Naciones Unidas

CRC/C/HRV/QPR/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

3 de diciembre de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones previa a la presentación de los informes periódicos quinto y sexto combinadosde Croacia *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (en un máximo de 21.200 palabras), de ser posible antes del 30 de junio de 2019. Las respuestas deben tener en cuenta las recomendaciones del Comité, que figuran en sus anteriores observaciones finales (CRC/C/HRV/CO/3-4) aprobadas el 19 de septiembre de 2014. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención y los Protocolos Facultativos.

I.Novedades

2.El Comité solicita al Estado parte que facilite:

a)Información sobre la aprobación o reforma de leyes, políticas y programas, así como cualquier otro tipo de medidas adoptadas, como la creación o reforma de instituciones, que sean importantes para la aplicación de la Convención y sus Protocolos Facultativos relativos a la participación de niños en los conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía;

b)Cualquier otra información que el Estado parte considere pertinente a este respecto y que no figure en las respuestas a las preguntas que figuran a continuación, por ejemplo información sobre los obstáculos y las dificultades que se enfrentan.

II.Derechos en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos

A.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44, (párr. 6))

Política y estrategia integrales

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar la Estrategia Nacional para los Derechos del Niño 2014-2020 y la Estrategia Nacional para la Inclusión de los Romaníes 2013-2020, así como para supervisar, comunicar y evaluar los efectos de esas estrategias en la vida de los niños. Sírvanse también proporcionar información sobre los recursos financieros disponibles a nivel local para la aplicación de la Estrategia Nacional para los Derechos del Niño, especialmente en las zonas rurales y en las islas.

Coordinación

4.Sírvanse explicar las funciones y responsabilidades del Ministerio de Demografía, Familia, Juventud y Política Social y del Consejo para la Infancia, así como el grado de coordinación que existe entre ellos.

5.Sírvanse explicar si el Consejo para la Infancia es efectivo y si sus miembros han sido designados oficialmente, y proporcionen información sobre su plan de trabajo y sus recursos financieros.

Asignación de recursos

6.Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre los efectos de la crisis financiera y económica en los derechos del niño y sobre las medidas adoptadas para salvaguardar recursos adecuados que permitan la aplicación de la Convención y para garantizar el bienestar de los niños.

Reunión de datos

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para establecer un sistema de reunión de datos desglosados relativos a los menores de 18 años que incluya datos sobre los niños romaníes, los niños con discapacidad y los niños en situación de migración.

Vigilancia independiente

8.Sírvanse indicar:

a)Los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la Oficina del Defensor del Niño para apoyar sus actividades;

b)Si la Oficina del Defensor del Niño recibe denuncias en nombre de niños y, de ser así, sírvanse informar acerca del número, la naturaleza y el resultado de esas denuncias;

c)Las medidas adoptadas para dar seguimiento a las recomendaciones formuladas en los informes anuales elaborados por la Oficina del Defensor del Niño;

d)Cómo garantiza el Estado parte la independencia de la Oficina del Defensor del Niño, puesto que el rechazo de su informe anual por el Parlamento puede conllevar la destitución temprana del Defensor del Niño.

Difusión, concienciación y capacitación

9.Sírvanse proporcionar información sobre los programas de concienciación, incluidas las campañas correspondientes, dirigidos a los niños en situación de marginación, especialmente los niños romaníes. Sírvanse también proporcionar información sobre los programas sistemáticos de capacitación ofrecidos a los grupos profesionales pertinentes sobre las disposiciones de la Convención, sus Protocolos Facultativos y las observaciones finales del Comité de 2014.

B.Definición de niño (art. 1)

10.Sírvanse explicar qué protección se concede a los niños que adquieren la condición jurídica de adultos antes de los 18 años al contraer matrimonio o al tener hijos, y qué medidas se han adoptado para fijar la edad mínima legal para contraer matrimonio en 18 años, sin excepciones.

C.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

No discriminación

11.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para prohibir y erradicar todas las formas de discriminación de iure y de facto y el discurso de odio contra los niños de minorías étnicas, como los serbios y los romaníes, y los niños de minorías religiosas, los niños con discapacidad, las niñas lesbianas, los niños gais y los niños y niñas bisexuales, transgénero e intersexuales, así como los niños migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, con especial atención a su acceso a la educación y a la atención sanitaria.

Interés superior del niño

12.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar que el interés superior del niño sea una consideración primordial a la hora de redactar, aprobar y revisar la legislación relativa a la infancia. Sírvanse proporcionar información sobre las políticas, procedimientos, criterios y orientaciones formulados para determinar y aplicar de manera sistemática el interés superior del niño como consideración primordial en los programas y los procedimientos administrativos y judiciales que afectan a los niños, en particular a los que se encuentran en situaciones de migración o en litigios por la custodia, los niños con discapacidad que están internados en instituciones, los niños privados de los debidos cuidados de sus padres y los niños migrantes y refugiados no acompañados.

Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo

13.Sírvanse informar al Comité acerca de las medidas adoptadas para reducir los accidentes de tráfico, en particular la imposición de multas por no utilizar cinturones de seguridad, cascos o asientos de seguridad para bebés o niños, y sobre cómo se hacen cumplir esas medidas. Informen también al Comité acerca de la infraestructura vial existente para garantizar la seguridad de los niños y de los programas de formación en materia de seguridad vial para niños y adultos.

Respeto por las opiniones del niño

14.Sírvanse informar sobre los sistemas o procedimientos existentes para garantizar el derecho del niño a ser escuchado en toda decisión que lo afecte. Expliquen si todos los profesionales pertinentes reciben formación sobre ese derecho y qué oportunidades tienen los niños de expresar su opinión sobre los asuntos que los afectan, e indiquen si se les brinda apoyo para alentar su participación significativa. Sírvanse proporcionar información sobre las actividades de la red de jóvenes asesores del Defensor del Niño y de los consejos infantiles y estudiantiles, así como sobre las medidas adoptadas para reforzar y promover sus funciones.

D.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)

Nacionalidad

15.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la Ley de Ciudadanía Croata se ajuste a la Convención y se aplique sin ningún tipo de discriminación. Indiquen si se han adoptado medidas para reducir los obstáculos administrativos relacionados con la adquisición de la ciudadanía croata, que afectan especialmente a los niños romaníes.

Acceso a la información pertinente

16.Sírvanse explicar por qué el presupuesto para la producción de programas infantiles de televisión se redujo en un 44 % en 2016 y cómo garantiza el Estado parte que se produzcan programas de televisión de calidad para los niños, en particular para los que pertenecen a grupos minoritarios y los que tienen deficiencias visuales y auditivas. Expliquen también qué medidas se han adoptado para proteger la intimidad de los niños en los medios de comunicación, incluidos los medios sociales, y para protegerlos de la explotación en las campañas electorales.

E.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2),34, 37 a) y 39)

Castigos corporales

17.Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas emprendidas, incluidos los programas de concienciación y educación de los padres, para erradicar la práctica del castigo corporal en todos los ámbitos, en particular en la familia, y para promover formas positivas, no violentas y participativas de crianza y disciplina infantil.

Violencia, maltrato y abandono

18.Sírvanse explicar cómo se ha sustituido la Estrategia Nacional para la Protección contra la Violencia en el Hogar, si existe una base de datos sobre los casos de violencia doméstica contra los niños y si existen programas o actividades de prevención o mecanismos de presentación de informes y vigilancia para poner fin a todas las formas de violencia contra los niños, como el maltrato, el abandono y la explotación sexual, particularmente en el hogar y en la escuela. Asimismo, expliquen si existe alguna línea de asistencia telefónica gratuita disponible las 24 horas del día para los niños, y proporcionen información sobre los sistemas de apoyo existentes para los niños que son víctimas de la violencia, la explotación sexual y el maltrato.

F.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado(arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))

Entorno familiar

19.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas y los plazos establecidos para crear juzgados de familia. Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para mejorar la eficacia de los reglamentos y las actuaciones judiciales que se refieren a la prestación de alimentos para los hijos. Proporcionen asimismo información sobre las medidas adoptadas para reforzar y ampliar los servicios basados en la familia y la comunidad destinados a los niños y las familias en situación de riesgo, incluidos los servicios de apoyo para los padres. Sírvanse explicar si los tribunales tienen en cuenta el interés superior del niño al dictar sentencias contra los cuidadores.

Niños privados de un entorno familiar

20.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación del Plan para la Desinstitucionalización y la Transformación de las Instituciones de Bienestar Social 2011‑2018, en particular en lo referente a la transformación de las instituciones en centros al servicio de la comunidad y los fondos disponibles para el proceso. Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para reforzar el sistema de acogimiento en hogares de guarda y sobre los mecanismos existentes para vigilar la calidad de la atención en instituciones y hogares de guarda.

G.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)

Niños con discapacidad

21.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para apoyar a las familias con niños con discapacidad a fin de evitar que estos sean abandonados o internados en instituciones, e indiquen los progresos logrados en la desinstitucionalización. Sírvanse explicar las medidas establecidas para adoptar un modelo de discapacidad basado en los derechos humanos e introducir un sistema transversal de identificación e intervención temprana para todos los niños con discapacidad, incluidos los que presentan discapacidades intelectuales o psicosociales. Sírvanse explicar también las medidas adoptadas para garantizar la educación inclusiva de los niños con discapacidad, incluida la educación de la primera infancia.

Asistencia sanitaria y servicios de atención de la salud

22.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Abordar la falta de equipos disponibles de especialistas en pediatría, particularmente en las regiones rurales;

b)Garantizar la cobertura de vacunación completa en todo el Estado parte para evitar brotes de enfermedades infecciosas, especialmente mediante campañas de educación para padres e hijos;

c)Promover la lactancia materna exclusiva, y garantizar que en todos los hospitales se adapten a los niños las prácticas empleadas;

d)Garantizar la igualdad de acceso a todos los servicios de salud, también para los niños pertenecientes a grupos minoritarios, los niños con discapacidad y los niños migrantes.

Salud de los adolescentes

23.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para prevenir y abordar:

a)Los problemas de salud mental entre los adolescentes;

b)El consumo de drogas y alcohol;

c)El suicidio infantil;

d)Las barreras que han de salvar los adolescentes para tener acceso a servicios y educación en la esfera de la salud sexual y reproductiva, y el apoyo que reciben estos últimos.

Nivel de vida

24.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la pobreza infantil, en particular sobre la financiación de todos los programas y actividades de protección social relacionados con la infancia.

H.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 a 31)

Educación, incluidas la formación y la orientación profesionales

25.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Mejorar la disponibilidad de servicios asequibles de atención y educación en la primera infancia y otros tipos de servicios comunitarios;

b)Mejorar la calidad de la educación, en particular en la esfera de las ciencias, las matemáticas y la alfabetización;

c)Introducir la formación en derechos humanos obligatoria en todos los programas escolares;

d)Combatir el abandono escolar;

e)Poner fin a la segregación en las escuelas y reducir el elevado porcentaje de niños romaníes matriculados en escuelas especiales.

Descanso, esparcimiento y actividades recreativas, culturales y artísticas

26.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proporcionar a los niños, y en particular a los niños con discapacidad y a los niños en situación de desventaja, acceso pleno y gratuito a actividades inclusivas en la esfera de los deportes, el esparcimiento, el ocio y el arte.

I.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35, 36,37 b) a d) y 38 a 40)

Niños solicitantes de asilo y refugiados y niños en situaciones de migración

27.Sírvanse informar sobre:

a)Las normas y criterios relativos a la expulsión de niños solicitantes de asilo y migrantes menores de 18 años, indicando si las enmiendas introducidas en 2017 en la Ley de Extranjería entrañaron cambios que afectasen a los niños;

b)La manera en que se aplica el principio de no devolución en todos los casos de niños migrantes, incluidos los que están en situación irregular, y la forma en que el Estado parte garantiza que esos niños puedan disponer de asistencia letrada gratuita, representantes legales apropiados y otras formas de asistencia en las distintas etapas del proceso;

c)Las medidas adoptadas, incluidos los planes para modificar la Ley de Protección Internacional y Temporal y la Ley de Extranjería, para garantizar que los niños solicitantes de asilo, los no acompañados y los migrantes no sean objeto de detención administrativa bajo ninguna circunstancia.

28.Se ruega aporten información sobre:

a)Si se ha aprobado el protocolo para los niños no acompañados, si existe algún sistema en vigor para la acogida de niños no acompañados y separados de sus padres, incluidos los niños migrantes en situación irregular, y si el Estado parte ha adoptado medidas para garantizar que esos niños tengan acceso a servicios psicológicos, sociales, sanitarios y educativos, entre otros, que sean suficientes y adecuados;

b)Las medidas adoptadas para investigar los presuntos casos de violencia y maltrato contra niños migrantes y solicitantes de asilo;

c)Las medidas adoptadas para evitar que se ingrese a los niños migrantes y solicitantes de asilo en instituciones residenciales para niños con problemas de conducta, indicando si existe alguna modalidad de atención basada en la familia.

Venta, trata y secuestro

29.Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre las estrategias, los programas y la legislación vigentes para identificar a los niños víctimas de la trata, incluidos los niños en situación de migración, y sobre las medidas adoptadas para proporcionar a esos niños la protección y el apoyo adecuados para su rehabilitación y reintegración.

Administración de la justicia juvenil

30.Se ruega informen al Comité sobre:

a)Las medidas adoptadas para introducir medidas extrajudiciales como alternativa a la detención, para reducir el uso de la detención preventiva y limitar su duración al menor tiempo posible, y para establecer instituciones correccionales especiales para menores de edad, como se estipula en la Ley de Tribunales de Menores;

b)La eficacia de las medidas no privativas de libertad y los fondos e instituciones disponibles para su aplicación, así como la tasa de reincidencia;

c)La formación impartida a los profesionales de la administración de justicia juvenil.

Niños víctimas y testigos de delitos

31.Sírvanse proporcionar información sobre los servicios psicológicos, sociales, educativos y de salud a disposición de los niños víctimas y testigos.

J.Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

32.Sírvanse explicar las razones por las que se presentó con retraso el informe en relación con el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

K.Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados

33.Sírvanse proporcionar información sobre el seguimiento de las recomendaciones formuladas por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/HRV/CO/1), en particular sobre:

a)Toda legislación en vigor que restrinja la transferencia de armas y la prestación de otras formas de asistencia militar a los Estados que recluten o utilicen a niños en hostilidades;

b)Las medidas adoptadas para evitar el reclutamiento de niños por grupos armados no estatales;

c)Los delitos tipificados en la legislación antiterrorista que puedan ser aplicables a los niños;

d)Las escuelas controladas por el Ministerio de Defensa, las normas por las que se rigen esas escuelas y la edad mínima de ingreso en ellas;

e)Los servicios de reintegración y rehabilitación apropiados para cada edad y dirigidos a aquellos niños que en el pasado hayan tenido relación con grupos terroristas o extremistas violentos.

III.Información y datos estadísticos

34.La información y los datos estadísticos desglosados que proporcione el Estado parte deben referirse al período transcurrido desde que se examinó su último informe. Los datos deberán desglosarse por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica.

35.Se recomienda que se presenten cuadros en los que se muestren las tendencias a lo largo del período que abarca el informe, así como explicaciones o comentarios sobre los cambios significativos que hayan tenido lugar durante ese período.

A.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 (párr. 6))

36.Sírvanse proporcionar información sobre las partidas presupuestarias destinadas a la infancia y los sectores sociales, indicando la cuantía y el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total.

B.Definición de niño (art. 1)

37.Sírvanse proporcionar datos desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento acerca del número y el porcentaje de menores de 18 años que viven en el Estado parte.

C.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

38.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre el número de niños que han intentado suicidarse o se han suicidado.

D.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)

39.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños, especialmente de niños romaníes, que no son inscritos en el registro al nacer;

b)El número de niños que fueron inscritos en el registro al nacer, pero que no disponen de certificado de nacimiento;

c)El número de niños apátridas.

E.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2),34, 37 a) y 39)

40.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños que han sufrido malos tratos, violencia (incluida la violencia doméstica) y abusos sexuales, y sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas en ese sentido;

b)El número de casos de abandono y maltrato, especialmente en instituciones y entornos de cuidado alternativo;

c)El número de casos de castigos corporales, especialmente en escuelas, instituciones y entornos de cuidado alternativo;

d)El número de centros de acogida que prestan servicios a los niños que son víctimas de la violencia.

F.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado(arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))

41.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños separados de sus padres o abandonados por estos;

b)El número de niños, incluidos los niños con discapacidad, internados en instituciones y hogares de guarda, y el número de niños que han sido desinstitucionalizados;

c)El número de niños que han sido adoptados;

d)El número de niños internados en instituciones para niños con problemas de conducta;

e)El número de niños cuyas madres han sido encarceladas.

G.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3),23, 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)

42.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)La tasa de mortalidad de lactantes y la de niños menores de 5 años;

b)La cobertura de vacunación por región;

c)El número de embarazos de adolescentes y el de niñas que reciben atención médica y profesional durante el embarazo y el parto;

d)El número de abortos de adolescentes;

e)El número de casos de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH, entre niños y adolescentes;

f)El número de niños que consumen drogas y alcohol.

43.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños, incluidos los romaníes, que viven en la pobreza y la extrema pobreza;

b)El número de niños que han sido beneficiarios de los servicios sociales del Estado;

H.Educación, esparcimiento y actividades culturales(arts. 28 a 31)

44.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El porcentaje de niños, incluidos los niños romaníes y los niños con discapacidad, que se han matriculado en la enseñanza preescolar, primaria y secundaria o que la han completado;

b)El número de niños, incluidos los romaníes, que asisten a escuelas especiales;

c)El número y el porcentaje de niños que tienen acceso a la educación de la primera infancia;

d)El número y el porcentaje de niños, incluidos los romaníes y los niños con discapacidad, que abandonan la escuela y repiten curso;

e)El número de niños sin escolarizar, incluidos los romaníes y los niños con discapacidad;

f)La ratio de alumnos por profesor, desglosada por región;

g)El número de casos de acoso escolar.

I.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35,36, 37 b) a d) y 38 a 40)

45.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños refugiados y solicitantes de asilo, niños no acompañados o separados de sus padres y niños en situación de migración;

b)El número de niños en situación de migración, incluidos los migrantes irregulares, que se encuentran en centros de detención preventiva y de detención, por ejemplo, en centros de detención de menores de edad y de adultos, centros de detención policial e instituciones residenciales para niños con problemas de conducta;

c)El número de niños en situación de migración, incluidos los migrantes irregulares, que han sido expulsados;

d)El número de instalaciones disponibles para la acogida inicial de niños no acompañados y niños separados de sus padres.

46.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento y por tipo de trata, sobre el número de niños que son víctimas de la trata, en particular en el contexto de la migración.

47.Sírvanse proporcionar datos, desglosados según se indica en el párrafo 34 del presente documento, sobre:

a)El número de niños, incluidos los migrantes y los detenidos por delitos menores, que se encuentran en centros de detención preventiva y de detención y en instituciones penitenciarias;

b)El tiempo medio que los niños pasan en prisión preventiva y privados de libertad, también en los casos de migración ilegal.