Naciones Unidas

CRPD/C/MNE/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

23 de mayo de 2017

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicialde Montenegro *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

1.Se ruega proporcionen información, incluidos datos pertinentes, sobre los resultados de la Estrategia para la Integración de las Personas con Discapacidad en Montenegro en el período 2008-2016 y sobre los recursos financieros que se han asignado a la nueva estrategia para 2016-2020, e indiquen si el Estado parte tiene previsto publicar regularmente informes sobre los resultados de la estrategia. Sírvanse facilitar información sobre el calendario para la revisión de leyes, políticas, definiciones jurídicas y terminología en relación con la discapacidad y las distintas deficiencias, entre otras cosas en relación con el término “capacidades”, a fin de ajustarlas a la Convención.

2.Rogamos informen sobre las estructuras, mecanismos y recursos públicos disponibles para que las organizaciones que representan a las personas con discapacidad participen de manera plena e inclusiva y sean consultadas.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

3.Sírvanse aportar información sobre:

a)La definición de discriminación por motivos de discapacidad, y los recursos y sanciones legales para reforzar su prohibición;

b)La composición de las comisiones encargadas de definir las discapacidades y las garantías existentes para que la definición de discapacidad se ajuste a lo dispuesto en la Convención, e indicar si estas garantías se revisan regularmente;

c)La disponibilidad de ajustes razonables y medidas de acción afirmativa y su compatibilidad con la Convención, teniendo en cuenta en particular la Ley de Prohibición de la Discriminación contra las Personas con Discapacidad, sobre todo con respecto al no reconocimiento de la lengua de señas como idioma oficial.

4.Rogamos informen sobre los programas destinados específicamente a promover y asegurar la observancia de los derechos de las personas con discapacidad pertenecientes a minorías, en particular las personas de origen romaní, ashkalí y egiptano.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

5.Proporcionen información estadística sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad, así como sobre las medidas concretas, incluidas las de acción afirmativa, que se hayan tomado para empoderarlas y para combatir la discriminación múltiple e interseccional con que se enfrentan.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

6.Rogamos faciliten información sobre el resultado de la aplicación del cuarto objetivo estratégico del Plan de Acción Nacional para la Infancia (2013-2017) a que hace referencia el informe inicial del Estado parte (véase CRPD/C/MNE/1, párr. 333). Indiquen el número y porcentaje de niños con discapacidad que se benefician del acceso universal a los servicios de intervención temprana.

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para acelerar la desinstitucionalización de los niños con discapacidad, incluida información actualizada sobre el Plan Operativo de Transformación del Orfanato Mladost (párr. 345). Indiquen todas las formas de apoyo a las familias de los niños con discapacidad.

8.Faciliten información sobre los incentivos para la acogida de niños con discapacidad en hogares y el resultado, hasta la fecha, de la Estrategia para el Desarrollo de la Atención Social y de la Infancia (2013-2017). Proporcionen también información sobre los centros diurnos para niños con discapacidad (párr. 283) e indiquen cómo se integran en un sistema de educación inclusiva, de conformidad con la observación general núm. 4 (2016) del Comité sobre el derecho a la educación inclusiva.

Toma de conciencia (art. 8)

9.Rogamos faciliten información sobre los programas de concienciación conformes a la Convención, en particular los destinados al personal de los medios de comunicación y al de las escuelas públicas ordinarias. Indíquese la medida en que estas campañas llegan a los empleados del sector público y a los estudiantes, y si se han llevado a cabo campañas dirigidas específicamente a arquitectos e ingenieros.

Accesibilidad (art. 9)

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas destinadas a incorporar el concepto de diseño universal a las normas de accesibilidad. Tengan a bien indicar qué medidas se han adoptado para supervisar regularmente y mejorar la accesibilidad de los edificios públicos, los sitios web, el entorno construido general, el transporte y la tecnología de la información y de las comunicaciones, entre otras cosas proporcionando a todas las personas con discapacidad tecnologías de apoyo y asistencia humana o animal, como guías, lectores, servicios relacionados con el alfabeto braille e intérpretes de lengua de señas profesionales y cualificados. Digan si el Estado parte tiene previsto aprobar hojas de ruta en relación con esas medidas. Sírvanse informar sobre los mecanismos para supervisar el cumplimiento de las normas de accesibilidad y la ejecución de las multas impuestas por incumplimiento.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

11.Sírvanse informar sobre el uso de diversos formatos accesibles, como el alfabeto braille, la lengua de señas y versiones de fácil lectura, para la información relativa a las situaciones de riesgo, las emergencias humanitarias, los desastres naturales y los planes de evacuación, y en esas situaciones en particular. Indiquen si las autoridades:

a)Imparten regularmente formación a los profesionales competentes sobre cómo mejorar la seguridad de las personas con discapacidad en todas las situaciones de riesgo y de emergencia;

b)Colaboran con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad en la organización de esos servicios.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

12.Proporcionen datos sobre las personas que están bajo tutela, desglosados por tutela total o parcial, y sobre las personas cuya capacidad jurídica se haya restablecido por completo desde que se ratificó la Convención. Rogamos informen de las medidas adoptadas para reducir el número de personas con discapacidad bajo tutela y para avanzar hacia un sistema de apoyo a la adopción de decisiones.

Acceso a la justicia (art. 13)

13.Sírvanse proporcionar información sobre la accesibilidad del sistema judicial, incluido el acceso al entorno físico, a la asistencia jurídica y a intérpretes de lengua de señas en los tribunales y las comisarías, así como sobre las medidas para garantizar ajustes de procedimiento. Faciliten información similar sobre otros procedimientos administrativos públicos no judiciales, como los servicios notariales.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

14.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para poner fin, en cualquier circunstancia, al internamiento involuntario de personas con discapacidad en instituciones psiquiátricas.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanoso degradantes (art. 15)

15.Rogamos informen de las conclusiones del mecanismo nacional de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en cuanto a los centros de detención donde están recluidas personas con discapacidad. Proporcionen información actualizada sobre la Institución Komanski Most (párr. 94) y digan si se han investigado los presuntos casos de malos tratos.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

16.Sírvanse informar de las medidas adoptadas para eliminar todas las formas de violencia contras las personas con discapacidad, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad, tanto en la esfera pública como en la privada. Proporcionen datos e información sobre la violencia, incluida la violencia sexual, con especial atención a la violencia de género, y sobre los programas destinados específicamente a proteger de la violencia a todas las personas con discapacidad, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad, y a ofrecerles apoyo en este sentido de conformidad con la meta 5.2 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad(art. 19)

17.Faciliten información sobre la labor realizada en materia de desinstitucionalización desde que se ratificó la Convención. Tengan a bien indicar el número y el porcentaje de personas con discapacidad, en cada institución, por sexo, edad y discapacidad, y digan si los niños y los adultos con discapacidad están separados. Proporcionen información sobre la organización de servicios de apoyo, incluida la asistencia personal, para garantizar la posibilidad de vivir de forma independiente en las comunidades, con la participación de las personas con discapacidad, las organizaciones que las representan y las autoridades locales.

Movilidad personal (art. 20)

18.Rogamos aporten información detallada sobre la Ley de Prestaciones para Viajes de las Personas con Discapacidad, en particular sobre las “prestaciones para viajes” (párr. 152), e indiquen a qué medios de transporte se aplican. Expliquen los procedimientos y las condiciones de reembolso. Además de las señales auditivas para peatones en las intersecciones, sírvanse proporcionar información sobre otros ámbitos regulados por la disposición legislativa sobre condiciones más estrictas y la manera de adaptar las instalaciones para el acceso y los desplazamientos de las personas con movilidad reducida (párr. 154) y sobre la aplicación práctica y los resultados del sistema de asistencia personal en el lugar de trabajo.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21)

19.En relación con la Ley de Medios de Información Electrónicos, proporcionen información sobre cualquier hoja de ruta existente o prevista, para que los proveedores de servicios audiovisuales den acceso a esos servicios de forma gradual.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

20.Indiquen qué disposiciones se han tomado para derogar las leyes que impiden que las personas con discapacidad bajo tutela ejerzan su derecho a contraer matrimonio o a solicitar el divorcio de forma independiente.

Educación (art. 24)

21.Sírvanse aportar información sobre:

a)Los resultados hasta la fecha de la Estrategia para la Educación Inclusiva (2014-2018) (párr. 182).

b)Las medidas tomadas para ampliar el acceso a la educación inclusiva y suprimir todas las formas de educación especial.

c)El número y porcentaje de niños con discapacidad que acceden a la educación, indicando si estudian en el sistema de enseñanza general, en clases especiales o en instituciones especiales, y el tipo de discapacidad. Tengan a bien proporcionar información adicional sobre las enmiendas a las leyes indicadas en el párrafo 184 del informe inicial del Estado parte.

Salud (art. 25)

22.Digan cuáles son las salvaguardias existentes para proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas con discapacidad, en particular las internadas en instituciones, y para asegurar el acceso de esas mujeres y niñas a servicios de salud sexual y reproductiva.

Trabajo y empleo (art. 27)

23.En relación con el párrafo 234 del informe inicial del Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre los procedimientos para determinar el grado de discapacidad y sobre:

a)Las medidas encaminadas a proteger a las personas con discapacidad de la discriminación por motivos de discapacidad en el empleo;

b)El número de personas con discapacidad empleadas en los sectores privado o público a través de ajustes razonables y/o subsidios estatales;

c)La tasa de desempleo de las personas con discapacidad y las medidas disponibles para promover la inclusión de estas personas en el mercado laboral abierto, así como los incentivos para los empleadores.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

24.Sírvanse aportar datos sobre los niveles de ingresos y de pobreza de las personas con discapacidad, incluidos los niños, en comparación con los adultos y los niños sin discapacidad, y proporcionar información actualizada sobre las condiciones para acceder a las medidas de protección social. Indiquen el número y el porcentaje de personas con discapacidad que tienen acceso a estas medidas, por sexo, edad, etnia y discapacidad.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

25.Rogamos indiquen si la información difundida durante las elecciones y el propio procedimiento de votación son accesibles y están disponibles en diversos formatos, por ejemplo en alfabeto braille, en lengua de señas y en versiones de lectura fácil. Sírvanse informar de las medidas para garantizar que todas las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a voto, y del número de personas con discapacidad que no pueden votar legalmente en la actualidad.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

26.Sírvanse explicar qué medidas se prevé adoptar para organizar un sistema de indicadores basado en los derechos humanos a fin de recopilar datos en cooperación con las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, así como un sistema integral de recopilación de datos que incluya a los niños con discapacidad.

Cooperación internacional (art. 32)

27.Proporcionen información sobre los resultados de las medidas de acción afirmativa que se mencionan en el párrafo 357 del informe inicial del Estado parte.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

28.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para designar coordinadores y establecer un marco independiente de supervisión que reciba financiación suficiente, de conformidad con lo dispuesto en la Convención, garantizando la participación de las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, en el proceso de supervisión.