Naciones Unidas

CEDAW/C/COM/Q/4

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

30 de marzo de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

47° período de sesiones

4 a 22 de octubre de 2010

Lista de cuestiones y preguntas a falta del informe inicial y los informes periódicos

Las Comoras

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones decidió, de conformidad con la decisión adoptada por el Comité en su 37º período de sesiones, celebrado del 15 de enero al 2 de febrero de 2007, y a falta del informe inicial del Estado parte, que debía haberse presentado en 1995, y de sus informes periódicos segundo, tercero y cuarto, proceder a la preparación de la lista de cuestiones y preguntas que figuran a continuación.

Generalidades

1.Sírvanse explicar por qué no se presentaron al Comité el informe inicial ni los informes subsiguientes, como exige el artículo 18 de la Convención. Sírvanse describir todas las medidas adoptadas hasta la fecha con miras a la preparación y la presentación de estos informes y señalar al Comité si el Estado parte necesita asistencia técnica para la preparación de dichos informes.

2.Además de la información relativa específicamente a la Convención que se solicita en la presente lista de cuestiones, sírvanse facilitar también información general y fáctica actualizada sobre el país de conformidad con los requisitos del documento básico común enunciados en las directrices armonizadas para la presentación de informes, aprobadas por la quinta reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en junio de 2006 (HRI/MC/2006/3).

Reunión de datos

3.Sírvanse facilitar información sobre la disponibilidad, la recopilación y el análisis de datos en el país en general, y en particular con respecto a la situación de las mujeres, desglosados por edad, sexo y zonas rurales y urbanas.

Situación jurídica de la Convención e incorporación de sus disposiciones a la legislación y las políticas nacionales

4.Sírvanse informar al Comité del rango de la Convención en el ordenamiento jurídico interno, de si la Convención es directamente aplicable y de aquellos casos en que la Convención haya sido invocada en los tribunales nacionales.

5.Sírvanse facilitar información sobre los fallos del Tribunal Constitucional en los que se hayan revocado leyes por resultar discriminatorias contra la mujer o contravenir lo dispuesto en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado parte.

6.¿Qué actividades ha llevado a cabo el Gobierno para dar a conocer la Convención y dotarla de visibilidad a fin de concienciar a la población sobre los derechos de las mujeres?

7.Sírvanse indicar si existen leyes o declaraciones sobre políticas que definan los actos de discriminación contra la mujer y si esta definición incluye la prohibición de cualquier acto por parte de actores públicos o privados que cause o que dé lugar a distinciones, exclusiones o restricciones en relación con el goce o el ejercicio por las mujeres, en pie de igualdad con los hombres, de los derechos humanos en todas las esferas y de conformidad con cada una de las disposiciones de la Convención.

8.Sírvanse informar al Comité de la existencia de leyes que prohíban y sancionen la discriminación contra las mujeres, y sobre si dichas leyes se aplican de forma efectiva. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los recursos de que disponen las mujeres cuyos derechos hayan sido violados al ser discriminadas.

9.Sírvanse facilitar información sobre las leyes aprobadas en los últimos años a las que se haya incorporado la cuestión del género.

Mecanismo nacional para el adelanto de la mujer

10.En la respuesta del Estado parte al cuestionario dirigido a los países para el examen y la evaluación de la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing a los 15 años de su aprobación (cuestionario de "Beijing+15") presentada a la Comisión Económica para África de las Naciones Unidas se hace referencia a la Dirección Nacional de Promoción de las Cuestiones de Género (Direction Nationale de la Promotion du Genre) y al Comisionado General para la Promoción de las Cuestiones de Género (Commissariat Général à la Promotion du Genre). Sírvanse explicar las funciones de cada uno de estos organismos y la financiación y la dotación de personal de que disponen. Sírvanse facilitar información sobre la existencia de otras instituciones, como comisiones y oficinas del Ombudsman, creadas para promover y proteger los derechos de la mujer y velar por la aplicación efectiva de la Convención.

Programas y planes de acción

11.Sírvanse facilitar información detallada acerca de la política nacional sobre igualdad de género mencionada en la respuesta al cuestionario de "Beijing+15" y señalar hasta qué punto su plan de aplicación, que también se menciona en la respuesta, garantiza la aplicación de la Convención o sus artículos concretos.

Medidas especiales de carácter temporal

12.Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas especiales de carácter temporal, como medidas de discriminación positiva, adoptadas por el Gobierno para acelerar la consecución de la igualdad entre los géneros de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y con la Recomendación general Nº 25 (2004) del Comité.

Estereotipos y prácticas culturales

13.Sírvanse facilitar información detallada sobre los estilos de vida o las prácticas consuetudinarias y tradicionales que obstaculicen el adelanto social de la mujer.

14.Sírvanse informar al Comité de si el Gobierno ha aprobado leyes, políticas o medidas para modificar los patrones sociales y culturales que conducen a estereotipos de género o refuerzan los papeles tradicionales del hombre y la mujer en la familia y en la sociedad en general.

Violencia contra la mujer

15.Según la exposición oral del Estado parte en el quinto período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal en mayo de 2009, la mayoría de las mujeres de las Comoras han sufrido ataques físicos o agresiones sexuales, sobre todo a manos de sus cónyuges (A/HRC/12/16, párrs. 16 y 59). Sírvanse informar de si existen leyes o políticas que prohíban la violencia contra las mujeres e indicar qué medidas concretas ha adoptado el Gobierno para aplicarlas.

16.Sírvanse facilitar información sobre las medidas educativas y preventivas adoptadas por el Gobierno para alentar a las mujeres a denunciar la violencia en el hogar, algo que, según la exposición oral del Estado parte mencionada anteriormente, no se considera culturalmente apropiado. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno al respecto, como campañas para concienciar a la opinión pública y modificar su actitud con respecto al problema de la violencia contra la mujer.

17.Sírvanse facilitar información sobre la reparación y la asistencia, como servicios de rehabilitación y acogida, de que disponen las víctimas de la violencia doméstica.

Trata

18.Sírvanse informar de la magnitud del problema de la trata y la explotación sexual de mujeres y niñas en el país. Indíquese qué legislación va dirigida a prevenir la trata de mujeres y niñas, y en particular si esa legislación prevé sanciones adecuadas para sus autores y si se aplica con eficacia.

19.Sírvanse indicar si existe una legislación que proteja a las mujeres y a las niñas de las agencias de empleo que se dedican principalmente a la trata de personas y sírvanse facilitar información sobre las políticas y los programas dedicados a la prevención, la protección, la ayuda y la asistencia jurídica para las víctimas de la trata.

Participación en la toma de decisiones y representación a nivel internacional

20.Sírvanse facilitar información detallada sobre la representación y el papel de la mujer en los sectores público y privado y en el ámbito internacional y diplomático.

21.Sírvanse indicar qué medidas, como políticas o leyes, ha adoptado el Gobierno para garantizar la igualdad de participación de las mujeres en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Estado y en otros sectores, teniendo en cuenta el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y las Recomendaciones generales del Comité Nº 23 (1997), sobre la vida política y pública, y Nº 25.

Nacionalidad

22.Sírvanse informar de si existen leyes que prevean iguales derechos para los hombres y las mujeres respecto de la adquisición, el cambio o la conservación de la nacionalidad en función del estado civil y la transmisión de la nacionalidad a los hijos, conforme al artículo 9 de la Convención.

Educación

23.Sírvanse facilitar información sobre la tasa de alfabetización de las mujeres y las niñas de las Comoras, así como datos estadísticos actualizados sobre la matrícula, el rendimiento y la tasa de abandono de las niñas en la escuela primaria, secundaria y superior. ¿Qué medidas ha adoptado el Gobierno para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a las escuelas y a la enseñanza superior?

Empleo y empoderamiento económico

24.Sírvanse facilitar información estadística actualizada, desglosada por sexo, sobre la participación de la mujer en la fuerza de trabajo, en particular en lo que concierne al empleo, el salario y las prestaciones, y sobre su representación en la población que busca empleo.

25.Sírvanse informar al Comité de hasta qué punto la política nacional de empleo mencionada en la respuesta al cuestionario de "Beijing+15" tiene en cuenta la perspectiva de género y aborda la cuestión del empleo de las mujeres.

26.Sírvanse proporcionar información sobre las disposiciones jurídicas y de otro tipo y sobre las medidas concretas adoptadas por el Gobierno para eliminar la discriminación contra las mujeres en la esfera del empleo.

27.Sírvanse facilitar información sobre las funciones de la Dirección para promover la actividad empresarial de las mujeres (Direction de l'entreprenariat féminin) mencionada en la respuesta del Estado parte al cuestionario de "Beijing+15" y sobre el impacto logrado por este órgano en el empleo femenino desde su creación.

Salud

28.Sírvanse facilitar información y datos estadísticos sobre el estado de salud de las mujeres, incluidas la salud sexual y reproductiva y las discapacidades. ¿Cuáles son las principales causas de mortalidad y morbilidad entre las mujeres de las Comoras?

29.Sírvanse proporcionar información sobre la accesibilidad y asequibilidad de los servicios de atención de la salud para las mujeres, en particular por lo que respecta a la maternidad, la planificación de la familia y la atención posterior al parto, y sobre todo para grupos concretos como las adolescentes y las mujeres del entorno rural.

30.Sírvanse informar sobre la utilización femenina de anticonceptivos y sobre los índices de aborto, en particular de abortos realizados en condiciones de riesgo, en las Comoras.

31.Según algunas fuentes, la prevalencia del VIH/SIDA en las Comoras es baja. Sírvanse facilitar datos estadísticos, desglosados por sexo, en los que se refleje dicha baja prevalencia, e información detallada sobre las medidas preventivas y los tratamientos de que disponen las mujeres con VIH/SIDA.

Pobreza y prestaciones sociales y económicas

32.Teniendo en cuenta la posible feminización de la pobreza en el Estado parte, sírvanse informar de cómo se está combatiendo la pobreza entre las mujeres en la estrategia nacional de lucha contra la pobreza.

33.Sírvanse facilitar información sobre el régimen de seguridad social del país y sobre las prestaciones sociales concretas ofrecidas a las mujeres, y en particular a las mujeres vulnerables, como las viudas o las mujeres con discapacidades.

Desastres naturales

34.Sírvanse informar al Comité de cómo afectan a las mujeres de las Comoras los desastres naturales y de si existe alguna estrategia nacional de socorro en casos de desastre que incorpore la perspectiva de género.

Igualdad ante la ley

35.Sírvanse facilitar información sobre la condición jurídica de la mujer y sobre si recibe el mismo trato que el hombre ante la ley y en los tribunales, en particular en lo que respecta al matrimonio, el divorcio y la propiedad.

36.Sírvanse indicar si el Gobierno de las Comoras ha dado aplicación a la obligación que figura en el párrafo 3 del artículo 15 de la Convención, que exige que todo contrato o cualquier otro instrumento privado que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.

Relaciones familiares

37.Sírvanse facilitar información sobre el Código de la Familia aprobado en 2005 que se menciona en la exposición oral del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (A/HRC/12/16, párrs. 10 y 20), y sobre las formas en que la ley protege los derechos de las mujeres, por ejemplo por lo que respecta al matrimonio (y en particular a los matrimonios precoces o forzosos), la poligamia y la disolución del matrimonio.

38.Sírvanse informar al Comité de las medidas jurídicas o de otra índole adoptadas por el Gobierno para abordar las cuestiones relativas a la familia, teniendo en cuenta la Recomendación general Nº 21 (1994) del Comité sobre la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares.

Protocolo Facultativo y enmienda al párrafo 1 del artículo 20

39.Sírvanse señalar los avances logrados respecto de la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20.