Naciones Unidas

CCPR/C/ESP/Q/6

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

20 de noviembre de 2014

Original: español

Comité de Derechos Humanos

Lista de cuestiones relativa al sexto informe periódico de España *

Marco constitucional y legislativo (arts. 1 y 2)

Con base en la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/Q/5, párr. 8), sírvanse informar el procedimiento vigente para implementar los dictámenes adoptados por el Comité en aplicación del Protocolo Facultativo del Pacto. Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para dar seguimiento a las siguientes comunicaciones:493/1992, Griffin (A/50/40); 526/1993, Hill (A/52/40); 701/1996, Gómez Vásquez (A/55/40); 864/1999, Ruiz Agudo (A/58/40); 986/2001, Semey (A/58/40); 1006/2001, Muñoz (A/59/40); 1007/2001, Sineiro Fernando (A/58/40); 1073/2002, Terón Jesús (A/60/40); 1095/2002, Gomariz (A/60/40); 1101/2002, Alba Cabriada (A/60/40); 1104/2002, Martínez Fernández (A/60/40); 1211/2003, Oliveró (A/61/40); 1325/2004, Conde (A/62/40); 1332/2004, García y otros (A/62/40); 1381/2005, Hachuel; 1351/2005y 1352/2005, Hens y Corujo (A/63/40); 1122/2002, Lagunas Castedo (A/64/40); 1363/2005, Gayoso Martínez (A/65/40); 1364/2005, Carpintero (A/64/40); 1531/2006, Cunillera Arias (A/66/40); 1945/2010, Achabal (A/68/40);2008/2010, Aarrass .

No discriminación e igualdad de derechos entre hombres y mujeres (arts. 2, 3 y 26)

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para que se garantice el derecho de igualdad ante la ley de los no ciudadanos. Sírvanse asimismo especificar las medidas tomadas para fortalecer el Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y la no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico, en particular el proceso de reflexión iniciado por parte de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades.

Sírvanse informar sobre el progreso en la adopción del Segundo Plan de Derechos Humanos y sobre la fecha en que se pretende aprobar dicho plan. Asimismo, sírvanse informar sobre los impactos de la Estrategia Integral contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Otras Formas Conexas de Intolerancia, adoptada en 2011, así como sobre los efectos de los recortes presupuestarios en las políticas de lucha contra el racismo y de promoción de la integración social. Sírvanse informar sobre las medidas tomadas para poner fin a los controles policiales basados en perfiles raciales y étnicos, incluyendo la implementación de la Circular  2/2012 de la Dirección General de la Policía. Informen, asimismo, sobre las capacitaciones a los policiales y funcionarios encargados de la aplicación de la ley y sobre las medidas de concienciación para informar a las personas sobre sus derechos, en particular a los grupos a los que se suelen aplicar los perfiles.

Por favor indiquen las medidas que han sido adoptadas para garantizar la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en el mercado laboral. Sírvanse proporcionar información sobre el impacto de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, que permite la implementación de medidas de acción afirmativas, y el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. Informen, asimismo, sobre las disparidades salariales entre hombres y mujeres y la segregación ocupacional de las mujeres en empleos poco remunerados en los sectores público y privado.

Derecho a la vida, prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y lucha contra la impunidad (arts. 2, 6 y 7)

Sírvanse informar de qué manera se garantiza el acceso al aborto y sobre las medidas adoptadas para informar adecuadamente a las mujeres sobre los métodos de contracepción y para evitar embarazos no deseados, así como para promover la educación sobre salud sexual y reproductiva de los adolescentes.

Sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas para prevenir, investigar y sancionar los abusos y violaciones de derechos humanos cometidos por policías, incluyendo la tortura, así como sobre las reparaciones otorgadas a las víctimas de violencia por parte de agentes del Estado. Sírvanse proporcionar información sobre la concesión de indultos a policías condenados por delitos de tortura. Sírvanse indicar si el Estado parte pretende crear un organismo independiente de supervisión de las actuaciones policiales.

Sírvanse comentar los informes sobre casos de malos tratos en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) y el uso excesivo de la fuerza por parte de las autoridades migratorias; en particular, proporcionen información sobre los avances en la investigación del caso de la muerte de 15 inmigrantes que fallecieron el 6 de febrero de 2014 en la playa del Tarajal, en Ceuta. Sírvanse, asimismo, comentar la práctica seguida en los CIE de llamar a los internos por su número de detención y no por su nombre.

Sírvanse proporcionar información sobre la Ley de Seguridad Privada, que entró en vigor el 4 de junio de 2014, y comenten sobre su compatibilidad con las disposiciones del Pacto. Comenten, asimismo, información según la cual dicha ley entraña un riesgo mayor de violaciones de derechos humanos.

Sírvanse proporcionar información sobre la práctica de esterilización forzada a personas con discapacidad.

A la luz de la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 9), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para superar los obstáculos legales de orden interno para asegurar que se investigue, se enjuicie y se sancione a los responsables por violaciones a los derechos humanos del pasado, en particular los delitos de tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones sumarias. En este sentido, indiquen si se pretende reconsiderar la vigencia de la Ley de Amnistía de 1977 y garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales. Indiquen, asimismo, si se pretende crear una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura.

En vista de las observaciones finales del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 12), sírvanse proporcionar información sobre los avances en la lucha contra la violencia de que son víctimas las mujeres, en particular la violencia doméstica. Sírvanse también especificar en los últimos cinco años: a) el número de denuncias recibidas por hechos de violencia contra las mujeres; b) las investigaciones realizadas; c) los tipos de penas impuestas; d) las indemnizaciones concedidas a las víctimas; e) el tipo de asistencia integral a las víctimas que se ha promovido en todas las jurisdicciones del Estado parte; f) el número de casas de acogida para víctimas de violencia. Informen, asimismo, sobre el impacto del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, así como sobre la iniciativa de crear un marco jurídico que arbitre de forma global medidas y procedimientos específicos en aras a erradicar la violencia de género (CCPR/C/ESP/6, párr. 47).

Prohibición de la trata de personas (art. 8)

Sírvanse proporcionar información sobre el impacto de las medidas adoptadas para prevenir, investigar y sancionar la trata de personas, en particular el Plan Integral de Lucha contra la Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual y la reformas de la Leyes Orgánicas 2/2009, 5/2010 y 10/2011 (CCPR/C/ESP/6, párr. 42 y párr. 61, apdo. d). Sírvanse acompañar información estadística desde 2010, desglosada por sexo, edad y país de origen de la víctima, sobre: a) denuncias de trata de personas recibidas; b) investigaciones llevadas a cabo y resultados, incluidas las penas impuestas a los responsables; c) las medidas de protección a víctimas, familiares y testigos en investigaciones de trata; d) reparación otorgadas a las víctimas; e) el seguimiento dado a víctimas extranjeras de trata repatriadas.

Derecho a la libertad y seguridad personal, derechos de las personas privadas de libertad y juicio justo y garantías procesales (arts. 9, 10 y 14)

A la luz de la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 14), sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para suprimir el régimen de incomunicación, incluyendo la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Respecto a los delitos relacionados con actos de terrorismo, sírvanse comentar las informaciones según las cuales: a) la detención incomunicada es utilizada de manera sistemática para estos delitos; b) siguen produciéndose violaciones de derechos humanos en el contexto de la detención incomunicada por parte de la Guardia Civil; c) los detenidos no pueden entrevistarse de forma reservada con un abogado; d) no se garantiza el derecho a ser consultado por un médico que sea de la elección del detenido.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas y sus resultados para mejorar las condiciones de detención de los CIE, así como para reducir el hacinamiento y proveer higiene y servicios médicos adecuados.

Derecho de los extranjeros y protección de los niños (arts. 13 y 24)

Sírvanse comentar la información recibida por el Comité que da cuenta de abusos cometidos en el procedimiento de expulsión de extranjeros, en particular marroquís desde Ceuta y Melilla, y que muchas de las expulsiones ocurridas no cumplen con el procedimiento migratorio vigente en el Estado parte.

A la luz de la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 21), sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para proteger los derechos de los niños no acompañados que entran en territorio español. En particular, faciliten información sobre las medidas adoptadas para evitar los procedimientos irregulares en la expulsión de niños no acompañados, así como sobre las prácticas para la determinación de sus edades. Faciliten, asimismo, información sobre la situación de los menores no acompañados que residen en Melilla.

Medidas de lucha contra el terrorismo, juicio justo y garantías procesales (arts. 14 y 15)

A la luz de la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 10), comenten la información según la cual el marco legal español sobre el delito de terrorismo ha dado lugar a interpretaciones judiciales extensivas. Sírvanse, asimismo, proporcionar información sobre la reforma en curso del Código Penal y si se pretende limitar la aplicación del delito de terrorismo a infracciones que revistan indiscutiblemente un carácter terrorista. En particular, proporcionen información sobre la reforma de la definición de “organización criminal” y “grupo terrorista”.

Con base en la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 17), sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para garantizar plenamente la doble instancia penal. Además, sírvanse indicar cuándo se pretende crear la Sala de Apelaciones en la Audiencia Nacional, para conocer de los recursos contra resoluciones dictadas por la Sala de lo Penal de ese mismo órgano jurisdiccional (CCPR/C/ESP/6, párr. 132).

Con respecto a la recomendación anterior del Comité (CCPR/C/ESP/CO/5, párr. 18), sírvanse asimismo, proporcionar información sobre las medidas tomadas para suprimir la regla del secreto del sumario con el fin de garantizar plenamente el principio de igualdad procesal. Sírvanse asimismo comentar la información según la cual, muchas veces, el secreto sumario es prorrogado durante años y, en ocasiones, la decisión del juez no es motivada de manera suficiente.

Sírvanse proporcionar información sobre la Ley 10/2012 por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y comenten sobre su compatibilidad con los preceptos del Pacto, en particular con el artículo 14 del Pacto. Asimismo, sírvanse proporcionar información sobre el anteproyecto de modificación y reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

Libertad de opinión, de expresión y de reunión pacífica, derecho a la vida, prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes (arts. 6, 7, 19, 20 y 21)

Sírvanse proporcionar información detallada sobre la reforma del Código Penal y del anteproyecto de ley de seguridad ciudadana y su afectación al derecho de reunión pacífica y a la libertad de expresión. Sírvanse proporcionar información sobre la reforma de los artículos 557 (párr. 2) y 559 del Código Penal.

Sírvanse comentar informes que dan cuenta del uso excesivo de la fuerza por parte de la policía en el contexto de manifestaciones, en particular a periodistas y a mujeres, y del uso indebido de material antidisturbios. Sírvanse, asimismo, proporcionar información sobre las investigaciones realizadas y sus resultados respecto al excesivo uso de la fuerza por parte de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en particular a) sobre las manifestaciones ocurridas en la plaza de Catalunya, en Barcelona, el 27 de mayo de 2011 y en la estación de Atocha-Cercanías, en Madrid, el 25 de septiembre de 2012; y b) sobre los presuntos casos de agresiones a Ángela Jaramillo, en Madrid, el 4 de agosto de 2011 y a Paloma Aznar Fernández, en Madrid, el 11 de julio de 2012. Informen si los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad llevan placas identificativas legibles durante sus actuaciones en las manifestaciones.

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (art s. 2 y 27)

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, así como sobre sus efectos en cifras, para hacer frente a la discriminación racial contra los inmigrantes y las minorías étnicas, particularmente la minoría romaní, y prevenirla en el acceso al empleo, la educación, la igualdad salarial, la vivienda y la atención de la salud. Asimismo, informen sobre las medidas tomadas para fortalecer el Foro para la Integración Social de los inmigrantes.

Divulgación de información sobre el Pacto y sus Protocolos Facultativos (art. 2)

Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para difundir información sobre el Pacto y sus Protocolos Facultativos, la presentación del informe del Estado parte, y su próximo examen por el Comité. Sírvanse proporcionar también información más detallada sobre la participación de la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y la institución nacional de derechos humanos en el proceso de preparación del informe.