Indicadores

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

Primeros 9 meses de 2016

Número de empleadores supervisados

32 773

33 434

36 920

38 923

38 060

32 463

38 854

22 474

15 232

Número de empleadores sancionados

2 551

3 327

4 679

3 723

3 211

722

282

44

55

La mayoría de las sanciones se impusieron por los siguientes motivos:

a)No incluir en el reglamento interno disposiciones relativas a la no discriminación por razón de género;

b)No tener siempre informados a los empleados de sus derechos en lo relativo a la igualdad de oportunidades;

c)No aplicar las disposiciones jurídicas en materia de protección de la maternidad en el lugar de trabajo;

d)No incluir en el reglamento interno sanciones disciplinarias para los empleados que atenten contra la dignidad personal de otros.

En marzo de 2015, el 8 de mayo fue declarado por ley “Día de la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres”. Conforme a la ley, las autoridades locales y la radio y televisión rumanas tienen derecho, respectivamente, a organizar actividades y actos públicos y a incluir en los programas nacionales emisiones específicamente dedicadas a este Día. Asimismo, a nivel central y local se celebraron conferencias, mesas redondas, debates públicos y otros eventos sobre los valores de la igualdad de género y los beneficios derivados del respeto de dichos valores.

En junio de 2015 se aprobó la ley por la que se modifica y se complementa la ley para prevenir y combatir la violencia doméstica. Como autoridad estatal, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres es responsable de elaborar, coordinar y aplicar la estrategia del Gobierno contra la violencia doméstica. El Organismo también puede financiar o, cuando corresponda, cofinanciar con cargo al presupuesto del Estado, fondos externos reembolsables y no reembolsables u otros recursos, programas nacionales destinados a prevenir y combatir la violencia doméstica y a proteger y apoyar proyectos familiares, a fin de aumentar su calidad de vida.

Con arreglo a las obligaciones dimanantes de la aplicación de las estrategias del Gobierno de igualdad de trato entre hombres y mujeres y para prevenir y combatir la violencia doméstica, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres puso en marcha dos proyectos. El primero de ellos fue la “Campaña nacional de sensibilización e información pública sobre la violencia doméstica”, financiada con cargo al Mecanismo Financiero Noruego para 2009-2014, cuyo objetivo general era prevenir la violencia doméstica y la discriminación sexual en el seno de la familia, así como combatir los estereotipos de género. El otro proyecto fue “START: Una vida de calidad en condiciones de seguridad”, cofinanciado a través del Fondo Social Europeo (FSE) en el período de programación 2007-2013, cuyo objetivo era concienciar a todos los interesados pertinentes respecto de los valores y principios de la igualdad entre mujeres y hombres y la necesidad de luchar contra la violencia doméstica y la trata de personas, mediante el establecimiento de mecanismos nacionales y la elaboración de medidas apropiadas, sistémicas e integradas de prevención, control, vigilancia e intervención en el ámbito de la violencia doméstica y la trata de personas.

Rumania participa activamente en la campaña “Él por Ella”, puesta en marcha por la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres). El Presidente de Rumania es uno de los Campeones IMPACT 10x10x10. Entre las actividades previstas cabe mencionar la creación de un nuevo sistema integrado de seguimiento, denuncia y prevención de todas las formas de violencia de género, la capacitación de especialistas en una nueva profesión —expertos en igualdad de género— y la elaboración y ejecución de programas para involucrar a niñas y niños (100.000 jóvenes) en la vida política, social y económica.

Por Orden Conjunta núm. 1419/328/2014 del Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Personas Mayores y el Instituto Nacional de Estadística, en la clasificación de ocupaciones de Rumania se introdujo la ocupación de “experto en igualdad de oportunidades”. Esta medida específica tiene un impacto positivo en las actividades que el sector público y la sociedad civil desarrollan en el ámbito de la igualdad de género, al reconocer su carácter profesional y sustentar la capacitación educativa.

Las autoridades rumanas han estado afrontando constantemente el fenómeno de la discriminación, en primer lugar, mediante la promulgación de leyes para combatir esa actitud, en vista de lo cual cabe formular las observaciones que se exponen a continuación.

La existencia de un marco jurídico claro y amplio es una de las premisas de una acertada lucha contra todo fenómeno de discriminación. Todos los ciudadanos tienen garantizado el derecho de acceso a la justicia, independientemente de cualquier distinción o categoría. Por lo tanto, la Constitución de Rumania establece en su artículo 21 que “toda persona puede recurrir a la justicia para defender sus derechos, libertades e intereses legítimos”.

En lo que respecta al cumplimiento de las condenas penales, la Ley núm. 253/2013 de Cumplimiento de las Penas, Medidas Educativas y Otras Medidas No Privativas de la Libertad Impuestas por los Órganos Judiciales durante el Proceso Penal dispone en su artículo 10, relativo a la prohibición de la discriminación, que, “durante el cumplimiento de las penas, medidas educativas y otras medidas no privativas de la libertad previstas en el artículo 1 impuestas por los órganos judiciales en el proceso penal, se prohíbe toda forma de discriminación por motivos de [...] género [...]”. Además, la Ley núm. 252/2013 relativa a la Organización y el Funcionamiento del Sistema de Libertad Condicional dispone expresamente que en el ejercicio de la actividad no se practicará discriminación alguna por razón de género o cualquier otra circunstancia similar.

El instrumento normativo de lucha contra la discriminación en materia de contravenciones lo constituye el Decreto Gubernamental núm. 137/2000 sobre la Prevención y Penalización de Todas las Formas de Discriminación. Cabe señalar que en el citado instrumento se ha introducido una importante modificación que afecta a las disposiciones relativas a la carga de la prueba. Mediante dicha modificación se establece una presunción relativa en favor de la persona que presente hechos sobre la base de los cuales quepa suponer que se ha cometido un acto de discriminación. Por lo tanto, en el procedimiento ante el tribunal o ante el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, “el interesado deberá presentar hechos sobre la base de los cuales quepa suponer la existencia de discriminación directa o indirecta, e incumbe a la persona contra la que se haya presentado la denuncia demostrar que no se ha infringido el principio de igualdad de trato. Podrá invocarse cualquier medio de prueba ante el tribunal, conforme al régimen constitucional de los derechos fundamentales, incluidas grabaciones de audio o vídeo o datos estadísticos”.

En lo que se refiere a la lucha contra la discriminación en los asuntos civiles y procesales civiles, cabe formular las siguientes observaciones:

a)La Ley núm. 287/2009 del Código Civil, en su artículo 30, relativo a la igualdad ante el derecho privado, establece que:

“[...] el género [...] ni cualquier otra circunstancia similar afectarán en modo alguno a la capacidad civil”.

b)La Ley núm. 134/2010 del Código de Procedimiento Civil, en su artículo 8, relativo a la igualdad, establece expresamente que, “[d]urante el proceso civil se garantizará a las partes el ejercicio de sus derechos procesales, en condiciones de igualdad y sin discriminación”.

Es preciso subrayar que el artículo 8 forma parte del capítulo II, relativo a los principios fundamentales del proceso civil, por la simple razón de que la discriminación es una violación de los derechos fundamentales y, por consiguiente, supone un obstáculo al ejercicio de los derechos de las personas que son víctimas de discriminación.

En cuanto a la imposición de sanciones penales, a los culpables de haber cometido actos motivados por uno o varios criterios de discriminación u odio hacia una determinada categoría de personas les son aplicables las disposiciones legales que a continuación se indican.

Código Penal

Artículo 77 - Circunstancias agravantes

“Serán circunstancias agravantes las siguientes:

h)La comisión del delito penal por razones de [...] género [...] o por cualquier otra circunstancia similar, consideradas por el autor como causas de que una persona es inferior a otras.”

Artículo 282 – Tortura

“1)El acto cometido por un funcionario que ocupe un cargo que implica el ejercicio de la autoridad estatal o de otra persona que actúe por instigación o con el consentimiento expreso o tácito de aquel para causar dolor o sufrimiento intenso a una persona, ya sea física o mentalmente:

d)Por algún motivo basado en cualquier forma de discriminación, será punible con una pena de un mínimo de 2 a un máximo de 7 años de prisión y la prohibición de ejercer algunos derechos.”

Artículo 297 - Abuso de ejercicio de cargo

“2)La misma pena (de 2 a un máximo de 7 años de prisión) se aplica a la actuación de un funcionario que, en el desempeño de sus funciones, limite el ejercicio de un derecho de una persona o cree para esta última una situación de inferioridad por razones de [...] género [...].”

Artículo 369 - Incitación al odio o la discriminación

“La incitación pública, por cualquier medio, al odio o la discriminación contra una categoría de personas será punible con una pena de un mínimo de 6 meses y un máximo de 3 años de prisión o con una multa.”

En lo que respecta a la presentación de denuncias por violación de los derechos de una persona, tanto el ordenamiento civil como el ordenamiento penal prevén dicha actuación. En consecuencia, en los asuntos civiles, el Código de Procedimiento Civil contempla claramente esta posibilidad. El Código de Procedimiento Penal también establece el marco general para la presentación de denuncias penales por cualquier persona que haya sido objeto de un delito penal. En lo que concierne al delito penal de violencia doméstica, las disposiciones del Código Penal establecen lo siguiente:

Artículo 199 - Violencia doméstica

“1)Si los actos a que se refieren los artículos 188, 189 y 193 a 195 se cometen contra un miembro de la familia, la pena máxima señalada por la ley se elevará en una cuarta parte.

2)En caso de que los delitos previstos en los artículos 193 y 196 sean perpetrados contra un miembro de la familia, podrá incoarse una acción penal también ex officio. La reconciliación entre las partes eliminará la responsabilidad penal.”

Además de las disposiciones ya citadas, el marco legislativo de Rumania permite que toda persona cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto socavados por las autoridades públicas presente una denuncia en ese sentido. A esos efectos, son aplicables las disposiciones del artículo 1 de la Ley núm. 554/2004 de Contenciosos Administrativos:

“1)Toda persona que considere que una autoridad pública ha vulnerado uno de sus derechos o de sus intereses legítimos mediante un acto administrativo o por no dar respuesta a una solicitud dentro del plazo legal establecido, puede acudir al tribunal de lo contencioso-administrativo competente para que revoque dicho acto, se reconozca el derecho o interés legítimo reclamado y se repare el perjuicio causado. El interés legítimo puede ser tanto público como privado.

2)La parte que considere que se ha vulnerado uno de sus derechos o de sus intereses legítimos mediante un acto administrativo de naturaleza individual dirigido a otro sujeto de derecho también podrá recurrir al tribunal de lo contencioso-administrativo.”

Por otra parte, cabe mencionar una cuestión importante: para las personas cuyos medios financieros pudieran impedir su acceso a los procedimientos judiciales, el marco jurídico de Rumania prevé el apoyo necesario en el concepto de asistencia letrada. La asistencia letrada en asuntos civiles es, por principio, opcional. La parte en cuestión podrá solicitar que se le proporcione asistencia letrada o no. El contrato de asistencia letrada entre la parte y el abogado que esta elija se formaliza con arreglo a lo dispuesto en la Ley núm. 51/1995 de Organización y Ejercicio de la Profesión de Abogado.

A partir de 2008, Rumania estableció un sistema de asistencia jurídica pública para garantizar un acceso real a la justicia mediante la facilitación de una correcta defensa letrada. Este sistema cumple los requisitos establecidos en la Directiva 2002/8/CE del Consejo, de 27 de enero de 2003, destinada a mejorar el acceso a la justicia en los litigios transfronterizos mediante el establecimiento de reglas mínimas comunes relativas a la justicia gratuita para dichos litigios. El Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 51/2008 relativo a la Asistencia Jurídica Pública en Asuntos Civiles regula dicho sistema.

Los tipos de asistencia jurídica que se ofrecen son los siguientes:

a)El asesoramiento de un abogado;

b)El pago de los honorarios de expertos, traductores o intérpretes a los que se recurra durante el juicio, con la autorización del tribunal o de la autoridad jurisdiccional, si incumbe al solicitante de la asistencia asumir dicho pago;

c)El pago de los honorarios de agentes judiciales;

d)La concesión de exenciones y reducciones y la autorización para el reescalonamiento o el aplazamiento del pago de las tasas judiciales previstas por ley, incluidas aquellas que han de abonarse en la fase de ejecución forzosa.

En lo que se refiere a la información estadística, cabe mencionar lo siguiente:

a)Casos de discriminación por razón de género: la base de datos del Ministerio de Justicia no clasifica por separado las circunstancias agravantes aplicables a la discriminación por razón de género;

b)Las órdenes de alejamiento: hasta 2013, la base de datos del Ministerio de Justicia no presentaba por separado los casos de órdenes de alejamiento, los cuales se incluían en la categoría “Otros conflictos familiares”.

Las cifras correspondientes al período comprendido entre 2013 y el 30 de septiembre de 2016 son las siguientes:

Año

Núm. de órdenes de alejamiento

Núm. de órdenes de alejamiento concedidas

Núm. de órdenes de alejamiento parcialmente concedidas

2013

2 538

450

227

2014

3 704

739

470

2015

4 528

801

541

2016 (1 de enero a 30 de septiembre)

5 165

1 111

861

Casos de trata de personas: en la base de datos del Ministerio de Justicia se registran los casos de trata de personas a partir de 2007. No es posible conocer las estadísticas sobre los delitos de trata cometidos con un fin determinado.

A continuación, se ofrecen los únicos datos existentes en el módulo de información estadística de la aplicación ECRIS.

Año

Núm. de casos

Núm. de personas condenadas

2007

356

188

2008

365

187

2009

334

183

2010

370

203

2011

465

276

2012

422

427

2013

161

104

2014

156

115

2015

135

94

2016 (1 de enero a 30 de septiembre)

97

93

El Ministerio de Justicia es el encargado de ejecutar el programa RO20 “Violencia doméstica y violencia de género”, financiado a través del Mecanismo Financiero Noruego para 2009-2014, cuyo período de ejecución finaliza el 30 de abril de 2017; el objetivo de este programa es reducir la violencia de género en Rumania y apoyar a las víctimas de la trata. Como órgano encargado de su ejecución, el Ministerio de Justicia asume la gestión operacional y financiera de este programa. A través de este programa se financiaron 15 proyectos, de los cuales 13 habían sido seleccionados en una convocatoria de proyectos abierta en 2014, y 2 eran proyectos predefinidos ejecutados por la Inspección General de la Policía de Rumania y el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, en colaboración con el Consejo de Europa y la Dirección de Policía de Noruega. Este programa tiene por objeto el intercambio de buenas prácticas entre las instituciones asociadas que se dedican a luchar contra la violencia doméstica y la trata de personas. Los 13 proyectos seleccionados se estructuran en tres esferas prioritarias de financiación, a saber:

a)Prioridad 1. Apoyo a la red de entidades en el marco de la Ley de Violencia Doméstica, que comprende ocho proyectos. Los promotores de estos proyectos son las siguientes instituciones: la Dirección General de Asistencia Social y Protección del Niño en Sibiu, Iași, Brăila, Buzău, Ol y Vaslui, el Servicio Público de Asistencia Social en Baia Mare y la Fundación de Apoyo a los Ancianos. El objetivo es establecer varios centros destinados a las víctimas de la violencia doméstica para ampliar la gama de servicios que se les ofrecen, garantizarles una prestación de servicios de apoyo eficaces y coherentes, promover los servicios que se les proporcionan, etc.;

b)Prioridad 2. Actividades de concienciación y sensibilización, que comprenden tres proyectos, cuyos promotores son las siguientes instituciones: el Organismo Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, la ONG Asociatia Club Ecotur Dora D’Istria y la Asociación Europea para la Defensa de los Derechos Humanos. Los proyectos tienen por objeto organizar y llevar a cabo campañas informativas, además de actividades de concienciación y sensibilización respecto de la violencia doméstica y la violencia de género, dos de ellas centradas en la población romaní;

c)Prioridad 3. Actividades de capacitación dirigidas a los profesionales que trabajan activamente en la esfera de la violencia doméstica, que comprenden dos proyectos, cuyos promotores son las siguientes instituciones: la Universidad de Transilvania, en Brașov, y la organización Save the Children. Ambos proyectos concluyeron el 30 de septiembre de 2016 y estaban destinados a especialistas implicados en la lucha contra la violencia doméstica (trabajadores sociales, psicólogos, agentes de policía, personal de gendarmería, especialistas forenses, licenciados en derecho, agentes de libertad vigilada, enfermeros, médicos, docentes y consejeros escolares). Más de 500 especialistas recibieron capacitación profesional.

La Inspección General de la Policía de Rumania y el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas son los beneficiarios de los proyectos predefinidos (“Acción conjunta contra la violencia doméstica” y “Modelo de mejores prácticas en materia de asistencia para víctimas de la trata de personas – Proyecto piloto”, respectivamente). El proyecto predefinido impulsado por la Inspección General de la Policía de Rumania, titulado “Acción conjunta contra la violencia doméstica”, tiene por objeto proporcionar capacitación profesional a 375 especialistas rumanos (agentes de policía, jueces y fiscales), en particular mediante la elaboración de una guía de buenas prácticas. El proyecto denominado “Modelo de mejores prácticas en materia de asistencia para víctimas de la trata de personas” fue ejecutado por el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, en colaboración con el Consejo de Europa. En el marco de este proyecto se redactó un informe de evaluación sobre el sistema nacional de asistencia a las víctimas de la trata de personas. Además, se capacitó a 135 especialistas competentes en la esfera de la asistencia a víctimas de la trata y se llevó a cabo una campaña de sensibilización sobre los riesgos relacionados con la trata de personas.

En cuanto al número de mujeres que ocupan altos cargos en el sistema judicial, cabe señalar que estas ostentan 692 de los 1.224 altos cargos existentes.

El actual Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, dependiente del Ministerio de Trabajo y Justicia Social, se estableció en virtud de la Ley núm. 229/2015 por la que se modifica la Ley núm. 202/2002.

Las principales responsabilidades del Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres son:

a)Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias del Gobierno en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres;

b)Proponer al Ministerio proyectos de ley y planes nacionales de acción para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y velar por su ejecución;

c)Reunir datos estadísticos y elaborar informes, estudios, análisis y pronósticos de la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres en todas las esferas de actividad;

d)Elaborar, fundamentar, proponer y preparar programas y proyectos, aprobados conforme a la ley, en el ámbito de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres;

e)Representar al Gobierno de Rumania en los órganos europeos e internacionales que trabajan en esta esfera y colaborar con instancias similares de otros países;

f)Cooperar con las autoridades locales y centrales, las instituciones de enseñanza e investigación, los interlocutores sociales, las ONG, en particular aquellas que trabajan en este ámbito, con miras a elaborar y aplicar políticas públicas, a fin de cumplir el principio de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres;

g)Procurar, junto con las instituciones responsables y las autoridades públicas, que se aplique y respete lo dispuesto en los tratados y convenciones internacionales en que Rumania es parte en la esfera de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades;

h)Velar por que se cumplan las disposiciones de la Ley núm. 202/2002 y ejercer el control sobre su aplicación.

De conformidad con la Ley núm. 202/2002 sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Hombres, publicada nuevamente, la Comisión Nacional para la Igualdad de Oportunidades de Hombres y Mujeres se encarga de la coordinación del Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres. La Comisión Nacional está integrada por representantes de los ministerios y otros órganos especializados de la administración pública central dependientes del Gobierno o las autoridades administrativas autónomas, de los sindicatos y las asociaciones de empleadores representativas a escala nacional, y también por representantes de las ONG de reconocida actividad en la esfera de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres. Sobre la base de las disposiciones del mismo instrumento normativo, desde 2005, las comisiones de los condados para la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer llevan a cabo su labor en todas las unidades administrativas territoriales de Rumania dependientes del Ministerio de Trabajo y Justicia Social. Estas comisiones son instancias locales, de carácter informativo y consultivo, cuya tarea principal consiste en promover y aplicar a nivel local los valores y principios de la no discriminación por razón de género, la igualdad de oportunidades y la igualdad de trato entre mujeres y hombres. Las comisiones de los condados tienen por objeto promover y difundir a nivel local todas las actividades y los objetivos de la Estrategia Nacional, llevar a cabo actividades locales de información y sensibilización sobre la legislación en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como evaluar su estado de aplicación y cumplimiento en distintas esferas de actividad.

La Estrategia Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre el Hombre y la Mujer correspondiente a 2006-2009 fue aprobada mediante la Decisión Gubernamental núm. 319/2006. El objetivo de este documento estratégico era establecer una serie de medidas específicas encaminadas a eliminar cualquier forma de discriminación directa o indirecta por motivos de género y permitir a los ciudadanos de ambos sexos el ejercicio de su libertad y de sus derechos fundamentales.

La Estrategia Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre el Hombre y la Mujer correspondiente a 2010-2012 fue aprobada mediante la Decisión Gubernamental núm. 237/2010. Al igual que el documento estratégico anterior, el objetivo de la estrategia era hacer frente, mediante la adopción de medidas y acciones eficaces, a las situaciones problemáticas detectadas en determinadas esferas específicas de intervención, como la educación, el mercado de trabajo, la vida social, el papel asignado a cada género, los estereotipos de género o la participación en la toma de decisiones.

La Estrategia Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre el Hombre y la Mujer correspondiente al período 2014-2017 y el Plan de Acción General para su ejecución se aprobaron mediante la Decisión Gubernamental núm. 1050/2014. Este documento estratégico tiene por objeto mantener las políticas en la esfera de la igualdad entre mujeres y hombres formuladas hasta la fecha y promover, a nivel nacional, los valores y principios de la no discriminación por razón de género, mediante la adopción de medidas y acciones concretas en diferentes esferas específicas de intervención. Los principales objetivos de la estrategia son:

a)Promover una perspectiva de género en el proceso educativo y luchar contra los estereotipos de género en el sistema de enseñanza;

b)Promover una perspectiva de género en las políticas de empleo, familiarizar a los inspectores de trabajo con las disposiciones jurídicas en la esfera de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y sensibilizar sobre las diferencias salariales entre mujeres y hombres;

c)Fomentar la inserción en el mercado de trabajo de las mujeres vulnerables a la discriminación;

d)Sensibilizar sobre la importancia de la conciliación entre la vida laboral y familiar y el equilibrio de género en la familia, informando y sensibilizando a los hombres acerca de la importancia de su participación activa en el cuidado de la familia;

e)Combatir los actos de acoso y hostigamiento sexual en el lugar de trabajo y luchar contra la violencia de género;

f)Vigilar la participación equilibrada de mujeres y hombres en la toma de decisiones, así como realizar encuestas o análisis sobre la participación equilibrada de mujeres y hombres en el proceso de adopción de decisiones económicas, políticas, sociales y culturales.

El Instituto Rumano de Derechos Humanos es la primera institución nacional de derechos humanos creada en Rumania después de 1989, con más de 25 años de actividad en esta esfera. Con arreglo a su ley constitutiva (Ley núm. 9/1999), el Instituto Rumano de Derechos Humanos es un órgano independiente con personalidad jurídica.

Como se indica en el artículo 2 de la mencionada Ley, el objetivo del Instituto es velar por que los órganos públicos, las ONG y los ciudadanos adquieran un mejor conocimiento de las cuestiones de derechos humanos. Paralelamente, de conformidad con su mandato, el Instituto también se encarga de informar a la opinión pública en el extranjero y a las organizaciones internacionales sobre las formas prácticas en que se garantizan y se respetan los derechos humanos en Rumania y en que se asegura su realización. En el cumplimiento de su mandato, el Instituto se ocupa de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, como los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. En este sentido, el Instituto realiza, conforme a la ley, actividades de información, investigación, documentación, formación y educación en la esfera de los derechos humanos. Entre las funciones que desempeña el Instituto cabe destacar, asimismo, la de ofrecer asistencia especializada en materia de legislación a las comisiones permanentes del Senado y de la Cámara de Diputados en su labor de promulgar y debatir proyectos de ley e iniciativas legislativas. El Instituto expresa sus puntos de vista sobre leyes nacionales y, en particular, también sobre el respeto de los derechos humanos, a petición de otros foros. El Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (CIC) colocó al Instituto en la categoría C, con arreglo a los Principios de París. A raíz de esta decisión el Instituto adoptó, y sigue adoptando, una serie de medidas destinadas a mejorar su labor, y está tramitando la presentación del expediente con vistas a una nueva evaluación de conformidad con los Principios de París. En la actualidad, un Comité Directivo dirige la actividad del Instituto, coordinada a su vez por un Consejo General con amplia representación (personalidades públicas, parlamentarios de todos los grupos políticos y representantes del mundo académico y de ONG), lo cual denota el pluralismo y la responsabilidad independiente reales del Instituto. A principios de 2016, al Instituto le fue asignado un presupuesto suficiente para asegurar su independencia. El Instituto Rumano de Derechos Humanos es miembro de la Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (ENNHRI, por su sigla en inglés), bajo cuyos auspicios participa en diversos grupos de trabajo y proyectos que también consideran aspectos de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación. El Instituto apoyó la Estrategia Nacional de Lucha contra la Discriminación a Nivel Nacional para 2007-2013, elaborada por la Comisión Nacional de Lucha contra la Discriminación, y participó en el proceso de consulta y recomendaciones para su formulación en lo relativo a mejores políticas en pro de los derechos de la mujer y la igualdad de género. A petición de las comisiones especiales del Parlamento, el Instituto expresó sus puntos de vista sobre varios proyectos de ley, entre ellos el proyecto de ley de promoción de la dignidad humana y la tolerancia de las diferencias de los grupos, haciendo referencia a documentos internacionales y regionales sobre los derechos humanos, la dignidad, la no discriminación y la libertad de expresión. En todas las conferencias y programas de capacitación organizados por el Instituto, en colaboración con círculos académicos y la sociedad civil, se ha celebrado un período extraordinario de sesiones y creado un grupo de trabajo dedicados a la cuestión de la no discriminación y los derechos de la mujer. El Instituto organiza anualmente amplias campañas de sensibilización y debates en escuelas y universidades en el marco de la “Semana Europea de Acción contra el Racismo” para transmitir un mensaje de solidaridad contra el racismo y la xenofobia. El Instituto organiza todos los años una mesa redonda con el tema “Unidos por la diversidad”, en colaboración con la Asociación Rumana para las Naciones Unidas (ANUROM) y la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos, Democracia, Paz y Tolerancia, coordinada por el Instituto y la North University de Baia Mare. En el proceso de vigilancia de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Instituto señaló a la atención de todas las instituciones públicas que, a este respecto, las mujeres con discapacidad constituyen una categoría especialmente vulnerable que merece una atención particular. El Instituto organizó campañas de sensibilización con motivo de varios Días de las Naciones Unidas para informar al público de la creación de la nueva entidad de las Naciones Unidas, ONU-Mujeres, y de todas las novedades relativas a los mecanismos internacionales para la promoción y protección de los derechos humanos, y en especial de los derechos de la mujer.

En 2016 el Instituto organizó, entre otras, las siguientes actividades:

a)La Conferencia sobre el tema “Igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres: un principio fundamental de derechos humanos”, organizada el Día Nacional de la Igualdad de Oportunidades por el Instituto Rumano de Derechos Humanos, en colaboración con la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos, Democracia, Paz y Tolerancia, la North University de Baia Mare y la Asociación para la Promoción de los Derechos de la Familia - Foro de la Familia, el 6 de mayo de 2016;

b)La Conferencia titulada “Cinco años transcurridos desde la aprobación del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica”, organizada por el Instituto Rumano de Derechos Humanos, en colaboración con la Asociación de las Naciones Unidas en Rumania y la Asociación Club de Cheia, el 11 de mayo de 2016;

c)El Simposio titulado “Tolerancia cero frente a la violencia contra la mujer y la violencia doméstica”, organizado por el Instituto Rumano de Derechos Humanos, en colaboración con la Asociación Rumana para los Derechos de la Mujer, la Asociación Rumana para la Libertad Personal y la Dignidad Humana y la Asociación para la Promoción de los Derechos de la Familia - Foro de la Familia, para conmemorar el segundo aniversario de la entrada en vigor del Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), el 1 de agosto de 2016. Los principales órganos internacionales y organismos especializados de las Naciones Unidas con los que el Instituto ha mantenido una cooperación constante desde su creación son: las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización Mundial de la Salud (OMS), el CIC, ONU-Mujeres, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y la Federación Mundial de Asociaciones de las Naciones Unidas (FMANU).

Las medidas especiales de carácter temporal destinadas a acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres pueden considerarse medidas positivas, como las enunciadas en el Decreto Gubernamental núm. 137/2000 sobre la Prevención y Penalización de Todas las Formas de Discriminación y la Ley núm. 202/2002 sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Hombres. Las medidas de esta índole son parte de la legislación rumana, especialmente en el caso de los grupos étnicos, que son los más vulnerables a la discriminación. Para contribuir a la integración y educación de las personas pertenecientes a minorías, hay una medida positiva muy eficaz en vigor consistente en ofrecer plazas especiales a estudiantes romaníes en las universidades de forma gratuita. Las mujeres (y hombres) con discapacidad se benefician de las disposiciones de la Ley 448/2006 de Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad. De conformidad con el Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 111/2010 relativo a la Licencia Parental y la Prestación Mensual para la Crianza de los Hijos, las personas con discapacidad que tengan un hijo reciben apoyo financiero mensual hasta que el niño cumpla la edad de 7 años. El Decreto Gubernamental núm. 96/2003 sobre la Protección de la Maternidad en el Lugar de Trabajo incluye medidas tales como:

a)Definir términos y expresiones: empleada embarazada, empleada que ha dado a luz recientemente, empleada lactante, permiso para consulta prenatal y licencia por riesgo durante el embarazo;

b)Expedir a una empleada una autorización para consulta prenatal durante las horas de trabajo;

c)Conceder el derecho a una licencia por riesgo durante el embarazo y una prestación mensual a las empleadas embarazadas o madres a las que no sea posible asignarles otro lugar de trabajo;

d)Conceder una licencia obligatoria después del parto de 42 días;

e)Proveer puestos de trabajo que permitan mantener una posición ortoestática;

f)Permitir pausas para la lactancia materna;

g)Garantizar la confidencialidad del embarazo;

h)Reducir en una cuarta parte las horas de trabajo;

i)Prohibir el despido de las mujeres embarazadas o madres que han dado a luz recientemente.

Por lo que se refiere a la participación equilibrada de mujeres y hombres en la vida política, el Parlamento está examinando dos iniciativas en las que se propone establecer una cuota mínima del 30% de cada género en las listas de partido para las elecciones locales y generales. Hasta la fecha, el Senado ha aprobado dichas iniciativas, pero la Cámara de Diputados aún ha de examinar y votar estas medidas positivas de carácter temporal.

Un estudio realizado en 2004 por el Instituto Rumano de Educación y la oficina del UNICEF en Rumania, titulado “Perspectivas sobre la dimensión de género en la educación”, señaló, en sus observaciones finales, la falta de conocimiento de buena parte del personal docente que había participado en el estudio sobre la importancia de la integración de la dimensión de género en el proceso educativo y, de forma implícita, para la asignatura que impartían. Sin una distinción entre el sexo y la construcción social del género, entre lo innato y lo adquirido, entre la diferenciación y la discriminación (en los ámbitos jurídico, cultural, económico, etc.), el personal docente rara vez estará preparado para comprender los factores que inciden en el proceso de interiorización del género por parte de los estudiantes. El nivel de conocimiento de las perspectivas de género es relativamente bajo, debido principalmente a la dificultad para acceder a la información, la falta de recursos (material didáctico, tiempo y medios financieros) y la falta de oportunidades de capacitación, según las respuestas aportadas. Aproximadamente la mitad de los docentes considera la educación de género como parte esencial del proceso educativo, pero menos de un tercio declaró que incorporaba una dimensión de género en su labor pedagógica y ofreció detalles sobre las estrategias que adoptaba en este sentido. Hay un número considerable de docentes que manifiestan actitudes de desconfianza o indiferencia hacia esta perspectiva, por considerarla inoportuna. Los principales argumentos aducidos parten del supuesto de que la educación de género afecta a la igualdad de oportunidades entre los estudiantes, así como de la idea —plenamente justificada— de que, a falta de algunos instrumentos adecuados y metodológicos, la adopción de este enfoque puede repercutir negativamente en el proceso de construcción del género de los estudiantes. En opinión de los docentes, el sistema de enseñanza actual no aprovecha lo suficiente la dimensión de género. Con todo, muchos docentes se han mostrado dispuestos a familiarizarse con el enfoque de género específico respecto de la equidad, el equilibrio de las funciones atribuidas a cada género y la colaboración entre los géneros. Incluso los docentes que inicialmente habían expresado algunas reservas para abordar la dimensión de género en la asignatura que impartían han mostrado tal disposición. Esta situación es alentadora, teniendo en cuenta el considerable número de docentes que en ningún caso incorpora la perspectiva de género en su labor pedagógica. Las observaciones hechas en clase indican que la mayoría de los docentes rara vez abordan la temática de género y nunca aprovechan las situaciones que podrían ser educativas desde esta perspectiva. Por consiguiente, los docentes no entienden ni cuestionan con espíritu crítico los estereotipos de género, de modo que suelen actuar basándose en ideas preconcebidas o prejuicios. Así pues, los papeles de género atribuidos a las niñas y los niños pueden convertirse en etiquetas con consecuencias negativas no solo en el desarrollo de su identidad de género, sino también en la imagen que tienen de sí mismos en general.

Desde el punto de vista del proceso de construcción de la identidad de género, la mayoría de las recomendaciones que los docentes admiten trasmitir están relacionadas con la disciplina, los modales, el lenguaje y la actitud. En el caso de las niñas, las recomendaciones se refieren principalmente a su apariencia y algunas funciones de género tradicionalmente femeninas; en el caso de los niños, las recomendaciones se refieren a las actitudes y el comportamiento. Las opiniones de los estudiantes corroboran y matizan estas conclusiones. Afirman que los docentes a menudo recomiendan a las niñas y los niños cómo comportarse, pero asocian cualidades diferentes según el género.

Las recomendaciones de los docentes reconstruyen, en buena medida, dos formas tradicionales de educación, relacionadas específicamente con la ética de los derechos y la del cuidado. Los docentes rara vez respaldan la educación en ambas categorías de valores, a saber, la autoafirmación y la responsabilidad activa para con los demás.

Si bien las características que los estudiantes asocian a un género específico reproducen, en muchos casos, los modelos tradicionales de feminidad y masculinidad, al describirse a sí mismos los alumnos no dudan en mencionar atributos tradicionalmente asociados al otro género.

El alejamiento respecto de las representaciones tradicionales de género parece más marcado en el caso de los estudiantes que viven en zonas urbanas o los alumnos de secundaria de segundo ciclo, mientras que los estudiantes de las zonas rurales (especialmente los niños) y los alumnos de secundaria de primer ciclo parecen verse influidos en mayor grado por dichas representaciones tradicionales. Esta tendencia es más evidente cuando se trata de identificar las características de género en general, y lo es menos en el proceso de autoevaluación.

Al mismo tiempo, este análisis demostró que a veces los estudiantes se distancian de las características de género que los docentes promueven en la escuela. Tanto las niñas como los niños se definen a sí mismos con características que los docentes no recomiendan, que presentan como inaceptables en general o que asocian a un género. El análisis de los planes de estudios (los manuales escolares) y las opiniones de los agentes educativos respecto de su aplicación, desde la óptica de la promoción de mensajes de género, han llevado a conclusiones que confirman los resultados de otros estudios en esta esfera. Por lo tanto, los manuales escolares, a través de imágenes y texto, promueven especialmente la figura masculina. Las características y actividades atribuidas a cada género constituyen, en muchas situaciones, modelos tradicionales. En lo concerniente a las actividades que se desempeñan, la figura masculina tiene mayor presencia en la vida pública y la femenina es más activa en el ámbito privado. Solo unas pocas imágenes reflejan situaciones de la vida real, de las cuales un número extremadamente bajo representa la vida escolar, la vida profesional, la vida familiar o la interacción entre amigos. En los manuales escolares escasean la comunicación y las situaciones de colaboración entre los géneros. La mayoría de las veces, las interacciones muestran la colaboración entre personas del mismo sexo y raras veces entre diferentes sexos. Los conflictos, la competencia o la subordinación son particularidades especialmente propias de la figura masculina.

En cuanto a las tareas de aprendizaje, cabe referirse a la tendencia predominante del aprendizaje individual; el hecho de que apenas se pidan trabajos en grupo para resolver problemas prácticos complejos partiendo de lecciones aprendidas pone de relieve la escasa capacidad de los manuales para favorecer el desarrollo de la dimensión de género en el aprendizaje, entendido como un proceso social. Además, la gran frecuencia de tareas de aprendizaje cognitivo funcional y de las que se basan en la repetición indica una tendencia hacia la simulación de conformidad y un menor interés por el desarrollo del espíritu crítico de los estudiantes en el proceso de aprendizaje. La mayoría de las tareas de aprendizaje son estrictamente cognitivas y abstractas, y no están de ninguna manera relacionadas con experiencias de la vida real. La educación para la vida privada es sumamente limitada.

Según se desprende de las opiniones de docentes y estudiantes sobre la perspectiva de género en los planes de estudios escolares (programas y manuales), los docentes consideran que son pocas las materias en que se persigue aprovechar la incorporación de dicha perspectiva en la educación (se trata, en particular, de aquellas correspondientes a asignaturas conocidas como “Los hombres y la sociedad”, “Lenguaje y comunicación” y “Asesoramiento y orientación”). La posible función de todas las materias escolares para lograr una educación con perspectiva de género cuenta con poco respaldo. Esta evaluación ha demostrado que, si el mensaje de género no es explícito, la actividad docente no aprovechará los contenidos que aplican esta perspectiva.

El personal docente no ve en los manuales apoyo suficiente para aprovechar, desde una perspectiva de género, los temas que contienen. Por lo tanto, las opiniones de diversos profesores según las cuales algunos manuales promueven las funciones tradicionales de los géneros y las relaciones tradicionales entre los sexos, además de acentuar los estereotipos de género a través de textos e imágenes, corroboran las conclusiones del análisis de los manuales escolares. A propósito de los temas abordados en programas y manuales que incorporan una perspectiva de género, los docentes y estudiantes consideran que la escuela contribuye de manera especial a la preparación para ejercer una profesión y no aprovecha lo suficiente algunos aspectos relativos a las relaciones de género y la colaboración entre los géneros.

El análisis de diferentes aspectos relacionados con los planes de estudios puestos en práctica —la organización del espacio de aprendizaje, las estrategias de aprendizaje y enseñanza que se utilizan o la evaluación de los resultados escolares— ha llevado a la conclusión de que el género es un aspecto que no se aprovecha lo suficiente en la actividad docente. Si bien los espacios dentro de las escuelas no inducen a la discriminación por razón de género, tampoco se observa que la forma en que se utilizan promueva algunos valores que pueden ayudar a comprender y valorar la dimensión de género, y ofrecen contextos insuficientes para practicar funciones sociales, en particular los papeles asignados a cada género. La falta de espacios adecuados que propicien la expresión, el conocimiento y el desarrollo de aptitudes e intereses particulares (círculos, clubes, etc.), y la ausencia de espacios para practicar libremente comportamientos democráticos (por ejemplo, un aula destinada al consejo de estudiantes), sientan las bases para perpetuar la tendencia de pasar por alto las diferencias, incluidas las de género. La mayoría de las escuelas presentan un entorno de apariencia abandonada, impersonal y obsoleta. Se trata de un entorno neutro desde una perspectiva de género; es muy probable que, por su apariencia, no favorezca a los estudiantes más sensibles a los aspectos estéticos. Los medios y formas de presentación de los materiales visuales son más pobres que aquellos que se pueden ver fuera de la escuela; de ello se desprende que la escuela pierde la batalla frente a otros canales de transmisión de diversos mensajes, incluidos los mensajes de género (espacios públicos de encuentro para los jóvenes, Internet, etc.).

La escuela aún se inclina por los símbolos de poder y el prestigio social masculinos (cuadros que representan a escritores, líderes o historiadores, todos ellos hombres) y las reproducciones académicas (diagramas, gráficos, fórmulas, etc.), lo cual puede promover la discriminación de género teniendo en cuenta el desequilibrio entre las figuras clave predominantes. La disposición de los alumnos en las aulas todavía evidencia un modelo tradicional de enseñanza en el que no se impulsan lo suficiente las interacciones sociales entre los estudiantes de ambos sexos. Los modelos de éxito social, profesional e intelectual que se utilizan a la hora de impartir las lecciones son fundamentalmente masculinos, con lo que la escuela sigue fomentando implícitamente los estereotipos de género. La mayoría de los contenidos, aun cuando podrían aprovechar la perspectiva de género, rara vez se abordan desde esta perspectiva. Con respecto a las actividades de evaluación, los docentes y estudiantes consideran que no hay relación directa entre el género de una persona y la calidad de los resultados en la escuela. No obstante, se dice que el género de una persona puede ser un factor influyente en los resultados escolares. Por otra parte, se piensa que en la evaluación escolar se dan situaciones favorables o desfavorables en cuanto al género. En muchas situaciones, los docentes y estudiantes consideran que las niñas obtienen mejores resultados escolares que los niños tanto por ser más concienzudas y aprender más como por verse favorecidas cuando se las califica frente al otro género. Así pues, podemos aludir a cierto efecto de género en la evaluación de los resultados escolares. Las investigaciones revelaron que también se aprecian algunas influencias de género en las relaciones entre docentes y estudiantes. Estas influencias, generalmente no intencionales e inconscientes, obedecen a los estereotipos de género de los docentes, que en ocasiones se transmiten a los estudiantes.

De conformidad con el artículo 4 del Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 11/2014, se creó el Departamento de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres como órgano especializado de la administración pública central, con personalidad jurídica, dependiente del Ministerio de Trabajo, Familia y Protección Social. En virtud del artículo 1 del Decreto núm. 6/2015 por el que se modifica y se complementa la Ley núm. 217/2003 para Prevenir y Combatir la Violencia Doméstica, se dispuso que el Departamento de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres ejerce las funciones estratégicas, reglamentarias, de representación y de autoridad estatal en el ámbito de la violencia doméstica, y se encarga de elaborar, coordinar y aplicar las estrategias y políticas del Gobierno en esta esfera. En cuanto a las políticas públicas para prevenir y combatir la violencia doméstica, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (antiguo Departamento de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres) ejecuta la Estrategia Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia Doméstica correspondiente al período 2013-2017 y el Plan operacional para su aplicación, aprobados por Decisión Gubernamental núm. 1156/2012. Mediante la Ley núm. 351/2015 por la que se modifica la Ley núm. 217/2003 se reguló la expedición de una orden de alejamiento a través de un procedimiento judicial rápido. Conforme al artículo 27, la solicitud de expedición de una orden de alejamiento se examinará con carácter urgente, y la respuesta no podrá exceder en ningún caso del plazo de 72 horas desde que se presentó la solicitud.

A partir de 2012, cuando por primera vez se regula la orden de alejamiento en Rumania, las estadísticas de todos los expedientes pendientes en los tribunales en relación con las solicitudes de expedición de órdenes de alejamiento son las siguientes:

a)Año 2012: 472 expedientes pendientes y 297 resueltos;

b)Año 2013: 2.213 nuevos expedientes pendientes y 1.781 resueltos;

c)Año 2014: 2.963 nuevos expedientes pendientes y 3.022 resueltos;

d)Año 2015: 3.947 nuevos expedientes pendientes y 4.024 resueltos;

e)Año 2016 (enero a septiembre): 3.989 nuevos expedientes pendientes y 4.226 resueltos.

El número de solicitudes de expedición de órdenes de alejamiento ha aumentado cada año, lo que demuestra que a las víctimas de la violencia doméstica se les ofreció acceso a información, asesoramiento jurídico y asistencia letrada, de modo que la orden de alejamiento se ha convertido en un instrumento de defensa más conocido y utilizado.

El 27 de junio de 2014, Rumania firmó en Estrasburgo el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica, que fue aprobado en Estambul el 11 de mayo de 2011, llamado también Convenio de Estambul. Durante el procedimiento de preparación para ratificar y aplicar el Convenio, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres firmó, en junio de 2014, un acuerdo de asistencia técnica y apoyo con la oficina del UNICEF en Rumania. A raíz de ese acuerdo se creó un grupo de trabajo integrado por representantes gubernamentales y expertos, en el que participaron especialistas de los ministerios e instituciones clave en el ámbito de la violencia doméstica. Se organizaron debates y consultas con vistas a una evaluación compleja y amplia del marco institucional y legislativo, así como para elaborar propuestas de cambios o adiciones en la legislación interna que tipifica como delito los actos de violencia contra la mujer. En marzo de 2016 Rumania ratificó el Convenio de Estambul mediante la Ley núm. 30/2016, y en mayo de 2016 se depositó el instrumento de ratificación ante el Consejo de Europa. El Convenio entró en vigor en Rumania a partir del 1 de septiembre de 2016.

En el período comprendido entre octubre de 2015 y marzo de 2016, a petición de las ONG, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres participó en las reuniones del grupo de trabajo creado bajo los auspicios del Consejo Superior de la Magistratura. El grupo de trabajo incluyó a representantes de los ministerios con responsabilidades en materia de lucha contra la violencia doméstica, representantes del mundo académico y miembros de la red de ONG denominada “Rompemos el silencio sobre la violencia sexual”. El grupo de trabajo tenía por objeto preparar legislación pertinente, necesaria para la aplicación del Convenio. A fin de acelerar el proceso de preparación de la legislación, en abril de 2016 el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres colaboró activamente (en distintas reuniones en que se abordaron cuestiones específicas) con especialistas de ONG. Concretamente, se elaboró un conjunto de medidas legislativas para aplicar el Convenio de Estambul, que incluía las siguientes modificaciones:

a)El proyecto de ley por la que se modifica y se complementa la Ley núm. 286/2009 del Código Penal;

b)El proyecto de ley por la que se modifica y se complementa la Ley núm. 135/2010 del Código de Procedimiento Penal;

c)El proyecto de ley por la que se modifica y se complementa la Ley núm. 202/2002 sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Hombres;

d)El proyecto de ley por la que se modifica y se complementa la Ley núm. 217/2003 para Prevenir y Combatir la Violencia Doméstica;

e)El proyecto de orden conjunta sobre la creación y el funcionamiento de servicios de emergencia integrados para las víctimas de la violencia sexual (Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Personas Mayores).

En 2016 se preparó un proyecto de decisión del Gobierno sobre programas de interés nacional en la esfera de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la violencia doméstica para el período 2017-2019, que comprendía los siguientes subprogramas:

a)Programa de Interés Nacional I. Crear o apoyar a los centros de primeros auxilios con vistas a proporcionar asesoramiento y alojamiento a las víctimas de la violencia doméstica, y organizar equipos de intervención establecidos;

b)Programa de Interés Nacional II. Crear o apoyar los servicios de asistencia para los autores de delitos de violencia doméstica; crear centros de apoyo para los autores;

c)Programa de Interés Nacional III. Aumentar la participación de las mujeres en la adopción de decisiones y promover a las mujeres en puestos de toma de decisiones; establecer redes de recursos para promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Asimismo, en 2016 se preparó un proyecto de decreto de aprobación de las normas mínimas de calidad para la acreditación de servicios sociales de prevención de la violencia doméstica. Este decreto se propone mejorar la actividad de los proveedores de servicios, gracias a un conjunto simplificado y actualizado de seis normas mínimas de calidad relacionadas con los servicios sociales existentes. El proyecto de decreto regula las normas mínimas de calidad para la acreditación de servicios sociales: centros de alojamiento de emergencia (albergues), centros de recuperación para víctimas de la violencia doméstica, casas refugio, centros de asesoramiento para prevenir y combatir la violencia doméstica, centros de rehabilitación de los autores de esos delitos y centros de sensibilización pública e información.

El 5 de octubre de 2016 el Gobierno de Rumania aprobó el Memorando por el que se establece el Comité Interministerial para Prevenir y Combatir la Violencia Doméstica. Era necesario establecer este Comité, que presta asesoramiento en materia de prevención y lucha contra la violencia doméstica, para lograr una mayor cohesión entre todas las partes interesadas pertinentes a la hora de sustentar y aplicar medidas complejas en virtud de las disposiciones del Convenio de Estambul. Las principales competencias del Comité Interministerial son: asegurar la cooperación entre las instituciones y organizaciones en lo que se refiere a la aplicación de las políticas públicas nacionales y los planes del Gobierno para prevenir y combatir la violencia doméstica; apoyar la aplicación y el seguimiento del Convenio de Estambul; y respaldar las propuestas dirigidas a mejorar el marco jurídico de prevención y lucha contra la violencia doméstica. La primera reunión del Comité se celebró el 29 de noviembre de 2016.

En cuanto a la necesidad de adoptar medidas legislativas e institucionales enérgicas encaminadas, por una parte, a limitar el fenómeno mediante la aplicación de medidas punitivas contra los perpetradores y, por otra, a apoyar a las víctimas mediante la prestación de diversos servicios de apoyo adecuado, entre octubre de 2014 y diciembre de 2015 el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres ejecutó el proyecto “START: Una vida de calidad en condiciones de seguridad”, financiado por el Programa Operativo de Recursos Humanos para 2007-2013, por un importe total de 170.207.156 lei (38 millones de euros). El objetivo del proyecto era elaborar mecanismos, políticas, procedimientos e instrumentos con un enfoque holístico e integrado que se aplicaran en todo el país y, de ese modo, generar beneficios a largo plazo para las personas en situación de riesgo de desigualdad de género, violencia doméstica o trata de personas. El objetivo general era desarrollar un sistema integrado para abordar las medidas nacionales de prevención y lucha contra la violencia doméstica y la trata de personas. El grupo al que estaba dirigido el proyecto, cuya esfera de intervención abarcaba todo el país, lo componían 11.150 personas, a saber: 1.000 mujeres, 5.050 personas de grupos vulnerables (4.000 víctimas de la violencia doméstica, 1.000 niños en situación de riesgo y 50 víctimas de la trata de personas), 4.000 expertos de instituciones públicas con responsabilidades en materia de prevención y lucha contra la violencia doméstica y la trata de personas o expertos encargados de interactuar con las víctimas, 550 administradores y 550 agentes de las autoridades locales y centrales. Entre los resultados obtenidos en el marco del proyecto cabe destacar los siguientes:

a)Se proporcionó apoyo a 5.050 víctimas, a las que se prestaron servicios complejos de evaluación psicológica, social, médica y profesional; paralelamente, estas personas se beneficiaron del desarrollo de planes de intervención específicos y de servicios de capacitación, asesoramiento psicológico, asesoramiento jurídico y orientación profesional;

b)Se brindó capacitación y cualificación para el empleo a un total de 4.000 mujeres víctimas de la violencia doméstica y se concedieron subsidios individuales por valor de 6.000 lei por víctima;

c)Se celebraron seminarios de sensibilización, a los que asistieron 5.000 mujeres;

d)Se capacitó a 4.000 personas como técnicos en igualdad de oportunidades (que desempeñan un papel muy importante en las comunidades, los pueblos y las aldeas);

e)Se creó un sistema integrado de registro, notificación y gestión de las situaciones de violencia doméstica mediante el desarrollo de un sistema especializado que facilita el registro y la centralización de datos precisos (SIRMES), que cuenta con un centro de coordinación de toda la información específica que se gestiona en todas las instituciones competentes en este ámbito; se elaboró un conjunto unificado de instrumentos de vigilancia, que incluye un único expediente por caso;

f)Se estableció un centro de alojamiento de emergencia para víctimas de la violencia doméstica (albergue);

g)Se creó una línea telefónica gratuita y anónima de asistencia para las víctimas de la violencia doméstica, atendida por un centro de llamadas las 24 horas del día, los 7 días de la semana (0 800 500 333);

h)Se crearon 42 equipos de intervención interinstitucionales y multidisciplinarios en los condados de todo el país y en Bucarest, que entraron en funcionamiento;

i)Se elaboraron tres manuales de intervención para profesionales;

j)Se firmaron 300 acuerdos de colaboración interinstitucional;

k)Se llevaron a cabo campañas de sensibilización sobre la violencia doméstica, la desigualdad de género y la trata de personas.

En el período comprendido entre 2015 y 2017, el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres ejecutó el proyecto denominado “Campaña nacional de sensibilización sobre la violencia doméstica”, acogido a las subvenciones del Espacio Económico Europeo (EEE). Este proyecto, dotado con un presupuesto de 211.446 euros con cargo al programa RO20 “Violencia doméstica y violencia de género”, estaba financiado por el Mecanismo Financiero Noruego para 2009-2014. Los principales objetivos del proyecto se ajustaban a la Estrategia Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia Doméstica para el período 2013-2017, aprobada por Decisión Gubernamental núm. 1.156/2012, y la Estrategia Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre el Hombre y la Mujer correspondiente a 2014-2017, aprobada por Decisión Gubernamental núm. 1.050/2014. El objetivo general del proyecto era prevenir el fenómeno de la violencia doméstica, promover la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, y combatir los estereotipos de género y la discriminación por razón de género. A tal fin, en 2016 se organizó una campaña nacional de sensibilización. Se celebraron ocho debates públicos nacionales, que contaron con la participación de representantes de instituciones y organizaciones encargadas de prevenir y combatir la violencia doméstica. El Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres atiende la línea telefónica gratuita de asistencia para las víctimas de la violencia doméstica de número único: 0800 500 333. De esta forma, las víctimas de la violencia doméstica y los posibles testigos u otras personas que tengan conocimiento de tales actos de violencia y que necesiten apoyo, información y asesoramiento pueden llamar a este número gratuito, disponible las 24 horas del día los 7 días de la semana tanto en Rumania como en el extranjero. Desde que se creó esta línea de asistencia (en diciembre de 2015) y hasta diciembre de 2016 se recibieron 2.380 llamadas. En las situaciones urgentes de violencia doméstica, los operadores del centro de llamadas han aconsejado a las víctimas que llamen al número nacional de emergencia 112. En todas las demás situaciones notificadas, los operadores registraron los datos de las posibles víctimas (identificación, tipo de agresión, autor del delito), con su consentimiento previo, y facilitaron a la persona que llamaba información sobre las medidas que debía tomar dependiendo de cada situación. Los operadores también remitieron los casos a las instancias locales competentes para asegurar una intervención apropiada.

En el anexo núm. 15 se muestra la distribución geográfica de los albergues y otros centros de asesoramiento.

Entre los instrumentos más importantes utilizados y los resultados obtenidos en el período que abarca el informe en el ámbito de la trata de personas, cabe mencionar:

a)La base de datos de las víctimas de la trata de personas, perteneciente al Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, un recurso importante para analizar este fenómeno a nivel nacional, a lo que se suma una financiación adecuada para la aplicación de políticas públicas en este ámbito;

b)El número telefónico gratuito 0800800678 del Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, en el que se ofrece información sobre los riesgos que implica la trata de personas y se reciben denuncias sobre posibles situaciones de trata;

c)El mecanismo nacional de identificación y remisión de las víctimas de la trata de personas, establecido con la participación de todas las instituciones competentes en este ámbito;

d)Numerosas campañas de prevención y actividades de información, tanto a nivel nacional como a escala local y regional, realizadas según la evolución del fenómeno y las tendencias observadas en determinados períodos (formas de explotación, poblaciones vulnerables, países de destino, etc.);

e)El programa elaborado y puesto en marcha para coordinar la participación de víctimas que son testigo o parte agraviada en una causa penal, a través del cual se garantiza la confidencialidad de la información que les atañe en lo relativo a todos los aspectos vinculados a la participación en una acción penal y el desarrollo del caso, el apoyo emocional, el transporte y la protección física;

f)El aumento del número de sentencias condenatorias inapelables en casos de trata de personas, con un promedio anual de 250 personas condenadas en el período de 2006 a 2015;

g)La continua participación en sesiones de trabajo e intercambios de buenas prácticas organizados tanto en Rumania como en otros países; la adecuada representación en las reuniones organizadas a nivel europeo e internacional (de la UE, el Consejo de Europa, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, etc.);

h)La preocupación permanente por encontrar recursos financieros suficientes para promover los proyectos y alianzas establecidos a nivel nacional e internacional a fin de mejorar las medidas preventivas, aumentar la capacidad para identificar a las víctimas, mejorar el apoyo a las víctimas, crear redes de cooperación e investigar los motivos;

i)Los datos estadísticos sobre la asistencia a las víctimas de la trata de personas que se beneficiaron en el período de 2010 a 2016 de servicios específicos del Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas u otras autoridades locales figuran en el anexo núm. 16;

j)Los datos estadísticos sobre el número de víctimas de la violencia doméstica figuran en el anexo núm. 17.

El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas ha ejecutado más de 20 proyectos destinados a concienciar e informar sobre los peligros y las vulnerabilidades que enfrentan mujeres y hombres en relación con la trata de personas. Entre estos, cabe mencionar los siguientes: “Development of a Transnational Referral Mechanism for Victims of Trafficking Between Countries of Origin and Destination” (Establecimiento de un Mecanismo Transnacional de Remisión de las Víctimas de la Trata de Personas entre los Países de Origen y de Destino); “Programme to Support the Development of Transnational Referral Mechanisms for Trafficked Persons in South-Eastern Europe” (Programa de Apoyo al Establecimiento de Mecanismos Transnacionales de Remisión de las Víctimas de la Trata en Europa Sudoriental); “Raising awareness and Empowerment against Child Trafficking” (Sensibilizar y Empoderar frente a la Trata de Niños); “Joint Efforts of Police and Health Authorities in the EU Member States and Third Countries to Combat and Prevent Trafficking in Human Beings and Protect and Assist Victims of Trafficking” (Esfuerzos Conjuntos de la Policía y las Autoridades Sanitarias en los Estados Miembros de la UE y Terceros Países para Combatir y Prevenir la Trata de Personas y para Proteger y Prestar Asistencia a las Víctimas de la Trata); “Operational Networking, Cooperation and Joint Multidisciplinary Training Process for Judicial, Law Enforcement, NGO and International Organisation Specialists in Fighting Trafficking in Human Beings” (Establecimiento de Redes Operacionales, Cooperación y Proceso de Capacitación Conjunta Multidisciplinaria de Especialistas Judiciales, de las Fuerzas del Orden, de ONG y de Organizaciones Internacionales en la Lucha contra la Trata de Personas); “Victims of Child Trafficking: Our Responsibility” (Víctimas de la Trata de Niños: Nuestra Responsabilidad); “Not For Sale - Say Stop to Human Trafficking” (No se Vende: Di No a la Trata de Personas); y “TRafficking as A Criminal Enterprise (TRACE)” (La Trata como Actividad Delictiva), entre otros.

Rumania cuenta con un marco legislativo e institucional que garantiza la elaboración y aplicación de medidas en todas las esferas específicas de intervención relacionadas con la trata de personas: la prevención, la lucha, la protección y asistencia o las asociaciones de colaboración.

A continuación, se presentan los documentos normativos que son un referente en el ámbito de la trata de personas.

Principales instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Rumania:

a)La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada en 2000, ratificada por la Ley núm. 565/2002. Rumania firmó en diciembre de 2000 la Convención y sus dos Protocolos adicionales;

b)El Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, aprobado en 2005 y firmado por Rumania ese mismo año, ratificado por la Ley núm. 300/2006;

c)La Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo.

Principales documentos nacionales de regulación en el ámbito de la trata de personas:

a)La Ley núm. 678/2001 para Prevenir y Combatir la Trata de Personas, junto con sus modificaciones y adiciones ulteriores;

b)El Código Penal rumano (Ley núm. 286/2009);

c)La Decisión Gubernamental núm. 299/2003 por la que se aprueba el Reglamento para aplicar las disposiciones de la Ley núm. 678/2001 para Prevenir y Combatir la Trata de Personas;

d)La Orden Conjunta núm. 335/2007/2881/2007/1990/2007/1072/2007/266/A6880/409/C/2353/C/2008 del Ministro del Interior y de la Reforma Administrativa, el Ministro de Trabajo, Familia e Igualdad de Oportunidades, el Ministro de Educación, Investigación y Juventud, el Presidente del Organismo Nacional de los Derechos del Niño, el Fiscal General de la Oficina del Alto Tribunal de Casación y Justicia y el Ministro de Justicia por la que se aprueba el mecanismo nacional de identificación y remisión de las víctimas de la trata de personas;

e)La Estrategia Nacional contra la Trata de Personas para el período 2012-2016 y los Planes Nacionales de Acción para su aplicación correspondientes a los períodos 2012-2014 y 2015-2016;

f)La Estrategia Nacional contra la Trata de Personas para el período 2006-2010, aprobada mediante la Decisión Gubernamental núm. 1654/2006, y los Planes Nacionales de Acción para su aplicación correspondientes a los períodos 2006-2007 y 2008-2010.

Documentos de regulación pertinentes sobre la trata de niños y los derechos del niño y para luchar contra cualquier forma de explotación infantil:

a)La Ley núm. 272/2004 de Protección y Promoción de los Derechos del Niño, junto con sus modificaciones y adiciones ulteriores;

b)El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, firmado en 2000 y ratificado por la Ley núm. 470/2001;

c)El Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual, aprobado en 2007 y firmado por Rumania ese mismo año, ratificado por la Ley núm. 252/2010;

d)La Decisión Gubernamental núm. 1443/2004 sobre la metodología de repatriación de niños rumanos no acompañados y por la que se garantizan las medidas especiales de protección en su favor;

e)La Decisión Gubernamental núm. 49/2011 por la que se aprueba la metodología marco de prevención e intervención en un equipo multidisciplinario y en una red en situaciones de violencia contra niños y violencia doméstica, y la metodología de intervención multidisciplinaria e interinstitucional en relación con los niños explotados laboralmente o que corren el riesgo de serlo, los niños que son víctimas de la trata de personas, así como los niños rumanos migrantes que son víctimas de otras formas de violencia en otros países.

A pesar de que las mujeres siguen teniendo escasa presencia en ambas cámaras del Parlamento rumano, la situación ha mejorado ligeramente. En las elecciones locales de 2012 solo tres mujeres (64%) fueron elegidas alcaldesas. En las elecciones locales celebradas en 2016 se ha registrado un ligero aumento (de aproximadamente el 1%), al ser elegidas cuatro alcaldesas (55%). En el caso de los consejos locales, en 2016 fueron elegidas 4.960 mujeres, lo que supone un porcentaje del 12,33% a nivel nacional. Si bien en los consejos de los condados, frente al Consejo General de Bucarest, las mujeres tienen un mayor nivel de representación (del 14,9%), este se ha reducido considerablemente, en un 7,72%, en comparación con el nivel registrado en las elecciones de 2012. En cuanto a las elecciones parlamentarias, celebradas en 2016, 260 hombres y 69 mujeres fueron elegidos, lo que representa un 79,03% de hombres y un 20,97% de mujeres. En el Senado hay 116 hombres (85,29%) y 20 mujeres (14,71%). Si el nivel de representación de las mujeres en la Cámara de Diputados ha aumentado del 13,7% en 2012 al 20,97% en 2016, el porcentaje de mujeres en el Senado casi se ha duplicado con respecto al 7,7% registrado en 2012. En cuanto a la presencia de las mujeres en los puestos de adopción de decisiones en el Gobierno, en el anexo núm. 18 se facilita información al respecto.

Como se indica en Perspectives on Gender Dimension in Education (2004), del análisis de la participación en la educación sobre la base de indicadores estadísticos de acceso a la educación, eficiencia interna del sistema educativo e incluso de resultados (con excepción de los datos sobre la población en general, incluidos los adultos), se desprende que en Rumania no existen grandes desigualdades de género —y mucho menos una desventaja de la población femenina en edad escolar— en ninguno de los niveles de enseñanza.

Durante el año escolar 2014-2015, el indicador de la tasa bruta de matriculación ha seguido aumentando en todos los niveles de enseñanza, al igual que en los últimos años, y ha alcanzado un valor del 75%. Este indicador es más elevado en el caso de la población escolar femenina (77,0%) que en el de la masculina (72,1%), como se señala en el “Informe sobre la situación de la educación preuniversitaria en Rumania de 2015”. Según este informe, la duración media de la asistencia escolar ha disminuido en los últimos años: un niño asiste efectivamente a la escuela un promedio de 15,8 años en el sistema de educación formal, desde el jardín de infancia hasta la enseñanza superior. Un análisis del valor del indicador apunta diferencias entre los géneros favorables a las niñas (16,5 años), en contraposición con los niños (15,4 años).

Un cambio en la estructura del sistema educativo, desde el año escolar 2012-2013, surtió efectos en la tasa de matriculación en la enseñanza primaria y secundaria. En los tres últimos años escolares, el indicador se situó entre el 90% y el 91%. El porcentaje de participación en el sistema de enseñanza primaria y secundaria es ligeramente superior entre los niños que entre las niñas: en la enseñanza primaria hay un 88,1% de niñas y un 89,3% de niños; y en la enseñanza secundaria, un 90,6% de niñas y un 92,2% de niños. En el año escolar 2014-2015, el 90% de la población de entre 15 y 18 años de edad cursaba la enseñanza secundaria superior (instituto y módulos de formación profesional). La situación en este caso presenta un equilibrio de género, sin diferencias apreciables entre la matriculación de la población femenina (90,3%) y la de la población masculina (89,6%). Con respecto a los centros de educación secundaria o institutos, la tasa de inscripción ha aumentado considerablemente en el último decenio, al alcanzar un valor del 84,1% en el curso 2014-2015, con un 87,2% de población femenina y un 81,1% de población masculina. En los centros de formación profesional, las tasas de matriculación sufrieron un acusado descenso en el período comprendido entre 2009 y 2011 como consecuencia del cierre de las escuelas de artes y oficios. A partir del curso escolar 2012-2013, los valores de este indicador aumentaron hasta alcanzar casi el 7,8% en el curso 2014-2015, cuando volvieron a establecerse los módulos de formación profesional. Teniendo en cuenta el indicador de distribución entre los géneros, se observa que la tasa de inscripción en módulos de formación profesional es más elevada en el caso de la población masculina (11,2%) que en el de la población femenina (4,2%). En general, puede observarse una tasa de matriculación de las niñas en la enseñanza secundaria más alta con respecto a la tasa de matriculación de los niños en la formación profesional. Las tasas de matriculación a la edad de ingreso en la enseñanza primaria son más altas en el caso de las niñas que en el de los niños, y la tasa específica de matriculación de la población escolar femenina en la enseñanza secundaria es superior a la de la población masculina de todas las edades (16, 17 y 18 años). En el año escolar 2014-2015, el 94,4% de los alumnos que el año anterior cursaban el octavo grado continuaron sus estudios en centros de educación secundaria o centros de formación profesional. Con la reimplantación del sistema de formación profesional en el año escolar 2014-2015, se observa una importante diferencia entre los géneros: la transición a la enseñanza secundaria es considerablemente mayor entre las niñas (84,9% de niñas y 74,4% de niños), mientras que la transición a la formación profesional es mayor entre los niños (8,5% de niñas y 20,9% de niños). Por lo que se refiere al nivel universitario, la tasa bruta de matriculación en la enseñanza superior era del 31,1% en el año académico 2014-2015. Se observa una diferencia apreciable entre hombres y mujeres respecto de la tasa bruta de matriculación en la enseñanza superior, de más de cinco puntos porcentuales en favor de la población femenina (34,0% de mujeres y 28,4% de varones), como se señala en el “Informe sobre la situación de la educación superior en Rumania de 2015”.

Según el mismo informe, la tasa de estudiantes que finalizaron con éxito ese año académico fue del 35,5%. En otras palabras, el indicador registrado ese año muestra que, en relación con la población total de 21 años de edad, algo más de un tercio logró obtener una calificación de graduado. La situación en este caso es más positiva para las mujeres (39,2%) que para los hombres (31,5%). En consecuencia, hay más mujeres que hombres entre los graduados del sistema de enseñanza superior.

El informe Social and Economic Conditions of Student Life in Europe. Eurostudent V 2012–2015. Synopsis of Indicators pone de manifiesto que, en Rumania, como en la mayoría de los países europeos, hay más mujeres que hombres en el sistema de enseñanza superior. Los datos indican que, en el caso de las personas de más de 30 años, es mayor la población masculina que reanuda sus estudios.

En la enseñanza primaria y secundaria, la tasa de deserción en el año escolar 2013-2014 fue del 1,5%. Una evaluación de la situación en materia de abandono escolar por género indica que, tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria, hay un mayor número de niños que abandonan la escuela (enseñanza primaria: 1,1% de niñas y 1,3% de niños; enseñanza secundaria: 1,7% de niñas y 1,9% de niños).

Tras la reimplantación de la formación profesional se redujo la tasa de deserción en este nivel de estudios. La tasa de deserción fue del 4,3% en el año escolar 2013-2014, con un porcentaje más alto entre las niñas (7,1% de niñas y 3,6% de niños). El análisis de las opciones de carrera de los estudiantes, según el proyecto de investigación Perspectives on Gender Dimension in Education, elaborado en 2004 por el Instituto de Ciencias de la Educación de Rumania y el UNICEF, ha puesto de relieve importantes diferencias entre las niñas y los niños, así como determinados “estereotipos profesionales”. Por lo tanto, en lo que se refiere a determinadas esferas profesionales, la población femenina se centra sobre todo en los sectores económico, educativo o académico, médico y farmacéutico, mientras que la población masculina se inclina más por los sectores técnico, agroforestal y militar.

Además, las opciones de carrera que algunos profesores (independientemente del género) recomiendan a los niños y las niñas son bastante diferentes —hecho que no reconocen o del que no son plenamente conscientes—, lo que refuerza los estereotipos. Para combatir esos estereotipos en las estrategias educativas, las actividades de sensibilización y la orientación profesional, es obligatorio adoptar medidas concretas encaminadas a reducir las disparidades y mitigar los estereotipos de género entre los docentes, los estudiantes y los padres en lo que concierne a la orientación profesional.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley núm. 202/2006 relativa a la Organización y el Funcionamiento del Organismo Nacional para el Empleo, publicada nuevamente, en su forma modificada y complementada, dicho Organismo aplica las políticas y estrategias de empleo y de capacitación profesional para solicitantes de empleo, elaboradas por el Ministerio de Trabajo y Justicia Social, respetando, entre otros, el principio de no discriminación en el acceso a los servicios prestados en el ámbito del empleo y la capacitación profesional, y garantizando la igualdad de oportunidades en el mercado nacional de trabajo. En el artículo 4, párrafo l, de la Ley núm. 76/2002, en su forma modificada y complementada, se establece expresamente que las políticas de empleo excluyen cualquier tipo de discriminación por motivos políticos, de raza, nacionalidad, origen étnico, idioma, religión, condición social, creencias, sexo y edad. La Estrategia Nacional de Empleo 2014-2020, elaborada por el Ministerio de Trabajo, estableció como objetivo prioritario aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo, en particular mediante medidas de apoyo para compaginar la vida laboral y familiar. De esta forma se ofrece a las mujeres el apoyo necesario para su reincorporación al mercado de trabajo y su reinserción profesional, al tiempo que se promueve el emprendimiento y se llevan a cabo programas como “Una segunda oportunidad” para adquirir las competencias y cualificaciones que exige el mercado de trabajo. La Estrategia también se propone impulsar medidas encaminadas a alentar la participación de las mujeres en el mercado laboral, tales como: el desarrollo de infraestructuras para facilitar servicios de guardería y servicios de apoyo para el cuidado de los familiares a cargo, actividades de sensibilización sobre la flexibilidad de los horarios de trabajo y la diferencia salarial entre mujeres y hombres, o iniciativas dirigidas a combatir los estereotipos de género.

Asimismo, las subvenciones del Fondo Social Europeo, administradas en Rumania por la Autoridad de Gestión del Programa Operativo Sectorial para el Desarrollo de los Recursos Humanos (POSDRU), dependiente del Ministerio de Trabajo, de 2007 a 2014, representaron una gran oportunidad en cuanto a fuentes de financiación de asociados interesados en la ejecución de proyectos en consonancia con la política y estrategia del Gobierno en materia de empleo y en la esfera más vulnerable de la igualdad entre mujeres y hombres. Además, todos los programas operativos de los fondos estructurales de la UE incluían el principio de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como principio transversal para respaldar su elaboración, ejecución y seguimiento.

La colaboración entre el Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres —y, más adelante, el Departamento de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres— y los interlocutores sociales (sindicatos y organizaciones de empleadores), las ONG y otros asociados interesados en la ejecución de proyectos (como beneficiarios o socios) cofinanciados a través del FSE por el POSDRU, y también por otros programas de subvenciones (como el programa de Subvenciones de Noruega), ha contribuido en gran medida a la realización satisfactoria de muchas de las actividades llevadas a cabo en el marco de las estrategias nacionales para la igualdad entre los géneros.

El Ministerio de Economía, Comercio y Relaciones con el Mundo Empresarial ejecuta todos los años el Programa Nacional Plurianual para el Desarrollo de una Cultura Emprendedora entre las Mujeres Empresarias del Sector de las Pequeñas y Medianas Empresas. El objetivo principal del régimen de minimis presentado en el Programa Nacional Plurianual consiste en ofrecer estímulo y apoyo para iniciar y desarrollar estructuras económicas privadas creadas por mujeres facilitando su acceso a la financiación y, de ese modo, aumentar sus posibilidades de acceder a la financiación en el contexto de los obstáculos que enfrentan para mantener un equilibrio entre la vida familiar y profesional y de los prejuicios existentes a nivel local. El régimen de minimis tiene por objeto:

a)Mejorar los resultados económicos de las empresas existentes dirigidas por mujeres mediante el acceso a las fuentes de financiación disponibles del presupuesto del Estado;

b)Estimular el autoempleo y aumentar el número de mujeres empresarias en la comunidad empresarial;

c)Fomentar la capacidad y el espíritu emprendedor entre las mujeres;

d)Aumentar la creación de empleos en las estructuras económicas privadas dirigidas por mujeres y los beneficios que reportan a la economía rumana.

El estado de ejecución de este programa en el período 2009-2016 es el siguiente:

Nombre del programa

Año

Presupuesto (en euros)

Beneficiarios (incluida la capacitación)

Nuevos empleos

Total beneficiarios 2009-2016

Total empleos creados/ mantenidos

Organización de cursos de capacitación y seminarios

Programa Nacional Plurianual para el Desarrollo de una Cultura Emprendedora entre las Mujeres Empresarias del Sector de las Pequeñas y Medianas Empresas

2009

90 000

822

2 804

111

2010

134 000

906

2011

112 000

522

2012

112 000

501

Componente de subvención

2013

107 000

14

28

2014

112 000

12

24

2015

223 000

17

36

2016

112 000

10

23

Asimismo, a partir de 2016 se puso en marcha el Programa Nacional Plurianual para el Establecimiento y Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en las Zonas Rurales, con arreglo a lo dispuesto en la Ley núm. 346/2004 relativa a la Promoción del Establecimiento y Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, en su forma modificada y complementada, así como en la Decisión Gubernamental núm. 957/2015 relativa a la organización y el funcionamiento del Ministerio de Economía, Comercio y Relaciones con el Mundo Empresarial. El objetivo principal del programa es ofrecer estímulo y apoyo para el establecimiento y desarrollo de estructuras económicas privadas creadas en las zonas rurales aumentando el número de empleos y de pequeñas y medianas empresas en dichas zonas y, de ese modo, facilitar el acceso de esas estructuras a la financiación en el contexto de la reducción de las disparidades económicas entre las zonas urbanas y las zonas rurales. En 2016 se asignó a este programa un presupuesto de 25.900.000 lei (aproximadamente 5.760.000 euros); de las 85 empresas de las zonas rurales, 31 han sido creadas por mujeres.

La Constitución rumana garantiza a todos los ciudadanos el derecho a los servicios de salud. La Ley núm. 95/2006 relativa a la Reforma del Sistema Sanitario es la principal ley en la materia. Esta Ley establece la organización del sistema de asistencia médica y de seguro social de salud. Los servicios de asistencia médica prestados a mujeres y niños se financian con cargo al Fondo de Seguro Social, incluidos los servicios preventivos y terapéuticos, que forman parte del conjunto mínimo y básico de servicios. Estos servicios se financian también con cargo al presupuesto del Estado, a través de los programas nacionales de salud que se aprueban por ley todos los años. Durante el período 2006-2016 se adoptaron numerosas medidas para mejorar la salud de las mujeres y los niños en virtud de varios instrumentos jurídicos, tales como:

a)El Programa Nacional de Salud para las Mujeres y los Niños, que incluye medidas para la planificación familiar y para una maternidad sin riesgo. Este programa incluye también medidas para la fecundación in vitro y la transferencia embrionaria;

b)El Programa Nacional de Vigilancia y Control de las Enfermedades Infecciosas, que incluye medidas para prevenir y controlar las enfermedades de transmisión sexual y el VIH;

c)El Programa Nacional de Frotis, que incluye el diagnóstico inicial.

A continuación, se indican las medidas adoptadas para facilitar el acceso a servicios modernos de planificación familiar y prevención de embarazos no deseados:

a)Integración de medidas de planificación familiar en los programas de asistencia médica como parte del conjunto básico de servicios, que incluye la asistencia médica primaria, y desde 2013 como parte del conjunto básico de servicios ambulatorios;

b)Mantenimiento del programa de distribución gratuita de anticonceptivos para las personas socialmente desfavorecidas (desempleados, alumnos, estudiantes, beneficiarios de prestaciones sociales, personas que viven en zonas rurales, mujeres que se someten a un aborto legal en centros médicos o personas sin ingresos);

c)Realización de campañas para dar a conocer los métodos anticonceptivos modernos, en todas las esferas de la vida pública.

Una de las primeras iniciativas en el ámbito de la planificación familiar se puso en marcha en los años noventa. Gracias a los esfuerzos denodados del Gobierno y el apoyo de las organizaciones internacionales, las políticas de planificación familiar pasaron a formar parte de los servicios públicos de salud. Además, en 2003 se adoptó la primera Estrategia Nacional sobre la Salud Reproductiva y la Sexualidad y el primer Programa Nacional de Planificación Familiar. Conforme a este programa se estableció una red nacional de oficinas de planificación familiar, que abarcaba la mayoría de las ciudades importantes del país y que a lo largo de los años fue mejorando la calidad de los servicios prestados. Se asignaron fondos destinados a la compra de anticonceptivos de tercera generación y preservativos, todos ellos de distribución gratuita para las personas socialmente desfavorecidas.

A continuación, se indican las medidas adoptadas para una maternidad sin riesgo, con vistas a mejorar el acceso de las mujeres embarazadas y las madres a servicios médicos de calidad:

a)Facilitación del marco jurídico para el acceso de las mujeres (embarazadas) a servicios médicos preventivos, mediante su inclusión en el conjunto básico de servicios médicos;

b)Integración de servicios médicos específicos en el subprograma nacional de salud de la mujer, como servicios médicos para prevenir las malformaciones congénitas mediante el diagnóstico precoz y servicios médicos para detectar la enfermedad de Rhesus.

Evolución de los beneficiarios de las intervenciones arriba indicadas:

2015

2014

2013

Número de mujeres embarazadas sometidas a la prueba de detección doble, triple y cuádruple

1 936

2 942

2 963

Número de pacientes sometidas a la prueba de Barr

156

x

x

Número de pacientes objeto de estudio citogenético en sangre periférica tras el parto

922

946

1 498

Número de pacientes objeto de análisis mediante FISH

138

x

x

Número de pacientes sometidas a análisis citogenéticos

854

x

x

Número de beneficiarias sometidas a pruebas de ADN

688

x

x

Número de beneficiari a s sometid a s a pruebas monoculares

571

x

x

Número de embarazos con riesgo de trastorno genético DMD y DMB

2

a)Difusión de información sobre la salud reproductiva a través de distintos canales (medios de comunicación, campañas informativas realizadas por las autoridades locales y centrales y ONG);

b)Aplicación y divulgación del programa “Cuaderno de embarazo”, que incluye el registro de todos los servicios médicos prestados a las mujeres durante su embarazo;

c)Elaboración de 20 guías prácticas para la asistencia médica obstétrica y ginecológica;

d)Clasificación de los centros obstétricos y ginecológicos en tres categorías, según el nivel de competencia, para prevenir las muertes maternas;

e)Mejora de la red de enfermeras que prestan servicios en la comunidad y la red de mediadores sanitarios, especialmente en las zonas desfavorecidas de todo el país;

f)Mejora del régimen jurídico de la profesión de matrona;

g)Facilitación del acceso a procedimientos de fecundación in vitro (FIV) para las personas con dificultades para concebir, como sigue:

2011

2012

2013

2014

2015

Número de parejas beneficiarias de procedimientos de FIV-TE

296

625

226

7

251

Número de embarazos confirmados y objeto de seguimiento

176

107

59

154

Los siguientes indicadores permiten evaluar el acceso universal a los servicios de salud reproductiva y la mejora de la salud reproductiva:

a)La prevalencia del uso de métodos anticonceptivos modernos;

b)La tasa de mortalidad neonatal precoz (0 a 6 días de vida), indicativa también del seguimiento del embarazo;

c)La incidencia de la sífilis;

d)La incidencia de la gonorrea.

Salud reproductiva:

Indicadores

U. M.

1993

1999

2004

2005

2010

2013

2015

Prevalencia del uso de métodos anticonceptivos modernos

%

57,3

63,8

70,32

69,8

69,5

69,2

Pendiente de cálculo

Tasa de mortalidad neonatal precoz (0 a 6 días)

%

6

3,7

3,5

3,2

Incidencia de la sífilis

%

31,52

10,83

5,13

4,78

Incidencia de la gonorrea

%

7,71

2,14

1,19

Fuente: Unstats, Indicadores del Milenio; http://data.euro.who.int/.

El siguiente gráfico muestra la evolución de la mortalidad materna:

Fuente: Ministerio de Salud Pública.

Conforme a lo dispuesto en la Decisión Gubernamental núm. 1028/2014 por la que se aprueba la Estrategia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud adoptó las siguientes medidas estratégicas para reducir el número de embarazos no deseados, de abortos voluntarios y de muertes maternas por aborto:

a)Aumento de la capacidad de planificación, adquisición de anticonceptivos y control de su distribución gratuita, mediante:

i)La mejora del sistema de información relativa a la gestión logística de la distribución gratuita de anticonceptivos;

ii)La realización de un estudio nacional sobre la salud reproductiva y la planificación familiar;

iii)La mejora del marco jurídico;

b)Facilitación del acceso de las personas que reúnen las condiciones necesarias a los productos anticonceptivos y distribución gratuita;

c)Aumento de la cobertura geográfica de los proveedores de servicios de planificación familiar, mediante:

i)La capacitación de personal en materia de planificación familiar médica básica, especialmente en las zonas desfavorecidas del país;

ii)El fortalecimiento de la capacidad de los centros médicos y de planificación familiar, mejorando las competencias de los empleados;

d)Realización de campañas para dar a conocer a la población los métodos anticonceptivos, especialmente entre los grupos vulnerables.

En 2016 el Ministerio de Salud comenzó a elaborar una encuesta nacional de salud reproductiva, que permitirá evaluar los progresos logrados en esta esfera a lo largo de los años.

En 2001 el Gobierno adoptó el Programa Nacional para Prevenir, Vigilar y Controlar la Infección por el VIH. Los principales objetivos de este programa son:

a)La prevención y el control de la infección por el VIH a nivel nacional, mediante:

i)La adquisición de pruebas rápidas y pruebas de inmunosorción enzimática (ELISA) para el diagnóstico del VIH/SIDA;

ii)La prestación de asesoramiento gratuito sobre pruebas y la realización de pruebas voluntarias a las personas de alto riesgo de infección, tales como: mujeres embarazadas, pacientes con tuberculosis y personal médico con riesgo de exposición accidental a productos biológicos en el seguimiento clínico de pacientes con VIH;

iii)El registro de las personas afectadas por el VIH/SIDA de todas las unidades de servicios médicos;

iv)El suministro de la medicación adecuada a todos los hospitales y unidades de servicios de emergencia;

b)El tratamiento de las personas afectadas por el VIH/SIDA, mediante:

i)El registro de las personas afectadas por el VIH/SIDA de todas las unidades de servicios médicos a nivel nacional;

ii)El suministro de la medicación adecuada a todos los hospitales y unidades de servicios de emergencia.

Número de pruebas realizadas en el período 2005-2015:

Fuente: Departamento de Vigilancia y Evaluación MateiBals.

Número de personas que han recibido tratamiento específico:

Fuente: Departamento de Vigilancia y Evaluación MateiBals.

En 2010 el cáncer era la principal causa de muerte en todo el mundo. A escala europea, el cáncer era la principal causa de muerte entre las personas de edad y la segunda causa de muerte entre el resto de la población. Entre los 504,6 millones de habitantes de los 28 Estados miembros de la UE, se producen 2,66 millones de nuevos casos de cáncer y alrededor de 1,28 millones de muertes.

En Rumania, el cáncer es la segunda causa de muerte, después de las enfermedades cardiovasculares. Casi el 81,5% de todos los casos diagnosticados en Rumania son de cáncer cervicouterino, seguidos de los de cáncer de pulmón (54,5%) y cáncer rectal. Desde la perspectiva de género, las estadísticas muestran que el cáncer de mama es la principal causa de muerte entre las mujeres, seguida del cáncer rectal y el cáncer cervicouterino. Por otra parte, el cáncer de pulmón es la primera causa de muerte por cáncer entre los hombres, seguida del cáncer rectal y el cáncer de próstata.

A nivel nacional, el cáncer cervicouterino es el problema de salud pública más importante. Por lo tanto, la mayoría de las medidas adoptadas por el Gobierno están destinadas específicamente a la prevención, la detección temprana y el tratamiento. El subprograma para la detección temprana del cáncer cervicouterino, aprobado en 2012, incluye la realización de la prueba de Papanicolaou gratuita para todas las mujeres que reúnan las condiciones, a nivel nacional. Esta medida, que está destinada a mujeres de entre 25 y 64 años de edad, se enmarca en un programa quinquenal. Desde que se puso en marcha, en septiembre de 2010, 519.428 mujeres se han beneficiado de este programa, lo que representa el 9,2% de la población que puede acogerse a él. La Estrategia Nacional de Salud Pública para el período 2014-2020 incluye un importante objetivo estratégico, a saber: reducir el número de muertes por enfermedades no transmisibles. Para cumplir este objetivo se han adoptado las siguientes medidas:

a)Aumento de la capacidad de planificación y coordinación para la detección del cáncer cervicouterino;

b)Fortalecimiento de la ejecución del programa de diagnóstico inicial del cáncer cervicouterino.

La realización de campañas anuales de educación y sensibilización destinadas específicamente a difundir material informativo sobre distintos programas nacionales de prevención de enfermedades mortales constituye una parte importante de la Estrategia Nacional de Salud Pública. Algunas de estas campañas se centran en las niñas, las mujeres, las mujeres embarazadas y las madres, como, por ejemplo: la Semana Europea para la Prevención del Cáncer de Cuello de Útero; el Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama, que se celebra en todo el mundo; el Mes Nacional de Información sobre las Consecuencias del Consumo de Alcohol; la Semana Mundial de la Lactancia Materna; el Día Mundial de la Anticoncepción; o el Día Internacional de la Lucha contra el VIH/SIDA.

Las demás campañas de información se centran en cuestiones como: la vacunación y la resistencia a los antibióticos; la higiene en el aseo personal; la obesidad; el consumo de drogas ilícitas y de tabaco; la hepatitis; la salud bucodental y el autismo. Todas estas campañas de información se llevaron a cabo con el apoyo de personal médico capacitado, médicos y enfermeros, así como enfermeros que prestan servicios en la comunidad y mediadores sanitarios para la población romaní.

El Ministerio de Desarrollo Regional y Administración Pública presentó informes sobre el acceso a agua corriente en general en las zonas rurales.

En el año 2012 las autoridades locales obtuvieron financiación para inversiones con cargo al presupuesto del Estado:

a)A través de tres programas diferentes (en virtud del Decreto Gubernamental núm. 40/2006, la Decisión Gubernamental núm. 577/1997 y el Decreto Gubernamental núm. 7/2006);

b)Los programas plurianuales prioritarios de medio ambiente y gestión de los recursos hídricos (Decreto Gubernamental núm. 40/2006 aprobado con modificaciones mediante la Ley núm. 61/2007, en su forma modificada en lo relativo al programa establecido en el artículo 2);

c)El programa de rehabilitación, modernización o asfaltado de interés local y de condado, abastecimiento de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en las aldeas y en las localidades que poseen recursos turísticos (Decisión Gubernamental núm. 577/1997);

d)El programa de desarrollo de la infraestructura y las instalaciones deportivas en las zonas rurales (Decreto Gubernamental núm. 7/2006 aprobado con modificaciones mediante la Ley núm. 71/2007, en su forma modificada);

e)Por conducto de tres instituciones: el Ministerio de Desarrollo, con respecto a la Decisión Gubernamental núm. 577, el Ministerio de Medio Ambiente, en lo que se refiere al Decreto Gubernamental núm. 40, y la Secretaría General, con respecto al Decreto Gubernamental núm. 7, destinada a la misma esfera (abastecimiento de agua, alcantarillado y carreteras), sin prueba alguna (no hubo correlación entre los objetivos y las liquidaciones) de que se aplicaran diferentes normas para el acceso a la financiación y su ejecución.

A este respecto, en 2013 el Gobierno aprobó el Programa Nacional de Desarrollo Local (PNDL), el instrumento más importante de inversión en infraestructura local financiado con cargo al presupuesto del Estado de Rumania. Esta iniciativa se proponía agrupar varios programas de inversión administrados por el Ministerio de Desarrollo Regional y Administración Pública y otras instituciones centrales, a fin de asegurar una mejor coordinación de los recursos en la planificación de las inversiones públicas.

El Gobierno ha asignado los fondos necesarios para llevar a término los proyectos que integran el PNDL, de modo que prácticamente todas las unidades territoriales administrativas que han firmado un contrato de financiación tienen la seguridad de que contarán con los fondos previstos para financiar sus objetivos de inversión, que deberán cumplir en un plazo máximo de tres años.

El propósito del PNDL se mantuvo invariable y consiste en garantizar la calidad de vida de la población en lo que respecta a los servicios públicos. Para mejorar la ejecución del programa y el uso eficiente de los fondos públicos en coordinación con los fondos de la UE, el Ministerio de Desarrollo Regional y Administración Pública colaboró con el Banco Mundial en el período 2014-2015 en el marco de un proyecto conjunto, que tenía por objeto armonizar las inversiones con cargo al presupuesto del Estado con aquellas financiadas por la UE. Según las conclusiones del Banco Mundial, el PNDL es un programa cuya necesidad resulta evidente, por cuanto los fondos de la UE no pueden cubrir la totalidad de las necesidades de financiación en materia de infraestructura en Rumania (se calcula que las inversiones en carreteras locales y de los condados, agua y saneamiento e infraestructura social supondrán unos 35.000 millones de euros, de los cuales alrededor de 5.000 millones podrían sufragarse con fondos de la UE). Entre las asignaciones presupuestarias aprobadas para el período 2016-2019 en el marco del programa plurianual PNDL, que ascienden a un total de 1.190.588.846,71 lei (26.500.000 euros) destinados a financiar 1.279 objetivos de inversión, hay fondos aprobados para objetivos prioritarios por valor de:

a)115.230.521,00 lei (26 millones de euros aproximadamente) para conseguir 104 objetivos de inversión de las esferas específicas del desarrollo, la ampliación, la rehabilitación y la modernización del abastecimiento de agua y las plantas de tratamiento de agua, y los sistemas de alcantarillado y las plantas de tratamiento de aguas residuales;

b)794.907.977,73 lei (18 millones de euros aproximadamente) destinados a 894 instituciones educativas con vistas a su rehabilitación, mejora, ampliación o modernización, de manera que puedan obtener permisos para la habilitación de instalaciones sanitarias.

Teniendo en cuenta lo anterior, el número de objetivos de inversión relacionados con el abastecimiento de agua financiados en el período 2013-2019 es de 1.053, de los cuales se han cumplido 243.

Desde 2006 hasta la fecha, se han llevado a cabo en Rumania múltiples programas en el sector de la vivienda. El Ministerio de Desarrollo Regional y Administración Pública gestiona el programa para la construcción de viviendas sociales, ejecutado con arreglo a la Ley de Viviendas (Ley núm. 114/1996), publicada nuevamente, con modificaciones ulteriores, y a las normas metodológicas de aplicación de lo dispuesto en la ley, aprobadas mediante la Decisión Gubernamental núm. 1275/2000, en su forma modificada y complementada. De conformidad con la ley, la vivienda social es una vivienda con alquiler subvencionado que se asigna a las personas o familias cuya situación económica no les permite comprar o alquilar una vivienda en las condiciones del mercado. Los consejos locales son responsables de financiar y controlar la vivienda social en las unidades territoriales administrativas. De acuerdo con los actos normativos mencionados anteriormente, las viviendas sociales son bienes de dominio público de las unidades territoriales administrativas, y no podrán venderse. Quienes pueden acceder a una vivienda social, en régimen de alquiler, son las familias o las personas cuyos ingresos mensuales netos per cápita durante los 12 últimos meses hayan estado por debajo del ingreso mensual neto medio de la economía total, dado a conocer por el Instituto Nacional de Estadística en el último boletín estadístico mensual anterior al mes en que se examinó la solicitud, y en el correspondiente al mes anterior al de la adjudicación de la vivienda. De acuerdo con la Ley de Viviendas (Ley núm. 114/1996), se entiende por “familia” el matrimonio, los hijos y los ascendientes en primer grado de ambos cónyuges que convivan habitualmente en el domicilio familiar.

Las autoridades administrativas locales gestionan la adjudicación de viviendas sociales destinadas a inquilinos desalojados basándose en criterios que establecen anualmente; de esta forma, los beneficiarios pueden clasificarse, según el orden de prioridad conforme a lo dispuesto en la Ley núm. 114/1996, en las siguientes categorías: personas y familias que han sido o van a ser desalojadas de sus viviendas, puestas a disposición de los antiguos propietarios; jóvenes menores de 35 años; jóvenes procedentes de instituciones de protección social que han alcanzado la edad de 18 años; personas con discapacidad de primer o segundo grado; personas con discapacidad; pensionistas; veteranos de guerra y viudas de guerra; beneficiarios de la Ley núm. 341/2004 en reconocimiento a los héroes, mártires y combatientes que contribuyeron a la victoria de la Revolución Rumana de 1989, y a las personas que sacrificaron su vida o fueron víctimas de la revuelta anticomunista de Brasov en noviembre de 1987, en su forma modificada y complementada; y beneficiarios de las disposiciones del Decreto Ley núm. 118/1990 relativo a la concesión de derechos a las personas perseguidas por la dictadura por motivos políticos, con efecto a partir del 6 de marzo de 1945, y las personas deportadas en el extranjero o encarceladas, publicada nuevamente, en su versión modificada y complementada; u otras personas o familias con derecho a acceder a dichas viviendas. Quienes no reúnen las condiciones necesarias para acceder a una vivienda social, conforme a la Ley núm. 114/1996, publicada nuevamente, con modificaciones ulteriores, y a las normas de aplicación de lo dispuesto en la ley, son las personas o familias que: tienen una vivienda en propiedad, han vendido o cedido la propiedad de una vivienda después del 1 de enero de 1990, se han beneficiado de apoyo del Estado en forma de créditos y ejecución para conseguir una vivienda, o tienen, en régimen de alquiler, otra vivienda del Fondo Estatal de Vivienda. En el período 2006-2016 se construyeron 310 viviendas en las zonas rurales en el marco de este programa, y las sumas totales abonadas por el Ministerio de Desarrollo y Administración Pública ascendieron a 37.288.534 lei (8 millones de euros aproximadamente). Por su parte, el Organismo Nacional de la Vivienda, dependiente del Ministerio de Desarrollo Regional y Administración Pública, gestiona un programa de vivienda para jóvenes (incluidas viviendas para médicos). En el período 2006-2016 se construyeron 1.714 viviendas en las zonas rurales en el marco de este programa.

Uno de los principios que sustentan la Estrategia Gubernamental para la Integración de los Romaníes es la igualdad de género, que se refleja en las medidas propuestas, máxime en la esfera de la educación, donde los estudios muestran importantes brechas entre los géneros en perjuicio de las mujeres y las niñas:

a)La elaboración y aplicación de la estrategia gubernamental se basa en los diez principios comunes sobre la inclusión de los romaníes, acordados a nivel europeo, de conformidad con las Conclusiones del Consejo sobre la Integración de los Romaníes, de 8 de junio de 2009. Entre estos principios figura la concienciación respecto de la dimensión de género;

b)Uno de los principios complementarios que sustentan la estrategia lo constituye el principio de la no discriminación y la dignidad humana, establecido en la legislación rumana en la materia, que incluye la no discriminación por razón de género;

c)Una importante línea de actuación prevista en la estrategia es la sensibilización y capacitación del personal en todas las esferas que repercuten en la estrategia para prevenir y luchar contra la discriminación y promover la diversidad, también sobre la base del género;

d)La estrategia menciona en reiteradas ocasiones la situación de las mujeres romaníes y las medidas pertinentes —por ejemplo, en el capítulo relativo a la salud— en materia de salud de la madre y el niño, planificación familiar, prevención de los matrimonios precoces, lucha contra la violencia doméstica y trata de personas.

La estrategia incluye, en otro capítulo, actividades de seguimiento y evaluación. Estas actividades son coordinadas por un Comité Interministerial específico, que cuenta con la asistencia de una oficina técnica. Todas las instituciones y organismos gubernamentales que se ocupan de los romaníes o llevan a cabo actividades conexas (entre otras, en materia de no discriminación e igualdad de género) forman parte del Comité Interministerial y contribuyen al proceso de seguimiento y evaluación. El Punto de Contacto Nacional para la Inclusión de los Romaníes, que preside y coordina el Comité Interministerial, tiene importantes tareas asignadas. Por lo tanto, tiene competencias transversales y garantiza un enfoque integrado durante el proceso de ejecución. La evaluación de la fase de ejecución de cada plan de acción con arreglo a los indicadores establecidos se realiza dos veces al año y, en caso necesario, se adoptan medidas correctivas. Todos los años se presenta al Gobierno un informe anual sobre la fase de ejecución de la estrategia, que posteriormente se remite a la Comisión Europea por conducto del Punto de Contacto Nacional para la Inclusión de los Romaníes. En función de los resultados de la evaluación, el Comité Interministerial formula recomendaciones dirigidas a mejorar, modificar o complementar la estrategia en relación con las diferentes actividades sectoriales.

En cuanto a los recursos asignados, los planes de acción a corto plazo para aplicar la estrategia se basan en los planes sectoriales e indican las fuentes de financiación necesarias para la consecución de cada objetivo. En la estrategia se incluyeron los recursos estimados para aplicar la estrategia para el período 2015-2016 (http://ec.europa.eu/justice/discrimination/files/roma_romania_strategy2_en.pdf). Sobre la base de la evaluación de 2016 del Comité Interministerial de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia, se presentará al Gobierno una nueva propuesta sobre las fuentes de financiación para el período 2017-2020 con vistas a su aprobación.

El programa denominado “Una segunda oportunidad” está dirigido específicamente a jóvenes y adultos procedentes de diversos entornos sociales y de diferentes edades que no han cursado o concluido la enseñanza primaria y secundaria.

El programa, de diseño modular, ofrece a estas personas la posibilidad de continuar y finalizar la educación obligatoria sin interrumpir sus actividades profesionales o familiares, al brindar un mayor grado de flexibilidad.

El programa está estructurado en dos niveles: la segunda oportunidad en la enseñanza primaria y la segunda oportunidad en la enseñanza secundaria de primer ciclo, que, en el caso de esta última, incorpora también un componente de formación profesional.

A continuación, se muestra el número de personas que en los dos últimos años finalizaron programas de segunda oportunidad:

A ño escolar

Núm. de personas que finalizaron programas de segunda oportunidad

Primaria

Secundaria de primer ciclo

2013-2014

1 939

2 916

2014-2015

3 112

5 907

Entre otros resultados del programa cabe mencionar: metodologías para organizar el programa a nivel nacional; planes de estudios de todos los niveles; directrices para los docentes; programas específicos de capacitación para mentores y grupos con diversas especialidades profesionales.

Con respecto a los niños romaníes, en un estudio del Banco Mundial titulado “Diagnostics and Policy Advice for Supporting Roma Inclusion in Romania”, de 2014, se señaló que existía una brecha entre los géneros en la participación en la escolaridad obligatoria en favor de los niños: un 76% de las niñas estaban matriculadas frente a un 81% de los niños en el grupo de edad de 7 a 15 años. La brecha de matriculación aumenta drásticamente en el ciclo superior de enseñanza secundaria (de 16 a 19 años de edad), donde la tasa de matriculación de los no romaníes es casi cuatro veces más alta que entre los romaníes (solo el 18% de las mujeres romaníes cursaban la enseñanza secundaria superior, en comparación con el 86% de las mujeres no romaníes, y solo el 28% de los hombres romaníes cursaban la enseñanza secundaria superior, frente al 81% de los hombres no romaníes).

El estudio puso de manifiesto la menor participación de los niños romaníes en la educación básica, pese a que la participación general en la escolaridad obligatoria, sobre la base de la población, es satisfactoria (aunque en los dos cursos escolares superiores se observó una reducción de los indicadores estudiados). Así pues, en 1998, en el grupo de edad de 7 a 16 años, solo el 61,4% de los romaníes estaban matriculados en el sistema educativo. En el caso de este grupo étnico la brecha entre los géneros es aún mayor: del total de los niños y jóvenes romaníes de edades comprendidas entre los 7 y los 16 años que están matriculados en el sistema educativo, el 53,1% son niños y el 46,9% son niñas. Las disparidades son similares al analizar la situación por zona de residencia.

Se confirma que, si bien el marco jurídico contempla el acceso a la educación, la prohibición del trabajo infantil y la protección social de los niños, en realidad todavía hay problemas en cuanto a la participación en la educación, especialmente en el caso de los niños procedentes de zonas desfavorecidas y de etnia romaní. Estos problemas obedecen, entre otras cosas, a la marcada situación de pobreza de un determinado sector de la población, tanto de las zonas rurales como de las urbanas, al desempleo o a la percepción que tiene un segmento de la población de la pérdida de valor de la educación, fenómenos que repercuten en el nivel de participación en la educación de las niñas y los niños. En cuanto a la población romaní, las funciones y las obligaciones impuestas por la comunidad, así como el hecho de que muchos niños romaníes no son registrados al nacer constituyen un obstáculo para su acceso a los diferentes servicios públicos, incluida la educación.

Los tres programas vigentes en materia de protección social serán sustituidos por un programa único y más amplio, mejor orientado a las personas más pobres, que ofrecerá incentivos para complementar los ingresos de los trabajadores pobres con prestaciones de asistencia social. El Parlamento ha aprobado una nueva Ley del Ingreso Mínimo de Inclusión. El ingreso mínimo de inclusión está destinado a las familias y personas en dificultades, a fin de prevenir y combatir la pobreza y el riesgo de exclusión social. El ingreso mínimo de inclusión supondrá un apoyo financiero con cargo al presupuesto del Estado para cubrir las necesidades vitales mínimas de las familias y personas que se hallen en dificultades, con el fin de prevenir la pobreza infantil y estimular la participación de los niños en el sistema educativo. La finalidad del programa es garantizar un nivel mínimo de ingresos a todas las personas en Rumania. Este nuevo programa se basa en la consolidación de tres tipos de prestaciones de asistencia social existentes, claramente reguladas: el ingreso mínimo garantizado, la prestación de apoyo a la familia y los subsidios para calefacción de la vivienda.

La legislación rumana establece medidas positivas, especialmente en el caso de los grupos étnicos que son más vulnerables a la discriminación, a fin de garantizar su acceso a la educación en todos los niveles. Hemos adoptado buenas prácticas mediante la asignación de varias plazas gratuitas para estudiantes romaníes en las universidades. En el proceso selectivo para el ingreso en los centros de formación del Ministerio del Interior (las escuelas de agentes de policía y la Academia de Policía “Al. I. Cuza”), hombres y mujeres compiten en igualdad de condiciones por el mismo número de plazas, con la única diferencia de que el nivel de las pruebas de aptitud física que han de superar las mujeres es más bajo. Además, se ofrece un número determinado de plazas para los romaníes, mujeres u hombres.

Según los datos estadísticos facilitados por el Organismo Nacional de Protección de las Personas con Discapacidad: en 2012 había 679.765 personas con discapacidad, de las cuales 236.500 tenían 65 años o más; en 2015 había 766.153 personas con discapacidad registradas, de las cuales 288.332 tenían 65 años o más, mientras que en agosto de 2016 había 775.309, de las cuales 296.889 tenían 65 años o más. Asimismo, el número de personas con discapacidad atendidas en instituciones residenciales es muy bajo —el 2,4% del número total de personas con discapacidad—, aunque la mayoría de las personas con discapacidad que viven en instituciones presentan un alto grado de discapacidad, y el número total de personas en esta situación es de unas 279.415. La mayoría de los niños y adultos con discapacidad (88,89%) están al cuidado de sus familias o llevan una vida independiente. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en 2006, firmada por Rumania en 2007 y ratificada por la Ley núm. 221/2010, reconoce que las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abusos, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación. En ese mismo sentido, la Estrategia Nacional “Una sociedad sin obstáculos para las personas con discapacidad” correspondiente a 2016-2020 y el Plan Operacional para su aplicación, aprobados mediante la Decisión Gubernamental núm. 655/2016, prestan especial atención a la categoría de mujeres y niñas con discapacidad, al incluir referencias como las que siguen:

a)En el capítulo III, dedicado a la igualdad, dentro del objetivo general de eliminar la discriminación por motivos de discapacidad, figura como segundo objetivo estratégico el de garantizar el ejercicio de los derechos civiles y políticos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que tienen más necesidad de apoyo; la medida 2.1 consiste en determinar los obstáculos que enfrentan las personas con discapacidad, especialmente los niños, las niñas, las mujeres y los ancianos, en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

b)En el capítulo VI, relativo a la protección social, el objetivo general de promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado para mejorar continuamente su calidad de vida incluye como segundo objetivo estratégico el de garantizar el acceso a la protección social, especialmente para los niños, las niñas, las mujeres y los ancianos con discapacidad;

c)El capítulo VII, dedicado a la salud, establece como objetivo general garantizar la igualdad de acceso de las personas con discapacidad a servicios y centros de salud de calidad que presten atención a problemas específicos de género a un costo razonable y lo más cerca posible de las comunidades en las que viven;

d)La aplicación de las medidas derivadas de los objetivos generales y específicos enunciados en la Estrategia Nacional persigue mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad;

e)En el anexo núm. 19 pueden consultarse los datos relativos a las personas con discapacidad.

El sistema nacional de asistencia social se basa en un sólido marco regulatorio estructurado en los últimos 15 años, que abarca importantes instrumentos de legislación primaria y derivada, y en la actualidad el Ministerio de Trabajo y Justicia Social se dedica a elaborar legislación subsidiaria en la materia. Los servicios sociales están regulados por una ley especial, a saber, la Ley núm. 197/2012 relativa a la Prestación de Servicios Sociales de Calidad, en su forma modificada y complementada. Este instrumento legislativo regula el proceso de evaluación, certificación, vigilancia y control para garantizar la calidad de los servicios sociales. Los servicios sociales incluyen, por ley, actividades destinadas a atender necesidades sociales y especiales de personas, familias o grupos para superar situaciones difíciles, prevenir y combatir el riesgo de exclusión social, promover la inclusión social y aumentar la calidad de vida. Se trata de servicios de interés general, proactivos y que exigen adoptar un enfoque integrado respecto de las necesidades individuales en relación con la situación socioeconómica, la salud, la educación y el entorno social de la vida de una persona. Pueden clasificarse en servicios sociales para niños o familias, personas con discapacidad, ancianos, víctimas de la violencia doméstica, personas sin hogar, personas con diversas adicciones (alcohol, drogas, otras sustancias tóxicas, Internet, juegos de azar, etc.), víctimas de la trata, reclusos, personas sancionadas con medidas educativas o penas no privativas de la libertad bajo la supervisión de los servicios de libertad condicional, personas con enfermedades mentales, personas que viven en comunidades aisladas, desempleados de larga duración y servicios de apoyo social para familias beneficiarias.

El acceso efectivo de las personas o familias a servicios de asesoramiento y asistencia social para prevenir o combatir las situaciones de dificultad se rige por la Ley de Asistencia Social (Ley núm. 292/2011), que establece el derecho a prestaciones de asistencia social y a servicios sociales para las personas necesitadas. Por consiguiente, las familias y las personas solas sin ingresos o con ingresos bajos pueden beneficiarse de una amplia gama de servicios sociales adaptados a las necesidades individuales, tales como asesoramiento e información, servicios de empleabilidad o servicios de reinserción social en el mercado laboral, servicios de rehabilitación, etc. Asimismo, en el proceso de evaluación inicial, como primer paso de la prestación de servicios sociales se obtiene información gratuita sobre los riesgos sociales y los derechos de protección social que pueden otorgarse. Según la Ley de Asistencia Social vigente, la responsabilidad de prestar servicios sociales recae en las autoridades locales. Ahora bien, los proveedores de servicios sociales pueden ser públicos (servicios públicos de asistencia social a nivel local o de condado) o privados (ONG y, desde 2015, operadores económicos). Conforme a la ley, todo proveedor de servicios sociales debe estar acreditado y todos los servicios sociales deben ser autorizados. Los servicios sociales establecidos por los proveedores de servicios sociales, públicos o privados, se organizan de acuerdo con la clasificación de los servicios sociales (aprobada en 2015) y las normas mínimas de calidad (actualizadas en 2014), y con las reglas generales de normalización de los requisitos mínimos de personal para la determinación de los costos estándar, que se rigen por una legislación especial. A principios de noviembre de 2016 había un total de 2.904 proveedores de servicios sociales acreditados inscritos en el registro nacional de servicios sociales.

La Ley de Asistencia Social (Ley núm. 292/2011) ha mejorado la regulación en materia de servicios sociales y, además, dedica un capítulo especial a los ancianos. Esta Ley establece las medidas de protección que pueden adoptarse (por ejemplo, atención a domicilio, en residencias o en centros de día, con carácter temporal o permanente) así como otros servicios necesarios (por ejemplo, asesoramiento jurídico y administrativo, adaptación de la vivienda para atender las necesidades de las personas de edad, etc.). Se ha definido por primera vez en el marco jurídico de Rumania el concepto de atención a largo plazo. Dependiendo de su situación socioeconómica, fisiológica y sanitaria, los ancianos tienen derecho a servicios sociales para prevenir, limitar y eliminar las consecuencias temporales o permanentes de cualquier situación que pudiera afectar a su vida o que pudiera generar un riesgo de exclusión social. Las personas de edad dependientes tienen derecho a recibir servicios de atención personal según el grado de dependencia y en función de la situación familiar y los ingresos disponibles. La autonomía funcional de las personas dependientes se evalúa atendiendo a criterios uniformes, establecidos por la Decisión Gubernamental núm. 886/2000. Las autoridades públicas locales, a través de sus servicios de asistencia social pública especializados, deberán determinar y evaluar las necesidades de los ancianos, proporcionar servicios de atención en instituciones residenciales y financiar o cofinanciar los servicios sociales.

Los ancianos, dependiendo de su situación socioeconómica, médica y fisiológica, se benefician de medidas de asistencia social como complemento de la cobertura del seguro social de riesgos de vejez y riesgos sanitarios. Ese interés especial lo justifica la importante y cada vez mayor proporción de este segmento de la población. Además, la proporción de ancianos aumentará considerablemente y, por consiguiente, la demanda de servicios de salud y de cuidados a largo plazo crecerá constantemente, sobre todo en el contexto de la migración masiva al extranjero por motivos laborales de la población en edad de trabajar. Según el censo de 2011, el 16,1% de la población en general de Rumania tiene 65 años o más (unos 3,24 millones de personas), proporción que se prevé que crezca rápidamente en un futuro próximo, hasta alcanzar casi el 30% en 2050 (proyecciones demográficas de la UE). Según el censo realizado en 2011, menos del 1% de todos los rumanos de 65 años o más viven en instituciones, mientras que la mayoría de ellos viven en sus hogares. Más del 26% viven solos, el 28% viven en hogares con otras personas de edad (pareja del pensionista) y el 45% viven en familias extensas. Las personas de entre 65 y 74 años de edad constituyen el 55% del total de las personas ancianas, y las mujeres representan casi el 60%. Muchas personas de edad (55%) viven en las zonas rurales. El 14% de estos ancianos tienen limitaciones para llevar a cabo tareas cotidianas, debido a que padecen uno o más problemas de salud que afectan a su visión, audición, capacidad de caminar y de subir escaleras, memoria y orientación o capacidad de comunicación. En Rumania, las personas ancianas presentan un riesgo de pobreza relativamente bajo en comparación con otros grupos de edad, en particular los niños y los jóvenes. El riesgo de pobreza entre los ancianos está vinculado al reducido valor de algunas pensiones (pensiones agrícolas, pensiones por problemas de salud o pensiones de supervivencia) y a una mayor incidencia de la precariedad de las condiciones de salud. Ahora bien, el subgrupo de ancianos sin apoyo familiar corre un mayor riesgo de pobreza y exclusión social.

En 2016 había 312 residencias de ancianos inscritas en los registros, con un total de 15.471 camas; de estas instituciones, 118 eran públicas, con 7.693 camas, y 194 privadas, con 7.778 camas. Hay 2.797 solicitudes de admisión en lista de espera (1.407 para las residencias públicas y 1.390 para las privadas). En 2011 había 203 albergues (108 públicos y 95 privados), con un total de 11.584 camas y 2.609 solicitudes en lista de espera. En 2016 había 84 centros de día, frente a 81 en 2012. En los últimos cinco años se ha duplicado, únicamente en el sector privado, el número de residencias de ancianos, mientras que el número de centros de día no ha aumentado de forma apreciable.

En la encuesta llevada a cabo en 2016 para el informe de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo titulado “Trabajo más seguro y saludable a cualquier edad - Inventarios por país: Rumania”, se interrogó a los participantes sobre las medidas beneficiosas que podría adoptar el Gobierno para ayudar a las personas que cuidan de familiares ancianos, y las respuestas fueron: ofrecerles una remuneración financiera, reconocer su trabajo a los efectos de la jubilación, permitirles trabajar a tiempo parcial, favorecer la flexibilidad horaria o conceder licencias para el cuidado de otras personas. La legislación actual establece únicamente que los familiares pueden ser empleados (con un contrato a tiempo parcial) por las autoridades locales como cuidadores de sus parientes de edad. Obviamente, será preciso adoptar a corto plazo nuevas normas relativas a diversos tipos de apoyo para los cuidadores informales.

El Plan de Acción de la Estrategia Nacional de Envejecimiento Activo establece medidas específicas para mejorar la legislación en materia de prevención del maltrato y la desatención de las personas de edad y para elaborar planes de estudios sobre la prevención, detección y resolución de casos confirmados de maltrato de personas de edad. La Ley núm. 17/2000 prescribe algunas normas para proteger a los ancianos de posibles malos tratos financieros o materiales, en caso de que se propongan vender su casa con la condición de recibir cuidados de los nuevos propietarios de la vivienda.

Durante el período sobre el que se informa, en la Inspección General de Inmigración no se recibieron denuncias similares a las mencionadas en los informes anteriores (indicios de trabajo forzoso).

La Inspección General de Inmigración expide la autorización que permite obtener un permiso de trabajo, con arreglo a la legislación en vigor. El permiso de trabajo se expide a petición del empleador si se satisfacen determinadas condiciones generales y si el perfil del trabajador cumple unas condiciones especiales. Las condiciones generales y especiales para obtener el permiso de trabajo no dependen del sexo de la persona.

A fin de aplicar las políticas públicas en materia de inmigración, cada año, por decisión gubernamental, se establece un número de permisos de trabajo para extranjeros que pueden expedirse, con arreglo a la legislación especial sobre el empleo y la asignación de extranjeros en el territorio de Rumania. El citado acto normativo establece el número de permisos de trabajo con arreglo a categorías específicas, y no por sexo.

De conformidad con las disposiciones legales, la Inspección organiza y lleva a cabo inspecciones en las zonas y lugares frecuentados por extranjeros, en instituciones públicas o privadas, así como en los locales de los operadores económicos, cualquiera que sea el propietario, cuando hay indicios o sospechas de la existencia de extranjeros que no cumplen con las disposiciones jurídicas relativas al régimen de extranjería en Rumania, incluidas aquellas sobre el empleo.

Hasta la fecha, la Inspección de Trabajo no ha recibido ninguna denuncia por violación de los derechos laborales de mujeres migrantes o por incumplimiento de la reincorporación de mujeres rumanas.

En 2011 se reformó el sistema de asistencia social en Rumania, al tiempo que se revisaron todos los programas que estaban específicamente destinados a las familias con niños y personas vulnerables. La nueva Ley de Asistencia Social (Ley núm. 292/2011) establece los nuevos principios de organización, funcionamiento y financiación del sistema de asistencia social en Rumania. El objetivo de la reforma era mejorar el sistema de asistencia social y aumentar la eficiencia de todas las medidas en esta esfera, dando prioridad a todas las personas vulnerables. Con arreglo a esta Ley, el sistema nacional de asistencia social es un conjunto de instituciones, medidas y acciones, a través de las cuales el Estado, representado por las autoridades gubernamentales centrales y locales y la sociedad civil, interviene para prevenir, limitar o eliminar los efectos de situaciones temporales o permanentes que pueden llevar a la marginación y la exclusión social de personas, familias, grupos o comunidades. El sistema nacional de asistencia social interviene de forma subsidiaria o, cuando procede, de forma complementaria a los sistemas de seguridad social, y consta de un sistema de prestaciones sociales y un sistema de servicios sociales. La asistencia social, a través de medidas y acciones concretas, tiene por objeto desarrollar las capacidades individuales, de grupo o colectivas para atender necesidades sociales, aumentar la calidad de vida y promover principios de cohesión y la inclusión social.

De conformidad con la Ley de Asistencia Social (Ley núm. 292/2011), las prestaciones de asistencia social, en función de su finalidad, se clasifican como sigue:

a)Prestaciones sociales para prevenir y combatir la pobreza y el riesgo de exclusión social;

b)Prestaciones de asistencia social para apoyar a los niños y a las familias;

c)Prestaciones de asistencia social para ayudar a las personas con necesidades especiales;

d)Prestaciones de asistencia social para situaciones especiales.

Las prestaciones de asistencia social otorgadas en Rumania son asignaciones financieras destinadas a:

a)La prestación estatal por hijos a cargo (derecho universal), regulada mediante la Ley núm. 61/1993, publicada nuevamente con modificaciones ulteriores. Este programa está abierto a todos los niños de hasta 18 años de edad y los jóvenes mayores de 18 años hasta la finalización de la escuela secundaria o la formación profesional organizada conforme a la ley. Se abona mensualmente, en forma de cantidad fija, con independencia de los ingresos familiares. La cuantía de la prestación estatal por hijos a cargo aumentó a partir de junio de 2015. La prestación estatal por hijos de hasta 2 años de edad es de 200 lei (unos 45 euros) mensuales, y a partir de los 2 años y hasta los 18 años, así como en el caso de jóvenes mayores de 18 años hasta la finalización de la escuela secundaria o la formación profesional organizada conforme a la ley, la cuantía mensual es de 84 lei (unos 19 euros). En el caso de niños con discapacidad de entre 3 y 18 años de edad se abonan 200 lei (45 euros) mensuales.

b)La prestación para la crianza de los hijos y la bonificación de reinserción profesional, reguladas mediante el Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 111/2010. La Ley núm. 66/2016 modificó el Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 111/2010 y, a partir de julio de 2016, estableció nuevos criterios que se deben cumplir para acogerse a la licencia parental y obtener la prestación para la crianza de los hijos. El padre o la madre deben demostrar haber completado un período de 12 meses de ingresos imponibles conforme al Código Fiscal en los dos años anteriores al nacimiento del hijo, con períodos de prestación similares, de conformidad con la ley. En la actualidad solo existe un tipo de licencia parental, hasta los 2 años de edad del niño, o los 3 años en el caso de niños con discapacidad. La cuantía mínima de la asignación por la crianza de los hijos ha aumentado de 1,2 veces el indicador social de referencia (600 lei) al 85% del salario mínimo bruto, que es de 1.250 lei (1.063 lei netos). La cuantía máxima de la asignación para la crianza de los hijos se ha fijado en el 85% del promedio de ingresos netos generados por el progenitor, sin límite alguno. La bonificación mensual de reinserción se concede hasta los 3 años de edad del niño en forma de importe mensual de 532 lei (el 50% de la asignación mínima por la crianza de los hijos), si el progenitor decide volver a trabajar 60 días antes de que el niño cumpla la edad de 2 años.

c)Prestaciones y ayudas para criar a los hijos con discapacidad. Conforme al Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 111/2010, se conceden a las personas que tienen hijos con discapacidad, hasta la edad de 7 años, o a las personas con discapacidad que han sido padres. Con arreglo a la Ley núm. 66/2016, la cuantía de la asignación por la crianza de los hijos en el caso de padres que cuidan de un hijo con discapacidad de entre 3 y 7 años de edad, quienes tienen derecho a la licencia parental, se ha incrementado de 450 lei a 1.063 lei a contar desde julio de 2016. Asimismo, se ha incrementado en un 5% la cuantía de las prestaciones y ayudas concedidas a las personas o los padres que cuidan de los hijos con discapacidad y de aquellas concedidas a personas con discapacidad que cuidan de los hijos. Las cantidades abonadas varían entre los 159 lei (35 euros) y los 478 lei (106 euros). Otra nueva disposición legal establece un nuevo tipo de prestación para los padres que cuidan de un hijo con discapacidad y que son trabajadores en activo con un contrato a tiempo parcial. La nueva prestación será del 50% de la asignación mínima por la crianza de los hijos (532 lei) y puede acumularse con el sueldo.

d)El subsidio de acogimiento familiar de niños. Establecido en virtud de la Ley núm. 272/2004, se concede con cargo al presupuesto estatal, por cada niño o joven que disfrute de algún tipo de acogimiento familiar, a una persona, familia, tutor, padre adoptivo o institución privada autorizada dedicada al cuidado de niños. A partir de 2015, la cuantía mensual del subsidio aumentó a 600 lei (136 euros). En el caso de niños con discapacidad, esta cuantía se incrementa en un 50%, hasta alcanzar los 900 lei. Este subsidio se abona hasta los 18 años de edad del niño, y más allá de los 18 años si la medida de acogimiento familiar se prolonga después de esa edad. La mayoría de las personas que se benefician de esta medida son mujeres.

e)El ingreso mínimo garantizado. Establecido en virtud de la Ley núm. 416/2001, se concede a las familias o personas solas con ingresos reducidos o inexistentes en situación de necesidad social para que puedan superar la situación en que se encuentran. Se calcula como la diferencia entre el ingreso neto mensual de la familia o persona sola que tiene derecho a percibirlo y los niveles del ingreso mínimo garantizado establecidos por ley. El derecho a la ayuda social se determina teniendo en cuenta tanto el ingreso familiar como los bienes familiares. La prestación se concede en forma de ayuda social, cuyo importe varía en función del ingreso familiar y del número de miembros de la familia (el ingreso incluye también la prestación estatal por hijos a cargo). La cuantía de la ayuda social se incrementa en un 15% en el caso de las personas con derecho a recibirla que están desempleadas.

f)La prestación de apoyo a la familia, regulada por la Ley núm. 277/2010. Esta prestación tiene por objeto garantizar una mejor asignación de las prestaciones y una cobertura suficiente de medidas de asistencia social a las familias con hijos y de muy bajos ingresos. Se concede sobre la base de la comprobación de los medios de vida (ingresos y ayudas) a las familias formadas por el marido y la mujer que cuidan de sus hijos, de hasta 18 años de edad, que viven juntos y contribuyen a la unidad familiar y que perciben unos ingresos mensuales netos por cada miembro de la familia de hasta 530 lei (1,06 veces el indicador social de referencia), equivalentes a 120 euros. El objetivo de este programa es mejorar las condiciones financieras para la crianza y el cuidado de los hijos y su educación, y al mismo tiempo estimular la asistencia a la escuela de los hijos en edad escolar de las familias con derecho a la prestación. Los niños en edad escolar tienen la obligación de asistir a la escuela. La cuantía de la prestación de apoyo a la familia se incrementó a partir de noviembre de 2014. Las cantidades concedidas difieren según se trate de familias biparentales o monoparentales.

g)La ayuda para calefacción de la vivienda, regulada por el Decreto Gubernamental de Urgencia núm. 70/2011 sobre Medidas de Protección Social durante la Estación Fría, con modificaciones posteriores. La cuantía concedida depende del tipo de calefacción (central, con gas natural, con electricidad, con leña, con carbón y con fuel) y de los ingresos de los beneficiarios. Estas medidas de protección social están destinadas a las personas solas y familias que generan unos ingresos mensuales netos medios por cada miembro de la familia de hasta un determinado umbral establecido por ley. El derecho a la ayuda para calefacción de la vivienda se determina teniendo en cuenta tanto el ingreso familiar como los bienes de la familia. Las cuantías varían de 16 lei (3,5 euros) a 262 lei (59 euros), y se incrementaron a partir de 2013.

h)Prestaciones para las personas con discapacidad. Las cuantías se incrementaron a partir de 2015 de la forma siguiente:

i)Prestación mensual – artículo 58 de la Ley núm. 448/2006: la cuantía concedida a los adultos con discapacidad grave, independientemente de sus ingresos, es de 234 lei (53 euros), y aquella concedida a los adultos con discapacidad acentuada, independientemente de sus ingresos, es de 193 lei (31 euros);

ii)Presupuesto mensual complementario – artículo 58 de la Ley núm. 448/2006: la cuantía concedida a los adultos con discapacidad grave y a la familia o el representante legal del niño con discapacidad grave, independientemente de sus ingresos, es de 106 lei (24 euros), aquella concedida a los adultos con discapacidad acentuada y a la familia o el representante legal del niño con discapacidad acentuada, independientemente de sus ingresos, es de 79 lei (18 euros), y aquella concedida a los adultos con discapacidad moderada y a la familia o el representante legal del niño con discapacidad moderada, independientemente de sus ingresos, es de 39 lei (8 euros);

iii)El incentivo para la educación establecido por la Ley núm. 248/2015 de estimulación de la participación en la educación preescolar de los niños procedentes de familias desfavorecidas. Se concede en forma de vales sociales para aumentar su acceso a la educación.

El nuevo programa establecerá un único umbral mínimo de 260 lei por adulto equivalente; esta cuantía se destinará al 10% más pobre de la población. El nuevo programa establecerá un único umbral máximo de 600 lei por adulto equivalente.

En el anexo núm. 20 figuran estadísticas sobre las familias monoparentales y los beneficiarios de asistencia social.

No ha habido progresos respecto de la enmienda del artículo 20 1) de la Convención.