Naciones Unidas

CRC/C/CZE/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

24 de octubre de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

85º período de sesiones

11 a 29 de mayo de 2020

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados de Chequia

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (10.700 palabras como máximo), de ser posible antes del 14 de febrero de 2020. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

1.Se ruega informen sobre los progresos realizados en relación con:

a)La adopción de una estrategia amplia sobre la infancia que abarque todos los aspectos de la Convención;

b)El fortalecimiento de la coordinación entre las autoridades competentes para la aplicación de la Convención;

c)La participación del sector empresarial en la defensa de los derechos del niño;

d)El establecimiento de la función de defensor de los derechos del niño;

e)La cooperación con la sociedad civil, incluso mediante el establecimiento de un sistema legal y transparente para asignarle subvenciones.

2.Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Los progresos realizados en el examen de la legislación para garantizar que se ajuste a la Convención, en particular en relación con el derecho del niño a ser escuchado, la representación legal, la vivienda social, la desinstitucionalización y las modalidades alternativas de cuidado;

b)Los esfuerzos realizados para reforzar la capacitación de jueces, fiscales, abogados y agentes de policía sobre los derechos del niño y los procedimientos respetuosos de los niños;

c)La forma de proteger a los niños frente al matrimonio infantil y el matrimonio forzado, incluso en el extranjero.

3.Sírvanse especificar las medidas adoptadas para introducir un enfoque de preparación del presupuesto que tenga en cuenta los derechos del niño, así como las asignaciones presupuestarias destinadas a los niños en situación vulnerable y desfavorecida, incluidos los que se enumeran en párrafo 21 a) del documento CRC/C/CZE/CO/3-4, así como los niños migrantes y romaníes. Sírvase informar sobre las medidas adoptadas para armonizar la terminología y las metodologías a fin de permitir la consolidación de datos. Informen acerca de los progresos realizados en el establecimiento de un sistema centralizado y moderno para la recolección y el análisis de datos desglosados sobre todos los aspectos de la Convención, en particular en relación con los niños víctimas de la violencia.

4.Sírvanse aclarar cómo se determina y aplica el interés superior del niño en la adopción de decisiones y, en particular, en los procedimientos de inmigración. Sírvanse aclarar cuáles son los plazos para la aprobación de un plan de acción nacional de lucha contra el racismo y los delitos de odio y para la prohibición de los castigos corporales en todos los ámbitos, incluida la familia. Sírvanse especificar los resultados y los planes de seguimiento de la Estrategia Nacional de Prevención de la Violencia contra los Niños (2008-2018).

5.Sírvanse especificar las medidas adoptadas para:

a)Prestar servicios de apoyo con el fin de prevenir la dejación de los niños y la separación de los niños de sus familias;

b)Eliminar gradualmente el internamiento mediante la adopción de un plan concreto que incluya la reasignación de recursos financieros y la reorganización del personal para apoyar las opciones basadas en la comunidad;

c)Garantizar el derecho al contacto personal de los niños cuyos padres están en prisión;

d)Poner fin al programa “Baby box”, abordar las causas del problema y promover alternativas.

6.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Alentar a los padres a participar en el cuidado de los niños de corta edad;

b)Asegurar que los procedimientos de adopción estén en consonancia con el interés superior del niño;

c)Prohibir las adopciones privadas;

d)Alentar la adopción nacional de niños romaníes.

7.Sírvanse especificar las medidas adoptadas para:

a)Prevenir el internamiento de los niños con discapacidad, en particular reforzando el apoyo para la crianza de los hijos y el acogimiento familiar, y respaldar a las familias para que los niños puedan permanecer con ellas;

b)Elaborar un plan de desinstitucionalización y garantizar condiciones de vida dignas y la protección de los niños con discapacidad en las instituciones;

c)Reforzar la inclusión de los niños con discapacidad en el sistema de enseñanza general;

d)Asegurar que los niños con discapacidad tengan acceso pleno y oportuno a la atención médica y a la información conexa.

8.Sírvanse especificar cómo se aplica de manera efectiva la prohibición de la venta de tabaco y de alcohol a los niños. Sírvanse informar sobre las conclusiones de la evaluación de los hospitales psiquiátricos realizada en 2018 en relación con la calidad de la atención prestada a los niños y sus derechos. Sírvanse especificar qué medidas concretas se han adoptado para prevenir el suicidio entre los niños y proporcionar información sobre el impacto de esas medidas en la prevalencia de los suicidios.

9.Sírvanse especificar las medidas adoptadas para abordar las cuestiones de la discriminación, la pobreza, la atención sanitaria inadecuada, la nutrición y el agua potable salubre, la segregación en la educación y la vivienda, las tasas de abandono escolar y la explotación sexual de los niños romaníes. Sírvanse especificar las medidas adoptadas para prevenir, evaluar y abordar la pobreza en materia de vivienda y la segregación residencial entre los niños, y para establecer un sistema de vivienda social. Sírvanse informar sobre los progresos realizados en las acciones judiciales contra el establecimiento de zonas sin subsidios de vivienda.

10.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de las recomendaciones anteriores del Comité relativas al establecimiento de un programa de estudios normalizado y la elaboración de una política general de cuidados infantiles (CRC/C/CZE/CO/3-4, párr. 62 c) y e)). Sírvanse especificar por qué se han suprimido los centros preescolares para niños de dos años. Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de la situación de las modificaciones propuestas al Decreto núm. 27/2016 sobre la educación de alumnos con necesidades especiales y sus consecuencias para la educación inclusiva.

11.En cuanto a los niños migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, sírvanse especificar las medidas adoptadas o previstas: a) para poner fin a la reclusión y establecer soluciones alternativas a la privación de libertad; b) garantizar el acceso a todos los niveles de la enseñanza, la atención de la salud y el seguro médico; y c) combatir las expresiones de odio y los estereotipos negativos. Sírvanse especificar los efectos del programa especial de idiomas en la integración de esos niños en las escuelas ordinarias. Sírvanse especificar cómo se protege a los niños frente a la apatridia, independientemente de la situación de los padres respecto de la nacionalidad, la residencia y el estado civil.

12.Sírvase especificar las medidas adoptadas o previstas para:

a)Asegurar que la privación de libertad se utilice como último recurso y durante el período más breve posible;

b)No recluir a los niños en conflicto con la ley junto con adultos ni internarlos en instituciones, incluso con otros niños que estén en acogimiento;

c)Garantizar condiciones de vida dignas a todos los niños privados de libertad, incluidos los que se encuentran en instituciones sociales y de atención de la salud mental;

d)Velar por que los niños en conflicto con la ley gocen al menos del mismo nivel de garantías jurídicas que se otorga a los procedimientos penales ordinarios;

13.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones del Comité que figuran en sus observaciones finales sobre el informe presentado por el Estado parte con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/CZE/CO/1), en particular las recomendaciones sobre la tipificación como delito de la participación de niños en las hostilidades (párr. 7), la capacitación de los profesionales que trabajan con niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes (párr. 11), la asignación de recursos y la prestación de servicios integrados a esos niños (párrs. 13, y 17 y 18), el acceso a mecanismos de queja en las academias militares (párr. 15), y la abolición del comercio de armas pequeñas y armas ligeras con los países donde los niños participan en las hostilidades (párr. 19).

14.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones del Comité que figuran en sus observaciones finales sobre el informe presentado por el Estado parte con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/CZE/CO/1). Sírvanse especificar las medidas adoptadas para: a) proteger a los niños y niñas las vulnerables de la explotación y los abusos sexuales en la familia, en Internet, en la prostitución, así como en los viajes y el turismo; b) garantizar la eficacia de los mecanismos de presentación de informes; c) redoblar los esfuerzos a fin de garantizar que los delincuentes sexuales sean enjuiciados y d) prestar servicios integrados a los niños víctimas. Sírvanse aclarar si los niños que participan en sexteo son considerados delincuentes.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente, y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los casos de abusos y violencia contra los niños, en particular todas las formas de castigo corporal, abusos sexuales de niños dentro y fuera del hogar, violencia doméstica, acoso y violencia y abusos sexuales en Internet, así como sobre los enjuiciamientos y las penas impuestas en el Estado parte en esos casos;

b)Los casos de muertes de niños por accidentes, abusos y suicidios;

c)Los casos de niños que viven con el VIH;

d)Los casos de matrimonio infantil y de embarazos en la adolescencia;

e)Los niños romaníes;

f)Los niños apátridas;

g)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, incluidos los que se encuentran en centros de detención de inmigrantes, en centros de acogida y en situación de calle;

h)Los niños que trabajan en el sector informal y los niños en situación de calle;

i)Los niños que viven en la pobreza y en viviendas inadecuadas.

18.Sírvanse aportar datos relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus familias, incluida la duración de la separación;

b)Internados en instituciones de todos los ministerios pertinentes, así como el número de instituciones, y datos sobre los niños en cada institución, desglosados por edad y sexo;

c)Colocados en familias de acogida, tanto a corto como a largo plazo;

d)Disponibles para la adopción, incluidos los niños romaníes;

e)Adoptados en el país, mediante adopciones internacionales y privadas, incluidos los niños romaníes.

19.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas primarias secundarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

20.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, correspondientes a los tres últimos años, sobre los niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido remitidos a programas de derivación;

c)Han sido colocados en centros de educación de protección, en particular hogares de rehabilitación y otras instalaciones gestionadas por el Ministerio de Educación, Juventud y Deportes;

d)Han estado en prisión preventiva;

e)Han estado recluidos junto con adultos;

f)Han sido colocados en instituciones junto con otros niños que están en acogimiento y no han estado en conflicto con la ley;

g)Han sido condenados a prisión y están cumpliendo su pena, indicando su duración.

21.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que la planificación, aplicación y supervisión de las medidas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible integran un enfoque basado en los derechos del niño, en particular en cuanto a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la manera en que dichas planificación, aplicación y supervisión promueven el cumplimiento de los derechos del niño contemplados en la Convención y en sus protocolos facultativos.

22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.