Naciones Unidas

CRC/C/AGO/Q/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

13 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

55º período de sesiones

13 de septiembre a 1º de octubre de 2010

Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Lista de cuestiones que requieren información adicional y actualizada en relación con el examen de los informes periódicos segundo a cuarto combinados de Angola (CRC/C/AGO/2-4)

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 2 de agosto de 2010, que no exceda de 30 páginas.

Parte I

1.Sírvanse explicar brevemente al Comité cómo afecta el contenido de la nueva Constitución, que entró en vigor en febrero de 2010, a la aplicación de los derechos del niño consagrados en la Convención. En concreto, infórmese al Comité de cómo afecta a la legislación nacional relativa a los derechos del niño, en particular si debe modificarse la legislación sobre justicia juvenil (por ejemplo, con respecto a la edad de responsabilidad penal, las medidas correctivas y los tribunales de menores).

2.Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre la situación actual del plan de acción nacional para los niños que se estaba preparando en el momento en que se presentó el informe del Estado parte. ¿Se ha terminado su elaboración y se ha aprobado? Si es así, sírvanse informar brevemente sobre su ejecución, en particular sobre los obstáculos encontrados. Si el plan de acción nacional no se ha terminado, sírvanse explicar los motivos.

3.Sírvanse proporcionar más detalles sobre la estrategia nacional para prevenir y reducir la violencia contra los niños, incluida información sobre las políticas o medidas derivadas de esta estrategia.

4.Sírvanse proporcionar al Comité una breve actualización de los resultados del Plan Estratégico Nacional 2005-2009 para Acelerar la Reducción de la Mortalidad Maternoinfantil en Angola. Infórmese también al Comité de si el Plan Estratégico Nacional 2005-2009 se ha ajustado para que abarque también el período 2010-2014 o si se ha elaborado un nuevo plan.

5.Sírvanse informar al Comité de si se ha hecho un examen de mitad del período del plan nacional de educación para todos y, en caso afirmativo, de cuáles han sido sus resultados.

6.Sírvanse proporcionar brevemente detalles más concretos sobre los efectos en los niños del programa del Gobierno para el retorno y reasentamiento de los desplazados, los refugiados, los apátridas y otras personas directamente afectadas por el conflicto armado.

Parte II

En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Las nuevas leyes o proyectos de ley y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales, y su financiación;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y otra información de que se disponga

1.En relación con el artículo 4 de la Convención, sírvanse facilitar datos actualizados para 2008, 2009 y 2010 sobre las asignaciones presupuestarias (incluido un análisis de las tendencias) para la aplicación de la Convención a nivel nacional en los ámbitos de la salud, la educación y la protección de los niños.

2.Con referencia a los niños acogidos, sírvanse facilitar datos desglosados (por sexo, edad, motivo del acogimiento y tipo de acogida) para los años 2007, 2008 y 2009 sobre:

a)El número de niños privados de un entorno familiar;

b)El número de niños que ya están en el sistema de acogida;

c)El número de niños que han alcanzado la mayoría de edad pero que permanecen en instituciones de acogida, y

d)La duración promedio de la estancia en el sistema de acogida.

3.Sírvanse facilitar datos actualizados para 2007, 2008 y 2009, desglosados por sexo, edad, grupo étnico y zona rural o urbana, sobre el número de niños:

a)Infectados por el VIH/SIDA;

b)Afectados por el VIH/SIDA;

c)Cabeza de familia debido al VIH/SIDA;

d)Huérfanos debido al VIH/SIDA que viven en familias extensas o en instituciones.

4.Sírvanse facilitar datos estadísticos detallados para los años 2007, 2008 y 2009, desglosados por edad, sexo y delito cometido sobre:

a)Las personas menores de 18 años que han sido juzgadas como adultos;

b)Los menores de 18 años detenidos en centros penitenciarios para adultos;

c)El número de niños en conflicto con la ley a los que se han aplicado penas alternativas;

d)Los casos denunciados de abusos o malos tratos infligidos a los niños en conflicto con la ley durante su detención o privación de libertad, así como el tipo de seguimiento dado a estos casos.

5.Sírvanse proporcionar datos para 2007, 2008 y 2009 sobre:

a)El número de niños víctimas de explotación sexual, incluidas la prostitución y la pornografía;

b)El número de niños víctimas de la trata;

c)El número de niños víctimas de abusos sexuales, incluido el incesto;

d)El número de niños que accedió a los servicios de recuperación y reintegración social, indicando el tipo de servicio;

e)Las acciones judiciales iniciadas contra los autores de esos delitos y los resultados de esas acciones en el mismo período, y

f)El número de niños víctimas de explotación económica.

6.Sírvanse facilitar datos, desglosados por edad, sexo y grupo étnico, sobre el número de niños que viven o trabajan en la calle en el Estado parte y sobre el número de ellos que se benefician de los programas de reintegración social.

7.Sírvanse actualizar los datos del informe que puedan haber quedado obsoletos por la disponibilidad de datos más recientes u otras novedades.

8.El Estado parte puede enumerar además ámbitos que afecten a los niños y que estime importantes en relación con la aplicación de la Convención.