37° período de sesiones

Acta resumida de la 769ª sesión (Sala A)

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 25 de enero de 2007, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Dairiam (Relatora)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Tercer informe periódico de Suriname

En ausencia de la Sra. Šimonović, la Sra. Dairiam (Relatora) ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Tercer informe periódico de Suriname (CEDAW/C/SUR/3; CEDAW/C/SUR/Q/3 y Add. 1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Suriname toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Joemmanbaks (Suriname), al presentar el informe, dice que Suriname ha realizado un esfuerzo importante para abordar las preocupaciones anteriores del Comité expuestas en el documento A/57/38 (Supl.), parte II, capítulo IV, con propuestas para modificar la legislación discriminatoria formuladas sobre la base de las recomendaciones del Comité. La discriminación se define tanto en la Constitución de Suriname (art. 8, párr. 2) como en su Código Penal (art. 126 bis). La Constitución estipula además la igualdad entre el hombre y la mujer (art. 35, párr. 2), con la prohibición general de la discriminación por motivos de género en la legislación nacional. El Ministerio de Justicia y Policía ha creado una comisión para que revise el Código Penal, fortaleciendo en él la definición de violencia contra la mujer y aumentando las sanciones por violencia y discriminación. También se formularán disposiciones especiales para proteger a los muchachos, las muchachas y los menores y para abordar la violación marital, la trata de personas y la prostitución.

3.El Ministerio del Interior ampliará el mandato de la Comisión de Legislación en materia de Género, que comprende a funcionarios de los ministerios pertinentes, así como representantes del mundo académico y de organizaciones no gubernamentales (ONG) que se ocupan de la mujer. Esa Comisión tendrá un carácter permanente, actuando como su secretaría la Oficina Nacional de Política para la Mujer. Su mandato consistirá en cotejar la legislación nacional con las normas internacionales y proponer las modificaciones necesarias. Trabajará en estrecha cooperación con la Comisión sobre la Trata de Mujeres y la Comisión de Derechos Humanos de su país, dos órganos pertenecientes al Ministerio de Justicia y Policía. En un taller convocado por el Centro de Derechos de la Mujer en enero de 2007 se recomendó que Suriname se planteara seriamente la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención. En 2007, el Centro participará, junto con los centros de coordinación para las cuestiones de género, en un debate sobre ese tema que se celebrará en el Ministerio del Interior.

4.El informe se documentó mediante consultas con la sociedad civil, como ocurrió con el Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género para 2006-2010, puesto en marcha coincidiendo con el establecimiento de una delegación de la Oficina Nacional de Política para la Mujer en el distrito de Nickerie. Las esferas prioritarias identificadas en el nuevo Plan incluyen mecanismos institucionales para mejorar la formulación de políticas en materia de género, la reducción de la pobreza desde una perspectiva de género, la planificación macroeconómica para aumentar la participación de la mujer en el mercado laboral, la participación en condiciones de igualdad en la adopción de decisiones y la elaboración de instrumentos jurídicos y normativos para potenciar los derechos humanos.

5.La actuación del Gobierno en los próximos años también se concentrará en la eliminación de la violencia en el hogar y sexual, el aumento de la participación de la mujer en la educación y la reducción de los estereotipos de género en la asignación de los empleos, así como el fortalecimiento de la atención primaria de salud, abordando la salud sexual y reproductiva, el VIH/SIDA y el suicidio. Otras prioridades para 2006-2010 son la mejora del acceso de la mujer a la tecnología de la información y las comunicaciones, la eliminación de los estereotipos de género en los medios de comunicación y el logro de un equilibrio de género en la adopción de decisiones relativas al medio ambiente.

6.La Oficina Nacional de Política para la Mujer está mejorando ahora su funcionamiento y tiene previsto establecer delegaciones en otros distritos. Tiene una plantilla de siete personas, con inclusión de dos funcionarios en Nickerie. En breve se cubrirán diversos puestos especializados y se contratará a mujeres utilizando una actuación positiva. La Comisión de Legislación en materia de Género ha recomendado proyectos de legislación sobre la licencia de maternidad, el concubinato, las pensiones, la violencia en el hogar, el matrimonio, el trabajo, el medio ambiente y los medios de comunicación, cuyos detalles figuran en el informe.

7.El Plan Multianual de Desarrollo para Suriname correspondiente al período 2006-2011 se basa en los objetivos de desarrollo del Milenio y está orientado hacia la creación de una sociedad justa que garantice los derechos humanos y una seguridad social básica para todos. En la Universidad de Suriname y en las escuelas secundarias, así como en las ONG, se reconoce la importancia especial de la educación en materia de derechos humanos.

8.El Gobierno ha destacado la importancia de abordar los problemas de la violencia en el hogar y los delitos relacionados con los estupefacientes. Una comisión judicial especial está examinando ahora la legislación en esa esfera, para ponerla en conformidad con la Convención. Una de las medidas que se está planteando es el establecimiento de una Oficina de la Mujer y el Menor, para que se ocupe de la violencia en el hogar y actúe como centro de coordinación y apoyo para las víctimas. En previsión de la adopción del proyecto de ley sobre el acoso sexual, el Ministerio de Justicia y Policía ha establecido una Comisión de Quejas encargada de recibir las reclamaciones individuales e imponer sanciones. También se está creando una Oficina del Ombudsman.

9.En junio de 2003 entró en vigor la Ley del matrimonio de 1973, en sustitución de la Ley sobre el matrimonio de asiáticos. Con arreglo al Código Civil, la edad mínima legal para contraer matrimonio en Suriname es de 17 años para los varones y de 15 para las mujeres. En abril de 2006 entró en vigor una Ley sobre la trata personas, aumentando de ocho a 10 años de prisión la sanción por la trata de menores de 16 años. En materia de salud, se ha elaborado una política de salud sexual y reproductiva y hay previsto un plan de aplicación para la atención materna. Se están haciendo esfuerzos para mejorar la recopilación de datos. También se ha aprobado un Plan Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA para 2004-2008.

10.Como prueba ulterior del compromiso del Gobierno con el cumplimiento de sus obligaciones en el marco de la Convención, también se ha incorporado una perspectiva de género en las actividades de producción y desarrollo. Por otra parte, el Plan para el sector de la educación está orientado hacia la consecución de la incorporación de la perspectiva de género en todos los niveles. Además, tiene la satisfacción de anunciar que se está contratando a más mujeres para cubrir puestos diplomáticos y consulares de alto nivel y que Suriname tiene cinco embajadoras. También son mujeres alrededor del 18% de los miembros del Consejo de Ministros y el 25% de la Asamblea Nacional, así como todo el personal oficinista y oficinista interino de la Asamblea Nacional. Recientemente se ha establecido una comisión especial sobre la mujer y el niño en la Asamblea Nacional y se está nombrando a más mujeres en los niveles legislativo y ejecutivo inferiores.

11.El nuevo Gobierno de coalición elegido en 2005 garantizará que se aborden con mayor respaldo político las necesidades específicas de las mujeres. Aunque no hay ningún cupo especial para garantizar la elección de más mujeres, se pueden incorporar libremente a cualquier partido político. La nueva legislación para incluir en las papeletas de voto el apellido de solteras de las candidatas se aplicará en las elecciones de 2010. Suriname se compromete a mejorar la vida de las mujeres de su país y a trabajar para conseguir la igualdad entre el hombre y la mujer.

Artículos 1 a 6

12.El Sr. Flinterman pide una aclaración sobre la posición del Estado parte con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo e información más detallada sobre la incorporación, la situación y la difusión de la Convención en el país. ¿Cuáles son también las tareas prioritarias de la Comisión Nacional de Legislación en materia de Género? ¿Se ha establecido algún plazo para abolir las leyes discriminatorias y se prevé alguna medida positiva para promover el adelanto de la mujer?

13.La Sra. Halperin-Kaddari dice que el Comité necesita más información sobre la formación, coordinación, situación y financiación del mecanismo nacional para la aplicación de las disposiciones de la Convención. Tiene la impresión general de que hay más promesas que hechos y se pregunta si el Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género para el período 2000-2005 ha logrado algún resultado concreto. Dado que el comienzo de la reforma del Código Penal surinamés se remonta a 1993, la delegación debe estar en condiciones de indicar un calendario para la adopción de modificaciones relativas a la violencia en el hogar, entre otras cosas. El hecho de que no se haya recibido ninguna reclamación de discriminación por motivos de género, ¿puede significar que las mujeres no han tenido acceso a una asistencia jurídica suficiente?

14.La Sra. Shin, haciendo un llamamiento al Estado parte para que garantice que sus informes cuarto y quinto combinados se presenten a tiempo, dice que está muy decepcionada por la falta de progresos durante el período correspondiente al informe. El ritmo de la reforma jurídica es motivo de particular preocupación, puesto que las leyes discriminatorias mencionadas en las anteriores observaciones finales del Comité (A/57/38 (Supl.), parte 2, capítulo IV, párr. 41) no se han abolido todavía. La mayor parte de las iniciativas en ese sentido parecen proceder de organizaciones no gubernamentales e internacionales.

15.La delegación debe explicar qué factores específicos están dificultando los propios esfuerzos del Gobierno. La Oficina General de Estadística puede, en efecto, haber quedado totalmente destruida por el fuego, pero el Gobierno tiene la responsabilidad de encontrar un sistema alternativo para recopilar los datos nacionales. Por último, agradecería recibir información sobre la situación de los derechos de la mujer en la sociedad surinamesa. No está de acuerdo con el reconocimiento del Gobierno en su Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género para el período 2000-2005 de que los derechos de la mujer son “derechos humanos especiales”. Los derechos de la mujer son derechos humanos básicos, no derechos especiales.

16.La Sra. Schöpp-Schilling expresa la esperanza de que en su siguiente informe el Estado parte facilite información más detallada sobre los resultados de las políticas y planes expuestos en el presente informe y sobre las entidades que participan en la aplicación. Desea saber si hay voluntad política para la ratificación del Protocolo Facultativo. Los debates en ese sentido no se deben dejar en manos de las ONG; de ese asunto se deben ocupar el Parlamento y los ministerios del Gobierno.

17.Parece que los esfuerzos relativos a la igualdad entre el hombre y la mujer y los derechos humanos se consideran como dos conceptos separados. En realidad, los primeros forman parte del marco global de los derechos humanos de la mujer basados en la Convención, y todas las políticas, programas e instituciones pertinentes se deben orientar en consecuencia. También está preocupada por el hecho de que se considera a las mujeres en sí como un grupo vulnerable. Esta percepción puede socavar el entendimiento de que las mujeres que pertenecen a grupos vulnerables, como las minorías étnicas o discapacitadas, pueden ser víctimas de una discriminación múltiple.

18.Acoge con satisfacción el Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género y las 10 esferas prioritarias que se han descrito. Sin embargo, pide más información acerca de la aplicación del Plan de Acción: ¿qué medidas concretas se adoptarán y qué plazos hay previstos? ¿Se asignará a ministerios concretos del Gobierno la responsabilidad de cada una de las esferas prioritarias o recaerá todo el peso en la Oficina Nacional de Política para la Mujer?

19.La Sra. Neubauer, tras congratularse por el establecimiento de una red de centros de coordinación para las cuestiones de género, dice que la Oficina Nacional de Política para la Mujer puede desempeñar una función decisiva en el fomento de los conocimientos especializados en materia de género y en la creación de capacidad para la integración de la igualdad entre el hombre y la mujer en las políticas y programas en todos los niveles de la administración. Se podría adoptar un enfoque doble para la igualdad entre el hombre y la mujer, con medidas específicas en sectores críticos para el adelanto de la mujer por una parte y para la vigilancia y evaluación del proceso de incorporación de una perspectiva de género por otra.

20.Para ello se necesita una estructura interministerial permanente, que incluya representantes de alto nivel de las esferas normativas pertinentes con facultad para la adopción de decisiones. Desea saber si existe el compromiso político firme de garantizar que la red de centros de coordinación para las cuestiones de género funcione como una estructura permanente para la coordinación y la cooperación sistemáticas. Si la red no está funcionando todavía como tal, espera que lo haga en un futuro próximo.

21.El Sr. Joemmanbaks (Suriname) dice que en los debates de la sociedad civil sobre el Protocolo Facultativo participan representantes del Gobierno. También deben examinarlo en un futuro próximo los centros de coordinación para las cuestiones de género y representantes de las ONG. Se formularán recomendaciones al Gobierno utilizando como base esos debates.

22.La Convención se publicó en la Gaceta Nacional en 1992. No es directamente aplicable en el derecho nacional, por lo que hay que introducir modificaciones en los instrumentos legislativos vigentes para darle efecto. Ese proceso está en curso. No obstante, las disposiciones de la Convención se pueden invocar en un tribunal si el juez las considera aplicables al caso. La principal tarea de la Comisión de Legislación en materia de Género, formada por altos funcionarios públicos, representantes de ONG y expertos de la Universidad de Suriname, consiste en suministrar al Gobierno información sobre las modificaciones legislativas necesarias. El proceso normativo del país es lento, puesto que cada ley se ha de revisar y aprobar en varios niveles antes de su aprobación por el Parlamento y su publicación. Está de acuerdo en que el proceso se debe acelerar.

23.El mecanismo nacional para la mujer comprende la Oficina Nacional de Política para la Mujer, los centros de coordinación para las cuestiones de género y otras partes interesadas, y está coordinado por el Ministro del Interior. La Oficina es un órgano de alto nivel bajo la supervisión directa del Ministerio del Interior. Cuenta con una plantilla de siete personas y también recibe el apoyo de otros altos funcionarios. Además de las 10 esferas prioritarias ya mencionadas, el Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género establece actividades específicas que han de llevar a cabo determinados ministerios y ONG con calendarios concretos. La Oficina actúa como coordinadora a ese respecto, pero no interviene en la realización de las distintas actividades.

24.Suriname se compromete a aplicar la Convención, pero tropieza con diversas dificultades para su cumplimiento. Carece de expertos en temas legislativos para la recopilación y el análisis de datos. Otro problema es que cuando el edificio que alberga la Oficina General de Estadística quedó totalmente destruido por el fuego en 2003 se perdió una gran parte de los datos. Sin embargo, la Oficina está ahora en pleno funcionamiento de nuevo. Algunos datos se han recuperado a partir de los sistemas de copias de seguridad y ahora se puede disponer de las estadísticas de género para el período de 2002 a 2005 en varios sectores.

25.Se han llevado a cabo con éxito alrededor del 60% de las actividades establecidas en el Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género para 2000-2005. El resto se ha incorporado al nuevo Plan (2006-2010). Respondiendo a una cuestión planteada por la Sra. Schöpp-Schilling, dice es evidente que los derechos de la mujer se consideran parte de los derechos humanos en general. Sin embargo, el Gobierno trata de prestar apoyo a grupos específicos de mujeres que necesitan una atención particular.

26.La Sra. Mohanlal (Suriname) dice que ahora se está fortaleciendo el sistema de gestión para las cuestiones de género mediante el suministro de servicios de Internet y programas de capacitación. En su calidad de coordinadora del Plan de Acción integrado sobre cuestiones de género, la Oficina Nacional de Política para la Mujer se encarga de identificar a las partes interesadas en función de los asuntos normativos, determinar las novedades y dificultades correspondientes, prestar asesoramiento técnico y apoyo a los asociados en la ejecución y recopilar datos con fines de vigilancia y evaluación. Se está contratando a más personal para aligerar el volumen de trabajo de la Oficina. El Ministerio del Interior tiene un presupuesto especial para las actividades relacionadas con las cuestiones de género.

27.El Sr. Joemmanbaks (Suriname), respondiendo a una pregunta sobre la relación entre la Oficina Nacional de Política para la Mujer y la Comisión de Legislación en materia de Género, dice que la Oficina funciona como secretaría de la Comisión. Ambas presentan sus informes directamente al Ministro del Interior. Con respecto al calendario para la presentación de informes al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, dice que el siguiente abarcará el período de abril de 2002 a 2010. No obstante, mientras tanto se puede proporcionar al Comité información relativa al período de abril de 2002 a diciembre de 2006.

28.La Sra. Tobing-Klein (Suriname) dice que el Gobierno está realizando grandes esfuerzos, en cooperación con la sociedad civil, para cumplir sus obligaciones en el marco de la Convención. La falta de resultados concretos y los retrasos en la presentación de los informes se deben en parte a la falta de recursos, y su Gobierno acogería con satisfacción la asistencia de la comunidad internacional a ese respecto. Asegura al Comité que el siguiente informe estará más orientado a los resultados.

29.La Sra. Saiga observa que, según el informe, en la legislación nacional no está comprendida la eliminación de prejuicios. Dado que la eliminación de estereotipos es un requisito de la Convención, el Gobierno tiene la obligación de tomar medidas en ese sentido. El Comité recomendó, en sus observaciones finales anteriores, que el Estado parte hiciera esfuerzos para sensibilizar a las mujeres, los hombres y los medios de comunicación sobre la necesidad de combatir los estereotipos. Pregunta qué medidas se están adoptando para cambiar las actitudes, sobre todo entre los hombres, acerca de las funciones de cada sexo, y cómo tiene previsto el Gobierno aprovechar el potencial de los medios de comunicación para hacer desaparecer los estereotipos.

30.La Sra. Pimentel se hace eco de la preocupación de la Sra. Saiga por la aparente falta de actuación del Gobierno para combatir los estereotipos. Pide detalles acerca del contenido de los dos proyectos de ley sobre violencia en el hogar, dado que el Estado parte no ha facilitado esa información en las respuestas a la lista de cuestiones. Pide asimismo más información sobre el proceso de debate de los proyectos de ley. ¿Por qué no se han presentado todavía al Parlamento? En espera de su aprobación, ¿qué otros mecanismos existen para la notificación e investigación de los casos de violencia en el hogar y sexual, la protección de las víctimas y la condena de los perpetradores?

31.La Sra. Coker-Appiah dice que la obligación del Estado parte de eliminar los estereotipos y los prejuicios de género es tan importante como sus otras obligaciones en el marco de la Convención. Las tradiciones culturales no deben impedir a los gobiernos adoptar las medidas necesarias, que desempeñan una función esencial en el avance de la mujer y no se deben dejar exclusivamente en manos de la sociedad civil y las organizaciones internacionales. Lamenta que en el informe no se haga ninguna mención de los resultados de las actividades notificadas para combatir la violencia contra la mujer e insta a que la omisión se subsane en el siguiente informe. Pregunta qué se está haciendo en relación con los dos proyectos de ley sobre la violencia en el hogar, mencionados en las respuestas de Suriname (CEDAW/C/SUR/Q/3/Add.l, pág. 12), y cuál es su contenido. También agradecería recibir información relativa a cualquier estudio realizado sobre la violencia contra la mujer en Suriname, con particular referencia a las modalidades que asume y el número de casos notificados.

32.La Sra. Simms dice que es alentador que en la definición de los derechos humanos se hayan incluido los derechos de la mujer. Sin embargo, el problema está en plasmar la ideología en acción. En el informe no se ha prestado suficiente atención a la cuestión de la trata de personas, que es un problema importante en la región de la CARICOM y está vinculado a las cuestiones de la prostitución y la propagación del VIH/SIDA. Lamenta la ausencia de estadísticas a este respecto y la aparente falta de medidas serias para abordar la cuestión. Se necesitan leyes rigurosas para proteger a las mujeres de la explotación sexual, en particular a la vista de la presencia de empresas multinacionales en el país; dichas leyes deben tener como objetivo a los promotores de la prostitución y los hombres que utilizan los servicios de prostitutas.

33.La Sra. Gabr subraya por su parte la responsabilidad que tiene el Gobierno de aplicar la Convención. Eso incluye la adopción de medidas para fomentar la sensibilización con respecto a sus disposiciones, tanto en la población como en la Asamblea Nacional. El Gobierno puede contratar libremente consultores para redactar su informe, aunque éste sigue estando bajo su responsabilidad. Expresa su consternación ante la afirmación del informe (CEDAW/C/ SUR/3, pág. 14) de que la eliminación de los prejuicios no figura en la legislación del país. El Comité agradecería que se le proporcionaran estadísticas sobre la trata de personas, en particular a la vista de la elevada incidencia de la pobreza en Suriname. Pregunta si se pueden incluir en el siguiente informe periódico, sobre todo con respecto a las mujeres indígenas, y también pide información relativa a los proyectos de leyes sobre la violencia contra la mujer y la trata de personas.

34.El Sr. Joemmanbaks (Suriname) dice que reconoce que es responsabilidad del Gobierno adoptar medidas para aplicar la Convención. El Ministerio de Justicia y Policía ha aprobado recientemente una nueva reglamentación sobre la trata de personas, en virtud de la cual se han llevado tres casos ante los tribunales; en un caso ha habido fallo condenatorio, mientras que los otros dos siguen todavía pendientes.

35.La Sra. Tobing-Klein (Suriname) dice que el Gobierno ha prestado su apoyo a los programas de información y educación orientados a combatir los estereotipos de género, en particular mediante la televisión pública. Aunque el Gobierno reconoce su propia responsabilidad en relación con la promoción de los derechos de la mujer, acoge con satisfacción el respaldo de la sociedad civil. La ONG ProHealth, en cooperación con el Ministerio de Salud, ha preparado un informe sobre la violencia contra la mujer en el país: los datos contenidos en él están a disposición del Comité.

36.El Sr. Joemmanbaks (Suriname) dice que el primer proyecto de ley consiste en modificaciones del Código Penal y contiene una definición de violencia contra la mujer casi idéntica a la que figura en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada en Belém do Pará en 2002. Estipula sanciones más duras para los infractores, establece normas para la obtención de pruebas e introduce cambios en los procedimientos de investigación de la policía. El segundo proyecto de ley fue elaborado por el Centro de Derechos de la Mujer, que lo presentó directamente al Ministerio de Justicia y Policía. Debido a que no ha llegado todavía al Ministerio del Interior, no puede proporcionar más información acerca de él, pero espera poder hacerlo en el siguiente informe. Ha comenzado el proceso de recopilación de datos sobre la población cimarrona, pero todavía no puede dar cifras.

37.El Sr. Landveld (Suriname) dice que, aunque no se menciona en el informe, el Gobierno ha adoptado medidas para combatir los prejuicios por motivos de género. El Ministerio de Educación, en cooperación con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, ha llevado a cabo en las escuelas proyectos sobre la igualdad entre el hombre y la mujer. Con respecto a la trata de mujeres, en particular entre la población cimarrona, todavía no se ha elaborado legislación, pero se ha registrado una reducción de esa actividad gracias a una presencia reforzada de la policía. El interior del país es ahora más accesible que antes, en los decenios de 1980 y 1990, cuando las guerras internas impedían al Gobierno ejercer su control; además, los jefes supremos decidieron que los mineros ilegales, conocidos como garimpeiros, debían abandonar la zona minera. Lamenta no poder proporcionar datos.

38.El Sr. Flinterman dice que, como no parece haber obstáculos para que Suriname ratifique el Protocolo Facultativo, confía en que pronto se adopten las medidas apropiadas. Puesto que la Convención no es directamente aplicable en la legislación del Estado parte y no tiene prioridad sobre la legislación nacional, es especialmente importante que Suriname derogue todas las leyes discriminatorias y apruebe nueva legislación en conformidad con sus disposiciones. Además, los miembros del poder judicial se deben familiarizar no sólo con la Convención, sino también con las recomendaciones del Comité. Expresa su aprecio por la incorporación al proyecto de ley de igualdad de trato de un enfoque basado en lo que en el informe se denomina “discriminación positiva”. Recomienda que el Gobierno sustituya ese término por “medidas especiales de carácter temporal” y tenga debidamente en cuenta la recomendación general 25 del Comité. Desea saber cuál es el plazo previsto para su aprobación.

39.La Sra. Pimentel acoge con agrado la inclusión en el proyecto de ley sobre la violencia de la definición que figura en la Convención de Belém do Pará, cuya importancia para el conjunto de la región de América Latina y el Caribe radica en la preferencia que se da a la prevención y a las políticas y mecanismos para la erradicación. Insta a que en el proyecto de ley también queden plasmados el espíritu y las principales consideraciones prácticas de esa Convención.

40.La Sra. Schöpp-Schilling pide más información acerca del proyecto de ley de igualdad de trato, en particular con respecto a las medidas especiales de carácter temporal. Expresa su preocupación por la utilización de consultores externos para redactar los informes del Estado parte. La planificación de las reformas legislativas que son necesarias se tiene que realizar en el marco de la Convención, que en consecuencia se ha de señalar a la atención de todos los funcionarios del Gobierno. Se pregunta cómo podrán conocer a fondo sus disposiciones o buscar la manera de ponerlas en vigor si la responsabilidad de la vigilancia se encomienda a expertos externos.

41.La Sra. Halperin-Kaddari acoge con satisfacción la existencia de un presupuesto independiente destinado a la Oficina Nacional de Política para la Mujer. Pregunta si ese presupuesto está garantizado por ley o se tiene que renegociar cada año. El Comité agradecería que se le diera una explicación de por qué ninguna mujer ha invocado hasta ahora la Convención ante los tribunales nacionales. Se pregunta qué está haciendo el Gobierno para alentar a las mujeres a que recurran a las garantías que les ofrece, en particular mediante un plan de asistencia jurídica.

42.La Sra. Saiga felicita al Gobierno por su actuación orientada a los medios de comunicación en apoyo de los derechos de la mujer. Pregunta si hay algún procedimiento mediante el cual se informe a la Oficina Nacional de Política para la Mujer, o se consiga su participación, en relación con las medidas relativas a cuestiones de género adoptadas fuera del Ministerio del Interior, como la elaboración de los proyectos de ley sobre la violencia contra mujer.

43.La Sra. Shin dice que el informe del Estado parte sería más útil al Comité si lo prepararan funcionarios del Gobierno, incluso a costa de un texto no tan bien escrito. Se congratula de la colaboración del Gobierno con las ONG, pero subraya que la iniciativa para la aplicación de la Convención debe estar siempre en manos de las autoridades nacionales.

44.El Sr. Joemmanbaks (Suriname) dice que los funcionarios judiciales reciben capacitación en materia de derechos humanos, incluidos componentes sobre instrumentos internacionales como la Convención, y sobre la cuestión de la violencia contra la mujer. En la preparación del contenido de esos programas han intervenido organizaciones de mujeres como el Centro de Derechos de la Mujer y la Fundación “Stop Violence Against Women”. El Centro de Derechos de la Mujer también ha proporcionado a la policía directrices de capacitación sobre cuestiones de género. Por desgracia, el proyecto de ley de igualdad de trato entre el hombre y la mujer sigue todavía pendiente de examen por el Ministerio de Justicia, pero su Gobierno es consciente de la necesidad de aprobar esa ley lo antes posible. Señala que el proyecto de ley incluye una disposición para el establecimiento de un órgano encargado de investigar los casos en los que hombres o mujeres aleguen la violación de sus derechos por parte de la administración.

45.Toma nota de la recomendación de que sería preferible referirse a medidas especiales de carácter temporal, expresión utilizada en la Convención, más que a discriminación positiva, que parece un término contradictorio. Dice además que en el proyecto de ley de igualdad quedarán plasmadas las disposiciones de la Convención de Belém do Pará, y también en las notas explicativas adjuntas a la ley. Con respecto a la cuestión de recurrir a un consultor para la redacción del siguiente informe periódico del Estado parte, garantiza al Comité que habrá un grupo paralelo formado por representantes de alto nivel de diversos ministerios, así como de los centros de coordinación para las cuestiones de género, que se encargará de debatir con el consultor las propuestas para el siguiente informe. Aunque las recomendaciones anteriores del Comité no han tenido una difusión amplia en el público general, se han distribuido a los ministerios, los centros de coordinación para las cuestiones de género y las partes interesadas. El consultor también tendrá que tenerlas en cuenta durante la preparación del siguiente informe. Una vez completado, el informe se presentará a los ministerios, el Consejo de Ministros y la Asamblea Nacional para su examen.

46.El presupuesto de la Oficina Nacional de Política para la Mujer se asigna cada año y se determina en función de las actividades previstas de la Oficina para ese año; dicho presupuesto ha ido aumentando de manera constante. No tiene información acerca del proyecto de ley sobre la violencia en el hogar presentado por el Centro de Derechos de la Mujer, pero dice que en general se mantiene informada a la Oficina Nacional de las novedades relativas a las cuestiones de género, por ejemplo a través de los centros de coordinación para las cuestiones de género. La Oficina está cooperando con el Ministerio de Justicia en la elaboración de las disposiciones del Código Penal relativas a la violencia en el hogar.

47.La Sra. Tobing-Klein (Suriname) dice que su Gobierno, las parlamentarias y otras partes interesadas están examinando la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención, y espera que se hayan realizado progresos para cuando se presente el siguiente informe. Su Gobierno también se ha comprometido a aplicar plenamente la Convención de Belém do Pará y a eliminar la violencia contra la mujer. Recuerda que su delegación es actualmente miembro de la Comisión sobre la Condición de la Mujer. Participa activamente en los debates de la División de las Naciones Unidas para el Adelanto de la Mujer sobre la cuestión de la violencia contra las mujeres y las niñas y coopera con el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA) y con organizaciones de la sociedad civil para combatir el VIH/SIDA, que afecta a más de 3000 personas en Suriname, más del 40% de las cuales son mujeres.

Artículos 7 a 9

48.La Sra. Neubauer dice que, aunque el número de mujeres elegidas en las elecciones de 2005 aumentó, siguen estando escasamente representadas en puestos por designación; por ejemplo, no hay ninguna mujer Comisionada de Distrito. El Gobierno debe demostrar la voluntad política de adoptar medidas para aumentar el número de mujeres en puestos de responsabilidad. Pregunta si se tendrán en cuenta los resultados del estudio realizado por el Foro Parlamentario de Mujeres sobre la posibilidad de imponer cupos; los cupos se podrían considerar una medida especial de carácter temporal en virtud del párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. También sería bien recibida más información sobre los efectos prácticos de las medidas adoptadas para mejorar la representación de las mujeres indígenas y las pertenecientes a minorías raciales.

49.La Sra. Pimentel expresa su preocupación por los bajos niveles de representación de la mujer en la vida pública y política y en los niveles de adopción de decisiones. Toma nota de los obstáculos para su participación que se describen en el informe, como las responsabilidades familiares, la falta de guarderías y la no actuación del Gobierno y los partidos políticos. En realidad parece que el número de mujeres en puestos de alto nivel ha disminuido desde el informe anterior, por lo que pide información acerca de las medidas adoptadas o los mecanismos establecidos por el Estado parte para aumentar la representación de la mujer en los niveles de adopción de decisiones y para indicar el género de los candidatos en las listas electorales. Pregunta también por qué la información oficial sobre las elecciones y las votaciones no está desglosada por sexos.

50.El Sr. Flinterman se pregunta si el Estado parte tiene intención de eliminar las disposiciones discriminatorias actuales relativas a los derechos de nacionalidad de las mujeres, incluido el derecho a transferir su nacionalidad. Propone que, aun cuando la Convención en general no sea directamente aplicable en el Estado parte, se haga una excepción por lo menos con respecto al artículo 9, cuyo objetivo es claramente otorgar a los hombres y las mujeres igualdad de derechos en materia de nacionalidad.

51.El Sr. Joemmanbaks (Suriname) dice que, por supuesto, su Gobierno es consciente de la necesidad de aumentar la representación de la mujer en el nivel de adopción de decisiones; en la actualidad las mujeres ocupan la mayoría de los empleos en los niveles más bajos, el 45% en los medios y el 30% en los más altos. Pronto se nombrará a varias mujeres para puestos de alto nivel, incluidos los de Directora y Directora Adjunta. Los Comisionados de Distrito plantean un problema especial, porque los estereotipos son un problema mayor en el interior del país y muchas veces las mujeres más competentes prefieren permanecer en la capital, donde hay mejores escuelas para sus hijos. No obstante, hay varias mujeres en puestos inmediatamente por debajo del de Comisionado de Distrito y es probable que alguna de ellas ascienda pronto. El Ministerio de Desarrollo Regional, encargado del nombramiento de los Comisionados de Distrito, es consciente del problema.

52.La Sra. Tobing-Klein (Suriname) dice que el nuevo Código Civil incluirá disposiciones otorgando a los hombres y las mujeres igualdad de derechos para transferir su nacionalidad; por desgracia, todavía falta algún tiempo antes de que el nuevo Código esté listo para su aprobación. Añade que en las elecciones de 2010 las candidatas tendrán la opción de utilizar en las listas electorales y en las votaciones su apellido de casada o de soltera.

53.El Sr. Landveld (Suriname) dice que actualmente la minoría cimarrona está representada en el Gobierno: hay tres ministros cimarrones, uno de ellos mujer, así como una Secretaria Permanente y una Subsecretaria Permanente que son cimarronas. Las minorías de cimarrones y de indígenas tienen 10 escaños en el Parlamento, de los cuales uno está ocupado por una mujer indígena y tres por mujeres cimarronas. El Presidente ha establecido una comisión interministerial para que lo asesore acerca de los derechos sobre la tierra, y el Ministerio de Planificación y Cooperación para el Desarrollo está trabajando en un proyecto para promover el diálogo con las partes interesadas en relación con la cuestión de los derechos sobre la tierra. Las comunidades de indígenas y de cimarrones han establecido una comisión, con representación de mujeres, para coordinar las conversaciones con la comisión del Gobierno. Volviendo a la cuestión de la representación femenina en el Servicio Exterior, dice que nueve de los 20 diplomáticos nombrados recientemente son mujeres, incluidas cinco jefas de misión. Cinco de los designados pertenecen a la comunidad de cimarrones, entre ellos una mujer, la nueva embajadora en Trinidad y Tabago.

54.La Sra. Simms se felicita por el aumento de la representación de mujeres pertenecientes a minorías, pero insiste en que el Gobierno y el partido actualmente en el poder tienen la responsabilidad de dar ejemplo al país y a la oposición política, por ejemplo asignando a las mujeres un cupo del 30%. Además, en las conversaciones con las comunidades de cimarrones y de indígenas, donde a menudo prevalecen los estereotipos, el Gobierno debe insistir en la necesidad de garantizar que las mujeres tengan la misma representación que los hombres.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.