Convención Internacionalsobre la Eliminaciónde todas las Formasde Discriminación Racial

Distr.GENERAL

CERD/C/379/Add.130 de mayo de 2000

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DELA DISCRIMINACIÓN RACIAL

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTESDE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Undécimo informe periódico que los Estados Partes deben presentar en 2000

Adición

BANGLADESH*

[1º de marzo de 2000]

ÍNDICE

Párrafos Página

I.INTRODUCCIÓN1-23

II.POLÍTICAS GENERALES Y MARCO JURÍDICO3-133

III.APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2 A 7 DELA CONVENCIÓN14676

A.Artículo 214-316

B.Artículo 33211

C.Artículo 433-3412

D.Artículo 535-5612

E.Artículo 657-5817

F.Artículo 759-6717

IV.LISTA DE ANEXOS20

I. INTRODUCCIÓN

1.Bangladesh pasó a ser Parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial al adherirse el 11 de junio de 1979. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 9 de la Convención, el Gobierno de Bangladesh ha venido informando periódicamente al Comité de las medidas adoptadas para aplicar las disposiciones de la Convención. Los informes refundidos séptimo, octavo, noveno, décimo y undécimo abarcan el período comprendido entre 1992 y 2000 y ponen al día la información presentada en el último informe periódico refundido. El retraso en la presentación de los cuatro informes periódicos anteriores obedeció principalmente a causas técnicas. El Gobierno de Bangladesh quisiera asegurar al Comité su profundo empeño de cumplir las finalidades y disposiciones de la Convención y la elevadísima consideración que le merecen sus deliberaciones.

2.De conformidad con las directrices generales relativas a la presentación de informes periódicos, el presente informe tiene dos partes. En la primera se esbozan los criterios y políticas generales de eliminación de todas las formas de discriminación racial en Bangladesh y el marco jurídico por el que se prohíben. En la segunda se informa del cumplimiento de las obligaciones de Bangladesh con arreglo a la Convención.

II. POLÍTICAS GENERALES Y MARCO JURÍDICO

3.La situación geográfica y la historia de Bangladesh lo han convertido en hogar de una población de origen, raza, color y ascendencia diversos. El carácter asimilativo de la civilización bengalí, junto con la mezcla de los habitantes a través de una que otra oleada migratoria, ha producido una sociedad mixta, crisol milenario de razas y culturas. La diversidad de razas ‑drávidas, mongoloides, negroides y arios- y su continua mezcla han contribuido, pues, a un "mosaico" racial en el que la distinción categórica de raza o extracción étnica como tal carece de sentido entre la población del país. La raza en cuanto tal no ocupa ningún lugar en la mentalidad o perspectiva del pueblo de Bangladesh ni en sus relaciones sociales cuando trata de afirmar su homogeneidad en la identidad que le confíeren idioma, tradición, cultura y normas comunes en un ambiente de tolerancia y convivencia. La quintaesencia de la sociedad es, pues, la mezcla de razas, y toda consideración del criterio y las políticas generales de Bangladesh para la eliminación de la discriminación racial debe empezar por el reconocimiento de la homogeneidad racial de su población.

4.Respondiendo a las preguntas de los miembros del Comité, en los anteriores informes de Bangladesh se incorporó información relativa a la protección constitucional de determinadas tribus minoritarias y a las medidas especiales adoptadas por el Gobierno para su progreso económico y social. En consonancia con el decidido empeño de Bangladesh de eliminar todas las formas de discriminación de cualquier ciudadano sin tener en cuenta su raza, religión, casta, sexo o lugar de nacimiento, el presente informe proporciona información sobre las minorías tribales y religiosas y las políticas generales y el marco jurídico de prohibición de todas las formas de discriminación racial o de cualquier otra índole.

5.En el párrafo 1 del artículo 28 de la Constitución se prohíbe la discriminación contra los ciudadanos del Estado por motivo de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento. En el párrafo 3 del artículo 28 se dispone además que a ningún ciudadano, por motivo de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento, se le hará objeto de inhabilitación, obligación, restricción o condición para entrar a lugares públicos de esparcimiento o recreo, o a las instituciones de enseñanza. En realidad en la política y en la práctica Bangladesh se ha propuesto erigirse en ejemplo único en toda la región de lo que puede ser una orientación social y cultural exenta de cualquier sistema de clases sociales o castas y de discriminación fundada en la religión. El Gobierno sigue una política activa de discriminación positiva en favor de los sectores desfavorecidos de la población. Por lo tanto, Bangladesh tiene una amplia concepción de sus obligaciones conforme a la Convención.

6.Los derechos fundamentales se han estipulado en los artículos 26 a 47 de la Constitución, por los que se garantiza que, siendo iguales ante la ley, a todos los ciudadanos les asiste el mismo derecho inherente de ejercerlos. También se dispone en ellos el disfrute y ejercicio en pie de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los ciudadanos, como libertad de circulación, libertad de reunión y asociación, libertad de pensamiento, de conciencia y de expresión, y libertad de religión. También es un derecho constitucional inalienable de todos la igualdad ante la ley y la protección de ésta, la protección del derecho a la vida y a la libertad personal, garantías frente al arresto o la detención, la prohibición del trabajo forzoso y así sucesivamente. Además, con objeto de garantizarles una representación adecuada en el servicio de la República, existen la igualdad ante la ley, salvaguardias contra cualquier discriminación y las disposiciones especiales de discriminación positiva en favor de los ciudadanos desfavorecidos.

7.Conforme al artículo 26 de la Constitución, será nula toda ley que no sea compatible con los derechos fundamentales. Conforme a los artículos 44 y 102, los tribunales más altos del Estado pueden hacer valer los derechos fundamentales de los ciudadanos. También en la legislación que rige la administración de la justicia penal, a saber el Código Penal, se afirma la política gubernamental de acabar con la discriminación racial. En Bangladesh, el derecho y las costumbres de las diversas religiones y minorías quedan recogidos en las respectivas leyes sobre el estatuto de la persona. En cualquier caso, pueden invocarse las disposiciones de la Convención ante los tribunales, aunque no les corresponda aplicarlas como tampoco a ningún otro tribunal o autoridad administrativos. La aplicación de las disposiciones de la Convención en caso necesario puede tratarse por vía del ordenamiento jurídico interno vigente como ya queda dicho. La reciente decisión del Gobierno de crear una comisión nacional de derechos humanos independiente, con un amplio mandato de promover y defender los derechos humanos sin tener en cuenta la raza, el color, la religión o el sexo, vendrá a reforzar todavía más el presente régimen jurídico e institucional que prohíbe la violación de los derechos humanos y a incrementar las posibilidades de asistencia letrada. El Gobierno también ha decidido en principio crear una defensoría del pueblo que afianzaría aún más el imperio de la ley y el disfrute efectivo de los derechos fundamentales. La aparición de medios de comunicación libres, un activo movimiento de organizaciones no gubernamentales y una amplia gama de mecanismos institucionales de la sociedad civil para la protección y promoción de los derechos humanos serán otros tantos complementos de la tentativa del Gobierno de acabar con la discriminación racial u otras formas de discriminar a las personas.

8.En 1971, el pueblo de Bangladesh libró una guerra contra la discriminación generalizada en el plano económico, social, cultural y político, que se fundaba en motivos de raza, religión, idioma y lugar de nacimiento. Por motivos de raza o de religión, se cometían actos sistemáticos de genocidio y violación en gran escala. En consecuencia, la Constitución de Bangladesh fue redactada inspirándose en los ideales y principios por los que el pueblo libró la guerra de independencia en 1971. Los autores de la Constitución pusieron de relieve sobre todo la garantía de los derechos y libertades fundamentales del ciudadano, con las más amplias miras, sin distinciones de raza, religión, casta, credo, sexo o lugar de nacimiento. Al redactar el capítulo relativo a los derechos fundamentales, siguieron al pie de la letra las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos.

9.El apartado c) del párrafo 1) del artículo 25 de la Constitución dispone el principio fundamental de la política oficial en el sentido de que en sus relaciones internacionales el Estado apoyará todas las causas justas opuestas al imperialismo, al colonialismo o al racismo. De conformidad con esos principios, Bangladesh se ha adherido a todos los principales instrumentos internacionales de derechos humanos que previenen y prohíben la discriminación, entre ellos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid (en 1995), la Convención sobre la Esclavitud de 1926 y sus Protocolos, la Convención sobre el Genocidio de 1948, la Convención contra la Tortura, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y así sucesivamente. Bangladesh también se ha adherido a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y a sus dos Protocolos de 1978 y es el único Estado de Asia meridional que ha firmado el Estatuto de la Corte Penal Internacional. El firme apoyo de Bangladesh a la creación de la Corte, con jurisdicción sobre el delito de genocidio, que está fundado en la raza, se deriva de la legislación nacional vigente, a saber, de la Ley Nº XIX de 1973 de delitos internacionales (tribunales). La ley trata de los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, los crímenes de guerra o de "cualesquiera violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario cometidos contra la población civil o de la persecución por motivos políticos, raciales, étnicos o religiosos". Las disposiciones legislativas de Bangladesh tienen, pues, en algunos aspectos mayor alcance que el Estatuto de Roma y otros muchos instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos, incluida la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

10.En el plano internacional, la profunda determinación de Bangladesh de eliminar la discriminación racial en todas sus formas, el apartheid inclusive, ha sido evidente en su actuación en las Naciones Unidas, el Movimiento de los Países no Alineados, y el Commonwealth, en su contribución a la eliminación del apartheid en Namibia como componente del Consejo para Namibia, en la imposición de sanciones y en el rompimiento de relaciones diplomáticas con Sudáfrica por causa del apartheid, y en su adhesión a la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid. En tanto que Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por los que se prohíbe la discriminación en el empleo o la ocupación y en el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, Bangladesh ha venido cumpliendo las obligaciones contraídas conforme a este Convenio con el propósito mucho más amplio de promover los derechos políticos, económicos, sociales y culturales de su pueblo sin discriminaciones por motivo de raza, color, ascendencia u origen. Como una cuestión de principio y de política, Bangladesh seguirá apoyando el principio de igualdad entre Estados y personas, hasta la igualdad racial, en los foros internacionales en que proceda.

11.Como se dice en el párrafo 3, en lo racial, social y político los habitantes de Bangladesh forman un solo pueblo, del que más del 99,5% es homogéneo, mientras que apenas el 0,45% son poblaciones tribales, un rasgo único de la sociedad de Bangladesh por lo que respecta a normas y tradiciones tribales culturales y sociales bien determinadas. Divididas en un máximo de 36 tribus diferentes repartidas por varias regiones, son parte integrante de la mezcla racial del país y viven en armonía dentro de la comunidad. Los enclaves de minorías étnicas a lo largo de las fronteras occidental, septentrional y oriental albergan grupos más pequeños si se comparan con la concentración más importante en la parte sudoriental. Del total de la población tribal, la que habita los distritos sudorientales de Chittagong Hill Tracts constituye el 56%, la de la división de Rajshahi (oeste) el 26%, las de la división de Daca el 10% y las tribus de las divisiones meridionales de Barisal y Khulna alrededor del 7%. Tradicionalmente, a excepción de la zona sudoriental, las minorías tribales han estado sujetas al mismo régimen administrativo que el resto de la población y gozan de una protección jurídica y administrativa adecuada, de conformidad con la política nacional de cumplimiento de las disposiciones constitucionales de igualdad para todos y de discriminación positiva en favor de los segmentos atrasados.

12.Los párrafos 1, 2 y 3 del artículo 29 de la Constitución garantizan a todos la igualdad de oportunidades de empleo en la administración pública, con oportunidades y disposiciones especiales para los ciudadanos de los grupos tribales a los que por lo general se considera los segmentos más atrasados de la sociedad. Por consiguiente, se les asignan cupos especiales en la administración pública y en las instituciones de enseñanza.

13.Bangladesh entiende la diferencia fundamental que existe entre raza y religión. No obstante, está decidido a informar de las disposiciones nacionales que prohíben la discriminación fundada en la religión conforme a las disposiciones de la convención. La quintaesencia filosófica de la milenaria civilización bengalí ha sido la letra y el espíritu de la secularidad. Tradicionalmente, todas las religiones han convivido en perfecta armonía y Bangladesh tiene un historial de sociedad secular a lo largo de los siglos, sin tener en cuenta su historia política o sociocultural. Está prohibida la discriminación fundada en la religión. En el artículo 27 de la Constitución se deja sentado que todos los ciudadanos de Bangladesh, independientemente de su religión, tienen los mismos derechos y privilegios y el mismo derecho a protección de la ley. Los artículos 295, 295A, 296, 297 y 298 del Código Penal disponen sanciones por discriminación religiosa. Además de los musulmanes, que son mayoría (88% de la población), los principales grupos religiosos son los hinduistas, los budistas y los cristianos. Del total del 12% de minorías religiosas de Bangladesh, el 10% son hindúes, alrededor del 1,2% budistas, comprendida la población tribal de las serranías, y el resto son cristianos o de otras confesiones. Los párrafos 1 y 2 del artículo 29 de la Constitución prohíben cualquier forma de discriminación fundada en la religión y el párrafo 3 garantiza medidas de discriminación positiva y políticas gubernamentales que destinan un número especial de puestos públicos a las minorías e instituciones religiosas.

III. APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2 A 7 DE LA CONVENCIÓN

A. Artículo 2

14.El artículo 28 de la Constitución prohíbe estrictamente la discriminación de cualquier ciudadano por motivo de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento. El párrafo 3 del artículo 28 dispone además que ningún ciudadano, por motivo de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento, estará sujeto a incapacidad, responsabilidad, restricción o condición en lo que atañe a la entrada a lugares de esparcimiento público o recreo o a la admisión en las instituciones de enseñanza. Conforme a los principios fundamentales de la política del Estado, se dispone en el apartado c) del párrafo 1 del artículo 25 que el Estado fundará sus relaciones internacionales en el principio de apoyo a los pueblos oprimidos de todo el mundo que libran una justa lucha contra el racismo.

15.Conforme a lo que dispone el apartado a) del párrafo 1 del artículo 2 de la Convención, el Gobierno de Bangladesh, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales mencionadas, ha seguido una firme política de acabar con la discriminación racial en todas sus formas y de promover el entendimiento y la armonía entre personas de diverso origen étnico, extracción o color, tanto nacional como internacionalmente. La Constitución impide claramente al Gobierno practicar la discriminación racial contra personas, grupos o instituciones.

16.Conforme a lo previsto en los apartados b) y d) del párrafo 1 del artículo 2 de la Convención, el Gobierno de Bangladesh se ha impuesto como deber constitucional y como principio emprender y seguir una política deliberada de prohibición y no patrocinar, defender o apoyar la discriminación racial por parte de los particulares o las organizaciones. En realidad en principio Bangladesh había apoyado a personas y organizaciones que luchaban por una causa justa al oponerse a la discriminación racial en Namibia y Sudáfrica.

17.Tal y como se dice en los párrafos 8 y 9 del presente informe, en una sociedad "poscolonial", sin discriminación racial, y quienes redactaron la Constitución de Bangladesh se guiaron por las disposiciones de los instrumentos internacionales más importantes, que prohíben completamente la discriminación racial en todas sus formas. Conforme a los artículos 44 y 102 de la Constitución, el Tribunal Superior del Tribunal Supremo de Bangladesh puede hacer valer las garantías de protección frente a la discriminación fundada en la raza, el color, la religión, la casta, el sexo o el lugar de nacimiento que son derecho de cada ciudadano. Los ciudadanos, pueden, pues, mediante petición escrita al Tribunal Superior, ejercer su derecho fundamental a protección contra cualquier forma de discriminación racial. Además, el Código Penal dispone medidas punitivas contra cualquier forma de discriminación religiosa, tal y como garantiza la Constitución. Como exige el párrafo c) del artículo 1 de la Convención, el país ya tiene medidas legislativas apropiadas de prevención de la discriminación racial y no es preciso declarar nula ninguna ley porque cree o perpetúe la discriminación racial.

18.Tal y como exige el apartado e) del párrafo 1 del artículo 2 de la Convención, el Estado desalienta todo lo que tienda a fortalecer la división racial y sigue una política de supresión de barreras e incremento del trato y la armonía entre personas de diferente ascendencia, religión o color. Ha alentado y apoyado por principio a las organizaciones multirraciales que luchaban contra el apartheid en Sudáfrica y Namibia. Como miembro activo del Consejo para Namibia, Bangladesh contribuyó al proceso de eliminación de las barreras y la discriminación racial en Namibia.

19.El apartado 4) del artículo 28 de la Constitución establece disposiciones especiales para el adelanto de cualquier segmento ciudadano desfavorecido mientras que el apartado 3) del artículo 29 establece disposiciones especiales para que estén adecuadamente representados en el servicio de la República y para dar efecto a cualquier ley de aplicación de estas disposiciones. A pesar del condicionamiento socioeconómico general de un país menos adelantado, en cumplimiento de estas disposiciones constitucionales Bangladesh sigue una política activa encaminada a lograr el desarrollo general y el mantenimiento de pequeños grupos de tribus étnicas minoritarias, cuyo progreso socioeconómico tiende a estar por debajo de la media nacional.

20.Como se menciona en el párrafo 10, la población multirracial de Bangladesh está compuesta de un 99,5% de elementos racial, social y políticamente homogéneos y un 0,45% de minorías tribales con rasgos propios, al tener normas y tradiciones culturales y sociales bien determinadas dentro de la sociedad de Bangladesh. Divididas en un máximo de 36 tribus distintas repartidas por las diversas regiones del país, forman parte intrínseca de la mezcla racial y sociocultural de la sociedad del país y conviven en armonía. Como una política deliberada, el Gobierno alienta a esas tribus minoritarias que han vivido en armonía con el resto de la población a través de los siglos, a mantener su identidad cultural y sus estructuras jerárquicas y sociales funcionales. Además de estar plenamente empeñado en proteger y conservar el patrimonio sociocultural de la población tribal, el Gobierno también les concede diversos privilegios y prestaciones fiscales, laborales, educativos y sociales y financia proyectos prioritarios para el desarrollo económico y social de las zonas pobladas en su mayoría por grupos tribales.

21.Aunque toda la población tribal equivale a apenas un 0,45% de la población de Bangladesh, el Gobierno ha adoptado medidas especiales para asegurar un más rápido desarrollo económico de las zonas en las que reside la mayoría de esta población. El 56% de ella habita las tierras agrestes de Chittagong Hill Tracts, que abarcan tres distritos. El Gobierno asigna 11.500 millones de takas anuales de su presupuesto para el desarrollo (1999-2000) al desarrollo de esa zona, lo que es muy superior al presupuesto anual per cápita destinado al desarrollo socioeconómico de otras regiones del país en que no hay tribus. Además de las asignaciones por sector a los ministerios correspondientes en concepto de comunicaciones, electrificación, agricultura, ordenación territorial, industrias familiares, salud, saneamiento, desarrollo rural, deportes y cultura, y demás, en el presente ejercicio económico, el Gobierno ha asignado otros 1.126 millones de takas a través de la Junta de Desarrollo de Chittagong Hill Tracts. La Junta fue creada en 1976 como órgano autónomo con el mandato exclusivo de ejecutar proyectos de desarrollo socioeconómico para los habitantes de Chittagong Hill Tracts. Desde su creación hasta junio de 1999, la Junta ha realizado 1.135 proyectos de desarrollo socioeconómico, a un costo de 685 millones de takas. En el ejercicio económico de 1998/99 fueron asignados otros 11.900 millones de takas en concepto de programas de la Junta de Desarrollo. En julio de 1980 el Gobierno y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) firmaron un Memorando de Entendimiento para crear y ejecutar programas de desarrollo socioeconómico en la zona de Chittagong Hill Tracts. Con arreglo al programa del UNICEF, entre 1985 y 1995 se invirtieron 269,9 millones de takas en proyectos de sanidad, nutrición, saneamiento y educación, dando prioridad a las necesidades de mujeres y niños. En la segunda fase del proyecto del UNICEF (1995-2000), se han gastado 348,3 millones de takas.

22.En su quinto plan quinquenal para 1995-2000, el Gobierno ha asignado 1.729 millones de takas para el desarrollo socioeconómico de las tribus de la zona. Se prestará especial atención al: a) empalme por carretera y los servicios de telecomunicaciones; b) la intensa búsqueda de recursos minerales, c) el desarrollo de la horticultura, d) el abastecimiento de agua potable; e) la prevención de la erosión del suelo; f) intensos servicios de divulgación agrícola; g) la instalación de industrias de transformación de la fruta; h) el fomento del ecoturismo, y así sucesivamente. Con sólo el 0, 45% del total de la población de Bangladesh, el gasto per cápita en el desarrollo de la zona de Chittagong Hill Tracts es muy superior al del resto del país (población: 120 millones, superficie 147.570 km2). En los anexos del presente informe se exponen las características de esas actividades de desarrollo.

23.La densidad de población de la zona es de apenas 78,2 habitantes por kilómetro cuadrado, en comparación con la mucho más elevada de 755 por kilómetro cuadrado del país. En la zona se encuentra más de un tercio del total de la reserva forestal del país. Durante el cuarto plan quinquenal, que se realizó de 1990 a 1995, la economía de la zona creció a un ritmo anual del 4,26% en concepto de ingresos mientras que la del país creció a un ritmo del 4% en el mismo período. La renta per cápita en esta zona, se estimó en 14.400 takas en 1992/93, frente a la media nacional de 8.368 takas. Se trata de una región predominantemente agrícola de 13.300 km2 de extensión, el 9% de la superficie total de Bangladesh. Las tres cuartas partes del territorio están cubiertas de bosques. Más del 64% del PIB de la zona procede de la agricultura, en comparación con la media nacional del 35,49% en 1992/93. La industria explicaba el 6,13% del PIB, lo que está por debajo de la media nacional.

24.La tasa de alfabetización de los chakma, el grupo tribal más importante, es de casi un 60%, lo que está por encima de la media nacional del 52%, y hay en esa zona más de 91 escuelas primarias por cada 100.000 habitantes, en comparación con la media nacional de alrededor de 46%. No obstante, el aislamiento de las comunidades sigue afectando al aprovechamiento eficiente de las instalaciones, tal y como lo indica la tasa de alfabetización. De igual manera, el hecho de que haya 22 complejos sanitarios por cada millón de habitantes en esa zona mientras que en el conjunto del país sólo hay uno para igual número de habitantes, indica el problema del aislamiento de las comunidades, dispersas en localidades pequeñas, y la falta de coordinación para aprovechar los recursos locales. Aunque en lo económico a esta región le va mejor que a otras, el desarrollo social, en particular la sanidad y el saneamiento, no guarda relación con los recursos con que cuenta. Al determinar los proyectos que han de incluirse en el sexto plan quinquenal se está prestando especial atención a las infraestructuras, la sanidad, el saneamiento, la enseñanza, el turismo y la conservación del patrimonio cultural de las diversas tribus, no sólo en la serranía sino también en las tribus menos numerosas que viven en el norte y noroeste de Bangladesh y que, lo mismo que el resto de la población, podrían sacar provecho del incremento de las actividades de desarrollo.

25.Ya existen en la Constitución de Bangladesh medidas de discriminación positiva para permitir y fomentar una mayor incorporación de esas tribus minoritarias en la vida nacional y en las actividades de desarrollo socioeconómico y para facilitarles el trato con el resto de la población. Aun cuando no haya ninguna medida pública por la que se les discrimine, ni siquiera en lo que toca a la elección de representantes tribales al Parlamento Nacional, se han promulgado leyes especiales para asegurar que la población tribal mantenga sus dependencias administrativas ancestrales y su representación en estrecha colaboración con el gobierno local. En estos momentos, hay tres representantes tribales electos de los 300 que componen el Parlamento de Bangladesh.

26.Para que la población tribal pueda ocupar cargos públicos, el Gobierno ha bajado en cinco años el límite de edad para el trabajo físico exigente. En otros casos, se ha bajado en hasta diez años. En todos los empleos públicos, incluidas las categorías I y II en todas las esferas de actividad excepto la enseñanza y los cargos directivos, se han reducido asimismo los requisitos académicos al título inferior cuando se trata de candidatos de las tribus de la región, de forma tal que en aquellos casos en que normalmente se exija una maestría, le bastará una licenciatura al candidato de una tribu. Además de eso, existe una cuota del 5%, lo que es diez veces superior a su proporción de la población, reservada a los habitantes de las tribus en el sector público. En estos momentos, hay 1.877 puestos ocupados por personas de una tribu. Las tribus de Chittagong Hill Tracts se han aprovechado de esta situación más que otras.

27.A pesar de ser más elevado el índice de alfabetización de las tribus de esta zona que la media nacional, el Gobierno, además de dotarla de facultades y escuelas, reserva cupos a personas de extracción tribal en las instituciones de enseñanza superior, entre ellas las escuelas técnicas y profesionales, y se han simplificado los procedimientos de selección, suprimiendo requisitos de mérito, con el resultado de que los estudiantes tribales que saquen menos del 45% de las asignaturas académicas pueden ingresar en las facultades de medicina e ingeniería mientras que muchos estudiantes no tribales con más del 75% no consiguen entrar en estas instituciones, que son las mejores de Bangladesh.

28.No obstante, como ya se mencionó durante el examen del anterior informe en el Comité, una parte de esa población tribal de las serranías del sureste del país, que constituye el 0, 25% del total de la población, encontraba difícil integrarse en la nación por motivos que no son extraños a sociedades poscoloniales en que ya no existe discriminación racial. Este persistente problema residual de integración nacional y el malestar que suscita entre esta exigua parte de la población tribal se resolvió pacíficamente mediante un acuerdo negociado entre el Gobierno y representantes nombrados por los grupos tribales de las serranías (Parbatya Chattagram Jana Sanghati Samity (PCJSS)) en diciembre de 1997. El acuerdo ha allanado el camino para suprimir los obstáculos oficiales que quedan para desarrollar en forma mucho más intensa la zona que anteriormente sufría los trastornos ocasionados por los disturbios e insurgencia tribales, que la mantenían aislada, sin dejarle sacar partido de todo su potencial de desarrollo.

29.En ese acuerdo de 68 puntos, se prevén medidas especiales de discriminación positiva de gran alcance para la población tribal de las serranías con arreglo a las disposiciones constitucionales en vigor. El acuerdo y su aplicación escalonada harán que se consoliden y defiendan aún más, con arreglo a la Constitución, los intereses políticos, económicos y socioculturales de esas tribus. A diferencia de las estructuras administrativas de los demás distritos de Bangladesh, el acuerdo prevé la discriminación positiva exclusiva en favor de los tres distritos serranos, otorgándoles más autonomía ejecutiva. Entre otras cosas, reconoce que esos distritos serán administrados por una junta regional, cuyo presidente será elegido de entre la población tribal. Todas las actividades de desarrollo de los distritos, instituciones de gobierno local, administración de justicia y derecho consuetudinario, generación de ingresos y recaudación fiscal y dirección de las elecciones locales serán funciones del consejo regional. Ya se ha creado un ministerio para las minorías serranas con el mandato claro y específico de consolidar y seguir defendiendo los intereses y derechos de las minorías tribales. Desde la creación del Ministerio para Chittagong Hill Tracts, el Gobierno ha asignado 577,3 millones de takas al desarrollo socioeconómico de la región, además de las otras asignaciones en virtud del quinto plan quinquenal, a la Junta de Desarrollo de la zona y consejo distrital de Chittagong Hill Tracts.

30.Se han enmendado las leyes vigentes, de 1989 sobre gobierno local de estos distritos conforme al acuerdo, incorporándose disposiciones de "propiedad de la tierra" que afectan a las tribus bajo la administración de la Junta Regional, al decidir cuestiones de administración y ordenación del territorio, resolución de litigios de tierras, cumplimiento de la ley y así sucesivamente en consulta con el Presidente de la Junta Regional. Conforme a la Ley de la Junta Regional de Chittagong Hill Tracts de 1998, ha quedado constituida la Junta Regional, integrada por 22 miembros, se ha elegido a un representante tribal para el cargo de Presidente de los Servicios de Educación especiales de la Junta Regional y se han creado incentivos educativos y financieros especiales, de conformidad con el acuerdo, para asegurar la continuación del adelanto sociocultural de la juventud tribal. En los anexos del presente informe figuran los aspectos más destacados del acuerdo e información sobre su aplicación bajo la supervisión del equipo nacional de trabajo formado por el Presidente de la Junta Regional, un diputado tribal y el bedel del Parlamento.

31.La sociedad de Bangladesh se transforma rápidamente gracias a una cultura de pluralismo, armonía comunitaria, democracia, libertad, liberalismo, paz y desarrollo. En la vida pública se garantizan los derechos religiosos y la observancia de las fiestas de todos los credos más importantes del país, incluida la observancia de fiestas civiles, la conservación y protección legal de propiedades y ritos religiosos y culturales, y así sucesivamente. En cumplimiento de las disposiciones constitucionales de discriminación positiva en favor de las minorías, el Gobierno mantiene un cupo del 5% y disminuye los requisitos de empleo de las minorías religiosas en la administración pública. Con el fin de alentar aún más la integración de las minorías, tras la independencia se creó el Ministerio de Asuntos Religiosos, bajo cuya supervisión se crearon el Fideicomiso Social Hinduista y el Fideicomiso Social Budista, a los que se ha dado un generoso apoyo económico. El primero ha venido recibiendo 7 millones de takas anuales, además de un aporte único del Estado de 70 millones. Unas 800 instituciones religiosas hinduistas han podido beneficiarse de este apoyo. Además, el Gobierno concede subvenciones especiales al Fideicomiso con ocasión de las grandes fiestas religiosas. El Fideicomiso Social Budista ha venido recibiendo 1,5 millones anuales y se le entregó una aportación única de 20 millones que se emplean en la promoción y conservación de los lugares de culto de ambas religiones.

B. Artículo 3

32.Bangladesh ha condenado invariablemente la segregación racial y el apartheid y ha dejado oír su voz nacional e internacionalmente en pro de la supresión de esas prácticas discriminatorias. Como miembro del Consejo para Namibia, ha estado en primera fila de los esfuerzos de la comunidad internacional por acabar con los últimos vestigios del apartheid en aquella nación. Bangladesh no reconoció al régimen racista de Sudáfrica ni mantuvo relaciones diplomáticas, económicas o de otro tipo durante el régimen del apartheid. Es Parte en la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid y aplica el espíritu y la letra de sus disposiciones. Además, ha desempeñado un papel activo y ha dejado oír su voz en el Movimiento de los Países No Alineados, en el Commonwealth y en las Naciones Unidas en torno a la cuestión del apartheid y de la discriminación y la segregación raciales en Sudáfrica. Las relaciones internacionales de Bangladesh se fundan en el apartado c) del párrafo 1 del artículo 25 de los Principios fundamentales del Estado y la política conforme a la Constitución, que condena el racismo.

C. Artículo 4

33.Ninguna organización que promueva o incite a la discriminación o al odio raciales puede existir legalmente en Bangladesh. Para sancionar cualquier acto que sirva a la promoción del odio racial o a la incitación a la discriminación racial o a actos de violencia por particulares u organizaciones, podrá invocarse el derecho penal vigente. Además, conforme a la Ley de procedimiento civil y a la Ley de procedimiento penal, todos los ciudadanos del país tienen los mismos derechos, independientemente de casta, raza, religión o color cuando se trata de proteger a la persona frente a cualquier forma de discriminación o violación de los derechos humanos.

34.También los artículos 295, 295A, 296, 297 y 298 del Código Penal son pertinentes a los actos de violencia fundados en la religión.

D. Artículo 5

Derecho a la igualdad ante la ley

35.El derecho de los ciudadanos a la igualdad ante la ley y a la protección de ésta en pie de igualdad es un derecho fundamental en Bangladesh que puede hacerse valer conforme al artículo 27 de la Constitución. Todos los ciudadanos tienen derecho a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia, sin distinción de raza, color u origen étnico.

El derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal

36.Los artículos 31, 32 y 33 de la Constitución garantizan a cada persona el derecho a la vida y a la libertad personal. Disponen que la protección de la ley y el trato conforme a ella y únicamente conforme a ella es derecho inalienable de cada ciudadano dondequiera que se encuentre y de quien por cualquier motivo se halle en Bangladesh, y en particular que no se llevará a cabo ningún acto en detrimento de la vida, la libertad, el cuerpo, la reputación o los bienes de persona alguna, salvo conforme a la ley. El artículo 32 de la Constitución dice que nadie será privado de la vida o la libertad personal, salvo conforme a la ley. El párrafo 1 del artículo 33 estipula que no se arrestará ni detendrá a nadie sin que se le informe, lo antes posible, del motivo del arresto ni se denegará el derecho de consultar a un letrado de su elección y de ser defendido por éste.

Derechos políticos y derecho a ser elegido

37.El artículo 66 de la Constitución garantiza a cada ciudadano de Bangladesh plenos derechos políticos. Dispone que, conforme a su párrafo 2, todo ciudadano de Bangladesh mayor de 25 años podrá ser elegido y desempeñar el cargo de miembro del Parlamento. No obstante, también dispone que no podrá ser candidato a una elección parlamentaria ni miembro del Parlamento la persona que:

"a)Haya sido declarada mentalmente incapaz por un tribunal competente;

b)Haya sido declarada insolvente;

c)Adquiera la ciudadanía de un Estado extranjero o tenga intereses en él o le ofrezca su lealtad;

d)Haya sido convicta de delito que entrañe depravación moral, o condenada a pena de reclusión no inferior a dos años, salvo que hayan transcurrido cinco años desde su excarcelación;

e)Desempeñe cualquier función pública remunerada, salvo que se trate de un cargo que por ley no inhabilite para ello; o

f)Quede inhabilitada para tal elección por disposición de alguna ley."

Derecho a votar

38.El régimen político de Bangladesh es la democracia parlamentaria y todos los ciudadanos del país que reúnan las condiciones señaladas en el artículo 122 de la Constitución que figuran a continuación tendrán derecho a participar en elecciones, en sufragio universal e igual:

"2)Tendrá derecho a ser inscrita en el registro electoral de una determinada circunscripción para las elecciones parlamentarias la persona que:

a)Tenga la ciudadanía de Bangladesh;

b)Haya cumplido 18 años de edad;

c)No haya sido declarada mentalmente incapacitada por un tribunal competente;

d)Sea residente o por ley se presuma residente de esa circunscripción.

Tendrá derecho a ser inscrita en el registro electoral para la elección de presidente la persona que en virtud de lo dispuesto en el párrafo 2 del presente artículo esté inscrita en el registro electoral de una circunscripción."

El derecho a participar en el gobierno y en la dirección de los asuntos públicos y el de acceso, en condiciones de igualdad a funciones públicas

39.Todos los ciudadanos de Bangladesh tienen iguales y plenos derechos a participar en el gobierno y en la dirección de los asuntos públicos. El artículo 29 de la Constitución garantiza que:

"1)Todos los ciudadanos gozarán de igualdad de oportunidades en los empleos públicos o en el servicio de la República;

2)No se podrá inhabilitar ni discriminar a ningún ciudadano por motivo exclusivamente de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento en lo que respecta a cualquier empleo o función al servicio de la República;

3)Nada de lo dispuesto en el presente artículo se entenderá que impide al Estado:

a)Adoptar disposiciones especiales en favor de segmentos atrasados de la población, a fin de asegurar su representación adecuada en el servicio de la República."

El derecho a circular libremente y a elegir su residencia y a salir del país y a regresar a él

40.Todos tendrán derecho a circular libremente por Bangladesh, a escoger su residencia y establecerse en cualquier lugar del país y a salir del país y a regresar a él, con las salvedades que razonablemente puedan imponerse con arreglo a la ley en función del interés público, según lo dispuesto en el artículo 36 de la Constitución.

El derecho a la nacionalidad

41.Todo ciudadano de Bangladesh tiene derecho a la nacionalidad, derecho que se legisla en las disposiciones pertinentes de la Constitución.

El derecho a contraer matrimonio y a elegir cónyuge

42.Con la salvedad de la edad mínima para contraer matrimonio, existe completa libertad para contraerlo y elegir cónyuge conforme al derecho civil del país. No son raros los matrimonios entre personas de distinta religión y no existe con respecto de ellos ninguna forma de discriminación. Generalmente, en esos casos uno de los cónyuges se convierte voluntariamente a la religión del otro.

El derecho a la propiedad

43.Todo ciudadano tiene garantizado el derecho a la propiedad de bienes, individualmente y en asociación con otros conforme al artículo 42 de la Constitución, que dispone que:

"1)Con sujeción a cualquier restricción que se imponga por ley, todo ciudadano tendrá derecho a adquirir, poseer, transferir o disponer de otro modo de sus bienes y no se podrá adquirir, nacionalizar o confiscar por la fuerza ningún bien, salvo por disposición de la ley.

2)Toda ley sobre adquisición, nacionalización o confiscación aprobada en virtud del párrafo 1 del presente artículo establecerá una indemnización y fijará su importe o bien señalará los principios con arreglo a los cuales se determinará esa indemnización y la forma en que se pagará; pero no podrá impugnarse esta ley ante ningún tribunal alegando que las disposiciones relativas a la indemnización son insuficientes."

El derecho a heredar

44.Todos los ciudadanos tienen derecho a heredar bienes conforme a su estatuto personal.

El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y a la libertad de opinión y de expresión

45.La Constitución garantiza a todos los ciudadanos cuatro libertades fundamentales, comprensivas del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de opinión y de religión. El artículo 39 garantiza:

"a)La libertad de pensamiento y de conciencia;

b)Con sujeción a cualquier restricción razonable que se imponga por ley en el interés de la seguridad del Estado, las relaciones de amistad con otros Estados, el orden público, las buenas costumbres o la moral públicas, o por razón de desacato a los tribunales, calumnia o incitación a cometer un delito:

i)el derecho de todo ciudadano a la libertad de opinión y de expresión; y

ii)la libertad de prensa."

46.El artículo 41 garantiza, con sujeción a la ley, el orden y la moral públicos:

"a)Todo ciudadano tiene derecho a tener la religión que desee, practicarla y enseñarla;

b)Toda comunidad o confesión religiosa tiene derecho a establecer, mantener y administrar sus instituciones de carácter religioso;

c)Quien asista a un establecimiento de enseñanza no estará obligado a recibir educación religiosa ni a participar de ninguna forma en ceremonias o cultos religiosos, cuando esa educación, ceremonia o culto sean de una religión distinta de la suya."

El derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas

47.Todos los ciudadanos tendrán derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas y a asistir a reuniones públicas y procesiones de manera pacífica y sin armas, con sujeción a cualquier restricción razonable que se imponga por ley en función de la moral o el orden o la salud públicos, según lo dispuesto en el artículo 37 de la Constitución. Conforme a lo dispuesto en el artículo 38, los ciudadanos tendrán el derecho de fundar asociaciones o sindicatos, con sujeción a cualquier restricción razonable que se imponga por ley en función de la moral o el orden públicos.

Derechos económicos, sociales y culturales

48.Bangladesh es Parte en el Pacto Internacional de derechos Económicos, Sociales y Culturales y cumple sus obligaciones en tanto que Estado de realizar los derechos económicos, sociales y culturales de sus ciudadanos sin distinción de raza, religión, color, casta o sexo. Las disposiciones de discriminación positiva existen, naturalmente, para propiciar el adelanto de los sectores atrasados de la ciudadanía. Además, el derecho a fundar sindicatos y de acceso a los lugares públicos y otros derechos económicos, sociales y culturales reconocidos en la Convención quedan amparadas por las garantías que brinda la Constitución de Bangladesh, como el derecho al trabajo, a la libertad de empleo, a condiciones justas y favorables de trabajo, a la protección frente al desempleo, a igual remuneración por igual trabajo, a una remuneración justa y favorable, a ejercer cualquier profesión u ocupación legítimas y a ejercer cualquier actividad comercial o mercantil lícita.

49.El artículo 40 de la Constitución dispone que, con sujeción a cualquier restricción que se imponga por ley, todo ciudadano que cumpla los requisitos prescritos por la ley para el ejercicio de una determinada profesión, ocupación, comercio o negocio tendrá derecho a ejercer la profesión u ocupación de que se trata y a ejercer cualquier actividad comercial o mercantil lícita.

50.El artículo 15 de la Constitución dispone el derecho a la protección frente al desempleo. Dice que el Estado tiene la responsabilidad fundamental de lograr, mediante un crecimiento económico planificado, el aumento constante de las fuerzas productivas y el mejoramiento permanente de los niveles de vida material y cultural del pueblo, a fin de garantizar a sus ciudadanos:

"a)La atención de las necesidades de vida básicas, incluidos los alimentos, el vestido, la vivienda, la educación y la atención médica;

b)El derecho al trabajo, esto es, el derecho a un empleo garantizado y a un salario razonable y proporcionado a la cantidad y la calidad del trabajo;

c)El derecho al descanso, el reposo y el esparcimiento razonables;

d)El derecho a la seguridad social, esto es, a la asistencia pública en caso de necesidad por causa de desempleo, enfermedad o incapacidad no provocados, o que afecte a viudas o huérfanos o a personas de edad, u otras situaciones análogas."

51.Todo ciudadano tiene derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos.

52.En cuanto al derecho a la vivienda, todo ciudadano tiene derecho a construir su propia vivienda y vivir en ella pacíficamente, aun cuando la Constitución no menciona específicamente este derecho. Tradicionalmente, las personas construyen y ocupan su propia vivienda. Sólo se dispone de una cantidad muy limitada de viviendas oficiales destinadas al sector público que se encuentran todas en la zona urbana y no equivalen a más del 10% del total en esa zona.

53.El artículo 18 de la Constitución dispone el derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales. Establece que es deber fundamental del Estado elevar el nivel de nutrición y mejorar la salud pública. Las disposiciones aplicables al derecho a la atención médica y a los servicios sociales están contenidas en el artículo 15 de la Constitución.

54.El artículo 17 de la Constitución garantiza el derecho a educación y formación, incluido el derecho de cada ciudadano a enseñanza primaria gratuita. El Gobierno de Bangladesh ha hecho obligatoria y gratuita la enseñanza primaria hasta el octavo grado y reserva cupos en las instituciones de enseñanza y relaja los requisitos de admisión de quienes pertenecen a los sectores desfavorecidos. El índice de alfabetismo (de los mayores de siete años) pasó del 32,4% en 1993 al 52,4% en 1999. La Constitución dispone que el Estado adoptará medidas eficaces con el fin de:

"a)Establecer un sistema de enseñanza uniforme, orientado a la mayoría de la población y universal e impartir enseñanza gratuita y obligatoria a todos los niños hasta el nivel que se determine por ley;

b)Establecer la correlación entre la educación y las necesidades de la sociedad a fin de formar ciudadanos capacitados y motivados para atender a esas necesidades;

c)Eliminar el analfabetismo dentro de los plazos que se determinen por ley."

55.Todo ciudadano tiene derecho a participar en actividades culturales, aunque la Constitución no menciona este derecho específicamente. Es una política deliberada del Gobierno animar a las minorías étnicas y religiosas a conservar y vivir sus culturas con fervor y libertad.

56.En lo que respecta al derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, no se impide a nadie el acceso a ellos, como es el caso del transporte, hoteles, restaurantes, cafés, teatros y parques.

E. Artículo 6

57.El capítulo de la Constitución que trata de los derechos fundamentales puede hacerse valer en el Tribunal Superior del Tribunal Supremo de Bangladesh. En caso de violación de los derechos fundamentales, hay vías de desagravio y el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior son competentes para dictar mandamientos al respecto. La estructura de los poderes judicial y ejecutivo del país están implantadas en las bases mismas de la población, con lo que todos tienen fácil acceso a ellas. El Estado proporciona defensores de oficio y asistencia gratuita a quienes no pueden costearse la asistencia de letrado. Recientemente, el sistema judicial de Bangladesh ha establecido disposiciones innovadoras para hacer justicia a la población rural, constituyendo tribunales rurales independientes sufragáneos del Ministerio de Justicia y Asuntos Parlamentarios, que se encarga de la pronta reparación del ciudadano medio agraviado.

58.Tanto la Ley de procedimiento civil como la de procedimiento penal establecen la igualdad de derechos de todos los ciudadanos, sin tener en cuenta su casta, raza, religión o color en lo que toca a la protección de la persona frente a cualquier forma de discriminación o violación de los derechos humanos. La ley también dispone la compensación por parte de los infractores. Tratándose de daños graves y onerosos, el Estado podrá por propia iniciativa o a solicitud de la parte agraviada aportar auxilio gracioso en especie o en efectivo.

F. Artículo 7

Enseñanza y educación

59.En cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del artículo 7 de la Convención, Bangladesh ha tomado diversas iniciativas desde la base para luchar contra toda clase de prejuicios que puedan llevar a la discriminación racial o a la intolerancia entre comunidades. Se han desplegado esfuerzos conscientes y sostenidos para sensibilizar a los jóvenes de cualquier forma de discriminación racial. Todas las instituciones de enseñanza del país están abiertas a todos, sin importar la raza, el color o la procedencia nacional o étnica. Además, como ya queda mencionado, se han asignado cupos especiales a todos los grupos étnicos en diversas instituciones educativas, incluidas las superiores. En consecuencia, el trato entre los jóvenes de distintas religiones y tribus con la población multirracial general en esas instituciones en los distritos y las localidades, ha creado un clima y una actitud de perfecta armonía racial y comunitaria.

60.Se han traducido al idioma bangla la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que han sido incluidas en los programas de estudios secundarios de Bangladesh por iniciativa conjunta de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Centro de Información de las Naciones Unidas y el Gobierno. Además de eso, en los programas de estudios figuran ahora la historia de la esclavitud, el apartheid y la discriminación racial en todo el mundo fundados en la raza, la religión, el sexo, la casta u otros motivos, las consecuencias de la denegación de los derechos fundamentales y los esfuerzos y la lucha internacionales para realizarlos. La enseñanza de los derechos humanos, en particular durante el Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, es un aspecto importante del estudio del derecho y de las relaciones internacionales en las universidades de Bangladesh. Además, se han incluido en la formación de maestros y otros profesionales las principales convenciones de derechos humanos de las Naciones Unidas y la Carta Internacional de Derechos Humanos, con lo que se logrará un mejor entendimiento, tolerancia y amistad entre las naciones y entre los grupos raciales o étnicos del alumnado.

61.Tradicionalmente, la formación moral ha tenido una enorme importancia en la enseñanza. Los alumnos de las escuelas primarias y secundarias toman cursos obligatorios de su religión respectiva. La tolerancia y la devoción son algunos de los elementos de la educación moral. Hay un gran número de estudiantes extranjeros del Asia meridional y sudoriental y de Africa que estudian en los institutos técnicos del país con becas del Estado de Bangladesh. Pertenecen a diversas razas y religiones y viven en perfecta armonía y amistad con los estudiantes de Bangladesh.

62.Se han proporcionado instalaciones para la enseñanza a las comunidades desfavorecidas. Habida cuenta de las dificultades de movilidad que tienen las poblaciones tribales y otras minorías étnicas, se han construido escuelas en las zonas que habitan. También se han construido instalaciones para que los estudiantes vivan en los recintos universitarios por cuenta del Estado. En algunos casos, el número de escuelas primarias en las zonas tribales supera la media nacional.

Cultura

63.Los partidos políticos y las instituciones o asociaciones de desarrollo de la cultura y las tradiciones nacionales luchan por combatir los prejuicios raciales y promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las distintas culturas, las naciones y los grupos raciales o étnicos. Se alienta a cada comunidad tribal a conservar y desarrollar su propia cultura con vistas a que conozcan mejor y aprecien más el patrimonio cultural de otras tribus. El Gobierno suministra apoyo institucional para el fomento de las diferentes tradiciones culturales, de conformidad con los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y la presente Convención. Por ello, el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial se observa en todas las regiones del país y se publican mensajes en los diarios locales no sólo para conmemorar la fecha, sino también para sensibilizar a los millones de habitantes de Bangladesh del significado del día. Además, el país trata de enseñar una "cultura de paz y no violencia para los niños del mundo, como lema nacional, además de serlo de las Naciones Unidas.

64.Diversas organizaciones de amistad existentes en el país promueven la amistad entre Bangladesh y otras naciones. Varias organizaciones nacionales se ocupan de cuestiones de derechos humanos y de la acción en esta esfera de los sectores público y privado. Bangladesh celebró el cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos en todas las regiones del país con diversas actividades culturales, como exposiciones de pintura, presentaciones de teatro, concursos de ensayos y otras, en las escuelas secundarias y las universidades. Por su parte, la academia Shilpa Kala, órgano autónomo del Ministerio de Cultura, organiza periódicamente actos culturales en torno a temas culturales de las diversas tribus y religiones minoritarias de Bangladesh.

65.Aunque no existen racismo ni discriminación racial en el país, hay comités de solidaridad o asociaciones de las Naciones Unidas que trabajan en sus respectivos sectores. El Gobierno y las organizaciones no gubernamentales observan los días conmemorativos de los derechos humanos de la manera apropiada. Los partidos políticos hacen campaña y trabajan con todo empeño contra el racismo y el apartheid en cualquier parte del mundo.

Información

66.Los medios de comunicación desempeñan un papel importante en la sensibilización de la población a los imperativos nacionales e internacionales y a las políticas encaminadas a acabar con la discriminación racial. La radio y la televisión emiten programas regulares que explican los libros religiosos de cada comunidad. La prensa local publica regularmente crónicas especiales, artículos y noticias sobre la lucha contra los prejuicios raciales que conducen a la discriminación. Los medios de información de masa -la prensa, radio y televisión- emiten programas especiales sobre la observancia del Día de los Derechos Humanos y publican suplementos sobre el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, además de los mensajes conmemorativos del Jefe del Estado, el Gobierno y el Secretario General de las Naciones Unidas.

67.En aplicación de la Declaración y Programa de Acción de Viena, el Gobierno va a crear una comisión nacional de derechos humanos independiente y ya ha adoptado una política para que todos los cargos públicos y el aparato gubernamental tengan más conciencia de las obligaciones contraídas en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convención. Se ha sensibilizado a los organismos de la fuerza pública y las fuerzas armadas, a través de sus respectivos programas de formación, de la necesidad de observar, promover y proteger los derechos humanos de la población. El Gobierno trabaja en estrecha colaboración con los agentes de la sociedad civil, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el UNICEF, la OIT y la UNESCO para afianzar los mecanismos de protección y promoción nacional de los derechos humanos, ateniéndose a las directrices generales de la Declaración y Programa de Acción de Viena.

IV. LISTA DE ANEXOS

I.Constitución de la República Popular de Bangladesh

II.Declaración de Independencia de Bangladesh

III.Ley Nº XIX de 1973 de Bangladesh sobre el Tribunal Penal Internacional

IV.Plan quinquenal especial para Chittagong Hill Tracts

V.Resumen de proyectos de desarrollo socioeconómico ejecutados o en ejecución por la Junta en Chittagong Hill Tracts en 1976-2000

VI.Junta de Desarrollo de Chittagong Hill Tracts: planificación y desarrollo regionales

VII.Cuadro comparativo de indicadores socioeconómicos: Chittagong Hill Tracts y el resto de Bangladesh

VIII.Los aspectos más destacados del Acuerdo de Paz de Chittagong Hill Tracts

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