está encargado de supervisar la aplicación de la Convención y de presentar propuestas sobre la aplicación de la Convención al Ministro de Seguridad Social y Trabajo. Se ha recomendado a la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades que controle la aplicación de las disposiciones de la Convención relativas a la igualdad de trato, a saber: investigar denuncias relativas a discriminación por razón de discapacidad, asegurarse de que el contenido de los medios de comunicación no presente anuncios de carácter discriminatorio por motivos de discapacidad, investigar casos de faltas administrativas, imponer sanciones administrativas, etc. Se ha decidido que las personas con discapacidad, así como las organizaciones que las representan, pueden estar incluidas en el proceso de control de la aplicación de la Convención por conducto del Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad; también participan activamente en la labor de dicho Consejo representantes de organizaciones de personas con discapacidad.

329.Con miras a la buena aplicación de la disposición del artículo 33.3 de la Convención, que estipula que la sociedad civil, en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, intervendrán y participarán plenamente en el proceso de supervisión, el 8 de diciembre de 2010 el Gobierno de la República de Lituania aprobó la Resolución Nº 1740 de enmienda de la Resolución Nº 1426 sobre la aprobación de la composición y el reglamento del Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Seguridad Social y Trabajo, de 23 de diciembre de 2005 (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 145‑7456, 2010), (denominado en adelante "el reglamento del Consejo"). El reglamento del Consejo está complementado con un artículo que dispone que el Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad presentará al Ministro de Seguridad Social y Trabajo propuestas y recomendaciones relativas a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo. Además, los representantes de las autoridades públicas en el Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad serán los Viceministros. Por otra parte, el Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades o una persona delegada por el Ombudsman asistirán a las reuniones del Consejo en calidad de observadores. De este modo la Oficina del Ombudsman para la Igualdad de Oportunidades y el Consejo para Asuntos de las Personas con Discapacidad pueden intercambiar información sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención, plantear cuestiones y procurar la eliminación de obstáculos para la buena aplicación de la Convención.

330.El Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012 se ha basado en las disposiciones de la Convención y tiene como finalidad el desarrollo eficaz del proceso de integración social de las personas con discapacidad y la buena aplicación de las disposiciones de las leyes nacionales e internacionales para la integración social de las personas con discapacidad. El programa se aplicará mediante el Plan de Medidas de Aplicación del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012.

331.Una vez ratificada la Convención, el 30 de marzo de 2011, por la Orden Nº A1‑175 del Ministro de Seguridad Social y Trabajo de la República de Lituania (Valstybės žinios (Boletín Oficial), Nº 42‑1995, 2011), la aplicación del Plan de Medidas de Aplicación del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012 se complementó con nuevas medidas, propuestas por las autoridades competentes y las organizaciones no gubernamentales en el marco de sus competencias y de conformidad con los artículos pertinentes de la Convención. Con miras a asegurar la continuidad del Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2010‑2012, se está redactando un nuevo Programa Nacional para la Integración Social de las Personas con Discapacidad para 2013‑2019, así como su plan de aplicación, en el que se definen las medidas específicas, la financiación y los órganos responsables para contribuir a la aplicación de las disposiciones de la Convención relativas a los derechos de las personas con discapacidad.