Comité de Derechos Humanos
127º período de sesiones
14 de octubre a 8 de noviembre de 2019
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes presentados por los Estados partes
en virtud del artículo 40 del Pacto
Lista de cuestiones relativa al tercer informe periódico de la República Centroafricana
Adición
Respuestas de la República Centroafricana a la lista de cuestiones *
[Fecha de recepción: 6 de septiembre de 2019]
Marco constitucional y jurídico de la aplicación del Pacto
Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones
1.No existe hasta la fecha ningún caso en que los tribunales hayan aplicado directamente las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
2.Tras la campaña de sensibilización de la población, actualmente en curso, el Gobierno pondrá en marcha el proceso de ratificación del Protocolo Facultativo.
Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones
3.El Gobierno ha puesto un local a disposición de la Comisión, cuyo presupuesto operacional fue aprobado por la Asamblea Nacional.
4.Los miembros de dicha Comisión perciben sueldos y subsidios asignados por el Estado.
5.La Comisión goza de autonomía de la gestión financiera y administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, párrafo 2, de la Ley Orgánica.
6.Si bien aún no se ha interpuesto una demanda ante la Comisión hasta la fecha, dicho órgano ha denunciado recientemente un caso de presunta tortura en los locales de la Oficina Centroafricana para la Represión del Bandidaje, suboficina de las 92 viviendas del distrito 6º de Bangui. A raíz de dicho caso, se ha abierto una investigación.
7.El decreto que establece el reglamento interno de la Comisión prevé representaciones regionales y locales en forma de suboficinas a nivel de prefecturas, subprefecturas y municipios, según sea necesario.
Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones
8.Lamentablemente, no se ha encontrado ningún rastro del caso Mamour c. la República Centroafricana en los archivos judiciales. No obstante, la presunta víctima, el General Mamour, actual Gran Canciller a la Presidencia de la República, no ha mostrado preocupación al respecto y parece haber recobrado todos sus derechos.
Lucha contra la impunidad
Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones
9.La firma del Acuerdo Político por la Paz y la Reconciliación, el 6 de febrero de 2019, suscitó grandes esperanzas tanto en el país como en la subregión y la comunidad internacional. Desde entonces, está en el poder un Gobierno inclusivo que se estableció el 22 de marzo de 2019. En junio de 2019, el Gobierno organizó un seminario sobre la aplicación del Acuerdo con el apoyo de la comunidad internacional para reforzar la cohesión en el equipo.
10.El Comité Ejecutivo de Seguimiento (CES) del Acuerdo de Paz, copresidido por el Primer Ministro y el Representante Especial de la Unión Africana, se ha reunido periódicamente desde su puesta en marcha el 15 de mayo.
11.El Gobierno, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), está trabajando en la puesta en marcha de los mecanismos de aplicación del Acuerdo a nivel local, mediante el establecimiento de 12 comités de aplicación en las prefecturas y 13 comités técnicos de seguridad. A pesar de esos avances, la MINUSCA ha denunciado entre 50 y 70 vulneraciones del Acuerdo, cometidas principalmente por los grupos armados contra la población civil. En este sentido, el 21 de mayo de 2019, integrantes del grupo armado Retorno, Reclamación y Rehabilitación (3R) asesinaron vilmente a 39 civiles inocentes en Ouham-Pende y provocaron el desplazamiento de unas 12.000 personas. En el cuarto período de sesiones del Comité Ejecutivo de Seguimiento, celebrado en julio de 2019, se formularon una serie de recomendaciones, a saber: la imposición de sanciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 por la Unión Africana y la MINUSCA, cuyo mandato debería ser más sólido, sin perjuicio del principio de oportunidad para llevar ante la justicia a los autores de delitos graves cometidos en el país.
12.Asimismo, cabe señalar la aplicación, actualmente en curso, de las disposiciones de seguridad del Acuerdo de Paz, incluida la creación de Unidades Especiales Mixtas de Seguridad, que debería contribuir a reducir la violencia relacionada con la trashumancia.
13.Por último, cabe reseñar que el artículo 7 del Acuerdo establece que las partes rechazan toda idea de impunidad y reconocen el principio de la presunción de inocencia, si bien son conscientes de las dolorosas consecuencias y los estigmas que los delitos graves acarrean para todos los ciudadanos y las comunidades.
14.La Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reconciliación y la Reparación (CVJRR), exigida por el Foro de Bangui de mayo de 2015, que ha hecho de la lucha contra la impunidad una de sus recomendaciones emblemáticas, tendrá como misión principal contribuir al asentamiento de una paz duradera a través de la búsqueda de la verdad y la reparación de los derechos de las víctimas, así como contribuir a la reconciliación y la consolidación de la unidad nacional.
15.Con ese fin, se creó un Comité Directivo.
16.La puesta en marcha de consultas nacionales en las siete regiones administrativas del país, en junio de 2019, para establecer la CVJRR es una etapa crucial de la agenda nacional de justicia de transición, y contribuirá a la formulación de soluciones para evitar que se vuelvan a cometer los delitos.
17.El objetivo es fomentar la participación de los ciudadanos, mediante la recopilación de opiniones sobre sus expectativas y recomendaciones relativas a los cuatro pilares de la Comisión, y dar así una legitimidad popular a este sistema de justicia de transición.
Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones
18.La Ley núm. 15003, de 3 de junio de 2015, relativa al Código Penal fue modificada por la Ley núm. 18010, de 2 de julio de 2018, sobre las Reglas de Procedimiento y Prueba ante el Tribunal Penal Especial. Ciertamente, se han llevado a cabo investigaciones y los tribunales ordinarios se han inhibido de conocer casos en beneficio de ese Tribunal, que ya ha desplegado su personal sobre el terreno, bajo la dirección de cada sustituto.
19.La estrategia del Tribunal consiste en servirse del informe del Proyecto Mapping, que proporciona información fidedigna sobre serias vulneraciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, lo cual es constitutivo de delitos internacionales graves, a partir de lo cual se han abierto y se llevan a cabo numerosas investigaciones.
20.El Tribunal no tiene facultad para conceder amnistías. No obstante, en el capítulo 2, artículo 64, del Estatuto se contempla la asistencia letrada a los justiciables. También se contempla una unidad especial de protección de los testigos.
21.Las medidas concretas adoptadas y previstas en materia de cooperación con la Corte Penal Internacional se exponen en el capítulo 3, artículo 14, de la Ley núm. 18009, que enmienda lo dispuesto en la Ley sobre el Estatuto del Tribunal Penal Especial.
Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones
22.Mediante Decreto núm. 13106, de 22 de mayo de 2013, se estableció una Comisión de Investigación destinada a:
Investigar delitos violentos graves, delitos económicos graves, delitos menos graves y otras vulneraciones de los derechos humanos, delitos contra la propiedad y las personas desde 2004
Identificar a los autores, coautores y cómplices, así como a las víctimas de dichos delitos
Evaluar los daños sufridos para tramitar posibles indemnizaciones
23.La Comisión ha recibido quejas y denuncias de víctimas cuyas declaraciones figuran en las actas de las audiencias. Sin embargo, la falta de recursos de la Comisión (el escaso efectivo disponible), la inseguridad y la imposibilidad de desplazarse de ciertas víctimas, junto con su falta de protección, son obstáculos graves para la ejecución eficaz del mandato de la Comisión, cuyos resultados aún no se han hecho públicos hasta la fecha.
No discriminación e igualdad entre hombres y mujeres
Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones
24.Tras aprobar distintas leyes contra la discriminación, en particular respecto de las mujeres y las personas con discapacidad, el Gobierno está trabajando en la aprobación de una ley contra la discriminación en general.
25.La necesidad de incorporar una perspectiva de género en todos los aspectos de los procesos de justicia de transición, incluida la estrategia de enjuiciamiento del Tribunal Penal Especial, es una preocupación del Gobierno, que ha sido abordada por el Comité Directivo de la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación en la formulación del proceso de justicia de transición, actualmente en curso, así como por el Tribunal Penal Especial.
Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones
26.Con arreglo a la Ley núm. 16004, de 24 de noviembre de 2016, por la que se establece la paridad entre hombres y mujeres, en particular la igualdad de acceso de hombres y mujeres a mandatos electorales y cargos electivos, se ha creado el Observatorio Nacional para la Paridad, presidido por la Ministra de Promoción de la Mujer y la Familia y Protección de la Infancia.
27.El Gobierno alienta a las organizaciones políticas a formar y presentar candidaturas a puestos electivos en igual proporción de mujeres y hombres. Esta voluntad política se ha reflejado en el proyecto del nuevo Código Electoral, donde se establece como una obligación para las organizaciones políticas.
28.En el marco de los concursos para la contratación de Fuerzas de Seguridad Interior organizados recientemente, se alentó encarecidamente la presentación de candidaturas femeninas.
29.Periódicamente se organizan campañas de sensibilización para recordar a la población los principios de igualdad de género en todos los ámbitos de la vida y superar así los obstáculos tradicionales.
Prácticas nocivas y violencia sexual
Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones
30.La poligamia es una institución muy arraigada en la sociedad centroafricana, especialmente en las zonas rurales, donde reside la mayoría de la población. Su abolición requiere un importante trabajo previo de sensibilización para cambiar la mentalidad de las personas. El Gobierno y las organizaciones no gubernamentales (ONG) para la defensa de los derechos de la mujer en particular, están trabajando con ese fin.
31.Debido a las limitaciones socioculturales, las víctimas de la mutilación genital femenina no presentan denuncias ante los tribunales. Esta situación requiere una sensibilización del segmento de población afectado.
32.El Eje Estratégico 3 del Plan Provisional del Sector de la Salud (PIS) de la República Centroafricana tiene previsto brindar atención integral en los casos de violencia sexual y mutilación genital femenina. Con tal motivo, en 2016 se elaboró una Guía Nacional con la asistencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones
33.El matrimonio precoz de las niñas suele ser frecuente en las zonas rurales. El país tiene una elevada tasa de matrimonios infantiles, lo que lo sitúa entre los diez primeros países de África Central y Occidental. Esto se debe, en primer lugar, a que las niñas no tienen acceso a la educación, seguido del factor económico, que sigue siendo preponderante. Asimismo, cabe señalar otros motivos relacionados con los usos y las costumbres.
34.Diversos planes nacionales se articulan en torno a objetivos destinados a la eliminación de la explotación sexual de niños. En 2014 el Ministerio de Educación elaboró un Plan Nacional de Transición cuyo principal objetivo es la promoción y la reconstrucción de un sistema de educación básica. El plan establece la educación gratuita para los niños hasta la enseñanza primaria. En 2016 el Plan Nacional de Recuperación y Consolidación de la Paz 2017-2021 (RCPCA) sentó los pilares de acciones más o menos vinculadas a factores relativos a la cuestión de la violencia y la explotación sexual de niños, incluidos los matrimonios precoces.
35.El proyecto de ley sobre la protección del niño se remitió a la Asamblea Nacional, y su aprobación tendrá incidencia en el Código Penal e implicará lógicamente la revisión del artículo 105 para que se ciña a lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones
36.Además del proyecto de ley sobre la protección de la infancia, cabe señalar la Ley núm. 06032, de 27 de diciembre de 2006, relativa a la protección de la mujer contra la violencia en la República Centroafricana.
37.La Unidad Mixta de Respuesta Rápida y Represión de la Violencia Sexual contra Mujeres y Niños (UMIRR), establecida en 2015, tiene como mandato facilitar la presentación de denuncias, entre otras cuestiones.
38.No se dispone de estadísticas oficiales sobre tales infracciones.
39.Las medidas de protección se adoptan a través de la UMIRR.
40.La atención y el apoyo a las víctimas de violencia sexual se incluyen en el Plan Provisional del Sector de la Salud.
41.La UMIRR se encarga de recibir las denuncias de las víctimas, investigar los hechos y remitir los informes de los casos al Ministerio Público bajo la autoridad del Fiscal General de la República, quien inicia las actuaciones judiciales y los procedimientos.
42.Esta Unidad debe colaborar evidentemente con el Tribunal Penal Especial en los casos de violencia sexual.
43.Con el apoyo de la MINUSCA y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en particular, los departamentos ministeriales pertinentes (de Justicia y Derechos Humanos, y de Promoción de la Mujer y la Familia y Protección de la Infancia) organizan regularmente talleres de capacitación y sensibilización sobre la violencia sexual, destinados a los agentes de la policía judicial, así como el personal militar, hospitalario y penitenciario.
Mortalidad materna e infantil, e interrupción voluntariadel embarazo
Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones
44.La mortalidad de lactantes y la mortalidad infantil siguen siendo muy elevadas. Según las últimas encuestas de indicadores múltiples por conglomerados (MICS 4 2010), por cada 1.000 nacimientos se registraron 174 muertes, de las cuales el 105 ‰ corresponde a la mortalidad de lactantes, y el 45 ‰ a la mortalidad de neonatos.
45.El Plan Provisional del Sector de la Salud (PIS 2018-2019) se ha fijado el objetivo general de lograr la cobertura sanitaria universal en la República Centroafricana. Dicho objetivo consiste en:
Proporcionar a la población un paquete mínimo y complementario de actividades de asistencia sanitaria de calidad
Mejorar la atención sanitaria de las madres y los niños
Mejorar la gestión y la atención de las emergencias y los desastres, y reforzar la lucha contra las enfermedades transmisibles y no transmisibles
46.La Ley Bangayassi, de 20 de junio de 2006, ofrece a todas las mujeres de la República Centroafricana, sin excepción, respuestas a los problemas vinculados con la salud reproductiva, como la anticoncepción, el aborto, los derechos de las personas afectadas por infecciones de transmisión sexual y por el VIH/sida, entre otros.
47.Por último, cabe citar la Ley núm. 06032, de 27 de diciembre de 2006, relativa a la protección de la mujer contra cualquier tipo de violencia, en particular la violación.
Derecho a la vida, protección de la población civil y uso excesivo de la fuerza
Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones
48.Como resultado de la profunda crisis que continúa dejando secuelas en el país, la proposición de ley sobre la abolición de la pena de muerte y por la que se modifican algunas disposiciones del Código Penal, formulada por un diputado de la Nación, requiere una sensibilización previa de la población, que todavía tiene abiertas las cicatrices de la violencia sufrida durante todos estos años de conflicto armado. Como resultado de esa labor, la proposición de ley será presentada ante la Asamblea Nacional y, tras su aprobación, huelga decir que el artículo 17 del Código Penal será revisado de facto.
Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones
49.En el marco del restablecimiento de la autoridad del Estado, el Departamento de Justicia trabaja desde hace varios meses, con la ayuda de la MINUSCA, en la redistribución de todos los jueces y demás funcionarios del sistema judicial en todo el territorio nacional.
50.Como parte de las disposiciones de seguridad del Acuerdo de Paz de Jartum, el establecimiento de Unidades Especiales Mixtas de Seguridad contribuirá a garantizar la protección de la población civil en las zonas de conflicto.
51.Las vulneraciones graves del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos en los casos citados competen al Tribunal Penal Especial, cuya Fiscalía Especial está llevando a cabo investigaciones y acciones penales contra los presuntos autores.
Prohibición de la tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes
Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones
52.La respuesta ya se ha proporcionado en las Reglas de Procedimiento y Prueba del Tribunal Penal Especial. Es evidente que el Código Penal y el Código Procesal Penal se armonizarán con dichas reglas en el futuro.
53.Las medidas adoptadas al respecto figuran en el Acuerdo de Jartum, en particular las recomendaciones formuladas en el cuarto período de sesiones del Comité Ejecutivo de Seguimiento, además de las sanciones previstas en el artículo 5:
La denuncia contra antiguos grupos armados por violencia contra las mujeres, al considerarse un incumplimiento del Acuerdo.
El requerimiento con plazos concretos contra antiguos grupos armados por no haber proporcionado respuestas adecuadas sobre la violencia que se les imputa y la disolución oficial de sus grupos.
54.La justicia ordinaria y el Tribunal Penal Especial siguen haciendo su trabajo al tramitar denuncias de recursos.
55.Los datos estadísticos sobre esas cuestiones todavía no han sido comunicados por las instituciones judiciales. Cabe señalar que el Gobierno prevé la creación de un fondo de indemnización a través de la futura ley relativa a la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación, que se financiará con las contribuciones de los asociados.
56.En las Reglas de Procedimiento y Prueba del Tribunal Penal Especial se contempla esa situación.
57.El contenido de las capacitaciones es muy variado, y aborda la introducción al derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, el Código Penal, el Código Procesal Penal, etc.
Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones
58.A la espera de la aprobación de un nuevo Código de Familia, el Ministerio de Promoción de la Mujer y la Familia y Protección de la Infancia ha puesto en marcha una campaña de sensibilización sobre los efectos perjudiciales de esas prácticas para el futuro de los niños. La revisión, que corre a cargo de un Comité Especial, incluye consultas a la base, cuyos resultados definirán las líneas de acción del nuevo Código. Aparte de este procedimiento, no existen otras iniciativas particulares. Solo gracias al restablecimiento de la autoridad del Estado en todo el territorio nacional, en la que trabaja el Gobierno (y que se traduce en la redistribución de las autoridades de las prefecturas y subprefecturas, de los miembros de la judicatura y de las Fuerzas de Seguridad Interior, entre otras medidas), se podrán prevenir y castigar esos delitos. Asimismo, en la Iglesia y las ONG se organizan periódicamente campañas de sensibilización de la población contra la aplicación de la justicia popular en lo que respecta al fenómeno de la brujería.
Condiciones de detención de las personas privadas de libertad
Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones
59.El centro penitenciario de Ngaragba, principal cárcel de la República Centroafricana, construida en la época colonial para 400 reclusos, acoge actualmente a más de 1.000 personas. La Unión Europea brinda apoyo al sistema penitenciario centroafricano a través del Programa de rehabilitación de los sectores de la justicia y la policía (RESEJEP). Se trata de un programa plurianual que cuenta con un presupuesto total de 18 millones de euros, de los que aproximadamente 400.000 se destinan a las cárceles para invertir en programas de capacitación, rehabilitación de edificios, equipos de enfermería, material para los guardias civiles, etc.
60.El hacinamiento y los problemas de salud y alimentación son los principales escollos de las cárceles centroafricanas. Gracias al apoyo de la Unión Europea, los centros penitenciarios podrán tener acceso a las normas internacionales en lo que respecta a la separación de adultos y menores en distintos módulos, la mejora de la alimentación y el acceso a la atención médica, entre otras cuestiones.
61.Más del 70 % de los reclusos no han sido juzgados, ya que un gran número de personas son detenidas sin cargos y esperan durante mucho tiempo su enjuiciamiento debido, en parte, a la lentitud del sistema judicial. El Ministro de Justicia y Derechos Humanos ha dado instrucciones a los magistrados jefes de los tribunales para que actúen con diligencia a efectos de regularizar la situación y aliviar el hacinamiento especialmente del centro penitenciario de Ngaragba.
Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones
62.En el marco de sus respectivas competencias, el Fiscal General de la República y el juez de vigilancia penitenciaria llevan a cabo una supervisión periódica de los lugares de privación de libertad. Dichas supervisiones son objeto de informes que se remiten a la Dirección General de Administración Penitenciaria, la Inspección General de Servicios Judiciales (IGSJ) y al Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
63.De conformidad con sus mandatos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, la División de Derechos Humanos de la MINUSCA y las ONG de defensa de los derechos humanos están autorizadas a llevar a cabo actividades de supervisión en los centros de privación de libertad tales como visitas globales o selectivas.
64.Las crisis militares y políticas que socavan el funcionamiento de las instituciones de la República han impedido que el Gobierno pueda llevar a cabo la implantación del mecanismo nacional de prevención de la tortura.
Libertad y seguridad personales
Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones
65.El Ministro de Justicia ha dado firmes instrucciones a la Inspección General de Servicios Judiciales a partir de los requerimientos formulados para que corrija las vulneraciones denunciadas, haga cumplir la ley y castigue a los autores.
66.La última supervisión realizada por la Dirección General de Administración Penitenciaria ponía de manifiesto que el plazo de prisión preventiva de la mayoría de los detenidos del centro de reclusión de Ngaragba había prescrito hacía mucho tiempo. Se ha interpuesto una demanda ante la Inspección General de Servicios Judiciales para que los jueces de instrucción a cargo de los asuntos contenciosos puedan concluir el sumario.
67.El juez dispone de una serie de medidas alternativas a la privación de libertad.
68.En el transcurso del proceso:
La libertad provisional pura y simple
La libertad provisional sujeta a medidas cautelares de restricción a la libertad de circulación de los acusados, como la prohibición de abandonar el territorio sin la autorización expresa del juez de instrucción, o acudir a determinados lugares públicos
Por último, la libertad provisional bajo fianza, decretada por lo general en los procedimientos de malversación de caudales públicos
69.En la fase de enjuiciamiento:
Una condena con remisión condicional de la pena.
Una condena de servicios a la comunidad por un período comprendido entre 35 horas y 420 horas (lamentablemente, las condiciones de aplicación aún no se han determinado).
Una condena al pago de una multa superior a 100.000 francos de la República Centroafricana para los delitos menos graves.
Administración de la justicia
Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones
70.Debido a la inseguridad generada por los grupos armados que controlan ciertas regiones, los jueces no podían regresar a su lugar de destino. Asimismo, en el marco del restablecimiento de la autoridad del Estado, el Departamento de Justicia trabaja desde hace varios meses, con la ayuda de la MINUSCA, en la redistribución de todos los jueces y demás funcionarios judiciales en todo el territorio nacional para poner fin a los abusos de los grupos armados. Ello ha sido posible, en parte, gracias a la firma del Acuerdo de Jartum.
71.Con el fin de promover la igualdad de acceso de todos los ciudadanos a los servicios públicos de la justicia, se prevé la reanudación de las audiencias judiciales móviles en el ámbito de competencia de los tribunales en funciones, en particular en las subprefecturas donde no residen los jueces jurisdiccionales. Posteriormente, en otros lugares donde los jueces están obligados a residir en las prefecturas de los tribunales de apelación o de los tribunales limítrofes por motivos de seguridad, también se celebrarán audiencias judiciales móviles para permitir la resolución de los casos pendientes ante dichos tribunales.
72.Unos 20 alumnos de la Escuela Judicial, que recientemente completaron sus prácticas de capacitación, han ingresado en el cuerpo judicial. Dichas prácticas de capacitación se llevarán a cabo con el apoyo de asociados externos.
Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones
73.La independencia de la justicia es un gran reto para el sistema judicial de la República Centroafricana. Las sucesivas constituciones del país han afirmado y reafirmado el principio de independencia e inamovilidad de los jueces y magistrados. La garantía de la independencia del poder judicial se refiere, entre otras cosas, a las condiciones de nombramiento de los jueces, la composición del Consejo Superior de la Magistratura (CSM), la Comisión Consultiva del Consejo de Estado (CCCE), la Conferencia de los Presidentes y el Fiscal General del Tribunal de Cuentas (CPPGCC), el estatuto de los jueces y magistrados y las normas relativas a la deontología. El sistema político e institucional de la República Centroafricana es una réplica del modelo francés. El principio de separación de poderes consagrado en la Constitución debería permitir, en teoría, que el poder judicial gozara de la independencia indispensable, con respecto a otros poderes constitucionales, para hacer cumplir la ley y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades individuales. En la práctica, según el estudio de referencia llevado a cabo en el marco de la elaboración de la Política Sectorial de Justicia 2019-2023 (PSJ), la aplicación de los textos generados no permitía la verdadera independencia del poder judicial con respecto al poder ejecutivo. Con ese fin, en el proyecto de documento de la PSJ se sugiere:
Revisar el marco jurídico del CSM, la CCCE y la CPPGCC con objeto de fortalecer la independencia de la justicia. En la práctica, será preciso efectuar revisiones sustantivas del funcionamiento y el papel del CSM y los otros dos órganos. La revisión propuesta deberá referirse exclusivamente a los textos orgánicos, así como a las leyes relativas al estatuto de los jueces y magistrados del orden judicial, del orden administrativo y del Tribunal de Cuentas.
Reforzar la capacidad organizativa y operacional de esos órganos y coordinar sus actuaciones.
Mejorar la gestión de la carrera judicial y el sistema de nombramiento de presidentes de órganos judiciales, a fin de garantizar la transparencia.
74.La independencia de la justicia tiene como corolario la rendición de cuentas de los jueces y magistrados a la población. Esta se efectúa a través de la IGSJ y los presidentes de los tribunales superiores, que deben promover los valores morales de dichos jueces y magistrados, y luchar eficazmente contra la corrupción que corroe al poder judicial. Con ese fin, en el proyecto de documento de la PSJ se sugiere:
Fortalecer la capacidad de los funcionarios judiciales a través de la formación inicial y continua.
Reforzar el papel y la labor de los órganos de gestión de la carrera judicial, mediante la elaboración de un código de deontología y de normas, la capacitación sobre la supervisión de las normas deontológicas y éticas, así como la aplicación de procedimientos disciplinarios, entre otras medidas.
Mejorar la prevención y la respuesta a la corrupción de los funcionarios judiciales, a través de la eficacia de las sanciones disciplinarias impuestas por los órganos disciplinarios, la concienciación y la supervisión periódica de dichos funcionarios, el sistema de denuncia de los justiciables y otras personas ante la IGSJ, principalmente.
Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones
75.En abril de 2019 se organizó un taller de validación técnica inicial del documento de la Estrategia Nacional para la Buena Gobernanza (SNBG) en la República Centroafricana, a cargo de la Autoridad Superior para la Buena Gobernanza (HACBG) y con el apoyo técnico y financiero del PNUD.
76.Recordemos que la HACBG es una institución reciente, consagrada en la Constitución de 30 de marzo de 2016, que la sitúa en la cima del control del sistema de gobernanza, con el fin de promover la transparencia en la gestión de los asuntos políticos, administrativos, económicos y financieros, así como prevenir y combatir la mala gobernanza. A tal fin, es preciso que disponga de un documento de estrategia nacional que le sirva de referencia. La SNBG, que refleja la visión de la institución sobre la gobernanza política, democrática, administrativa, económica y financiera, deberá promover cambios radicales respecto de las prácticas, actitudes y comportamientos característicos de la mala gobernanza, que durante tanto tiempo han corrompido al conjunto de actores de la sociedad centroafricana.
77.El Acuerdo Político por la Paz y la Reconciliación, denominado “Acuerdo de Jartum”, volvió a situar la cuestión de la buena gobernanza en el centro de las actuaciones políticas del Gobierno, como instrumento de paz y reconciliación nacional.
78.Esta visión integral, en la que se basa la SNBG, consiste en “hacer de la República Centroafricana un Estado moderno, respetuoso de los principios de la buena gobernanza y la democracia con vistas a 2024”. A tal fin, se han adoptado cuatro ejes estratégicos:
La moralización de la vida pública a través de la lucha contra la corrupción y los delitos análogos, así como mediante el fomento de la transparencia en la gestión de los asuntos públicos, entre otras cuestiones.
La consolidación de la cohesión social y la convivencia, entre otras formas promoviendo la transparencia en la gestión de los asuntos públicos y velando por la representación equitativa de las regiones en los nombramientos y la contratación.
La protección y la gestión transparente del patrimonio, de los recursos naturales y minerales, velando por la transparencia en la explotación y la gestión sostenible de los recursos naturales y minerales, etc.
La preservación de la indivisibilidad del territorio, asegurando la inclusión y la representación de las regiones en la gobernanza de la República Centroafricana y el estricto cumplimiento de las condiciones de expedición de las certificaciones del Registro Civil, etc.
79.En la actualidad todavía no podemos ofrecer resultados ni hacer un balance de la situación. Este ejercicio se llevará a cabo tras la aplicación de la Estrategia Nacional de Buena Gobernanza 2024.
Trata de personas, trabajo forzoso y niños soldados
Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones
80.Lamentablemente, no ha sido posible obtener estadísticas oficiales de los organismos.
Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones
81.El conflicto armado al que se enfrenta la República Centroafricana desde hace varios años tiene muchas repercusiones sobre miles de niños reclutados y relacionados con los delitos perpetrados por los grupos armados que saquean la mayor parte del territorio.
82.Otros tantos miles de niños se ven privados de su derecho a la educación, como resultado de que las escuelas y los hospitales han sido vandalizados, saqueados y destrozados por los rebeldes.
83.Los responsables del reclutamiento o la utilización de esos niños durante los diversos conflictos armados nunca han respondido de sus actos ante los tribunales debido a la ausencia de disposiciones legales congruentes.
84.Al ratificar el Protocolo Facultativo, el Gobierno centroafricano se había comprometido a adoptar todas las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para:
Prohibir y castigar el reclutamiento y la utilización de niños en los conflictos armados.
Reconocer como víctimas y no como autores a los niños que cometieron delitos bajo la influencia de dichos grupos armados, de conformidad con los Principios de París (2007), a los que se adhirió la República Centroafricana.
Establecer un procedimiento de protección y liberación de los niños enjuiciados por los tribunales, de conformidad con los Principios de París y otros protocolos internacionales a los que se ha adherido la República Centroafricana.
Organizar el cuidado de los niños liberados de los grupos rebeldes con el fin de facilitar su reintegración en la comunidad, entre otros aspectos.
85.A fin de garantizar la aplicación del Protocolo Facultativo y, consecuentemente, brindar una mayor protección a los niños vinculados a los conflictos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Fomento de la Mujer y la Familia y Protección de la Infancia están trabajando, con el apoyo técnico de la MINUSCA y el UNICEF, en un memorando de entendimiento sobre el cuidado de los niños que escaparon de los grupos armados o fueron detenidos en los frentes por las fuerzas de defensa y de seguridad, y que deben ser transferidos a los asociados para la protección del niño. Con ese fin, los departamentos ministeriales pertinentes, en colaboración con la Sección de Protección del Niño y la Sección de Comunicaciones e Información Pública de la MINUSCA, organizaron un taller en junio de 2019 para sensibilizar a los distintos actores sobre el proceso de aplicación del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, así como el memorando de entendimiento. Al mismo tiempo, el Comité Especial sigue llevando a cabo consultas para la elaboración del proyecto de ley que permitirá prever penas para sancionar a los autores del reclutamiento de niños soldados.
86.Hasta la fecha, algunos grupos armados han accedido a que los niños reclutados abandonen sus filas. Esto ha sido posible gracias al apoyo de la MINUSCA en el marco de la campaña para poner fin al reclutamiento de niños.
Refugiados, solicitantes de asilo y desplazados
Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones
87.Para hacer frente a la situación, el Ministerio de Acción Humanitaria y Reconciliación Nacional (MAHRN) puso en marcha el 19 de mayo de 2017, con la participación del Banco Mundial, el Proyecto de apoyo a las comunidades afectadas por el desplazamiento, por valor de 28 millones de dólares de los Estados Unidos. El objetivo es garantizar un mayor acceso a los servicios básicos, a las infraestructuras locales y a las redes de seguridad social mediante la realización de transferencias en efectivo. Este proyecto se caracteriza por un enfoque multidimensional del apoyo prestado a los desplazados. Consta de tres componentes y permitirá proporcionar una amplia gama de servicios para mejorar las condiciones de vida de las familias desplazadas y las comunidades de acogida, así como allanar el camino para intensificar la actividad económica y reducir la pobreza, que constituye una de las prioridades del Gobierno.
88.Con respecto a las perspectivas de regreso, el Gobierno ha puesto en marcha, con el apoyo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), un Proyecto de Apoyo al Regreso y a la reintegración en la República Centroafricana (PARET/RCA),a fin de acelerar el regreso y la instalación de los desplazados que lo deseen.
89.El proyecto se lleva a cabo de manera gradual, centrándose inicialmente en los desplazados internos que viven en los emplazamientos privados de Bangui. Estos emplazamientos de desplazados, situados casi en su totalidad en propiedades privadas o pertenecientes a autoridades religiosas, están bajo la constante amenaza de desalojo, por lo que las personas que viven allí solicitan mayoritariamente el apoyo de las autoridades y de los agentes humanitarios y de desarrollo para regresar a sus barrios de origen.
90.Este proyecto específico, íntegramente dedicado a la asistencia al regreso y la reintegración, así como a la búsqueda de soluciones duraderas para los desplazados empieza a dar sus frutos gradualmente:
La acogida y el apoyo a los desplazados internos que regresan de forma voluntaria a sus lugares de residencia habitual se lleva a cabo de forma paulatina en condiciones de seguridad y dignidad, prestando especial atención a las personas vulnerables.
Se ha puesto en marcha un marco normativo para prestar asistencia a soluciones duraderas, garantizando el respeto de los derechos de los desplazados, de conformidad con la Convención de Kampala.
La gestión de la reinserción y la reintegración de los desplazados en sus comunidades de origen se lleva a cabo progresivamente gracias al apoyo a las actividades de construcción y rehabilitación de las infraestructuras sociales básicas.
El Gobierno realiza actividades de cohesión social y coexistencia pacífica en las zonas de regreso, haciendo especial hincapié en la restitución de la vivienda, la tierra y la propiedad.
91.Por último, el país, de conformidad con la Convención de la Unión Africana para la Protección y la Asistencia de los Desplazados Internos en África, ha aprobado una Política Nacional sobre la Protección y Asistencia a los Desplazados Internos en la República Centroafricana.
92.Muchos otros textos están consagrados a la condición de los refugiados en la República Centroafricana, a saber:
El Decreto núm. 68/279, de 15 de noviembre de 1968, por el que se establecen las condiciones para la expedición de tarjetas de identidad y documentos de viaje a los refugiados en la República Centroafricana.
El Decreto núm. 83278, de 14 de junio de 1983, sobre la organización y el funcionamiento de la Comisión Nacional para los Refugiados en la República Centroafricana.
La Orden Ministerial núm. 16/CAB/SGCNR, de 27 de octubre de 1987, relativa al establecimiento de la Subcomisión de Admisibilidad, dependiente de la Comisión Nacional para los Refugiados.
La Orden Ministerial núm. 010/NSPAT/SE/CAB/SG/SP, de 22 de agosto de 1990, relativa al establecimiento de la Subcomisión para la Asistencia y la Determinación de la Condición de Refugiado, dependiente de la Comisión Nacional para los Refugiados.
Libertad de religión
Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones
93.La población musulmana no es la única sujeta a desplazamientos internos en el país. Todas las zonas controladas por grupos armados son abandonadas por sus habitantes tradicionales sin distinción. Por ejemplo, el 21 de mayo de 2019, integrantes del grupo armado Retorno, Reclamación y Rehabilitación (3R), de confesión fundamentalmente musulmana, asesinaron vilmente a 39 civiles inocentes en Ouham-Pende y provocaron el desplazamiento de unas 12.000 personas.
94.Ningún lugar de culto, sin excepción, se ha salvado de esas crisis. Con todo, la libertad de culto y de circulación, así como la igualdad de acceso a los servicios públicos, están garantizadas por la Constitución.
95.A raíz de la crisis iniciada en 2013, el Gobierno ha promovido y apoyado la creación de una plataforma interreligiosa lanzada por las tres figuras religiosas de la República Centroafricana, el cardenal Dieudonné Nzapalainga, el imán Oumar Kobine Layama y el pastor Nicolas Guérékoyaméné-Gbangou, quienes han rechazado de pleno la supuesta religiosidad atribuida al conflicto que socava la República Centroafricana. Su objetivo es demostrar que la coexistencia pacífica entre cristianos y musulmanes es posible en la República Centroafricana, y que la religión es utilizada por los grupos armados como instrumento.
Libertad de expresión y protección de los periodistas
Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones
96.La investigación sobre el asesinato de los periodistas rusos Orkhan Jemal, Alexandre Rastorgouev y Kirill Radtchenko, cometido el año pasado, sigue su curso y corre a cargo de las autoridades judiciales de la República Centroafricana, en colaboración con el Comité de Investigación de la Federación de Rusia. El 6 de junio de 2019, durante una reunión entre la jefa de la diplomacia centroafricana, Sylvie Baïpo-Temon, y el Ministro de Exteriores ruso, Serguéi Lavrov, se hizo alusión, de forma paralela al 23er período de sesiones del Foro Económico Internacional de San Petersburgo, a la necesidad de realizar esfuerzos adicionales para acelerar la investigación. La Dirección General de Investigación del Comité de Investigación de la Federación de Rusia ha remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República Centroafricana una solicitud de asistencia jurídica. El 26 de julio de 2019, la Fiscalía General de Bangui emitió un comunicado en el que indicaba que la investigación había avanzado considerablemente y que se haría pública en un futuro muy próximo.
97.En lo que respecta al caso de Camille Lepage, el proceso se lleva a cabo con grandes dificultades, en particular la del acceso de los investigadores al lugar del delito debido a la inseguridad. Se ha procedido a una separación de la causa del procedimiento inicial, que tenía en cuenta el encausamiento de los antibalaka. Por ello, se ha abierto un nuevo proceso centrado exclusivamente en el asesinato de Camille Lepage.
98.Actualmente se está ultimando un proyecto de ley sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, iniciado por el Ministerio de Justicia.
99.El Alto Consejo de la Comunicación ha iniciado recientemente un taller para llevar a cabo la revisión de la Ordenanza núm. 05002, de 22 de febrero de 2005, sobre la libertad de prensa en la República Centroafricana, con el fin de fortalecer dicha libertad y la protección de los periodistas en el ejercicio de sus funciones.
Pueblos indígenas
Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones
100.La República Centroafricana ratificó, en agosto de 2010, el Convenio núm. 169 (C169) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los derechos de los pueblos indígenas y tribales, convirtiéndose así en el primer Estado africano y el vigésimo segundo país del mundo en ratificar dicho Convenio. Esta ratificación, junto con la votación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP) y otras medidas nacionales, constituye la expresión de la voluntad política de la República Centroafricana para dar un nuevo impulso a la promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas.
101.En ese espíritu, el Gobierno ha elaborado, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la OIT, el proyecto de Apoyo a la Promoción de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la República Centroafricana (APPACA), financiado por la Secretaría de la Alianza de las Naciones Unidas con los Pueblos Indígenas (UNIPP) y los fondos ordinarios del UNFPA en la República Centroafricana. El objetivo general del proyecto es mejorar el disfrute de los derechos de los pueblos indígenas, de conformidad con los instrumentos internacionales. Las tres principales esferas de intervención del proyecto son las siguientes:
Reformas jurídicas e institucionales para incorporar las cuestiones de los pueblos indígenas en los textos jurídicos en proceso de revisión/elaboración (el Código Forestal, el Código de la Propiedad Privada y Pública, el Código de Urbanismo, la Ley sobre la violencia contra la mujer, el Código de Familia, la Ley sobre salud reproductiva o Ley Bangayassi, etc.).
Fomento de la capacidad de los actores responsables de las cuestiones indígenas, mediante el desarrollo de herramientas de divulgación, información y educación de la población sobre los derechos de los pueblos indígenas, entre otras cuestiones.
Fortalecimiento de los derechos de los pueblos indígenas respecto a los servicios de salud reproductiva y la protección contra la violencia sexual dentro del contexto de epidemia generalizada del VIH, así como la protección contra cualquier forma de discriminación.
102.Gracias a este proyecto, se han obtenido progresos considerables, particularmente en lo que respecta a la lucha contra la discriminación de los pueblos indígenas, a su representación y participación en los asuntos públicos, a la consideración de su situación en las diferentes leyes planteadas, etc.
Difusión de información relativa al Pacto y sus ProtocolosFacultativos
Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones
103.El Gobierno, que estará evidentemente representado en el examen del informe que haga el Comité, contempla posteriormente:
Organizar un taller informativo destinado a todos los actores
Organizar, con el apoyo de la MINUSCA, una caravana de sensibilización con respecto al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en todo el país
104.El presente informe fue elaborado a través de un proceso participativo, coordinado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Comité Nacional de Redacción de Informes en virtud de tratados internacionales de derechos humanos. Dicho Comité está compuesto por representantes de departamentos ministeriales, sindicatos, la Asamblea Nacional, ONG de defensa de los derechos humanos (Liga Centroafricana de Derechos Humanos, Asociación de Abogadas, Colegio de Abogados, etc.) y otras estructuras de la sociedad civil que representan a los jóvenes (Consejo Nacional de la Juventud), a las mujeres (Organización de Mujeres Centroafricanas) y a las personas con discapacidad (Organización Nacional de Personas con Discapacidad), etc.
105.El informe ha seguido una serie de etapas, a saber:
Recopilación de la información y los datos con el apoyo del personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Redacción del proyecto de informe por el Comité Nacional.
Examen y aprobación del proyecto de informe por el Gabinete del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.