Naciones Unidas

CRC/C/GRD/Q/2

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

2 de marzo de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

25 de mayo a 11 de junio de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relacionadas con el examen del segundo informe periódico de Granada (CRC/C/GRD/2)

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 6 de abril de 2010 .

El Comité puede abordar durante el diálogo con el Estado parte todos los aspectos de los derechos del niño que figuran en la Convención. La presente lista de cuestiones abarca solamente algunas cuestiones prioritarias sobre las que el Comité desearía contar con información adicional antes del diálogo.

Parte I

1.Sírvanse proporcionar al Comité una breve actualización de la situación de los siguientes proyectos de ley, que en el momento de la redacción del informe aún no habían sido aprobados: el proyecto de ley de la infancia, el proyecto de ley de adopción y atención de la infancia, el proyecto de ley de justicia de menores y el proyecto de ley de violencia doméstica.

2.Sírvanse informar al Comité de si el Estado parte tiene la intención de ratificar los siguientes instrumentos: los Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño sobre los niños en los conflictos armados y sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; la Convención contra la Tortura; la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad; así como los Convenios de La Haya Nos. 23, 24, 28, 33 y 34.

3.Sírvanse informar al Comité de si el Gobierno está considerando la posibilidad de crear una dependencia en la oficina del Ombudsman, dedicada específicamente a tratar las denuncias de violaciones de derechos del niño, con los recursos humanos y financieros necesarios.

4.Sírvanse describir brevemente el programa nacional de enseñanza del ejercicio de las funciones parentales, en particular el contenido del programa, el número de participantes y la persona encargada de impartir la formación.

5.Sírvanse informar brevemente al Comité sobre la aplicación del Protocolo nacional contra los malos tratos infligidos a los niños, incluyendo cualquier obstáculo a la aplicación del Protocolo.

6.Sírvanse indicar qué cuestiones que afecten a los niños considera el Estado parte que son las prioridades que exigen la atención más urgente en relación con la aplicación de la Convención.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o las leyes promulgadas;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos;

c)Las políticas, los planes y los programas de reciente aplicación y su alcance;

d)Las últimas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Información y datos estadísticos, si los hubiere.

1.A la luz del artículo 4 de la Convención, sírvanse presentar datos actualizados sobre las consignaciones presupuestarias (en cifras absolutas y porcentajes de los presupuestos nacional y regionales) y el análisis de las tendencias para 2008, 2009 y 2010, relativas a la aplicación de la Convención en las esferas de la educación, la salud, los servicios sociales y la protección a la infancia.

2.Con referencia a los niños acogidos en instituciones, sírvanse presentar datos desglosados (por sexo, edad, motivo de la entrada en la institución y tipo de colocación) correspondientes a los años 2007, 2008 y 2009 sobre:

a)El número de niños privados de entorno familiar;

b)El número de niños en instituciones de acogida;

c)El número de niños que necesitan cuidados pero que aún no han ingresado en instituciones de acogida;

d)El número de niños que han alcanzado la edad de la mayoría pero que siguen en instituciones de acogida; y

e)La duración media de la estancia en instituciones de acogida.

3.Sírvanse proporcionar datos detallados correspondientes a 2007, 2008 y 2009, desglosados por parroquias, y por edad, sexo y delitos cometidos, sobre:

a)Personas menores de 18 años que hayan sido procesadas como adultos;

b)Personas menores de 18 años detenidas en establecimientos penitenciarios para adultos;

c)El número de niños infractores de la ley que recibieron penas alternativas;

d)Casos denunciados de abusos o malos tratos de niños, que se hayan producido durante el arresto o la detención de niños infractores de la ley, así como el tipo de seguimiento dado a esos casos.

4.Sírvanse facilitar datos correspondientes a 2007, 2008 y 2009, sobre el número de niños objeto de explotación sexual, incluido la pornografía y la trata, así como el número de niños víctimas de abuso sexual, incluido el incesto, y el número de niños que tienen acceso a los servicios de recuperación y reinversión social, especificando el tipo de servicios. Sírvanse también facilitar datos sobre las actuaciones judiciales incoados contra los autores de dichos delitos, y los resultados de dichas actuaciones durante el mismo período.