Naciones Unidas

CRC/C/PER/4-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

11 de marzo de 2015

Original: español

Español, francés e inglés solamente

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de laConvención

Informes periódicos cuarto y quinto que los Estados partes debían presentar en2012

Perú *

[Fecha de recepción: 6 de noviembre de 2013]

Índice

Párrafos Página

Siglas y acrónimos5

Presentación1–39

I.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 de la Convención)4–539

A.Implementación de estrategias y acciones nacionales a favor de las niñas, niños y adolescentes6–1210

B.Organismos que tienen la responsabilidad de coordinar la aplicación de la Convención13–1611

C.Recursos destinados a los niños, niñas y adolescentes17–2612

D.Difusión de la Convención y acciones de capacitación27–4114

E.Información relativa a niños, niñas y adolescentes42–4717

F.Sistemas de información actualizados y oportunos sobre la situación de la niñez y la adolescencia a nivel nacional, regional y local48–5318

II.Definición del niño (art. 1 de la Convención)54–6019

A.Población nacional de niñas, niños y adolescentes55–5819

B.Matrimonio de adolescentes59–6019

III.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12 de la Convención)61–8220

A.No discriminación61–6820

B.Aplicación de la pena de muerte a los niños, niñas y adolescentes y derecho a la vida69–7222

C.Interés superior del niño73–7423

D.Respeto por las opiniones del niño, niña y adolescente75–8223

IV.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8, 13 a 17 y 37 a) de la Convención)83–10425

A.Derecho a la identidad83–8925

B.Derecho a la libertad de expresión90–9226

C.Derecho a la libertad religiosa93–9427

D.Uso de tecnología en el ámbito educativo95–9827

E.Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes99–10428

V.Entorno familiar y otro tipo de tutela (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 19 a 21, 25, 27 (párr. 4) y 39 de la Convención)105–14629

A.Entorno familiar y orientación de los padres impartida en consonancia con la evolución de las facultades del niño10529

B.Obligaciones comunes de los padres, asistencia a los padres y prestación de servicios de atención infantil106–12329

C.Separación de un niño o niña de sus padres124–12532

D.Reunificación familiar12633

E.Pago de pensión alimentaria127–13133

F.Niños privados de un entorno familiar132–13434

G.Reinserción de niñas, niños y adolescentes.135–13634

H.Adopción nacional e internacional137–13835

I.Traslados y retención ilícitos de niños139–14035

J.Malos tratos y descuido, entre otras cosas en la recuperación física, psicológica y la reintegración social141–14635

VI.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26 y 27 (párrs. 1 a 3) de la Convención)147–25637

A.Niños con discapacidad147–16437

B.Salud y servicios sanitarios165–21541

C.Niños y niñas con VIH/SIDA, salud del/de la adolescente216–23649

D.Reducción del consumo de drogas legales237–24553

E.Salud y acuerdos comerciales246–24754

F.Salud ambiental248–24954

G.Nivel de vida250–25655

VII.Actividades educativas, recreativas y culturales (arts. 28, 29, 30 y 31 de la Convención)257–31757

A.Acceso a la educación del nivel inicial257–26157

B.Acceso a la educación del nivel primaria262–26457

C.Culminación de la educación del nivel primaria en edad oficial265–26958

D.Acceso de niñas de zonas rurales a educación del nivel primaria270–27559

E.Acceso a la educación del nivel secundaria27660

F.Esfuerzos logrados en el acceso a la educación de todos los niveles277–28660

G.Deserción de estudios escolares287–28861

H.Descentralización de la educación289–29161

I.Capacitación de personal docente292–29462

J.Acceso a educación bilingüe e intercultural295–30762

K.Logros básicos de aprendizaje alcanzados por niños y niñas308–31064

L.Medios asignados a programas de educación temprana promovidos desde el Estado para evaluar y promover niveles óptimos del desarrollo de los niños en diversos ámbitos de desempeño311–31465

M.Participación de adolescentes de centros educativos en actividades educativas centradas en el eje personal-social y en el fomento de valores democráticos31566

N.Políticas orientadas a garantizar el descanso o esparcimiento como medios de desarrollo316–31767

VIII.Medidas especiales de protección (arts. 22, 32 a 36, 37 b) a d), 38, 39 y 40de la Convención)318–44167

A.Desplazamientos internos31867

B.Erradicación del trabajo infantil en sus peores formas319–32567

C.Reducción del trabajo infantil326–32769

D.Erradicación del trabajo adolescente en sus peores formas328–35169

E.Niños de la calle352–36074

F.Implementación de mecanismos para retener en el sistema educativo a las niñas y niños que estén trabajando y reducir su deserción escolar361–36475

G.Explotación y abuso sexual de niños, niñas y adolescentes365–36676

H.Erradicación del abuso sexual de niños, niñas y adolescentes367–37176

I.Trata de niños, niñas y adolescentes372–40878

J.Protección de niños, niñas y adolescentes víctimas del período de violencia interna409–41286

K.Disminución de la mendicidad infantil413–41887

L.Niños, niñas y adolescentes privados de libertad419–42188

M.Edad mínima para el reclutamiento militar422–42988

N.Protección contra la participación de niños, niñas y adolescentes en conflictos armados430–43190

O.La recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas432–43490

P.Sistema de justicia especializado para niños, niñas y adolescentes435–43791

Q.Adolescentes en conflicto con la ley438–44191

IX.Palabras finales442–44792

Anexos**

I.Consejos Consultivos de Niñas, Niños y Adolescentes a nivel nacional

II.Atención brindada por el Programa Wawa Wasi y otros programas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

III.Defensorías del Niño y del Adolescente a nivel nacional

Siglas y acrónimos

AECIDAgencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

AIEPIEstrategia Atención Integrada de Enfermedades Prevalentes de la Infancia

ALEGRAAsistencia Legal Gratuita

ALIADOSAlianzas Rurales Productivas de la Sierra

ASUAseguramiento Universal en Salud

CAICentro de Atención Institucional

CARCentros de Atención Residencial

CCONNAConsejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes

CDNConvención sobre los Derechos del Niño

CEBCentros de Educación Especial

CEBACentro de Educación Básica Alternativa

CEBECentros de Educación Básica Especial

CEMCentros de Emergencia Mujer,

CMANComisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación

CNACódigo del Niño y el Adolescente

CNDConvención sobre los Derechos del Niño

CNDHConsejo Nacional de Derechos Humanos

CNVCertificado de Nacido Vivo

CONADIHComisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario

CONADISConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad

CONAMUSACoordinadora Nacional Multisectorial de Salud

CONEIConsejos Educativos Institucionales

COREMUSACoordinadora Regional Multisectorial de Salud

CPCódigo Penal

CPETIComité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil

DEMUNADefensorías Municipales del Niño y del Adolescente

DESNADefensoría Escolar del Niño y del Adolescente

DEVIDAComisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas

DGADirección General de Adopciones

DGNNADirección General de Niñas, Niños y Adolescentes

DIGEMINDirección General de Migraciones y Naturalización

DIRESADirección Regional de Salud

DIRFAPASECDirección de la Familia, Participación y Seguridad Ciudadana

DIRTEPOLDirección Territorial de Policía

DIVIFAMLa División de la Familia

DNADefensorías del Niño y del Adolescente

DNIDocumento Nacional de Identidad

DREDirecciones Regionales de Educación

EBAEducación Básica Alternativa

EBREducación Básica Regular

ECAPlan de Estándares de Calidad Ambiental

ECEEvaluación Censal a Estudiantes

EDAEnfermedades diarreicas agudas

ENAHOEncuesta Nacional de Hogares

ENCOEncuesta Nacional Continua

ENDESEncuesta Demográfica y de Salud Familiar

ESCALEEstadística de la Calidad Educativa

ETPEducación Técnica Productiva

ETSEnfermedades de Transmisión Sexual

GINGrupo de Iniciativa Nacional por los derechos del niño

GTMCTPGrupo de Trabajo Multisectorial contra la Trata de Personas

IDEIFInstituto de Estudio por la Infancia y la Familia

IIEInstituciones Educativas

INABIFPrograma Integral Nacional para el Bienestar Familiar

INEIInstituto Nacional de Estadística e Informática

IRAInfecciones Respiratorias Agudas

ITSInfecciones de Transmisión Sexual

LMPLímites Máximos Permisibles

MAMISMódulos de Atención al Maltrato infantil en Salud

MEFMinisterio de Economía y Finanzas

MIDISMinisterio de Desarrollo e Inclusión Social

MIMDESMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social

MIMPMinisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

MINCETURMinisterio de Comercio Exterior y Turismo

MINEDUMinisterio de Educación

MINEMMinisterio de Energía y Minas

MININTERMinisterio del Interior

MINJUSMinisterio de Justicia y Derechos Humanos

MINSAMinisterio de Salud

MINTRAMinisterio de Trabajo

MTPEMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo

MPFNMinisterio Público ‒ Fiscalía de la Nación

OGEOficina General de Epidemiología

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

OITOrganización Internacional del Trabajo

OMSOrganización Mundial de la Salud

ORAOficina Registral Auxiliar

ORECOficinas de Registro del Estado Civil

PANPrograma Articulado Nutricional

PAPTPrograma Agua para Todos

PASIPrevención del Abuso Sexual Infantil

PBCPasta Básica de Cocaína

PCDPersonas con Discapacidad

PEASPlan Esencial de Aseguramiento Universal

PEBAJAPrograma de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos

PECPrograma Educadores de Calle

PEPIPoblación en Proceso de Desarrollo e Inclusión

PINPrograma Integral de Nutrición

PJPoder Judicial

PNAEPrograma Nacional de Alimentación

PNAIAPlan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia

PNCVFSPrograma Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual

PNDHPlan Nacional de Derechos Humanos

PNPPolicía Nacional del Perú

PPEPrograma Presupuestal Estratégico

PRCPrograma de Reparaciones Colectivas

PPRPresupuesto por resultados

PRITEProgramas de Intervención Temprana

PRONAAPrograma Nacional de Asistencia Alimentaria

PRONAFCAPPrograma Nacional de Formación y Capacitación Permanente

PRONASARPrograma Nacional de Agua y Saneamiento Rural

PRONELISPrograma Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social

PRONOEIPrograma No Escolarizado de Educación Inicial

PRONOEIPrograma no escolarizado de Educación Inicial

PVVSPersonas Viviendo con VIH/SIDA

REDAMRegistro de Deudores Alimentarios Morosos

RENIECRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil

RETARegistro y Estadística del Delito de Trata de personas y Afines

RITARed Integral de Atención a la Mujer

SAANEEServicio de Apoyo y Asesoramiento para Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

SIAGIESistema de Información y Apoyo a la Gestión Educativa

SidaSíndrome de Inmunodeficiencia Adquirida

SIMONESistema de Monitoreo y Evaluación del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia

SISSeguro Integral de Salud

SOAServicio de Orientación al Adolescente

TARGATratamiento Antirretroviral de Gran Amplitud

TCTribunal Constitucional

UGELUnidades de Gestión Educativa Local

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNODCOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito

VIHVirus de Inmunodeficiencia Humana

VRAEMValle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro

Presentación

La Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante, “CDN” o “la Convención”), ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 25278 de 1990, es el instrumento internacional de mayor relevancia en materia de infancia y adolescencia al que se alinea la normatividad nacional. Este tratado internacional constituye el pilar para la construcción de políticas públicas nacionales en materia de infancia y adolescencia.

De conformidad con el artículo 44 de la Convención, el Estado peruano se compromete a presentar informes periódicos sobre las medidas que haya adoptado para dar efecto a sus compromisos contraídos en virtud de la Convención. De este modo, la información contenida en el presente documento corresponde, principalmente, al periodo comprendido entre los años 2006-2012.

Cabe resaltar que el proceso de elaboración del presente informe se ha caracterizado por ser participativo y planificado. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) fue la entidad encargada de coordinar su redacción. Para tales efectos, se consultó a una serie de entidades estatales involucradas en la materia, con el objetivo de dialogar acerca de los principales avances y desafíos en materia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sobretodo, de cara a las recomendaciones realizadas al Perú por el Comité de los Derechos del Niño en 2006, dentro de sus anteriores observaciones finales (CRC/C/PER/CO/3). Una primera versión del informe fue socializada ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el cual está integrado por instituciones del Estado y representantes de la sociedad civil. Finalmente, el informe fue aprobado por el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS).

I.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 de la Convención)

La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, de conformidad con el artículo 1.º de la Constitución Política. Esta premisa constituye un eje fundamental en el diseño de todas las políticas públicas del país. La Constitución establece, asimismo, en su artículo 4, que la comunidad y el Estado protegen de manera especial a la niña, al niño y al adolescente.

Aunado al marco constitucional, la Convención, así como sus dos Protocolos Facultativos constituyen herramientas que regulan y propician la elaboración de políticas públicas nacionales en materia de infancia y adolescencia.

A.Implementación de estrategias y acciones nacionales a favor de las niñas, niños y adolescentes

Tomando como referentes a la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, así como sus dos Protocolos Facultativos; y a fin de adecuar la normatividad interna a lo estipulado en las normas internacionales en materia de derechos humanos, el Perú promulgó el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N.º 27337) y se elaboraron cuatro Planes Nacionales de Acción por la Infancia y Adolescencia (PNAIA), para los períodos 1992-1995, 1996-2000, 2002-2010 y 2012-2021 respectivamente, constituyéndose en instrumentos directrices en lo que respecta a la política de infancia y adolescencia, que han contribuido a producir un conjunto de cambios significativos.

En efecto, el PNAIA 2012-2021 constituye un instrumento marco de las políticas públicas del Estado Peruano en materia de infancia y adolescencia que señala la agenda a seguir en la presente década para la protección y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes de manera consistente, continua y eficaz; sobre todo en lo que respecta a la salud, educación y calidad de vida al interior de sus familias y comunidad. Se trata de asegurar el desarrollo integral de sus capacidades y acceso a suficientes y calificados servicios, sin los cuales no es posible garantizar tales derechos. Cabe acotar que el proceso de diseño y validación del PNAIA fue responsabilidad del MIMP, en su calidad de ente rector del sistema de protección integral a niños, niñas y adolescentes. En dicho proceso participaron los sectores e instituciones del Estado, sociedad civil y grupos organizados de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, el documento base fue validado en 16 regiones del país, entre los años 2010 y 2011.

La Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del PNAIA 2012-2021, constituida mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP (de 14 de abril de 2012) tiene la finalidad de monitorear y contribuir al cumplimiento eficaz de sus metas emblemáticas, objetivos, resultados esperados, metas y estrategias de implementación del Plan Nacional. Anualmente, la Comisión Multisectorial tiene la obligación de presentar un informe de avances conforme dispone la Ley N° 27666 ante el Congreso de la República.

A inicios del 2013, la Comisión Multisectorial encargada de la implementación del PNAIA 2012-2021 elaboró el informe anual correspondiente al año 2012, sobre los avances en el cumplimiento de las metas del PNAIA. En dicho informe se da cuenta de los principales avances, dificultades, medidas adoptadas y recomendaciones respecto al cumplimiento de las seis metas emblemáticas y cuatro objetivos estratégicos del PNAIA 2012-2021: Objetivo Estratégico 1: Garantizar el Crecimiento y Desarrollo Integral de Niñas y Niños de 0 a 5 años de Edad; Objetivo Estratégico 2: Garantizar la continuación del crecimiento y desarrollo integral de niñas y niños de 6 a 11 años de edad; Objetivo Estratégico 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 años de edad; y Objetivo Estratégico 4: Garantizar la protección de las niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años de edad.

En líneas generales, conviene señalar que si bien existen avances orientados a garantizar el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescente, también se evidencian los obstáculos que deben ser revertidos para alcanzar objetivos, resultados y metas establecidas en el PNAIA 2012-2021, lo cual marca una agenda pendiente por atender, que está orientada a reducir las brechas que aún existen, principalmente, en las zonas amazónicas y rurales de nuestro país. Los avances y retos citados serán abordados a lo largo del presente informe.

Con relación a la participación de la sociedad civil en la Comisión Multisectorial encargada de la implementación de acciones señaladas en el PNAIA 2002-2010, desde el año 2006, dicha Comisión cuenta con la participación del Grupo de Iniciativa Nacional por los derechos del niño (GIN, coordinadora que agrupa a 35 instituciones de la sociedad civil que trabajan por la infancia y la adolescencia); la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). De otro lado, según los temas a tratar en las sesiones, se invita a representantes de otras instituciones de la sociedad civil e instituciones públicas que no integran la Comisión.

Respecto de la descentralización de las políticas en materia de infancia y adolescencia, al año 2012 se cuenta con 22 Planes Regionales de Acción por la Infancia y la Adolescencia (Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali) y con dos Planes Locales de Acción por la Infancia y la Adolescencia (Villa El Salvador y Villa María del Triunfo). Se continúa con el proceso de formulación de planes regionales de acción por la infancia y la adolescencia, en las cuatro regiones restantes (CRC/PER/CO/3, párr. 14)

B.Organismos que tienen la responsabilidad de coordinar la aplicación de la Convención

El Código de los Niños y Adolescentes (art. 27) establece que el MIMP ejerce el rol de ente rector en materia de infancia y adolescencia. En tal contexto, el MIMP cuenta con la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes (DGNNA) como órgano técnico de línea responsable de la articulación del Sistema de Protección Integral al Niño y Adolescente. Con la nueva estructura del MIMP, la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes es reconocida, luego de varias iniciativas, como Dirección General, a fin de que continúe con las coordinaciones intersectoriales necesarias respecto a la implementación del PNAIA 2012-2021 (CRC/PER/CO/3, párr. 14).

Las Defensorías del Niño y del Adolescente (DNA) son un servicio que funciona a nivel local, cuya finalidad es promover y proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes. A diciembre de 2012, se cuenta con 2.250 DNA a nivel nacional, y de ellas 189 son Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente de nivel provincial. Se ha incrementado el número de DNA respecto a las 1.257 DNA reportadas en el tercer informe periódico del Perú.

Conviene precisar, asimismo, que en diciembre de 2011, se aprobó la Ley que determinó las competencias del Ministerio de Justicia como ente rector en materia de derechos humanos, pasando a denominarse Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS). En esa línea, se dispuso la creación del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia.

En el marco de la defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia, en septiembre de 2006 se creó la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia en el seno de la Defensoría del Pueblo, dentro de cuyas funciones se encuentran las de promover los derechos de niños, niñas y adolescentes desde diferentes líneas de trabajo, contribuir a la investigación y documentación de quejas sobre violaciones a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, además de realizar estudios, investigaciones e informes sobre la situación de sus derechos humanos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 18).

C.Recursos destinados a los niños, niñas y adolescentes

Los recursos asignados al ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes se han incrementado en los últimos años. Así, en un esfuerzo por combatir la pobreza y apuntando a la mejora en la calidad del gasto público, se ha implementado una nueva forma de gestión del sistema presupuestario por medio del presupuesto por resultados (PpR). El PpR es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población, que requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, el compromiso para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos internos, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de información de los resultados, productos y de las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas.

El PpR empezó a implementarse a partir del año 2008, dando origen a un conjunto de intervenciones, denominadas programas presupuestales estratégicos. En el año 2008 fueron cinco, en el 2009 se adicionaron cuatro más. Al 2012, se contaba con 60 programas presupuestales estratégicos de los cuales 11 garantizan metas del Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia. Asimismo, se cuenta con un Clasificador Funcional Programático que permite realizar el seguimiento del gasto sectorial en la infancia y adolescencia a nivel nacional (CRC/C/PER/CO/3, párr. 20).

El presupuesto ejecutado en el año 2012 a través de los programas presupuestables con enfoque de resultados fue del 82% respecto al total programado.

Cabe señalar que mediante Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en el marco de la gestión presupuestaria por resultados, se impulsa el diseño de programas estratégicos para la resolución de problemas vinculados, prioritariamente, a cambios climáticos, discapacidad, educación superior universitaria, consumo y oferta de drogas, resocialización de internos, embarazo adolescente, reducción de la corrupción, prevención y resocialización de los jóvenes.

La 67.ª disposición de la Ley N° 29626 establece que las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales asumen como prioridad en su gestión el logro de los siguientes resultados a favor de la población: a) la reducción de la desnutrición crónica infantil; b) la reducción de la mortalidad materna y neonatal; c) la mejora en los niveles de comprensión lectora y matemática; d) el incremento del acceso de la población a la identidad; e) la reducción del tiempo de acceso a centros de servicios sociales (salud y educación) y a mercados; f) el incremento del acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas en áreas rurales; g) el incremento de la cobertura y uso de la telefonía e Internet en áreas rurales; y, h) el incremento en la cobertura energética operativa en hogares rurales. Asimismo, señala que para el logro de tales resultados, los esfuerzos en materia presupuestaria se orientan al financiamiento de las intervenciones y productos de los programas presupuestales estratégicos, según el siguiente orden de prelación: 1. Programa Articulado Nutricional; 2. Salud materna neonatal; 3. Logros de aprendizaje al finalizar el III Ciclo; 4. Acceso de la población a la identidad; 5. Acceso a servicios sociales básicos y oportunidades de mercado; 6. Acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas para poblaciones rurales; 7. Acceso a energía en localidades rurales; 8. Acceso a servicios públicos esenciales de telecomunicaciones en poblaciones rurales.

Mediante Ley N° 29812, fue aprobada la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y mediante Ley N° 29951, se aprobó la correspondiente al año 2013; el cual proyecta una mayor inversión social que acompañe el sólido crecimiento económico del país.

En cuanto a los recursos destinados a la implementación del PNAIA (CRC/C/PER/CO/3, párr. 12), la Ley N° 28487 en su artículo 3 establece que dentro del presupuesto nacional se debe incluir un numerador de actividad dentro del clasificador funcional programático referido al PNAIA 2002-2010 en cada pliego, con la finalidad de conocer cuánto invierte cada institución a favor de la infancia y la adolescencia. Con ese objetivo, cada año las instituciones públicas reportan su clasificador funcional programático hasta el nivel de meta. Esta información permite evidenciar el incremento en el presupuesto dirigido a la implementación del PNAIA en los últimos años.

Así, en el Informe Anual 2010 de las Metas del PNAIA 2002-2010, se señala que la ejecución presupuestal del año 2010 en materia de niñez y adolescencia, asciende a 11.088 millones de nuevos soles, lo que incluye la inversión del gobierno nacional, el Programa del Vaso de Leche y las de 25 gobiernos regionales. Ello representa un incremento de 72,4% con respecto a lo ejecutado en el año 2006. Si se desagregan estas cifras, el gasto ejecutado por el gobierno nacional (sectores) se incrementó en 15,4% en el 2010 respecto del 2006, en tanto que el correspondiente a los gobiernos regionales se incrementó en 45,8% durante el mismo período. El presupuesto ejecutado en el 2010 en el marco del PNAIA 2002-2010 se ha incrementado con respecto al presupuesto total, pasando de representar el 13,4% en el 2006 a 15,8% en el 2010. Asimismo, con respecto al gasto social total, el gasto en las acciones del PNAIA ha pasado de representar el 26,1% en el 2006 a 31,6% en 2010.

De acuerdo a la información procesada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) —en base a lo reportado por los sectores y gobiernos regionales, incluyendo el Programa del Vaso de Leche—, la inversión del Estado en las acciones de infancia y adolescencia durante el año 2011 ascendió a 11.444,8 millones de nuevos soles.

En materia de salud la asignación presupuestal se ha duplicado, especialmente en el control del crecimiento y desarrollo, lo cual contribuye a la detección temprana de casos de desnutrición.

D.Difusión de la Convención y acciones de capacitación

El MIMP, a través de la DGNNA, tiene como una de sus principales preocupaciones la difusión de la Convención. Es así que como parte de la propuesta de capacitación básica para defensores y defensoras de las Defensorías Municipales del Niño y el Adolescente (DEMUNA), uno de los temas de trabajo es el de la Convención sobre los Derechos del Niño, que se aborda con una duración de cuatro horas lectivas. Igualmente, en los eventos de información llevados a cabo por la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías esta temática es una de las principales. Para apoyar estas acciones, se distribuyen ejemplares impresos de la Convención y una versión electrónica se encuentra publicada en la página web del MIMP, a disposición de las y los usuarios (CRC/C/PER/CO/3, párr. 24).

Por su parte, el Ministerio de Educación (MINEDU), en el marco de la implementación del Diseño Curricular Nacional en la Educación Básica Regular, que considera, entre otros, a la “Educación en y para los derechos humanos”, “Educación para la convivencia, la paz y la ciudadanía” y a la “Educación para la equidad de género” como temas transversales que se incorporan en las diferentes áreas del currículo: relación consigo mismo, comunicación, relación con el medio natural y social (Educación Inicial); personal social (Educación Primaria), formación ciudadana y cívica, personal, familia y relaciones humanas (Educación Secundaria). Asimismo, se considera una interacción continua con la familia y la comunidad. De esta forma, se definen las directrices en el nivel nacional para el desarrollo de las acciones educativas que involucran a la familia y la comunidad. También se desarrollan acciones permanentes de propagación de los principios y derechos establecidos en la Convención a familias del ámbito rural en los programas radiales educativos “La Escuela del Aire” y en encuentros con líderes de comunidades andinas y amazónicas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 24).

El Poder Judicial, por medio de sus representantes para la implementación del PNAIA designados en cada distrito judicial, realiza periódicamente charlas de difusión de los derechos del niño reconocidos en la Convención. El Ministerio Publico ‒ Fiscalía de la Nación (MPFN), realiza desde el año 2004 jornadas de acercamiento a la población a nivel nacional, en las que se difunden, entre otros temas, los principios y derechos que estipula la Convención (CRC/C/PER/CO/3, párr. 24).

El Ministerio del Interior (MININTER), por intermedio de la Policía Nacional del Perú (PNP), específicamente de sus Divisiones de Familia y Participación Ciudadana, desarrolla permanentemente acciones de difusión de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Adicionalmente, en el año 2009 se formó una Comisión Intrasectorial para el seguimiento interno del PNAIA, dentro de la cual se desarrollaron talleres con las instituciones educativas que tiene a su cargo la policía. Uno de los temas centrales fue la difusión de la Convención y, complementariamente, se ha editado material sobre ese tema (CRC/C/PER/CO/3, párr. 24).

La DGNNA del MIMP ha elaborado una propuesta de capacitación permanente para los y las integrantes del servicio de Defensorías del Niño y el Adolescente a nivel nacional, y en particular para el modelo de Defensorías Municipales. Esta propuesta considera: un curso básico para Defensorías (40 horas lectivas), un curso especializado sobre prevención y atención del maltrato desde las Defensorías del Niño y el Adolescente (24 horas lectivas) y un curso de conciliación extrajudicial especializado en familia para las Defensorías del Niño y el Adolescente (65 horas lectivas). En este marco, en el año 2007, se realizaron 19 eventos de capacitación en los diferentes niveles ya señalados, con la asistencia de 556 defensores y defensoras y, durante el 2012, se han registraron 14 eventos que congregaron a 463 participantes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 16).

Cuadro 1

Cursos básicos y especializados a integrantes de defensorías del niño y del adolescente 2007-2011

Características

2007

2008

2009

2010

2011

2012*

Eventos realizados

19

22

17

19

15

14

Asistencia

556

685

601

514

518

463

Fuente : MIMP-Dirección de Sistemas Locales y Defensorí as .

Hasta el 14 de diciembre .

Se realizaron, además, eventos de intercambio de experiencias, dentro de los cuales tiene una importancia especial el Congreso Nacional de Defensorías del Niño y el Adolescente, que anualmente se lleva a cabo en el mes de noviembre con la asistencia en promedio de 350 defensores y defensoras de todo el país, además de profesionales de gobiernos regionales y de las Unidades de Gestión Educativa Local. Durante el período 2006-2012 se desarrollaron siete de estos congresos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 16).

De acuerdo a la Ley N° 27972¸ Ley Orgánica de Municipalidades, las DEMUNAS dependen financieramente de los recursos asignados por las municipalidades. Desde el MIMP se promueve el apoyo tanto de la empresa privada como de la cooperación internacional para el funcionamiento de este mecanismo de defensa de los derechos de niños, niñas y adolescente (CRC/C/PER/CO/3, párr. 16).

Cabe destacar que todos los sectores del Estado que tienen funciones vinculadas con niños, niñas y adolescentes realizan acciones de capacitación dirigidas a su personal para el mejor abordaje de sus derechos. En algunos casos, esta capacitación está integrada a los currículos formativos sectoriales y, en otros, se desarrollan acciones de actualización y especialización.

El MIMP cuenta con una propuesta formativa para operadores y operadoras de DEMUNAS. En otros eventos informativos, de intercambio y de capacitación, estos temas se dirigen a operadores y operadoras de otros sectores, en el entendido que la intervención para la promoción, atención y vigilancia de los derechos de niños, niñas y adolescentes es integral y compete a los diferentes organismos públicos y privados del país.

El MINEDU realiza acciones de capacitación permanente tanto para los y las docentes del nivel primario, secundario y de la modalidad de Educación Básica Alternativa (EBA). Desde el año 2006, este sector promueve la campaña “Tengo derecho al buen trato” (Resolución Ministerial N° 0105-2006-ED del 3 de marzo de 2006) en las Direcciones Regionales de Educación (DRE), Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) e instituciones educativas de todo el país, orientada a sensibilizar y promover los derechos de niños, niñas y adolescentes; prevenir el maltrato físico, psicológico, el abuso sexual y todo tipo de discriminación; y promover la convivencia y disciplina escolar. Además se ejecuta la campaña “Cuidar mi cuerpo”, dirigida a prevenir en la comunidad educativa el maltrato físico, psicológico, sexual y todo tipo de discriminación contra los estudiantes de Educación Básica (Resolución Viceministerial N° 033-2006-ED publicada el 23 de octubre de 2006). Para la ejecución de estas campañas se realizan acciones de capacitación entre los y las docentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

Desde el Ministerio de Salud (MINSA) se ha capacitado al 100% del personal de establecimientos de salud del primer nivel de atención en la estrategia Atención Integrada de Enfermedades Prevalentes de la Infancia (AIEPI) con enfoque de derechos. Se cuenta con lineamientos de atención integral en salud para la etapa de vida niños y niñas y para la etapa adolescente. Estos lineamientos son revisados en acciones de capacitación para el personal de salud responsable de dicha atención (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

Por su parte, el MINJUS realiza periódicamente capacitaciones dirigidas a las y los operadores de justicia en temas vinculados a familia, mujer y niños, niñas y adolescentes. Se ha capacitado a conciliadores en familia, abogados y defensores en temas de trata de personas, actualizándolos en la aplicación de normas legales vigentes relacionadas con estas poblaciones y las problemáticas que las afectan. El MININTER cuenta con un manual de derechos aplicados a la función policial, donde se especifica a la población de niños, niñas y adolescentes como grupo vulnerable. Dentro de la formación y de la práctica de la Policía Nacional del Perú (PNP) se ha institucionalizado la protección y un abordaje diferente cuando se trata de esta población (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

La División de la Familia (DIVIFAM) de la VII Dirección Territorial de Policía (DIRTEPOL Lima) ha desarrollado 103 cursos, talleres y seminarios de capacitación dirigidos a 7815 efectivos entre oficiales, suboficiales y especialistas de la PNP, de los cuales 2.979 son mujeres y 4.836 hombres. Estas acciones de capacitación se centran en los temas de difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño, atención de casos de violencia familiar y sexual, género e igualdad de oportunidades, trata de personas, abuso sexual, feminicidio y redes locales y estrategias de intervención en redes. Por Resolución Directoral N° 1724-2006-DGPNP (17 de agosto de 2006), la DIVIFAM promulgó el “Manual de procedimientos policiales operativos en la intervención con la familia” para los casos de violencia familiar y ha sido materia de publicación y distribución entre el personal PNP (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

La Escuela del MPFN desarrolla también actividades de capacitación dirigidas a las y los magistrados y personal administrativo, abordando temas como: “Adolescentes en conflicto con la ley penal, legislación y problemática”, “Conferencia sobre la Convención de los Derechos del Niño”, “Seminario internacional de trata de personas”, “Curso de técnicas de entrevista forense a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual”, “Curso taller sobre el uso de la guía de entrevista única a niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual” (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

De igual manera, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como su máxima autoridad, aprobó por Resolución Interna del 3 de marzo de 2009, en referencia al Oficio N° 133-2008-PNAIA, que se realicen capacitación a magistrados penales, mixtos, de familia, auxiliares jurisdiccionales y administrativos, y que se incluya a funcionarios de las otras instituciones que operan en el sistema de administración de justicia en los eventos relativos al tema de derechos de los niños, niñas y adolescentes que se organicen en cada distrito judicial. Esta resolución se ha difundido a nivel nacional para su cumplimiento. Al respecto, la Subgerencia de Capacitación de la Gerencia General del Poder Judicial, del año 2009 al 2012 realizó 15 talleres abordando la temática del niño y adolescente, logrando capacitar a 571 jueces y 200 servidores judiciales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 25).

E.Información relativa a niños, niñas y adolescentes

La información poblacional y la concerniente a las condiciones globales en las que viven y se desarrollan los niños, niñas y adolescentes son reportadas al país por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), con datos que provienen de los censos nacionales y encuestas que dicha entidad ejecuta. Los temas abordados por las encuestas son: educación, condiciones de vida en el hogar, medio ambiente, desarrollo humano, género, empleo e ingreso, indicadores de las metas del milenio, salud, desnutrición crónica, vivienda y pobreza.

Estos temas son investigados en el ámbito nacional y los indicadores específicos que reportan permiten contar con estadísticas relativas a: número de niños, niñas y adolescentes que viven en el país, tasa de nacimientos, mortalidad infantil, desnutrición crónica, matrícula y asistencia escolar, niños, niñas y adolescentes que trabajan, hogares con acceso a agua segura y saneamiento, niños y niñas con episodios de infecciones respiratorias agudas (IRA) y enfermedades diarreicas agudas (EDA), entre otras. Además, recopila información proveniente de los registros administrativos sectoriales sobre aspectos sensibles de los niños, niñas y adolescentes, tales como aquellos y aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, aquellos albergados, etc.

El sector Educación dispone de información estadística de la calidad educativa (ESCALE) en la Educación Básica Regular (nivel Inicial, Primaria y Secundaria), Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial, con indicadores relativos a logros de aprendizaje, cobertura neta, acceso por edades, acceso de población con necesidades especiales, suficiencia de la oferta educativa en el ámbito rural, atraso y deserción escolar, infraestructura, entre otros (CRC/C/PER/CO/3, párr. 22).

Adicionalmente se cuenta en el país con el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, que es la base de datos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), del MIMP, donde se dispone de informaciones actualizadas acerca de la población con discapacidad, incluidas niños, niñas y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. N° 22).

El Sistema de Información del Programa Cuna Más Wawanet, es un programa de software para el registro y evaluación de los resultados del trabajo en la población infantil beneficiaria del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS). Este sistema permite captar en forma individualizada sobre logros y cambios que se esperan en cada niño y niña beneficiarios del país. A esos datos se suma la recogida de información respecto de su entorno familiar, social, regional y económico (CRC/C/PER/CO/3, párr. 22).

En términos generales puede señalarse que existen diversos sistemas de recopilación de datos sobre la aplicación de la normativa existente en materia de derechos de los niños, niñas y adolescentes, los mismos que están siendo objeto de mejoras tales como la inclusión de indicadores más específicos, sobre todo para poblaciones de niños, niñas y adolescentes de comunidades nativas y en condiciones de especial vulnerabilidad, como las señaladas en el año 2006 por el Comité (CRC/C/PER/CO/3, párr. 22).

F.Sistemas de información actualizados y oportunos sobre la situación de la niñez y la adolescencia a nivel nacional, regional y local

El Estado peruano ha desarrollado los siguientes sistemas de información sobre niñez y adolescencia considerados como confiables y oportunos:

Sistema de Monitoreo y Evaluación del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (2002-2010) ‒ SIMONE: desde el año 2006 se ha empleado el sistema de base de datos (DevInfo versión 6.0), a la fecha se cuenta con información actualizada a nivel multisectorial en el marco del PNAIA 2002-2010 de los años 2006 al 2010.

Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (RETA-PNP) a cargo del Ministerio del Interior, el cual tiene como finalidad contar con un registro de los casos de Trata de Personas. Dicho Sistema contiene indicadores sobre denuncias, diligencias policiales, lugares, hechos, identificación de personas (edad, sexo) y tipificación sobre la trata de personas de conformidad con la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.

El Ministerio de Educación cuenta con sistema de monitoreo denominado Estadística de la Calidad Educativa (ESCALE) en la Educación Básica Regular (nivel Inicial, Primaria y Secundaria), Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial, con indicadores relativos a logros de aprendizaje, cobertura neta, acceso por edades, acceso de población con necesidades especiales, suficiencia de la oferta educativa en el ámbito rural, atraso y deserción escolar, infraestructura, entre otros. En el año 2010, se realizó el diseño y elaboración del Aplicativo Estadístico (EBEDAT), en el marco del Programa de Desarrollo de Inclusión Educativa y Social (Lima Metropolitana, Lima Provincias, Ica, La Libertad, Piura y Cajamarca), financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con el fin de promover el levantamiento de una data estadística en el tema de discapacidad.

Sistema de Información y Apoyo a la Gestión Educativa (SIAGIE): este sistema permitirá a las Instituciones Educativas crear una base de datos con registros históricos de los alumnos, a partir del cual se podrá generar nóminas de matrícula, fichas únicas del educando, lista de alumnos, identificación con Documento Nacional de Identidad (DNI), registros de evaluación, actas de evaluación y demás documentos necesarios para la gestión administrativa de la Institución Educativa. Ello facilitará la realización de estudios de impacto.

EL Sistema de Registro Nacional en Violencia Familiar y Sexual, del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS) cuenta con un sistema de estadísticas continuas en el tema de violencia familiar y sexual conformado por un conjunto de procesos que integra todos sus servicios para producir información estadística basada en Registros Administrativos. Desde su creación en abril del año 2001, el PNCVFS impulsó la creación de sistemas de registro para visualizar la problemática de violencia en un contexto en el que la información sobre el tema era escasa. De ahí hasta la fecha se han ido validando metodologías que se adaptan a diversas condiciones adversas, como la presencia de servicios en zonas remotas con limitado acceso informático y tecnológico.

II.Definición del niño (art. 1 de la Convención)

El artículo I del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, desde el año 2000, no registra variación, definiendo como niño o niña a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los 12 años de edad y adolescente desde los 12 hasta cumplir los 18 años de edad.

A.Población nacional de niñas, niños y adolescentes

Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en el año 2011, la población de país se acerca a 30 millones de personas, de la cual el 36% se encuentra conformada por niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años (10.550.968).

Asimismo, según el XI Censo de Población y VI de Vivienda 2007 se estima que la población menor de 18 años de edad es de 10.012.730. De este grupo 5.091.007 son varones y 4.921.723 mujeres.

El porcentaje de población menor de 18 años de edad ha venido descendiendo en las cinco últimas décadas. El descenso de la fecundidad ha ocasionado que la tasa de crecimiento promedio anual de la población descienda del 2,8% alcanzada en el periodo 1961-1972, hasta 1,6% para el periodo 1993-2007 según los Censos Nacionales de esos años.

Los progresos en la atención y acceso a la salud, a las inmunizaciones, a los servicios de agua potable y saneamiento básico, han permitido que mejore la calidad de vida y la sobrevivencia. También ha influido el mayor acceso a los métodos de planificación familiar y ha distanciado el periodo de tiempo que transcurre entre los nacimientos. Al cambiar la composición por edades de la estructura poblacional del país, con una tasa de crecimiento cada vez menor, la pirámide de población se estrecha en su base y se amplía en su cúspide. Se estima que este proceso continúe en los años venideros, lo cual tendrá profundas consecuencias en la formación de un amplio espectro de demandas sociales. El cambio en la estructura por edad presenta beneficios tangibles al generar una ventana de oportunidad debido a la disminución de la razón de dependencia, es decir, a una relación cada vez más favorable entre la población de edades dependientes (niñas, niños, adolescentes y adultos mayores) y la población en edad de trabajar.

B.Matrimonio de adolescentes

Según el artículo 241, inciso 1 del Código Civil vigente, los adolescentes pueden contraer matrimonio excepcionalmente, a condición que el juez brinde una dispensa de impedimento por motivos justificados y siempre que los contrayentes tengan, como mínimo, 16 años cumplidos y manifiesten expresamente su voluntad de casarse.

De igual manera, se debe tener en consideración la Ley N° 29274, la cual modifica el artículo 46 del Código Civil que regula el cese de la incapacidad de los mayores de 14 años que tienen hijos. En tal sentido, este grupo de menores de edad tienen capacidad para realizar los siguientes actos: reconocer a sus hijos, demandar por gastos de embarazo y parto, demandar y ser parte en los procesos de tenencia y alimentos a favor de sus hijos, demandar y ser parte en los procesos de filiación extramatrimonial de sus hijos.

III.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12 de la Convención)

A.No discriminación

El artículo 2.2 de la Constitución Política del Perú (en adelante, “Constitución”), que recoge los derechos fundamentales de la persona humana, establece el derecho a la igualdad de la siguiente manera:

“ Artículo  2. Toda persona tiene derecho: (…) 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”.

El Tribunal Constitucional (TC), órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad ha señalado que la igualdad consagrada en el artículo 2.2 de la Constitución detenta la doble condición de principio y derecho fundamental. En cuanto principio, constituye el enunciado de un contenido material objetivo que, en tanto componente axiológico del fundamento del ordenamiento constitucional, vincula de modo general y se proyecta sobre todo el ordenamiento jurídico. En cuanto derecho fundamental, constituye el reconocimiento de un auténtico derecho subjetivo, esto es, la titularidad de la persona sobre un bien constitucional, la igualdad, oponible a un destinatario.

Ahora bien, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución establece que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú. Este sentido interpretativo es recogido, asimismo, por el Código Procesal Constitucional, en cuyo artículo V de su Título Preliminar señala:

Artículo  V . El contenido y alcances de los derechos constitucionales protegidos por los procesos regulados en el presente Código deben interpretarse de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados sobre derechos humanos, así como de las decisiones adoptadas por los tribunales internacionales sobre derechos humanos constituidos según tratados de los que el Perú es Parte” (resaltado agregado).

Cabe relievar que toda norma interna se encuentra sujeta al principio de constitucionalidad, es decir, no puede contravenir la Constitución. En palabras del Tribunal Constitucional: “No hay norma jurídica alguna que pueda encontrarse desligada de la Norma Suprema que es la que preside, informa y fundamenta la validez de todo el ordenamiento jurídico”.

Finalmente, el Código Penal (CP) sanciona el delito de discriminación, haciendo referencia expresa que los actos discriminatorios cometidos por funcionarios públicos son castigados con una pena mayor.

El Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 (PNDH) estableció como Línea Estratégica N° 4 la implementación de políticas públicas a favor de los derechos de los sectores de la población en “condición de mayor vulnerabilidad, en condiciones de igualdad de trato y sin discriminación”, señalando, además, como Objetivo Estratégico N° 4 “Garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia”.

En cuanto a la normativa existente que proscribe la discriminación de las niños, niñas y adolescentes; la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres, señala en su artículo 3, apdo. d, el reconocimiento y respeto a las niñas, niños y adolescentes afectados por la discriminación. Por otro lado, la Ley N° 29174, Ley General de Centros de Atención Residencial de Niñas, Niños y Adolescentes, establece en su artículo III, inciso 7 el respeto al principio de igualdad y no discriminación a favor de las niñas, niños y adolescentes; la Ley N° 29600, Ley que fomenta la Reinserción Escolar por embarazo, establece en su artículo 2 la prohibición a las Instituciones Educativas de expulsar o limitar de algún modo el acceso al régimen escolar de las alumnas embarazadas o madres, estableciendo además la obligación de generar indicadores sobre su avance en la aplicación de métodos para prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación por razones de embarazo o maternidad. Asimismo, la Ley N° 29635, Ley de Libertad Religiosa, tiene como finalidad evitar acciones u omisiones que discriminen a una persona (entre ellas niñas, niños y adolescentes) en razón de sus creencias religiosas. De igual manera, el Ministerio de Educación (MINEDU) emitió la Resolución Directoral N° 0086-2008-ED, que aprueba la Directiva N° 041-2008-ME-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en Direcciones Regionales de Educación (DRE), Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) e Instituciones Educativas (IIE), donde se promueve la no discriminación, por parte de la comunidad educativa, de la estudiante embarazada al interior de la institución educativa.

Por su parte, el MINJUS creó, en el 2007, el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social (PRONELIS). El PRONELIS fue creado mediante Resolución Ministerial N° 292-2007-JUS y modificado mediante Resolución Ministerial N° 0056-2012-JUS. Actualmente, la conducción e implementación de las actividades de capacitación legal del PRONELIS se encuentra a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos del MINJUS. Este programa se encuentra orientado a promover la inclusión social a través de la capacitación y formación de la población más vulnerable sobre sus derechos con el fin que accedan a la justicia, siendo que una de sus líneas de capacitación es, precisamente, el derecho a la igualdad y no discriminación. En el marco del PRONELIS se han capacitado, entre el 2007 y 2009, a 30.839 personas, entre líderes sociales y estudiantes de educación secundaria, en todas las regiones del país.

B.Aplicación de la pena de muerte a los niños, niñas y adolescentes y derecho a la vida

La mortalidad en las etapas neonatal, infantil, y de la niñez, han tenido una reducción relativamente simétrica según los datos de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) 2012, entre el período 1999 a 2011. El INEI en el reporte anual “Indicadores de Resultado de los programas estratégicos 2012” informa que para el decenio terminado en 2012, la tasa de mortalidad neonatal (10 años anteriores a la encuesta) es de 13 defunciones por cada 1.000 nacidos vivos; aunque es mayor que en el 2011. Así mismo según los reportes del boletín epidemiológico N° 52, durante el año 2012 se notificaron 7.024 defunciones, entre fetales y neonatales. A septiembre del 2012 la tasa de mortalidad neonatal se aproximó a 9,97 por 1.000 nacidos vivos

La Constitución Política del Perú, tanto en el inciso 1 del artículo 2, que garantiza el derecho a la vida de todas las personas, como en el artículo 4, que establece la protección constitucional a los derechos de las niñas, niños y adolescentes por parte de la sociedad y el Estado, se constituye como fuente normativa importante que garantiza el derecho a la supervivencia de los niños, niñas y adolescentes.

En cuanto a la aplicación de la pena de muerte, la Constitución Política del Perú, promulgada en 1993 establece la pena de muerte únicamente para delitos excepcionales (terrorismo y traición a la patria en caso de guerra). No obstante, la última condena a pena de muerte, así como su ejecución, se produjo en el año 1979, fecha desde la cual no se han vuelto a producir prácticas de este tipo. En tal sentido, el Perú ha mantenido una política abolicionista de facto respecto de la aplicación de la pena de muerte. Cabe precisar, además, que la aplicación de la pena de muerte a niños, niñas y adolescentes resulta inviable en atención a los tratados sobre derechos humanos de los cuales el Perú es Estado parte.

El Estado peruano ha implementado acciones de prevención del suicidio en niños, niñas y adolescentes. Así, el Ministerio de Salud por Resolución Ministerial 771-2004/MINSA establece la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz, elaborada en base a los Lineamientos para la Acción en Salud Mental, que tiene como objetivo brindar orientación para constituir las bases de planificación de las acciones de salud mental en el país. El MINSA reporta que en el año 2012 el 56% de las muertes de adolescentes embarazadas por causas indirectas fueron reportadas por suicidio. Cabe precisar que si bien el número total de suicidios se redujo en los últimos tres años, la tasa en niños y adolescentes pasó de representar del 10% del total de suicidios en el 2009 al 12% en el 2010.

C.Interés superior del niño

Diversos instrumentos normativos reconocen expresamente el interés superior del niño; entre ellos: la Ley N° 29174; la Ley General de Centros de Atención Residencial de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley N° 28683, Ley que establece la atención preferencial a las mujeres embarazadas, las niñas, los niños, los adultos mayores, en lugares de atención al público; y la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.

Por su parte, el Tribunal Constitucional peruano ha señalado que el principio del interés superior del niño se encuentra implícitamente reconocido en el artículo 4° de la Constitución y en base a él las acciones del Estado, la sociedad, la comunidad y la familia, en lo que respecta a la protección de los niños y a la promoción, preservación, ejercicio y disfrute de sus derechos, deben estar orientadas a lograr su pleno bienestar físico, psíquico, moral, intelectual, espiritual y social. Así, para el máximo intérprete de la Constitución, la elaboración, interpretación y aplicación de las normas relacionadas con los niños, así como las políticas públicas y programas sociales, deban estar dirigidas al pleno, armonioso e integral desarrollo de su personalidad en condiciones de libertad, bienestar y dignidad.

D.Respeto por las opiniones del niño, niña y adolescente

Mediante la Resolución Ministerial N° 355-2009-MIMDES se constituyó el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) como instancia consultiva de la entonces Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes (hoy Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes-DGNNA) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que tiene como principales funciones asesorar de manera permanente a la DGNNA, participar en la elaboración, diseño e implementación de políticas públicas sobre infancia y adolescencia, así como elevar propuestas y apoyar en la vigilancia de la protección y promoción de los derechos del niño, la niña y el adolescente. Los CCONNA reportados a nivel nacional, a diciembre del 2012, fueron 44 (ver anexo I).

Dentro del ámbito escolar, los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) constituyen órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana. A la fecha, los CONEI cuentan con la participación de alrededor de 24.998 estudiantes a nivel nacional.

Vale precisar que en el 2011 se constituyeron seis CCONNA: dos en Lima (en representación de Lima Metropolitana y el distrito de Miraflores) y dos en el interior de país (en el distrito de Santiago del Cusco y a nivel regional en Amazonas). En el año 2012 se cuentan con 29 CCONNA conformados a nivel nacional (1 regional, 5 provinciales y 8 distritales).

Mediante la Resolución Viceministerial N° 0019-2007-ED, el Ministerio de Educación (MINEDU), aprobaron las “Normas y orientaciones para la organización e implementación de los Municipios Escolares”, cuyo objetivo es crear en las instituciones educativas espacios que promuevan prácticas de organización y participación democrática que inicien a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de sus deberes y derechos ciudadanos; institucionalizar un modelo organizativo de participación democrática escolar que promueva experiencias educativas de los estudiantes e involucrar a la comunidad educativa integrada por los directivos, docentes, personal administrativo, padres de familia y el alumnado en general, en el desarrollo de actividades orientadas al bienestar del estudiante, a su participación activa y a la promoción y defensa de sus derechos, así como la asunción y cumplimiento de sus responsabilidades.

En este marco, se han desarrollado acciones educativas orientadas a promover la participación y la opinión de los y las estudiantes en las áreas curriculares de Personal Social (nivel Primaria) y Personal, Familia y Relaciones Humanas (nivel Secundaria) en la Educación Básica Regular. En 2008, en las instituciones educativas de Educación Básica Regular se han organizado 9.481 municipios escolares, las que cuentan con sus respectivos Consejos de Participación Estudiantil. Asimismo, en la Propuesta Pedagógica de Educación Inicial (2008) se brindan orientaciones a las promotoras educativas comunitarias y docentes en el marco del “Principio de autonomía”, que incide en la participación de los niños y niñas desde su propia iniciativa, de acuerdo a sus posibilidades, nivel de maduración y según sus propios intereses.

De otro lado, la Ley N° 28044, Ley General de Educación dispone, en su artículo 53, que a los estudiantes les corresponde el derecho a opinar y a organizarse para participar en la escuela y la comunidad, a través del Municipio Escolar u otras formas de organización estudiantil como mecanismos que favorecen el ejercicio de sus derechos y su ciudadanía. En este marco, mediante Resolución Vice Ministerial N° 0067-2011-ED se aprobaron las “Normas y Orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares”.

Existen otros espacios promovidos por la administración pública a través de los cuales se hace efectiva la participación de los niños, niñas y adolescentes en los asuntos relacionados con su desarrollo integral, su entorno y con las políticas públicas. Así, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha construido el Resultado Esperado N° 18 “NNA participan en el ciclo de políticas públicas que les involucran o interesan” con los representantes del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el marco del PNAIA 2012-2021. Por su parte, el MININTER a través de la Policía Nacional del Perú (PNP) ha implementado programas, desde el 2006, tales como: “Club Amigos de la Policía”, “Patrullas Juveniles”, “Programa Colibrí”, “Programa de Autoprotección Escolar” en centros educativos, desarrollando actividades que fomentan el buen uso del tiempo libre de los niños, niñas y adolescentes, en lugares como Lima, Tumbes, Piura, Chiclayo, Tarapoto, Pucallpa, Trujillo, Arequipa, Ica, Pasco y Huancavelica. En el año 2007, continuó la difusión e implementación de estos programas con una mayor cobertura a nivel nacional, contándose en esta oportunidad con el apoyo del Instituto Peruano del Deporte (IPD).

El MINSA, asimismo, ha venido fomentando la participación de los y las adolescentes en la toma de decisiones relacionadas a su desarrollo integral, a través de la realización de Encuentros Juveniles en las diversas regiones del país.

IV.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8, 13 a 17 y 37 a) de la Convención)

A.Derecho a la identidad

El PNAIA 2002-2010 contempló como Objetivo Estratégico 1 “Asegurar una vida sana a niñas y niños de 0 a 5 años” e incluyó como Resultado N° 2 “Derecho universal al nombre y la identidad para todos los niños y niñas”. Es así que, teniendo como uno de sus referentes al PNAIA 2002-2010, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) elaboró el Plan Nacional de Restitución de la Identidad “Documentando a las Personas Indocumentadas”, el cual fue ejecutado durante el periodo 2005-2009.

Este Plan tuvo la finalidad de abordar la problemática de las personas indocumentadas a través de la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de acciones orientadas a documentar a quienes se encuentran en tal situación, proponiendo a su vez cambios estructurales, normativos y tecnológicos, entre otros que prevengan el crecimiento de la población indocumentada.

Los resultados logrados en el acceso al derecho a la identidad han sido satisfactorios. A junio de 2012, el 91,6% de los menores de 0­17 años cuentan con un Documento Nacional de Identidad (DNI), cifra que se ha visto incrementada desde el 2008, año en que apenas un 27,5% de menores de edad se encontraba identificado.

El Programa Presupuestal “Acceso de la Población a la Identidad”, a cargo del RENIEC, tiene como objetivo incrementar la cobertura de los servicios de identificación y hechos vitales a través de la emisión del DNI y el Acta de Nacimiento para los mayores y menores de edad a nivel nacional. En este marco, en el 2009 se asignó al programa un presupuesto ascendiente a 28.000.000 nuevos soles (unos 10.700.000 dólares), presupuesto que se incrementó significativamente al 2012, ascendiente a 229.800.000 nuevos soles (unos 88 millones de dólares).

El MINSA, en coordinación con el RENIEC, iniciaron en marzo del 2012 la implementación del Sistema de Información para el Registro en Línea del Certificado de Nacido Vivo (CNV) a nivel nacional, a través del cual se capacita al profesional de salud a fin de que certifique inmediatamente y en línea la información de la madre y del recién nacido en el establecimiento de salud para la emisión del CNV.

En términos porcentuales, las tasas más elevadas de indocumentados corresponden a zonas rurales de la selva. Por tal motivo, se vienen realizando una serie de intervenciones para revertir dicha situación, entre las cuales cabe mencionar la gratuidad de los trámites, así como desplazamientos por río y la incorporación de pobladores nativos en las labores de registro civil e identificación. En mérito a una alianza estratégica entre el UNICEF  y el RENIEC, desde junio de 2011, se vienen realizando intervenciones en 69 comunidades nativas amazónicas ubicadas en la región Loreto.

Asimismo, a través de sus Oficinas de Registro del Estado Civil (OREC), el RENIEC realiza el registro de nacimientos ocurridos en las zonas rurales. Así, al 2012 existen 2.576 OREC ubicadas en las municipalidades de centros poblados, comunidades nativas y centros poblados. Del 2005 al 2012 estas han registrado un total de 153.266 nacimientos en zonas rurales.

B.Derecho a la libertad de expresión

La Constitución Política reconoce, en su artículo 2, inciso 4, que toda persona tiene derecho a: “las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita, o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”. En el mismo sentido, el Código de Niños y Adolescentes consagra en su artículo 10 el derecho a la libertad de expresión en sus distintas manifestaciones, como vehículo para un adecuado uso y disfrute de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El Estado peruano ha implementado algunos espacios que promueven la libertad de expresión de los niños, niñas y adolescentes. Así, el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, se constituye en una instancia consultiva de la DGNNA del MIMP que facilita un espacio adecuado y organizado para el ejercicio del derecho de expresión, así como de los derechos conexos a buscar, recibir y difundir información.

Finalmente, es preciso señalar, que desde el Estado se promueve, además, otros espacios en los que se generan condiciones para el desarrollo y promoción del derecho de expresión de los niños, niñas y adolescentes, como son los Consejos Educativos Institucionales (CONEI) en el marco de la Ley General de Educación y los Municipios Escolares.

C.Derecho a la libertad religiosa

La Constitución Política del Perú y el Código de los Niños y Adolescentes señalan que la educación religiosa se impartirá con respeto a la libertad de pensamiento y conciencia, teniendo en consideración el respeto al derecho de los padres o de sus responsables de guiar al niño en el desarrollo de este derecho.

En reconocimiento del derecho fundamental a la libertad religiosa, en el 2010 se publicó la Ley N° 29635, Ley que regula la libertad religiosa, estableciendo, entre otros aspectos, la obligación de las instituciones educativas, en todos sus niveles y modalidades, a respetar el derecho de los alumnos a exonerarse de los cursos de religión por motivos de conciencia o en razón de sus convicciones religiosas sin verse afectados en su promedio académico.

D.Uso de tecnología en el ámbito educativo

En el 2007 se aprobó la Ley N° 29109, que autorizó para dicho año un crédito suplementario en el presupuesto del sector público para la adquisición de laptops para alumnos de instituciones educativas públicas del nivel Primario y a nivel nacional, hasta por la suma de 22.560.000 nuevos soles (aprox. 8.057.142 dólares). Los recursos aprobados han sido destinados a la adquisición de computadoras para el programa “Una laptop por Niño” ejecutada por el MINEDU y distribuidos prioritariamente a las instituciones educativas unidocentes y multigrados en función del índice de desarrollo humano de nivel distrital; los gobiernos regionales se adhieren al programa mediante convenios celebrados con el MINEDU. Entre los años 2006 y 2010 se equiparon 10.505 instituciones educativas (13 de nivel inicial, 10.324 de primaria y 168 de secundaria).

El avance físico y presupuestal alcanzado durante el año 2011, en el marco del Programa “Una Laptop por Niño” – primaria es significativo ya que se distribuyó un total de 290.278 laptops XO, 53.830 paneles solares, 40.583 kits de robótica, los cuales benefician a un total de 2.113.897 alumnos y 20.048 instituciones educativas públicas del nivel primaria a nivel nacional. Además, se involucró a 94.522 docentes en capacitación o aprovechamiento pedagógico de las laptops XO a nivel nacional. Con relación a la implementación de Centros de Recursos Tecnológicos (CRT secundaria) 3.º etapa de “Una laptop por niño”, se distribuyó las primeras 136.107 laptop s XO, 274 paneles solares que benefició a 1.115.607 alumnos de 3.717 instituciones educativas a nivel nacional.

El MINEDU, en el año 2009, distribuyó 5.087 Módulos de Bibliotecas Infantiles para niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) de cuatro regiones priorizadas (Ayacucho, Apurímac, Huánuco y Huancavelica). Durante el 2010, se logró distribuir 9.886 Módulos de Biblioteca de Aula para los niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y PRONOEI de cinco regiones priorizadas (Lima Provincias, Lima Metropolitana, Junín, Callao y Cusco-VRAE).

En el año 2011, se distribuyeron 25.865 módulos de cuentos oriundos en Quechua Chanka y Quechua (literatura infantil para 18 regiones); 30.618 módulos de biblioteca de aula y textos informativos de Educación Inicial y 11.343 módulo que contienen sólo textos informativos; 24.412 módulos de materiales educativos (16 regiones), 1.119 módulos de materiales educativos por ampliación de cobertura (15 regiones) y 14.771 módulos de materiales manipulativos (9 regiones), para las áreas de comunicación y matemáticas.

E.Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Respecto a las campañas de sensibilización y las medidas adoptadas contra los castigos corporales, siguiendo la recomendación del párrafo 43 de las observaciones finales del Comité sobre el tercer informe periódico del Estado Peruano (CRC/PER/CO/3), en 2002, se conformó un consorcio de ONG denominado “Pacto por el Buen Trato” con el apoyo y la asesoría de Save the Children. Este consorcio llevó a cabo la campaña “Vacunación por el Buen Trato”. Save the Children forma parte del Colectivo “Adiós al Castigo Físico y Humillante”, que busca incidir social y políticamente para contribuir a la erradicación de esta problemática. Asimismo, en 2009, mediante la Adjuntía para la Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, elaboró el Documento Defensorial N° 4 “¡Adiós al castigo! contra el castigo físico y humillante a niños, niñas y adolescentes”, donde se recomienda la prohibición explícita de todo castigo físico y humillante.

Por otro lado, el Congreso de la República ha aprobado a nivel de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos (el 28 de diciembre del 2011), y la Comisión de la Mujer y Familia (30 de marzo del 2012), el dictamen del Proyecto de Ley N° 661/2011-CR “Ley que prohíbe el castigo corporal y trato humillante a niñas, niños y adolescentes” quedando pendiente su aprobación y promulgación por el pleno del Congreso de la República. Asimismo, se ha incorporado como propuesta modificatoria un nuevo texto de los artículos 4, 16 y 45 y apdo. d) del artículo 74 del Código de los Niños y Adolescentes, así como la modificación del artículo 423 del Código Civil, y la incorporación del tratamiento terapéutico en el artículo 128 del Código Penal. El objetivo principal de esta propuesta de ley es declarar la prohibición del castigo corporal y el trato humillante a los niños, niñas y adolescentes.

Igualmente, se ha propuesto que el artículo 74 del Código de los Niños y Adolescentes, referido a los derechos y deberes de los padres que ejercen la patria potestad (art. 96 del anteproyecto: “Responsabilidad Parental”), proponga como deber y derecho de los padres: “Emplear mecanismos de crianza y corrección que no vulneren sus derechos ni impliquen prácticas de castigo físico y humillante”.

La Resolución Directoral 086-2008-ED, que aprueba la Directiva N° 041-2008-ME-VMGP/DITOE, “Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las direcciones regionales de educación, unidades de gestión educativa local e instituciones educativas” establece la prohibición de sanciones que impliquen cualquier tipo de maltrato y medidas disciplinarias que constituyan castigos físicos y psicológicos hacia los estudiantes de instituciones educativas públicas y privadas.

De conformidad con la Ley N° 27942, el Decreto Supremo N° 010-2003-MIMDES y los lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de Instituciones Educativas aprobados por Resolución Ministerial N° 0405-ED (12.09.2007) se efectuarán acciones de prevención y detección del personal que incurra en estas faltas, que serán denunciadas conforme a ley.

En las acciones de difusión que realizan tanto el MIMP como los sectores Educación y Salud, se divulgan propuestas para evitar toda clase de castigo físico y humillante como forma de crianza y se promueven modalidades respetuosas de los derechos para resolver los conflictos.

V.Entorno familiar y otro tipo de tutela (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 19 a 21, 25, 27 (párr. 4) y 39 de la Convención)

A.Entorno familiar y orientación de los padres impartida en consonancia con la evolución de las facultades del niño

El artículo 418 del Código Civil, Decreto Legislativo N° 295, mediante el cual se reconoce que por la patria potestad los padres tienen el deber y el derecho de cuidar a la persona y bienes de sus hijos menores no presenta variación. En esa línea, se mantienen las disposiciones del artículo 74 del Código de los Niños y Adolescentes, en el que se establecen cuáles son los deberes y derechos de los padres de acuerdo a la patria potestad.

B.Obligaciones comunes de los padres, asistencia a los padres y prestación de servicios de atención infantil

1.Obligaciones comunes

En esa línea, el ordenamiento jurídico establece que los deberes y derechos de los padres respecto de sus hijos e hijas son:

a)Velar por su desarrollo integral;

b)Proveer su sostenimiento y educación;

c)Dirigir su proceso educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes;

d)Darles buenos ejemplos de vida y corregirlos moderadamente. Cuando su acción no bastare podrán recurrir a la autoridad competente;

e)Tenerlos en su compañía y recurrir a la autoridad si fuere necesario para recuperarlos;

f)Representarlos en los actos de la vida civil mientras no adquieran la capacidad de ejercicio y la responsabilidad civil;

g)Recibir ayuda de ellos atendiendo a su edad y condición y sin perjudicar su atención;

h)Administrar y usufructuar sus bienes.

Por otro lado, la Ley N° 29409, del 19 de setiembre de 2009 concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada, con el objetivo de que los padres puedan velar por el desarrollo de sus hijos de manera adecuada.

2.Asistencia a las familias

El Estado peruano creó, el 7 de abril de 2005, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres (Programa JUNTOS), programa de transferencias monetarias condicionadas creado, mediante Decreto Supremo N° 032-2005-PCM. Esta estrategia de lucha para la superación de la pobreza sirve como medio de apoyo a familias vulnerables. JUNTOS entrega un incentivo bimensual de 200 nuevos soles en efectivo (aproximadamente 74 dólares) —de uso libre— a las familias más necesitadas del país, motivándose así el cumplimiento de compromisos de participación en las áreas de nutrición, salud, educación e identidad, con el objetivo de restituir derechos básicos. Asimismo, es preciso señalar que Juntos incorpora a familias con mujeres gestantes y niños hasta los 14 años de edad con el objetivo de luchar contra la desnutrición crónica infantil y la pobreza extrema, priorizando a los sectores rurales.

El Programa Juntos ha reportado que entre 2005 y 2011 la pobreza total nacional se redujo en 27,8% puntos porcentuales, de 55,6% en 2005, a 27,8% en 2011 (en el ámbito rural la reducción fue de 26,4 puntos porcentuales de 82,5% en 2005, a 56,1% en  2011). Asimismo, la desnutrición crónica infantil nacional se redujo 8,5% puntos porcentuales, de 28% en 2005, a 19,5% en 2011 (en las zonas del ámbito del Programa Juntos la reducción fue de 12,2%). El Control del Crecimiento y Desarrollo (CREDS) en niños menores de 36 meses a nivel nacional se incrementó en 22,3 puntos porcentuales, de 25% en 2005, a 47,3% en 2011 (En las zonas del ámbito del Programa Juntos el incremento fue de 38,5%).

La cobertura del Programa Juntos fue de 14 regiones, 138 provincias, 1.011 distritos, 34.304 centros poblados, 3.692 establecimientos de salud y 27.751 instituciones educativas. Asimismo, el número total de hogares adscritos al VI bimestre del 2012 fue de 649.553, y de hogares abonados fue de 619.723. Se adscribieron al Programa Juntos un total de 1.584.970 niños, niñas, adolescentes y jóvenes, de los cuales se abonaron a 1.489.734. Por otro lado, el número niños, niñas, adolescentes y jóvenes usuarios afiliados al Seguro Integral de Salud (SIS) fue de 1.270.764 (81,7%).

El número niños, niñas, adolescentes y jóvenes usuarios adscritos al Programa Juntos que contaban con el Documento Nacional de Identificación (DNI) fue de 1.407.673, representando el 96,5% de esta población. Se ha registrado una progresión anual en esta afiliación: en el 2005: 0%; en el 2006: 2,4%; en el 2007: 2,8%; en el 2008: 33,5%; en el 2009: 35%; en el 2010: 72%; en el 2011: 96,3%.

En el marco del Programa Juntos, el 94,1% (487.524) de hogares cumplieron sus corresponsabilidades en salud-nutrición y educación estipulados por el Programa Juntos. Asimismo, entre setiembre del 2005 y diciembre de 2012, el total de acumulado de las transferencias de incentivos monetarios asciende a 3.138.626.315,20 nuevos soles.

Complementariamente, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2013, se han establecido medidas extraordinarias para la atención de poblaciones en situación de vulnerabilidad y con el objetivo de asegurar la escolaridad de niños entre 15 y 19 años. En ese sentido, a través de Juntos, el Estado entregará el incentivo de 300 nuevos soles (aproximadamente, 111,11 dólares) por cada hijo en ese rango de edad, que curse la secundaria y que haya asistido regularmente a clases en la Zona del Huallaga por considerarse según los señalado por la. Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), como una zona en una situación crítica con impactos inmediatos económicos y sociales, originada por las acciones de erradicación de cultivos ilícitos de coca.

3.Prestación de servicios de atención infantil

En cuanto a la asistencia de servicios educativos, el MINEDU informó que en el año 2009 se realizó la dotación de 934 módulos de Psicomotricidad para las Cunas y Salas de Educación Temprana (SET) en 15 regiones del país. Asimismo, se distribuyeron 55 módulos de Ludotecas Itinerantes (Programa JUNTOS, Subsistema MINEDU) en las regiones de Apurímac, Ayacucho, Huánuco y Huancavelica; se entregaron 1.453 módulos para las Áreas de Comunicación Integral, Lógico Matemática y Módulos de Bibliotecas Infantiles para los niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) de 77 distritos priorizados por el Programa JUNTOS de la región Cajamarca. Adicionalmente, se distribuyeron 5.087 módulos para las Áreas de Comunicación Integral, Lógico Matemática y módulos de Bibliotecas Infantiles para niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y PRONOEI de Ayacucho, Apurímac, Huánuco y Huancavelica. Durante el 2010 se logró distribuir 9.886 Módulos de Comunicación, Matemática y Módulos de Biblioteca de Aula para los niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y PRONOEI de Lima Provincias, Lima Metropolitana, Junín, Callao y Cusco ‒ VRAEM.

El Gobierno peruano diseñó el Programa Nacional Wawa Wasi en 1993 (R.M. NC 0158/-93-ED) y luego pasó, por Ley N.º 29247, a responsabilidad del entonces Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actual Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, MIMP), con servicios de cuidado diurno de niños y niñas a fin de generar condiciones favorables para el desarrollo integral de los mismos. El programa estaba orientado principalmente a aquellos en situación de riesgo y en condiciones de pobreza o extrema pobreza, para brindarles un servicio que asegure su futuro desarrollo. El Programa Wawa Wasi ha brindado atención a niñas y niños entre los 3 meses y 3 años, y desde el 2006 al 2011 ha contado con 36.686 sedes y ha atendido a 287.541 niños y niñas (ver anexo II).

En octubre del 2011, el Programa Nacional Wawa Wasi se incorporó al Programa Cuna Más, extinguiéndose el primero de ellos, de acuerdo a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792 (Ley de creación, organización y funciones del MIDIS. Este nuevo programa social focalizado, adscrito al MIDIS, tiene el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema.

Mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS del 30 de mayo de 2012, se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma como programa social del MIDIS, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales y cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas.

El Programa Integral de Nutrición (PIN) es un programa nacional con carácter integral y multisectorial, coordinando acciones con el MIMP, MINSA, MIDIS y MINEDU, así como con los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales, la cooperación internacional y la sociedad civil. Su propósito es prevenir la malnutrición en niños y niñas hasta los 12 años de edad y madres gestantes y en período de lactancia, priorizando a los menores de 3 años de edad de familias pobres o en pobreza extremos, en situación de vulnerabilidad nutricional, con el objetivo de mejorar su calidad de vida. Por ello, constituye un programa de carácter preventivo-promocional, con enfoque de derechos fundamentales según etapas del ciclo de vida, en el marco de las políticas de superación de la pobreza, desarrollo territorial y seguridad alimentaria.

Debido a la importancia que tiene la alimentación y la nutrición en determinadas etapas del desarrollo humano, el PIN interviene con enfoque de ciclo de vida, por lo que cuenta con dos subprogramas: Subprograma Infantil y Subprograma Pre Escolar y Escolar. En ambos subprogramas se desarrollan tres componentes: Alimentario, Educativo y de Monitoreo y Evaluación.

De este modo, en 2007, se atendieron 553.897 niños y niñas menores de 3 años, donde el 89% del total atendido pertenecen a los distritos del primer y segundo quintil de pobreza, que son prioridad para la atención de los subprogramas. En 2008 se atendieron 6% más beneficiarios respecto al año 2007, reportándose 588.772 niños y niñas menores de 3 años atendidos, donde el 86% del total atendido pertenecen a los distritos del primer y segundo quintil de pobreza. En 2007, el Subprograma Escolar concentró en 10 departamentos más de 100.000 beneficiarios, donde el 14% de los mismos fueron del departamento de Lima, 8% de Cajamarca y 7% de Cusco. En 2008, Lima siguió siendo el Departamento con mayor número de beneficiarios, concentrando el 14% de beneficiarios a nivel nacional con 372.498 niños y niñas atendidos, mientras que 14 departamentos superaban los 100.000 beneficiarios y el resto los 120.00. Esta situación ha ido progresando, prueba de ello es que al año 2011, Lima contaba con 340.577 beneficiarios atendidos.

El PRONAA ha ido incrementado el presupuesto ejecutado entre los años 2006 al 2010. Para el año 2011, se produjo una disminución en la inversión social (564.116.864,30 nuevos soles, aproximadamente 208.932.171,96 dólares) con respecto al año 2010 (582.608.482,81 nuevos soles, aproximadamente 215.780.919,56 dólares). Desde enero de 2012, al 20 de diciembre del 2012, se ha girado 593.377.633 nuevos soles (aproximadamente 219.769.493,70 dólares) del presupuesto del MIDIS en la ejecución del programa.

Cabe señalar que el Programa Nacional Wawa Wasi fue una de las actividades que más contribuyeron a la reducción de la desnutrición crónica: el 100% de las niñas y niños recibieron diariamente atención alimentaria, segura y nutritiva, entregándose un total de 12.961.266 raciones de alimentos a 54.876 niñas y niños durante los 251 días de atención en 2010. Durante el año 2011, el Programa Nacional Wawa Wasi (hoy Cuna Más), contribuyó con la seguridad alimentaria de 56.000 niñas y niños asistentes, en promedio, al otorgar y asegurar el consumo de 13.751.046 raciones nutritivas y seguras. La atención alimentaria, como parte de la atención integral ofrecida en los Wawa Wasi, ha contribuido en reducir la desnutrición crónica en usuarias y usuarios del servicio de 18,6% en el 2010 y a 16,7% en el 2011. La reducción de la prevalencia de desnutrición crónica en niñas y niños de los Wawa Wasi, en estos años, ha tenido mayor incidencia en la región rural, donde se disminuyó de 29,9% a 25,2%.

En el año 2012, el 13,5% de las niñas y niños menores de 5 años de edad padecía de desnutrición crónica, es decir, presentaron retardo en el crecimiento de la talla para la edad. En el transcurso de 21 años de análisis el porcentaje de menores con déficit alimenticio se redujo en 23,0 puntos porcentuales, entre las ENDES de 1991-92 y de 2012, como consecuencia de las intervenciones entre sectores y niveles de gobierno; y de la aplicación del Programa Articulado Nutricional (PAN). Asimismo, este resultado superó la meta de 18,3% para el año 2015.

C.Separación de un niño o niña de sus padres

Sigue vigente la disposición con respecto a la vigencia de la patria potestad, asegurándose de que salvo razones excepcionales, los niños no serán separados de sus padres. En ese sentido, el Código de los Niños y Adolescentes mantiene la disposición sobre suspensión de patria potestad, considerando casos como: a) la interdicción del padre o de la madre originada en causas de naturaleza civil; b) por ausencia judicialmente declarada del padre o de la madre; c) por darles órdenes, consejos o ejemplos que los corrompan; d) por permitirles la vagancia o dedicarlos a la mendicidad; e) por maltratarlos física o mentalmente; f) por negarse a prestarles alimentos; g) por separación o divorcio de los padres o por invalidez del matrimonio. En este último caso, se aplican los artículos del 81 al 87 del Código de los Niños y Adolescentes, sobre tenencia. De igual modo, la extinción de la patria potestad solo podrá darse a) por muerte de los padres o del hijo; b) porque el adolescente adquiera la mayoría de edad; c) por declaración jurada de abandono; d) por haber sido condenado por delito doloso cometido en agravio de sus hijos o en perjuicio de los mismos; e) por reincidir en las causales señaladas previamente, con respecto a corrupción del menor, vagancia, mendicidad, maltrato físico o mental y por negarse a prestar alimentos. Finalmente, también podría darse la extinción de la patria potestad por cesar la incapacidad del hijo, de acuerdo al artículo 46 del Código Civil.

Complementariamente, la Ley N° 29194 precisa en qué casos procede la pérdida de patria potestad, del 31 de octubre de 2008; el Decreto Supremo N° 014-2008-JUS que aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo N° 1070, del 30 de agosto de 2008, sobre los casos de familia; Ley N° 29269, del 4 de octubre de 2008, que modifica los artículos 81 y 84 del Código de los Niños y Adolescentes, incorporando la tenencia compartida.

D.Reunificación familiar

La legislación reconoce la posibilidad de restitución de la patria potestad en el artículo 78 del Código de los Niños y Adolescentes, cuando cese la causal que la motiva.

E.Pago de pensión alimentaria

Según establece el Código Civil en su artículo 235.º “los padres están obligados a proveer al sostenimiento, protección, educación y formación de sus hijos menores según su situación y posibilidades”. En ese sentido, se creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) mediante Ley N° 28970, del 27 de enero de 2007, donde serán inscritas, según el procedimiento establecido en dicha ley, aquellas personas que adeudan tres cuotas, sucesivas de sus obligaciones alimentarias establecidas mediante sentencias consentidas o ejecutoriadas o acuerdos conciliatorios con calidad de cosa juzgada. Asimismo, serán inscritas aquellas personas que no cumplan con pagar pensiones devengadas durante el proceso judicial de alimentos sino las cancelan en un período de tres meses desde que son exigibles.

Mediante Decreto Supremo N° 002-2007-JUS, se aprueba el Reglamento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, así como la asignación de competencias específicas a las instituciones de derecho público involucradas en el proceso, mientras que mediante la Directiva N° 004-2007-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial estableció normas y procedimientos de aplicación de la Ley N° 28970.

Las DNA se han incrementado a nivel nacional. Actualmente, el 51% de los distritos del país tiene al menos una DNA, y a nivel provincial este porcentaje se incrementa a 97%. En el año 2003 se registraron 1.405 DNA a nivel nacional y en el 2012 se han registrado 2.250 (véase anexo III). De una muestra de 273 DNA, se tiene que en el año 2009 se han atendido 31.317 conciliaciones, siendo la mayor problemática conciliada la materia de alimentos (54%) seguido de la materia de régimen de visitas (27%) y, finalmente, de tenencia (17%). Asimismo, como resultado de los procesos de conciliación se consignaron, en el año 2009, 8.667.984 nuevos soles, en materia de alimentos.

En el año 2011, de una muestra de 181 Defensorías, estas informaron haber atendido 81.023 casos; situaciones referidas a materias conciliables (alimentos, tenencia y régimen de visitas), nombre e identidad, reconocimiento voluntario de filiación, violencia hacia niñas, niños y adolescentes, violencia familiar, entre las más frecuentes. De otro lado, informaron haber atendido 91.615 situaciones, donde se brindó orientación sobre temas legales, psicológicos u otros. Esta intervención estuvo referida principalmente a resolver problemas que afectan a niñas y niños menores de 6 años (36%), entre 6 y 11 años (29%), de 12 a 17 años (20%) y mayores de 18 años (15%).

De otro lado, producto de las consignaciones por alimentos se tuvo la cantidad de 7.251.757 nuevos soles, cantidad importante, lo que indica la necesidad que las Defensorías cuenten con infraestructura y personal que pueda responsabilizarse de ello.

F.Niños privados de un entorno familiar

Mediante Ley N° 29174, se regula el funcionamiento de los Centros de Atención Residencial (CAR) del INABIF. Estos centros son unidades que brindan atención integral especializada a niñas, niños y adolescentes en situación de abandono físico, moral y material, por un periodo transitorio. El objetivo final es una adecuada y sostenida reinserción familiar y social, fortaleciendo la unidad familiar como núcleo fundamental mediante acciones que posibiliten su desarrollo socioemocional propiciando la comunicación e interrelación positiva entre sus miembros. A julio del 2012, el número de residentes atendidos por los CAR públicos y privados a nivel nacional fue de 9.176 niños, niñas y adolescentes.

Los servicios brindados por los CAR a nivel nacional pueden prestarse a través de instituciones públicas o privadas. Los CAR públicos se encuentran bajo la administración del MIMP a través de la Unidad Gerencial de Protección Integral (UGPI; actualmente Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del INABIF), que en cada uno de sus CAR brinda servicios de alimentación, vestido, vivienda, educación, atención en salud; como también la atención del desarrollo integral (capacitación técnica ocupacional, asistencia social y psicológica) a niñas, niños y adolescentes entre los 0 y 17 años 11 meses.

En cuanto a la población atendida por los CAR, al año 2012 se han registrado 9.176 niños, niñas y adolescentes de los cuales 4.371 son varones y 4.805 son mujeres. A diciembre del 2012 se registraron 28 CAR administrados por el INABIF de los cuales 13 se ubican en Lima y 15 en otras ciudades del país, y con respecto a los CAR administrados por instituciones privadas, desde el MIMP se informa que en el año 2010 fueron acreditados 59 CAR, en el año 2011 se acreditaron 134 CAR y a diciembre del 2012, se realizaron 68 acreditaciones.

G.Reinserción de niñas, niños y adolescentes

En relación a las niñas, niños y adolescentes reinsertados en sus familias el INABIF reporta que entre el 2006 y el 2011 se han registrado 6.088 reinserciones familiares, de las cuales 1.889 se realizaron en Lima y 4.199 en otras regiones del país.

Otra de las funciones importantes que realiza el INABIF, en materia familiar es la denominada “Colocación Familiar”, que se trata de una medida de protección por la que el niño o adolescente es acogido por una persona, familia o institución que se hace responsable de él transitoriamente. Esta medida puede ser dispuesta por la instancia administrativa o judicial y puede ser remunerada o gratuita. Durante el periodo que abarca los años 2006-2011, se han registrado 1.261 medidas de colocación familiar.

H.Adopción nacional e internacional

Se mantiene el artículo 115 del Código de los Niños y Adolescentes, de acuerdo al cual la adopción es una medida de protección al niño y al adolescente por la cual, bajo la vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable la relación paterno – filial entre personas que no la tienen por naturaleza. Es preciso señalar que el artículo 116 asume la posibilidad de adopciones internacionales, siendo esta subsidiaria de la adopción por nacionales.

El proceso de adopción administrativa en Perú, es llevado a través de la actual Dirección General de Adopciones (DGA) del MIMP, cuya principal misión es la de integrar a niñas, niños y adolescentes, declarados en estado de abandono a familias adoptivas, debidamente evaluadas, en las que logren alcanzar su desarrollo emocional y social necesario para el ejercicio y goce de sus derechos humanos. Entre los años 2006 y 2012 se han reportado 1.638 niños, niñas y adolescentes adoptados.

I.Traslados y retención ilícitos de niños

El Perú, mediante Decreto Supremo N° 023-2000-RE, ratifica su adhesión al Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, designando como Autoridad Central para efectos de coordinación nacional e internacional al MIMP, el cual desempeña dicha labor a través de su Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes. En ese sentido, el MIMP, en su calidad de Autoridad Central en la temática, recibe solicitudes como Estado requerido y como Estado requirente sobre casos de sustracción internacional de niñas, niños y adolescentes, lo que viene incrementándose anualmente. Entre el 2008 y el 2012 se han reportado 259 solicitudes como Estado requerido, y como Estado requirente se ha solicitado 158 informes de sustracciones.

Respecto del control migratorio, desde junio de 2010 las Notarías cambiaron el formato de los permisos notariales agregando nuevos elementos de seguridad para combatir el tránsito ilegal de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, en el año 2009, el MININTER y el Colegio de Notarios de Lima, firmaron un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el objeto de proporcionar a la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN) la información de las autorizaciones de viajes para menores de edad fuera del territorio expedidos por los Notarios de Lima, al igual que las firmas y sellos de seguridad correspondientes en tiempo real, evitando así la proliferación de documentos falsificados de identidad, pasaportes, carnés de extranjería, autorizaciones de viajes para menores de edad, entre otros en los controles migratorios a nivel nacional. De igual forma, los Notarios utilizarán la base de datos de Pasaportes y Carnés de Extranjería que emite DIGEMIN para combatir las suplantaciones de identidad, continuando con las acciones que se ha propuesto el Colegio de Notarios de Lima para luchar contra la falsificación de documentos.

J.Malos tratos y descuido, entre otras cosas en la recuperación física, psicológica y la reintegración social

Los Módulos de Atención al Maltrato infantil en Salud (MAMIS) brindan atención a los niños, niñas y adolescentes víctimas de maltratos, bajo las siguientes premisas: “Atención Integral” (tanto a la víctima como a su familia), “Atención Multidisciplinaria” (apoyo de salud mental y social), “Trabajo en Equipo” (para coordinar acciones de protección a la víctima además de la evaluación y reajuste de las estrategias de intervención), “Entrenamiento y Capacitación” (jornadas informativas para el personal de salud y para el equipo del Módulo de Atención al Maltrato Infantil y del Adolescente en Salud [MAMIS]), “Intervención según Niveles de Complejidad” (se delimitaron los sistemas de abordaje según la complejidad de los establecimientos del salud) y la “Intervención en Red” (donde el MAMIS se convierte en integrante de una red de servicios complementarios e intersectoriales). Mediante la Resolución Ministerial N° 472-2011/MINSA, del 14 de junio de 2011, fue aprobada la Directiva Sanitaria que regula el Funcionamiento de los MAMIS. Durante el año 2012 fueron atendidos en este servicio, 8.000 niños, niñas y adolescentes del Perú que sufrieron maltrato psicológico y otras 4.000 víctimas de maltrato físico durante el 2012. Existen 42 MAMIS en 16 Direcciones de Salud y Direcciones regionales; 14 se encuentran en Lima y 28 en Regiones a nivel nacional.

La Defensoría del Niño y del Adolescente (DNA) es un servicio especializado en niñas, niños y adolescentes de carácter público, administrativo y gratuito, cuyos objetivos son promover y proteger los derechos que la legislación reconoce a las niñas, niños y adolescentes en el marco de sus funciones. Las DNA están bajo la rectoría del MIMP quien a través de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes brinda asistencia técnica y es responsable de su supervisión. La cobertura de este servicio descentralizado ha venido creciendo sostenidamente desde su creación, así se tiene que en el año 2003, habían 1.405 Defensorías del Niño y del Adolescente (DNA) en el país, mientras que para el año 2010 fueron 2.121 DNA en todo el país, encontrándose presentes en 185 provincias y 958 distritos. Para el año 2011, se registraban 2.184 Defensorías del Niño y Adolescente en todo el país, encontrándose presentes en 189 provincias y 983 distritos. Finalmente, hasta el diciembre de 2012, fueron 2.250 Defensorías del Niño y Adolescente en todo el país, encontrándose presentes en 189 provincias y 1.023 distritos en los que por lo menos existe una defensoría de niñas, niños y adolescentes de cualquier modelo, lo que las convierte en la red especializada en niñez y adolescencia más grande del país.

Finalmente, los Centros de Emergencia Mujer (CEM), adscritos al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se constituye en uno de los servicios que reporta de manera continua los casos de maltrato y abuso sexual de menores de 18 años. En el año 2005 se contaba con 42 CEM; para el año 2011 se incrementó a 148 CEM. Cabe señalar que al 30 de noviembre 2012, se han implementado 22 CEM adicionales, haciendo un total de 170 CEM a nivel nacional. Estos servicios que inicialmente atendían de manera preferencial a mujeres, se fueron perfilando como servicios de atención a niños, niñas y adolescentes en violencia familiar y sexual, de manera que a la fecha, al menos la cuarta parte de la población atendida corresponde a menores de 18 años.

Durante el periodo de julio de 2006 a diciembre de 2011, se atendió a nivel nacional un total de 219.413 casos por situaciones de violencia familiar y sexual, a través de 2.818.744 atenciones especializadas en los servicios de psicología, legal y social a las personas afectadas, entre ellas niñas, niños y adolescentes; con una inversión de 99.049.067 nuevos soles (aproximadamente 37,1 millones de dólares), la misma que ha ido aumentando progresivamente. Se estima que el total de CEM ubicados a nivel nacional atienden, en promedio, 156 casos al día por situaciones de violencia familiar o sexual.

Asimismo, entre julio de 2006 y diciembre de 2011 se realizaron, a nivel nacional, un total de 78.240 acciones preventivas promocionales dirigidas a toda la población en general; a partir de las cuales se sensibilizaron anualmente a un promedio de 770.226 personas. Finalmente, a través de la “Línea 100”, servicio telefónico nacional gratuito para consultas en la temática de violencia y otras consultas de niños y adolescentes, implementado en el marco del PNCVFS, se atendieron 86.305 consultas telefónicas desde julio 2006 hasta diciembre 2011.

Los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de sujetos especiales de derecho, protegidos por el artículo 4.º de la Constitución Política (1993) y reconocidos como sujetos de derechos por el Código de los Niños y Adolescente (art. II del Título Preliminar), deben gozar de una protección especial por parte del Estado y la Sociedad. En ese sentido, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del MIMP, a través de sus Centros de Emergencia Mujer, reportan estadística periódica sobre casos de violencia familiar y sexual de niños, niñas y adolescentes atendidos por su institución. Entre los años 2006 al 2012 se han registrado 29.436 casos de maltrato infantil y adolescente, y 23.093 casos de abuso sexual infantil y adolescente.

VI.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26 y 27 (párrs. 1 a 3) de la Convención)

A.Niños con discapacidad

Entre las medidas normativas más significativas en beneficio de las personas con discapacidad (PCD) en general, destaca la creación de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En este marco, se aprobó la Ley N° 2997, Nueva Ley General de las Personas con Discapacidad, la cual armoniza el ordenamiento legal vigente con los tratados ratificados por el Perú en materia de derechos humanos, promoviendo el desarrollo de las personas con discapacidad y su inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

En esa línea, inserta disposiciones concretas en torno al derecho a la salud a fin de que el Estado garantice el acceso a prestaciones de salud integrales de calidad e implementados con infraestructura, equipamiento y recursos humanos capacitados, incluidas la rehabilitación, servicios de intervención temprana para niños/niñas con discapacidad o con riesgo de adquirirla y medidas de prevención de nuevas deficiencias y la aparición de nuevas en niños con discapacidad. Asimismo, en torno al derecho a la educación, busca garantizar que la persona con discapacidad reciba una educación accesible y de calidad, con enfoque inclusivo, que responda a sus necesidades y potencialidades. Esta ley fija disposiciones concretas, además, sobre servicios, accesibilidad, responsabilidades de instituciones, infracciones, sanciones, etc.

Cabe resaltar también la normativa orientada a la atención de las personas con discapacidad en terminales y medios de transporte aéreos y terrestres; el acceso a internet para personas con discapacidad; el reconocimiento oficial de la lengua de señas peruana; el reconocimiento de la sordoceguera como discapacidad única; medidas especiales en caso de desaparición de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad y normas para la creación, organización y funcionamiento de los Centros de Recursos de la Educación Básica Especial. Asimismo, destaca la declaración de los años 2007 al 2016 como el “Decenio de las Personas con Discapacidad” y la aprobación del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018 formulado de manera participativa.

En el marco del Programa Presupuestal con Enfoque de Resultados, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), en coordinación con el MEF, han diseñado una estrategia para la inclusión de las personas con discapacidad implementado desde el 2013. La estrategia comprende cinco programas presupuestales que se ejecutarán con la participación de los sectores de educación, salud, trabajo, vivienda y gobiernos regionales.

En julio de 2013 se presentaron públicamente los resultados de la Primera Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad, lo cual implicó un desembolso de 8 millones de nuevos soles (aproximadamente 3 millones de dólares). Según estos resultados, existen 1.575.402 personas con algún tipo de discapacidad en el Perú, resultado que involucra el 5,2% de la población total. Cabe precisar que de este total, 754.671 son hombres y 820.731 mujeres. Según grupos de edad, se tiene que 794.294 tienen 65 y más años de edad (50,4%), 651.312 tienen de 15 a 64 años, es decir son parte de la Población en edad de Trabajar (41,4%) y 129.796 son menores de 15 años (8,2%).

Con relación a las medidas para asegurar una educación inclusiva para los niños, niñas y adolescentes se tiene que al 2011 se habían implementado 461 Centros de Educación Básica Especial (CEBE), 98,70% en el área urbana y el 1,30% restante en el área rural. En el año 2011 se registraron 18.240 estudiantes, 3.650 estudiantes menos que en el año 2009.

La inclusión educativa es prioridad del Estado, por lo que es abordada como eje transversal orientado a mejorar las capacidades, conocimientos, actitudes y valores de los y las docentes. Para tal efecto, ha publicado una guía para la educación inclusiva en el nivel de educación inicial.

De igual manera, se han implementado 5 nuevos Centros de Recursos de Atención a las Necesidades Educativas Especiales y adquirido equipos de cómputo y audiovisuales, los que sirven para brindar soporte a profesionales docentes y no docentes que impulsan la inclusión educativa y se enmarcan en el ámbito de intervención del Plan Piloto de Inclusión de Escolares con Discapacidad.

Se cuenta con un Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2009-2018, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-MIMDES (23 de diciembre de 2008). El 31 de julio de 2009, se aprobó la Ley N° 29392 que establece las infracciones y sanciones por el incumplimiento de la Ley N° 27050 y su reglamento. Esto, junto a la existencia de las Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad —creadas bajo la asistencia técnica de CONADIS— favorece la protección de los derechos de todas las personas con discapacidad, incluidos los niños, niñas y adolescentes. Por último, cabe señalar que CONADIS, en el 2010, consideró la implementación de un sistema de monitoreo y evaluación que incorpore indicadores con mayor nivel de detalle, para dar mejor cuenta de las acciones por rango de edad de las poblaciones atendidas (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. a).

Se cuenta con el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, que es la base de datos del CONADIS (MIMP) y el archivo físico nacional que contiene la inscripción de las personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales. Sus objetivos son inscribir y acreditar a las personas con discapacidad; contribuir a la institucionalidad pública o privada, nacional o internacional para personas con discapacidad; compilar, procesar, organizar y mantener actualizada la información referida a las personas con discapacidad a nivel nacional así como a las demás personas e instituciones (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. a).

Se ha implementado, asimismo, el Servicio de Apoyo y Asesoramiento para Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (SAANEE) y se ha formulado e implementado el Plan Piloto por la Inclusión Progresiva de las Niñas y Niños con Discapacidad, con el fin de integrarlos y atenderlos en escuelas básicas regulares, técnico-productivas y básicas alternativas. Este plan viene dando buenos resultados y se ha incrementado en un 62,8% la inclusión de niños, niñas y adolescentes con estas necesidades en instituciones educativas regulares: 6.504 en el 2006 y 10.591 en el 2009. Como parte del plan se realizan campañas de sensibilización social para que la comunidad en general entienda la problemática y sea favorable a los programas de inclusión (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. b).

La Dirección General de Educación Básica Especial del MINEDU, en el marco de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, y del Decreto Supremo N° 002-2005-ED, Reglamento de Educación Básica Especial, ha emitido normas complementarias con la finalidad de regular y garantizar el servicio educativo de calidad y equidad a los estudiantes con discapacidad, en los centros y programas de Educación Básica Especial y en las instituciones inclusivas de la Educación Básica Regular (EBR), Educación Básica Alternativa (EBA) y Educación Técnica Productiva (ETP) (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. b).

Mediante Resolución Ministerial N° 069-2008-ED que aprueba la Directiva N° 01­2008-VMGP-DIGEBE relativa a las normas para la matrícula de estudiantes con necesidades educativas especiales, se establece la obligatoriedad de la matrícula de estudiantes con discapacidad, sin ningún tipo de restricciones, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Asimismo, mediante la Resolución Directoral N° 650-2008-ED que aprueba las normas complementarias para la creación, organización y funcionamiento de los Centros de Recursos de la Educación Básica Especial, se viene realizando la Inclusión Educativa de estudiantes con discapacidad intelectual leve y moderada, sensorial (auditiva-visual) y física, con su grupo etario (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. b).

Los alumnos y alumnas con discapacidad matriculados en Educación Básica Regular son: 2.868 en inicial; 9.025 en primaria y 1.216 en secundaria. Hay 22.930 alumnos matriculados en Centros de Educación Básica Especial (CEBE) y 3.082 en Programas de Intervención Temprana (PRITE). En los últimos años ha habido un incremento de 93,5% en el número de niños, niñas y adolescentes con necesidades educativas especiales que vienen asistiendo a la escuela en los diversos niveles y programas: 14.144 en el 2006 y 27.372 en el 2009. También aumentó la capacitación de docentes: 1.628 docentes capacitados en el 2006 y 2.005 en el año 2009, lo que representa un incremento de 23,15% (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. b).

El sector Educación ha emitido resoluciones específicas como: Resolución Directoral N° 354-2006-ED que aprueba la Directiva N° 076-2006-VMGP-DINEBE, Normas complementarias para la conversión de los Centros de Educación Especial (CEB) en Centros de Educación Básica Especial (CEBE), constituyéndose en centros de recursos profesionales y materiales, en los cuales se institucionaliza el Servicio de Apoyo y Asesoramiento para la Atención de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (SAANEE), destinado a los docentes de los diferentes niveles y modalidades en el proceso de inclusión de estudiantes con discapacidad; Resolución Directoral N° 373-2006-ED que aprueba la Directiva N° 081-2006-VMGP-DINEBE. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 07-2007-ED que crea el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente (PRONAFCAP) para desarrollar acciones conducentes a mejorar la formación en servicio de los profesores de las instituciones educativas públicas a nivel nacional (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. c).

Desde los CAR del INABIF, el 27% de los niños y niñas que han sido atendidos presenta algún tipo de discapacidad física, psiquiátrica o neurológica. Su atención demanda no solo más recursos materiales, sino también recursos humanos especializados en la atención de personas con discapacidad. Por ello se ha construido un CAR para niños con problemas neurológicos, con capacidad para albergar a 114 niños, niñas y adolescentes, teniendo en cuenta la tendencia a integrarlos plenamente sin descuidar la atención especializada que necesitan, considerando el equipamiento debido y la capacitación del personal operativo y asistencial para brindarles una atención de calidad (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. c).

Por su lado, el MINSA ha elaborado y validado la Norma Técnica de Salud para la evaluación del crecimiento y desarrollo de la niña y del niño menores de 5 años. Este procedimiento garantizará la detección precoz, así como la atención y referencia oportuna de niñas y niños en riesgo o con trastornos del desarrollo psicomotor, contribuyendo a facilitar el proceso de diagnóstico y manejo clínico de las principales discapacidades prevenibles. Asimismo, ha elaborado y validado guías de práctica clínica para la detección temprana y manejo de niños con pie plano, cifosis dorsal y escoliosis (CRC/PER/CO/3, párr. 45, apdo. c).

164.Mediante Resolución Viceministerial N° 025-2008-ED que aprueba la Directiva N° 069-ME-VMGP-DIGEBE que establece normas referidas a la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las actividades de la Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva, orienta el accionar de los equipos especializados de los centros y programas de EBE para planificar y desarrollar prácticas a favor de una plena aceptación de la discapacidad e involucramiento de la sociedad en el apoyo al ejercicio de sus derechos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 45, apdo. d).

B.Salud y servicios sanitarios

El Estado peruano, a través del Seguro Integral de Salud (SIS), financia las prestaciones otorgadas a través de la red de establecimientos de salud del MINSA a la población pobre o a la población determinada por norma expresa. A diciembre de 2012, se habían registrado 1.389.267 asegurados de 0 a 4 años; 1.481.374 asegurados de 5 a 9 años; y, 2.540.332 asegurados de 10 a 19 años. Al 2012, la afiliación se encuentra en aumento. Resalta el incremento en el número de asegurados de 5 a 9 años en el 2012 respecto del número de asegurados en el 2007 (1.359.819) y en el número de asegurados de 10­19 años en el 2007 (2.094.375).

Los problemas para la afiliación derivados de la falta de documentación se está superando a través de la instalación de Oficinas Registrales Auxiliares (ORAS) en zonas estratégicas y campañas de difusión. Asimismo, en directiva del proceso de afiliación se consideró la inscripción (afiliación temporal) para los recién nacidos, Esta inscripción tiene una validez de 180 días hasta regularizar la documentación y acceder al SIS de forma definitiva.

Entre los años 2006 y 2008, la atención en el SIS ha tenido un incremento de 15,3% para los niños y niñas entre 0 y 4 años, de 24,8% para los niños y niñas entre 5 y 9 años, y de 38,2% para adolescentes de 10 a 19 años. El 67,6% de los asegurados proviene de los distritos considerados de mayor pobreza (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. c).

Según la Ley N° 29344 (09.04.2009) se promulgó la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud (AUS) que define el marco normativo del aseguramiento universal en salud, con el fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud. Se instauró un Plan Esencial de Aseguramiento Universal (PEAS) que se irá ampliando de manera gradual. Igualmente, se estableció el aumento de la cobertura de aseguramiento y financiamiento de las prestaciones por el SIS, el empoderamiento y derechos del usuario del SIS y la mejora de los mecanismos de focalización (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. c).

El plan de inicio cubre 140 condiciones asegurables que representan el 65% de la carga de enfermedad usualmente atendida por el sistema de salud. Estas condiciones asegurables se irán incorporando gradualmente y se prevé iniciar la implementación garantizando 34 de ellas, principalmente asociadas con las condiciones obstétricas, ginecológicas y pediátricas. Se establecieron tres regiones de inicio: Apurímac, Ayacucho y Huancavelica y actualmente se ha implementado a nivel nacional (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. c).

Para el 2011 el SIS programó el aumento de su presupuesto a 570 millones de nuevos soles; es decir un incremento de 20% respecto del presupuesto de 2010, a fin de permitir la afiliación de 380.000 nuevos asegurados más. De acuerdo al Boletín Estadístico del SIS, al 18 de enero de 2013, existen 1.377.175 afiliados a nivel nacional (CRC/PER/CO/3, párr. 47, apdo. c).

El Programa Presupuestal Salud Materno Neonatal, a cargo del MINSA, tiene como objetivo mejorar la salud materna y neonatal para lo cual ha propuesto reducir las tasas de morbilidad y mortalidad materna y de morbilidad y mortalidad infantil en el Perú. El presupuesto asignado a este Programa se ha visto incrementado desde el 2008 al 2012, que pasó de 340.200.000 nuevos soles (aproximadamente 130 millones de dólares) a 1.596.500.000 nuevos soles (aproximadamente 614 millones de dólares).

La mortalidad en las etapas neonatal, infantil y de la niñez han tenido una reducción relativamente simétrica.

En el período 2012 la tasa de mortalidad neonatal descendió a 13 defunciones, con un promedio estimado de 11 defunciones en el área urbana y 15 en el área rural. Empero, se trata de una cifra mayor a la tasa registrada en el 2011, de 10 defunciones por 1000 nacidos vivos. A la vez, se siguen observando disparidades según ámbito geográfico (urbano-rural), lo que plantea la necesidad de una focalización del MINSA, la revisión de las estrategias y la implementación de medidas correctivas.

Respecto a la mortalidad infantil, se puede observar que el nivel de mortalidad infantil disminuyó de 18 defunciones por 1.000 nacidos vivos en 2007, a 17 defunciones por 1.000 nacidos vivos en 2010, y 17 defunciones por 1.000 nacidos vivos en 2012. El nivel educativo de la madre establece diferencias en los riesgos de mortalidad infantil: los niños de madres sin educación tienen una mayor probabilidad de morir durante el primer año de vida.

Se pudo observar una disminución significativa de la mortalidad en la niñez, de 26 defunciones por 1.000 nacidos vivos registrados en el año 2009 a 21 en el año 2012. De esta forma, se superó la meta 25 del Resultado Esperado N° 5 del PNAIA 2002-2010, incluso antes de 2010.

La tasa de mortalidad infantil de los varones (19 por 1.000) fue mayor en cinco puntos que la tasa de mortalidad infantil de las mujeres (14 por 1.000). De forma similar, la tasa de mortalidad en la niñez de los varones fue 24 por 1.000 y de las mujeres 18 por 1.000.

Las principales intervenciones que han contribuido a la disminución de la mortalidad infantil son: La priorización en la implementación del Aseguramiento Universal; la aprobación e implementación en el marco de presupuesto por resultados de los Programas Nacionales de Salud Materno Neonatal y Articulado Nutricional; el tratamiento oportuno y estandarizado de las enfermedades infecciosas prevalentes de la infancia; altas coberturas de inmunización.

El bajo peso al nacer, es decir un peso del recién nacido menor a 2.500 gramos, es un factor de riesgo para la salud y supervivencia del recién nacido o recién nacida. Entre las niñas y los niños que fueron pesados al nacer, un 6,9% pesó menos de 2,5 kilogramos. Este porcentaje fue ligeramente mayor al 6,4% encontrado en el año 2009. Al mismo tiempo, el porcentaje de recién nacidas o nacidos que no fueron pesados disminuye, de 7,3% en el año 2009 a 4,4% en el año 2012.

En cuanto al porcentaje de nacidos vivos con bajo peso al nacer, debemos señalar que la línea de base fue de 6,7% de bajo peso al nacer en 2004-2006 y terminó la serie en 7,2% en el 2010 y en 6,5% en 2011.

A abril de 2010, ocho menores —entre adolescentes y niños— habían fallecido a causa de suicidios en el Perú. En el 2009 se suicidaron 18 y, en 2008, 16. El número de suicidios en general asciende a 102 en 2010, según el Ministerio de Salud.

Con relación a los hogares con acceso al agua potable y saneamiento, a nivel nacional el 78,9% de los hogares utiliza el agua de red pública, ya sea dentro o fuera de la vivienda incluyendo pilón/grifo público, para beber. El mayor porcentaje corresponde a la conexión directa dentro de la vivienda (71,7%). No obstante el 20,3% de los hogares aún utilizan agua proveniente de manantial, río o acequia para beber. De otro lado, el 88,5% de los hogares tiene servicio higiénico: 59,3% con inodoro conectado a la red pública, 28,9% con letrina incluyendo pozo ciego o negro y 0,3% utilizaron río, canal y otros. En el área urbana, la proporción de hogares con servicio higiénico (94,9%) fue mayor que en el área rural (74,8%), siendo importante resaltar que ha disminuido en 8,4 puntos porcentuales respecto al año 2009. Se ha observado que ha habido un incremento a nivel nacional en la proporción de hogares que cuentan con estos servicios. Por ejemplo, el Programa Agua para Todos (PAPT) y otros, han implementado, entre agosto 2006 y diciembre 2010, un total de 2.215 proyectos de agua y saneamiento en el ámbito nacional, siendo la población beneficiada cercana a los 6 millones y la inversión aproximada, 5.466 millones de nuevos soles (CRC/PER/CO/3, párr. 51).

Actualmente, en las zonas rurales, más de 3,3 millones de personas no tienen acceso al agua potable y 6,2 millones carecen de una adecuada eliminación sanitaria de excretas y aguas residuales. En este sentido, el Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural (PRONASAR), busca revertir esta situación mejorando las condiciones de vida de la población rural del país, disminuyendo la incidencia de enfermedades diarreicas a través de la implementación y el mejoramiento de la calidad de los servicios de agua y saneamiento, la adopción de mejores prácticas de higiene por parte de la población, el fortalecimiento de las capacidades de la Municipalidad y otras organizaciones responsables de la administración, operación y mantenimiento de los servicios, logrando con ello una adecuada sostenibilidad, este programa ha permitido que 522,100 pobladores de zonas rurales accedan a los servicios de agua y saneamiento, con lo cual han mejorado su calidad de vida con la culminación de 311 obras (CRC/C/PER/CO/3, párr. 51).

La intervención de PRONASAR se expresa en localidades de las regiones de Piura, Junín, Ayacucho, Lima, Arequipa, Huánuco, Pasco, Huancavelica. Entre el 2011 y el 2013 se observa que dicho programa beneficiará a más de 175.000 habitantes de localidades rurales de Amazonas, Cajamarca, Cusco, Puno, Lima, Ica, San Martín, Ancash, Lambayeque y Apurímac (CRC/C/PER/CO/3, párr. 51).

El proyecto Pronasar busca contribuir a mejorar las condiciones de vida de la población rural del país a través de la implementación y mejoramiento de los servicios de agua potable y saneamiento, como condiciones importantes para resolver problemas relacionados con la salud de las personas, entre ellas de niñas, niños y adolescentes.

Respecto a las inmunizaciones, para el año 2010, el porcentaje de niñas y niños con las vacunas básicas se encontraban en 90% para BCG (contra las formas graves de la TB); 73,7% DTP3 (contra difteria, pertussis y tétanos). Al 2012, las coberturas son las siguientes: En el recién nacido: BCG 89,3% y HvB 775,8%; En el menor de 1 año: vacuna pentavalente se ha alcanzado 90,9%, Antipolio oral 89,8%, Neumococo 2da dosis 91,7%, Rotavirus 86,3%, Influenza 50,3%; y, en niños de 1 año: vacuna SPR 89,7%, Neumococo 3era dosis 84,8%, y Antiamarilica 55,4%, primer refuerzo DPT 81,41%; Antipolio 76,4% y 83,4% Antisarampionosa.

Es preciso relievar que el Perú ha logrado la universalización de la vacunación contra Hepatitis B, Hemophillus Influenza, Antiamarilica y Sarampión/Paperas/Rubéola (SPR) en las niñas y niños de 0 a 1 año. Asimismo, se culminó con la campaña nacional para la eliminación de la rubéola y síndrome de rubéola congénita en la población de 2 a 39 años. El país mantiene la erradicación de la polio y el resto de enfermedades inmuno prevenibles están bajo control; el fortalecimiento de acciones de prevención y promoción de la salud, constituyen la política prioritaria del presente periodo (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. d).

En general la cobertura de inmunización ha alcanzado las siguientes cifras: BCG, 94,8%; DPT3, 81,4%; polio 84,9%; sarampión, 88,3%. En zonas rurales dicha cobertura se ha incrementado como parte de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones. En total del porcentaje de niñas y niños de 18 a 29 meses de edad con vacunación completa para el año 2011 fue de 71%, siendo superior en 4,7 puntos porcentuales a lo registrado en la ENDES 2000 (66,3%). En lo que respecta a la vacunación contra la hepatitis B a menores de un año los porcentajes logrados fueron de 76,9% en el 2005 y hasta octubre del 2006 se había alcanzado el 95,36% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. d).

El Perú está entre los 20 países que más ha avanzado en la reducción de la mortalidad materna. En el 2011 se registraron 93 muertes por cada 100.000; cifra que se ha reducido en un 49,7% respecto de los periodos 1994-2000 (185 defunciones anuales). Una de las políticas que ha contribuido a esta reducción, es la implementación del Programa Presupuestal Estratégico (PPE) “Salud Materno Neonatal”, el cual tiene como objetivo contribuir a mejorar la salud de las madres y los recién nacidos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. b). Cabe resaltar que estas muertes se concentran en la Sierra Andina y en la Amazonía peruana. Sin embargo, este problema constituye aún uno de los mayores desafíos del Estado peruano. Para tal fin, se viene implementando el Plan Nacional Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna 2009-2015, a través del mejoramiento del acceso de la población a la planificación familiar (orientación/consejería en salud sexual y reproductiva y métodos anticonceptivos), a atención prenatal reenfocada y al parto institucional.

En este marco, la Tasa de Mortalidad Perinatal se ha reducido a 13 defunciones por 1.000 embarazos de siete o más meses de duración. La tasa de mortalidad perinatal en el área rural reporta 19 defunciones por 1.000, mientras que en el área urbana al año es 10 (por 1.000). Estas cifras, expresan las diferencias existentes entre las zonas con mayor desarrollo económico y social y con mejores condiciones de salud, ubicadas generalmente en el ámbito urbano; y aquellas zonas con altos índices de pobreza y extrema pobreza, con altos índices de enfermedad y muerte, que se encuentran en las zonas rurales del país.

De igual manera la ENDES 2011, señala que la Tasa de Mortalidad Perinatal fue de 14 defunciones por 1.000 embarazos de siete o más meses de duración. Esta cifra se ha reducido desde el año 2000 (23 defunciones). La tasa de mortalidad perinatal en el área rural reporta 21 defunciones por 1.000, mientras que en el área urbana al año es 11 (por 1.000). Para el año 2000, en el área rural era de 28 defunciones por 1.000 embarazos. Estas cifras, expresan las diferencias existentes entre las zonas con mayor desarrollo económico y social y con mejores condiciones de salud, ubicadas generalmente en el ámbito urbano; y aquellas zonas con altos índices de pobreza y extrema pobreza, con altos índices de enfermedad y muerte, que se encuentran en las zonas rurales del país (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. b).

En el Perú, la Tasa de Mortalidad Infantil revela que por cada 1.000 niñas y niños que nacieron en el año 2011, 16 de ellos fallecieron antes de cumplir 12 meses de vida, mejorando sustantivamente respecto a la tasa presentada en el año 2000 (33 defunciones por cada 1.000 niñas y niños con menos de 1 año). Sin embargo, aún continúa la brecha entre áreas urbanas (11) y rurales (26). Con respecto a la Tasa de Mortalidad en la Niñez, se puede observar un avance significativo, habiendo disminuido de 47 defunciones por 1.000 nacidos vivos en el año 2000 a 21 defunciones por 1.000 nacidos vivos para el 2011 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. b).

En 2006 se registraron 68 casos de muertes maternas en adolescentes y en 2008 la cifra ascendió a 77. El Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Mortalidad Materna y Perinatal 2009-2015 del MINSA contiene data sobre registros de muerte materna por grupo etario, en que la muerte materna en adolescentes representa el 12 y 16% del total de las muertes maternas.

De acuerdo a la ENDES 2009, el 26,6% de mujeres embarazadas tenía anemia, mientras que el ENDES 2010, señala que el 32,6% de mujeres embarazadas tiene anemia, hecho que preocupa puesto que hubo un avance de 6 puntos porcentuales. De acuerdo a la ENDES 2009, el 26,6% de mujeres embarazadas tenía anemia, mientras que el ENDES 2010, señala que el 32,6% de mujeres embarazadas tiene anemia, hecho que preocupa puesto que hubo un avance de 6 puntos porcentuales.

Como promedio nacional, el 73% de las mujeres gestantes recibió su primer control prenatal precoz, en el primer trimestre de gestación, proporción que evidencia un incremento significativo, si se le compara con el 69,7% del periodo 2004-2006. Como promedio nacional, el 74,9% de las mujeres gestantes recibió su primer control prenatal precoz en el primer trimestre de gestación, proporción que evidencia un incremento significativo, si se le compara con el 71,3% del periodo 2007.

El 98,4% de las mujeres tuvieron algún control prenatal por personal de salud, lo que constituyó un aumento sobre el 94,5% encontrado durante la ENDES 2009. Desagregando subió la atención por obstetriz, de 58,2 a 60,3% y por médico de 28,9% a 31,4%. El 98,9% en el área urbana recibió atención prenatal de proveedor de salud calificado y el 90% en el área rural.

Al 2012, solo el 1,6% no recibió atención prenatal alguna, representando un avance importante en relación al año 2009, donde el 2,8% de mujeres no recibía atención.

La mayoría de mujeres (71,5%) tuvo un primer control postnatal dentro de las primeras cuatro horas después del parto. Si se añade la proporción que la tuvo entre las 4 y 23 horas postparto, el 91,8% de mujeres tuvieron su control postnatal antes de los dos días después del parto. Los porcentajes difieren por ámbito geográfico, en el ámbito rural el 66,5% y en el urbano 74%.

La proporción de parto institucional se ha incrementado de un 76% en el año 2007 a 85,90% en el año 2012. El indicador de parto institucional con énfasis en zona rural se superó de 49,4% en el 2007 a 62,7% en el 2012 y en el ámbito urbano de 93,6% en el 2007 a 95,2% en el 2012.

El 86,8% de los últimos nacimientos en los cinco años anteriores a la ENDES 2012 tuvieron lugar en un servicio de salud (público o privado). Esta proporción se incrementó en 4,8 puntos porcentuales respecto a lo observado en el año 2009 (82%). La ocurrencia del parto en casa bajó de 16,7% en la ENDES 2009 hasta 12,5% en la ENDES 2012. El 95,7% de partos en el área urbana y el 68,6% de partos en el área rural se dieron en un establecimiento de salud (público o privado).

A nivel nacional, las cifras en cuanto a la proporción de menores de 6 meses de edad con lactancia exclusiva se han mantenido casi en el mismo nivel desde el año 2007 (68,7%) y en el año 2012 llegó a 67,6%. En las zonas rurales, la proporción de menores de 6 meses de edad con lactancia materna exclusiva es siempre mayor que en las zonas urbanas. A nivel nacional, el tiempo promedio de duración de la lactancia en niñas y niños menores de 3 años de edad fue 20,1 meses. En el año 2009 fue 20,8 meses. La duración mediana de la lactancia exclusiva fue 4,1 meses. Entre niñas y niños la duración fue mayor en hombres (4,5 meses) que en las mujeres (3,7 meses).

Con relación a la asistencia material y programas de apoyo en nutrición, se debe señalar previamente que la desnutrición crónica en menores de 5 años de edad, en el año 2007 se obtuvo un porcentaje de 22,6% y para el año 2011 se dio una disminución de 7,4 puntos porcentuales (15,2%). La desnutrición crónica en el área rural disminuyó, entre los años 2000 y 2011 de 40,2% a 29,9%. La tasa de desnutrición crónica nacional en el año 2007 fue de 28,5% disminuyendo para el 2011 a 19,5%, siendo mayor en el área rural (37%) que en el área urbana (10,1%). Con relación a la desnutrición aguda (bajo peso para la talla), ésta se ha mantenido en niveles similares a los basales (cercanos a 1%) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

De otro lado, al año 2011, la anemia disminuyó a 41,6%. La brecha entre los ámbitos urbano y rural se ha ido ampliando de 7,7 puntos en el 2007 a 12,1 puntos en el año 2011, respectivamente.

El Estado peruano busca prevenir los riesgos de deficiencias nutricionales y reducir los niveles de malnutrición, para lo cual aprobó la Estrategia Nacional CRECER, que establece la lucha contra la desnutrición crónica infantil, especialmente en niños menores de 5 años. Esta estrategia se ha implementado en 880 distritos rurales y 21 departamentos al 2007, para brindar atención a niños y niñas menores de 5 años, así como a madres gestantes en zonas de extrema pobreza.

Asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 131-2012-MIDIS se aprobó la Directiva N° 004-2012-MIDIS “Lineamientos para la gestión articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social” que establece los ámbitos geográficos priorizados para la acción articulada contra la desnutrición crónica infantil y las intervenciones efectivas para reducirla.

El MIDIS aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer” a fin de reducir las brechas en la Población en Proceso de Desarrollo e Inclusión (PEPI), resaltando el enfoque del ciclo de vida de sus ejes: a) Nutrición infantil (0 a 3 años); b) Desarrollo infantil temprano (0 a 5 años); c) Desarrollo integral de la niñez y la adolescencia (6 a 17 años); d) inclusión económica (18 a 64 años); e) la Protección del Adulto Mayor.

Las acciones del Estado través de programas alimentarios ha beneficiado en mayor porcentaje a la población menor de 18 años. En el año 2011, el 30,1% de la población beneficiaria corresponde a este grupo de edad. Así, el Programa Nacional Wawa Wasi contribuyó en mejorar la alimentación de niñas y niños menores de 3 años en situación de pobreza y pobreza extrema, otorgando 3 comidas (de las 5 que deben recibir diariamente) satisfaciendo así el 100% de las necesidades proteicas, 70% de las necesidades energéticas y 60% de las necesidades de los demás micronutrientes. En total, en el año 2010, se han entregado 12.961.266 raciones de alimentos a 54.876 niñas y niños.

Con el patrón de medición utilizado por la OMS se observa que la Tasa de Desnutrición Crónica, en el año 2000 era de 31%, disminuyó a 19,5% en el 2011, pero aún existen grandes brechas entre el área rural (37%) y urbana (10,1%) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

Ello se ha logrado a través de un trabajo articulado entre el Programa Juntos y la Estrategia Crecer, que agrupa a los sectores Salud, Educación, Vivienda, entre otros, y en coordinación con los tres niveles de gobierno, lo que se ha reforzado con la asignación de recursos mediante el Presupuesto por Resultados (PpR) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

Es preciso señalar que hay notables avances en la ejecución de recursos bajo el enfoque por resultados, habiéndose registrado incrementos en las asignaciones de acciones, como mejorar la alimentación y nutrición de los niños y niñas menores y mayores de 36 meses, reducir la incidencia de bajo peso al nacer y mejorar la proporción de niños y niñas con vacunas completas de acuerdo a su edad. En conjunto estas asignaciones pasaron de 996.000.000 nuevos soles en 2008 a 1.641.000.000 nuevos soles en el 2010 (CRC/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

Desde el 2007, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) ejecutó acciones de asistencia, apoyo y seguridad alimentaria dentro del Programa Integral de Nutrición (PIN) en el ámbito nacional. Su objetivo general fue “contribuir a prevenir la malnutrición en niños y niñas hasta los 12 años, priorizando a los menores de 3 años de edad, madres gestantes y que dan de lactar en situación de vulnerabilidad nutricional, mejorando su calidad de vida”. Brindó atención a distritos del primer y segundo quintiles de manera universal, y atención focalizada al tercer, cuarto y quinto quintiles, para lo cual desarrolló tres componentes: educativo, alimentario, monitoreo y evaluación por medio de dos subprogramas, según las etapas del ciclo de vida: a) Subprograma Infantil. Durante el año 2009, brindó apoyo alimentario a nivel nacional a 567.920 niños y niñas menores de 3 años, a 121.172 madres gestantes y a 80.681 madres que dan de lactar; y, b) Subprograma Pre-Escolar y Escolar. Dirigido a niñas y niños de 3 a 5 años de edad que asisten a las instituciones educativas del nivel inicial y PRONOEI, y a niños y niñas de seis a 12 años de edad que asisten a las instituciones educativas del nivel primario. Durante el año 2009, se brindó apoyo alimentario a nivel nacional a 555.572 niños y niñas de 3 a 5 años, y a 2.467.215 niños y niñas de 6 a 12 años. Mediante el D.S. N° 007-2012-MIDIS se dispuso la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ‒ PRONAA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social al 31 de diciembre de 2012, y mediante el Decreto Supremo 008-2012-MIDIS del 31 de mayo de2012, se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAE Qali Warma), programa social de alcance nacional adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuyo propósito es brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas. Los usuarios son aproximadamente 2,7 millones de niños y niñas de más de 47.000 instituciones educativas públicas a nivel nacional, con una proyección para el 2016 de atención a más de 3,8 millones de niños y niñas de inicial y primaria de las escuelas públicas de todo el país (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

El Programa Nacional Wawa Wasi del MIMP (antes MIMDES) brindó atención integral a 53.000 niñas y niños beneficiados con la preparación y distribución de 157.584 raciones diarias, campañas de desparasitación, análisis de alimentos, monitoreo del consumo y vigilancia del crecimiento. En 2006, se atendió a 9.323 niños y niñas en la zona rural, cifra que se incrementó a 12.664 en el 2007. El Programa “Familias y Viviendas Saludables” del sector Salud, que se desarrolla en las 34 direcciones regionales de salud (DIRESAS) y que ejecuta acciones vinculadas a la alimentación, nutrición saludable, higiene, ambiente y salud sexual y reproductiva, beneficia a 116.501 familias (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

De otro lado, se incrementó tanto la lactancia materna exclusiva (68,7% de niñas y niños menores de 6 meses en el país en el año 2007). La anemia también se atenuó para niños y niñas de 3 años de edad (de 57,7% en el 2005 a 41,6% en el año 2011). La prevalencia de anemia en mujeres de 15 a 49 años fue de 17,4% en el año 2011, habiendo disminuido con respecto al año 2000 (31,6%). A nivel nacional, las cifras en cuanto a la proporción de menores de 6 meses de edad con lactancia exclusiva ha aumentado desde el año 2007 (68,7%), en el año 2011 llegó a 70,6%. En las zonas rurales, la proporción de menores de 6 meses de edad con lactancia materna exclusiva es siempre mayor que en las zonas urbanas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

Es preciso señalar que los Presidentes Regionales, en el mes de enero de 2011, ratificaron su compromiso para dar continuidad a las políticas de Estado orientadas a reducir la desnutrición crónica, la anemia y la mortalidad materna y neonatal, garantizando el ejercicio de los derechos esenciales a la vida y la salud de las poblaciones más vulnerables del país y al desarrollo de una estrategia integral de lucha contra la pobreza y sus múltiples determinantes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

Suscribieron el documento los presidentes de Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Lambayeque, Lima Región, Madre de Dios, Pasco, Puno y Tumbes (CRC/PER/CO/3, párr. 47, apdo. a).

De otro lado, de acuerdo a la ENDES del año 2011, como promedio nacional, el 74,9% de las mujeres gestantes recibió su primer control prenatal en el primer trimestre de gestación, proporción que evidencia un incremento significativo de 16,9 puntos porcentuales, si se le compara con el 58% del año 2000. En el área rural, en el mismo periodo, aumentó en 24,3 puntos porcentuales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 47, apdo. b).

C.Niños y niñas con VIH/SIDA, salud del/de la adolescente

En el año 2009, el MINSA registró un total de 65 casos de VIH en adolescentes entre 12 a 17 años de edad, siendo la más alta en el transcurso de los años, la cifra reportada hasta septiembre del 2010 registró un total de 50 casos. En cuanto a los casos de sida, el número de registrados en el año 2000 fue de 9 adolescentes de las edades 12 a 17 años de edad, para el 2004 y 2008 estos casos aumentaron a 15, en el año 2010 hasta el mes de septiembre se registró un total de ocho adolescentes infectados con sida. La reducción de casos de sida, se debe a la posibilidad de acceder al Tratamiento Antirretroviral de Gran Amplitud (TARGA). Tanto en los casos de VIH como de sida la mayor cantidad de personas infectadas se presenta en el sexo femenino.

Las vías de transmisión del virus en el Perú son casi exclusivamente sexual ya que representa el 97%, mientras que la transmisión materno-infantil (perinatal o vertical) llega al 2,1%. El Plan Estratégico Multisectorial 2007-2011 para la prevención y control de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y el VIH/SIDA en el Perú fue aprobado por Decreto Supremo N° 005-2007/SA en el 2007, que tenía como Objetivo Estratégico 4, reducir la transmisión vertical a menos del 2% al 2011. Al respecto, cabe indicar que en el año 2010 (acumulado) se reporta que el 2% de los contagios fueron por transmisión vertical (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. a).

La Defensoría del Pueblo emitió la Resolución Defensorial N° 035-2008-DP que aprueba el Informe Defensorial N° 138, “Derecho a una maternidad segura: supervisión nacional a los servicios de ginecología y obstetricia del MINSA” (02.12.2008), en el que se da cuenta de los avances y dificultades a este respecto. Los principales señalamientos tienen que ver con la necesidad de precisar en las normas técnicas la obtención del consentimiento informado de la gestante como un presupuesto indispensable para llevar a cabo los procedimientos médicos, salvo que exista riesgo previsible de contagio o infección para el niño o niña en gestación. Se señala también la necesidad de garantizar la realización de las sesiones de consejería pre y post test VIH/Sífilis a cargo de personal de salud (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. a).

El MINSA reporta un incremento sostenido del número de personas viviendo con VIH y sida que han iniciado el TARGA desde el mes de mayo de 2004 hasta fines de 2009. Existen 7.000 personas viviendo con VIH (PVVS) que necesitan tratamiento, de las cuales aproximadamente 6298 (89,97%) ya reciben TARGA al mes de noviembre de 2006; con el apoyo técnico-financiero del Proyecto Fortalecimiento de la Prevención y Control del sida y la Tuberculosis en el Perú financiado por el Fondo Mundial de Lucha contra el sida, Tuberculosis y Malaria (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. b).

El Estado a través de sus programas sociales de parte del MINSA garantizan el apoyo médico, psicológico de los niños y adolescentes infectados o afectados por el VIH/SIDA; en los casos que los padres fallezcan y los niños queden desamparados, el apoyo médico, psicológico y material está a cargo de INABIF, ello a través de sus CAR a nivel nacional, donde también se les brinda educación y recreo necesario para un desarrollo adecuado; el presente punto tiene relación con lo expuesto en la recomendación Nº 38 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. c).

En el año 2007, 8 de cada 10 estudiantes (78%) tenía conocimientos acerca de la forma cómo se trasmite el VIH/SIDA, sin diferencias significativas entre hombres y mujeres. Diferenciando por nivel socioeconómico, los estudiantes del sector no pobre tienen mayor conocimiento del tema que los del sector pobre y pobre extremo.

Entre los estudiantes sexualmente activos, sólo uno de cada tres (33,7%) tiene sexo seguro “siempre”; 37,1% sólo se protegen “a veces” y 29,2% no lo hacen nunca. Las mujeres son las que menos sexo seguro practican. Diferenciando la data por nivel socioeconómico, los estudiantes pobres extremos y pobres tienden a practicar menos sexo seguro que los no pobres, confirmándose que la actividad sexual se ejerce en condiciones de alto riesgo para la mayoría de estudiantes que son sexualmente activos.

De los 23.446 casos de sida y 36.138 casos de VIH reportados a septiembre de 2009 por la Oficina General de Epidemiología (OGE) del MINSA, se estima que el 60% de las personas afectadas son jóvenes y adolescentes que adquirieron la infección entre los 14 y 29 años de edad; por ello, el MINEDU cuenta en el nivel de secundaria, con el área curricular de ciencia, tecnología y ambiente, en la que se abordan los temas mencionados, así como con manuales tanto para los y las estudiantes como para los y las docentes, con el fin de gestar una cultura inclusiva. De igual forma, se han elaborado fascículos vinculados a esa temática y otros materiales orientados a la prevención (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. d).

En el 2007, se realizaron reuniones, talleres y cursos de capacitación en temas prioritarios, habiendo participado 5.965 instituciones educativas a nivel nacional, beneficiando a un total de 962.400 escolares de educación primaria y secundaria, e integrando a 32.668 docentes.

Con relación a las campañas que permiten la difusión sobre el conocimiento del sida en la comunidad, el MINEDU ha realizado lo siguiente: elaboración de los lineamientos educativos y orientaciones pedagógicas para la prevención de las infecciones de transmisión sexual, VIH y sida, distribuidos a nivel nacional (63.500 ejemplares); Manual “Formando promotores escolares para la promoción de estilos de vida saludables con énfasis en sexualidad y prevención de ITS/VIH y SIDA”, distribuidos a estudiantes de secundaria (27.000 ejemplares); y, Guías de Bolsillo del Promotor Escolar Adolescente en temas de prevención de ITS, VIH y SIDA (16.000 ejemplares) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. d).

En el marco de la Observación general N.º 4 del Comité, en relación a la obligación del Estado peruano de garantizar un entorno propicio y seguro para los y las adolescentes, con respecto a su salud y desarrollo, el MINEDU ha elaborado los “Lineamientos de educación sexual integral” para el país, los cuales se están implementando en las instituciones educativas a nivel nacional. También se ha previsto que éstas cuenten con materiales para docentes y estudiantes en educación sexual y prevención de las ITS y VIH/SIDA, buen trato y prevención del abuso sexual infantil (PASI). Entre los documentos técnicos desarrollados se encuentran: “Guía para el docente: Creando un Ambiente seguro y amigable a los Niños y Niñas VIH positivos en la escuela”, el cual es un paquete educativo orientado a abordar el tema de la no discriminación de niños y niñas VIH positivos en instituciones educativas de educación primaria, habiendo sido validado por 125 instituciones educativas en lima en el 2005; y el libro Educación Sexual Integral en el Sistema Educativo, el cual tiene el propósito de difundir el conocimiento de los lineamientos de educación sexual integral y de prevención de las ITS, VIH y sida en el 2009 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 53).

En relación al proceso educativo, en las áreas curriculares de ciencia, tecnología y ambiente; persona, familia y relaciones humanas; así como el área de educación física del nivel secundario de la EBR, el Diseño Curricular Nacional considera contenidos correspondientes a la salud sexual y salud reproductiva, y a la prevención del embarazo precoz, ello a partir del 2006 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 53).

Con respecto a la obligación de garantizar el acceso de los y las adolescentes a la información y servicios especializados para garantizar su salud y desarrollo, el anteproyecto presentado por la Comisión Revisora del Código del Niño y del Adolescente (CNA) prevé que los y las adolescentes mayores de 14 años tienen derecho a acceder a información, orientación y servicios de salud sexual y reproductiva. Estos servicios se extienden a las niñas y adolescentes madres menores de 14 años con la finalidad de garantizar su derecho a la atención prioritaria y especializada en salud asimismo señala la obligación del Estado de garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los adolescentes mayores de 14 años. Estos servicios y programas deben ser gratuitos, accesibles y confidenciales; de esta manera se contará con un mecanismo normativo que oriente la correcta interpretación del artículo 4 de la Ley General de Salud (Ley N° 26842) que constituye una barrera normativa para el acceso de los y las adolescentes a servicios diferenciados y a información sobre salud sexual y reproductiva.

Asimismo, en el año 2010 se logró la aprobación ante la Comisión de Justicia del Congreso de la República el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, de modificación del artículo 173 que penaliza las relaciones sexuales entre adolescente, norma que ha incidido negativamente en la mortalidad materna y en el aumento del número de embarazos de adolescentes. En enero de 2013, el Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la norma que penalizaba las relaciones sexuales consentidas, en las que al menos uno de los involucrados era mayor de 14 años y menor de 18. La demanda, que fue presentada por 10.609 ciudadanos, está en contra de artículo 1 de la Ley N° 28704, que modifica el inciso 3 del artículo 173 del Código Penal, sobre delito de violación sexual contra menores de edad entre 14 y 18 años. El TC precisó que la sentencia no genera derechos de excarcelación para los procesados y condenados por violencia, agresión o abuso sexual contra menores de edad entre 14 años a menos de 18. Asimismo, tal declaración de inconstitucionalidad no implica que a dichos procesados o condenados, cuando corresponda, no se les pueda procesar nuevamente por el delito de violación sexual.

De igual forma exhortó al Congreso de la República para que, conforme a sus competencias, pueda legislar de forma sistemática y con la gravedad de la pena que corresponda, todos aquellos casos que comprometan los derechos fundamentales de los menores de edad, teniendo en cuenta la obligación del Estado de proteger el interés superior del niño y del adolescente. El Tribunal explicó que en cuanto a la titularidad del derecho a la libertad sexual como parte de su derecho al libre desarrollo de la personalidad, queda claro que son titulares todos los mayores de 18 años de edad. Sin embargo, conforme a determinados elementos normativos y fácticos que operan en el ordenamiento jurídico peruano, los menores de edad entre 14 años y menos de 18 también pueden ser titulares de dicho derecho (CRC/C/PER/CO/3, párr. 53).

Según el informe de avances del PNAIA 2002-2010, en el tema de salud reproductiva se han instaurado servicios diferenciados de atención a adolescentes con énfasis en salud sexual y reproductiva (310 consultorios exclusivos), 1614 establecimientos de salud atienden a las y los adolescentes en horarios diferenciados y se cuenta con 3 servicios diferenciados especializados. Asimismo, se brindan servicios diferenciados extramurales en 149 instituciones educativas; 161 servicios diferenciados a través del programa “Atención Integral en Poblaciones Dispersas” y 42 Centros de Desarrollo Juvenil (CRC/C/PER/CO/3, párr. 53).

En el año 2005, el gasto total en la lucha contra el VIH/SIDA fue de 91,7 millones de nuevos soles, siendo la categoría de atención y tratamiento la que mayor gasto presenta. En cuanto a fuentes de financiamiento, la cooperación externa cubre aproximadamente el 40% en todo el año, con mayor énfasis en tratamiento, pero no llega a ser superior al gasto realizado por la Seguridad Social. En el año 2006, el gasto ascendió a 110,5 millones de nuevos soles, habiéndose incrementado cada una de las categorías, manteniéndose como el mayor gasto el correspondiente a atención y tratamiento. En el año 2007, el gasto referido a la lucha contra el sida fue de 107,7 millones de nuevos soles. En el 2008, se observa un aumento de 60% en el rubro de prevención, mientras que disminuye lo relacionado a atención y tratamiento. Ello podría explicarse por el descenso de los precios de los medicamentos antirretrovirales, ya que el número de personas que están en TARGA no ha disminuido; por el contrario está en incremento. Al comparar los tres años mencionados se aprecia que el gasto es permanente, pues se mantiene en los mismos niveles en todo el período, destacándose el aumento de 20,5% del 2005 al 2006 (CRC/C/PER/CO/3, párr. apdo. e).

Del mismo modo, ha habido un esfuerzo creciente para contar con personal de salud y docentes capacitados en promoción de estilos de vida saludables y prevención de ITS/VIH y sida (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. e).

El MINEDU, ejecutó el proyecto “Fortalecimiento de la prevención y control del sida y la tuberculosis en el Perú” (segunda ronda) en establecimientos de salud e instituciones educativas, en el marco de la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA) y de las Coordinadoras Regionales Multisectoriales de Salud (COREMUSA). En estas intervenciones se sensibilizó a 1337 docentes, 41.004 estudiantes, 335 promotores escolares, 172 profesionales de la salud, 449 padres de familia, 200 instituciones educativas y 7 equipos regionales capacitados (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. e).

ONUSIDA viene apoyando al país en la implementación de su Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las ITS y el VIH/SIDA en el Perú (2007-2011), en la formulación de planes operativos regionales descentralizados y en la coordinación multisectorial de los tres proyectos de VIH financiados por el Fondo Mundial de Lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, bajo la dirección del MINSA, en el mecanismo de coordinación de país conocido como CONAMUSA. La asistencia técnica que brinda busca aportar a que el país estime mejor sus necesidades para llegar al acceso universal a la prevención, tratamiento, atención y apoyo en VIH para todos los peruanos y las peruanas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. f).

El MINSA Aprobó el Plan Estratégico Multisectorial 2007-2011 para la Prevención y Control de las ITS y VIH/SIDA en el Perú, entre sus objetivos determina: Objetivo estratégico 3. Promover la prevención de ITS/VIH, la educación sexual y estilos de vida y conductas sexuales saludables en adolescentes y jóvenes; Objetivo estratégico 4. Reducir la transmisión vertical a menos del 2% al 2011; Objetivo estratégico 6. Alcanzar un 90% de acceso de las PVVS (adultos y niños) a una atención integral y de calidad (CRC/C/PER/CO/3, párr. 57, apdo. f).

D.Reducción del consumo de drogas legales

Uno de cada dos escolares (51,2%) ha probado alguna droga legal, ya sea alcohol o tabaco, alguna vez en su vida. El 36,7% lo ha hecho durante el último año y el 19,6% en los últimos treinta días, antes de la aplicación de la encuesta. Veinticuatro de cada cien estudiantes (uno de cada cuatro) que no habían probado alcohol un año antes de la aplicación de la encuesta, se iniciaron en su consumo en el último año. En el caso del tabaco, la incidencia de consumo disminuyó a 17 por cada 100 estudiantes que no fumaban un año antes y que se iniciaron en el consumo de cigarrillo en los últimos doce meses. La edad promedio de inicio del consumo de drogas legales: se ubica en los 12,8 años para el consumo de alcohol y 13,1 años para el consumo de cigarrillos. El alcohol sigue siendo la sustancia legal más consumida por los escolares.

Con el objetivo de disminuir el consumo nocivo de alcohol en la población en riesgo y por abuso, dependencia a otras drogas, el MINSA está implementando la estrategia Plan de Impacto Rápido de Adicciones, con un incremento en un 100% de las DISAS y DIRESAS con módulos de atención integral de adicciones y equipos de intervención (CRC/C/PER/CO/3, párr. 55).

En materia de prevención, el MINEDU ha emitido la siguiente normativa: Resolución Viceministerial N° 004-2007-ED, directiva que norma la campaña educativa nacional permanente de sensibilización y promoción para una vida sin drogas “Estudiantes sanos libres de drogas”, que promueve acciones de prevención del consumo de drogas lícitas, ilícitas y otras adicciones, y la promoción de estilos de vida saludables; y, Resolución Directoral 086-2008-ED, que aprueba la Directiva N° 041-2008-ME-VMGP/DITOE, “Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las direcciones regionales de educación, unidades de gestión educativa local e instituciones educativas”, que establece recomendaciones para actuar frente a situaciones imprevistas asociadas al consumo de drogas en las instituciones educativas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 55).

De igual manera, el MINEDU ha implementado las siguientes intervenciones: Plan educativo para la prevención, detección temprana y derivación oportuna del consumo de drogas en las instituciones educativas de 19 regiones del país con mayor prevalencia de consumo de drogas, involucrando a agentes educativos, estudiantes y padres de familia; Plan de Impacto Rápido (PIR) que desarrolla acciones para reforzar la prevención, detección temprana y derivación oportuna de los estudiantes que se encuentran en riesgo o han experimentado el consumo de drogas, en instituciones educativas ubicadas en regiones con mayor prevalencia de consumo de drogas en el país, con énfasis en Lima Metropolitana y Callao, a cargo de DEVIDA; y, Proyecto de intervención temprana para la prevención del consumo de drogas, con énfasis en drogas sintéticas, cuyo objetivo es validar una experiencia de intervención temprana a través de un grupo focalizado o grupo de estudiantes vulnerables al consumo de drogas en cuatro instituciones educativas de educación secundaria de Lima y Callao (CRC/C/PER/CO/3, párr. 55).

Según DEVIDA, la data existente sobre consumo de marihuana, inhalantes, cocaína, éxtasis, PBC y alucinógenos en población escolar lleva a concluir que la situación, pese a las importantes acciones realizadas, no ha mostrado gran mejoría.

La droga ilegal de mayor consumo entre los escolares es la marihuana, que ha pasado de 1,6 en el año 2002 a 1,9 en el 2007, siguiéndole los inhalantes, que han incrementado su presencia de 1,1 a 1,8 en el mismo lapso. La cocaína se incrementó en una menor proporción y el consumo de PBC no presenta variación en el periodo de análisis (2002-2007). De acuerdo al III Estudio Nacional: Prevención y Consumo de Drogas en Estudiantes 2009, presentado por DEVIDA en el año 2011, señala que en el año 2009, la prevalencia del consumo de drogas legales para el caso de las niñas, niños y adolescentes es de 42,1% (alcohol 37%, tabaco 28,5%); de drogas ilegales 7,9% (marihuana 3,9%, inhalantes 3,7%).

El indicador de prevalencia de vida del consumo de drogas ilegales en escolares, arroja en el año 2007, que el 7% de los escolares ha ingerido algunas de estas drogas alguna vez en su vida, se trate de marihuana, PBC, cocaína, inhalantes, éxtasis, alucinógenos u otras; el 3,9% lo ha hecho durante el último año y el 1,6% en el último mes. Entre las sustancias ilegales, la marihuana es la que registra las prevalencias de año y de mes más altas, seguida de los inhalantes, la cocaína y la PBC.

Mayor incidencia del consumo de drogas ilegales la tiene la marihuana, que registra una tasa de 1,3 por cada cien estudiantes que no fumaban esta sustancia un año antes de aplicación de la encuesta. Le siguen los inhalantes, la cocaína, la PBC y el éxtasis, que registra una incidencia similar a esta última.

La edad promedio de inicio del consumo de drogas ilegales, oscila entre los 12,6 y 13,8 años. Cabe resaltar que el éxtasis registra una edad promedio de inicio inferior a las de la marihuana, PBC y cocaína, lo que indica claramente el dinamismo que ha adquirido esta sustancia.

E.Salud y acuerdos comerciales

Los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el Perú buscan lograr un equilibrio entre los intereses mercantiles y los derechos de las personas que están consagrados en acuerdos vinculantes como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En este sentido, el acceso a los medicamentos, principalmente a aquellos esenciales, está consagrado en la Constitución Política, en el Acuerdo Nacional, en los Lineamientos de Política de Salud 2002-2012, en la Hoja de Ruta 2004-2006 y en la Ley General de Salud (CRC/C/PER/CO/3, párr. 49).

El 98% de todos los medicamentos comercializados en el Perú está conformado por genéricos; es decir, productos cuya patente ha expirado y que por lo tanto pueden ser comercializados libremente. Estos productos no han incrementado su precio a raíz de acuerdos comerciales, justamente porque su período de protección de patente ya venció (CRC/C/PER/CO/3, párr. 49).

F.Salud ambiental

Con el fin de garantizar el derecho a la salud de los niños en zonas donde se realiza un proyecto minero o industrial, los estudios de impacto ambiental y los permisos de funcionamiento de las mineras están a cargo del Ministerio de Energía y Minas (MINEM). El cual tiene como función velar por la promoción de la actividad minera, propiciando una actividad minera responsable, por tal motivo se requiere a todos los titulares de concesiones mineras que presenten su Estudio de Impacto Ambiental antes de iniciar la etapa de explotación (CRC/C/PER/CO/3, párr. 51).

En 2008 se creó el Ministerio del Ambiente (MINAM) por Decreto Legislativo N° 1013 (14 de mayo de 2008) como ente rector del sector ambiental nacional, que coordina en los niveles de gobierno local, regional y nacional. Por Resolución Ministerial N° 121-2009-MINAM se aprobó el “Plan de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles para el año fiscal 2009”. Mediante Resolución Ministerial N° 225-2012-MINAM del 28 de agosto de 2012, se aprobó el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) para el período 2012-2013 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 51).

G.Nivel de vida

En atención a la recomendación del Comité (CRC/C/PER/CO/3, párr. 59), entre los años 2005 y 2010, la pobreza disminuyó en 17,4% y entre los años 2001-2010 en 23,5%, al pasar de 54,8% el 2001 a 31,3% en el 2010. Es decir, que en el último decenio se redujo el número de personas que tuvieron un nivel de gasto inferior a la Canasta Básica de Consumo compuesta por alimentos y no alimentos de 57 a 31 personas de cada 100. Las cifras más actuales, nos señalan que entre los años 2007 y 2011, la pobreza disminuyó en 14,6%, al pasar de 42,4% el 2007 a 27,8% en el 2011.

Algunos de los mecanismos que se han puesto en marcha para reducir la pobreza y mejorar el nivel de vida de las niñas, niños y adolescentes son los siguientes: Decreto Supremo N° 080-2007-PCM que aprueba el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional Crecer; Decreto Legislativo N° 1086 que aprueba la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente; Fondo para la Igualdad que se creó por Decreto de Urgencia N° 022-2006 y se reglamentó por Decreto Supremo N° 042-2007-PCM, con la finalidad de financiar de manera parcial o total programas, proyectos y actividades de desarrollo social y lucha contra la pobreza extrema en zonas rurales; y, Programa de Apoyo a las Alianzas Rurales y Productivas de la Sierra del Perú (ALIADOS), cuyo objetivo es mejorar los recursos y las condiciones económicas de familias rurales, en áreas seleccionadas de las regiones de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Junín, Huánuco y Pasco.

De igual manera, se puede apreciar la presente normativa dada con relación al tema: Ley N° 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Ley N° 29467, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Ley N° 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Decreto Legislativo N° 996 que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales

La Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, como espacio para la coordinación de acciones entre el Estado y la sociedad civil dirigidas a enfrentar de manera eficaz la pobreza en cada región, departamento, provincia y distrito del Perú, promovió —especialmente durante 2008— que la atención a la infancia sea una prioridad central de la política social.

Cabe indicar que durante el 2008 la implementación de programas presupuestales estratégicos con enfoque de gestión por resultados permitió que cinco de estos programas asumieran 12 acciones prioritarias del plan de lucha contra la pobreza. Estas acciones se han estructurado en los siguientes programas presupuestales estratégicos: “Salud materna y neonatal”, “Articulado nutricional”, “Acceso de la población a la identidad”, “Logros de aprendizaje al final el III ciclo de EBR”, y “Acceso a servicios sociales básicos y oportunidades de mercado”.

Como parte de la política de lucha contra la pobreza, el Estado ha venido implementando una serie de medidas tendientes a dotar de recursos a las zonas pobres y pobres extremas (con mayor incidencia en las rurales), con el fin de que tengan acceso a infraestructura básica, (agua, luz, desagüe). Así, durante el 2009, el MEF emitió la normativa siguiente: Decreto de Urgencia N° 060-2009 que autoriza hasta el 31.12.2010 (ampliada hasta el 31 de diciembre de 2011 por la Ley N° 29626) a los gobiernos regionales y locales a utilizar hasta el 50% de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalía minera a que se refiere la Ley N° 28258 que perciban a partir de la entrada en vigencia de la norma, para ser destinado exclusivamente al mantenimiento de infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica; Decreto de Urgencia N° 069-2009 que autoriza a los gobiernos regionales y locales a utilizar adicionalmente los recursos a que se refieren los numerales 1.1 y 1.4 del artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 060-2009 en el mejoramiento de la vivienda de hogares en situación de pobreza extrema, con la implementación de cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejos de excretas; Decreto de Urgencia N° 079-2009 (2 de abril de 2009) que dispone que los gobiernos regionales y locales en cuyas circunscripciones se exploten recursos naturales petroleros destinen el 5% (10% para el caso de gobiernos regionales según Decreto de Urgencia N° 026-2010) de los fondos que les fueron asignados por concepto de canon y sobrecanon petrolero a la ejecución de proyectos de inversión pública y gasto social, bajo la modalidad de núcleos ejecutores en las comunidades ubicadas en las zonas de explotación respectiva. Dichos recursos se destinarán principalmente a obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos; atención a las madres embarazadas y en período de lactancia, y a niños menores de 6 años por los sistemas de salud y educación; entre otros; y, Decreto de Urgencia N° 085-2009 (2 de septiembre de 2009) que dicta medidas extraordinarias y urgentes para que los gobiernos regionales y locales destinen recursos, durante los años fiscales 2009 y 2010, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública y mantenimiento de infraestructura a través de núcleos ejecutores, en el marco de las acciones comprendidas en el plan de estímulo económico para aminorar los efectos de la crisis externa en el país. Los rubros involucrados incluyen saneamiento, agua potable, mini presas, pequeños sistemas de riego, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, energía eléctrica, educación y salud, entre otros, siempre que el monto no supere las cien unidades impositivas tributarias por cada proyecto o mantenimiento.

Del mismo modo, con el propósito general de reducir las brechas en cuanto a la asignación de recursos, desde el año 2008 se ha dado inicio a un proceso que identifica a la unidad económica más básica como receptora de los ingresos fiscales. En el sector Educación implicó la asignación de recursos de manera individual a más de 42.000 locales educativos.

VII.Actividades educativas, recreativas y culturales (arts. 28, 29, 30 y 31 de la Convención)

A.Acceso a la educación del nivel inicial

Para el año 2009, en el nivel de Educación Inicial se logró brindar una cobertura de niños y niñas de 0 a 2 años equivalente al 3,2% de la población, este grupo de edad fue atendido sin distinción de sexos, aunque se mantienen las inequidades urbano rural, de 4,2% frente al 1,1%. En el 2011, la cobertura fue equivalente al 4,6% de la población, manteniéndose las inequidades urbano rural, de 6% frente al 1,8%.

En cuanto a la edad de 3 a 5 años se dio cobertura al 66,3% de la población, considerado a nivel del sector público y privado. Existe un 33,7% de niños peruanos que aún no son atendidos por el sistema educativo en este rango de edad. En cuanto a la tasa neta de matrículas en educación inicial de 3 a 5 años entre los años 2006 y 2011 se incrementó en 11%; alcanzando la cobertura del 72,6% en el año 2011.

Es preciso mencionar que existe una brecha urbano/rural; sin embargo, en ambos casos se evidencia un incremento en el acceso de la educación inicial urbana de niñas y niños de 3-5 años de edad que pasó de 69,4% en el año 2006 a 74% en el año 2010, mientras que en el ámbito rural se incrementó de 47% en el 2006 a 61% al 2010.

En cuanto a la atención educativa, el MINEDU señala que en el año 2010, se atendieron a 82.229 niños entre 0 y 2 años en 1.245 servicios escolarizados y 5.474 servicios no escolarizados; y en el año 2005 se registró 4% de tasa total de cobertura y en el año 2009, 4,2%. En el caso de la atención a los niños de 3 a 5 años, en el año 2010 se atendieron a 1.310.185 niños en 21.378 servicios escolarizados (jardines y cuna jardín) y 13.457 programas no escolarizados de Educación Inicial denominados PRONOEI. En el año 2005, la cobertura neta de atención a niños de 3 a 5 años fue de 57,5% y en el año 2009 fue de 66,3%. A partir del año 2008, se han iniciado acciones sistemáticas para el incremento de cobertura en el Ciclo II de la Educación Inicial, habiendo logrado incrementar entre los años 2009 y 2010 la atención a 24.220 niños.

En el año 2009, se distribuyó 5.087 Módulos de Bibliotecas Infantiles para niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y PRONOEI de 4 regiones priorizadas (Ayacucho, Apurímac, Huánuco y Huancavelica). Durante el 2010, se logró distribuir 9.886 Módulos de Biblioteca de Aula para los niños y niñas de 3 a 5 años de las instituciones educativas y PRONOEI de 5 regiones priorizadas (Lima Provincias, Lima Metropolitana, Junín, Callao y Cusco-VRAE).

B.Acceso a la educación del nivel primaria

En cuanto a la matrícula de niños y niñas entre los 6 y 11 años, a nivel nacional en el año 2011 (94%) se presentó un avance significativo con respecto a la tasa promedio registrada para el año 2002 (93,3%); la cobertura educativa del grupo de edad entre 6 y 11 años es bastante alta, habiendo aumentado al 98,1% en el año 2011. Se han cerrado las brechas de género a nivel nacional (98,2% mujeres/98,1% hombres).

Desde el año 2007, el MINEDU realiza al final de cada año la Evaluación Censal a Estudiantes (ECE) consistente en la aplicación de pruebas estandarizadas a estudiantes de segundo grado de primaria para medir cuánto han aprendido en Matemática y en Comprensión Lectora. El MINEDU produce reportes individualizados con los resultados de cada estudiante, de cada aula, escuela, provincia y región. En el año 2011, se obtuvieron los siguientes resultados: en comprensión lectora se incrementó de 15,9% en el 2007 a 29,8% en el año 2010, y en matemáticas aumentó el porcentaje de 7,2% en el año 2007 a 13,2% en el 2011 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. a).

Ha sido importante la creación del Programa Estratégico de Logros de Aprendizaje (PELA), en el marco de la programación y formulación del presupuesto 2008 bajo la estrategia de Presupuesto por Resultados del Ministerio de Educación, el cual tiene por objetivo que los y las estudiantes del III ciclo de EBR obtengan logros de aprendizaje esperados en comunicación integral y pensamiento lógico matemático, está ceñido al grupo etario señalado para el nivel primario (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. a).

C.Culminación de la educación del nivel primaria en edad oficial

En relación al porcentaje de niños y niñas de 11 años de edad que culmina la educación primaria se está produciendo avances importantes. En el 2006, el 57,5% de los niños y niñas de 11 años de edad culminó la primaria, porcentaje que aumentó en el 2008 a 63,8%. En cuanto al porcentaje de niños y niñas de 12 a 14 años de edad con primaria completa, pasó de 77,3% en el año 2006 al 83,5% en el 2011.

Asimismo, se debe tomar en cuenta que las regiones con menor tasa de conclusión son Loreto (59,9%), Huánuco (60,8%) los cuales no superan el promedio nacional, seguidos de los departamentos Huancavelica (65,7%), Ayacucho (66,7%), Amazonas (67,8%).

El MINEDU en cuanto al trabajo referido a la calidad de la enseñanza ha realizado: la elaboración de un “Manual para la enseñanza de la lectura y escritura en educación primaria”, con el que se ha estructurado la propuesta de especialización que se viene aplicando en las regiones de Ayacucho, Apurímac, Huánuco y Huancavelica; la Movilización Nacional para la Comprensión Lectora, con dotación de material educativo, una estrategia para la promoción y el fortalecimiento de las capacidades de comprensión lectora aplicada a estudiantes desde sexto grado de primaria a cuarto año de secundaria; y, la transferencia de estrategias a UGEL y DRE para implementación del Diseño Curricular Nacional y diversificación curricular (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. a).

De igual manera, existen indicadores que demuestran el incremento de los recursos destinados a la educación, como por ejemplo en el 2007 el gasto público por alumno en educación inicial fue de 771 nuevos soles, mientras que en el 2005 fue de 629 nuevos soles (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. a).

De otro lado el MEF, en el marco del PpR para la ejecución del Programa Estratégico “Logros de aprendizaje al finalizar el III Ciclo de EBR”, ha incrementado el presupuesto de dicho PPE, pasando de un presupuesto de 928 millones de nuevos soles en el 2009, a 1.093 millones de nuevos soles en 2010. Asimismo, se debe destacar que el presupuesto asignado al sector Educación (incluidos los Organismos Públicos Descentralizados —OPDs— y las Direcciones Regionales de Educación de los Gobiernos Regionales) ha visto incrementada sus asignaciones presupuestales en los últimos años, pasando de 9.859 millones de nuevos soles en 2006 a 14.132 millones de nuevos soles en 2010. El Presupuesto Inicial de Apertura 2011 del PELA consolidado a nivel nacional, es decir considerando el Pliego 010 – Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y el Programa Juntos, ascendió a un total de 2.001.501.812 nuevos soles, con una variación de ­0,59% en el IV Trimestre y llegando a un PIM de 1.989.704.124 nuevos soles. Asimismo, la ejecución del gasto ascendió a 1.926.983.958 nuevos soles en el IV Trimestre, es decir, se registró un avance financiero del 96%, respecto al PIM (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. a).

D.Acceso de niñas de zonas rurales a educación del nivel primaria

Con respecto al indicador de asistencia de niñas de zonas rurales a educación primaria de 6 a 11 años de edad, en promedio fue del 93,2% en el año 2011, cifra mayor a la alcanzada al año 2006 que fue de 90,7%. La tasa de matrícula y permanencia en el nivel primario del grupo atareo de 6 a 11 años de edad, es siempre superior al 90%, desde el año 2006 al 2011. En todos los Departamentos, el acceso a la matrícula en educación primaria es mayor a 90; la tasa de culminación de la primaria para el grupo etario de 11 años para el año 2006 fue de 57,6% y 57,4% para niños y niñas respectivamente, mejorando a 63,5% y 64,1% el año 2008. Se puede apreciar un avance de casi 6 puntos para los niños y 7 puntos para las niñas en ese lapso.

El MINEDU viene desarrollando acciones destinadas a la mejora de la infraestructura escolar, especialmente en zonas de pobreza urbano-marginal y rural a nivel nacional, dando atención a las áreas rurales en relación al apoyo y promoción de la continuación y culminación de la educación básica de los alumnos y alumnas de esas zonas. Para ello se ha impulsado como pilotos los Centros Rurales de Formación en Alternancia en algunas regiones del país, con el fin de evaluar la pertinencia de un modelo que permita atender a los estudiantes ubicados en las zonas más dispersas. Este modelo busca el desarrollo social y económico de la comunidad mediante la formación integral de los niños y la participación directa de las familias en los centros. La promoción de la asesoría pedagógica se ha llevado a cabo mediante talleres macrorregionales, los cuales profundizan la información técnico-pedagógica a los especialistas, quienes a su vez se encargan del efecto multiplicador entre los y las docentes de su jurisdicción para mejorar su desempeño (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. b).

Se ha contribuido con la entrega de una variedad de recursos y materiales educativos como guías, fascículos y manuales para la lectura, análisis y reflexión sobre los procesos pedagógicos que se llevan a cabo en el aula, de manera que el tratamiento a los estudiantes sea equitativo y se oriente al logro de las características del egresado de la EBR. También se entrega textos a los y las estudiantes con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de los aprendizajes. De igual forma se les ha dotado de módulos de biblioteca, laboratorios implementados, materiales para manipulación como el torso humano, microscopios, entre otros (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. b).

La Dirección General de Educación Básica Regular viene trabajando en la mejora de la calidad de la educación a través de la donación de material educativo, asesoría técnica a especialistas para la implementación de las acciones de acompañamiento pedagógico docente, culminación del proceso de articulación y mejoramiento del Diseño Curricular Nacional e información a los padres de familia sobre los aprendizajes que deben desarrollar los y las estudiantes en cada nivel educativo (inicial, primaria y secundaria), en cualquier ámbito del país, con el fin de asegurar calidad y equidad. Estas acciones generan confianza en los padres de familia y garantizan la permanencia de los estudiantes en el sistema (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. b).

El Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres ‒ JUNTOS, contribuyó a la inclusión de niñas y niños en la educación primaria, debido a su política de condicionamiento que favorece la corresponsabilidad de la familia y el Estado en el ejercicio de sus derechos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. b).

El citado Programa, indica que el 85% de niñas y niños de 6 a 11 años de edad son matriculados en el grado correspondiente, habiendo atendido a diciembre 2010 a 476.789 niños y niñas beneficiarios matriculados con edades entre 6 a 11 años de edad, de ellos, sólo el 27,61% (131.645 niños y niñas) se encontraban matriculado en edad adecuada (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. b).

E.Acceso a la educación del nivel secundaria

La tasa neta de matrícula a educación secundaria de 12 a 16 años de edad es de 80% al año 2011, mientras que el año 2006 era de 74,2%. La tasa neta de asistencia escolar en educación secundaria de la población de 12 a 16 años de edad, fue de 79,6% al año 2011, en comparación al año 2006 que alcanzó el 74,2%. Un avance importante se registra en la tasa de estudiantes que culminaron el quinto año de secundaria en una edad oportuna (16 años de edad) en el periodo 2002-2008, habiendo pasado del 29,8% al 40,1% (Urbana de 40,2% a 49% y rural de 12,3% a 25,5%), mostrando un incrementado de 10 puntos porcentuales entre los años 2002 al 2008.

F.Esfuerzos logrados en el acceso a la educación de todos los niveles

En el país se han realizado esfuerzos por ampliar la cobertura en educación inicial, cuyo acceso en el año 2002 alcanzó al 61,5% para aumentar en el 2010 a 77% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

El nivel primaria de EBR muestra alta cobertura en el país, teniéndose que la tasa neta de matrícula alcanzó en el año 2010 al 94% de las niñas y niños con edades entre los 6 y 11 años, respecto a la tasa de matrícula del año 2002 (93,3%) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

La tasa neta de asistencia en dicho nivel fue de 90% en el año 2002, y en el 2010 aumentó a 93,3%, mientras en el área rural pasó del 88,5% en el 2002 a 93,7% en el 2011, lo que revela una paridad o ausencia de brechas en lo que toca a asistencia a la escuela primaria en los planos nacional, rural y urbano durante el año 2010 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

La educación de las niñas de zonas rurales es requisito clave para mejorar los índices de desarrollo humano en sectores secularmente pobres, considerando, entre otros motivos, que en el mediano plazo, ellas serán madres con importante rol en el cuidado de las hijas e hijos y en el manejo de la economía del hogar, transmitiendo conocimientos, valores y pautas de crianza a las nuevas generaciones. La asistencia a educación primaria de niñas de zonas rurales con 6 a 11 años de edad, llegó en el año 2010 al 93,3% y en el año 2011 al 93,2%, cifra mayor a la tasa de 87,5% alcanzada en el 2004 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

Por otro lado, durante el año 2010, el 81,2% de alumnos y alumnas culminó sus estudios en ese nivel, mejorando el promedio nacional (68,4%) del año 2000 en 12,8 puntos porcentuales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

Tanto en matrícula como en asistencia, la cobertura de la educación secundaria aumentó de manera significativa en el periodo 2002-2010. La tasa neta de asistencia escolar en educación secundaria de la población de 12 a 16 años de edad, fue de 79,6% en el año 2011, es decir, diez puntos porcentuales de mejora en comparación al año 2002, cuando esta tasa alcanzó el 68,5% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

Asimismo, la tasa neta de matrícula de educación secundaria de 12 a 16 años de edad fue de 79,2% en el año 2010, mientras que en el año 2002 lo fue de 70,5% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

Existe un avance importante en la tasa de estudiantes que culminaron el quinto año de secundaria en edad oportuna (16 años de edad) en el período 2002-2008, habiendo subido este promedio del 29,8% al 40,1%, respectivamente. En áreas de residencia urbana esta tasa pasó del 40,2% al 49% y en las zonas rurales de 12,3% a 25,5% en el mismo período (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

El porcentaje que culminaba la educación secundaria en el año 2003 entre los 17 y 18 años de edad era de 47,8%; para el año 2011, esta cifra pasó a 63,1%. Si comparamos los ámbitos urbano y rural existe una brecha importante, pues mientras en el área urbana el 71,5% de las y los adolescentes sí termina la secundaria en la edad normativa, sólo el 41,6% lo hace en el medio rural. En cuanto a los departamentos, Loreto (42%), Huánuco (41,7%) y Huancavelica (33,6%) tienen la tasa de conclusión más baja (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

Por otro lado, 1.409 adolescentes en extrema pobreza fueron beneficiados y beneficiadas con acciones de refuerzo escolar (CEDIF del actual MIMP) y se emitió el Decreto Legislativo N° 1066 (28 de junio de 2008) que aprueba el otorgamiento de becas a estudiantes de escasos recursos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. c).

G.Deserción de estudios escolares

En cuanto a la deserción escolar por causa de embarazo adolescente, el MINEDU emitió la RD N° 0086-2008-ED, que aprueba la Directiva N° 041-2008-ME-VMGP/DITOE “Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las Direcciones Regionales de Educación (DRE), Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) e Instituciones Educativas (IIEE)”, donde se promueve la no discriminación, por parte de la comunidad educativa, de la estudiante embarazada al interior de la institución educativa. Asimismo, en el Informe Anual correspondiente al año 2008, el Ministerio de Educación refiere que en el año 2007 el número de adolescentes que abandonaron los estudios por motivo de su gestación fue 17,1%.

El MINEDU en el Censo Escolar 1998-2008, reporta que la deserción escolar en el nivel secundaria del porcentaje total de matriculados por año de estudios, se mantiene de manera constante: 2006, 7,5%; 2007, 6,1%; 2008, 6,7%.

H.Descentralización de la educación

En el marco de la descentralización, las Direcciones Regionales de Educación (DRE) cuentan con su Proyecto Educativo Regional: en Cajamarca, Huánuco, San Martín, Junín, Piura y Tacna han desarrollado diseños curriculares regionales diversificados; las DRE Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa y la Región Pasco. Las regiones de Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa y la Región Pasco cuentan con Proyecto Educativo Regional. En el año 2008, el Ministerio de Educación aprobó el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular y en el marco de la descentralización, las Direcciones Regionales de Educación de Cajamarca, Huánuco, San Martín, Junín, Piura y Tacna han desarrollado respectivamente diseños curriculares regionales diversificados.

El Plan Nacional de Educación para Todos 2005-2015, tiene por finalidad esbozar un modelo de seguimiento sistemático, a los avances en la erradicación de las brechas de equidad y en el mejoramiento de la calidad educativa, dentro del marco de la visión y la misión del Foro Nacional de Educación para Todos.

El Proyecto Educativo Nacional al 2021, aprobado en enero del 2007, propone asegurar el desarrollo óptimo de la infancia a través de la acción intersectorial concertada del Estado en cada región, satisfacer las necesidades básicas de los niños de 0 a 3 años, apoyar a la familia para una crianza sana, estimulante y respetuosa de los niños, promover entornos comunitarios saludables, amables y estimulantes para los niños, promover un óptimo desarrollo educativo del potencial humano desde la primera infancia.

I.Capacitación de personal docente

En el 2007, se capacitó a un total de 40.471 docentes de 9.749 instituciones educativas (EBR, Educación Intercultural Bilingüe-EIB y Educación Básica Especial ‒ EBE). Se desarrollaron además capacitaciones macrorregionales a docentes para implementación del Plan Lector 2007 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. d).

El MINEDU viene trabajando en enriquecer la capacitación docente a través de normas que regulan la creación de institutos y escuelas de educación superior. Igualmente, se han definido requisitos específicos para la formación docente que van desde el incremento del promedio de nota aprobatoria hasta el número mínimo de horas formativas y contenidos enfatizados en esos procesos. Se han establecido también diseños curriculares para los distintos niveles formativos y un proceso de capacitación a cargo de universidades de prestigio para los docentes en ejercicio. Asimismo, se impulsan programas para estimular la actualización permanente de los y las docentes, tales como el programa “Maestro Siglo XXI” (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. d).

En los últimos años ha habido un incremento progresivo de los salarios. La meta del MINEDU en el año 2010 fue incorporar a 20.000 profesoras y profesores nombrados y con título pedagógico a la Ley de Carrera Pública Magisterial (CPM), la cual otorga aumento de sueldos, hasta de un 197%, de acuerdo a los méritos propios del o la docente (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. d).

J.Acceso a educación bilingüe e intercultural

En cuanto al porcentaje de alumnas y alumnos indígenas en escuelas rurales de enseñanza bilingüe de primaria se evidencia una disminución para el año 2009 en 3,7 puntos porcentuales con respecto al año 2007 (15,9%). La Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe del Ministerio de Educación afirma que la cobertura de los Programas de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) en niñas y niños de primaria que hablan lenguas originarias de áreas rurales, fue de 54,37% en el año 2008. Los informes anuales de la Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe y Rural (DIGEIBIR) refieren haber atendido a 245.790 estudiantes de primaria el año 2007; 130.890 en el 2008 y 51.420 en el 2009. Considerando tal descenso, la citada Dirección —según da a conocer en sus reportes— se propuso elevar la cobertura de sus programas bilingües para niñas y niños de primaria, a más del 80% en el año 2011 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

En octubre del 2011, se puso en consulta una norma técnica que ofrecía los criterios y procedimientos para identificar, reconocer y registrar las instituciones educativas que debían ofrecer el servicio de EIB en todo el país. Esto se convirtió en una directiva que fue aprobada con Resolución Ministerial N° 008-2012-ED, que crea el Registro Nacional de Instituciones de Educación Intercultural Bilingüe del Perú. Esta norma permite que las diferentes direcciones regionales de Educación y UGEL de todas las regiones del país hagan el proceso de identificación de las IIEE de su jurisdicción que deberían ofrecer el servicio de EIB.

El registro da cuenta hasta el mes de octubre del 2011, de 14.200 Instituciones Educativas que tienen que ofrecer el servicio de EIB, de las cuales 10.800 tienen una lengua originaria como lengua materna, y 3.400 a su lengua originaria como segunda lengua, por tratarse de estudiantes de pueblos originarios.

Estadísticas del Ministerio de Educación registran una franja de niñas y niños indígenas fuera del sistema educativo, que en el año 2006 estaba constituida por 74.573 niñas y niños con edades adecuadas para el nivel de educación inicial, 18.011 para primaria y 38.216 para secundaria (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Respecto al número de centros educativos en el área rural indígena con enseñanza bilingüe, en el año 2008 consistía en 103 escuelas para educación inicial y en 1.058 para educación primaria (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

La Evaluación Censal de Estudiantes 2010 evaluó a alumnas y alumnos de cuarto grado de primaria cuya lengua materna es originaria y que reciben enseñanza en Instituciones de Educación Intercultural Bilingüe (EIB), con el objetivo de conocer su desenvolvimiento en comprensión lectora, tanto en su propia lengua originaria, como usando el castellano como segunda lengua. En lengua originaria se evaluó a poblaciones aimara, awajún, quechua (en la rama dialectal Cusco Collao) y shipibo conibo (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Los resultados muestran que la gran mayoría de estudiantes tiene serias dificultades para leer textos escritos en su lengua originaria. Más del 50% se ubica por debajo del Nivel 1. En el caso de las lenguas amazónicas evaluadas, esta proporción se incrementa hasta en un 80%. Los estudiantes quechua hablantes son quienes alcanzan mejor porcentaje, un 6,9%, en el nivel esperado en comprensión lectora en lengua originaria, seguidos por los estudiantes awajún con 4,9%, shipibo conibo con 4,8% y aimara con 1% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

En general, las y los estudiantes tienen mejor desempeño en las pruebas de comprensión lectora con castellano como segunda lengua, especialmente en el caso de las escuelas con población quechua y aimara, donde se alcanzó 13,4% y 14,4%, respectivamente. Las poblaciones shipibo y awajún alcanzaron promedios respectivos de 2,1% y 1,6% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

El Programa Curricular Multigrado (PCM) y el tratamiento de lenguas e interculturalidad permiten adecuar las capacidades, conocimientos y actitudes propuestas en el Diseño Curricular Nacional a las características culturales, lingüísticas y necesidades de los estudiantes en las diversas zonas y departamentos del país. La diversificación de la programación al respecto parte de la identificación e incorporación de las prioridades de la comunidad, las demandas de las familias y los intereses y necesidades de los y las estudiantes a la programación curricular de aula. Incluye: Procesos de programación a mediano y corto plazo; Identificación de los escenarios lingüísticos a través de diagnósticos lingüísticos para tratamiento pedagógico de las lenguas; y, Planificación de las actividades de la comunidad educativa para desarrollar la interculturalidad (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Se cuenta con una propuesta pedagógica integral y sistémica de tres componentes para implementarse en el aula, hacerla viable y pertinente a cada realidad y sostenible en el tiempo. Asimismo, se han diseñado las modificaciones curriculares correspondientes en los niveles de educación primaria, de manera que los currículos respondan adecuadamente a los criterios transversales de interculturalidad, bilingüismo y promoción de la igualdad de derechos de las niñas y niños, y se adapten a las propuestas metodológicas de diversificación y de trabajo en aulas multigrado. También, se han producido materiales que refuerzan los procesos de aprendizaje sobre la base de las nuevas propuestas metodológicas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Del mismo modo, se ha aprobado en el año 2009 el Diseño Curricular Básico Nacional de Educación Básica Alternativa (DCBN-EBA), para estudiantes del Programa de Educación Básica Alternativa para Niños, Niñas y Adolescentes (PEBANA) de 9 a 17 años y del Programa de Educación Básica Alternativa para Jóvenes y Adultos (PEBAJA) de 18 a más años. La implementación del DCBN EBA se inició, en dicho año, en los 812 centros de EBA públicos con los que se cuenta a nivel nacional (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Se cuenta con propuestas para la diversificación curricular en los niveles inicial, primaria y superior de áreas rurales y urbanas, así como con propuesta pedagógica y materiales validados para atender a niños de 3 a 5 años de contextos bilingües y rurales en lenguas shawi, quechua San Martín, quechua Inkawasi-Kañaris, quechua de Pasco y quechua wanka (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

Se brindó capacitación para los programas multigrado y de educación bilingüe a 2.400 docentes aproximadamente, de 20 departamentos del país (CRC/C/PER/CO/3, párr. 61, apdo. e).

K.Logros básicos de aprendizaje alcanzados por niños y niñas

En el 2008, el MINEDU, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales mediante un conjunto de intervenciones articuladas, cuya rectoría está a cargo del MINEDU, desarrolló el Programa Estratégico “Logros de Aprendizaje al finalizar el III ciclo de la EBR” (PELA), el cual tiene alcance nacional que concreta una de las políticas educativas, la de equidad mediante la provisión de un servicio de educación de calidad especialmente en las zonas de menos desarrollo humano (abarcando cerca del 10% de las instituciones educativas del país). Concentra su atención en los niños y niñas de Educación Inicial de 3 a 5 años (ciclo II) y de los dos primeros grados de la Educación Primaria (ciclo III). La Evaluación Censal a Estudiantes (ECE) consiste en la aplicación de pruebas estandarizadas a las y los estudiantes de segundo grado de primaria para medir cuánto han aprendido en Matemática y en Comprensión Lectora. Desde el año 2007, el Ministerio de Educación realiza esta evaluación al final de cada año y produce reportes individualizados con los resultados de cada estudiante, de cada aula, escuela, provincia y región.

En el año 2011, se obtuvieron los siguientes resultados: en comprensión lectora se incrementó de 15,9% en el 2007 a 29,8% en el año 2011 y en matemáticas aumentó el porcentaje de 7,2% en el año 2007 a 13,2% en el 2011.

Si bien se registra un incremento de 13,9 puntos porcentuales en compresión de textos del año 2011 respecto al año 2007, y en Matemáticas de 6 puntos porcentuales en el mismo período, se debe concentrar mayores esfuerzos en mejorar los resultados, priorizando especialmente la selva.

L.Medios asignados a programas de educación temprana promovidos desde el Estado para evaluar y promover niveles óptimos del desarrollo de los niños en diversos ámbitos de desempeño

La evaluación anual permite realizar un seguimiento y verificar el avance alcanzado en el desarrollo infantil, con la finalidad de medir los efectos de las estrategias y acciones planteadas desde el componente “Aprendizaje Infantil Temprano”, así como su estrecha relación con los demás componentes del programa. Así pues, anualmente se aplica el “Test Abreviado”, instrumento de evaluación utilizado por el MINSA, que tiene como objetivo evaluar el nivel de desarrollo motor, cognitivo, comunicativo y social de las niñas y los niños. En el cuarto trimestre del año 2009 fueron evaluados a través del test abreviado 44.963 niños y niñas, mientras que en el 2010 se evaluó a 45.715 niños y niñas beneficiarios del Programa Nacional Wawa Wasi.

En el 2010, se evaluó a 54.876 niños y niñas a nivel nacional. Los resultados de las evaluaciones son utilizados para la toma de diversas decisiones, entre las que destacan: Programación Curricular, a partir de la planificación de actividades en la Matriz de Articulación, se prevén recursos metodológicos y materiales que contribuyan a revertir las áreas deficitarias identificadas en la evaluación de los niños y las niñas; Capacitación a Actores, los contenidos de los talleres y pasantías son priorizados, tomando en cuenta los resultados de la evaluación de los niños y las niñas; Implementación de Wawa Wasi, los Comités de Gestión mensualmente compran y/o elaboran materiales educativos orientados a revertir los déficit y a desarrollar diversas capacidades en los niños y las niñas; Seguimiento y Monitoreo: la evaluación permite identificar aquellos Comité de Gestión y Wawa Wasi que ameritan un mayor acompañamiento debido al alto índice de población infantil con bajo desempeño en determinadas áreas. En el 2011, se evaluó a 27.248 niños y niñas a nivel nacional.

.Para implementar la evaluación del desarrollo infantil en los Wawa Wasi se han promovido las siguientes acciones: actualización y validación de Lineamientos de Aprendizaje Infantil Temprano aprobados con RD N° 489-2009/MIMDES-PNWW que, entre otros contenidos, precisa los procedimientos e instrumentos de evaluación y automatización de los instrumentos de evaluación en el Sistema Wawa Net lo que facilita la sistematización de la información.

Proyecto Ichispalla. A través de un convenio celebrado entre el MIMDES (hoy MIMP) y la Fundación Bernard Van Leer se ejecutó el Proyecto Ichispalla, el cual llevó a cabo acciones a favor del desarrollo de capacidades y mejoramiento de niveles nutricionales en niñas y niños de 20 comunidades rurales andinas de Ayacucho y Huancavelica. El periodo de ejecución del Proyecto fue entre Junio del 2007 hasta Octubre del 2010, teniendo como objeto: mejorar el desarrollo integral de las niñas y niños de 0 a 6 años fortaleciendo sus capacidades dentro del ámbito parental y social, permitiendo así un tránsito exitoso en las diferentes etapas de su vida y en especial en la escuela. Cabe señalar, que el desarrollo del Proyecto se enmarcó en el enfoque de Derechos, Interculturalidad y Género, respetando la diversidad (que pasa por conocer a la cultura andina, su cosmovisión y el respeto a la misma). Los logros alcanzados durante la ejecución del proyecto son los siguientes:

Niñas y niños de 0 a 6 años (758) de 20 comunidades rurales de los departamentos de Ayacucho y Huancavelica mejoran sus condiciones de salud, nutrición y de desarrollo cognitivo, psicomotor y social;

Las familias (377) y promotores educativos (64) han adoptado prácticas de crianza y educación que promueven el desarrollo integral del niño;

Las comunidades de intervención se han organizado y las instituciones se han articulado en redes promoviendo, fortaleciendo y vigilando el desarrollo integral y educación en las niñas y niños de 0 a 6 años;

Se ha mejorado en 5,6% la desnutrición crónica en las niños y niños de 0 a 6 años, así como mejora en sus capacidades (psicomotor, coordinación, social, y lenguaje) en niñas y niños de 0 a 3 años en 43% y en niñas y niños de 3 a 6 años en 29%.En el entorno inmediato se ha fortalecido las familias (377) priorizando la atención de las niñas y niños, han mejorado sus prácticas de crianza, incorporado en sus planes locales y comunales el tema de primera infancia. Igualmente en los espacios de aprendizaje (CEIs y PRONOEIs) tanto las promotoras educativas comunales y profesoras han desarrollado sus capacidades y habilidades para trabajar con las niñas y niños innovando estrategias de enseñanza;

La intervención ha permitido cambios de actitudes y comportamientos del entorno inmediato, lo que ha llevado a una mejora de la situación de las niñas y niños menores de 6 años;

Se incorporó mediante ordenanza municipal el modelo Ichispalla a nivel local en Yauli (Huancavelica) y en Quinua e Iguain (Ayacucho) para desarrollar Ichispalla en las comunidades distritales.

M.Participación de adolescentes de centros educativos en actividades educativas centradas en el eje personal-social y en el fomento de valores democráticos

Mediante Resolución Ministerial N° 292-2007-JUS se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social (PRONELIS), encargado de brindar a la población el conocimiento y concientización sobre la existencia de los Derechos Constitucionales que les permita acceder a la justicia de manera efectiva y, los derechos humanos fundamentales. Desde su creación ha venido capacitando a 46.298 beneficiarios directos, de los cuales 16.547 son líderes sociales y, 29.751 estudiantes de instituciones educativas a nivel nacional. El PRONELIS se desarrolla desde octubre de 2007, donde inicialmente los talleres de réplicas se efectuaron en las sedes de Lima Huaura, Tumbes, Iquitos, Trujillo, Ayacucho y Arequipa. En el período agosto-diciembre de 2008, se efectuaron réplicas en las sedes de Piura, Chiclayo, Pucallpa, Tarapoto, Pasco, Ica, Cusco, Puerto Maldonado, Moquegua y Tacna. En una tercera etapa, entre abril y junio de 2009, se llegó a capacitar a personas provenientes de las regiones de Cajamarca, Ancash, Junín, Huánuco, Huancavelica, Puno, Abancay, Lima, Tumbes, Trujillo, Huaura, Ayacucho, Arequipa e Iquitos. Hasta el mes de abril del año 2011 se ha llegado a capacitar aproximadamente 36.000 beneficiarios a nivel nacional.

N.Políticas orientadas a garantizar el descanso o esparcimiento como medios de desarrollo

El Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular y sus documentos complementarios, reconoce al juego libre como un principio orientador de la acción educativa en la Educación Inicial y que responde a una necesidad de los niños. Se brindan orientaciones a los maestros para promover el juego libre en los servicios educativos. En el año 2009, se realizaron en las regiones de Ayacucho, Apurímac, Huancavelica y Huánuco, acciones de movilización social orientadas a la promoción del juego. En este marco se han distribuido 43.300 Guías del Juego Libre en los sectores a nivel nacional, dirigido básicamente a promotoras educativas comunitarias de los PRONOEI y docentes del nivel Inicial.

El Ministerio de Educación conjuntamente con el IPD llevaron adelante los Juegos Nacionales Deportivos Escolares. En ellos participaron estudiantes de nivel primario y secundario de 10 a 17 años de edad, varones y mujeres, de diferentes instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional. En el 2011, participaron 410.916 escolares: 173.665 mujeres y 237.251 hombres. Los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011 ocuparon el primer lugar. El Programa Nacional de Recreación y Deporte de Verano ocupó el tercer lugar, el cual se realiza todos los años teniendo como principal objetivo mejorar la calidad de vida a través del buen uso del tiempo libre de los escolares e identificar a niños y niñas que muestran habilidades y destrezas para la práctica del deporte. Participaron 46.371 niños y adolescentes: 19.159 mujeres y 27.212 hombres. El Programa Crecer con Deporte ocupó el quinto lugar con 12.410 participantes hombres y mujeres, entre los 6 y 12 años. Este programa tiene como objetivo incentivar la práctica deportiva en los escolares para la búsqueda de nuevos talentos que permitan el resurgimiento de nuestro deporte nacional.

VIII.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32 a 36, 37 b) a d), 38, 39 y 40 de la Convención)

A.Desplazamientos internos

Mediante Resolución Ministerial N° 621-2006 MIMDES, se aprobó los Lineamientos para la implementación del Sistema de Registro y Acreditación de Desplazados Internos, formulado en su oportunidad para mitigar los efectos de las poblaciones desplazadas, a raíz del conflicto interno armado de la década de los 80 y 90.

B.Erradicación del trabajo infantil en sus peores formas

El Programa Educadores de Calle (PEC) del Programa Integral Nacional de Bienestar Familiar (INABIF) es un servicio de atención dirigido a niños, niñas y adolescentes entre 6 y 17 años de edad en situación de calle, trabajo, pandillaje, mendicidad, explotación sexual o económica, que busca fortalecer, desarrollar sus habilidades y capacidades tanto personales como sociales.

De este modo, el entonces MIMDES, a través del Programa Educadores de la Calle, logró en el año 2007, que 1.243 niñas, niños y adolescentes trabajadores y en situación de calle, fueran reinsertados al sistema escolar, disminuyendo las horas dedicadas al trabajo y beneficiando a otros con becas integrales y semi-integrales. Durante el año 2011, el MIMP a través del Programa Educadores de Calle, atendió a 4.802 niños, niñas y adolescentes que trabajan (cobertura acumulada), cifra que demuestra que la atención a esta población se ha incrementado en un 13%, lo que se traduce en 556 nuevos usuarios, en comparación al año 2010.

En el año 2011, el Ministerio del Interior reportó que del total de Comisarías a nivel nacional, 123 desarrollan el Programa “Colibrí” y a través de la Dirección de Familia, Participación y Seguridad Ciudadana de la PNP (DIRFAPASEC PNP) se capacitó a 2.981 entre niñas, niños y adolescentes pertenecientes a este Programa en 92 eventos como talleres, charlas, orientación y otros donde se abordaron temas como el compañerismo, los derechos humanos, el abuso sexual, el uso indebido de drogas, el maltrato infantil y otros fenómenos sociales adversos. Asimismo, se desarrollaron actividades recreativas y/o culturales. Durante el año 2012, 195 Comisarías desarrollaron acciones en el marco del Programa “Colibrí”, a fin de proteger a los menores de edad en trabajo, brindándoles capacitación y orientación. Por su parte, la DIRTEPOL Junín, Amazonas, Piura, Lambayeque y Tumbes realizaron 1.249 operativos registrando a 954 niñas, niños y adolescentes que se encontraban en situación de abandono y/o realizaban trabajo en la calle. Asimismo, la DIRTEPOL San Martín, Lambayeque y Piura realizaron 406 charlas y eventos de sensibilización (educativos, deportivos y recreativos) beneficiando a 3.685 niñas, niños y adolescentes vulnerables.

La DIRFAPASEC PNP, a cargo del Programa “Colibrí” en la ciudad de Lima desarrolló 99 acciones a su favor: 34 actividades recreativas, 23 actividades culturales, 24 actividades preventivas, 9 de apoyo psicológico y 9 de apoyo social y en coordinación con la Organización Alto Colibrí desarrolló en 5 IIEE del distrito de la Victoria, la campaña “Jugando aprendemos derechos”.

El 5 de setiembre de 2012, en el marco de la política del gobierno de proteger a las poblaciones vulnerables, el Consejo de Ministros aprobó el Decreto Supremo N° 005-2012-MIMP que pone en marcha el Programa Nacional Yachay, con el objetivo de restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo en las calles y logren su desarrollo integral. El Programa se inició como un piloto en Lima e Iquitos para beneficiar hasta diciembre de 2012, a 3071 niños, niñas y adolescentes en riesgo. El programa cuenta con un presupuesto de un 1.668.000.975 nuevos soles, y se ha dado inicio en las citadas ciudades por contar con la mayor población infantil y reportar más casos de explotación infantil y de mendicidad. El Programa conceptualiza a las niñas, niños y adolescentes en situación de calle como aquellas personas que tienen o no vínculo familiar y que se encuentran limitados en sus derechos por encontrarse socializando en la calle en forma parcial o total, hecho que los vulnera y expone a riesgos tales como enfermedades, accidentes, abuso sexual, explotación, trabajo infantil, abandono u otras situaciones que afectan su desarrollo integral.

En el 2008, el entonces MIMDES, señaló que un total de 2.478 niñas, niños y adolescentes fueron insertados en el sistema educativo y apoyados con reforzamiento escolar o nivelación. Para el 2011, se beneficiaron a 3.402 niñas, niños con el programa educadores de calle. Mientras que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo reportó que en el año 2009 se han implementado acciones concertadas de vigilancia social entre el gobierno central, gobiernos locales, comunidad y organizaciones de adolescentes para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil y para promover alternativas, retirando del trabajo infantil a 1.991 niños y niñas por debajo de los 12 años de edad y seguimiento especializado del tema.

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 dispuso el diseño de un programa estratégico para el tema de trabajo infantil, dentro del marco establecido por la programación presupuestaria estratégica. Si bien se concluyó el diseño del programa bajo este esquema, el mismo se está rediseñando a fin de amoldarlo a la demanda de la nueva metodología de los Programas Presupuestales con Enfoque de Resultados, la cual entró en vigencia a partir del año 2012.

C.Reducción del trabajo infantil

El INEI dio a conocer que de acuerdo con los resultados de la ENAHO, en el año 2011, la población de niñas, niños y adolescentes de 6 a 17 años de edad que trabajan (ocupados) disminuyó en 4,3%, es decir, en 80.800 personas. En efecto, en el año 2007 se registraron 1.875.900 menores de edad que trabajan, bajando a 1.795.000 en el 2011.

El último Censo Nacional 2007 consideró a los “niños económicamente activos”, entendiendo por tales a niños con edades de 7 a 14 años de edad involucrados en actividades económicas por al menos una hora en la semana de referencia de la encuesta. Existen dos grupos: los que sólo trabajan y los que trabajan y estudian. El total representaba el 2% de los niños entre esas edades; el 0,7% sólo trabajaba y el 1,3% trabajaba y estudiaba. En el año 2011, se registraron 855.400 niñas, niños y adolescentes de 6 a13 años de edad que desempeñaban alguna ocupación. De ese total, el 76,7% trabajaron como ayudantes en la chacra o pastoreo de animales el 16% se dedicó a ayudar en el negocio de la casa o de un familiar, el 3,2% a otras labores o a prestar servicios de lavado de carros, lustrando zapatos, entre otros. La población adolescente de 14 a 17 años de edad que trabaja fue de 939.700 personas, de la cual el 48,1% reside en el área urbana y el 51,9% en la rural. Según ocupación, el 43,4% de este segmento laboró como ayudante agrícola, seguido de vendedores al por menor y/o ambulantes (15,2%); limpiabotas, acomodador y jardinero (6,5%); personal de limpieza (6,4%), personal doméstico (4,3%), entre otros.

D.Erradicación del trabajo adolescente en sus peores formas

El MINTRA registró 1.078 autorizaciones de trabajo para adolescentes en el año 2009; informando que en el 2007 logró retirar de las peores formas de trabajo infantil y trabajos peligrosos a 870 niñas, niños y adolescentes; en el año 2006 fueron 770, y entre septiembre del 2005 a diciembre del 2007, en coordinación con organismos Internacionales, 495 niños, niñas y adolescentes. En el marco de la Ley N° 27337, Código de los Niños y Adolescentes que regula el Trabajo Adolescente, el Ministerio de Trabajo concedió 1.159 autorizaciones para que los adolescentes desarrollen actividades laborales, observándose un incremento con respecto al año 2010 del 32% que reportó 789 autorizaciones, lo que demuestra una tendencia hacia la formalización del trabajo para los casos de adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. a).

Complementariamente, cabe señalar que la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal de Trabajo promulgada en el 2010, se presenta como una ley ágil, la cual busca que los procesos laborales se ventilen de una manera oportuna y accesible a los trabajadores, incluidos los menores de edad, tal como se puede apreciar en el artículo 8.1 (los menores de edad pueden comparecer sin necesidad de representante legal), artículo 9.1 (las pretensiones derivadas de las prohibiciones de trabajo forzoso e infantil pueden ser formuladas por los afectados directos, una organización sindical, una asociación o instituciones sin fines de lucro dedicada a la protección de derechos fundamentales), y artículo 10 (la madre gestante, el menor de edad y la persona con discapacidad que trabajan tienen derecho a la defensa pública, regulada por la ley de la materia). Complementariamente mediante Resolución Ministerial N° 215-2011-TR, publicada el 28 de julio de 2011, se aprobó la Estrategia Sectorial en materia de prevención y erradicación del Trabajo Infantil (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. a).

El INEI en el año 2007, por encargo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) llevó a cabo la Encuesta Especializada de Trabajo Infantil (ETI), donde se utilizaron conceptos referidos a la población total de niñas y niños trabajadores, trabajos ligeros, trabajos no peligrosos, trabajos peligrosos y peores formas de trabajo infantil, entre otros. Se encuestaron 8.428 viviendas a nivel nacional, con inferencia nacional, urbano-rural, región natural (costa, sierra y selva) y Lima Metropolitana (INEI-CPETI-OIT). Si bien es cierto dicha encuesta por su carácter especializado proporcionó información sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes entre los 5 y 17 años de edad, es preciso señalar que la misma utiliza un sistema de medición distinto al Sistema de Cuentas Nacionales, empleado por el INEI en la ENAHO (se mide el trabajo infantil desde una hora a la semana, mientras que el Sistema de Cuentas Nacionales mide como trabajo infantil aquel desarrollado como mínimo 15 horas a la semana), lo cual genera la diferencia de cifras entre una y otra encuesta (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. a).

Adicionalmente, debemos mencionar que las cifras oficiales sobre niños, niñas y adolescentes involucrados en trabajo infantil y en base a las cuales se adoptan las políticas nacionales, se basan en lo señalado por la ENAHO que es elaborada anualmente por el INEI y que puede proporcionar cifras actuales. La ETI por su carácter especializado proporciona información específica sobre niños, niñas y adolescentes en trabajo infantil, pero se trata de un estudio que se ha realizado por única vez en el año 2007, en ese sentido, debemos informar que el INEI, ha publicado la ENAHO 2008 denominado “Perú: Niños, niñas y adolescentes que trabajan 1993-2008”, que muestra que existen 2.115.000 niños, niñas y adolescentes entre 6 y 17 años, formando parte de la PEA Ocupada. En el Perú el trabajo infantil es una actividad fundamentalmente agropecuaria y se procesa básicamente en el marco de la economía familiar y se concentra en mayor número en la zona rural. Asimismo según la ENAHO 2011, 1.659.000 niños y adolescentes trabajan en Perú, cifra que representa el 23,4% de la población nacional. De ese total, 832.000 tienen entre 6 y 13 años de edad (18,4% de los menores de ese rango etario) y 826.000 tienen entre 14 y 17 años (32% de los adolescentes) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. a).

En referencia a la lucha contra el trabajo infantil, se elaboró un Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2006-2010. De igual manera por Decreto Supremo N° 007-2006-MIMDES se aprobó la “Relación de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud física o moral de las y los adolescentes”, la cual tuvo una vigencia de dos años. Posteriormente mediante Decreto Supremo N° 003-2010-MIMDES se aprobó la nueva “Relación de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud física o moral de las y los adolescentes”, la cual tuvo la innovación de señalar que la actualización de la misma se realizará según la prelación de las necesidades; éstas relaciones han permitido que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Convenio N° 182 de la OIT. La consulta para la actualización de la relación se realizará en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 58.º de la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes y los Convenios Internacionales suscritos por el Estado Peruano. Mediante Decreto Supremo N° 015-2012-TR con fecha 4 de setiembre 2012 se aprobó la Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2012-2021(ENPETI 2012-2021) la cual se enmarca en el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

Durante 2008, se logró retirar del trabajo infantil a 3.585 niños y niñas menores de 12 años, especialmente de los trabajos peligrosos, cifra superior a la reportada entre los años 2005 y 2007 (2.135). También se previno el trabajo infantil de un total de 24.356 niñas y niños en trabajos peligros o prohibidos. Además, se brindó atención a 2.402 niños, niñas y adolescentes trabajadores y en situación de calle (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

Se emitió la Ley N° 28992 (27 de marzo de 2007) que sustituye la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ley N° 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, aprobada el 26 de marzo de 2007, la cual prohíbe el trabajo de las personas menores de 18 años de edad en cualquiera de las actividades mineras a las que se refiere dicha ley, estableciendo a su vez que los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a ser retirados o a mantenerse al margen de esta actividad laboral que representa un riesgo para su salud y seguridad y a gozar prioritariamente de las medidas de protección que establece el Código de los Niños y Adolescentes. Dicha norma también establece que las familias de los niños que han sido retirados del trabajo minero o se mantienen al margen de esta actividad tendrán prioridad para acceder a programas sociales de lucha contra la pobreza y promoción del empleo, siempre y cuando demuestren, ante la autoridad competente, el cumplimiento de las reglas de protección de los niños, niñas y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

El programa social productivo Construyendo Perú dio empleo temporal a 54.733 padres y madres de familia con hijos e hijas entre los 0 a 17 años de edad, beneficiando indirectamente a un total de 123.242 niños, niñas y adolescentes. Para el logro de estos resultados se contó con la contribución de la sociedad civil y de empresas privadas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

También se desarrollaron acciones de retiro de niños, niñas y adolescentes de las peores formas de trabajo infantil: 891 niñas y niños fueron retirados de lavaderos de oro (Madre de Dios y Cusco) y trabajos peligrosos (Villa El Salvador, San Juan de Lurigancho, Lima Cercado y El Agustino); entre los años 2004 y 2007 un total de 1.400 niñas y niños fueron retirados de elaboración artesanal de ladrillos, picapedreros y reciclaje de basura en Huachipa, Nievería, Chosica y Carabayllo, con apoyo educativo extracurricular. En el año 2007, se ha logrado retirar de las peores formas de trabajo infantil y trabajos peligrosos a 870 niños, niñas y adolescentes, lo que representa un incremento del 12,98% en relación al 2006 (770). En el año 2008 se logró retirar del trabajo infantil peligroso a 1.337 adolescentes de 12 y 13 años de edad, 467 más que el año anterior, gracias a acciones estatales y de la sociedad civil. Además, mediante la prevención, se evitó que 9.355 adolescentes entre los 14 y 17 años de edad se involucraran en trabajos peligrosos o en las peores formas de trabajo infantil (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

En el año 2007 se incorporó la “Cláusula de Compromiso de No Exposición al Trabajo Infantil” en las bases del programa Construyendo Perú del MTPE; de otro lado, 340 adolescentes trabajadores han sido becados por el Servicio de Formación Técnica Ocupacional (SFTO ‒ MIMDES) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

Existen 50 inspectores de trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) capacitados en temas de trabajo infantil y se ha conformado un equipo de 18 inspectores de trabajo para intervenir en casos de denuncia. En Lima Metropolitana se logró inspeccionar a un total de 917 empresas en materia de trabajo infantil, de las cuales 65 fueron multadas por el incumplimiento de las normas que protegen a los niños, niñas y adolescentes. Esta cifra de inspecciones se incrementó en 300% en Lima Metropolitana: de las 917 realizadas en el 2007 se llegó a 3.186 en el 2008, que verificaron autorizaciones para el trabajo adolescente, trabajo de menores de 14 años de edad, trabajos prohibidos y trabajos peligrosos. Las medidas de control también se están ampliando: en el 2008 las autorizaciones de trabajo a adolescentes debidamente evaluadas sumaron 1.111 a nivel nacional, se levantaron 48 actas de infracción a empresas por incumplimiento de las normas legales que protegen a los y las adolescentes trabajadores, y se impuso multas a 15 empresas por contar con adolescentes trabajadores sin autorización para el trabajo dependiente (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

Se están desarrollando acciones dirigidas a promover iniciativas productivas acordes con la edad de los beneficiarios. Así lo hizo el Programa Pro Joven, que benefició a 1.419 adolescentes de 16 y 17 años de edad (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

La Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes ha planteado la modificación del límite de edad admisible para el trabajo proponiendo los 15 años (Libro II del Código de los Niños y Adolescentes); actualmente el proyecto del nuevo Código de los Niños y Adolescentes se encuentra en el Congreso (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. c).

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, dispuso el diseño de un programa estratégico para el tema de trabajo infantil, dentro del marco establecido por la programación presupuestaria estratégica. Si bien se concluyó el diseño del programa bajo este esquema, el mismo se está rediseñando a fin de amoldarlo a la demanda de la nueva metodología de los Programas Presupuestales con Enfoque de Resultados (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. d).

En relación a la asignación presupuestal para las actividades en el marco del Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2006-2010, el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CPETI) en el 2009 ha logrado que cada sector reserve un monto para la financiación de actividades. El CPETI es una instancia de coordinación multisectorial de instituciones públicas y privadas sin fines de lucro que trabaja en actividades a favor de la prevención y erradicación del trabajo infantil y sus peores formas, siendo sus objetivos coordinar, evaluar y dar seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevención y erradicación del trabajo infantil en el Perú. Asimismo, el CPETI cuenta con información consolidada sobre las acciones realizadas por los sectores que lo conforman en el marco de sus competencias sectoriales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. d).

Adicionalmente, los programas sociales ya reseñados contribuyen también al logro de la superación de esta problemática a través de diversos mecanismos, tales como el aplicado por el Programa Juntos, de transferencias condicionadas a las familias más pobres. Por su parte durante los años 2007 y 2008, el programa Construyendo Perú, con un enfoque hacia la prevención del trabajo infantil, según lo señalado en el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2005-2010, aportó 113.848.670 nuevos soles a diferentes obras realizadas en todo el país, generando empleo temporal para más de 165.000 padres de familia con hijos e hijas menores de 18 años. Este aporte logró beneficiar a 197.656 niñas, niños y adolescentes entre 0 a 17 años de edad (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. d).

Durante el año 2009, Construyendo Perú consideró también dentro de sus beneficiarios a padres de familia cuyos hijos o hijas son menores de edad, para que se incorporen como participantes dentro de los proyectos que se ejecutan, con la finalidad de que sus hijos o hijas se dediquen al estudio en sus respetivos centros escolares. Este compromiso entre los padres de familia y Construyendo Perú se materializó con la firma conjunta de un acta. Se benefició a más de 92.000 padres de familia con empleo temporal y de manera indirecta a más de 200.000 hijos e hijas menores de edad. Paralelamente, Construyendo Perú brindó charlas a los padres de familia, durante las horas de trabajo, para que conozcan los tipos de violación a los derechos de los menores de edad y para que se sensibilicen en este tema vital para sus hijos e hijas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. d).

Igualmente 2.089 adolescentes (16-17 años) participan a nivel nacional en Pro Joven, con un gasto individual de 1.125.43 nuevos soles, lo que hace una inversión total de 2.351.127 nuevos soles; adicionalmente el Plan de Erradicación del Trabajo Infantil señala la responsabilidad que le corresponde a los gobiernos regionales y locales en la formulación de programas y proyectos vinculados a esta problemática y su respectivo financiamiento mediante presupuesto participativo (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. d).

El CPETI suscribió con Fundación Telefónica en el año 2008 un memorando de entendimiento como muestra de asociación entre el sector público y privado, para llevar a cabo acciones destinadas a la difusión y sensibilización de la comunidad sobre los efectos negativos del trabajo infantil y la explotación económica de niños, niñas y adolescentes por parte de los adultos (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

En el 2008, el desarrollo de acciones de prevención por parte del CPETI evitó que 24.356 niños menores de 12 años salieran a las calles a trabajar, donde muchas veces realizan labores peligrosas o prohibidas para su edad. Además, se consiguió retirar del trabajo infantil a 3.585 niños y niñas por debajo de los 12 años que se dedicaban en su mayoría a trabajos peligrosos, así como a 1.514 niños y niñas del trabajo infantil no peligroso. En este período también se logró reducir la jornada laboral en cerca del 25% para 250 niños y niñas, permitiendo así que muchos de ellos puedan acudir a la escuela. Durante el año 2011 el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a través del Programa Educadores de Calle (PEC) del INABIF, atendió a 4.802 niños, niñas y adolescentes que trabajan (cobertura acumulada), cifra que demuestra que la atención a esta población se ha incrementado en un 13%, lo que se traduce en 556 nuevos usuarios, en comparación al año 2010. El Ministerio del Interior reportó que se ha producido una disminución del 32% en el funcionamiento del Programa “Colibrí” con respecto al año 2010; sin embargo, el número de niñas, niños y adolescentes beneficiarios del programa aumentó en un 332%, y el número de eventos y actividades realizadas en el marco del citado programa se incrementó en un 340% (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

Se emitió la Resolución Ministerial N° 213-2006-TR (07.06.2006) que institucionaliza el 12 de junio como Día contra el Trabajo Infantil. Con el apoyo de la Fundación Telefónica, en el año 2008 se llevó a cabo la campaña “El trabajo infantil no es un juego de niños”, lanzándose al mercado 2,7 millones de tarjetas de recarga telefónica “Tarjeta 147”, “Tarjeta Hola Perú” de la Empresa Movistar en Lima, Cusco, Arequipa, Lambayeque y Trujillo, con imágenes y mensajes alusivos a inversión en la educación de los menores de edad (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

En el año 2009, el Día Mundial contra el Trabajo Infantil se centró en la situación de las niñas que muchas veces sobrellevan una doble carga: salir a trabajar y ayudar en las tareas domésticas familiares. La campaña tuvo por lema “No más niñas trabajando. Las queremos estudiando”. Del 2005 al 2007, el MTPE, junto a la sociedad civil y organismos internacionales, y con diferentes proyectos de intervención, han logrado prevenir que 20.567 niños, niñas y adolescentes se involucren en el trabajo infantil. De estos, 735 corresponden a trabajo infantil doméstico y 483 a las peores formas de trabajo infantil (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

Según el Programa de Educadores de Calle del entonces MIMDES (2007), 432 padres o familiares están comprometidos a reducir horas de trabajo de sus hijos menores de 14 años o a que dejen de trabajar. Cabe señalar que en cuanto a las acciones preventivas, la Red por un Futuro sin Trabajo Infantil y el MINSA han logrado informar sobre las consecuencias del Trabajo Infantil a 11.500 niños, niñas y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

El Perú tiene un memorando de entendimiento con el Programa IPEC-OIT, cuya segunda renovación fue firmada enjunio del 2008 y es vigente hasta junio del 2013 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. f).

E.Niños de la calle

Durante el año 2008 el INABIF brindó atención a un promedio mensual de 2.475 niñas, niños y adolescentes trabajadores en la calle, a través del Programa Educadores de Calle, el cual desarrolla una intervención formativa no convencional, impulsando la asistencia y permanencia escolar con el apoyo en tareas escolares, el otorgamiento de becas de estudios ocupacionales para adolescentes y el seguimiento de progresos de estudios escolares y ocupacionales. Durante el año 2011, 2.921 niñas, niños y adolescentes con edades por debajo de la edad permitida para trabajar que fueron atendidos por el Programa de Educadores de Calle del INABIF redujeron su jornada laboral en dos horas diarias de labor, considerando el promedio de 10 horas de trabajo diario. Se promovieron también las capacidades y habilidades sociales de 600 niños, niñas y adolescentes por medio de talleres sobre prevención y control de riesgos (trabajo callejero, vida en calle, consumo de drogas, VIH/SIDA, etc.), talleres de entrenamiento en habilidades sociales y resolución de problemas, orientaciones y consejerías, entre otros (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. a).

El mismo programa Educadores de Calle del INABIF impulsó la protección de niños, niñas y adolescentes trabajadores y en situación de calle por parte de sus padres y/o familiares, habiéndose efectuado talleres de sensibilización a padres sobre niñez y adolescencia trabajadora, sobre riesgos del trabajo infantil, orientaciones sobre los roles familiares, resolución de problemas y pautas de crianza, contándose con la participación de 235 familias (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. b).

El trabajo del Estado se realiza en permanente coordinación con la sociedad civil y, en la mayoría de los casos, los planes y programas de intervención implican la formación de mesas de trabajo multisectoriales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. c).

El Programa Educadores de Calle del INABIF cuenta con personal especializado en la temática y en los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Por su parte el MININTER, que tiene una intervención especial en esta temática, ha publicado un manual de derechos aplicados a la función policial, donde se especifica a niños, niñas y adolescentes dentro de los grupos vulnerables. La protección y un abordaje diferente son parte de la formación y de la práctica de la PNP cuando se trata de niños y adolescentes, hombres y mujeres (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. d).

La labor de formación integral del MINEDU incide en la prevención de la violencia desde las edades más tempranas, con énfasis en la etapa adolescente. El MINSA desarrolla igualmente acciones preventivas en sus programas comunitarios. Por su parte el MIMP, por intermedio de INABIF, contempla acciones de promoción de la integración y la comunicación familiar en población de alto riesgo, lo mismo que talleres de habilidades sociales y de formación técnico-laboral como herramientas para el abordaje de estas situaciones (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. e).

El Ministerio del Interior (MININTER), abordó el tema de violencia adolescente enfocando su objeto de preocupación en la prevención, por lo cual generó discusiones sobre sus implicancias en la seguridad ciudadana con alumnos y alumnas del cuarto y quinto año de educación secundaria. Se llegó a entablar diálogos con 4.670 adolescentes de ocho regiones del país (Amazonas, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Lambayeque, Piura y Lima Metropolitana) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. e).

Entre las acciones y programas desarrollados por el MININTER, a través de la PNP están la información, el diálogo, el entretenimiento y la recreación, la formación deportiva y la vinculación con la comunidad. En estas acciones y programas se han formado Patrullas Juveniles (con participación de más de 16.000 jóvenes) que contemplan actividades de reinserción social mediante la capacitación laboral y la formación de microempresas, así como acciones directas de promoción y desarrollo juvenil. Estas patrullas existen a nivel nacional y están conformadas por ex pandilleros que se contactan directamente con los grupos. El programa “Gaviota” de la PNP trata de reincorporar a niños, niñas y adolescentes de la calle a sus hogares y a los centros educativos. Desarrolla también el programa “Autoprotección escolar”, en el que participan alrededor de 10.000 adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. e).

Por otra parte, la Fiscalía de la Nación ha creado el programa “Jóvenes líderes hacia un futuro mejor”, enmarcado en la política institucional de persecución inteligente del delito, que se aplica a nivel nacional en zonas como Lima, Ayacucho, Bagua y Cajamarca, cuyo objeto es insertar a los jóvenes en riesgo, incluidos adolescentes, en un programa que permite orientarlos hacia un cambio de paradigmas positivos para el desarrollo de sus potencialidades, evitando que incursionen en actividad delictiva y comportamientos de riesgo social tales como el “pandillaje” y “barras bravas”. En este sentido, con un programa de capacitación de ensamblaje de computadoras, instalación de redes, reparación de celulares y gestión de empresas, diseñado por la Universidad Privada San Ignacio de Loyola (convenio interinstitucional), se ha capacitado a 237 adolescentes y jóvenes. Asimismo, a través de un convenio con el MTPE, 94 adolescentes y jóvenes están acreditados para el proceso de capacitación laboral en el Programa Pro Joven, 25 de ellos recibieron capacitación en informática (CTP Microsoft), en tanto 80 recibieron EBR en la modalidad no escolarizada en el Instituto Radiofónico Fe y Alegría. También se desarrollan los programas preventivos “Fiscalías escolares” (942 escolares), promotores legales (26.448 escolares de 15 a 19 años de nueve departamentos del país), 448 módulos de microempresas (conformados por ex integrantes de bandas juveniles), con el objetivo de alejar a la población adolescente de conductas nocivas para su desarrollo, promover el disfrute de sus derechos y ofrecerle alternativas productivas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. e).

El Estado y el UNICEF llevan una relación de apoyo técnico y participativo en cuanto a las experiencias de justicia restaurativa en el país y la intervención articulada frente a las diversas expresiones de violencia (CRC/C/PER/CO/3, párr. 66, apdo. e).

F.Implementación de mecanismos para retener en el sistema educativo a las niñas y niños que estén trabajando y reducir su deserción escolar

Una de las estrategias para prevenir que más niños y niñas se inserten en el trabajo infantil, constituyó en el año 2009 el programa Construyendo Perú que benefició con empleo temporal a 145.407 padres o madres de familia con hijos menores de 18 años de edad, invirtiendo una suma de 58.286.066 nuevos soles. Durante el 2010, se favoreció a un total de 114.948 padres de familia quienes tuvieron acceso a empleos temporales, beneficiando indirectamente a 52.269 menores de edad. A diciembre de 2011, el Programa JUNTOS atendió a más de 474.000 hogares usuarios en 14 departamentos. En cuanto a la focalización, dicho programa priorizaba sus intervenciones en niños menores de 14 años y madres gestantes de la población pobre de 14 departamentos. Las transferencias monetarias ascienden a 200 nuevos soles bimestrales, y están sujetas al cumplimiento de condiciones que son verificadas por los gestores locales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

El MINEDU ha implementado las mejoras señaladas en el Reglamento de la Educación Básica Alternativa (D.S. N° 015-2004-ED), en el que se especifica una modalidad educativa alternativa, destinada a atender estudiantes que no tuvieron acceso a la EBR y que requieren compatibilizar el estudio y el trabajo (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

El Programa de Educación Básica Alternativa de niños y adolescentes (EBA) se imparte a través de tres ofertas educativas: el Programa de Educación Básica Alternativa de Niños y Adolescentes (PEBANA) de 9 a 18 años de edad, el Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos (PEBAJA) a partir de los 18 años y Programas de Alfabetización, para personas de 15 a más años. Asimismo, el Centro de Educación Básica Alternativa (CEBA) expandió su atención a lugares comunales para facilitar la atención de estudiantes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. b).

El MINEDU, en el año 2009 realizó la distribución de guías de tutoría en la EBA, con sesiones de aprendizaje para prevenir el trabajo infantil, así como la distribución de la “Cartilla con sesiones de tutoría para la prevención y erradicación del trabajo infantil y Guía SCREAM PERU”, a instituciones educativas de las regiones Apurímac, Ayacucho, Ica, Piura, Cusco, Lambayeque, Cajamarca, Huancavelica, La Libertad, Tumbes, Madre de Dios, Puno, Arequipa y Lima Metropolitana (10.000 ejemplares) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 64, apdo. e).

G.Explotación y abuso sexual de niños, niñas y adolescentes

El MININTER implementó el Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas (RETA) de la Policía Nacional del Perú a fin de contar con un registro de los casos de Trata de personas; dicho sistema contiene indicadores sobre denuncias, diligencias policiales, lugares, hechos, identificación de personas y tipificación sobre la trata de personas de conformidad con la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.

El RETA reportó entre los años 2004 y 2011 (julio) 1.435 denuncias por casos de trata de personas. De estos, el 93% (1.334 casos) corresponden a mujeres y el 7% (101 casos) corresponden a varones. Según el reporte del sistema RETA del total de casos registrados entre el 2004 y el 2011, 75 corresponden al grupo etario de 0 a 13 años, y 583 casos corresponden al grupo etario 14 a 17 años. Asimismo la proporción de casos según los fines denunciados registran que el 59% fueron con fines de explotación sexual, el 30% de explotación laboral, el 10% con fines de mendicidad, y el 0,4% con fines de venta de niños.

H.Erradicación del abuso sexual de niños, niñas y adolescentes

En el año 2005 se contaba con 42 Centros Emergencia Mujer; para el año 2011 se incrementó a 144 CEM y a enero de 2012, son 175 CEM. Estos servicios que inicialmente atendían de manera preferencial a mujeres, se fueron perfilando como servicios de atención a niños, niñas y adolescentes en violencia familiar y sexual, de manera que a la fecha, al menos la cuarta parte de la población atendida corresponde a menores de 18 años.

Si bien el número de casos de niños, niñas y adolescentes atendidos en los CEM se ha ido incrementando paulatinamente, a la par han ido en aumento el número de CEM. A continuación se muestran datos sobre casos de niños, niñas y adolescentes de víctimas de maltrato y violencia sexual.

Cuadro 2

Niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato y violencia sexual, atendidos en los CEM

Período

Número de CEM’s

Casos Atendidos

Violencia Física y Psicológica

Violencia sexual

Total

2007

69

5 . 454

2 . 937

8 . 391

2008

89

8 . 768

3 . 824

12 . 592

2009

89

7 . 705

3 . 200

10 . 905

2010

114

8 . 327

3 . 314

11 . 641

2011

144

7 . 483

3 . 727

11 . 210

2012*

170

7 . 149

3 . 657

10 . 906

Fuente : PNCVFS 2006 a 2012

* Periodo Enero a Noviembre 2012

En los años 2006 y 2007 el MININTER señaló que fueron reportados 5.087 y 5.602 casos respectivamente de violación a la libertad sexual de niñas, niños y adolescentes. El mayor porcentaje de casos correspondía al sexo femenino, siendo los Departamentos con mayor número de casos: Lima (2.288); Arequipa (339); Ancash (231) y Callao (261).

Durante el año 2011, la Policía Nacional del Perú registró a nivel nacional 5.321 denuncias por violación a la libertad sexual de las cuales el 76% (4.045) son niñas, niños y adolescentes. De este rubro, el 94,6% (3.828) son mujeres y el 5,3% (217) hombres. En ambos sexos, el grupo etario de mayor incidencia es el de 14 a 17 años. Para el 2012, el número de denuncias registradas se incrementó en un 17% (6.240) y el porcentaje de casos de menores de edad disminuyó con respecto al total pues alcanzó el 73,17% (4.566), sin embargo, si se compara el número de casos apreciamos que hay un incremento de 5%. Con respecto al sexo de las víctimas el mayor porcentaje sigue siendo femenino con el 93,23% (4.257). En el caso del sexo femenino, el grupo etario de mayor incidencia es el de 14 a 17 años mientras que en el caso de los hombres es el de 10 a 13 años.

El MINJUS, a través de los defensores públicos asignados a los Juzgados de Familia, ha venido atendiendo casos de violencia familiar, sumando en lo correspondiente al periodo 2006 al 2010, 23.593 casos; en lo que respecta a la violación de la libertad sexual en las modalidades de: violación de menores, violación de menores agravada y, actos contra el pudor en menores de 14 años, suma la cifra de 3.165 casos. Para el año 2011, los Defensores Públicos asignados a los Consultorios Jurídicos Populares atendieron casos de violación de menores (27 hombres y 71 mujeres), violación de menores agravada (8 hombres y 77 mujeres) y actos contra el pudor en menores de 14 años (3 hombres y 58 mujeres). Al primer semestre del 2012 los Defensores Públicos asignados a los Consultorios Jurídicos Populares atendieron casos de violación de menores (6 hombres y 31 mujeres), violación de menores agravada (15 hombres y 31 mujeres) y actos contra el pudor en menores de 14 años (9 hombres y 17 mujeres).

I.Trata de niños, niñas y adolescentes

1.Normatividad nacional referente a la trata de niños y niñas coherente con programas de prevención, atención y reinserción de víctimas

La Ley N° 28950, Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (12 de enero de 2007), modifica el texto del Código en los artículos 153 y 153-A sobre los delitos contra la libertad personal; así como su Reglamento aprobado a través del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, el cual dispone las responsabilidades de las instituciones del Estado involucradas para promover y ejecutar medidas de prevención considerando siempre el enfoque de los Derechos Humanos. Asimismo, se establece que la venta de niños, mendicidad, explotación sexual y laboral, y extracción o tráfico de órganos, serán tipificados como delito de trata de personas el cuál puede ser sancionado con pena privativa de libertad de hasta 35 años; el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado mediante DecretoSupremo N° 017-2009-MTC, en el marco de lo previsto en el Reglamento de la Ley N° 28950, ha establecido como requisito para la venta de boletos de viaje de menores de edad la presentación de la partida de nacimiento o de DNI e incluso de la autorización de viaje en los casos que viaje sin compañía de por lo menos uno de sus padres; Inclusión de la trata de personas en las “Normas para el Desarrollo de las Acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas” del Ministerio de Educación aprobado mediante R.D. N° 0343-2010-ED del 9 de abril de 2010. La Resolución Fiscal N° 589-2010-MP-FN del 28 de abril de 2010, aprobó la “Guía de Procedimiento para la entrevista de Niños, Niñas y Adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación y trata con fines de explotación”. Mediante la Ley N° 29918 promulgada el 22 de setiembre del presente año, se declara el día 23 de septiembre de cada año como el Día Nacional contra la Trata de Personas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 67, apdo. a).

Atendiendo a una solicitud del MININTER como representante del Grupo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) asumió la elaboración del documento técnico del Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas en el Perú, 2007-2013 (PNAT). Luego de dos años de trabajo en estrecha colaboración con el Gobierno Peruano, se validó el documento el 3 de julio de 2007. El Plan fue aprobado el 18 de octubre de 2012 mediante Decreto Supremo N° 004-2011-IN. El documento responde a tres líneas base relacionadas a la prevención del delito, la persecución del tratante y la asistencia a la víctima. En esta dirección, se han elaborado 10 objetivos, 27 metas, alrededor de 60 actividades y 150 indicadores (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. c).

2.Normas regionales referentes a la trata de niños y niñas coherente con programas de prevención, atención y reinserción de víctimas

Existen diferentes normas al respecto, las mismas que mencionamos a continuación:

Mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 000973-2010/GOB-REG.TUMBES del 27 de septiembre del 2010 se crea la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas en Tumbes;

Mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 425-2011-GRJ/PR del 17 de junio de 2011 se crea la Mesa de Trabajo Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas de la Región Junín;

Mediante Ordenanza Regional N° 230-2011/GRP-CR del 28 de noviembre de 2011 se crea la Comisión Regional de Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Piura;

Mediante Ordenanza N° 017-2011-CRGRH del 29 de diciembre de 2011 se crea la Red Multisectorial de Lucha contra la Trata de Personas en la Región Huánuco;

Mediante Ordenanza Regional N° 002-2012-GRL-CR del 10 de febrero de 2012 se crea la Mesa Regional para la prevención, atención y sanción de casos de trata de personas en la Región Loreto;

Mediante Ordenanza Regional N° 159-AREQUIPA del 9 de marzo de 2012 se crea la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes de la Región Arequipa;

Mediante Ordenanza Regional N° 003-2012-GR-LL/CR del 3 de abril de 2012 se crea la Comisión Regional para la lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes en la Región la Libertad;

Mediante Ordenanza Regional N° 013-2012 GRA/CR del 25 de mayo de 2012 (publicada el 16 de junio de 2012) se crea la Comisión Regional Multisectorial de Acción contra la Trata de Personas en Ayacucho;

Mediante Moquegua Ordenanza Regional N° 11-2012-CR/GRM del 2 de agosto de 2012 (publicada el 11 de octubre de 2012), se crea la Comisión Regional contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Moquegua;

Mediante Ordenanza Regional del Callao N° 000034 del 6 de noviembre de 2012 se crea la Mesa Regional para la prevención, atención y sanción de casos de Trata de Personas en la Región Callao;

Mediante Ordenanza Regional N° 016-2012-GR-CRP del 11 de enero 2013, se crea la Red Regional contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes de la Región Puno;

Mediante Ordenanza Regional N° 004-2013-GRSM/CR del 14 de abril de 2013 se crea la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas en la Región San Martín (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. a).

3.Trata de niñas, niños y adolescentes

Según el Informe Anual “Avances en la Implementación de las Políticas de Infancia y de Adolescencia Año 2011 (Ley N° 27666)”, el Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (RETA) de la PNP registró 307 denuncias por la supuesta comisión del delito de trata de personas donde la modalidad de explotación sexual sigue siendo la de mayor incidencia con 154 casos, seguido de la explotación laboral con 115 casos, luego la mendicidad con 35 casos, 2 casos con fines de venta de niños, niñas y adolescentes y 1 caso sobre extracción o tráfico de órganos y tejidos humanos. Este número de denuncias comprende a 908 posibles víctimas de trata de personas de los cuales 167 son adolescentes entre 14 y 17 años.

Según lo reportado por el Sistema RETA de la PNP, el número de niñas, niños y adolescentes registrados como víctimas en el Sistema se incrementó de 149 en el año 2010 a 167 durante el año 2011.

4.Acciones realizadas a fin de prevenir y combatir la trata de personas

En relación con esta problemática se han emitido las siguientes normas:

El Reglamento Nacional de Administración de Transporte (D.S. 017-2009-MTC), publicado el 22 de abril del 2009, dispone en su numeral 76.2.9 la obligación a exigir al transportista, en el servicio de transporte de ámbito nacional y regional que no expenda boletos de viaje para menores que no cuenten y presenten su Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento y que no cuenten con autorización de viaje;

Decreto Supremo N° 014-2006-MIMDES, que eleva a rango de decreto supremo la Resolución Ministerial N° 624-2005-MIMDES anteriormente señalada (29 de noviembre de 2006);

Resolución Ministerial N° 624-2005-MIMDES, que aprueba los Lineamientos y Procedimientos para la Intervención en Focos de Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes (22 de septiembre de 2005);

Resolución Ministerial N° 2570-2006-IN-0105, que institucionaliza el “Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de Personas y Afines (RETA)” (4 de enero de 2007);

Resolución Ministerial N° 129-2007-IN-0105, con la Directiva para los “Procedimientos para el ingreso, registro, consulta y reporte de datos del Sistema de Registro y Estadística del delito de Trata de personas y Afines (RETA)” (28 de febrero de 2007);

Resolución Ministerial N° 122-2007-MIMDES, que declara el mes de mayo de cada año como el “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes” (15 de marzo de 2007);

Ley N° 29009 que otorga al Poder Ejecutivo facultades para legislar en materia de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, terrorismo, secuestro, extorsión, crimen organizado, trata de personas y pandillaje pernicioso (28 de abril de 2007);

Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 589-2009-MP-FN, que establece la “Guía de procedimientos para la entrevista de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual”. El objetivo de esta guía es brindar a los operadores de justicia una herramienta de trabajo que les permita aplicar el procedimiento de entrevista única a estos grupos vulnerables, víctimas de la trata en su modalidad de explotación sexual, con el fin de reducir la revictimización de los menores de edad afectados y afectadas (28 de abril de 2009) (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. b).

En lo que respecta a las acciones de protección y asistencia a víctimas, el Reglamento de la Ley N° 28950 (12 de enero de 2007), establece en el capítulo “De la protección y asistencia a víctimas, familiares directos dependientes, colaboradores, testigos y peritos en la trata de personas” que el MIMP (ex MIMDES), proporcionará atención social a niñas, niños y adolescentes mediante sus programas; así como la implementación de un registro de mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de este delito. En los casos del delito de trata de personas donde exista violencia sexual señala que se prestará apoyo integral en los CEM del PNCVFS (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. b).

En el departamento de Madre de Dios, se ha desarrollado un programa articulado sobre “Trata de personas”, que lidera el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación (MPFN), el cual consiste en el mejoramiento del clima laboral de los fiscales, con la finalidad de lograr un trabajo articulado en los operativos. De este modo la Fiscalía, por medio de su personal o de la propia comunidad, se informa directamente respecto a los lugares donde existen casos de trata de personas e interviene con el apoyo de la PNP. Es así, como se evita infidencias en la información manejada, dando como resultado operativos exitosos. Paralelamente se trabaja en especial con niños, niñas y adolescentes, cuya manifestación se recibe utilizando la técnica de entrevista única. Si se hallan en estado de abandono son derivados al Poder Judicial, articulando el esfuerzo con la sociedad organizada (ONG). Tratándose de niños, niñas y adolescentes provenientes de zonas alto-andinas son derivados a los albergues de la ciudad de Cusco. El programa ha desarrollado un trabajo multisectorial y multidisciplinario orientado a la protección integral de las víctimas, procurándose además reinsertar a los adolescentes a centros laborales (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. b).

En el año 2008 la Escuela del MPFN dictó el “Curso de técnicas de entrevista forense a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual”, dictado por expertos forenses del Programa Internacional de Asistencia para la Capacitación en Investigación Criminal (International Criminal Investigative Training Assistance Program), del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, con la finalidad de evitar la revictimización de las personas agraviadas por el propio sistema de administración de justicia, en un trabajo articulado multisectorial y multidisciplinario. De esta manera se ha desarrollado una capacitación especializada a los funcionarios que entrevistan víctimas en las zonas de intervención (Lima, Cusco, Madre de Dios e Iquitos), donde se observan focos de explotación sexual infantil (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2004, la Policía Nacional del Perú creó la Sección contra la Trata de Personas en la estructura orgánica de la División de Investigación de Secuestros, la que en el 2005 pasó a formar parte del Departamento de Investigaciones Especiales. En el 2008, mediante Resolución Directoral N° 277-2008-DIRGEN/EMG, este Departamento se elevó a la categoría de la División de Investigación de Delitos contra la Trata de Personas ‒ DIVINTRAP, desligándose de la División de Secuestros y formando parte de la estructura orgánica de la Dirección de Investigación Criminal de la PNP (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2009 con el propósito de verificar el cumplimiento de la norma que sanciona la propagación de pornografía infantil, el MIMP (ex MIMDES) implementó la campaña “Chatea seguro, chatea pensando”, en tres zonas de Lima (Callao, Independencia y Los Olivos), para alertar a la población acerca de los riesgos que implica el uso de Internet en relación con la seguridad de las niñas, niños, las y los adolescentes; además, se llevaron a cabo numerosas actividades de prevención.

En noviembre de 2008, se organizó el Primer Congreso Nacional contra la Explotación Sexual Infantil, que contó con la participación de 300 representantes de los organismos públicos y privados, que tuvo como objetivo colocar en la agenda nacional esta problemática y mostrar algunas prácticas exitosas desarrolladas en el país frente a la explotación sexual infantil. Asimismo, se han formado alianzas estratégicas con prestadores de servicios turísticos de ciudades con presencia importante del problema (Cusco, Iquitos, Madre de Dios y Lima-Miraflores), mediante la suscripción de códigos de conducta para prevenir la explotación sexual infantil en el ámbito del turismo. En el año 2008, se habían suscrito 52 códigos a comparación de los 36 códigos del año 2007.

La Unidad de Atención a Víctimas y Testigos del MPFN atendió a 520 niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso y explotación sexual en los distritos judiciales de las ciudades de Huaura, La Libertad, Moquegua, Tacna y Arequipa.

Igualmente, los integrantes de la PNP de Cusco, Madre de Dios y Loreto fueron capacitados para el tratamiento de la violencia, abuso y explotación sexual infantil durante el 2008 y se incrementó el número de CEM a nivel nacional, pasando de 69 a 175 a la fecha (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

Mediante Ordenanza Regional N° 012-2010-GRMDD/CR de fecha 31 de agosto de 2010, el departamento de Madre de Dios, declaró como prioridad promover el respeto de los derechos humanos y fundamentalmente el derecho a la libertad, a la vida, luchando contra la trata de personas y ha conformado la “Comisión Regional Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas de Madre de Dios”. De igual manera, mediante Ordenanza Regional de Loreto N° 012-2009-GRL-CR del 15.07.2009, el departamento de Loreto declaró como prioridad promover el derecho a la salud, educación y la vida a través de acciones, incluyen entre los temas la ESI y la trata de personas y conformaron la “Comisión Multisectorial” encargada del seguimiento y monitoreo, presidida por el Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional. Asimismo, el Gobierno Regional de Cajamarca mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 074-2010-GR.CAJ/P de fecha 23 de febrero de 2010, conformó la “Mesa Regional para atención de la problemática de la trata de personas en Cajamarca”. Por su parte el Gobierno Regional de Ucayali, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1173-2010-GRU-P del 18.06.2010 conformó la “Red Descentralizada de Lucha contra la Trata de Personas en Ucayali” a cargo de la Secretaría Técnica a la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

En el marco del proyecto “El Estado y la Sociedad contra la Violencia, Abuso Sexual Infantil y Explotación sexual infantil”, en el año 2010, se elaboró la Ruta Intersectorial de Atención Integral y Protección a Víctimas de abuso sexual infantil, explotación sexual infantil y trata con fines de explotación sexual infantil, cuyo objetivo es establecer claramente las etapas, procesos y actores intervinientes en la detección, prevención del delito, atención a las víctimas y la sanción a los autores, con la finalidad de mejorar la atención actual e identificar las nuevas acciones que los sectores y entidades, sean del Estado o de la sociedad civil, deben de realizar teniendo en cuenta las particularidades regionales y los servicios existentes en los diferentes departamentos del país, la cual fue aprobada por la Comisión Multisectorial del PNAIA 2002-2010 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

Asimismo, en coordinación con la ONG CHS Alternativo y la Superintendencia de Transporte Terrestre lanzaron en el 2010, la campaña informativa “Mas Control menos Rutas de Explotación”, que tiene como objetivo prevenir la trata de niñas, niños y adolescentes a través de acciones de información y fiscalización en el ámbito del transporte terrestre a nivel nacional, en el marco del cumplimiento del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transporte (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

Por su parte las unidades de la Dirección de la Familia, Participación y Seguridad Ciudadana (DIRFAPASEC-PNP), durante el año 2011, participaron en actividades preventivas relacionadas a la trata de personas, principalmente en instituciones educativas de Lima Metropolitana y Lima Provincias beneficiando a 1.639 alumnos y alumnas. El Ministerio de Relaciones Exteriores, ha efectuado una serie de acciones para la prevención del delito de trata de personas: “Campaña de difusión en sus Misiones en el exterior”, a través de la cual se remitió material informativo sobre la trata de personas, con la finalidad que sea difundido a los connacionales residentes en el extranjero (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2011, el MIMP, efectuó acciones de difusión y control en los terminales terrestres de Lima y Lima Norte con la finalidad de tener un mayor control sobre la salida de las niñas, niños y adolescentes en días feriados y vacaciones escolares tales como la obligación de solicitar el DNI, la partida de nacimiento y el permiso de salida para que las niñas, niños y adolescentes que viajen con sus padres o personas autorizadas se trasladen con documentos de identidad. En el marco de la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, desarrolló talleres de capacitación en los departamentos de Lima, San Martín, Arequipa, Madre de Dios, Loreto (2), Cusco, Tacna, Huánuco (2), Lambayeque y Ayacucho, contando con la participación de (1.080) prestadores de servicios turísticos y funcionarios públicos sensibilizados (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

Durante el 2010 y 2011, el Ministerio del Interior, a través del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas desarrolló la “I Cruzada Nacional contra la Trata de Personas” con la participación de 10 Sectores del Estado, 4 Organismos Internacionales y 3 organizaciones no gubernamentales. El inicio de la campaña fue un acto público que contó con la participación de dos Ministro de Estado (Interior y Trabajo) y cuatro Viceministros (Educación, Mujer, Salud e Interior) y Líderes Escolares que permitió su cobertura en los medios de comunicación social y la visibilización del tema. Asimismo, se desarrollaron 11 talleres de capacitación a los denominados “Líderes en Acción” (escolares) en Lima, Madre de Dios y Tumbes, quienes luego de esta actividad fueron motivados a participar en el Concurso para elaborar el “Logo, Lema y Tema Musical” de la Cruzada Nacional (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el marco de esta campaña, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, presentó la obra teatral “Voces en el Silencio” que contó con la asistencia de 500 personas entre personal policial, representantes de las Juntas Vecinales, autoridades e integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. Posteriormente se premió a los ganadores del concurso “Logo, Lema y Tema Musical” a 16 líderes escolares de Lima y Madre de Dios. En el 2011 se logró la profesionalización del logo, lema y video ganadores y luego de optimizar estos productos de manera profesional, se presentaron oficialmente a la opinión pública en una ceremonia donde también se reconoció a todos los representantes de la Sociedad Civil que contribuyeron con esta tarea de prevención invocando su difusión. En el año 2012, se continuó con la difusión en las zonas de Puno, Chiclayo, Cusco, Ayacucho, Cerro de Pasco, Huánuco, Pucallpa, Ucayali, Puerto Maldonado, Iquitos y Arequipa del tema musical así como de spots radiales que contienen mensajes preventivos y la difusión de la Línea contra la trata de personas 0800-2-3232 producidos con el apoyo de UNICEF.

Del año 2006 al 2010, con el apoyo de la cooperación del Reino de Bélgica, en el marco de los resultados esperados 21 y 22 del PNAIA 2002-2010 (Ley N° 28487), MINEDU, MINSA, MININTER, MPFN, MINCETUR, Poder Judicial, sociedad civil y gobiernos regionales, se implementó el proyecto “El Estado y la sociedad civil contra la violencia, abuso y explotación sexual infantil”, que plantea una intervención integral frente al problema de la violencia sexual y explotación sexual infantil de niños, niñas y adolescentes, entendiendo como tal a la atención que incorpora estrategias y acciones de prevención, diagnóstico, registro, servicios especializados, investigación, monitoreo y evaluación del problema, incluyendo el fortalecimiento de políticas públicas relacionadas. Se promueve la atención y la prevención multisectorial e interdisciplinaria, con amplio compromiso comunitario, con el fin de lograr a largo plazo una disminución sustantiva de la violencia sexual y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

El MININTER, a través de la PNP, ha desarrollado diversas acciones de capacitación que han permitido el fortalecimiento de capacidades y la sensibilización de sus efectivos para la atención de las denuncias contra niños, niñas y adolescentes. Entre los años 2007 y 2008 se llevaron a cabo 21 talleres de capacitación a integrantes de la PNP y del MININTER de las regiones de Lima, Cusco, Loreto y Madre de Dios. El personal capacitado llegó a 1277 funcionarios policiales de la Dirección de Migración y Naturalización y de la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Entre los temas abordados estuvieron la atención a víctimas de explotación sexual infantil, la atención en violencia, abuso sexual infantil y trata de niños, niñas y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2010, un total de 3.920 efectivos policiales de las Secciones de Familia de las Comisarías de la PNP de Lima, Callao y Provincias fueron capacitados para la prevención y atención de la violencia familiar, maltrato y abuso sexual infantil teniendo como precepto la no re victimización y a la niña, niño y adolescente como sujeto de derecho (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2009, se realizó la capacitación de 40 integrantes de la Dirección de Migraciones y Naturalización, pertenecientes a la PNP, Fiscalía y Poder Judicial de la región Cusco, sensibilizándolos no solo en la temática de trata de personas sino en la identificación de la documentación fraudulenta para prevenir salidas ilegales de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, la DIVIFAM de la VII DIRTEPOL de Lima desarrollaron talleres de capacitación y sensibilización a 200 suboficiales de las comisarías de Lima y Callao (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

En el año 2010, la DIGEMIN del MININTER desarrolló Talleres de motivación dirigidos a Operadores de Migraciones y personal de requisitorias de la PNP del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” sobre trata de niñas, niños y adolescentes con el fin de prevenir la explotación sexual, beneficiándose 45 personas entre Directores, asesores, facilitadores, inspectores de migración y personal PNP encargado del tema de requisitorias (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. d).

La División de Investigación de Personas Desaparecidas ejecutó operativos de búsqueda diaria, en cumplimiento del Plan General “Juventud 2009”, lo que permite en forma eficiente ubicar y esclarecer denuncias por menores desaparecidos. Se elabora periódicamente el boletín informativo policial con la fotografía del menor de edad reportado como desaparecido, consignando las características físicas, vestimenta y circunstancias de la desaparición misma que se difunde en la web www.peruanosdesaparecidos.org, así como en medios de comunicación social y en unidades policiales de Lima Metropolitana, provincias y departamentos del Perú. A través de la suscripción de convenios con las empresas Edelnor y Luz del Sur se difunde información sobre personas desaparecidas en los recibos de luz, y con autorización del denunciante, se publique y difunda la fotografía del desaparecido o desaparecida. Como resultado de las actividades que realiza diariamente, la División de Personas Desaparecidas han logrado ubicar a 2.258 menores de edad, entre 2006 y 2009 (CRC/C/PER/CO/3, párr. 70).

5.Proyecto VAESI

El proyecto “El Estado y la Sociedad contra la Violencia, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Infantil” (VAESI) fue financiado por el UNICEF y tuvo como objetivo contribuir a la prevención de la violencia, el abuso sexual y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, a través de una respuesta intersectorial e interdisciplinaria de los servicios públicos y estuvo orientado a fortalecer el sistema público de intervención en casos de violencia, abuso sexual y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes a través de tres líneas de acción que contemplan un marco lógico, los cuales son: “Prevención”; “Atención integral a través de servicios públicos adecuados”; y, “Reducción de la impunidad”.

Entre los principales logros obtenidos del Proyecto VAESI, el Poder Judicial, ha efectuado un Pleno Jurisdiccional en la materia y desarrollado capacitaciones a los magistrados en la temática. Igualmente, ha organizado el l Curso Taller: “Protección Jurisdiccional de Derechos de los Niños víctimas de maltrato, abuso, explotación sexual y trata: problemática, intervención y obstáculos de la práctica en el ámbito jurídico” llevado a cabo del 5 al 7 de noviembre de 2009.

El Ministerio Público, ha implementado ocho Cámaras Gesell o Salas de Entrevista Única. Asimismo, mediante Resolución N° 589-MP-FN-2009 (28.04.2009), se aprueba la “Guía de Entrevista Única a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, abuso y explotación sexual infantil”, a través del cual se institucionaliza la propuesta y se dispone la aplicación de la entrevista única en los casos de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. b).

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ha suscrito Códigos de Conducta con empresas hoteleras para que participen activamente en la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito del turismo.

La “Línea 100” del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del MIMP amplió su horario de atención.

6.Instituciones afines a la lucha contra la trata de personas

El UNICEF, la OIM y la UNODC integran el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, en cuyo espacio aportan recomendaciones y orientaciones correspondientes al tema. Como ejemplo de esta asistencia técnica, cabe señalar que desde el 2006 UNICEF-Perú, con la participación de siete sectores del Estado (MINSA, MINCETUR, MINEDU, MININTER, MIMP (ex MIMDES), MPFN y Poder Judicial), los gobiernos regionales de Madre de Dios, Cusco y Loreto y la sociedad civil, implementaron el proyecto “El Estado y la sociedad frente a la violencia, el abuso y la explotación sexual infantil” (CRC/C/PER/CO/3, párr. 68, apdo. e).

El Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional, desde el 2008 cuenta con un Departamento de Investigación contra la Pornografía Infantil de la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de la Dirección de Investigación Criminal, cuya misión es proteger oportunamente a la niñez nacional a través de operativos virtuales y la relación y colaboración con sus pares internacionales.

La División de Investigación de Delitos contra la Trata de Personas (DIVINTRAP) de la Dirección de Investigación Criminal, (creada mediante Resolución Directoral N° 277-2010-DIRGEN/EMG del 28 de marzo de 2010) es el órgano policial especializado en las investigaciones de los delitos de casos contra la Trata de Personas, investigando con ello posibles casos de trata de niñas, niños y adolescentes en las distintas etapas de esta modalidad delictiva y cuando lo amerita, coordinando el apoyo a las posibles víctimas con programas de atención tanto del MIMP, del MINSA u otras instituciones vinculadas a la temática.

La Dirección General de Migración y Naturalización (DIGEMIN) es la encargada de administrar, coordinar y controlar el movimiento migratorio de nacionales y extranjeros; encargándose de expedir y revalidar pasaportes, salvoconductos y otros documentos de viaje. En ese sentido, el Informe 2010 del Grupo de Trabajo Multisectorial contra la Trata de Personas (GTMCTP), señala que DIGEMIN a través de sus órganos de línea, viene tomando acciones decisivas para la lucha frontal contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, brindando instrucciones y capacitando a su personal operativo en la sede central y a nivel nacional, en coordinación con la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Unidades de Inteligencia y otros; en este sentido, el personal que presta servicios en los puestos de control migratorio y control fronterizo así como en las oficinas de expedición de pasaportes y carnés de extranjería y demás oficinas administrativas, están permanentemente preparadas para desde sus múltiples funciones aportar y coadyuvar con la labor preventiva y/o persecutoria, como ente colaborador, en relación a la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

El Grupo de Trabajo Multisectorial permanente contra la trata de personas, fue creado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-IN, del 20 de febrero de 2004, integrado por los siguientes sectores e instituciones: Ministerio del Interior, quien ostenta la Secretaría Técnica del Grupo Multisectorial a nivel nacional. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, INEI; Poder Judicial, Ministerio Público; y la Defensoría del Pueblo, en calidad de observador. Asimismo, se cuenta con la participación de las siguientes instituciones en representación de la sociedad civil: Acción por los Niños, Capital Humano Social Alternativo e Instituto de Estudio por la Infancia y la Familia (IDEIF). Del mismo modo con la participación de las siguientes organizaciones internacionales: UNICEF, UNODC, OIM y OIT.

J.Protección de niños, niñas y adolescentes víctimas del período de violencia interna

De acuerdo al Informe Anual 2008-2009 del Consejo de Reparaciones, órgano responsable del Registro Único de Víctimas y de proveer información a la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN) encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, el proceso de reparaciones en el país ha registrado importantes avances. Entre ellos destacan el diseño de un marco normativo para los programas de reparación, la creación de mecanismos de monitoreo, la inscripción de las primeras víctimas individuales y beneficiarios colectivos en el Registro Único de Víctimas, y el inicio de las reparaciones colectivas y de salud (CRC/C/PER/CO/3, párr. 10).

En marzo de 2007, la CMAN aprobó iniciar la implementación del Plan Integral de Reparaciones (PIR) con la puesta en marcha del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), interviniendo en una primera etapa en 440 centros poblados rurales altamente afectados por la violencia. La intervención consistió en la ejecución de proyectos de inversión por un monto de hasta 100.000 nuevos soles por comunidad afectada (34.000 dólares americanos aproximadamente). Según datos de la CMAN, hasta fines de 2009 se habían financiado 1.083 proyectos de reparación colectiva que beneficiaron a 1.066 comunidades (CRC/C/PER/CO/3, párr. 10).

El Ministerio de Salud (MINSA), por su parte, ha incorporado acciones orientadas a la atención de la población afectada por la violencia política en sus diversos instrumentos de política en salud mental, tales como la Estrategia de Salud Mental y el Plan Nacional de Salud Mental, los cuales establecen entre sus objetivos estratégicos el desarrollo de un programa de reparaciones en salud mental dirigido a la población afectada por la violencia política. Se ha establecido así un Plan Integral de Reparaciones en Salud Mental por el cual 10 departamentos (Ayacucho, Apurímac, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali) tienen su propio plan de reparaciones y el 100% de las regiones afectadas por violencia política cuenta con equipos de salud mental (ésta información fue recabada del Informe Defensorial N° 139 de la Defensoría del Pueblo. A cinco años de los procesos de reparación y justicia en el Perú. Balance y desafíos de una tarea pendiente). De igual manera, el MINSA suscribió actas de compromiso para la Programación Multianual 2009-2011 (la cual establece las pautas y criterios para optimizar la asignación y la eficiencia del uso de los recursos públicos) con los gobiernos regionales de Ayacucho y Huánuco (CRC/C/PER/CO/3, párr. 10).

El MINSA, a través de la Resolución Jefatural N° 060-2008/SIS (07.03.08) ha precisado que los niños, niñas, adolescentes, gestantes y adultos focalizados mantienen todas aquellas atenciones que no se encuentran en el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) en el Marco del Plan de Aseguramiento Universal, y que venían siendo financiadas por el SIS antes del Decreto Supremo N° 004-2007-SA. Esto significa que las personas afectadas por la violencia política aún conservan las atenciones de salud mental que se encontraban contempladas en los antiguos planes de atención, además de recibir las prestaciones incluidas en el LPIS. La labor de los equipos conformados como parte del Plan Integral de Reparaciones en Salud Mental se vio fortalecida por la acción desarrollada dentro del marco del Programa Juntos en aquellas regiones beneficiarias de ambas prácticas, lo que ha permitido intervenciones más efectivas (CRC/C/PER/CO/3, párr. 10).

K.Disminución de la mendicidad infantil

El Sistema RETA durante el período 2004-mayo 2013 ha registrado un total de 923 denuncias por la presunta comisión del delito de Trata de personas donde 52 (5,63%) son con fines de mendicidad. Los 52 casos registrados por mendicidad reportan 240 víctimas, 233 mujeres y 7 varones de los cuales 57 (23,75%) son menores de edad, 51 mujeres y 6 varones.

Mediante Resolución Ministerial N° 701-2006-MIMDES, se aprueba el Protocolo Básico de Identificación y Atención, la Guía de Operaciones para Casos de Alto Riesgo y el Manual Operativo para los casos de niñas, niños y adolescentes que se dedican a la mendicidad, a que se refiere la Ley N° 28190, Ley que protege a los menores de Edad de Mendicidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2005-MIMDES.

Entre los años 2007 y 2008 se atendió de manera integral a 240 niñas y niños, de diversos distritos de Lima y Arequipa, mediante la acción coordinada desde el entonces MIMDES, Ministerio Público y Policía Nacional del Perú. De otro lado, en este mismo periodo, a través del Programa Construyendo Perú del MINTRA, se benefició con empleos temporales a 54.733 padres de familia cabezas de hogar con hijas e hijos menores entre los 0 a 17 años de edad, favoreciendo indirectamente a un total de 123.242 niñas, niños y adolescentes. Esta política se llevó a cabo con la finalidad de tener un mecanismo de prevención de esta problemática.

Mediante Ley N° 28914 se creó la Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes, que elaboró una propuesta de modificación del actual Código de los Niños y Adolescentes, en la que se contempla derogar la figura del pandillaje pernicioso. El anteproyecto del Código de los Niños y Adolescente actualmente está pendiente de aprobación (CRC/C/PER/CO/3, párr. 8).

De otro lado, es preciso señalar que el Perú cuenta con la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en conflicto con la Ley Penal, como un espacio de concertación entre instituciones Estado y de la sociedad civil, cuyos aportes han servido de insumos para plantear la derogatoria de la figura del pandillaje pernicioso. En el marco de la Comisión Multisectorial encargada de la implementación del PNAIA 2012-2021 se constituyen subcomisiones de trabajo para los resultados esperados, entre los cuales se encuentra el N° 11 “Las y los adolescentes involucrados en conflictos con la ley disminuyen” (CRC/C/PER/CO/3, párr. 8).

Desde septiembre del año 2006, la Resolución Ministerial N° 701-2006-MIMDES aprobó el Protocolo Básico de Identificación y Atención, la Guía de Operaciones para los Casos de Alto Riesgo y el Manual Operativo para los casos de Niñas, Niños y Adolescentes que son explotados a través de la mendicidad. Adicionalmente se viene trabajando con los gobiernos locales en el desarrollo de programas de atención a la niñez y adolescencia en sus jurisdicciones (CRC/C/PER/CO/3, párr. 8).

L.Niños, niñas y adolescentes privados de libertad

La Defensa Penal Pública tiene competencia para brindar asistencia legal gratuita en dependencias policiales, asumiendo la defensa de las personas a las que se inician investigaciones, así como también a aquellas que están sometidas a investigación policial y fiscal; y/o procesados en salas y juzgados especializados en lo penal. Finalmente, el defensor público asesora a los internos recluidos en establecimientos penitenciarios, gestiona beneficios penitenciarios, cumplimiento de sentencias y rehabilitaciones y solicita los derechos de gracia. El Consultorio Jurídico Popular tiene competencia para: absolver consultas, prestar asesoramiento legal en diversos temas, entre ellos los temas de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Sobre este punto, cabe destacar que la problemática de los adolescentes en conflicto con la ley penal debe atenderse conforme a los lineamientos que señala un diagnóstico criminológico, a efectos de construir estrategias y plantear actividades eficientes en una realidad social determinada. En el marco del Consejo Nacional de Política Criminal, presidido por el MINJUS, se ha venido trabajando en una propuesta integral para la prevención y tratamiento del adolescente en conflicto con la ley penal, priorizando el fortalecimiento, con enfoque de derechos, del sistema de administración de justicia en dicha materia, además de los programas de reinserción.

La complejidad que presenta la problemática requiere un enfoque multisectorial que abarque la totalidad de sus niveles. En este sentido, toda actividad programada requiere la intervención estratégica de todos los sectores estatales y de la sociedad civil. Para este fin se ha creado un equipo interinstitucional de implementación capaz de gestionar adecuadamente todos los recursos político-sociales.

M.Edad mínima para el reclutamiento militar

Mediante Ley N° 29248 (28.06.2008) Ley del Servicio Militar, el Ministerio de Defensa informa que se ha dispuesto que el servicio militar es una actividad de carácter personal y que todo peruano puede ejercer su derecho y deber constitucional de participar en la defensa, asimismo se establece que esta actividad puede ser prestado por varones y mujeres sin discriminación alguna a partir de los 18 años de edad. La Directiva N° 04/F-2/DIMOV/02.01.01 (junio de 2010) establece el “llamamiento ordinario para el servicio militar acuartelado en el activo” correspondiente a la II Etapa de 2010, señala que el servicio militar es prestado por varones y mujeres sin discriminación a partir de los 18 años de edad.

A través de la Directiva N° 05/F-2/ DIMOV/02.01.01 (octubre de 2010) que regula el “Llamamiento ordinario para el servicio militar no acuartelado en el activo” se realizó el proceso de llamamiento ordinario del personal de tropa voluntario para el Servicio Militar No Acuartelado Masculino (SANAM), estableciendo la prestación de dicho servicio sin discriminación y a partir de los 18 años.

Según informa el Ministerio de Defensa, a la fecha se han realizado una serie de comunicaciones —O/M 012-DIRAC (25 de octubre de 2010), Oficio N° NC-45-ORM2-N° 1080 (17 de noviembre de 2010), Mensaje JRSJ-081450 (abril de 2010), entre otros— a todos los niveles de comando (Regiones Militares, Brigadas y Unidades) a fin de garantizar, que en virtud de la Ley N° 29248 y al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, se garantice la no recepción de personal menor a los 18 años de edad.

De igual manera la Fuerza Aérea del Perú mediante Resolución Ministerial N° 560-2010-DE/FAP (2 de junio de 2010), autoriza con eficacia anticipada a partir del 1 de febrero de 2009, efectuar el llamamiento ordinario para el Servicio Militar 2009, precisando que el servicio militar acuartelado se realiza entre los 18 y 30 años de edad.

El Sector Defensa señala que se ha confeccionado piezas comunicacionales (afiches, volantes, etc.) y se actualizó la página web, a fin de informar a la población sobre la edad mínima para el Servicio Militar.

Acciones vinculadas. Desde el MIMP se viene impulsando la propuesta de conformación de un Grupo de Trabajo Intersectorial que se encargaría del diseño de estrategias intersectoriales para la atención de la población infantil y adolescente involucradas en reclutamientos indebidos por parte de las Fuerzas Armadas y el alistamiento ilegal de niñas, niños y adolescentes por parte de grupos armados distintos de las fuerzas armadas.

A fin de lograr la prohibición del reclutamiento y alistamiento de las niñas, niños y adolescentes, la CONADIH, órgano asesor del Poder Ejecutivo en materia de Derecho Internacional Humanitario, ha impulsado la adecuación del Código de los Niños y Adolescentes a lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, en razón a esto el MINJUS presentó un proyecto de Ley que propone:

a)Precisar en los artículos VII y VIII del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, que entre las normas internacionales a tenerse en cuenta la Convención sobre los Derechos del Niño, sus Protocolos Facultativos como instrumentos ratificados por el Estado peruano;

b)La modificación del artículo 4 del Código de los Niños y Adolescentes, que regula lo referente al derecho a la integridad personal, con el fin de precisar la obligación del Estado peruano de “velar porque ningún menor de 18 años participe en hostilidades del orden”;

c) La modificación del artículo 39° del Código de los Niños y Adolescentes con el objeto de disponer que la niña, niño o adolescente víctimas de la violencia armada, que “haya participado o no de la misma”, deba “recibir asistencia conveniente para su recuperación física, psicológica y su plena reinserción social”;

d)La inclusión de un tipo penal que sancione el reclutamiento y alistamiento de menores de 18 años, en el Código Penal.

Desde la DGNNA del MIMP se ha formulado el nuevo Plan Nacional por la Infancia y la Adolescencia (PNAIA) 2012-2021, documento que señala lineamientos importantes para la promoción y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a nivel nacional, estableciendo como una de sus novedades la inclusión de un resultado esperado (N° 23) denominado: “Niñas, Niños y Adolescentes no participan en conflictos internos”, el cual se instauraría como política nacional a fin de combatir esta problemática social.

N.Protección contra la participación de niños, niñas y adolescentes en conflictos armados

El Tribunal Constitucional en la sentencia del Expediente N° 01817-2009-PHC/TC señala en el punto 7 de su fundamento número 2 (el principio de protección especial del niño) que señala: “… en virtud de este principio el niño tiene derecho a disfrutar de una atención y protección especial y a gozar de las oportunidades para desarrollarse de una manera saludable, integral y normal, en condiciones de libertad y de dignidad. Por ello, ningún acto legislativo puede desconocer los derechos de los niños ni prever medidas inadecuadas para garantizar su desarrollo integral y armónico, pues en virtud del artículo 4.º de la Constitución, el bienestar (físico, psíquico, moral, intelectual, espiritual y social) del niño se erige como objetivo constitucional que tiene que ser realizado por la sociedad, la comunidad, la familia y el Estado”.

En ese sentido, el Estado Peruano mediante Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar (28 de junio de 2008), ha establecido como edad mínima para prestar el Servicio Militar los 18 años de edad (art. 2.º), en virtud a lo cual se busca la exclusión de niñas, niños y adolescentes de las actividades armadas. Asimismo, en su artículo 6.º establece la prohibición del reclutamiento forzoso como procedimiento de captación de personas para incorporarlas al Servicio Militar. Asimismo, en su artículo 44° establece que el Servicio Militar Acuartelado es aquel que se cumple en forma permanente en las Unidades, Bases y Dependencias de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, durante el tiempo previsto en la presente Ley. Es realizado por los seleccionados, entre los 18 y 30 años de edad. Dicha norma se viene cumpliendo en los tres institutos castrenses. El reglamento de la Ley N° 29248, en su artículo 6, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, reitera la prohibición establecida en la Ley N° 29248 de incluir en el servicio militar a menores de 18 años.

O.La recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas

La Comisión Multisectorial del PNAIA 2002-2010 en la sesión realizada el 18 de diciembre de 2010, aprobó la “Ruta Intersectorial de prevención, atención, recuperación y sanción en casos de abuso sexual y trata de niños, niñas y adolescentes”, cuya implementación se ha visto realizar en el marco del PNAIA 2012-2021, y que dentro de los distintos objetivos que se pretende conseguir se encuentra la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas, mediante un trabajo articulado que vincule a las distintas instituciones del Estado, como son principalmente el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio del Interior, entre otros.

A nivel institucional, el MIMP, en coordinación con el UNICEF y la Sociedad Civil, ha gestado un instrumento de gestión para los CAR, denominado “Manual de Intervención en Centros de Atención Residencial de Niñas, Niños y Adolescentes”, el cual contiene un acápite referido a la reinserción del niño, niña o adolescente que se ha encontrado albergado en una institución, ya sea por una investigación tutelar por abandono, explotación o abuso sexual u otras situaciones que originaron su ingreso a los CAR; éste acápite velará para que la reintegración social se lleve a cabo dentro de un ambiente saludable y digno para el niño, niña o adolescente. Asimismo, una de las medidas promovidas desde el Estado a través de los CEM del PNCVFS del MIMP, se encuentra conformada por la atención psicológica, legal y social que se ofrece a las niñas, niños y adolescentes victimas en las distintas modalidades que registra este programa social.

Por otro lado el MINSA, a través de los MAMIS se constituyen como un equipo multidisciplinario del establecimiento de salud, que interviene en los casos de maltrato infantil en los hospitales del Perú, debido a la alta prevalencia, vulnerabilidad y existencia de factores de riesgo frente al maltrato infantil y la violencia familiar así como el aumento del registro de casos.

P.Sistema de justicia especializado para niños, niñas y adolescentes

Existe un sistema amplio de instancias y operadores de justicia en niñez y adolescencia; así como, un Sistema de Administración de Justicia Especializada en el Área de Familia, que integra a las niñas, niños y adolescentes. El sistema amplio de justicia en niñez y adolescencia comprende un conjunto de instancias y operadores cuyo número se ha venido incrementando en los últimos años; el sistema involucra, además del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a otras instituciones del Estado, tales como el Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

El Sistema de Administración de Justicia Especializada de Familia, comprende a las niñas, niños y adolescentes. Este se encuentra dividido en 3 áreas específicas: civil, tutelar y penal. Los indicadores que responderían a la consolidación a nivel de funcionamiento de este sistema de administración de justicia son: porcentaje de internamientos abiertos y cerrados, porcentaje o número de medidas en medio abierto aplicadas a adolescentes infractores, porcentaje de adolescentes infractores internados procesados o sentenciados, porcentaje o número de adolescentes a los que se aplica remisión fiscal o judicial, atenciones realizadas por los Consultorios Jurídicos Populares para niñas, niños y adolescentes, y atenciones realizadas por los Centros de Conciliación en materia de familia. Entre los años 2006-2010 se presentó un incremento en el porcentaje de adolescentes infractores con aplicación de medidas en medio abierto.

El sistema abierto incluye diversas sanciones, como la amonestación, prestación de servicios a la comunidad, la libertad asistida y la libertad restringida. Este último tipo de internamiento en un sistema abierto es acompañado de una terapia acorde con la infracción denunciada, en concordancia con el artículo 217.º del Código de los Niños y Adolescentes. Busca la aplicación de medidas socio educativas y de reinserción que faciliten la continuidad de la vida social –familiar de los adolescentes en conflicto con la ley penal.

Q.Adolescentes en conflicto con la ley

Durante el año 2011, la Policía Nacional del Perú registró 4309 adolescentes presuntos infractores de la Ley Penal. La mayor incidencia de registros corresponden a infracciones contra el patrimonio (2.520) seguido de lesiones (459), tráfico ilícito de drogas (258), terrorismo (18), homicidio (14), y otros (1.040). En cuanto a los lugares, la mayor incidencia de la población proviene de Lima (1.730), Cusco (776), Callao (437) y Huánuco (195). En el año 2012, el número de casos registrados se incrementó en un 6% (4.588) y al igual que el año anterior, la mayor incidencia de registros corresponde a infracciones contra el patrimonio (2.690), seguido de lesiones (494) y el tráfico ilícito de drogas (338). En cuanto a los lugares de mayor incidencia de casos provienen de Lima (1.662), seguido del Callao (689), Cusco (440) y Piura (283).

Entre los años 2002 al 2010, se incrementó el porcentaje de adolescentes infractores con aplicación de medidas en medio abierto, pasando de 34% (2002) a 37% (2010), este sistema abierto incluye diversas medidas socio-educativas, como la amonestación, prestación de servicios a la comunidad, la libertad asistida y la libertad restringida. En el sistema de medio cerrado disminuyó de 66% en el año 2002 a 63% en el año 2010.

El sistema abierto ha sido impulsado especialmente a partir del año 2005, en el marco de la aplicación del “Enfoque de Justicia Juvenil Restaurativa”, que busca la reinserción del adolescente, más que la sanción en medio cerrado.

De otro lado, una medida socioeducativa en medio abierto que se destaca, es el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), a cargo del Poder Judicial, que se aplica desde inicio de la década del 2002 para facilitar la reinserción de adolescentes infractores que gozan de semilibertad. En el año 2010, este servicio atendió a 405 adolescentes entre varones y mujeres; brindándoles apoyo psicológico, social y educativo con participación de la familia.

IX.Palabras finales

En los últimos veinte años el Estado peruano ha realizado esfuerzos significativos para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el marco del compromiso asumido al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño. Una de las primeras acciones fue la adecuación del marco normativo, pasando del Código de Menores al Código de los Niños y Adolescentes, texto jurídico en el que se incorporan instituciones y servicios para la atención al niño, niña y adolescente, se institucionaliza el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente (SNAINA) y se reconoce el Sistema de Administración de Justicia como Sistemas especializados, encargados del diseño e implementación de políticas de atención y protección, así como de la administración de justicia respectivamente.

Conforme lo establece dicho cuerpo normativo el MIMP asume la responsabilidad de formular, aprobar y coordinar el diseño y ejecución de las políticas orientadas a la atención integral de niños, niñas y adolescente, en este marco se han aprobado cuatro Planes Nacionales de Acción por la Infancia y la Adolescencia, para el período 1992-1995, para el quinquenio 1996-2000, para el período 2002-2010, con rango de Ley, y finalmente, el pasado 14 de abril de 2012 mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, el Gobierno Nacional además de aprobar el Plan Nacional por la Infancia y la Adolescencia PNAIA 2012-2021, constituyó la Comisión Multisectorial encargada de su cumplimiento.

Se han logrado avances significativos en la reducción de la mortalidad infantil, reducción de la desnutrición crónica infantil; documentación de niñas, niños y adolescentes; normatividad como una forma de garantizar y promover el ejercicio efectivo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, hecho que se traduce en el avance en materia de inversión que denota la decisión del Estado peruano de priorizar la infancia y adolescencia.

En este sentido, se busca que nuestra infancia y adolescencia tenga oportunidades en el acceso y en la calidad a un conjunto básico de servicios: educación, seguridad social y mecanismos de protección y restitución de sus derechos fundamentales, de manera que resulte posible evitar la transmisión intergeneracional de la pobreza.

Existen avances significativos en diversos aspectos relativos al ejercicio de derechos de las niñas, niños y adolescentes en cuanto a cifras globales, pese a ello al realizar un análisis de los avances en los ámbitos rural y urbano, se evidencian brechas en el acceso a servicios, detectándose diferencias que resulta prioritario revertir.

En tal sentido, las inequidades en cuanto a la posibilidad de acceso a servicios básicos de calidad es uno de los retos que deberemos considerar en el diseño e implementación de políticas públicas y estrategias para la atención de nuestras niñas, niños y adolescentes que por diversos factores se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad y riesgo social.