Naciones Unidas

CRC/C/TZA/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

18 de julio de 2014

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

68º período de sesiones

12 a 30 de enero de 2015

Examen de los informes de los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a quinto combinados de la República Unida de Tanzanía

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 15 de octubre de 2014 (en un máximo de 10.700 palabras).

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas

1.En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (CRC/C/TZA/CO/2, párr. 11; CRC/C/OPAC/TZA/CO/1, párr. 9; y CRC/C/OPSC/TZA/CO/1, párr. 13) sírvanse proporcionar información al Comité sobre cómo se garantiza a todos los niveles la coordinación efectiva de la observancia de los derechos del niño. Informen también al Comité de la labor realizada por el Estado parte para velar por que el mecanismo de coordinación disponga de plena autoridad y de claridad de mandatos y funciones a todos los niveles, así como de los recursos necesarios para su eficiencia.

2.Sírvanse indicar los progresos realizados y los recursos disponibles para la aplicación y coordinación efectivas de los diferentes planes nacionales existentes del Estado parte que se ocupan de diferentes ámbitos de la Convención, entre ellos: la aplicación de la Ley de la Infancia (Zanzíbar) y la Ley de la Ley del Niño (Tanzanía continental); el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2013-2017); la Estrategia para la Reforma Progresiva de la Justicia Juvenil (2013-2017); el Plan de Acción Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (2009-2015); el Plan de Acción Nacional Multisectorial para Prevenir y Responder a la Violencia contra los Niños (2013-2016); la Política de Cuidado y Desarrollo de la Infancia en Tanzanía Continental, actualmente en revisión; y la Política de la Infancia en Zanzíbar.

3.Sírvase indicar si en los tres últimos años se ha capacitado a profesionales que trabajan con y para los niños, especialmente profesionales que trabajan para los niños en situación de vulnerabilidad. Especifiquen cuáles fueron los grupos profesionales a los que se dirigió la capacitación, cuáles fueron los temas que se trataron y cuál fue la evaluación de la formación.

4.Sírvanse proporcionar información sobre el proceso de elaboración del presupuesto del Estado parte, en particular la asignación de partidas presupuestarias destinadas a la infancia en los sectores y ministerios pertinentes e indicar si se incorporan indicadores y herramientas para el seguimiento y la vigilancia. Proporcionen también información sobre si existen partidas presupuestarias específicas para los niños en materia de salud y educación. Indiquen si el crecimiento económico resultante de las industrias extractivas se ha traducido en una inversión que dé prioridad a los niños y, en caso afirmativo, en qué esferas.

5.Sírvase indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para regular los efectos de las operaciones y actividades de las empresas sobre los derechos del niño.

6.En relación con el párrafo 37 del informe (CRC/C/TZA/3-5), sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre el proceso de consulta para revisar la Ley del Matrimonio, de 1971, modificada en 2002, y para elevar a 18 años la edad mínima para contraer matrimonio, tanto para los niños como para las niñas. Informen también al Comité de las medidas adoptadas para sensibilizar sobre las consecuencias negativas del matrimonio infantil.

7.En relación con las observaciones anteriores del Comité (CRC/C/TZA/CO/2, párr. 26), sírvanse proporcionar información adicional sobre las medidas adoptadas para eliminar la discriminación y el estigma social contra las jóvenes embarazadas y las madres adolescentes, los niños con discapacidad, los niños con VIH/SIDA y los niños de la calle, y para garantizar el acceso efectivo de esos niños a la educación, la salud y los servicios sociales.

8.Sírvanse indicar si se ha puesto en marcha una estrategia integral para poner fin a las violaciones graves del derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo de los niños con albinismo en el Estado parte. En particular, sírvase proporcionar información precisa y detallada sobre:

a)Las medidas educativas y de sensibilización llevadas a cabo y actualmente en marcha en el Estado parte para superar las creencias tradicionales que causan estigma y discriminación a los niños con albinismo, lo que da lugar a muertes y a una gran variedad de actos de violencia en su contra;

b)Las medidas adoptadas para prevenir, investigar y sancionar los delitos contra los niños con albinismo, incluido el uso de sus partes corporales en prácticas de brujería, y para proporcionar reparación a las víctimas;

c)Las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de vida y de seguridad en los centros donde se acoge a esos niños, garantizar que no sean sometidos a un trato degradante o a malos tratos en los centros, capacitar adecuadamente al personal y exigirles responsabilidad por cualquier mala conducta profesional, y garantizar la supervisión y el control regular de los centros;

d)Cualquier iniciativa piloto destinada a evitar el acogimiento de los niños con albinismo en instituciones y/o fomentar la reunificación de esos niños con sus familias, siempre que sea posible.

9.Sírvase indicar las medidas concretas adoptadas para mejorar la cobertura de la inscripción del nacimiento, incluida la asignación de fondos para la ejecución de la Estrategia Nacional para la Inscripción de Nacimientos de los Menores de 5 Años y la Iniciativa para la Inscripción de Nacimientos de los Niños entre 6 y 18 Años. Aclaren también si se han adoptado medidas, incluidas las de índole legal, para hacer frente a "algunas de las dificultades institucionales y sistémicas que obstaculizan el progreso en la inscripción de los nacimientos y el alcance de su cobertura", como se destaca en el párrafo 65 del informe del Estado parte.

10.Sírvanse proporcionar detalles sobre las medidas adoptadas para enmendar las leyes, entre ellas la Ley del Niño y el Reglamento Nacional de Educación (Castigos Corporales), de 1979, (en Tanzanía continental), y la Ley de la Infancia y la Ley de Educación, de 1982, (en Zanzíbar), que siguen permitiendo a los padres y maestros utilizar los castigos corporales como medida disciplinaria. Informen también al Comité de las medidas para poner fin a las "prácticas culturales justificadas" y a la "aplicación justificable[...] de azotes con vara a los alumnos indisciplinados" mencionadas en los párrafos 86 y 87 del informe del Estado parte. Indiquen el seguimiento dado al informe de 2011 de la Comisión de Derechos Humanos y Buen Gobierno sobre su inspección en relación con los niños internados en instalaciones de privación de libertad, citada en el párrafo 303 del informe, según el cual el 30% de los niños habían sido golpeados y sufrido malos tratos durante la custodia policial y habían sido obligados a confesar mediante la amenaza o el uso de la violencia.

11.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las recomendaciones del estudio amplio de 2011 sobre la violencia contra los niños. A la luz de la recomendación anterior del Comité (CRC/C/TZA/CO/2, párr. 65), proporcionen información sobre las medidas concretas adoptadas para luchar contra la violencia sexual, el acoso y la explotación sexual de las niñas en el Estado parte y para modificar las actitudes que toleran este tipo de violencia. Aclaren también si las niñas víctimas de la violencia doméstica tienen que obtener un informe policial antes de ser admitidas en un hospital. Sírvanse proporcionar también información sobre la labor realizada por el Estado parte para poner fin a la práctica forzada y obligatoria en las escuelas de someter a las niñas de apenas de 11 años de edad a pruebas de embarazo, y para garantizar que las niñas embarazadas no sean expulsadas de la escuela. ¿Qué está haciendo el Estado parte para garantizar la reinserción escolar de las niñas después de haber dado a luz?

12.Sírvanse indicar las actividades realizadas para poner fin al elevado riesgo de que los alumnos sean víctimas de violencia física y sexual en la escuela y los recintos escolares, y en su trayecto hacia y desde la escuela, tanto en el territorio continental como en Zanzíbar. Incluyan información sobre toda medida disciplinaria adoptada contra maestros por mala conducta profesional.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar la mutilación genital femenina y para dirigir políticas y campañas a poner fin a su prevalencia en las zonas rurales. Aclaren también las iniciativas de educación y sensibilización incluidas en el Plan de Acción Nacional sobre la Violencia contra la Mujer (HRI/CORE/TZA/2012, párr. 28) para informar a la población de la existencia de una ley que penaliza la mutilación genital femenina y de los riesgos y consecuencias perjudiciales de dicha práctica.

14.Sírvanse proporcionar detalles de las medidas concretas adoptadas para brindar atención y protección adecuadas a los niños privados de una familia (CRC/C/TZA/CO/2, párr. 36) e indiquen cómo garantiza el Estado parte que también estén comprendidos en ellas los niños percibidos como "difíciles" por las instituciones de atención existentes, como los niños de la calle y los niños en conflicto con la ley. Informen al Comité de las medidas concretas adoptadas para: desinstitucionalizar a los niños y seguir promoviendo el acogimiento en hogares de guarda para los niños privados de un entorno familiar; garantizar el registro, la regulación y la supervisión adecuados de las instituciones de cuidado alternativo; y mejorar las condiciones de vida. Sírvanse también proporcionar información actualizada sobre el resultado de las consultas realizadas con miras a ratificar el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional (párr. 118 del informe del Estado parte).

15.En relación con el párrafo 198 del informe, según el cual "los jóvenes de Tanzanía han de hacer frente a varias amenazas para su salud, entre ellas las infecciones por el VIH [...] las enfermedades de transmisión sexual" y las muertes relacionadas con los embarazos de adolescentes, sírvanse aclarar las medidas adoptadas para garantizar que la educación y los servicios sobre salud sexual y reproductiva para adolescentes, incluida la planificación familiar y los servicios de aborto sin riesgo, sean accesibles y adecuados en todo el Estado parte. Proporcionen información sobre las actividades realizadas para aumentar la capacidad de detección temprana y la detección de los niños que nacen con VIH.

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el proceso de aprobación del proyecto de Constitución que haría que la educación fuera un derecho garantizado. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la educación sea gratuita, sin costos ocultos, y accesible a todos los niños, y sobre las actividades realizadas para mejorar la calidad de la educación. A la luz del párrafo 199 del informe del Estado parte, que hace hincapié en que "es fundamental que se realicen inversiones adicionales en enseñanza, formación profesional y formación para la vida diaria, y en la creación de oportunidades de empleo reales para los jóvenes", informen al Comité sobre las actividades específicas llevadas a cabo para realizar esas inversiones y sobre los resultados obtenidos.

17.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para proteger los derechos de los niños y sobre las actividades concretas realizadas para:

a)Eliminar y prevenir el estigma, la discriminación, la violencia y la exclusión de los niños con discapacidad, en particular en las zonas rurales;

b)Garantizar el acceso de los niños con discapacidad a la educación, explicando en detalle las políticas educativas adoptadas por el Estado parte para complementar el párrafo 43 de su informe;

c)Asignar fondos suficientes a la puesta en práctica del marco jurídico y político vigente;

d)Fortalecer la labor de reunión y desglose de datos para establecer con precisión la situación de los niños con discapacidad y dar una respuesta política adecuada.

18.Sírvanse proporcionar información sobre la labor realizada por el Estado parte para prevenir y combatir el trabajo infantil, que persiste a pesar de la legislación y las políticas (párrs. 10, 19 y 293 del informe). Informen también de las actividades de prevención y protección llevadas a cabo por los inspectores del trabajo en relación con los niños en el contexto del Plan de Acción Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (2009‑2015). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para rescatar con urgencia a los niños que trabajan en la minería de extracción de oro y piedras preciosas en pequeña escala, con y sin licencia, poniendo en riesgo su vida. Informen asimismo al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir su dependencia excesiva de las organizaciones de la sociedad civil y de los fondos de los donantes en su labor de protección de los niños contra el trabajo infantil, en particular las formas peligrosas de trabajo infantil.

19.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para combatir la venta, trata y explotación sexual comercial de los niños, en particular la trata interna. Informen al Comité si se han adoptado disposiciones reglamentarias en relación con la aplicación de Ley contra la Trata de Personas, de 2008, y si se han asignado recursos para los servicios de protección y apoyo a los niños en el marco del Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas 2013-2017.

20.Sírvanse proporcionar información sobre el estado de la reforma del sistema de justicia juvenil mencionado en el párrafo 295 del informe y, en particular, acerca de la Estrategia Quinquenal para la Reforma Progresiva de la Justicia Juvenil (2013-2017), en el territorio continental, y del desarrollo de la Estrategia Quinquenal para la Reforma de la Justicia Juvenil (2013-2017) en Zanzíbar, prevista para ser puesta en marcha en mayo de 2014. En relación con el párrafo 303 del informe, indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer frente a las dificultades identificadas de "falta de unos servicios de asistencia letrada fiables para los niños, así como un número insuficiente tanto de funcionarios de bienestar social como de personal con formación especializada en justicia de menores", así como a los períodos prolongados de prisión preventiva. Sírvanse aclarar cómo se garantizan, en Zanzíbar, los derechos del niño en el Tribunal de Menores y en el Tribunal del Cadí (párr. 299).

Parte II

En esta sección, el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) y reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse proporcionar información presupuestaria consolidada relativa a los tres últimos años sobre las partidas presupuestarias destinadas a los niños y los sectores sociales, indicando el porcentaje de cada partida presupuestaria con respecto al presupuesto nacional total y el producto nacional bruto, así como la asignación geográfica.

2.Proporcionen los datos estadísticos actualizados de que se disponga de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, ubicación geográfica y entorno socioeconómico, sobre:

a)El número de casos de malos tratos y actos de violencia contra niños, incluidas todas las formas de castigo corporal. Sírvanse facilitar información adicional sobre el tipo de asistencia ofrecida a los niños víctimas de estos actos y el seguimiento de los casos, incluidos el enjuiciamiento de los responsables y las condenas dictadas en el Estado parte.

b)El número de investigaciones de casos de violencia sexual y violación, así como información sobre los resultados de los juicios, indicando en particular las penas impuestas a los autores y las reparaciones e indemnizaciones otorgadas a las víctimas.

c)El número de investigaciones de casos de de asesinatos, mutilaciones y violencia contra los niños con albinismo, incluida la información sobre las penas impuestas a los autores, y las reparaciones e indemnizaciones otorgadas a las víctimas.

d)El número de niños de la calle.

e)La prevalencia de la malnutrición aguda grave y el retraso del crecimiento en los lactantes y los niños menores de 5 años, y de la mortalidad de los niños menores de 5 años.

f)El número de niños infectados o afectados por el VIH/SIDA.

3.Sírvanse proporcionar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Que viven en hogares encabezados por un niño;

c)Que viven en hogares encabezados por un anciano;

d)Acogidos en instituciones;

e)Acogidos en familias de guarda;

f)Adoptados en el país o mediante adopción internacional.

4.Sírvanse facilitar datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad:

a)Que viven con su familia;

b)Internados en instituciones;

c)Que asisten a escuelas normales de enseñanza primaria;

d)Que asisten a escuelas ordinarias de enseñanza secundaria;

e)Que asisten a escuelas especiales;

f)Que no van a la escuela;

g)Que han sido abandonados.

5.Sírvanse proporcionar datos relativos a los tres últimos años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, entorno socioeconómico, origen étnico y residencia en zona urbana/rural del Estado parte, sobre:

a)Las tasas de matriculación y conclusión de la enseñanza, en porcentajes, de los grupos de edad pertinentes de los centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria;

b)El número y el porcentaje de deserciones escolares y repeticiones de curso;

c)El número promedio de alumnos por profesor.

6.Sírvanse proporcionar datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, entorno socioeconómico, grupo étnico y residencia en zona urbana/rural sobre el número de niños que:

a)Realizan trabajo infantil;

b)Trabajan en el servicio doméstico y en los sectores minero, pesquero y agrícola;

c)Realizan trabajos peligrosos.

7.Sírvanse proporcionar datos de los tres últimos años, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, origen étnico y tipo de delito, sobre el número de:

a)Niños que presuntamente cometieron un delito denunciado a la policía;

b)Niños condenados y los tipos de penas o sanciones impuestas por los delitos que cometieron, y la duración de la privación de libertad;

c)Centros de privación de libertad existentes para los niños en conflicto con la ley, y la capacidad de dichos centros;

d)Niños recluidos en esos centros y niños recluidos en centros para adultos;

e)Niños en prisión preventiva, y la duración media de la privación de su libertad;

f)Casos denunciados de maltrato y abusos a niños durante su detención y privación de libertad.

8.Rogamos proporcionen una puesta al día de los datos contenidos en el informe que hayan quedado obsoletos o no reflejen las novedades recientes.

9.Además, el Estado parte puede citar cuestiones que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.