40° período de sesiones

Acta resumida de la 822ª sesión

Celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra, el miércoles 23 de enero de 2008, a las 10.00 horas

President a :Sra. Šimonović

Sumario

Consideración de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Quinto informe periódico de Luxemburgo

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Consideración de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Quinto informe periódico de Luxemburgo (CEDAW/C/LUX/5, CEDAW/C/LUX/Q/5 y Add.1)

1.Por invitación de la Presidenta, la delegación de Luxemburgo toma asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que en febrero de 2006, el Gobierno aprobó un Plan Nacional de Acción nacional sobre la igualdad entre la mujer y el hombre. Cada Ministerio ha establecido medidas y se ha fijado metas concretas. El Plan de Acción será supervisado por expertos en cuestiones de igualdad entre los géneros y se evaluará al final del período legislativo de conformidad con indicadores correspondientes a cada una de las medidas y al procedimiento en general. El Gobierno se ha orientado por la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y ha incluido las recomendaciones del Comité en las medidas que se tiene previsto adoptar. El cambio de orientación del adelanto de la mujer hacia la igualdad entre los géneros debe alentar a los hombres a asumir un mayor grado de responsabilidad en lo que concierne al tema de la igualdad.

3.Le complace informar que Luxemburgo ha retirado sus reservas al artículo 7 y al párrafo 1 g) del artículo 16 de la Convención. Sin embargo, la revisión de la Constitución no concluirá sino hasta 2008. El proyecto de artículo relativo a la sucesión al trono prevé, actualmente, un orden de sucesión basado en la primogenitura. Dado que se ha retirado la reserva pertinente, la revisión debe concluir más pronto. El texto final se remitirá al Comité tras su aprobación.

4.Desde la presentación del anterior informe de Luxemburgo, el principio de la igualdad entre los géneros se ha reforzado en varios ámbitos. La oradora menciona, en particular, su integración en el párrafo 2 del artículo 11 de la Constitución, con lo cual las mujeres podrán reafirmar su derecho a la igualdad ante los tribunales; la Ley de 21 de diciembre de 2007 por la que se aplica el principio de la igualdad de trato de hombres y mujeres con respecto al acceso y a la prestación de bienes y servicios, que prohíbe la discriminación basada en sexo fuera del mercado laboral, y el proyecto de ley que incorpora la Directiva 76/207/CEE del Consejo sobre la aplicación del principio de igualdad en el trato de hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y los ascensos, y a las condiciones de trabajo, que prohíbe la discriminación basada en el sexo. En consecuencia, el concepto de discriminación basada en el sexo está integrado en el marco jurídico.

5.En diciembre de 2006, el Gobierno estableció un centro de igualdad de trato con el fin de promover, analizar y vigilar la igualdad de trato entre todas las personas, sin distinción de raza, origen étnico, sexo, religión o creencias, y vigilar la discriminación en el acceso y la prestación de bienes y servicios. La composición del centro ha sido problemática debido a que Luxemburgo cuenta con muy pocos expertos en el tema de la discriminación. Sin embargo, hay un experto en cuestiones de género en su directorio. El Centro iniciará sus operaciones en febrero de 2008.

6.Además, todos los Ministerios tienen la obligación de adjuntar un formulario de evaluación a cualquier proyecto de ley que elaboren. El Gobierno ha organizado cursos para los funcionarios encargados de redactar legislación, de modo que reciban formación en la integración de la perspectiva de género en los textos legislativos y para proporcionarles información sobre las obligaciones del Estado en virtud de la Convención. Los funcionarios públicos también han recibido un folleto en el que se les explica, entre otras cosas, la integración del principio de la igualdad entre los géneros en la Constitución; las obligaciones del Estado en virtud de la Convención; las estructuras encargadas de la aplicación del plan de acción; y los conceptos fundamentales que sirven de base a las políticas sobre la igualdad entre los géneros. Además, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) ofrece formación específica sobre la aplicación del plan de acción. Habida cuenta de la reducida participación, probablemente se exigirá que la asistencia sea obligatoria.

7.El Gobierno también ha revisado el manual que se utiliza para impartir conocimientos sobre la Convención a los estudiantes del último año de la escuela secundaria. En 10 años, se han distribuido más de 50.000 ejemplares. Por otro lado, se está llevando a cabo un estudio sobre la percepción de las funciones de hombres y mujeres en los métodos de enseñanza y los programas escolares. Se espera poder utilizar el estudio para mejorar la orientación académica y profesional de niños y niñas.

8.Tras un análisis de los acuerdos colectivos, los copartícipes sociales, empleadores y sindicatos expresaron su oposición a que siguiera aumentando el número de reglamentos y obligaciones, argumentando que una “obligación de resultados” no promovería la igualdad entre los géneros a menos que los encargados de la negociación de los acuerdos estuvieran familiarizados con las políticas sobre la igualdad entre los géneros. El Gobierno tiene previsto responder positivamente a ese llamado a la formación y celebrar una conferencia de un día sobre la igualdad en la remuneración, con el fin de exponer con claridad ante el personal directivo que la igualdad de remuneración es un derecho no negociable.

9.El Ministerio de la igualdad de oportunidades, en cooperación con el Servicio central de estadística y estudios económicos (STATEC), lleva a cabo estudios de casos como parte de su programa de “acción afirmativa” en las empresas del sector privado. Los resultados se utilizarán para evaluar las repercusiones del Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre. El programa se ha reestructurado con el objeto de mejorar su gestión y la cooperación entre el Estado y esas empresas.

10.Todos los trabajadores asalariados, tanto residentes como personas que cruzan las fronteras para asistir al trabajo, tienen derecho a seis meses de pago completo de prestaciones por licencia parental o 12 meses de pago parcial por el mismo concepto. El número de hombres que se acoge a la licencia parental aumentó del 6% en 1999 a más del 22% en 2006. En el caso de los residentes de Luxemburgo, las cifras fueron del 3% y el 15%. Se está produciendo un indudable cambio de mentalidad.

11.La percepción que tienen las personas de la violencia en el sector privado también ha variado. El tema ya no es tabú y las personas saben dónde buscar ayuda y, en consecuencia, son cada vez más numerosas las mujeres víctimas de violencia en el hogar que denuncian los abusos. En la actualidad, alrededor de 17 personas de comportamiento violento son expulsadas de sus hogares cada mes, número que no es insignificante dado el tamaño de la población. Ese número está subiendo constantemente y la atención que se ofrece a las víctimas también es cada vez mejor. Desde 2006, el centro de interés se ha trasladado a los niños que son víctimas o testigos de situaciones de violencia en el hogar. Se han organizado programas de formación específicos para las personas que trabajan con esos niños, de modo que estén en mejores condiciones de prestarles ayuda para superar sus traumas y aprender los valores de una cultura exenta de violencia que les impida convertirse más adelante en personas violentas.

12.La función del servicio de “moral pública” de la sección de investigaciones y pesquisas penales de la policía nacional se ha reestructurado tras la creación de una sección sobre trata de personas, que se encarga, entre otras cosas, de prevenir y sancionar el abuso y la violación sexuales. En 2007, servicio de moral pública efectuó 21 arrestos, ocho de los cuales se referían a explotación de la prostitución. El servicio también se ocupa de investigar las denuncias de abuso sexual y las desapariciones. En 2007 investigó tres casos de violación sexual y en dos de ellos se efectuaron detenciones.

13.En respuesta a las recomendaciones del Comité, el Gobierno ha elaborado un proyecto de ley preliminar sobre las víctimas de trata de personas, enmendando para ello el nuevo Código de Procedimientos Civiles; existe un proyecto de ley que define las condiciones bajo las cuales las víctimas de trata de personas provenientes de terceros países pueden obtener permisos de residencia; y hay un proyecto de ley por el que se aplica el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (el Protocolo de Palermo), y el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de personas, se ha enmendado, asimismo, el Código Penal y el Código de Procedimientos en lo Penal.

14.La situación con respecto a los cabarets de Luxemburgo no ha cambiado desde la presentación de sus respuestas a la lista de cuestiones y preguntas. En lo que se refiere a la prostitución, el ejercicio de investigación reveló que la mayoría de las mujeres que ejercen la prostitución trabajan en las calles o en un apartamento por razones económicas. La mayoría de ellas provienen de los Estados Miembros más pobres de la Unión Europea o de regiones pobres como África y América del Sur, o de familias sin recursos económicos o con problemas de adicción a estupefacientes. Según los resultados de un reciente estudio, el 12% de los hombres de Luxemburgo “hace uso de la prostitución”. La campaña de concienciación que llevará a cabo el Ministerio de la igualdad de oportunidades en 2008 apuntará a demostrar a los clientes y al público en general que la compra de servicios sexuales refuerza tanto la desigualdad entre los géneros como la trata de mujeres con fines de explotación sexual.

15.Luxemburgo es un país de inmigración. Aproximadamente el 40% de la población son extranjeros; casi el 90% de ellos provienen de países miembros de la Unión Europea. Alrededor del 38% de los puestos de trabajo están ocupados por personas que cruzan las fronteras diariamente; una tercera parte de esas personas son mujeres. El 30% del total de niños en edad escolar son extranjeros; en algunos barrios, la cifra sube al 50%. El Programa de evaluación internacional de los estudiantes (PISA) correspondiente a 2006 reconfirmó la brecha de resultados entre los estudiantes nacidos en Luxemburgo y los estudiantes extranjeros. El Gobierno utiliza esos programas para evaluar proyectos destinados a reducir esa diferencia. La inversión en la educación de los niños extranjeros indudablemente contribuye a su integración social y a mejorar sus posibilidades de trabajo más adelante.

16.En lo que respecta a la integración de las mujeres extranjeras, se presta particular atención a las mujeres de países no miembros de la Unión Europea, que tienen el mismo tipo de acceso a los servicios de salud que las luxemburguesas. Sus necesidades en materia de salud son cubiertas por la Comisaría Estatal para Asuntos de Extranjería. El proyecto de ley sobre asistencia para los niños, mientras tanto, prohíbe la violencia física y sexual, las transgresiones intergeneracionales transgresiones, trato inhumano y degradante y mutilación genital. La integración de las inmigrantes en el mercado laboral sigue siendo problemática debido a sus limitados conocimientos de los idiomas que se hablan en Luxemburgo. El Centro de Idiomas de Luxemburgo ofrece clases especiales de luxemburgués. Los inmigrantes que hablan alemán o francés pueden tomar clases de educación para adultos. Tras encontrar trabajo, las mujeres extranjeras reciben las mismas prestaciones de la seguridad social que los ciudadanos de Luxemburgo, incluidos los servicios públicos de guardería infantil a precio reducido.

17.Los hombres y mujeres divorciados que viven solos son los que mayor riesgo corren de recibir una pequeña pensión de jubilación en la vejez. Un proyecto de ley que se examina actualmente prevé dividir los derechos a la jubilación en caso de divorcio, para reducir así la posibilidad de que las mujeres divorciadas queden en la pobreza. Las mujeres de edad, entre tanto, reciben diversos tipos de asistencia social y por lo general no están en riesgo de quedar en la pobreza.

18.De acuerdo con un reciente estudio efectuado por el Centro de Estudios de las poblaciones, la pobreza y las políticas socioeconómicas/Red Internacional de Estudios en Tecnología, Medio Ambiente, Alternativas y Desarrollo (CEPS/Instead), la mayoría de las mujeres jóvenes desean continuar con su carrera profesional tras el nacimiento del primer hijo; sólo el 15% desea interrumpir su carrera profesional, y menos del 5% desea abandonarla por completo. Al continuar con su carrera profesional, la mujer adquiere independencia económica tras su jubilación. También es importante que las empresas concedan licencia por nacimiento de hijos a los padres y madres, y que no dejen de lado la contratación de progenitores jóvenes. Durante los dos últimos años, el Estado ha efectuado inversiones en instalaciones para niños. Tiene previsto alcanzar la cifra de 30.000 plazas para niños de 4 a 12 años, a más tardar en 2013.

19.La oradora asegura al Comité que se dará amplia difusión a sus recomendaciones y que serán examinadas por el Parlamento y en reuniones de coordinación con las ONG.

20.La Presidenta felicita al Gobierno de Luxemburgo por haber retirado sus reservas al artículo 7 y al párrafo 1 g) del artículo 16 de la Convención; por su ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención; por la aceptación de la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención; y por la revisión del párrafo 2 del artículo 11 de la Constitución. Esas medidas representan un enorme progreso y son una respuesta directa a las recomendaciones del Comité.

Artículos 1 a 6

21.La Sra. Patten pide aclaraciones con respecto al nuevo texto del párrafo 2 del artículo 11 de la Constitución, y desea saber, en particular, si entró en vigor inmediatamente después de su aprobación por el Parlamento en junio de 2006. El nuevo texto se refiere a la eliminación de obstáculos a la igualdad entre los géneros más bien que a la eliminación de la discriminación per se, por lo que debe examinarse nuevamente, con el fin de que se ajuste al artículo 1 de la Convención.

22.La situación con respecto a la aplicabilidad de la Convención debe aclararse, y que la intención de los tribunales no es clara. Por otro lado, preocupa que desde 2002 no haya habido nueva jurisprudencia respecto de la aplicabilidad de la Convención. Subraya, al respecto, la importancia de la formación sistemática de los jueces y abogados.

23.La Presidenta, hablando como miembro del Comité, dice que agradecería también una aclaración sobre la aplicabilidad de la Convención. De conformidad con el párrafo 6 del informe, se ha declarado directamente aplicable el artículo 16.3 de la Convención, mientras que en lo concerniente al artículo 11 se ha considerado que sólo tiene carácter vinculante para los Estados que no otorgan derechos a las personas privadas, aunque se ha presentado un caso en relación con el artículo 11. Cuando un Estado Parte ratifica el Protocolo Facultativo, debe estudiar nuevamente la Convención. Las actividades de formación también son indispensables.

24.La Sra. Gaspard pide más información sobre los mecanismos para vigilar la aplicación de la Convención y de los documentos de Beijing adoptados por el Gobierno. También agradecería recibir aclaraciones sobre la vinculación que se hace entre la aplicación de la Convención y la elaboración del Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre. ¿Es la aplicación de la Convención uno de los objetivos del Plan, y de ser así, de qué modo se conseguirá?

25.La delegación debe explicar de qué modo se asegura la coordinación entre el delegado para la igualdad entre los géneros y la dependencia de encargada de las cuestiones de género de cada ministerio. De conformidad con el párrafo 43 del informe, los delegados para la igualdad entre los géneros de los distintos ministerios se reúnen por lo menos una vez por año, lo que dista mucho de ser suficiente.

26.Por último, no es claro el grado de cooperación entre los mecanismos del Gobierno y las organizaciones no gubernamentales (ONG) femeninas durante la preparación del informe. El Comité quedó sorprendido por la inexistencia de un a informe paralelo de las ONG.

27.La Sra. Zou Xiaoqiao pregunta en qué momento el Ministerio para el Adelanto de la Mujer pasó a ser el Ministerio de la igualdad de oportunidades; también le interesa conocer el carácter de sus funciones y el volumen de sus recursos. Por otro lado, la delegación debe explicar cómo se selecciona a los delegados para la igualdad entre los géneros y aclarar la relación entre el Ministerio de la igualdad de oportunidades y el Comité Interministerial para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer.

28.Desea recibir más información sobre el Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre, en particular si se han determinado esferas prioritarias; quién está a cargo de vigilar su labor y qué y medidas se han tomado para asegurar su aplicación.

29.Por último, observando que por falta de interés se ha cancelado una conferencia de conmemoración del 25° aniversario de la Convención y del Protocolo Facultativo, desea saber qué tiene previsto hacer el Gobierno para mejorar la concienciación con respecto a la Convención en el futuro.

30.La Sra. Chutikul señala que el Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre prevé la realización de una evaluación después de transcurridos tres años; tiene entendido que esa evaluación se hará en 2008, y desea saber si así se tiene previsto. También pide a la delegación que proporcione mayores detalles sobre los indicadores mencionados en su presentación.

31.Le interesa saber si el Ministerio de la igualdad de oportunidades, el Servicio central de estadística y estudios económicos (STATEC), o ambos, reúnen datos desglosados por sexo. Si esa labor está a cargo de ambas instituciones, desea saber de qué manera coordinan su labor.

32.La delegación debe aclarar las funciones del Comité Interministerial para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer, el Ministerio de la igualdad de oportunidades y el Consejo Nacional de Mujeres de Luxemburgo, y proporcionar más información sobre las dependencias encargadas de las cuestiones de género establecidas en 2005.

33.Por último, desea saber cuál es el órgano encargado de recibir las denuncias de mujeres.

34.La Sra. Tavares da Silva dice que debe presentarse información adicional sobre las mujeres inmigrantes. Sería interesante saber de qué manera se incluye a ese grupo en el Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre.

35.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que la tarea más difícil que enfrenta el Gobierno es la de modificar las actitudes, incluidas las actitudes de las mujeres con respecto a las funciones de los géneros. El artículo 11 de la Constitución se aplicó después de una segunda revisión, y abarca todas las formas de discriminación. Con respecto a los programas de formación para la judicatura sobre la Convención y el Protocolo Facultativo, es preciso continuar trabajando para asegurar que la judicatura desempeñe una función principal en la defensa de los valores establecidos en virtud de la Convención. Tras el cambio de gobierno en 2004, se estableció el Ministerio de la igualdad de oportunidades, cuyo nombre transmite la idea de que el Ministerio tiene la función de promover la igualdad, no solamente los derechos de la mujer. La oradora invita al Comité a visitar Luxemburgo para observar el funcionamiento del Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre, que es aplicado en todos los ministerios.

36.El Gobierno ha adoptado medidas para mejorar la vigilancia y la evaluación. La ley d violencia doméstica exige que la policía y la judicatura certifiquen la edad de las víctimas, identifiquen a los perpetradores de la violencia y determinen la frecuencia de los casos de violencia.

37.El Gobierno no ha establecido ningún tipo de cuotas para mujeres, aunque algunos partidos políticos ha estipulado que por lo menos un tercio de los candidatos deben ser mujeres. En el mercado laboral, los empleadores y los sindicatos no se han puesto de acuerdo sobre el establecimiento de cuotas.

38.La integración social es muy importante para las mujeres migrantes, puesto que los inmigrantes representan aproximadamente el 40% de la población. Con fines de integración, conviene que la población de inmigrantes esté repartida por todo el país. El Gobierno está realizando todo lo que está a su alcance para promover la integración social en el ámbito de la comunidad y ha centrado su interés en los grupos vulnerables.

39.La Sra. Mulheims (Luxemburgo) dice que la igualdad entre los géneros se asegura a través de la integración de una perspectiva de género en todas las políticas y mediante la promoción de medidas de acción afirmativa. El Comité Interministerial para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer está integrado por representantes de todos los Ministerios, y se reúne por lo menos una vez al año. Mantiene vínculos estrechos con el Ministerio de la igualdad de oportunidades, donde funciona su secretaría. El Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre (2006-2008) prevé objetivos comunes para cada Ministerio. Además, los ministerios también establecen sus propias metas de referencia y serán evaluados sobre la base de ambos grupos de objetivos en diciembre de 2008, al final del ciclo de tres años. A los fines de esa evaluación, en diciembre de 2006 se elaboró un conjunto de indicadores, que se reajustaron en diciembre de 2007; la delegación comunicará esos indicadores al Comité por escrito. El propósito de los indicadores es asegurar que los mecanismos del Gobierno se ajusten a las 12 esferas de la Plataforma de Acción de Beijing, la estrategia de Lisboa sobre renovación económica, social y ambiental y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

40.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que el Gobierno celebró deliberaciones con las ONG durante la preparación del quinto informe periódico, y no entiende muy bien por qué esas organizaciones no han presentado un informe paralelo.

41.La Presidenta dice que el Comité agradecería recibir informes paralelos en el futuro con el fin de contar con otra perspectiva en relación con la aplicación de la Convención.

42.La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si hay cursos obligatorios sobre derecho internacional y derecho de los derechos humanos, como parte de los cursos para obtención de títulos universitarios. Mientras que el Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre se centra en la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, es importante recordar que la Convención se centra en la discriminación contra la mujer, y que se espera que el Gobierno se ocupe de los factores estructurales en los que se basa la discriminación. Sería interesante contar con más información sobre los resultados de la acción afirmativa aplicada en el sector privado, saber cuántas empresas han utilizado las medidas de acción afirmativa y si se ha establecido alguna dependencia a en el marco del Ministerio de Trabajo para el seguimiento de los progresos.

43.La Sra. Gabr, refiriéndose a las dificultades encontradas para modificar los estereotipos, dice que el porcentaje de mujeres en puestos clave no ha aumentado, y que le interesa en particular conocer el número de juezas. Es necesario recibir mayor información sobre los planes para abordar el problema de los estereotipos de género, que es un factor que contribuye a la violencia en el hogar. Dado el gran porcentaje de inmigrantes en Luxemburgo, sería conveniente también contar con mayor información sobre las medidas adoptadas para promover la integración social.

44.La Sra. Shin señala la importancia de considerar la cuestión de los estereotipos de género desde la perspectiva de la unidad familiar. Sería interesante saber si se han realizado encuestas sobre el tiempo que dedican los cónyuges al cuidado de los hijos y a las labores domésticas. Con respecto a la violencia en el hogar, pregunta si se ofrece algún tipo de tratamiento o de asesoramiento a los esposos que son expulsados del hogar familiar de conformidad con la ley de 8 de septiembre de 2003 sobre la violencia doméstica, y si el Gobierno ha realizado alguna encuesta para evaluar el nivel de notificación incompleta. Es preciso recibir información adicional sobre los procedimientos de notificación de casos de violación sexual.

45.La Sra. Dairiam dice que la delegación debe explicar qué tipo de medidas se han adoptado para abordar el problema de la pornografía infantil y la explotación de mujeres a través de Internet. Convendría saber si el Gobierno ha encargado algún estudio para elaborar un perfil socioeconómico de los niños y mujeres víctimas de explotación, el número de niñas explotadas en comparación con los niños, y si se han llevado a cabo actividades para ubicar y prestar asesoramiento a las personas que utilizan ese tipo de pornografía. Pregunta si se han registrado casos de procesamiento penal de conformidad con el artículo 374 del Código Penal sobre material pornográfico.

46.La Sra. Ara Begum solicita aclaraciones sobre la aplicación de la sentencia máxima de tres años en prisión y una multa de 1.000 euros en virtud de la ley de violencia doméstica en casos de asesinato, homicidio y violación sexual. Habría que recibir mayor información sobre el tipo de protección que se ofrece a las mujeres migrantes y a los trabajadores domésticos migrantes en virtud de la ley de violencia doméstica. Sería conveniente saber si los trabajadores domésticos migrantes tienen derecho a medidas de protección sin costo alguno. También desea conocer un poco más sobre los planes del Gobierno para combatir la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.

47.La Sra. Chutikul pregunta qué medidas ha adoptado el Gobierno para dar a conocer el Protocolo de Palermo. Además, desea información más precisa sobre los servicios de interpretación que se prestan a las mujeres inmigrantes para ayudarlas a comprender esa información. Pregunta si el Gobierno ha realizado alguna encuesta sobre la trata de personas centrada en el problema en los países de origen. Habría que recibir más información sobre la destinada a combatir el turismo sexual de los ciudadanos de Luxemburgo.

48.La Sra. Chutikul solicita más información sobre la vigilancia sistemática de la igualdad entre los géneros por parte del Gobierno, y sobre las posibilidades de ascenso de hombres y mujeres, de modo que el Comité pueda sugerir que otros Estados tomen a Luxemburgo como modelo.

49.Se pregunta qué puede hacer el Gobierno para difundir información sobre el Protocolo de Palermo y la ley de lucha contra la trata de personas entre los grupos de alto riesgo, incluidas las mujeres. También sería conveniente saber si el Gobierno coopera con los países de origen de los trabajadores migrantes para reducir el riesgo de la trata de personas, y si tiene previsto llevar a cabo algún estudio semejante al estudio sobre la prostitución mencionado en las respuestas a la lista de cuestiones. Por último, se pregunta qué medidas jurídicas se aplican a los ciudadanos de Luxemburgo que realizan actividades de turismo sexual en el extranjero.

50.La Presidenta, hablando como miembro del Comité, dice que el Comité necesita más estadísticas sobre la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar; le interesan en particular los datos relativos a la relación entre las víctimas y los perpetradores y sobre el número de mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas. El Gobierno podría entonces analizar esas estadísticas para determinar las razones por las cuales las autoridades no pudieron prevenir los actos de violencia y para mejorar la coordinación entre los organismos involucrados. También desea información sobre la eficacia de la cooperación del Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia con la Fiscalía.

51.Desde la aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención, el Comité ha examinado tres casos de violencia contra mujeres. Sus decisiones en esos casos podrían servir de referencia para demostrar a los Estados Miembros el modo en que el Comité tramita las denuncias y dejar en claro que la violencia contra la mujer viola sus derechos humanos y que se necesitan medidas de prevención más eficaces.

52.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) se manifiesta de acuerdo en que se necesitan mejores programas de formación para abogados.

53.En las medidas de acción afirmativa introducidas por el sector privado intervienen tanto empresas grandes como pequeñas; una sola de esas medidas basta para que una empresa ingrese al programa. Más adelante se iniciarán actividades para explicar que es mucho más lo que queda por hacer; se realizarán reuniones con el personal y se impartirá formación a mujeres con el propósito de mejorar sus posibilidades de ascenso y de contratación en puestos de mayor nivel. No basta que una empresa proporcione facilidades de guardería infantil; debe establecer un programa específico que ayude a sus empleadas a alcanzar una situación de equilibrio entre su vida familiar y su vida laboral. El Ministerio de Trabajo se ocupa de vigilar las repercusiones de las medidas adoptadas.

54.Un mayor número de niñas sigue ahora cursos de educación superior, pero principalmente en esferas como atención y cuidado de niños, enfermería y docencia, en las que los salarios son bajos. El Gobierno trabaja con las organizaciones no gubernamentales (ONG) en un programa que, a través de visitas a empresas, permite que las niñas y niños se familiaricen con esferas en las que el otro sexo está más típicamente representado. Al final del proceso, sin embargo, los jóvenes por lo general dicen que aunque la experiencia les resultó interesante, no seguirán una carrera en un sector no tradicional, tal vez porque no han visto ningún modelo a seguir dentro de los representantes de su propio sexo durante esas visitas.

55.El Gobierno está adoptando medidas para eliminar los estereotipos en relación con las funciones de las madres y padres. Durante el sexto mes de gestación, ambos progenitores reciben información sobre los cambios en la vida de la pareja tras el nacimiento del niño, y se les ofrece explicación sobre los derechos del futuro niño. A través de un nuevo programa, que se iniciará en febrero de 2008 en cooperación con una ONG, los inmigrantes acudirán a los hogares de otros inmigrantes con el fin de promover la lactancia; el objetivo es dar lugar a un cambio, respetando al mismo tiempo la cultura de los grupos de inmigrantes en lugar de imponerles los valores de Luxemburgo. Es importante que los niños de familias inmigrantes se reúnan con jóvenes de su misma cultura que hayan completado sus estudios y hayan encontrado buenos trabajos; ese tipo de programa ha tenido un gran éxito en el importante grupo constituido por la comunidad de ciudadanos de Cabo Verde.

56.Con respecto a la explotación sexual de niños a través de Internet, hay que tener presente que Luxemburgo es un país muy pequeño y sus ciudadanos tienen acceso a los canales de televisión francesa, alemana y belga y a los sitios de Internet; el Gobierno basa sus acciones en las directivas europeas sobre la cuestión. Se ha dictado sentencia en algunos casos de pornografía infantil en Internet. La policía no tiene casos registrados de menores que se dediquen a la prostitución, pero cree que el problema es en realidad una consecuencia directa de la adicción a las drogas entre los jóvenes.

57.Las mujeres inmigrantes y no inmigrantes tienen los mismos derechos en lo que se refiere a protección contra la violencia, atención de la salud para las víctimas y acceso a centros de acogida. Se han llevado a cabo campañas contra la trata de personas en cooperación con los países vecinos de Luxemburgo. Debido a que el país es tan pequeño, las mujeres que están dispuestas a declarar en contra de sus agresores necesitan poder acogerse a programas de protección de testigos en el extranjero para escapar al castigo. El problema se complica por el hecho de que los traficantes por lo general confiscan los pasaportes de sus víctimas; sin embargo, los Gobiernos de otros países están dispuestos a cooperar en esos casos. El Gobierno, junto con sus vecinos y las ONG, coopera también con países de África y de la antigua Unión Soviética con el propósito de informar a las mujeres sobre los riesgos de la trata de personas y evitar que sean engañadas con falsas promesas de trabajo lucrativo en Luxemburgo. En las zonas con una elevada concentración de extranjeros, se dispone de intérpretes en las comisarías de policía para informar a las mujeres sobre la legislación en el ámbito de la violencia contra la mujer.

58.La Sra. Klein (Luxemburgo) dice que acaba de recibir nuevas estadísticas de la policía de Luxemburgo: en 2007 hubo 27 casos de violación sexual, 12 casos de agresión sexual y 6 casos de exhibicionismo.

59.Cinco años después de la promulgación de la Ley de violencia doméstica, sus efectos se empiezan a sentir en la población en general. La Ley autoriza la expulsión del perpetrador de la residencia familiar por un período de 12 días, renovable por un máximo de tres meses. La Ley tiene en cuenta las circunstancias agravantes e impone penas más severas en casos de asesinato. En 2007 hubo 431 intervenciones policiales y cuatro incidentes de violencia en el hogar en los que se cometieron asesinatos; los perpetradores están siendo procesados. Tras la intervención, la policía eleva un informe a la Fiscalía, que decide si expulsar al perpetrador del hogar; esas expulsiones son más eficaces que las órdenes de protección, cuya emisión demora mucho tiempo, por lo que rara vez se solicitan.

60.El Ministerio de Justicia, la policía, la Fiscalía y las ONG cooperan eficazmente en las actividades para combatir la violencia en el hogar; en menos del 2% de esos casos se han formulado quejas en contra de la policía. El Gobierno ha estado impartiendo formación sobre esas cuestiones a los miembros de la policía durante un tiempo prolongado, con buenos resultados; es más difícil impartir formación a jueces y doctores, pero se están realizando nuevos esfuerzos en ese sentido. Las autoridades competentes están preparadas actualmente para atender casos de síndrome del estrés postraumático. La policía proporciona a las víctimas los números telefónicos de los servicios de ayuda, incluidos los que se ocupan de los hijos de quienes cometen abusos y de las mujeres que han sido víctimas de trata, y que posteriormente se ponen en contacto con las víctimas directamente.

61.El Gobierno ha concertado contratos con las ONG para que presten atención a las víctimas, incluidos centros de acogida. Por lo general son las mujeres de edad, quienes después de sufrir muchos años de abuso, deciden abandonar a sus maridos y vivir en los centros de acogida; las mujeres más jóvenes tienden a utilizarlos sólo en situaciones de crisis; por lo general son los vecinos, más bien que las propias víctimas, quienes llaman a la policía. En el próximo informe se incluirán estadísticas sobre el número de víctimas que regresan a vivir con las personas que las someten a abusos.

62.El Gobierno también ha suscrito un contrato con una ONG para que se encargue de un programa de tratamiento para hombres que cometen actos de abuso; la policía distribuye folletos informativos cuando realiza intervenciones. Los hombres acusados de cometer un acto de violencia contra una mujer están obligados a asistir a 36 reuniones de grupo para personas que cometen abusos, durante un período de 12 meses.

63.La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si el Gobierno mantiene estadísticas sobre las repercusiones de su programa de acción afirmativa y qué entidad se encarga de supervisar su eficacia.

64.La Sra. Patten observa que, según informes de la delegación, los miembros de la judicatura tienen escaso interés en la Convención; se pregunta qué medidas se están adoptando para ofrecerles formación en relación con la legislación pertinente.

65.La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que el informe de Luxemburgo puede servir de modelo para otros Estados partes en la Convención. Sin embargo, comparte la inquietud expresada por la anterior oradora y sugiere que en los programas de estudio de las escuelas para jueces y abogados se incluyan cursos de formación sobre cuestiones relacionadas con la violencia contra la mujer.

66.La Sra. Shin señala que no ha recibido respuesta a su pregunta sobre el modo en que se distribuyen las responsabilidades familiares entre el esposo y la esposa.

67.Según las respuestas dadas a la lista de cuestiones, no se ha efectuado ninguna encuesta entre la población con respecto a la violencia contra la mujer. Recomienda que el Gobierno realice una encuesta para determinar si los casos de violencia contra la mujer no se notifican.

68.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que transmitirá a las autoridades competentes la sugerencia de que se incluyan cursos de formación sobre la Convención y los derechos de la mujer en los programas de estudio de las escuelas para miembros de la judicatura.

69.No hay estadísticas sobre el número de casos de violencia en el hogar no notificados; es indudable que hay que hacer una mayor labor al respecto.

70.El Ministerio de la igualdad de oportunidades está dispuesto a compartir la experiencia de Luxemburgo con otros Estados partes o con los miembros del Comité.

71.La Sra. Mulheims dice que en el pasado, el Ministerio de la igualdad de oportunidades apoyaba las actividades encaminadas a conciliar la vida familiar con la vida laboral e impartía formación administrativa para las trabajadoras. Aunque las personas que participaron en esos programas se beneficiaron de tales iniciativas, tuvieron escasa repercusión en la cultura general de las empresas interesadas, por lo que sus repercusiones estadísticas también fueron mínimas.

72.En el marco de la iniciativa de acción afirmativa emprendida por el Ministerio en el sector privado, cada empresa participante debe esforzarse por asegurar la equidad en la remuneración y en el trato de sus trabajadores de ambos sexos, ayudar a las mujeres a tener acceso a los puestos con capacidad decisoria y crear condiciones que permitan al personal equilibrar sus responsabilidades en el hogar y en el centro de trabajo. La participación de las empresas en el programa voluntario tiene ventajas porque mejora su imagen corporativa; si cumplen los criterios anteriormente mencionados, el Ministerio les expide un certificado de dos años que las acredita como empresas modelo. Al final de ese período, son nuevamente evaluadas para determinar si se han registrado nuevos progresos y, de ser así, qué medios se utilizaron para ello, de modo que las mejores prácticas se puedan transferir a otras empresas.

73.La Administración de Empleos ha informado que son pocas las empresas que aprovechan las ventajas de los incentivos del contrato de pasantes para la contratación de personas del sexo menos representado en la industria o ámbito de trabajo del auspiciador; había que realizar mayores esfuerzos para informar a los empleadores de los reembolsos a que tendrían derecho en el marco del Fondo del Empleo.

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74.La Sra. Tavares da Silva expresa inquietud por el hecho de que a pesar de las loables iniciativas del Gobierno, son todavía muy pocas las mujeres que ocupan puestos de alto nivel, tanto elegidas como nombradas, en los planos nacional y municipal. La delegación ha manifestado que no se está considerando la posibilidad de aplicar cuotas; solicita información adicional sobre el problema y sobre cualquier otra medida que se tenga previsto adoptar.

75.También se pregunta qué factores dieron lugar a la disminución del número de mujeres en el servicio diplomático, que parece contradecir la afirmación que se hace en el párrafo 116 del informe, en el sentido de que el Gobierno tiene la intención de lograr una mayor representación de la mujer en los órganos de adopción de decisiones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

76.La Sra. Gaspard dice que comparte las inquietudes expresadas y pide a la delegación que proporcione detalles, ya sea de inmediato o en el próximo informe, sobre las mujeres en cargos administrativos de alto nivel y sobre las razones de su escasa representación en el servicio diplomático. Personalmente, no le agrada la palabra “cuota”, prefiriendo hablar de “igualdad” o “paridad”. Dado que el Gobierno tiene un indudable compromiso con la necesidad de abordar el problema, se pregunta por qué hay tanta oposición a la aplicación de medidas especiales de carácter temporal para aumentar el número de mujeres en puestos con atribuciones decisorias, incluido el plano local, donde la presión que ejercen las mujeres podría ayudar verdaderamente a cambiar la situación.

77.La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que a pesar de la excelencia general del informe, no proporciona suficiente información sobre el número y el porcentaje de mujeres en las diferentes ramas de la judicatura y, en caso de que su representación sea insuficiente, tampoco señala las razones de esa situación.

78.Le complace que Luxemburgo sea uno de los pocos Estados partes en la Convención que ha cumplido el compromiso de la comunidad internacional de asignar el 0,7% del producto interno bruto (PIB) a la asistencia oficial para el desarrollo (AOD). Está gratamente sorprendida también por la contribución del Gobierno a los programas para igualdad entre los géneros que lleva a cabo el Fondo de Población de las Naciones Unidas en el tercer mundo. Dice que se pondrá en contacto con el Ministerio para que pueda aprovecha esa experiencia.

79.La Sra. Neubauer señala que si el número de mujeres elegidas para ocupar puestos públicos sigue aumentando a la tasa actual, se necesitarán 35 años para alcanzar la paridad entre los géneros en el sector público local, y un tiempo aún mayor con respecto al Parlamento; ni el Gobierno ni el Comité están satisfechos con la actual tasa de progreso, que no es compatible con las obligaciones de Luxemburgo en virtud de la Convención. En el párrafo 55 del documento base del Estado Parte (HRI/CORE/1/Add.10/Rev.1) se señala que en cada distrito administrativo hay un comisario de distrito nombrado por el Gran Duque y bajo la autoridad directa del Ministro del Interior, cuya función es servir de intermediario jerárquico entre el poder central y las administraciones municipales; se pregunta cuántos de los comisarios de distrito son mujeres.

80.De conformidad con las bases de datos de la Unión Europea, el porcentaje de mujeres en la Corte Suprema se redujo de más del 40% al 20% en los últimos años. Se pregunta qué organización se encarga de supervisar el número de mujeres en todas las instituciones políticas y públicas, incluidas las facultades universitarias, y subraya la necesidad de contar con datos desglosados por sexo en relación con todas las cuestiones a que se refieren los artículos 7 y 8 de la Convención y la Recomendación General No. 23 sobre las mujeres en la vida política y pública.

81.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que se siguen adoptando medidas para encontrar los medios de mejorar la representación de la mujer en el Gobierno. Los partidos políticos no aceptarán la imposición de cuotas, pero están haciendo verdaderos esfuerzos para encontrar mujeres que estén dispuestas a presentarse como candidata, ya que se dispone de financiamiento para su formación —lo que constituye una importante mejora en comparación con 15 años atrás, cuando tener una sola mujer en la lista era todo un logro. Aún subsisten dificultades, especialmente en el plano local, para encontrar mujeres candidatas. Muchas mujeres que tienen trabajo y una familia que atender, consideran que no les queda tiempo para ser políticamente activas. La misma situación tiende a ocurrir en el sector comercial: los hombres están más dispuestos a trabajar horas adicionales y a seguir cursos de formación, por lo que son ascendidos con más rapidez.

82.Los dos últimos procesos electorales han demostrado un aumento de 10 puntos porcentuales en el número de mujeres elegidas. El Consejo Nacional de Mujeres de Luxemburgo continuará alentando a las mujeres a participar. Es evidente que incluso en los países nórdicos, cuyos logros en esa esfera son admirables, cualquier relajación de los esfuerzos se traduce de inmediato en una reducción en la representación de la mujer.

83.Algunos miembros han expresado preocupación por la representación de la mujer en la administración pública. La contratación de hombres y mujeres se hace en pie de igualdad, mediante el sistema de examen, y también hay mujeres en el servicio diplomático. Dado que numerosas mujeres jóvenes iniciaron su carrera diplomática durante la última Presidencia de Luxemburgo en la Unión Europea, aún ocupan cargos de menor nivel, pero esa situación cambiará en el futuro. De hecho, una mujer ocupa el cargo de Secretaria General del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el servicio diplomático, nuevamente, es difícil para las mujeres armonizar la vida familiar con la vida laboral.

84.No se dispone de datos sobre representación de la mujer en el sistema jurídico, pero más del 50% de los jueces son mujeres. Los comisarios de distrito no desempeñan una función muy importante y se está estudiando la posibilidad de abolir ese cargo.

85.La Sra. Mulheims (Luxemburgo) dice que hay un error en las estadísticas citadas con respecto a la Corte Suprema. Las mujeres seguían representando el 43% de los jueces en el Tribunal Superior de Justicia al 1° de enero de 2008.

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86.La Sra. Simms observa que aún persisten los valores patriarcales, como se refleja en el hecho de que son mucho más numerosos los niños que las niñas que deciden estudiar temas científicos, lo que se traduce en diferencias en la selección de carreras profesionales y en los consiguientes desequilibrios económicos. Luxemburgo debe reformular sus políticas orientadas a los progenitores y encontrar medios creativos de ayudar tanto a los hombres como a las mujeres, especialmente a las madres, a modificar sus actitudes. Considerando que el 40% de los niños de Luxemburgo son de otros países, es particularmente importante tener en cuenta a los inmigrantes.

87.La Sra. Zou pregunta si la educación especial se imparte en escuelas especiales o programas especiales en escuelas comunes y corrientes. También desea saber de qué medios se vale el Gobierno para asegurar que tanto los niños inmigrantes como no inmigrantes disfruten de las mismas oportunidades de educación de igual calidad.

88.Sería conveniente recibir cifras comparativas sobre el fracaso académico y las tasas de deserción escolar entre las niñas inmigrantes y las niñas de Luxemburgo, y más información sobre el apoyo que se presta a los niños con dificultades. Solicita, asimismo, más información o estadísticas sobre la educación en los distintos niveles, incluida la formación profesional.

89.El Sr. Flinterman dice estar sorprendido por el elevado porcentaje de niñas extranjeras en clases de educación especial y por su relativamente bajo nivel de asistencia a las escuelas secundarias académicas. Pregunta qué medidas se están adoptando para alentar a las niñas extranjeras y a sus padres a interesarse en una educación secundaria académica.

90.Se pregunta si el manual escolar sobre la Convención está disponible también en las escuelas secundarias técnicas. También desea saber si existen programas especiales destinados a los jóvenes, en especial a las niñas, que les proporcionen acceso a información sobre la salud y el bienestar de la familia, incluidos información y asesoramiento sobre planificación de la familia, de conformidad con el artículo 10 h) de la Convención.

91.La Sra. Pimentel acoge con agrado la información sobre el trabajo que se realiza con niños pequeños para eliminar los estereotipos. Pregunta si se aplican metodologías semejantes en relación con la diversidad étnica, racial, sexual y religiosa con el fin de combatir el racismo, la xenofobia y la homofobia, que son causas de discriminación, intolerancia y violencia.

92.La Sra. Jacobs (Luxemburgo) dice que la diferencia entre los resultados académicos de las niñas y niños ha llevado a considerar si sería necesario adoptar nuevas medidas para ayudar a los niños con el fin de asegurar el equilibrio. Con respecto a los niños inmigrantes en Luxemburgo, aquellos que tienden a experimentar dificultades son los que llegan al país a la edad de 10 años o más. Los niños más pequeños aprenden al mismo ritmo que los niños de Luxemburgo, pero los de más edad ya poseen una cultura, idioma y educación diferentes. Se han puesto en práctica algunas iniciativas para mejorar la situación, incluidas instalaciones de guardería para niños de 3 a 12 años, fuera del horario escolar. Se dispone de distintos niveles de financiamiento, dependiendo de los ingresos de los progenitores. Esas iniciativas son importantes como medio de hacer participar a los padres, sin el estrés vinculado a la necesidad de alcanzar buenos resultados en la escuela. Los progenitores que tienen un menor nivel de instrucción se sienten más cómodos en ese tipo de estructura.

93.Existen centros para jóvenes (maisons des jeunes) que tienen programas muy interesantes. Participan numerosos niños inmigrantes, ya que por lo general no forman parte de las otras organizaciones juveniles tradicionales de Luxemburgo. Hacen películas cinematográficas y llevan a cabo campañas contra la violencia y las drogas, con la participación en igualdad de condiciones de niñas y niños. Es importante destacar el éxito alcanzado por algunos jóvenes inmigrantes como un ejemplo a seguir por los demás. Los problemas entre los jóvenes inmigrantes que existen en otros países europeos por lo general se dan en la segunda y tercera generación más bien que en la primera generación.

94.Las estadísticas demuestran que más del 85% de los recién nacidos son amamantados, y que la cifra actual es probablemente cercana al 90%.

95.Un nuevo sistema para ofrecer experiencia de trabajo a los aproximadamente 300 alumnos que abandonan la escuela cada año sin haber tomado el examen final, les permite trabajar en instituciones públicas o privadas durante un período de tres a seis meses bajo la orientación de un tutor. En algunos casos esa experiencia los alienta a regresar a la escuela, y en otros los ayuda a encontrar empleo.

96.Las cuestiones relativas a la integración son muy importantes habida cuenta de la situación demográfica de Europa, y deben resolverse con el fin de apoyar la cohesión social y asegurar un futuro próspero y pacífico para el pueblo de Luxemburgo.

97.La Sra. Mulheims dice que el manual escolar sobre la Convención también se distribuye y se utiliza en las escuelas secundarias técnicas. Los niños extranjeros tienen el mismo acceso a la educación que los niños de Luxemburgo, dependiendo de sus habilidades.

98.Están en marcha algunos interesantes proyectos piloto. Por ejemplo, se ha establecido una nueva escuela secundaria para niños de las escuelas académica y las escuelas secundarias técnicas, incluidos inmigrantes y no inmigrantes, así como estudiantes con discapacidades. Su educación será supervisada en calidad de estudio científico de la integración. En diciembre se iniciará un proyecto semejante a nivel de educación primaria: el 70% de los alumnos serán extranjeros y el 10% serán alumnos con discapacidad. Esos proyectos continuarán con actividades de investigación. Se está elaborando una nueva ley sobre la educación básica, que incluirá el principio del respeto de la igualdad de niños y niñas en todos los niveles de la educación, como parte del Plan Nacional de Acción sobre la igualdad entre la mujer y el hombre. La nueva ley también tendrá repercusiones en la formación de los educadores.

99.La Sra. Patten solicita que se proporcione más información sobre las principales conclusiones del estudio efectuado por el Servicio central de estadística y estudios económicos sobre la discriminación en el mercado laboral y sobre cualquier medida que tenga previsto adoptar el Gobierno para ocuparse de la discriminación.

100.Otro estudio encontró que los acuerdos de negociación colectiva tenían escasa incidencia en lo que respecta a asegurar la igualdad en la remuneración. Pregunta qué medidas ha decidido adoptar el Gobierno para eliminar las diferencias salariales y si se efectuará una revisión de los sectores en los que predominan las mujeres, o se emprenderá una reformulación de las estructuras salariales en esos sectores.

101.Pregunta si el elevado porcentaje de mujeres con empleo a jornada parcial es el resultado de decisiones voluntarias de las mujeres, pues el trabajo a jornada parcial repercute sobre sus salarios y sus posibilidades de carrera profesional. También pregunta qué medidas existen para promover trabajos de gran calidad y a largo plazo para las mujeres y si los trabajadores a jornada parcial tienen el derecho estatutario a aumentar sus horas de trabajo antes de que la administración decida contratar personal adicional.

102.Sería interesante saber si en alguno de los estudios recientes se han tenido en cuenta a los grupos de mujeres que sufren múltiples formas de discriminación, incluidas las mujeres con discapacidades, las mujeres de edad y las de nacionalidad extranjera. Se pregunta, asimismo, si el Gobierno se ha ocupado de la cuestión de los estereotipos de género en el contexto del mercado laboral.

103.La Sra. Schöpp-Schilling observa que la cuestión de la igualdad en la remuneración figura en el programa de la Unión Europea desde hace varios años, y se pregunta si la ley de junio de 2004 contiene disposiciones relativas a la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. En caso afirmativo, le interesa saber si Luxemburgo se ha valido de los marcos de análisis que existen en los Estados Unidos y en los países escandinavos. El trabajo de la mujer suele estar subvalorado debido a estereotipos de larga data, y el análisis es un primer paso para corregir esa situación.

104.La oradora pregunta si los acuerdos de negociación colectiva reflejan el principio de la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. El párrafo e) del artículo 2, y el párrafo 1 d) del artículo 11, estipulan claramente las obligaciones del Gobierno de Luxemburgo con respecto a los interlocutores sociales.

105.En relación con el párrafo 216 del informe, solicita aclaración sobre la distinción entre “obligación relativa a las medidas a adoptar” y “obligación de obtener resultados” in términos de la obligación del Gobierno de reducir las diferencias salariales. Solicita información sobre los planes del Gobierno en relación con una “obligación de obtener resultados” y desea saber cuándo tendrá lugar la transición de la “obligación relativa a las medidas a adoptar”.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.