Naciones Unidas

CEDAW/C/GUY/7-8

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

12 de agosto de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Informes periódicos séptimo y octavo combinados de los Estados partes

Guyana * **

Índice

Párrafos Página

Lista de siglas4

Introducción1–65

Parte ISinopsis de los acontecimientos ocurridos desde que se presentó el informe de Guyana de 2002 al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer7–606

Parte IIEl marco constitucional, legislativo y administrativo para la aplicación de la Convención61–7118

Parte IIIExamen realizado por Guyana de los progresos alcanzados en la aplicación actual de la Convención (artículos y recomendaciones generales sobre los artículos) dentro de su territorio o jurisdicción y el goce de sus disposiciones por las personas que se encuentren dentro de su territorio o jurisdicción72–41821

Artículo 17221

Artículo 273–9221

Artículo 393–9924

Recomendación general Nº 18 – Mujeres con discapacidad100–11425

Artículo 4115–12327

Artículo 5124–13128

Artículo 6132–15430

Artículo 7155–18433

Artículo 8185–18637

Artículo 9187–19037

Artículo 10191–21138

Artículo 11212–24540

Artículo 12246–27747

Recomendación general Nº 15 – Necesidad de evitar la discriminación contra lamujer en las estrategias nacionales de acción preventiva y lucha contra el sida278–31953

Artículo 13320–33260

Artículo 14333–35062

Artículo 15351–35365

Artículo 16354–36266

Recomendación general Nº 19 – Violencia contra la mujer363–41267

Medidas adoptadas para promover la Convención en el territorio – educación413–41875

Parte IVMedidas encaminadas a aplicar los resultados de las conferencias, las cumbres y los exámenes de las Naciones Unidas419–45276

Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento419–42776

Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia428–43978

Derecho a la libertad de religión440–45280

Parte VObservaciones finales del Comité (en particular los motivos de preocupación y las recomendaciones de informes anteriores)453–45882

Parte VIObstáculos que se oponen a la participación de la mujer en pie de igualdad con el hombre en la vida política, social, económica y cultural de Guyana459–47484

Lista de cuadros

1.Producto interno bruto (PIB) (variación porcentual anual)12

2.Indicadores socioeconómicos seleccionados13

3.Gasto en el sector social13

4.Objetivos de Desarrollo del Milenio15

5.Estructura de edades en Guyana17

6.Distribución del personal por género: 2007-200942

7.Distribución por género de los entrevistados de la muestra42

8.Clasificación ocupacional por género según la CIUO-88: 2007-200943

9.Experiencia laboral desglosada por género: 2007-200943

Gráficos

I.Número de personas que trabajan en empresas: 2007-200941

II.Distribución por género de los empleados de la muestra: 2007-200942

Lista de siglas

BIDBanco Interamericano de Desarrollo

CARICOMComunidad del Caribe

CIDAOrganismo Canadiense de Desarrollo Internacional

CSMEMercado y Economía Únicos de la CARICOM

FMIFondo Monetario Internacional

ODMObjetivos de Desarrollo del Milenio

OEAOrganización de Estados Americanos

OIMOrganización Internacional para las Migraciones

OITOrganización Internacional del Trabajo

OPSOrganización Panamericana de la Salud

PIBproducto interno bruto

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

PPMEpaíses pobres muy endeudados

PRSPPrograma de la estrategia de lucha contra la pobreza

TMItasa de mortalidad infantil

TMM5tasa de mortalidad de niños menores de 5 años

UEUnión Europea

UNFPAFondo de Población de las Naciones Unidas

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

USAIDAgencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

Introducción

1.En el presente informe de la República Cooperativa de Guyana (en adelante Guyana) con arreglo al artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (en adelante CEDAW) se esbozan las medidas más importantes adoptadas por el Estado parte entre 2004 y 2010 para aplicar la CEDAW en su territorio. El Estado parte comunica respetuosamente que ha incorporado información a la luz de lo dispuesto en el párrafo 323 de la Plataforma de Acción de Beijing, prestando particular atención a las 12 esferas de especial preocupación, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y las dimensiones de género de las declaraciones, plataformas y programas de acción aprobados en las conferencias, cumbres y períodos extraordinarios de sesiones pertinentes de la Asamblea General.

2.Las cuestiones consideradas se determinaron mediante un examen de las valiosas observaciones finales, en particular las inquietudes y recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre los informes tercero, cuarto, quinto y sexto anteriores (CEDAW/C/SR.689 y 690), analizados el 8 de julio de 2005, así como el documento CEDAW/C/SR.527. Estas observaciones fueron transmitidas al Gabinete, a los ministerios del sector y a otros órganos del Estado.

3.Guyana considera que el proceso de consultas es una actividad permanente y no se limita a simples actos ocasionales. En consecuencia, comunica respetuosamente que se han celebrado consultas constantes sobre las cuestiones fundamentales y críticas de que trata el presente informe. No hay ningún programa, política o problema de importancia nacional que no haya sido objeto de examen por el Gabinete, los interesados a nivel nacional, las comunidades, los organismos no gubernamentales incluidas las organizaciones de mujeres, la sociedad civil, los medios de difusión y/o los parlamentarios en las diversas etapas del proceso de consultas.

4.Guyana tiene el firme compromiso de promover la igualdad de la mujer en todos los ámbitos, en virtud de las obligaciones que le imponen la CEDAW y otros instrumentos y normas de derechos humanos, para que las mujeres puedan desarrollar su máximo potencial como iguales en la sociedad. El Gobierno de Guyana reafirma su creencia en los derechos humanos fundamentales y su compromiso de defenderlos, convencido de que todos los derechos son universales, indivisibles e interdependientes y se refuerzan mutuamente. El Gobierno de Guyana reconoce que los derechos de la mujer son derechos humanos.

5.Los documentos que se indican a continuación proporcionaron datos estadísticos y orientación normativa útiles para la preparación del presente informe, y algunos de ellos están publicados en sitios web, como se indica en el apéndice I que se adjunta:

"Stamp it Out" 2007;

Guyana Poverty Assessment: Accelerating Poverty Reduction, 2008, Banco Mundial;

Censo nacional de población y vivienda de Guyana, 2002;

Raising The Profile of Disability Guyana, An Agenda For Action;

Encuesta de indicadores múltiples de Guyana, 2006;

Guyana Millennium Development Goals, Guyana Outlook 2007;

Justice for Rape Victims: Reform of Laws and Procedures in Guyana, Asociación de Derechos Humanos de Guyana, 2006;

Boletines trimestrales de estadísticas del mercado de trabajo de Guyana;

Informes anuales de 2005 y 2006 de la Policía de Guyana;

Centro de Datos Estadísticos de la Policía de Guyana, 2010;

Getting Serious: Detecting and Protecting Against Crimes of Sexual Violence in Guyana, Asociación de Derechos Humanos de Guyana, 2007;

Informes anuales de 2007 y 2008 del Grupo nacional de tareas de lucha contra la trata de personas;

Estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono de Guyana, 2009;

Documentos del presupuesto de Guyana para los años 2003 a 2010.

6.El presente informe fue examinado por un órgano interinstitucional del Gobierno y aprobado por el Gabinete de Guyana. El Comité tal vez desee también tomar nota de que en octubre de 2006 el Estado parte creó, dentro de la Oficina del Presidente, la Dependencia de Gobernanza, encabezada por un Asesor Presidencial en materia de gobernanza; una de sus funciones es vigilar el cumplimiento por parte de Guyana de sus obligaciones convencionales y actualizar todos los informes pendientes que deben presentarse en virtud de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y las organizaciones interamericanas a los que se ha adherido Guyana. En vista de los acontecimientos ocurridos en los últimos años en el contexto nacional y hasta que Guyana presente el documento básico en sustitución del actual, que es de 1994, el Estado parte considera útil describir brevemente en este informe varias tendencias y hechos registrados en Guyana.

Parte ISinopsis de los acontecimientos ocurridos desde que se presentó el informe de Guyana de 2002 al Comité parala Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

a)Panorama político y situación de la seguridad

7.El período comprendido entre 1999 y 2003 fue de gran importancia para la institucionalización y la consolidación de la incipiente democracia de Guyana. La Comisión de Reforma de la Constitución, nombrada por el Presidente de la República y creada por el Parlamento de Guyana, integrada por representantes de todos los partidos políticos que poseen escaños en el Parlamento y representantes de miembros clave de la sociedad civil nacional (del ámbito religioso, laboral, empresarial, por ejemplo), contribuyó a forjar los cambios progresistas y de largo alcance introducidos en la Constitución de 1980 de Guyana y a poner en marcha un sólido proceso de reforma parlamentaria.

8.La Comisión de Reforma de la Constitución (CRC) trabajó con todos los sectores de la sociedad (en miles de reuniones con las comunidades y mediante documentos y presentaciones oficiales preparados por agentes estatales y no estatales para la CRC) para llegar a un acuerdo sobre una Constitución revisada que está arraigada en la democracia y la gobernanza inclusiva, basada en prácticas de buena gestión de gobierno.

9.La labor de esta Comisión de Reforma de la Constitución tuvo como resultado enmiendas profundas y fundamentales en la Constitución de 1980, entre ellas la inclusión de artículos sobre los derechos y libertades fundamentales de sus ciudadanos; disposiciones para la creación de 4 de las 5 comisiones de derechos humanos mediante un mecanismo consensual parlamentario acordado, y el establecimiento de una nueva estructura constitucional para el Estado, que prevé la gobernanza inclusiva, la democracia participativa, el otorgamiento de mayores potestades al poder legislativo y una mayor supervisión del poder ejecutivo. Estas enmiendas se propusieron y aprobaron en la legislatura de 2003, otras dos enmiendas recientes en 2009 y todas ellas están en vigor.

10.Las reformas constitucionales fueron seguidas de reformas parlamentarias para facilitar su aplicación e incorporación en el poder legislativo y, para 2004, esas reformas se habían implantado en el Parlamento de Guyana. El sistema ampliado de comités crea un entorno propicio para la supervisión del poder ejecutivo, la generación de consenso y una mayor integración entre el Gobierno y la oposición en la Asamblea Nacional.

11.En suma, en esa década se emprendieron una amplia gama de reformas constitucionales, reglamentarias e institucionales, dirigidas concretamente a fortalecer la gobernanza y a crear instituciones dotadas de una mejor capacidad de respuesta.

12.Guyana está orgullosa del modelo de gobernanza inclusiva que está surgiendo a raíz de estas profundas reformas. Este modelo de gobernanza inclusiva, creado en el país, está en su sexto año de aplicación y ha surgido de largas y a veces muy controvertidas negociaciones entre el Gobierno y el principal partido de oposición representado en el Parlamento. Es un modelo imperfecto, y a veces la paralización de su aplicación ha planteado desafíos, pero ha contribuido a generar un clima político mucho más estable.

13.Un ejemplo de esta experiencia tiene que ver con los esfuerzos destinados a implementar los cambios constitucionales en el sistema de gobierno local, basado en un sistema electoral híbrido y una mayor descentralización. El Gobierno y los partidos de la oposición forman parte de un grupo de trabajo bipartidario desde 2002 y, después de que se frustraran las deliberaciones en 2009, se envió un proyecto de ley a una Comisión Parlamentaria Especial para tratar de llegar un consenso, y allí se encontraba el proyecto al momento de la preparación de este informe.

14.El Estado parte desea destacar que las elecciones nacionales y regionales de agosto de 2006 se llevaron a cabo de manera pacífica. Esto marca una clara diferencia con las elecciones nacionales y regionales de 1992, 1997 y 2001, que se caracterizaron por los disturbios y la violencia. El período posterior a las elecciones de 2006 se ha caracterizado por un mayor grado de estabilidad política y social, que a su vez ha creado un entorno más propicio para la expansión de la economía y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, especialmente los pobres y los vulnerables, en particular las mujeres, los niños, las personas de edad, las personas con capacidades diferentes y los pueblos amerindios (indígenas).

15.Los delitos violentos, que a menudo se manifiestan a través de conductas terroristas, han sido un desafío para la democracia naciente de Guyana. La ola de delitos violentos que asoló al país entre 2002 y 2008, generando temor e inseguridad en la población, por un lado llevó a que se intensificaran las actividades antidelictivas y, por el otro, a una mayor colaboración entre la sociedad civil y el Gobierno en la lucha contra la delincuencia y la violencia.

16.El Gobierno ha desempeñado un papel activo en la reducción de esta violencia y se han hecho esfuerzos considerables a través de la Fuerza de Policía de Guyana y la Fuerza de Defensa de Guyana para mantener el orden público. Se han tomado medidas para aumentar la confianza del público en el sistema de cumplimiento de la ley, mejorando la capacidad de los sistemas de respuesta rápida ante los delitos graves, mejorando los sistemas de comunicaciones y ampliando las bases de datos de las fuerzas de seguridad y la policía.

17.En los últimos años ha habido un aumento paralelo de los gastos del Gobierno en la lucha contra la delincuencia y, según el Ministerio del Interior, el aumento de las asignaciones presupuestarias se ha destinado a mejorar la capacidad institucional y tecnológica de la policía y los servicios conjuntos. Complementando lo anterior, se han puesto en marcha estrategias de prevención del delito en el marco del Programa de seguridad ciudadana del Gobierno de Guyana y el BID (2005-2010), cuyo monto asciende a 22 millones de dólares de los Estados Unidos. Se han asignado más de 300 millones de dólares de Guyana a la construcción, finalización y remodelación de más de 30 comisarías en distintos puntos del país y se han utilizado 900 millones de dólares de Guyana para obtener equipo apropiado y ponerlo a disposición del sector de la seguridad. Estas comisarías nuevas y remodeladas ofrecen actualmente servicios independientes adecuados para niños y mujeres, preparados para recibir denuncias de violencia doméstica y sexual. El suministro de vidrios espejados para la identificación de sospechosos en esas comisarías ofrecen protección a las víctimas, especialmente a los menores. Las medidas adoptadas han permitido mejorar hasta cierto punto la situación de la seguridad desde 2009, permitiendo a Guyana perseguir sus objetivos socioeconómicos y acercarse a ellos.

18.El Programa de reforma de la administración de justicia del BID y el Gobierno de Guyana (2005-2010), por un monto de 25 millones de dólares de los Estados Unidos, está destinado a modernizar la administración de justicia, reducir los atrasos en la tramitación de las causas en los tribunales civiles y penales, digitalizar los archivos judiciales y mejorar las instalaciones de los tribunales en todo el país. En la parte V de este informe se examinan estas iniciativas en mayor detalle.

19.La Asamblea Nacional promulgó la Ley Nº 9 de 2009, sobre los plazos para el dictado de las decisiones judiciales, que aplica una nueva cláusula de la Constitución revisada y garantiza que los jueces emitan sus decisiones por escrito dentro de un plazo de 120 días. Esto apunta a eliminar un grave problema irritante en la administración de justicia. La Asamblea Nacional también promulgó la Ley (de enmienda) de la jurisdicción sumaria (jueces de paz), Nº 25 de 2009, que establece una nueva categoría de jueces de paz con competencia limitada para entender en causas relativas a delitos leves que producen atascos en los tribunales, y permite a los jueces ocuparse de otras causas. Estas dos medidas mejorarán la administración de justicia.

20.El Estado parte asignó recursos presupuestarios para la construcción de la sede de un Tribunal de Familia. La construcción terminará en junio de 2010 y con este moderno Tribunal de Familia y las normas que lo rigen, los asuntos relacionados con los niños y el matrimonio se juzgarán de una manera más sensata, sensible y efectiva. Se comunicó al Estado parte que no era necesario presentar un proyecto de ley sobre un Tribunal de Familia, como se indicó en el informe anterior, ya que el Presidente de la Judicatura, según se establece en la Constitución, dicta la reglamentación de este tribunal o de cualquier otro tribunal, y así se hizo hace tres años en el caso del nuevo Tribunal Mercantil. El Estado parte está esperando que se dicten las normas para que el nuevo Tribunal pueda comenzar a funcionar en el último trimestre de 2010.

21.Se han aprobado nuevas leyes que fortalecerán la capacidad de los tribunales para juzgar delitos que afecten a las mujeres y los niños y para darles una mayor protección. Para ello, Guyana ha modificado la Ley de prevención del delito, que es la Ley Nº 11 de 2008, para permitir la supervisión obligatoria de personas por los delitos previstos en ella, que incluyen la violencia doméstica, el abuso sexual, la violación, la explotación sexual, la pornografía, el incesto, la prostitución y el rapto.

22.La Ley (de enmienda) del proceso penal, Nº 17 de 2008, permitió la presentación de pruebas escritas durante la instrucción del sumario en los Juzgados de Paz, lo que otorga al Juez de Paz la facultad discrecional de admitir documentos probatorios, declaraciones, escritos y otros elementos presentados por el Fiscal o por el acusado. Esta modificación de la ley tiene un propósito doble ya que permite tramitar juicios más rápidos y en asuntos delicados ante los tribunales, el juez puede ejercer su discrecionalidad y admitir como prueba una declaración escrita en lugar de exigir la presencia efectiva de un testigo.

23.Guyana reconoce que, en la mayoría de los casos, cuando se plantea ante los tribunales un asunto que se refiere a cuestiones delicadas, los testigos, incluida la víctima, se niegan a comparecer ante los tribunales, imprimiendo así mayor lentitud a los juicios y aumentando los retrasos en la tramitación de las causas; con este fin, la Ley (de enmienda) sobre elementos probatorios, Nº 19 de 2008, aumenta la protección de los testigos, incluidas las víctimas, permitiendo que se les reciba su testimonio en forma oral y que comparezcan mediante un enlace audiovisual y el uso de un servicio de enlace audiovisual para realizar las rondas de identificación.

24.El Estado parte también desea comunicar que entre 2005 y 2010 Guyana aprobó un conjunto de leyes sobre la infancia que han modificado radicalmente el marco de protección de los niños. Esas leyes son la Ley penal (Delitos), Nº 16 de 2005; la Ley (de enmienda) sobre el matrimonio, de 2005; la Ley del Organismo de atención y protección de la infancia, Nº 2 de 2009; la Ley de adopciones, Nº 18 de 2009; la Ley sobre la condición jurídica y social de los niños, Nº 19 de 2009, y la Ley de protección de la infancia, Nº 17 de 2009.

25.La nueva Ley de amerindios de 2006 y el otorgamiento a 135 comunidades amerindias de título jurídico sobre el 14% del territorio de Guyana han establecido un patrón de referencia en este hemisferio. Esta ley, combinada con una política consciente y deliberada y asignaciones presupuestarias para las comunidades amerindias, se describe en mayor detalle en varias secciones del presente informe. El Comité tal vez desee también remitirse al informe sobre el marco jurídico de los derechos de propiedad e inmobiliarios de los pueblos indígenas, presentado por Guyana a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 7 de octubre de 2009 como apéndice II.

26.El nuevo proyecto de ley sobre delitos sexuales de 2010, tras numerosas consultas de base amplia con las comunidades, los grupos de mujeres y la sociedad civil a lo largo de varios años, y con las consiguientes modificaciones, fue presentado a la Asamblea Nacional y enviado a una Comisión Parlamentaria Especial en julio de 2009 y aprobado por unanimidad el 22 de abril de 2010. Esta nueva ley transforma radicalmente y moderniza lo que constituyen delitos sexuales (entre ellos la manipulación psicológica con fines sexuales (grooming), el voyeurismo, la pedofilia, el incesto, la violación) y la forma en que los tribunales tratan estos casos.

27.El Estado parte ha encarado con un criterio integral el desafío de mitigar la pobreza y reducir las desigualdades y disparidades en la sociedad. Ha encarado con un enfoque global la situación política, social y económica a través de sus políticas y programas en favor de los pobres. No solamente ha invertido de manera sistemática en la salud y la educación, como se describe en mayor detalle en otras secciones del presente informe, sino que las medidas que ha adoptado en el sector de la vivienda y el agua, en particular, han tenido repercusiones inconmensurables en la vida de la gente, en las familias, las mujeres y los niños, en particular, así como en la contribución de la economía a una floreciente industria manufacturera, un sector de la construcción viable y la creación de nuevos y más empleos.

28.Los ambiciosos programas de vivienda para las familias de bajos ingresos han reducido el hacinamiento —algo común en muchas viviendas, en las que hasta 20 familiares convivían en espacios pequeños— y han permitido garantizar la seguridad de la tenencia, el acceso a los préstamos a tipos de interés favorables y a micropréstamos, así como la autoestima y el orgullo. Las mujeres y los niños se han beneficiado de estos nuevos planes de vivienda que ofrecen una mayor cantidad de espacios limpios, calles nuevas, electricidad, nuevas escuelas y servicios de salud. En 2009, el Gobierno aumentó aún más su participación en el sector de la banca comercial al ampliar el acceso y las oportunidades de los hogares de bajos ingresos a tipos de interés favorables para la construcción de viviendas.

29.En 1991 apenas el 50% de la población tenía un acceso limitado a cualquier tipo de abastecimiento de agua; actualmente el 86% de la población tiene acceso a un suministro fiable de agua potable. Esto no sólo ha contribuido a reducir las enfermedades diarreicas en los niños y la morbilidad y la mortalidad de lactantes y niños, sino que también han aligerado la carga diaria y el tiempo que les tomaba a miles de mujeres y niños recoger y acarrear agua desde largas distancias. Esto es particularmente importante ya que principalmente las niñas debían quedarse en sus casas para ocuparse de esta tarea engorrosa pero imprescindible. Esta mejora ha contribuido así a que muchos niños asistan a la escuela, especialmente niñas, con regularidad y le ha dado más tiempo a las mujeres para realizar actividades más productivas, entre ellas estudiar.

30.Las redes de seguridad social descritas por el Estado parte en los informes que presentó al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal en marzo de 2010, y las que se destacan en el presente informe, ilustran el firme compromiso del Gobierno con los pobres y vulnerables, en particular las mujeres, los niños, las personas de edad, las personas con capacidades diferentes y los amerindios. En 2009 y 2010, los programas de la red de seguridad social se ampliaron aún más, con programas nuevos o ampliados, como el lanzamiento del Programa de asistencia a las familias monoparentales, vales para uniformes escolares para todos los niños de la enseñanza preescolar y primaria que asisten a instituciones del sistema de enseñanza pública en setiembre de 2010 y la introducción de una nueva línea de microcréditos de 500 millones de dólares de Guyana para mujeres y pobres otorgada en virtud de un Memorando de Entendimiento del Gobierno de Guyana con los bancos comerciales.

31.Una de las características innovadoras más importantes de este modelo de gobernanza inclusiva del período a que se refiere el presente informe es la creación del Foro nacional de partes interesadas, una iniciativa del Presidente en 2008, que incluye a todos los partidos políticos con escaños en el parlamento, todos los dirigentes religiosos de las comunidades cristiana, hinduista y musulmana y la Organización de Dirigentes Religiosos, el movimiento sindical, el sector empresarial, organizaciones de mujeres y de amerindios que representan aproximadamente a 400.000 personas. De las 13 consultas celebradas entre 2008 y 2009, 5 se dedicaron a la delincuencia y la violencia y 1 a la violencia doméstica y sexual contra las mujeres y los niños.

32.Guyana ha atravesado por algunos períodos difíciles en su historia y en la época reciente, pero las reformas de la Constitución, la legislación, el Parlamento, las medidas administrativas y la economía, combinadas con un compromiso constante a lo largo de 17 años con los programas e inversiones en favor de los pobres, centrados en mejorar la calidad de vida de su pueblo, prestando especial atención a los niños, han contribuido a crear un entorno más estable y optimista para el futuro.

b)La economía de Guyana

33.La economía de Guyana no se recuperó de la profunda recesión que experimentó a fines del decenio de 1990 hasta 2006. La larga duración de la crisis económica se ha atribuido a una declinación persistente de la acumulación de factores, una relación de intercambio adversa, una infraestructura débil e impactos exógenos, entre ellos la fluctuación de los precios de los productos básicos y el aumento del costo de la energía. A pesar de las numerosas reformas institucionales, legislativas y reglamentarias que se emprendieron, el crecimiento siguió siendo limitado durante este período.

34.Esto se atribuye al deterioro considerable de la situación política e institucional, especialmente entre los años 2001 y 2005, sumado a la ola prolongada y desestabilizadora de delincuencia en el país, que llevó a un fuerte descenso de la inversión nacional y extranjera. La situación se vio complicada aún más por las dificultades en materia de recursos humanos a causa de la continua, aunque reducida, emigración. Si bien la inversión pública en Guyana puede haberse mantenido en niveles relativamente altos durante el período, en comparación con otros países caribeños y menos adelantados, no pudo compensar la declinación en otros factores y no se tradujo en un crecimiento económico hasta 2006.

35.La difícil situación se vio agravada aún más por el desastre natural de las inundaciones a lo largo de las zonas costeras, que afectaron aproximadamente a 400.000 personas entre diciembre de 2005 y febrero de 2006, y que causaron pérdidas estimadas en un monto superior al 57% del PIB. Como consecuencia de ello, Guyana tuvo que reordenar sus prioridades en materia de gastos para sufragar el costo inmediato de la recuperación y la reconstrucción y adoptar medidas destinadas a reducir la vulnerabilidad a futuros desastres naturales. La depresión económica, sin quererlo, y la restauración de la infraestructura física dañada y las importantes obras preventivas de infraestructura deliberadamente, repercutieron en la capacidad del Estado parte y su velocidad para aplicar la Convención durante esos años.

36.La economía de Guyana comenzó a repuntar recién en 2006. Esto dio lugar a un cierto optimismo cauteloso. Las elecciones celebradas a fines de 2006 en un clima de paz y el aumento de la estabilidad política y social en el período poselectoral contribuyeron en gran medida a mejorar el clima económico y de inversión. El corolario ha sido un aumento sustancial de la inversión extranjera directa en el país, que pasó de 77 millones de dólares de los Estados Unidos en 2005 a 178 millones de dólares de los Estados Unidos en 2008, principalmente en los sectores del azúcar y el arroz y también en el sector minero.

37.En 2010, el presupuesto tuvo en cuenta los nuevos sectores que están surgiendo —la construcción, la tecnología de la información y las comunicaciones, la diversificación agrícola y el turismo— que están contribuyendo al crecimiento económico y que apuntan a una mayor diversificación de la economía.

38.Cabe señalar que, como resultado de la ampliación de las relaciones con el vecino Brasil y la apertura del puente del Takatu como puerta de entrada internacional entre los dos países, nuevas inversiones en energía hidroeléctrica, una mayor disponibilidad de ancho de banda y actividades de exploración de petróleo, se observa una mayor confianza en el futuro y una menor dependencia de las exportaciones tradicionales que son susceptibles a las fuerzas del mercado mundial. Esto es particularmente importante debido a que la pérdida del tratamiento preferencial que otorgaba el mercado europeo ha creado algunos obstáculos graves para el sector del azúcar y la economía nacional.

39.Guyana registró un aumento de su PIB de 5,1% en 2006 y de 5,4% en 2007, de 3,1% en 2008 y de 2,3% en 2009, basados en un aumento de la inversión, mejores precios de los productos básicos y una relación de intercambio más favorable. La última cifra resulta especialmente significativa debido a la recesión y la crisis financiera mundiales y muestra que el país, merced a una gestión prudente, pudo en primer lugar amortiguar el impacto en su población y, al mismo tiempo, mantener su crecimiento macroeconómico.

40.Además, el ingreso de Guyana en el Mercado y Economía Únicos de la CARICOM (CSME) en enero de 2006 amplió el mercado de exportaciones del país, principalmente para las materias primas. Se registraron buenos resultados en la agricultura y en las industrias extractivas, así como en el sector de la construcción y los servicios. Este renovado vigor político y económico también ha sentado las bases para la formulación de un nuevo Programa de la estrategia de lucha contra la pobreza que permitirá trabajar con miras a alcanzar los objetivos fijados en el programa anterior y consolidar los logros obtenidos hasta el momento.

Cuadro 1

Producto interno bruto (PIB)

(Variación porcentual anual)

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

-1,345

2,260

1,149

-0,652

1,566

-1,942

5,127

7,0

2,0

3,3

Fuente: FMI – World Economic Outlook Database, octubre de 2009 (y el informe posterior del FMI sobre el artículo IV).

41.El criterio con el que Guyana encaró la incertidumbre económica fue básicamente doble: por un lado, mantener la estabilidad macroeconómica y, por el otro, aumentar el gasto en el sector social (educación, salud, agua, saneamiento y vivienda) y en los grupos más vulnerables. En ese proceso, el gasto en el sector social aumentó en forma constante de 15,2% del PIB en 1997 a 22% del PIB en 2006. Guyana afirma que mantendrá la asistencia destinada a los más vulnerables de la sociedad así como a aquellos más afectados por la incierta situación económica. En el presupuesto de 2009 se volvió a registrar un aumento del gasto en el sector social, compromiso que se mantuvo en el presupuesto de 2010. Véase el cuadro 3.

42.En el cuadro 2 infra se presenta un resumen del gasto en el sector social como porcentaje del PIB en el período comprendido entre 1997 y 2007. En el cuadro 3 figura un desglose más detallado de las asignaciones presupuestarias para el período 2004-2009 y el porcentaje del PIB.

Cuadro 2

Indicadores socioeconómicos seleccionados

1997

1999

2001

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Gasto social como porcentaje del PIB

15,2

17,1

20,8

21,4

19,6

21,4

22,4

21,1

10,8

Fuente: Gobierno de Guyana/FMI.

Cuadro 3

Gasto en el sector social

Ley de 2004

Ley de 2005

Ley de 2006

Ley de 2007

Ley de 2008

Revisión de 2009

Proyecto de 2010

Gasto total en el sector social

31 064,19

35 722,53

41 202,96

45 235,92

42 414,68

57 401,80

54 148,64

Gastos relacionados con los PPME

25 094,90

26 972,49

32 408,02

37 162,91

36 054,34

46 909,04

41 622,20

Educación

12 780,58

13 990,87

15 521,95

16 824,21

18 161,67

20 174,37

20 825,34

Salud

6 641,55

7 070,29

8 575,28

10 342,69

11 025,84

13 388,20

13 243,69

Vivienda y agua

4 362,67

3 657,02

4 982,99

7 012,04

5 411,25

11 634,97

5 833,15

Alivio de la pobreza

1 205,11

2 254,31

3 327,81

2 983,98

1 455,58

1 711,49

1 720,01

Reforma de la administración pública

105,00

Iniciativa ampliada para los PPME (otros gastos relacionados con la pobreza)

5 969,29

8 750,04

8 794,94

8 073,01

6 360,34

10 492,76

12 526,44

Gasto total (porcentaje del PIB)

19,87

22,74

22,85

20,79

10,83

13,89

12,08

Gasto total (porcentaje del presupuesto nacional)

41,08

41,33

40,03

45,25

35,57

44,54

37,93

Educación (porcentaje del presupuesto nacional)

16,90

16,19

15,08

16,83

15,23

15,65

14,59

Salud (porcentaje del presupuesto nacional)

8,78

8,18

8,33

10,35

9,25

10,39

9,28

PIB a precios actuales de mercado

156 358,00

157 122,00

180 282,00

217 552,00

391 505,00

413 114,00

448 072,00

Presupuesto nacional

75 611,02

86 431,61

102 922,24

99 962,49

119 255,09

128 882,53

142 775,60

Fuente: Estadísticas de 2010 del Ministerio de Hacienda del Gobierno de Guyana.

43.Tras establecer una sólida trayectoria de reformas macroeconómicas y estructurales, Guyana logró reducir su deuda tanto en el marco de la Iniciativa de los países pobres muy endeudados (PPME) como de la Iniciativa para el Alivio de la Deuda Multilateral (IADM). Dado que Guyana es, desde 2005, uno de los países que han alcanzado el punto de culminación, se le ha otorgado el derecho de acceder a ayuda completa e irrevocable para el alivio de su deuda en el marco de la Iniciativa ampliada para los PPME así como en el marco de la IADM.

44.Estas iniciativas de alivio de la duda, sumadas a la gestión prudente de la deuda realizada por Guyana, incluso con políticas cautelosas y responsables de solicitud de préstamos, permitieron al país reducir su deuda externa de 2.000 millones de dólares de los Estados Unidos en el decenio de 1990 a 833 millones de dólares de los Estados Unidos en 2008, a la vez de seguir accediendo a otros préstamos para mejorar aún más la situación del país. Esto se logró a pesar de que el otorgamiento de nuevos préstamos para financiar programas sociales y de infraestructura fundamentales se había reducido a nivel internacional. Gracias a esa gestión fiscal y financiera más eficaz y prudente, la cartera de préstamos de Guyana con las instituciones financieras internacionales se ha reducido a medida que ha ido desarrollando una mayor capacidad para generar ingresos para la expansión y el desarrollo del país. La Unión Europea sigue prestando apoyo presupuestario.

45.La Estrategia nacional de desarrollo del Gobierno de Guyana se basa en la Estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono y en la Estrategia de lucha contra la pobreza, con el apoyo de una serie de políticas y programas sectoriales destinados a mejorar la calidad de vida y reducir la pobreza. Las cuantiosas asignaciones presupuestarias destinadas específicamente a los sectores de la salud y la educación, que representan el 25% del presupuesto anual, más el 12% del presupuesto anual que se dedica a la vivienda, el abastecimiento de agua y las redes de seguridad social, ilustran este punto.

46.El Programa de la estrategia de lucha contra la pobreza (2005-2008) y su sucesor el PRSP11 (2008-2012) han contribuido a reducir la pobreza y aumentar el acceso y la equidad en el acceso a los servicios para los pobres y los vulnerables, y ha generado mayores oportunidades de seguridad social. La reducción de la mortalidad infantil, materna y en la niñez y de la malnutrición reflejan el éxito de estas medidas de lucha contra la pobreza. La esperanza de vida al nacer también ha aumentado de un promedio de 61 años en 1992 a 67 años en 2008. El "MDG Guyana Outlook 2007" y sus actualizaciones más recientes muestran que se espera que Guyana alcance cinco de los ocho objetivos en 2015.

47.En el informe de 2007 sobre la situación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio se indica que Guyana progresó en buena medida con respecto a las líneas de base disponibles así como en comparación con el informe respectivo de 2003. El progreso más destacado tiene que ver con las metas relativas al hambre, la enseñanza primaria, la sostenibilidad del medio ambiente y el empoderamiento de la mujer. Ese progreso también indica que Guyana está en vías de lograr esos objetivos para 2015. A continuación se comparan las evaluaciones de los informes de 2003 y 2007. El Gobierno de Guyana, en colaboración con el PNUD, está preparando actualmente un nuevo informe sobre la situación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para los años 2007 a 2009.

Cuadro 4

Objetivos de Desarrollo del Milenio

Probabilidad de que se logre para 2015

Objetivos

Metas

2006

2003

Objetivo 1

Meta 1: erradicar la pobreza extrema

posible

posible

Meta 2: erradicar el hambre

probable

posible

Objetivo 2

Lograr la enseñanza primaria universal

probable

probable

Objetivo 3

Promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer

probable

probable

Objetivo 4

Reducir la mortalidad infantil

improbable

improbable

Objetivo 5

Mejorar la salud materna

improbable

improbable

Objetivo 6

Meta 1: combatir el VIH/SIDA

posible

improbable

Meta 2: combatir el paludismo y otras enfermedades

improbable

improbable

Objetivo 7

Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente

probable

posible

Objetivo 8

No evaluado

-

-

Fuente: Informe de Guyana de 2007 sobre los ODM.

48.Sin embargo, problemas como la escasez de cierto tipo de mano de obra especializada y un programa exigente de infraestructura que debe ser mantenido permanentemente (barreras de contención marítimas y fluviales, riego y drenajes), agravados aún más por el cambio climático, seguirán representado una parte importante de los desafíos que debe afrontar el país.

49.El Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo han cancelado aproximadamente 800 millones de dólares de los Estados Unidos de la deuda de Guyana y, en mayo de 2009, el Directorio del Banco Mundial aprobó la Estrategia de asistencia al país para el período comprendido entre 2009 y 2012 en apoyo del programa de desarrollo de Guyana. Esto ha permitido liberar recursos para invertir en el sector social, incluso en relación con las mujeres y los niños.

50.Los desafíos persisten, y Guyana seguirá centrándose en sus prioridades para sostener el crecimiento y continuará con sus reformas y aumentando la eficacia de sus políticas de lucha contra la pobreza. Guyana sigue siendo vulnerable a los impactos externos y a la incertidumbre del actual clima económico mundial. A fin de reducir decididamente su vulnerabilidad al endeudamiento, Guyana seguirá aplicando políticas cautelosas de obtención de préstamos y fortaleciendo su gestión de la deuda pública. El Comité tal vez desee remitirse al informe presentado por Guyana al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal en marzo de 2010, en el que encontrará más información sobre la economía y los desafíos que enfrenta el país.

51.Cabe señalar que Guyana, que está ubicado en la cuenca del Amazonas y es uno de los seis países comprendidos en el Escudo guayanés, tiene uno de los cuatro bosques tropicales que quedan intactos en el mundo. Las iniciativas del Estado parte en materia de cambio climático, que comienzan con una trayectoria de ordenación cuidadosa y prudente de sus bosques tropicales (se usa solamente el 0,01%), la Política de prevención de la deforestación, de 2008, y la Estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono, de 2009, determinan el marco para un nuevo proceso de desarrollo sostenible basado en un modelo de bajas emisiones de carbono.

c)Demografía

52.De acuerdo con el censo de 2002, de la población multirracial total de 751.223 personas, un poco menos de la mitad de las personas que viven en Guyana son mujeres o niñas. El 50,1% son varones mientras que el 49,9% son mujeres. Con respecto a la distribución por edades, el 25,7% de la población tiene entre 0 y 14 años de edad y, de ellos, 101.319 son varones mientras que 97.505 son mujeres; el 68,7% de la población tiene entre 15 y 64 años de edad, y de ellos 268.058 son varones y 262.595 son mujeres. La población de más edad, que abarca a las personas de 65 o más años de edad, representa el 5,5% de la población total y está comprendida por 17.938 varones contra 24.883 mujeres.

53.La población de Guyana ha cambiado apenas levemente en los últimos 20 años. En 2001 era de 751.223, es decir, 35.894 personas o 1,2% menos que la población de 1980. Sin embargo, detrás de ese cambio aparentemente leve registrado en los últimos 20 años, hay variaciones muy importantes en los datos entre un censo y otro y cambios regionales en la población. Entre 1980 y 1990, la población se redujo un 4,8%; esto se debió no solamente a las muy altas tasas de emigración provocada por la falta de democracia y las durísimas condiciones económicas y sociales, sino también a las tasas muy elevadas de mortalidad infantil, materna y en la niñez. Dado que la tasa natural de crecimiento demográfico de Guyana es del 1% anual, esto representó una disminución de alrededor del 15% en la población de Guyana. Entre 1990 y 2001, la población aumentó un 3,8%, mucho menos que la tasa natural acumulativa de aumento.

54.La tendencia migratoria se atenuó en cierta medida entre 1990 y 2002, y la población registró un aumento de alrededor de 27.000 personas. Otro factor que también contribuyó al modesto aumento de la población fue la reducción de la mortalidad infantil y en la niñez, así como el regreso de emigrantes guyaneses a principios del decenio de 1990. La tendencia migratoria se ha vuelvo más lenta en el último decenio, en comparación con la registrada en los años ochenta.

55.El censo de 2002 puso de relieve la siguiente estructura de edades en Guyana:

Cuadro 5

Estructura de edades en Guyana

Hombres

Mujeres

Total

De 0 a 14 años (35,5%)

135 629

131 518

267 147

De 15 a 64 años (66%)

226 058

226 551

452 609

De 65 años y más (4,2%)

14 347

17 120

31 467

Fuente: Censo de población y vivienda de 2002.

56.Dado que el censo de 2002 fue el último Censo de población y vivienda realizado en Guyana, sólo se dispone de estimaciones proyectadas de la población para los años posteriores. Actualmente se están haciendo los preparativos para la ronda de censos de población y vivienda de 2012, que se llevará a cabo como parte de la ronda de censos mundiales de población y vivienda de las Naciones Unidas de 2010 (como sucedió en 2002).

57.En 2007 se estimó que la población de Guyana era de 764.000 habitantes. Se estima que la población menor de 18 años de edad era de aproximadamente 267.000 personas en 2007, mientras que la población de menos de 5 años de edad era de alrededor de 70.000 niños. Guyana tiene una población rural numerosa, ya que sólo aproximadamente el 27% de su población vive en zonas urbanas.

58.En Guyana hay 10 regiones administrativas. En términos de distribución, la Región 4 es la más poblada de Guyana, con alrededor del 41% de la población. El número de personas que viven en esta región se ha mantenido bastante constante en los últimos 20 años. La Región 6 es la segunda región más poblada del país, con alrededor del 17% de la población de Guyana. Sin embargo, también es la región que experimentó el nivel más alto de emigración interna en los últimos dos decenios. La población de todo el interior del país aumentó en los últimos 20 años, pero la Región 8 fue la que registró la tasa de aumento más alta como resultado de la migración interna.

59.En Guyana viven más de 50.000 pueblos amerindios (indígenas) establecidos en 134 comunidades con título y que pertenecen a 9 grupos diferentes, que viven principalmente en el interior y en las zonas ribereñas de Guyana. Según el censo de 2002, la población amerindia era la que crecía con mayor rapidez en comparación con otros grupos étnicos, con una tasa de crecimiento demográfico de 47,3% entre 1991 y 2002, lo que equivale a una tasa de crecimiento anual de 3,5%. Actualmente representan el 9,2% de la población guyanesa. Esto se atribuye al mejor acceso que tienen a la salud y la educación, el agua, otros bienes y servicios, programas de desarrollo comunitario y más actividades económicas en esas zonas.

60.Hay varios factores a los que pueden atribuirse los cambios subyacentes registrados en la población de las distintas regiones. En primer lugar, la mayor expansión de las actividades económicas en la Región 4, acompañada de un alto grado de distribución del programa estatal de vivienda para familias de bajos ingresos en las diez regiones, ha contribuido a la estabilidad de la población. En segundo lugar, el aumento de las actividades de minería y silvicultura en las regiones del interior y las inversiones en cuatro centros de llamadas nuevos con la consiguiente generación de empleo en tres regiones, puede explicar el aumento de la población en esas regiones. En tercer lugar, el crecimiento demográfico en la Región 10 refleja un aumento de las actividades de extracción de oro, silvicultura y agricultura. El país también recibe aproximadamente 300 personas ilegales por año, que son devueltas de los Estados Unidos, el Canadá y el Reino Unido, así como de países del Caribe, de los cuales aproximadamente el 30% son deportados por actividades delictivas. En ese grupo, las mujeres son una minoría.

Parte IIEl marco constitucional, legislativo y administrativopara la aplicación de la Convención

61.Ya se puso de relieve el proceso de reforma constitucional que se llevó a cabo entre 1999 y 2003, junto con una serie de reformas parlamentarias sólidas y modernas, comparables a las de muchos países democráticos más desarrollados del Commonwealth.

62.La Constitución, que es la ley suprema del país, se basa en el estado de derecho, y cualquier otra ley que sea incompatible con ella es nula y sin valor en la medida de esa incompatibilidad. Garantiza los derechos humanos que están consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos. El artículo 154 A) 1) establece que los derechos deben ser respetados y defendidos por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y los organismos públicos y, cuando proceda, por todas las personas físicas y jurídicas. La CEDAW es uno de los instrumentos mencionados en la lista. En el capítulo III de la Constitución se prevén además los derechos y libertades fundamentales de las personas. En consecuencia, al interpretar las disposiciones sobre los derechos fundamentales, los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y los organismos públicos han de tener debidamente en cuenta el derecho internacional, las convenciones, pactos y cartas sobre derechos humanos.

63.El artículo 40 1) establece que en Guyana corresponde a todas las personas el derecho básico a una vida satisfactoria, creativa y productiva, libre del hambre, la ignorancia y la necesidad. Ese derecho abarca los derechos y libertades fundamentales de la persona. En el artículo 40 2) se prevén limitaciones al goce de esos derechos, formuladas para velar por que el disfrute por una persona de dichos derechos y libertades no sea en perjuicio de los derechos y libertades de otras personas. El artículo 38 A) d) dispone además que el Estado prestará el apoyo que corresponda a cualquier grupo que alegue estar sujeto a la amenaza de marginación.

64.Una novedad importante de la Constitución enmendada es que protege los derechos de las mujeres al eliminar la discriminación por motivos de género, sexo y embarazo, entre otros. El Estado parte observa que es importante que se haga esta distinción, ya que la discriminación contra la mujer es el resultado tanto de sus características biológicas como de su género, que es una creación social, cultural y psicológica. Guyana reconoce además que la discriminación por razón del sexo comprende la violencia basada en el género. El Estado parte cumple el artículo 1 de la CEDAW.

65.Así se reconoció mediante la promulgación de la Ley de violencia doméstica, Nº 8 de 1996, y en un proyecto de ley nuevo y moderno sobre delitos sexuales que se sometió a consideración de una Comisión Parlamentaria Especial (julio de 2009) y que fue aprobado por la Asamblea Nacional el 22 de abril de 2010, así como otras medidas y políticas destinadas a prevenir y castigar la violencia.

66.El Gobierno de Guyana promueve, protege y garantiza los derechos humanos de la mujer tanto de derecho como de hecho. Los derechos de las mujeres están protegidos mediante una serie de medidas legislativas, judiciales (de la justicia penal, civil y administrativa) y normativas en los tres poderes del Estado. A continuación se describen una serie de mecanismos establecidos para proteger a la mujer en la sociedad de Guyana:

i)Disposiciones constitucionales sobre derechos humanos, que prevén la posibilidad de recurrir a un tribunal en caso de violación de esos derechos;

ii)El artículo 212 de la Constitución crea cinco órganos constitucionales encargados de proteger y garantizar los derechos humanos; cuatro de ellos —la Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género, la Comisión de Pueblos Indígenas, la Comisión de los Derechos del Niño y la Comisión de Relaciones Étnicas— son designados en virtud de un mecanismo parlamentario consensual y una Comisión Parlamentaria Permanente de Nombramiento de los Miembros de las Comisiones, y el Presidente nombra a los candidatos que han surgido de ese proceso. Al constituir esas cuatro Comisiones, el Estado parte está obligado por la Constitución a crear el Comité de Derechos Humanos que cumplirá la función de secretaría para las cuatro Comisiones y que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 212 J) 2) e), está obligado a proteger los derechos humanos e investigar abusos, resolver controversias o rectificar actos u omisiones mediante la mediación, la conciliación o la negociación.

iii)Las Comisiones del poder judicial, la policía y la administración pública también son designadas como las Comisiones de Derechos Humanos, en virtud de un mecanismo parlamentario consensual.

iv)La Autoridad de Denuncias Policiales, designada por ley, también es un organismo importante en lo que respecta a la supervisión de las denuncias y las investigaciones de la Fuerza de Policía de Guyana.

v)Las cuatro comisiones parlamentarias sectoriales permanentes previstas en la Constitución y designadas por primera vez en 2003 supervisan todos los aspectos del desempeño y las políticas del Gobierno. La Comisión Parlamentaria Sectorial de Servicios Sociales supervisa en particular a los organismos del sector social y, en ese contexto, se encarga de los asuntos de interés para las mujeres y los niños. Todas estas comisiones funcionan y presentan informes anuales a la Asamblea Nacional.

vi)En los apartados ii) a v) se prevén las modalidades de supervisión y representación ante esos organismos de denuncias, que investigan y promueven el cambio.

vii)Una serie de políticas como la denominada "Stamp it Out", que combate la violencia doméstica y sexual, así como las relacionadas con la salud, la educación, el trabajo y la vivienda (que se describen en mayor detalle en el presente informe), reafirman la igualdad de la mujer y su derecho a acceder en condiciones de igualdad a los bienes y servicios que ofrece el país.

viii)También existen mecanismos administrativos en los ministerios y organismos del Estado para atender las preocupaciones relacionadas con los derechos de la mujer y velar por que las mujeres sean incluidas en las consultas que se celebren sobre todas las políticas y programas nuevos del Gobierno. A continuación se mencionan algunas:

a)La Oficina de Asuntos de la Mujer, dentro del Ministerio de Servicios Humanos, abarca a la mayoría de las organizaciones de mujeres de Guyana y actúa como órgano de coordinación de sus intereses y ofrece un foro de consulta y promoción.

b)Cada una de las diez administraciones regionales tiene un Comité Regional de la Mujer, con programas y actividades en sus respectivas circunscripciones geográficas, que promueven los intereses de la mujer en los Centros Democráticos Regionales y reciben apoyo financiero, técnico y de otra índole para poner en práctica sus programas.

c)Cada una de las diez administraciones regionales tiene un Comité Regional de la Estrategia de lucha contra la pobreza, que tiene una base amplia y cuenta siempre con una vigorosa representación de mujeres de esas comunidades.

67.El Comité tal vez desee tomar nota de que tras un intento fallido (no se obtuvo la mayoría exigida de 2/3) en 2005, en la octava legislatura, de designar a la Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género, el Comité de Nombramientos logró lanzar las candidaturas para la designación en la novena legislatura, en 2009, y sus miembros nombraron a los nuevos presidente y vicepresidente el 21 de abril de 2010. Se espera que la Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género esté funcionando plenamente para mediados de 2010.

68.El Comité tal vez desee observar que las Comisiones de Derechos Humanos están financiadas por el Gobierno con instalaciones, personal y apoyo técnico y asignaciones presupuestarias anuales aprobadas por la Asamblea Nacional. Esas comisiones también rinden cuentas directamente ante la Asamblea Nacional.

69.Las relaciones exteriores de Guyana se rigen por el respeto de los derechos y libertades fundamentales. Con ese fin, el artículo 37 de la Constitución establece que las relaciones exteriores se basan, entre otros factores, en el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

70.Con respecto a la promoción y la protección de los derechos de los ciudadanos en el exterior, el artículo 31 establece que es deber del Estado proteger los derechos y los intereses justos de los ciudadanos que residen fuera del país.

71.En cuestiones de extradición, la Ley sobre delincuentes prófugos, capítulo 10.04 (modificada por la Ley Nº 30 de 2009) impone restricciones generales a la extradición. De acuerdo con el artículo 8 1) a), b) y c) de la Ley principal, ninguna persona será extraditada de Guyana, ni será enviada a prisión ni mantenida en prisión con fines de extradición si a juicio del Ministro o de cualquier tribunal, el delito del que se acusa a la persona, o por el cual ésta ha sido condenada, es de carácter político; el pedido de extradición, aunque pretenda hacerse alegando la existencia de un delito extraditable, en realidad se formula con el fin de procesar o castigar al autor por motivos de raza, tribu, sexo, religión, nacionalidad u opiniones políticas, y si la persona es extraditada, se verá perjudicado en el juicio o será castigado o detenido o se le restringirá la libertad personal por motivos de raza, tribu, sexo, religión, nacionalidad u opiniones políticas. La enmienda más reciente de la Ley sobre delincuentes prófugos, de 22 de octubre de 2009, prohíbe la extradición a un tercer país.

Parte IIIExamen realizado por Guyana de los progresos alcanzados en la aplicación actual de la Convención (artículos y recomendaciones generales sobre los artículos) dentrode su territorio o jurisdicción y el goce de sus disposiciones por las personas que se encuentren dentro desu territorio o jurisdicción

Artículo 1

72.El Estado parte reconoce el término discriminación tal como está previsto en el artículo 1 de la CEDAW. El artículo 149 d) de la Constitución define la discriminación como el trato diferente dispensado a personas diferentes, atribuible total o principalmente a su descripción o a la de sus padres sobre la base de la raza, el lugar de origen, la opinión política, el color de la piel, el credo, la edad, la discapacidad, el estado civil, el sexo, el género, el idioma, el nacimiento, la clase social, el estado de gestación, la religión, la convicción, la creencia o la cultura, en virtud del cual las personas que se ajustan a esa descripción por cualquiera de los motivos indicados están sujetas a incapacidades o restricciones a las que no están sujetas otras personas, o gozan de privilegios o ventajas que no se otorgan a otras personas de la misma u otra descripción.

Artículo 2

73.Al Comité le preocupa que sigan existiendo disposiciones jurídicas discriminatorias, en particular la disposición de la Ley penal (Delitos) que tipifica como delito que una muchacha de 16 años mantenga relaciones sexuales con un familiar, por ejemplo, su abuelo o hermano, y la hace pasible de una pena de hasta siete años de prisión; y la Ley de patrimonio conyugal, que impide que los cónyuges económicamente no activos gocen de los mismos derechos en materia de división del patrimonio, y que afecta de una manera desproporcionada a las mujeres.

74.El Comité insta al Estado parte a que emprenda una reforma jurídica amplia de conformidad con las obligaciones que le impone la Convención y, en particular, a que elimine sin mayor demora las disposiciones discriminatorias del derecho penal y del derecho civil para asegurar el pleno cumplimiento de lo previsto en los artículos 2 y 16 de la Convención. El Comité pide al Estado parte que brinde el apoyo necesario a la Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género para que pueda atribuir alta prioridad al estudio de la legislación vigente y futura, de modo que se ajuste a las disposiciones de la Convención, y para que presente recomendaciones relativas al cumplimiento de los instrumentos internacionales en que el Estado es parte.

75.El Estado parte toma en cuenta las observaciones finales 21 y 22 del Comité acerca de la existencia de disposiciones jurídicas discriminatorias, en particular la disposición de la Ley penal (Delitos) que tipifica como delito que una muchacha de 16 años mantenga relaciones sexuales con un familiar, por ejemplo, su abuelo o hermano, y la hace pasible de una pena de hasta siete años de prisión, y desea informar al Comité de que el nuevo proyecto de ley sobre delitos sexuales, mencionado anteriormente en el presente informe, elimina ese delito. El Gobierno de Guyana comunica respetuosamente que la Ley penal (Delitos) ha sido modificada por el proyecto de ley sobre delitos sexuales de 2010.

76.El nuevo proyecto de ley sobre delitos sexuales extiende la protección a las niñas y las protege del abuso sexual practicado por familiares y hombres mayores. El proyecto trata de cuestiones como la violación, la agresión sexual y actividades sexuales con personas menores de 16 años, y el encuentro con un niño después de someterlo a manipulación psicológica con fines sexuales (grooming). También aborda conceptos como la relación de confianza, y otros delitos como la exposición de los genitales y el voyeurismo. Establece que, con respecto a los delitos sexuales perpetrados en perjuicio de niños, comete el delito de violación de una persona menor de 16 años todo aquel que practique la penetración sexual con la víctima o que obligue a la víctima a practicar la penetración sexual con un tercero (arts. 10 a 13 y 21).

77.El delito de relación sexual con un familiar adulto comprende la actividad sexual entre determinados parientes por consanguinidad que sean adultos —padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos (arts. 16, 17 y 22).

78.El Estado parte también desea aprovechar esta oportunidad para corregir un error que figura en las recomendaciones del Comité en lo que respecta a la Ley de patrimonio conyugal, y que consistió en deducir que esa ley impide que los cónyuges económicamente no activos gocen de los mismos derechos en materia de división del patrimonio, y que afecta de una manera desproporcionada a las mujeres.

79.La ley protege los derechos patrimoniales tanto de las mujeres en uniones de hecho como de las que han contraído matrimonio legal oficialmente. La Ley de patrimonio conyugal, en su capítulo 45:04, permite que las mujeres adquieran la propiedad o la tenencia de bienes muebles e inmuebles a título personal o como cotitular con otra persona que no sea su esposo. Las mujeres casadas pueden aceptar enajenaciones de bienes, contraer un préstamo o constituir una hipoteca, nombrar un representante legal y comparecer ante los tribunales para pedir el divorcio en su propio nombre y no a través de un amigo, como sucedía en el régimen del common law. De acuerdo con lo dispuesto en el capítulo 45:02 de la Ley de causas matrimoniales, una mujer puede comparecer ante un tribunal para pedir la protección de bienes adquiridos por sus propios medios legítimos antes o después del matrimonio o durante éste. Con arreglo a la ley, la mujer separada o divorciada tiene derecho a la mitad de los bienes del matrimonio disuelto, si durante el matrimonio estuvo empleada sistemáticamente, y a la tercera parte de los bienes si no lo estuvo.

80.El artículo 16 9) de la Ley de patrimonio conyugal, capítulo 45:04, establece que cuando las partes han vivido juntas menos de cinco años, el Juez que entienda en el asunto podrá tener en cuenta, a los efectos de dictar una resolución sobre los bienes objeto de la controversia, la contribución aportada por el cónyuge al matrimonio y al bienestar de la familia: a) durante cinco años o más si la parte demandante no trabajó durante la tercera parte del período; b) durante cinco años o más si la parte demandante trabajó durante la mitad del período. El Estado parte reconoce respetuosamente que esta ley no es neutra desde el punto de vista del género.

81.El Estado parte está firmemente decidido a garantizar la igualdad vertical y horizontal así como a eliminar la discriminación basada en la distinción entre la esfera privada y la pública. El Estado parte se refirió a la Ley de igualdad de derechos y a la Ley de prevención de la discriminación en un informe anterior. No obstante, las observaciones del Comité se examinan en el presente informe, en la sección relativa al artículo 11. La legislación laboral también protege los derechos de la mujer en el empleo. Se han tomado otras medidas administrativas que apuntan a lograr que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres en todas las esferas.

Artículo 2 a)

82.El principio de igualdad y no discriminación ha sido incorporado en la Constitución revisada y en otras leyes. En el artículo 149 de la Constitución se prevé la protección contra la discriminación. En el artículo 149 d) se establece la igualdad de las personas ante la ley; en el artículo 149 e) la igualdad en general y en el 149 f) la igualdad entre el hombre y la mujer. El Estado parte apunta a garantizar que todas las leyes nuevas que se redacten sean neutras desde el punto de vista del género.

Artículo 2 b)

83.El Estado parte sigue adoptando medidas legislativas y administrativas, entre ellas leyes, sanciones y políticas, que prohíben la discriminación contra la mujer.

Artículo 2 c)

84.En el artículo 149 F) 1) de la Constitución se establece que la mujer tiene los mismos derechos e igual condición que el hombre en todos los ámbitos de la vida política, económica y social. Además, el artículo 149 F) 2) dispone que la mujer tiene derecho a acceder, en un pie de igualdad con el hombre, a la formación académica, vocacional y profesional, a las mismas oportunidades en materia de empleo, remuneración y ascensos y en las mismas actividades sociales, políticas y culturales.

Artículo 2 e)

85.El artículo 149 1) de la Constitución consagra el estado de derecho, en virtud del cual ninguna ley podrá contener disposiciones que sean discriminatorias ya sea por sí mismas o por efecto de otras, y ninguna persona podrá ser tratada de manera discriminatoria por otra persona que actúe en virtud de una ley escrita o en ejercicio de las funciones de cualquier oficina pública o autoridad pública.

Artículo 2 f) y g)

86.El Gobierno ha emprendido amplias reformas de las leyes que incurren en discriminación contra la mujer. En diciembre de 2005, la Asamblea Nacional aprobó la Ley penal (de enmienda) (Delitos) (Edad de consentimiento), Nº 16 de 2005, en la que elevó de 13 a 16 años la edad a la que una niña puede dar válidamente su consentimiento. La Ley (de enmienda) de matrimonios se aprobó simultáneamente con la anterior, para permitir el matrimonio de personas de entre 16 y 18 años de edad con el consentimiento de los padres, y de más de 18 años por su propia voluntad.

87.En 1996, Guyana despenalizó el aborto y promulgó la Ley de interrupción médica del embarazo, que otorgó a las mujeres el derecho a elegir y les dio la posibilidad de acceder al aborto en condiciones de seguridad. La Ley sobre la violencia doméstica se aprobó en 1997. Ambas leyes fueron objeto de un análisis exhaustivo en consultas públicas y posteriormente examinadas y modificadas por comisiones parlamentarias especiales en la sexta legislatura.

88.El documento normativo titulado "Stamp It Out" (2007), el documento normativo sobre violencia doméstica (2007) y las consiguientes campañas sostenidas iniciadas por el Gobierno de Guyana por conducto del Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social apuntan a completar el marco legislativo nacional aplicable a la mujer de conformidad con las normas y derechos internacionales, así como a sensibilizar a la sociedad respecto de los prejuicios que existen en contra de las mujeres y a reducir todas las formas de violencia contra la mujer. En el sitio web del Gobierno figura una copia del documento normativo "Stamp It Out". Véase el apéndice I.

89.Como ya se señaló, la nueva Ley sobre delitos sexuales elimina los artículos obsoletos de la Ley penal (Delitos) en relación con los delitos sexuales.

90.Más recientemente (noviembre de 2009), se modificó la reglamentación de la Ley del Plan Nacional de Seguros de la Seguridad Social para eliminar uno de los últimos aspectos en los que se discriminaba en contra de la mujer, como viudas y personas a cargo en virtud de ese plan.

91.El Estado parte toma nota de las observaciones del Comité que figuran en los párrafos 22, 23 y 24, a las que responde en la sección relativa al artículo 11 y en la parte V del presente informe.

92.El Estado parte toma nota asimismo de las observaciones formuladas por el Comité en los párrafos 25 y 26, y desea informar al Comité de que en los últimos tres años el Estado parte ha estado invirtiendo en sistemas de recolección y gestión de datos en el sector social, el sector de la seguridad y el sector financiero, en los que, cuando procede, los datos se desglosan por género.

Artículo 3

93.De conformidad con el artículo 29 de la Constitución, la participación de la mujer en los diversos procesos de gestión y de adopción de decisiones, ya sean privados, públicos o estatales, se alentará y se facilitará mediante leyes aprobadas con ese u otros fines.

94.Cabe destacar la disposición legal que impone a los partidos políticos la obligación de incluir como mínimo un tercio de mujeres en sus listas de candidatos para las elecciones nacionales y regionales, para tener derecho a participar en las elecciones (artículo 11 B) de la Ley de representación popular, capítulo 1:03, en su forma enmendada por la Ley Nº 2 de 2001). Desde que se promulgó esta ley, para las elecciones nacionales y regionales de 2001, el número de mujeres parlamentarias aumentó tanto en la octava legislatura (2001-2006) (20 de 65 miembros) como en la novena (2006-2011) (22 de 65 miembros), a alrededor de un tercio de los miembros de la Asamblea Nacional.

95.El Estado parte, en el informe que presentó a la Organización de Estados Americanos el 17 de abril de 2009 en respuesta al cuestionario de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la participación política de la mujer (apéndice III), hizo un desglose de las mujeres en puestos de adopción de decisiones en el sector estatal, y proporcionará información adicional al Comité. Se solicita al Comité que se remita a la sección relativa al artículo 7, en la parte III del presente informe, donde encontrará más información.

96.Por primera vez, una mujer preside el Congreso de Sindicatos de Guyana (2008) y más mujeres integran el órgano ejecutivo del movimiento laboral. El sector privado sigue estando dominado por los hombres a nivel directivo, pero en vista del número cada vez mayor de mujeres que son dueñas de sus propias empresas en el sector de las microempresas y las empresas pequeñas, este perfil podría cambiar en los próximos 5 a 10 años. Guyana sigue la tendencia mundial, en la que hay un alto porcentaje de mujeres económicamente activas en el mercado informal.

97.Desde el decenio de 1980, se han incorporado mujeres a los Servicios de Disciplina (Fuerza de Defensa de Guyana, Fuerza de Policía de Guyana, Servicio de Bomberos de Guyana y Servicio de Cárceles de Guyana), y si bien ninguna de ellas ha llegado a la cima, han ocupado y siguen ocupando cargos de alto rango como oficiales en todos los servicios.

98.En cambio, cabe señalar que a nivel de las comunidades, en particular en las organizaciones con base en la comunidad y en las organizaciones religiosas, predominan las mujeres.

99.En las elecciones celebradas recientemente (julio de 2009) para integrar el órgano ejecutivo de 20 miembros del Consejo Nacional de Toushaos, por primera vez resultó electa Presidenta una mujer toushao, y otras seis mujeres toushao fueron elegidas como miembros del Consejo.

Recomendación general Nº 18 – Mujeres con discapacidad

100.En el censo de 2002 había 48.419 ciudadanos —el 6,4% de la población total— que tenían alguna forma de discapacidad. El número de mujeres superaba al de hombres: 51,1% de mujeres contra 48,8% de hombres con discapacidad. De las 42.577 personas con discapacidad que formaban parte de la población en edad de trabajar, el 22% integraba la fuerza de trabajo, y de ellos el 86% había buscado trabajo y estaba empleado y el 14% estaba desempleado. En comparación, de las personas sin discapacidad, el 88% estaba empleado y el 12% estaba desempleado. Con respecto al nivel de educación alcanzado, el 7,4% (3.483) de las personas con discapacidad estaba asistiendo actualmente a una institución de enseñanza, ya fuese a tiempo completo o a tiempo parcial, y no había diferencias de género en las tasas de matriculación. La proporción de mujeres de edad con discapacidad (56,4%) es más alta que la de hombres (43,6%). Generalmente se observa que la proporción de mujeres con discapacidad es más alta que la de hombres, en todas las categorías de discapacidades.

Medidas adoptadas

101.El Gobierno de Guyana ha tomado medidas especiales para lidiar con la situación particular en la que se encuentran las mujeres con discapacidad, incluso medidas especiales para garantizar que tengan las mismas oportunidades de acceso a la educación y al empleo, a los servicios de salud y a la seguridad social, y que puedan participar en todos los ámbitos de la vida social y cultural. El Gobierno de Guyana encara la discapacidad con un enfoque basado en los derechos. El Gobierno ha asumido el compromiso de velar por que cada ciudadano con discapacidad pueda gozar plenamente y en un pie de igualdad de los derechos consagrados en el ordenamiento jurídico y sea capaz de participar plenamente en la sociedad, mediante la aprobación y la aplicación de leyes que otorguen a las personas salvaguardias contra la discriminación en los lugares de trabajo, las instituciones de enseñanza y los centros de atención médica y de rehabilitación, y un mejor acceso a los servicios públicos. El Gobierno reconoce que las mujeres con discapacidad sufren una doble discriminación, como mujeres y como personas con discapacidad.

102.El artículo 149 2) de la Constitución define la discriminación como el trato diferente dispensado a personas diferentes, atribuible total o principalmente, entre otros motivos, a su descripción o a la de sus padres o tutores como personas con discapacidad.

103.En 1996 se estableció por primera vez una Comisión Nacional de la Discapacidad, nombrada por el Presidente, que continúa funcionando. Esta Comisión, que es un órgano asesor del Presidente y es financiada por el Gobierno, incluye representantes de las organizaciones no gubernamentales (ONG) de personas con discapacidad, y tiene el mandato de promover los derechos de las personas con discapacidad y diseñar y ejecutar programas destinados a lograr la igualdad de oportunidades para esas personas. La Comisión se mantiene en contacto con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social.

104.Se pide al Comité que se sirva tomar nota de que la nueva Ley de personas con discapacidad prevé la creación de una Comisión de la Discapacidad.

105.La División de Servicios de Rehabilitación del Ministerio de Salud ofrece servicios de audiología, terapia ocupacional, fisioterapia y foniatría. El Taller de Prótesis del Ministerio de Salud suministra miembros artificiales a personas necesitadas a precios subsidiados. En la esfera de la enseñanza, varias personas con discapacidad han podido aceptar becas del Gobierno para estudiar medicina y otras disciplinas en el marco del acuerdo sobre becas entre Guyana y Cuba.

106.En 2007 el Gobierno de Guyana se adhirió a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que impone a los gobiernos la obligación de proporcionar atención en condiciones de igualdad y programas de apoyo a las personas con discapacidad.

107.En el Plan Nacional de Salud para 2004-2007, la rehabilitación y la discapacidad eran una parte integral del Programa de desarrollo de la salud. La División de Discapacidad y Servicios de Rehabilitación del Ministerio de Salud diseñó el Plan Estratégico para 2004-2008 y su actualización más reciente publicada en 2010, con la participación de interesados de importancia clave. El Plan Estratégico apunta a elaborar estrategias de prestación de servicios preventivos, terapéuticos y de rehabilitación a los niños y adultos que los necesiten. En el marco del Plan Nacional de Salud, el Plan Estratégico facilitó el logro de los objetivos relacionados con la salud de la Estrategia de lucha contra la pobreza y los Objetivos de Desarrollo del Milenio en lo que respecta a la ampliación del acceso de las personas con discapacidad a los servicios de discapacidad y rehabilitación en Guyana.

108.El proyecto de ley sobre personas con discapacidad de 2009 se elaboró mediante un proceso de extensas consultas con todas las ONG para personas con discapacidad y con representantes del Estado. El proyecto de ley sobre personas con discapacidad fue presentado a la Asamblea Nacional en noviembre de 2009 y enviado a la Comisión Parlamentaria Especial para que lo estudiara en mayor detalle; ésta concluyó su labor el 14 de abril de 2010. La aprobación del proyecto de ley está prevista para julio de 2010. El proyecto de ley refleja el compromiso del Gobierno de atender a las necesidades de las personas pobres con discapacidad y trata de brindarles protección y garantizarles la igualdad de oportunidades.

109.La Voluntary Services Overseas, una ONG internacional, en colaboración con el Gobierno y ONG locales, ayuda a prestar apoyo técnico para promover los derechos y los conocimientos de las personas con discapacidad. En el período 2005-2009, la organización trabajó con organizaciones de personas con discapacidad y las ayudó a mejorar su capacidad para ampliar y reforzar sus servicios.

110.Además, organizaciones como la Federación de y para Personas con Discapacidad, el centro de formación profesional Open Doors, la Asociación de Georgetown para personas con discapacidad mental y el Departamento de Fisioterapia del Hospital Público de Georgetown están ofreciendo servicios de apoyo a personas con discapacidad. La Organización de Personas con Discapacidad de Guyana fue creada en 2003 y se desempeña como uno de los órganos marco de la red de organizaciones de personas con discapacidad en Guyana.

111.El Programa de rehabilitación con base en la comunidad de Guyana, que recibe el apoyo del Ministerio de Salud, la OPS y algunas entidades extranjeras, existe desde hace 17 años y trabaja con los Servicios de Rehabilitación del Ministerio de Salud para fortalecer la capacidad médica y de promoción en los grupos de rehabilitación con base en la comunidad en las regiones que anteriormente no tenían ningún servicio.

112.Voluntarios de la organización Juventud para el Desarrollo y de la VSO Business Partnership trabajan en los ámbitos de la fisioterapia, la terapia ocupacional, la foniatría y la terapia del lenguaje, la optometría, la preparación de currículos, la promoción, la comunicación y la alfabetización.

113.El Programa del UNICEF y del Gobierno de Guyana para el país trabaja con diversos Ministerios y ONG en la esfera de la protección de los niños y las personas con discapacidad, prestando especial atención a los niños en el sistema escolar.

114.El Comité Paraolímpico de Guyana colabora con las ONG de personas con discapacidad en la organización de concursos nacionales bienales para promover el deporte entre las personas con discapacidad y darles inclusión, reconocimiento y apoyo oficiales.

Artículo 4

115.El Estado parte toma nota de las observaciones formuladas por el Comité en los párrafos 31 y 32 y asegura al Comité que ha estado aplicando esos enfoques durante varios años en todas sus políticas y programas.

116.El Estado parte tiene en cuenta la Observación final Nº 31, según la cual, como se establece en el artículo 4, párrafo 1, de la Convención, el propósito de las medidas especiales de carácter temporal "tal vez no se entienda en general [en el Estado parte], y esas medidas, que están destinadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer, así como los programas y políticas dirigidos concretamente a las mujeres, puedan considerarse como discriminatorias contra los hombres".

117.El Estado parte asegura al Comité que las normas constitucionales y legales prevén la igualdad en todos los niveles. Sin embargo, hay un retraso cultural en términos de actitudes, prejuicios, tradiciones culturales y religiosas, ignorancia, etc.

118.El Estado parte toma nota de la Recomendación general Nº 5, adoptada en el séptimo período de sesiones en 1988, en la cual se instó a los Estados partes a que hicieran mayor uso de medidas especiales de carácter temporal como la acción positiva, el trato preferencial o los sistemas de cupos para que la mujer se integrase en la educación, la economía, la política y el empleo.

119.De hecho, el Estado parte ha estado aplicando políticas y ejecutando programas que tienen en cuenta inquietudes y problemas específicos de la mujer en la sociedad, especialmente de las pobres y vulnerables, así como las reformas legislativas destinadas a proteger a la mujer, como el proyecto de ley sobre delitos sexuales de 2010. Lo primero es muy evidente en los ámbitos de la educación, la salud y la vivienda y en las redes de seguridad social como el Programa de asistencia a las familias monoparentales, el Programa de asistencia pública, el Programa de circunstancias especiales y los programa de uniforme y alimentación escolares. En el caso del Programa de asistencia a las familias monoparentales y el Programa de asistencia pública, se ayuda a las mujeres a romper el ciclo de la pobreza, para que de esa manera sus familias se beneficien; en el caso del Programa de circunstancias especiales y los programas de uniforme y alimentación escolares, los niños se benefician directamente y las circunstancias de la mujer y las familias mejoran.

120.El Estado parte desea informar al Comité de que entre 2002 y el presente ha habido mejoras sustanciales en los sistemas de recolección de datos y que éstos se desglosan por género en todos los programas mencionados supra.

121.El Estado parte ha reconocido la necesidad de establecer la igualdad de hecho y ha incorporado el principio, en las leyes electorales, de que un tercio de los candidatos propuestos por un partido para las elecciones tanto nacionales como regionales deben ser mujeres.

122.Además, en la Estrategia nacional de desarrollo y los programas de Lucha contra la Pobreza 1 (2004-2008) y 11 (2008-2012) se ha tenido en cuenta de manera consciente y deliberada a las personas pobres y vulnerables de la sociedad, en particular las mujeres, los niños, las personas de edad, las personas con capacidades diferentes y los pueblos amerindios.

123.Las comisiones constitucionales sobre derechos nombradas recientemente, a saber, la Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género (1 hombre y 15 mujeres) y la Comisión sobre Derechos del Niño (2 hombres y 13 mujeres), muestran un nivel desproporcionado de representación del género. Cabe señalar que las candidatas surgieron de un proceso de consenso parlamentario que pidió y recibió candidaturas de la sociedad civil.

Artículo 5 a)

124.El Estado parte toma nota de la importancia que reviste este artículo y ha adoptado las medidas adecuadas para modificar las pautas sociales y culturales de conducta de hombres y mujeres con miras a eliminar prejuicios. La Constitución revisada y las leyes que la apoyan forman un importante marco jurídico para el logro de ese objetivo.

125.Las cifras revelan que si bien desde el punto de vista estadístico no hay una gran disparidad entre la cantidad de hombres y mujeres en la población, el número de mujeres que asisten a la universidad y a instituciones de enseñanza terciaria ha mostrado en los últimos tiempos una tendencia a superar el número de hombres en esa situación. Sin embargo, las mujeres siguen gravitando en lo que se consideran las profesiones femeninas más tradicionales (la docencia y la enfermería). No obstante, más recientemente parece haber un número desproporcionado de mujeres que se gradúan como abogadas y que tienen licencia para ejercer su profesión. También han aumentado las mujeres que obtienen títulos universitarios en ciencias, economía, silvicultura, estudios ambientales, medicina, etc.

126.El Comité tal vez desee tomar nota de que el Estado parte tiene una larga trayectoria, que se remonta a 1946, de defensa de los derechos de la mujer. Esta lucha a favor de los derechos de la mujer ha estado dirigida por las organizaciones de mujeres de los partidos políticos, y posteriormente las organizaciones de mujeres defendieron la causa de la mujer y sus derechos. La fuerza del movimiento de mujeres en Guyana deriva de una amplia combinación del brazo femenino de los partidos políticos, organizaciones de mujeres con intereses especiales, hasta organizaciones religiosas de mujeres de todas las religiones principales (cristianismo, hinduismo e islamismo) y grupos de mujeres con base en la comunidad, que constituyen un poderoso defensor y participante que se hace oír no solamente en todos los asuntos que afectan a las mujeres y a los niños, sino también en los asuntos de importancia nacional.

Artículo 5 b)

127.De conformidad con el artículo 38 B) de la Constitución, en todos los procedimientos y decisiones judiciales que adoptan todos los órganos, incluidos los legislativos en relación con los niños, debe tenerse en cuenta, con carácter prioritario, el interés superior del niño. Además, la Constitución establece los derechos relativos a la adopción, el mantenimiento y el alojamiento, y la educación formal obligatoria hasta los 15 años de edad.

128.Debido al considerable número (29%) de hogares encabezados por mujeres (abuela, tía, madre o tutora), el Estado parte introdujo en 2009 un Programa de asistencia a las familias monoparentales para prestar apoyo a esas jefas de familia con asistencia financiera para servicios de guardería y actividades de capacitación o readiestramiento profesional. El Gobierno presta asimismo asistencia adicional a las familias pobres del cinturón costero y a las familias de las comunidades del interior del país, con subsidios para la adquisición de uniformes escolares a fin de facilitar que todos los niños asistan a la escuela primaria.

129.Por disposición de la ley, todas las empresas y trabajadores por cuenta propia deben inscribirse y contribuir al Plan Nacional de Seguros. Por lo tanto, todos los contribuyentes —incluidas las trabajadoras que están gozando de licencia de maternidad durante tres meses— tienen derecho a recibir prestaciones por enfermedad, subsidios para la compra de anteojos y la atención odontológica, prestaciones por invalidez, gastos fúnebres y pensiones.

130.Los padres pueden solicitar licencia de paternidad, y se les debe conceder.

131.En la capital existen servicios de guardería administrados por el Consejo de la Ciudad de Georgetown, a costos subsidiados para personas de bajos ingresos. No obstante, ha surgido una plétora de guarderías privadas y hasta de guarderías comunitarias debido a la demanda de estos servicios por parte de las madres que trabajan. El Programa de asistencia a las familias monoparentales ofrece vales para compensar algunos de los costos de la guardería.

Artículo 6

Trata de personas

Datos estadísticos

132.Según el informe publicado en 2008 por el Equipo Nacional de Tareas para Combatir la Trata de Personas, en 2007 se presentaron 4 denuncias corroboradas de delitos relacionados con la trata de personas en los que se vieron afectadas 10 presuntas víctimas. Se trataba de personas que habían sido objeto de la trata dentro del país; 9 de las víctimas eran mujeres; todas las víctimas eran menores de 18 años, las edades oscilaban entre los 12 y los 17; 5 de las víctimas eran menores de 16 años; 3 de las víctimas dijeron que habían sido objeto de explotación sexual; 4 trabajaban en empresas comerciales y 3 lo hacían como empleadas domésticas. La policía estaba investigando 6 de esos casos. Uno se había remitido al Jefe de la Fiscalía para que proporcionara asesoramiento legal; 2 se habían llevado ante los tribunales y 1 se había desestimado.

133.En 2008, la Unidad para Combatir la Trata de Personas, establecida en el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, recibió 9 denuncias de trata de personas. Una se estaba investigando, 1 se había llevado ante los tribunales y en los otros 7 casos las presuntas víctimas no habían querido que se enjuiciara a los autores.

134.En 2009, esa Unidad recibió 6 denuncias de trata de personas. Cuatro de los seis casos afectaban a personas objeto de la trata dentro del país y en 2 se había atravesado la frontera. En los 2 casos de trata de personas a través de la frontera, el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social prestó asistencia a las víctimas para que regresaran a su país de origen después de las investigaciones. En 3 casos se abrieron causas y 1 se consideró como un migrante extraviado. En 2009 hubo 4 casos ante los tribunales. Dos de ellos se habían iniciado ese año y los otros 2 se habían iniciado en años anteriores.

Medidas adoptadas

135.El Estado parte observa que la trata de personas es un complejo problema transnacional que es necesario abordar a muchos niveles. Reconoce que tiene sus raíces en la desigualdad de género, factores socioeconómicos, la inmigración y emigración y la actividad delictiva. El Gobierno de Guyana señala que la trata es un ataque contra la integridad de las fronteras nacionales, una amenaza para la seguridad de la población y un atentado contra la dignidad humana.

136.El Estado parte ha abordado ese problema con medidas legislativas y administrativas centradas en la prevención, la protección y la represión. El Gobierno ha emprendido amplias campañas de sensibilización pública y ha realizado actividades de información en las comunidades acerca de los peligros de la trata de personas. La Estrategia global del Gobierno se refleja en el establecimiento de un Equipo de Tareas nacional interministerial según lo establecido en la Ley de lucha contra la trata de personas promulgada en 2005. En el Equipo de Tareas están presentes los Ministerios del Interior (incluidas la policía y la Oficina Central de Inmigración), Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social, Relaciones Exteriores, Justicia, Asuntos de los Amerindios, Educación y Salud. También participan en el Equipo de Tareas las ONG Food For the Poor y Help and Shelter. Además, el Gobierno ha adoptado un Plan Nacional de Acción para Combatir la Trata de Personas.

137.La Unidad para Combatir la Trata de Personas tiene una política de puertas abiertas para que las víctimas que tengan información sobre personas que estén siendo objeto de la trata se pongan en contacto y faciliten información y reciban asistencia. La Unidad también ha puesto en marcha amplias campañas de sensibilización pública y de información en las comunidades sobre los peligros que representan la trata de personas, así como actividades de formación de personas clave en las diversas regiones administrativas. Además, miembros de la Unidad acompañan a las presuntas víctimas y los testigos en sus comparecencias ante los tribunales, se hacen cargo de los gastos de transporte y, lo que es más importante, proporcionan orientación y apoyo psicológico a las víctimas para ayudarlas a reincorporarse a sus familias y comunidades.

138.Para combatir la trata de personas, el Gobierno ha elaborado un enfoque de dos vías que hace hincapié en la vigilancia del cumplimiento de la ley y la prevención social mediante la aportación de recursos.

139.En los presupuestos de 2006 y 2007 se asignaron al sector de la seguridad pública más de 49,3 millones de dólares y 51,6 millones de dólares respectivamente. En el período 2008-2010, esa cantidad aumentó hasta los 22.790 millones de dólares de Guyana. Las consignaciones presupuestarias para los sectores sociales (educación, sanidad, abastecimiento de agua, vivienda y redes sociales de seguridad) se recogen en el cuadro 3 del presente informe.

140.Guyana ha firmado el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas. El Estado parte remite al Comité a su reciente respuesta a la solicitud de información remitida por el Consejo de Derechos Humanos acerca de la aplicación de su resolución 11/3, de 16 de octubre de 2009, relativa a la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

141.Guyana también comunicó oficialmente al Departamento de Estado de los Estados Unidos de América su preocupación por la forma en que se había clasificado a Guyana, lo que dio lugar a reuniones bilaterales sobre la cuestión entre funcionarios de ambos países.

142.El Estado parte facilita fondos a ONG que prestan asistencia a las víctimas de la trata o les facilitan alojamiento y orientación. En 2009, el Gobierno trabajó también en estrecha cooperación y prestó apoyo a dos ONG, Help and Shelter y Red Thread. Se asignaron fondos para renovar el centro de alojamiento de víctimas de la trata de Help and Shelter. El Gobierno trabajó en la elaboración de un procedimiento oficial para proporcionar a las víctimas cuidados a corto y largo plazo, como atención médica, alojamiento y un estipendio de repatriación, antes de devolverlas a sus hogares.

143.Desde 2005, los Ministerios de Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social y Asuntos de los Amerindios han puesto en marcha programas de concienciación y capacitación. Esos programas incluyen la distribución de carpetas para los medios de comunicación, documentales, directrices para entrevistas a las víctimas y una guía sobre los principios que han de regir el trabajo con las víctimas. En junio de 2009, el Gobierno organizó seminarios educativos mensuales por todo el país. Los seminarios se centraron en la formación de 200 dirigentes comunitarios acerca de la trata de personas y cómo denunciar esas actividades ante las autoridades competentes. También se imparten programas de formación para el Departamento de Investigación Criminal de la policía. Además, en 2009 el Ministerio del Interior impartió formación a fiscales e investigadores sobre el mismo tema.

144.En colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Gobierno proporciona también asistencia médica y financiera para la repatriación de las víctimas de la trata de origen extranjero.

145.En el plano bilateral, el Gobierno de Guyana ha intensificado su cooperación con las autoridades competentes de los países de origen y de destino, que desempeñan un papel esencial en la prevención de la trata de personas, el retorno de las víctimas y los programas de reinserción. Entre esos países cabe destacar a Trinidad y Tabago y Barbados. El Gobierno también ha mantenido contactos con funcionarios del Brasil acerca de intercambio de información en asuntos criminales relacionados con la trata de personas. El 19 de mayo de 2008, el Ministro del Interior de Guyana y el Ministro de Justicia y Policía de Suriname se reunieron en este último para examinar cuestiones de cooperación en asuntos legales, judiciales y de vigilancia del cumplimiento de la ley en la lucha contra la delincuencia transfronteriza, que incluye, entre otros delitos, la trata de personas.

146.Guyana se ha adherido al Tratado sobre Asistencia Mutua en Materia Penal de la Comunidad del Caribe (CARICOM) (2005) y a la Convención interamericana sobre asistencia mutua en materia penal (2008).

147.Guyana ha promulgado varios instrumentos legislativos que facilitan el enjuiciamiento de esos casos; la Ley de procedimiento penal enmendada (Nº 17 de 2008) que permite la presentación de autos de acusación en los juzgados; la Ley sobre conformidad negociada y acuerdo sobre los cargos y la condena (Nº 18 de 2008); la Ley de prevención del delito enmendada (Nº 11 de 2008) en la que se establece el internamiento obligatorio de las personas condenadas por determinados delitos, entre los que se encuentra la explotación sexual, y la Ley del organismo de atención y protección de la infancia (Nº 2 de 2009).

La prostitución y el comercio sexual

148.El Estado parte reconoce que tanto la prostitución como la trata de personas tienen sus raíces en la pobreza, aunque también hay otros factores que contribuyen a la vulnerabilidad de algunas personas, como el abandono prematuro de la escuela, las adicciones, los hogares disfuncionales, los abusos, el sexismo y los prejuicios clasistas.

149.Por ese motivo, el Estado parte ha promovido programas de formación profesional y empresarial orientados a reducir el nivel de pobreza; mejorar el acceso a los servicios sociales, especialmente en las zonas rurales y del interior; ofrecer nuevos cursos de formación profesional a los jóvenes escolarizados a través del programa de certificación de aptitudes básicas para alumnos de enseñanza primaria y secundaria con bajo rendimiento; y programas ampliados de alfabetización básica, así como dos programas principales de formación profesional para los jóvenes de todo el país gestionados por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deporte y el Ministerio de Trabajo.

150.El Programa de la estrategia de lucha contra la pobreza (2004-2008) y su continuación posterior (2008-2012) se centran en los más pobres y vulnerables, especialmente las mujeres, los niños y las poblaciones indígenas. El Programa ofrece distintos niveles de intervención con redes sociales de seguridad, como el recientemente introducido Programa de asistencia a los progenitores sin pareja, el sistema de cheques para uniformes escolares, la asistencia pública, las pensiones de vejez, los programas de alimentación en la escuela en las zonas rurales pobres de la costa y en todas las zonas del interior, así como los programas de formación profesional y empleo alternativo.

151.El Programa de viviendas para personas de bajos ingresos (que viene funcionando desde 1995 hasta la actualidad) y el Programa de regularización de precaristas (2001-2005) que lleva a cabo el Estado parte han proporcionado terrenos para el asentamiento y acceso a préstamos en condiciones favorables para más de 40.000 propietarios. El Estado parte informó ampliamente sobre las prestaciones para los hogares de bajos ingresos (de los que aproximadamente una cuarta parte están encabezados por mujeres) en la documentación presentada para el examen periódico universal en marzo de 2010.

152.Guyana ofrece un buen sistema educativo en el que todos tienen acceso a una educación gratuita desde el nivel preescolar hasta los niveles secundarios, así como varios programas de formación profesional. Ofrece también programas de orientación y rehabilitación, así como de formación profesional, para que los trabajadores del sexo puedan reinsertarse en el mundo laboral oficial.

153.La Estrategia global de salud de Guyana no discrimina a los trabajadores del sexo, por lo que los análisis de enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA se realizan de forma gratuita, así como la distribución de condones y anticonceptivos y el acceso a la terapia antirretroviral en caso necesario.

154.La pornografía y la pornografía infantil están prohibidas por la ley. En 2008 se promulgó la Ley de prevención del delito (Nº 11 de 2008) en la que se establece el internamiento obligatorio de los condenados por delitos contra los niños, incluida la pornografía.

Artículo 7

155.En el artículo 29 de la Constitución se estipula específicamente que la participación de la mujer en los diversos procesos de gestión y de adopción de decisiones, ya sean privados, públicos o estatales, se alentará y facilitará mediante leyes promulgadas con ese fin.

Participación de la mujer en los procesos de adopción de decisiones

Artículo 7 a)

156.Las mujeres de Guyana participan en la política como votantes, candidatas y dirigentes políticas. El sistema de gobierno (parlamentario y del gobierno local) garantiza el derecho a votar y a ser elegido y la libertad de asociación y reunión. El derecho al voto en elecciones periódicas y auténticas está establecido en la ley y se basa en el principio del sufragio universal e igual. Según lo dispuesto en la Constitución, todos los ciudadanos de Guyana, o del Commonwealth que hayan estado domiciliados legalmente en Guyana durante o al menos un año, mayores de 18 años pueden votar en las elecciones. Además, cualquier persona puede presentarse como candidato para un puesto electivo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 53 y 59 de la Constitución.

157.Por lo que respecta a la participación en los partidos políticos, en el artículo 10 de la Constitución se consagra el derecho a formar partidos políticos y la libertad de acción de éstos. En la sección 11 B) del capítulo 1:03 de la Ley de representación del pueblo enmendada, se dispone que por lo menos una tercera parte de los integrantes de las listas de representantes de cada partido político que se presente a las elecciones nacionales y regionales deben ser mujeres. No podrá presentarse a las elecciones ningún partido político que no cumpla lo establecido en esa disposición.

158.Los principales partidos políticos parlamentarios de Guyana son el Partido Progresista Popular Cívico (PPP/C), el Congreso Nacional Popular Reformado (PNCR), la Alianza para el Cambio (AFC), la Fuerza Unida (TUF) y el Partido de Acción de Guyana/ Ascenso, Organización y Reconstrucción (GAP/ROAR).

159.El PPP/C, partido en el gobierno, tiene un compromiso con la igualdad de género y ha incluido la promoción de los derechos de la mujer como uno de sus objetivos principales consagrados en su manifiesto de 1992 y posteriores.

160.Los principales partidos políticos cuentan también con ramas femeninas que garantizan que las cuestiones de género figuren en los programas de esos partidos. Entre ellas cabe citar la Organización Progresista de Mujeres (vinculada al PPP) y el Congreso Nacional de Mujeres (denominado anteriormente Movimiento Socialista Revolucionario de la Mujer) vinculado al PNCR.

161.En los comités ejecutivos de tres de los partidos políticos con representación parlamentaria hay mujeres que ocupan puestos electivos. Las mujeres han concurrido también a las elecciones a la Presidencia. La primera mujer que ocupó el puesto de Primer Ministro (1997) y posteriormente la Presidencia de Guyana fue la Sra. Janet Jagan, entre diciembre de 1997 y agosto de 1999.

162.Por lo que se refiere a la participación a nivel de consejos locales, en el artículo 12 de la Constitución se estipula que el gobierno local, ejercido por representantes del pueblo libremente elegidos, forma parte integrante de la organización democrática del Estado. De acuerdo con el artículo 71 de la Constitución, el gobierno local es un aspecto esencial de la democracia y ha de organizarse de manera que el mayor número de personas posible participe en las tareas relacionadas con la administración y el desarrollo en las comunidades en que viven.

163.Las mujeres ocupan 63 de los 201 escaños de los 10 Consejos Democráticos Regionales. Cada uno de esos Consejos Democráticos Regionales cuenta con 1 Comité Regional de Acción en favor de las mujeres y los niños que supervisa, promueve y ejecuta programas en favor de las mujeres y los niños en los lugares en que residen.

164.Entre los años 2000 y 2006 no hubo mujeres en la presidencia de ninguno de los 10 Consejos Democráticos Regionales. En cuanto a las vicepresidencias, 1 de las 10 estuvo ocupada por 1 mujer en 2001 y 2 en 2006. Por lo que se refiere a los 65 Consejos Democráticos de Barrio, 4 de ellos estuvieron presididos por mujeres en 2001, mientras que en 2006 sólo fueron 2. En los ayuntamientos no hubo ninguna Alcaldesa durante ese período. En cuanto al puesto de Teniente de Alcalde, ninguna mujer lo ocupó en 2001 y sólo 1 de los 6 fue ocupado por una mujer en 2006.

165.El nuevo sistema de gobierno local, un sistema híbrido de representación proporcional, establecido en la Constitución y hecho realidad en un instrumento legislativo en julio de 2009, alentará a las mujeres a que se presenten como candidatas en las elecciones locales y mejorará sus posibilidades de resultar elegidas.

166.En las últimas elecciones (julio de 2009) para elegir a los 20 miembros del ejecutivo del Consejo Nacional de Toushaos (un órgano integrado por 134 toushaos elegidos por las aldeas amerindias) una mujer toushao fue elegida presidenta por primera vez y resultaron elegidas otras seis mujeres toushaos.

Artículo 7 b)

Legislatura

167.El 28 de agosto de 2006, Guyana celebró sus últimas elecciones nacionales, de las que surgió victorioso el PPP/C con el 54,5% de los votos emitidos. De un total de 65 diputados, resultaron elegidas 22 mujeres, aproximadamente un tercio de los miembros de la Cámara. En el momento de preparar el presente informe, la oposición en la Asamblea Nacional estaba integrada por 12 mujeres (2 indoguyanesas, 3 mestizas, 1 amerindia y 6 afroguyanesas) mientras que el partido de la mayoría (PPP) contaba con 10 mujeres (3 amerindias, 2 mestizas, 3 afroguyanesas y 3 indoguyanesas). La Vicepresidencia de la Asamblea Nacional (en manos de la oposición) y el puesto de Whip Principal de la Asamblea Nacional (del partido del Gobierno) están ocupados por mujeres. La Secretaría Adjunta de la Asamblea también la ocupa una mujer.

168.Las mujeres diputadas son también participantes activas en el sistema ampliado de comités. Una mujer de la oposición preside el Comité de Cuentas Públicas y cuatro diputadas del Gobierno y de la oposición ocupan la presidencia y la vicepresidencia de los cuatro comités sectoriales de supervisión. En el momento de preparar el presente informe, tres diputadas presidían diez de las comisiones especiales del Parlamento.

Ejecutivo

169.Según lo establecido en el artículo 50 de la Constitución, el Ejecutivo está integrado por el Presidente y el Gabinete. Siete miembros (un tercio) del Gabinete formado tras las elecciones de 2006 son mujeres: 2 amerindias, 2 afroguyanesas, 2 indoguyanesas y 1 mestiza. El Gabinete tiene el compromiso de incorporar las cuestiones de género en todos los niveles de su trabajo. En 2008 fue elegida por primera vez para dirigir el Ministerio de Relaciones Exteriores una mujer, que era también la primera persona de origen amerindio.

El poder judicial y los tribunales

170.El sistema judicial de Guyana está constituido por un Tribunal Supremo de Justicia, integrado por el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Superior, y una serie de juzgados. La Corte de Justicia del Caribe es el tribunal de apelación de última instancia para Guyana dentro de la región.

171.La participación de la mujer en la judicatura es visible a todos los niveles. Es importante señalar que la primera Secretaria de Justicia de Guyana, y de la región del Caribe en general, fue la magistrada Desiree Bernard. En la actualidad es una distinguida magistrada de la Corte de Justicia del Caribe. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tal vez recuerde que actuó como representante ante el Comité entre 1982 y 1992 y, de nuevo, de 1995 a 1998.

172.Actualmente dos mujeres ocupan los cargos de Juez Presidente (provisional) y Juez Principal. En el momento de preparar el presente informe, 12 de los 16 magistrados y 4 de un total de 11 jueces del Tribunal Superior eran mujeres. Uno de los 3 miembros del Tribunal de Apelaciones era una mujer.

173.Otras tantas mujeres ocupan los siguientes puestos constitucionales en la administración de justicia: Jefe de la Fiscalía, Secretario del Tribunal Supremo, Secretario del Catastro y Secretario del Registro Notarial.

174.Por lo que se refiere a los tribunales especializados, a la hora de su constitución se tiene en cuenta el género. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 B 1) a), la Comisión de Relaciones Étnicas ha de estar integrada por no menos de 5 miembros ni más de 15 propuestos por entidades constituidas por jóvenes y mujeres, entre otras. Además, en el artículo 212 B 1) b) se establece que formarán parte de la Comisión de Relaciones Étnicas, sin derecho a voto, sendos representantes de las demás comisiones de derechos: la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género, la Comisión de Derechos del Niño y la Comisión de los Pueblos Indígenas.

175.Con respecto a la composición de la Comisión de los Pueblos Indígenas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 S b), habrán de formar parte de la Comisión, entre otros, tres miembros de los que al menos uno habrá de ser una mujer designada por el Consejo Nacional de Toushaos y otros dos, al menos uno de los cuales habrá de ser una mujer, serán designados por las organizaciones de amerindios. Además, para velar por que se tengan debidamente en cuenta las cuestiones de género, en el artículo 212 S c) se estipula también que habrá un miembro, sin derecho a voto, designado por la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género y las otras comisiones de derechos.

176.Por lo que se refiere a la Comisión de Derechos del Niño, en el artículo 212 U 2) b) se estipula que estará integrada por no menos de 5 miembros ni más de 15 entre los que figurará un miembro de cada una de las otras comisiones de derechos.

177.Catorce de los 15 miembros de la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género y 13 de los 15 miembros de la Comisión de Derechos del Niño, recientemente constituidas, son mujeres.

178.Dos mujeres formaron parte de la Comisión de la Administración Pública entre 2006 y 2009 y otras tres de la Comisión del Servicio Docente durante el mismo período. Esta última está presidida por una mujer. Durante ese período no hubo ninguna mujer en la Comisión del Servicio de Policía. Cabe señalar que, como en el caso de las comisiones constitucionales de derechos humanos mencionadas más arriba, los candidatos se nombran a través de un mecanismo parlamentario de consenso en virtud del cual se pide a las organizaciones de la sociedad civil que propongan a sus candidatos. De hecho, la comisión permanente del Parlamento sobre nombramientos alienta conscientemente a la sociedad civil a que tengan en cuenta el equilibrio de género, étnico, geográfico y religioso al proponer a sus candidatos.

Puestos administrativos

179.Hay puestos clave de carácter administrativo y ejecutivo ocupados por mujeres, entre los que cabe mencionar los de: Director de Comunicaciones, Comisionado de Seguros, Jefe del Consejo del Mercado de Valores, Director del Presupuesto, Director General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Secretario General del Registro, Director Gerente del Programa Nacional de Seguros, Secretarios Permanentes a cargo de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda e Interior, Jefe del Programa Nacional de lucha contra el SIDA, cuatro embajadores, Comisionado Auxiliar de Policía y Jefe de la Fuerza de Policía Urbana (Georgetown). También hay mujeres que ocupan puestos importantes de carácter directivo y técnico en el sector público.

Artículo 7 c)

180.Está garantizada la participación de la mujer en las asociaciones profesionales o sectoriales. En el artículo 149 c) de la Constitución se estipula que no se impedirá a nadie participar en los procedimientos de gestión y adopción de decisiones del Estado a través de cooperativas, sindicatos, organizaciones cívicas, sociales o económicas de ámbito nacional.

181.El Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social y la Oficina de Asuntos de la Mujer se ocupan de informar a las mujeres de sus derechos. Hay ONG de mujeres que se dedican a promover los derechos de la mujer, alentar a las mujeres a asumir el reto del liderazgo público y las responsabilidades cívicas, fomentar el cambio y representar a las mujeres. Como preparación para las elecciones al gobierno local, algunas organizaciones de mujeres han impartido programas de formación en las comunidades para alentar a las mujeres a que se presenten como candidatas y prepararlas para las responsabilidades y exigencias que supone el desempeño de un cargo en el gobierno local.

182.Las mujeres tienen derecho a participar en los sindicatos en pie de igualdad. No obstante, cabe señalar que aunque las mujeres constituyen una importante proporción de la fuerza laboral organizada, su presencia no se encuentra suficientemente reflejada en los niveles directivos del movimiento sindical.

183.Se pretende mejorar la representación de la mujer en el movimiento sindical, el Comité Consultivo de Mujeres del Congreso de los Sindicatos de Guyana (GTUC) y las delegaciones de las federaciones de sindicatos.

184.De conformidad con el artículo 212 R g) de la Constitución, una de las funciones de la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género es formar y supervisar a los empleadores y el público en general acerca de las prácticas contractuales deseables en relación con los hombres y mujeres. Ambas organizaciones sindicales generales, el GTUC y la Federación de Sindicatos Independientes de Guyana (FITUG), así como el Comité Consultivo de Mujeres del GTUC, han propuesto a tres de los miembros de la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género a través del mecanismo parlamentario. Todos los representantes propuestos y nombrados son mujeres.

Artículo 8

185.De las 8 embajadas de Guyana, 4 están encabezadas por mujeres. El Comité comprenderá que Guyana no puede permitirse enviar grandes delegaciones a los foros internacionales, e incluso el Jefe del Estado viaja con una pequeña delegación. Por tanto, el factor financiero es esencial a la hora de determinar el número de personas de la delegación.

186.Las mujeres ocupan un lugar destacado en las delegaciones internacionales. Forman parte de las delegaciones que representan al país en conferencias internacionales o las dirigen. En todos los casos, el Parlamento de Guyana se esfuerza en conseguir que al menos un tercio de los integrantes de las representaciones internacionales sean mujeres. El experto de Guyana ante el mecanismo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para la supervisión de la aplicación del Convenio contra la Corrupción es una mujer. La delegación de Guyana ante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático celebrada en Copenhague en diciembre de 2009 estaba integrada por tres mujeres (que representaban al Consejo Nacional de Toushaos y dos ONG), además del Jefe del Estado y dos ministros.

Artículo 9

187.La mujer tiene los mismos derechos que el hombre en lo que se refiere a adquirir, cambiar o mantener su nacionalidad. Así pues, ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio entrañan automáticamente el cambio la nacionalidad de la esposa, la convierte en apátrida o la obligan a adquirir la nacionalidad del cónyuge.

188.Además, el Estado parte reconoce a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos. La Constitución no discrimina a los hijos nacidos de una madre guyanesa casada con un padre de otra nacionalidad. En el artículo 44 se establece que toda persona nacida fuera de Guyana después de la entrada en vigor de la Constitución tendrá la nacionalidad guyanesa de origen si su padre o su madre son ciudadanos de Guyana. Los hijos nacidos de padres guyaneses en el extranjero pueden ser inscritos como guyaneses nacidos en el extranjero y adquirir los mismos derechos que los guyaneses de origen y disponer de un pasaporte de Guyana.

189.La redacción de los artículos de la Constitución es neutral desde el punto de vista de género y esos artículos afectan por igual a hombres y mujeres. Los niños nacidos en Guyana adquieren automáticamente la nacionalidad guyanesa sea cual sea la de sus padres, excepto en el caso contemplado en el artículo 43, en el que se establece una excepción para las personas cuyos padres poseen la inmunidad ante la acción judicial que se concede a los enviados diplomáticos de un país extranjero acreditados en Guyana y ninguno de ellos es ciudadano de Guyana o cuando los padres son ciudadanos de un país enemigo y el nacimiento tiene lugar durante la ocupación por ese país enemigo.

190.Guyana permite la doble nacionalidad. En el artículo 46 de la Constitución se establece la retirada de la nacionalidad en el momento de adquirir otra si la nueva ciudadanía no permite la doble nacionalidad. La persona de que se trate deberá solicitar la retirada de su nacionalidad guyanesa. En el artículo 45 se contempla la adquisición de la nacionalidad por matrimonio con un ciudadano de Guyana y no se establece ningún período de espera una vez que la persona reside legalmente en el país.

Artículo 10

Datos estadísticos

191.En el año escolar 2008/09 se matricularon en la enseñanza primaria pública 104.440 niños, lo que significó un aumento del 70% en comparación con el porcentaje de población infantil matriculada en 1992.

192.Sobre la base de las proyecciones demográficas de la Oficina de Estadística, se estima que en el año académico 2009/10 se matriculó en las escuelas primarias públicas el 90% del grupo de edad correspondiente. La repetición y el abandono escolar en la enseñanza primaria representan respectivamente el 1% y el 3%, por lo que la tasa de finalización de la enseñanza primaria supera ya el 80%. Se espera que en 2015 Guyana haya cumplido el segundo Objetivo de Desarrollo del Milenio.

193.En ese año escolar, se encontraban matriculados en la enseñanza secundaria pública 68.163 alumnos. Eso supone una tasa de matriculación del 75%, en comparación con el 45% en 1992, en tanto que la tasa de finalización de la enseñanza secundaria en 2008 llegó al 60%.

194.El número total de alumnos matriculados era de 203.205, de los que 102.576 eran niños y 100.629 eran niñas. El Gobierno proporciona enseñanza pública gratuita, incluidos los libros de texto, en los niveles primario y secundario.

195.Guyana ha logrado la igualdad de género en la enseñanza primaria a nivel nacional con un acceso prácticamente universal a ese nivel de enseñanza. En las zonas del interior y en las comunidades amerindias, el aumento del apoyo presupuestario para los programas de alimentación en la escuela y la entrega de uniformes a título gratuito ha tenido un enorme efecto en las tasas de matriculación, asistencia y rendimiento escolar.

196.El Estado parte se centra de forma consciente y coherente en la forma de llegar a los estudiantes de las zonas más remotas donde el nivel de pobreza, la ubicación geográfica, las tradiciones culturales, la distancia y el transporte presentan importantes obstáculos a la enseñanza. Se proporcionan comidas para combatir el hambre a corto plazo y mejorar el rendimiento escolar, así como libros de texto y uniformes escolares a título gratuito para fomentar la asistencia. Los maestros que trabajan en zonas remotas reciben también incentivos, y se está impartiendo mediante la educación a distancia el programa de Certificación de las Formación de Maestros.

197.Como ya se ha señalado, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Ministerio de Trabajo ofrecen programas de capacitación en centros docentes internos y externos para los jóvenes que han abandonado los estudios y los estudiantes de bajo rendimiento escolar de las diez regiones del país. El 30% de los puestos en los programas del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes corresponden a jóvenes de las zonas del interior. Hay también algunas ONG que ofrecen programas de capacitación para jóvenes en conocimientos útiles para la vida diaria.

198.En el nivel de enseñanza media superior hay algunas instituciones docentes públicas, tres escuelas de enfermería, la Escuela de Agricultura de Guyana, el Colegio Pedagógico Cyril Potter, programas de capacitación para maestros en ejercicio en cada región, cuatro institutos técnicos y la Escuela de Policía Felix Austin. Anualmente, unos 6.029 estudiantes se matriculan en estos programas, que se imparten a precios mínimos o gratuitamente.

199.La Universidad de Guyana (creada en 1963) imparte cursos de certificación, de diplomatura, de grado y de posgrado. La universidad cuenta con una Escuela de Derecho y una Escuela de Medicina. El alumnado es principalmente femenino. Cada año se gradúan unos mil jóvenes universitarios. Cabe mencionar que en el nivel de la enseñanza superior los estudiantes tienen acceso a préstamos con bajo interés.

200.El Ministerio de Administración Pública se ocupa de la gestión de los recursos humanos mediante el desarrollo del personal de la administración pública y la preparación de programas de becas, y selecciona a los titulares de becas de la Universidad de Guyana y otras instituciones de enseñanza superior y de las becas internacionales que se ofrecen a los estudiantes del país.

201.El sistema educativo de Guyana ofrece acceso a instituciones públicas y privadas. La Constitución reconoce el derecho a establecer instituciones de enseñanza privadas (art. 49 1)) y la libertad de elegir la institución de enseñanza a la que un alumno desea asistir (art. 149 H)). Muchas de las escuelas privadas son religiosas (bajaíes, cristianas, hinduistas o islámicas).

202.Además, hay un programa de alfabetización de la Iniciativa Acelerada de Educación para Todos dirigido a los jóvenes y adultos escolarizados y no escolarizados. Los adultos tienen también la oportunidad de integrarse en programas de alfabetización para adultos que se ofrecen en varias regiones. El Instituto de Educación para Adultos ofrece también programas de formación permanente con un coste mínimo. El Instituto de Educación a Distancia y Formación Permanente, dependiente de la Universidad de Guyana, ofrece programas de formación permanente para adultos en todo el país con honorarios subvencionados.

203.Así pues, el Estado parte mantiene la opinión de que no se desalienta la asistencia de las mujeres a la escuela en ningún nivel. Según el MICS 2006, hay poca diferencia en la matriculación de niños y niñas en el nivel preescolar. A nivel nacional, hay más niñas (73%) que niños (66%) matriculados en las escuelas secundarias. Según el análisis del censo, la tasa de alfabetización general es del 98,8%, si bien la de los hombres alcanza el 99,1% y la de las mujeres sólo el 98,5%. La permanencia en la escuela en los niveles primario a terciario es de 13 años en el caso de los hombres y 14 en el de las mujeres. Las estadísticas demuestran que las mujeres tienen, en promedio, una mayor proporción de títulos universitarios y unas mayores aptitudes de alfabetización que la población masculina.

Artículo 10 a), b), c), e) y g)

204.En la Constitución revisada se consagra el derecho a la educación y la enseñanza primaria y secundaria obligatoria y gratuita hasta los 15 años en escuelas financiadas por el Estado (art. 149 H)). Se contempla también el establecimiento de escuelas privadas (art. 149 I)). Hombres y mujeres tienen las mismas oportunidades en la enseñanza, los mismos planes de estudio y los mismos maestros (art. 149 F 2)). Todas las escuelas públicas de Guyana son de educación integrada para niños y niñas. Hombres y mujeres disfrutan también de igualdad de oportunidades en lo que se refiere a las becas y otras subvenciones para estudios.

205.Cabe señalar que el bajo nivel de participación de la mujer en la fuerza laboral ha comenzado a mostrar algunos cambios en los últimos estudios. El Comité puede encontrar más información al respecto en el epígrafe del presente informe correspondiente al artículo 11.

206.Hombres y mujeres gozan también de las mismas oportunidades en lo que se refiere a la participación en el deporte y la cultura. Véase el epígrafe correspondiente al artículo 13, párrafos 329 a 331.

Artículo 10 d)

207.El Estado parte adjunta información (anexo IV) en la que se desglosa el número de hombres y mujeres de las diez regiones administrativas que participan o han participado en el programa de becas de posgrado Guyana/Cuba (desde 2004 hasta la fecha) en medicina, agronomía, ingeniería, educación física y fisioterapia. La cooperación entre Guyana y Cuba ha facilitado la formación de 962 estudiantes, 498 hombres y 464 mujeres.

208.En 2007 la Comisión de Relaciones Étnicas realizó un estudio, cuyos resultados distribuyó en el Parlamento, sobre la concesión de becas de estudios en Guyana. En el informe se desglosaban por sexo y por origen étnico las becas escolares concedidas por los diversos sectores oficiales, incluidos el Ministerio de Administración Pública, las empresas y entidades estatales y las de la OEA. Un análisis general de las becas concedidas por los diversos sectores mostró que las mujeres pudieron acceder a ellas en pie de igualdad. Puede consultarse una versión electrónica del estudio en el sitio web de la Comisión de Relaciones Étnicas: http://www.ethnicrelations.org.gy/publications.php.

Artículo 10 h)

209.En la Constitución y las leyes de Guyana se reconoce el papel y la función que desempeña la familia. No obstante, no siempre se considera como familia la unidad nuclear, sino que factores históricos y culturales determinan que la familia ampliada es más aceptable desde los puntos de vista cultural y social. Los padres ausentes o cuya presencia no es estable plantean graves problemas sociales. En el epígrafe correspondiente al artículo 16 figuran datos sobre el, matrimonio, el sistema del common law, etc.

210.La Comisión Nacional para la Familia, un órgano consultivo nombrado por el Presidente y que cuenta con el apoyo del Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, está integrada por dirigentes de las comunidades religiosas y la sociedad civil.

211.El Gobierno de Guyana está construyendo las instalaciones donde se establecerá un tribunal de familia, con el que está previsto revitalizar la forma en el que el derecho de familia se practica en Guyana y lograr que la solución de los asuntos relacionados con los hijos y el matrimonio sea más racional, humana y eficaz.

Artículo 11

Artículo 11 a)

212.En el artículo 149 A de la Constitución se estipula que no se impedirá a nadie el ejercicio de su derecho al trabajo, es decir, el derecho a elegir libremente su ocupación.

Artículo 11 b), c) y d)

Datos estadísticos

213.Según el análisis de los datos del Censo de 2002 sobre la participación en la fuerza laboral, el 88% de las personas en edad de trabajar y que deseaban hacerlo tenían un empleo. No obstante, esa cifra era del 90% en el caso de los hombres en comparación con el 85% en el de las mujeres. Al expresar como promedio la tasa de desempleo se oculta la diferencia entre hombres y mujeres, es decir que el 15% de las mujeres están desempleadas, en comparación con el 10% de los hombres. Entre 2002 y 2006, la tasa de desempleo general se redujo del 13% al 9%. Entre 2006 y 2009 descendió al 8%.

214.Por lo que se refiere a la situación de empleo y ocupación, según el análisis de las estadísticas derivadas del censo de 2002 una gran proporción de los trabajadores eran empleados a sueldo, a los que seguían los trabajadores por cuenta propia y una proporción inferior al 4% que se dedicaba al trabajo familiar no remunerado.

215.Según el informe anual de 2007 del Plan Nacional de Seguros, ese año figuraban inscritas en el Plan 10.319 personas, de las que el 54% eran hombres y el 46% mujeres. La edad media de las nuevas incorporaciones era de 23 años. Del grupo de personas inscritas durante el período 2003-2007 que trabajaban por cuenta propia, 644 eran mujeres y 876 hombres.

216.Según el análisis de los datos del Censo de 2002, el 22,7% de las mujeres estaban empleadas en las categorías de "legisladores, funcionarios superiores y directivos", "profesionales" y "técnicos y profesionales asociados", que anteriormente habían sido ocupaciones dominadas por los hombres. Se trata de un importante paso adelante para la integración de la mujer en el mundo laboral.

217.Tal vez revistan interés para el Comité los resultados obtenidos de la Encuesta sobre salarios y horarios de trabajo de 2010 puesto que, como se ilustra en los seis cuadros que aparecen a continuación, muestran un cambio positivo en lo que se refiere a la participación de la mujer en el mundo laboral.

Gráfico 1

Número de personas que trabajan en empresas, 2007-2009

Fuente: Encuesta sobre salarios y horarios de trabajo en Guyana (GOWHW) 2010 .

Cuadro 6

Distribución del personal por género, 2007-2009

2007

2008

2009

Hombres

5 299

2 047

4 952

Mujeres

4 454

1 694

4 311

Total

9 753

3 741

9 263

Fuente: Encuesta GOWHW 2010.

Gráfico 2

Distribución por género de los empleados de la muestra, 2007-2009

Fuente: Encuesta GOWHW 2010.

Cuadro 7

Distribución por género de los entrevistados de la muestra

2007

2008

2009

Hombres

650

294

1 176

Mujeres

432

203

1 070

Total

1 082

497

2 246

Fuente: Encuesta GOWHW 2010.

Cuadro 8

Clasificación ocupacional por género según la CIUO-88, 2007-2009

Clasificación ocupacional

2007

2008

2009

H

M

Total

%

H

M

Total

%

H

M

Total

%

1.

Legisladores, funcionarios superiores y directivos

61

17

78

7

16

12

28

6

96

63

159

7

2.

Profesionales

33

37

70

6

8

19

27

5

51

38

89

4

3.

Técnicos y profesionales asociados

53

42

95

9

38

46

84

17

110

137

247

11

4.

Administrativos

46

134

180

17

17

44

61

12

202

150

352

16

5.

Trabajadores de servicios, vendedores en tiendas y mercados

92

109

201

19

42

37

79

16

236

387

623

28

6.

Trabajadores especializados de la agricultura y la pesca

0

0

0

0

0

0

0

0

4

2

6

0

7.

Trabajadores de la artesanía y oficios conexos

99

10

109

10

38

5

43

9

115

15

130

6

8.

Operadores y montadores de máquinas y fábricas

93

19

112

10

55

0

55

11

165

28

193

8

9.

Ocupaciones elementales

87

55

142

13

47

32

79

16

197

250

447

20

10.

Sin clasificar

86

9

95

9

33

8

41

8

0

0

0

0

Total

650

432

1 082

100

294

203

497

100

1 176

1 070

2 246

100

Fuente: Encuesta GOWHW 2010. H = Hombre M = Mujer

218.El nivel educativo de las 2.246 personas de la muestra elegidas entre los 9.263 encuestados era el siguiente: el 29% completó la enseñanza primaria, el 52% completó la enseñanza secundaria, el 9% siguió enseñanzas técnicas, el 8% obtuvo una educación de nivel terciario y el 2% no indicó su nivel. Así pues, los niveles técnico y terciario suponen el 17%. En el total de muestras de los últimos tres años han venido destacando de forma clara las mujeres. Los hombres superan en número a las mujeres en los niveles primario y técnico y en los que no indicaron el nivel educativo en los últimos tres años. La excepción a esa tendencia se produjo en 2009, año en que las mujeres alcanzaron un mayor número en el nivel secundario, y en 2008, año en que las mujeres superaron a los hombres en el nivel terciario.En 2009, los porcentajes en los niveles técnico y terciario se redujeron en comparación con años anteriores, mientras que el 2% de los encuestados no indicaron su nivel académico.

Cuadro 9

Experiencia laboral desglosada por género, 2007-2009

2009

2008

2007

H

M

Total

%

H

M

Total

%

H

M

Total

%

1 año

256

329

585

26

72

44

116

23,3

180

128

308

28,5

De 2 a 4 años

372

343

715

32

92

63

155

31,1

161

131

292

27

De 5 a 9 años

251

186

437

19

48

40

88

18

98

76

174

16

De 10 a 14 años

129

85

214

10

19

21

40

8

74

34

108

10,3

De 15 años y más

148

77

225

10

23

24

47

9,4

63

48

111

10

No se indica

20

50

70

3

40

11

51

10,2

49

40

89

8,2

Total

1 176

1 070

2 246

100

294

203

497

100

625

457

1 082

100

Fuente: Encuesta GOWHW 2010.

H = Hombre

M = Mujer

219.La encuesta GOWHW muestra un cambio en la situación de la mujer en comparación con los datos del censo de 2002, cuando el 28,4% de los empleados tenían ocupaciones elementales y, en orden de porcentaje, los trabajadores de la artesanía y oficios conexos (16,3%), servicios y vendedores en tiendas y mercados (14,8%), mientras que las demás ocupaciones empleaban a menos del 10% de la fuerza laboral. La mayor proporción de las mujeres empleadas (el 21,6%) lo estaban en el grupo de "servicios y vendedores en tiendas y mercados", en tanto que las ocupaciones de "administrativos" y "técnicos y profesionales asociados" ocupaban proporciones similares de mujeres (en torno al 16%). Se suponía que las mujeres guyanesas que no participaban en el mercado laboral se dedicaban a las "labores del hogar" y en 2002 el 50,7% de las mujeres la citaron como su principal actividad, en comparación con el 34,1% que participaban en la fuerza laboral; mientras que el 78,5% de los hombres participaban en la fuerza laboral, en comparación con únicamente el 4,9% que se ocupaban de labores del hogar.

220.Las mujeres trabajaban principalmente en el sector de los servicios, y fundamentalmente en tres grupos de actividades: a) la venta al por mayor y minorista y actividades conexas, b) la enseñanza, y c) la industria manufacturera. Asimismo, el 68,1% y el 46,4%, respectivamente, de las mujeres clasificadas como "profesionales" y "técnicos y profesionales asociados" desarrollaban su actividad en las esferas de "educación" y "salud y trabajos sociales", principalmente como maestras y enfermeras. Las mujeres constituyen más del 60% de la administración pública.

221.Las mujeres que trabajan en empleos sindicados del sector de la producción agrícola constituyen el 20% de la fuerza laboral. Las mujeres también trabajan en la producción agrícola en sus propias parcelas o en parcelas familiares. Recientemente, las mujeres han comenzado también a ocupar un porcentaje importante de los empleos en las empresas de seguridad privada.

Medidas adoptadas

222.De las investigaciones realizadas se desprende que hay una relación importante entre el crecimiento económico y la mayor participación de la mujer en el mundo laboral. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 c) de la Constitución, el Gobierno ha facilitado la participación de la mujer en el ámbito del trabajo estableciendo la igualdad de acceso a la enseñanza a todos los niveles, así como creando incentivos y prestando apoyo a las mujeres para que participasen más activamente en el mercado de trabajo. En el artículo 29 se estipula que se habrá de alentar la participación de la mujer en los diversos procesos de gestión y de adopción de decisiones, ya sean públicos, privados o estatales.

223.En la Ley de igualdad de derechos (Nº 19 de 1990), promulgada para hacer realidad los principios consagrados en el artículo 29 de la Constitución, se establece, entre otras cosas, que mujeres y hombres habrán de recibir la misma remuneración por el mismo trabajo o por un trabajo de la misma naturaleza, así como el principio de no discriminación por motivos de género en lo que se refiere al empleo, la contratación o los ascensos.

224.Las mujeres que trabajan en la administración pública, así como las que lo hacen en el sector privado y contribuyen al Plan Nacional de Seguros, tienen derecho a 12 semanas de licencia por maternidad con goce de sueldo y a las mismas prestaciones que los contribuyentes varones.

225.Durante el período que se examina, el Ministerio de Trabajo no ha recibido queja alguna de discriminación por motivos de género según lo dispuesto en la Ley de prevención de la discriminación (Nº 26 de 1997).

226.Además, el Gobierno ha preparado y mejorado métodos alternativos para el cuidado de los niños mediante el Programa de asistencia a las familias monoparentales, iniciado en 2009, en cuyo marco se concede una prestación para ayudar a los progenitores únicos a hacer frente a los gastos derivados del cuidado diario de sus hijos y de la formación profesional necesaria para mejorar sus posibilidades de empleo. Aunque el Programa no va dirigido a ningún sexo en concreto, se da por hecho que la mayoría de los beneficiarios son madres.

227.Mediante la publicación de normas, así como el trabajo de la policía, los inspectores de salud y seguridad en el trabajo y los funcionarios laborales, el Gobierno procura que en los centros de trabajo se mantenga un alto nivel de cuidado de la salud para que no resulten nocivos para las mujeres o los trabajadores en general.

228.Se da por supuesto que hombres y mujeres están preparados por igual para el mundo del trabajo. Sin embargo, unos y otros asignan su tiempo de maneras sustancialmente distintas y se enfrentan a elecciones diferentes. Según diversos estudios, en los que se han tenido en cuenta distintas variables que afectan a la capacidad de las mujeres para incorporarse al mercado de trabajo como el estado civil, el cuidado de los hijos y otros familiares dependientes, la ubicación geográfica, el tipo de trabajo y la capacidad física, la participación de la mujer es todavía relativamente baja. Esos factores parecen indicar que en la sociedad y la familia de Guyana se mantienen los papeles tradicionales de los géneros, cosa que supone un obstáculo para la integración de la mujer en el mercado laboral.

229.No obstante, es necesario reconocer también que muchas mujeres que figuran como desempleadas o que no tienen un empleo en el sector estructurado contribuyen y complementan de hecho los ingresos familiares mediante el trabajo por cuenta propia, como la costura, la preparación de alimentos, la elaboración de productos de artesanía, el cuidado de niños, el trabajo doméstico, la venta de productos cultivados en los huertos y el comercio en los mercados. Cabe señalar que ese grupo de personas, que participa en la actividad económica, no aparece reflejado en ningún estudio. En las zonas rurales, las mujeres contribuyen en las actividades agrarias y participan en los ingresos familiares. Además, las opciones que hombres y mujeres eligen a la hora de incorporarse al mundo laboral indican que el cuidado de los hijos y otros familiares dependientes es uno de los principales factores que afectan a la capacidad de la mujer para trabajar y a la elección del tipo de empleo. Además, el gran número de hogares encabezados por mujeres (el 29%) supone una carga adicional y limita el abanico de posibilidades que se abre ante las mujeres y demás miembros de ese tipo de familias.

230.Las mujeres también participan cada vez con mayor frecuencia en las empresas pequeñas y microempresas. Los programas especiales de formación que imparten organizaciones como EMPRETEC y el Consejo de la Pequeña Empresa, así como el acceso a los pequeños créditos, facilitan la participación de la mujer en la actividad económica.

231.El nivel y el tipo de enseñanza tienen gran importancia cuando la mujer se incorpora al mundo del trabajo, mientras que los hombres pueden integrarse en él cualquiera que sea su nivel de enseñanza. Cabe señalar que todo el sector público y los sectores de la enseñanza y la salud están dominados por mujeres. Asimismo, en lo que se refiere al sector privado, las mujeres dominan los sectores de la abogacía, la banca y la venta minorista.

232.Según el artículo 22 l) de la Constitución, toda persona tiene derecho a ser remunerada en forma acorde al carácter, la calidad y la cantidad de su trabajo, a recibir la misma paga por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor y a gozar de unas condiciones de trabajo justas.

233.En el nivel de ingresos de hombres y mujeres hay diferencias que se deben al tipo de empleo y ocupación y no tienen su origen en el género. Los salarios de los técnicos en el sector de la construcción son más altos, pero los ingresos de los obreros en ese sector son iguales o inferiores a los niveles más bajos de la administración pública. Las mujeres que trabajan en la administración pública ganan más que los hombres y mujeres con el mismo nivel que trabajan en el sector de las ventas minoristas. Quienes trabajan en el sector minero, dominado exclusivamente por los hombres, y los hombres que se dedican a cortar caña en el sector azucarero tienen mayores ingresos, pero se trata de empleos estacionales. Se admite que en cualquier sector de la economía, hombres y mujeres tienen ocupaciones distintas con niveles de ingresos diferentes, pero cuando realizan el mismo trabajo, ambos reciben la misma paga. Eso es cierto también en las fuerzas del orden, donde hombres y mujeres de la misma graduación tienen los mismos ingresos y prestaciones, aparte de que las mujeres tengan una prestación propia de licencia por maternidad, etc.

234.La industria azucarera, que es el mayor empleador después de la administración pública, emplea mujeres en todas las actividades excepto la recogida de caña. Hay mujeres que trabajan en los campos, como capataces y supervisoras, y en las oficinas. Sobre la base del principio de la misma paga por trabajo de igual valor, consagrado en la legislación y al que se ha hecho referencia anteriormente, las mujeres reciben la misma remuneración y las mismas prestaciones que los hombres por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor.

235.La Compañía Azucarera Guyanesa (GUYSUCO), una empresa estatal, es el mayor empleador en el sector agrícola. Contribuye también al Plan Nacional de Seguros, por los que sus trabajadoras tienen derecho a prestaciones por maternidad además de todas las demás prestaciones a las que tienen derecho los hombres, como atención médica, prestaciones por discapacidad o invalidez o pago de los servicios funerarios. Cabe señalar que, en 2009, el número de mujeres superó por primera vez al de hombres en el Programa de formación de aprendices de la GUYSUCO.

236.Además de la empresa estatal, el sector azucarero está integrado y gestionado por empresas privadas familiares que también emplean a mujeres o de las que las mujeres pueden ser propietarias, total o parcialmente. Lo mismo sucede con la industria del arroz, en la que coexisten empresas y explotaciones familiares.

237.Se recuerda al Comité que el sector agrícola supone el 36% del Producto Interno Bruto (PIB) del país y da trabajo al 19,7% de la fuerza laboral.

238.El Reglamento del Plan Nacional de Seguros y Seguridad Social (Prestaciones) permite que una mujer asegurada, en el período de embarazo y alumbramiento, reciba prestaciones por maternidad durante 13 semanas, que pueden prorrogarse otras 13 semanas si la madre no pudiera trabajar a causa de complicaciones surgidas durante el embarazo o el parto. Durante ese período, el empleador aporta el 60% del sueldo y el Plan Nacional de Seguros el 40% restante. Además, una mujer no asegurada puede recibir una subvención por maternidad durante el período de embarazo y alumbramiento si su cónyuge o pareja está asegurado y satisface los criterios del caso.

239.El Ministerio de Trabajo gestiona también programas de capacitación y aprendizaje a lo largo de toda la vida que ofrecen formación profesional a hombres y mujeres en diversas esferas y en los que las mujeres pueden optar por especializaciones no tradicionales, como la fontanería, el manejo de maquinaria pesada, etc. En el marco del Programa nacional de formación para jóvenes iniciado en 2005 se ha impartido formación a más de 2.200 personas. En el marco del Programa de formación empresarial para jóvenes del Ministerio de Cultura, Juventud y Deporte se imparten cursos de formación profesional para jóvenes en centros internos y externos de las diez regiones del país en los que muchachos y muchachas reciben la misma formación en campos como mecánica de motores, instalaciones eléctricas, ebanistería, carpintería, albañilería, trabajo con metales, informática, contabilidad, etc.

240.El Gobierno combate los estereotipos y los prejuicios mediante campañas de sensibilización y formación en los medios de comunicación de prensa, radio y televisión.

241.La legislación laboral de Guyana suprime además cualquier discriminación basada en el embarazo y garantiza la licencia por maternidad, así como las prestaciones de la seguridad social durante esa licencia.

242.Guyana ha instituido también una política sobre el VIH/SIDA en el lugar de trabajo por la que se prohíbe la discriminación por ese motivo. En octubre de 2003 dio comienzo el Programa de educación sobre el VIH/SIDA en el lugar de trabajo bajo los auspicios de la OIT, impartido en asociación con el Ministerio de Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social, empleadores y trabajadores, para poner en práctica los programas sobre el VIH/SIDA en el mundo laboral y fomentar la protección en el centro de trabajo. Ese Programa recibió una contribución del Departamento de Empleo de los Estados Unidos de América de 396.762 dólares de los Estados Unidos a lo largo de un período de tres años.

Artículo 11 e)

243.Además, las mujeres de más de 60 años que han contribuido al Plan Nacional de Seguros tienen el mismo derecho que los hombres a recibir una pensión de vejez. En su informe anual de 2007, el Plan Nacional de Seguros declaró que el 72% de los beneficiarios eran hombres y el 28% mujeres. Resulta interesante que, en 2007, en el 52,5% de los casos fuesen mujeres quienes solicitaran el pago de la prestación por vejez en forma de cantidad única y el 47,5% de los casos correspondiese a hombres, y que las mujeres tuviesen un nivel de contribuciones inferior al de los hombres.

244.La asistencia que el Gobierno proporciona en el marco del capítulo 36:03 de la Ley de pensiones de vejez no tiene carácter discriminatorio y todos los guyaneses que satisfacen los requisitos legales reciben una pensión mensual al alcanzar los 65 años. Hay 42.000 beneficiarios de esa prestación, la mayoría de los cuales son mujeres debido a que su esperanza de vida es mayor.

245.Además, todos los funcionarios públicos tienen derecho a recibir una pensión de jubilación. En ese sistema tampoco hay ninguna diferencia entre empleados varones y mujeres.

Artículo 12

246.En el artículo 24 de la Constitución de Guyana se establece que todo ciudadano tiene derecho a recibir atención médica gratuita. En el caso de las personas mayores o con discapacidad también se garantiza el derecho a disfrutar de los servicios sociales.

247.En 2009, la consignación presupuestaria destinada a la salud representó el 9,3% del presupuesto y el 4,7% del PIB. En 2010, se asignó a la salud el 9,9% del presupuesto.

248.El sistema de prestación de servicios de atención de la salud de Guyana, impulsado por la Estrategia nacional para el sector de la salud 2008-2012, trata de obtener mejoras en toda la gama de servicios sanitarios garantizados por el Estado. Los servicios de atención de la salud en el sector público son gratuitos, incluidos los servicios de atención primaria, secundaria y terciaria, la inmunización de todas las mujeres embarazadas y los niños, los análisis para detectar el VIH/SIDA y los servicios de orientación psicológica, las medidas de prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo y la terapia antirretroviral y otros medicamentos para quienes padecen el VIH/SIDA.

249.Guyana ofrece un sistema completo de atención de la salud y ha elaborado una Estrategia nacional para promover la salud de la mujer a lo largo de toda su vida. La legislación, los planes y las políticas en materia de salud se basan en investigaciones y evaluaciones científicas y éticas del Estado y las necesidades en materia de salud de los ciudadanos, especialmente las mujeres. El sector público de la salud recibe apoyo técnico de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el UNICEF y el Centro para el Control de Enfermedades de los Estados Unidos de América.

250.Además, el Gobierno vela por que todos los servicios de salud sean compatibles con un enfoque de derechos humanos, incluidos el derecho a la intimidad, la confidencialidad, el consentimiento fundamentado y la libre elección. El principio de confidencialidad está incorporado en todos los instrumentos legislativos de naturaleza médica, entre los que cabe citar la Ley relativa a la interrupción médica del embarazo (Nº 7 de 1995) (art.14); la Ley de profesionales de la medicina; la Ley de comadronas; y demás protocolos médicos. Para acceder a la atención médica, incluidos los servicios de planificación de la familia de cualquier tipo, no es necesario el consentimiento de la pareja o de los padres. Hay limitaciones en el caso de personas que no puedan dar su consentimiento fundamentado, como las personas con enfermedades mentales o los niños muy pequeños.

251.Las intervenciones sanitarias están dirigidas a la prevención y el tratamiento de las enfermedades y otros problemas que afectan a la mujer, como la violencia de género. Entre los servicios que ofrece el Gobierno, las mujeres tienen acceso a una plena variedad de actuaciones para la atención de la salud de gran calidad y asequibles, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva. Cabe destacar dos intervenciones importantes que se prestan gratuitamente a las madres embarazadas afectadas por el VIH/SIDA: la terapia para impedir la transmisión del virus al hijo y el tratamiento con antirretrovirales para quienes están infectados por el VIH/SIDA.

Artículo 12 1)

252.El Gobierno de Guyana asegura que la prestación de los servicios de salud se base en la equidad y la rendición de cuentas. El Ministerio de Salud se esfuerza por mejorar el estado de salud física, social y mental de todos los guyaneses y extranjeros residentes en Guyana proporcionándoles unos servicios de salud en las condiciones más accesibles, aceptables, asequibles, oportunas y adecuadas que puede ofrecer el país, habida cuenta de los recursos disponibles, y por aumentar la eficacia del personal de salud mediante una formación y capacitación permanentes y la aplicación de sistemas de gestión.

253.El Estado parte reconoce que la obligación de satisfacer el derecho a la salud exige que se adopte una estrategia nacional y se dedique a la salud una proporción importante y suficiente del presupuesto disponible. Desde 1992 el Gobierno ha realizado inversiones anuales importantes para reconstruir el desplomado sector de la salud pública y extender a todos los guyaneses los beneficios de un moderno sistema de atención de salud, especialmente a los que viven en las zonas más remotas del interior del país.

254.La estructura del sector de la salud pública se basa en un sistema gratuito de atención sanitaria, desde el escalón inferior de los consultorios médicos rurales en zonas remotas del interior hasta los principales centros hospitalarios de atención terciaria, referencia y capacitación, en que el acceso a los servicios de salud de la madre y el niño, y el tratamiento de enfermedades transmisibles y no transmisibles, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, así como odontología y rehabilitación se interrelacionan y se ofrecen a distintos niveles en las diez regiones administrativas del país.

255.Los ciudadanos guyaneses y los extranjeros residentes en Guyana tienen acceso a atención médica gratuita en los principales hospitales terciarios y de referencia, 9 hospitales públicos regionales, 21 hospitales secundarios/de distrito, 2 hospitales especializados y 342 establecimientos de atención primaria. Los medicamentos en el sector público también son gratuitos. Además en el país hay 7 hospitales privados.

Datos estadísticos

256.Según el MICS 2006, la prevalencia del uso de anticonceptivos era del 37,5%. En 2006, una tercera parte (el 34%) de las mujeres casadas o que vivían en pareja dijeron que utilizaban anticonceptivos. El método más utilizado era la píldora (13%) y los condones y los dispositivos intrauterinos, con el 6% cada uno. Algo más de la mitad (el 51,4%) de las mujeres entre 15 y 49 años que estaban casadas, vivían en pareja o eran sexualmente activas dijeron que su demanda de métodos anticonceptivos estaba satisfecha. Un tercio (el 32,4%) dijeron que sus necesidades en materia de anticonceptivos no estaban satisfechas.

Medidas adoptadas

257.Guyana reconoce la importancia de la promoción y protección de la salud reproductiva. Las políticas del Estado parte protegen el derecho de hombres y mujeres a recibir información y poder acceder a métodos de planificación de la familia de su elección seguros, eficaces, asequibles y aceptables, así como otros métodos para la regulación de su fertilidad. Hombres y mujeres tienen a su disposición servicios de planificación de la familia en los centros públicos de atención primaria de la salud y en los centros privados y ONG. En el marco del Programa nacional de lucha contra el sida se contempla la distribución gratuita de condones. Se venden abiertamente condones en las farmacias y en las estaciones de suministro de combustible. Las ONG Asociación de Paternidad Responsable de Guyana y Asociación de Planificación de la Familia de Guyana siguen ofreciendo servicios de planificación de la familia dirigidos a hombres y mujeres.

258.En cuanto a la discriminación por motivos de edad, Guyana observa lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño, concretamente el artículo 24 1). De acuerdo con lo establecido en los textos de El Cairo y Beijing sobre la eliminación de las barreras normativas y sociales que se oponen a la difusión de información sobre la salud reproductiva y la prestación de servicios para los adolescentes, el Estado parte ha adoptado medidas para velar por que los profesionales de la salud no restrinjan el acceso de los adolescentes a los servicios de salud reproductiva. Los adolescentes pueden recurrir a cualquiera de los métodos anticonceptivos con la única condición de recibir orientación en los centros de atención primaria de la salud. El fondo temático para la salud maternal ofrece apoyo para la prevención y la reducción de los embarazos de adolescentes.

259.Por lo que se refiere a la objeción de conciencia, en el artículo 11 de la Ley relativa a la interrupción médica del embarazo (Nº 7 de 1995) se recoge la objeción de conciencia para participar en ese tratamiento. En el párrafo 1 de ese artículo se establece que, con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 4, la ley no podrá obligar a nadie que alegue una objeción de conciencia a participar en el tratamiento para la interrupción de un embarazo de una paciente. En el párrafo 2 se establece que, si se llegara a un procedimiento jurídico, la carga de la prueba recaería en la persona que alegase la objeción. En el párrafo 4 se estipula, no obstante, que lo dispuesto en el párrafo 1 no afectará al deber de una persona de participar en el tratamiento para la interrupción de un embarazo que sea necesario para salvar la vida de una mujer embarazada o para evitar un daño grave y permanente a su salud física o mental.

260.No obstante, hay varias medidas generales que afectan directamente a la calidad de vida y la salud de los guyaneses, especialmente las mujeres y los niños, entre las que cabe citar:

La reducción del nivel de pobreza del 67% de la población en 1992 al 35% en 2006;

La expansión y el fortalecimiento de la atención primaria de la salud, especialmente a todas las comunidades de las zonas rurales costeras y de las zonas del interior;

La mejora en el abastecimiento de agua del 50% de la población en 1991 al 86% en 2009;

La reducción de las tasas de anemia y malnutrición entre los niños y las mujeres gracias a las intervenciones especiales dirigidas a los pobres y a las personas en riesgo;

La construcción de nuevas guarderías y escuelas primarias y secundarias en todo el país y la rehabilitación y modernización de las escuelas existentes;

Los programas masivos de construcción de viviendas para familias de bajos ingresos a precios subvencionados y el acceso a préstamos con bajos tipos de interés;

Además de las intervenciones en el sector de la salud que ya se han mencionado, otras intervenciones específicas dirigidas a las mujeres y los niños;

La capacitación de las comunidades para que asuman una mayor responsabilidad por su salud y proporcionen un entorno seguro mediante iniciativas de promoción de la salud en las escuelas;

La puesta en marcha en 2004 de un programa de salud y bienestar para los adolescentes y los jóvenes;

La elaboración de directrices para el personal sanitario acerca del tratamiento de los niños en casos de emergencia nacional por inundaciones y el tratamiento de los niños, las mujeres y las mujeres embarazadas en los albergues durante las inundaciones.

261.Está previsto que en el marco de la Estrategia nacional para el sector de la salud 2008-2012, sucesora del Plan Nacional de Salud, se intensifiquen aún más los esfuerzos por conseguir la armonización, la eficacia y la reforma del sector de la salud mediante una política de mayor autonomía para las entidades regionales que se encargan de la salud y un personal con aptitudes idóneas.

Artículo 12 2)

Datos estadísticos

262.El Estado parte reconoce que el respeto del derecho a la vida implica también la adopción de medidas para evitar la mortalidad materna. Se ha registrado una reducción de la tasa de mortalidad materna, que de 320 por cada 100.000 nacidos vivos en 1991 ha pasado a 113 en 2006 y 98 en 2009. El Gobierno ha adoptado medidas para mejorar la situación en lo que se refiere a la seguridad y las complicaciones derivadas del embarazo, el parto y el puerperio. El Ministerio de Salud, con el apoyo técnico de la OPS, ha elaborado un Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal.

263.En el marco del Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal 2006-2010 se han puesto en marcha iniciativas específicas para la salud maternoinfantil. Entre ellas cabe citar la consolidación de la Estrategia de atención integrada de las enfermedades prevalentes de la infancia, iniciada en 2000 para mejorar el nivel general de salud y bienestar de los niños. Sobre la base del éxito inicial, el Comité Nacional de la Estrategia está fomentando el establecimiento de centros comunitarios para promover las prácticas más importantes para la salud infantil.

264.El Ministerio de Salud ha elaborado políticas de maternidad segura para que los hospitales y centros de salud cuenten con la capacidad necesaria para ayudar a las mujeres a dar a luz hijos sanos y ofrecer información sobre la planificación de la familia. Se han mejorado las instalaciones de maternidad en los hospitales públicos de Nueva Amsterdam y Georgetown (la mayoría de los niños nacen en esos dos centros) y se han ampliado los programas de salud en los que se imparte formación ginecológica para mejorar la seguridad durante el parto y el puerperio.

265.El Ministerio de Salud también estableció en 2005 un Comité nacional de auditoría sobre la mortalidad materna al que se encomendó investigar todas esas muertes, que el Ministerio ha ordenado se comuniquen al Oficial Médico Superior en un plazo de 24 horas. También se están elaborando directrices para un estudio epidemiológico de la mortalidad materna y los necesarios programas de formación para reducir esas muertes.

266.Con el apoyo de la OPS, el Plan Estratégico del Ministerio de Salud se centra en la reducción de la tasa de mortalidad materna. En 2004, esa tasa se situó en 115,9, lo que en términos reales significa que de los 16.391 niños nacidos de ese año, 19 crecerán sin sus madres. Está previsto que con el Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal 2006-2010 esa tasa se reduzca a menos de 100 fallecimientos por cada 100.000 nacidos vivos. Puede verse más información en la siguiente página web: http://www.guy.paho.org/maternal.html.

267.Según el MICS 2006, cuatro quintas partes (el 81%) de las mujeres de Guyana que habían dado a luz al menos una vez en los 24 meses anteriores a la realización del estudio recibieron atención prenatal de personal cualificado (médico, enfermera o comadrona, comadrona auxiliar, Medex). Sin embargo, la proporción de mujeres que recibieron atención prenatal de personal cualificado no era uniforme en las diez regiones administrativas. Las mujeres de las zonas costeras habían recibido una proporción sustancialmente mayor (87%) de atención por parte de personal cualificado (médicos especializados en obstetricia o ginecología y enfermeras profesionales) que las mujeres de las regiones del interior (57%).

268.En los centros de atención primaria de la salud de las aldeas del interior, son los agentes de salud comunitarios, Medex y comadronas cualificadas quienes se ocupan de las clínicas prenatales y posnatales. Cuando las mujeres necesitan atención y tratamiento más especializados se remiten a centros de atención primaria o secundaria de la salud más avanzados de esas regiones. En situaciones de emergencia, las mujeres embarazadas o sus hijos son evacuados por vía aérea al único hospital de atención terciaria de referencia de la capital, Georgetown.

269.Desde la realización del estudio, los hospitales regionales y de distrito de las cuatro regiones administrativas del interior han pasado por una reforma física y una inyección de nuevos médicos y personal de enfermería que ha mejorado la facilidad de acceso y la calidad de los servicios prestados. En 2006, casi el 98% de los nacimientos contaron con la atención de personal cualificado, en comparación con el 86% tan sólo seis años antes.

270.Por lo que se refiere a la lactancia materna, más de dos quintas partes de las mujeres (el 43%) comenzaron a dar el pecho dentro del período recomendado de una hora a partir del nacimiento, y tres de cada cuatro (el 75%) lo hicieron en el plazo de un día. La lactancia materna se mantuvo a lo largo de la primera infancia y el 20% de los niños de entre 6 y 11 meses recibían leche materna y alimentación complementaria, mientras que casi la mitad de los niños (el 48%) recibían lecha materna y otros alimentos apropiados cuando tenían entre 20 y 23 meses.

Medidas adoptadas

271.El Estado parte ha adoptado, y seguirá adoptando, medidas para garantizar la seguridad para las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio. Guyana tiene en cuenta el quinto Objetivo de Desarrollo del Milenio en lo que se refiere al mejoramiento de la salud materna.

272.El Estado parte, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, administra el Programa de nutrición básica (BNP) del que se benefician 20.000 mujeres y niños. El Programa de suplementos alimenticios forma parte del Programa de nutrición básica, que se puso en marcha para la reducir y prevenir la malnutrición y la anemia en las embarazadas y los niños de 6 a 24 meses. Los padres de todos los niños inscritos para recibir suplementos alimenticios reciben también mensualmente un cupón de alimentos que les permite adquirir artículos como leche, cebada, harina de maíz y harina de plátano para hacer purés. El Fondo se ocupa también del fomento de la capacidad de los trabajadores sanitarios en material de educación sobre la nutrición y una estrategia de nutrición integrada en el Programa de salud maternoinfantil. La evaluación del Programa de nutrición básica indica que se ha conseguido una reducción de la anemia del 34% y una reducción de la malnutrición del 45%.

273.El Estado parte ha ampliado también el Programa de atención de la salud reproductiva, de cuya ejecución se encarga el Departamento de Salud de la Madre y el Niño del Ministerio de Salud en asociación con la Asociación de Paternidad Responsable de Guyana y el Programa para la reducción del VIH/SIDA en Guyana, con el fin de impartir capacitación en ginecología para reducir los riesgos y mejorar las condiciones de seguridad de los nacimientos, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, y ofrecer orientación en el ámbito de la planificación de la familia y la utilización de anticonceptivos.

274.Existe un Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal para el período 2006-2010 con el que se pretende reducir la tasa de mortalidad materna a menos de 100 muertes por cada 100.000 nacidos vivos. Fue elaborado por el Ministerio de Salud con el apoyo técnico de la OPS y con él se pretende elaborar normas e intervenciones fundamentadas en los datos, mejorar el acceso a los cuidados de la salud y reforzar y gestionar los programas de supervisión y evaluación. Todo ello con el fin de promover la maternidad segura en Guyana a lo largo de un período de cuatro años.

275.En 2007 el Ministerio de Salud y la OPS firmaron un acuerdo para impartir en Guyana, en un plazo de dos años, diez cursos del programa Alarma Internacional que habrían de llegar a cerca de 400 profesionales de la salud (100 médicos y 300 comadronas, enfermeras y oficiales médicos). Los miembros del personal del Ministerio de Salud han sido los principales beneficiarios de los dos primeros cursos de Alarma Internacional, que se impartieron en abril y mayo de 2008.

276.En 2009, el Ministerio de Salud y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) inauguraron el programa de trabajo de un Fondo temático para la salud materna a través del cual Guyana recibirá 400.000 dólares de los Estados Unidos. El Fondo se enmarca en la asociación entre el Ministerio y el UNFPA que pretende reducir la mortalidad y mejorar la salud materna y neonatal en Guyana. Con esa financiación se potenciarán varias actividades en las esferas de la salud materna e infantil, entre las que pueden citarse:

i)La realización de una evaluación de los centros sanitarios del país desde el punto de vista de la atención obstétrica y neonatal de emergencia para obtener información útil sobre su capacidad de prestar atención básica y general;

ii)La adquisición y facilitación de equipo y suministros para mejorar la atención obstétrica y neonatal en los centros de salud;

iii)La promoción de la atención prenatal y fortalecimiento de los servicios de planificación de la familia;

iv)El fomento de la capacidad y la formación de médicos, comadronas y demás profesionales de la atención obstétrica y neonatal.

277.Todas esas intervenciones han dado lugar a la reducción de la mortalidad y la morbilidad neonatal e infantil y a la reducción del nivel de malnutrición en la población general, pero más especialmente en los niños menores de 5 años.

Recomendación general Nº 15 – Necesidad de evitarla discriminación contra la mujer en las estrategiasnacionales de acción preventiva y lucha contra el sida

Datos estadísticos

278.Desde 1992, Guyana mantiene su compromiso en la lucha contra le epidemia del VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual. El Gobierno ha reconocido la carga que la enfermedad supone para las personas, las familias y la sociedad en general. Se sabe que el VIH/SIDA puede tener un efecto grave en la población activa, en la economía y en el bienestar de la sociedad.

279.El ONUSIDA estima que la prevalencia del VIH/SIDA en la población adulta de Guyana es del 2,4% (rango: 1,0% a 4,9%). En la población general, cerca del 28% de los casos son mujeres, pero en el grupo de edad de los menores de 24 años, las mujeres suponen la mayoría de los casos. Se describe a Guyana como un país con una epidemia generalizada. Los estudios realizados entre los trabajadores del sexo antes de 2001 mostraron una tasa de prevalencia de cerca de 46%. En un estudio realizado en 2004, esa tasa se había reducido al 26,6% (pueden consultarse los datos en http://www.hiv.gov.gy/gp_hiv_gy.php#epi).

280.Antes de 2001, los estudios mostraban una prevalencia del VIH entre las mujeres embarazadas del 7%. En 2002, los centros relacionados con la prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo revelaron una prevalencia cercana al 4%. En 2003, la prevalencia del VIH/SIDA entre las mujeres embarazadas era del 5,6%, y descendió al 2,6% en 2004. Un estudio sobre la prevalencia del VIH realizado en 2006 mostró una nueva reducción hasta el 1,55%.

281.Además, Guyana ofrece tratamiento antirretroviral gratuito para quienes padecen el VIH/SIDA. Merced a un enfoque gradual que comenzó a aplicarse en 2004, se ha dado tratamiento unos 7.300 pacientes, y otros 2.300 comenzaron a recibir tratamiento en 2009. Los resultados son alentadores, ya que la prevalencia del VIH entre las mujeres embarazadas se ha reducido de más de un 5% antes de 2000 a cerca del 1,4% en 2008.

282.Por lo que se refiere a la información sobre la prevención del VIH/SIDA, según un estudio realizado en 2006 más de la mitad (el 55%) de las mujeres de entre 15 y 49 años conocían los tres métodos principales para impedir la transmisión del virus (es decir, tener una única pareja sexual no infectada, utilizar un condón en cada relación sexual y abstenerse de las relaciones sexuales). De forma similar, el 58% de las mujeres de ese grupo de edad conocían las tres formas de prevenir la transmisión de la madre al hijo. Una tercera parte (el 36%) de las mujeres en edad reproductiva no manifestaron ninguna actitud discriminatoria hacia las personas que viven con el VIH/SIDA, y esa aceptación crece con el nivel de educación de la mujer y con la riqueza del hogar. Dos tercera partes (el 61%) de las mujeres identificaron correctamente tres errores acerca de la transmisión del VIH (que el VIH puede transmitirse compartiendo alimentos, que puede transmitirse a través de picaduras de mosquito y que una persona que parece sana no puede estar infectada).

283.Desde 2000 se ha registrado un incremento del 12% en la proporción de mujeres en edad reproductiva que saben dónde pueden hacerse un análisis para detectar el VIH, proporción que alcanza ahora el 81%. En 2006 se hicieron análisis el doble de mujeres de ese grupo de edad que en el estudio realizado en 2000 (el 32% en comparación con el 16%). El porcentaje de mujeres que tienen un conocimiento completo de la transmisión del VIH y que saben dónde pueden hacerse análisis para detectarlo aumenta drásticamente con el nivel de educación.

284.En una encuesta de indicadores sobre el sida realizada en 2005 se encontró que el conocimiento general sobre la transmisión del VIH era alto, que el 98% de la población había oído hablar del VIH y el sida y que el 75% de los adultos sabían que tener una sola pareja sexual no infectada podía reducir las probabilidades de contraer el VIH. El conocimiento de otros medios para evitar la transmisión del VIH, como el uso de condones y limitar las relaciones sexuales a una pareja no infectada que no tenga relaciones con otras personas, es relativamente alto, ya que el 76% de las mujeres y el 81% de los hombres mencionaron ambos métodos.

285.La encuesta reveló también que las actitudes frente a la enseñanza del uso de condones para evitar el VIH a los menores son en general positivas, ya que el 81% de las mujeres y el 84% de los hombres apoyan que se enseñe a los menores de entre 12 y 14 años el uso de un condón. En cuanto al comportamiento, la encuesta reveló que la mediana de la edad con que se accede a la primera relación sexual es de 18,4 años en el caso de las mujeres y 18 en el de los hombres. La proporción de las mujeres de entre 15 y 49 años que dijeron haber tenido relaciones sexuales con dos o más parejas en los 12 meses anteriores a la encuesta es relativamente baja (el 1%), aunque llega al 9% en el caso de los hombres. Una proporción mayor de hombres dice haber mantenido relaciones sexuales de alto riesgo en el hogar durante los últimos 12 meses. El 50% de las mujeres y el 66% de los hombres dijeron haber utilizado un condón la última vez que tuvieron relaciones sexuales con una pareja que no fuese con la convivían durante los 12 meses anteriores a la realización de la encuesta.

286.En Guayana se ha determinado que los jóvenes, las mujeres en edad reproductiva y los trabajadores del sexo son los que corren riesgo de infección por el VIH. Las tasas de infección entre los grupos de mayor riesgo son significativamente mayores que las de la población general. No obstante, la transmisión por vía heterosexual en parejas casadas, estables y esporádicas supone el 80% de las infecciones.

287.En el informe publicado en 2008 por el ONUSIDA sobre la epidemia mundial del sida se estimaba que en 2007 había en Guyana 13.000 personas (niños y adultos) que vivían con el VIH/SIDA, de los que se calculaba que 7.000 eran mujeres. La cifra estimada ese año de niños (menores de 14 años) que vivían con el VIH/SIDA era inferior a 1.000.

288.El Comité tal vez desee observar que, en abril de 2010, Guyana presentó al ONUSIDA su informe correspondiente a 2009 sobre los avances en la esfera del VIH/SIDA. En el informe se comunica que el 83,5% de los adultos y niños con una infección por el VIH avanzada recibían terapia antirretroviral a fines de 2009 y que el 72,17% estaban vivos y seguían con el tratamiento 12 meses después de haberlo iniciado.

289.La aplicación de un Plan Estratégico Nacional sobre el VIH/SIDA de cinco años comenzó en 2002 y en 2003 se revisó un documento nacional de política sobre el VIH/SIDA (presentado por primera vez en la Asamblea Nacional en 1999) a fin de reflejar en él los cambios acaecidos en los mecanismos de coordinación y establecer un marco de políticas para determinar el acceso gratuito a la atención y el tratamiento de todas las personas que viven con el VIH. Tras el éxito del Plan Estratégico Nacional sobre el VIH/SIDA para el período 2002-2006, y teniendo en cuenta el mayor nivel de financiación para la lucha con el VIH/SIDA, actualmente se está poniendo en práctica el Plan para el período 2007-2011.

290.El Estado parte toma nota del sexto Objetivo de Desarrollo del Milenio sobre la necesidad de evitar la discriminación contra la mujer en las estrategias nacionales de acción preventiva y lucha contra el VIH/SIDA y ha adoptado estrategias para velar por que no se discrimine a la mujer en esa esfera. El Estado parte reconoce también que algunos factores relacionados con el género determinan la medida en que hombres, mujeres, niños y niñas son vulnerables a la infección por el VIH y el modo en que el sida les afecta.

291.En el Programa de la Estrategia de lucha contra la pobreza 2004-2008, respaldado por el Banco Mundial y el FMI, se reconoce el potencial del VIH/SIDA para estancar el avance y extender la pobreza por Guyana y, por tanto, se hace de la lucha contra el VIH/SIDA una prioridad básica. En su continuación para el período 2008-2012 se mantiene ese objetivo.

292.El Gobierno de Guyana recibe apoyo técnico y financiero de sus asociados en el sector de la salud, la OPS/OMS, el UNICEF y el Plan de Emergencia del Presidente de los Estados Unidos para el alivio del sida, denominado ahora Liderazgo mundial de los Estados Unidos contra el VIH/SIDA, la tuberculosis y la malaria. Guyana también recibe ayuda del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria.

293.Cuba es el asociado bilateral más importante en el sector de la salud y contribuye a la formación de más de 300 guyaneses que serán médicos en 2012, la construcción y la dotación de especialistas cubanos para los nuevos y modernos centros de diagnóstico y un hospital oftalmológico especializado y la atención quirúrgica oftalmológica en Cuba para más de 2.000 pacientes en el marco de un programa denominado "Misión milagro". Como ya se ha mencionado anteriormente, más de 900 estudiantes guyaneses han estudiado o están estudiando actualmente en Cuba en los campos de la medicina, la agronomía, la ingeniería, etc.

294.El sector público de la salud ofrece la posibilidad de realizar análisis gratuitos para detectar el VIH/SIDA en los centros de atención primaria de la salud y en clínicas especializadas. También pueden realizarse análisis en el sector privado con un cierto coste. Las personas a las que se les detecta el VIH reciben orientación psicológica en un clima de confidencialidad.

295.Se procura que las muchachas adolescentes tengan acceso a información, servicios y tratamiento y que haya medidas preventivas dirigidas a las mujeres y los niños vulnerables a través de programas de sensibilización en los medios de comunicación y distintos niveles de orientación en las comunidades. Mediante una agresiva campaña de información en los medios de comunicación se alienta a todas las mujeres embarazadas a que se hagan análisis.

296.La secretaría del Programa nacional de lucha contra el sida y el Departamento de Salud de la Madre y el Niño del Ministerio de Salud, junto con el Banco Mundial, el UNICEF y la OPS, iniciaron en noviembre de 2001 el Programa de prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo en ocho centros. Al finalizar 2006 había más de 100 de esos centros en el sector público. Esos centros ofrecen acceso al Programa de prevención a casi el 80% de las mujeres embarazadas de Guyana. La mayoría de los centros consiguieron realizar análisis para detectar el VIH en más del 90% de los casos. Más del 85% de los niños nacidos de madres infectadas con el VIH reciben tratamiento con nevirapine al nacer. Cabe señalar que todo ese proceso es gratuito.

297.Los programas que se elaboran siguen centrándose principalmente en las poblaciones que corren mayor riesgo de servir como vehículos de transmisión y se ajustan a una estrategia orientada a conseguir un cambio de los comportamientos. Además, con esos programas se pretende prevenir las infecciones por el VIH entre los miembros de la población general que no están encuadrados en ninguno de los grupos de alto riesgo pero adoptan un comportamiento sexual de riesgo y podrían servir de puente para la transmisión del VIH entre las poblaciones de mayor riesgo y la población general.

298.Para mejorar la protección y la prevención del VIH/SIDA, Guyana ha elaborado unos principios, normas y directrices nacionales para la prevención del VIH. Para recordar continuamente al público que debe utilizar condones, Guyana puso en marcha en 2009 una nueva campaña titulada "Póntelo". En esa campaña se propugna la generalización del uso de condones y forma parte de una campaña nacional para concienciar a las comunidades acerca de la importancia de la utilización habitual del condón.

299.Durante el período del Mashramani, festival cultural nacional anual en cuyo último día se reúnen más de 100.000 personas en un gigantesco desfiles de trajes, el Ministerio de Salud, la secretaría del Plan Nacional de lucha contra el SIDA, la Asociación de Paternidad Responsable de Guyana y muchas ONG que trabajan en la lucha contra el VIH/SIDA participan con trajes en los que se ponen de relieve mensajes relacionados con la salud y distribuyen gratuitamente condones a los asistentes. También se distribuyen condones gratuitamente en los principales acontecimientos culturales y deportivos.

300.Es importante señalar que, en 2002, el Gobierno estableció el Programa de tratamiento universal para las personas que viven con el VIH/SIDA. Se proporciona tratamiento gratuito en la clínica de medicina genital y urinaria de Georgetown (la capital) y otros centros que cuentan con el apoyo de los donantes. La Compañía Farmacéutica de Guyana elabora localmente los medicamentos antirretrovirales. Además de los recursos del Gobierno, diversas ONG, organizaciones de base comunitaria, organismos de las Naciones Unidas, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Organización Family Health International y otros donantes bilaterales colaboran con el Gobierno para movilizar a las comunidades y prestar apoyo a quienes viven con el VIH/SIDA.

Prevención de las enfermedades específicas de la mujer – cáncer de cuellodel útero y cáncer de mama

Datos estadísticos

301.El Ministerio de Salud invitó a Omni Med a que visitara Guyana en 2002. Desde entonces, Omni Med ha mantenido una presencia continua en el país. En 2004 puso en marcha el Programa de prevención del cáncer de cuello del útero en colaboración con el Ministerio de Salud y el Hospital Público de Georgetown. En el marco del Programa de Omni Med se han realizado análisis a centenares de mujeres, se han detectado y extirpado muchas lesiones precancerosas y se ha contribuido a la Estrategia nacional de prevención del cáncer de cuello del útero.

302.La práctica de la autoexploración para detectar el cáncer de mama no está muy extendida, por lo que la mayoría de las mujeres a las que se diagnostica ese tipo de cáncer se encuentran en la etapa 3 ó 4 de la enfermedad. Eso ha conducido a la puesta en marcha de programas de sensibilización a través de los medios de comunicación y del sistema de atención primaria de la salud.

303.Cada año, en un país de 700.000 habitantes se le diagnostica cáncer de mama a entre 90 y 100 mujeres (1 de cada 7.000), según el estudio sobre etnicidad y cáncer realizado por el Centro de información sobre el cáncer de Guyana. De su base de datos se desprende que los tres principales tipos de cáncer son el de mama (23%), el de cuello del útero (22%) y el de próstata (20%).

304.Desde su creación, el Centro de información sobre el cáncer de Guyana, establecido en 2000, ha venido recopilando datos del hospital nacional de referencia y otras instituciones públicas y privadas. Los dos principales tipos de cáncer (de mama y de cuello del útero) mostraban una clara distribución étnica: las mujeres indoguyanesas presentaban un mayor porcentaje de casos de cáncer de mama (45%) en tanto que las afroguyanesas presentaban un mayor porcentaje de casos de cáncer de cuello del útero (39%). No obstante, al analizar la proporción de casos de cáncer de cuello del útero entre todos los casos de cáncer en cada grupo étnico se encontró que el cáncer de cuello del útero era significativamente más común (p < 0,0001) entre las mujeres indígenas (amerindias). De forma similar, al realizar análisis por grupos de edad se encontró que había un número significativamente mayor de casos de cáncer de cuello del útero que de cáncer de mama (p = 0,014) entre las mujeres menores de 30 años. El virus del papiloma humano, los embarazos tempranos y múltiples, el inicio precoz de las relaciones sexuales y las múltiples parejas sexuales se consideran factores que pueden contribuir a aumentar los niveles de cáncer de cuello del útero.

Medidas adoptadas

305.El elemento principal es la detección temprana mediante la realización de exámenes periódicos. Los programas de sensibilización y la disponibilidad de análisis precisos son dos medidas esenciales para fomentar la realización de exámenes periódicos y conseguir la detección precoz. La Sociedad del Cáncer de Guyana es una ONG que se encarga de concienciar a la población acerca del cáncer. Junto con el Ministerio de Salud, esa organización ha designado el mes de octubre como mes para la sensibilización acerca del cáncer en el que se organizan simposios, carreras promocionales y programas televisivos para fomentar la sensibilización acerca de la enfermedad.

306.En colaboración con organizaciones internacionales y varias instituciones de investigación, los exámenes y el tratamiento se llevan a cabo en Guyana y en el extranjero. Gracias a los estudios epidemiológicos se consigue información importante sobre la relación entre el cáncer de cuello del útero y el virus del papiloma humano que ayudará al Ministerio de Salud a determinar el tipo de examen más efectivo para el país. Guyana cuenta con la capacidad necesaria para realizar mamografías y analizar frotis, realizar exámenes para detectar el cáncer de cuello del útero, extirpar lesiones precancerosas y realizar intervenciones quirúrgicas radicales en caso necesario.

307.En el marco del Proyecto sobre el cáncer de Guyana, el Ministerio de Salud trabaja con la organización Remote Area Medicine y la Universidad de Guyana para crear el primer programa de residentes de obstetricia y ginecología del país y establecer en el Hospital Público de Georgetown un servicio de cáncer ginecológico y elaborar un protocolo nacional para el análisis y la detección del cáncer de cuello del útero.

308.Se aprobaron dos becas para trabajos sobre la prevención del cáncer de cuello del útero: una para un proyecto Jhpiego-Omni Med, financiada por la USAID, y la otra para un proyecto financiado por el Rotary Club. No obstante, las principales causas de mortalidad y morbilidad entre las mujeres siguen siendo la presión sanguínea elevada, las enfermedades cardíacas y la diabetes y sus complicaciones. El sector de la salud se centra principalmente en la gestión de esas enfermedades y el tratamiento y la vigilancia apropiados de la salud, así como en la modificación del estilo de vida en cuanto a la dieta y el ejercicio.

La responsabilidad civil y las entidades privadas

309.Todos los centros médicos privados están sujetos a la supervisión del Ministerio de Salud al amparo de lo dispuesto en la Ley de autorización de centros de salud de 2009 y la Ley de salud pública y deben ajustarse a una normativa legal, ética y profesional. Además, hay varias asociaciones, como el Colegio de Médicos, el Colegio de Enfermeros, el Colegio de Farmacéuticos y el Colegio de Odontólogos, que se ocupan de la inscripción, acreditación, promoción y supervisión de los distintos profesionales de la salud, así como de vigilar el cumplimiento de las normas. Esos órganos expiden las correspondientes licencias y pueden suspender o revocar la licencia de una persona u organización privada que incumpla la normativa. La junta establecida según lo dispuesto en la Ley de autorización de centros de salud expide las autorizaciones para la apertura de centros privados de atención de la salud. La junta realiza inspecciones para comprobar que los hospitales privados cumplen la normativa. Todo ello se realiza según lo dispuesto en la ley y en el reglamento que la desarrolla. La Ley de autorización de centros de salud garantiza que esos centros actúen de acuerdo con las directrices publicadas por el Ministerio.

310.El 8 de abril de 2010 se aprobó el nuevo proyecto de ley sobre los profesionales de la salud que fue enviado a la Comisión Especial del Parlamento en 2009. Ese nuevo instrumento legislativo impulsará la inscripción, acreditación y supervisión de nuevas categorías de profesionales sanitarios.

311.Los profesionales de la salud tienen el deber de cuidar de sus pacientes. Si ese deber se desatiende y un paciente sufre daños y perjuicios, ese paciente o su familia pueden demandar al profesional, que puede ver su licencia profesional suspendida o revocada por el órgano competente.

Formación de los trabajadores de la salud

312.Los programas de estudios para la formación de los trabajadores sanitarios incluyen cursos amplios y obligatorios en los que se tienen en cuenta los intereses de la mujer acerca de su salud y sus derechos humanos, en especial en relación con la violencia de género. Esos programas se imparten a través de los estudios oficiales en la Escuela de Medicina de la Universidad de Guyana, en las tres escuelas de enfermería estatales y la de carácter privado y durante la formación con nivel de diplomatura, grado y postgrado de una amplia gama de profesionales sanitarios.

313.En las escuelas de enfermería se imparten cursos sobre cuestiones éticas y jurídicas. Además, el Ministerio de Salud organiza periódicamente seminarios y cursos especializados para los trabajadores de la salud.

314.En la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Guyana se imparte continuamente formación a alumnos que inician con éxito su carrera como profesionales sanitarios. La Facultad está compuesta por la Escuela de Medicina, la Escuela de Odontología y los Departamentos de Farmacia, Tecnología Médica y Salud Pública. La Facultad ofrece varios cursos relacionados con la promoción de la salud de la mujer. Entre los temas que se tratan cabe mencionar la educación para la promoción de la salud, enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA, epidemiología, aspectos éticos y jurídicos, administración de los profesionales sanitarios, obstetricia y ginecología, histología, anatomía regional, embriología, etc. Además, la Facultad ofrece una titulación en salud ambiental orientada específicamente a la formación sanitaria de esos profesionales.

315.El Programa internacional para la salud de la mujer de la Sociedad de Obstetricia y Ginecología del Canadá se ha asociado con la OPS y el Ministerio de Salud para aplicar el Programa internacional ALARM en Guyana. El objetivo es formar a unos 400 profesionales de la salud en el contenido de ese programa, así como a 20 instructores nacionales que puedan impartir cursos de formación. Otros objetivos del programa en Guyana son el desarrollo de un equipo nacional de instructores capaz de elaborar planes de acción para promover una atención sanitaria de calidad centrada en la mujer y el establecimiento de una firme relación entre la Sociedad de Obstetricia y Ginecología del Canadá y nuestras organizaciones asociadas.

Alimentos aptos para el consumo, nutritivos y adaptados a las condiciones locales

316.El Gobierno de Guyana hace hincapié en el derecho a la alimentación y ha adoptado medidas positivas para desarrollar, diversificar y expandir el sector agrícola y velar por la seguridad alimentaria para aliviar el hambre. Guyana produce los principales alimentos necesarios para una dieta saludable y no depende de la importación de alimentos básicos para su población. La política alimentaria de Guyana cumple los requisitos de disponibilidad (en cantidad y calidad), inocuidad, aceptabilidad y accesibilidad de los alimentos. El sector agrícola supone el 35% del PIB y en 2002 daba empleo al 19,7% de la población activa.

317.La campaña "Cultivar más alimentos" del Ministerio de Agricultura se centra en la diversificación de la producción agrícola. Teniendo en cuenta los problemas de seguridad alimentaria y de precio de los alimentos que padece la región del Caribe, Guyana observa que puede desempeñar un papel importante en la producción y distribución de alimentos a los países del Caribe. Mediante la iniciativa Jagdeo se distribuyeron semillas y demás material y equipo de plantación tanto a agricultores como a propietarios de casas. Para conseguir la seguridad alimentaria se han emprendido iniciativas de educación y formación técnica orientadas a incrementar la producción orgánica de hortalizas y árboles frutales y promover las buenas prácticas agrícolas, las medidas fitosanitarias, la tecnología de los invernaderos y la utilización segura de plaguicidas y fertilizantes.

318.El Estado parte reconoce que la salud de sus ciudadanos, incluida la de las mujeres, está vinculada a la disponibilidad y el acceso a los alimentos necesarios y saludables a unos precios asequibles. En 2008, durante la crisis mundial alimentaria y de precio de los combustibles, y en 2009, durante la recesión económica y financiera mundial, el Gobierno, para suavizar el impacto en la población, llevó a cabo una serie de intervenciones, especialmente entre los más pobres y vulnerables, como la supresión de los impuestos que gravaban los alimentos esenciales, incluida la leche para los niños, la supresión de los impuestos que gravaban el queroseno y otros combustibles y la distribución de alimentos básicos a precio de costo a las comunidades vulnerables.

319.A pesar de la crisis económica y financiera mundial, el Gobierno ha podido contener el aumento del costo de la vida y mantener controlada la inflación en tasas de un solo dígito. También se pide al Comité que observe que la anemia y la malnutrición han disminuido entre las mujeres y los niños gracias al acceso a los alimentos básicos a precios asequibles y a las medidas adoptadas en el sector de la salud.

Artículo 13

320.Las mujeres tienen el derecho a prestaciones familiares, el derecho de propiedad y el derecho a obtener crédito financiero.

Derecho a prestaciones familiares

321.No hay ningún obstáculo que se oponga al acceso de la mujer a las prestaciones familiares. Una enmienda reciente del reglamento de la Ley nacional de seguro y seguridad social, de noviembre de 2009, elimina el último ámbito de discriminación al permitir el acceso a prestaciones familiares a la pareja supérstite de un afiliado fallecido de sexo masculino. Las leyes sucesorias no discriminan contra el derecho de la mujer a heredar.

Derecho de propiedad

322.Este derecho se ha mencionado en el presente informe como el derecho de la mujer, sancionado por ley, a tener un título de propiedad a su propio nombre. Con arreglo a los programas públicos de vivienda (1995 hasta el presente) ofrecidos en las diez regiones del país y al Programa de regularización de los ocupantes sin título (2001 hasta el presente), no hay ninguna discriminación contra la mujer que le impida solicitar por su cuenta acceso a un solar. El terreno se vende a precios ventajosos con un plazo de pago de dos años y propiedad acreditada por título legal. El titular de la propiedad queda automáticamente autorizado para obtener un préstamo y puede dirigirse a bancos comerciales y solicitar préstamos a bajo interés gracias a un acuerdo entre el Gobierno y el sector financiero. Estos planes de vivienda ofrecen asignaciones especiales al sector más pobre de la población, un alto porcentaje del cual corresponde a familias monoparentales, que no pueden reunir los requisitos básicos del programa. El Comité quizá desee consultar el informe de Guyana al Examen Periódico Universal (EPU) para mayor información. En colaboración con Food for the Poor y Hábitat para la Humanidad, el Gobierno proporciona solares a estos órganos, que a continuación construyen viviendas y las ofrecen a la gente más pobre en condiciones ventajosas.

Derecho y acceso al crédito financiero

323.El Instituto de Desarrollo de la Empresa Privada (IPED) es una sociedad de propiedad privada cuya actividad básica consiste en proporcionar préstamos para el desarrollo de las empresas en Guyana. La igualdad entre los géneros forma parte de las actividades del IPED, lo cual ha permitido un aumento del número de mujeres que obtienen préstamos y tienen éxito en los negocios. En el período 2001-2004, según informes del Instituto, más del 50% de los préstamos se otorgaron a mujeres.

324.Además, el IPED ha ayudado a miles de guyaneses a encontrar empleo y ofrece capacitación como componente de la concesión de préstamos. En 2006, el Instituto capacitó en total a 472 mujeres y 309 hombres que solicitaron préstamos.

325.Además de los organismos del Gobierno, el Consejo de pequeñas empresas y EMPRETEC también han organizado cursos de capacitación en la esfera de administración de empresas. Merece señalarse que dos veces en los últimos años se incluyó a participantes de Guyana en la lista corta de los diez mejores candidatos para recibir los premios de EMPRETEC, y en ambos casos se trataba de empresarias mujeres.

326.En 2006, el Programa de adelanto económico Linden (LEAP) organizó, en virtud de un acuerdo crediticio entre la Unión Europea y el Gobierno de Guyana, dos reuniones nacionales de consulta sobre la mujer empresaria en colaboración con EMPRETEC, programa de las Naciones Unidas para formar empresarios, que atrajo en total a 183 participantes. Según las estadísticas, el 34% de los préstamos del LEAP en el período 2002-2006 se otorgó a mujeres. En su mayoría, se trataba de préstamos de microcrédito a diferencia de los préstamos pequeños o medianos. Otras 222 mujeres recibieron préstamos de microcrédito para crear 396 unidades de empleo, de las cuales 61 correspondieron a la agricultura, 5 a la silvicultura, 8 a servicios de recepción, 13 a manufactura, 27 a servicios en general y 108 a ventas. Veinticuatro mujeres recibieron préstamos pequeños, 7 para agricultura, 1 para servicios de recepción, 9 para servicios en general y 7 para ventas. Tres mujeres recibieron préstamos medianos para silvicultura.

327.En 2007, el Estado parte puso en marcha, en colaboración con fabricantes privados, minoristas e instituciones de crédito, programas de capacitación y de enseñanza de artes y oficios, de administración de empresas y de préstamos de microfinanciación para mujeres que vivían con el VIH/SIDA. Terminados los programas, las mujeres se servían de los oficios aprendidos y de los préstamos recibidos para abrir sus propias empresas. El proyecto estuvo en marcha desde noviembre de 2007 hasta marzo de 2008 y participaron en él 30 mujeres, de diagnóstico positivo para el VIH, sin empleo y sin ninguna autoestima. Los oficios enseñados incluían talabartería, cestería, diseño textil, pintura de telas y diseño y fabricación de joyas. Entre las pequeñas empresas cabe mencionar talleres de imprenta, cría de animales, agricultura y peluquería. Al finalizar el proyecto, 27 mujeres seguían participando en los programas; 2 habían muerto a causa del sida y una tercera que había quedado embarazada abandonó el programa. Veinticuatro de las mujeres iniciaron sus propias empresas. Los préstamos concedidos a las mujeres fueron posibles gracias a la colaboración con el IPED, la Compañía de Teléfonos y Telégrafos de Guyana y la Compañía de Lotería de Guyana. El Programa de microcrédito se hizo extensivo a 200 personas vulnerables y a personas que vivían con el VIH/SIDA. En marzo de 2008, 100 habían presentado solicitudes de crédito y 61 habían empezado sus propios negocios. En total, se concedieron 5,5 millones de dólares (Georgetown) a personas que vivían con el VIH para iniciar nuevas empresas.

328.En 2008, el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Nacional organizó una operación nacional en la cual se registró a 30.000 personas que eran miembros o cabezas de hogares monoparentales (se incluía no sólo al progenitor biológico sino también a abuelos, tíos, primos, etc.), de las cuales el 90% eran mujeres. Como resultado de ello, el Gobierno inició el Programa de asistencia a las familias monoparentales que se mencionó antes en el presente informe. A continuación, en marzo de 2010, el Estado parte anunció la creación de un nuevo servicio para facilitar préstamos de microcrédito a las mujeres pobres y de bajos ingresos e impartirles capacitación y orientación vocacional para crear oportunidades económicas de empleo propio mediante la asociación con uno de los bancos comerciales. Este programa del grupo principal, por valor de 500 millones de dólares, se iniciará, según lo previsto, en el segundo semestre de 2010.

Derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportesy en la vida cultural

329.Las niñas y mujeres guyanesas participan en todo tipo de deportes, incluidos atletismo, baloncesto femenino, boxeo, natación, squash, voleibol, baloncesto, ejercicios con pesas, fisicultura y karate. No existe ninguna discriminación en los deportes y los Ministerios de Cultura, Juventud y Deportes y Salud alientan a todas las personas a hacer ejercicios físicos para mantener la buena salud. Las mujeres están representadas en las diversas juntas directivas de los órganos nacionales de deportes, se desempeñan como entrenadoras y participan en representación del país en las competiciones regionales e internacionales. En atletismo y squash, los deportistas guyaneses más destacados son mujeres.

330.Las mujeres están en libertad de participar en actividades artísticas y culturales y desempeñarse como actrices, cantantes, músicas, escritoras, poetas, diseñadoras de modas, etc. La única entidad organizada de artistas es la Asociación de Artistas Mujeres de Guyana, que se estableció en 1985. La Asociación de Artesanos de Guyana, a la cual pertenecen 100 artesanos y artesanas, ha estado encabezada por mujeres desde su creación.

331.Las mujeres compiten en los concursos nacionales en pie de igualdad con los hombres y muchos de los Calypso Monarchs y Soca Monarchs de los últimos 30 años han sido mujeres.

332.Existen cientos de grupos de desarrollo de la comunidad, organizaciones religiosas, grupos de autoayuda y cooperativas, grupos culturales, organizaciones femeninas y juveniles en las cuales participa un alto porcentaje de mujeres y niñas como miembros e incluso como dirigentes.

Artículo 14

333.Las redes de seguridad social del Estado parte en virtud de los Programas 1 y 11 del documento de Estrategia de reducción de la pobreza se centran en los pobres y los vulnerables, los niños, las mujeres, los ancianos y los amerindios. Se han redoblado los esfuerzos por asegurar que las mujeres de las zonas rurales disfruten de los mismos derechos que las mujeres de los centros urbanos y que todas las mujeres gocen de los derechos consagrados en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Las mujeres de las zonas rurales incluyen a las amerindias, que viven principalmente en las regiones del litoral e interiores, así como las mujeres que se dedican a la agricultura en las comunidades rurales de la costa de Guyana. A través de los grupos basados en la comunidad, los de desarrollo comunitario y los grupos religiosos, así como las filiales de las organizaciones femeninas nacionales, las mujeres participan activamente en todos los aspectos de la sociedad guyanesa.

334.Con respecto a la participación de las poblaciones indígenas en la gobernanza local, los residentes de 134 aldeas amerindias eligen cada dos años sus respectivos concejos. En las comunidades tradicionales amerindias, desde hace cientos de años se elige a mujeres para integrar los concejos de aldea y para desempeñarse como jefas o toushaos de las aldeas. Sin embargo, el número de mujeres elegidas para desempeñarse como jefas o toushaos sigue siendo relativamente bajo si bien el número de mujeres elegidas para integrar los mismos concejos de aldea es más representativo. El Consejo Nacional de Toushaos representa a todos los toushaos de las 134 comunidades amerindias y este órgano elige a su junta ejecutiva de 20 miembros. En 2009 el nuevo Consejo estaba encabezado por una mujer, la toushao Yvonne Pearson.

335.Cabe observar asimismo que el proyecto de Estrategia para el desarrollo con bajas emisiones de carbono fue sometido a extensas consultas con todas las comunidades amerindias, en las cuales participaron mujeres, en una conferencia nacional de toushaos, y se debatió dos veces en el Parlamento de Guyana.

336.El Ministerio de Asuntos de los Amerindios, encabezado también por una ministra amerindia, colabora con el Consejo Nacional de Toushaos y las ONG amerindias en asuntos relacionados con las comunidades amerindias, incluidas la trata de personas y la salud sexual y reproductiva, además de facilitar la participación de las mujeres indígenas en todas las esferas de la vida económica, social, cultural, civil y política. Este Ministerio tiene también un fondo especial para el desarrollo de las comunidades amerindias y el Presidente tiene un servicio especial de desarrollo para proyectos elegidos por estas comunidades. Estos dos fondos, además de las asignaciones presupuestarias anuales, han ayudado a acelerar el desarrollo de estas comunidades y a mejorar su acceso a los servicios prestados. Gracias al Programa de electrificación rural, varias comunidades populosas usan actualmente energía solar y gestionan ellas mismas los sistemas. En los programas de desarrollo para estas comunidades se ha incluido la perforación de pozos, que ha contribuido a mejorar el estado de salud. Gracias al Ministerio de Agricultura y al de Asuntos de los Amerindios, se suministran a las comunidades amerindias semillas, abonos, equipo y apoyo técnico.

337.En agosto de 2002, el Ministerio de Asuntos de los Amerindios organizó una conferencia nacional de mujeres indígenas que seleccionó y examinó cuestiones relacionadas con la participación de la mujer indígena en todas las esferas de la vida. Desde octubre de 2004 hasta febrero de 2006 estuvo en marcha un proyecto de creación de capacidad humana para fomentar la capacidad de los concejos de aldeas, los grupos de mujeres y de jóvenes para participar específicamente en la administración de sus respectivas comunidades.

338.En 2008 Guyana acogió la Conferencia de mujeres indígenas de los países del Tratado de Cooperación Amazónica y en 2009 acogió otra conferencia de poblaciones indígenas de los Estados partes en ese tratado e intercambiaron información sobre las mejores prácticas con los países vecinos.

339.A fin de mejorar el acceso a la educación en las zonas rurales, en los últimos 17 años el Estado parte hizo considerables inversiones en el sector de la educación, construyendo escuelas de modo que todas las comunidades amerindias y rurales tuvieran una escuela de párvulos y una escuela primaria. En 1992 había sólo dos escuelas secundarias en las cuatro regiones interiores, que representan casi las dos terceras partes del territorio de Guyana, con menos del 5% de la población. En 2009 había en esas cuatro regiones 13 escuelas secundarias, acompañadas de centros residenciales para dar alojamiento a los alumnos procedentes de aldeas distantes. Además, se hicieron grandes esfuerzos para capacitar a más maestros de las comunidades rurales e interiores mediante la formación de maestros en el servicio, los cursos del Instituto Pedagógico y la capacitación a distancia de los maestros de estas comunidades. Además, a fin de alentar a los profesionales del litoral a prestar servicios en el interior, se han ofrecido incentivos, que han tomado la forma de prestaciones por condiciones de vida difíciles, para enfermeras, y los alicientes de la iniciativa de zonas remotas para los maestros. También existen incentivos de construcción de modo que se pueda ofrecer a los maestros viviendas más cómodas en las regiones remotas.

340.Hace varios años el Ministerio de Educación implantó un Programa de comidas escolares para las escuelas primarias en el interior y en fecha reciente se terminó la evaluación del Programa de comidas basado en la comunidad que funciona en las regiones remotas del interior. La conclusión es que, de hecho, la matrícula en las escuelas de párvulos y las escuelas primarias aumentó en estas regiones y mejoraron el rendimiento escolar y la nutrición. El Comité quizá desee remitirse al informe del Estado parte presentado en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño el 28 de abril de 2010.

341.Cabe observar que la población amerindia también se ha beneficiado gracias a las becas del Gobierno de Guyana y de Cuba, así como a las becas de la administración pública. En el período 2002-2008 (es decir, desde que se inició el nuevo programa ampliado de becas) y si bien no se dispone de datos desglosados por etnia, es posible afirmar que en las cuatro regiones donde la mayoría de la población es amerindia, 65 de estas becas para estudiar en Cuba fueron concedidas a estudiantes del interior, 37 de los cuales eran mujeres, o sea una distribución aproximadamente igual.

342.Por lo que se refiere a la prostitución infantil, el Ministerio de Asuntos de los Amerindios ha colaborado con el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social para investigar cualquier acusación de actos que afecten a las comunidades amerindias.

343.Las oportunidades de capacitación ofrecidas sea por organismos gubernamentales o por diversas ONG a los alumnos con dificultades de aprendizaje o que abandonan la escuela, así como las oportunidades para cursar estudios secundarios, son razonablemente accesibles. El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes administran programas de formación vocacional de jóvenes, en tanto que el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, por conducto del Instituto de Liderazgo de la Mujer de Guyana, gestiona una serie de programas de formación que benefician a unos 2.000 jóvenes de ambos sexos, al permitirles adquirir nuevos conocimientos para facilitar el trabajo por cuenta propia o la obtención de empleo. Cabe señalar que la mayoría de los participantes en los programas del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes proceden de zonas rurales y del interior.

344.Hace ya cuarenta años que las filiales de la mayoría de las organizaciones femeninas y religiosas vienen organizando programas de formación vocacional basados en las artesanías tradicionales de la mujer. Sin embargo, actualmente se están adaptando a las nuevas demandas de una economía en evolución. Su finalidad es proporcionar medios de subsistencia y generación de ingresos a las guyanesas de las regiones rurales. El objetivo es crear empleos, fomentar la capacidad empresarial y la confianza en sí mismas de las mujeres a fin de lograr una mayor integración de la mujer en el desarrollo económico de la sociedad.

Artículo 14 b)

345.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 1), el Gobierno de Guyana se ha comprometido a mejorar la salud de las mujeres de las zonas rurales y del interior y ha adoptado medidas apropiadas para asegurarse de que las mujeres de esas zonas tengan acceso a servicios de atención de la salud, incluida la planificación de la familia. Esto ya se ha informado en secciones anteriores del presente informe.

346.En Guyana viven más de 50.000 amerindios (indígenas) asentados en 134 comunidades con título de propiedad sobre la tierra, ubicadas principalmente en el interior y en el litoral de Guyana. El censo de 2002 reveló que la población amerindia era la que crecía más rápidamente en comparación con los otros grupos étnicos, según se informa en la parte I del presente informe.

347.En los últimos siete años, el Gobierno, gracias a un proceso participativo de colaboración con las comunidades amerindias, ha otorgado título de propiedad comunal sobre la tierra a las 134 comunidades, que representan aproximadamente el 14% del territorio de Guyana. Estos títulos de propiedad sobre tierras estatales entregadas de manera "absoluta y a perpetuidad" les otorgan el dominio incontrovertible sobre la tierra para usarla como les parezca más pertinente, lo cual, además de darles la tenencia de la tierra, les ofrece seguridad y opciones en sus planes de desarrollo.

348.Además, los amerindios están en libertad de adquirir tierra de propiedad privada o de arrendar la tierra a título individual como cualquier otro guyanés. Guyana desea hacer hincapié en que las comunidades amerindias no son reservas. Sus residentes están en libertad de marcharse, viajar y vivir en cualquier parte del país.

349.En todas las comunidades se han establecido o ampliado servicios y programas de atención primaria de la salud, lo cual ha contribuido a un mayor acceso a los servicios de atención de la salud y a una disminución de la morbilidad y mortalidad entre los pueblos amerindios. Uno de los grandes éxitos se refiere a la tuberculosis, que ya no es la principal causa de muerte entre los amerindios.

350.Como resultado de ello, las condiciones y la calidad de vida de la población amerindia y la población rural han experimentado una mejora visible y empíricamente demostrable. El Gobierno reconoce que será preciso seguir prestando atención sostenida y permanente a la reducción de la pobreza y al mejoramiento del acceso a los servicios si se quiere reducir la pobreza en un 35% y hacer disminuir aún más las disparidades geográficas existentes.

Artículo 15

351.Las mujeres de Guyana tienen la misma capacidad jurídica que los hombres para firmar contratos, administrar bienes y recibir trato igual en todas las cuestiones que se ventilan en los tribunales. La Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana está financiada actualmente, en su totalidad, por el Gobierno y, como resultado de ello, ha podido ampliar sus servicios a otras cuatro regiones, mejorando así el acceso a la representación letrada y a la justicia. En la parte V se informa al respecto con mayor detalle.

Artículo 15 4)

352.En cuanto al domicilio y la libertad de circulación, la Constitución consagra los principios de ciudadanía y de libertad de circulación. La Ley de reforma del domicilio (cap. 14:03) y la Ley de ciudadanía prevén que la mujer pueda optar en cuestiones de ciudadanía independientemente de la nacionalidad de su esposo o pareja.

353.Con respecto a las mujeres migrantes, es importante señalar que las mujeres que viven y trabajan en Guyana de manera transitoria están autorizadas a ejercer los mismos derechos que los hombres en cuanto a reunirse con su cónyuge, pareja o hijos. El Gobierno de Guyana autoriza la solicitud de los empleadores respecto de los familiares, incluidos los hijos que no hayan cumplido todavía los 18 años. El Ministerio del Interior facilita gratuitamente la obtención de visados y permisos de trabajo para el cónyuge, independientemente del sexo.

Artículo 16

Datos estadísticos

354.Según datos estadísticos de 2002, el 57,5% de la población total estaba casada legalmente o vivía en una unión consensual, en tanto que el 13,2% estaban divorciados, separados, eran viudos o vivían solos. En 2002 la edad media de la población soltera al casarse por primera vez era a nivel nacional, según se calcula, de 21,4 años para las mujeres y 26,5 años para los hombres. En cuanto al estado civil de los ciudadanos de edad, en general, una proporción mayor de esas personas estaba casada. Tanto en el grupo de 60 a 64 años como en el de 65 años en adelante, más del 50% de los hombres estaban casados, en comparación con el 32% y 28% de las mujeres, respectivamente. Por otra parte, eran más las viudas que los viudos, lo cual refleja la diferencia en la esperanza de vida de ambos sexos. Guyana sigue la pauta mundial del envejecimiento de ambos sexos con una esperanza de vida que ha aumentado, de un promedio nacional de 61 años en 1992, a 67 años de edad actualmente, con una esperanza mayor para las mujeres que los hombres.

Artículo 16 1) e)

355.El Gobierno de Guyana reconoce que toca a la mujer la carga más pesada en cuanto a la crianza de los hijos y el cuidado de los familiares dependientes, y que estas responsabilidades pueden actuar en detrimento del derecho al acceso a la educación, el empleo y otras actividades relacionadas con el desarrollo personal, además de imponerle cargas injustas de trabajo. El número y espaciamiento de los hijos también tienen efectos análogos en la vida de las mujeres y afectan su salud física y mental, así como la de sus hijos.

356.Las mujeres tienen derecho por ley a elegir, sin el consentimiento de su pareja, y determinar el número y espaciamiento de sus hijos y los métodos anticonceptivos utilizados.

357.Las mujeres son destinatarias de toda una serie de programas de sensibilización para ayudarles a realizar elecciones bien fundadas. El Comité regional de asuntos de la mujer, en cada uno de los diez consejos democráticos regionales, promueve y administra programas en beneficio de las mujeres, los niños y la familia en general. Estos comités dependen de los consejos democráticos regionales. En colaboración con el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social y en reuniones de consulta con padres, tutores y otros interesados para determinar cuáles eran los principales problemas enfrentados, se examinaron las cuestiones que afectaban a las familias y al establecimiento de grupos comunitarios. Estos grupos y trabajadores comunitarios colaboraron, a su vez, con ONG como Help and Shelter y trabajadores sociales para asistir a las víctimas de los malos tratos. Merece destacarse que hubo una alta participación de padres, estudiantes y maestros. Además, se estableció un sistema de responsabilidad parental colectiva gracias al cual la responsabilidad colectiva del cuidado de los niños que quedan solos en el hogar es asumida por personas de edad. En 2006 se organizó un programa de instrucción de instructores para sensibilizar a los miembros de las comunidades.

358.El Programa de responsabilidad parental de la Unión de Madres, iniciado en febrero de 2004, impartió capacitación a varios facilitadores de distintas regiones del país y ayudó a los grupos de responsabilidad parental en 2006. Éstos, a su vez, formaron grupos de apoyo que se reúnen periódicamente. La Unión colabora con otros grupos religiosos y no religiosos, por ejemplo, Men of Purpose.

359.La Men Empowerment Network (MEN), formada en 2009, trabaja por conducto de órganos religiosos con hombres y jóvenes para que adquieran mayor conciencia de sus responsabilidades y mejoren su actitud hacia las mujeres y la paternidad.

Artículo 16 h)

360.Las enmiendas a la Ley sobre el patrimonio conyugal (propiedad) (enmienda) de 1991 prevén la división de los bienes entre las personas casadas y reconocen las uniones consensuales, así como la división de los bienes entre los miembros de estas uniones. Con arreglo a la legislación fiscal, las mujeres pueden hacer una declaración de impuestos individual, aun si están casadas.

361.De conformidad con la Constitución, todas las personas tienen derecho a ser propietarias de bienes, individual o colectivamente con otros, y se garantiza el derecho sucesorio.

Artículo 16 2) sobre el matrimonio de las niñas

362.La Ley de la edad mínima para expresar el consentimiento, de 2006, y la enmienda subsiguiente de la Ley del matrimonio, de 2006, prohíbe el matrimonio de niños menores de 16 años; los de 16 años o más, y hasta el día en que cumplen 18 años, pueden casarse con el consentimiento de sus padres o con la venia del Presidente del Tribunal Superior. A los 18 años, tanto varones como mujeres están en libertad de casarse con o sin el consentimiento de los padres. No se puede obligar a ningún menor a contraer matrimonio y si se comprueba la existencia de un matrimonio tal, se declara nulo y sin valor ante un tribunal de justicia.

Recomendación general Nº 19 – Violencia contra la mujer

363.En consonancia con sus obligaciones emanadas del derecho internacional, el Gobierno de Guyana ha adoptado medidas para prevenir, investigar y castigar la violencia contra la mujer y prestar asistencia a la víctima. El Gobierno reconoce que la violencia contra la mujer causa lesiones físicas, permite la propagación de enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, y ocasiona daño anímico, trauma psicológico, trastornos postraumáticos, discapacidad y pérdida de vidas.

364.El Gobierno de Guyana reconoce que la violencia sexual contra la mujer constituye uno de los grandes problemas sociales que deben abordarse de manera amplia y en los diversos estratos de la sociedad mediante una labor coordinada del Gobierno y la sociedad civil. De este modo, el Gobierno de Guyana ha adoptado varias iniciativas —de política, legislativas y programáticas— tanto a nivel estatal como en colaboración con la sociedad civil, especialmente la comunidad religiosa, para reducir la violencia contra la mujer.

365.A nivel regional, Guyana, en su calidad de miembro de la CARICOM, ha trabajado sistemáticamente en esa entidad para hacer frente a todas las formas de violencia, especialmente contra la mujer y los niños. En 2010, Rosina Wiltshire, de Barbados, fue designada Primera Defensora de la Comunidad del Caribe para la justicia de género para el año 2010. Como parte de sus atribuciones, la Dra. Rosina Wiltshire deberá coordinar la investigación sobre la violencia basada en el género en la región del Caribe y crear conciencia sobre la necesidad de adoptar nuevas medidas para desarrollar y fortalecer respuestas integradas que "aborden todos los sectores sociales y jurídicos a fin de garantizar la protección y prestación de servicios; la justicia; y la prevención". La creación de una oficina de defensora especial contra la violencia basada en el género está en la raíz de la Estrategia para reducir la alta incidencia de la violencia contra la mujer en el Caribe. Financiada gracias al acuerdo de cooperación entre la CARICOM y España, el proyecto, de dos años de duración, procurará desarrollar un enfoque más coordinado e integrado para reducir la violencia de género en la región de la CARICOM.

Violencia sexual

Datos estadísticos

366.En 2007, como parte de su campaña contra la violencia sexual, la Asociación de Derechos Humanos de Guyana dio a conocer su tercer informe titulado "Getting Serious: Detecting and Protecting Against Crimes of Sexual Violence in Guyana". Con este trabajo se procura verificar si es posible describir las características de las víctimas potenciales y de los probables autores de delitos de violencia sexual en Guyana analizando la información contenida en los expedientes policiales. Este estudio fue emprendido en colaboración con la Fuerza de Policía de Guyana y la Oficina del Jefe de la Fiscalía. A continuación se resumen las principales características de las víctimas y los violadores que se descubrieron en Guyana:

El 92% de las víctimas son mujeres (mujeres y niñas);

El 69% de las víctimas tienen 16 años o menos;

En tres de cada cuatro casos, la víctima conoce al agresor;

Uno de cada cinco agresores es pariente de la víctima;

Más de las dos terceras partes de los delitos sexuales tienen lugar en la casa de la víctima o del agresor;

Sólo el 43% de las víctimas hacen la denuncia a la policía dentro de las 24 horas.

367.Según el informe anual de la Fuerza de Policía de Guyana correspondiente a 2005, el número de violaciones denunciadas en 2005 fue de 169, de las cuales 94 fueron resueltas. En 2004 hubo 154 casos, de los cuales se resolvieron 94. Por consiguiente, hubo un aumento del 10% en el número de casos denunciados en el período 2004-2005. En 2006, el número de violaciones denunciadas se redujo a 124. En el primer semestre de 2009, se han denunciado a la policía 51 casos.

368.Motivo de grave preocupación para el Gobierno y las organizaciones femeninas ha sido el alarmante aumento del número de homicidios de mujeres en los últimos seis años debido a la violencia doméstica. Estos homicidios, particularmente brutales, son cometidos por amantes o parejas actuales o anteriores de las víctimas. De los 163 asesinatos cometidos en 2006, el 10% correspondieron a mujeres víctimas de manifestaciones conexas de violencia doméstica.

369.Si bien es cierto que tanto hombres como mujeres son afectados por la violencia sexual, cabe afirmar que la abrumadora mayoría de las víctimas son mujeres. Pese a la existencia de la Ley sobre la violencia doméstica de 1997 y sus muchas disposiciones para proteger a las víctimas, incluidas las órdenes de alejamiento provisionales, y al aumento estadístico de las víctimas que denuncian a la policía los delitos de violencia doméstica, muchas víctimas retiran posteriormente sus denuncias pues suelen abrigar la esperanza de que su pareja cambie después de pasar una noche en la cárcel, o bien, debido a imperativos económicos, necesitan mantener la unión para poder sobrevivir financieramente. Cabe señalar que los tribunales están tomando estos casos con mayor seriedad que en el pasado.

370.Los datos reunidos en 2008 indican que entre enero y junio, Help and Shelter asistió a 32 personas menores de 18 años de edad, incluidos 18 casos que entrañaban cierta forma de abuso infantil y 9 casos de violaciones de niñas. Help and Shelter también proporciona un refugio seguro para mujeres maltratadas y sus hijos, y recibe ayuda del Gobierno.

Medidas adoptadas

371.El Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social asiste financieramente a Help and Shelter en el mantenimiento del refugio para mujeres maltratadas y sus hijos. Pese a que existe un solo hogar designado, el Ministerio recurre con frecuencia a familias con las cuales pueden quedarse las mujeres y ponerse a salvo de la persona que las maltrata. El Ministerio también presta apoyo financiero a la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana desde 2008 y la ha ayudado a ampliar sus servicios a otras cuatro regiones administrativas del país para facilitar un mayor acceso a la justicia por parte de la población pobre y vulnerable.

372.Guyana ha emprendido amplias reformas del derecho penal a fin de fortalecer la protección y los recursos contra la violencia sexual.

373.El proyecto de ley sobre delitos sexuales de 2009, que se convirtió en ley el 22 de abril de 2010 y ya se ha citado en el presente informe, introducirá un nuevo marco legislativo, moderno y amplio, para abordar los delitos sexuales. La ley tiene en cuenta la definición de violación tal como ha sido elaborada por los tribunales penales internacionales (incluido el caso de Jean Paul Akayesu y los elementos constitutivos según el ejemplo de la causa Fiscal c. Furundzija) y la lleva aún más lejos.

374.La Ley sobre delitos sexuales de 2010 estipula, en su artículo 3, que una persona comete el delito de violación si lleva a cabo la penetración sexual de otra persona u obliga a la víctima a sufrir la penetración sexual por un tercero sin su consentimiento a la penetración; y el violador no tiene motivos razonables para creer que la víctima haya dado su consentimiento. En el artículo 2 h) se define la penetración como cualquier intrusión, por leve y breve que sea, de cualquier parte del cuerpo de una persona o cualquier objeto en la vagina o ano de otra persona, y cualquier contacto, por leve que sea, entre la boca de una persona y los genitales o ano de otra, en particular, pero no exclusivamente, la cópula carnal, cunnilingus, fellatio, cópula anal y contacto genital entre mujeres; además, en los casos en que la penetración haya sido efectuada por el pene, la emisión de fluido seminal no es necesaria para demostrar la penetración y esa penetración es un acto ininterrumpido desde la entrada hasta la salida.

375.Por otro lado, el consentimiento se define en el artículo 2 c) como la expresión verbal o por actos manifiestos de una persona competente de su consentimiento informado, en el sentido de que presta su acuerdo libremente para tener trato o contacto sexual. En el artículo 3 2) se estipula que los artículos 7 y 8 (relativos a las presunciones sobre el consentimiento) son aplicables al delito de violación. Los artículos 5 a 8 prevén las cuestiones relacionadas con el consentimiento. De conformidad con el artículo 5, no puede inferirse el consentimiento ni la creencia en el consentimiento en virtud del silencio o la falta de resistencia física por parte de la víctima o por haberse experimentado excitación sexual, incluidos el orgasmo y la eyaculación. En el artículo 6 se estipula que la creencia en el consentimiento, para poder invocarse como defensa contra el delito de violación o agresión sexual, debe ser objetivamente razonable; si una creencia es razonable o no, se determinará teniendo en cuenta las circunstancias, incluida cualquier medida que el acusado haya tomado para asegurarse de que la víctima o un tercero daba su consentimiento. La cláusula 38 elimina la presunción de que un varón de menos de 14 años es incapaz de cópula sexual.

376.La parte 3 de esta ley, que consta de 9 partes, dispone que la policía tiene la obligación de investigar sin demora toda denuncia de violencia sexual y de acusar al presunto autor o remitir el expediente al Jefe de la Fiscalía en un plazo de tres meses. La parte 5 trata de los trámites para la admisión de pruebas escritas en la instrucción del sumario y dispone que, cuando se formule una acusación de la comisión de un delito en virtud de esta ley, no habrá investigación preliminar oral y, en su lugar, se procederá a la admisión de pruebas escritas. La admisión de pruebas escritas en la instrucción del sumario reduce el trauma que experimenta la víctima cuando tiene que comparecer ante los tribunales, acelera los juicios penales y deja más tiempo a los juzgados de paz para ocuparse de otros asuntos de modo que no se acumulen las causas sin ventilar.

377.La Ley de prevención del delito de 2008 dispone la supervisión obligatoria en el caso de diversos delitos, incluida la violencia doméstica. Algunas leyes nuevas como la Ley Nº 18 de procedimiento penal de 2008 (conformidad negociada y acuerdo sobe los cargos y la condena), la Ley (de enmienda) Nº 19 sobre elementos probatorios de 2008, y la Ley (de enmienda) Nº 17 de procedimiento penal, de 2008, aunque no se promulgaron exclusivamente para la protección de las víctimas de violencia sexual y doméstica, ofrecerán a las víctimas de estos delitos un entorno judicial más favorable y juicios más rápidos.

378.El Estado parte ha informado sobre la situación del Tribunal de Familia y las reglas conexas en el presente informe. Se tiene la intención de dar al Tribunal de Familia competencia para entender en asuntos relacionados con las cuestiones que trata la Ley sobre la violencia doméstica, la Ley de matrimonio y las diversas leyes sobre menores que el Estado ha promulgado en fecha reciente.

379.Debido al alto nivel de violencia sexual y doméstica, el Presidente intervino personalmente en 2008 y, por conducto del Foro nacional de partes interesadas, celebró extensas consultas con todos los partidos políticos parlamentarios, el sector privado, dirigentes religiosos, sindicalistas, representantes de los profesionales del derecho, organizaciones femeninas y otros miembros de la sociedad civil, para fomentar una mayor colaboración y establecer una alianza amplia entre los sectores público y privado y la sociedad civil a fin de combatir este tipo de violencia.

380.Con posterioridad a la celebración de este foro, se creó la Men Empowerment Network (MEN) para promover la no violencia, la paternidad más responsable y la colaboración de las parejas en el hogar y la sociedad.

381.La Asamblea Nacional debatió y aprobó por unanimidad una resolución, en noviembre de 2008, por la cual se convenía en una participación amplia y no partidista para poner fin a todas las formas de violencia contra la mujer.

Protección de las niñas y adolescentes contra el abuso sexual por hombresmayores y parientes

382.La Ley sobre delitos sexuales de 2010 hace extensiva la protección a las niñas y las protege del abuso sexual por hombres mayores y parientes. La ley se ocupa de cuestiones como la violación, la agresión sexual y las actividades sexuales con niñas menores de 16 años y los tratos con menores después de la manipulación psicológica con fines sexuales. La ley se ocupa también de conceptos como la relación de confianza, junto con otros delitos, como el exhibicionismo y el voyeurismo. La ley dispone que, por lo que se refiere a los delitos sexuales con menores, una persona comete el delito de violación de un menor de menos de 16 años de edad si el acusado lleva a cabo la penetración sexual de la víctima u obliga a la víctima a sufrir la penetración sexual por un tercero. Con arreglo al artículo 2 b), por menor se entiende una persona de menos de 18 años de edad. Sin embargo, la ley tiene en cuenta la edad del consentimiento, que es la de 16 años.

383.Con arreglo a los artículos 18 y 19, el abuso de una relación de confianza, en el caso de menores, crea un delito de abuso de confianza en virtud de la situación de dependencia en que se encuentra el menor, con miras a prohibir la actividad sexual entre los que ocupan una oposición de autoridad en cuanto al cuidado o guarda de menores, como hospitales, hogares, comisarías y cárceles.

384.En 2009 se modificó de manera fundamental y progresiva el marco jurídico para los derechos y la protección de los menores. Se aprobaron cuatro grandes leyes:

Ley sobre la condición jurídica y social de los niños Nº 19 de 2009,

Ley sobre adopción de niños Nº 18 de 2009,

Ley sobre protección de la infancia Nº 17 de 2009, y

Ley Nº 2 sobre el Organismo de atención y protección de la infancia de 2009.

Estos proyectos de ley fueron promulgados tras su aprobación por unanimidad en el Parlamento de Guyana. Tres de los proyectos pasaron por un comité parlamentario especial antes de su aprobación por la Asamblea Nacional.

385.Además, en julio de 2009, se presentaron otros dos proyectos de ley sobre menores a un comité parlamentario especial: el proyecto de ley sobre servicios de atención y desarrollo del niño y el proyecto de ley sobre guarda, cuidado, tutela y manutención. Se prevé que estos proyectos de ley serán promulgados en el segundo semestre de 2010.

386.Gracias a estas leyes progresivas y a la capacitación paralela de los encargados de hacer cumplir la ley, maestros, padres y encargados del cuidado de niños, se está creando conciencia de la necesidad de intensificar los esfuerzos para reducir la violencia contra mujeres y niños. A fin de mejorar la protección de los niños, se ha incorporado la educación para la vida familiar en los planes de estudio del sistema escolar, mediante la cual se imparte a los alumnos información sobre la salud sexual y reproductiva. ONG como Everychild, se ocupan de los derechos del niño ayudando a las personas a mejorar sus aptitudes para criar niños, celebrando consultas respecto de las políticas nacionales para los huérfanos y niños vulnerables, mejorando los servicios para los niños víctimas de abuso y prestando apoyo al Gobierno de Guyana en la aplicación de normas mínimas en las instituciones y orfanatos.

387.El Organismo de atención y protección de la infancia, creado en 2009 con arreglo a la ley del mismo nombre, tiene el mandato de velar por la protección de los niños.

388.Con respecto a la asistencia letrada para las niñas, en septiembre de 2007 se puso en marcha el proyecto experimental de asistencia letrada para los niños con el auspicio de la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana, el UNICEF y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes. Gracias a este proyecto se ofrece a los niños asesoramiento jurídico sobre cuestiones penales y civiles, y se les da acceso gratuito a una línea telefónica directa que permite a los niños solicitar asesoramiento o denunciar casos de abuso. La Clínica informa que, entre septiembre de 2007 y junio de 2008, 124 niños recurrieron a sus servicios. En las estadísticas se incluye a niños de ambos sexos.

Violación conyugal

389.El artículo 37 de la nueva Ley sobre delitos sexuales de 2010 establece expresamente que la relación conyugal o de otro tipo, previa o existente, no es defensa contra ninguno de los cargos previstos en la ley. Además, la propuesta de matrimonio hecha por el acusado a cualquier otra parte o a la denunciante, no constituye defensa ni tiene nada que ver con el delito tipificado en la ley. La posición anterior del common law era que un marido no podía violar a la mujer puesto que se había obtenido el consentimiento en el momento de contraer matrimonio.

Violencia doméstica

Información estadística

390.Con respecto a la actitud frente a la violencia doméstica, según la encuesta agrupada de indicadores múltiples de 2006 aproximadamente una de cada cinco mujeres (18%) creía que el marido o compañero tenía derecho a castigar a su mujer o pareja. Esta creencia estaba más difundida entre las mujeres que residían en las zonas del interior (39%), donde la proporción de las mujeres que pensaban así era doble a la de las encuestadas en las regiones rurales del litoral (20%) y cinco veces mayor que en las zonas costeras urbanas (8%). El nivel de educación, la situación económica del hogar y el acceso a información, así como la presión ejercida en las comunidades muy pequeñas para aceptar la norma, parecen influir en la actitud de la mujer frente a la violencia doméstica.

391.Según el informe anual de la Fuerza de Policía de Guyana correspondiente a 2005, ese año hubo 2.769 denuncias de violencia doméstica, en comparación con 2.396 en 2004, lo que indica un aumento de 373 denuncias, o sea el 16%. De ese total, 1.878 personas fueron advertidas, en comparación con 1.214 en 2004. Se acusó a 512 en 2005, en comparación con 754 en 2004, y 279 personas fueron remitidas a los Servicios de libertad vigilada y bienestar en 2005, en comparación con 428 en 2004.

392.El Boletín estadístico para 2006 de la Dependencia de Estadística del Ministerio del Interior indica que ese año se denunciaron 1.708 delitos de violencia doméstica (lo cual refleja una considerable reducción en comparación con 2005), de los cuales el 52,1% terminaron en advertencias, el 26,5% fueron acusados y el 21,43% fueron remitidos a los Servicios de libertad vigilada y bienestar. La mayoría de los casos denunciados se produjeron en Georgetown y en las zonas rurales del litoral. La Fuerza de Policía de Guyana recibió 2.222 denuncias de violencia doméstica en 2007 y 2.850 en 2009 (hasta la fecha).

Medidas adoptadas

393.Con el reciente aumento del número de casos de violencia doméstica en el país, se está alentando a las mujeres a que tomen cartas en el asunto y denuncien todos y cada uno de los casos de malos tratos domésticos a la policía para que ésta pueda intervenir. El principal organismo estatal que se ocupa de los programas de promoción y apoyo es el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social.

394.El Gobierno reconoce que, muchas veces, debido a la dependencia financiera en que se encuentra la víctima del responsable de los malos tratos, aquella se ve obligada a permanecer en la relación abusiva y sufrir la situación. Debido a la dependencia emocional y psicológica, a veces la persona maltratada se imagina que el responsable de los malos tratos habrá de cambiar, pero en la mayoría de los casos ello no es cierto.

395.Reconociendo que estos factores contribuyen a que algunas víctimas no formulen ninguna denuncia o las retiren una vez hechas, el Estado parte ha adoptado varias medidas importantes para ayudar a las víctimas:

i)Consignación presupuestaria anual para un refugio para mujeres maltratadas, administrada por una ONG;

ii)Consignación presupuestaria anual a la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana;

iii)Iniciación del Programa de asistencia a las familias monoparentales, en julio de 2009, para ayudar a los progenitores sin pareja a recibir capacitación o reciclaje y acceder a financiación y asistencia basada en microproyectos, en los que se ayuda a sufragar los gastos de guardería para reducir la dependencia económica y social y permitirles ejercer su derecho de elección;

iv)Apoyo a las víctimas, por conducto de los centros administrados por ONG y los servicios de asesoramiento ofrecidos por el Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, para ayudarlas a alejarse de los responsables de los malos tratos;

v)La Ley sobre la violencia doméstica de 1997, las políticas sobre violencia doméstica de 1996 y 2007, la mejor capacitación de los profesionales del derecho, miembros de la fuerza de policía, fiscales y trabajadores sociales, la inclusión de varios acuerdos de préstamo financiados con fondos extranjeros y programas de subsidios de organismos donantes multilaterales (subsidio de apoyo del Gobierno de Guyana/USAID para un gobierno justo y democrático de 2009-2011; Programa del UNICEF para Guyana 2006-2010; proyecto de fomento de la confianza, la seguridad y la inclusión de los ciudadanos para 2008-2012 del Gobierno de Guyana y el PNUD) son todos elementos del enfoque de la violencia doméstica indicativos del compromiso del Gobierno para reducirla.

396.En noviembre de 2008, se observó el Día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer en un foro nacional de interesados (en el cual participaron 100 organizaciones laborales, comerciales y religiosas, así como mujeres y dirigentes amerindios (que representaban a más de 200.000 personas), convocado por el Jefe de Estado para examinar el nivel de violencia contra la mujer y establecer una mayor colaboración con respecto a este problema, motivo de gran preocupación nacional.

397.El Gobierno también ha reconocido que las mujeres pobres, las mujeres de las zonas rurales y las indígenas son más vulnerables pues muchas veces ni siquiera tienen acceso a los tribunales. Gracias al apoyo financiero prestado por el Gobierno a la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana, la ampliación de sus servicios ha mejorado el acceso a la representación letrada gratuita. También se han organizado intensas campañas de concienciación.

398.En los últimos cuatro años la sociedad civil ha demostrado mayor interés en los problemas de la violencia doméstica, el VIH/SIDA y la violencia masculina. La Asociación de Paternidad Responsable de Guyana sigue organizando programas destinados a los hombres. La entidad Men of Purpose se estableció en 2004 para sensibilizar a los hombres acerca de la importancia del establecimiento de relaciones no violentas.

399.En 2009 se estableció la Men Empowering Network (MEN). Esta iniciativa es importante porque si bien ha habido casos individuales —y en contados casos, grupos de hombres— que se opusieron a la violencia contra la mujer, esta es la primera organización masculina a la que pueden adherirse otros grupos masculinos, en la lucha para extirpar la violencia contra la mujer mediante un "cambio de la cultura de los malos tratos". La organización se basa en la premisa de que "cada vez que una persona entre nosotros es víctima de un acto injusto de abuso o violencia, todos nosotros somos responsables de la administración de justicia y de la mitigación de toda forma de malos tratos".

400.El Gobierno de Guyana reconoce que es necesario prestar mayor atención al problema y hacer intervenciones programáticas más intensas con hombres y jóvenes si se quiere cambiar la cultura de violencia: violencia de hombres con hombres, de hombres con mujeres y niños, y de mujeres con niños. Las expectativas sociales de lo que hombres y jóvenes deben o no deben hacer y deben o no deben ser influyen directamente en sus actitudes y conducta en relación con toda una gama de cuestiones sociales, culturales, económicas y de la salud, como la prevención y el tratamiento del VIH, el apoyo a las personas con el VIH, la salud sexual y reproductiva, la violencia por motivos de género y la participación de los hombres en la crianza de los hijos, así como la salud materna y el bienestar de los recién nacidos. Los estudios demuestran que las actitudes y la conducta de hombres y jóvenes pueden modificarse.

401.Puesto que la mayoría de los responsables de la violencia son hombres, el Gobierno ha aumentado su insistencia en lograr la participación de los hombres. Los programas de capacitación vocacional de los jóvenes organizados por el Estado incluyen programas de sensibilización, entre otras cosas, sobre la violencia doméstica, las comunicaciones no violentas, el VIH/SIDA y el uso indebido de alcohol y drogas. El Premio a la Juventud del Presidente de la República de Guyana, parte del Programa internacional de premios a la juventud, iniciado en 1998, ha estado dirigido a más de 6.000 jóvenes de 14 a 21 años de edad, en su mayoría varones, en el decenio transcurrido.

402.Además, los Ministerios de Servicios Humanos y del Interior colaboran en una campaña contra la violencia doméstica. Se reconoce asimismo que en muchas ocasiones, algunos de los funcionarios policiales no están debidamente capacitados para ocuparse de las denuncias de violencia doméstica. Por esta razón, en la Escuela de Policía Felix Austin se introdujo un módulo para capacitar a los agentes de modo que se desempeñen de manera más eficaz y sepan manejar, investigar y dar curso a las denuncias de violencia doméstica.

403.La Fuerza de Policía de Guyana ha establecido mecanismos institucionales en la central, y a nivel de división, subdivisión y de comisaría, para asegurar que las denuncias de violencia doméstica encuentren la respuesta apropiada. Las comisarías nuevas o renovadas ofrecen mayor privacidad y confidencialidad a las víctimas, que pueden ser entrevistadas en salas privadas y con espejos unidireccionales. Ha establecido una Dependencia central de lucha contra la violencia doméstica en la sede del Departamento de Investigaciones Criminales, que está encargada, en general, de supervisar los casos de violencia doméstica dentro de las divisiones y subdivisiones desde el punto de vista de la aplicación de las políticas y los procedimientos pertinentes de la fuerza y del seguimiento de las causas en los tribunales.

404.A fin de mejorar la prestación de servicios y la reunión de datos, la Fuerza de Policía de Guyana encargó el establecimiento de un centro de datos, por valor de 60 millones de dólares, que dependería del Programa de seguridad ciudadana del Gobierno de Guyana y el Banco Interamericano de Desarrollo para 2010. Este centro contendrá una base de datos de importancia decisiva para las operaciones de la fuerza de policía. Los datos estadísticos se transmitirán y almacenarán para el análisis, la difusión y utilización con fines de planificación, formulación de políticas, investigación, etc. El centro también mantendrá enlace con los organismos estatales pertinentes. Esta es la primera vez que la policía tendrá un sistema de datos electrónicos que le permita vigilar, localizar y seguir casos como los de violencia doméstica en todas sus etapas hasta el final del proceso.

405.La Comisión sobre la Mujer y la Igualdad de Género reemplaza a la antigua Comisión Nacional sobre la Mujer, órgano presidencial consultivo.

406.La promulgación y aplicación efectiva de leyes así como la formulación de políticas, incluidos protocolos de atención médica y procedimientos hospitalarios, para combatir la violencia contra la mujer y el abuso de los niños, así como la prestación de servicios apropiados de atención de la salud, son una labor constante. Se han organizado cursos de capacitación con una perspectiva de género a fin de permitir a los trabajadores de la atención de la salud detectar y atender las consecuencias para la salud de la violencia por motivos de género.

407.Se han adoptado procedimientos justos de protección para la ventilación de las denuncias y la imposición de sanciones apropiadas a los profesionales de la atención de la salud culpables de impropiedades, incluido el abuso sexual de las pacientes. Aparte del sistema judicial, cabe mencionar la Asociación Médica de Guyana, la Asociación de Enfermeras de Guyana, el Consejo Odontológico de Guyana, el Consejo de Farmacéuticos de Guyana y el Consejo Médico de Guyana.

408.Las ONG, incluidas Help and Shelter, las organizaciones femeninas como Women's Progressive Organization, Hilo Rojo, Guyana Women in Development y National Congress of Women, por nombrar sólo unas pocas, ofrecen toda una gama de servicios, desde promoción hasta representación, incluidos programas de tratamiento y centros de "puertas abiertas" a las víctimas de malos tratos.

409.El Inner Wheel Club de Georgetown tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los desfavorecidos. El club realiza actividades de recaudación de fondos para prestar apoyo a los orfanatos y a los hogares de ancianos, y además proporciona becas a madres solteras y mujeres que han sido víctimas de violencia doméstica para estudiar en la Escuela de Agricultura de Guyana y asistir a cursos de formación vocacional. La Asociación Cristiana de Mujeres Jóvenes también ofrece una serie de programas de formación vocacional para mujeres jóvenes, especialmente las que están atrasadas en sus estudios o han dejado la escuela.

410.Ya se han mencionado en el presente informe las disposiciones de la Ley de prevención del delito Nº 8 de 2008 en relación con la supervisión obligatoria de ciertos delitos sexuales. Además, con arreglo a esta ley, las personas condenadas por violencia doméstica deben ser supervisadas por la policía por un período obligatorio de tres años una vez cumplida la condena.

411.En Guyana nunca se practicó la mutilación genital femenina. Además, el Gobierno condena esta práctica en todos los foros internacionales.

412.El Gobierno de Guyana sostuvo en la Asamblea Mundial de la Salud que la violencia contra los niños y las mujeres constituía un problema de salud pública.

Medidas adoptadas para promover la Convención enel territorio – educación

413.Siguiendo el proceso del EPU, el Estado parte convocará un foro de interesados para examinar las recomendaciones del EPU y organizará un programa de capacitación para los coordinadores designados de los diversos organismos estatales en la tarea de localizar, reunir y seguir la aplicación de los compromisos asumidos en virtud de tratados.

414.El sistema de enseñanza tiene en cuenta el derecho internacional con respecto al deber de recordar a las generaciones más jóvenes acerca de sus responsabilidades con la humanidad.

415.Con tal fin, el módulo de derecho internacional que se dicta en la Universidad de Guyana incluye la enseñanza del derecho internacional humanitario, las normas jurídicas internacionales sobre derechos humanos y el derecho penal internacional. Además, en el curso sobre cuestiones jurídicas y éticas para los encargados de la atención de la salud se incluye un módulo amplio sobre las normas jurídicas relativas a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, en el que se enseñan las disposiciones específicas sobre el papel de los encargados de la atención de la salud en la prevención de la tortura y de crímenes de lesa humanidad, la esterilización forzada por ejemplo. Este módulo se basa en las lecciones de la historia.

416.Además, la Universidad de Guyana ha organizado un curso sobre género y la mujer, a cargo de la Dependencia de estudios de la mujer de la Universidad de Guyana. En conmemoración del Día Internacional de la Mujer (8 de marzo), los distintos ministerios, instituciones y organizaciones femeninas auspiciaron varios actos para crear conciencia sobre las cuestiones de la mujer y de género, incluida la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

417.Entre 2002 y 2006, el Ministerio de Trabajo, Servicios Humanos y Seguridad Social produjo 1.000 ejemplares del folleto titulado "CEDAW: A guide to help you better understand the Convention" en el que se reseñan las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, incluidos sus principios y artículos, y las obligaciones de Guyana en virtud de ésta. El folleto se distribuyó entre grupos femeninos, los presidentes de las diez regiones administrativas, todos los secretarios permanentes, los miembros del Parlamento y los miembros del gabinete. Actualmente se sigue distribuyendo el folleto.

418.Los medios de difusión locales han puesto de relieve el problema de la violencia doméstica y sexual y publican anuncios e información sobre programas de sensibilización para las víctimas sobre sus derechos en virtud de las leyes de Guyana, los servicios a que tienen acceso, por ejemplo líneas telefónicas directas, ONG, etc.

Parte IVMedidas encaminadas a aplicar los resultadosde las conferencias, las cumbres y los exámenesde las Naciones Unidas

Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento

Datos estadísticos

419.Guyana presentó su respuesta a las Naciones Unidas acerca del Plan de Acción de Madrid sobre el Envejecimiento en septiembre de 2009, en la que el Estado parte reafirmaba su compromiso con el Plan de Acción y se manifestaba de acuerdo en que el establecimiento de un grupo de trabajo sobre las personas de edad y el envejecimiento durante los períodos ordinarios de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social de las Naciones Unidas, constituiría la mejor forma de asegurar que se respetasen los derechos de las personas de edad en virtud del Plan de Acción de Madrid.

420.Según el censo de 2002, el número de personas de 60 años o más era de 46.839, en tanto que los de 65 años o más era de 31.716 en 2002. Estas cifras representan el 6,2% y el 4,2% respectivamente de la población. Las mujeres superaban a los hombres en una proporción de 100 a 84.

421.El 82% de las personas de edad eran propietarias de la casa en que vivían, el 8% vivían sin pagar alquiler, el 7% alquilaba a particulares, el 1% eran ocupantes sin título y menos del 1% correspondía a las categorías restantes. Hay diferencias según los sexos y eran más las mujeres propietarias de la vivienda que ocupaban (44%) que los hombres (38%). Esta diferencia entre los sexos quizá pueda explicarse por la mayor longevidad de las mujeres en Guyana.

422.El análisis de los datos de 2002 revela que el 31,4% y el 9,4% de los hombres y mujeres de edad, respectivamente, se mantenían económicamente activos y seguían trabajando después de los 60 años. Entre los que todavía trabajaban, cerca del 94% tenían un empleo remunerado y el otro 6% no estaba empleado.

423.Con respecto a los ingresos percibidos por las personas de edad, cabe afirmar que la principal fuente de ingresos de las personas de 65 años o más en Guyana (66%), en 2002, eran los planes de pensión. La dependencia financiera de parientes o amigos ocupaba el segundo lugar; por ejemplo, el apoyo filial o conyugal representaba un 5,3%, las remesas de parientes y amigos en el extranjero, un 3,1% y el apoyo de otras personas, un 8,9%. Además, el empleo directo, sea en actividades por cuenta propia o no, aportaba un 11,3%, en tanto que casi el 2% no declararon sus fuentes de subsistencia. Las pautas de subsistencia eran similares para las personas de 60 años o más, pero con menor dependencia de los planes de pensiones porque una apreciable proporción de ellos estaba todavía en la fuerza de trabajo. Sólo el 1,4% informó que se mantenía gracias a los ahorros efectuados y sus intereses.

424.En Guyana la edad de jubilación para los funcionarios públicos es de 55 años para hombres y mujeres por igual. Los contribuyentes al Plan Nacional de Seguro tienen derecho a cobrar la pensión a los 60 años. Todas las personas de 65 años o más reciben una pensión de vejez del Gobierno.

Medidas adoptadas

425.Pese al hecho de que el 58% de la población tiene 35 años o menos, el país reconoce que, gracias a las mejoras en la atención de la salud, la vivienda y el suministro de agua, la esperanza de vida de los guyaneses ha aumentado por término medio, de los 61 años en 1992, a los 67 años en 2008. El país tiene en cuenta, por consiguiente, las recomendaciones de la segunda Asamblea sobre el Envejecimiento. El Gobierno de Guyana reconoce que el cambio de la distribución de la población por edades se acelerará y, en consecuencia, está formulando las políticas necesarias para hacer frente al aumento de la proporción de personas de edad.

426.El apoyo del Gobierno a las personas de edad incluye una comprobación de la falta de medios de subsistencia como parte del Programa de pensiones de vejez para todas las personas de 60 años o más, que abarca a unos 42.000 pensionistas, y la asistencia para el pago de las cuentas de electricidad y agua merced a la exoneración del pago de gastos. La Ley de pensiones de vejez, capítulo 36.03, permite a las personas que cumplen 65 años cobrar una pensión de vejez.

427.El Gobierno, por conducto del Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social, se ocupa de que los hogares de ancianos de propiedad privada cumplan las normas para las personas de edad. El Gobierno de Guyana sigue comprometido a atender las necesidades de las personas de edad en la sociedad.

Conferencia Mundial contra el Racismo, la DiscriminaciónRacial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia

Datos estadísticos

428.La población se compone de oriundos de la India, 43,5%; de negros (africanos), 30,2%; mestizos, 16,7%; amerindios, 9,1%; y otros, 0,5% (incluidas personas de ascendencia portuguesa y china). Las religiones incluyen: hindú, 28,4%; pentecostal, 16,9%; católica romana, 8,1%; anglicana, 6,9%; adventistas del séptimo día, 5%, metodista, 1,7%; testigos de Jehová, 1,1%; otras religiones cristianas, 17,7%; musulmanes, 7,2%; otras, 4,3%; y ninguna religión, 4,3%.

Medidas adoptadas

429.Guyana se honra y beneficia de un rico patrimonio basado en la diversidad cultural, religiosa y racial. El artículo 35 de la Constitución de Guyana reconoce la naturaleza multicultural y multirreligiosa del país con respecto a la diversidad cultural, religiosa y racial. En ella se consagra el principio de que el Estado honra y respeta las diversas culturas, que enriquecen la sociedad, y procurará constantemente promover el aprecio nacional de éstas a todos los niveles y desarrollar a partir de ellas una cultura nacional para Guyana. Las mujeres guyanesas pertenecen a distintos grupos culturales, religiosos y étnicos y la interacción de género, raza, clase y ubicación geográfica influye en los derechos de la mujer, incluidos los derechos reproductivos.

430.Observando la índole multicultural del país, cabe afirmar que Guyana ha adoptado medidas legislativas y de política que hacen inadmisibles ciertas prácticas que fomentan las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia, discriminación étnica y otras formas de intolerancia. La Constitución de Guyana prohíbe la discriminación por motivos de raza y otros motivos. Por consiguiente, es importante observar que prohíbe la discriminación de que son víctimas, específicamente, las mujeres por motivo de género y prohíbe, asimismo, la discriminación basada en factores como la religión, la raza, la clase social o cualquier otra distinción o categoría a que pertenezcan esas mujeres.

431.Guyana reconoce su responsabilidad estatal con respecto a la necesidad de ajustar las leyes internas al derecho internacional a fin de promover y proteger los derechos de la mujer. Se han adoptado medidas en las esferas del empleo, la educación, la seguridad social, la atención de la salud, el acceso a bienes y servicios, el suministro de agua y de vivienda, a fin de facilitar y garantizar el acceso equitativo, acompañado de una acción afirmativa para asegurar que las mujeres, especialmente las que se encuentran en situación desfavorecida, tengan acceso a esos servicios.

432.El Gobierno ha establecido procedimientos judiciales o administrativos que permiten a las víctimas de discriminación presentar quejas y establecen penas apropiadas para los culpables de la discriminación. También se garantiza la igualdad de la mujer para asegurarse de que no sea víctima de discriminación a distintos niveles (art. 149).

433.En virtud del artículo 212 A) de la Constitución, la Comisión de Relaciones Étnicas tiene el mandato de investigar cualquier disputa, o intervenir en ella, que pueda entrañar un conflicto potencial o real étnico o religioso. La Comisión tiene amplia experiencia en las técnicas de resolución de conflictos y prefiere, para encontrar solución a los problemas, el enfoque contemporizador de los derechos y necesidades a la adopción de una actitud antagónica. La Comisión cuenta con suficiente personal, equipo de tecnología de la información adecuado y una buena administración.

434.La Comisión de Relaciones Étnicas es una comisión constitucional independiente, prevista en la Constitución, y designada mediante un mecanismo parlamentario consensual con participación de la sociedad civil, y sus miembros son nombrados por un voto mayoritario de dos tercios. La Comisión se ocupa de las cuestiones relacionadas con denuncias de discriminación étnica. Además, realiza investigaciones y formula recomendaciones sobre medios prácticos de fomentar la cohesión étnica y, en definitiva, la cohesión social. La Comisión colabora con otras entidades, incluidas instituciones del sector privado, organizaciones musulmanas, hindúes y cristianas, y organizaciones juveniles y femeninas. Cabe señalar que, pese a que la Comisión se ocupa de cuestiones que afectan a hombres y mujeres por igual, cualesquiera sean sus antecedentes raciales o étnicos, el examen de los informes anuales de la Comisión (2004-2007) revela que por lo menos la mitad de las personas afectadas son mujeres, muchas de ellas procedentes de comunidades rurales y del interior. Los informes anuales de la Comisión pueden consultarse en su sitio web: http://www.ethnicrelations.org.gy/.

435.Los miembros de la Comisión de Relaciones Étnicas proporcionan servicios de resolución de conflictos in situ y organizan campañas de concienciación pública. Los miembros de la Comisión visitan todos los años las comunidades de las diez regiones administrativas. En 2006, la Comisión organizó diez foros regionales para interesados múltiples sobre las percepciones de la situación del país y la gobernanza. En julio de 2009 la Comisión organizó una serie de talleres para 300 mujeres con objeto de promover la eliminación de la discriminación racial, social y religiosa en Guyana, alentando a las mujeres al mismo tiempo a fomentar el respeto de otras formas de diversidad en la sociedad pluralista de Guyana. La Comisión usó películas cinematográficas para estimular el aprecio de la diversidad. Las mujeres discutieron abierta y francamente las cuestiones raciales y otras barreras sociales y formularon recomendaciones sobre la forma de mejorar las relaciones raciales. Por último, el mensaje de la Comisión de tratar a las personas según su valor individual y no según su raza, cultura, religión, afiliación política o asociaciones sociales, contribuyó de manera decisiva a las primeras elecciones pacíficas nacionales y regionales en 14 años.

436.El artículo 146 1) protege la libertad de expresión, concepto que incluye la libertad de tener opiniones sin ser molestado, libertad de recibir ideas e información sin ser molestado, libertad de comunicar ideas e información sin ser molestado y libertad de toda injerencia en la correspondencia. El artículo 146 2) a) limita el derecho de expresión por motivos tales como el interés superior de la defensa, la seguridad pública, el orden público, la moral pública o la salud pública. Además, el artículo 146 2) d) limita el goce de este derecho por cualquier persona, institución, órgano, autoridad o partido político en la medida en que esta imposición o restricción se refiera a cualquier acto que promueva, difunda o apoye cualquier idea que pueda dar por resultado divisiones raciales o étnicas entre la población de Guyana. Por último, el artículo 146 3) establece además que la libertad de expresión consagrada en ese artículo no autoriza las manifestaciones de incitación al odio ni otras expresiones, cualquier forma que adopten, capaces de incitar a la hostilidad o la mala voluntad contra cualquier persona o clase de personas.

437.El artículo 147 prevé la protección de la libertad de reunión, asociación y manifestación, que incluye el derecho a pertenecer a asociaciones que protegen los intereses de sus miembros. Como ya se dijo, está bien reconocido el derecho de la mujer a la libertad de asociación El artículo 227 de la Constitución dispone que no estarán habilitadas para ocupar cargos las personas que inciten a la hostilidad racial. Estipula además que, pese a cualquier disposición de la Constitución relativa a la designación o destitución de personas de cualquier cargo, el Parlamento podrá decidir la inhabilitación para desempeñar cargos prescritos por el Parlamento de cualquier persona condenada por un tribunal de un delito relacionado con la incitación a la hostilidad o mala voluntad contra cualquier persona o clase de personas por motivos raciales.

438.En virtud del capítulo 23:01 de la Ley sobre hostilidad racial, en su forma enmendada por la Ley Nº 9 de 2002, la incitación al odio racial es un delito. Toda persona que provoque o trate de provocar deliberadamente hostilidad o mala voluntad contra cualquier sector del público o contra cualquier persona por motivos de raza será culpable de un delito. Esto se refiere a expresiones orales, escritas o publicadas (textuales o gráficas). De conformidad con el artículo 3, sobre la condena, una persona no podrá presentarse para ocupar un cargo público por un plazo de cinco años a partir de la fecha de la condena. Si una persona comprendida en el ámbito de aplicación de este artículo participa en cualquier cargo público u otro cargo sujeto a esta restricción, será culpable de un delito y pasible de condena a prisión o del pago de una sanción financiera.

439.En virtud de la Ley de prevención de la discriminación de 1997, es ilegal inducir o intentar inducir a una persona a cometer cualquier acto que contravenga la protección contra la discriminación en el empleo o la promoción de remuneración igual con arreglo a la parte III, así como la parte IV de la ley. El delito puede cometerse sea proporcionando u ofreciendo proporcionar a una persona cierto beneficio, o haciendo sufrir o amenazando hacer sufrir a una persona cualquier perjuicio. La ley, por lo demás, no impide que una víctima trate de obtener indemnización entablando una demanda civil. La parte II enumera los motivos de discriminación prohibidos en el empleo. Estos motivos pueden extenderse a cualquier característica atribuible o imputable en general a las personas. Entre ellas, cabe mencionar: raza, sexo, religión, color, origen étnico, pertenencia a una población indígena, extracción nacional, origen social, condición económica, opinión política, discapacidad, responsabilidades familiares, embarazo, estado civil o edad, salvo para los fines de la pensión y las restricciones al trabajo y empleo de menores. Además, la ley estipula que la mens rea no necesita demostrarse pues cualquier acto de comisión u omisión o cualquier práctica o política que tenga por resultado directo o indirecto la discriminación contra una persona por los motivos prohibidos constituye un acto de discriminación independientemente de que la persona responsable del acto de comisión u omisión o de la política haya tenido la intención de discriminar.

Derecho a la libertad de religión

440.Con respecto a la libertad de religión, de conformidad con el artículo 1, Guyana es un Estado secular en una sociedad multirreligiosa, que incluye el cristianismo, el hinduismo, el islam, la fe de los rastafaris, el bahaísmo, la fe kali mai y la de los espiritualistas tradicionales. El artículo 38 F) de la Constitución dispone que no se denigrará la religión o fe religiosa de ninguna persona.

441.El artículo 145 de la Constitución protege la libertad de conciencia. Además, salvo con el consentimiento de la persona, nadie podrá ser estorbado en el disfrute de su libertad de conciencia, que incluye la libertad de pensamiento y religión, la libertad de cambiar de religión o creencia y la libertad, sea individualmente o en comunidad con otros, y tanto públicamente como en privado, de manifestar y propagar una religión, su religión o creencia en el culto, la enseñanza, práctica y observancia. En segundo término, no se impedirá a ninguna comunidad religiosa que imparta instrucción religiosa a las personas de esa comunidad. El artículo debe interpretarse en el sentido de que incluye las referencias a una religión determinada y las expresiones afines se interpretarán en consecuencia. Sin embargo, prohíbe la intolerancia religiosa o la desavenencia y hegemonía religiosas.

442.El artículo 145 5) dispone que nada que figure en otra ley o se haga en virtud de la autoridad de esa ley se considerará incompatible con lo dispuesto en el presente artículo o en contravención de éste en la medida en que la ley de que se trate disponga lo que razonablemente exige el interés superior de la defensa, la seguridad pública, el orden público, la moral pública o la salud pública; o tenga por fin proteger los derechos y libertades, incluido el derecho a observar y practicar cualquier religión sin la intervención no solicitada de miembros de cualquier otra religión o con respecto a las normas o requisitos necesarios en relación con los lugares de enseñanza, incluida cualquier instrucción (excluida la enseñanza religiosa) que se imparta en dichos lugares.

443.Las leyes también ofrecen protección a las prácticas y los lugares espirituales tradicionales de los amerindios.

444.Cabe señalar que en el sistema educativo público o privado ningún niño está obligado a sacarse el hijab o topee en el caso de los creyentes musulmanes, o cortarse el pelo en el caso de los rastafaris, para poder asistir a clase; ello también es cierto en cuanto a la política de empleo en el sector público, donde no existe ninguna restricción que impida a las mujeres usar el hijab musulmán.

445.Salvo que dé su consentimiento, o en el caso de un menor, que dé el consentimiento su padre o tutor, ninguna persona que asista a un establecimiento de enseñanza estará obligada a recibir instrucción religiosa o tomar parte o asistir a ceremonia o acto religioso alguno si esa instrucción, ceremonia o acto se relaciona con una religión distinta de la propia. Además, no se obligará a ninguna persona a prestar un juramento que sea contrario a su religión o creencia o de una manera que sea contraria a su religión o creencia.

446.Los funcionarios elegidos o las personas que prestan juramento para ocupar un cargo pueden elegir para su juramento cualquier texto religioso o simplemente jurar por afirmación.

447.Cabe señalar que Guyana es el único país del mundo que experimentó la presencia de una comunidad religiosa extranjera (Estados Unidos) con el trágico desenlace de una masacre de 900 norteamericanos y varias mujeres y niños amerindios en Jonestown, en noviembre de 1978, lo que dio a Guyana la triste fama de haber sido el país con mayor número de muertes de civiles en tiempos de paz antes del 11 de septiembre de 2001.

448.Por esta razón, Guyana está firmemente comprometida a preservar el derecho a la libertad de religión de conformidad con las disposiciones constitucionales y a garantizar una cultura de tolerancia de las diferencias religiosas.

449.A fin de promover la armonía religiosa, el Estado parte ha declarado varios feriados públicos religiosos que representan a todas las religiones principales de Guyana (cristiana, hindú y musulmana). Esto incluye 2 fiestas musulmanas: Youman Nabi y Eid-ul-Adha; 2 fiestas hindúes: Phagwah y Deepavali; 3 fiestas cristianas: Viernes Santo, Lunes de Pascua y Navidad.

450.La mayoría de las principales instituciones religiosas han creado organizaciones de mujeres que promueven la participación femenina. Cabe mencionar, entre ellas: la Dharmic Sabha hindú de Guyana y Arya Samaj de Guyana central, que, además de promover y preservar la cultura hindú, fomenta, entre otras actividades, los derechos de las mujeres y los niños; la United Sad'r Islamic Anjuman (niñas) de Guyana, que promueve los derechos de la niña; la Asamblea Espiritual Nacional de los Bahaíes de Guyana; el Centro Nubio; el Rafah- Am- Ki- Jamat, establecido en 1965, que imparte enseñanza, distribuye cestas de alimentos entre los pobres y los necesitados y administra el Orfanato para niñas; el National Committee of Sisters Affairs de la Organización Islámica Central de Guyana (representa a todos los jamaats); y la Unión de Madres – Diócesis de Guyana (anglicana), que promueve programas en beneficio de mujeres y niños, incluidos servicios de consejeros.

451.La Organización Interreligiosa es un órgano interreligioso que representa a algunas de las religiones que no están incluidas en las principales organizaciones religiosas y se esfuerza por que haya una mayor tolerancia y coordinación de las respuestas entre los diversos órganos religiosos, incluida la resolución de conflictos y el apoyo a las iniciativas comunitarias encaminadas a afianzar la cohesión social.

452.Todas las organizaciones matrices de las tres religiones principales y la Organización Interreligiosa forman parte del Foro Nacional de Interesados que convoca el Presidente; en su conjunto, representa toda la comunidad religiosa de Guyana, con una red que llega y representa a más de 400.000 ciudadanos.

Parte VObservaciones finales del Comité (en particularlos motivos de preocupación y las recomendacionesde informes anteriores)

453.El Estado parte ha incorporado las respuestas a las diferentes observaciones finales en la medida en que se aplican a los distintos artículos de la Convención. En esta sección, el Estado parte contestará algunas preguntas concretas.

454.De conformidad con las observaciones finales 19 y 20, el Comité observó que, si bien en la Constitución se hacía referencia al principio de la igualdad, el término que aparecía con mayor frecuencia en los planes, programas y declaraciones oficiales del Gobierno era el de "equidad" que, de acuerdo con el Estado parte, significa una igualdad "sustantiva" o de facto acorde con lo estipulado en la Convención.

455.El Estado parte tomó conocimiento de esta observación y posteriormente el Gobierno empezó a usar la palabra "igualdad". La palabra "equidad" se usa específicamente en el contexto del acceso a los servicios y la distribución de estos.

456.Inquieta al Comité que la mujer no trate de obtener una solución jurídica cuando sufre discriminación en el empleo, debido al efecto disuasivo de la demora en los litigios causado por el gran número de las causas civiles sin resolver. El Comité recomienda que, como opción, se permita el arbitraje en el empleo y que se adopten medidas para impedir demoras en los litigios .

457.El Gobierno de Guyana está convencido de que existen varios mecanismos que ofrecen recursos para tratar las denuncias de discriminación sexual en el empleo, incluso el recurso ante los tribunales. El artículo 8 de la Ley de prevención de la discriminación de 2007 estipula expresamente que el acoso sexual en el lugar de trabajo constituye una discriminación ilegal. La ley dispone además que la parte afectada puede interponer un recurso ante los juzgados para que se oiga su caso. En el capítulo 98:01 de la Ley de trabajo de Guyana se prevé el arbitraje y hay quienes hacen uso de esa disposición. En la práctica, el Oficial Principal de Trabajo se desempeña como árbitro en virtud de la Ley Nº 26 de prevención de la discriminación de 1997 en las disputas entre empleadores y empleados y entre empleados y empleados. En momentos de prepararse el presente informe no se había planteado ante el Oficial Principal de Trabajo ninguna denuncia de acoso sexual:

Guyana reconoce que los tribunales civiles tardan un tiempo considerable en ocuparse de cada caso. Guyana ha adoptado medidas positivas para reducir el número de casos atrasados ante los tribunales mediante el Programa de reforma del sector judicial para 2005-2010, patrocinado conjuntamente por el Gobierno de Guyana y el Banco Interamericano de Desarrollo. Con respecto a dicho programa y las demoras en el sistema judicial, se llevó a cabo un examen de los casos en virtud de la Ley (de enmienda) del Tribunal Superior de 2005. A principios de ese año, el Presidente del Tribunal Superior emprendió una iniciativa para eliminar en un plazo de 24 meses la acumulación de casos civiles abandonados. Se asignaron a los jueces 50 casos por quincena para celebrar las audiencias respectivas. Esta iniciativa se adoptó en colaboración con el Colegio de Abogados de Guyana.

Guyana ha aprobado numerosas leyes para asegurarse de que los asuntos planteados ante los tribunales se resuelvan de manera más oportuna y rápida. Con tal fin, Guyana promulgó la Ley (de enmienda) del proceso penal de 2008, la Ley de procedimiento penal (conformidad negociada y acuerdo sobre los cargos y la condena) de 2008, la Ley sobre pruebas (enmienda) de 2008, la Ley sobre los plazos para las decisiones judiciales Nº 9 de 2009, la Ley sobre administración de justicia (enmienda a la Ley de jurisdicción sumaria (deuda de poca monta) Nº 24 de 2009 y la Ley Nº 25 de jurisdicción sumaria (jueces de paz) de 2009.

Con respecto a la reducción del plazo entre la presentación y la audiencia de un caso civil, se ha aprobado un plan para la reducción sistemática de los casos atrasados.

Para resolver el problema de los casos atrasados, Guyana promulgó en 2009 la Ley de jurisdicción sumaria (jueces de paz), que permite la rápida resolución de cientos de asuntos de poca monta que se presentan a diario, facilitando así la celebración oportuna de los juicios de casos más serios. Esta ley confiere una responsabilidad funcional comparativa de menor importancia y define los límites jurisdiccionales de las funciones de los jueces de paz. Esta jurisdicción paralela propuesta entrañará una participación vital de la comunidad y significará que una persona sin funciones ejecutivas, fundamentalmente el Presidente de la Judicatura, desempeñará un papel vital en las designaciones, destituciones y examen de todos los procedimientos relacionados con esta cuarta categoría de jurisprudencia local.

458.Recomienda también que el Gobierno adopte medidas para aumentar la conciencia y comprensión por las mujeres de sus derechos y les proporcione asistencia letrada, siempre que sea posible, en cooperación con ONG:

Por lo que se refiere a la asistencia letrada, el Gobierno de Guyana financia en su totalidad las operaciones de la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana desde 2008 y esto ha permitido la ampliación de los servicios de asistencia letrada a las personas pobres y vulnerables de las zonas rurales que son, en su mayoría, mujeres. Como resultado de ello, la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana proporciona actualmente servicios jurídicos gratuitos en las Regiones 2, 3, 4, 5, 6 y la Clínica de Asistencia Jurídica Linden ofrece estos servicios en la Región 10. Esta ampliación ha permitido un mayor acceso a la justicia gracias a lo cual más mujeres y más personas pobres han podido recurrir a los tribunales y beneficiarse de las disposiciones de la ley. Uno de los principales objetivos de la Clínica es proporcionar "asistencia profesional subvencionada o gratuita a las personas que, frente a acusaciones penales, disputas civiles o la necesidad de asesoramiento jurídico, corren peligro de que sus derechos no sean respetados o queden sin satisfacer otras necesidades jurídicas debido a la pobreza y falta de medios".

En los 15 años transcurridos desde su establecimiento, en marzo de 1994 hasta diciembre de 2009, la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana ha tenido en total 16.998 clientes, de los cuales11.969 eran mujeres. Estas cifras incluyen los clientes que fueron entrevistados y, o bien se les dio solamente asesoramiento, o se les dio asesoramiento y se los representó, o bien se llegó a la conclusión de que no reunían los requisitos para recibir asistencia jurídica. Del total de solicitantes se consideró que sólo 602 personas no reunían los requisitos para recibir asistencia jurídica en este período de 15 años. Desde la apertura de una nueva oficina en la Región 2, en junio de 2008, se entrevistó, prestó asesoramiento y representó a 15 personas que habían presentado denuncias de violencia doméstica y a otras 28 personas que pedían pensión de alimentos; la filial de la Región 4 (abierta en 1994), entrevistó, asesoró y representó a 515 personas que habían presentado denuncias de violencia doméstica, 125 personas que buscaban pensión de alimentos y 2 que habían denunciado violación o cópula carnal durante esos mismos períodos; la filial de la Región 5, abierta también en junio de 2008, entrevistó, asesoró y representó a 6 personas que habían presentado denuncias de violencia doméstica y a 4 que reclamaban pensión de alimentos.

El Ministerio de Servicios Humanos y Seguridad Social presta asistencia a las personas que no tienen medios para pagar los servicios de un abogado y las remite a la Clínica de Asistencia Jurídica de Guyana. Además, la Asociación de Abogadas de Guyana tiene un plan de servicios gratuitos en asociación con la Oficina de Asuntos de la Mujer del mismo Ministerio. También prepara considerable información para el público y ha colaborado en la redacción de proyectos de ley.

Parte VIObstáculos que se oponen a la participación de la mujeren pie de igualdad con el hombre en la vida política,social, económica y cultural de Guyana

459.Los obstáculos con que tropieza Guyana en la erradicación de la discriminación se deben principalmente a la realidad de la existencia de la pobreza y el atraso cultural con respecto al adelanto de la mujer. Si bien el 67% de la población vivía en 1991 por debajo del umbral de pobreza, y esta cifra se había reducido al 35% en 2008, la existencia de la pobreza sigue siendo un factor de importancia en el adelanto de todas las personas, pero más especialmente en el de la mujer. El Estado parte ha referido en el presente informe todas las intervenciones que ha realizado para mejorar la calidad de vida de la gente, prestando especial atención a los pobres y los vulnerables, las mujeres, los niños, los amerindios, los ancianos y las personas con distintas discapacidades.

460.El Programa 1 del documento de Estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) (2004-2008) ha sido ejecutado y evaluado y el DELP 11 (2008-2012) aspira a reducir la pobreza general y a realizar intervenciones concretas para asistir a los pobres y las personas vulnerables, incluidos mujeres y niños, los pueblos indígenas, los ancianos y las personas con necesidades especiales. Merece señalarse que los comités regionales del DELP y las reuniones comunitarias celebradas para evaluar el primer DELP y celebrar consultas sobre el programa que había de sucederle contaron con una gran participación de mujeres. En la sección del presente informe relativa a la economía se mencionan las sumas asignadas al sector social.

461.El informe del Banco Mundial de 2008 sobre evaluación de la pobreza menciona el hecho de que el 77% de los pobres viven en el interior, en regiones aisladas y remotas, y es a estos sectores de la población a los que el Gobierno de Guyana está prestando mayor atención presupuestaria y programática para reducir los niveles de pobreza y mejorar el acceso a los servicios en esas regiones.

462.El cambio climático compromete la seguridad humana, especialmente la de las personas que viven en países de baja altitud y, más especialmente, los países en desarrollo. Esta amenaza mundial exige una firme respuesta unida y mundial para reducir las emisiones de carbono y mitigar los peores efectos sobre las generaciones futuras.

463.Guyana es uno de los países de la cuenca amazónica y del Escudo de las Guayanas que contienen una de las cuatro últimas selvas tropicales vírgenes del mundo.

464.Los efectos del cambio climático se han sentido en Guyana, especialmente con El Niño de 2003-2004 y de 2009-2010, además de las graves inundaciones sufridas en 2005, que destruyeron el 57% del producto interno bruto y dañaron las viviendas, granjas, escuelas y otros bienes de 300.000 personas. Otra inundación, en 2006, también causó graves daños a los sectores productivos del país.

465.Como resultado de ello, el país se ha visto forzado a hacer grandes inversiones en la infraestructura física (obras de defensa contra el mar y los ríos y de avenamiento e irrigación) para prevenir y mitigar los efectos de las inundaciones.

466.En junio de 2008, Guyana inició su Política de prevención de la deforestación y en junio de 2009 puso en marcha un proyecto de Estrategia de desarrollo con bajas emisiones de carbono, que fue sometido a amplias consultas con las comunidades amerindias, en la Conferencia nacional de Toushaos, y con la comunidad empresarial, en particular la interesada en la silvicultura y la minería. El proyecto se debatió también en la Asamblea Nacional en dos ocasiones distintas.

467.La Estrategia de Guyana de desarrollo con bajas emisiones de carbono y el Programa de la Estrategia de reducción de la pobreza constituyen la base de la Estrategia de Guyana para el desarrollo, con el apoyo de políticas y programas sectoriales.

468.El Comité quizá desee observar que Guyana ha firmado un memorando de entendimiento con el Reino de Noruega sobre el desarrollo basado en un modelo de bajas emisiones de carbono.

469.Guyana ha mantenido un equilibrio financiero estable y ha respondido a los problemas con sólidas políticas financieras que han preservado la estabilidad de la economía. El Banco Mundial ha elogiado a Guyana por su sólida gestión macroeconómica de la economía. Guyana ha hecho apreciables progresos en la consolidación de la estabilidad macroeconómica y en el logro de un mayor crecimiento para beneficio de los pobres. En vista de esto, el Banco Mundial aprobó la nueva Estrategia de asistencia al país para el período 2009-2012, en apoyo del Programa de desarrollo del país en las esferas del mejoramiento de la educación y las redes de seguridad social y del fortalecimiento de su capacidad para mitigar los efectos de los desastres naturales y del cambio climático.

470.Frente a la recesión mundial, Guyana consiguió mantener un crecimiento positivo gracias a la prudente administración fiscal y a las iniciativas de protección popular para amortiguar el impacto sobre la gente, especialmente los pobres y vulnerables. Sin embargo, la recesión mundial ha influido en los precios de exportación de sus productos y, ante la amenaza de una nueva recesión, el país ha tenido que tomar precauciones para proteger los progresos realizados en la calidad de vida de su pueblo, especialmente las mujeres y los niños.

471.La violencia contra la mujer, especialmente la violencia doméstica y sexual, ha sido motivo de grave preocupación para el Estado parte y la sociedad en general. El Estado parte seguirá bregando incansablemente para intervenir a nivel tanto normativo como práctico.

472.El período de 2003 a 2008 fue uno de los peores desde el punto de vista de los delitos violentos. El país ha intensificado sus operaciones contra todas las formas de delincuencia, incluidas las que tienen por blanco directo a las mujeres. Esta ola de delitos violentos ha sido ahora controlada por las fuerzas de seguridad y ello ha contribuido a una perspectiva más optimista para el futuro.

473.El Estado parte hace frente a muchas dificultades, derivadas de fuerzas y acontecimientos externos, aparte de los imperativos nacionales, por lo cual es preciso asegurarse de que los progresos realizados a todos los niveles, en particular con respecto a los derechos humanos, no se pierdan y el país se mantenga en una trayectoria política y económica estable hacia el desarrollo. Este imperativo de mantener el equilibrio y avanzar al mismo tiempo es el mayor desafío de todos y, como lo señaló el Fondo Monetario Internacional en su publicación de abril de 2010, "las perspectivas de Guyana siguen siendo positivas a plazo corto y mediano, aunque subsisten graves dificultades".

474.Guyana, que continúa esforzándose por cumplir sus obligaciones emanadas de tratados internacionales, considera que desde la presentación de su último informe se han conseguido mejoras y se compromete a seguir esforzándose por poner fin a todas las formas de discriminación contra la mujer.