Naciones Unidas

CRC/C/SYC/Q/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

13 de julio de 2011

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

58º período de sesiones

19 de septiembre a 7 de octubre de 2011

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicional yactualizada en relación con los informes periódicos combinados segundo, tercero y cuarto de Seychelles (CRC/C/SYC/2-4)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 2 de agosto de 2011.

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección, se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas en un máximo de 30 páginas.

1.Sírvanse comunicar al Comité las medidas adoptadas para aplicar sus anteriores recomendaciones al Estado parte de revisar su legislación y tomar medidas para que esta se ajuste plenamente a las disposiciones de la Convención, en particular en lo que atañe a la edad de las niñas para contraer matrimonio, el derecho a conocer a sus padres biológicos y el derecho a ser escuchado.

2.Sírvanse indicar al Comité qué órgano estatal está facultado para coordinar las actividades de los sectores y organismos que se ocupan de promover los derechos del niño en el marco de la Convención. Aclaren asimismo las funciones del Ministerio de Salud y Desarrollo Social y de la Comisión Nacional de Protección de la Infancia a este respecto. ¿Cómo se asegura la coordinación entre los niveles central y de distrito?

3.Sírvanse indicar si se ha evaluado la aplicación del Plan Nacional de Acción para la Infancia (2005-2009) y, en caso afirmativo, cuáles son los resultados. Sírvanse asimismo informar al Comité sobre los planes o estrategias relacionados con la infancia que se hayan aprobado desde entonces.

4.Sírvanse indicar las razones por las que la ley que crea el cargo de Comisionado para los Derechos del Niño, aprobada por el Gabinete de Ministros en 2005, aún no se ha promulgado. ¿Cuándo prevé el Estado parte que entre en vigor?

5.Sírvanse facilitar información detallada y datos estadísticos en apoyo de la afirmación del párrafo 33 del informe del Estado parte, según la cual han mejorado las asignaciones presupuestarias para los programas y servicios destinados a la infancia y la familia.

6.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para que la industria turística que opera en el país promueva y apoye los derechos y el bienestar de los niños y que sus actividades no afecten negativamente a los niños o al medio en el que viven.

7.Sírvanse suministrar más información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar las anteriores recomendaciones del Comité en lo que respecta a revisar sus políticas sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños privados de familia con miras a elaborar un sistema más integrado y responsable de cuidado y apoyo.

8.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para subsanar el insuficiente acceso al agua potable y al saneamiento en algunas de las comunidades del Estado parte.

9.Sírvanse proporcionar información sobre las leyes, políticas y medidas relativas a la salud de los adolescentes, en particular en relación con:

a)Los servicios especializados en salud reproductiva para niños y adolescentes;

b)Los embarazos y abortos de adolescentes; y

c)El abuso de drogas y alcohol.

10.Sírvanse informar al Comité de las políticas, estrategias y medidas adoptadas por el Estado parte para:

a)Realizar un estudio sobre las razones por las cuales los alumnos abandonan la escuela, especialmente los varones, y las medidas complementarias adoptadas, si las hay;

b)Eliminar los estereotipos de género que generan discriminación contra las niñas en la escuela y poner fin a la discriminación basada en la orientación sexual y la discapacidad en las escuelas y los foros juveniles; y

c)Integrar a los niños con discapacidad en el sistema escolar común y satisfacer las necesidades de los niños que tienen necesidades especiales, particularmente los que tienen deficiencias auditivas.

11.Sírvanse informar al Comité si desde 2007 se ha realizado algún estudio sobre la explotación sexual de niños, la prostitución infantil y la utilización sexual de niños en el turismo. ¿Qué medidas se están aplicando para combatir esos abusos de niños?

12.Sírvanse informar al Comité si se ha construido algún establecimiento para albergar a los niños en conflicto con la ley tras la clausura del Centro Juvenil de Rehabilitación y Tratamiento y si existen programas de rehabilitación para esos niños. ¿Cuántos niños se encuentran privados de libertad actualmente?

Parte II

En esta sección, el Comité invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Los programas, políticas y planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación; y

d)La ratificación reciente de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Sírvanse facilitar los datos estadísticos disponibles sobre el número de niños que viven en centros de guarda informales, desglosados por sexo, edad y situación socioeconómica.

2.Sírvanse proporcionar información sobre el número de denuncias y de víctimas del abuso y la explotación sexuales de niños, desglosada por sexo y edad, y el número de investigaciones y juicios llevados a cabo a este respecto y de casos pendientes.

3.Sírvanse especificar el número de niños con discapacidad, menores de 18 años, desglosado por edad, sexo, tipo de discapacidad y situación socioeconómica, correspondientes a los años 2008, 2009 y 2010:

a)Niños que viven con su familia;

b)Niños que viven en instituciones;

c)Niños colocados en régimen de guarda;

d)Niños que asisten a escuelas comunes;

e)Niños que asisten a escuelas especiales; y

f)Niños que no van a la escuela.

4.Sírvanse proporcionar los datos estadísticos disponibles sobre:

a)El número de alumnos que abandonan la escuela, desglosado por sexo, edad y situación socioeconómica; y

b)El número de niños y adolescentes que están empleados en los diferentes sectores de la economía.

5.Sírvanse facilitar información sobre el número de niños que abusan de sustancias tóxicas y del alcohol.

6.Además, el Estado parte podría indicar las esferas en que los niños estén afectados que considere prioritarias para la aplicación de la Convención.