Naciones Unidas

CCPR/C/BLR/5

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

14 de junio de 2017

Español

Original: ruso

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité de Derechos Humanos

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 de la Convención con arreglo al procedimiento facultativo de presentación de informes

Quintos informes periódicos que los Estados partesdebían presentar en 2016

Belarús *

[Fecha de recepción: 30 de marzo de 2017]

Introducción

1.De conformidad con el artículo 40 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la República de Belarús presenta su quinto informe periódico sobre las medidas que haya adoptado para dar efecto a los derechos reconocidos en el Pacto y sobre el progreso que hayan realizado en cuanto al goce de esos derechos.

2.El informe se ha preparado en forma de respuestas a la lista de cuestiones dirigidas por el Comité de Derechos Humanos a Belarús con anterioridad a la presentación del quinto informe periódico (documento CCPR/C/BLR/QPR/5), así como teniendo en cuenta las observaciones finales del Comité (CCPR/C/84/Add.4 y Add.7).

3.El informe fue preparado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cooperación con la Oficina del Comisionado de Asuntos Religiosos y Étnicos, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General, el Comité de Seguridad del Estado, el Comité Nacional de Estadística, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Información, el Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio de Justicia y el Comité de Investigación.

4.El informe contiene información sobre las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo adoptadas en la República de Belarús con el fin de poner en práctica las disposiciones del Pacto. El informe refleja los progresos realizados para garantizar los derechos reconocidos en el Pacto, así como sobre los obstáculos pendientes en esta esfera.

5.La información sobre el cumplimiento por la República de Belarús de determinadas categorías de derechos humanos se presenta en detalle en los informes periódicos a otros órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y los documentos del EPU:

El documento básico común (HRI/CORE/BLR/2015);

El informe nacional para el EPU (A/HRC/WG.6/22/BLR/1);

Los informes periódicos cuarto, quinto y sexto sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/BLR/4-6);

El quinto informe sobre la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT/C/BLR/5);

Los informes 20º, 22º y 23º combinados sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD/C/BLR/20-23);

Los informes tercero y cuarto acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/BLR/3-4);

El octavo informe acerca de la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/BLR/8).

Información general sobre la situación nacional en materia dederechos humanos, con inclusión de nuevas medidas yacontecimientos relativos a la aplicación del Pacto

Cuestiones 1 y 2

6.De conformidad con su Constitución, Belarús reconoce la primacía de los principios del derecho internacional universalmente reconocidos y vela por que su legislación se ajuste a ellos.

7.Los instrumentos legislativos que se aprueban en Belarús se someten obligatoriamente a un examen realizado por expertos en derecho que determinan si dichos instrumentos se ajustan a la Constitución y a los tratados internacionales en que es parte el país. Con carácter de control previo obligatorio, el Tribunal Constitucional decide si las leyes aprobadas por el Parlamento están en conformidad con la Constitución y con los instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Belarús antes de que estas sean refrendadas por el Presidente.

8.En Belarús se ha establecido un marco jurídico y normativo que se ajusta a las normas de derecho internacional pertinentes en materia de derechos humanos. Las garantías de los derechos humanos es una cuestión que figura, además de la Constitución, en el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento para Asuntos Económicos, el Código de la Vivienda, el Código Electoral, el Código del Trabajo, el Código Penal, el Código Tributario, el Código Penitenciario y el Código de Procedimiento Penal, así como en el Código del Matrimonio y la Familia, el Código de la Educación, el Código de la Judicatura y la Condición de los Jueces, el Código de Infracciones Administrativas, la Ley del Procedimiento Judicial Constitucional, la Ley de los Derechos del Niño, la Ley de las Asociaciones Sociales, la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas, la Ley de la Libertad de Conciencia y las Organizaciones Religiosas, la Ley de la Protección Social de las Personas con Discapacidad y otras leyes de la República de Belarús.

9.El 24 de octubre de 2016, mediante la resolución del Consejo de Ministros núm. 860, se aprobó el Plan Interinstitucional para la aplicación de las recomendaciones aprobadas por la República de Belarús sobre los resultados del segundo ciclo del examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las recomendaciones dirigidas a la República de Belarús por los órganos de tratados de derechos humanos para 2016-2019. Dicho documento es el primer plan nacional de derechos humanos en la historia de la Belarús independiente. El Plan Interinstitucional es un documento programático encaminado a promover la aplicación por la República de Belarús de las obligaciones internacionales que asumió en materia de derechos humanos, incluida la mejora de la legislación y la práctica de aplicación de la ley. El plan prevé la ejecución de 100 actividades.

10.La Ley de Denuncias de Particulares y Personas Jurídicas, de 18 de julio de 2011, núm. 300-Z, constituye un elemento importante del sistema de protección de los derechos humanos y tiene por objeto regular el procedimiento con arreglo al cual los particulares y las personas jurídicas ejercen el derecho a recurrir a las autoridades públicas u otros organismos para defender sus derechos, libertades y/o intereses legítimos. La Ley define los derechos y obligaciones de los solicitantes, el procedimiento para la presentación de denuncias escritas, electrónicas u orales, el procedimiento para la organización de reuniones personales, la representación en el momento de la presentación de las denuncias, los plazos para su examen y las características del examen de determinados tipos de denuncia.

11.Los órganos ejecutivos centrales y los órganos ejecutivos y administrativos locales de las provincias y los niveles básicos cuentan con unidades que se encargan de las denuncias de los ciudadanos. Todos los órganos y organismos públicos, así como las empresas privadas, disponen de un libro de sugerencias y reclamaciones, y se ha creado un sistema unificado de análisis y respuesta a las apreciaciones de la opinión pública en lo que respecta a la actividad de los órganos y organismos públicos y las empresas privadas.

12.En cuanto a la tramitación de denuncias de particulares, en Belarús está muy extendida la práctica de las entrevistas personales y las visitas a particulares realizadas por funcionarios públicos, así como el uso de servicios de asistencia telefónica y líneas telefónicas directas.

13.A fin de hacer valer el derecho constitucional de los ciudadanos a participar en la gestión de los asuntos del Estado, en Belarús se celebra la denominada Asamblea Popular Bielorrusa. Los congresos de la Asamblea se celebran una vez cada cinco años. La Asamblea tiene facultades para examinar las principales disposiciones de los programas socioeconómicos del país, otras cuestiones importantes de la vida estatal y pública a escala nacional y aprobar resoluciones al respecto. La Asamblea constituye de facto una forma adicional de control público de la labor del poder del Estado por parte de la ciudadanía. La quinta Asamblea Popular Bielorrusa se celebró en junio de 2016.

14.La realización de los derechos de los ciudadanos en esferas concretas de los derechos humanos está llamada a contribuir a los programas estatales ejecutados en el país para 2016-2020: al Programa Estatal de Protección Social y Promoción del Empleo; el Programa Estatal de Salud de la Población y Seguridad Demográfica de la República de Belarús; el Programa Estatal de Educación y Política Juvenil; el Programa Estatal de Cultura de Belarús; el Programa Estatal para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte en la República de Belarús; el Programa Estatal de Vivienda y un Entorno Propicio; el Programa Estatal de Protección Ambiental y Utilización Sostenible de los Recursos Naturales; el Programa Estatal de Pequeñas y Medianas Empresas en la República de Belarús, entre otros.

15.El apoyo social del Estado a la población es un componente esencial de la política socioeconómica del país. Desde 2001 se aplica activamente en Belarús el principio de focalización del apoyo estatal. Esta medida, consagrada desde 2007 a nivel legislativo, permite utilizar un mecanismo preciso y transparente para la concesión de ayudas estatales focalizadas a quienes realmente las necesitan.

16.Las principales disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos están incorporadas en la legislación nacional, lo cual explica la falta de referencias directas en las decisiones judiciales a dicho tratado internacional.

Información específica sobre la aplicación de losartículos 1 a 27 del Pacto, incluida la relacionadacon las recomendaciones anteriores del Comité

Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto(arts. 2, 3 y 26)

Cuestión 3

17.La República de Belarús cumple plenamente las obligaciones contraídas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Todo ciudadano de la República de Belarús que considere que sus derechos en virtud del Pacto hayan sido violados puede presentar una comunicación para su examen por el Comité de Derechos Humanos.

18.Las solicitudes del Comité sobre la adopción de medidas provisionales de protección, en particular en los casos de pena de muerte, se basan en el reglamento del Comité y no en las disposiciones del Protocolo Facultativo. La adopción de esas medidas por los Estados partes no está prevista en el Protocolo Facultativo y, por tanto, no constituye una obligación. En este contexto, en la legislación nacional no hay normas que permitan, de acuerdo con la solicitud del Comité, adoptar medidas provisionales de protección, en particular para aplazar la ejecución de la pena de muerte. La cuestión se ha señalado en repetidas ocasiones a la atención del Comité.

19.La legislación nacional no establece un mecanismo de aplicación de las consideraciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptadas en virtud del Protocolo Facultativo. Belarús, al igual que otros Estados partes en el Protocolo Facultativo, considera que las decisiones del Comité sobre comunicaciones tienen carácter de recomendación. Cada decisión del Comité se señala a la atención de los órganos estatales competentes y, obligatoriamente, al Tribunal Supremo y la Fiscalía General.

20.El incumplimiento de las consideraciones del Comité es también consecuencia de las infracciones por este de las normas del Protocolo Facultativo, especialmente cuando las comunicaciones se admiten a examen (se consideran admisibles) a pesar de que los autores de las comunicaciones no han agotado todos los recursos internos (Protocolo Facultativo, artículo 2), incluida la apelación de las decisiones judiciales mediante controles de las garantías procesales. Las comunicaciones admitidas para su examen por el Comité en contravención de las normas del Protocolo Facultativo son rechazadas de entrada por Belarús, hecho del que el Estado parte informa oficialmente al Comité.

21.Belarús está estudiando la práctica de interacción con el Comité sobre estas cuestiones de otros Estados partes en el Protocolo Facultativo.

Cuestión 4

22.En Belarús actualmente no existe una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París. La República de Belarús sigue examinando la experiencia internacional en cuanto a la creación de una institución de esa índole.

23.A pesar de la falta de una institución nacional de derechos humanos, en Belarús existe un sistema desarrollado de instituciones públicas y sociales especializadas para la protección y promoción de diversas categorías de derechos humanos:

La Comisión Nacional de los Derechos del Niño;

El Consejo Nacional de Política de Género;

El Consejo Consultivo Interétnico;

El Consejo Consultivo Interconfesional;

El Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales;

El Consejo Interinstitucional de la República sobre los Problemas de las Personas con Discapacidad;

La Comisión Interinstitucional para los Problemas de las Personas de Edad, los Veteranos y las Personas Afectadas por las Consecuencias de las Guerras, adscrita al Ministerio de Trabajo y Protección Social;

El Consejo para la Reforma de la Legislación en el Ámbito Sociolaboral;

El Consejo Social de Coordinación en el Ámbito de los Medios de Comunicación;

El Consejo de Coordinación Ecológica;

El Consejo Civil de la Lucha contra la Corrupción;

El Consejo Civil adscrito al Ministerio del Interior de la República de Belarús;

El Comité Nacional de Bioética;

El Centro de Asociación Pública y Privada, entre otros.

24.Entre 2011 y 2012, el Centro Nacional de Legislación e Investigaciones Jurídicas llevó a cabo un estudio de opinión, en particular varias asociaciones civiles, sobre la pertinencia de crear una institución nacional de derechos humanos en su forma más adecuada y sobre las principales funciones que podría desempeñar esa institución. El estudio reveló que no existía un consenso en torno a la creación de tal institución.

25.El 18 de julio de 2014 se celebró en Minsk un seminario internacional sobre el tema “Las instituciones nacionales de derechos humanos: establecimiento y funcionamiento”.

26.En el marco de la aplicación del Plan Nacional de Derechos Humanos para 2016‑2020, se prevé seguir estudiando las posibles ventajas y la pertinencia de establecer una institución nacional de promoción y protección de los derechos humanos.

27.Además, el sistema estatal de protección de los derechos humanos en Belarús está integrado por autoridades públicas y funcionarios responsables de la protección y promoción de esos derechos.

No discriminación y prohibición de la apología del odio nacional,racial o religioso (arts. 2, 3, 20 y 26)

Cuestión 5

28.De conformidad con la Constitución de la República de Belarús, todas las personas son iguales ante la ley y disfrutan, sin discriminación alguna, de igual protección de sus derechos e intereses legítimos (art. 22). Ese derecho se garantiza a todos los ciudadanos, independientemente de su origen, raza, etnia, nacionalidad, situación social y patrimonial, sexo, idioma, nivel educativo, actitud ante la religión, lugar de residencia, estado de salud y otras circunstancias.

29.El principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y de prohibición de la discriminación está consagrado en los instrumentos legislativos que regulan la salvaguardia de los derechos y las libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social y cultural y en otras esferas de la vida pública, a saber: en el Código del Trabajo, el Código del Matrimonio y la Familia, el Código de Educación, el Código Civil, el Código Penal y el Código de Infracciones Administrativas, así como en la Ley de los Derechos del Niño, de 19 de noviembre de 1993 núm. 2570-XII, la Ley de Fundamentos de la Política Estatal de Juventud, de 7 de diciembre de 2009 núm. 65-Z, la Ley de Denuncias de Particulares y Personas Jurídicas, de 18 de julio de 2011 núm. 300-Z, la Ley por la que se Aprueban las Principales Orientaciones de la Política Interior y Exterior de la República de Belarús, de 14 de noviembre de 2005 núm. 60-Z, la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos, de 28 de octubre de 2008 núm. 433-Z, y la Ley de la Función Pública en la República de Belarús, de 14 de junio de 2003 núm. 204-Z, entre otras.

30.La protección efectiva del derecho a la no discriminación se lleva a cabo en el marco de diversos tipos de procedimientos. La legislación procesal de la República de Belarús regula de forma integral el derecho de los ciudadanos a la igualdad y prohíbe la discriminación en la administración de justicia de todas las categorías de casos.

31.El artículo 9 de la Ley del Procedimiento Constitucional establece la igualdad de las partes como principio del proceso constitucional, previendo que sobre la base de ese principio se lleven a cabo las actuaciones judiciales en el Tribunal Constitucional; las partes tienen los mismos derechos a presentar e investigar pruebas, presentar solicitudes y expresar opiniones sobre cualquier asunto relacionado con el caso.

32.Según lo dispuesto en el artículo 20, párrafos 1 y 2, del Código de Procedimiento Penal, todas las partes en un proceso penal son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de sus derechos e intereses legítimos sin discriminación alguna. El examen judicial de los autos y la causa se desarrolla sobre la base de la igualdad de los ciudadanos ante la ley, independientemente de su origen, posición social, situación profesional o patrimonial, raza, origen étnico, convicciones políticas o de otra índole, actitud ante la religión, sexo, nivel educativo, idioma, tipo y carácter de ocupación, lugar de residencia u otras circunstancias.

33.En el artículo 2.12, párrafo 1, (procedimiento) del Código de Infracciones Administrativas se establece que todas las personas que intervengan en el procedimiento administrativo son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de sus derechos, libertades e intereses legítimos.

34.En el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil se establece que los nacionales de la República de Belarús son iguales ante la ley y los tribunales, independientemente de su origen, posición social, situación patrimonial, raza, origen étnico, sexo, nivel educativo, idioma, actitud ante la religión, convicciones políticas o de otra índole, tipo y carácter de ocupación, lugar de residencia, tiempo que lleven residiendo en dicha localidad y otras circunstancias.

35.En la administración de justicia de los tribunales que entienden en asuntos económicos, las personas que participan en el caso son iguales ante la ley y los tribunales encargados de causas económicas. Dichos tribunales garantizan la igualdad de la protección jurídica de los derechos e intereses legítimos de todas las personas involucradas en el caso (artículo 15 del Código de Procedimiento Económico de Belarús).

36.El artículo 190 del Código Penal establece la responsabilidad por la violación o restricción intencional, directa o indirecta, de los derechos o libertades o la concesión de privilegios directos o indirectos a determinados ciudadanos en razón de su sexo, raza, etnia, idioma, origen, situación patrimonial o profesional, lugar de residencia, actitud ante la religión, convicciones o pertenencia a asociaciones civiles que han atentado considerablemente contra los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos.

37.Además, las demandas de protección del honor y la dignidad de la persona deben resolverse de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil, y las demandas sobre la protección de la reputación comercial, en el ámbito de actividades empresariales u otras actividades económicas, corresponden a los tribunales que entienden de causas económicas de acuerdo con el Código de Procedimiento Económico de la República de Belarús.

38.El artículo 2 del Código Civil consagra el principio de igualdad de las personas que participan en las relaciones civiles: los sujetos de derecho civil participan en las relaciones civiles en un pie de igualdad, son iguales ante la ley, no puede disfrutar de beneficios ni privilegios contrarios a la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de sus derechos e intereses legítimos.

39.La prohibición de la discriminación en las relaciones laborales se establecen en el artículo 14 del Código del Trabajo. Las personas que consideren que han sido objeto de discriminación en el ámbito de las relaciones laborales tienen derecho a recurrir a los tribunales para exigir que se ponga fin a dicha discriminación.

40.El hecho de que la República de Belarús no disponga de un instrumento jurídico y normativo dedicado exclusivamente a cuestiones relacionadas con la discriminación responde al afán de evitar duplicaciones en las disposiciones jurídicas de los instrumentos legislativos vigentes en la materia.

41.Dado que la Constitución consagra como universal el principio de la igualdad de todos ante la ley, no hay razones para la adopción de leyes específicas contra la discriminación de las minorías sexuales.

42.La legislación nacional no contiene normas que prohíban o censuren las relaciones sexuales no tradicionales y no impide el uso por las minorías sexuales de todos los medios que no estén prohibidos por la ley para proteger sus derechos e intereses legítimos.

43.El Código Penal no establece responsabilidad por las relaciones sexuales homosexuales (salvo en casos de falta de consentimiento o el incumplimiento de la edad requerida de la víctima).

Cuestión 6

44.El Código Penal contiene artículos que tipifican como delito los actos socialmente peligrosos cometidos por motivos de hostilidad o discordia raciales (arts. 127, 128 y 130, art. 139, párr. 2, apartado 14, art. 147, párr. 2, apartado 8, art. 443, párr. 2).

45.La comisión de una infracción o un delito por motivos de discordia racial, étnica o religiosa se considera circunstancia agravante tanto en el Código de Infracciones Administrativas (art. 7.3) como en el Código Penal (art. 64).

46.En el derecho penal se tipifican las actividades extremistas cometidas por personas físicas. Por ejemplo, mediante la Ley núm. 358-Z, de 20 de abril de 2016, por la que se modifican algunas leyes de la República de Belarús, se añadió al Código Penal el artículo 361-1 (Creación de una formación extremista), en el que se establece una pena de hasta 5 años de restricción de libertad o de 3 a 7 años de privación de libertad por fundar o dirigir una formación extremista o alguna de sus filiales, así como una pena de 3 a 5 años de restricción de libertad o de 6 a 10 años de privación de libertad por esos mismos actos si son cometidos de manera reincidente o por un funcionario con abuso de su cargo.

47.Con objeto de impedir la difusión de material informativo de carácter extremista en territorio bielorruso se aprobó la Resolución del Consejo de Ministros núm. 810, de 21 de agosto de 2014, relativa a las comisiones de expertos encargadas de evaluar el material informativo para determinar la presencia o ausencia de indicios de extremismo.

48.En cumplimiento de esa Resolución, en 2014 se creó un sistema de comisiones de expertos encargadas de evaluar el material informativo para determinar la presencia o ausencia de indicios de extremismo. Desde octubre de 2014, la Comisión Nacional de Expertos encargada de dicha labor, adscrita al Ministerio de Información, ha inspeccionado más de 850 muestras informativas introducidas en el país con objeto de determinar la presencia o ausencia de indicios de extremismo. En 156 de ellos se determinó que existían indicios de extremismo (incitación a la hostilidad o la discordia racial, étnica o religiosa; propaganda de la exclusividad, la superioridad o la inferioridad de determinados ciudadanos por razón de su origen racial o étnico o su actitud ante la religión; propaganda y exhibición de atributos o símbolos nazis, entre otros).

49.Desde 2015 despliegan actividades comisiones de expertos provinciales. A fecha de 1 de enero de 2017, las comisiones provinciales habían inspeccionado un total de 1.583 muestras informativas para determinar la presencia o ausencia de indicios de extremismo. En 233 de ellas las comisiones detectaron indicios de extremismo.

50.La sociedad belarusa se caracteriza por la falta de actitudes xenófobas, debido, entre otras cosas, a las normas tradicionales de comportamiento tolerante propias de los ciudadanos belarusos.

Cuestión 7

51.Los ciudadanos romaníes de Belarús tienen los mismos derechos que los ciudadanos de Belarús de otras nacionalidades. De conformidad con la Ley de Minorías Étnicas en la República de Belarús, de 11 de noviembre de 1992 núm. 1926-XII, el Estado garantiza a los nacionales de la República de Belarús pertenecientes a minorías étnicas iguales derechos y libertades políticos, económicos y sociales, los cuales se pueden ejercer según el procedimiento establecido por la legislación. Los ciudadanos de la República de Belarús, independientemente de su nacionalidad, están amparados por el Estado en igualdad de condiciones (art. 13).

52.La República de Belarús no permite que en los medios de comunicación se haga uso de estereotipos negativos que afecten no solo a los miembros de la comunidad romaní, sino también a los de cualquier otra etnia. De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Minorías Étnicas en Belarús, toda medida encaminada a la discriminación por motivos étnicos, la creación de obstáculos al disfrute de los derechos de las minorías étnicas o la incitación a la hostilidad entre grupos étnicos serán sancionadas por la legislación de la República de Belarús.

53.La etnia romaní no es numerosa en Belarús. Se habían registrado en el país cinco asociaciones romaníes.

54.El Presidente de una asociación civil denominada Diáspora Romaní de Belarús forma parte del Consejo Consultivo Interétnico adscrito al Comisionado de Asuntos Religiosos y Étnicos.

55.En las instituciones de enseñanza general media de la República de Belarús los niños romaníes reciben la misma enseñanza que los demás alumnos. Están sujetos a todos los requisitos de los instrumentos normativos en el ámbito de la enseñanza secundaria media.

56.Cuando se detectan casos de niños que no asisten a clase, los departamentos o direcciones de educación, deporte y turismo de los comités ejecutivos distritales y municipales solicitan a los órganos competentes que tomen las medidas pertinentes, conforme a lo previsto en la legislación, contra los representantes legales de los niños que no estén haciendo todo lo necesario para que esos niños reciban una enseñanza general básica.

57.Conforme al artículo 10 de la Ley de Empleo de la Población, núm. 125-Z de 15 de junio de 2006, la política estatal en el ámbito del empleo tiene por objeto la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos, incluidos los representantes de la etnia romaní. Los romaníes belarusos están empleados principalmente en el sector privado de la economía.

58.El procedimiento de prestación de asistencia médica a los representantes de los romaníes depende de su situación legal en el territorio de la República de Belarús. Los ciudadanos romaníes reciben atención médica en pie de igualdad con los demás ciudadanos.

59.En la práctica de aplicación de la Ley de la Fiscalía General de la República de Belarús, en los últimos diez años hubo algunos casos de presunta violación de los derechos e intereses legítimos de los representantes de la diáspora romaní de Belarús. Todas las solicitudes fueron objeto de la debida verificación.

Cuestión 8

60.En 2015 Belarús firmó y en 2016 ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Actualmente se está ultimando un conjunto de medidas para garantizar la aplicación de las disposiciones de la Convención a escala nacional.

61.Belarús ha establecido un marco jurídico y normativo para hacer frente a las cuestiones de discapacidad, la protección de los derechos y la mejora de la situación de las personas con discapacidad.

62.La legislación nacional sobre la discapacidad se basa en la Constitución y comprende los instrumentos normativos del Presidente de la República de Belarús, las Leyes de la Protección Social de los Discapacitados, de 11 de noviembre de 1991 núm. 1224-XII; de la Prevención de la Discapacidad y la Rehabilitación de las Personas con Discapacidad, de 23 de julio de 2008 núm. 422-Z; de la Protección Social de los Ciudadanos Afectados por el Desastre de Chernobyl y Otros Accidentes Radiológicos, de 6 enero de 2009, núm. 9-Z; de Prestaciones Sociales del Estado, Derechos y Garantías para Determinadas Categorías de Ciudadanos, de 14 de junio de 2007 núm. 239-Z, y Resoluciones del Gobierno, entre otros.

63.En Belarús desarrolla actividades el Consejo Interinstitucional Republicano sobre Discapacidad, encabezado por el Viceprimer Ministro de la República de Belarús e integrado por los jefes de los órganos de administración estatal.

64.Belarús ha puesto en marcha una serie de programas estatales para la prevención de la discapacidad y la rehabilitación de las personas con discapacidad, y se ha creado un entorno sin barreras para las personas con discapacidad física.

65.En el marco del Programa Estatal de Protección Social y Promoción del Empleo para 2016-2020, está previsto ejecutar cinco subprogramas: Promoción del empleo; Protección del trabajo; Prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas discapacitadas; Entorno sin barreras para la vida de las personas con discapacidad y físicamente debilitadas; Integración social de las personas con discapacidad y las personas de edad.

66.De conformidad con la legislación sobre el empleo, el Estado proporciona garantías adicionales con respecto a la promoción del empleo de las personas con discapacidad y otros ciudadanos que necesitan especialmente protección social, mediante: 1) la formulación y ejecución de programas estatales dirigidos específicamente a promover el empleo; 2) la creación de más puestos de trabajo y organizaciones especializadas (incluidas las organizaciones para el trabajo de personas con discapacidad); 3) el establecimiento de cuotas para la admisión en el empleo; 4) la capacitación en programas especiales; 5) asimismo, con otras medidas.

67.En 2016 se estableció la cuota de 2.071 puestos de trabajo para el empleo de personas con discapacidad. Se están adoptando medidas para alentar a las organizaciones y a los empleadores a crear nuevos puestos de trabajo para las personas con discapacidad. En 2016 el monto de la financiación extrapresupuestaria del Fondo Estatal de Protección Social de la República de Belarús para crear puestos de trabajo para personas con discapacidad era de 2.805.831,1 rublos belarusos.

68.En el marco de la aplicación del Programa Estatal para la Creación de un Entorno sin Barreras se llevaron a cabo las obras correspondientes en 20.700 instalaciones de infraestructura social y se adquirieron más de 3.300 unidades de transporte público de suelo bajo.

69.A las familias con hijos discapacitados menores de 18 años, el Estado proporciona apoyo material y reciben garantías adicionales y facilidades fiscales y laborales, así como en legislación en materia de vivienda.

70.En Belarús se ha creado un sistema de instituciones de servicios sociales que prestan a las familias en dificultades una amplia gama de servicios, tales como el cuidado de los niños y de los niños con discapacidad (servicio de niñeras).

71.Sobre la base de los internados infantiles para niños con discapacidad con necesidades especiales en su desarrollo psicofísico se prestan servicios de atención a los niños con discapacidad (servicios de tregua social): liberar a los padres o familiares de cuidar a un niño con discapacidad por un período no superior a 28 días por año civil con el fin de ayudarles a recuperarse y solucionar problemas familiares y domésticos.

72.La prestación de asistencia médica a las personas que viven con el VIH se lleva a cabo aplicando el principio de la confidencialidad y de respeto de los derechos y las libertades humanos. Las personas con el VIH gozan de derechos y libertades en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos de la República de Belarús.

73.Todas las personas necesitadas tienen acceso a la terapia antirretroviral. En los dispensarios el tratamiento antiviral etiotrópico abarca el 96% de los pacientes del número total de personas con etapas manifiestas del VIH y que quieren recibir terapia. Entre las mujeres embarazadas y los recién nacidos se ha introducido la prevención química antirretroviral vertical. En 2015 la prevención farmacológica abarcó el 94,1% de las mujeres embarazadas y el 96,9% de los recién nacidos.

74.El 7 junio de 2016 la Organización Mundial de la Salud entregó un certificado a Belarús en que constaba que en el país se había confirmado oficialmente la prevención total de la transmisión maternoinfantil del VIH y de la sífilis.

Cuestión 9

75.Los ciudadanos de la República de Belarús pertenecientes a minorías sexuales no son objeto de discriminación ni acoso. Disfrutan de los mismos derechos que los demás ciudadanos y tienen las mismas oportunidades para defender sus derechos en el marco de todos los recursos disponibles.

76.En Belarús no se han registrado manifestaciones de homofobia ni de incitación al odio en los medios de comunicación ni por parte de funcionarios superiores.

77.La Fiscalía General de Belarús no ha recibido comunicaciones e información sobre hechos probados de abuso físico y psicológico u otras medidas de persecución de las minorías sexuales.

78.Cabe señalar que en la sociedad belarusa se respeta ampliamente la institución de la familia tradicional como base social natural y fundamental.

79.En Belarús siempre se ha celebrado ampliamente el Día de la Familia (15 de mayo). Este Día se celebran veladas de beneficencia para las familias de acogida con hijos, encuentros de matrimonios con amplia experiencia de la vida familiar y reuniones festivas para los niños de familias numerosas y desfavorecidas. Estas y otras actividades sirven para elevar el prestigio de la familia y contribuyen a una mejor comprensión por la sociedad de sus problemas y necesidades acuciantes.

Igualdad entre hombres y mujeres y violencia contra la mujer,incluida la violencia doméstica (arts. 2, 3, 7 y 26)

Cuestión 10

80.En Belarús, al 1 de julio de 2015 en la administración pública había un 70,1% de mujeres; en particular, el 51,6% en el poder legislativo, el 69,8% en los órganos ejecutivos, el 67,9% en la judicatura, el 49% en los organismos públicos con una condición constitucional y jurídica especial, y el 74,5% en los órganos de administración local y de autogobierno local. En los cargos de jefes o jefes adjuntos de las administraciones públicas había un 54,7% de mujeres.

81.Al 1 de enero de 2017, entre el número total de jueces de los tribunales ordinarios de la República de Belarús el 57,8% eran mujeres. Entre las personas que ocupan puestos directivos (presidentes y vicepresidentes de los tribunales), las mujeres constituían el 47,3% (entre los presidentes, el 42,6% eran mujeres, y entre los vicepresidentes, el 54%).

82.En Belarús se ha logrado el 30% de representación de las mujeres en los niveles de adopción de decisiones que se declara en los instrumentos internacionales. En las elecciones de 2014 a los consejos locales, la parte de las mujeres que recibieron mandatos de diputadas fue del 46,3%. Según los resultados de las elecciones a la Cámara de Representantes de 2016 la proporción de mujeres en el Parlamento aumentó y equivalió al 33,7%.

83.El principal instrumento para superar los estereotipos de género es la incorporación de la perspectiva de género en la educación y los medios de comunicación.

84.En el marco del Plan Nacional para la Igualdad de Género para 2011-2015, se llevaron a cabo actividades encaminadas a desarrollar un sistema de educación de género y difusión en el país, incluidos debates públicos sobre cuestiones de género y la igualdad de la mujer en las actividades de información y educación. Se prevé que esta labor continúe en los próximos años en el marco del nuevo plan de igualdad de género.

85.Se organizan periódicamente eventos temáticos para los representantes de los medios de comunicación. Por ejemplo, durante la ejecución del proyecto de asistencia técnica internacional titulado “Desarrollo de la capacidad nacional de la República de Belarús para luchar contra la violencia doméstica y lograr al mismo tiempo la igualdad entre los géneros”, se celebraron seminarios con el título “Cobertura de la (des)igualdad de género y la violencia doméstica en los medios de comunicación”; se elaboró e introdujo en el proceso educativo de la Escuela de Periodismo de la Universidad Estatal de Belarús el curso sobre el género y los medios de comunicación; y se organizó un concurso para periodistas sobre la mejor publicación acerca de la problemática de género.

86.La estrategia para el desarrollo de la educación de género en el país se refleja en el Programa Marco para la Educación Continua de Niños y Jóvenes en la República de Belarús. La recualificación del personal docente en cuanto a la igualdad de género está a cargo de la Academia de Enseñanza de Posgrado, el Instituto Nacional de Belarús de Enseñanza Superior y el Instituto Nacional de Enseñanza Profesional. Los diversos aspectos de género están incorporados en los planes de estudios de recualificación profesional y formación continua de los docentes y funcionarios públicos.

87.Contribuye a promover la imagen de la mujer-líder la celebración anual del concurso nacional por la Unión de Mujeres de Belarús “La mujer del año”, en particular en las categorías “Liderazgo y dirección exitosa” y “Renacimiento espiritual”. La erradicación de los estereotipos sobre las funciones, responsabilidades y destinos de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad está a cargo del concurso nacional “La familia del año”, que se celebró en 2012 y 2014.

88.A fin de superar los estereotipos de género existentes en la sociedad y prestar asistencia socio-psicológica focalizada a los hombres y elevar la condición social de los padres en la sociedad, en la ciudad de Minsk se celebra todos los años la fiesta “El día del padre es todos los días”. En junio de 2016 se celebró en la ciudad de Gómel un concurso municipal de padres de familias numerosas “El papá puede hacer de todo”, encaminado a aumentar la conciencia de la función del padre en la educación de los hijos.

89.De conformidad con el artículo 42 de la Constitución, las mujeres y los hombres, tanto mayores como menores de edad, tienen derecho a la misma remuneración por un trabajo de igual valor.

90.En la República de Belarús la igualdad de derechos en el empleo para hombres y mujeres está consagrada en el artículo 14 del Código del Trabajo, según el cual la discriminación, es decir, la restricción de los derechos laborales o la obtención de privilegios por motivos de género, está prohibida.

91.El artículo 57 del Código del Trabajo establece que el salario se deberá pagar al trabajador por el trabajo realizado con arreglo a su complejidad, cantidad, calidad, condiciones laborales y las cualificaciones del trabajador. El trabajo solo se evalúa teniendo en cuenta los parámetros cuantitativos y cualitativos, independientemente del sexo.

92.Según el Comité Nacional de Estadística de la República de Belarús, la parte del salario medio mensual nominal agregado de las mujeres en relación con el de los hombres era.

2010

2011

2012

2013

2014

2015

76,6%

73,7%

74,5%

74,5%

76,6%

76,2%

93.En las principales actividades económicas dicha parte en diciembre de 2015 fue la siguiente.

Tipo de actividad económica

P orcentaje

Agricultura

95,7

Industria

74,2

Construcción

84

Comercio, reparación de automóviles, artículos del hogar y objetos de uso personal

79,3

Transporte y comunicaciones

85,7

Actividades financieras

80,7

Administración pública

84,9

Enseñanza

84,3

Sanidad y prestación de servicios sociales

85,7

94.La brecha salarial entre mujeres y hombres establecida en Belarús se debe, fundamentalmente, a la mayor proporción de hombres empleados en organizaciones de actividades económicas como la industria (58,9%), la construcción (82,5%) y el transporte y las comunicaciones (63,5%), en que se supone que las condiciones de trabajo son nocivas y peligrosas, el trabajo es de gran intensidad y, por tanto, los salarios son más elevados.

Cuestión 11

95.En Belarús se ha adoptado un conjunto de leyes y reglamentos que establecen un sistema de medidas de lucha contra la violencia doméstica, la prevención y la educación, programas especiales de difusión, así como programas de corrección psicológica para los autores de las infracciones y muchos otros.

96.La legislación penal establece las medidas más duras contra los autores de actos de violencia doméstica. En los casos en que las relaciones familiares y domésticas malsanas conducen a un delito que implique la privación de una vida humana, daños graves a la salud o a la integridad sexual, el delincuente es privado de libertad o esta se restringe considerablemente.

97.En los casos de delitos que no representen un gran peligro para la sociedad o delitos menos graves, como causar lesiones corporales leves, torturas, amenazas de muerte, causar lesiones corporales graves o destruir bienes (una forma de violencia psíquica), esas causas se tramitan a petición de la víctima del delito o su representante legal.

98.Las víctimas, con frecuencia debido a su dependencia, el temor a las represalias o por otros motivos, se resisten a abrir actuaciones penales contra sus familiares. Para esas situaciones, la legislación procesal penal de la República de Belarús (artículo 26, párrafo 5, del Código de Procedimiento Penal) faculta al fiscal a incoar actuaciones penales sobre delitos de acusación privada o pública-privada cuando no haya declaración de la persona víctima del delito, si afecta a los intereses esenciales del Estado y la sociedad o ha sido cometido contra una persona que depende del acusado o por otras razones no pueda defender sus derechos e intereses legítimos.

99.Uno de los mecanismos eficaces para influir en los ciudadanos que cometen actos de violencia doméstica es la Ley de la República de Belarús de Bases de las Actividades de Prevención de Infracciones, de 4 de enero de 2014 núm. 122-Z, en que se prevé la mejora del registro preventivo y se establecen las obligaciones de los ciudadanos que están sujetos a las medidas individuales de prevención de infracciones. Además, la Ley de Prevención de Infracciones contiene una serie de nuevas medidas para prevenir la violencia doméstica, en primer lugar, una orden de alejamiento que establece prohibiciones de la comunicación, las visitas, la búsqueda del lugar del alojamiento de la víctima de la violencia doméstica, así como la obligación de la persona que haya cometido un acto de violencia doméstica de abandonar temporalmente la vivienda que compartía con la víctima. La orden de alejamiento se aplica a la persona después de que se haya formulado la resolución sobre la sanción administrativa por la infracción cometida contra un familiar.

100.En 2015 los funcionarios de orden público aplicaron 1.422 órdenes de alejamiento, en particular 1.152, acompañadas de la obligación de abandonar temporalmente la vivienda que compartían en común con la víctima. Se están adoptando medidas adicionales para mejorar la realización del registro preventivo.

101.Si existen fundamentos jurídicos, los organismos de interior preparan la documentación para enviar a las personas que padecen alcoholismo o toxicomanía a centros de tratamiento y trabajo. En caso necesario, se adoptan medidas para la privación de la patria potestad o la retirada del niño sin la privación, así como para la limitación de capacidad de los ciudadanos que colocan a su familia en una situación económica difícil.

102.Desde julio de 2015 entró en funcionamiento el banco de datos llamado “Prevención”, lo cual ha sistematizado considerablemente la labor de los funcionarios dedicados al registro preventivo.

103.El Código Penal establece la responsabilidad por una a serie de actos relacionados con el ejercicio de la violencia, en particular también contra las mujeres, a saber: la violación (art. 166), los actos violentos de carácter sexual (art. 167), la coacción para cometer actos de carácter sexual (art. 170), la organización y/o la utilización de la prostitución o bien la creación de condiciones para la prostitución (art. 171), la involucración en la prostitución o la coacción para continuar ejerciendo la prostitución (art. 171-1) y la trata de personas (art. 181).

104.De 2011 a 2016 los tribunales de la República condenaron:

Con arreglo al artículo 166 del Código Penal, a 460 personas

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

Número de personas

86

64

61

92

80

77

Con arreglo al artículo 167 del Código Penal, a 379 personas

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

Número de personas

57

46

53

80

73

70

Con arreglo al artículo 170 del Código Penal, a 7 personas (en 2011, a 1; en 2013,a 2; y en 2016, a 4)

Con arreglo al artículo 171 del Código Penal, a 164 personas

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

Número de personas

36

20

24

21

25

38

Con arreglo al artículo 171-1 del Código Penal, a 22 personas

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

Número de personas

9

9

1

2

1

0

Con arreglo al artículo 181 del Código Penal, a 9 personas (en 2011, a 6; yen 2013, a 3)

105.Gracias a las medidas adoptadas el número de delitos domésticos registrados descendió en un 9,7% (de 528 a 477), en particular asesinatos y daños corporales graves intencionales.

106.En 2013, se añadió al artículo 9.1 (Causar intencionalmente lesiones corporales y otros actos violentos) del Código de Infracciones Administrativas el párrafo 2, en que se estableció la imposición de una sanción administrativa en forma de multa de hasta diez unidades básicas o la detención administrativa por palizas que no hayan causado lesiones corporales, por infringir intencionalmente sufrimiento físico o moral, actos cometidos contra un pariente próximo o miembro de la familia, si esos actos no contienen materia de delito.

107.Los tribunales de jurisdicción ordinaria de la República de Belarús examinaron de 2013 a 2016 123.538 casos de infracciones administrativas en virtud del párrafo 2 del artículo 9.1 del Código de Infracciones Administrativas: en 2013, 1.173 casos; en 2014, 28.735 casos, en 2015, 44.002 casos, y en 2016, 49.628 casos.

108.En Belarús se ha creado una infraestructura estatal de prestación de asistencia a las personas que se encuentran en situaciones difíciles, incluidas las víctimas de la violencia doméstica. En cada región administrativa hay centros de servicios sociales territoriales (en total, 146) y 2 centros urbanos de servicios sociales para la familia y la infancia (en las ciudades de Minsk y de Gómel). Esos centros prestan gratuitamente servicios de consulta e información, sociales y pedagógicos, sociales y psicológicos, sociales y de rehabilitación, así como servicios de patrocinio social, alojamiento temporal y otros servicios sociales.

109.Desde 2000 en Belarús está vigente la Ley de Servicios Sociales, de 22 de mayo de 2000 núm. 395-Z, que regula la prestación de servicios sociales. La Ley introdujo un servicio de patrocinio social, que prevé la asistencia integral a las personas que se encuentran en situaciones difíciles, incluidas las víctimas de la violencia doméstica.

110.En los últimos años ha aumentado en más de 3,5 veces el número de “salas de crisis”. En la República, al 1 de enero de 2016 funcionaban 109 crisis “salas de crisis”. En la práctica, la duración media de la estancia en una “sala de crisis” es de aproximadamente dos semanas.

111.En 2015 se alojó en “salas de crisis” a 237 personas, incluidas 178 víctimas de la violencia doméstica y 4 ciudadanos que habían sido víctimas de la trata de personas o delitos conexos.

112.Para prestar asistencia a las víctimas de la violencia doméstica se invita a asociaciones civiles, internacionales y religiosas.

113.Las actividades de difusión dirigidas a aumentar la motivación de las mujeres a que pidan ayuda en casos de maltrato se lleva a cabo a través de los medios de información, folletos, volantes y acciones especiales (“¡Casa sin violencia!”, “16 días sin violencia”). En los centros de servicios sociales funcionan 156 líneas telefónicas de ayuda que presten consultas.

114.Con el fin de mejorar la capacitación del personal de los órganos de orden público en la prevención de la violencia doméstica, en la Academia del Ministerio del Interior se organizaron cursos de recualificación profesional para las subdivisiones de la policía de seguridad pública sobre la mejora de la labor de esos órganos en la lucha contra la violencia doméstica.

115.No hay necesidad de introducir una norma especial que tipifique como delito penal la violación conyugal. Se considera que esa norma sería discriminatoria para las víctimas de los delitos sexuales cometidos fuera del ámbito familiar y doméstico.

Derecho a la vida (arts. 6, 7 y 14)

Cuestión 12

116.El Comité de Investigación de la República de Belarús está realizando una investigación preliminar de las causas penales relacionadas con la desaparición de V. I. Gonchar, A. S. Krasovski y Yu. N. Zajarenko. A pesar de la adopción de medidas adicionales para la investigación de estos casos, hasta la fecha no ha sido posible establecer el paradero de esas personas. La causa penal sobre la desaparición de Dmitry Zavadsky fue suspendida el 31 de marzo de 2006 en vista de la imposibilidad de descubrir su paradero. La información sobre la marcha y los resultados de la investigación forma parte del secreto del sumario y no puede difundirse.

117.La causa penal sobre el asesinato de V. A. Charkasova se detuvo el 10 de diciembre de 2014 debido a la imposibilidad de identificar al autor del delito. La Fiscalía de la ciudad de Minsk comprobó la legalidad y el fundamento de la decisión.

118.De acuerdo con la investigación llevada a cabo por la Fiscalía Interdistrital de Minsk, se denegó la apertura de una causa penal sobre la muerte de V. P. Grodnikov el 14 de diciembre de 2005, ya que las lesiones cráneo-encefálicas, que fueron la causa de fallecimiento, se produjeron a consecuencia de su propia conducta imprudente.

119.Mediante la verificación de las circunstancias del suicidio por ahorcamiento de O. N. Bebenin se determinó que no había datos de que hubiera sido víctima de homicidio o que se hubiera suicidado a consecuencia de actos ilícitos de terceros. A consecuencia de la comprobación realizada por la Fiscalía Provincial de Minsk, de 20 de diciembre de 2010, se dictó una resolución por la que se denegó la apertura de una causa penal.

120.La legalidad y validez de las decisiones sobre la muerte de V. P. Grodnikov y O. N. Bebenin fueron verificadas por la Fiscalía de la Provincia de Minsk y la Fiscalía General de la República de Belarús.

121.En Belarús se investigan todos los casos de muerte de personas recluidas. Desde enero de 2012 a marzo de 2015, las unidades de instrucción examinaron 169 denuncias o comunicaciones de fallecimiento de 170 ciudadanos recluidos y, como resultado de ello, se resolvió abrir 5 causas penales y se desestimó la aplicación de esta medida en 164 de las comunicaciones. Durante la detención, 128 ciudadanos fallecieron a causa de diversas enfermedades, como infartos, el VIH, el sida, neoplasia maligna y tuberculosis; la muerte de 42 personas fue violenta (asfixia mecánica por opresión de órganos del cuello, cierre del paso de los órganos respiratorios por alimentos, etc.).

122.En dos casos se inició un proceso penal por la comisión premeditada por parte de funcionarios públicos de actos que rebasaban claramente los derechos y facultades conferidos por el servicio, acompañados de violencia; y en un caso se iniciaron actuaciones penales contra un profesional médico por actos que provocaron la muerte por negligencia del paciente. En diciembre de 2014 se condenó a seis años de privación de libertad a un alférez del servicio de interior del centro penitenciario núm. 8 por llevar al suicidio a un recluso. Mediante sentencia del Tribunal del Distrito de Soligorsk de la provincia de Minsk, de 31 de agosto de 2015, un expolicía del centro de detención especializado del órgano regional de interior de Soligorsk fue condenado a cuatro años de privación de libertad con la privación del grado de sargento y la inhabilitación durante cinco años por haber causado deliberadamente lesiones corporales a un detenido. Además, la Sección Municipal de Zhodino del Comité de Investigación inició actuaciones penales en virtud del párrafo 2 del artículo 162 del Código Penal (desempeño inadecuado de las obligaciones profesionales por un trabajador médico, que ha entrañado por negligencia la muerte de un paciente) por el fallecimiento de I. S. Barnashinsky, habitante de Slutsk, en la cárcel núm. 8 de la ciudad de Zhodino. La fase de instrucción de esta causa penal seguía abierta.

123.El 15 de mayo de 2013, Igor Alexandrovich Ptichkin fue condenado por el Tribunal del distrito Zavodsky de la ciudad de Minsk en virtud del artículo 417 del Código Penal a tres meses de detención. En el establecimiento del centro de prisión preventiva núm. 1 de la Dirección del Departamento de Minsk y la Provincia de Minsk fue tratado desde el 30 de julio de 2013, con el diagnóstico de dependencia de estupefacientes y síndrome de abstinencia. El 4 de agosto de 2013 I. A. Ptichkin murió en la enfermería del centro de prisión preventiva. La causa provisional del fallecimiento fue insuficiencia cardíaca aguda.

124.El 26 de septiembre de 2013, la Dirección del Comité de Investigación de la ciudad de Minsk inició actuaciones penales en virtud del artículo 162, párrafo 2, del Código Penal contra A. V. Krylov, auxiliar médico de la enfermería del centro de prisión provisional núm. 1. El 21 de octubre de 2016 el Tribunal condenó al paramédico A. V. Krylov a tres años de privación de libertad en una colonia residencial de régimen abierto, que posteriormente se redujo en dos meses. Además, se prohíbe al paramédico del centro de prisión preventiva ocupar cargos en centros sanitarios y trabajar en las instituciones del sistema penitenciario.

Cuestión 13

125.El derecho internacional no prohíbe universalmente la aplicación de la pena de muerte. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Belarús es parte, establece ciertas restricciones del uso de la pena capital: “solo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos; no se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez” (artículo 6 del Pacto).

126.En Belarús se han impuesto unas restricciones sobre la aplicación de la pena de muerte todavía más estrictas que las del Pacto Internacional: la pena capital no se puede aplicar a las personas que hayan delinquido y sean menores de 18 años, ni a todas las mujeres y todos los hombres que el día en que se dictó la sentencia hayan cumplido 65 años.

127.Puede imponerse una sanción excepcional por ciertos delitos especialmente graves relativos a la privación premeditada de la vida con circunstancias agravantes (por ejemplo, para iniciar o librar una guerra de agresión (artículo 122, párrafo 2, del Código Penal), los actos de terrorismo (artículo 124, párrafo 2, artículo 126, párrafo 3, y artículo 289, párrafo 3, del Código Penal), genocidio (artículo 127 del Código Penal), delitos contra la seguridad de la humanidad (artículo 128 del Código Penal), utilización de armas de destrucción en masa (artículo 134 del Código Penal), violación de las leyes y usos de la guerra (artículo 135, párrafo 3, del Código Penal), asesinato (artículo 139, párrafo 2, del Código Penal), entre otros). En ninguno de los artículos del Código Penal que sanciona con la pena de muerte esa sanción es la única posible.

128.En la legislación nacional de Belarús, en particular en la Constitución, se establece el carácter provisional de la aplicación de la pena de muerte. Hasta su abolición, la pena de muerte podrá imponerse de conformidad con la sentencia de un tribunal como medida excepcional en caso de delitos de especial gravedad que entrañen la privación premeditada de la vida con circunstancias agravantes.

129.La República de Belarús tiene una posición internacional ponderada sobre la aplicación de la pena de muerte. Durante el examen en la Asamblea General de las Naciones Unidas de la resolución acerca de una moratoria sobre la pena de muerte, Belarús tradicionalmente se abstiene.

130.En el refer e ndum de 1996, la mayoría de los belarusos prefirieron mantener la pena capital. Las encuestas sociológicas indican que la pena de muerte se percibe de forma diferente en la sociedad, y que sigue habiendo un importante número de partidarios de mantenerla. Por este motivo, se está trabajando con la población para explicar las tendencias internacionales en relación con la aplicación de la pena de muerte. En 2016 en Minsk, junto con las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, se celebraron dos reuniones importantes sobre esta cuestión: la Conferencia Internacional “La pena de muerte: tendiendo puentes” (10 de marzo) y la Conferencia “La abolición de la pena de muerte y la opinión pública” (13 de diciembre).

131.En dos ciclos del examen periódico universal sobre los derechos humanos, Belarús aprobó una serie de recomendaciones relativas al examen de la posibilidad de establecer una moratoria sobre la pena de muerte.

132.Desde febrero de 2010, en la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús se reúne un grupo de trabajo para estudiar la cuestión de la pena de muerte como sanción utilizada en Belarús.

133.Desde 2000, la aplicación del castigo excepcional es raro en Belarús. Si en tres años entre 1997 y 1999 se condenó al castigo excepcional a 106 personas, en un período de 16 años, de 2000 a 2016, fueron condenadas a muerte 54 personas. En los últimos años, fueron condenadas 12 personas al castigo excepcional.

Año

2011

2012

2013

2014

2015

2016

Número de personas

3

0

2

2

1

4

134.La imparcialidad del procedimiento judicial se garantiza mediante la independencia del poder judicial y un procedimiento claramente regulado por la legislación de procedimiento penal. En las causas penales contra las personas acusadas de delitos castigados con la pena de muerte, la participación del abogado defensor es obligatoria (no se acepta la negativa de contar con un abogado del imputado o procesado).

135.De conformidad con el artículo 354, párrafo 4, del Código de Procedimiento Penal una sanción excepcional podría imponerse al procesado declarado culpable solo tras una decisión unánime de los jueces del tribunal.

136.De conformidad con el artículo 370, párrafo 5, del Código de Procedimiento Penal, las sentencias del Tribunal Supremo de la República de Belarús no pueden ser objeto de apelación y entran en vigor una vez dictadas.

137.De acuerdo con el artículo 399, párrafo 2, del Código de Procedimiento Penal, la sentencia, el dictamen o la resolución de un tribunal no pueden ser objeto de recurso o apelación y entran en vigor en el momento de su formulación.

138.Al mismo tiempo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 408 del Código de Procedimiento Penal, los encausados o absueltos, sus defensores y representantes legales, las víctimas, los demandantes civiles o sus representantes tienen derecho a presentar una queja mediante el procedimiento de control de las garantías procesales de las sentencias que han entrado en vigor, los dictámenes o resoluciones, incluso las del Tribunal Supremo. Los motivos de la revisión (artículo 389 del Código de Procedimiento Penal) son uniformes para verificar la legitimidad de las penas que aún no han entrado en vigor o que ya son firmes.

139.De acuerdo con el artículo 407 del Código de Procedimiento Penal, los casos penales de recursos contra las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo son tratados por la Presidencia del Tribunal Supremo, y los recursos contra los dictámenes de la Presidencia del Tribunal Supremo, por el pleno del Tribunal Supremo. Esta fase de verificación de la legitimidad de las decisiones judiciales se introdujo mediante la Ley, de 18 de julio de 2011, de modificación de determinados códigos de la República de Belarús sobre la mejora del marco jurídico para la revisión de las sentencias judiciales, con miras a establecer un instrumento más eficaz para la protección judicial de los derechos y libertades de los ciudadanos.

140.Por consiguiente, las personas condenadas a muerte tienen iguales derechos y oportunidades de apelación que otras personas inculpadas por delitos.

141.Durante la lectura de la sentencia, si el procesado fue condenado a la pena excepcional, la pena capital, el presidente le explicará el derecho a solicitar el indulto después de que la sentencia haya entrado en vigor (artículo 365, párrafo 5, del Código de Procedimiento Penal).

142.Después de que la sentencia haya entrado en vigor, los encausados, de conformidad con el artículo 174, párrafo 2, apartado 1, del Código Penitenciario, tienen derecho a dirigir una petición de indulto según el procedimiento establecido.

143.De conformidad con el artículo 59, párrafo 3, del Código Penal, después del indulto la pena de muerte puede ser conmutada por la de cadena perpetua.

144.El Jefe de Estado concede el indulto (artículo 84, párrafo 19, de la Constitución). El derecho de solicitar el indulto se ejerce en el marco del Reglamento del procedimiento de indulto en la República de Belarús, la exención de responsabilidad penal de las personas que han contribuido a descubrir y eliminar las consecuencias de un delito, aprobado por el Decreto Presidencial de 4 de diciembre de 1994 núm. 250.

145.La sentencia de la pena de muerte que ha entrado en vigor solo puede cumplirse después de la recepción de los informes oficiales de la desestimación de las quejas presentadas mediante el procedimiento de control de las garantías procesales y una petición de indulto.

146.El artículo 176 del Código Penitenciario prevé la posibilidad de suspensión de la pena de muerte. Si el condenado a muerte da muestras de trastorno mental, la administración de la institución organiza un reconocimiento médico por una comisión integrada por tres médicos especialistas, después del cual se levanta un protocolo. En caso de que se determine una enfermedad mental que priva al encausado de la capacidad de ser consciente de sus actos, la pena de muerte no se ejecuta y el protocolo del examen médico se envía al tribunal que dictó la sentencia. En este caso, el tribunal suspenderá la ejecución de la pena de muerte y decidirá la cuestión de la imposición al encausado de una medida coercitiva de seguridad y de un tratamiento, según el procedimiento prescrito por el Código Penal. En el caso de la recuperación del encausado, la aplicación de la pena de muerte o la posibilidad de sustituirla por otra sanción será resuelta por el tribunal que dictó la sentencia.

Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanoso degradantes (art. 7)

Cuestión 14

147.La tortura está prohibida en la República de Belarús. Con arreglo al artículo 25 de la Constitución, nadie puede ser sometido a torturas ni tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

148.La legislación y la práctica de procedimiento penal se basan en una estricta observación de las garantías de protección del encausado o detenido contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

149.Con el fin de velar por los derechos de los encausados y las personas detenidas y prevenir los actos de tortura y los tratos crueles e inhumanos con respecto a ellos, la Fiscalía General inspecciona los centros de detención y los centros penitenciarios, ofrece una línea telefónica de confianza, recibe regularmente a las personas encausadas y detenidas, organiza entrevistas con los antiguos condenados a fin de obtener información sobre posibles actos de tortura y violencia cometidos durante su detención y el cumplimiento de la pena, y las unidades especializadas de los centros de prisión preventiva y los centros penitenciarios analizan los motivos por los que se infligen daños corporales. Si existen indicios de infracción, el servicio de inspección de la Fiscalía decide realizar inspecciones.

150.En 2014 la Fiscalía hizo 1.712 inspecciones en los centros del sistema penitenciario del país, tras las cuales se adoptaron 585 medidas de intervención fiscal. Se enjuició a 145 empleados de las fuerzas del orden por vulneraciones de la ley.

151.Según el artículo 21, párrafos 1 y 2, del Código Penitenciario, las asociaciones civiles pueden supervisar las actividades de los órganos e instituciones de aplicación de penas y otras sanciones penales; las asociaciones civiles participan en la rehabilitación de los encausados y prestan asistencia en la labor de los órganos e instituciones penitenciarias y otras sanciones penales.

152.De conformidad con la resolución del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 15 de septiembre de 2006 núm. 1220, Belarús cuenta con comisiones de supervisión civil, que controlan las actividades de los órganos e instituciones penitenciarios.

153.La reclusión de todos los internos del centro de prisión preventiva del Comité de Seguridad del Estado (KGB) se ajusta al procedimiento y las condiciones establecidos por la legislación de la República de Belarús. Desde 2011 hasta la fecha no se ha recluido en el centro de prisión preventiva del KGB a ningún imputado, procesado o encausado por la comisión de un delito tipificado en el artículo 293 del Código Penal.

154.De conformidad con de artículo 13, párrafo 4, del Código Penitenciario, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley de Procedimiento y Condiciones de la Prisión Preventiva, de 16 de junio de 2003 núm. 215-Z, las propuestas, solicitudes y quejas de los condenados a penas de detención, prisión, cadena perpetua y pena de muerte, además de las personas en detención provisional, dirigidas a los órganos de control del Estado y la supervisión de las instituciones penitenciarias, no son objeto de censura y en un plazo de 24 horas se envían al destinatario (con exclusión de los días feriados, fiestas nacionales y días de fiesta establecidos y anunciados por el Presidente de Belarús como no laborables).

155.Las decisiones adoptadas sobre las comunicaciones se transmiten a los solicitantes por conducto de la administración de los centros del sistema penitenciario.

156.Todos los incidentes de lesiones corporales ocasionados a encausados o detenidos son objeto de verificación de conformidad con la legislación de la República de Belarús, y se adoptan medidas para eliminar las causas y condiciones que contribuyen al incidente.

Cuestión 15

157.De acuerdo con la Ley de 5 de enero de 2015 de Modificación del Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código Penitenciario, el Código de Infracciones Administrativas y el Código de Procedimiento Administrativo, el artículo 128 del Código Penal se complementa con una nota que proporciona una definición clara del concepto de “tortura”:

158.“Se entiende por tortura todo acto con el que se inflija premeditadamente un gran dolor o sufrimiento físico o mental a una persona con el propósito de obligar a esta persona o un tercero a actuar en contra de su voluntad, en particular para obtener de ellos información o una confesión, así como para castigarlos, con otros propósitos o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dicho dolor o sufrimiento sean infligidos por un funcionario público que actúe con carácter oficial, haciendo uso de sus funciones, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia. Esta definición no incluye el dolor o el sufrimiento que sean consecuencia del uso de medidas de coacción procesal o legítima de otra índole”.

159.En la actualidad, la responsabilidad penal por los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes está prevista en los artículos 128 (Delitos contra la seguridad de la humanidad) y 394 (Coacción para declarar) del Código Penal.

160.El artículo 128 del Código Penal establece una pena de privación de libertad de 7 a 25 años, cadena perpetua o pena de muerte, y el artículo 394, párrafo 1, prevé una pena de inhabilitación para ocupar determinados cargos o realizar ciertas actividades, o limitación de la libertad hasta 3 años o privación de la libertad durante el mismo plazo con o sin inhabilitación para ocupar determinados cargos o realizar ciertas actividades; el párrafo 2 prevé una pena de privación de libertad de 2 a 7 años con o sin inhabilitación para ocupar determinados cargos o realizar ciertas actividades; y el párrafo 3 establece una pena de privación de libertad de 3 a 10 años con o sin inhabilitación para ocupar determinados cargos o realizar ciertas actividades.

161.La Fiscalía General no ha recibido denuncias de torturas o malos tratos, en particular contra Alexander Kozulin, Andrei Sannikov y Ales Mikhalevich, ni información o comunicación sobre graves malos tratos físicos y psicológicos contra las personas que hayan transmitido comunicaciones a las autoridades competentes sobre la utilización de la tortura.

162.De 2011 a 2016 no hubo encausados en virtud de los artículos 128 y 394 del Código Penal 2011.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (art. 8)

Cuestión 16

163.En Belarús se tipifica la explotación laboral de personas conforme a lo dispuesto en los siguientes artículos del Código Penal: el artículo 181 “Trata de personas” (pena de 3 a 15 años de privación de libertad); el artículo 181-1 “Utilización del trabajo en condiciones de esclavitud” (pena de 2 a 12 años de privación de libertad); el artículo 182 “Secuestro (si los actos se cometen para la explotación de personas)” (pena de 5 a 15 años de privación de libertad); y el artículo 187 “Actos ilícitos relacionados con el empleo de ciudadanos belarusos en el extranjero (si estos hechos dieron lugar a la explotación en el extranjero)” (pena de 3 a 8 años de privación de libertad).

164.De 2002 a 2015, se detectaron 5.222 víctimas de trata de personas (4.617 víctimas de explotación sexual, 602 víctimas de explotación laboral, y 3 víctimas de la extracción de órganos).

165.Con el fin de informar mejor a los ciudadanos sobre la lucha contra la trata y la seguridad de la salida al extranjero para el empleo, el Ministerio del Interior ha establecido una línea telefónica directa. Atienden esta línea organizaciones no gubernamentales: Perspectiva de Género (Programa La Strada Belarús) responde a las llamadas telefónicas en el territorio de Minsk y Vítebsk de las provincias de Minsk y Moguilyov; el Club de Mujeres Empresarias, en el territorio de las provincias de Brest, Gómel y Grodno.

166.En el Departamento de Ciudadanía y Migración del Ministerio del Interior está activa una línea telefónica directa, a la que en 2015 se dirigieron con consultas sobre empleo en el extranjero 1.280 personas, y en 2016, 1.157 personas.

167.Las medidas para prevenir la trata de personas establecen legislativamente la concesión de tipos de licencias para actividades durante las cuales pueden surgir condiciones para la trata de personas y/o la explotación. Los requisitos pertinentes se presentan a las actividades de las agencias de modelos y las dedicadas a actividades turísticas.

168.De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, de 7 enero de 2012 núm. 350-Z, se establecen licencias para las actividades relacionadas con el empleo de ciudadanos belarusos fuera de Belarús, los ciudadanos extranjeros y los apátridas que residan permanentemente en la República, con la recopilación y difusión, incluida Internet, de información sobre las personas físicas que quieren conocerse (actividades de las agencias matrimoniales).

169.La República de Belarús es parte en todas las convenciones universales de las Naciones Unidas que tienen por objeto combatir la trata de personas. El 26 de noviembre de 2013 Belarús se adhirió al Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos.

170.En Belarús se ha establecido un mecanismo para detectar y ayudar a las víctimas de la trata de personas. El 16 de diciembre de 2014 se aprobó la Ley de Modificaciones de la Ley de la República de Belarús de Lucha contra la Trata de Personas. La Ley determina el marco para identificar y remitir a las víctimas de la trata a la rehabilitación. De conformidad con esta Ley, el Consejo de Ministros adoptó la Resolución núm. 485, de 11 de junio de 2015, por la que se aprueba el Reglamento sobre el Procedimiento de Identificación de las Víctimas de la Trata, la Cumplimentación y el Modelo del Formulario para Presuntas Víctimas del Delito de Trata o Delitos Conexos y la Exposición de la Información. Dicho Reglamento, entre otras cosas, determina claramente la función de las autoridades públicas, las asociaciones no gubernamentales y las organizaciones internacionales en el proceso de identificación y remisión de las víctimas de la trata y de prestación de asistencia a ellas; y establece un procedimiento unificado para la identificación de las víctimas de la trata y un cuestionario para trabajar con ellas.

171.De conformidad con la legislación, tienen derecho a recibir asistencia dos categorías de ciudadanos: 1) las víctimas de la trata, y 2) las personas que pudieron ser víctimas de la trata o de delitos conexos.

172.Las víctimas de la trata tienen la posibilidad de obtener asistencia de forma indefinida. El procedimiento para la obtención de un tipo de asistencia se rige por los reglamentos departamentales del Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Trabajo y Protección Social.

173.Las personas que hayan podido ser víctimas de la trata de personas y de delitos conexos pueden recibir rehabilitación durante 30 días y reflexionar sobre la decisión de recurrir a las autoridades judiciales. La rehabilitación de esas personas se realiza independientemente de su participación en las actuaciones penales.

174.En la administración central del Ministerio del Interior, el Departamento Central de Interior del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk y todos los Departamentos del Interior de los Comités Ejecutivos Provinciales hay personal superior designado que conoce el algoritmo de los actos durante la identificación y la remisión de las víctimas de la trata.

175.Para la recualificación de los profesionales de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en cuanto a la identificación y la asistencia a las víctimas de la trata de personas se recurre a la capacidad del Centro internacional docente para la capacitación, la recualificación profesional y la formación continua en materia de migración y lucha contra la trata de personas de la Academia del Ministerio del Interior, que es al mismo tiempo la institución básica de formación especializada de los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI).

176.En 2016 en ese Centro se llevó a cabo una serie de actividades docentes para los funcionarios de orden público, las asociaciones civiles y otras organizaciones interesadas en la identificación de las víctimas de la trata. Los organismos territoriales de orden público, para el desempeño de sus funciones, recibieron recomendaciones prácticas relativas al descubrimiento e identificación de las víctimas de la trata de personas.

177.En el marco de un proyecto conjunto con la Organización Internacional para las Migraciones de asistencia técnica internacional para fortalecer la capacidad nacional en la esfera de la lucha contra la trata de personas en la República de Belarús, anualmente en todos los centros provinciales en Belarús y la ciudad de Minsk se organizan reuniones multidisciplinarias de grupos de trabajo encargados de la identificación, la remisión y la reinserción de las víctimas de la trata. A fin de mejorar las actividades de los grupos de trabajo sobre la identificación de las víctimas de la trata o de los ciudadanos que han podido ser víctimas de la trata de personas o delitos conexos, así como la remisión, asistencia y la repatriación al país de origen, en todas las provincias de Belarús se difundieron recomendaciones metodológicas para la identificación, la remisión y la asistencia a las víctimas de la trata, que constituyen instrucciones, paso a paso, sobre cada uno de los aspectos del trabajo y contienen formularios elaborados que simplifican la labor de los profesionales en cada etapa del trabajo con las víctimas.

178.Para aumentar la disponibilidad de los servicios de refugio temporal, en los presupuestos locales va ampliándose la red de “salas de crisis”. En la República, al 1 de enero de 2017 había 124 “salas de crisis” abiertas. En 2016, los ciudadanos que podían haber sufrido de la trata, no se alojaban en las “salas de crisis”. Al mismo tiempo, en 2016 los órganos de trabajo, empleo y protección social prestaron asistencia a 12 ciudadanos que podían haber sido víctimas de la trata de personas o delitos conexos.

179.La prestación de asistencia médica a las víctimas de la trata se realiza de conformidad con la Resolución del Ministerio de Salud de la República de Belarús, de 28 de abril de 2012 núm. 41, que establece una lista de los servicios de salud necesarios, proporcionados por organizaciones de salud pública, incluso en régimen de hospitalización, para las víctimas de la trata, con independencia de su lugar de residencia permanente. La lista incluye la prestación de servicios de diagnóstico, tratamiento en ambulatorios u hospitalarios de las enfermedades agudas y crónicas agravadas, vacunación preventiva por indicios de epidemia, examen psiquiátrico, prestación de servicios de salud mental y prestación de asistencia médica de emergencia.

180.Entre 2000 y 2015 se descubrieron en Belarús 687 casos de trata de personas y 3.207 de delitos conexos.

3.894 delitos, de los cuales

3.760 se referían a la explotación sexual de las víctimas

133 a la explotación laboral

1 a extracción de órganos y tejidos

181.De los 99 delitos descubiertos en 2015, 97 estaban relacionados con la explotación sexual de las víctimas, y 2, con la explotación laboral.

182.En Belarús se ha registrado una reducción del alcance de la trata: en 2005 se detectaron 159 casos de trata de personas; en 2008, 69; en 2010, 39; en 2013, 6; en 2014, 0; y en 2015, 1. Sin embargo, en esos años se descubrió el siguiente número de delitos relacionados con la trata de personas: en 2005, 210; en 2008, 141; en 2010, 178; en 2013, 65; en 2014, 50; y en 2015, 98.

183.De 2005 a 2015 fueron procesadas por trata y delitos conexos 766 personas. El número principal de encausados por delitos relacionados con la trata de personas fueron procesados en virtud del artículo 171 del Código Penal (Organización y/o utilización de la prostitución o creación de las condiciones necesarias para el ejercicio de la prostitución): en 2005, 78 personas; en 2006, 51; en 2007, 43; en 2008, 66; en 2009, 41; en 2010, 71; en 2011, 36; en 2012, 20; en 2013, 24; en 2014, 21; en 2015, 25; y en 2016, 38.

184.Desde 2011 se inició una disminución importante del número de delitos descubiertos y personas encausadas por la trata y delitos conexos. Este año se condenó a 38 traficantes y proxenetas, tres veces menos que en los años 2005 y 2006. La disminución de los delitos se produjo a causa de la modificación de la legislación, incluido el aumento de la responsabilidad penal por la trata de personas y los delitos conexos.

185.De 2008 a 2013 fueron procesados muchos traficantes extranjeros, que llegaron a Belarús con “mercancía viva”. Por ejemplo, en 2013 fueron encausados por trata de personas y delitos conexos 18 nacionales extranjeros (10 de Rusia, 2 de Alemania, 2 de Polonia, 1 de Chequia, 1 de Lituania, 1 de Letonia y 1 de Moldova).

186.Los delincuentes actuales tratan de no cometer actos que constituyan trata de personas por el conjunto de indicios. Cometen delitos muy cercanos a la trata, pues solo por trata se castiga con penas de hasta 15 años de privación de libertad y solo la trata es punible independientemente del lugar de comisión del acto (tiene las características de la extraterritorialidad en el Código Penal de la República de Belarús). Muchos traficantes se han reciclado en proxenetas: se abstienen de usar la violencia contra sus trabajadoras en el extranjero y tratan de cumplir las condiciones de trabajo inicialmente estipuladas. En tales casos iniciar actuaciones penales por trata de personas no resulta posible. En esos casos se enjuicia a los delincuentes por la organización o uso de la prostitución o bien creación de las condiciones para ejercer la prostitución (artículo 171 del Código Penal, pena máxima: diez años de privación de libertad) o incorporación a la prostitución o bien coacción para continuar ejerciendo la prostitución (artículo 171-1 del Código Penal, pena máxima: diez años de privación de libertad). Además, los delincuentes demuestran ser muy prudentes y aplican medidas más fuertes de ocultación.

187.Por dichas razones, en 2015 se descubrió solo 1 caso de trata y 98 delitos relacionados con la trata de personas. En 2016 se descubrieron 152 delitos relacionados con la trata de personas y 1 caso de trata. Fueron encausadas 2 personas por la comisión del delito tipificado en el artículo 171-1 del Código Penal.

188.La responsabilidad por la incitación a la prostitución o la coacción para seguir ejerciendo la prostitución está establecida en el artículo 171-1 del Código Penal. Por este delito se condenó a unas cuantas personas: en 2013, a 1 persona; en 2014, a 2; en 2015, a 1; y en 2016, a nadie.

189.El ejercicio de la prostitución es punible por la vía administrativa con arreglo al artículo 17.5 del Código de Infracciones Administrativas. Los tribunales ordinarios de la República de Belarús de 2011 a 2016 examinaron 8.105 casos de infracciones administrativas con arreglo al artículo 17.5 del Código de Infracciones Administrativas (en 2011, 874 casos; en 2012, 1.305; en 2013, 1.184; en 2014, 1.442; en 2015, 1.801; y en 2016 1.499 casos). A consecuencia del examen de los asuntos, se impusieron sanciones administrativas a 7.129 personas (en 2011, a 763 personas; en 2012, a 1.049; en 2013, a 1.006; en 2014, a 1.307; en 2015, a 1.662; y en 2016, a 1.342 personas).

Libertad y seguridad personales y trato humano de las personas privadas de libertad (arts. 9 y 10)

Cuestión 17

190.De conformidad con la legislación vigente, durante la instrucción preparatoria, las medidas de detención provisional, arresto domiciliario o libertad bajo fianza pueden ser utilizadas por personas facultadas para ello (el fiscal o su adjunto o por el Presidente del Comité de Investigación, el Presidente del Comité de Seguridad del Estado de la República de Belarús o las personas que desempeñen sus funciones o por el órgano de instrucción o el instructor del sumario o su adjunto con la autorización del fiscal), y durante la vista de la causa, por el tribunal (artículo 119 del Código de Procedimiento Penal).

191.La detención es una de las medidas coactivas (medidas cautelares) que se aplica a un imputado o procesado para impedir que cometan actos socialmente peligrosos establecidos en la legislación penal o actos que impidan el proceso judicial penal, así como para garantizar el cumplimiento de una condena (artículo 116 del Código de Procedimiento Penal).

192.Además de la detención, puede aplicarse medidas cautelares como el compromiso de no abandonar el lugar de residencia y la buena conducta, la caución personal, el traslado de la persona sujeta a la jurisdicción militar bajo la vigilancia de la comandancia de una unidad militar, la colocación de un menor bajo supervisión, la fianza y el arresto domiciliario.

193.La decisión de aplicar una medida preventiva a un imputado o procesado deberá tener en cuenta la naturaleza de la sospecha o la acusación, la personalidad del imputado o procesado, su edad y estado de salud, la ocupación, la situación familiar y patrimonial, la existencia de un lugar de residencia permanente y otras circunstancias.

194.Si no hay necesidad de utilizar medidas preventivas, se requiere del imputado o procesado un compromiso por escrito de comparecer al ser convocado por el órgano encargado del proceso penal.

195.De conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, el imputado tiene derecho a apelar ante el tribunal contra la detención, la prisión preventiva, el arresto domiciliario o la medida de internamiento forzado en un establecimiento psiquiátrico (psiconeurológico) para un análisis de expertos, así como a presentar quejas contra las acciones y decisiones del órgano encargado del proceso penal.

196.El procedimiento para tramitar las quejas de dicha categoría se establece en el capítulo 16 del Código de Procedimiento Penal. De conformidad con el artículo 143 del Código de Procedimiento Penal, las quejas de las personas en detención policial, la detención, el uso de la prisión preventiva como medida cautelar y la prórroga de la detención se presentan al tribunal a través de la administración del centro de detención preventiva. Las quejas de las personas sometidas a arresto domiciliario y de otras personas sobre la detención, la aplicación de medidas cautelares en forma de prisión preventiva, arresto domiciliario o prolongación de la prisión preventiva y el arresto domiciliario se elevan al órgano encargado del proceso penal.

197.La administración del centro de detención preventiva, en el plazo de 24 hora después de la recepción de una queja debe transmitirla al órgano encargado del proceso penal, notificando al denunciante, al Fiscal, al Presidente del Comité de Investigación, al Presidente del Comité de Seguridad del Estado de Belarús o a las personas que desempeñen sus funciones y al tribunal que tomó la decisión de imponer medidas cautelas en forma de detención o prórroga del plazo de detención.

198.Las quejas pueden presentarse oralmente o por escrito. Las quejas orales serán incluidas en el protocolo firmado por el denunciante y el funcionario que ha recibido la queja. La queja podrá estar acompañada por documentos adicionales.

199.En 2016 en los tribunales de jurisdicción ordinaria de la República de Belarús se tramitaron 48.080 causas penales, y 15.091 (el 31,4%) imputados estuvieron detenidos en prisión preventiva.

200.En 2015, en los casos penales investigados por los instructores del Comité de Investigación de la República de Belarús y remitidos al Fiscal para su traslado al tribunal se dictaron 48.193 autos de procesamiento. De esta cifra, se aplicó a 13.447 imputados (el 27,9%) la prisión provisional. La medida cautelar en forma de compromiso a no abandonar el lugar de residencia y buena conducta se aplicó al 62,3% de los imputados; caución personal, al 1,6%; arresto domiciliario, al 1,1%; colocación del menor bajo supervisión, al 1%; fianza, al 0,3%; el traslado de personas sujetas a la condición de militar bajo la vigilancia de la comandancia de una unidad militar, al 0,1%.

201.Además, se establecen límites para la prisión preventiva como medida cautelar (artículo 127 del Código de Procedimiento Penal), se regula la verificación judicial de la legalidad y justificación de las medidas de detención, prisión preventiva, arresto domiciliario o prolongación de la duración de la prisión preventiva y del arresto domiciliario (artículo 144 de dicho Código).

202.La duración de la detención provisional y el procedimiento de su prórroga se establecen en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal. La prórroga de la detención preventiva durante más de 6 meses se permite únicamente respecto de las personas acusadas de delitos graves o especialmente graves, así como las personas que hayan cometido delitos en el territorio de la República de Belarús y no tienen residencia permanente en la República, si hay motivos para creer que podrían huir de la instrucción y el tribunal fuera de la República de Belarús, así como las personas detenidas en un Estado extranjero en relación con la extradición a Belarús para su enjuiciamiento. En este caso, la prórroga de la detención corresponde a los Fiscales Generales Adjuntos de Belarús y puede prolongarse hasta 12 meses, y el Fiscal General de la República o la persona que desempeñe sus funciones, durante un período de hasta 18 meses.

203.A los tribunales de jurisdicción ordinaria de la República de Belarús en 2011 se presentaron 675 quejas por la modificación de la medida cautelar y fueron satisfechas 44 (el 6,5% del total de las quejas), en 2012, de 485 quejas 22 fueron satisfechas (el 4,5%); en 2013, de 582 quejas se satisficieron 32 (el 5,5%); en 2014, de 716 quejas 29 fueron satisfechas (el 4,1%); en 2015, de 839 quejas fueron satisfechas 31 (el 3,75%), y en 2016, de 797 fueron satisfechas 23 (el 2,9%).

Cuestión 18

204.Para reprimir las infracciones administrativas, establecer la identidad de la persona contra la cual se desarrolla un proceso administrativo, levantar un protocolo de la infracción administrativa, garantizar el examen oportuno y adecuado y aplicar las resoluciones sobre las infracciones administrativas, el Código de Procedimiento Administrativo permite el uso de medidas de garantía del procedimiento administrativo, incluida la detención administrativa de una persona física (art. 8.1). Dicho Código define el procedimiento para la aplicación de la medida.

205.Al mismo tiempo, la detención administrativa de una persona involucrada en un proceso administrativo puede ser recurrida ante el fiscal o el tribunal de distrito (municipal) (artículo 7.2 del Código).

206.En la legislación belarusa no se contempla el uso de medidas tales como las detenciones preventivas, las detenciones administrativas y la detención provisional arbitraria antes de importantes acontecimientos políticos o sociales.

207.No se utilizan con fines punitivos o por cualesquiera razones que no sean de carácter médico la hospitalización y el tratamiento psiquiátricos. Según las disposiciones de la Ley de Asistencia Psiquiátrica, de 7 de enero de 2012, el internamiento de pacientes en hospitales psiquiátricos se produce exclusivamente para prestar servicios de salud mental, que incluye la prevención, el diagnóstico, el tratamiento de los trastornos (enfermedades) mentales y la rehabilitación médica de los pacientes.

208.Mediante la decisión del Tribunal de Distrito de Vítebsk se concedió la petición del Centro Clínico Provincial de Psiquiatría y Narcología de Vitebsk, de 21 de agosto de 2013, sobre la hospitalización y el tratamiento forzados en condiciones de un hospital psiquiátrico de I. A. Postnov debido al desarrollo de la enfermedad mental de trastorno de la personalidad. En las conclusiones del consejo asesor médico del mencionado centro de salud, de 16 de agosto de 2013 núm. 725, se observa que I. A. Postnov padece una enfermedad mental (diagnóstico: trastorno paranoico de la personalidad, descompensación). El paciente fue examinado: se hizo una tomografía magnetoscópica del cerebro y se concluyó que tenía modificaciones subatróficas del cerebro y una hidrocefalia interna no oclusiva. Su estado psíquico es un peligro para él mismo, y abandonarlo sin asistencia médica puede causar daños considerables a su salud a consecuencia del empeoramiento del estado psíquico. Por tanto, el paciente necesita hospitalización y tratamiento involuntarios. I. A. Postnov apeló contra la decisión dictada ante el Tribunal de Casación, pero mediante dictamen de la Sala de lo Civil del Tribunal Provincial de Vítebsk, de 12 de septiembre de 2013, se confirmó la decisión médica y el recurso de casación I. A. Postnov se desestimó. El Tribunal Provincial de Vítebsk y el Tribunal Supremo de la República de Belarús reclamaron la causa para realizar el control de las garantías procesales.

209.Teniendo en cuenta la información del Comité de Derechos Humanos con respecto a la posible violación de los derechos e intereses legítimos de A. Ch. Kasheusky, siguiendo instrucciones de la Fiscalía General de la ciudad de Zhodino, se están llevando a cabo las medidas pertinentes de verificación que hasta la fecha no han concluido. Una vez acabada la verificación, se podrá proporcionar información más detallada sobre esta cuestión.

Cuestión 19

210.Las personas mencionadas en la cuestión como “presos políticos” violaron la legislación de la República de Belarús, debido a lo cual estaban cumpliendo las penas impuestas por los órganos judiciales.

211.El 22 de agosto de 2015, partiendo del principio humanista, el Presidente de la República de Belarús adoptó la decisión de indultar y liberar de los centros de privación de libertad a Nickolay Dedka, Igor Olinevich, Nikalay Statkevich, Evgeny Vaskovich, Artem Prokopenko y Yury Rubtsov.

212.De conformidad con el artículo 60, párrafo 7, del Código Electoral de la República de Belarús, no pueden presentarse a candidatos a la Presidencia o diputados los ciudadanos que no tienen derecho a ocupar cargos en la administración del Estado ni en otros órganos estatales por tener antecedentes penales (el concepto y la duración de los antecedentes están establecidos por la legislación penal).

Cuestión 20

213.La mayoría de las instituciones del sistema penitenciario funciona de acuerdo con las normas establecidas del número máximo de población reclusa. Al 1 de enero de 2017, en los centros de privación de libertad había 35.890 reclusos, siendo el máximo autorizado de 37.460 personas.

214.Actualmente, el problema del hacinamiento existe en las colonias penitenciarias destinadas a albergar a las personas que cumplen penas de prisión por primera vez. Se están adoptando medidas para prevenir que las instalaciones del sistema penitenciario alberguen a un número de personas que sobrepase el límite máximo de la población reclusa.

215.En los centros penitenciarios se hace un esfuerzo sistemático por mejorar las condiciones de vida de los encausados y detenidos y para mejorar la situación sanitaria de las zonas residenciales, industriales y auxiliares.

216.Se está llevando a cabo la construcción de un nuevo complejo de edificios y edificaciones de un centro de prisión provisional y de un hospital nacional de medicina general. La construcción de la instalación se lleva a cabo en dos etapas: la primera, los edificios y construcciones del hospital nacional de medicina general, y la segunda, el edificio y las construcciones del centro de prisión provisional. Se prevé concluir las instalaciones de la primera etapa en 2018, y de la segunda, en 2020.

217.En los centros del sistema penitenciario se están realizando obras continuamente para el mantenimiento y la reparación de los edificios y construcciones. En 2015 se destinaron con este fin 25.100 millones de rublos y 19.200 millones de rublos, respectivamente.

218.La dotación de las personas que se encuentran en los centros de detención con productos alimentarios y artículos de higiene personal se lleva a cabo de acuerdo con las normas aprobadas por el Consejo de Ministros de la República de Belarús, de 21 de noviembre de 2006 núm. 1564, sobre la alimentación de las personas recluidas en centros de los órganos de orden público y centros especiales de los órganos de orden público que cumplen una sanción administrativa en forma de detención administrativa, en los centros del sistema penitenciario , y de los ciudadanos que se encuentran en centros de prevención y de tratamiento y trabajo del Ministerio de Interior, sobre las normas de dotación de artículos de higiene personal de las personas recluidas en centros penitenciarios y de los ciudadanos que se encuentran en centros de prevención y de tratamiento y trabajo del Ministerio de Interior.

219.Estas normas han sido elaboradas científicamente y responden a los siguientes requisitos básicos de la alimentación racional de una persona: la alimentación se prepara de acuerdo con la relación de productos aprobada por el director del establecimiento y se elabora de acuerdo con las normas y leyes departamentales y procedimientos fijos.

220.Antes de la distribución de los alimentos preparados, los trabajadores médicos junto con el asistente del director de la institución comprueban la calidad del plato preparado (se hace una prueba en cada olla), la correspondencia de los platos preparados con la relación de productos, la salida de los productos a las mesas y la condición sanitaria de los comedores, las vajillas, las instalaciones y el inventario. En el libro de registro del control de la calidad de la alimentación se consigna por separado una nota para el desayuno, el almuerzo y la cena. Está prohibido servir los alimentos sin la prueba del trabajador médico y sin la autorización del asistente del jefe de turno. Por tanto, los alimentos de mala calidad o preparados con productos de mala calidad no se sirven, y la forma de control existente garantiza que las categorías mencionadas de personas reciban todos los productos establecidos en las normas correspondientes.

221.La prestación de asistencia médica, la higiene y el trabajo contra las epidemias en los centros penitenciarios se organizan y se llevan a cabo de acuerdo con la legislación de la República de Belarús sobre la sanidad, así como el reglamento interno de los establecimientos penitenciarios y otras leyes y normas departamentales.

222.En cumplimiento de la Instrucción sobre Atención de la Salud de las Personas Recluidas en Instituciones del Sistema Penitenciario del Ministerio del Interior de la República de Belarús, aprobada mediante resolución del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud, de 27 de agosto de 2003 núm. 202/39, para prestar asistencia médica a la población reclusa se organizan enfermerías, hospitales y otros departamentos médicos de las instituciones penitenciarias, así como instituciones penitenciarias de tratamiento. La organización de la prestación de asistencia médica se lleva a cabo en virtud de las normas sociales mínimas para la atención de la salud establecidas en la legislación.

223.Si no existe la posibilidad de prestar atención médica urgente y planificada (en particular, atención especializada en oncología, cardiología, tisiología y otros campos de la medicina) en los centros del sistema penitenciario, los diagnósticos y tratamientos necesarios se llevan a cabo en los centros de salud estatales pertinentes.

224.Los presos en los centros del sistema penitenciario reciben atención médica, incluidos medicamentos con prescripción médica, de forma gratuita. Al mismo tiempo, la ley prevé la posibilidad de conceder a la población reclusa servicios de salud adicionales en las prisiones, aparte de las normas sociales mínimas del Estado para la atención de la salud, pagados por esa categoría de ciudadanos con recursos propios.

225.En la actualidad, en los centros penitenciarios y los centros preventivos de trabajo y tratamiento hay 35 unidades médicas (2.095 camas), incluidos dos hospitales nacionales para el tratamiento de los encausados (830 camas) y una salacuna (70 plazas).

226.En 2015, se destinaron al tratamiento con medicamentos de la población reclusa 15.187 millones de rublos, y se adquirió equipo médico por valor de 2.362,5 millones de rublos.

227.Se desplegaron considerables esfuerzos en la atención médica de la población reclusa para la aplicación de medidas en el marco del Programa Estatal de Lucha contra la Tuberculosis para 2010-2014 y en el marco del Programa Estatal de Prevención de la Infección por el VIH para 2011-2015.

228.El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior de la República de Belarús aprobaron una resolución conjunta, de 7 de julio de 2016 núm. 82/186, sobre medidas complementarias de asistencia médica para los pacientes infectados por el VIH en las dependencias médicas de las instituciones del sistema penitenciario, los centros preventivos de trabajo y tratamiento del Ministerio del Interior y otros centros médicos estatales. De conformidad con esa resolución, el Departamento Penitenciario del Ministerio del Interior supervisa el tratamiento de los encausados (pacientes) y su dotación con medicamentos antirretrovirales y sistemas de pruebas para el diagnóstico de la infección por el VIH. Además, desde 2017 el Ministerio de Salud ha determinado los centros para consultas médicas, así como de reconocimientos periódicos en dispensarios de las personas recluidas en instituciones del sistema penitenciario.

229.Las dependencias médicas del sistema penitenciario, así como el Servicio de Control Sanitario y Epidemiológico del Ministerio del Interior, de acuerdo con la Ley del Bienestar Sanitario y Epidemiológico de la Población, de 7 de enero de 2012, se encarga del control sanitario de la población reclusa.

230.El control sanitario es un sistema de vigilancia de las actividades destinadas a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los reclusos en los centros del sistema penitenciario, la profilaxis de las enfermedades mediante la prevención, así como la detección y represión de las infracciones de la legislación sanitaria y epidemiológica, en particular las normas, reglas y reglamentos sanitarios.

231.La situación sanitaria y epidémica en los centros penitenciarios (Minsk, Baránovichy, Novopólotsk, Ivantsévichy) es satisfactoria.

232.En Belarús despliegan actividades comisiones civiles de supervisión nacional (en todo el territorio de la República de Belarús) y locales (en el territorio de las provincias correspondientes y en la ciudad de Minsk) para vigilar las actividades de los órganos e instituciones penitenciarios. Las comisiones se constituyen entre los representantes de diversas asociaciones civiles cuyo objetivo estatutario o actividad es la protección de los derechos de los ciudadanos, incluida la promoción de la protección de los derechos de los encausados.

233.La labor de las comisiones de supervisión mejoró gracias a la incorporación de algunas modificaciones en la Resolución del Consejo de Ministros, de 15 de septiembre de 2006 núm. 1220, de la aprobación de la Disposición sobre el Procedimiento de Supervisión por las Asociaciones Civiles de las Actividades de los Órganos e Instituciones Penitenciarios y de otras Sanciones Penales:

Se estableció el derecho de los miembros de las comisiones a visitar a las personas recluidas en los centros penitenciarios sin la presencia de representantes de la administración del centro;

Se otorgó a las comisiones el derecho a solicitar a la administración de los centros la información y los documentos necesarios para llevar a cabo el control público y preparar conclusiones;

Se estableció el derecho de los miembros de las comisiones a encuestar a las personas recluidas en los centros penitenciarios;

Se otorgó a las comisiones de control el derecho a visitar no solo los centros penitenciarios, sino también los centros de prisión preventiva del sistema penitenciario que cumplen la función de centros penitenciarios en relación con las personas condenadas a privación de libertad;

Se previó la posibilidad de que los representantes de las asociaciones civiles internacionales registradas en la República de Belarús formaran parte de las comisiones de control junto con los representantes de las asociaciones civiles nacionales y locales;

Se simplificó el procedimiento para autorizar a las comisiones de control civil las visitas a los centros penitenciarios (anteriormente este procedimiento constaba de dos fases y requería la autorización de la visita tanto de la Dirección Provincial de Asuntos Internos como de la administración del centro penitenciario).

234.Durante el período de 2012 a 2016, representantes de las comisiones de control civil visitaron 30 centros del sistema penitenciario.

235.Cuando se visitan los centros penitenciarios, se examinan las condiciones de reclusión de los presos, la atención médica que reciben y la organización del esparcimiento y la formación, así como de la educación y el desarrollo ético, sociocultural, laboral y físico de los presos. Los miembros de las comisiones visitan las cocinas, los comedores, los baños y lavaderos, las bibliotecas, las salas para entrevistas y las salas de formación, entre otras instalaciones. Al examinar el funcionamiento de los centros también se entrevista a los presos.

236.Si, a raíz de las visitas realizadas por las comisiones de supervisión o de las comunicaciones escritas recibidas por estas comisiones, se señalan problemas relacionados con el cumplimiento de las condenas por los presos, estas incidencias se examinan y someten al Ministerio del Interior y otros órganos competentes, como el Ministerio de Trabajo y Protección Social (para incidencias sobre el aumento de la pensión) o el Ministerio de Salud (para cuestiones relacionadas con la atención médica), entre otras cuestiones.

237.Además, los empleados de la Fiscalía inspeccionan periódicamente la actividad de los centros de detención y los centros penitenciarios y las condiciones de reclusión; asimismo, visitan las celdas y se entrevistan con los reclusos (detenidos).

238.De conformidad con el artículo 10 de la Ley del Procedimiento y las Condiciones de Detención (en adelante, la Ley), las personas privadas de libertad tienen derecho a:

Presentar peticiones, propuestas, denuncias y quejas, incluso ante un tribunal, sobre la legalidad y validez de su detención y la violación de sus derechos e intereses legítimos;

Solicitar una entrevista personal con el jefe de administración del centro de detención y personas facultadas por este, así como con la persona que controla las actividades de los centros de detención, cuando dichas personas se encuentran en su territorio.

239.Con arreglo al artículo 12 de la Ley, las peticiones, propuestas, denuncias y quejas dirigidas al órgano encargado del proceso penal, otros órganos del Estado, los órganos del gobierno local y autogobierno, así como a su abogado, no se censuran y desde el momento de su presentación se dirigen al destinatario en el plazo establecido.

240.De conformidad con el artículo 13 del Código Penitenciario, según el cual las propuestas, denuncias y quejas de los condenados a penas de detención, prisión, cadena perpetua y la pena de muerte, dirigidas a los órganos de control del Estado y la supervisión de las instituciones penitenciarias, no son objeto de censura, y en el plazo de 24 horas se envían al destinatario (con exclusión de los días feriados, fiestas nacionales y días de fiesta establecidos y anunciados por el Presidente de Belarús como no laborables).

241.La Fiscalía General se entrevista periódicamente con los presos y detenidos y lleva a cabo controles de los centros de detención y los establecimientos penitenciarios. Los empleados de la Fiscalía pueden entrevistarse con los presos en ausencia del personal de la institución penitenciaria. Cabe observar que durante esos encuentros, así como durante las actividades de control, los presos y detenidos pueden presentar comunicaciones directamente el empleado de la Fiscalía sobre cualquier cuestión, incluida la violencia sexual durante la detención. Si la cuestión contenida en la comunicación no es competencia de los órganos de la Fiscalía, esta la envía para su examen al órgano competente. Durante las visitas a los centros de privación de libertad y detención, los empleados de la Fiscalía prácticamente en todos los casos muestran interés por las quejas y peticiones de los presos y detenidos.

Cuestión 21

242.La legislación de Belarús no contiene el término “preso político”. En instituciones penitenciarias cumplen penas los presos que han cometido delitos en virtud de la sección especial del Código Penal de acuerdo con una sentencia condenatoria o una decisión que la modifica o un dictamen judicial que ha entrado en vigor.

243.La duración de la pena establecida en la sentencia no puede prorrogarse, a menos que el encausado, después del anuncio de la condena y antes de concluir el cumplimiento de la pena, haya cometido un nuevo delito. En ese caso, el tribunal suma a la pena impuesta mediante la nueva sentencia, la pena total o parcial no cumplida del fallo anterior (artículo 73, párrafo 1, del Código Penal).

244.En caso de infracción del procedimiento establecido para el cumplimiento de la pena, se pueden aplicar al encausado las amonestaciones establecidas en el artículo 112 del Código Penitenciario, incluida la privación del derecho a recibir el envío de turno o la privación de la visita larga o corta que le correspondía.

245.El encausado tiene derecho a recurrir contra la decisión del funcionario sobre la imposición de una amonestación ante un funcionario de rango superior, un fiscal o un tribunal. En el momento de presentar un recurso de apelación contra la amonestación, su ejecución no se suspende. Cuando hay motivos para ello, la amonestación puede ser revocada o sustituida por el funcionario facultado que la impuso o por el fiscal o el tribunal. La decisión del funcionario de imponer una amonestación puede ser recurrida a más tardar un año después de su imposición (artículo 113, párrafo 11, del Código Penitenciario).

246.Las causas de las quejas de condenados a detención, los detenidos, privados de libertad o condenados a cadena perpetua y las de los detenidos contra las amonestaciones y las quejas de las personas en detención administrativa contra los tipos de amonestaciones disciplinarias impuestos, se examinan con arreglo al capítulo 29, párrafo 61, del Código de Procedimiento Civil.

247.De 2012 a 2015 los tribunales examinaron 19 causas de esa categoría. Todas las quejas se consideraron infundadas.

248.El procedimiento y las condiciones de detención, así como la garantía de los derechos e intereses legítimos de los detenidos se establecen en la Ley del Procedimiento y las Condiciones de Detención, de 16 de junio de 2003.

Derecho a un juicio imparcial e independencia del poder judicial(art. 14)

Cuestión 22

249.Las bases y los principios del sistema judicial y la condición de los jueces de la República de Belarús están consagrados en la Constitución y en el Código del Sistema Judicial y la Condición de los Jueces.

250.Los principios fundamentales del poder judicial, establecidos en el artículo 110 de la Constitución, son la independencia de los jueces en la administración de justicia, la subordinación de los magistrados exclusivamente a la ley y la inadmisibilidad de toda injerencia en la labor de los jueces en la administración de justicia.

251.Conforme al artículo 67 de dicho Código, la independencia de los jueces está garantizada por el procedimiento establecido por la legislación para su nombramiento, su suspensión y destitución, por su inmunidad, por el procedimiento de examen de las causas y las cuestiones, por el respeto al secreto de las deliberaciones y la prohibición de exigir su divulgación, por las sanciones por desacato al tribunal o la injerencia en sus actividades y otras garantías correspondientes a la condición de los jueces, así como por la creación de las condiciones institucionales y técnicas necesarias para el funcionamiento de los tribunales. El artículo 390 del Código Penal tipifica como delito la injerencia de un funcionario en la solución de las causas judiciales utilizando sus funciones oficiales.

252.El Código del Sistema Judicial y la Condición de los Jueces define el procedimiento y los criterios para la selección de candidatos a magistrados, el nombramiento, la suspensión, la reanudación de sus funciones y la destitución de los jueces y se ocupa de su responsabilidad disciplinaria. Conforme al artículo 76 del Código, puede ser candidato al cargo de magistrado de un tribunal ordinario un ciudadano de la República de Belarús que haya alcanzado la edad de 25 años, que domine el bielorruso y el ruso, con enseñanza superior jurídica y con el título de jurista y/o jurista con conocimientos de economía, con experiencia profesional de al menos tres años y que haya aprobado el examen de aptitud profesional para el cargo de juez.

253.La incorporación de un candidato a juez está a cargo de un colegio de calificación de jueces que evalúa las cualidades de trabajo, así como morales y psicológicas del candidato y cumple las funciones de una comisión calificadora (artículo 79 del Código del Sistema Judicial y la Condición de los Jueces).

254.El nombramiento de un juez, la suspensión, la reanudación y la cesación de sus atribuciones corresponde al Presidente de la República de Belarús. Los jueces son nombrados por un período de cinco años y pueden ser nombrados para un nuevo período o indefinidamente (artículo 81 del Código).

255.La suspensión de los magistrados se lleva a cabo en caso de la apertura de una causa penal contra él, su participación como imputado o procesado en un proceso penal incoado contra otros, o bien por un delito cometido, así como de su detención y otras formas de privación de la libertad personal, antes de la entrada en vigor de la sentencia o la resolución sobre la aplicación al juez de medidas cautelares de seguridad y tratamiento o la resolución sobre el sobreseimiento de la causa penal (artículo 107 del Código).

256.Las facultades de un juez pueden ser suspendidas (artículo 108 del Código) en caso de dimisión; presentación de su solicitud de abandonar el cargo por decisión propia; llegada de la edad límite de permanencia en el servicio público; expiración del mandato; negativa a prestar juramento; pérdida de la ciudadanía de la República de Belarús a consecuencia de abandono o pérdida de la nacionalidad; nombramiento (elección) a otro puesto o reasignación; participación en actividades incompatibles con el cargo de magistrado, incumplimiento de las restricciones relacionadas con la función pública; negativa del juez a ser traslado a otro tribunal a consecuencia de la liquidación del tribunal o una disminución del número de magistrados; infracciones disciplinarias sistemáticas (apertura de actuaciones disciplinarias más de dos veces durante un año); incumplimiento grave de sus funciones, reconocido como tal en la legislación, comisión de una falta incompatible con las funciones de la administración pública; entrada en vigor de una sentencia condenatoria; entrada en vigor de la decisión del tribunal de reconocer que el juez tiene la capacidad jurídica limitada o nula; reconocimiento que el juez por motivos de salud no puede cumplir las obligaciones de un magistrado (con un certificado médico), hecho confirmado por el informe médico sobre su salud durante un largo período de tiempo (no menos de un año) que le impide actuar como magistrado; fallecimiento del magistrado, declaración de su muerte o la entrada en vigor de la decisión del tribunal sobre su desaparición.

257.En el capítulo 9 del Código del Sistema Judicial y la Condición de los Jueces se regulan las medidas disciplinarias contra los jueces. Conforme al artículo 91 del Código, un juez puede ser objeto de sanción disciplinaria: por la infracción de las disposiciones de la legislación en la administración de justicia; la violación del Código de Honor de los Jueces de la República de Belarús; incumplimiento de las reglamentaciones laborales internas o la comisión de otra falta disciplinaria.

258.Los procedimientos disciplinarios contra los jueces por parte de los tribunales ordinarios por haber cometido faltas disciplinarias corresponden a los grupos de calificación de magistrados (artículo 94 del Código).

259.En el artículo 102 del Código se establecen las características de la imposición de sanciones disciplinarias por el Presidente de la República. Por ejemplo, si existen motivos y dentro del plazo de las amonestaciones disciplinarias establecidas en el Código, el Jefe de Estado puede sancionar a un juez sin iniciar un procedimiento disciplinario. En ese caso el juez podrá dar explicaciones sobre la infracción disciplinaria cometida.

260.El 1 de enero de 2014 se fusionaron el Tribunal Supremo y el Tribunal Económico Superior y se creó una única autoridad judicial para asuntos civiles, penales, administrativos y económicos, el Tribunal Supremo, que encabeza los tribunales ordinarios y los integra con los económicos. El sistema unificado de tribunales ordinarios funciona correctamente, lo cual garantiza la autonomía y la independencia del poder judicial como principal garante de los derechos y las libertades de los ciudadanos.

261.La reforma judicial ha permitido fortalecer las salvaguardias para garantizar la independencia del poder judicial mediante la transferencia de la responsabilidad institucional, personal y logística de los tribunales ordinarios, separar la dotación institucional y logística de la comunidad judicial del poder ejecutivo encarnada por el Ministerio de Justicia de la República de Belarús y sus órganos, al traspasarlas al Tribunal Supremo de la República de Belarús.

262.Las declaraciones sobre decisiones judiciales por motivos políticos y su carácter punitivo en el examen de las causas penales no están fundamentadas por pruebas ni corresponden a la realidad.

263.Las estadísticas muestran un escaso número de sentencias absolutorias en la práctica judicial. Por ejemplo, en 2011 fueron absueltas 382 personas, que representan el 0,7% de todas las personas encausadas; en 2012, el 0,8%; en 2013, el 0,4%; en 2014, el 0,2%; en 2015, el 0,2%; y en 2016, el 0,2% de todas las personas condenadas. Sin embargo, este hecho por sí solo no puede mostrar un sesgo acusatorio en la labor de los tribunales.

264.De conformidad con el artículo 24 del Código del Sistema Judicial y la Condición de los Jueces, las decisiones del Tribunal Constitucional son definitivas y no pueden recurrirse ni impugnarse, son directamente aplicables y no requieren confirmación por otros organismos estatales, otras organizaciones o funcionarios. La Ley del Procedimiento Constitucional, aprobada en 2014, determina el procedimiento y los plazos de aplicación de las decisiones del Tribunal Constitucional por los organismos estatales, otras organizaciones y los funcionarios. De acuerdo con el artículo 88 de la Ley, el incumplimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional que han entrado en vigor o la obstrucción de su aplicación son punibles con arreglo a los instrumentos legislativos.

265.En la actualidad hay una evolución positiva estable en la aplicación de las decisiones del Tribunal Constitucional, así como el aumento de la responsabilidad de las organizaciones y los funcionarios que participan en la aplicación de las decisiones por su ejecución oportuna y completa. El plazo más largo de la aplicación de ciertas decisiones está relacionado con la naturaleza específica del proceso legislativo.

Cuestión 23

266.Las denuncias de incumplimiento de las garantías procesales en las causas penales contra antiguos candidatos presidenciales de la oposición y otras personas después de las elecciones presidenciales de 2006 y 2010 son infundadas.

267.El Tribunal del Distrito Moskovsky de la ciudad de Minsk el 13 de julio de 2006 sentenció que el Sr. A. V. Kozulin era culpable de vandalismo doloso, así como de la organización de actos en grupo constitutivos de violaciones graves del orden público vinculados a la desobediencia flagrante de las exigencias legítimas de las autoridades, que ocasionaron perturbaciones en el funcionamiento del transporte y las empresas, y la participación activa en estas actividades. Con arreglo del artículo 339, párrafo 2, y al artículo 342, párrafo 1, del Código Penal y por la totalidad de los delitos fue condenado a una pena de prisión de 5 años y 6 meses que debía cumplirse en una colonia penitenciaria de régimen común.

268.En 2011, los tribunales de distrito de Minsk examinaron las causas penales contra los participantes en disturbios masivos y pogromos e intentos de penetrar ilegalmente en la Casa del Gobierno, que tuvieron lugar en la Plaza Nezavisimost de la ciudad de Minsk en la noche del 19 de diciembre de 2010.

269.En virtud del artículo 293, párrafo 1, del Código Penal fueron condenados por organizar disturbios masivos acompañados de violencia contra las personas, pogromos, destrucción de bienes, a la pena de privación de libertad por un período de 6 años, 5 años y 6 meses y 5 años, respectivamente, A. O. Sannikov (mediante sentencia del Tribunal del Distrito Partizansky, de 14 de mayo de 2011), D. I. Uss y N. V. Statkevich (mediante sentencia del Tribunal del Distrito de Leninsky, de 26 de mayo de 2011).

270.Mediante sentencia del Tribunal de Distrito de Frunze de la ciudad de Minsk, de 20 de mayo de 2011, los ciudadanos V. P. Neklyaev y V. A. Rumashevsky fueron declarados culpables de organizar y participar activamente en actos en grupo que infringían gravemente el orden público y dieron lugar a perturbaciones del transporte, y en virtud del artículo 342, párrafo 1, del Código Penal fueron condenados a prisión condicional de dos años con dos años de aplazamiento.

271.La legalidad y la validez de estas penas fueron verificadas mediante el procedimiento de casación penal ante el Tribunal Municipal de Minsk respondiendo a los recursos de casación de los imputados y sus abogados. El Colegio Judicial de Causas Penales del Tribunal confirmó las condenas y los recursos de casación fueron desestimados.

272.El Tribunal Supremo de Belarús examinó el recurso de control de las garantías procesales interpuesto por los abogados de A. V. Kozulin, A. O. Sannikov, N. B. Statkevich y los encausados D. I. Uss y V. P. Neklyaev. Un estudio de los documentos de las causas penales no presentó motivos para dudar de la corrección de las decisiones adoptadas por los tribunales; por tanto, se desestimaron las denuncias presentadas, comunicándolo a los defensores y encausados por escrito, con indicación de los motivos de la denegación de revisión de las causas.

273.Las conclusiones de los tribunales sobre la culpabilidad de los ciudadanos A. V. Kozulin, A. O. Sannikov, N. V. Statkevich, D. I. Ussa y V. P. Neklyaev por la comisión de los delitos están confirmadas por las pruebas presentadas en las sentencias, que se evaluaron debidamente. Las sentencias contienen motivos convincentes por los cuales el tribunal desestimó las pruebas de los encausados de que no habían cometido los delitos por los que habían sido declarados culpables.

274.Los tribunales examinaron las causas en audiencias abiertas, respetando al mismo tiempo los principios de transparencia, presunción de inocencia, equiparación jurídica e igualdad de las partes, garantizándoles las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos establecidos y el cumplimiento de las obligaciones.

275.No se encontraron datos sobre la limitación de los derechos de los encausados a la defensa y a la presentación de pruebas, ni violaciones cometidas por el tribunal de la legislación de procedimiento penal que hubieran afectado la legalidad y validez de las sentencias.

276.Representaron los intereses de A. V. Kozulin, A. O. Sannikov, N. V. Statkevich, D. I. Ussa, y V. P. Neklyaev letrados especializados que recurrieron activamente a los derechos que los asistían.

277.Las solicitudes presentadas por la defensa en las audiencias se examinaron siguiendo el procedimiento establecido por la ley. Durante la verificación no se encontraron datos que indicaran que se denegara a la defensa el examen de las pruebas que pudieran tener un efecto significativo sobre el resultado del caso.

278.Por tanto, los encausados y sus defensores ejercieron el derecho a ser oídos públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley (artículo 14 del Pacto).

279.El encausado V. A. Rymashevsky y su abogado no recurrieron a la presentación de un recurso de control de las garantías procesales al Tribunal Supremo de la República de Belarús.

Cuestión 24

280.En Belarús, según el procedimiento establecido, se lleva a cabo el control del cumplimiento de la legislación por los colegios de abogados, las asesorías jurídicas, los bufetes de abogados y los abogados que trabajan a título individual en los colegios de abogados territoriales.

281.La principal norma que rige la actividad de los abogados es la Ley de la Abogacía y la Práctica Jurídica en la República de Belarús, de 30 de diciembre de 2011 núm. 334-Z.

282.La Ley de la Abogacía consagra una serie de garantías para que los abogados ejerzan sus actividades sin obstáculos. De conformidad con el artículo 16, párrafo 1, de la Ley, los abogados son independientes y están sujetos únicamente a la ley.

283.Los abogados tienen derecho a ejercer sus actividades solo después de haber obtenido una licencia e ingresado en los colegios de abogados territoriales, que deben admitir al abogado. La unión de los abogados en colegios promueve el autogobierno, la mejora de las aptitudes profesionales de los abogados, así como su protección jurídica y social.

284.En muchos países del mundo está prevista la afiliación obligatoria de los abogados en asociaciones establecidas por ellos. La concesión de licencias para las actividades de los abogados concuerda con los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados por el Congreso sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente en 1990.

285.La legislación de Belarús garantiza la independencia de la abogacía, y al mismo tiempo, a fin de garantizar los derechos de los clientes, le impone una serie de obligaciones (artículo 18 de la Ley). En particular, el abogado debe observar con precisión y escrupulosamente la legislación y utilizar todos los medios y las formas previstos por la ley de proteger los derechos, las libertades y los intereses de los clientes. El Estado, de conformidad con el artículo 37 de la Ley de la Abogacía, tiene la obligación de garantizar la accesibilidad de la asistencia letrada.

286.El Ministerio de Justicia se encarga de la concesión de licencias a los abogados y supervisa el cumplimiento de la legislación. De conformidad con la ley sobre la concesión de licencias, las infracciones iniciales requieren que se dicten órdenes para eliminarlas. Las violaciones sistemáticas y graves de la ley pueden dar lugar a la suspensión de la licencia.

287.Las decisiones adoptadas por el Ministerio de Justicia sobre la concesión de licencias se basan en las conclusiones de un órgano colegiado, la Comisión de Calificación de Abogados en Belarús, que está integrada por 1 representante de todos los colegios de abogados territoriales; 1 representante del Tribunal Supremo y 1, de la Fiscalía General, 5 representantes del Ministerio de Justicia y 2 representantes de organizaciones científicas.

288.Los abogados que han sido objeto de decisiones sobre la suspensión de sus licencias, con arreglo a la legislación tienen derecho a recurrir contra las decisiones adoptadas en su contra.

289.Mediante resolución del Ministerio de Justicia, de 14 de febrero de 2011, cesó la vigencia de las autorizaciones especiales (licencias) para la realización de actividades de abogacía de O. V. Agueev y T. N. Ageeva por incumplimiento grave del procedimiento de formalización de los acuerdos para la prestación de asistencia jurídica y obstaculización del control del cumplimiento de la legislación por parte del órgano que concede las licencias mediante la presentación de información falsa a V. I. Tolstik y T. P. Goraeva; además, por graves violaciones de la legislación sobre el régimen de licencias, que han ocasionado la denegación de asistencia letrada a I. V. Jalip. Dichos abogados fueron expulsados del Colegio de Abogados de la ciudad de Minsk. El abogado P. V. Sapelko fue expulsado del Colegio de Abogados de Minsk mediante la decisión de la Presidencia de dicho Colegio de 3 de marzo de 2011 por la comisión de infracciones incompatibles con el cargo de abogado, que se manifestaron tomándose días libres por cuenta propia, a pesar de la negativa recibida del Órgano de Autogobierno de la Abogacía; no presentarse al trabajo durante un largo período de tiempo; no informar sobre su paradero; no comparecer de forma injustificada tras haber sido convocado en una causa penal para proteger los derechos e intereses legítimos de los procesados; no acordar su ausencia con el defendido; transmitir la causa a otro abogado sin el consentimiento del cliente; es decir, incumplir de hecho sus obligaciones profesionales. O. V. Agueev, T. N. Agueeva, V. I. Tolstik y P. V. Sapelko no recurrieron contra las decisiones de expulsarlos del Colegio de Abogados ni contra la suspensión de sus licencias.

290.T. P. Goraeva estuvo en desacuerdo con la decisión y presentó pruebas que confirmaban la imposibilidad de cumplir con la prestación de servicios de asistencia jurídica. Mediante decisión de la Presidencia del Colegio de Abogados de la ciudad de Minsk, de 4 de octubre de 2011, T. P. Goraeva fue admitida en el Colegio a partir del 10 de octubre de 2011 con un puesto en la Asesoría Jurídica núm. 2 del distrito Sovetsky, donde trabaja actualmente.

Libertad de circulación (art. 12)

Cuestión 25

291.La Constitución de la República de Belarús consagra el derecho de los ciudadanos belarusos a viajar libremente y a elegir su lugar de residencia en la República de Belarús, a salir del país y regresar a él sin trabas (art. 30 ), aunque también establece la posibilidad de restringir los derechos y libertades solo en los casos previstos por la ley en interés de la seguridad nacional, el orden público, la protección de la moral, la salud, los derechos y las libertades de los demás (art. 23, párr. 1).

292.Por tanto, a pesar de que el derecho constitucional de los ciudadanos a la libertad de circulación (que incluye, entre otras cosas, el derecho a salir del Estado y regresar a él) pertenece a todos desde su nacimiento y es inalienable, no es un derecho absoluto, es decir, los derechos y libertades que en ningún caso pueden ser restringidos. Al no ser absoluto, está sujeto a la reglamentación jurídica teniendo en cuenta los derechos y libertades de terceros y puede estar acompañado por la imposición de restricciones de conformidad con los motivos y los procedimientos establecidos en los artículos 23 y 63 de la Constitución de la República de Belarús. La regulación legislativa que afecta este derecho constitucional de los ciudadanos de la República de Belarús se lleva a cabo teniendo en cuenta las posiciones jurídicas del Tribunal Constitucional, en que se indica que las limitaciones impuestas por la ley a este derecho deben estar justificadas, admisibles, no excesivas y ser proporcionadas a los intereses definidos en el artículo 23, párrafo 1, de la Constitución. A su vez, la denegación del derecho a salir del país a un ciudadano de la República de Belarús es inaceptable.

293.La naturaleza relativa del derecho a la libertad de salir fuera de la República de Belarús se ve confirmada por el artículo 3, párrafo 3, de la Ley del Procedimiento de Salida y Entrada en la República de Belarús de Ciudadanos de la República de Belarús, según la cual el derecho de los ciudadanos a salir de la República puede restringirse temporalmente en conformidad con la Ley y otros actos legislativos de Belarús.

294.En Belarús se ha creado un registro de los ciudadanos según su lugar de residencia y estancia en la República de Belarús.

295.A fin de garantizar las condiciones necesarias para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la libertad de circulación y de elección del lugar de residencia establecido en el artículo 30 de la Constitución de Belarús, de conformidad con el Decreto del Presidente de la República, de 7 de septiembre de 2007 núm. 413, sobre la Mejora del Sistema de Registro de los Ciudadanos en su Lugar de Residencia y Estancia Temporal, a partir del 1 de enero de 2008 en Belarús se abolió el sistema de registro del lugar de residencia.

296.Durante el período de estancia en la República de Belarús, la nacional de la Federación de Rusia Elena Borísovna Tonkacheva en múltiples ocasiones (21 veces) cometió infracciones administrativas.

297.En 2009 el Departamento de Asuntos Internos del Distrito Pervomaysky de Minsk examinó la futura estancia de E. B. Tonkacheva en el territorio de la República de Belarús debido a la reiteración de infracciones administrativas. De conformidad con el dictamen de 26 de mayo de 2009, se decidió no anular el permiso de residencia permanente en la República de Belarús de la ciudadana de Rusia E. B. Tonkacheva. Se señaló a esta la necesidad de respetar las leyes de la República de Belarús. Sin embargo, E. B. Tonkacheva no tuvo en cuenta dicha recomendación y siguió cometiendo infracciones administrativas.

298.El 29 de octubre de 2014, el Departamento de Asuntos Internos del Distrito Pervomaysky de Minsk anuló el permiso de residencia permanente a la ciudadana E. B. Tonkacheva en la República de Belarús, de acuerdo con el artículo 57, párrafo 1, apartado 2, y el artículo 30, párrafo 1, apartado 5, de la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros y Apátridas en Belarús (Iniciar actuaciones administrativas contra un extranjero dentro de un año civil, cinco o más veces, cuando no haya concluido el plazo durante el cual el extranjero no haya sido objeto de amonestación administrativa). El 5 de noviembre de 2014 se adoptó la decisión de expulsión mediante la salida voluntaria de la ciudadana E. B. Tonkacheva de Belarús con un período de prohibición de entrada de tres años: hasta el 21 febrero de 2018. La decisión se adoptó en interés del orden público.

299.La decisión de expulsión E. B. Tonkacheva fue recurrida ante el Departamento Central de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, el Tribunal del Distrito de Pervomayskiy de Minsk y el Tribunal Municipal de Minsk. La queja fue desestimada, confirmando la legalidad y la validez de la decisión.

300.De conformidad con la legislación vigente, a un extranjero expulsado de la República de Belarús se le puede denegar la entrada en el país por un período de seis meses a diez años.

301.En el contexto del derecho a la libertad de circulación, cabe señalar que Belarús adelanta en esta cuestión a muchos países del mundo, en particular desde la firma por el Presidente de la República de Belarús, el 9 de enero de 2017, del Decreto núm. 8 por el que se estableció la entrada y salida sin visado de los extranjeros. En el Decreto se estableció la entrada sin visado en Belarús, la salida de Belarús en el cruce de la frontera de la República de Belarús en el aeropuerto nacional en Minsk y la estancia temporal en el territorio de la República por un período no superior a cinco días contados a partir de la fecha de entrada, para las personas que tengan documentos válidos para salir al extranjero de nacionales de 79 Estados y la Orden de Malta.

Derecho a la intimidad y a la vida familiar (art. 17)

Cuestión 26

302.El principal instrumento legislativo que regula las relaciones en la información relacionadas con los datos personales y su protección es la Ley de Información, Tecnologías de la Información y Protección de la Información de la República de Belarús, de 10 de noviembre de 2008. La información sobre la vida privada de las personas y los datos personales forman parte de la información cuya difusión y/o presentación están restringidas (art. 17). La Ley establece el procedimiento para la reunión, el procesamiento y el almacenamiento de dicha información. Por ejemplo, nadie tiene derecho a exigir a una persona que suministre información sobre su vida privada y datos personales, o a recibir esa información de otra forma en contra de la voluntad de la persona, salvo en los casos previstos por la legislación de la República de Belarús.

303.Los sujetos de las relaciones informativas que han recibidos datos personales en violación de los requisitos de dicha Ley y otras leyes de la República no tienen derecho a utilizarlos.

304.El derecho de los ciudadanos a la intimidad y la vida familiar está protegido por los siguientes artículos del Código Penal:

Artículo 177, Revelación del secreto de adopción;

Artículo 178, Revelación del secreto médico;

Artículo 179, Recopilación ilícita o difusión de información sobre la vida privada;

Artículo 203, Violación del secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas y las comunicaciones telegráficas y de otra índole;

Artículo 349, Acceso no autorizado a datos informáticos;

Artículo 352, Apropiación ilegal de datos informáticos;

Artículo 376, Fabricación, adquisición o venta de fondos para la obtención secreta de información;

Artículo 407, Revelación de datos de la instrucción, instrucción del sumario o de una audiencia a puerta cerrada;

Artículo 408, Revelación premeditada de información sobre medidas de seguridad utilizadas respecto de las partes en un proceso penal, entre otros. Además, la revelación deliberada de los datos de la instrucción del sumario o una audiencia a puerta cerrada por funcionarios de los tribunales o las autoridades públicas encargadas de un proceso penal requiere una tipificación adicional en virtud del artículo 424 del Código Penal.

305.La Ley de Procedimiento Penal establece la posibilidad de incautación de envíos postales o telegráficos y de otra índole, su inspección y sustracción (artículo 213 del Código de Procedimiento Penal) y la intervención y grabación de las conversaciones telefónicas (artículo 214 del Código de Procedimiento Penal). Estos procedimientos se realizan únicamente con la autorización del fiscal o por resolución del Presidente del Comité de Investigación y el Presidente del Comité de Seguridad del Estado de la República de Belarús. Al mismo tiempo, la intervención y grabación de las conversaciones puede efectuarse únicamente en las causas penales por delitos graves y especialmente graves.

306.La Ley, de 5 de enero de 2016, de modificación de algunos códigos de la República de Belarús incorporó cambios en el artículo 103 del Código de Procedimiento Penal, según los cuales la petición de un órgano de procedimiento penal de conocer la información, los documentos con secretos de Estado u otros secretos protegidos por la legislación deben ser sancionados por el fiscal.

307.Mediante la Ley de Actividades de Búsqueda, de 15 de julio de 2015, tales como la vigilancia de las redes de telecomunicaciones (art. 31) y el control del correo postal (art. 32) se llevan a cabo con la autorización del fiscal o su adjunto (art. 19).

308.Los ciudadanos que son o han sido objeto de actividades de búsqueda y captura tienen derecho a recurrir contra los actos de los organismos de búsqueda a instancias superiores dedicadas a esas actividades, a un fiscal o a un tribunal, de conformidad con los instrumentos legislativos (artículo 10, párrafo 2, apartado 3, de dicha Ley).

309.De conformidad con el artículo 54 de la Ley de las Telecomunicaciones, de 19 de julio de 2005, en el territorio de Belarús se garantiza el secreto de las comunicaciones telefónicas u otras redes de telecomunicaciones. La limitación del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas u otras redes de telecomunicaciones se permite únicamente en los casos especificados en la legislación, a saber, la posibilidad de aplicar medidas encubiertas de obtención de información durante la búsqueda y captura y otras actividades directamente previstas por la Constitución, las leyes, los decretos y las órdenes.

310.De conformidad con el Decreto Presidencial sobre el Procedimiento de Concesión de Licencias para Actividades Relacionadas con Bienes (trabajos, servicios) Específicos, de 16 de febrero de 2012 núm. 71, se determina una lista de medios encubiertos de obtención de información, cuando la intervención secreta de conversaciones telefónicas es un medio para el cual se realizan trabajos y se prestan servicios, lo cual constituye una actividad para la que se concede una licencia.

311.Esto también se aplica a las Instrucciones sobre el Procedimiento de Formación y Almacenamiento de Información sobre los Usuarios de Servicios de Internet que Visitan Recursos Informáticos, aprobadas por el Ministerio de Comunicaciones e Informatización, de 18 de febrero de 2015 núm. 6, y del Reglamento del Procedimiento de Cooperación de los Operadores de Telecomunicaciones con los Órganos de Actividades de Búsqueda y Captura, aprobado por Decreto Presidencial, de 3 de marzo de 2010 núm. 129.

312.Las normas establecidas por el Decreto Presidencial, de 1 de febrero 2010 núm. 60, y la disposiciones de las Instrucciones, de 18 de febrero 2015 núm. 6, se utilizan para proteger la vida y la salud de los ciudadanos de la República de Belarús y crear las condiciones para el desarrollo seguro de los niños y los jóvenes, reprimir las actividades extremistas, el tráfico ilícito de armas y sustancias psicotrópicas, la difusión de material pornográfico, la contribución a la migración irregular y la trata de personas, la promoción de la violencia y la brutalidad y garantizar la seguridad de la sociedad y el Estado.

313.La utilización de los medios de búsqueda y captura se define en el Reglamento sobre Procedimientos de Cooperación entre los Operadores de Telecomunicaciones con los Órganos Encargados de Actividades de Búsqueda y Captura, aprobado mediante Decreto Presidencial, de 3 de marzo de 2010 núm. 129, por el que se autorizó el acceso de las subdivisiones facultadas de búsqueda y captura a las redes de telecomunicaciones, así como la recepción y utilización de información en las bases de datos sobre los abonados y los servicios prestados a ellos por los operadores de telecomunicaciones y sistemas automatizados se realizan en casos de que haya motivos y existan las condiciones para aplicar medidas de búsqueda establecidas por la Ley de Actividades de Búsqueda y Captura, de 15 de julio de 2015 núm. 307-Z.

314.De acuerdo con el Decreto del Presidente de Belarús, de 1 de febrero de 2010 núm. 60, presentan la información sobre los servicios de Internet prestados los proveedores de servicios de Internet, los propietarios del uso colectivo de los servicios de Internet o personas facultadas por ello a petición de los órganos dedicados a las actividades de búsqueda, los órganos de la fiscalía e instrucción, los órganos del Comité de Control Estatal, los órganos tributarios y los tribunales según el procedimiento establecido por la ley.

Libertad de conciencia y de creencias religiosas (arts. 2, 18 y 26)

Cuestión 27

315.La Ley del Servicio Alternativo fue aprobada el 4 de junio de 2015 y entró en vigor el 1 de julio de 2016. La Ley regula las relaciones sociales relacionadas con el ejercicio del derecho constitucional de los ciudadanos a prestar un servicio alternativo.

316.De acuerdo con el artículo 3 de la Ley, pueden enviarse al servicio alternativo los ciudadanos sujetos al servicio militar por reemplazo o el servicio en la reserva, capaces por su estado de salud y desarrollo físico para el servicio militar por reemplazo o el servicio en la reserva, que hayan declarado personalmente que el juramento militar, el porte y el uso de armas o la participación directa en la producción y el mantenimiento de armas, municiones y equipo militar son contrarios a sus creencias religiosas, de modo que les es imposible hacer el servicio militar.

317.No se dirige al servicio alternativo a los ciudadanos exentos de conformidad con la legislación del reclutamiento para el servicio militar por reemplazo o el servicio en la reserva, o que tienen derecho a un aplazamiento para hacer esos tipos de servicio militar.

318.La duración del servicio alternativo para los ciudadanos sin educación superior es de 36 meses, y para los ciudadanos con educación superior, de 24 meses.

319.La duración del servicio alternativo es dos veces superior a la del servicio militar por reemplazo para impedir los abusos y el aumento del número de solicitudes infundadas de los ciudadanos de sustituir el servicio militar por reemplazo con el alternativo, motivadas únicamente por el deseo de hacer un tipo de servicio más fácil.

Cuestión 28

320.Las relaciones jurídicas en el ámbito de los derechos de la persona y el ciudadano a la libertad de conciencia y la libertad de religión, así como el marco jurídico para la creación y el funcionamiento de las organizaciones religiosas, se rigen por la Ley de Libertad de Conciencia y las Organizaciones Religiosas, de 7 de diciembre 1992 núm. 2054-XII.

321.Los principales objetivos de esta Ley son garantizar el derecho de toda persona a la libertad de conciencia y de religión, la justicia social, la igualdad y la protección de sus derechos e intereses legítimos, con independencia de su actitud ante la religión y sus creencias religiosas, así como la libertad de asociarse a organizaciones religiosas.

322.De conformidad con la Ley, deben inscribirse en el registro estatal obligatorio las organizaciones religiosas, las comunidades, las asociaciones, los monasterios y las hermandades, las misiones religiosas y los seminarios.

323.Desde el momento de la inscripción, una organización religiosa adquiere personalidad jurídica. Al ser personas jurídicas, las organizaciones religiosas tienen los derechos y cumplen las obligaciones que se establecen en la legislación vigente y en sus estatutos.

324.Los creyentes de todas las confesiones gozan de los mismos derechos, aunque nadie puede a causa de sus creencias religiosas eludir las responsabilidades establecidas por la legislación.

325.En Belarús hay 3.337 comunidades religiosas registradas de 25 confesiones y orientaciones religiosas.

326.La cuestión de la renuncia al registro estatal se plantea con más frecuencia en los creyentes de orientación protestante: los evangélicos bautistas. La posición del Consejo de Iglesias de Cristianos Bautistas Evangélicos se basa en la falta de reconocimiento por los líderes de las comunidades de la legislación de Belarús sobre la libertad de conciencia y las organizaciones religiosas. Para la mayoría de los dirigentes y creyentes del Consejo, el registro estatal de las asociaciones es contrario al principio de libertad religiosa. La negativa a la inscripción estatal de las comunidades entraña una violación de otras leyes: la celebración de actividades religiosas de masas en violación del procedimiento establecido, la difusión de publicaciones religiosas, la invitación y actividades incontroladas en el territorio de la República de sacerdotes y misioneros extranjeros y la construcción no autorizada de edificios religiosos, entre otros.

327.En virtud de la legislación vigente sobre la libertad de conciencia y las organizaciones religiosas, los creyentes de todas las confesiones religiosas gozan de los mismos derechos y son iguales ante la ley. La legislación en vigor no contiene el concepto de “grupos religiosos minoritarios”.

328.De conformidad con el artículo 25 de la Ley de Libertad de Conciencia y las Organizaciones Religiosas, los oficios, las ceremonias, los ritos y los cultos religiosos se celebran libremente en los lugares de culto, las instalaciones y sus territorios, y en otros lugares puestos a disposición de las organizaciones religiosas con esos fines, en sitios de peregrinación, los cementerios y los crematorios. Los oficios, los ritos, los rituales y las ceremonias religiosos, así como otros actos multitudinarios destinados principalmente a satisfacer las necesidades religiosas, solo se pueden celebrar en lugares al aire libre y locales no destinados a esos fines después de la adopción de una decisión del jefe del órgano ejecutivo y administrativo local o su adjunto, de acuerdo con el procedimiento establecido por la legislación de la República.

Libertad de expresión, reunión pacífica, libertad de asociación y derecho a participar en la vida pública (arts. 19, 21, 22 y 25)

Cuestión 29

329.De conformidad con las disposiciones de los artículos 33 y 34 de la Constitución, se garantiza a todos la libertad de opinión y conciencia y su libre expresión. Nadie puede ser obligado a expresar sus convicciones o a renunciar a estas. Está prohibida la monopolización de los medios de comunicación por el Estado, las asociaciones civiles o los particulares, y se prohíbe la censura. Los ciudadanos de Belarús tienen garantizado el derecho a recibir, almacenar y difundir información completa, fidedigna y oportuna sobre las actividades de los órganos estatales y las asociaciones civiles acerca de la vida política, económica, cultural e internacional, así como el estado del medio ambiente.

330.De conformidad con el artículo 7 de la Ley de los Medios de Comunicación, de 17 de julio de 2008, no se permite la restricción ilícita de la libertad de esos medios que se exprese:

En la aplicación de la censura a los medios de comunicación por parte de funcionarios, órganos del Estado, partidos políticos, otras asociaciones civiles y otras personas jurídicas contra las redacciones de los medios de comunicación, las agencias de noticias, los corresponsales, los editores, los periodistas o el fundador de un medio de comunicación con la exigencia de acordar previamente las comunicaciones informativas y/o materiales, salvo que sea con la autorización del autor o el entrevistado y la difusión de comunicaciones informativas oficiales de acuerdo con los artículos 18 y 26 de la citada Ley;

La injerencia en el ámbito de la autonomía profesional de una persona jurídica independiente encargada de la función de redacción de un medio de comunicación;

La detención o suspensión de la publicación de un medio de comunicación en violación de dicha Ley u otras leyes de la República de Belarús;

La coacción de un periodista para que difunda o se niegue a difundir información;

La violación de los derechos de un periodista de los medios de comunicación establecidos en dicha Ley y otros instrumentos legislativos de la República de Belarús;

Cualquier forma de impedimento de las actividades lícitas del fundador o la redacción de los medios de comunicación.

331.Al 1 enero de 2017, en el listado estatal de medios de comunicación estaban registrados 1.601 medios de comunicación impresos y 273 electrónicos, y la gran mayoría de los medios de comunicación eran no estatales. Del total de los medios de comunicación, 440 eran estatales, y 1.161, no estatales. Entre las 9 agencias de noticias, 2 eran estatales y 7, no estatales. Del total de medios de radio y televisión existentes, 189 eran estatales (149 programas de radio y 40, de televisión) frente a 84 no estatales (25 programas de radio y 59 programas de televisión).

332.En general, el mercado de los medios de comunicación muestra una evolución positiva en la República de Belarús. Por ejemplo, en 2016 se inscribieron en el registro 42 nuevos medios de comunicación impresos (10 periódicos y 32 revistas) y 1 electrónico (programa de radio).

333.En Belarús, están registrados 1.405 distribuidores de producción impresa, 510 editores y 424 empresarios que distribuyen productos de medios de comunicación impresos.

334.Internet es uno de los canales prioritarios de difusión de información. En Belarús hay más de 10 millones de suscripciones individuales de Internet. De acuerdo con la clasificación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones del desarrollo mundial de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), en Belarús ha subido al puesto 31. En los últimos años, el país ha mejorado su posición en la clasificación: en 2008 ocupaba el puesto 58º; en 2010, el 50º; en 2014, el 38º; y en 2015, el 36º. El índice de las TIC se compone de 11 indicadores. Entre ellos, el acceso a las TIC (número de suscripciones de líneas fijas y móviles, el ancho de banda del portal exterior de la red), el grado de su utilización (número de usuarios activos de telefonía móvil e Internet), así como los hábitos del uso de las TIC entre los habitantes del país.

335.El 1 de enero de 2015 entraron en vigor las enmiendas a la Ley de los Medios de Comunicación, de 17 de julio de 2008 núm. 427-Z. Una innovación fundamental de la Ley es la cobertura de sus normas de los sitios web que ejercen funciones de medios de comunicación. Cabe señalar que no se requiere autorización, incluida la inscripción estatal, de este tipo de recursos.

336.El artículo 51-1 de la Ley de los Medios de Comunicación prevé la posibilidad de que el órgano nacional de administración pública en la esfera de los medios de comunicación restrinja el acceso a los productos de los medios de comunicación difundidos mediante un recurso de información que puede consultarse en Internet, en los siguientes casos:

La presentación al propietario del recurso informático (una parte integrante), colocado en la red global de Internet, de dos o más advertencias por escrito durante un año;

La difusión mediante un recurso de información (una parte integrante) colocado en le red global de Internet, comunicaciones o documentos que están prohibidos o restringidos para su distribución de acuerdo con los instrumentos legislativos de la República de Belarús, así como una decisión de un tribunal que ha entrado en vigor;

El incumplimiento por el propietario de un recurso informático (una parte integrante) colocado en la red global de Internet de un requerimiento legítimo de un órgano del Estado de eliminar las infracciones de la legislación de Belarús sobre los medios de comunicación.

337.La incidencia de las restricciones en el acceso a los sitios web informativos de Belarús es relativamente reducida. Durante los años de vigencia de la Ley de los Medios de Comunicación, el Ministerio de Información decidió restringir el acceso a 49 sitios web. Al mismo tiempo, la mayoría de ellos fueron bloqueados por difundir información sobre la distribución de estupefacientes (26), la propaganda de actividades extremistas (11), así como la promoción de la utilización de niños en la pornografía, la publicidad de bebidas alcohólicas, etc.

338.En 2015, 285 representantes de medios de comunicación extranjeros fueron acreditados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Belarús. Este número aumentó en un 37% en comparación con 2014. Fueron acreditados provisionalmente 1.586 (un 22% más) periodistas. Se crearon todas las condiciones para la labor sin obstáculos de los periodistas extranjeros en varios acontecimientos importantes, como las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2015 y 2016, las negociaciones del Cuarteto de Normandía sobre la situación en Ucrania y las reuniones del Grupo de Contacto Trilateral sobre la solución pacífica en Ucrania Oriental.

339.La legislación de Belarús establece la responsabilidad penal por la persecución de ciudadanos por críticas (artículo 197 del Código Penal) y por la obstrucción de las actividades profesionales legítimas de los periodistas (artículo 198 del Código Penal).

340.Por ejemplo, la violación por un funcionario de los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos por enviar a las autoridades o a las asociaciones civiles propuestas, peticiones o quejas, o por las críticas contenidas en estas, o declaraciones que critiquen de otra forma (persecución de los ciudadanos por haber criticado) se sancionan con una multa o la inhabilitación o bien reclusión en un centro penitenciario hasta dos años o la restricción de libertad por un período de hasta tres años. Cuando ese acto ocasiona un daño considerable a los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos, será punible con la restricción de libertad por un período de hasta cinco años o con la privación de libertad hasta cuatro años, con inhabilitación para ocupar determinados cargos o ejercer determinadas actividades, o sin inhabilitación.

341.Cualquier impedimento de las actividades profesionales legítimas de los periodistas o la coacción para difundir o no difundir información, cometidos mediante el empleo de la violencia o la amenaza de su uso, la destrucción o daños a la propiedad, la restricción de los derechos e intereses legítimos de los periodistas, se castigan con una multa o la inhabilitación para ocupar determinados cargos o dedicarse a determinadas actividades, o la restricción de libertad de hasta tres años o la privación de libertad por el mismo plazo.

342.En Belarús se establece la responsabilidad por difamación. En la mayoría de los casos, las personas que difunden información falsa o degradante incurren en responsabilidad administrativa (artículo 9.2 del Código de Infracciones Administrativas).

343.También se establece la responsabilidad penal por difamación (artículo 188 del Código Penal). La difusión de información falsa y degradante sobre otra persona (difamación), realizada durante un año posterior a la imposición de sanción administrativa por difamación o injurias, será castigada con trabajos públicos o una multa o trabajo tutelado con retención de salario de hasta un año, o la detención o restricción de la libertad por un período de hasta dos años.

344.La difamación formulada en una declaración pública, ya sea en la prensa o una intervención pública en los medios de comunicación o la información disponible en Internet, o bien acompañada de una acusación sobre la comisión de un delito grave o especialmente grave, se castigan con una multa o trabajos tutelados con retención de salario de hasta dos años o la detención o la restricción de la libertad por un período de hasta tres años.

345.La responsabilidad penal por difamación está incorporada en la legislación de otros países del mundo, entre ellos Alemania, Dinamarca, España y los Estados Unidos de América.

346.El Código Penal establece la responsabilidad penal por la difamación dirigida contra el Presidente de la República de Belarús (artículo 367 del Código Penal), o bien por la desacreditación de la República de Belarús (artículo 369-1 del Código Penal).

347.Los mecanismos legislativos antes mencionados de la regulación pública, incluidas, entre otras cosas, una serie de limitaciones, son proporcionados y necesarios en cualquier sociedad democrática, ya que, además de garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir información completa y exacta, están concebidos para responder adecuadamente a los desafíos y amenazas contemporáneos en el espacio de la información para su neutralización.

Cuestión 30

348.De acuerdo con el artículo 21 del Pacto, no se establece restricción alguna al ejercicio del derecho de reunión pacífica, salvo las que están previstas por la ley y las que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública y del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.

349.De conformidad con la Constitución, la libertad de celebrar asambleas, reuniones, marchas, manifestaciones y piquetes que no afecten al orden público y los derechos de los ciudadanos de la República de Belarús está garantizada por el Estado.

350.Solo se admiten las restricciones de los derechos y libertades previstas por la ley que sean necesarias en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para proteger la moral o la salud pública y los derechos y libertades de los demás.

351.El procedimiento para la celebración de reuniones, mítines, manifestaciones y otros actos multitudinarios está establecido en la Ley de Actos Multitudinarios en la República de Belarús, de 30 de diciembre de 1997. La Ley establece el principio “permisivo” de la celebración de actos multitudinarios (para determinados participantes en campañas electorales se establece un procedimiento distinto de organización de esos actos). Las disposiciones de esta Ley también tienen por objeto garantizar la seguridad y el orden públicos durante la celebración de esos actos en calles, plazas y otros lugares públicos.

352.El jefe del órgano ejecutivo y administrativo local o su adjunto tiene la obligación de examinar la solicitud correspondiente y, en el plazo establecido, comunicar por escrito la decisión al organizador (organizadores).

353.En la mayoría de los casos, se satisfacen las solicitudes para celebrar actos multitudinarios. Por ejemplo, en 2015 el Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk recibió 857 solicitudes para celebrar 15.838 actos multitudinarios en el territorio de la ciudad de Minsk, de las cuales 15.672 (el 99%) fueron admitidas, y en 2016, 566 solicitudes para celebrar 9.398 actos y 9.273 (el 99%) fueron autorizados.

354.Durante la celebración de un acto multitudinario, los participantes deben respetar el orden público y aplicar todas las exigencias legítimas de los organizadores del acto y de los agentes de orden público, así como de los representantes de la sociedad civil que velan por el mantenimiento del orden público.

355.Las personas que hayan infringido el procedimiento establecido para la organización y/o la celebración de actos multitudinarios son responsables de conformidad con las leyes de la República de Belarús (artículo 23.34 del Código de Infracciones Administrativas y artículo 369.3 del Código Penal). Los funcionarios facultados de los órganos de orden público tienen derecho a levantar protocolos de las infracciones administrativas con arreglo al artículo 23.34 del Código de Infracciones Administrativas, y los tribunales, a examinar las causas de esas infracciones. El artículo 23.34 de dicho Código establece sanciones administrativas como una advertencia, una multa y la detención administrativa.

356.El 19 de enero de 2010, entraron en vigor modificaciones del Código Electoral de la República de Belarús. Una de las principales innovaciones fue simplificar considerablemente el procedimiento de celebración de actos multitudinarios de las campañas electorales por los candidatos a la Presidencia de la República de Belarús, a diputados y por las personas de confianza de los candidatos. Conforme al artículo 45-1 del Código Electoral de Belarús, dichas actividades pueden celebrarse tras notificación en determinados lugares designados para esos fines por los órganos ejecutivos y administrativos locales, en coordinación con las comisiones electorales correspondientes.

357.En las elecciones parlamentarias de 2016, de conformidad con la recomendación de la Comisión Central de Elecciones y Referendos de la República, los órganos ejecutivos y administrativos locales eligieron como lugares destinados a tales actos cualquier espacio adecuado para ese fin, salvo determinadas zonas en que actos públicos estaban prohibidos por la ley. En el informe final de la Misión de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE para observar las elecciones parlamentarias en Belarús en 2016 dicha práctica se consideró positiva.

Cuestión 31

358.Partiendo de los principios generales del derecho, los ciudadanos de la República de Belarús dedicados a actividades que consideran como protección de los derechos humanos tienen el mismo derecho a la protección y al apoyo del Estado que los demás ciudadanos del país. La legislación de Belarús no contiene una definición jurídica separada de “defensor de los derechos humanos” y no determina su condición jurídica.

359.En caso de que esas actividades se consideran ilícitas (constituyen una infracción o un delito), son responsables de acuerdo con la legislación nacional.

360.Según la información proporcionada por las autoridades competentes, incluidos la Fiscalía General y el Comité de Investigación de la República de Belarús, no se recibieron alegaciones ni denuncias de violaciones de la libertad de reunión, de represalias por parte de los agentes del orden, uso excesivo de la fuerza, detenciones y arrestos arbitrarios, imposición de fuertes multas, detenciones administrativas de los periodistas, opositores y defensores de los derechos humanos por ejercer su derecho de reunión, en particular en los preparativos del Campeonato Mundial de Hockey sobre Hielo en mayo de 2014.

Cuestión 32

361.La Constitución reconoce el derecho de los ciudadanos a la libertad de asociación.

362.Belarús como Estado moderno basado en el imperio de la ley permite la creación de diversas asociaciones civiles. Al 1 de enero de 2017, había 15 partidos políticos registrados (1.145 organizaciones de partido) y 2.731 asociaciones civiles (42.094 instituciones de asociaciones civiles). En 2016 se inscribieron 116 asociaciones civiles nuevas y 16 fundaciones. En comparación con 2015, el número total de asociaciones civiles registradas aumentó en un 2,5%. Existe también un aumento del número de órganos institucionales de partidos políticos y las asociaciones civiles.

363.En febrero de 2014 entró en vigor la Ley de Modificación de algunas Leyes de la República de Belarús sobre las actividades de los partidos políticos y otras asociaciones civiles. La Ley simplifica los requisitos para crear una asociación civil. En particular, los cambios se refirieron a la reducción de la representación de los fundadores de las asociaciones civiles de las provincias y la ciudad de Minsk. Además, contienen disposiciones para simplificar el procedimiento de inscripción estatal de los cambios en los estatutos de las asociaciones civiles y los partidos políticos, de su liquidación y la inscripción de los órganos institucionales.

364.La legislación de Belarús no contempla normas que impidan la presentación de documentos sobre el registro estatal de una asociación civil a la que anteriormente se había denegado el registro. El artículo 15 de la Ley contiene normas según las cuales la denegación de la inscripción estatal de una asociación civil no constituye un obstáculo para la posterior presentación de los documentos necesarios para la inscripción estatal, siempre y cuando se hayan eliminado las infracciones que fundamentaron la denegación.

365.Los fundadores de una asociación civil, tras eliminar las infracciones y deficiencias, pueden volver a presentar los documentos de inscripción en el registro estatal.

366.La denegación de la inscripción estatal de una asociación civil puede realizarse únicamente por las razones establecidas en dicha Ley.

367.Las restricciones a la fundación y las actividades de asociaciones civiles se establecen en el artículo 7 de Ley de Asociaciones Civiles, de 4 de octubre de 1994 núm. 3254-XII. Se prohíben la creación y las actividades de asociaciones civiles y uniones que tengan por objeto difundir propaganda en favor de la guerra o de las actividades extremistas; las actividades de las asociaciones civiles y uniones no registradas; las actividades de las asociaciones civiles y uniones con el fin de facilitar el ofrecimiento de facilidades y ventajas a ciudadanos de la República por Estados extranjeros en relación con actitudes políticas y religiosas o la nacionalidad, en contravención de la ley.

368.En el artículo 193 del Código Penal se tipifica como delito la organización o dirección de una asociación civil u organización religiosa que atente contra la persona, los derechos y las obligaciones de los ciudadanos. De acuerdo con el artículo 193-1 del Código Penal, se tipifica como delito la organización o participación en las actividades de los partidos políticos, otras asociaciones civiles, organizaciones religiosas o fundaciones respecto de los cuales hay una decisión vigente de la autoridad pública sobre su liquidación o suspensión de sus actividades, así como la organización o la participación en las actividades de un partido político, otras asociaciones civiles, organizaciones religiosas o fundaciones que no se hayan inscrito en el registro estatal según el procedimiento establecido. Sin embargo, este artículo contiene una nota sobre la exención de responsabilidad de la persona que haya cesado esos actos voluntariamente y lo haya comunicado a las autoridades públicas. Al mismo tiempo, la legislación penal establece la responsabilidad por la obstrucción de las actividades de asociaciones civiles (artículo 194 del Código Penal) y las organizaciones religiosas (artículo 195 del mismo Código).

369.De 2011 a 2016 no hubo personas que incurrieran en responsabilidad penal con arreglo al artículo 193-1 del Código Penal.

370.El 5 de mayo de 2013, el Ministerio de Justicia se vio obligado a denegar la inscripción estatal de la Asociación Civil de Juventud Republicana Centro de Derechos Humanos Lambda. Los motivos de la denegación consistieron en que los fundadores de la asociación civil infringieron el procedimiento de su creación, a saber, que no reunían las condiciones necesarias para la creación de una asociación civil de jóvenes. Además, los estatutos de la organización no contenían disposiciones que indicaran que sus actividades estatutarias estarían dirigidas a asegurar el adelanto social y el amplio desarrollo de los jóvenes.

371.Los fundadores de la organización civil “Viasna” no intentaron registrarla durante casi ocho años (desde mayo de 2009). Los documentos que se recibieron con anterioridad sobre el registro estatal de la organización no cumplían los requisitos legales, en vista de lo cual el órgano registrador adoptó la decisión de denegar la inscripción. Teniendo presente que dicha organización no estaba inscrita en el Ministerio de Justicia como asociación civil, partido político u otra forma de entidad jurídica, ni en el Registro Integrado del Estado de Personas Jurídicas y Empresarios no había información sobre el registro oficial de la organización, A. V. Belyatksy, posicionado como jefe de la organización “Viasna”, en febrero de 2011 recibió de la Fiscalía General una advertencia oficial sobre la inadmisibilidad de la infracción de la legislación vigente.

372.Las asociaciones civiles en Belarús tienen derecho a recibir asistencia desinteresada extranjera, incluida la financiación.

373.Al mismo tiempo, la legislación define la finalidad para la cual no se puede obtener esa asistencia. Por ejemplo, está prohibido recibir asistencia extranjera gratuita para fines que son intrínsecamente de carácter político, a saber, financiar la preparación o celebración de elecciones y referendos, la destitución de diputados y de miembros del Consejo de la República de la Asamblea Nacional, la organización o celebración de concentraciones, reuniones, marchas, manifestaciones, piquetes o huelgas, la producción o difusión de propaganda, la organización de seminarios u otras formas de labor política y promoción entre la población. En el artículo 369-2 del Código Penal se prohíbe la recepción de ayuda extranjera desinteresada para la financiación de partidos políticos y uniones (asociaciones) de partidos políticos.

374.Dichas restricciones en la financiación tienen por objeto impedir la posible imposición de políticas a la República contrarias a sus intereses nacionales y la injerencia externa en los procesos internos.

375.A partir del 4 de marzo de 2016, entró en vigor el Reglamento sobre el procedimiento para la recepción, el registro, la inscripción y la utilización de la asistencia extranjera desinteresada, el control de su recepción y el uso selectivo, así como la inscripción de los programas humanitarios, aprobado mediante el Decreto del Presidente de la República de Belarús de Asistencia Extranjera Desinteresada, de 31 de agosto de 2015 núm. 5. La Ley amplió la lista de objetivos para los que se podía utilizar la ayuda extranjera desinteresada, con la posibilidad de recibir mercancías obtenidas como asistencia extranjera gratuita sin su registro.

376.En Belarús se presta una atención continua y se hace un análisis de los problemas de la reglamentación jurídica de las actividades de los sindicatos.

377.Mediante Decreto del Presidente de la República de Belarús, de 2 de junio de 2015 núm. 4, de modificación del Decreto del Presidente de la República de Belarús, se incorporaron cambios en el Decreto del Presidente, de 26 de enero de 1999 núm. 2, sobre algunas medidas para regular las actividades de los partidos políticos, los sindicatos y otras asociaciones públicas. La enmienda incorporada a dicho Decreto prevé la exclusión de la necesidad de tener por lo menos el 10% trabajadores (estudiantes) del total en la empresa, la institución u organización para la fundación y las actividades de un sindicato de empresa, institución u organización u otros centros de trabajo o estudio. Sigue vigente la necesidad de que ese sindicato tenga no menos de diez fundadores (afiliados).

378.La introducción de la modificación ha creado un entorno más favorable para la fundación y el funcionamiento de los sindicatos de las empresas, instituciones, organización y otros centros de trabajo o estudio. Contribuirá a mejorar una aplicación más plena en la República de Belarús del derecho de los trabajadores a afiliarse a un sindicato y proteger sus derechos e intereses sociales y laborales.

379.Las denuncias de intimidación de dirigentes y miembros de organizaciones sindicales, incluidas denuncias de palizas, detención y privación de libertad no corresponden a la realidad.

380.Al 1 de enero de 2017, en Belarús había 31 sindicatos registrados. Se ha registrado un aumento en el número de organizaciones sindicales, es decir, instituciones sindicales. En los últimos cinco años, su número aumentó en 332, hasta alcanzar 23.303 organizaciones que reúnen a más de 4 millones de personas.

Cuestión 33

381.En el contexto de las elecciones de 2010 la parte bielorrusa presentó información exhaustiva, en particular sobre los actos ilícitos de varios excandidatos a la Presidencia, así como de otros ciudadanos, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (véanse los documentos A/HRC/17/G/4, A/HRC/18/G/7, A/HRC/20/G/8*, A/HRC/21/G/1*), a los procedimientos temáticos especiales, al mecanismo de examen periódico universal, así como al Comité de Derechos Humanos en el marco del examen de comunicaciones individuales.

382.El Código Electoral de la República de Belarús (arts. 73 y 74), garantiza la igualdad de derechos a todos los candidatos, en particular hacer declaraciones y publicar en los medios de comunicación estatales.

383.El artículo 46 del Código Electoral de la República de Belarús establece la obligación de los medios de comunicación estatales de garantizar la igualdad de oportunidades a los candidatos a pronunciar discursos electorales y publicar artículos y prohíbe dar preferencias a determinados candidatos. Las disposiciones de este artículo del Código Electoral de Belarús establecen un volumen limitado para los programas electorales gratuitos y el orden de su publicación en los medios de comunicación impresos.

384.El reglamento de la Comisión Central para Elecciones y Referendos de la República, que determina el procedimiento de la utilización de los medios de comunicación de cada elección, prevé ofrecer a los candidatos una duración estrictamente igual de emisión en la radio y la televisión, el sorteo para determinar el momento de la intervención y aclara la obligación de todos los medios de comunicación de ofrecer oportunidades a los candidatos para las publicaciones e intervenciones con cargo a los fondos electorales propios de los candidatos en condiciones contractuales iguales.

385.No existen obstáculos para la utilización de los medios de comunicación en línea durante el desarrollo de la campaña electoral, y los candidatos los utilizan profusamente en las elecciones.

386.Los casos excepcionales de denegación a los candidatos de emitir declaraciones y publicar artículos solo se producen si hay una violación grave de la legislación que prohíbe la difusión de información nociva (que incite a la hostilidad y la discriminación en la sociedad y contenga apología de la violencia, los estupefacientes, insultos, difamación, etc.).

387.La legislación penal nacional no establece la responsabilidad por los llamamientos a boicotear las elecciones. Sin embargo, esos actos, además de otros actos ilícitos, pueden contener elementos de delitos tales como motines (artículo 293 del Código Penal), organización de acciones en grupo que infringen gravemente el orden público o la participación activa en ellas (artículo 342 del Código Penal), la incitación a la acción para vulnerar la seguridad nacional de la República de Belarús (artículo 361 del Código Penal), entre otros. Otro delito tipificado en el Código Penal es la obstrucción del ejercicio de los derechos electorales, el derecho a participar en un referendo o el ejercicio del derecho de una iniciativa legislativa de los ciudadanos, o bien la labor de la Comisión Central de Elecciones y Referendos de la República, las comisiones electorales, las comisiones de los referendos y las comisiones para la votación de la destitución de un diputado (artículo 191 del Código Penal).

388.El 27 de enero de 2016, la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE publicó el informe final de la Misión de Observadores de las elecciones presidenciales de Belarús de 2015. Junto con las observaciones y recomendaciones, la Oficina observó una serie de elementos positivos:

Invitación abierta y sin restricciones de los observadores internacionales de las elecciones;

Participación de autoridades de Belarús en la cooperación y la buena voluntad de la Comisión Electoral;

La naturaleza pacífica de campaña electoral y el día de las elecciones;

Ampliación del plazo de la recaudación y utilización de los fondos electorales.

389.Además, se valoraron positivamente los esfuerzos por garantizar la igualdad de acceso a los medios de comunicación estatales de todos los candidatos mediante la distribución gratuita de espacios de radio y teledifusión y la ausencia de censura.

390.En la declaración de la Misión de Observadores de la CEI sobre los resultados de la observación de la preparación y celebración de las elecciones presidenciales, celebradas el 11 de octubre de 2015, se observó lo siguiente:

La legislación de la República responde a las normas universalmente reconocidas del derecho internacional sobre la organización y celebración de elecciones y es una base jurídica suficiente para su celebración libre y democrática.

Se crearon para los candidatos iguales condiciones para el desarrollo de la campaña electoral y se garantizó el derecho a pronunciarse en los medios de comunicación.

En los casos en que los candidatos a la Presidencia necesitaban más tiempo para expresarse, pudieron hacerlo con cargo a sus propios fondos electorales, adquiriendo tiempo de emisión y espacio en los medios de comunicación impresos.

Los medios estatales publicaban entrevistas con los candidatos presidenciales e informaban de sus oficinas centrales y las personas de confianza de los candidatos.

Las medidas adoptadas por los organizadores de la campaña electoral garantizaron que esta se desarrollara en un ambiente abierto y permitieron a los participantes expresar abiertamente sus opiniones y valoraciones políticas y familiarizar a los votantes con programas electorales. La campaña electoral se llevó a cabo con tranquilidad, de manera ordenada y civilizada.

391.El 8 de diciembre de 2016 publicó su informe final la Misión de Observación de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE y lo transmitió a la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús en 2016. Junto con las observaciones y recomendaciones, valoró positivamente:

La invitación oportuna de observadores internacionales;

La actitud de cooperación de las autoridades de Belarús;

El aumento general del número de candidatos propuestos e inscritos, incluida los de la oposición;

La disponibilidad de candidatos alternativos en todas las circunscripciones electorales;

La posibilidad de que los candidatos pudieran hacer campaña libremente en el marco de la legislación;

Un enfoque más permisivo en la determinación de espacios públicos para la campaña;

El aumento de la representación de las mujeres tanto en los comités electorales como entre los parlamentarios electos;

El cumplimiento por las comisiones electorales de todos los niveles de los plazos establecidos por la legislación para la campaña electoral;

El establecimiento del Grupo de Trabajo Interinstitucional de Expertos para examinar las recomendaciones anteriores de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE y la aprobación por la Comisión Electoral Central de varias resoluciones relativas a los aspectos técnicos del proceso.

392.La Misión de Observadores de la CEI, en la Declaración sobre los resultados de la observación de la preparación y celebración de las elecciones de diputados a la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Belarús de la sexta legislatura indicó, entre otras cosas, lo siguiente:

Con arreglo a la inscripción, las comisiones electorales de distrito hicieron un sorteo y cada candidato recibió espacios de televisión y radio para sus intervenciones;

En la televisión también se dedicaron espacios para celebrar debates de los candidatos;

Se crearon para los candidatos a diputados iguales condiciones para el desarrollo de la campaña electoral y se garantizó el derecho a pronunciarse en los medios de comunicación.

393.A fin de racionalizar las encuestas sociológicas de los referendos nacionales, las elecciones a Presidente de la República de Belarús y a diputados de la Asamblea Nacional de Belarús, así como la situación sociopolítica en el país, mejorar la credibilidad científica y una valoración objetiva de la opinión pública, además de publicar los resultados de esas encuestas de conformidad con la resolución del Consejo de Ministros, de 31 de mayo 2002 núm. 707, se estableció la Comisión de Encuestas de Opinión Pública adscrita a la Academia Nacional de Ciencias de Belarús.

394.La Comisión está constituida por 15 personas elegidas entre sociólogos destacados y representantes de la Comisión Central de Elecciones y Referéndos de la República de Belarús, el Ministerio de Información, el Ministerio de Justicia y la Sociedad Belarusa de Sociólogos. La composición del Comisión se aprueba por la Presidencia de la Academia Nacional de Ciencias de Belarús sobre la base de la recomendación de la Comisión, teniendo en cuenta las propuestas de las organizaciones sociológicas y dichas autoridades públicas.

395.En su labor, la Comisión se rige por la legislación y los tratados internacionales suscritos por la República de Belarús.

396.La Comisión de Encuestas de Opinión Pública había acreditado el siguiente número de servicios sociológicos (evolución anual).

Año

2005

2006

2008

2010

2012

2014

2015

2016

Número de servicios

2

3

8

9

4

4

2

4