Naciones Unidas

CRC/C/OPSC/CAN/1

Convención sobre losDerechosdel Niño

Distr. general

14 de junio de 2011

Español

Original: francés e inglés

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del párrafo 1 del artículo 12 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil yla utilización de niños en la pornografía

Informe inicial que los Estados partes debían presentar en 2007

Canadá*

[3 de febrero de 2009]

Índice

PárrafosPágina

Parte I.Información general1-63

Parte II.Datos7-224

Parte III.Medidas generales de aplicación23-1097

Parte IV.Prevención110-16534

Parte V.Prohibición y asuntos conexos166-18644

Parte VI.Protección de los derechos de las víctimas187-23750

Parte VII.Asistencia y cooperación internacionales238-27658

Anexo

Tratados bilaterales de extradición66

Parte I

Información general

1.El Canadá ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (el Protocolo) el 14 de septiembre de 2005. En este informe se presentan las leyes, las políticas y los programas del Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales del Canadá que permiten hacer efectivo el Protocolo. Se ha elaborado en consulta con los gobiernos provinciales y territoriales, con el auspicio del Comité Permanente de funcionarios de derechos humanos, principal foro responsable de las consultas intergubernamentales y el intercambio de información sobre la ratificación y aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos.

2.Se ha procurado que el informe se centre en cuestiones específicas para no repetir la información que ya se ha proporcionado en los informes presentados en virtud de otros tratados de los que el Canadá es parte. Cuando se dispone de información detallada en otros informes, se hace referencia a ellos y, con escasas excepciones, esa información no se repite en este informe. Además, para cumplir con las directrices y con la limitación sobre el número de páginas, en este informe no se presenta una lista exhaustiva de las medidas adoptadas por todos los gobiernos.

3.Se presentan ejemplos de las medidas adoptadas en cada jurisdicción, en el siguiente orden: Gobierno del Canadá, provincias y territorios (ordenados de oeste a este).

4.En el cuarto informe del Canadá sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como en el documento básico del Canadá, figura información detallada sobre el ejercicio de los derechos humanos en el Canadá y sobre el federalismo canadiense.

5.Los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Canadá son de aplicación en todas las jurisdicciones del país. No obstante, los tratados no pasan automáticamente a formar parte de la legislación del Canadá, sino que se aplican mediante disposiciones legislativas y administrativas internas adoptadas por el Gobierno federal y los gobiernos de las provincias y los territorios. Los tratados de derechos humanos se aplican en parte en virtud del derecho constitucional, que incluye la Carta de Derechos y Libertades del Canadá, que se aplica a todos los gobiernos del Canadá, y también mediante la legislación sobre derechos humanos en los ámbitos federal, provincial y territorial, que en el Canadá tiene un rango cuasiconstitucional y proporciona una protección amplia y sustantiva contra la discriminación. Los tratados internacionales de derechos humanos son una ayuda importante para interpretar esas disposiciones legislativas de protección.

6.Tras la ratificación de un tratado internacional de derechos humanos, se tienen en cuenta las obligaciones internacionales del Canadá en la redacción de nueva legislación. Los gobiernos también pueden adoptar medidas adicionales. Por ejemplo, el gobierno de Quebec se ha comprometido a cumplir las disposiciones del Protocolo mediante la aprobación, el 19 de diciembre de 2007, de un decreto en ese sentido. También ha aprobado enmiendas a la Ley de protección de la juventud para que la legislación de Quebec esté en conformidad con el Protocolo.

Parte II

Datos

Metodologías y fuentes para la recopilación de datos

7.La Oficina de Estadísticas del Canadá analiza las tendencias de los datos presentados por la policía, que se obtienen por medio del Programa de declaración uniforme de la actividad delictiva, y de la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos. El Programa de declaración uniforme de la actividad delictiva constituye una muestra no representativa de los servicios policiales, y solo recopila información sobre los delitos denunciados a la policía que esta investiga. Por lo tanto, los datos de este Programa no incluyen todos los delitos cometidos en el Canadá. La Encuesta sobre los tribunales penales para adultos recopila información sobre los casos examinados por estos tribunales en el Canadá. En 2006-2007, se recopiló información de las diez provincias y los tres territorios, lo que representó aproximadamente el 98% de los casos examinados en los tribunales penales para adultos en todo el país durante ese período.

8.Desde 1994-1995, las 13 jurisdicciones han presentado informes regularmente a la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos. La unidad básica de análisis es la "causa individual". El concepto de causa ha cambiado con respecto a los informes anteriores para reflejar con más fidelidad el proceso judicial. En la nueva definición se combinan en una sola causa todas las acusaciones realizadas contra una misma persona con fechas de audiencias superpuestas, mientras que en la definición anterior se combinaban en un solo caso todas las acusaciones formuladas contra una misma persona en una fecha de audiencia determinada. Véase más información en http://www.statcan.ca/english/sdds/3312.htm.

9.El Proyecto provincial y territorial de evaluación de los resultados de ayuda a la infancia cuenta con el auspicio de los directores de bienestar de la infancia a nivel federal, provincial y territorial. Las 13 jurisdicciones han acordado armonizar sus programas para poder elaborar conjuntos de datos comunes y presentar informes de los indicadores fundamentales seleccionados de la misma forma. Véase más información en http://www.cecw-cepb.ca/files/file/en/AnnualReport0304.pdf.

10.Una red de provincias y territorios está trabajando en la puesta en práctica del modelo de evaluación y planificación del acogimiento de niños, denominado "Cuidar a los niños" (Looking After Children), en el que, para elaborar la información sobre los resultados, se utilizan tanto a nivel de la causa como los datos agregados de la población.

11.Todos los gobiernos provinciales y territoriales recopilan los datos de su jurisdicción. Por ejemplo, el gobierno de Alberta realiza el seguimiento de las estadísticas por medio de las organizaciones que se ocupan de los fondos para las víctimas de delitos. Mediante este mecanismo de seguimiento, se recopila la información sobre el delito cometido, previsto en el Código Penal, tanto si la víctima es o no menor de edad, así como sobre el tipo de apoyo, ayuda o indemnización que se le ha proporcionado.

Jóvenes víctimas de la explotación sexual y la prostitución

12.Los delitos estipulados en el Código Penal del Canadá que constituyen explotación sexual de niños mediante la prostitución son: vivir de los beneficios derivados de la prostitución de una persona menor de 18 años de edad, y comunicarse con una persona menor de 18 años de edad con fines sexuales o conseguir esos fines.

13.Hay muchos otros delitos tipificados en el Código Penal del Canadá que hacen referencia a la explotación sexual de los niños. Entre ellos figuran, por ejemplo, los tocamientos sexuales, la explotación sexual por una persona de confianza o con autoridad, y la invitación a tocamientos sexuales. Los datos presentados por la policía indican que, en 2007, hubo 118 casos de prostitución infantil denunciados ante la policía, en comparación con los 143 casos denunciados en 2006, según los datos proporcionados por 150 servicios policiales en todo el año 2007 y por el Programa de declaración uniforme de la actividad delictiva, que abarcan aproximadamente al 94% de la población canadiense.

14.El número de personas acusadas de practicar la prostitución infantil por la policía disminuyó de 58 personas en 2006, a 50 en 2007.

15.De acuerdo con la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos, en 2006-2007, se presentaron aproximadamente 24 casos de delitos relacionados con la prostitución infantil ante los tribunales penales para adultos del Canadá, y un 58% de ellos dio lugar a una condena.

16.Según los datos disponibles, entre 1994-1995 y 2006-2007, hubo 17.420 causas sentenciadas en los tribunales penales para adultos del Canadá, en las que el delito más grave fue uno de los que se incluyen en el Protocolo: casi tres cuartas partes (12.845, que representan el 74%) fueron casos de tocamientos sexuales; el 15% (2.539 casos), casos de explotación sexual por una persona de confianza o con autoridad; y el 12% (2.036 casos), casos de invitación a tocamientos sexuales. En alrededor de la mitad de las causas (8.793) hubo un fallo condenatorio. El 94% de los declarados culpables eran varones, y de ellos, más de la mitad (el 54%) tenían entre 25 y 44 años de edad.

Pornografía

17.De acuerdo con la información que figura en los datos presentados por la policía, en 2006 la policía se ocupó de 922 casos de utilización de niños en la pornografía, y de 1.244 casos en 2007. En 2006, en el Canadá se acusó a 328 personas de posesión, acceso, producción o distribución de pornografía infantil, y a 371 personas en 2007. El 97% de los acusados eran varones, y la mayoría tenía entre 25 y 54 años de edad.

18.En 2005, los funcionarios responsables del control fronterizo del Canadá realizaron 130 interceptaciones o incautaciones de material de pornografía infantil a viajeros que pretendían entrar en el país, y en 2006 se realizaron 137 actuaciones de ese tipo. La cantidad de objetos interceptados ha aumentado de forma constante desde 2000, y la pornografía infantil ha pasado de utilizar fotografías o medios impresos a un soporte basado en imágenes o videos digitalizados. En 2005 se enmendó el Código Penal para incluir los formatos de audio, así como el material escrito que tenga, como característica predominante, la descripción de actividades sexuales prohibidas con niños. Los funcionarios encargados del control fronterizo del Canadá han realizado numerosas interceptaciones e incautaciones de material escrito de pornografía infantil.

19.Los datos sugieren que los avances tecnológicos han permitido aumentar el volumen de las recopilaciones que contienen imágenes de abusos sexuales de niños. Asimismo, los investigadores que se ocupan de la explotación de los niños en el Canadá han informado de un aparente aumento en la cantidad de videos que muestran abusos sexuales a niños. Probablemente esto se debe a factores como la disposición de un ancho de banda mayor, la tecnología digital, una mayor capacidad de almacenamiento y el menor costo de las computadoras personales.

20.Los datos obtenidos mediante la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos indican que, en 2006-2007, se presentaron ante los tribunales penales para adultos del Canadá 219 casos de delitos de utilización de niños en la pornografía (véase el cuadro 1 infra). En 2006 y 2007, la prisión fue la condena más severa impuesta con mayor frecuencia a los acusados de pornografía infantil declarados culpables. Casi las dos terceras partes (el 61%) debían cumplir condena en un centro penitenciario, y algo menos de una quinta parte (el 19%) recibió una condena condicional (que debían cumplir en la comunidad). La libertad condicional fue la condena más severa en aproximadamente el 10% de las causas. El porcentaje de fallos condenatorios en las causas de pornografía infantil aumentó de un 55% en 1999 a un 74% en 2001, y se ha mantenido relativamente estable a partir de entonces.

Casos denunciados

21.En el cuadro 1 se describen los casos presentados ante los tribunales penales para adultos del Canadá (procesos penales iniciados).

Número de casos

1998-1999

1999-2000

2000-2001

2001-2002

2002-2003

2003-2004

2004-2005

2005-2006

2006-2007

Utilización de niños en la pornografía

Producción o posesión con esos fines

4

10

8

11

10

9

8

6

11

Distribución o transmisión

15

12

12

13

15

13

29

23

17

Posesión o acceso

50

34

23

98

116

120

142

189

191

Subtotal

69

56

43

122

141

142

179

218

219

Prostitución infantil

Vivir de los beneficios

14

21

13

12

11

16

13

7

10

Comunicación con esos fines

46

43

33

23

21

43

31

28

13

Progenitor que ejerce de intermediario

2

0

2

3

0

3

1

2

1

Subtotal

62

64

48

38

32

62

45

37

24

Total

131

120

91

160

173

204

224

255

243

Fuente : Encuesta sobre los tribunales penales para adultos, Centro Canadiense de Estadísticas de Justicia, Oficina de Estadísticas del Canadá.

a )El acceso a la pornografía infantil [art. 163.1(4.1)] entró en vigor el 23 de julio de 2002.

b )No están incluidos Manitoba, los Territorios del Noroeste, Nunavut ni Nueva Brunswick.

c )La unidad básica de análisis es la "causa individual", como se indica en el párrafo 8.

d )Como todos los datos (desde 1994-1995 hasta 2006-2007) obtenidos a partir de la Encuesta integrada sobre los tribunales penales y la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos se han elaborado utilizando la nueva definición de causa (véase el párrafo 8), los datos de este informe no se pueden comparar con los datos presentados antes de octubre de 2007.

22.En el cuadro 2 figuran las personas condenadas en el Canadá por solicitar servicios basados en la explotación sexual.

2006-2007

Número y porcentaje

Declarados culpables

Absueltos

Suspensión del proceso o retirada de la acusación

Otros

Utilización de niños en la pornografía

Producción y posesión con esos fines

10 (90,9)

0 (0,0)

0 (0,0)

1 (100,0)

Distribución o transmisión

16 (94,1)

0 (0,0)

1 (5,9)

0 (00,0)

Posesión o acceso

149 (78,0)

3 (1,6)

34 (17,8)

5 (2,6)

Prostitución infantil

Vivir de los beneficios

4 (36,4)

0 (5,9)

5 (35,3)

1 (9,1)

Comunicación con esos fines (art. 212, párr. 4)

9 (50,0)

0 (0)

4 (30,8)

0 (0,0)

Progenitor que ejerce de intermediario (art.170)

1 (100,0)

0 (0,0)

0 (0,0)

0 (0,0)

Total

199

3

44

7

Fuente : Encuesta sobre los tribunales penales para adultos, Centro Canadiense de Estadísticas de Justicia, Oficina de Estadísticas del Canadá.

a) La categoría "Otros" incluye todas las demás decisiones, como las relativas a personas exentas de responsabilidad penal y las no aptas para comparecer en juicio.

b) Los porcentajes no suman el 100% en algunos casos debido a errores de redondeo.

c) No están incluidos Manitoba, los Territorios del Noroeste, Nunavut ni Nueva Brunswick

d) La unidad básica de análisis es la "causa individual", como se indica en el párrafo 8.

e) Como todos los datos (desde 1994-1995 hasta 2006-2007) obtenidos a partir de la Encuesta integrada sobre los tribunales penales y la Encuesta sobre los tribunales penales para adultos se han elaborado utilizando la nueva definición de causa (véase el párrafo 8), los datos de este informe no se pueden comparar con los datos presentados antes de octubre de 2007.

Parte III

Medidas generales de aplicación

Legislación penal

23.El sistema de justicia penal del Canadá refleja la asociación entre el Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales. El Gobierno del Canadá es responsable de la formulación de la legislación penal, y los gobiernos provinciales y territoriales son responsables de la administración de justicia. El Código Penal se aplica por igual en todo el país, lo que permite una respuesta uniforme a todas las formas de explotación sexual de los niños.

24.El Código Penal del Canadá brinda una amplia protección contra todas las formas de abuso o explotación sexual de los niños. Están protegidos contra los delitos generales como todos los canadienses, por ejemplo, contra todas las formas de agresión sexual, agresión, detención ilegal, secuestro o trata de personas. También están protegidos con respecto a los delitos sexuales cometidos específicamente contra los niños, lo que incluye, por ejemplo, las siguientes prohibiciones:

Todo contacto o tocamiento sexual con un niño, así como toda invitación a mantener relaciones sexuales con un niño;

Los viajes al extranjero de un ciudadano canadiense o un residente permanente en el Canadá para participar en actividades sexuales prohibidas con un niño (utilización de niños en el turismo sexual);

La utilización de Internet para mantener comunicaciones con un niño "utilizando métodos para atraerlo con fines sexuales", o facilitar la comisión de un delito sexual o de secuestro contra un niño;

El ofrecimiento o la obtención de la participación de un niño en actividades sexuales ilegales mediante, entre otras cosas, la prostitución;

Todas las formas de pornografía infantil, sea en formato escrito, de video o de audio, lo que incluye la prohibición de la posesión y el acceso, así como todas las formas de realización, distribución, venta, transmisión, puesta a disposición, importación y exportación de materiales que utilicen niños en la pornografía.

25.En junio de 2007, se aumentó la pena por el delito de utilizar Internet para comunicarse con un niño utilizando métodos para atraerlo con fines sexuales, o para facilitar la comisión de un delito sexual o de secuestro contra un niño; las penas pasaron de 5 a 10 años en los casos de acusación formal, y de 6 a 18 meses en los juicios sumarios. En 2007 se presentaron otras reformas del Código Penal, que entraron en vigor en 2008, destinadas a mejorar la protección de los niños contra la explotación sexual, entre las que figuran las siguientes:

Se elevó la edad mínima para el consentimiento sexual a 16 años de edad;

Se reforzaron las disposiciones relativas a los delincuentes peligrosos;

Se reforzaron las disposiciones sobre el compromiso de buena conducta (peace bond), que permiten a un tribunal imponer medidas de protección con el objetivo de prevenir la comisión de delitos sexuales contra un niño menor de 16 años de edad.

26.El derecho penal del Canadá prohíbe la trata de personas con fines de explotación, del tipo que fuere, independientemente de si esta se produce íntegramente en el país o de si incluye traer personas del extranjero al Canadá. El derecho penal se aplica en todo el país, lo que permite aplicar un enfoque uniforme para combatir la trata de personas y las prácticas conexas.

27.En 2005 se tipificaron en el Código Penal del Canadá tres delitos graves específicos contra la trata de personas (proyecto de ley C-49, Ley de enmienda del Código Penal (Trata de personas), S.C. 2005, c. 43), que prohíben: cometer actos con fines de explotar o facilitar la explotación de una persona; percibir beneficios económicos o de otra índole derivados de un delito de trata de personas; y retener o destruir documentos de viaje o de identidad con el propósito de cometer o facilitar un delito de trata de personas.

28.Estos delitos específicos sobre la trata de personas complementan los delitos ya tipificados en el Código Penal aplicables a los casos de trata de personas, que incluyen el secuestro, el confinamiento obligatorio, las amenazas, la extorsión, las agresiones, las agresiones sexuales, y los delitos relacionados con la prostitución y con la delincuencia organizada. La Ley de inmigración y protección de los refugiados también incluye el delito de la trata de personas en relación con los casos de trata internacional.

29.En caso de que un niño extranjero que se halle en el Canadá esté en una situación vulnerable debido a, entre otras razones, explotación sexual comercial, los funcionarios responsables del control fronterizo tienen la obligación de trasladar al niño al organismo de protección de la infancia provincial o territorial correspondiente, para que este se encargue de su protección. En caso de detectar indicios de trata de personas, los funcionarios acordarán con el organismo de protección de la infancia asignado las medidas necesarias para poder interrogar al niño. En mayo de 2006, el Canadá adoptó una política pública mediante la que se proporcionó a los funcionarios de inmigración directrices para tratar las necesidades específicas de las víctimas de la trata en el Canadá, en forma de permisos de residencia temporales de corto plazo para las víctimas de la trata de personas. Desde junio de 2007, los funcionarios de inmigración pueden emitir permisos de residencia temporales de corto plazo en el Canadá, con una duración máxima de 180 días, a las víctimas de la trata, lo que incluye a las víctimas menores de edad. Las pruebas necesarias para verificar si un ciudadano extranjero es una posible víctima de la trata no son determinantes para conceder un permiso de residencia temporal de corto plazo.

30.El Grupo de Trabajo Interministerial sobre la Trata de Personas se encarga de coordinar y supervisar las iniciativas desplegadas para luchar contra la trata de personas a nivel federal. Reúne a 18 ministerios y organismos federales, y centraliza la información práctica a nivel federal. Se ocupa de reforzar las respuestas a nivel federal mediante la elaboración de políticas gubernamentales sobre la trata de personas, el intercambio de información y la facilitación de la cooperación nacional e internacional. También colabora con asociados nacionales, lo que incluye las provincias y los territorios, así como las organizaciones de la sociedad civil.

31.En el cuadro que figura a continuación se enumeran los delitos correspondientes imputables en los casos de venta de niños, utilización de niños en la pornografía y prostitución infantil, así como las penas correspondientes:

Delito tipificado en el Código Penal

Descripción

Pena

Artículo 7, párrafo 4.1:

Se prohíbe a todo ciudadano canadiense, o residente permanente en el Canadá, la comisión de cualquiera de los delitos sexuales enumerados contra un niño en el extranjero (utilización de niños en el turismo sexual).

La pena máxima es la misma tanto si el delito se comete en el extranjero como si se comete en el Canadá (véanse infra los detalles en cada caso).

Artículo 151: Tocamientos sexuales

Se prohíben los tocamientos, con fines sexuales, de cualquier parte del cuerpo de una persona menor de 16 años de edad.

Con acusación formal, un máximo de 10 años y un mínimo de 45 días de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 14 días de prisión.

Artículo 152: Invitación a tocamientos sexuales

Se prohíbe invitar, aconsejar o incitar a una persona menor de 16 años de edad a realizar tocamientos a cualquier otra persona con fines sexuales.

Con acusación formal, un máximo de 10 años y un mínimo de 45 días de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 14 días de prisión.

Artículo 153: Explotación sexual

Se prohíbe a toda persona de confianza o con autoridad con respecto a una persona de entre 16 y 18 años de edad, o con la que el joven mantiene una relación de dependencia, o a cualquier persona que de otro modo explote a una persona joven (probado por la naturaleza y las circunstancias de la relación, lo que incluye la edad de la persona joven, cualquier diferencia de edad, la evolución de la relación y el grado de control o influencia sobre la persona joven), de participar en actividades sexuales con esa persona joven.

Con acusación formal, un máximo de 10 años y un mínimo de 45 días de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 14 días de prisión.

Artículo 155: Incesto

Se prohíbe a toda persona mantener relaciones sexuales con un pariente consanguíneo, si este es progenitor, hijo, hermano, abuelo o nieto.

Delito penal punible con una pena máxima de 14 años de prisión.

Artículo 160: Zoofilia

Se prohíbe a toda persona practicar la zoofilia en presencia de una persona menor de 16 años de edad, o incitar a una persona menor de 16 años de edad a practicar la zoofilia.

Delito penal punible con una pena máxima de 10 años de prisión.

Artículo 162: Voyeurismo

Se prohíbe la observación o grabación en secreto de otra persona cuando haya expectativas razonables de privacidad en tres situaciones específicas, así como la distribución internacional de materiales basados en el voyeurismo.

Con acusación formal, un máximo de 10 años de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 6 meses de prisión.

Artículo 163, párrafo 1): Utilización de niños en la pornografía

Se prohíbe la comisión de diversos actos relacionados con la producción, distribución o posesión de material pornográfico infantil. La utilización de niños en la pornografía se define como:

Toda fotografía, película de video o cualquier otra representación visual que muestre a una persona menor de 18 años de edad, o que represente esa edad, participando en una actividad sexual explícita, o que represente que participa, o cuya característica principal sea la representación, con fines sexuales, de un órgano sexual o la región anal de una persona menor de 18 años de edad; o

todo material escrito o representación visual que abogue o aconseje realizar actividades prohibidas con una persona menor de 18 años de edad.

En el caso de una persona que produzca, imprima, publique o posea material pornográfico infantil con objeto de publicarlos:

Con acusación formal, un máximo de 10 años y un mínimo de 1 año de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 90 días de prisión.

En el caso de una persona que transmita, ponga a disposición, distribuya, venda, importe o posea este material con los fines expuestos supra:

Con acusación formal, un máximo de 10 años y un mínimo de 1 año de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 90 días de prisión.

En el caso de una persona que posea o tenga acceso a este material:

Con acusación formal, un máximo de 5 años y un mínimo de 45 días de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses y un mínimo de 14 días de prisión.

Cabe señalar que, a efectos de dictar sentencia, constituye un agravante.

Artículo 170: Progenitor o tutor que ejerce de intermediario

Se prohíbe que un progenitor o tutor de una persona menor de 18 años de edad, procure que esa persona participe en cualquier actividad sexual prohibida.

Un máximo de 5 años y un mínimo de 6 meses de prisión, si se trata de una persona menor de 16 años de edad.

Un máximo de 2 años y un mínimo de 45 días de prisión, si se trata de una persona mayor de 16 años y menor de 18 años de edad.

Artículo 171: Dueño de casa que permite una actividad sexual

Se prohíbe a toda persona propietaria, que ocupa o gestiona un local o establecimiento, o que participa en la gestión o el control del mismo, permitir a sabiendas que una persona menor de 18 años de edad se dedique a actividades sexuales prohibidas o esté presente cuando se cometan esas actividades.

Un máximo de 5 años y un mínimo de 6 meses de prisión, si se trata de una persona menor de 16 años de edad.

Un máximo de 2 años y un mínimo de 45 días de prisión, si se trata de una persona mayor de 16 años y menor de 18 años de edad.

Artículo 172: Corrupción de niños

Se prohíbe a toda persona practicar determinados actos en el hogar de un niño menor de 18 años de edad (adulterio, inmoralidad sexual, alcoholismo habitual u otro vicio), atentando contra la moral del niño o convirtiendo el hogar en un lugar no apto para el niño.

Delito penal punible con una pena máxima de 2 años de prisión.

Artículo 172, párrafo 1): Utilizar métodos para atraer a un niño con fines sexuales

Se prohíbe a toda persona utilizar los sistemas informáticos para comunicarse con niños con fines de practicar actividades sexuales prohibidas.

Con acusación formal, un máximo de 10 años de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses de prisión, una multa de 2.000 dólares, o ambas penas.

Artículo 173 2): Actos indecentes/exhibicionismo

Se prohíbe a toda persona mostrar sus órganos genitales a un niño menor de 16 años de edad.

En juicio sumario es punible con una pena máxima de 6 meses de prisión.

Artículo 212, párrafos 2) y 2.1): vivir de los beneficios derivados de la prostitución de una persona menor de 18 años

Se prohíbe a toda persona vivir de los beneficios derivados de la prostitución de una persona menor de 18 años de edad.

Se prohíbe a toda persona vivir de los beneficios derivados de la prostitución de una persona menor de 18 años, así como obligar a esa persona a practicar la prostitución utilizando la violencia, la coerción o la intimidación, o amenazando con hacerlo.

Un máximo de 14 años y un mínimo de 2 años de prisión.

Un máximo de 14 años y un mínimo de 5 años de prisión.

Artículo 212, párrafo 4): Comunicarse con una persona joven para conseguir servicios sexuales

Se prohíbe a toda persona conseguir o procurar los servicios sexuales de una persona menor de 18 años de edad, o de comunicarse con cualquier otra persona para conseguir esos servicios.

Un máximo de 5 años y un mínimo de 6 meses de prisión.

Artículo 271, párrafo 1): Agresión sexual

Se prohíbe la agresión sexual, esto es, los tocamientos, sin consentimiento, de otra persona en circunstancias de carácter sexual.

Con acusación formal, un máximo de 10 años de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 18 meses de prisión.

Artículo 272, párrafo 1): Agresión sexual con la utilización de un arma, amenazas, o que cause daños corporales

Se dispone que comete un delito toda persona que, en un acto de agresión sexual: porte, utilice, o amenace con utilizar, un arma, o un objeto que imite un arma; amenace con causar daños corporales a un tercero distinto de la víctima; cause daños corporales a la víctima; o participe en la comisión de un delito contra cualquier otra persona.

Si se utiliza un arma de fuego, un máximo de 14 años y un mínimo de 4 años de prisión.

En cualquier otro caso, un máximo de 14 años de prisión.

Artículo 273, párrafo 1): Agresión sexual con agravante

Se estipula que una persona comete una agresión sexual con agravante si, al cometer una agresión sexual, hiere, mutila, desfigura o pone en peligro la vida de la víctima.

Si se utiliza un arma de fuego, la pena máxima es la cadena perpetua y la mínima 4 años de prisión.

En cualquier otro caso, la pena máxima es la cadena perpetua.

Artículo 273, párrafo 3): Sacar a un niño del Canadá

Se prohíbe a toda persona cualquier tipo de acción con objeto de sacar a un niño del Canadá con la intención de cometer alguno de los delitos o agresiones sexuales enumerados.

Con acusación formal, un máximo de 5 años de prisión.

En juicio sumario, un máximo de 6 meses de prisión.

Artículo 279, párrafo 1): Trata de personas

Se prohíben los actos especificados con objeto de explotar a otra persona o facilitar su explotación (incluida la explotación sexual).

Punible con una pena máxima de cadena perpetua cuando incluye secuestro, agresión con agravante o agresión sexual con agravante.

En cualquier otro caso, la pena máxima es de 14 años de prisión.

32.El Gobierno del Canadá tiene competencia para importar o exportar materiales prohibidos. Las disposiciones de la Ley de aduanas relacionadas con la prohibición de los materiales de pornografía infantil son las siguientes: el artículo 12, que exige que se declaren todos los productos importados en el Canadá; el artículo 155, que estipula como delito poseer, comprar, vender, intercambiar, o adquirir o disponer de otro modo cualquier producto importado que esté prohibido, restringido o bajo control en virtud de una ley promulgada por el Parlamento; y el artículo 159, que tipifica como delito el contrabando, o el intento de contrabando, en el Canadá, de cualquier producto que esté prohibido, restringido o bajo control en virtud de una ley promulgada por el Parlamento. En todos los casos, la pena correspondiente cuando hay acusación formal es una multa no superior a los 500.000 dólares, la prisión durante un período no superior a los cinco años, o ambas penas. En juicios sumarios, la pena es una multa no superior a los 50.000 dólares, la prisión durante un período no superior a los seis meses, o ambas penas.

33.Los gobiernos provinciales y territoriales también desempeñan una importante función en la lucha contra la explotación sexual de los niños. En todas las jurisdicciones se han promulgado leyes relativas a la protección del niño.

34.En las leyes de las provincias y los territorios sobre el bienestar de la infancia se reconoce la necesidad de brindar protección a los niños víctimas de la explotación sexual, lo que incluye la prostitución. Por ejemplo, en la Ley de protección de los niños implicados en la prostitución de Alberta se reconoce que los niños utilizados en la prostitución son víctimas de abusos sexuales. Mediante las enmiendas que entraron en vigor en octubre de 2007, se modificó el nombre de la ley, que pasó a denominarse Ley de protección de los niños víctimas de explotación sexual, para destacar el hecho de que estos niños son objeto de explotación sexual y para eliminar los obstáculos que encuentran en el acceso a los servicios. Mediante esas enmiendas también se ampliaron los servicios de carácter voluntario hasta los 22 años de edad. En el marco de esa Ley, el gobierno de Alberta ha puesto en marcha programas y servicios para ayudar a los niños a abandonar la prostitución (http://www.qp.gov.ab.ca/documents/Acts/P30P3.cfm?frm_isbn=9780779726332).

35.En la Ley de servicios para el niño y la familia de Saskatchewan también se establece que se debe proteger a los niños involucrados en la prostitución.

36.En Saskatchewan se ha promulgado legislación para sancionar a quienes explotan a niños con fines sexuales y para impedir que lo hagan, así como para reforzar la protección y los servicios de apoyo a las víctimas. Por ejemplo, en la Ley de emergencia para la protección de las víctimas de abuso sexual infantil y de explotación infantil también se reconoce como víctimas a los niños objeto de explotación en el comercio sexual. El gobierno de Saskatchewan ha aprobado políticas en las que se reconoce que los niños y jóvenes objeto de explotación sexual son víctimas, a fin de asegurar que los que cometen esos delitos contra los niños respondan por ello y, si son condenados, se les impongan penas significativas, y en las que se insta a los fiscales a que, en la medida de lo posible, eviten imputar cargos de prostitución contra niños y jóvenes.

37.En la Ley de la infancia del territorio del Yukón se establece que se debe proteger a todo niño cuyo progenitor o persona que está a su cargo lo aliente a participar en actividades sexuales.

38.A continuación se enumeran algunos ejemplos de leyes de las provincias y los territorios.

Provincia o territorio

Ley

Descripción

Alberta

Ley de protección de los niños víctimas de explotación sexual

Se basa en los siguientes principios rectores:

Los niños que ejercen la prostitución son víctimas de abusos sexuales;

Los niños tienen derecho a la integridad física y emocional, la seguridad y el bienestar;

Los niños tienen derecho a recibir protección y seguridad contra los abusos sexuales y la explotación sexual;

Los niños que ejercen la prostitución, o que corren el riesgo de ejercerla, necesitan servicios de protección y apoyo a las víctimas.

Saskatchewan

Ley de seguridad vial

Otorga potestad a la policía para incautar los vehículos utilizados para merodear por las calles con objeto de adquirir servicios sexuales; si el inculpado se matricula pero no completa la John School (rehabilitación de clientes de prostitutas), la condena puede suponer la suspensión del permiso de conducir. La posibilidad de asistir a la John School no está a disposición de los infractores que solicitan niños. Según esta Ley, también constituye un delito conducir o aparcar un vehículo, de forma reiterada y sin justificación legítima, en una zona frecuentada por trabajadores de la industria del sexo. Este delito puede ser punible con una multa que no supere los 5.000 dólares.

Ley de emergencia para la protección de las víctimas de abuso sexual infantil y de explotación infantil

Permite a la policía, así como a los trabajadores y facilitadores sociales designados, obtener órdenes de intervención urgente de protección, con objeto de mantener alejados a los infractores de los jóvenes que han sido objeto de explotación sexual.

Nueva Escocia

Ley sobre la notoriedad de los delitos, de 2006

Esta Ley tiene por objeto evitar que los delincuentes saquen provecho económico de la notoriedad de sus delitos. Permite confiscar el dinero u otro beneficio económico de las personas condenadas por distintos delitos graves, cuando provenga de un contrato relacionado con la reconstrucción del delito. El pago que esa persona debería recibir por relatar el delito que ha cometido (por ejemplo, los derechos de autor por la venta de un libro) se debe efectuar al Ministerio de Justicia de Nueva Escocia.

Ley de vigilancia transfronteriza, de 2005

Es una ley que permite la vigilancia interjurisdiccional en determinadas circunstancias.

Ley de comunidades y barrios más seguros, de 2006

Tiene por objeto aumentar la seguridad comunitaria, mediante la identificación y, si es necesario, el cierre de edificios o terrenos residenciales o comerciales que se suelen utilizar para actividades ilegales, como la elaboración, venta o consumo de drogas ilegales, la prostitución, el juego ilegal, o la venta o el consumo ilegal de bebidas alcohólicas.

39.En el cuadro que figura a continuación se facilita información sobre la legislación específica de las provincias y los territorios relacionada con la notificación obligatoria de los delitos sexuales cometidos contra niños, así como sobre las penas aplicables en caso de incumplimiento.

Provincia o territorio

Ley

Disposiciones sobre la edad de la protección y ampliación de los servicios de atención; notificación obligatoria y penas por incumplimiento de la notificación

Columbia Británica

Ley de servicios para el niño, la familia y la comunidad

Edad de protección: hasta los 19 años.

Si una persona no informa sobre la situación de un niño que necesita protección, o proporciona información falsa a sabiendas, comete un delito punible con una multa de hasta 10.000 dólares, una pena de prisión de hasta seis meses, o ambas penas. En los artículos 28 y 98 se dispone la protección de un niño contra una persona determinada (por ejemplo, una persona violenta).

Alberta

Ley de protección de la infancia, la juventud y la familia, de 2004

Edad de protección: hasta los 18 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 22 años de edad.

El incumplimiento de la notificación obligatoria constituye un delito punible con una multa no superior a los 2.000 dólares y, en caso de falta de pago, con una pena de hasta seis meses de prisión.

Saskatchewan

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: personas solteras menores de 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 21 años de edad en los casos de acogida permanente o a largo plazo.

El incumplimiento de la notificación obligatoria es punible con una pena de prisión de hasta 24 meses, una multa no superior a los 25.000 dólares, o ambas penas.

Manitoba

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: hasta los 18 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 21 años de edad.

El incumplimiento de la notificación obligatoria constituye un delito punible, en juicio sumario, con una multa no superior a los 50.000 dólares, una pena de prisión de hasta 24 meses, o a ambas penas.

Ontario

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: hasta los 16 años. (Si hay una orden judicial en vigor antes de que el niño cumpla los 18 años, este puede estar a cargo de las sociedades de asistencia a la infancia hasta los 18 años de edad.)

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 21 años de edad solo para los pupilos de la Corona (Crown wards)

La notificación es obligatoria, y todo profesional que se niegue a formularla puede ser condenado a pagar una multa de hasta 1.000 dólares.

En el artículo 79 de la Ley se tipifica como delito el hecho de que una persona que esté a cargo de un niño lo maltrate o permita que sufra malos tratos (la definición de malos tratos de este artículo incluye "un estado o una situación en la que se sufren abusos sexuales o explotación sexual").

Quebec

Ley de protección de la juventud

Edad de protección: hasta los 18 años.

La notificación es obligatoria para los profesionales, los empleados de una institución, los maestros o los funcionarios de policía que, en el desempeño de sus funciones, tengan motivos para informar de casos de malos tratos. La pena por no formular la notificación consiste en una multa de entre 250 y 2.500 dólares.

Nueva Brunswick

Ley de servicios para la familia

Ley de educación

Edad de protección: hasta los 16 años, y hasta los 19 años en el caso de personas con discapacidad.

Ampliación de los servicios de atención: personas de más de 19 años de edad.

En los casos de malos tratos de niños menores de 16 años de edad, la notificación es obligatoria, y los profesionales que la omitan pueden ser sancionados con multa de hasta 7.500 dólares, o con pena de prisión de hasta 90 días.

Edad de protección: todos los alumnos de las escuelas públicas.

La notificación es obligatoria para todo el personal escolar y todos los profesionales. Los profesionales que no presenten informes puede ser sancionados con multa de hasta 7.500 dólares o con pena de prisión de hasta 90 días.

Nueva Escocia

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: hasta los 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 21 años de edad.

La notificación es obligatoria, y su omisión es punible con multa no superior a los 2.000 dólares, con prisión de hasta seis meses, o con ambas penas. Todo profesional o funcionario que haya tenido relación con el niño y no haya informado de los malos tratos puede ser sancionado con multa de hasta 5.000 dólares, con prisión no superior a un año, o con ambas penas.

Isla del Príncipe Eduardo

Ley de protección del niño, de 2003

Ley del sistema escolar

Edad de protección: hasta los 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 18 años de edad.

La notificación es obligatoria, con una pena de hasta 2.000 dólares por la omisión de informar de los casos de malos tratos o descuido. La única excepción permitida es el secreto profesional de los abogados.

La notificación obligatoria en el caso de los maestros y el personal escolar es punible con multa no superior a los 1.000 dólares, con prisión de hasta seis meses, o con ambas penas.

Terranova y Labrador

Ley sobre los servicios a los niños, los jóvenes y a la familia

Edad de protección: hasta los 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 21 años de edad.

La notificación es obligatoria, y la omisión de informar de un caso de malos tratos o descuido de un niño puede dar lugar a una multa de hasta 10.000 dólares, a una pena de prisión no superior a los seis meses, o a ambas penas.

Yukón

Ley de la infancia

Edad de protección: hasta los 18 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 19 años de edad.

La presentación de información falsa o malintencionada puede dar lugar a la imposición de una multa de hasta 5.000 dólares, de una pena de hasta seis meses de prisión, o a ambas penas.

Territorios del Noroeste

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: hasta los 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 19 años de edad.

Una persona que no informe puede ser sancionada, en juicio sumario, con multa no superior a los 5.000 dólares, con prisión de hasta seis meses, o con ambas penas.

Nunavut

Ley de servicios para el niño y la familia

Edad de protección: hasta los 16 años.

Ampliación de los servicios de atención: hasta los 19 años de edad.

Una persona que no informe puede ser sancionada, en juicio sumario, con multa no superior a los 5.000 dólares, con prisión de hasta seis meses, o con ambas penas.

Medidas administrativas

40.El Sistema de alerta nacional es una medida adoptada por el Gobierno del Canadá para reducir al mínimo la amenaza que suponen los delincuentes que manifiestan una tendencia demostrada a cometer delitos violentos o sexuales. El objetivo es identificar a los delincuentes susceptibles de ser declarados delincuentes peligrosos o sometidos a un control prolongado. Según la legislación canadiense, tras una condena por lesiones graves, la fiscalía puede solicitar que se declare al infractor como delincuente peligroso. Si se acepta la petición, la persona es designada como delincuente peligroso para toda su vida, lo que puede representar una sentencia de duración indeterminada. Por otra parte, se puede someter a un delincuente peligroso, o a una persona que entrañe un alto riesgo, a un control a largo plazo, lo que significa que, tras una pena de prisión, se le aplica un período de vigilancia comunitaria de hasta diez años de duración. Al "marcar" a esas personas en el sistema de identificación nacional de la policía, los policías y los fiscales pueden saber que se trata de delincuentes que presentan un alto riesgo o son violentos o agresores sexuales, y se debe considerar la posibilidad de solicitar su designación como delincuentes peligrosos o sometidos a un control prolongado en los procesos subsiguientes, a efectos de dictar sentencia.

41.En 2008, el Canadá modificó las disposiciones relativas a los delincuentes peligrosos, a fin de permitir que un tribunal pueda reconsiderar la posibilidad de imponer una sentencia de prisión de duración indeterminada a un delincuente peligroso declarado, en caso de que infrinja alguna condición impuesta en una orden de vigilancia a largo plazo cuando ya está en libertad en la comunidad. En las audiencias pertinentes, recae en el delincuente la carga de demostrar que ya no representa una amenaza para la seguridad pública de la comunidad.

42.El Canadá cuenta asimismo con un Registro nacional de delincuentes sexuales, concebido para ayudar a la policía en la investigación de los delitos sexuales, ya que permite acceder a una amplia base de datos de delincuentes condenados por ese tipo de delitos. El tribunal puede ordenar a toda persona declarada culpable de un delito de carácter sexual, entre los que figuran los cometidos contra niños, que cumpla los requisitos de registro de la legislación federal durante un período determinado, que puede oscilar entre los diez años y toda la vida, lo que incluye registrarse en la policía local en un plazo de 15 días tras su puesta en libertad, una vez al año, y cada vez que cambia de domicilio. El acceso a ese registro está limitado a los policías canadienses que participen en una investigación en curso sobre un delito de carácter sexual. En enero de 2007, había más de 14.300 delincuentes inscritos en el Registro de delincuentes sexuales.

43.Algunos territorios y provincias han adoptado protocolos de notificación con objeto de informar al público sobre la presencia de delincuentes de alto riesgo. La mayoría de provincias y territorios han formalizado los mecanismos de notificación al público mediante la creación de comités consultivos y procedimientos de divulgación a la comunidad de la información sobre esos delincuentes. Los criterios que deben cumplirse antes de la notificación pública, así como la definición de "delincuente de alto riesgo" varían en los distintos territorios y provincias. Algunos protocolos provinciales y territoriales hacen referencia a los delincuentes sexuales, mientras que otros incluyen a todos los autores de delitos violentos graves.

44.En muchos territorios y provincias se exige la verificación de los antecedentes penales de los educadores y de los voluntarios que trabajan con niños.

45.En Quebec, por ejemplo, las disposiciones legislativas sobre la verificación de antecedentes penales en la red educativa entraron en vigor en 2006. Mediante diversas enmiendas a la Ley de educación y la Ley sobre la enseñanza privada, se otorgaron al Ministro algunas facultades discrecionales, como la de negarse a expedir o renovar la autorización para impartir enseñanza a aquellas personas declaradas culpables de delitos penales relacionados con la profesión docente, si no han sido indultados; en esos casos el Ministro puede suspender o revocar el permiso. Desde la aplicación de las disposiciones legislativas sobre la verificación de los antecedentes penales, toda persona que solicite una autorización para impartir enseñanza, o su renovación, debe adjuntar en su solicitud un certificado de antecedentes penales. Además, se ha establecido un proceso uniforme para la verificación de los antecedentes penales de las personas afectadas por estas disposiciones.

46.El gobierno de Manitoba dispone de un Registro sobre el maltrato de niños que permite conocer, en determinadas circunstancias, el nombre de las personas que han cometido malos tratos contra algún niño. Véase más información en http://www.gov.mb.ca/ fs/childfam/child_abuse_registry.html.

47.Entre otras iniciativas concretas relacionadas con la explotación sexual de los niños figura la creación, en 2003, del Centro nacional de coordinación contra la explotación de niños, cuya función es actuar como portal y centro de coordinación de toda la información recibida a nivel internacional sobre la explotación sexual de niños en Internet. El Centro tiene asimismo el mandato de:

Crear dos bases de datos que facilitarán las investigaciones de los servicios policiales;

Establecer las normas nacionales en materia de formación y de funcionamiento, con objeto de asegurar la uniformidad en las investigaciones;

Coordinar las operaciones internacionales de gran alcance sobre la utilización de imágenes sexuales de niños en Internet;

Establecer asociaciones con el sector privado y con organizaciones no gubernamentales.

48.El Canadá se ha comprometido a aplicar íntegramente la política de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) para combatir la trata de seres humanos (adoptada por los Jefes de Estado y de Gobierno de la OTAN en la Cumbre de Estambul, celebrada en junio de 2004). Esta política incluye el compromiso de prohibir a las fuerzas y al personal civil desplegado bajo el mando de la OTAN la participación en actividades de trata de seres humanos o su facilitación. Establece asimismo que el personal bajo el mandato de la OTAN, apoyará, en el marco de sus competencias y su mandato, los esfuerzos desplegados por las autoridades responsables del país anfitrión para combatir la trata de personas. Se están tomando medidas para dotar de los conocimientos, valores y aptitudes necesarios a todos los miembros de las Fuerzas Canadienses y a los contratistas civiles que intervienen en misiones internacionales.

49.Con respecto a la venta de niños, los funcionarios responsables del control fronterizo y de los visados verifican la relación de los niños con sus progenitores o tutores cuando viajan. Dicha verificación se efectúa mediante el examen de la documentación antes de expedir los visados y cuando los niños atraviesan la frontera canadiense en el puesto fronterizo. Se utilizan, por ejemplo, los certificados de nacimiento y otros documentos locales que acreditan la relación. En muchos casos se realizan entrevistas personales que ayudan a determinar la relación. Además, en las solicitudes de residencia permanente en el Canadá, cuando no se dispone de información fiable para comprobar la relación con los niños, los funcionarios pueden solicitar un análisis del ADN que permita verificar la relación existente. Cuando los niños viajan con solo uno de los progenitores puede ser necesario aportar los documentos que acrediten el derecho de la guarda o una autorización de ambos progenitores. Además, los funcionarios responsables pueden acceder a varias bases de datos informatizadas en las que figura la información aportada por otros organismos policiales, con objeto de transmitirles cualquier motivo de preocupación.

50.El Canadá dispone de un programa nacional para la recuperación de niños desaparecidos, secuestrados o introducidos clandestinamente. El programa "Nuestros niños desaparecidos" (Our Missing Children) se basa en una asociación entre varios ministerios federales, en cooperación con sus homólogos a nivel provincial y territorial, organismos de los Estados Unidos, y fuerzas policiales de más de 40 países. Esos organismos intercambian información y se ayudan mutuamente en la tarea de encontrar a los niños desaparecidos y de reunirlos con sus progenitores o sus tutores legales.

51.Desde la creación del programa "Nuestros niños desaparecidos" en 1986, el Gobierno del Canadá ha recuperado a más de 1.500 niños, que se reunieron con sus familias o sus tutores legales. En noviembre de 1999, el programa recibió el Webber Seavey Award for Quality in Law Enforcement, un premio patrocinado conjuntamente por la Asociación Internacional de Jefes de Policía y Motorola, que se otorga anualmente a organismos de todo el mundo en reconocimiento de la promoción de un nivel de excelencia en el compromiso y el papel desempeñado por la policía en la calidad de vida de las comunidades locales.

Responsabilidades jurisdiccionales

52.El Canadá es un Estado federal cuyas competencias legislativas están repartidas entre el Parlamento federal y las cámaras legislativas provinciales y territoriales. Los ministerios responsables de las cuestiones abarcadas en el Protocolo varían en los diferentes gobiernos.

53.En las reservas de las Primeras Naciones, los organismos de los Servicios para el niño y la familia de las Primeras Naciones garantizan la seguridad y el bienestar de los niños de las Primeras Naciones, y promueven un ambiente familiar más seguro y estable para los niños, mediante el apoyo a servicios de prevención y protección culturalmente adecuados para los niños y las familias de las Primeras Naciones, de conformidad con la legislación y las normas de la provincia o el territorio de residencia.

54.En el cuadro que figura a continuación se ofrece información sobre los organismos gubernamentales responsables de hacer efectivas las disposiciones del Protocolo, y sobre los mecanismos internos de coordinación.

Gobierno

Ministerio

Coordinación

Gobierno federal

Ministerio de Justicia, Ministerio de Seguridad Pública, Real Policía Montada del Canadá, Agencia de Servicios de Fronteras del Canadá, Departamento de Ciudadanía e Inmigración del Canadá, Oficina de la Mujer del Canadá, Ministerio de Recursos Humanos y Desarrollo de Competencias, Ministerio de Asuntos Indígenas y del Norte del Canadá, Agencia de Salud Pública del Canadá, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional, Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional, Ministerio de Patrimonio Cultural, Servicio Canadiense de Investigación Criminal, Oficina del Consejo Privado, Oficina de Pasaportes, Oficina de Estadísticas del Canadá, y Ministerio Público del Canadá.

Dirección conjunta a cargo del Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Justicia.

Columbia Británica

Seguridad Pública y Procurador General; Desarrollo del Niño y la Familia; Salud; Educación; Fiscal General; y Relaciones Aborígenes y Reconciliación.

Comité de viceministros adjuntos de lucha contra la prostitución y la explotación sexual de los jóvenes

Alberta

Servicios para la infancia, Fiscal General, Justicia, Educación y Salud.

Grupo de trabajo de prevención de la explotación de los niños y los jóvenes.

Saskatchewan

Ministerios de: Educación, Salud, Establecimientos Penitenciarios, Seguridad Pública y Policía, Relaciones con las Primeras Naciones y los Métis, Servicios Sociales, Justicia, y Enseñanza Superior, Empleo y Trabajo

Comité interministerial provincial copresidido por los Ministerios de Servicios Sociales y de Justicia.

Manitoba

Servicios Familiares y Vivienda; Salud y Vida Saludable; Justicia; Asuntos Autóctonos y del Norte; Trabajo e Inmigración; Situación de la Mujer; Educación, Ciudadanía y Juventud; y Cultura, Patrimonio y Turismo.

Comité ministerial para la salud de la infancia del gobierno de Manitoba, apoyado por el Comité viceministerial para la salud de la infancia y la Oficina para la salud de la infancia de Manitoba.

Ontario

Servicios Comunitarios y Sociales, Servicios para la Infancia y la Juventud, Seguridad Comunitaria y Servicios Penitenciarios, y Fiscal General.

n.d.

Quebec

Ministerios de: Justicia, Seguridad Pública, Educación, y Salud y Servicios Sociales.

n.d.

Nueva Brunswick

Ministerio de Justicia y Asuntos del Consumidor, Oficina del Fiscal General, Ministerio de Seguridad Pública y Ministerio de Desarrollo Social.

n.d.

Nueva Escocia

Ministerios de Servicios Comunitarios, Salud, y Justicia.

Estrategia para los niños y los jóvenes de Nueva Escocia.

Isla del Príncipe Eduardo

Servicios Sociales y Servicios para las Personas de Edad, Fiscal General, Salud, y Educación.

n.d.

Terranova y Labrador

Ministerios de: Salud y Servicios Comunitarios, y Justicia.

n.d.

Yukón

Ministerios de: Salud y Servicios Sociales, y Justicia.

n.d.

Territorios del Noroeste

Ministerios de: Justicia, y Salud y Servicios Sociales.

n.d.

Nunavut

Ministerios de: Justicia, Servicios Comunitarios y Gubernamentales, y Salud y Servicios Sociales.

n.d.

Cooperación federal, provincial y territorial

55.Existen diversos foros que aseguran la colaboración en los planos federal, provincial y territorial sobre las cuestiones abarcadas en el Protocolo.

56.Por ejemplo, los Servicios de adopción internacional comparten la información recopilada por los altos comisionados del Canadá sobre las cuestiones relacionadas con el Protocolo, tanto de los países signatarios del Convenio de La Haya como de aquellos países que no se han adherido. Esta información ayuda a las provincias y los territorios a determinar si aceptan a los niños que provienen de un país dado.

57.Las estrategias intergubernamentales incluyen debates oficiales sobre la prevención de la trata de niños en el contexto de la adopción internacional, mediante la celebración de reuniones periódicas en las que participan representantes del gobierno federal y de los gobiernos provinciales y territoriales. Se tratan temas como las posibles irregularidades y las prácticas inapropiadas en la adopción internacional, así como las estrategias encaminadas a prevenir la trata de niños. Esas estrategias pueden incluir la imposición de una moratoria a las adopciones cuando existen pruebas de trata de niños o de corrupción.

58.El Foro de los directores provinciales y territoriales de bienestar de la infancia proporciona información a los gobiernos para la planificación estratégica, ya que facilita el intercambio de información sobre las iniciativas, la legislación y la investigación correspondientes, y promueve la sensibilización del público sobre la explotación sexual de los niños y los jóvenes.

59.El Grupo de trabajo federal, provincial y territorial sobre las víctimas del delito, compuesto por los directores de los servicios destinados a las víctimas de todas las provincias y territorios, así como por representantes del Gobierno federal, es un foro que facilita el intercambio de experiencias y de información. Esta red permite poner en marcha iniciativas conjuntas, identificar los nuevos problemas, realizar una evaluación oficiosa de los programas, debatir sobre las nuevas disposiciones legislativas y su aplicación, así como determinar las necesidades en materia de investigación.

60.El Comité de coordinación federal, provincial y territorial de altos funcionarios, en la esfera de la justicia penal, es el principal mecanismo de colaboración entre los funcionarios en relación con las cuestiones relativas a la justicia penal. Este Comité tiene la responsabilidad de analizar y formular recomendaciones sobre las cuestiones de justicia penal que incumben conjuntamente al Gobierno federal y a los gobiernos provinciales y territoriales. Es un foro fundamental para debatir y analizar esas cuestiones de forma que se incorporen los intereses y las responsabilidades de las distintas jurisdicciones, así como para elaborar recomendaciones que incluyan esos intereses y responsabilidades.

61.El Servicio Canadiense de Inteligencia Criminal es una asociación de organismos policiales, cuyo mandato consiste en asegurar la recopilación oportuna de información, y la elaboración e intercambio de información útil sobre la delincuencia organizada y los delitos graves. Las oficinas provinciales del Servicio desempeñan una importante función en la actividad policial basada en los servicios de inteligencia. Entre sus prioridades figuran el fraude electrónico, las bandas callejeras, la explotación sexual de los niños y la seguridad de las fronteras.

62.El Comité de coordinación del Atlántico sobre la delincuencia organizada es un foro en el que participan el Gobierno y la policía, que coordina la actividad de todos los departamentos policiales y gubernamentales que se ocupan de la delincuencia organizada. El Comité formula recomendaciones sobre las medidas destinadas a modificar las condiciones que alientan, apoyan o mantienen la delincuencia organizada.

63.Todas las provincias y los territorios son signatarios del Protocolo provincial/ territorial sobre el desplazamiento de niños y familias entre los distintos territorios y provincias, o lo aplican. Este Protocolo provincial y territorial es una política sobre los servicios de protección de la infancia, que establece directrices para la colaboración intergubernamental con respecto a las cuestiones relacionadas con la protección de los niños. En el Protocolo se establece un procedimiento para:

Alertar a las autoridades sobre cuestiones de protección de los niños en relación con familias o niños en situación de riesgo que se trasladan de una jurisdicción provincial o territorial a otra;

Devolver a los niños a la jurisdicción provincial o territorial de origen cuando sea apropiado;

Informar, por parte de un organismo de protección de la infancia, sobre posibles casos de malos tratos contra un niño, lo que incluye los abusos sexuales, a otro organismo provincial o territorial, sobre hechos descubiertos en el curso de su labor, cuando el niño reside en una zona que no pertenece a su jurisdicción.

64.El Protocolo interinstitucional para la investigación de los malos tratos y el descuido de niños, firmado en 1998 por la Real Policía Montada del Canadá, el Ministerio de Justicia del Canadá, y los ministerios del Yukón de Salud Pública y Servicios Sociales, de Educación, y de Justicia, permite dar una respuesta coordinada y basada en la investigación a las notificaciones y revelaciones de malos tratos padecidos por niños.

65.Entre otros mecanismos intergubernamentales de colaboración sobre cuestiones relacionadas con el Protocolo figuran los siguientes:

El Comité de coordinación federal, provincial y territorial de altos funcionarios, en la esfera del derecho de familia;

El Grupo de trabajo federal, provincial y territorial sobre la explotación sexual de niños y jóvenes;

El Comité de directores de bienestar de la infancia a nivel federal, provincial y territorial;

El Grupo de trabajo sobre ciberdelincuencia del Comité de coordinación federal, provincial y territorial de altos funcionarios, en la esfera de la justicia penal;

Los ministros de servicios sociales a nivel federal, provincial y territorial;

El Comité sobre trata de personas del Comité de coordinación federal, provincial y territorial de altos funcionarios.

La difusión del Protocolo y las actividades educativas y de promoción

66.El Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales del Canadá ejecutan y apoyan diversas iniciativas destinadas a promover una mayor comprensión de los derechos humanos y los derechos del niño.

67.Por ejemplo, el Gobierno del Canadá promueve una mayor comprensión de los derechos humanos, las libertades fundamentales y los valores conexos mediante la asistencia financiera y técnica a organizaciones no gubernamentales y grupos comunitarios, a fin de que realicen actividades educativas sobre los derechos humanos. Se distribuyen gratuitamente diversos materiales sobre derechos humanos, entre los que figuran la Carta de Derechos y Libertades del Canadá, que es el principal instrumento internacional sobre derechos humanos, y los informes periódicos del Canadá presentados en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos de las Naciones Unidas en los que el país es parte. En un sitio web se ofrece información sobre los derechos humanos en el Canadá; en él se pueden consultar en línea los instrumentos de derechos humanos, los informes periódicos presentados por el Canadá ante las Naciones Unidas y las observaciones finales de los comités de las Naciones Unidas (http://www.pch.gc.ca/ddp-hrd/index-eng.cfm).

68.El gobierno de Manitoba ha puesto en marcha una iniciativa para aumentar los conocimientos y la comprensión de los jóvenes de Manitoba acerca de sus derechos, tanto en general como en relación con los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas, que pone a su disposición en Internet diversas "publicaciones sobre derechos": http://www.childrensadvocate.mb.ca/English/what_is_new.html#publications. Entre los distintos folletos figuran los titulados "Los derechos de los jóvenes: los malos tratos y el descuido" y "Los derechos de los jóvenes: la justicia penal", que tratan cuestiones abarcadas en el Protocolo. Además, los responsables de Manitoba se han puesto en contacto con los organismos pertinentes para difundir más información sobre el Protocolo.

69.El Gobierno de Ontario organizó una conferencia interdisciplinar en marzo de 2007, en la que se debatió la Estrategia provincial de lucha contra los delitos cometidos contra los niños en Internet. Asimismo, en septiembre de 2007, Ontario auspició una conferencia titulada "Atender a los niños y jóvenes víctimas de la explotación sexual en Internet".

70.En noviembre de 1999, la Comisión de Derechos Humanos y Derechos de la Juventud de Quebec celebró el 10º aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño mediante la organización, junto con sus asociados, de un foro sobre los derechos de los niños de la calle. En diversos debates y conferencias se trató el problema de la prostitución infantil. En 2004, la Oficina Internacional de los Derechos del Niño organizó una conferencia internacional relativa a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. El problema de la explotación sexual de los niños se abordó específicamente en dos reuniones plenarias: en una de ellas se trató la cuestión de la trata de niños, y en la otra, la justicia para los niños víctimas y testigos de actos delictivos.

71.El Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales garantizan asimismo la distribución del Protocolo a los ministerios pertinentes. Por ejemplo, se ha distribuido el Protocolo a los ministerios del gobierno de Saskatchewan, por conducto del Comité interministerial sobre derechos humanos y del Comité interministerial contra la explotación sexual de los niños y los jóvenes, que se encargan de supervisar los programas y servicios provinciales relacionados con la explotación de los niños y los jóvenes.

La capacitación de los grupos profesionales y paraprofesionales

72.En todas las jurisdicciones se han elaborado instrumentos y estrategias para hacer cumplir la ley y de concienciación destinados a combatir la explotación de los niños.

73.El Gobierno del Canadá continúa la labor de dirigir, apoyar y poner en práctica numerosas iniciativas, tanto a nivel nacional como internacional, destinadas a evitar la trata, sensibilizar sobre la trata de personas, capacitar a los funcionarios que pueden estar en contacto con las personas víctimas de este fenómeno, y aumentar la concienciación pública sobre este problema. El Gobierno del Canadá ha financiado o dirigido la elaboración de diversos instrumentos de concienciación pública sobre la trata de personas (carteles, folletos y videos). Los funcionarios federales imparten capacitación multidisciplinar sobre este delito a los policías de todo el país. Por ejemplo, en 2005, el Gobierno del Canadá publicó un instrumento de capacitación destinado a los policías titulado "La trata de personas: guía de referencia para las fuerzas del orden del Canadá", que se puede consultar en: http://www.icclr.law.ubc.ca/Publications/Reports/human_trafficking_2005.pdf.

74.El Canadá también ha apoyado los esfuerzos desplegados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) destinados a formular y mejorar las respuestas de lucha contra la trata en todo el mundo, incluida la trata de niños.

75.En 2004, el Canadá, junto con la OIM, organizó un seminario de capacitación sobre la trata de personas para fiscales, funcionarios de policía, de inmigración y de aduanas, y consulares. En mayo de 2005, el Gobierno del Canadá, en colaboración con diversas organizaciones no gubernamentales y el gobierno de Columbia Británica, organizó un seminario de capacitación similar, destinado a las fuerzas del orden, los funcionarios gubernamentales y miembros de la sociedad civil.

76.En noviembre de 2006, el Gobierno del Canadá organizó el Taller regional del Atlántico sobre la trata de personas, con objeto de contribuir a la sensibilización de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley y las organizaciones comunitarias de primera línea. Además, cada año se organizan talleres nacionales para las fuerzas del orden, destinados a los encargados de la investigación de la explotación sexual de niños en Internet.

77.En 2005, se creó el curso del Canadá sobre la explotación de los niños en Internet. Se trata de un curso de diez días de duración, impartido por la Academia de Policía del Canadá, destinado a expertos especializados en la esfera de la explotación de los niños en Internet (es decir, para ayudar a los investigadores en sus investigaciones y acusaciones de los delitos cometidos en línea). Véase más información en: http://www.cpc.gc.ca/courses/ descript/cice_e.htm.

78.Tanto en el Canadá como en el extranjero, los funcionarios canadienses, incluidos los de los puertos de entrada al país, reciben información y capacitación sobre los métodos utilizados para trasladar ilegalmente a los niños, la forma de encontrar y ayudar a los niños desaparecidos y secuestrados, y la detección e identificación de las víctimas de la trata y el traslado clandestino. Se los instruye sobre la solicitud de cartas certificadas de autorización en los casos de niños que viajan solos o con un tutor, así como sobre la manera de reconocer los indicios que podrían suscitar sospechas sobre la relación existente entre un niño y un adulto acompañante, o un progenitor o un tutor. También se sensibiliza a los funcionarios de los puestos fronterizos acerca de que, en toda situación que afecte a un niño, el funcionario debe atenerse al interés superior del niño. Además, se les imparte capacitación sobre la detección de material obsceno y de pornografía infantil.

79.El gobierno de Columbia Británica ha publicado o ha financiado la publicación de material de información sobre distintas cuestiones abarcadas en el Protocolo. Algunos ejemplos son las Directrices para la prestación de servicios a los jóvenes, destinadas a ayudar a diseñar y prestar servicios basados en la comunidad, y el documento publicado por el Instituto de Justicia de Columbia Británica titulado "Explotación sexual comercial: ideas innovadoras para trabajar con los niños y los jóvenes", de 2002 (se pueden consultar en línea en: http://www.mcf.gov.bc.ca/youth/publications.htm). Asimismo, en la Guía de actuación en los casos de malos tratos y descuido de niños de Columbia Británica se establece que los responsables de la protección infantil, los trabajadores de la salud y de la educación, y la policía deben colaborar para evitar que se realicen múltiples entrevistas a los niños y adoptar medidas para protegerlos (http://www.mcf.gov.bc.ca/child_protection/ pdf/handbook_action_child_abuse.pdf). Estas directrices se refuerzan en los protocolos locales.

80.En Alberta se imparte formación especializada, a todos los asistentes sociales designados en la legislación, sobre la intervención en los casos de niños víctimas de explotación sexual mediante la prostitución. También se ha impartido capacitación sobre la explotación sexual mediante la prostitución a otros proveedores de servicios, organismos comunitarios, servicios policiales y organismos encargados de aplicar la ley que trabajan con niños y jóvenes.

81.El gobierno de Manitoba, en colaboración con el Gobierno del Canadá, organizó cuatro simposios sobre la trata de personas, a los que asistieron agentes del orden, funcionarios judiciales y representantes de organizaciones comunitarias. Además, el gobierno ha publicado folletos educativos destinados a sensibilizar al público sobre la explotación de los niños y a ayudar a los profesionales en su labor con los niños víctimas de esos delitos. En Manitoba se imparte un programa de formación especializada acerca de la explotación infantil, de seis días de duración, al que pueden asistir las personas interesadas de distintos sectores.

82.En Ontario, el Abogado de la Corona imparte regularmente cursos de capacitación y educación sobre la explotación de niños en Internet, así como cursos avanzados, destinados a los agentes del orden provinciales y federales.

83.En la Isla del Príncipe Eduardo, se organizó en abril de 2006 un taller de un día de duración, titulado "El cibersexo: los peligros de la adicción a la pornografía en Internet y la delincuencia sexual en línea", al que asistieron profesionales de la salud, los servicios sociales, la educación y el sistema judicial. En marzo de 2007, la conferencia impartida al personal del sector judicial, los servicios sociales y la educación, titulada "Reducir el riesgo: fomentar la resiliencia", incluyó una sesión dedicada a la seguridad en Internet, en la que se brindó información sobre la explotación sexual y el ciberacoso. En septiembre de 2007, se organizó un taller sobre la trata de personas destinado a funcionarios de organismos gubernamentales, policiales y comunitarios.

84.Los maestros del territorio de Yukón reciben anualmente un manual de recursos que contiene información sobre su responsabilidad cuando existen sospechas de que algún niño es víctima de malos tratos; la forma de reaccionar ante las revelaciones; el descuido; y un ejemplo de informe inicial. Además, en el marco de la orientación anual a los nuevos maestros, los psicólogos escolares se reúnen con los maestros para repasar esa sección del manual de recursos y abordar cualquier otra cuestión relativa concretamente a la protección de los niños.

Asignaciones presupuestarias

85.El Gobierno del Canadá no realiza un seguimiento particular de las asignaciones presupuestarias para gastos relacionados con las disposiciones del Protocolo, sino que apoya varias iniciativas, en colaboración con todos los niveles de gobierno y con la sociedad civil, dirigidas a reducir las situaciones de riesgo padecidas por los niños y a alejarlos de esas situaciones de explotación.

86.En 2004, el Gobierno del Canadá proporcionó 42,1 millones de dólares a fin de poner en marcha la Estrategia nacional para la protección de los niños contra la explotación sexual en Internet, cuyo objeto era formular un enfoque integrado y coordinado para mejorar el nivel de protección de los niños en Internet, así como perseguir a los que utilizan la tecnología para aprovecharse de ellos. La estrategia tiene tres objetivos principales: mejorar la capacidad de ejecución; proporcionar al público información y sensibilización a fin de prevenir la victimización; y establecer asociaciones con el sector de la enseñanza en línea, el sector privado y otros niveles de gobierno para fomentar estrategias eficaces de sensibilización, educación y prevención del delito.

87.En 2007, el Canadá asignó 6 millones de dólares por año al fortalecimiento de las actividades destinadas a proteger a los niños contra la trata y la explotación sexual, entre las que figuraban las siguientes:

Reforzar la capacidad de hacer cumplir la ley a fin de combatir la explotación sexual de los niños y los abusos padecidos por los niños en Internet, y crear un Sistema de seguimiento contra la explotación de niños en el Canadá, con una base de datos de imágenes, en el que se otorgue prioridad a la identificación y el rescate de los niños víctimas;

Sensibilizar y educar al público acerca de la trata de personas, con inclusión de la trata de niños, y establecer un centro principal de información sobre los posibles casos de trata de personas, por medio de la organización Canadian Crime Stoppers Association.

88.Por otra parte, algunos gobiernos provinciales y territoriales realizan el seguimiento de sus presupuestos en el contexto de un plan de acción global. Por ejemplo, Ontario invirtió 5 millones de dólares en el marco de la Estrategia provincial para combatir los delitos contra los niños en Internet.

89.En otros territorios y provincias el seguimiento del presupuesto se realiza de forma análoga. Por ejemplo, el presupuesto de Columbia Británica de 2007-2008 asignado a los servicios para la juventud permite apoyar una amplia gama de servicios, entre los que figuran: centros de acogida, con inclusión de los casos de urgencia; actividades de divulgación; mediación entre padres e hijos adolescentes; trabajadores sociales que prestan apoyo a los jóvenes; y servicios de apoyo a los jóvenes víctimas de explotación sexual.

90.Algunos gobiernos provinciales y territoriales recopilan información sobre las asignaciones presupuestarias solo mediante la supervisión de los programas que financian. Por ejemplo, Alberta recopila información sobre los presupuestos y estados financieros de todas las organizaciones que solicitan una subvención al Fondo para las Víctimas de Delitos. En el ejercicio económico 2006-2007, el Fondo asignó cerca de 4,5 millones de dólares a 96 programas de servicios de asistencia a las víctimas, lo que representó un aumento de más de 800.000 dólares en comparación con la financiación del ejercicio anterior.

Organismos oficiales

91.Los organismos oficiales, entre los que figuran las comisiones de derechos humanos, los defensores del niño y los ombudsman, desempeñan una importante función en la protección de los derechos de los niños y los jóvenes.

92.Casi todas las provincias disponen de un Defensor del Niño o un ombudsman independiente que se encarga de representar los derechos, intereses y opiniones de los niños. Muchas de esas oficinas tienen mandatos particulares relacionados con la Convención sobre los Derechos del Niño y los dos Protocolos facultativos, en los que el Canadá es parte.

93.Columbia Británica cuenta con un mecanismo externo y otro interno. El Representante de los niños y los jóvenes, como delegado del poder legislativo, es independiente del gobierno. Su mandato consiste en mejorar los servicios y resultados de los niños en la provincia, mediante la promoción, la rendición de cuentas y la supervisión. Sus actividades se rigen por la legislación pertinente, que se puede consultar en: http://www.leg.bc.ca/38th2nd/3rd_read/gov34-3.htm. El Ombudsman independiente de Columbia Británica recibe consultas y quejas sobre los servicios que prestan los organismos públicos. Puede realizar una investigación imparcial y confidencial para determinar si un organismo público trata a las personas de forma equitativa (www.ombud.gov.bc.ca/). Por otra parte, en el seno del gobierno, existe un mecanismo para la presentación de quejas sobre las solicitudes y la prestación de servicios públicos, a disposición de los niños y jóvenes (o de sus tutores), en el caso de que no estén conformes con una decisión que los afecte. Se dispone de un servicio de asistencia en distintos idiomas. Las oficinas locales proporcionan la información pertinente, que también está disponible en línea (http://www.mcf.gov.bc.ca/complaints/index.htm).

94.El Defensor del Niño y el Joven de Alberta representa a los jóvenes a los que se presta servicios en virtud de la Ley de protección de la infancia, la juventud y la familia, así como de la Ley de protección de los niños víctimas de explotación sexual.

95.La Oficina del Defensor del Niño de Saskatchewan participa en actividades de educación pública y promueve que se respeten y valoren los derechos del niño, como se señala en la Convención sobre los Derechos del Niño (http://www.saskcao.ca). La oficina puede investigar cualquier asunto relacionado con los servicios prestados a los niños y los jóvenes, lo que incluye las cuestiones abarcadas en el Protocolo, y puede formular recomendaciones para mejorar los programas del gobierno de Saskatchewan destinados a los niños.

96.La Oficina del Defensor del Niño de Manitoba depende de la Asamblea Legislativa de Manitoba, y representa a los niños y los jóvenes que reúnen las condiciones necesarias para recibir los servicios, según lo dispuesto en la Ley de servicios para el niño y la familia y la Ley sobre la adopción. El papel del Defensor del Niño consiste en apoyar a los niños y jóvenes que están incluidos, o que deberían estar incluidos, en el sistema de servicios para el niño y la familia. Además, la Comisión de Derechos Humanos de Manitoba tiene jurisdicción en los casos de acoso sexual cometidos contra niños, que hayan tenido lugar en el trabajo o en el curso de la prestación de algún servicio.

97.En Ontario, el Defensor del Niño y el Joven, que es un funcionario independiente de la Asamblea Legislativa de Ontario, tiene la facultad de defender los derechos, intereses y puntos de vista de los niños y jóvenes. Esta oficina se estableció en virtud de la Ley sobre el defensor provincial del niño y el joven, de 2007. En la interpretación y aplicación de la ley se tuvieron en cuenta los principios enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño (http://www.e-laws.gov.on.ca/html/statutes/english/elaws_statutes_07p09_e.htm).

98.En noviembre de 1995 se creó la Comisión de Derechos Humanos y Derechos de la Juventud, de conformidad con la Carta de Derechos Humanos y Libertades de Quebec. La Comisión tiene la responsabilidad de proteger los intereses de los niños y garantizar el respeto de los derechos que les confieren la Ley de protección de la juventud y la Ley de justicia penal de menores. Tiene la facultad de recibir denuncias o, por iniciativa propia, investigar las situaciones de discriminación o de violación de los derechos reconocidos en las dos leyes citadas; facilitar un acuerdo entre las partes; remitir un asunto al tribunal competente en caso de que sea necesario; elaborar y poner en práctica programas de información y educación en materia de derechos, incluidos los derechos del niño; analizar las leyes de Quebec para garantizar que estén en conformidad con la Carta; organizar consultas públicas; formular recomendaciones al poder legislativo o al gobierno; promover o realizar investigaciones, incluso sobre el alcance de los derechos del niño; y cooperar con cualquier organización dedicada a los derechos humanos.

99.La Oficina del Defensor del Niño y el Joven de Nueva Brunswick brinda una protección adicional necesaria en aquellos casos que no se podrían abordar de otra manera, lo que permite tratarlos e investigarlos más a fondo. El Defensor debe asegurar que se protejan los derechos e intereses de los niños y jóvenes; que se escuchen y consideren las opiniones de los niños y jóvenes en los foros apropiados cuando, sin su intervención, ello no sería posible; que los niños y jóvenes accedan a los servicios; y que las quejas que los niños y jóvenes puedan tener sobre esos servicios reciban la atención apropiada. El Defensor también brinda información y asesoramiento al gobierno, los organismos gubernamentales y las comunidades sobre la disponibilidad, la eficacia, la capacidad de respuesta y la pertinencia de los servicios prestados a los niños y los jóvenes, y actúa como defensor de los derechos e intereses de los niños y los jóvenes en general.

100.La Oficina del Ombudsman de Nueva Escocia tiene un departamento especializado en los servicios destinados a los niños y los jóvenes, que cuenta con un mecanismo independiente para investigar y resolver las quejas de los niños y los jóvenes en relación con el sistema de guarda y protección. Los representantes del Ombudsman permiten que se tengan en cuenta las opiniones de los niños y los jóvenes al supervisar las condiciones de las instalaciones y formular recomendaciones para mejorar los diversos sistemas que prestan servicios a los niños. La Oficina ofrece servicios de supervisión e información independientes a los jóvenes que se hallan en servicios correccionales, centros de atención segura y establecimientos residenciales de guarda de niños, y vela por que los jóvenes detenidos en celdas de la Real Policía Montada del Canadá o de la policía municipal conozcan los servicios disponibles. Los carteles y folletos dirigidos particularmente a los niños y los jóvenes se publican en francés, inglés y mi'kmaq (http://www.gov.ns.ca/ombu/ Child_Ombud/default.asp).

101.Aunque en la Isla del Príncipe Eduardo no hay un organismo oficial encargado específicamente de la protección de los niños, de conformidad con la Ley de protección del niño, el Ministerio de Servicios Sociales y Servicios para las Personas de Edad, por conducto del Director de Bienestar de la Infancia, tiene a su cargo la prestación de servicios a los niños, a fin de protegerlos de los perjuicios provocados por los malos tratos o el descuido.

102.El mandato del Defensor del Niño y el Joven de Terranova y Labrador incluye: proteger y promover los derechos de los niños y los jóvenes, así como asegurar que se tengan en cuenta sus opiniones; garantizar que los niños y los jóvenes accedan a los servicios que les presta el gobierno; proporcionar información y asesoramiento al gobierno, las comisiones y los organismos gubernamentales, así como a la comunidad, sobre la disponibilidad, la eficacia, la capacidad de respuesta y la pertinencia de los servicios que prestan a los niños y los jóvenes; y actuar, en general, como defensor de los derechos e intereses de los niños y los jóvenes de la provincia.

Mecanismos de consulta pública

103.El Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales consultan regularmente a la sociedad civil sobre la elaboración de las leyes, las medidas y los programas relacionados con los tratados en los que el Canadá es parte. Los distintos gobiernos han establecido numerosos mecanismos de consulta.

104.Por ejemplo, el gobierno de Columbia Británica ha proporcionado financiación a algunos grupos comunitarios y organizaciones sin fines de lucro para apoyar los debates en el seno de la sociedad civil, entre los que cabe citar los siguientes:

El Fondo de lucha contra la explotación sexual y la prostitución ayuda a las comunidades a desarrollar iniciativas locales y a mejorar las iniciativas coordinadas para hacer frente a este problema;

Algunas comunidades de Columbia Británica han creado grupos de acción comunitaria, que reúnen a los distintos proveedores de servicios, como los policías, los trabajadores sociales y los profesionales de la salud, junto con representantes de las administraciones municipales, los educadores, los directores de escuelas, los padres, los jóvenes y los representantes de organizaciones sin fines de lucro, para que trabajen conjuntamente a fin de eliminar la explotación de los niños y los jóvenes en la prostitución.

105.En Alberta, se ha creado el Comité Consultivo sobre Políticas de Justicia, que cuenta con un comité directivo y diversos grupos de trabajo, con objeto de facilitar los debates y la formulación de recomendaciones sobre diversos temas relacionados con el acceso a la justicia y la confianza de la población en el sistema judicial. Forman parte del Comité y de sus grupos de trabajo representantes de los diversos niveles de la administración, de organizaciones comunitarias y del ámbito académico.

106.El gobierno de Manitoba dispone de varios mecanismos de coordinación:

El Comité ministerial para la salud de la infancia del gobierno de Manitoba está compuesto por representantes de varios ministerios y organismos gubernamentales, así como de organizaciones comunitarias, con el fin de poder adoptar un enfoque integrado que permita satisfacer las necesidades de los niños a medida que crecen y se desarrollan. El Comité establece periódicamente las prioridades de la labor interministerial y designa a los ministerios responsables.

Los responsables de la Estrategia de Desarrollo Sano del Niño de Manitoba colaboran con los asociados comunitarios, por medio de asociaciones de padres e hijos, el consejo de asociaciones y el Comité Consultivo Provincial sobre el Desarrollo Sano del Niño. Este Comité Consultivo agrupa a los distintos sectores, lo que permite que las personas que trabajan con los niños y para ellos (como los educadores y los cuidadores) y las familias puedan participar en la formulación de las políticas, los programas y los servicios gubernamentales. El presidente del Comité se reúne con los responsables de la Estrategia de Desarrollo Sano del Niño al menos una vez al año.

El Consejo Consultivo de Protección de la Infancia, organizado y dirigido por Child Find Manitoba, tiene la responsabilidad de asegurar el desarrollo y la ejecución de un programa de prevención, destinado a crear organizaciones de protección de la infancia. Además, el Consejo proporcionará asesoramiento y formulará recomendaciones al ministerio sobre la verificación de los registros de personas que han cometido delitos o malos tratos contra niños, así como sobre otras cuestiones pertinentes relacionadas con la explotación sexual de los niños.

107.En la Isla del Príncipe Eduardo existen diversos comités de consulta intersectoriales, entre los que figuran los siguientes:

Un comité provincial que se ocupa de elaborar una respuesta a nivel provincial ante los posibles casos de trata de personas;

El Comité Consultivo Provincial sobre el abuso sexual de los niños, creado en 1991, que está compuesto por representantes de la justicia, la policía, el sector educativo, el de la protección de la infancia, el de la salud mental y organismos comunitarios. Este Comité promueve una respuesta coordinada y basada en la colaboración, en los casos de agresiones sexuales a niños, así como en materia de sensibilización del público sobre este problema, y se centra en las estrategias de prevención.

La Estrategia para el desarrollo infantil sano, que se inició en 2000, tiene por objeto promover la salud y el bienestar de los niños de hasta 8 años de edad. La Secretaria de la infancia, compuesta por representantes de siete ministerios y de la comunidad, centra su labor en aquellas esferas de actuación que son fundamentales para un desarrollo sano de los niños;

El Comité del Primer Ministro para la Prevención de la Violencia en la Familia está integrado por representantes de organismos gubernamentales y de la comunidad. Sus objetivos y estrategias se basan en los siguientes temas: sensibilización, educación y capacitación, colaboración y coordinación, prestación de servicios, y políticas, legislación y asuntos jurídicos. El problema de los abusos sexuales contra los niños está incluido en la estrategia como una forma de violencia en la familia.

108.Se puede consultar más información sobre la Estrategia para el desarrollo infantil sano y el Comité del Primer Ministro para la Prevención de la Violencia en la Familia en www.gov.pe.ca/sss/index.php3.

109.Debido al reducido ámbito de la jurisdicción de los Territorios del Noroeste, los ministerios, las organizaciones no gubernamentales (ONG), el sector privado, los miembros del público en general, los medios de comunicación, el ámbito académico, y otros interesados, colaboran con facilidad y eficacia en las diversas cuestiones abarcadas en el Protocolo.

Parte IV

Prevención

Identificación de los niños vulnerables

110.El principal mecanismo que utilizan los distintos gobiernos del Canadá para identificar a los niños o grupos particularmente vulnerables a las prácticas que se tratan en el Protocolo es el apoyo a la investigación a nivel comunitario. Por ejemplo, mediante la iniciativa denominada Sisters in Spirit, el Gobierno del Canadá ha apoyado la elaboración de diversos materiales, entre los que figura un modelo de investigación adecuado desde el punto de vista cultural, destinado a recopilar datos sobre la violencia racial y sexual que sufren las mujeres y las niñas aborígenes.

111.Entre marzo de 2005 y noviembre de 2007, el Gobierno del Canadá financió un análisis ambiental exhaustivo sobre la situación de las mujeres y las niñas en relación con la trata de personas en Alberta y Manitoba. El informe final servirá de base para elaborar una estrategia coordinada de la zona occidental que permita actuar con más eficacia contra la trata de mujeres y niñas.

112.Con respecto a los niños vulnerables que viven en las reservas, el Gobierno del Canadá brinda financiación a las Primeras Naciones, las provincias y los territorios, para que presten los servicios provinciales establecidos para el niño y la familia, incluidos los servicios de protección y prevención en las reservas. En virtud de la legislación provincial sobre el bienestar de la infancia, la venta de niños, la prostitución infantil o la utilización de niños en la pornografía constituyen motivos para que el organismo encargado de los servicios para el niño y la familia de las Primeras Naciones intervenga y se haga cargo del niño para protegerlo de esos malos tratos.

113.Todos los gobiernos provinciales y muchos organismos comunitarios dedican esfuerzos a identificar y ayudar a los niños vulnerables.

114.El gobierno de Columbia Británica financia proyectos de investigación que se ocupan principalmente de identificar a los grupos vulnerables. El gobierno otorga subvenciones y otras formas de apoyo para ayudar a las comunidades locales a identificar y asistir a los grupos vulnerables.

115.En Alberta, las autoridades gubernamentales competentes están al corriente de las publicaciones especializadas recientes relacionadas con las cuestiones abarcadas en el Protocolo, y se mantienen en contacto con los miembros de la comunidad y las organizaciones que prestan servicios de primera línea a las víctimas.

116.En Manitoba, los organismos comunitarios reciben financiación para que los facilitadores sociales establezcan vínculos con los niños y jóvenes de la calle. Muchos organismos comunitarios están en los barrios pobres de Winnipeg, que hacen frente a importantes problemas sociales, económicos y ambientales, con elevadas tasas de pobreza, desempleo y delincuencia, y que carecen de condiciones adecuadas en materia de esparcimiento, apoyo a las familias, viviendas asequibles y oportunidades económicas. Con objeto de hallar soluciones para los niños en situación de alto riesgo de todas las regiones de la provincia, incluidas las zonas septentrionales y apartadas, se están estableciendo equipos regionales. Además, Manitoba ha establecido un grupo de trabajo encargado de elaborar un modelo que permita prestar servicios integrados a las familias con bajos ingresos.

117.En Nueva Brunswick, el gobierno colabora con el público y otros profesionales con el objetivo de identificar a las víctimas o posibles víctimas.

118.El Gobierno de los Territorios del Noroeste mantiene una comunicación constante con la Real Policía Montada del Canadá, los ministerios y organismos de servicios sociales, y las ONG, así como con los trabajadores de los centros de acogida, los trabajadores sociales, y otros, con objeto de identificar a los niños y grupos vulnerables. Estos grupos colaboran con la Coalición contra la violencia en el hogar (formada por representantes de los organismos que prestan servicios, los ministerios, el sector educativo, la tercera edad y la policía, que se ocupan de temas relacionados con la violencia en la familia o que se derivan de esta) con objeto de reducir la incidencia y las repercusiones de la violencia en la familia en los Territorios del Noroeste.

Estrategias y programas de protección y de prevención

119.El Gobierno federal y los gobiernos provinciales y territoriales del Canadá tienen la firme voluntad de combatir la explotación sexual en todas sus formas y de proteger a las víctimas. Como se ha indicado supra, todos los gobiernos cuentan con leyes de protección de la infancia y con programas que se basan en el principio del interés superior del niño.

120.Se puede consultar más información sobre las iniciativas desplegadas a nivel federal para mejorar la lucha contra la trata de personas en http://www2.parl.gc.ca/HousePublications/Publication.aspx?DocId=3047088&Language=E&Mode=1&Parl=39&Ses=1.

121.El Gobierno del Canadá ha adoptado un enfoque múltiple en cuanto a la protección de los niños contra los delitos tipificados en el Protocolo. Los diversos programas, leyes y políticas destinados a combatir de forma directa la trata y la explotación sexual se supervisan y, si es necesario, se perfeccionan, a fin de aumentar la protección de los niños y otras personas contra la violencia. La policía federal, en colaboración con las fuerzas policiales de todo el país, apoyan el desarrollo de las mejores prácticas y la elaboración de estrategias e instrumentos para combatir la explotación sexual en Internet y en otros ámbitos. También se han puesto en marcha varios programas e iniciativas destinados a alentar y prestar apoyo a las comunidades y las ONG en la prevención de la explotación sexual de los niños.

122.El Comité federal contra la explotación sexual comercial de los niños participa en una mesa redonda que trata el problema de la explotación sexual comercial de los niños y la trata de niños con fines sexuales. El Comité presta especial atención a la explotación sexual comercial de los niños y los jóvenes aborígenes del Canadá. Aunque el Comité no tiene un mandato oficial de asesorar al Gobierno, ha sido, desde 1996, un excelente mecanismo para el intercambio de información.

123.Cybertip.ca, que es un servicio telefónico nacional para denunciar posibles casos de explotación sexual de niños en Internet, que está disponible las 24 horas todos los días del año, desempeña una importante función en la educación y sensibilización contra la explotación sexual de los niños. Financiado por medio de la Estrategia nacional para la protección de los niños contra la explotación sexual en Internet, Cybertip.ca ha recibido y evaluado cerca de 25.000 casos desde 2002, y ha contribuido a cerrar 3.500 sitios web. Cybertip.ca también centraliza el material de educación pública sobre explotación sexual de niños en Internet del Canadá, y ha elaborado materiales que se utilizan en las escuelas de algunas provincias (www.cybertip.ca).

124.Todos los territorios y provincias disponen de líneas telefónicas gratuitas para que cualquier persona pueda denunciar casos de malos tratos.

125.Las provincias y los territorios han participado en el Estudio de la incidencia de las denuncias de malos tratos o descuido de niños en el Canadá, publicado en 2003. Ese estudio contiene un análisis agregado a nivel nacional de los informes y la investigación sobre los malos tratos padecidos por niños en todas las jurisdicciones del Canadá, así como un análisis separado de cada provincia o territorio (http://www.phac-aspc.gc.ca/publicat/ cissr-ecirc/pdf/cmic_e.pdf).

126.En 2007, Columbia Británica estableció la Oficina de lucha contra la trata de personas. La Oficina fomenta relaciones de colaboración entre las diversas jurisdicciones y organismos, en particular otros ministerios provinciales, los ministerios federales, los cuerpos de seguridad del Estado y las ONG, lo que incluye a los hogares transitorios y los centros de acogida.

127.El Gobierno de Columbia Británica financia diversos programas que apoyan la aplicación del Protocolo:

Proporciona financiación a 155 programas de asistencia a las víctimas en toda la provincia, que prestan servicios directos a las víctimas y a otras personas afectadas por delitos, entre las que figuran los jóvenes víctimas de explotación sexual.

Los servicios de información de Vancouver cuentan con financiación del Gobierno provincial y, en colaboración con el Gobierno federal, tienen a su cargo el servicio "Los jóvenes contra la violencia" (The Youth Against Violence Line) (1-800-680-4264), que dispone de una línea telefónica automatizada y un servicio de correo electrónico que permiten, de manera segura y confidencial, evitar y denunciar incidentes violentos o delitos cometidos contra los jóvenes, así como solicitar ayuda a la policía local.

El Programa de acuerdos para jóvenes (Youth Agreement Program) está destinado a jóvenes de entre 16 y 18 años que carecen de hogar y no pueden vivir con sus familias, y para quienes la alternativa de ser acogidos por los servicios del Ministerio no es una solución adecuada. La evaluación de esta iniciativa puso de relieve que mediante estos acuerdos se han logrado notables mejoras entre los jóvenes en situación de alto riesgo, tales como una reducción de las conductas de riesgo, un cambio positivo en las asociaciones entre pares, y la participación en programas educativos y de capacitación laboral. Entre los ejercicios económicos 2001-2002 y 2006-2007, el número de nuevos acuerdos para jóvenes aumentó en un 140% (http://www.mcf.gov.bc.ca/youth/publications.htm).

128.El Gobierno de Alberta ha aprobado la Ley de protección de los niños víctimas de explotación sexual, mencionada supra, y ha establecido un Equipo integrado de lucha contra la explotación infantil. Además, el Gobierno ha diseñado, apoyado y ampliado una red de programas de asistencia para todas las víctimas de delitos en la provincia, que incluye servicios especializados para los niños víctimas de malos tratos. Forman parte de esos servicios determinados tribunales, fiscales y servicios policiales, que tienen en cuenta las necesidades específicas de los niños víctimas de malos tratos (http://justsolgen.gov. ab.ca/criminal_pros/downloads/DV_Handbook_FamilyViolenceInitiativesInAlberta.pdf).

129.En Alberta se ha establecido un Comité de lucha contra la trata de personas, que elaborará un protocolo para toda la provincia. El Comité está compuesto por representantes de la Dirección general de asistencia a las víctimas, la Real Policía Montada del Canadá, los servicios policiales municipales, el Gobierno federal, el gobierno provincial y organizaciones no gubernamentales.

130.La estrategia del gobierno de Saskatchewan con respecto a los niños y los jóvenes víctimas de la explotación sexual combina distintas medidas de prevención, mitigación de daños, tratamiento y cumplimiento de la ley, entre las que figuran las siguientes:

La financiación de servicios de divulgación dirigidos a los niños involucrados en la prostitución y a los niños de la calle;

Una política de aplicación estricta de la ley contra los proxenetas, las personas que mantienen relaciones sexuales con niños y toda otra persona que explote a los niños mediante la prostitución;

Una campaña de sensibilización pública en la que se hace hincapié en que inducir a un niño a ejercer la prostitución constituye una práctica de malos tratos;

Un sistema de seguimiento y control de los culpables, y la mejora de los servicios de asistencia a las víctimas;

Una directiva para los procuradores de la Corona en la que se les exige que: a) reconozcan la victimización de esos niños; b) se les conceda la misma protección que a las demás víctimas vulnerables; c) cuando proceda, eviten imputar cargos de prostitución contra los niños; y d) procuren la imposición de penas severas contra las personas condenadas por haberlos explotado;

La creación de equipos encargados de la cuestión del maltrato infantil en las oficinas regionales de los principales centros urbanos, integrados por los fiscales que intervienen en estos asuntos. Los fiscales, policías, trabajadores sociales y encargados de los servicios a las víctimas colaboran estrechamente para prestar apoyo a los niños;

El establecimiento de comités regionales de intervención, para apoyar y coordinar la prestación de servicios a los niños y los jóvenes que intentan abandonar la vida de la calle en los principales centros urbanos;

Mecanismos para disuadir a los clientes y mejorar la respuesta policial con respecto a los casos de niños que son objeto de explotación sexual;

Servicios adicionales de protección a los jóvenes involucrados en el comercio sexual para obtener dinero u otros beneficios;

La financiación de la iniciativa policial Tech Crimes.

131.El gobierno de Saskatchewan ha establecido un conjunto de servicios de medicina general, salud pública, tratamiento de la toxicomanía y el alcoholismo, y salud mental para los jóvenes en situación de riesgo. Se puede acceder a esos servicios en las regiones sanitarias de la provincia:

El proyecto Hope es un plan de tres años de duración para la prevención y el tratamiento de la toxicomanía. Uno de los objetivos principales es triplicar la capacidad de estabilización y tratamiento de los jóvenes en tres años.

El proyecto KidsFirst ofrece apoyo a las familias vulnerables, en particular a las mujeres embarazadas y los progenitores jóvenes. El apoyo que se brinda incluye servicios de orientación, capacitación, alfabetización y educación, ayuda para obtener servicios sociales adecuados, y asesoría en materia de salud mental y tratamiento de la toxicomanía. El personal participa en iniciativas de desarrollo comunitario y de salud pública de ámbito local, destinadas a sensibilizar acerca de la explotación sexual que sufren los niños y los jóvenes.

Los asistentes sociales que se ocupan de los jóvenes y los que se desempeñan en los centros para jóvenes infractores promueven la participación de los jóvenes en programas que tratan los factores que obstaculizan la rehabilitación, como el comercio sexual o los trastornos del espectro alcohólico fetal. Las intervenciones incluyen la remisión del joven a un centro de acogida, el tratamiento, la orientación o la participación en programas educativos especiales.

132.La estrategia del gobierno de Manitoba abarca leyes, políticas, programas e investigaciones cuyo objeto es complementar los servicios ofrecidos por las ONG. La estrategia se centra en la prevención, mediante el aumento de la sensibilización general ante el problema en todos los segmentos de la población de Manitoba, y la ejecución de programas de prevención para jóvenes en situación de riesgo. La estrategia incluye iniciativas de sensibilización de la comunidad, centros de acogida, la elaboración y distribución de recursos educativos, una política procesal penal en la que se reconoce a los niños explotados como víctimas, y la coordinación provincial de los comités de supervisión. Los programas de intervención del Gobierno son adecuados desde el punto de vista de la edad, el grado de desarrollo y la cultura; no presuponen juicios de valor; se centran en los niños y jóvenes; son innovadores; tienen en cuenta las necesidades individuales; no son coercitivos; y son ejecutados por personas que adoptan un compromiso individual y que pueden haber tenido que superar circunstancias similares. El Equipo intergubernamental de ejecución es el órgano responsable de asegurar los avances en la estrategia. Véase más información en http://www.gov.mb.ca/fs/childfam/strategy_on_ sexual_exploitation.html.

133.Además, el gobierno de Manitoba coordina y financia varios programas de prevención e intervención temprana que pueden prevenir indirectamente los problemas que se tratan en el Protocolo, mediante el apoyo a los niños y las familias vulnerables (por ejemplo, el programa de visitas a domicilio a familias con niños pequeños, la prestación prenatal para mujeres de bajos ingresos embarazadas, los programas comunitarios para progenitores y niños lactantes, y el Programa de ejercicio positivo de la función parental). La Estrategia de desarrollo saludable de los adolescentes se centra en la salud sexual y reproductiva (por ejemplo, mediante la financiación de clínicas para adolescentes, escolares o comunitarias en las comunidades vulnerables). El objetivo de los programas es promover que los niños y jóvenes obtengan resultados satisfactorios.

134.El gobierno de Ontario financia una serie de programas, entre los que figuran las sociedades de asistencia a la infancia, los programas de salud mental para niños y jóvenes, los centros de ayuda a las víctimas de agresión sexual, los programas de asistencia a las víctimas y los testigos, y los centros juveniles. Además, el gobierno ha elaborado una estrategia provincial para combatir los delitos contra los niños en Internet, cuyo objetivo es identificar y localizar a los niños que aparecen en las imágenes de pornografía infantil, así como ayudarlos a salir de esa situación de maltrato y ponerlos en contacto con los servicios que les permitan superar la situación que han padecido. La estrategia contiene, entre otros, los siguientes elementos:

Una línea telefónica de denuncia y un servicio de remisión para los niños víctimas, gestionados por el programa Crime Stoppers ya existente, a fin de apoyar a las víctimas y evitar que vuelvan a ser víctimas de un delito;

Un equipo de infiltración en línea, integrado por policías municipales, que investiga la utilización en Internet de métodos para atraer a los niños con fines sexuales, mediante la vigilancia de los grupos de debate y los foros de conversación en línea, a fin de detectar a los sospechosos y a las posibles víctimas y evitar la comisión de delitos;

El apoyo emocional a los niños víctimas y a sus familias, y la derivación a los servicios comunitarios y de asistencia práctica más adecuados;

La coordinación, la formación y el apoyo a los fiscales que se ocupan de estos temas, a fin de asegurar un nivel uniforme de excelencia en materia de apoyo a las víctimas y de enjuiciamiento de los delitos de explotación infantil en Internet en toda la provincia;

Una mayor colaboración con otras instituciones y jurisdicciones, con inclusión de otros organismos encargados de hacer cumplir la ley, como Child Find Ontario, lo que facilitará la detención de los infractores y el apoyo a las víctimas.

135.Las directivas gubernamentales sobre agresiones sexuales han estado en vigor en Quebec desde marzo de 2001. Tienen por objeto reconocer el carácter socialmente inaceptable y criminal de las agresiones sexuales, responder adecuadamente a las necesidades de las víctimas, y eliminar las relaciones de poder y de dominación que padecen las mujeres y los niños. Ese mismo año se estableció un procedimiento de intervención social y judicial para garantizar una respuesta adecuada, continua y coordinada a las necesidades de asistencia y protección de los niños, de conformidad con los derechos de todas las Partes afectadas, en el marco del Acuerdo multisectorial sobre los niños víctimas de abusos sexuales, malos tratos físicos o descuido que ponen en peligro su salud física. El Acuerdo implica una estrecha colaboración entre el Director de protección de la juventud, el Fiscal General Adjunto, los servicios policiales y, de ser necesario, representantes de otras entidades designadas, esto es, los centros y organizaciones que se dedican a la enseñanza, las guarderías y otros servicios de cuidado infantil, los centros y organizaciones que prestan servicios sociales y de salud, así como las entidades deportivas y recreativas.

136.En 2002 entró en vigor la Estrategia de acción para los jóvenes con problemas y sus familias, que tiene por objeto asegurar una aplicación más adecuada de la Ley de protección de la juventud. El objetivo de la "Estrategia de acción para los jóvenes 2006-2009: jóvenes que participan plenamente en su propio éxito" es mejorar la salud y el bienestar de los jóvenes, fomentando la mejora de los servicios disponibles para los niños y sus familias, de conformidad con la Ley de protección de la juventud.

137.El Gobierno de Nueva Brunswick elaboró los protocolos para los niños víctimas de malos tratos o descuido, que se pueden consultar en http://www.gnb.ca/-0017/protection/Child/index-e.asp. En ellos se describe la forma en que los organismos gubernamentales deben responder en los casos de denuncias de malos tratos o descuido de niños. En muchos casos, los protocolos abordan, directa e indirectamente, las prácticas que figuran en el Protocolo.

138.Asimismo, el gobierno de Nueva Brunswick ha adoptado una Directiva para la protección de los alumnos, destinada a proteger a los alumnos contra posibles casos de conducta no profesional de los adultos, lo que incluye los malos tratos físicos, sexuales o psíquicos, y la discriminación; la garantía de que los adultos que participan en el sistema de enseñanza pública comprenden la magnitud de la responsabilidad que se les confiere, en la medida en que los progenitores y la comunidad confían sus hijos al sistema de enseñanza pública; y la eliminación de las conductas no profesionales mediante la definición de normas de comportamiento aceptables y medidas de intervención preventivas y eficaces.

139.En Nueva Escocia se han establecido diversos programas y servicios destinados a apoyar a los jóvenes y a las familias, entre los que figuran los centros de salud para jóvenes, el Marco de salud sexual de los jóvenes, la Estrategia contra la violencia en la familia, y los programas Healthy Beginnings para las familias y los niños lactantes. La nueva Estrategia para los niños y los jóvenes, establecida en 2007, permitirá coordinar las medidas de apoyo a las familias en situación de riesgo en todo el ámbito gubernamental y facilitará la identificación temprana de los problemas, así como la puesta en práctica de las medidas de apoyo y las estrategias (http://www.gov.ns.ca/coms/noteworthy/OurKidsAreWorthIt.html).

140.El gobierno de la Isla del Príncipe Eduardo ha puesto en marcha la iniciativa denominada "Aprovechar los logros: programa 'Optimizar el comienzo'", que promueve el desarrollo de factores de protección, como el apoyo familiar positivo, el acceso a la información en materia de atención parental, las posibilidades de capacitación y empleo, la derivación a otros programas y servicios disponibles, y el fortalecimiento de la red de apoyo con la que cuentan los progenitores y los niños. El programa ofrece servicios integrados y universales de detección temprana y evaluación, en colaboración con los servicios de enfermería de la sanidad pública. Los enfermeros que han recibido la formación "Optimizar el comienzo" evalúan a todos los recién nacidos y a sus familias, y si determinan que existe una situación de riesgo remiten el caso al componente de visitas domiciliarias del programa. Las visitas domiciliarias brindan ayuda a las familias en su propio entorno, lo que permite que el trabajador social conozca directamente las condiciones de vida de los progenitores y los niños y pueda dar una respuesta eficaz y apropiada. Una evaluación del programa de intervención y apoyo tempranos "Optimizar el comienzo" en la Isla del Príncipe Eduardo constató que el programa, combinado con los servicios de protección de la infancia, está teniendo un efecto positivo en la intervención temprana contra el maltrato infantil.

141.El gobierno de Terranova y Labrador ha puesto en práctica una iniciativa de prevención de la violencia, destinada a los niños y los jóvenes, ya que se trata de una población vulnerable que requiere una atención especial. Las intervenciones realizadas en el marco de la Ley sobre los servicios a los niños, los jóvenes y la familia están dirigidas a los niños que puedan estar padeciendo los problemas abarcados en el Protocolo, y los servicios de asistencia para los niños víctimas permitirán prestar los servicios necesarios en el marco de su mandato.

142.Los programas y las políticas del gobierno de los Territorios del Noroeste destinados a proteger a los niños se centran en la prevención de problemas tales como el abuso sexual y el uso indebido de sustancias psicotrópicas y de bebidas alcohólicas por los niños. Tienen por objeto advertir a los niños de los peligros que entraña el consumo de drogas y de bebidas alcohólicas, lo que incluye la posibilidad de ser víctimas de explotación sexual. El marco de acción abarca actividades que aumentarán la sensibilización y la educación, perfeccionarán las actividades y los servicios de prevención, mejorarán la capacitación, y desarrollarán las asociaciones y la labor educativa, cuyo objeto es abordar las "causas profundas" que suelen dar lugar a la explotación de los niños.

143.El gobierno de Yukón dispone de diversos programas y servicios destinados a evitar la explotación sexual de los niños, protegerlos y brindar tratamiento a los niños que han sido víctimas de abusos sexuales. Por ejemplo:

Un organismo financiado por el gobierno ofrece orientación a las familias y a los jóvenes, y los servicios de salud mental brindan orientación a los jóvenes que padecen trastornos mentales;

Una furgoneta móvil permite a los trabajadores sociales proporcionar apoyo y educación a personas carecen de vivienda o tienen estilos de vida que presentan riesgos;

Los servicios de tratamiento de los niños víctimas de malos tratos brindan tratamiento terapéutico a los niños que han sido víctimas de malos tratos;

La Dependencia de servicios de asistencia a las víctimas y prevención de la violencia en la familia colabora con la comunidad en la labor de educar respecto de los derechos de no ser objeto de malos tratos y de vivir en condiciones de seguridad, así como de la obligación de no infligir malos tratos a otras personas. Promueve relaciones y límites saludables mediante diversas iniciativas educativas;

El programa "Nuestra manera de protegernos" (Our Way of Living Safely) se dirige a aquellos niños que han padecido actos de violencia y cuyos progenitores están encausados ante el tribunal competente para enjuiciar los casos de violencia doméstica.

Campañas de concienciación pública

144.En cuanto a la lucha contra el turismo sexual que afecta a niños, en la publicación en línea titulada "La utilización de niños en el turismo sexual es un delito" (http://canada.justice.gc.ca/en/fs/ht/index.html), se destaca que el abuso sexual de niños es ilegal, tanto si se comete en el Canadá como en otro país, y se brinda información sobre las disposiciones del Código Penal que permiten el enjuiciamiento en el Canadá de todo ciudadano canadiense, o residente permanente, por la comisión de un delito sexual contra un niño en un país extranjero. Además, en varios folletos de consejos para viajeros se recuerda a los canadienses y a los posibles viajeros al extranjero que el abuso sexual de niños constituye un delito en el Canadá, independientemente del lugar en el que se cometa.

145.El 30 de marzo de 2004, el Consejo Etnocultural del Canadá, en colaboración con el Gobierno del Canadá, organizó un Foro sobre la trata de personas, en particular de jóvenes, niños y mujeres, que reunió a organizaciones no gubernamentales y profesionales de todo el país. Los objetivos eran educar y sensibilizar al público sobre la situación de la trata de personas, en particular de jóvenes, niños y mujeres, y analizar las estrategias para poner en marcha iniciativas comunitarias de prevención y lucha contra la trata de personas.

146.El Plan nacional de acción del Gobierno del Canadá en favor de los niños, titulado "Un Canadá adaptado a los niños", se ocupa de muchos de los delitos descritos en el Protocolo. En el Plan se proponen medios eficaces que los canadienses pueden poner en práctica para mejorar la vida de los niños, en el Canadá y en todo el mundo, así como estrategias para combatir la explotación sexual de los niños, lo que incluye la pornografía y la prostitución infantil y la utilización de niños en el turismo sexual. Entre las actividades concretas figuran las siguientes:

El apoyo a la investigación sobre la explotación sexual de niños en el Canadá, sus consecuencias en el plano nacional e internacional, y los factores de riesgo subyacentes, como la pobreza, la exclusión social y la desigualdad entre los géneros;

La promoción de estrategias de prevención mejoradas, que tengan en cuenta la vulnerabilidad específica de los niños, la demanda de servicios sexuales o basados en la explotación de niños, y el carácter abusivo de quienes explotan a los niños;

La difusión del carácter ilegal de la explotación sexual de los niños;

El apoyo a las iniciativas internacionales para combatir la explotación sexual de los niños, también en los países en desarrollo o en transición, y en aquellas zonas donde se producen conflictos armados o disturbios civiles.

147.El 27 de febrero de 2007, la Comisión Parlamentaria Permanente sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer publicó su 12º informe, titulado "Convertir la indignación en acción para combatir la trata con fines de explotación sexual en el Canadá", que contiene recomendaciones sobre una amplia gama de esferas, que se agrupan en tres temas generales: prevenir la trata; proteger a las víctimas; y juzgar a los delincuentes.

148.Los gobiernos provinciales y territoriales también llevan a cabo campañas de educación y sensibilización contra la explotación sexual.

149.Por ejemplo, el gobierno de Columbia Británica organiza, desde 1998, una semana de sensibilización contra la explotación sexual de los niños y los jóvenes, que se caracteriza por la distribución de cintas de color fucsia para simbolizar las iniciativas desplegadas contra la explotación sexual. Comunidades de toda la provincia organizan talleres, obras de teatro, actividades de artes plásticas y otros actos con objeto de dar a conocer las iniciativas locales para abordar el problema. En 2007, se puso en marcha un amplio servicio en línea contra la explotación sexual, que pone en contacto tanto a los jóvenes como a los adultos con los organismos encargados de prestar servicios, proporcionar recursos y ejecutar programas en la provincia. Además, las personas o los grupos que deseen realizar acciones a nivel local disponen de información sobre la manera de crear una red comunitaria, elaborar un plan de acción, conseguir financiación y sensibilizar a la población en el sitio web http://jibc.ca/seytoolkit.

150.Las oficinas de los defensores del niño también difunden información. Por ejemplo, el Defensor del Niño y el Joven de Alberta dispone de dos líneas gratuitas de atención telefónica: una destinada a los servicios de promoción y la otra correspondiente a la representación jurídica de los niños y los jóvenes, mediante la cual se designan abogados para los niños y los jóvenes en el marco de la Ley de protección de los niños víctimas de explotación sexual y la Ley de protección de la infancia, la juventud y la familia. La Oficina del Representante de los niños y los jóvenes de Columbia Británica también dispone de una línea de atención telefónica gratuita para los niños que necesitan ayuda.

151.El gobierno de Alberta puso en marcha en 2006 una campaña dirigida a los adolescentes, mediante carteles y anuncios publicitarios en los cines y en las marquesinas. También creó varios sitios web destinados a concienciar sobre los peligros que Internet puede entrañar para los jóvenes. Esos sitios web contienen información dirigida específicamente a los progenitores, a los jóvenes y a los niños, y se puede acceder a ellos desde las siguientes direcciones: www.getwebwise.ca, www.badguypatrol.ca, y www.weron2u.ca. Además, está disponible en línea el documento "Protección de los niños y los jóvenes víctimas de explotación sexual", que presenta un panorama general sobre la protección jurídica de los niños contra la explotación sexual, describe distintas maneras de detectar si un joven puede estar siendo víctima de explotación sexual, así como diversas formas de protección contra la explotación sexual, e informa sobre los lugares donde se puede obtener ayuda (http://www.child.gov.ab.ca/whatwedo/pcse/pdf/Sexually_exploited_ report_dec04.pdf).

152.Uno de los elementos iniciales de la estrategia de Saskatchewan para combatir el problema de la explotación sexual de los niños y los jóvenes fue una campaña de sensibilización pública que apuntaba a transmitir el mensaje de que ofrecer servicios de prostitución infantil constituye maltrato de niños.

153.El gobierno de Manitoba ha apoyado la preparación de varias publicaciones dirigidas a los progenitores, los maestros y los niños, que contienen información sobre la seguridad en Internet y la explotación sexual. En 2006 y 2007 se distribuyó a todos los alumnos de 4º grado el cómic titulado "Zoe and Molly Online", preparado por Child Find Manitoba, que enseña a los niños la importancia de proteger la información personal en línea y también puede ser utilizado por los maestros para tratar este tema. También se han publicado dos folletos, "No significa no: comprender el consentimiento de una actividad sexual" y "Los malos tratos contra los niños: reconocerlos, denunciarlos y prevenirlos", que contienen información sobre: la definición del "consentimiento" en el contexto de las actividades sexuales; información sobre la explotación sexual; y los peligros de los malos tratos relacionados con Internet (utilización en Internet de métodos para atraer a un niño con fines sexuales), así como consejos prácticos para los progenitores sobre la forma de prevenir ese tipo de malos tratos. El folleto sobre los malos tratos contra los niños se dirige a los progenitores, los maestros y los prestadores de servicios de primera línea. El folleto sobre la comprensión del consentimiento de una actividad sexual está destinado a todos los grupos de edad.

154.En Nueva Brunswick, diversos grupos, como la Oficina del Ombudsman y el Defensor del Niño y el Joven, el Muriel McQueen Fergusson Centre for Family Violence Research, Coalition Against Abusive Relationships, el Colegio de Abogados de Nueva Brunswick, y el Fredericton Sexual Assault Crisis Centre, que cuentan con una amplia experiencia en materia de asistencia, colaboran con el gobierno en la elaboración de folletos y publicaciones sobre el particular.

155.En Yukón existe un comité denominado Círculos de respeto e igualdad, integrado por 19 organismos gubernamentales y comunitarios (entre otros, grupos de jóvenes), que se ocupa del problema de la violencia contra las mujeres y los niños. Este comité dirige una campaña de educación pública contra la violencia sexual y familiar que se ejerce contra las mujeres y los niños.

La sociedad civil

156.La sociedad civil desempeña una importante función en los esfuerzos desplegados por el Canadá para prevenir la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

157.El Gobierno del Canadá financia diversas iniciativas a nivel comunitario cuyo objeto es proteger a los niños de los delitos previstos en el Protocolo, tanto directa como indirectamente. Por ejemplo, la Prostitution Awareness and Action Foundation de Edmonton recibió financiación para realizar actividades en materia de recursos educativos, capacitación y apoyo, a fin de ayudar a las víctimas a abandonar la prostitución. Se puede consultar más información sobre esta iniciativa en http://www.paafe.org.

158.El Canadian Centre for Child Protection es una ONG que se ocupa de elaborar programas y hallar soluciones innovadoras para combatir activamente la explotación sexual de los niños. Se encarga de gestionar Cybertip.ca y promueve actividades de educación pública y sensibilización sobre la explotación sexual de los niños. Por ejemplo, CleanFeed es una iniciativa promovida por Cybertip.ca, destinada a bloquear el acceso de todos los usuarios a los sitios web que contienen pornografía infantil. Los proveedores de servicios de Internet que participan en la iniciativa tienen acceso a la lista de usuarios y pueden conocer el tiempo que dedican los usuarios a esos sitios web.

159.La Canadian Coalition Against Internet Child Exploitation constituye un ejemplo de asociación entre el Gobierno y la sociedad civil. Este grupo pretende eliminar la pornografía infantil en Internet mediante la ejecución de una estrategia nacional eficaz. Se constituyó en 2004 y es un foro multisectorial voluntario, compuesto por representantes de sectores empresariales (sobre todo proveedores de servicios de Internet) y partes interesadas gubernamentales y no gubernamentales, y de organismos encargados de hacer cumplir la ley.

160.Todos los gobiernos provinciales y territoriales colaboran con la sociedad civil a fin de hacer efectivas las disposiciones del Protocolo. En Saskatchewan, por ejemplo, la sociedad civil desempeña una importante función en la denuncia de la explotación sexual de niños ante las autoridades competentes. Los niños que han sido víctimas de abusos sexuales o de explotación sexual son remitidos a los servicios sociales por la comunidad, la policía, otros profesionales, así como diversos organismos y servicios que prestan servicios a los niños. Las organizaciones aborígenes y comunitarias también son importantes en la labor de divulgación comunitaria y en la prestación de servicios de prevención e intervención de urgencia.

161.En Manitoba, los organismos comunitarios, como miembros del Equipo intergubernamental de ejecución, tienen la responsabilidad de llevar a cabo las iniciativas en el marco de la estrategia provincial.

162.En Ontario, algunos grupos interesados han adoptado acciones colectivas para sensibilizar a la población y contribuir a eliminar la explotación sexual comercial. Por ejemplo, en septiembre de 2006, los miembros de la Sexual Exploitation Education and Awareness Coalition de Toronto iniciaron una campaña con carteles para sensibilizar sobre la prostitución infantil y prestar ayuda a las víctimas.

163.En Quebec, varias organizaciones comunitarias se ocupan, en el marco de su labor general, de cuestiones abarcadas en el Protocolo, en particular en la esfera de la prevención, la intervención y la defensa de los derechos:

Uno de los proveedores de servicios de Internet más importantes, Vidéotron, puso en marcha el 20 de junio de 2007 una campaña de sensibilización y educación pública en la red, titulada "Vigilancia", que proporciona herramientas a los usuarios jóvenes de Internet y a sus progenitores.

Los 35 Centros de ayuda y de lucha contra las agresiones de carácter sexual y las organizaciones ESPACE tienen la misión de prevenir todo tipo de agresiones contra los niños.

La Oficina Internacional de los Derechos del Niño, una ONG de carácter internacional, está elaborando un plan de acción estratégico para la protección de los niños víctimas de la trata, y el gobierno de Quebec participa en ese proyecto.

164.Diversas organizaciones no gubernamentales de la Isla del Príncipe Eduardo realizan actividades de sensibilización e información y, en algunas ocasiones, de orientación, entre las que figuran los ejemplos siguientes:

La Red de mujeres de la Isla del Príncipe Eduardo llevó a cabo diversos proyectos sobre salud sexual de los jóvenes, haciendo hincapié en la sexualidad saludable y en la prevención de la explotación y la victimización sexual. Se puede consultar más información y varios informes en www.wnpei.org.

Child Find PEI Inc. ha publicado una guía titulada "Hablemos antes de que te vayas" (Talk Before You Run) destinada a los casos de adolescentes que abandonan sus hogares.

El Survivor Advocacy Group for Empowerment se basa en los conocimientos de los adultos que han pasado por esa experiencia para elaborar estrategias de prevención del abuso sexual de los niños.

El PEI Rape and Sexual Assault Crisis Centre de la Isla del Príncipe Eduardo proporciona orientación y servicios jurídicos a las víctimas de agresiones sexuales y de abuso sexual de niños.

165.En todos los territorios y provincias se alienta al público en general a informar sobre cualquier incidente que haga suponer que un niño es, o ha sido, víctima de explotación sexual. Tanto el Gobierno federal como los gobiernos de las provincias y los territorios disponen de legislación para proteger a aquellas personas que denuncien de buena fe casos de malos tratos contra un niño.

Parte V

Prohibición y asuntos conexos

Medidas punitivas

166.Además de las prohibiciones penales que se han señalado en la sección correspondiente a las medidas generales de aplicación, en el Código Penal del Canadá también se prevén amplios regímenes de decomiso penal, que hacen referencia tanto al producto del delito, que incluye una disposición de inversión de la carga de la prueba, como al decomiso de los bienes relacionados con el delito (por ejemplo, los bienes utilizados para cometer un delito).

167.En la parte XII.2 del Código Penal se prevé el decomiso del "producto del delito" como parte de la condena, a petición de la Corona y tras la condena por un delito tipificado (entre los que figuran los delitos de utilización de niños en la pornografía, la prostitución infantil y la trata de personas). Por "producto del delito" se entiende, en términos generales, "todo bien, beneficio o ventaja, dentro o fuera del Canadá, obtenido o derivado directa o indirectamente de la comisión en el Canadá de un delito tipificado, o de la comisión u omisión de un acto que, de haber ocurrido en el Canadá, habría constituido un delito tipificado. Las amplias disposiciones de la parte XII.2 permiten asimismo el decomiso o el embargo preventivo de los bienes mientras se sustancia el proceso penal. En los procedimientos y facultades especiales que figuran en la parte XV del Código Penal se estipula el decomiso de los bienes utilizados para cometer delitos y otros bienes relacionados con el delito.

168.En el Canadá, algunos territorios y provincias han promulgado leyes civiles sobre el decomiso, que permiten confiscar los bienes obtenidos mediante actividades ilícitas e iniciar procedimientos para decomisar esos bienes en esas jurisdicciones. La definición de "bienes obtenidos mediante actividades ilícitas" puede ser amplia, con objeto de incluir los bienes adquiridos, directa o indirectamente, en todo o en parte, como resultado de una actividad ilícita.

169.Por ejemplo, en Columbia Británica, los bienes obtenidos mediante actividades ilícitas son objeto de decomiso por la provincia en virtud de las disposiciones de la Ley de confiscación civil, que puede abarcar las tierras y los locales utilizados para cometer el delito. La definición de "actividad ilícita" es amplia e incluye los delitos cometidos fuera de la provincia si la actividad es ilícita en Columbia Británica.

170.La Ley de seguridad vial de Saskatchewan contiene una disposición similar y, además, tipifica como delito el hecho de conducir o aparcar un vehículo, de forma reiterada y sin justificación legítima, en una zona frecuentada por trabajadores de la industria del sexo. Se ha proporcionado apoyo financiero para obtener un programa de identificación y disuasión de consumidores de la industria del sexo, que consiste en una base de datos que recopila investigaciones, permite reunir información sobre las personas que tienen ese comportamiento, y hacer un seguimiento de los trabajadores de la industria del sexo. Como ejemplo de la eficacia de esta política en Saskatchewan, cabe mencionar que, desde el inicio del programa hasta el 13 de agosto de 2007, se confiscaron 455 vehículos, y 15 de ellos estaban relacionados con niños víctimas.

171.En la Ley de tránsito vial de Manitoba se estipula que los vehículos utilizados para la práctica de la prostitución o delitos conexos pueden ser decomisados por la policía, e incautados o confiscados por el gobierno en caso de declaración de culpabilidad.

172.Además, en algunos territorios y provincias se han promulgado leyes sobre la seguridad en las comunidades, en las que se concede a las autoridades, entre otras cosas, la facultad de clausurar establecimientos comerciales o residenciales, impidiendo su utilización u ocupación, en virtud de ordenanzas de seguridad comunitaria, lo que abarca los casos de prostitución.

173.En Manitoba, la Ley de comunidades y barrios más seguros contiene medidas específicas sobre los bienes inmuebles que afectan negativamente a la seguridad de los barrios, debido a que en ellos se realizan actividades relacionadas con las drogas, la prostitución, la inhalación de sustancias solventes o la venta ilegal de bebidas alcohólicas. También contiene disposiciones sobre los bienes inmuebles en los que los niños son víctimas de abusos sexuales, explotación sexual o prácticas conexas. En virtud de esta Ley, el propietario es responsable de asegurar que esas actividades se interrumpan y de que los residentes en la zona dejen de estar expuestos a los peligros que acarrean.

174.La Ley de comunidades y barrios más seguros de Yukón permite adoptar medidas con respecto a los bienes inmuebles utilizados en la prostitución y actividades conexas. Entre ellas figura la rescisión del contrato de arrendamiento de esa propiedad, así como la expedición de una ordenanza de seguridad comunitaria por el Tribunal Supremo de Yukón, que puede obligar al propietario a abandonar la propiedad durante un período máximo de 90 días.

La adopción de niños y la prevención de la trata de niños

175.Las leyes en materia de adopción de niños, que se resumen en el cuadro que figura a continuación, corresponden a la jurisdicción de las provincias y los territorios. En todos ellos hay leyes sobre la adopción que prohíben la venta de niños y la aceptación o el ofrecimiento de pago alguno por los niños. En las leyes de todas las jurisdicciones está prohibida la publicidad de la adopción y la coacción a las mujeres embarazadas para que den sus hijos en adopción. Asimismo, en las leyes se requiere el permiso explícito de uno o de ambos progenitores, o del tutor legal, para que un niño pueda ser adoptado.

Provincia o territorio

Legislación sobre la protección del niño

Resumen de las penas

Columbia Británica

Ley sobre la adopción y disposiciones sobre la adopción

Artículo 84: una multa no superior a 10.000 dólares, seis meses de prisión, o ambas penas.

Alberta

Ley de protección de la infancia, la juventud y la familia

Artículo 86, párrafo 1): una multa no superior a 10.000 dólares y, en caso de falta de pago, una pena máxima de seis meses de prisión.

Saskatchewan

Ley sobre la adopción, 1998

Artículo 35, párrafo 1): una multa no superior a 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de un año, o ambas penas.

Manitoba

Ley de servicios para el niño y la familia

Ley sobre la adopción

Ley sobre la adopción internacional (Convenio de La Haya)

Artículo 84, párrafo b): una multa no superior a 50.000 dólares, una pena máxima de prisión de 24 meses, o ambas penas.

Artículo 126, párrafo 1): una multa no superior a 20.000 dólares.

No se especifican las penas.

Ontario

Ley de servicios para el niño y la familia

Ley sobre la adopción internacional

Artículo 176, párrafo 1): una multa no superior a 2.000 dólares, una pena máxima de prisión de dos años, o ambas penas.

Artículo 20, párrafo 1): una multa no superior a 2.000 dólares, una pena máxima de prisión de dos años, o ambas penas.

Quebec

Ley de protección de la juventud

Artículo 135, párrafo 1.3:

Adopción de un niño infringiendo las disposiciones legislativas: una multa de entre 2.500 y 7.000 dólares.

Aceptación u ofrecimiento de un pago por la adopción de un niño: una multa de entre 10.000 y 100.000 dólares en el caso de una persona física, o una multa de entre 25.000 y 200.000 dólares en el caso de una persona jurídica.

Artículo 135, párrafo 2:

Se duplica la multa en caso de reincidencia en el delito.

Nueva Brunswick

Ley de servicios para la familia

Ley sobre la adopción internacional

Artículo 95: se prohíbe abonar o recibir un pago por un niño. No se especifica la pena.

No se especifica la pena.

Nueva Escocia

Ley de servicios para el niño y la familia

Artículo 69, párrafo 3): una multa no superior a 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de dos años, o ambas penas.

Isla del Príncipe Eduardo

Ley sobre la adopción

Artículo 55, párrafo 1): una multa no superior a 20.000 dólares o una pena máxima de prisión de un año.

Terranova y Labrador

Ley sobre la adopción

Artículo 72, párrafo 1):

a) por el primer delito, una multa de entre 1.000 y 5.000 dólares, una pena máxima de prisión de 60 días, o ambas penas; y

b) por la comisión de otro delito, una multa de entre 5.000 y 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de 90 días, o ambas penas.

Artículo 72, párrafo 2): si la condena dictada en virtud del párrafo 1) es a una persona jurídica, además de la multa impuesta a esa persona, uno o más directores o responsables ejecutivos de la misma pueden ser multados o encarcelados de conformidad con lo dispuesto en ese párrafo.

Artículo 72, párrafo 3): además de las penas que puede imponer en virtud de los párrafos 2) o 3), el juez puede dictar una orden de revocación de la licencia a una agencia de adopciones.

Nunavut

Ley sobre la adopción

Artículo 75, párrafo 1): una multa no superior a 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de un año, o ambas penas.

Territorios del Noroeste

Ley sobre la adopción

Artículo 75, párrafo 1) una multa no superior a 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de un año, o ambas penas.

Yukón

Ley de la infancia

Artículo 105, párrafo 4): una multa no superior a 5.000 dólares, una pena máxima de prisión de un año, o ambas penas; en caso de una segunda condena, una multa no superior a 10.000 dólares, una pena máxima de prisión de dos años, o ambas penas.

176.Además, en todos los territorios y provincias la legislación exige la inscripción de los nacimientos en el departamento gubernamental responsable de ese servicio.

177.Para tener derecho a recibir una prestación federal, los organismos de los Servicios para el niño y la familia de las Primeras Naciones deben tener el mandato de una provincia o un territorio para prestar esos servicios en las reservas, de conformidad con la legislación y las normas provinciales o territoriales. Esto también es aplicable a las adopciones. Las provincias y los territorios regulan la actividad de los organismos de los Servicios para el niño y la familia de las Primeras Naciones en lo que concierne a las leyes y las normas, y efectúan una constante supervisión de esos organismos.

178.Además, el Gobierno del Canadá ha designado una autoridad federal central para aplicar el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, ratificado por el Canadá en 1995. Con la coordinación de los servicios de adopción internacional, la autoridad federal y las autoridades de las provincias y los territorios aseguran que no haya prácticas de trata de niños o beneficios indebidos en relación con las adopciones internacionales. Si hay posibles indicios de trata de niños o de corrupción en relación con las adopciones de cualquier país, se estudian las soluciones a aplicar, que incluyen la imposición de una moratoria de las adopciones. Se han impuesto moratorias con respecto a las adopciones a algunos países.

179.En cada provincia o territorio se han aprobado leyes de ámbito local que rigen las adopciones nacionales e internacionales, incluidas las abarcadas por el Convenio de La Haya sobre adopción internacional. En la legislación provincial o territorial se han incorporado los principios del Convenio de La Haya sobre la protección del interés superior del niño, que pueden incluir a los organismos encargados de conceder autorizaciones, los honorarios y las medidas de protección. Aparte de la autoridad federal central, en cada provincia o territorio se ha designado una autoridad central encargada de cumplir las obligaciones derivadas del Convenio de La Haya.

180.Todos los territorios y las provincias son también parte en el Protocolo provincial/territorial sobre el desplazamiento de niños y familias entre los distintos territorios y provincias, que establece un marco para prestar servicios unificados y de calidad (también con respecto a la adopción) a los niños y las familias que se trasladan de provincia. El objetivo es que el traslado de los niños y las familias pueda realizarse sin contratiempos, así como prestar asistencia de urgencia con la mínima interrupción posible de los servicios. (Quebec no es signatario del Protocolo; no obstante, las autoridades responsables del bienestar del niño aplican las disposiciones del Protocolo en la relación con otros territorios o provincias.) Se puede consultar más información sobre el Protocolo en http://www.gov.mb.ca/fs/childfam/pt_protocol/2006/pt_protocol-2006.pdf.

181.Con la entrada en vigor de la Ley de aplicación del Convenio sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional y de modificación de algunas disposiciones legislativas relacionadas con la adopción, se modificó el Código Civil de Quebec. El objetivo de esos cambios legislativos, que empezaron a aplicarse el 1º de febrero de 2006, es dejar claro que el Director del registro civil no puede expedir un certificado de nacimiento de un niño adoptado si las autoridades autorizadas por la ley no le han garantizado que esa adopción cumple las leyes en vigor en Quebec.

182.Para prevenir la trata de niños, en la legislación de todos los territorios y provincias se han incluido salvaguardias con respecto a la facilitación de la adopción internacional (por ejemplo, mediante la acreditación o las autorizaciones). Cuando el país de origen del niño también es signatario del Convenio de La Haya sobre adopción internacional, las autoridades centrales de ambos países deben aprobar la adopción.

183.El Canadá ha firmado un acuerdo bilateral sobre adopción internacional con Viet Nam, ya que este país no es signatario del Convenio de La Haya. Este acuerdo brinda protección a los niños objeto de adopciones internacionales de forma similar al Convenio de La Haya.

184.Según las leyes de todos los territorios y provincias, constituye un delito el hecho de que una persona dé, reciba, o acuerde dar o recibir, un pago o recompensa en relación con una adopción internacional. En la legislación de cada jurisdicción se indica que, si se cobra por los servicios prestados, la suma debe ser apropiada, incluyendo solamente los costos y gastos y unos honorarios profesionales razonables. En las reglamentaciones de Ontario y de Columbia Británica, por ejemplo, se han establecido límites con respecto a las cantidades que se pueden percibir.

185.Las leyes sobre inmigración del Canadá también incorporan principios y prácticas que se basan en el Convenio de La Haya sobre adopción internacional. Toda adopción debe ser legal, corresponder al interés superior del niño, no presentar ningún indicio de trata de niños, y los padres biológicos deben otorgar su consentimiento libre e informado antes de que se conceda el visado a un niño. Por ejemplo, en el párrafo 3 del reglamento 117 de la Ley de inmigración y protección de los refugiados se estipula que si el país en el que tiene lugar una adopción internacional, o la provincia de destino del niño, no es parte del Convenio de La Haya sobre adopción internacional, no debe haber ningún indicio de que la adopción tiene por objeto la trata de niños o la obtención de beneficios indebidos, en el sentido que se establece en el Convenio de La Haya.

186.Los funcionarios encargados de expedir visados en el extranjero también deben corroborar que el niño no haya sido vendido, o haya sido objeto de trata o secuestrado, y que su documentación es válida. Estos funcionarios están en condiciones de evaluar si una adopción internacional ha seguido los procedimientos legales en el país en el que se ha llevado a cabo, y determinar si existen indicios de que se trate de un caso de trata de niños. Estos funcionarios tienen conocimientos especializados en materia de documentación civil, y garantizan que la identidad del niño adoptado es la que se declara y que la documentación del procedimiento de adopción del país de nacionalidad se ajusta a las normas. De forma análoga, los funcionarios encargados de expedir visados suelen conocer la integridad y la competencia de las principales instituciones y de los agentes locales que participan en el proceso (tribunales, ministerios sociales, orfanatos, instituciones locales de adopción), y están al corriente de los posibles problemas relacionados con la protección de los niños en el país en cuestión. En aquellos países donde existen pruebas de sobornos, documentación fraudulenta o trata, los funcionarios pueden realizar investigaciones adicionales.

Parte VI

Protección de los derechos de las víctimas

Medidas para garantizar el interés superior de las víctimas

187.El Canadá copatrocinó la resolución que dio lugar a la aprobación de las Directrices de las Naciones Unidas sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos por el Consejo Económico y Social, en julio de 2005. Las Directrices, que instan a que el interés superior del niño sea la consideración primordial en el tratamiento de los niños involucrados en el sistema de justicia penal, son respetadas en el Canadá.

188.Además de apoyar los esfuerzos desplegados en el ámbito internacional en esta esfera, el Gobierno del Canadá ha puesto en marcha algunas medidas legislativas y políticas para garantizar el interés superior de las víctimas, entre las que figuran la protección de los testigos, las prohibiciones de publicación y formas alternativas de prestar testimonio.

189.En el Código Penal se prevén varias formas de protección de las víctimas y los testigos que participan en los procesos de justicia penal.

190.En el caso de las víctimas o los testigos menores de 18 años de edad, o con alguna discapacidad que les dificulta la comunicación, a fin de que su participación en el sistema de justicia penal sea menos traumática, se proporcionan los siguientes medios para facilitar la prestación de declaración:

Los testigos pueden prestar declaración fuera de la sala del tribunal mediante un circuito cerrado de televisión, o detrás de una mampara que impida que la víctima vea al acusado;

Una persona de apoyo puede acompañar a los niños víctimas mientras prestan testimonio;

Cuando el acusado se representa a sí mismo, se puede designar a un abogado para que realice las repreguntas a un niño víctima;

Un niño víctima o testigo puede recibir estas protecciones, previa solicitud, en cualquier proceso, sin necesidad de demostrar su necesidad, excepto que el juez considere que ello podría interferir en el proceso de administración de justicia.

191.El Código Penal también permite a un juez ordenar a todos o a algunos de los miembros del público que abandonen la sala de audiencias durante la totalidad o parte de las actuaciones judiciales en las que participan niños víctimas. También se puede prohibir la publicación de toda información que permita identificar a un niño víctima o testigo. Esas prohibiciones son obligatorias cuando se trata de testigos menores de 18 años de edad en un proceso sobre delitos sexuales o violentos.

192.El testimonio grabado en video de niños víctimas o testigos es admisible como prueba en un juicio penal de cualquier delito, siempre que la grabación en video se haya efectuado en un período de tiempo razonable tras la comisión del presunto delito y que la víctima o el testigo confirme su contenido en el juicio.

193.En enero de 2006 se modificó la Ley de pruebas del Canadá para permitir que los testigos menores de 14 años de edad con capacidad para comprender y responder a las preguntas presten testimonio tras prometer decir la verdad. Esta modificación eliminó los requisitos de competencia y de juramento en el caso de los testigos menores de 14 años de edad.

194.El Código Penal también contiene disposiciones que autorizan que un tribunal dicte prohibiciones específicas a los delincuentes condenados por delitos sexuales, así como órdenes de protección y otros procedimientos administrativos en los casos de agresiones sexuales que afectan a niños. Cabe citar como ejemplo la orden a los delincuentes condenados por delitos sexuales de mantenerse alejados de los parques y escuelas, así como la prohibición de trabajar en puestos que impliquen una relación de confianza con niños. Si un delincuente agrede a un hijo, o al hijo de su cónyuge o de su pareja de hecho, el tribunal puede considerar este hecho como un agravante, que puede dar lugar a una sentencia más severa. El Código Penal también prevé la posibilidad de que el tribunal dicte una orden de reconocimiento si considera que se podría estar cometiendo un delito sexual contra un niño.

195.Un elemento fundamental de las investigaciones contra la explotación sexual de los niños por medio de Internet es identificar, localizar y apartar a los niños susceptibles de ser nuevas víctimas. Para el Gobierno del Canadá, identificar a las víctimas constituye una prioridad fundamental. En 2006 se creó la unidad de identificación de víctimas del Centro nacional de coordinación contra la explotación de los niños. Esta unidad participa en unas cinco investigaciones internacionales por semana, colabora cotidianamente con más de 18 países, y realiza una labor de comparación de imágenes a fin de evitar la duplicación de las investigaciones. Hasta junio de 2008 se consiguió identificar a 234 niños canadienses o extranjeros, en gran medida gracias a los esfuerzos desplegados por el Canadá para hacer cumplir la ley.

196.En la Ley de inmigración y protección de los refugiados se reconoce que el interés superior del niño es una consideración primordial. Por lo tanto, en principio, y en la medida de lo posible, el Canadá procura que en su legislación se reduzcan al mínimo las diferencias entre los niños extranjeros y los niños nacidos o naturalizados en el Canadá. Los ciudadanos canadienses, los residentes permanentes y los extranjeros que se hallan en el territorio del Canadá están protegidos por la Carta de Derechos y Libertades del Canadá. La protección de los derechos humanos no depende de la edad, pero las distintas condiciones y beneficios de que gozan los ciudadanos extranjeros están en función de su situación en términos de inmigración.

197.Todos los solicitantes de asilo, incluidos los niños, reciben un documento que los identifica como beneficiarios del programa de protección de los refugiados del Canadá. Ese documento facilita el acceso a los servicios en las comunidades.

198.La responsabilidad en materia de protección del bienestar de los niños corresponde a las provincias y los territorios, y son los organismos de protección de la infancia a nivel local los que determinan el grado de atención y tratamiento que necesitan los niños incluidos en su jurisdicción. Posteriormente, las autoridades provinciales o territoriales se hacen cargo de la atención y protección de esos niños, como se describe en la sección de este informe correspondiente a los servicios destinados a las víctimas.

199.Todos los gobiernos provinciales y territoriales prestan servicios a las víctimas de delitos, y muchos de ellos aplican programas destinados específicamente a los niños víctimas. Esos programas incluyen servicios en materia de apoyo emocional, información, remisiones y asistencia práctica. En algunos territorios y provincias existe una medida en vigor que exige que la fiscalía informe de sus derechos al niño y al tutor legal, y los ponga al corriente de las opciones de las que disponen en su participación en el proceso. Además, algunos organismos del Canadá brindan una asistencia especial a los niños víctimas. Muchos de ellos son organizaciones comunitarias que prestan servicios a las víctimas de delitos, que cuentan con servicios especializados para los niños víctimas de malos tratos.

200.Por ejemplo, en virtud de la Ley sobre relaciones de familia de Columbia Británica, todos los niños menores de 19 años que carecen de tutor pasan a estar al cuidado del Director de Bienestar de la Infancia. Los niños y los menores de 19 años de edad no acompañados, víctimas de trata o refugiados que llegan a un puesto fronterizo en Columbia Británica son acogidos en el marco del programa de servicios para inmigrantes, que se estableció en el verano de 1999, tras la llegada en menos de dos meses de cuatro barcos con inmigrantes procedentes de China. Cuando el equipo de servicios para inmigrantes asume la tutela, es responsable de satisfacer las necesidades psíquicas, emocionales, educativas, de salud y de desarrollo de los niños y los jóvenes. Desde 1999, se ha prestado asistencia en el marco de este programa a unos 400 niños en distintas esferas.

201.El servicio VictimLINK de Columbia Británica es una línea de atención telefónica gratuita para toda la provincia, que funciona ininterrumpidamente, en varios idiomas, destinada a las víctimas de delitos, incluidas las víctimas de violencia en la familia y violencia sexual. Este servicio también está a disposición de los residentes de Yukón.

202.En la Ley sobre las víctimas de delitos de Alberta se establece que la seguridad de las víctimas debe tenerse en cuenta en todas las etapas del proceso penal, y que se deben adoptar, cuando sea necesario, las medidas apropiadas para proteger a las víctimas contra posibles intimidaciones o represalias. Entre los principios que se establecen en la Ley para el tratamiento de las víctimas figuran los siguientes:

Se debe tener en cuenta y respetar en la mayor medida posible la intimidad de las víctimas;

La seguridad de las víctimas debe tenerse en cuenta en todas las etapas del proceso penal, y se deben adoptar, cuando sea necesario, las medidas apropiadas para proteger a las víctimas contra posibles intimidaciones o represalias;

Se debe proporcionar información a las víctimas sobre su papel en el proceso, las leyes y la manera en que se aplican en su situación, los servicios de asistencia, y los recursos disponibles en caso de que considerara que no se respetan sus derechos;

Las opiniones, preocupaciones y observaciones de las víctimas constituyen elementos muy importantes en el proceso penal, y se deben tener en cuenta, de conformidad con las leyes, las políticas y los procedimientos en vigor.

203.En el Protocolo sobre las víctimas de delitos del Gobierno de Alberta, de 2007, se establecen los servicios mínimos que diversos organismos de justicia penal deben poner a disposición de las víctimas. El Protocolo establece que se deben garantizar esos servicios a las víctimas vulnerables o que son objeto de intimidación, como los niños, las personas con discapacidad, o las que estén en una situación de mayor riesgo debido a su relación con la persona acusada.

204.El Centro de protección de niños Zebra de Edmonton (Alberta) agrupa a un conjunto multidisciplinar de profesionales en un centro que se ocupa de los niños víctimas de malos tratos. Utilizando sus propios recursos, y mediante la colaboración con la comunidad, brinda servicios fundamentales y apoyo de carácter jurídico, social, médico y de salud mental a los niños, así como a los progenitores o tutores que no hayan delinquido.

205.En Saskatchewan, se modificaron en 2002 los Reglamentos sobre las víctimas de delitos de 1997, con objeto de asegurar que los niños y los jóvenes víctimas de delitos de explotación en el comercio sexual accedieran a una amplia gama de servicios destinados a las víctimas, incluida la indemnización. Los Reglamentos se modificaron nuevamente en 2006 para incluir la explotación sexual de las personas con discapacidad. Esos servicios se financian mediante la imposición de recargos que se destinan a las víctimas. El Director del Ministerio Público ha solicitado a los fiscales que reclamen recargos mayores de lo habitual en todos los casos de niños víctimas de malos tratos y, en particular, en los casos de explotación en el comercio sexual.

206.En las audiencias celebradas en causas de protección de niños en Saskatchewan, el tribunal puede admitir testimonios de referencia o declaraciones juradas, y los niños no suelen prestar declaración testimonial. En otros procesos ante los tribunales en los que participan niños, los coordinadores para las víctimas y los testigos evalúan las necesidades de los niños testigos y formulan recomendaciones sobre su comparecencia ante el tribunal (por ejemplo, la utilización de una mampara, dispositivos de sonido, o apoyos adicionales para los niños muy pequeños o temerosos en su asistencia a la audiencia). Los coordinadores para las víctimas y los testigos también brindan información, apoyo y asistencia a los niños testigos y a sus progenitores y familias en todo el proceso penal.

207.En Manitoba, hay diversas instituciones de acogida y recursos destinados a los niños y los jóvenes que residen en la provincia, a quienes se prestan servicios especializados en los casos de explotación sexual. El programa denominado Transición, Educación y Recursos para las Mujeres, dependiente de la institución New Directions, está destinado a los jóvenes víctimas de explotación en el comercio sexual mediante un programa de atención no residencial. La provincia financia las necesidades de las víctimas en materia de orientación, a solicitud de estas y en relación con determinados delitos, que incluyen los abarcados en el Protocolo.

208.En Ontario, el proyecto sobre los niños testigos, que está a cargo del Centro para los niños y las familias, ayuda a los niños y adolescentes que tienen que prestar declaración testimonial ante un tribunal penal, generalmente en casos que hacen referencia a malos tratos físicos o sexuales en los que han sido testigos de malos tratos contra sus madres. Desde su creación, el proyecto ha prestado asistencia a más de 1.000 niños y adolescentes, así como a algunos adultos con dificultades de desarrollo.

209.Los 16 centros de apoyo a las víctimas de actos delictivos de Quebec se rigen por la Ley sobre la asistencia a las víctimas de delitos. Estos centros ofrecen diversos servicios a las víctimas, que incluyen a los niños, entre los que figuran: la intervención psicosocial, la información sobre los recursos, la asistencia psicológica y la remisión a servicios especializados. Trabajan en colaboración con la justicia, los trabajadores de la salud y los de los servicios sociales, así como con organizaciones comunitarias, para poder prestar a las víctimas los servicios necesarios.

210.El Programa para los niños víctimas y testigos de Nueva Escocia brinda servicios especializados para preparar y apoyar a los niños víctimas o testigos que tienen que prestar testimonio en los procesos penales.

211.En la Isla del Príncipe Eduardo, los servicios de asistencia a las víctimas proporcionan orientación y preparación judicial adaptada a los niños, ayuda para que las víctimas formulen declaraciones, remisiones a servicios de consulta y otros servicios de apoyo, así como indemnizaciones económicas por el dolor y el sufrimiento padecido y los costos asociados a los perjuicios personales causados por los delitos. Se han dispuesto salas de espera adaptadas a los niños en todos los juzgados de la provincia. El Código Penal contiene disposiciones especiales en relación con los niños víctimas, y se prevén medios para facilitar la prestación de declaraciones, como mamparas, una persona de apoyo, un circuito cerrado de televisión, y la posibilidad de ordenar la prohibición de publicar su identidad. Se puede consultar más información sobre los servicios de asistencia a las víctimas de la Isla del Príncipe Eduardo en www.gov.pe.ca/go/victimservices.

212.En esta provincia las víctimas también disponen de servicios de psiquiatras, psicólogos y organismos de asesoramiento. Los niños que asisten a la escuela pueden ser remitidos a un servicio de consulta si se detecta un caso de explotación sexual. La Asociación de la Isla del Príncipe Eduardo para los recién llegados al Canadá brinda asistencia adicional a las familias inmigrantes.

213.Los servicios de asistencia a las víctimas de Terranova y Labrador proporcionan ayuda a los niños que tienen que prestar testimonio en los procesos penales. El programa también presta apoyo a los cuidadores de las víctimas. La preparación para el juicio se realiza a lo largo de varias reuniones, teniendo en cuenta los problemas específicos y de desarrollo de los niños testigos.

214.En todas las jurisdicciones, cuando una víctima de agresión sexual parece ser menor de 18 años (aunque no se conozca su verdadera edad) se trata el caso con seriedad. Los esfuerzos de colaboración y la red de seguridad entre los asociados policiales internacionales han permitido un gran avance en la identificación de los niños víctimas que aparecen en imágenes de abusos sexuales a niños que corresponden a los criterios asociados a la pornografía infantil, así como en materia de localización y rescate de los niños. Esto ha disminuido la duplicación de esfuerzos en la investigación para determinar si una víctima es o no menor de 18 años de edad.

La capacitación de los profesionales que se ocupan del apoyo a las víctimas

215.En la mayoría de las provincias y los territorios se requiere que el personal que se ocupa de las víctimas tenga experiencia en trabajo social, complementado mediante una formación continua.

216.Por ejemplo, el gobierno de Alberta ha diseñado una capacitación uniforme para el personal y los voluntarios que trabajan en los programas de asistencia a las víctimas organizados por la policía o la comunidad. El manual de capacitación para la defensa de las víctimas contiene módulos que tratan de las agresiones sexuales cometidas contra los niños, el apoyo mutuo entre los profesionales en situaciones de crisis y la autonomía personal.

217.En Saskatchewan, se imparte una nueva capacitación a los grupos y hogares de acogida y a otros servicios de tratamiento existentes, a fin de asegurar que puedan ayudar adecuadamente a los niños y jóvenes víctimas de explotación. En 2002, al entrar en vigor en octubre la Ley de emergencia para la protección de las víctimas de abuso y explotación sexual infantil, se impartió capacitación al personal que se ocupa de la protección, al de los organismos de difusión, al personal policial, a los jueces de paz, y a los trabajadores de los centros de salud mental, y se imparte capacitación a todo nuevo trabajador. En 2002 también se impartió capacitación especializada a la policía sobre los instrumentos y las técnicas nuevos para combatir la explotación sexual de los niños. Posteriormente, esa capacitación se ha incorporado a la formación básica que se imparte en la Escuela de Policía de Saskatchewan. Desde abril de 2007, se han recibido 21 solicitudes en virtud de esta legislación.

218.En Manitoba se han organizado talleres sobre los traumatismos indirectos, que contaron con la participación del personal de los servicios de asistencia a las víctimas. También se ha impartido orientación a los nuevos fiscales en materia de prostitución infantil (proxenetismo), el uso de Internet para atraer a niños con fines sexuales, y la pornografía infantil; en los casos complicados se realizan exámenes entre pares.

219.En Ontario, los abogados de la Corona pueden participar en un curso de formación de verano que versa sobre la acusación en los casos de maltrato de niños. En ese curso se imparte una amplia formación jurídica a los fiscales asignados a esos casos. También se han realizado otras conferencias y reuniones de formación en las que se ha impartido capacitación jurídica y conexa a los abogados de la Corona y a otros profesionales que se desempeñan en ese ámbito.

220.El Centro para los niños y las familias del sistema de justicia de Ontario es un organismo que presta diversos servicios, entre los que figura el proyecto para los niños testigos, la investigación y la capacitación. Un objetivo del Centro es hacer avanzar la comprensión de la situación mediante el estudio de las necesidades de los niños y las familias, así como de la eficacia de las intervenciones. Entre las investigaciones que se realizan figuran las siguientes: el análisis documental para respaldar las recomendaciones sobre el desarrollo y el perfeccionamiento de los programas; la evaluación de los programas de intervención; la consulta sobre los modelos de investigación; la auditoría de los programas; encuestas nacionales sobre los programas; y estudios sobre las repercusiones de los cambios jurídicos y en materia de políticas. Los resultados se utilizan para formular recomendaciones sobre el desarrollo de los programas, iniciativas de políticas y orientaciones para la investigación futura. En 2006 asistieron más de 10.000 profesionales a los talleres de capacitación, y cientos de miles accedieron a sus recursos por medio de Internet.

221.El gobierno de Nueva Brunswick imparte formación anualmente sobre las modificaciones legales concretas a todo el personal de los servicios de asistencia a las víctimas. También se ha contratado a un experto psicólogo para que organice un taller de dos días de duración, y una parte del mismo se dedicará a los niños víctimas. Asimismo, el personal ha participado en talleres y conferencias en los que la Real Policía Montada del Canadá ha impartido formación sobre la utilización de métodos en Internet para atraer a los niños con fines sexuales, la explotación de niños, la pornografía infantil y la labor en curso para investigar estos delitos y encausar a los infractores.

Reinserción social, reunificación familiar, modalidades alternativas de cuidado y recuperación física y psicológica

222.El Canadá ha contribuido a la elaboración de los Lineamientos regionales para la protección especial en casos de repatriación de niños, niñas y adolescentes víctimas de la trata de personas, mediante su participación en la Conferencia Regional sobre Migración. En la Conferencia Regional sobre Migración participan diez países miembros de América del Norte y Centroamérica y la República Dominicana. El grupo procura adoptar un enfoque multilateral sobre las cuestiones que suscitan mutua preocupación, relacionadas con la migración internacional. El Canadá aprobó los Lineamientos el 27 de abril de 2007. El propósito de los Lineamientos es fomentar la colaboración entre los países miembros de la Conferencia Regional sobre Migración, y presentar guías para proceder desde la identificación o detección de una niña, niño o adolescente víctima de trata, así como acciones para llevar a cabo su repatriación y traslado.

223.Las víctimas de trata de personas a las que se otorgan permisos de residencia temporales de corto plazo pueden acceder a las prestaciones de atención sanitaria en el marco del programa federal de salud, lo que incluye el apoyo psicológico para personas traumatizadas. Además, no es necesario que las víctimas de la trata presten testimonio contra el tratante para poder obtener el estatuto de inmigrante.

224.En virtud de los reglamentos de inmigración y protección de los refugiados, la definición de miembro de la familia no permite a los niños incluir a sus progenitores o a sus hermanos en la solicitud de residencia permanente. Esta limitación pretende proteger a los niños de ser víctimas de trata o de tráfico ilícito. El permitir a los niños incluir a los miembros de la familia en su solicitud de residencia permanente podría constituir un riesgo para los niños, ya que crearía un incentivo para que los progenitores enviasen a sus hijos al Canadá con el propósito de que sirvan de anclaje para el conjunto de la familia. No obstante, una solicitud de admisión de los progenitores por motivos humanitarios y de compasión, presentada desde el Canadá o desde el extranjero, permite al Gobierno del Canadá evaluar si, en esas circunstancias, correspondería al interés superior del niño la admisión de sus progenitores y hermanos como residentes permanentes.

225.Los gobiernos de las provincias y los territorios disponen de mecanismos formales e informales para apoyar la recuperación de las víctimas. Por ejemplo, algunos facilitadores sociales de Columbia Británica participan en una red informal, denominada Reconnect, que promueve la coordinación de las distintas comunidades en la labor con los jóvenes y ayuda a "reconectar" a esos jóvenes con sus familias y con la comunidad. Además, el equipo de servicios para inmigrantes de Columbia Británica colabora con los consulados y las embajadas de sus países de origen para recuperar la identidad y la documentación de los niños cuando es necesario. Los jóvenes que participan en procesos judiciales pueden recibir tratamiento en el marco del programa de los servicios psiquiátricos forenses, que efectúan las evaluaciones ordenadas por el tribunal o relativas al tribunal y prestan servicios a los jóvenes con problemas.

226.En Quebec, en virtud de la Ley sobre los servicios de salud y los servicios sociales, la misión de los centros de protección de niños consiste en prestar servicios regionales de atención psicológica, que incluyen servicios de emergencia cuando son necesarios. Con ese fin, aseguran que se evalúen las necesidades de los niños que requieren esos servicios, y que se presten los servicios necesarios a los niños o sus familias, sea en los centros directamente, por parte de organizaciones, o por las personas más aptas para ayudarlos. Quebec dispone de varias medidas, voluntarias u ordenadas por los tribunales, para prestar servicios de salud y servicios sociales a los niños y sus progenitores. Por ejemplo, cuando un tribunal ordena la acogida obligatoria de un niño, todos los servicios disponibles en un centro de rehabilitación o en un hospital tienen que atender a ese niño.

227.Además, el Programa de capacitación de jóvenes de Quebec tiene por objeto preparar a los jóvenes para vivir de forma independiente y capacitar a aquellos que han estado en un centro juvenil. Este proyecto comenzó en 2001 y se sigue aplicando. Las intervenciones son de carácter intensivo, ya que la proporción es de diez jóvenes por cada educador. A fin de asegurar la reintegración social de esos niños, en 2008-2009 el programa se ejecutará en todos los centros juveniles de Quebec.

228.El Programa de orientación para las víctimas de delitos de Nueva Escocia brinda financiación para prestar servicios de asesoría a las víctimas de delitos violentos que reúnan las condiciones. El objetivo del programa es ayudar a las víctimas a superar el trauma causado por el delito. Los niños víctimas de explotación sexual mediante la prostitución, la pornografía o la venta de niños reúnen las condiciones para participar en este programa.

229.En Terranova y Labrador, la asistencia para la reintegración social, la reunificación familiar y la recuperación física y psicológica se presta mediante la financiación de servicios de ayuda a las víctimas. Estos brindan orientación a los niños que han de prestar testimonio en procesos penales. Los servicios para el niño, el joven y la familia también prestan asistencia en el marco de su mandato de brindar protección y servicios de apoyo a los niños y los jóvenes.

Demandas de indemnización por daños y perjuicios a las personas jurídicamente responsables

230.En el ámbito federal, el Código Penal autoriza la imposición de recargos para las víctimas, aparte de cualquier otra pena impuesta a un delincuente declarado culpable o incluso declarado inocente de un delito. Ese dinero se utiliza para financiar en parte los servicios y programas de asistencia a las víctimas a nivel provincial o territorial. Además, en el artículo 738 del Código Penal se autoriza al tribunal a determinar la indemnización que la persona condenada por un delito debe pagar a una víctima. Se puede imponer esa indemnización en tres casos:

Para cubrir el costo del daño, la pérdida o la destrucción de bienes de una persona como resultado de la comisión de un delito;

Para cubrir los daños y perjuicios estimables en dinero, con inclusión de la pérdida de ingresos o prestaciones, a toda persona que haya sufrido daños físicos como resultado de la comisión de un delito;

Para cubrir los gastos reales y razonables en que incurra un miembro del hogar del delincuente debido a la necesidad que tenga esa persona de abandonar el hogar, a fin de sufragar de forma temporal la vivienda, la alimentación, la atención de los hijos, y el transporte.

231.En el Canadá, la compensación civil que debe pagar el autor de un delito a las víctimas corresponde a la competencia de las provincias y los territorios; las provincias y los territorios han promulgado leyes, en sus respectivas jurisdicciones, que determinan los derechos de las víctimas de delitos, entre los que figura en la mayoría de los casos el derecho a obtener una compensación.

232.Por ejemplo, la Junta de indemnización por daños penales de Ontario es un organismo cuasi judicial con funciones decisorias, que concede compensaciones a las víctimas de delitos violentos cometidos en Ontario, que incluyen la agresión sexual y los malos tratos contra los niños. La autoridad de la Junta se establece en la Ley de indemnización a las víctimas de delitos.

233.Los servicios de asistencia a las víctimas de la Isla del Príncipe Eduardo conceden indemnización por daños penales con cargo a un fondo gubernamental provincial para las víctimas de delitos cometidos en la provincia.

234.Además, en todos los territorios y provincias hay leyes civiles (no penales) en vigor en materia de violencia doméstica y en la familia. Generalmente, esas leyes otorgan diversas reparaciones civiles a las víctimas de violencia doméstica o en la familia, que complementan los procesos penales e incluyen una intervención de urgencia a corto plazo, u órdenes de protección y órdenes de asistencia a las víctimas a largo plazo.

El derecho de los acusados a un juicio justo e imparcial

235.Las disposiciones del Código Penal que permiten conceder ayuda a los niños víctimas o testigos para facilitar la prestación de declaraciones y otras medidas exigen que el juez deniegue su utilización en caso de que ella pueda interferir en la administración de justicia. Esto garantiza que no se produzcan efectos indebidos en los derechos de los acusados. Además, en los artículos 7 y 11 de la Carta de Derechos y Libertades del Canadá se estipula que el acusado tiene derecho a un juicio justo como parte del derecho a la equidad procesal. La Carta del Canadá tiene precedencia sobre todas las demás leyes federales, provinciales y territoriales.

236.En todos los gobiernos de las provincias y los territorios hay en vigor medidas legislativas y administrativas destinadas a garantizar el derecho de los acusados a un juicio justo e imparcial.

237.Por ejemplo, en Terranova y Labrador, en la preparación para el juicio, a cargo de los servicios de asistencia a las víctimas, no se hace alusión a los hechos. Los hechos del caso no se debaten de ninguna manera con el niño. Este programa asegura que el niño reciba el apoyo y la preparación adecuados para prestar testimonio en el juicio penal y, al mismo tiempo, que esa preparación no produzca efectos indebidos en el derecho del acusado a un juicio justo e imparcial.

Parte VII

Asistencia y cooperación internacionales

La jurisdicción extraterritorial

238.El Código Penal del Canadá permite el enjuiciamiento de los ciudadanos canadienses (o los residentes permanentes) que participen en actividades sexuales prohibidas con niños en el extranjero. La legislación del Canadá contra el turismo sexual no requiere que se pruebe que una persona ha viajado al extranjero con la intención de participar con un niño en actividades sexuales prohibidas.

239.En junio de 2005 se dictó la primera condena por turismo sexual en virtud de la legislación canadiense, al declararse a un ciudadano canadiense culpable de numerosos cargos de tocamientos sexuales con niños menores de 14 años de edad en Camboya, además de otras acusaciones relacionadas con agresiones sexuales que habían tenido lugar en el Canadá.

240.Se han iniciado otros procesos contra ciudadanos canadienses que han cometido abusos sexuales contra niños en el extranjero. Esos procesos han sido iniciados por funcionarios de los países en los que se habían cometido esos delitos. El Canadá colabora estrechamente con los gobiernos extranjeros sobre los posibles casos de ciudadanos canadienses que hayan cometido delitos sexuales en el extranjero o de personas que han viajado al Canadá para cometer abusos sexuales contra niños.

Extradición

241.Según el artículo 3 de la Ley sobre la extradición del Canadá, el Canadá puede, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 5 del Protocolo, examinar toda extradición solicitada de conformidad con el Protocolo por un signatario del mismo. En la medida en que el Protocolo funciona como un tratado multilateral a efectos de la extradición, el Canadá puede aceptar una solicitud incluso si no existe una garantía explícita de reciprocidad. Por el contrario, la reciprocidad por sí misma no es una condición suficiente.

242.La extradición desde el Canadá se puede ordenar basándose en tres fundamentos:

Un acuerdo de extradición (básicamente un tratado bilateral o multilateral sobre extradición);

La inclusión en la Ley sobre la extradición (algunos Estados o instituciones, como la Corte Penal Internacional, pueden obtener la extradición sin contar con un tratado, basándose en el hecho de que están designados en una lista de la Ley sobre la extradición);

Un "acuerdo específico" (un acuerdo ad hoc concertado para un caso particular, que solamente es válido para ese caso).

243.En la Ley sobre la extradición del Canadá se establece que, si se cumplen determinadas condiciones previas, una persona puede ser extraditada con uno o más de estos tres propósitos: para su enjuiciamiento; para la imposición de una condena a esa persona; o para el cumplimiento de una condena impuesta a esa persona con anterioridad.

244.La extradición desde el Canadá se basa en dos elementos fundamentales: el primero, el principio de la doble incriminación, y el segundo, un requisito con respecto a la condena. Más concretamente, el primer factor requiere que la conducta delictiva alegada con respecto a la que se solicita la extradición esté tipificada como delito en los dos países. El segundo elemento significa que, si en el tratado no se especifica la imposición de una condena mínima, la Ley sobre la extradición establece que la pena máxima por ese delito en el Canadá debe ser de al menos dos años de prisión.

245.El Canadá no ha firmado ningún tratado de extradición desde que ratificó el Protocolo en septiembre de 2005, y no ha iniciado la negociación de ningún nuevo tratado de extradición desde julio de 2007.

246.Desde julio de 2007, el Canadá no ha recibido solicitudes de extradición basadas en el Protocolo. No obstante, ha recibido en ese período 13 solicitudes en el marco de acuerdos bilaterales que están relacionadas con delitos incluidos en el Protocolo. Algunas han dado lugar a la entrega, y otras se encuentran en distintas etapas del proceso de extradición. El Canadá no ha presentado solicitudes de extradición relacionadas con los delitos incluidos en el Protocolo. En el mismo período, el Canadá ha solicitado asistencia jurídica a un país extranjero con respecto a una investigación sobre pornografía infantil, y ha recibido dos solicitudes de sus asociados bilaterales.

247.El Canadá es parte en 34 tratados de asistencia jurídica bilateral mutua en asuntos penales. Todos esos tratados se aplican a la investigación y el enjuiciamiento de una amplia gama de delitos, que incluyen en todos los casos los delitos estipulados en el Protocolo. En cada uno de los tratados se definen los parámetros de la asistencia extranjera disponible, y por lo general abarcan, entre otras, las siguientes cuestiones: el intercambio de información, documentos y objetos; la toma de declaraciones y de pruebas de las personas; la identificación de las personas; la ejecución de solicitudes de busca y captura; y el servicio de documentación. El país requerido solo puede denegar o posponer la asistencia en determinadas circunstancias, esto es, que la ejecución pueda ser contraria al interés público o interfiera en una investigación de ámbito nacional. En esos tratados no se reconoce la doctrina del delito político como motivo explícito para denegar una solicitud de asistencia. Sin embargo, en algunos tratados se establecen excepciones para casos particulares.

la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, así como los protocolos que complementan esta última convención, esto es, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, y el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones.

249.La Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, aprobada en Nassau (Bahamas) en 1992, y que entró en vigor en 1996, brinda a los Estados partes un mecanismo para aumentar la cooperación en las investigaciones penales, lo que facilita el enjuiciamiento de los sospechosos y los procesos judiciales. El alcance de la Convención abarca los delitos previstos en el Protocolo. La asistencia en virtud de esta Convención incluye cuestiones como la citación de testigos, la prestación de testimonios, la facilitación de documentos, la congelación de activos, y la realización de registros e incautaciones.

250.La Ley sobre asistencia judicial mutua en asuntos penales, Ley revisada del Canadá de 1985, capítulo 30 (suplemento 4), entró en vigor el 1º de octubre de 1988. El objeto de la Ley es hacer efectivos los acuerdos bilaterales y multilaterales mencionados supra. También permite al Canadá concertar "acuerdos administrativos" con otros Estados o instituciones con los que el Canadá no mantiene relaciones en virtud de otros tratados. Esos acuerdos administrativos permiten al Canadá brindar la asistencia jurídica que está a disposición de los asociados mediante tratados en relación con una investigación especificada en el acuerdo.

251.Asimismo, esta Ley otorga a los tribunales canadienses la facultad de dictar medidas obligatorias en el Canadá para reunir pruebas como parte de una investigación o un proceso penal llevados a cabo en un Estado o por una institución extranjeros, o para localizar a una persona sospechosa de haber cometido un delito, sobre la base una solicitud realizada en virtud de un tratado, convención, acuerdo administrativo o designación. La legislación permite brindar asistencia en cualquier etapa del proceso penal, desde la investigación hasta la apelación.

252.Antes de dictar una orden de asistencia del tipo más habitual (órdenes de presentación de pruebas y de registro e incautación), los tribunales del Canadá deben estar convencidos de que hay motivos para creer que se ha cometido un delito y que la prueba de la comisión del delito se hallará en el Canadá. De conformidad con la Ley, el Canadá puede proporcionar la asistencia siguiente: incautación de pruebas mediante una orden de registro; obtención de pruebas documentales mediante una orden de presentación de pruebas; obtención de pruebas mediante la ejecución de otras órdenes judiciales; citación de testigos para que presten declaración, incluida la obligación de los testigos de prestar testimonio en procesos celebrados en el extranjero mediante comunicaciones sonoras o videoconferencias; el préstamo de pruebas documentales que se hayan presentado en procesos judiciales llevados a cabo en el Canadá; la obtención de una orden para examinar un lugar o sitio del Canadá (inclusive la exhumación de un cadáver o el examen de una tumba); el traslado de un condenado (con su consentimiento) para que declare como testigo o preste asistencia en una investigación; la presentación de documentos; la ejecución de órdenes dictadas por un tribunal penal para el embargo, el decomiso o la incautación de bienes situados en el Canadá; y la ejecución de multas penales dictadas en el extranjero (con un límite determinado).

253.Sistemáticamente, la policía del Canadá brinda asistencia informal a las fuerzas policiales de otros países, de conformidad con la legislación canadiense. Generalmente, la policía del Canadá proporciona información o documentación que está a disposición del público, o que se podría obtener de forma voluntaria. No existen, sin embargo, medidas de carácter obligatorio en este procedimiento informal, que suele realizarse mediante comunicaciones directas entre los cuerpos de policía y pueden incluir la transmisión de información por medio de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL). La cooperación informal y el intercambio de información entre los Estados partes sigue siendo un instrumento disponible en la investigación de los delitos previstos en el Protocolo.

254.El Canadá puede brindar asistencia de conformidad con una comisión rogatoria, que es un medio por el que un juez o un tribunal de un Estado solicita asistencia a un juez o un tribunal de otro Estado. No es necesario que esas solicitudes se basen en un tratado aplicable ni en otro tipo de acuerdo, pero deben cumplir las siguientes condiciones: debe haber un asunto penal en trámite ante un juez, corte o tribunal extranjeros, y el organismo judicial extranjero debe desear obtener la prueba solicitada. La cooperación del juez o el tribunal se basa en la cortesía internacional, según la cual se adopta un enfoque amplio en las solicitudes recibidas de autoridades judiciales extranjeras. Una comisión rogatoria dirigida al Canadá puede denegarse debido a una posible contradicción con las políticas públicas o a un menoscabo de la soberanía del Canadá.

255.Las solicitudes que no están previstas en tratados, que no se rigen por las disposiciones de la parte II de la Ley de pruebas del Canadá, generalmente porque no provienen de un tribunal, pueden ser examinadas y remitirse a las autoridades policiales del Canadá, que determinarán si la asistencia solicitada se puede brindar de forma voluntaria, sin recurrir a una orden judicial. No obstante, la asistencia se limita a las pruebas o la información que se pueda obtener de forma voluntaria.

256.Cabe señalar que toda actuación emprendida por las autoridades del Canadá en relación con una solicitud extranjera se rige por la Carta de Derechos y Libertades del Canadá. Las disposiciones más pertinentes a este respecto son las siguientes:

Artículo 8: el derecho de toda persona a gozar de protección contra todo registro o embargo arbitrario;

Artículo 11, párrafo c): el derecho de toda persona acusada de un delito penal a no ser obligada a comparecer como testigo en los procesos iniciados en su contra o relacionados con ese delito;

Artículo 13: el derecho de toda persona a que una prueba de cargo presentada en un proceso no se utilice en su contra en ningún otro proceso, excepto en el caso de falso testimonio.

Documentos y acuerdos negociados a nivel internacional

257.El Canadá ha participado activamente en la negociación del Plan de Acción Hemisférico contra la Delincuencia Organizada Transnacional (un documento que no es legalmente vinculante), que finalizó en octubre de 2006. El Plan de Acción promueve la coordinación y la cooperación regionales para prevenir, controlar y combatir la delincuencia organizada transnacional, incluida la trata de personas. El Canadá participó en la primera reunión del Grupo Técnico sobre Delincuencia Organizada Transnacional, celebrada en julio de 2007, en la que los miembros de la OEA debatieron sobre la aplicación del Plan de Acción Hemisférico.

258.El Canadá también ha desempeñado un papel activo en la negociación del documento de la OEA titulado "Conclusiones y recomendaciones de la reunión de autoridades nacionales en materia de trata de personas", de marzo de 2006. Esa reunión permitió a los Estados miembros intercambiar experiencias y compartir las mejores prácticas, identificar algunos de los problemas en la lucha contra la trata de personas en el hemisferio y aumentar la comprensión de las tendencias y las corrientes de la trata de personas en la región.

259.En noviembre de 2006, el Canadá y los Estados Unidos publicaron la Evaluación bilateral de los Estados Unidos y el Canadá sobre la trata de personas. Ese documento demuestra la cooperación entre ambos países para comprender mejor las tendencias de la trata de personas, promover la concienciación sobre la delincuencia transfronteriza y alentar el intercambio de información.

Foros y reuniones internacionales

260.El Canadá participa activamente en numerosos foros regionales y multilaterales de lucha contra la trata de personas, como la OEA, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, el G-8, las Naciones Unidas, el Proceso de Bali sobre el contrabando y la trata de personas y la delincuencia transnacional conexa y la Conferencia Regional sobre Migración, en los que se intercambian las mejores prácticas de lucha contra la trata de personas.

261.El Canadá participó en la reunión de la OEA celebrada en mayo de 2007 para debatir las tendencias de la trata de personas desde Asia al continente americano, en la que se intercambió información sobre la situación de la trata de personas, las rutas y las mejores prácticas.

262.En la 16ª reunión de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas, celebrada en abril de 2007, la explotación sexual de los niños fue objeto de un debate temático. El Canadá copatrocinó una resolución titulada "Respuestas eficaces en materia de prevención del delito y justicia penal para combatir la explotación sexual de los niños".

263.En el marco de las reuniones de los ministros de justicia e interior del G-8 celebradas en 2007 y 2008, el Canadá reafirmó su compromiso de seguir colaborando con los asociados del G-8 y otros interesados para combatir la explotación sexual de los niños en todas sus formas. Por ejemplo, en la reunión ministerial del G-8 de 2007, los ministros aprobaron un documento (Experiencia y recomendaciones del G-8: aplicación de la jurisdicción extraterritorial en los delitos sexuales contra los niños) y sus recomendaciones en apoyo de la aplicación de legislación para combatir la utilización de niños en el turismo sexual, e intercambiar las mejores prácticas en esa esfera entre los asociados del G-8 y otros interesados. Los ministros del G-8 también aprobaron una Declaración para reforzar la lucha internacional contra la pornografía infantil, instando a los asociados del G-8 a cumplir sus obligaciones internacionales en esta esfera, lo que incluía garantizar:

Que en las iniciativas nacionales de lucha contra la pornografía infantil se definan y se prohíban todas las formas de la utilización de niños en la pornografía en un sentido amplio, a fin de proteger a todos los menores de 18 años de edad;

Que sus leyes sancionen adecuadamente a los delincuentes;

Que los gobiernos colaboren entre sí, con la sociedad civil y con el sector privado (con inclusión de los proveedores de servicios de Internet, los profesionales de las tecnologías de la información y las instituciones financieras) para apoyar iniciativas de educación pública y sensibilización, y actividades conexas.

264.El Canadá también ha apoyado a la OEA en la celebración del Seminario Caribeño de Concientización contra la Trata de Personas. El objetivo del proyecto es sensibilizar a todos los sectores de la sociedad del Caribe con respecto al alcance de la situación de la trata de personas, impartiendo capacitación a los funcionarios gubernamentales y dotándolos de medios para identificar y proteger a las víctimas de la trata.

265.Algunos funcionarios del Ministerio de Justicia del Canadá colaboran estrechamente con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en la elaboración de un manual de capacitación avanzado para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, fiscales y miembros de la judicatura, así como modelos de legislación, que contienen no solo los requisitos legales penales que figuran en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, sino también medidas para prestar asistencia y protección a las víctimas de la trata. El manual de capacitación facilitará la difusión de las mejores prácticas a escala internacional, también en relación con la identificación y el tratamiento de las víctimas de la trata por los agentes del orden, y servirá para promover estrategias eficaces de apoyo a las víctimas en el curso del enjuiciamiento de los presuntos tratantes.

Cooperación internacional entre organismos

266.Los organismos policiales canadienses colaboran con la INTERPOL en la lucha contra la explotación sexual de los niños. La policía del Canadá puede comunicarse con la INTERPOL y otros organismos policiales internacionales por medio de una red segura y encriptada, conocida como GROOVE. Esta red también permite a los investigadores almacenar, organizar y compartir archivos. GROOVE les permite acceder a la base de datos de imágenes de explotación de niños de la INTERPOL, pudiendo así comparar un conjunto particular de imágenes que contienen abusos sexuales a niños con otras imágenes en las que se ha identificado a las víctimas. Esto reduce la duplicación de esfuerzos en la labor de identificar a las víctimas y a los infractores.

267.La policía del Canadá también ha colaborado con la INTERPOL en la difusión de advertencias sobre los delincuentes sexuales conocidos que intentan viajar a países extranjeros para mantener relaciones sexuales con niños. Esos avisos han permitido obtener ciertos resultados, logrando la salida de esos delincuentes sexuales de algunos países y evitando la victimización de los niños que viven en ellos.

268.El Centro nacional de coordinación contra la explotación de niños también colabora con la INTERPOL en el Virtual Global Taskforce, que es una asociación internacional de organismos policiales creada para combatir la explotación sexual de los niños en Internet. Véase más información en www.virtualglobaltaskforce.com.

269.Los investigadores del Centro nacional de coordinación contra la explotación de niños, en cooperación con funcionarios del Gobierno del Canadá, controlan a los delincuentes sexuales que pasan por los puestos fronterizos del Canadá, así como a los delincuentes pedófilos deportados desde los Estados Unidos, el Reino Unido y Australia al Canadá. Esa información se añade a la base de datos del Sistema de seguimiento contra la explotación de niños para facilitar la identificación de los delincuentes de alto riesgo o reincidentes.

Programas de sensibilización y de asistencia

270.El Canadá apoya iniciativas de sensibilización en los países de origen de las víctimas de la trata internacional, con objeto de prevenir la trata de personas desde el principio. Por ejemplo, desde 2005, el Canadá ha apoyado a la OIM en la difusión del video de animación titulado "Sueños rotos" (Shattered Dreams), cuyo objetivo es concienciar a los adolescentes vulnerables sobre los riesgos asociados a la trata de personas en comunidades locales de Tailandia, Laos, Viet Nam y Camboya.

271.El Canadá proporciona financiación a organizaciones internacionales, como la OIM y la Fundación Panamericana de Desarrollo, para apoyar diversos proyectos destinados a promover en Haití el desarrollo de una estrategia amplia contra la trata, que abarca la penalización y la creación de capacidad en materia de aplicación de la ley, a fin de poder investigar y enjuiciar eficazmente este delito, crear conciencia, asistir a las víctimas y administrar de forma eficaz las fronteras y la migración.

272.En 2006-2007, el Canadá cooperó asimismo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Laos, para ayudar a reforzar la legislación y el cumplimiento de la ley contra la trata de personas, así como la capacidad gubernamental para investigar, enjuiciar y condenar a los tratantes, lo que incluyó una propuesta de modificaciones en la estructura del derecho penal y la formación de profesionales del ámbito de la justicia penal.

273.Desde 1996, el Gobierno del Canadá ha contribuido al Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que cuenta con 20 países donantes y se ejecuta en más de 75 países. En 2000, el Gobierno del Canadá asignó a este programa 15 millones de dólares en cinco años. Mediante el IPEC, el Canadá ha apoyado proyectos en América Central y América del Sur, el Caribe, África, Asia y Oriente Medio, destinados a combatir las peores formas de trabajo infantil, que se definen en el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (Nº 182), de la OIT, y que incluyen la explotación sexual de los niños, la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud.

274.El Gobierno del Canadá, de conformidad con su política de reforzar la eficacia de la ayuda, continúa prestando apoyo a una amplia gama de iniciativas en Europa oriental, Asia, África, y el continente americano, que se dirigen específicamente a prevenir la trata o la explotación sexual comercial de las mujeres y los niños, prestar asistencia a los niños y los jóvenes afectados, así como a sus familias, y promover y proteger los derechos humanos, en particular los de las mujeres y los niños. Entre esas medidas figuran las siguientes:

En el plano multilateral, aporta financiación básica al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la OIT y la OIM, para abordar cuestiones como la explotación sexual comercial de las mujeres y los niños, la trata de personas, los derechos humanos, la igualdad entre los géneros, los derechos y la protección de los niños, y las cuestiones referentes a la migración. También ha proporcionado financiación para el Estudio del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños (2003-2006).

El apoyo a un programa regional europeo de lucha contra la trata de personas, que es una iniciativa de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. Esta subvención de 2,4 millones de dólares (2007-2011) apoyará el programa contra la trata de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos, destinado a reducir el número de víctimas de la trata en Europa Oriental, completar la aplicación de mecanismos nacionales de remisión en algunos países de la región, y proteger y empoderar a las víctimas de la trata en las regiones de la antigua Unión Soviética y de Europa Sudoriental.

275.En el plano internacional, el Canadá apoya la prevención de la trata de personas abordando muchos de los factores que contribuyen a la vulnerabilidad de las personas a la trata o la explotación sexual comercial. Muchas iniciativas se dirigen específicamente a prevenir la trata o la explotación sexual comercial de las mujeres y los niños, ayudar a las personas y a sus familias, y promover y proteger los derechos humanos, en particular los de los niños. Por ejemplo, en 2006, el Canadá patrocinó la elaboración por el ACNUR de un conjunto de directrices operativas sobre el mantenimiento del carácter civil y humanitario del asilo, en las que se tratan varias cuestiones que afectan a los niños, con inclusión de medidas prácticas para prevenir y combatir el abuso y la explotación sexuales.

276.El Gobierno del Canadá apoya diversas iniciativas locales en los países en desarrollo para combatir las causas profundas de la explotación sexual, mediante la promoción de los derechos de los niños, la protección y la educación, y la asistencia a los niños y los jóvenes víctimas del comercio sexual, con objeto de proporcionar a las familias soluciones viables. En 2001, el Gobierno del Canadá creó el Fondo para Investigaciones sobre la Protección de la Infancia, a fin de apoyar la investigación en materia de protección de la infancia en los países en desarrollo. Los principales objetivos del Fondo son fomentar los derechos de los niños y las políticas de protección, así como establecer soluciones sostenibles y viables a los problemas que enfrentan los niños que necesitan una protección especial contra los malos tratos, la explotación y la violencia. Se puede consultar más información sobre el Fondo para Investigaciones sobre la Protección de la Infancia en http://www.acdi-cida.gc.ca/CIDAWEB/acdicida.nsf/En/JUD-4189526-JA7.

Anexo

Tratados bilaterales de extradición

El Canadá ha establecido tratados bilaterales de extradición con los siguientes países.

Fecha de entrada en vigor

1.

Albania

11 de julio de 1927

2.

Alemania* **

30 de septiembre de 1979 (Nº 44, Vol. 113 - 3 de noviembre de 1979)

23 de octubre de 2004 (Nº 45, Vol. 138 - 6 de noviembre de 2004)

3.

Argentina

9 de febrero de 1894

4.

Austria* **

2 de octubre de 2000

5.

Bélgica*

17 de marzo de 1902

6.

Bolivia

4 de noviembre de 1898

7.

Chile

22 de agosto de 1898

8.

Colombia

16 de diciembre de 1899

9.

Cuba

22 de mayo de 1905

10.

Dinamarca* **

13 de febrero de 1979 (Nº 8, Vol. 113 - 24 de febrero de 1979)

11.

Ecuador*

2 de julio de 1886

12.

El Salvador*

13 de enero de 1883

13.

Eslovaquia

15 de diciembre de 1926

14.

España* **

15 de agosto de 1990 (Nº 11, Vol. 125, parte 1 - 10 de marzo de 1991)

15.

Estados Unidos**

22 de marzo de 1976

16.

Estonia

18 de septiembre de 1928

17.

Filipinas**

12 de noviembre de 1990

18.

Finlandia**

16 de febrero de 1985

19.

Francia* **

1º de diciembre de 1989 (Nº 49, Vol. 123 – 9 de diciembre de 1989)

20.

Grecia*

26 de febrero de 1912

21.

Guatemala*

13 de diciembre de 1886

22.

Haití*

21 de febrero de 1876

23.

Hong Kong**

13 de junio de 1997 (Nº 37, Vol. 131, 13 de septiembre de 1997)

24.

Hungría

30 de marzo de 1874

25.

India

10 de febrero de 1987

26.

Islandia

7 de julio de 1873

27.

Israel

19 de diciembre de 1969

28.

Italia**

27 de junio de 1985

29.

Letonia*

18 de septiembre de 1928

30.

Liberia

23 de marzo de 1894

31.

Lituania

18 de septiembre de 1928

32.

Luxemburgo

15 de marzo de 1881

33.

México* **

21 de octubre de 1990

34.

Mónaco

23 de mayo de 1892

35.

Nicaragua*

24 de agosto de 1906

36.

Noruega*

17 de octubre de 1873

37.

Países Bajos

1º de diciembre de 1991

38.

Panamá

26 de agosto de 1907

39.

Paraguay

17 de julio de 1911

40.

Perú

20 de mayo de 1907

41.

Portugal*

19 de marzo de 1894

42.

República Checa*

15 de diciembre de 1926

43.

República de Corea**

1º de febrero de 1995 (Nº 11-15, Vol. 131 - 15 de marzo de 1997)

44.

Rumania

21 de mayo de 1894

45.

San Marino

19 de marzo de 1900

46.

Sudáfrica

4 de mayo de 2001 (Nº 23, Vol. 135 - 9 de junio

de 2001)

47.

Suecia*

30 de octubre de 2001 (Nº 51, Vol. 135 - 22 de diciembre de 2001)

48.

Suiza* **

19 de marzo de 1996 (parte 1 - 7 de diciembre de 1996)

49.

Tailandia

24 de noviembre de 1911

50.

Tonga

29 de noviembre de 1879

51.

Uruguay

20 de marzo de 1885

No extradita a sus nacionales.

** Disposiciones sobre la pena de muerte.

Estados e instituciones designados como colaboradores en materia de extradición

1.Antigua y Barbuda

2.Australia

3.Bahamas

4.Barbados

5.Botswana

6.Costa Rica*

7.Ghana

8.Granada

9.Guyana

10.Islas Salomón

11.Jamaica

12.Japón

13.Lesotho

14.Maldivas

15.Malta

16.Mauricio

17.Namibia

18.Nauru

19.Nueva Zelandia

20.Papua Nueva Guinea

21.Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

22.Saint Kitts y Nevis

23.San Vicente y las Granadinas

24.Santa Lucía

25.Singapur

26.Swazilandia

27.Trinidad y Tabago

28.Tuvalu

29.Vanuatu

30.Zimbabwe

31.El Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994, establecido mediante la Resolución 955 (1994) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

32.El Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, establecido mediante la Resolución 827 (1993) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

33.La Corte Penal Internacional.