Naciones Unidas

CAT/C/AUT/Q/4-5

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

9 de diciembre de 2009

Español

Original: inglés

Comité contra la Tortura 44º período de sesiones26 de abril a 14 de mayo de 2010

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar los informes periódicos cuarto y quinto de Austria (CAT/C/AUT/4-5)

Artículos 1 y 4

1.Sírvanse proporcionar información actualizada al Comité sobre la voluntad expresa del nuevo Gobierno de adoptar una definición legal de la tortura, plenamente conforme con el artículo 1 de la Convención, y de tipificar el delito de tortura en el Código Penal. ¿Se incluirán en esta definición todos los elementos previstos en el artículo 1 de la Convención?

2.Sírvanse aclarar si la ley penal del Estado parte (una vez que tipifique el nuevo delito de tortura) también sanciona la tentativa de cometer tortura y la complicidad o participación en la tortura.

3.Sírvanse proporcionar información actualizada al Comité sobre la enmienda prevista del Código Penal, cuyo propósito es incorporar las obligaciones dimanantes del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas a los crímenes de lesa humanidad y de guerra.

4.De acuerdo con lo solicitado en las anteriores observaciones generales, sírvanse informar al Comité sobre casos de tortura y malos tratos registrados desde el examen del último informe, en los que las circunstancias agravantes previstas en el artículo 33 del Código Penal de Austria, como el racismo y la xenofobia, se hayan invocado en la determinación de las sanciones de esos delitos.

Artículo 2

5.Sírvanse comentar las medidas que se hayan adoptado para evitar los malos tratos de las mujeres en centros de privación de libertad. ¿El Estado ha hecho un seguimiento de la violencia sexual en los centros de privación de libertad?; en caso afirmativo, ¿cuáles han sido sus resultados? Sírvanse proporcionar información estadística sobre el número de denuncias sobre la materia recibidas e investigadas durante el período considerado, y el número de juicios y condenas a que hayan dado origen.

6.Sírvanse presentar al Comité información actualizada sobre el programa de asistencia jurídica iniciado en colaboración con el Colegio de Abogados.

7.En relación con el párrafo 11 de las observaciones finales anteriores y el párrafo 67 del informe del Estado parte, sírvanse indicar:

a)¿Qué autoridad y en qué etapa del proceso determina en qué casos se puede denegar al acusado la posibilidad de llamar a su abogado defensor en el curso de los interrogatorios?

b)¿Qué se entiende por "que se interfiera en las investigaciones que se estén realizando" y "que se alteren o destruyan pruebas"?

c)¿Cuál es el valor probatorio de las declaraciones que haga el imputado durante el interrogatorio en ausencia de su abogado?

d)Si esta exclusión puede aplicarse a los niños detenidos por la policía.

8.Sírvanse presentar al Comité información adicional sobre las medidas adoptadas para ampliar el grado de representación de las fuerzas policiales, por medio de métodos de reclutamiento que les permitan reflejar mejor la composición de la población por etnia y sexo. Asimismo, sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre la iniciativa adoptada en 2007 por el Ministerio del Interior para alentar a los inmigrantes naturalizados y de segunda generación a solicitar el ingreso en la policía de Viena. ¿Se prevé repetir esta iniciativa en otras partes del país?

Artículo 3

9.Sírvanse proporcionar información sobre el número de denuncias de casos de malos tratos o violencia física cometidos por agentes del orden contra solicitantes de asilo desde el examen del último informe periódico. Sírvanse indicar también cuál ha sido el resultado de estos informes o denuncias, especialmente las investigaciones realizadas, los procedimientos disciplinarios o penales iniciados y las sanciones impuestas.

10.Sírvanse aclarar si la nueva Ley de asilo, vigente desde el 1º de enero de 2006, responde a las inquietudes que el Comité expresó en sus observaciones finales anteriores y de qué manera.

11.Sírvanse proporcionar al Comité más información sobre:

a)El contenido de la Ley de extranjería, que aparentemente ha conducido a un aumento de las detenciones de solicitantes de asilo y de las detenciones previas a la expulsión;

b)El número de menores de 18 años que se encuentran detenidos en espera de su expulsión;

c)Las medidas que se hayan adoptado para tener en cuenta el sexo y la edad en la determinación de la condición de refugiado;

d)La construcción de un nuevo centro de detención para personas en espera de su expulsión, con una capacidad de 250 plazas, de acuerdo con las recomendaciones formuladas por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes del Consejo de Europa y el Consejo Consultivo de Derechos Humanos con respecto al concepto de "estaciones abiertas".

12.En relación con el párrafo 3 de los comentarios del Estado parte sobre las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse indicar lo siguiente:

a)Las medidas y salvaguardias adoptadas con el propósito de que los solicitantes de asilo no sean expulsados o extraditados antes de que se haya adoptado una decisión en respuesta a su apelación;

b)El criterio que aplica el Tribunal Federal Independiente para el Asilo para determinar si un solicitante de asilo corre el riesgo de devolución;

c)Cuántas apelaciones en las que se solicita la suspensión de la extradición conforme al criterio de no devolución han sido rechazadas por el Tribunal Federal Independiente para el Asilo;

d)El alcance de la asistencia jurídica que se presta en los procedimientos de expulsión;

e)El número de solicitantes de asilo —de ser posible, desglosado por edad, sexo, etnia y país de origen— que han sido expulsados o extraditados mientras esperaban una respuesta a la apelación presentada ante una denegación de asilo por cuestiones de procedimiento.

13.Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre la extradición a Egipto de Muhammad 'Abd al-Rahman Bilasi-Ashri, suspendida hasta la resolución de la apelación presentada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, e indicar lo siguiente:

a)El nivel al que se solicitaron garantías diplomáticas;

b)La exigibilidad jurídica de las garantías solicitadas;

c)La existencia o inexistencia de mecanismos de control que permitan determinar si se respetarán las garantías;

d)¿En qué medida es compatible este caso con la afirmación del Estado parte de que "Austria nunca... ha ordenado una extradición a cambio de garantías diplomáticas de protección contra la tortura"?

Artículos 5 y 7

14.Sírvanse informar si la legislación austríaca prevé el establecimiento de la competencia universal por el delito de tortura. Sírvanse presentar información sobre la aplicación de esa competencia en los tribunales.

15.Sírvanse presentar información sobre casos en los que el Estado parte haya aplicado directamente la Convención para extraditar a delincuentes que presuntamente hubieran cometido actos de tortura, o en los que haya establecido su competencia para enjuiciar a estos delincuentes ante los tribunales nacionales.

Artículo 10

16.Sírvanse proporcionar información detallada sobre los programas de formación destinados a jueces, fiscales, médicos forenses y personal médico que se ocupa de los detenidos, para enseñarles a detectar y documentar las secuelas físicas y psicológicas de la tortura. ¿Se incluye en esos programas formación específica sobre el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, o Protocolo de Estambul?

17.Sírvanse presentar detalles sobre el tipo de formación que se imparte a los funcionarios que se ocupan de la expulsión, el retorno y la extradición de los solicitantes de asilo.

18.¿Se imparte formación obligatoria sobre sensibilización al racismo y diversidad cultural a las autoridades pertinentes, como los agentes del orden y las autoridades de migración? ¿Se imparte asimismo formación especial a los agentes de policía que se ocupan de las víctimas de delitos racistas?

Artículo 11

19.Sírvanse presentar información actualizada sobre el número de personas recluidas en todos los centros de privación de la libertad y la tasa de ocupación de estos centros.

20.Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre las muertes de detenidos en custodia policial desde la presentación del último informe periódico, desglosados por lugar de detención, sexo, edad, etnia de la persona fallecida y causa de la muerte. Sírvanse presentar información detallada sobre los resultados de las investigaciones relacionadas con esos casos, en particular de las muertes atribuidas a suicidios, y las medidas adoptadas para evitar la repetición de violaciones de esta índole.

21.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para proteger los derechos de las personas vulnerables privadas de libertad, especialmente las mujeres, los enfermos mentales y los niños, y para velar por su respeto.

22.Sírvanse facilitar al Comité información actualizada sobre los resultados de la labor del grupo de expertos designados por el Ministerio Federal de Justicia para estudiar la posible reintroducción del uso de la pistola eléctrica Taser X26 en las dependencias del sistema penal.

Artículos 12 y 13

23.Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre los malos tratos y casos de tortura durante o después de la detención denunciados desde el examen del último informe periódico, desglosados por lugar de detención, sexo, edad y origen étnico de la víctima. Sírvanse también presentar información detallada sobre los resultados de las investigaciones que se hayan realizado en respuestas a las denuncias, y los respectivos enjuiciamientos y sanciones impuestas.

24.De acuerdo a lo indicado en el informe del Estado parte, solo 55 de las 106 recomendaciones presentadas desde 2003 por el Consejo Consultivo de Derechos Humanos del Ministerio Federal del Interior se han aplicado plenamente. Sírvanse aclarar qué curso se da a las recomendaciones del Consejo Consultivo, y si este órgano puede dar curso a denuncias de particulares. En caso contrario, ¿existe un órgano independiente que se encargue de recibir e investigar denuncias contra los agentes del orden?

25.Sírvanse indicar al Comité el motivo por el cual la mayoría de las apelaciones presentadas por la Fiscalía Pública en el caso Cheibani Wague fueron rechazadas íntegramente por el Tribunal Provincial Superior de Viena. ¿Podrían también informar más ampliamente sobre los fundamentos de la sentencia por homicidio no intencional pronunciada en este caso contra un médico de los servicios de urgencia y un policía, por la que fueron condenados a algunos meses de cárcel con suspensión de la pena?

26.Con respecto a la condena de cuatro policías por los malos tratos infligidos a Bakary J., sírvanse indicar lo siguiente:

a)El tipo de delito por el que se acusó y sentenció a los policías, y los fundamentos de la sentencia que le condenó a unos pocos meses de cárcel con suspensión de la pena;

b)Los motivos de la Comisión Disciplinaria para denegar la solicitud del Procurador Disciplinario de cesar en el cargo a los cuatro agentes acusados;

c)Las gestiones que haya realizado la Comisión Disciplinaria Superior después de que el Tribunal Administrativo aceptara la reclamación del Procurador Disciplinario y le solicitara la reconsideración del caso.

d)El motivo por el cual la víctima no ha recibido indemnización alguna, pese a que el Tribunal dictaminó la asignación de 3.000 euros por el daño provocado por los dolores y el sufrimiento que padeció.

27.Sírvanse aclarar qué ocurre cuando se informa a la Fiscalía y a la Oficina de Asuntos Internos de que se ha presentado una denuncia por presuntos abusos cometidos por agentes del orden.

Artículo 14

28.Sírvanse presentar información estadística sobre las indemnizaciones otorgadas a las víctimas de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes en el Estado parte en el período transcurrido desde el examen del último informe periódico, desglosada por sexo, edad y origen étnico.

29.Sírvanse aclarar si el derecho a recibir indemnización depende de que exista una sentencia penal que ordene la indemnización. ¿Una víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante puede recibir indemnización si el autor del delito ha recibido una sanción disciplinaria, pero no penal?

30.Sírvanse presentar más información sobre los servicios existentes para el tratamiento de los traumas y otras formas de rehabilitación de las víctimas de la tortura.

Artículo 16

31.Sírvanse describir las medidas adoptadas para combatir el racismo y la discriminación, en particular los malos tratos y la violencia por motivos raciales contra miembros de minorías étnicas, en especial cuando los malos tratos y la violencia han sido ejercidos por agentes del orden o funcionarios públicos. Al respecto, sírvanse informar también sobre el número de denuncias, investigaciones, juicios, sentencias y penas impuestas en casos de malos tratos y violencia por motivos raciales.

32.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer frente a la violencia contra las mujeres. ¿Ha introducido el Estado parte una estrategia integral de lucha contra todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica, como recomendó el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en 2007?

33.Sírvanse informar sobre las inspecciones independientes que se hayan hecho a instituciones psiquiátricas y su seguimiento, e indicar los órganos que las han realizado. Sírvanse comentar también las conclusiones de las inspecciones y describir la situación de los pacientes, en particular el recurso a medidas coercitivas y su frecuencia.

34.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas concretas que se hayan adoptado para velar por que la privación de libertad de menores se utilice siempre como último recurso y por el período más breve posible. Sírvanse indicar también si se han adoptado alternativas a la detención y si los menores privados de libertad están siempre separados de los adultos.

35.Sírvanse proporcionar información desglosada por sexo, edad, etnia y origen de las víctimas sobre el número de denuncias, investigaciones, juicios, sentencias y penas impuestas en casos de trata de seres humanos y explotación sexual con fines comerciales desde el examen del último informe periódico.

36.Sírvanse proporcionar información estadística sobre casos de violencia entre reclusos registrados con posterioridad al examen del último informe periódico. ¿Qué medidas se han adoptado para evitar estos episodios de violencia?

Otros asuntos

37.Sírvanse indicar si el Estado parte cuenta con legislación destinada a evitar o prohibir la producción, la comercialización, la exportación y el uso de equipos específicamente diseñados para someter a tortura o trato cruel, inhumano o degradante. En caso afirmativo, sírvanse presentar información sobre su contenido y su aplicación. En caso negativo, sírvanse indicar si se está considerando la posibilidad de adoptar leyes sobre la materia.

38.En relación con el párrafo 4 del informe del Estado parte, sírvanse informar al Comité si se ha producido algún cambio con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención, firmado por el Estado parte en septiembre de 2003. En caso afirmativo, ¿ha adoptado el Estado parte medidas para el establecimiento o la designación de un mecanismo nacional cuyos miembros harían visitas periódicas a centros de detención, a fin de evitar la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes?

39.Sírvanse informar sobre las medidas legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas por el Estado parte en respuesta a las amenazas de actos terroristas y explicar qué disposiciones se han adoptado para impedir que estas medidas afecten a las salvaguardias de los derechos humanos en la legislación y en la práctica. En este contexto, el Comité recuerda las resoluciones 1456 (2003), 1535 (2004), 1566 (2004) y 1624 (2005) del Consejo de Seguridad, en la primera de las cuales el Consejo indica que los Estados "deben cerciorarse de que las medidas que adopten para luchar contra el terrorismo cumplan todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional y adoptar esas medidas de conformidad con el derecho internacional, en particular las normas relativas a los derechos humanos y a los refugiados y el derecho humanitario". Sírvanse describir la formación pertinente impartida a agentes del orden, el número y las características de las sentencias pronunciadas conforme a la ley y los recursos jurídicos de que disponen las personas que han sido objeto de medidas antiterroristas. Asimismo, sírvanse indicar si se han formulado denuncias de no observancia del derecho internacional en este ámbito, y los resultados que han tenido.